COMISIÓN DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO Y TUTELA. Aprueba el Reglamento de Composición de la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela de La Rioja.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "COMISIÓN DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO Y TUTELA. Aprueba el Reglamento de Composición de la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela de La Rioja."

Transcripción

1 ( Disposición Vigente ) Decreto núm. 30/2007, de 25 de mayo. Decreto 30/2007, de 25 mayo LLR 2007\180 Version vigente de: 30/5/2007 COMISIÓN DE ADOPCIÓN, ACOGIMIENTO Y TUTELA. Aprueba el Reglamento de Composición de la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela de La Rioja. CONSEJERÍA JUVENTUD, FAMILIA Y SERVICIOS SOCIALES BO. La Rioja 29 mayo 2007, núm. 72, [pág. 3963]. La Ley de la Comunidad Autónoma de La Rioja 4/1998, de 18 de marzo (LLR 1998, 71), del Menor, dispuso en su Art. 79 la constitución y composición de la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela, previsión que fue desarrollada por el Decreto 50/2000, de 27 de octubre (LLR 2000, 232), que reguló el funcionamiento de la misma. La aprobación de la Ley 1/2006, de 28 de febrero (LLR 2006, 85), de Protección de Menores de La Rioja, exige la adecuación de la regulación de tal Comisión a lo dispuesto en la misma, función que viene a cumplir el presente Decreto, atendiendo a lo establecido en el Art. 4 y en la Disposición Final Primera de la misma, que permite la regulación de su funcionamiento de forma reglamentaria. En su virtud, el Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejera de Juventud, Familia y Servicios Sociales, conforme con el Consejo Consultivo de La Rioja y previa deliberación de sus miembros, en su reunión celebrada el día 25 de mayo de 2007, acuerda aprobar el siguiente, decreto: Artículo 1. Naturaleza, dependencia orgánica y funciones 1. La Comisión de adopción, acogimiento y tutela es un órgano colegiado al que se atribuyen facultades administrativas de valoración y proposición de resoluciones en materia de protección de menores en la Comunidad Autónoma de La Rioja. 2. La Comisión dependerá orgánicamente de la Consejería competente y estará encuadrada en la Dirección General correspondiente. Por Consejería competente se entiende, en el presente Decreto, la que lo sea en materia de Servicios Sociales. 3. Corresponden a la Comisión de adopción, acogimiento y tutela las siguientes funciones: A) Proponer al titular de la Consejería competente: a) Las declaraciones de desamparo, así como su cese y, de no entender procedente la declaración de desamparo, remitir informe al órgano competente en materia de protección de menores sobre la declaración del menor en situación de riesgo o el archivo del expediente. b) La confirmación de las declaraciones de desamparo de urgencia o, en su caso, su extinción. c) La solicitud de las autorizaciones judiciales necesarias para el ejercicio por la Administración de la Comunidad Autónoma de sus funciones como tutora de los menores declarados en desamparo. d) La formalización judicial de la guarda de hecho como acogimiento familiar. e) La realización, en nombre y representación del menor, de los actos jurídicos que deban formalizarse por escrito, así como la formulación de demandas o reclamaciones ante autoridades judiciales o administrativas que 02 de enero de 2018 Thomson Reuters 1

2 aquél, conforme a lo dispuesto en la ley, no pueda realizar por sí solo. f) La resolución del expediente de reintegración del menor a su familia de origen. g) La solicitud al juez, en interés del menor, de la atribución a los titulares del acogimiento familiar permanente de las facultades de la tutela que faciliten el desempeño de sus responsabilidades. h) El régimen de visitas de los menores declarados en desamparo, así como su modificación, en caso de controversia. i) La resolución procedente ante la petición de declaración de idoneidad formulada por quienes deseen ser acogedores o adoptantes. j) La emisión del consentimiento necesario para la constitución de acogimientos familiares de menores no sometidos a la tutela o la guarda de la Comunidad Autónoma de La Rioja. B) Formular propuestas de acogimiento o adopción ante el titular de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales, para su resolución y elevación ante los órganos judiciales en los casos en que legalmente proceda. C) Evaluar el desarrollo del acogimiento preadoptivo del menor, con carácter previo a la promoción de su adopción. D) Proponer al titular de la Dirección General competente en materia de protección de menores la suspensión del procedimiento de valoración de idoneidad en el supuesto contemplado en el Reglamento de Intervención Administrativa en Materia de Adopción. E) Realizar la propuesta de inscripción registral de los menores susceptibles de ser adoptados, así como aquellas otras inscripciones cuya propuesta se determine en la normativa vigente. F) Proponer, en la adopción internacional, la aceptación de la asignación del menor realizada por la Autoridad Central del país de origen. G) Cualesquiera otras funciones atribuidas por normas de carácter legal o reglamentario. Artículo 2. Régimen jurídico La composición, funciones, organización y régimen de funcionamiento de la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela, se regirán por lo establecido en la Ley 1/2006, de 28 de febrero, de Protección de Menores de la Rioja, en el presente Reglamento, y por las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (RCL 1992, 2512, 2775 y RCL 1993, 246), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en lo referente a los órganos colegiados, así como por lo establecido en el Capítulo IV, del Título II de la Ley 3/2003 (LLR 2003, 52) de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Artículo 3. Composición 1. La Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela estará constituida por los siguientes miembros: a) El titular de la Dirección General competente en materia de protección de menores, que la presidirá. b) El Jefe del Servicio en el cual se tramiten los procedimientos relativos a la protección de menores. c) Un miembro del equipo técnico que participe en la valoración de las solicitudes de acogimiento o adopción, designado y nombrado por el titular de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales. d) Dos funcionarios adscritos al Área de Protección de Menores, designados y nombrados por el titular de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales, uno de los cuales será designado asimismo como Secretario. 02 de enero de 2018 Thomson Reuters 2

