I. Principado de Asturias
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- Eugenio Mora Pereyra
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1 núm. 10 de 16-i /33 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana Resolución de 19 de diciembre de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se conceden, se inadmiten, se tienen por desistidas y se deniegan solicitudes de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2018, y se disponen y reconocen las obligaciones. En relación con el expediente relativo a las solicitudes de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2018, resultan los siguientes Antecedentes de hecho Primero. Por Resolución de 26 de junio de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (BOPA n.º 153 de 3 de julio de 2018) se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior. Segundo. Con fecha 26 de febrero de 2018, se dictó Resolución de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período (BOPA n.º 50, de 1 de marzo de 2018), encontrándose la presente línea de subvención recogida en el citado Plan Estratégico. Tercero. Con fecha 8 de agosto de 2018, el Consejo de Gobierno autorizó el gasto destinado a financiar la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2018 por un importe global de trescientos setenta mil euros ( ,00 ) con cargo a la aplicación presupuestaria B de la Ley del Principado de Asturias 6/2016, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para el 2017, prorrogados a 2018, realizado el documento contable de autorización del gasto y previo informe favorable de la Intervención General de fecha 8 de agosto de Cuarto. Por Resolución de 8 de agosto de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, se aprueba la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2018, cuyo extracto se publicó en el BOPA número 190, de 16 de agosto de Quinto. Tramitados los expedientes conforme a lo previsto en la convocatoria y realizado el estudio y valoración de los mismos, la comisión de valoración designada al efecto por Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, en su reunión del 5 de diciembre de 2018, levanta el acta correspondiente en la que se proponen las solicitudes de ayudas concedidas, inadmitidas, las que se tienen por desistidas y denegadas. Sexto. Las personas solicitantes a las que se propone la concesión de la ayuda cumplen el requisito establecido en el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Asimismo, cumplen todos los demás requisitos contemplados en la base quinta de las bases reguladoras y en la convocatoria de las citadas ayudas. Séptimo. Con fecha 12 de diciembre de 2018 ha sido formulada la propuesta de Resolución de concesión, inadmisión, desistimiento y denegación de ayudas, habiendo sido fiscalizado de conformidad por la intervención delegada con fecha 19 de diciembre de Octavo. Dado que los pagos deben realizarse en cuentas extranjeras, queda justificada la utilización del procedimiento de mandamiento de pago a justificar. Fundamentos de derecho Primero. La competencia sobre las actuaciones en materia de programas en favor de las personas emigrantes, se haya atribuida a la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, a través de la Dirección General de Emigración y Cooperación al Desarrollo, en virtud de lo dispuesto en el Decreto 62/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, modificado por el Decreto 14/2016 de 13 de abril y el Decreto 47/2017, de 26 de julio. Segundo. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y en el artículo 6.2 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones, modificado parcialmente por el Decreto 14/2000, de 10 de febrero, las subvenciones con cargo a dotaciones innominadas, globales o genéricas que figuran en los Presupuestos Generales del Principado de Asturias, se otorgarán de acuerdo con los principios generales de publicidad, concurrencia y objetividad de acuerdo con los procedimientos establecidos.
2 núm. 10 de 16-i /33 Tercero. La competencia para aprobar la convocatoria de la subvención y conceder las subvenciones corresponde al Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley del Principado de Asturias 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno y el Decreto 62/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, modificado por el Decreto 14/2016, de 13 de abril y por el Decreto 47/2017, de 26 de julio, así como en lo previsto en los artículos 3 y 7 del Decreto 71/1992, de 29 de octubre. Cuarto. Los artículos 8 y 41 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias, aprobado por Decreto Legislativo 2/1998, de 25 de junio, atribuye a los titulares de las Consejerías en el ámbito de su respectiva competencia, la posibilidad de contraer obligaciones económicas en nombre o por cuenta del Principado en el marco presupuestario que les esté atribuido, así como disponer el gasto, ordenar el pago e interesar el pago de las obligaciones de su Consejería al Consejero competente en materia económica y presupuestaria. Quinto. El artículo 43 del texto refundido del Régimen Económico y Presupuestario aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 2/1998, de 25 de junio indica que podrá procederse a la expedición de mandamientos de pagos a justificar cuando los servicios o prestaciones a que se refieran hayan tenido o vayan a tener lugar en el extranjero. En consecuencia, visto lo establecido en la Resolución de 8 de agosto de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior para el año 2018; la Resolución de 26 de junio de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior (BOPA n.º 153 de 3 de julio de 2018); la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; el Decreto 71/1992, de 29 de octubre, por el que se aprueba el régimen general de concesión de subvenciones en el Principado de Asturias, modificado por el Decreto 14/2000; el Decreto 62/2015, de 13 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, modificado por los Decretos 14/2016, de 13 de abril y 47/2017, de 26 de julio; la Ley del Principado de Asturias 6/2016, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para el 2017, prorrogados a 2018 y demás disposiciones de general aplicación, En su virtud, RESUELVO Primero. Conceder ayuda económica a los asturianos y asturianas residentes en el exterior que figuran en los anexos siguientes: anexo I-A: Ayudas individuales para personas de 65 años o más. anexo I-B: Ayudas individuales para personas de 18 años o más que sean víctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral. Lo que supone la concesión de 140 ayudas en las cuantías que se acompañan en los citados anexos con cargo a la aplicación presupuestaria B Segundo. Inadmitir las solicitudes de ayudas a asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior recogidas en el anexo II, por las causas expuestas. Tercero. Tener por desistidas de su solicitud, a las personas incluidas en el anexo III. Cuarto. Denegar las solicitudes de ayudas a asturianos y asturianas y descendientes en el exterior recogidas en el anexo IV. Quinto. Autorizar la expedición de mandamiento de pago a justificar a favor de la Caja Pagadora de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, con cargo a la aplicación presupuestaria B de la Ley del Principado de Asturias 6/2016, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2017, prorrogados a 2018, para hacer frente a los pagos que haya que realizar a favor de las personas con cuenta bancaria en el extranjero por los importes que figuran en los anexos I-A y I-B. Sexto. Facultar al Cajero Pagador para que realice cuantos trámites sean necesarios para la ejecución de los pagos señalados en el punto anterior. Séptimo. De conformidad con la decimoséptima de las bases reguladoras de la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior y en base al artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no será necesaria la justificación por parte de las personas beneficiarias de esta ayuda, más allá que la acreditación de una determinada situación de necesidad en su perceptor con carácter previo a su concesión, sin perjuicio de los controles que en su caso se puedan establecer por parte de la Dirección General de Emigración y Cooperación al Desarrollo a través del Servicio de Emigración. Octavo. Son obligaciones de las personas beneficiarias de esta ayudas comunicar al órgano concedente de la subvención cualquier alteración que se produzca en los datos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención; facilitar toda la información que le sea requerida por el órgano concedente y por los órganos de control interno y externo de la actividad económico financiera de la Administración de la Comunidad Autónoma; someterse a las actuaciones de comprobación que se practiquen por el órgano concedente y en general las obligaciones que se determinan en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, en las bases reguladoras y en la correspondiente resolución de concesión.
