ORDENAMIENTOS. Manual de Operación Nivel Grupo. Aprobados por la Dirección Ejecutiva Nacional en su sesión del 11 de Julio de 2018.

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1 ORDENAMIENTOS Manual de Operación Nivel Grupo Aprobados por la Dirección Ejecutiva Nacional en su sesión del 11 de Julio de Construir un Mundo Mejor

2 Ordenamientos / Manual de Operación Nivel Grupo Derechos Reservados por la Asociación de Scouts de México, A.C PRIMERA EDICIÓN, JULIO Derechos Reservados Copyright 2018, Asociación de Scouts de México A.C ISBN en trámite Derechos de autor en trámite Ninguna parte de esta publicación puede ser traducida o adaptada a ningún idioma, como tampoco puede ser reproducida, almacenada o transmitida en manera alguna ni por ningún medio, incluyendo las ilustraciones y el diseño de las cubiertas, sin permiso previo y por escrito de la Asociación de Scouts de México A.C. que representa a los titulares de la propiedad intelectual. Esta edición consta de 1000 ejemplares, se terminó de imprimir en febrero de 2016 en los talleres de Rodríguez Hermanos Impresores, ubicado en Esterlinas 230,Col. Aquiles Serdán C.P , Ciudad de México, Tels.: , Oficina Scout Nacional Córdoba 57, Col. Roma, C.P , Ciudad de México Tel: oficina.nacional@scouts.org.mx

3 ORDENAMIENTOS Manual de Operación Nivel Grupo Aprobados por la Dirección Ejecutiva Nacional en su sesión del 11 de Julio de Construir un Mundo Mejor

4 ÍNDICE Capítulo I. Grupo Scout Definición Integración Estructura Estatus de un Grupo Scout. 2 Capítulo 2. Consejo de Grupo Definición y autoridad Integración Representación Funciones del Consejo de Grupo Convocatoria y quórum de sesiones ordinarias Sesiones del Consejo de Grupo Acuerdos del Consejo de Grupo Jurisdicción del Consejo de Grupo Invitados especiales Informar es obligatorio. 10 Capítulo 3. Comité de Grupo Definición y autoridad Integración Representación Funciones del Comité de Grupo Sesiones del Comité de Grupo. 12 Capítulo 4. Comités Especiales Definición y autoridad Integración Duración. 13 Capítulo 5. Asamblea de Grupo Definición y funciones Integración Convocatoria de la Asamblea Informativa Contenido del Informe Desarrollo de la Asamblea de Grupo Acta de la Asamblea Informativa. 17 IV Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

5 Capítulo 6. Elección de Jefe de Grupo Requisitos para Jefe de Grupo Procedimiento de elección ordinaria Procedimiento de elección extraordinaria Entrega-recepción. 22 Capítulo 7. Las Secciones del Grupo Definición Coeducación. 23 Capítulo 8. Estructura de las Secciones de Grupo Definición Manada de Lobatos Tropa de Scouts Comunidad de Caminantes Clan de Rovers Consideraciones. 26 Capítulo 9. Jefatura de Grupo Jefe de Grupo Nombramiento Perfil Funciones. 27 Capítulo 10. Subjefatura Administrativa de Grupo Subjefe Administrativo de Grupo Nombramiento Perfil Funciones. 32 Capítulo 11. Subjefatura de Métodos Educativos de Grupo Subjefe de Métodos Educativos de Grupo Nombramiento Perfil Funciones. 36 Manual de Operación Nivel Grupo V

6 Capítulo 12. Jefatura de Sección Jefe de Sección Nombramiento Perfil Funciones. 40 Capítulo 13. Subjefatura de Sección Subjefe de Sección Nombramiento Perfil Funciones. 43 Capítulo 14. Representantes Juveniles Representantes Juveniles Período Perfil Funciones Proceso de selección. 47 Capítulo 15. Colaborador de Grupo Colaborador de Grupo Nombramiento Perfil Funciones. 48 Anexo 1. Literatura Recomendada. 49 Anexo 2. Formatos sugeridos. 51 Formato I. Informe de sección. 51 Formato II. Informe de Consejo de Grupo. 53 Formato III. Informe Financiero de Grupo. 55 VI Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

7 Capítulo I. Grupo Scout 1.1. Definición El Grupo Scout es el espacio en el que conviven niños, jóvenes y adultos, creando un entorno propicio para el crecimiento y desarrollo de los que lo integran. Dicha convivencia debe desarrollarse de manera armónica, privilegiando la toma de decisiones en órganos democráticos, excluyendo a toda costa los conflictos. A través del Programa de Jóvenes, el Grupo Scout colaborará decididamente con el cumplimiento de los objetivos de la Asociación en un espacio en el que, como una gran familia, conviven niños, jóvenes y adultos poniendo lo mejor de sí, aprendiendo a vivir mejor. El Grupo Scout debe ofrecer a cada niño o joven que se integre a él, la oportunidad de practicar el Escultismo y brindarle el apoyo necesario para su desarrollo, en la forma que se describe en estos ordenamientos Integración El Grupo Scout se conforma, al menos, por una sección con la cantidad mínima de jóvenes establecida en los ordenamientos. Deberán contar con: 1. Jefe de Grupo. 2. El o los scouters responsables de la o las secciones. 3. Un Subjefe de Grupo, como mínimo, encargado de la Administración, responsable de las funciones de Tesorería y Secretaría, conforme a este manual. Los miembros deberán estar registrados en la Asociación y al menos uno de los dirigentes deberá ser padre de familia de alguno de los jóvenes del grupo; el grupo deberá contar con la autorización para operar de la Comisión Ejecutiva de Provincia, misma que se otorgará al momento que se apruebe su constitución. El grupo, idealmente, debe contar con el 25% de sus dirigentes entre los 22 y 29 años. Manual de Operación Nivel Grupo 1

8 Un Grupo Scout puede ser especial cuando, por autorización expresa de la Dirección Ejecutiva Nacional, su organización tenga modalidades compatibles pero diferentes a las reglamentarias, y en la autorización referida se describan dichas modalidades Estructura El Grupo Scout está integrado por: 1. Consejo de Grupo, es el máximo órgano de toma de decisiones, encargado de supervisar el funcionamiento del Grupo Scout. 2. Comité de Grupo, es el órgano encargado de administrar el grupo y facilitar la aplicación del Programa de Jóvenes. 3. Sección (es), donde se aplica directamente el Programa de Jóvenes Estatus de un Grupo Scout 1. Grupo Scout calificado, aquel que cumple con todas las características del numeral 1.2 de este ordenamiento. 2. Grupo Scout no calificado, aquel que incumple con alguna de las características del numeral 1.2 de este ordenamiento. A partir de la sesión del Consejo de Provincia donde se detecte este incumplimiento se contarán dos sesiones ordinarias y/o 9 meses para cubrir los requisitos o cancelar el registro del grupo, de acuerdo a los ordenamientos. Capítulo 2. Consejo de Grupo 2.1. Definición y autoridad El Consejo de Grupo es el máximo órgano de toma de decisiones, encargado de supervisar el funcionamiento del Grupo Scout. Dicho Consejo tiene autoridad sobre todos los miembros del grupo y responde de su gestión ante la Comisión Ejecutiva de Provincia. 2 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