3 2. La Comisión podrá ser asistida por los técnicos y expertos que el Presidente estime conveniente, que serán convocados al efecto y actuarán con voz y sin voto. Artículo 4. Facultades y sustitución del Presidente 1. Corresponde al Presidente: a) Ostentar la representación de la Comisión. b) Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias y la fijación del orden del día, teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación. c) Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias, moderar el desarrollo de sus debates y suspenderlos por causas justificadas. d) Dirimir con su voto los empates, a efectos de adoptar acuerdos. e) Asegurar el cumplimiento de las leyes, velando especialmente por el superior interés del menor. f) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos de la Comisión. g) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente de la Comisión. 2. En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal, el Presidente será sustituido por el miembro del órgano colegiado de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes. Artículo 5. Funciones de los miembros Corresponde a los miembros de la Comisión: a) Conocer el orden del día de las reuniones con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. b) Exponer su opinión y efectuar propuestas. c) Participar en los debates y adopción de los acuerdos, pudiendo hacer constar en acta el voto particular, así como los motivos que lo justifiquen. d) Obtener la información necesaria para cumplir debidamente sus funciones. e) Formular ruegos y preguntas. f) Cuantas otras sean inherentes a su condición. Artículo 6. Sustitución de los vocales En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal justificada de los vocales, actuarán como suplentes quienes sean designados, a tal efecto, por el titular de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales. Artículo 7. Secretaría 1. Corresponde al Secretario de la Comisión: a) Asistir a las sesiones con voz y voto. b) Efectuar la convocatoria de las sesiones, por orden de su Presidente. c) Recibir los actos de comunicación de los demás miembros de la Comisión y, por tanto, las notificaciones, 02 de enero de 2018 Thomson Reuters 3

4 peticiones de datos, rectificaciones o cualquiera otra clase de escritos de los que deba tener conocimiento. d) Preparar el despacho de los asuntos, redactar y autorizar las actas de las sesiones. e) Expedir certificaciones de los acuerdos aprobados. f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Secretario. 2. En caso de vacante, ausencia o enfermedad u otra causa legal, el Secretario, será sustituido por otro funcionario adscrito al programa de menores, designado por el titular de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales. Artículo 8. Convocatorias 1. La Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela celebrará al menos una sesión ordinaria cada mes, sin perjuicio de que por exigencias procedimentales y para asegurar las garantías de los implicados en la protección de los menores o por cualquier otra circunstancia de carácter excepcional se habrán de convocar y celebrar cuantas sesiones extraordinarias se revelen necesarias. 2. Las convocatorias de las sesiones se efectuarán por escrito y por los medios más idóneos para garantizar su recepción con la debida antelación, que será de cuarenta y ocho horas como mínimo. Dicho plazo podrá ser inferior cuando se trate de convocatorias para sesiones no prefijadas en casos de especial urgencia e inaplazable necesidad. 3. Las citaciones de la convocatoria de las sesiones deberán especificar el día, hora y lugar y orden del día de la reunión a celebrar. 4. La información sobre los asuntos del orden del día de las sesiones que contengan datos referentes a la intimidad de las personas no se trasladará con las convocatorias, por su carácter reservado, y se pondrá a disposición de los miembros de la Comisión en el Servicio en el que se haya tramitado el expediente, cuarenta y ocho horas antes de su celebración, sin perjuicio de lo establecido en el punto 2 de este artículo. Los miembros de la Comisión están obligados a guardar secreto de la información obtenida. Artículo 9. Orden del día y régimen de adopción de acuerdos 1. El orden del día contendrá la aprobación, en su caso, del acta de la sesión anterior, y la expresión de los asuntos a tratar, evitando que figuren los nombres y apellidos completos de los menores, que deberán aparecer identificados por las iniciales y por el número de expediente de protección que les corresponda. 2. Las cuestiones extraordinarias y urgentes podrán tratarse en las sesiones sin previa inclusión en el orden del día, siempre que la Comisión, estando presentes todos sus miembros, lo acuerde procedente por mayoría. 3. Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y del Secretario o de quienes les sustituyan, así como de dos Vocales. La asistencia a las sesiones tendrá carácter obligatorio. 4. Los acuerdos serán adoptados por mayoría de los asistentes, dirimiendo, en caso de empate, el voto de calidad del Presidente. Los votos tienen carácter personal e indelegable. 5. Los miembros de la Comisión no podrán abstenerse en las votaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 6, aunque podrán formular votos particulares por escrito en el plazo de cuarenta y ocho horas posteriores al levantamiento de la sesión, que se incorporarán al acuerdo adoptado. Para quedar, en su caso, exentos de responsabilidad, deberán votar en contra. 6. La abstención y recusación de los miembros de la Comisión se ajustará a lo dispuesto en los artículos 28 y 29 de la Ley de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo 10. Actas 02 de enero de 2018 Thomson Reuters 4