3 núm. 10 de 16-i /33 Noveno. La Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana, procederá a la revocación de las ayudas concedidas y obligará al reintegro total o parcial de las cantidades percibida y del interés legal que resulte de aplicación desde el momento del abono de la subvención en los casos previstos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso Contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias y en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno. Oviedo, 19 de diciembre de El Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, Guillermo Martínez Suárez.. Anexo I-A Ayudas individuales para personas de 65 años o más (línea 1) Primer Segundo Nombre Documento identidad País Propuesta de concesión P. V. M. d. C Argentina 3.000,00 R. G. A. I Argentina 2.323,49 G. R. C Argentina 2.323,49 F. C. I Argentina 2.323,49 S. I. M. P Argentina 2.323,49 H. A. M. I. F Argentina 2.323,49 S. H. E. G Argentina 2.323,49 V. M. M. E Argentina 3.000,00 S. G. M. d. l. D Argentina 2.323,49 G. G. J. L Argentina 2.745,94 G. F. L Argentina 2.745,94 M. M. A Argentina 2.745,94 L. C. A. Ó Argentina 2.323,49 S. P. Ó. R. M Argentina 2.323,49 P. G. J. E Argentina 3.000,00 Á. F. J Argentina 2.745,94 F. C. M Argentina 2.323,49 S. R. S Argentina 3.000,00 F. M. M Argentina 2.745,94 M. F. M. C Argentina 2.745,94 C. S. E. D. F Argentina 3.000,00 Á. G. A Argentina 2.745,94 R. C. C Argentina 2.745,94 G. D. V. M. E. d. l. P Argentina 2.745,94 R. R. B Argentina 2.323,49 C. Á. J. M. M Argentina 2.323,49 B. P. M. d. C Argentina 2.323,49 Á. E. R Argentina 2.323,49 R. F. M. C. C Argentina 2.323,49 P. M. Ó. J. M Argentina 2.745,94 L. G. E. E. F Argentina 2.745,94 L. G. M. Á Argentina 2.323,49
4 núm. 10 de 16-i /33 Primer Segundo Nombre Documento identidad País Propuesta de concesión G. B. M. d. C Chile 2.471,34 R. D. R Chile 3.000,00 V. P. Á. J Chile 2.091,14 V. G. O. L Chile 2.471,34 T. G. M. d. l. Á Costa Rica 1.347,62 G. O. J. R. X México 1.626,44 F. G. H. 2I04036 México 1.922,16 F. D. B. M. A. XDC México 1.922,16 H. C. V. 2I82720 México 1.626,44 H. C. S. 2I19038 México 1.626,44 M. B. M. XDA México 2.217,87 R. H. R México 2.513,59 L. L. M. d. C México 1.626,44 M. M. J Uruguay 2.369,96 Á. G. M. d. l. C Uruguay 2.369,96 C. M. M. T. V Venezuela 2.851,55 G. B. M. I. V Venezuela 2.471,34 S. S. M. d. l. Á. V Venezuela 3.000,00 A. F. C. V Venezuela 2.851,55 C. T. E. D. E Venezuela 3.000,00 C. G. M. L. V Venezuela 2.851,55 F. B. L. G. V Venezuela 3.000,00 M. R. M. E. V Venezuela 2.851,55 M. Z. L. V Venezuela 3.000,00 O. M. M. E. E Venezuela 2.471,34 I. V. E. J. V Venezuela 2.851,55 R. G. C. V Venezuela 2.851,55 R. G. F. V Venezuela 3.000,00 M. Á. M. d. C. E Venezuela 2.851,55 V. G. M. I. E Venezuela 3.000,00 V. G. M. T. E Venezuela 2.471,34 C. F. J. E. E Venezuela 2.851,55 R. P. T. E Venezuela 3.000,00 S. S. M. G. V Venezuela 2.851,55 F. P. E. V Venezuela 2.851,55 F. D. L. B. A. V Venezuela 2.471,34 M. G. I. E Venezuela 3.000,00 C. C. A. E Venezuela 3.000,00 G. S. E. M. E Venezuela 3.000,00 M. G. C. E Venezuela 2.851,55 Á. S. M. A. E Venezuela 2.851,55 M. G. M. E Venezuela 2.851,55 S. H. M. R. V Venezuela 2.851,55 G. G. M. d. P. V Venezuela 2.851,55 G. C. C. E Venezuela 2.851,55 G. S. M. O. V Venezuela 3.000,00
5 núm. 10 de 16-i /33 Primer Segundo Nombre Documento identidad País Propuesta de concesión I. F. E. M. R. V Venezuela 2.851,55 D. R. Á. M. V Venezuela 2.851,55 F. L. A. V Venezuela 2.091,14 S. R. E. V Venezuela 3.000,00 G. R. M. S. E Venezuela 2.471,34 B. B. M. D. V Venezuela 3.000,00 P. F. B. V Venezuela 2.851,55 L. V. M. E Venezuela 2.851,55 M. I. L. V Venezuela 2.851,55 S. G. R. M. C. E Venezuela 2.471,34 S. Á. M. T. E Venezuela 2.851,55 S. Á. M. L. V Venezuela 2.851,55 G. G. I. V Venezuela 3.000,00 G. G. A. E Venezuela 3.000,00 F. R. M. J. E Venezuela 2.471,34 B. G. G. E Venezuela 2.851,55 G. D. M. E Venezuela 2.851,55 S. S. S. V Venezuela 2.851,55 E. N. J. V Venezuela 3.000,00 A. R. V. V Venezuela 2.851,55 S. F. R. V Venezuela 2.851,55 F. M. D. E Venezuela 2.471,34 S. A. J. L. E Venezuela 2.471,34 Á. I. D. C. V Venezuela 2.471,34 S. R. M. F. E Venezuela 2.471,34 C. R. D. E Venezuela 3.000,00 