9 2.2. Integración Se integra con jóvenes, scouters y dirigentes debidamente registrados, que cumplan con lo establecido en los ordenamientos. El Consejo de Grupo se conforma de la siguiente manera: 1. Jefe de Grupo, quien lo representa y preside sus sesiones. 2. Subjefe de Grupo administrativo. 3. Subjefe de Grupo de Métodos Educativos. 4. El responsable(s) de la(s) sección(es) que el grupo tenga en operación: a. Jefe(s) de la(s) Manada(s) de Lobatos. b. Jefe(s) de la(s) Tropa(s) de Scouts. c. Jefe(s) de la(s) Comunidad(es) de Caminantes. d. Consejero(s) responsable(s) de lo(s) Clan(es) de Rovers. 5. Dos representantes juveniles miembros del Clan de Rover, mayores de edad. Cada integrante del Consejo de Grupo tendrá un voto, de tal manera que los representantes juveniles tendrán un voto cada uno de ellos. Cuando un Grupo Scout es de reciente creación, el Consejo de Grupo se integrará con: 1. Jefe de Grupo. 2. Subjefe de Grupo Administrativo. 3. Jefe de la sección que le da el estatus de Grupo Scout Calificado. Esto no puede durar más de un año a partir del inicio de sus actividades. Durante este año el consejo debe integrar a los jefes de las demás secciones, al subjefe de Grupo encargado de Métodos Educativos y, en su caso, al patrono o su representante. Manual de Operación Nivel Grupo 3

10 2.3. Representación El Consejo de Grupo es representado por el Jefe de Grupo. En su ausencia temporal, la cual no podrá exceder de dos meses, será representado por el subjefe de Grupo administrativo. Para hacerse representar el Jefe de Grupo en el Consejo de Provincia, se atendrá a lo señalado en el manual correspondiente. Para actividades específicas, el Jefe de Grupo o en su caso el subjefe de Grupo administrativo podrá designar quien los represente Funciones del Consejo de Grupo Las funciones del Consejo de Grupo son las siguientes: 1. Siendo el Consejo de Grupo el conjunto de personas que dirigen al Grupo Scout, su principal función será hacer que se aplique correctamente el Programa de Jóvenes. 2. Elegir al Jefe de Grupo. 3. Conforme al Plan de Trabajo de la Provincia, establecer las estrategias, plazos y responsables para cumplir los objetivos correspondientes al grupo. 4. Recibir mensualmente (siete días naturales antes del Consejo de Grupo) del Jefe de cada sección el informe correspondiente y que contiene lo siguiente: a. Membresía. b. Avance de las progresiones de cada miembro de la sección. c. Actividades realizadas el mes anterior y por realizar el siguiente mes. d. Participación de los miembros de la sección en los eventos provinciales, nacionales e internacionales. e. Actualización de inventario (altas y bajas de bienes materiales). f. Avance en la formación de adultos. g. Acuerdos de sección. 4 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

11 5. Aprobar el Informe de Grupo que es enviado a la Comisión Ejecutiva de Provincia de manera mensual y que contiene lo siguiente: a. Membresía de las secciones de acuerdo a su forma de operar (coeducativa o por género). b. Avance de las progresiones por sección. c. Actividades fuera del local realizadas el mes anterior y por realizar el siguiente mes. d. Participación de los miembros del grupo en los eventos provinciales, nacionales e internacionales. e. Actividades realizadas para la promoción del grupo. f. Informe financiero del grupo. g. Avance en la formación de adultos. h. Informe de los avances obtenidos sobre el plan de trabajo del grupo. 6. Aprobar el Informe de los avances obtenidos sobre el plan de trabajo del grupo. 7. Aprobar y solicitar los reconocimientos de acuerdo a los ordenamientos. 8. Constituirse como asamblea electora de Jefe de Grupo cuando corresponda de acuerdo a los ordenamientos. 9. Remover al Jefe de Grupo, debiendo contar con al menos el 75% de los votos con los que cuenta el consejo, de acuerdo a los ordenamientos. 10. Aprobar del calendario anual del grupo, incluyendo la asamblea informativa. 11. Aprobar el presupuesto del grupo correspondiente al siguiente año, previo a su presentación en la Asamblea Informativa de Grupo. 12. Decidir sobre locales de sección y de Grupo. 13. Vigilar la realización de la Asamblea Informativa de Grupo. 14. El Consejo de Grupo puede designar Comités Especiales para realizar trabajos específicos temporales, que faciliten el cumplimiento de las funciones a cargo de dicho consejo. 15. El Consejo de Grupo es el único órgano responsable de definir si las secciones que conforman el grupo scout operan de Manual de Operación Nivel Grupo 5

12 manera coeducativa o por género. Esta decisión deberá estar asentada en actas con un acuerdo obtenido con el voto de más del 50% de los miembros del Consejo de Grupo y comunicada al nivel superior, quien a su vez deberá notificarlo por escrito a la Dirección Ejecutiva Nacional. 16. Acordar la participación de los representantes juveniles, a petición de éstos, dentro del comité de grupo. 17. Aprobar los cargos de Jefes de Sección y Consejeros Rovers Responsables del Grupo. 18. Aprobar las funciones de los colaboradores de grupo. 19. Tomar los acuerdos relativos al proceso sancionador mencionado en los ordenamientos. 20. Aprobar el acta de cada sesión del Consejo de Grupo Convocatoria y quórum de sesiones ordinarias Para las sesiones del consejo, el Jefe de Grupo, enviará desde la cuenta de correo institucional con cuatro días naturales previos a la sesión, el orden del día a la cuenta de correo electrónico de cada miembro del Consejo. Esta convocatoria y orden del día a tratarse serán acompañadas de los documentos que se revisarán durante la sesión, entre ellos: 1. Los avances y resultados obtenidos en la aplicación del Plan de Trabajo del Grupo. 2. El análisis de membresía por sección, correspondiente al último mes. 3. El reporte financiero mensual. 4. Los informes sobre actividades realizadas para promocionar al grupo en su comunidad. 5. El censo actualizado del estatus de la formación de adultos así como los informes sobre actividades realizadas al respecto. 6. El estatus de trámites solicitados por el Grupo a la Provincia o viceversa. 7. Cualquier otro documento necesario para el desarrollo de la sesión del Consejo de Grupo. 6 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

13 La sesión del Consejo de Grupo podrá realizarse si cuenta con el quórum de más del 50% del total de los miembros que lo integran; en caso de no reunirlo, se convocará a una nueva reunión en los 8 días siguientes y será válida con el número de miembros que participen Sesiones del Consejo de Grupo El Consejo de Grupo debe sesionar por lo menos una vez al mes, pero puede hacerlo cuantas veces sea necesario. Si transcurrieran tres meses y el Consejo de Grupo no se hubiere reunido, el Vicepresidente Administrativo de provincia, a quien este designe, o el Presidente de Provincia, lo convocará y vigilará que se reúna, tomando los acuerdos necesarios. Para que la sesión sea válida, es necesario que esté presente más del 50% de sus miembros. Las sesiones se realizarán en el lugar, el día y la hora que acuerde el órgano en la última sesión llevada a cabo. Si se requiriera de reunir de manera extraordinaria al Consejo de Grupo, deberá hacerse la convocatoria del conocimiento de todos y cada uno de sus miembros, mínimo con tres horas de anticipación. Por los medios que se juzgue adecuados e indicando claramente el lugar, el día y la hora en que se realizará. Podrán asistir de manera virtual, por video conferencia o audio conferencia, y su voz y voto deberá ser tomado en cuenta para la toma de decisiones. Las sesiones del Consejo de Grupo serán presididas por el Jefe de Grupo, y sólo en casos de fuerza mayor por el Subjefe de Grupo administrativo. En ausencia de estos por quien el mismo consejo designe una vez que se haya declarado el quórum válido para esa sesión. Esta situación se asentará en el acta, en caso de suceder en más de dos ocasiones consecutivas, obligará al Consejo a elegir un nuevo Jefe de Grupo de acuerdo a los ordenamientos. De cada sesión se levantará un acta, en el formato que para tal efecto emita la Dirección Ejecutiva Nacional, la cual deberá ser realizada por el Subjefe de Grupo administrativo, con excepción de los siguientes casos: Manual de Operación Nivel Grupo 7