5 1. De cada sesión que se celebre, el Secretario levantará acta, en la que se hará constar los asistentes, el orden del día de la reunión, las circunstancias de lugar y tiempo en que se ha celebrado, los puntos principales de las deliberaciones, así como el contenido de los acuerdos adoptados. 2. En las actas deberán figurar únicamente las iniciales y el número de expediente de las personas afectadas. 3. Las actas serán redactadas y firmadas por el Secretario con el visto bueno del Presidente. Se aprobarán, en su caso, en la siguiente sesión ordinaria, sin que ello obste a la emisión por el Secretario de certificación relativa a los acuerdos adoptados, en los que habrá de constar la pendencia de la aprobación del acta. 4. Cualquier miembro de la Comisión tiene derecho a solicitar la transcripción íntegra de su intervención en cada sesión, siempre que aporte en el acto o en el plazo que razonablemente señale el Presidente, el texto que se corresponda exacta o fielmente con su intervención, haciéndose constar así en el acta o uniéndose copia a la misma. Disposición Derogatoria única. Queda derogado el Decreto 50/2000, de 27 de octubre (LLR 2000, 232), por el que se regula la Comisión de Adopción, Acogimiento y Tutela. Disposición Final primera. Se faculta al titular de la Consejería competente en materia de servicios sociales para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este Decreto. Disposición Final segunda. En lo no dispuesto en este Decreto en cuanto a Procedimiento Administrativo será de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Disposición Final tercera. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de La Rioja». 02 de enero de 2018 Thomson Reuters 5

CAPITULO II Órganos colegiados

CAPITULO II Órganos colegiados Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (B.O.E. 27.11.92) http://www.map.es/documentacion/legislacion/procedimiento_administrativo.html

Más detalles

Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación

Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación Propuesta de Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Formación Continua del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Málaga. La formación en su conjunto y en todas sus

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE CARTAGENA La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, así como la Instrucción de 26-2-96,

Más detalles

BOLETÍN Nº de marzo de 2008

BOLETÍN Nº de marzo de 2008 Página 1 de 5 BOLETÍN Nº 41-31 de marzo de 2008 I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 1.1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1.2. Decretos Forales DECRETO FORAL 14/2008, de 10 de marzo, por el que se regula la Comisión

Más detalles

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras

Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras La Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones se rige por lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y

Más detalles

Texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.

Texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. La Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones se rige por lo dispuesto en el artículo 73 del Texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social. Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales «BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2001

Más detalles

Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto.

Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA SECRETARIA DE ESTADO DE FUNCION PUBLICA DIRECCION GENERAL DE GOBERNANZA PUBLICA Normas de Organización y Funcionamiento de la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto.

Más detalles

PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL SECRETARIADO.

PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL SECRETARIADO. SECRETARÍA DE ESTADO DE JUSTICIA MINISTERIO DE JUSTICIA SECRETARÍA GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA PROTOCOLO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DEL SECRETARIADO. Exposición de motivos: El artículo

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES

REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES REGLAMENTO GENERAL DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES Composición y estructura de las Comisiones. 1º.- Composición: Los miembros de las Comisiones serán nombrados por la Junta Directiva entre los asociados

Más detalles

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LAS EMPRESAS (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE RESPONSABILIDAD SOCIAL (CERSE) Y DE SUS GRUPOS DE TRABAJO El artículo 11 del REAL DECRETO 221/2008, de 15 de febrero, por el que

Más detalles

REGLAMENTO CONSEJO MUNICIPAL AGRARIO

REGLAMENTO CONSEJO MUNICIPAL AGRARIO REGLAMENTO CONSEJO MUNICIPAL AGRARIO NATURALEZA Y FUNCIONES Artículo 1.- 1. Como respuesta a los numerosos problemas que plantea la agricultura actual, cada vez mas importante en el desarrollo socioeconómico