F. M. S. V Venezuela 2.851,55 O. P. Á. E Venezuela 2.471,34 F. C. M. d. P. E Venezuela 2.851,55 P. A. L. E Venezuela 2.851,55 Á. M. M. E Venezuela 3.000,00 A. Á. A. V Venezuela 3.000,00 A. Á. R. M. V Venezuela 2.851,55 S. R. M. V Venezuela 2.471,34 H. F. J. V Venezuela 2.851,55 P. L. Á. A. V Venezuela 2.851,55 Á. C. J. R. V Venezuela 2.851,55 C. A. F. C. V Venezuela 2.851,55 O. Á. A. V Venezuela 2.471,34 P. S. M. Á. V Venezuela 2.851,55 S. P. V. R. E Venezuela 2.851,55 P. S. J. F. E Venezuela 2.851,55 S. F. F. V Venezuela 3.000,00 R. G. M. d. l. Á. V Venezuela 2.471,34 G. G. R. V Venezuela 2.851,55 M. F. R. V Venezuela 2.851,55
6 núm. 10 de 16-i /33 Primer Segundo Nombre Documento identidad País Propuesta de concesión D. F. E. V Venezuela 2.851,55 F. G. Á. A. V Venezuela 2.471,34 A. P. I. V Venezuela 2.851,55 A. B. Á. E Venezuela 2.851,55 P. Á. M. V Venezuela 3.000,00 B. G. M. Á. V Venezuela 2.091,14 M. R. M. Á. V Venezuela 3.000,00 G. D. C. M. d. l. S. V Venezuela 2.851,55 Total ayudas línea ,55 Anexo I-B Ayudas individuales para personas de 18 años o más que sean víctimas de violencia de género o padezcan invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral (línea 2) Primer Segundo Nombre Documento identidad País Propuesta de concesión B. O. J. L Argentina 2.745,94 F. C. O Argentina 2.323,49 C. Z. G Brasil 1.943,28 V. F. J. S Chile 2.851,55 R. A. F Colombia 1.812,32 R. A. Á Colombia 1.812,32 M. P. A México 2.513,59 P. Á. T. I Uruguay 2.369,96 Total ayudas línea ,45 Anexo II Solicitudes de ayudas individuales inadmitidas Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 E. F. M. J Argentina 1 V. M. A. A Argentina 1 G. R. C Argentina 2 S. M. W. L Argentina 1 F. C. M. d. A. A Argentina 1 G. G. Á Argentina 1 F. C. M. M Argentina 1 M. F. M. L Argentina 1 P. G. M. E Argentina 1 M. L. D Argentina País Causa de inadmisión (Base El solicitante ostenta menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española (Base 5ª, línea 2, apartado b) requisito 3) (Base
7 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 C. S. A Argentina 1 F. F. A Argentina 1 L. G. N. C. F Argentina 1 L. G. M. I. F Argentina País Causa de inadmisión No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 1, apartado No indica Á. S. M. A Argentina 2 H. V. M. R Argentina 2 G. D. G. M. F Argentina Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2) La solicitante no es asturiana o descendiente de primer grado de persona asturiana (Base 5ª, línea 2, apartado b) requisito 1) Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria con nacionalidad española (Base 5ª, línea 2, apartado 1 G. C. H Argentina No indica P. G. B. T Argentina 1 P. G. M. d. l. P Argentina 1 F. C. R. N Argentina 1 G. P. O Argentina 1 A. F. I Argentina 1 R. G. M. d. P Argentina Fallecida 1 S. P. M Argentina 1 C. G. L. N. F Argentina No indica B. M. L Argentina 1 L. G. J Argentina 2 O. M. d. l. Á Argentina 1 F. C. M. O Argentina 1 C. M. A. N. F Argentina 1 R. B. M Argentina 1 M. P. M. d. C. F Argentina 1 S. P. M Argentina 1 V. G. M. d. C. F Argentina Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2) Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2) Base 5ª, línea 2, apartado b) requisito 3: La solicitante no ostenta la nacionalidad española
8 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 H. F. M. d. C Argentina 1 M. M. H Argentina 1 L. C. Á Argentina 1 C. G. B Argentina 1 Á. Á. J. M Argentina 1 L. R. A Argentina 1 M. M. E Argentina 1 H. H. A Argentina 1 P.-R. V. D. E. F Argentina 1 P. V. I. M. F Argentina 1 A. R. A. F Argentina 1 G. Á. P Argentina 1 R. S. S. E. F Argentina 1 R. B. B. A Argentina 1 D. A. J. R Argentina 1 L. M. Á Argentina 1 F. M. E Argentina 1 F. L. C. M Argentina 1 B. G. A Argentina 1 A. Á. E. A Argentina 2 F. D. A. B Argentina 1 G. V. J. A. M Argentina 1 B. G. R Argentina 1 G. F. M. M Argentina No indica E. R. M. R Argentina País 1 P. P. M. L Aruba 1 U. M. M. V. V Brasil 1 R. M. M. D. W Z Brasil Causa de inadmisión 5ª, línea 2, apartado Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2). Base 5ª, línea 1, apartado a): No residir en un país de América Latina. Aruba pertenece a Holanda (Unión Europea).