14 1. Si es quien preside la sesión. 2. Si no se encuentra presente. 3. Cuando exista un colaborador de grupo al que se asigne la función de secretaría, este colaborador asiste a las sesiones del consejo, sin voz ni voto, y su asistencia a dichas sesiones no es válida para declarar quórum. Para los incisos 1 y 2, el acta será levantada por quien designe el consejo, una vez que se haya declarado quórum válido para esa sesión, y se asentará en el acta. En la primera sesión del año, en el mes de enero, y una vez que el Jefe de Grupo haya entrado en funciones, el Consejo de Grupo deberá ratificar a los integrantes del consejo, o en su caso, aprobar a los nuevos integrantes del mismo. Estos nombramientos se realizan conforme los Ordenamientos y deberán de reflejarse en el sistema de registro. En la sesión de septiembre, el Consejo de Grupo deberá realizar una evaluación de desempeño del Jefe de Grupo. Dicha evaluación comprende únicamente el año en curso. Los criterios a evaluar serán: 1. Dar seguimiento al Plan de Trabajo del Grupo. 2. Contar con los mínimos de membresía en las secciones que operan en el grupo, conforme a los ordenamientos. 3. Comprobar la entrega de las actas y el informe de grupo enviados a la Comisión Ejecutiva de Provincia. 4. Dar seguimiento a la correcta aplicación del Programa de Jóvenes en las secciones. 5. Fomentar la obtención de las Insignias de Desarrollo Óptimo por sección. 6. Promover los reconocimientos scouts otorgados a jóvenes, dirigentes, scouters y benefactores del grupo, referidos en el Reglamento. 7. Contar con el censo actualizado del estatus de la formación de adultos así como los informes sobre actividades realizadas al respecto. 8 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

15 8. Relación de bienes muebles e inmuebles, con número de inventario y estado actual. 9. Impulsar el cumplimiento con el calendario anual de actividades. El Jefe de Grupo deberá contar con 6 de los 9 puntos, considerando que los incisos 1 al 3, son obligatorios, dentro de los 6 puntos, para obtener un resultado positivo en la evaluación. Es importante señalar que los puntos anteriormente señalados se cumplen en su totalidad o no. El resultado, positivo o negativo, de la evaluación deberá ser plasmado en un acuerdo de Consejo de Grupo; mismo que servirá en caso de que el Jefe de Grupo quiera reelegirse en el cargo. En caso de no realizar la evaluación, el Jefe de Grupo no podrá ser reelecto Acuerdos del Consejo de Grupo Los acuerdos del Consejo de Grupo obligan a todos los miembros del respectivo grupo. Sus acuerdos y decisiones se tomarán por mayoría de los miembros presentes en la sección y constarán en actas. La participación en las sesiones del Consejo de Grupo de personas que no formen parte de él, o que aun siendo parte de él no cuenten con registro vigente, a excepción de los invitados, anulará la validez de los acuerdos tomados. Las secciones deberán notificar al Consejo de Grupo de la participación en actividades con otras organizaciones, donde se garantice la seguridad de los jóvenes Jurisdicción del Consejo de Grupo El Consejo de Grupo puede modificar las decisiones de sus respectivos consejos de sección. Asimismo, las decisiones del Consejo de Grupo, pueden ser modificadas por el Comisión Ejecutiva de Provincia. Cuando el Consejo de Grupo modifique decisiones tomadas por alguno de los consejos de sección con que cuenta, se deberá notificar por escrito, explicando las razones fundadas de ello, y dar copia a la Vicepresidencia Administrativa, dentro de los 8 días siguientes. Manual de Operación Nivel Grupo 9

16 2.9. Invitados especiales A las sesiones de consejo no deberán asistir personas ajenas al mismo excepto los invitados, que pueden ser o no miembros de la Asociación, tendrán voz pero no voto y el hecho de ser invitados no los convierte en miembros de la Asociación. Dichos invitados deberán ser convocados con anterioridad a la fecha del consejo y se tendrá que notificar al mismo de la invitación realizada. El Consejo de Grupo deberá tomar un acuerdo y asentarlo en el acta respectiva por mayoría, para aceptar la presencia de los invitados. Se sugiere para los invitados, hacerlos permanecer sólo en un lapso corto de la sesión y tratar durante su estancia los temas de interés de cada invitado. Los asociados miembros de la Provincia o del Nivel Nacional podrán asistir por propio derecho a todas las sesiones del Consejo, para contribuir con sus aportaciones al desarrollo del Movimiento Scout, respetando el orden del día de la sesión y ateniéndose a lo dispuesto en los Estatutos. Los asociados cuentan con voz pero no voto, en las sesiones si no son miembros del órgano al que asisten Informar es obligatorio El Consejo de Grupo, a través del Jefe de Grupo, debe presentar el acta de cada sesión acompañada de los informes correspondientes, señalados en el punto 2.4 de este manual. Esta documentación deberá ser enviada a los miembros del Consejo de Grupo, así como a la Vicepresidencia Administrativa de la Provincia, vía correo electrónico institucional, a más tardar dentro de los ocho días siguientes a la realización de la sesión de Consejo. En caso de no ser enviados la Comisión Ejecutiva de Provincia tomará el acuerdo correspondiente a la sanción aplicable conforme al Reglamento. 10 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

17 Capítulo 3. Comité de Grupo 3.1. Definición y autoridad El Comité de Grupo es el órgano encargado de administrar el grupo y facilitar la aplicación del programa de jóvenes. Responde de su gestión ante el Consejo de Grupo Integración Para formar el Comité de Grupo es obligatorio que el grupo tenga por lo menos: 1. Jefe de Grupo, quien lo representa y preside sus sesiones. 2. Subjefe de Grupo administrativo. 3. Subjefe de Grupo de Métodos Educativos. Se integra con dirigentes debidamente registrados, que cumplan con lo establecido en los ordenamientos. El Comité de Grupo se conforma de la siguiente manera: 1. Jefe de Grupo, quien lo representa y preside sus sesiones. 2. Subjefe de Grupo administrativo. 3. Subjefe de Grupo de Métodos Educativos. 4. Colaboradores de Grupo. 5. Opcionalmente los representantes juveniles miembros del Clan de Rovers, mayores de edad, podrán participar en las sesiones del Comité de Grupo por el período en el que fueron electos Representación El Comité de Grupo está representando por el Jefe de Grupo. En su ausencia temporal, la cual no podrá exceder de dos meses, será representado por el Subjefe de Grupo administrativo Funciones del Comité de Grupo Las funciones del Comité de Grupo son las siguientes: Manual de Operación Nivel Grupo 11