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO Capítulo I. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 1. Naturaleza y fines. El Consejo para la Unidad de Mercado,

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOVELDA

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE NOVELDA APROBACIÓN INICIAL: Pleno de fecha 12 de enero de 2016 FINAL: Pleno de fecha 12 de enero de 2016 PUBLICACIÓN BOP: nº 46 de fecha 8 de marzo de 2016 ENTRADA EN VIGOR 15 días de su publicación: 30 de marzo

Más detalles

Decreto 277/1997, de 9 de diciembre, por el que se crea el Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales

Decreto 277/1997, de 9 de diciembre, por el que se crea el Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales Decreto 277/1997, de 9 de diciembre, por el que se crea el Consejo Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales CONSEJERÍA TRABAJO E INDUSTRIA Los artículos 149.1.7 de la Constitución Española y 17.2 del

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO Capítulo I. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 1. Naturaleza y fines. El Consejo para la Unidad de Mercado,

Más detalles

REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO DE ARGAMASILLA DE CALATRAVA CAPITULO I. DENOMINACIÓN Y OBJETO DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO.

REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO DE ARGAMASILLA DE CALATRAVA CAPITULO I. DENOMINACIÓN Y OBJETO DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO. REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO DE ARGAMASILLA DE CALATRAVA CAPITULO I. DENOMINACIÓN Y OBJETO DEL CONSEJO LOCAL AGRARIO. Articulo 1.- Denominación y Régimen General. El Consejo Local Agrario

Más detalles

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA ÍNDICE CAPÍTULO I. Denominación. Ámbito de Actuación CAPÍTULO II. Objetivos y Funciones CAPÍTULO III. Composición y estructura CAPÍTULO IV CAPÍTULO V. Organización y competencias CAPÍTULO VI. Régimen de

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE PROMOCION DEL TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE PROMOCION DEL TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS REGLAMENTO DEL CONSEJO SECTORIAL DE PROMOCION DEL TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE NIJAR. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 25.2 de la Ley 7/85, del 2 de abril, de bases de régimen local, modificada por la

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO, AL TRABAJO AUTÓNOMO Y LAS PYMES CANARIAS.

DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO, AL TRABAJO AUTÓNOMO Y LAS PYMES CANARIAS. DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE APOYO AL EMPRENDIMIENTO, AL TRABAJO AUTÓNOMO Y LAS PYMES CANARIAS. La Ley 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento,

Más detalles

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN

ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN ESTATUTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE SANIDAD DEL MUNICIPIO DE HELLÍN Publicado en el B.O.P. Nº 20 de 14 de Febrero de 1.997 Mediante la presente propuesta se pretende la creación del

Más detalles

REGLAMENTO PROVISIONAL DEL COMITÉ DE BIOÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. Preámbulo

REGLAMENTO PROVISIONAL DEL COMITÉ DE BIOÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. Preámbulo 1 REGLAMENTO PROVISIONAL DEL COMITÉ DE BIOÉTICA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN Preámbulo La normativa contenida en diferentes convocatorias de financiación de la actividad investigadora establece que las propuestas

Más detalles

Reglamento del Comité de Ética en Investigación Hospital San José Callao JUNIO

Reglamento del Comité de Ética en Investigación Hospital San José Callao JUNIO RGLAMENTO DEL COMITÉ DE ÉTICA EN INVESTIGACIÓN HOSPITAL SAN JOSÉ - CALLAO CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO CALLAO PERÚ 2008 JUNIO - 2008 1 ÍNDICE PÁG. INTRODUCCIÓN 4 TÍTULO I 5 Composición, Finalidad, Objetivos,

Más detalles

DECRETO. CAPÍTULO I Disposiciones generales. Artículo 1. Objeto El presente decreto tiene por objeto regular la composición y el funcionamiento del

DECRETO. CAPÍTULO I Disposiciones generales. Artículo 1. Objeto El presente decreto tiene por objeto regular la composición y el funcionamiento del PROYECTO DE DECRETO - /2015, de - de -, del Consell, por el que se regula el Consejo de Salud de la Comunitat Valenciana y los consejos de salud de los departamentos de salud. PREÁMBULO La Ley 10/2014,

Más detalles

TITULO PRELIMINAR. Artículo 1.

TITULO PRELIMINAR. Artículo 1. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PACTO PARA LA COBERTURA DE VACANTES POR ACOPLAMIENTO DE PERSONAL SANITARIO NO FACULTATIVO Y PERSONAL NO SANITARIO DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO

Más detalles

BORRADOR DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO CAPÍTULO I OBJETO, NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO

BORRADOR DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL JUEGO CAPÍTULO I OBJETO, NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL JUEGO BORRADOR DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE POLITICAS DEL

Más detalles

Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura

Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura Decreto 22/2011, de 4 de febrero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión del Juego de Extremadura Artículo 1. Naturaleza y adscripción. Artículo 2. Composición.