9 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 F. G. R. W K Brasil 1 A. G. M. W O Brasil 1 D. D. C. M. P. S Chile 1 F. Z. M. R Chile 1 M. H. S. P Chile 1 P. A. Á Chile 2 S. F. M. A Chile 2 V. A. M. d. P Ecuador 2 G. V. J. R. México 1 F. M. E. XDA México 1 B. C. N. BACN MDFRSV07 México 1 B. G. J. L. XDA México 1 C. P. R. XDA México 1 M. P. B. XDC México 1 M. C. M. d. P. México 1 G. S. J. N. C Nicaragua No indica R. E. A. BD Uruguay No indica R. E. M. AAA Uruguay 1 S. T. M. J Uruguay 1 C. R. R Uruguay 1 F. C. M. V Uruguay No indica P. Á. M Uruguay 1 I. M. B Uruguay 1 G. A. M. d. C Uruguay 1 Á. L. M. I Uruguay 1 G. R. J. G Uruguay 1 C. S. M. R Uruguay 1 F. M. V. V Venezuela Causa de inadmisión Inscrita PERE otra comunidad autónoma (Base La persona firmante de la solicitud carece de poder bastante en derecho para representar a la persona solicitante. Inscrita PERE otra comunidad autónoma (Base 5ª, línea 2, apartado No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 2, apartado No inscrita en el PERE (Base 5ª, línea 1, requisito 3) Inscrito PERE otra comunidad autónoma (Base No inscrita en el PERE (Base 5ª, línea 1, requisito 3) No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 1, apartado Incumple Base 5ª, personas beneficiarias: El solicitante es menor de 18 años. Incumple Base 5ª, personas beneficiarias: La solicitante es menor de 18 años.. Fallecida. Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2). Inscrito PERE otra comunidad autónoma (Base 5ª, línea 1, requisito 3)
10 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 2 E. G. D. V Venezuela 1 L. G. M. E. E Venezuela 1 C. I. F. V Venezuela 1 A. R. S. V Venezuela 1 F. D. L. B. M. I. V Venezuela 1 G. G. M. J. E Venezuela 2 C. F. M. d. C. V Venezuela 1 E. Á. N. V Venezuela 1 S. P. Á. V Venezuela 1 C. A. M. V Venezuela Fallecida 1 P. S. L. E Venezuela 1 L. M. M. P. V Venezuela 1 F. R. J. M. V Venezuela 1 Á. Á. O. E Venezuela 1 G. A. M. I. V Venezuela 1 S. H. L. V Venezuela 1 G. S. J. Á. E Venezuela 1 N. A. F. J. E Venezuela 1 S. V. M. G. V Venezuela 1 M. G. E. L. V Venezuela 1 R. S. J. J. V Venezuela 1 R. M. M. d. l. D. V Venezuela País Causa de inadmisión Incumple base 5ª, línea 2, apartado a): No acredita padecer invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para el desarrollo de la vida laboral. Inscrito PERE otra comunidad autónoma (Base 5ª, línea 1, requisito 3) (Base 5ª, línea 1, requisito 3) (Base 5ª, línea 2, requisito 3) Está inscrita en el PERE de otra comunidad autónoma y es menor de 65 años solicitando la línea 1 (Base 5ª, línea 1, apartado a) y requisito b).3) Base 5ª, línea 1, apartado a): No residir en un país de América Latina. Emigrante retornado a España. (Base Base 5ª, línea 1, apartado a): No residir en un país de América Latina. Emigrante retornado a España. (Base 5ª, línea 1, requisito 3) El solicitante ostenta menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española (Base 5ª, línea 1, apartado b) requisito 3) Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2) Base 2ª, apartado 1: Las ayudas solo se podrán adjudicar a un miembro de la unidad familiar. Se concede ayuda a su cónyuge. Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2) Base 5ª, línea 1, apartado a): No residir en un país de América Latina. Emigrante retornado a España. Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2)