18 1. En la sesión correspondiente a la evaluación del tercer trimestre del año, presentar al Consejo de Grupo la propuesta de trabajo anual alineado al plan de trabajo de la Provincia para su aprobación. 2. Conforme al plan de trabajo, establecer los objetivos a lograr así como los responsables y los plazos correspondientes. 3. Generar el informe para presentar al Consejo de Grupo basado en el análisis de la información sobre el desempeño de: a. Los avances y resultados obtenidos en la aplicación del plan de trabajo. b. Comportamiento de la membresía por sección correspondiente al período. c. Reporte financiero correspondiente al período que se está supervisando. d. El reporte de participación de los miembros del grupo en los eventos provinciales, nacionales e internacionales. e. El avance en la progresión personal de los niños y jóvenes. f. Los informes sobre actividades realizadas para la promoción del grupo. g. El censo actualizado con el estatus de la formación de adultos, así como el informe de las actividades realizadas al respecto. h. El estatus de trámites solicitados a la provincia y/o solicitados por la provincia al grupo. 4. Solventar todos los requerimientos de información solicitados por el nivel superior. 5. Elaborar el proyecto de calendario de actividades del grupo y presentarlo al Consejo de Grupo para su aprobación, en el Consejo de Grupo previo a la Asamblea Informativa Sesiones del Comité de Grupo El Comité de Grupo debe sesionar por lo menos una vez al mes, pero puede hacerlo cuantas veces sea necesario. Se sugiere que se reúna en una sesión previa al Consejo de Grupo para atender las cuestiones administrativas que les correspondan. 12 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

19 Capítulo 4. Comités Especiales 4.1. Definición y autoridad Los Comités Especiales serán designados por el Consejo de Grupo para la realización de trabajos específicos temporales, los cuales deberán constar por escrito, con el fin de facilitar el cumplimiento de las funciones a cargo de dicho Consejo. El Jefe de Grupo, por acuerdo de su Consejo, nombrará al coordinador del Comité Especial, quien responde de su gestión ante el Consejo de Grupo. En el tiempo que tenga duración el Comité Especial, su coordinador podrá asistir al Consejo de Grupo, en calidad de invitado, solamente para informar sobre los avances y/o resultados de su trabajo al frente del Comité Especial que encabeza. Los miembros del Comité Especial reportan ante su coordinador Integración Los Comités Especiales pueden ser formados por personas que sean o no miembros de la Asociación, estos últimos no podrán por este hecho ser considerados miembros de ella ni podrán ostentarse como tales. Por lo que se podrán integrar a estos Comités Especiales, con funciones muy específicas a padres de familia, simpatizantes del Grupo Scout, ex miembros del grupo, etcétera. Si el nombramiento se le da a algún scouter o dirigente, miembro del grupo, esta persona apoyará temporalmente en dichas funciones, sin que eso modifique sus funciones en su cargo original Duración Los Comités Especiales no podrán tener una duración mayor a un año. Si transcurrido este tiempo máximo el Consejo de Grupo determina que se hace necesario asignar un tiempo mayor, deberá tomarse un acuerdo para extender su temporalidad a seis meses más como máximo, transcurridos los cuales el Comité Especial deberá de extinguirse. No podrán crearse más de tres Comités Especiales que estén trabajando al mismo tiempo. Manual de Operación Nivel Grupo 13

20 Capítulo 5. Asamblea de Grupo 5.1. Definición y funciones La Asamblea de Grupo es el órgano informativo del Grupo Scout, en cuyas sesiones el Jefe de Grupo, en representación del Consejo de Grupo, y en su caso los demás dirigentes del grupo, informan a los asistentes sobre los planes y logros del Grupo Scout. Se reúne por lo menos una vez al año, bajo la presidencia del Jefe de Grupo o, en su defecto, por quien designe el Consejo de Grupo, dicha designación deberá constar en acta del mismo. La Asamblea de Grupo no tiene autoridad ni toma decisiones en asuntos ajenos a las cuotas que el Grupo Scout fije a su membresía. Informar es obligatorio, siendo responsabilidad y obligación del Jefe de Grupo que lleve a cabo la asamblea; si ésta no es realizada de acuerdo a lo instruido en este manual, la Comisión Ejecutiva de Provincia tomará el acuerdo conducente Integración La Asamblea de Grupo se integra con las siguientes personas. 1. Padres, madres y tutores de los niños y jóvenes integrantes del grupo, siempre y cuando estos últimos estén debidamente registrados en la Asociación. 2. Los miembros del grupo que sean mayores de 18 años y que cuenten con registro vigente en la Asociación. 3. En su caso, el patrono o patrocinador del Grupo Scout o su representante. Se entiende por patrono o patrocinador a aquella figura o persona que auxilia al grupo desinteresadamente para el apoyo reiterado para el desarrollo de sus actividades scouts. 4. El Presidente de la Provincia, opcionalmente podrá asistir, o a quien éste designe. 5. Los asociados de la provincia y/o del nivel nacional, ateniéndose a lo dispuesto en los Estatutos. 14 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

21 6. Los invitados por el Consejo de Grupo, aun cuando no sean miembros de la Asociación, como autoridades locales, simpatizantes, representantes de organizaciones, etcétera. El Consejo de Grupo deberá realizar la invitación por los medios que juzgue adecuados Convocatoria de la Asamblea Informativa La Asamblea de Grupo se reunirá, en el lugar y fecha que el Consejo de Grupo señale, durante el último trimestre de cada año. Las demás, si las hubiere, en las fechas que dicho Consejo acuerde. El Jefe de Grupo emitirá la convocatoria que podrá ser por vía electrónica y/o por escrito y difundirla por los medios que el Consejo de Grupo considere convenientes con, por lo menos, 15 días naturales de anticipación a la fecha de su realización, haciendo llegar una copia de la misma a la Vicepresidencia Administrativa de la Provincia. La convocatoria a la Asamblea Informativa de Grupo contendrá los siguientes datos: 1. El aviso de que son convocados todos los señalados en este capítulo. 2. Día, lugar y hora de realización. 3. Orden del día. Si el 16 de diciembre no fue recibida la convocatoria para la Asamblea Informativa en la Vicepresidencia Administrativa, ésta notificará a la Comisión Ejecutiva de Provincia, la cual instruirá al Jefe de Grupo indicando el plazo para convocarla y realizarla Contenido del Informe El Informe deberá contener lo siguiente: 1. Los avances y resultados obtenidos en la aplicación del Plan de Trabajo del Grupo. 2. Breve informe de las actividades y logros más relevantes del grupo. Manual de Operación Nivel Grupo 15

22 3. El análisis de membresía por cada sección, correspondiente al período que se informa. Separando los dirigentes y scouters del grupo, comparando las cifras cuando menos con las de los dos años anteriores, con el objeto de conocer si se cumplen sus metas de crecimiento. 4. El reporte financiero de las secciones. 5. El reporte financiero del grupo donde se incluyan los informes enviados a la Comisión Ejecutiva de Provincia. 6. El reporte de participación de los miembros del grupo en los eventos internacionales, nacionales o provinciales. 7. Estatus de las progresiones personales desarrolladas por los jóvenes de las diferentes secciones. 8. Insignias de desarrollo óptimo por sección y la insignia terminal. Comparando las cifras cuando menos con las de los dos años anteriores. 9. Los proyectos de desarrollo realizados por los Jóvenes. 10. Reconocimientos scouts otorgados a jóvenes, dirigentes, scouters y benefactores del grupo, referidos en el Reglamento. 11. El censo actualizado del estatus de la formación de adultos así como los informes sobre actividades realizadas al respecto. 12. Relación de bienes muebles e inmuebles, con número de inventario y estado actual. 13. Calendario de actividades para el siguiente año Desarrollo de la Asamblea de Grupo Se designará un secretario y mínimo un escrutador. El primero se encargará de levantar el acta de la sesión y el segundo de registrar la asistencia, así como la cantidad de votos emitidos a favor de las propuestas de cuotas de grupo. El secretario designado necesariamente debe ser un miembro del grupo. En el caso de los escrutadores designados, necesariamente deberán ser padres de familia de miembros del grupo que se encuentren debidamente registrados ante la Asociación. 16 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