Más detalles

Sección 1ª Del Pleno

Sección 1ª Del Pleno DECRETO 64/2001, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO CANARIO DE RESIDUOS.(BOC Nº 36, DE 21 DE MARZO DE 2001) CANARIAS. Consejería de Política

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES DISPOSICIONES GENERALES DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD 5400 DECRETO 245/2017, de 7 de noviembre, de creación de la Comisión Interinstitucional para los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento.

Más detalles

DISPONGO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

DISPONGO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES BORRADOR DE DECRETO /2017, DE DE, POR EL QUE SE ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE POLICÍAS LOCALES DE EXTREMADURA Y SE CREA Y ESTABLECE EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA COMISIÓN

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. El de la Universidad de Jaén se constituye dentro del marco de una política en materia de prevención de riesgos

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNED

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNED REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DE NEGOCIACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE LA UNED PREÁMBULO La UNED reconoce el derecho a la negociación colectiva de su Personal Docente e Investigador

Más detalles

REGLAMENTO DEL FORO DE SOSTENIBILIDAD ARNASA DE AMURRIO

REGLAMENTO DEL FORO DE SOSTENIBILIDAD ARNASA DE AMURRIO REGLAMENTO DEL FORO DE SOSTENIBILIDAD ARNASA DE AMURRIO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Con fecha 22 de febrero del 2001 la Corporación municipal se adhiere mediante acuerdo plenario a la Carta de las Ciudades Europeas

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL Y AYUDA AL DESARROLLO Capítulo I. NATURALEZA JURÍDICA Artículo 1. Naturaleza y régimen jurídico 1. El Consejo

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA.

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA. REGLAMENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA. (Aprobado por Junta de Gobierno de 18 de mayo de 1998) (Modificado por Consejo de Gobierno de 10 de Abril de 2014) La Ley 31/95,

Más detalles

DECRETO FORAL.../., DE., POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE LA VIVIENDA DE NAVARRA.

DECRETO FORAL.../., DE., POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE LA VIVIENDA DE NAVARRA. DECRETO FORAL.../., DE., POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE LA VIVIENDA DE NAVARRA. Preámbulo La Ley Foral 22/2016, de 21 de diciembre, por la que se adoptan

Más detalles

(BOIB núm. 79, de 5 de junio de 2004) INTRODUCCIÓN.

(BOIB núm. 79, de 5 de junio de 2004) INTRODUCCIÓN. Decreto 50/2004 de 28 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears (BOIB núm. 79, de 5 de junio de 2004) INTRODUCCIÓN.

Más detalles

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud

Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Reglamento de Funcionamiento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud APROBADO EN LA SESIÓN PLENARIA DEL 23 DE JULIO DE 2003 PREÁMBULO La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA Real Decreto 1613/2010, de 7 de diciembre, por el que se crea y regula el Consejo de la representatividad de las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos en el ámbito estatal y se establece

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA

REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA REGLAMENTO DE LOS CONSEJOS SECTORIALES DE LA COMARCA DE LA LITERA/LA LLITERA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES. Art. 1.- A tenor de lo dispuesto en el Reglamento de Organización,

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO EDITORIAL Este reglamento rige el régimen interior del Consejo Editorial de la Universidad Pública de Navarra, cuya composición y funciones fue aprobada en sesión

Más detalles

DECRETO 72/2006, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de la Función Pública de Castilla y León. TEXTO

DECRETO 72/2006, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de la Función Pública de Castilla y León. TEXTO DECRETO 72/2006, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo de la Función Pública de Castilla y León. (BOCyL nº 206, de 25/10/2006) TEXTO La Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN (Aprobado por la Junta de Centro el 17 de junio de 2015) El artículo 150.3 de los Estatutos de la

Más detalles

I.- DISPOSICIONES GENERALES

I.- DISPOSICIONES GENERALES AÑO XXIX Núm. 131 9 de julio de 2010 32514 I.- DISPOSICIONES GENERALES Consejería de Salud y Bienestar Social Decreto 183/2010, de 06/07/2010, del Consejo de las Personas Mayores de Castilla-La Mancha.

Más detalles

FORO ABIERTO Los centros de Referencia Nacional como agentes de Innovación de la Formación Profesional

FORO ABIERTO Los centros de Referencia Nacional como agentes de Innovación de la Formación Profesional Centro de Referencia Nacional de Agricultura de Don Benito Gaspar Rodríguez Bermejo FORO ABIERTO Los centros de Referencia Nacional como agentes de Innovación de la Formación Profesional Getafe, 3 de diciembre

Más detalles

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN.

REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN. REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL PERSONAL DE ADMINISTRACION Y SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LEÓN. TÍTULO I.- DEFINICIÓN Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. Art. 1.- El presente Reglamento de

Más detalles

El Título IX de la Ley Foral de la Transparencia y del Gobierno Abierto regula las funciones y la composición de este órgano colegiado.