11 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 F. C. S. V Venezuela 1 G. G. I. I. V Venezuela 2 M. P. J. J. V Venezuela 2 M. P. M. M. V Venezuela 1 G. V. C. D Cuba 1 G. U. M. E Cuba 1 B. S. A. M Cuba 1 C. A. G Cuba 1 Á. G. R. M Cuba 1 S. d. l. M. F. A Cuba 1 L. F. R Cuba 1 P. Q. F. d. l. M Cuba 1 G. M. I Cuba 1 G. D. G. d. l. N Cuba 1 C. M. S Cuba 1 G. F. O Cuba 1 L. C. A. R Cuba 1 G. M. A. M Cuba 1 G. M. R. J Cuba 1 P. P. S. L Cuba 1 M. C. A Cuba 1 Á. G. V. d. l. C Cuba 1 F. R. S. S Cuba País Causa de inadmisión Base 2ª, apartado 1: Las ayudas solo se podrán adjudicar a un miembro de la unidad familiar. Se concede ayuda a su cónyuge. Incumple Base 5ª: No es mayor de 65 años (línea 1), víctima de violencia de género ni padece invalidez permanente o enfermedad grave incapacitante para la vida laboral (línea 2) Solicitud fuera de plazo. (Apartado 9º de la convocatoria) Solicitud fuera de plazo. (Apartado 9º de la convocatoria) (Base (Base (Base No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 1, apartado (Base (Base Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) (Base (Base (Base Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) (Base (Base
12 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 V. R. A. E Cuba 1 M. I. E Cuba 1 M. F. V Cuba 1 L. C. J Cuba 1 M. P. M Cuba 1 L. R. M. d. C Cuba 1 G. H. A Cuba 1 R. O. Z. E Cuba 1 G. D. A. M Cuba 1 G. D. A. R Cuba 1 S. G. C Cuba 1 G. E. H Cuba 1 M. C. M. M Cuba 1 P. V. Y. C Cuba 1 P. V. O. C Cuba 1 G. O. M. Á Cuba 1 R. P. Y Cuba 1 Á. A. R. C Cuba País Causa de inadmisión (Base (Base Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) (Base Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) (Base (Base Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiano o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3)
13 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 G. P. J. A Cuba 1 R. D. G Cuba 1 E. R. O Cuba 1 R. T. A. A Cuba 2 F. Q. V. J Cuba 1 V. A. B. M Cuba 1 G. G. O. C Cuba 1 G. C. R Cuba 1 L. L. A. I Cuba 1 L. L. Á. N Cuba 1 P. G. C. O Cuba 1 Á. P. A. N Cuba 1 B. S. B. A Cuba 1 C. A. J. Á Cuba 1 C. S. A. F Cuba 1 G. G. R. Á Cuba 1 L. C. J Cuba 1 M. M. M. Z Cuba 1 V. F. J. B Cuba 1 G. G. A. M Cuba 1 H. C. M. R Cuba 1 M. C. L Cuba 1 G. G. M. O Cuba 1 F. E. M. d. l. Á Cuba País Causa de inadmisión Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiano o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) (Base No ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisito 1) (Base 5ª, línea 2, apartado (Base No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 1, apartado (Base No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 1, apartado (Base (Base (Base (Base (Base (Base No ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisito 1)
14 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 C. G. M. d. C Cuba 1 G. F. R Cuba 1 G. Á. M. C Cuba 1 Q. A. M. C Cuba 1 Q. V. A. M Cuba 2 N. F. R. M Cuba 1 C. R. B Cuba 1 M. L. M Cuba 1 A. M. C. d. J Cuba 1 A. M. M. d. R Cuba 1 G. S. R. M Cuba 1 L. V. D Cuba País Causa de inadmisión No ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisito 1) No ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisito 1) Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer grado de persona asturiana (Base 5ª, línea 2, apartado b) requisitos 1 y 3) Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiano o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) 1 V. R. A. T Cuba 1 G. C. C. G Cuba 1 S. P. B Cuba No ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisito 1) 1 V. R. F. B Cuba 1 G. M. M. G Cuba 1 F. M. F Cuba No ser asturiana o descendiente de primer apartado b) requisito 1)