23 En dicha Asamblea el Jefe de Grupo deberá presentar el presupuesto y la cuota propuesta por el Consejo de Grupo. Conforme a lo establecido en el Reglamento, ésta no podrá exceder el monto de la cuota nacional de registro por nuevo ingreso. La cuota y sus modalidades de pago se decidirán con el voto de la mayoría de los integrantes presentes en la Asamblea mencionados en el presente capítulo Acta de la Asamblea Informativa Se levantará un acta de esta Asamblea, conteniendo el acuerdo respectivo a la cuota, indicando claramente su monto y sus modalidades de pago. El Jefe de Grupo deberá enviar a la Vicepresidencia Administrativa una copia del acta junto con copia del informe rendido en medio electrónico a más tardar 15 días después de realizada. En caso de que el acta no sea recibida en los términos antes referidos, la Comisión Ejecutiva de Provincia tomará el acuerdo conducente. Capítulo 6. Elección de Jefe de Grupo 6.1. Requisitos para Jefe de Grupo Los requisitos para ser Jefe de Grupo son: 1. Si el candidato actualmente se desempeña como Jefe de Grupo, deberá anexar el acta con el acuerdo con el resultado positivo de su evaluación realizada por el Consejo de Grupo durante el mes de septiembre. 2. Cumplir con lo establecido en el Reglamento. 3. Carta de intención, donde además manifieste al grupo de su candidatura. 4. Copia de su credencial de elector o acta de nacimiento, para acreditar al menos veinticinco años cumplidos al día en el que Manual de Operación Nivel Grupo 17

24 iniciaría su función como Jefe de Grupo, o veintitrés años si estuvo registrado los últimos tres años. 5. Demostrar solvencia económica, la cual se podrá acreditar por medio de un escrito propio o de un tercero. 6. Currículo personal y scout. 7. Estar registrado en la ASMAC, con cargo o calidad Procedimiento de elección ordinaria El Jefe de Grupo será electo por todos los integrantes del Consejo de Grupo, en el mes de octubre de cada año, mediante el procedimiento descrito en el presente capítulo, y permanecerá en su cargo durante un año con posibilidad de reelección de acuerdo al resultado de la evaluación señalada en este ordenamiento. Este procedimiento es realizado por el Subjefe Administrativo o por quien designe el Consejo, siempre y cuando sea un integrante del mismo; con la única salvedad de que en caso de ser candidato no podrá ser encargado de la misma. Los candidatos enviarán en la primera quincena de octubre, al Presidente de Provincia, vía correo electrónico los documentos que acrediten los requisitos para ser candidato a Jefe de Grupo. El Presidente de Provincia a más tardar el 31 de octubre emitirá la carta de elegibilidad, en la cual se hará constar que el interesado cumple con los requisitos señalados anteriormente para ser candidato a Jefe de Grupo al que solicita, enviando en un comunicado al Consejo de Grupo la lista de candidatos que pueden ser electos. El Presidente de Provincia enviará a los postulantes señalándoles el (los) documento(s) presentado(s) que no cumplan con lo establecido en los requisitos, motivo por el cual no obtuvieron la calidad de candidatos. El encargado del proceso, en los primeros siete días de noviembre: 1. Dará a conocer por escrito a los integrantes del Consejo de Grupo, la lista de candidatos. 18 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

25 2. Emitirá la convocatoria, la cual deberá contener: lugar, fecha, y hora donde se llevará a cabo la sesión. Una copia de esta convocatoria deberá ser enviada al Presidente de Provincia, desde la cuenta oficial del grupo. 3. En caso de no existir candidato, deberá de notificar al Presidente de Provincia, para realizar la designación de acuerdo a lo establecido en este numeral. En la fecha acordada el Consejo de Grupo en sesión ordinaria o extraordinaria, realizará la elección de la siguiente manera, el encargado del proceso pedirá a cada scouter de sección, manifieste por quien es el voto único de la sección; el Jefe de Grupo, los Subjefes de Grupo y representantes juveniles contarán con un voto cada uno. Los integrantes del Consejo de Grupo, podrán hacerse representar por medio de carta poder simple otorgada a otro miembro del consejo, quien no podrá llevar más de una carta poder. Pudiendo estar presente como observador un representante del Nivel Provincia. El encargado del proceso sumará los votos que obtenga cada candidato. Será electo el candidato que obtenga la mayoría de votos a que tenga derecho el grupo. En caso de que ningún candidato obtenga dicha mayoría, se realizará una segunda ronda, y resultará electo el candidato que obtenga el mayor número de votos de los participantes en el Consejo. En caso de no ser posible la elección del Jefe de Grupo, se asentarán en el acta correspondiente los motivos por lo que no fue posible realizarla, quedando la Comisión Ejecutiva de Provincia como responsable de designar al Jefe de Grupo. Dicha designación deberá realizarse a más tardar el 15 de diciembre del año en curso. El encargado del proceso levantará el acta correspondiente y notificará vía electrónica de ello al Presidente de Provincia dentro de los ocho días siguientes de haberse realizado el consejo elector. El Jefe de Grupo es el responsable de supervisar que se lleve a cabo dicha elección, en caso de no realizarla la Comisión Ejecutiva de Provincia tomará el acuerdo conducente. Manual de Operación Nivel Grupo 19

26 6.3. Procedimiento de elección extraordinaria La ausencia absoluta o definitiva del Jefe de Grupo, por renuncia o por haber rebasado los dos meses permitidos de ausencia temporal, obliga al Consejo de Grupo a realizar una nueva elección a más tardar dentro del mes siguiente al de su pérdida del cargo, de conformidad con el Reglamento. El Subjefe Administrativo deberá notificar a la Comisión Ejecutiva de Provincia de dicha situación. En caso de que no se realice la elección, el Presidente de Provincia o quien éste designe, convocará al Consejo de Grupo para realizar la elección. De no lograr acuerdo, la Comisión Ejecutiva de Provincia designará a la persona encargada de desempeñar el puesto. Si el período por el que reemplaza es menor a seis meses, el Subjefe Administrativo deberá cubrir la vacante, como Jefe de Grupo sustituto. Debiendo notificar a la Comisión Ejecutiva de Provincia de dicha situación. Para que realice el proceso ordinario de acuerdo a lo referido en este capítulo. El Jefe de Grupo será electo por todos los integrantes del Consejo de Grupo, en el período que corresponda, mediante el procedimiento descrito en el presente capítulo, y permanecerá en su cargo hasta cubrir la temporalidad del Jefe de Grupo al que reemplaza con posibilidad de reelección de acuerdo al resultado de la evaluación señalada en este ordenamiento. Este procedimiento es realizado por el Subjefe Administrativo o por quien designe el Consejo, siempre y cuando sea un integrante del mismo; con la única salvedad de que en caso de ser candidato no podrá ser encargado de la misma. La Comisión Ejecutiva de Provincia, al tener conocimiento de la situación del grupo deberá notificar la fecha de inicio del proceso; considerado como el día uno del proceso. Dicho proceso durará máximo 47 días. Pudiendo disminuirse la duración del proceso sin afectar la validez del mismo. Los candidatos enviarán entre el día uno al siete (período de 7 días obligatorio), al Presidente de Provincia, vía correo electrónico los documentos que acrediten los requisitos para ser candidato a Jefe de Grupo. 20 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