El Título IX de la Ley Foral de la Transparencia y del Gobierno Abierto regula las funciones y la composición de este órgano colegiado. ACUERDO DE 26 DE JUNIO DE 2017, DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA DE NAVARRA, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE TRANSPARENCIA DE NAVARRA Mediante la Ley Foral

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA Aprobado por el Comité de Seguridad y Salud el 11-12-2007 y modificado con fecha 17-06-2015 REGLAMENTO DEL

Más detalles

Reglamento de funcionamiento. Conferencia Sectorial de Consumo

Reglamento de funcionamiento. Conferencia Sectorial de Consumo Conferencia Sectorial de Consumo Reglamento de funcionamiento REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA CONFERENCIA SECTORIAL DE CONSUMO Aprobado en la reunión nº 27 de la celebrada el 2 de marzo de 2011 PREAMBULO

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA SUBCOMISIÓN DE EVALUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 10 de abril de 2015 Este documento es propiedad de ACPUA y está incluido en la documentación del Sistema Interno de Garantía

Más detalles

Decreto Foral 10/2012, de 20 de marzo, por el que se crea la Comisión Dinamizadora de Migración y Diversidad

Decreto Foral 10/2012, de 20 de marzo, por el que se crea la Comisión Dinamizadora de Migración y Diversidad 1 NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter oficial, que recoge la norma íntegra actualizada. Decreto Foral 10/2012, de 20 de marzo, por el que se crea la Comisión Dinamizadora

Más detalles

a) Analizar la situación del sector y formular propuestas de actuación en la materia.

a) Analizar la situación del sector y formular propuestas de actuación en la materia. REGLAMENTO POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA MESA DEL TAXI DEL AYUNTAMIENTO DE SANTA CRUZ DE TENERIFE, DE 27 DE ENERO DE 2017 (BOP Nº 25/2017 DE 27 DE FEBRERO) TÍTULO

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER PREÁMBULO La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres introduce como novedad la creación de un Consejo de Participación

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 12580 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA DECRETO 94/2009, de 30 de abril, por el que se regula la organización y funcionamiento de la Comisión de Protección Civil

Más detalles

Ley 9/2002, de 6 de junio, de creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha (*) (BOE 169 de y DOCM 77 de )

Ley 9/2002, de 6 de junio, de creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha (*) (BOE 169 de y DOCM 77 de ) Ley 9/2002, de 6 de junio, de creación del Consejo de Relaciones Laborales de Castilla-La Mancha (*) (BOE 169 de 16-07-2002 y DOCM 77 de 24-06-2002) (*) Modificada por Ley 8/2008, de 4 de diciembre (DOCM

Más detalles

(Disposición Vigente) Version vigente de: 8/1/2016

(Disposición Vigente) Version vigente de: 8/1/2016 (Disposición Vigente) Version vigente de: 8/1/2016 Aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno de la Comisión de Urbanismo de Madrid Decreto 1/2016, de 5 de enero. LCM 2016\2 Comisión

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD DE CANTABRIA INTRODUCCIÓN Tal como se establece en los Estatutos de la Universidad de Cantabria, el Consejo de Gobierno podrá crear las comisiones

Más detalles

CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA DOG Núm. 3 Martes, 7 de enero de 2014 Pág. 324 I. DISPOSICIONES GENERALES CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA DECRETO 190/2013, de 19 de diciembre, por el que se regula la composición

Más detalles

ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TURISMO

ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TURISMO ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TURISMO CAPÍTULO I. DENOMINACIÓN, DOMICILIO, NATURALEZA Y FINES Artículo 1. Denominación Al amparo de lo dispuesto en el artículo 85.3.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril,

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ASESORA DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ASESORA DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO INTERNO DE LA COMISIÓN ASESORA DE LA AGENCIA PARA LA CALIDAD DEL SISTEMA UNIVERSITARIO DE CATALUÑA CAPÍTULO I. COMISIÓN ASESORA Sección primera. Funciones y composición Artículo

Más detalles

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO 20899 CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RURAL, POLÍTICAS AGRARIAS Y TERRITORIO DECRETO 71/2018, de 29 de mayo, por el que se establece el régimen jurídico de la Comisión de Coordinación de Policías Locales

Más detalles

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL PATRONATO DEL PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL PATRONATO DEL PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL PATRONATO DEL PARQUE NACIONAL DE LOS PICOS DE EUROPA. Aprobado en el Tercer Patronato del parque Nacional de los Picos de Europa el 18 de diciembre de 2012. Artículo

Más detalles

COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN

COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN Reglamento (Aprobado por la Comisión General de Educación en la sesión de 13 de noviembre de 2000) 2 COMISIÓN GENERAL DE LA CONFERENCIA DE EDUCACIÓN Reglamento