15 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad 1 T. R. A. R Cuba 1 F. Á. J. S Cuba 1 G. P. E. B Cuba 1 G. C. M. R Cuba 1 R. S. J Cuba 1 C. A. F. F. Cuba 1 A. S. M. A Cuba 1 L. B. M. R Cuba 1 P. C. R Cuba 1 Á. L. A Cuba 1 Á. L. E Cuba 1 Á. G. J. B. XDA Cuba 1 L. A. H. E Cuba 1 M. C. R Cuba 1 R. C. A. R Cuba 1 M. B. G. H Cuba País Causa de inadmisión (Base No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 1, apartado (Base Ostentar menos de 10 años consecutivos anteriores a la publicación de la convocatoria en la emigración con nacionalidad española y no ser asturiano o descendiente de primer apartado b) requisitos 1 y 3) No inscrito en el PERE (Base 5ª, línea 1, apartado (Base No ser asturiano o descendiente de primer apartado b) requisito 1 (Base Solicitud fuera de plazo. (Apartado 9º de la convocatoria) Anexo III Solicitudes de ayuda de personas que se tienen por desistidas de su solicitud (Base 10ª, apartado 4º, en conexión con el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 B. R. N Argentina 1 S. L. G Argentina 1 Á. M. M Argentina 1 R. G. B Argentina 1 F. D. M. C. F Argentina
16 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 F. F. P Argentina 1 Á. F. M. E Argentina 1 Á. G. M Argentina 1 G. P. M Argentina 1 P. C. C Argentina 1 N. V. M. d. l. Á Argentina 1 M. A. M. L. F Argentina 1 M. A. M. d. C Argentina 1 H. D. G. C Argentina 1 G. P. M. T Argentina 1 L. G. M. V Argentina 1 D. l. C. B. A. F Argentina 1 A. M. J Argentina 1 R. H. A Argentina 1 S. M. C. M. F Argentina 1 Á. V. M. T Argentina 1 G. P. F Argentina 1 D. F. B Argentina 1 G. L. C Argentina 1 F. C. U Argentina 1 C. Á. J Argentina 1 H. H. M. S Argentina 1 G. G. J. F Argentina 1 P. M. A Argentina 1 F. M. A Argentina 2 O. B. P. M Argentina 1 B. C. M. J. A Argentina 1 V. S. A. J Argentina 1 G. C. F Argentina 1 D. L. M. M Argentina 1 C. V. M. C Argentina 1 D. C. S. A. F Argentina 1 G. C. J. C. M Argentina 1 C. Á. S Argentina 1 F. G. E Argentina 1 F. F. A. M Argentina 1 V. C. J. M Argentina 1 B. C. A Argentina 1 S. S. M. J Argentina 1 I. G. M. J Argentina 1 Á. R. E Argentina 1 P. G. R Argentina 1 E. V. B Argentina 1 G. H. M. d. C. C Argentina 1 G. T. M. R Argentina 1 C. A. M. A. d. A. F Argentina
17 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 2 B. O. A Argentina 1 L. Á. Á Argentina 1 G. S. M. L Argentina 1 G. C. M. d. l. L Argentina 1 Á. M. A. O Argentina 1 L. M. C. M Argentina 1 F. M. E Argentina 1 C. M. O. J. M Argentina 1 L. F. R Argentina 1 G. R. U Argentina 1 S. S. A. C Argentina 1 D. C. D. A. M Argentina 1 Á. F. M. A Argentina 1 M. G. R. M Argentina 1 G. R. A. M Argentina 1 G. L. C Argentina 1 T. C. J Argentina 1 S. V. A Argentina 1 Á. Á. M. N Argentina 1 R. H. G Argentina 2 B. S. A. M Argentina 1 P. E. C Argentina 1 H. H. A. M Argentina 1 P. R. A Argentina 1 P. V. M. T. F Argentina 1 M. M. B Argentina 1 P. G. J. M Argentina 1 G. B. E Argentina 1 G. A. J Argentina 1 G. B. M. L. F Argentina 1 F. P. A Argentina 1 A. V. M. d. l. A Argentina 1 F. F. J Argentina 1 Á. B. C Argentina 1 Á. M. E Argentina 1 Á. M. M. R Argentina 2 R. S. W. J Argentina 1 A. P. M. M Argentina 1 G. D. V Argentina 1 S. F. A. A Argentina 1 L. F. A. D Argentina 1 V. M. S Argentina 1 G. P. A. J Argentina 1 R. M. L Argentina 1 R. M. L Argentina 1 R. M. M. C Argentina
18 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 M. M. M Argentina 1 G. S. M. d. C Argentina 1 Á. M. A. N Argentina 1 Á. V. M. d. l. Á Argentina 1 F. S. F. G. M Argentina 1 G. P. B. G Argentina 1 R. L. M. d.c. E Argentina 1 C. P. H. M Argentina 1 V. P. E.V. F Argentina 1 G. C. Ó. R. M Argentina 1 P. G. M. d.c. F Argentina 1 L. G. B. F Argentina 1 P. A. A Chile 1 C. C. M. d. P. CACP440305MDFNXL05 México 1 E. P. A. XDC México 1 G. G. M. XDC México 1 N. C. M. México 1 M. C. G Uruguay 1 V. V. C Uruguay 1 L. Q. J. A. A. Uruguay 1 F. F. A Uruguay 1 F. S. S Uruguay 1 C. C. J. L Uruguay 1 V. M. J. C Uruguay 1 C. R. L. E Uruguay 1 F. F. J. M Uruguay 1 G. B. M. E Uruguay no indica L. R. M. T Uruguay 1 L. F. B Uruguay 2 L. M. M. B. V Venezuela 1 C. F. M. T. E Venezuela 1 D. l. V. M. E. V Venezuela 1 B. R. M. A. E Venezuela 2 F. G. B. E. V Venezuela 1 G. C. R. M. E Venezuela 2 I. G. Á. R. V Venezuela 2 I. G. G. V Venezuela 1 S. S. L. A. V Venezuela 1 C. M. F. R. E Venezuela 1 M. R. C. E Venezuela 2 L. M. M. d. R. E Venezuela 1 M. R. R. V Venezuela 1 C. A. J. J. V Venezuela 1 G. C. N Cuba 1 Z. A. M Cuba 1 P. Á. R Cuba