27 El Presidente de Provincia, entre el día 8 y el 15 emitirá la carta de elegibilidad, en la cual se hará constar que el interesado cumple con los requisitos para ser candidato a Jefe de Grupo al que solicita, enviando en un comunicado al Consejo de Grupo la lista de candidatos que pueden ser electos. El Presidente de Provincia enviará a los postulantes que no cumplan con los requisitos, las razones por las cuales no obtuvieron la calidad de candidatos. El encargado del proceso, entre el día 16 al 19: 1. Dará a conocer por escrito a los integrantes del Consejo de Grupo, la lista de candidatos. 2. Emitirá la convocatoria, la cual deberá contener: lugar, fecha, y hora donde se llevará a cabo la sesión. Una copia de esta convocatoria deberá ser enviada al Presidente de Provincia, desde la cuenta oficial del grupo. La convocatoria será emitida con 4 días naturales previos a la sesión, esto será los días del 20 al 23 (período de 4 días obligatorio). En caso de no existir candidato, deberá notificar al Presidente de Provincia, para realizar la designación de acuerdo a lo establecido en este numeral. La elección de Jefe de Grupo deberá realizarse entre el día 24 y 31 en sesión ordinaria, realizando la elección de la siguiente manera, el encargado del proceso pedirá a cada scouter de sección, manifieste por quien es el voto único de la sección; el Jefe de Grupo, los Subjefes de Grupo y representantes juveniles contarán con un voto cada uno. Los integrantes del Consejo de Grupo, podrán hacerse representar por medio de carta poder simple otorgada a otro miembro del Consejo, quien no podrá llevar más de una carta poder. El encargado del proceso sumará los votos que obtenga cada candidato. Será electo el candidato que obtenga la mayoría de votos a que tenga derecho el grupo. Si ningún candidato obtiene dicha mayoría, se realizará una segunda ronda, y resultará electo el candidato que obtenga el mayor número de votos de los participantes en el Consejo. Manual de Operación Nivel Grupo 21

28 En caso de no ser posible la elección del Jefe de Grupo, se asentarán en el acta correspondiente los motivos por lo que no fue posible realizarla. El encargado del proceso levantará el acta correspondiente y notificará vía electrónica de ello al Presidente de Provincia, contando con un máximo de ocho días, después de haberse realizado el Consejo elector. Si no fue electo el Jefe de Grupo, la Comisión Ejecutiva quedará como responsable de designar al Jefe de Grupo. Dicha designación deberá realizarse a más tardar entre el día 40 al 47. El Subjefe Administrativo es el responsable de supervisar que se lleve a cabo dicha elección, en caso de no realizarla la Comisión Ejecutiva de Provincia tomará el acuerdo conducente Entrega-recepción Dentro de los últimos 15 días naturales de diciembre, se deberá realizar la entrega-recepción de los documentos y asuntos del grupo por el jefe saliente al entrante. De la entrega-recepción deberá levantarse un acta en el formato enviado por la Comisión Ejecutiva de Provincia, que será firmada por quien entregue y quien reciba, la cual deberá remitirse por quien entregue a la Comisión Ejecutiva de Provincia a más tardar 15 días posteriores a su realización. En caso de que no se realice tal entrega-recepción o no se remita el acta correspondiente en el plazo señalado, la Comisión Ejecutiva de Provincia podrá sancionar a quien resulte responsable. Cualquier aspecto no descrito y/o previsto en el presente, será resuelto por la Comisión Ejecutiva de Provincia. Capítulo 7. Las Secciones del Grupo 7.1. Definición La sección del Grupo Scout es el conjunto de jóvenes y sus scouters, tales que los primeros cuentan con la edad establecida en los ordenamientos y los segundos cumplen con los requisitos establecidos en los mismos. 22 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

29 La sección puede contar con jóvenes de un solo género o mixto, conforme al acuerdo que el Consejo de Grupo haya tomado y que conste en actas. Cada sección debe contar con por lo menos un scouter, el cual debe cumplir con lo establecido en los ordenamientos. El Jefe o Subjefe del Grupo puede sustituir a cualquier Jefe de Sección por un período no mayor de seis meses y ejercer las dos responsabilidades simultáneamente, enfatizando que no lo sustituye en las decisiones del Consejo de Grupo; su función únicamente es la de informar de la operación de la sección. La sustitución que lleve a cabo el Jefe de Grupo o alguno de los subjefes no contempla a más de una sección de manera simultánea. Las secciones del Grupo Scout no pueden tener niños o jóvenes de edades diferentes a las establecidas en el Reglamento, salvo las excepciones señaladas en el mismo. Los scouters de la sección son los responsables de que los jóvenes que la integran cumplan con las edades establecidas en los ordenamientos. Los niños y jóvenes menores de edad deberán contar con la autorización escrita de sus padres o tutores, tal y como lo establece el Reglamento, para poder participar en cualesquiera de las actividades scouts. El Jefe de Grupo y el respectivo Jefe de Sección serán personalmente responsables, en forma solidaria y mancomunada, de que el permiso se otorgue previamente, y por escrito, permaneciendo vigente mientras el menor esté en servicio activo. La ausencia definitiva de scouters registrados como tales en una determinada sección, por un único período no mayor de seis meses, previo acuerdo del Consejo de Grupo que conste en actas del mismo y que sea informado por escrito al Consejo inmediato superior. Obliga al Consejo de Grupo a extinguir la misma, reubicando a los niños y/o jóvenes que la integraban en otro grupo que sí cuente con la sección debidamente constituida, de acuerdo con los ordenamientos Coeducación Las secciones pueden ser de un solo género o coeducativas, como lo indica el Reglamento. Manual de Operación Nivel Grupo 23

30 Se entiende por coeducación la educación que se da en equidad entre hombres y mujeres. La sección coeducativa puede optar por organizarse e integrarse con seisenas, patrullas o equipos de un solo género o mixtos. El Consejo de Grupo decidirá en la modalidad de organización por sección, siendo ésta mixta o por género, conforme a lo establecido en los ordenamientos. Si se decidiese tener una sección organizada por género, no podrá coexistir de manera paralela la misma sección mixta. Capítulo 8. Estructura de las Secciones de Grupo 8.1. Definición La sección scout es un conjunto de jóvenes y scouters que están integrados a un grupo scout reconocido por la Asociación. Existen dos tipos de secciones: 1. Mixta: integrada por jóvenes de ambos géneros. 2. De género: integrada por jóvenes de un solo género Manada de Lobatos 1. Consejo de Roca. Lo integran todos los miembros de la manada (niños y scouters) y presenta las siguientes características: a. Se tratan sólo determinados asuntos, como: I. Recepción de integrantes. II. Despedida de lobatos que pasen a la Tropa de Scouts. III. Selección, aprobación y evaluación del calendario del ciclo de programa. IV. Evaluación del programa durante el ciclo. 24 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