Más detalles

Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Córdoba COMISIONES INSTITUCIONALES REGLAMENTO

Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Córdoba COMISIONES INSTITUCIONALES REGLAMENTO Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Córdoba COMISIONES INSTITUCIONALES REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Se consideran Comisiones Institucionales del Colegio de Farmacéuticos de la

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TRÁFICO EXPOSICION DE MOTIVOS

REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TRÁFICO EXPOSICION DE MOTIVOS REGLAMENTO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE TRÁFICO EXPOSICION DE MOTIVOS El Excmo. Ayuntamiento de La Laguna desarrollando las competencias de autoorganización que le atribuye el artículo 4.1 apartado a) de la

Más detalles

ANEXO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE MONFRAGÜE

ANEXO REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN DE LA RESERVA DE LA BIOSFERA DE MONFRAGÜE 29639 RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2009, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se ordena la publicación del Acuerdo n.º 1/2009 sobre aprobación del Reglamento de Régimen Interior del

Más detalles

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS 1. DEFINICIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO La comisión de Historias Clínicas se crea de acuerdo con el Real Decreto 521/1987 de 15 de Abril por el que se aprueba el Reglamento sobre Estructura, Organización

Más detalles

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD Artículo 1. - Denominación Se constituye el Comité de Seguridad y Salud (CSS) de la Universidad Rey Juan

Más detalles

(Aprobada en sesión nº 10 de 19 de febrero de 2016 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Jaén)

(Aprobada en sesión nº 10 de 19 de febrero de 2016 del Consejo de Gobierno de la Universidad de Jaén) Reglamento de organización y funcionamiento de las Comisiones de Planificación y Coordinación de Enseñanzas y de la de Doctorado y Docencia en Postgrado y Formación Permanente de la Universidad de Jaén

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ESPECÍFICAS POR ÁMBITOS DE CONOCIMIENTO DE LA COMISIÓN DE PROFESORADO LECTOR Y PROFESORADO COLABORADOR

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ESPECÍFICAS POR ÁMBITOS DE CONOCIMIENTO DE LA COMISIÓN DE PROFESORADO LECTOR Y PROFESORADO COLABORADOR REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES ESPECÍFICAS POR ÁMBITOS DE CONOCIMIENTO DE LA COMISIÓN DE PROFESORADO LECTOR Y PROFESORADO COLABORADOR CAPÍTULO I Denominación Artículo 1 Denominación Este

Más detalles

Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Córdoba

Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Córdoba Reglamento de organización y funcionamiento del Consejo Social de la Universidad de Córdoba Aprobado por la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía por Orden de 14 de enero de 1988,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE IGUALDAD DE LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA TITULO I. DEFINICION Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. Articulo 1. El presente reglamento de procedimiento regulará el funcionamiento interno

Más detalles

Secretaría General Universidad de Castilla-La Mancha Consejo de Gobierno 14 de diciembre de 2010

Secretaría General Universidad de Castilla-La Mancha Consejo de Gobierno 14 de diciembre de 2010 1/7 2/7 REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN DE LA UCLM El documento Estructura Organizativa, Política de RR.HH. y Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad

Más detalles

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO 1- DEFINICIÓN La comisión de Historias Clínicas y Sistemas de Información se crea de acuerdo con el Real Decreto 521/1987 de 15 de Abril por el que se aprueba el Reglamento

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores.

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores. Real Decreto 117/2005, de 4 de febrero, por el que se regula el Consejo Estatal de las Personas Mayores. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales «BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2005 Referencia: BOE-A-2005-1843

Más detalles

ESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER

ESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER ESTATUTOS CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUJER Artículo 1º.- NATURALEZA Y FINES: 1.- El Consejo Municipal de la Mujer es el Órgano de participación, Información y Propuesta de la Gestión municipal, de todos los

Más detalles

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales Proyecto de Decreto --/2017, de ---- de ------------, por el que se regula las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de Renta Básica Extremeña de Inserción. La

Más detalles

Decreto Foral 18/2014, de 17 de junio, por el que se crea el Foro del Euskera en Gipuzkoa.

Decreto Foral 18/2014, de 17 de junio, por el que se crea el Foro del Euskera en Gipuzkoa. Decreto Foral 18/2014, de 17 de junio, por el que se crea el Foro del Euskera en Gipuzkoa. (BOG nº 120 de 26 de junio de 2014) NOTA El presente texto es un documento de divulgación sin ningún carácter

Más detalles

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES 7073 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES DECRETO 21/2018, de 14 de febrero, por el que se regulan las funciones, composición y régimen de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento de la Renta

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN Núm. 292 Viernes 4 de diciembre de 2009 Sec. I. Pág. 103270 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 19439 Real Decreto 1677/2009, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del