19 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 G. R. J Cuba 1 H. V. M. I Cuba 1 M. F. D. J Cuba 1 F. C. T. C Cuba 1 R. L. Y. F Cuba 1 L. A. J Cuba 1 D. l. F. P. A Cuba 1 F. B. O Cuba 1 C. C. C. H Cuba 1 A. V. D. N Cuba 1 P. V. O. U Cuba 1 G. V. T. d. J Cuba 1 I. J. J Cuba 1 S. H. R Cuba 1 V. P. O Cuba 1 Á. J. C Cuba 1 S. C. M. M Cuba 1 V. G. A. V Cuba 1 P. P. L Cuba 1 Á. C. E. B Cuba 1 G. H. O Cuba 1 P. R. O Cuba 1 D. l. F. P. C Cuba 1 G. M. B. M Cuba 1 V. F. B Cuba 1 P. Á. A. M Cuba 1 A. P. S. A Cuba 1 R. H. D. M Cuba 1 F. V. E. L Cuba 1 L. D. P Cuba 1 I. M. R Cuba 1 R. L. R Cuba 1 R. Á. C Cuba 1 R. S. E. C Cuba 1 F. A. F Cuba 1 M. T. D. C Cuba 1 D. l. U. F. V. d. C Cuba 1 F. H. L. P Cuba 1 D. M. R Cuba 2 G. I. C. L Cuba 1 C. G. M. A Cuba 1 A. M. C. M Cuba 1 M. A. M. d. S Cuba 1 M. M. L. M Cuba 1 G. O. O Cuba 1 G. M. I. M Cuba
20 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 M. G. A. L Cuba 1 G. L. E Cuba 1 F. V. O Cuba 1 D. N. O Cuba 1 M. M. Á Cuba 2 P. T. M Cuba 1 G. M. M. d. l. C Cuba 1 G. S. I. C Cuba 1 V. L. F. E Cuba 1 P. D. D. C Cuba 1 F. F. C Cuba 1 A. O. M. d. C Cuba 1 G. A. A Cuba 1 R. L. P. A Cuba 1 R. L. P. C Cuba 1 M. B. G Cuba 1 F. F. M. E Cuba 1 M. S. A Cuba 1 G. G. A Cuba 1 Á. N. O Cuba 1 G. L. H. B Cuba 1 Á. N. M Cuba 1 Á. N. R Cuba 1 Á. N. T Cuba 1 F. G. G Cuba 1 F. G. J Cuba 1 N. S. S. d. C Cuba 1 R. F. M. d. l. N Cuba 1 F. H. E Cuba 1 F. T. D Cuba 1 E. R. B Cuba 1 F. P. A Cuba 1 F. Q. M. d. l. Á Cuba 1 C. P. A. M Cuba 1 G. L. T Cuba 1 G. P. L. G Cuba 1 H. F. N Cuba 1 E. G. G Cuba 1 C. M. O Cuba 1 A. C. E. M Cuba 1 G. F. R Cuba 1 R. H. J Cuba 1 C. A. L. E Cuba 1 F. M. C Cuba 1 M. R. B Cuba 1 Q. R. M. L Cuba
21 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 P. L. P Cuba 1 I. J. E Cuba 1 R. H. A Cuba 1 Á. G. J. M Cuba 1 P. Q. A. B Cuba 1 G. V. A Cuba 1 F. L. O. D Cuba 1 G. M. S Cuba 1 C. T. V. I Cuba 1 S. M. G. G Cuba 1 G. P. J. S Cuba 1 V. G. A. J Cuba 1 F. M. R Cuba 2 Á. S. M Cuba 1 G. A. C. J Cuba 1 M. B. T. d. l. Á Cuba 1 M. B. M. A Cuba 1 M. B. P. F Cuba 1 S. E. J. E Cuba 1 V. A. A Cuba 1 G. G. M. E Cuba 1 F. S. L.S Cuba 1 F. P. M. O Cuba 1 C. A. J.S Cuba 1 D. R. R. S Cuba 1 B. M. M. M Cuba 1 M. B. N Cuba 1 G. P. Y. I Cuba 1 B. R. V Cuba 1 G. R. C Cuba 1 Á. S. L. E Cuba 1 Á. S. G. A Cuba 1 G. P. M. T Cuba 1 F. R. G Cuba 1 G. T. B. F Cuba 1 G. A. S Cuba 1 S. L. G. A Cuba 1 G. D. B Cuba 1 V. P. Y. R Cuba 1 D. A. F. Á Cuba 1 D. A. R Cuba 1 R. F. J. R Cuba 1 H. O. D Cuba 1 C. G. M. T. A Cuba 1 V. A. L Cuba 1 G. G. G. A Cuba
22 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 R. M. E. M Cuba 1 M. R. F Cuba 1 G. L. L Cuba 1 R.-. D. B. F Cuba 1 M. Á. S. M Cuba 1 R. H. G Cuba 1 P. F. M. G Cuba 1 G. S. A Cuba 1 M. A. C. Z Cuba 1 R. G. H Cuba 1 G. R. M. A Cuba 1 V. P. J Cuba 1 R. G. M Cuba 1 A. R. A Cuba 1 F. S. J Cuba 1 G. H. L. B Cuba 1 D. G. A Cuba 1 G. J. I Cuba 1 V. A. R. A Cuba 1 V. A. D Cuba 1 P. P. J. R Cuba 1 G. C. J Cuba 1 A. G. A. J Cuba 1 M. L. E Cuba 1 M. F. E Cuba 1 M. L. P. J Cuba 1 M. S. A. d. C Cuba 1 F. T. F. B Cuba 1 P. P. J Cuba 1 L. F. S. H Cuba 1 L. F. H. H Cuba 1 M. C. A. N Cuba 1 R. C. O Cuba 1 G. R. I. C Cuba 1 F. C. N. G Cuba 1 Á. M. G. F Cuba 1 L. A. O Cuba 1 F. R. L. A Cuba 1 E. G. O Cuba 1 C. R. J. M Cuba 1 B. A. F. P Cuba 1 G. V. J. A Cuba 1 E. G. V. M Cuba 1 E. G. G. E Cuba 1 R. H. H Cuba 1 N. A. M Cuba