31 b. Tiene cierta formalidad, es decir: I. Requiere siempre de cierta ambientación. II. Convocatoria extensiva. 2. Equipo de Scouters. Órgano formado exclusivamente por los adultos de la sección, es responsable de la orientación educativa y apoyo en la evaluación de la progresión personal de las niñas y/o niños que integran la sección, la planeación del ciclo de programa, así como de aplicar adecuadamente el Programa de Jóvenes definido por la Dirección Ejecutiva Nacional Tropa de Scouts 1. Asamblea de Tropa. Establece normas de convivencia y decide los objetivos, actividades y calendario del ciclo de programa. Órgano integrado por todos los jóvenes que integran la Tropa de Scouts y los scouters. 2. Corte de Honor. Ordena las operaciones y capacita, además de definir el énfasis del ciclo de programa. Está integrada por los guías y subguías de patrulla, así como por los scouters de tropa. 3. Equipo de Scouters. Órgano formado exclusivamente por los adultos de la sección, es responsable de la orientación educativa y apoyo en la evaluación de la progresión personal de las niñas y/o niños que integran la sección, así como de aplicar adecuadamente el Programa de Jóvenes definido por la Dirección Ejecutiva Nacional Comunidad de Caminantes 1. Congreso de Comunidad. Establece normas de convivencia y decide los objetivos, actividades y calendario del ciclo de programa. Está integrada por todos los jóvenes de la comunidad y los scouters. 2. Comité de Comunidad. Ordena las operaciones y capacita, realiza el diagnóstico en el ciclo de programa. Está integrada Manual de Operación Nivel Grupo 25

32 por coordinadores de equipo, líderes de proyecto (que serán incluidos sólo por el período de duración del proyecto), así como por los scouters de comunidad. 3. Equipo de Scouters. Órgano formado exclusivamente por los adultos de la sección, es responsable de la orientación educativa y apoyo en la evaluación de la progresión personal de los adolescentes que integran la sección, así como de aplicar adecuadamente el Programa de Jóvenes definido por la Dirección Ejecutiva Nacional Clan de Rovers 1. Parlamento Rover. Establece normas de convivencia, realiza el diagnóstico y decide los objetivos, actividades y calendario del ciclo de programa. Está integrado por todos los miembros del clan. 2. Promotor Rover. Es el responsable, temporal, de la operatividad del clan y coordinar las acciones de éste. Elegido de un proceso democrático por los jóvenes, que llevará la administración operativa de la sección, hasta que alguien lo sustituya en otro proceso democrático. 3. Equipo de Scouters. Órgano formado exclusivamente por los adultos de la sección, es responsable de la orientación educativa y apoyo en la evaluación de la progresión personal de los jóvenes que integran la sección, así como de aplicar adecuadamente el Programa de Jóvenes definido por la Dirección Ejecutiva Nacional. Uno de los miembros del equipo de consejeros rovers representa a la sección ante el Consejo de Grupo, esta persona es denominada consejero responsable Consideraciones Los órganos descritos en cada una de las secciones deberán sesionar de forma regular y éstas se encuentran enlistadas de manera enunciativa y no jerárquica. La estructura descrita en este capítulo se encuentra contenida en los ordenamientos relativos al Programa de Jóvenes. Asimismo, en dichos documentos se podrá encontrar el detalle de operación de cada una de las secciones. 26 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

33 Capítulo 9. Jefatura de Grupo 9.1. Jefe de Grupo El Jefe de Grupo es el representante del mismo y preside a los órganos directivo y operativo, los cuales son: el Consejo y Comité de Grupo. Es el responsable de vigilar que se aplique el Programa de Jóvenes en las secciones de acuerdo a lo señalado en los ordenamientos, así como el desarrollo de los recursos adultos y la ejecución del Plan de Trabajo del grupo alineado al de Provincia Nombramiento Es nombrado en los términos que se establecen en el Reglamento Perfil Además de los requisitos indicados en los ordenamientos, es deseable: 1. Conocer los ordenamientos emitidos por la Institución. 2. Conocer el Plan de Trabajo de la Provincia a la que pertenece el grupo. 3. Contar con el apoyo de la mayoría de los padres de los jóvenes. 4. Formar el equipo humano necesario para la buena marcha del grupo y conservar la armonía entre sus miembros. 5. Contar con experiencia en negociación y solución de conflictos. 6. Saber acerca de planeación y elaboración de proyectos, y programas de trabajo. 7. Conocer el manejo de tecnologías de la información Funciones 1. Planeación, organización y dirección. a. Lograr que los equipos de scouters cuenten con los planes de progresión personal de cada uno de sus integrantes, que den seguimiento oportuno a los mismos, haciendo entrega de las insignias correspondientes en tiempo y forma. Manual de Operación Nivel Grupo 27

34 b. Determinar las necesidades de recursos humanos del Grupo Scout, contar con un plan de captación de dirigentes, y vigilar su realización y cumplimiento. c. Mantener un ambiente de entusiasmo y cooperación en la dirigencia del grupo. d. Mantener comunicación oportuna y positiva con todos los scouters y dirigentes del grupo, así como con los padres de los niños y jóvenes integrantes del grupo y con las autoridades scouts de la provincia a la que se pertenezca. e. Contar con un plan de reemplazo personal y del resto de los dirigentes del grupo. f. Responsabilizarse de que todos los scouters y dirigentes del grupo estén cumpliendo con las diversas etapas de formación contempladas en los ordenamientos, gestionar los apoyos necesarios para llevarlo a cabo con éxito y eficiencia. g. Responsabilizarse de que el grupo cumpla en todo momento con los ordenamientos de la Asociación. h. Adherirse al Plan de Trabajo Nacional y de Provincia. i. Elaborar el Plan de Trabajo del grupo alineado a los anteriores. j. Responsabilizarse de llevar a cabo las acciones necesarias para que el Consejo de Grupo realice la planeación estratégica con base en el documento Ruta a la Excelencia, dando seguimiento a las tareas definidas. k. Contar con un programa anual de actividades a nivel grupo que emane de la Ruta a la Excelencia. l. Cuando alguna de las secciones del grupo carezca de jefe, o en el caso del clan, de consejero responsable, asumir la responsabilidad de mantener funcionando la sección, para lo cual personalmente, o un Subjefe de Grupo, ocuparán el cargo de jefe o consejero responsable, según sea el caso, sin descuidar las responsabilidades propias de su cargo, de acuerdo a lo establecido en los ordenamientos. m. Gestionar recursos en beneficio del grupo, alineándose a las políticas establecidas por la Asociación. 28 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

35 n. Realizar las convocatorias, orden del día y recordatorios a las sesiones del Consejo, Asamblea de Grupo, y de la elección de Jefe de Grupo. o. Tramitar las solicitudes de traslado de jóvenes, scouters y dirigentes del grupo. Cuando se trate de jóvenes, asesorarse con el respectivo Jefe de sección para avalar también la etapa de progresión en que se encuentre, así como las especialidades o competencias y demás progresiones. 2. Control. a. Realizar los trámites correspondientes a los traslados de jóvenes y adultos hacia el grupo y fuera de éste. b. Comunicarse personalmente con los niños, jóvenes y sus padres para dar las orientaciones necesarias para el registro de los jóvenes en la Asociación, logrando además el apoyo y la participación de los padres en el grupo. c. Obtener información de los jóvenes, así como de sus padres, en caso de que el primero abandone el grupo, con el propósito de enmendar errores, evitar omisiones importantes y enriquecer al Consejo de Grupo en esa materia. Esto dará oportunidad de conocer las causas de rotación. d. Revisar los informes presentados por las secciones al Consejo de Grupo y realizar propuestas de directrices, tanto al Consejo, como a los dirigentes en particular para mejorar la calidad del Escultismo que se ofrece a los jóvenes. e. Supervisar el uso de las redes sociales. Pudiendo designar a uno o varios colaboradores para la función, de acuerdo a los ordenamientos. f. Realizar el trámite de la carta internacional para los miembros del grupo. 3. Apoyo de los padres de familia, simpatizantes, patronos y benefactores. a. Fomentar que todos los scouters y dirigentes del grupo, incluyéndole, logren el desenvolvimiento del grupo en un medio propicio para la práctica del Escultismo. b. Conseguir apoyo moral y material con el propósito de facilitar la práctica del Escultismo. Manual de Operación Nivel Grupo 29