Más detalles

1. Creación y funciones (artículos 42 y 43 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública)

1. Creación y funciones (artículos 42 y 43 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública) Comité Interterritorial de Estadística El Comité Interterritorial de Estadística se crea en el articulo 42 de la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, publicada en el BOE 11-05-1989,

Más detalles

COMISIÓN DE INFORMÁTICA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN

COMISIÓN DE INFORMÁTICA Y SISTEMAS DE INFORMACIÓN REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento de Régimen Interior tiene por objeto establecer las normas básicas de organización y funcionamiento

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA

REGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS OBSERVATORIO DE LA INFANCIA REGLAMENTO INTERNO DEL OBSERVATORIO DE LA INFANCIA El Observatorio de la Infancia, creado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 12 de marzo

Más detalles

Aprobado por Acuerdo 1/1981, de 20 de agosto.

Aprobado por Acuerdo 1/1981, de 20 de agosto. Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas Reglamento Aprobado por Acuerdo 1/1981, de 20 de agosto. Modificado por Acuerdos: 1/1983, de 29 de julio 1/2000 de 29 de noviembre 1/2001

Más detalles

COMISIÓN CALIDAD EN RADIOTERAPIA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO

COMISIÓN CALIDAD EN RADIOTERAPIA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO 1. DEFINICIÓN La Comisión de Garantía y Control de Calidad en Radioterapia se crea de acuerdo con el Artículo 3, Apartado 1ª, del Real Decreto 1556/1998 de 17 de Julio por

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA UNIVERSITARIA

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA UNIVERSITARIA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ÉTICA UNIVERSITARIA La Universidad de La Ciénega del Estado de Michoacán de Ocampo (UECM), de acuerdo con los artículos 6º,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DEONTOLÓGICA DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS VETERINARIOS DE ESPAÑA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DEONTOLÓGICA DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS VETERINARIOS DE ESPAÑA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DEONTOLÓGICA DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS VETERINARIOS DE ESPAÑA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Consejo General de Colegios Veterinarios de España, como órgano representativo y coordinador

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES

DISPOSICIONES GENERALES 2529 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN DECRETO 5/2013, de 5 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Asesor de la Ciencia, la Tecnología

Más detalles

1. Disposiciones Ge n e r a l e s

1. Disposiciones Ge n e r a l e s Página 53864 I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Ge n e r a l e s Consejo de Gobierno 16114 Decreto n.º 334/2009, de 9 de octubre, por el que se regula el consejo asesor para la calidad en la edificación.

Más detalles

ACUERDO NO. 1 (Del 2 de julio de 1998) LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ CONSIDERANDO:

ACUERDO NO. 1 (Del 2 de julio de 1998) LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ CONSIDERANDO: ACUERDO NO. 1 (Del 2 de julio de 1998) Por el cual se aprueba el Reglamento Interno de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AUTORIDAD DEL CANAL DE PANAMÁ CONSIDERANDO:

Más detalles

COMISIÓN DE INFECCIONES Y POLÍTICA ANTIBIÓTICA

COMISIÓN DE INFECCIONES Y POLÍTICA ANTIBIÓTICA REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO 1. DEFINICIÓN La Comisión de Infecciones y Política Antibiótica (CIPA) es un órgano consultivo de la Dirección sobre la planificación de la prevención y control de infecciones

Más detalles

NÚMERO 208 Miércoles, 28 de octubre de 2009

NÚMERO 208 Miércoles, 28 de octubre de 2009 29518 RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2009, de la Dirección General del Medio Natural, por la que se ordena la publicación del Acuerdo n.º 1/2009 sobre aprobación del Reglamento de Régimen Interior del Consejo

Más detalles

CAPÍTULO I. Organización

CAPÍTULO I. Organización Lineamientos Generales para la conformación y funcionamiento del Consejo Asesor del Observatorio de Violencia de Género contra las Mujeres y Acceso a la Justicia* 1 Contenido ANTECEDENTES... 3 CAPÍTULO

Más detalles

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales

DISPONGO: CAPÍTULO I Disposiciones Generales Proyecto de Decreto --/2016, de ---de----------, por el que se regula las funciones, composición y el régimen de funcionamiento del Consejo Interadministrativo de Servicios Sociales de Extremadura. En

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones Decreto 1/2016, de 5 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno de la Comisión de Urbanismo de Madrid. Comunidad de Madrid «BOCM» núm.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO

REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO REGLAMENTO DE LA MESA LOCAL POR EL EMPLEO Artículo 1 La Mesa Local por el Empleo se constituye como órgano de carácter consultivo y de consenso que tiene por objeto canalizar y favorecer la participación

Más detalles

AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d Actes

AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d Actes AJUNTAMENT DE XIRIVELLA Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d Actes Pl. de la Concòrdia, 6 46950 Xirivella Tel. (96) 313 50 50 Fax (96) 370 31 79 xirajuntament@infoville.net

Más detalles