23 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 Q. R. I Cuba 1 L. P. R Cuba 1 M. P. B. A Cuba 1 V. G. A. R Cuba 1 A. N. C Cuba 1 S. R. C Cuba 1 I. M. I. d. l. C Cuba 1 G.-P. Y. M Cuba 1 G. S. M. T Cuba 1 G. S L Cuba 1 R. G. M. E Cuba 1 P. P. J Cuba 1 G. M. S Cuba 1 Á. N. S Cuba 1 G. F. P. D Cuba 1 Á. R. J. R Cuba 1 S. F. F Cuba 1 F. V. B. R Cuba 1 A. C. M Cuba 1 L. R. N. F Cuba 1 M. A. M. d. S Cuba 1 D. B. C. P Cuba 1 A. A. A Cuba 1 G. R. J. M Cuba 1 L. B. E Cuba 1 P. H. M. A Cuba 1 F. M. Z. M Cuba 1 M. P. F. S Cuba 1 L. M. M. J Cuba 1 C. H. M. E Cuba 1 G. C. C Cuba 1 F. G. G Cuba 1 G. R. J. N Cuba 1 S. R. L Cuba 1 G. B. B Cuba 1 V. R. M. d. P Cuba 1 A. Á. R. A Cuba 1 G. S. R Cuba 1 P. G. R. A Cuba 1 M. R. J Cuba 1 F. P. M Cuba 1 G. M. C. E Cuba 1 S. R. I. A Cuba 1 M. B. T. T Cuba 1 R. L. N. F Cuba 1 G. D. C. M. d. C Cuba
24 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 G. D. C. M. d. R Cuba 1 V. M. R Cuba 1 L. F. S. G Cuba 1 P. V. A Cuba 1 C. A. F. d. l. C Cuba 1 F. F. J. A Cuba 1 M. M. M. L Cuba 1 G. D. A. R Cuba 1 S. M. G. R Cuba 1 S. M. G. A Cuba 1 G. Á. B. L Cuba 1 G. Á. M. d. C Cuba 1 R. R. R. A Cuba 1 B. Á.-B. M. A Cuba 1 A. G. E. M Cuba 1 A. G. Á.E Cuba 1 R. R. S. E Cuba 1 G. L. E. A Cuba 1 P. L. A Cuba 1 C. Q. G. E Cuba 1 P. V. R. A Cuba 1 G. V. J Cuba 1 G. V. E Cuba 1 G. V. C Cuba 1 V. E. C. E Cuba 1 T. M. J. S Cuba 1 G. S. M. M Cuba 1 S. H. M. M Cuba 1 R. A. C Cuba 1 L. M. Y. F Cuba 1 P. L. N Cuba 1 F. F. A Cuba 1 R. J. R Cuba 1 C. L. P. A Cuba 1 P. G. E. I Cuba 1 P. G. M. R Cuba 1 M. M. M. J. F Cuba 1 D. B. E. L Cuba 1 F. G. L. E Cuba 2 G. Á. M. d. l. Á Cuba 1 M. D. E. A Cuba 1 M. H. F. d. J Cuba 1 G. T. J. d. l. C Cuba 1 S. T. R. R Cuba 1 G. E. T Cuba 1 D. S. M. M Cuba
25 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 S. T. C. R Cuba 1 A. V. J. J Cuba 1 A. B. L. M Cuba 1 A. B. L. R Cuba 1 A. P. R.M Cuba 1 B. L. F Cuba 1 C. B. A. R Cuba 1 C. C. M. C Cuba 1 C. G. F. E Cuba 1 C. A. M. M Cuba 1 C. F. I. M Cuba 1 F. A. M. J Cuba 1 F. Á. M. d. C Cuba 1 F. C. L. L Cuba 1 F. G. R Cuba 1 F. F. A. M Cuba 1 F. H. P. V Cuba 1 G. P. J Cuba 1 G. H. B. A Cuba 1 G. H. J Cuba 1 G. H. N Cuba 1 G. P. I. M Cuba 1 H. V. C. A Cuba 1 L. C. M. T Cuba 1 M. H. L. M Cuba 1 M. M. S. R Cuba 1 M. L. N. L Cuba 1 M. R. R. d. P Cuba 1 P. C. L. G Cuba 1 P. G. M. C Cuba 1 S. B. M. C Cuba 1 S. L. J. E Cuba 1 T. G. R. A Cuba 1 T. G. J. M Cuba 1 M. G. J. J Cuba 1 R. R. M. d. J Cuba 1 D. F. E. M Cuba 1 F. G. M Cuba 1 Á. R. M. d. l. M Cuba 1 R. R. B. N Cuba 1 G. C. A. C Cuba 1 P. F. M. M Cuba 1 B. G. G Cuba 1 M. T. E. A Cuba 1 G. C. A. I Cuba 1 V. Y. Y Cuba
26 núm. 10 de 16-i /33 Línea Primer Segundo Nombre Documento identidad País 1 R. R. M. V. d. l. C Cuba 1 M. A. S Cuba 1 R. L. M. M Cuba 1 R. P. M. L Cuba 1 A. F. L. E Cuba 1 A. F. L. R Cuba 1 A. O. E. M Cuba 1 A. R. S. R Cuba 1 A. R. M. S Cuba 1 A. R. A Cuba 1 Á M. J. J. D. J Cuba 1 Á V. J Cuba 1 Á V. C. E Cuba 1 Á V. L Cuba 1 Á V. A Cuba 1 Á V. M. d. C Cuba 1 Á G. J. M Cuba 1 Á M. M Cuba 1 Á M. E. L Cuba 1 Á M. C. R Cuba 1 Á M. A. d. l. C Cuba 1 Á C. E. M Cuba 1 Á P. R Cuba 1 Á P. A. C Cuba 1 Á. G. C. E Cuba 1 A. G. F Cuba 1 A. G. J. E Cuba 1 A. S. E. E Cuba 1 A. D. P. B. V Cuba 1 A. D. V. E. L Cuba 1 B. G. M. J Cuba 1 C. C. T Cuba 1 C. C. I. M Cuba 1 C. S. J. R Cuba 1 C. A. A Cuba 1 C. A. E Cuba 1 D. V. E. F. R Cuba 1 D. F. M. L. G Cuba 1 F. C. J. J Cuba 1 F. R. C Cuba 1 F. P. R. M Cuba 1 F. L. O Cuba 1 F. C. O Cuba 1 F. C. M. E Cuba 1 F. G. A. E Cuba 1 F. R. d. R. R. L Cuba
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