36 c. Conseguir los medios necesarios para que los niños y jóvenes del grupo obtengan sus especialidades y/o competencias. d. Informar periódicamente sobre actividades y planes del grupo, para mantener interesada a la comunidad que los rodea. e. Lograr que el grupo cuente con locales para el desarrollo de sus actividades. f. De común acuerdo con los padres de familia, fijar lineamientos y políticas para realizar actividades scouts fuera de la población. g. Como consecuencia de lo anterior obtener el permiso por escrito de los padres en los siguientes casos: i. Salidas a campamentos y acantonamientos de manada, en todos los casos. ii. Campamentos de Tropa de Scout y Comunidad de Caminantes, en todos los casos. iii. En el caso del Clan de Rovers, salidas por más de dos noches seguidas, si la mayoría de los que salgan son menores de edad. iv. Permisos de otra naturaleza, sólo con normas que fije el Consejo de Grupo. 4. Relaciones. a. Asistir a todas las reuniones del Consejo de Provincia de manera proactiva y constructiva, aportando ideas e información para mejorar la calidad del Escultismo en los grupos de la provincia. b. Fomentar y mantener las buenas relaciones internas y externas del grupo. c. Obtener información de lo que sucede en otros grupos, provincias, así como en el nivel nacional y mundial, comunicándolo oportunamente al Consejo de Grupo, para beneficio de su membresía. d. Hacerse invitar periódicamente a las sesiones de los Consejos de sección para ayudar en la resolución de sus problemas, sin interferir en la toma de decisiones. 30 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

37 5. Política religiosa. a. Respetar el Programa de Jóvenes, aplicando la vivencia de los Principios Scouts y la Ley Scout. b. Cuidar que ningún scouter o dirigente de grupo, incluyéndose a sí mismo, haga proselitismo religioso para un determinado credo, en ninguna actividad scout, de acuerdo con lo establecido en los ordenamientos. 6. Responsabilidad y autoridad. a. Enviar a la Provincia la información señalada en este ordenamiento. b. Atender los requerimientos que le solicite la Comisión Ejecutiva y/o el Consejo de Provincia. c. Tomar responsabilidad de la buena marcha del grupo valiéndose de los scouters, dirigentes, patronos, benefactores, colaboradores, padres de familia, simpatizantes y la comunidad que lo rodea. d. Presidir y representar al Consejo de Grupo. e. Presidir la Asamblea de Grupo. f. Delegar, cuando sea necesario, las funciones a su cargo en personas idóneas, pero sin desentenderse de su responsabilidad. g. Promover el otorgamiento de reconocimientos scouts para niños, jóvenes, scouters, dirigentes, patronos y benefactores del grupo. h. Designar los colaboradores que considere necesarios para apoyarlo en sus funciones. 7. Las demás que marquen los ordenamientos. El Jefe de Grupo es el responsable de todas las funciones anteriores y para su desahogo podrá delegarla (s) en colaboradores, en caso de ser necesario, asignando las funciones a desempeñar por escrito. Manual de Operación Nivel Grupo 31

38 Capítulo 10. Subjefatura Administrativa de Grupo Subjefe Administrativo de Grupo El Subjefe Administrativo es responsable de vigilar el cumplimiento en los ámbitos de administración de los recursos materiales y financieros del grupo scout Nombramiento El Subjefe Administrativo es nombrado por el Jefe de Grupo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Asociación. Responde de su gestión ante el Jefe de Grupo Perfil Además de los requisitos indicados en los ordenamientos, es deseable: 1. Conocer los ordenamientos emitidos por la Institución. 2. Conocer el Plan de Trabajo de la Provincia a la que pertenece el grupo. 3. Conocer acerca de la planeación y elaboración de proyectos y programas de trabajo. 4. Elaborar presupuestos. 5. Conocer el uso de tecnologías de la información. 6. Realizar inventarios y mantenerlos actualizados. 7. Contar con experiencia en negociación y solución de conflictos. 8. Generar vínculos con otras instancias Funciones Las funciones del Subjefe Administrativo de grupo son: 1. Asistir a las reuniones del Consejo y del Comité de Grupo. 2. Sustituir al Jefe de Grupo en sus ausencias temporales. 32 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

39 3. Coadyuvar, en la parte administrativa, con los equipos de scouters de las secciones, sea a solicitud de éstos o por acuerdo del Consejo de Grupo, para apoyar en las actividades, realizar trabajos específicos, etcétera. 4. Encargarse de las publicaciones del grupo, tales como boletines, gacetas, medios digitales, entre otros. 5. Coordinarse con el Subjefe de Métodos Educativos para la realización de las actividades del grupo. 6. Supervisar el buen uso de locales, equipo y materiales del grupo, su administración y control. 7. Hacer los arqueos e inventarios de fondos y bienes, e informar al Consejo de Grupo de su resultado. 8. Auxiliar a los equipos de scouters a elaborar sus presupuestos. 9. Informar al Presidente de Provincia, inmediatamente que ocurra la baja definitiva del Jefe de Grupo. 10. Auxiliar al Jefe de Grupo en el desempeño de sus funciones a solicitud de éste y, cuando sea el caso, cuando lo instruya el Consejo de Grupo. 11. Realizar y darle seguimiento a su Acuerdo y Compromiso Mutuo y el Plan Personal de Formación de acuerdo con los ordenamientos. 12. Asistir a las reuniones y levantar las actas, resguardándolas por los medios que consideren adecuados. 13. Hacer el seguimiento de los acuerdos del Consejo de Grupo e informar sobre su cumplimiento en las sesiones de éste. 14. Sustituir al Jefe de Grupo en sus ausencias temporales. 15. Convocar a la elección de Jefe de Grupo, en ausencia definitiva del mismo. 16. Responsable del proceso de elección del Jefe de Grupo. 17. Responsable de la organización de la Asamblea de Grupo. 18. Cobrar y llevar el control adecuado de las cuotas de registro de todos los miembros del grupo. 19. Cobrar y llevar control adecuado de las cuotas para actividades que realice el grupo. Manual de Operación Nivel Grupo 33

40 20. Expedir los recibos correspondientes a los ingresos. 21. Elaborar la propuesta del presupuesto anual del grupo con la respectiva cuota que deban aportar sus miembros para el ejercicio del mismo. Tanto el presupuesto como la cuota deberán ser propuestas al Consejo de Grupo, quien podrá realizar los ajustes necesarios antes de que sean presentados a la Asamblea de Grupo, en donde deberán aprobarse o modificarse, como lo establece este manual. 22. Informar al Consejo de Grupo, sobre el movimiento global de la membresía. 23. Preparar los informes que debe rendir el Jefe de Grupo al Consejo de Provincia sobre los asuntos que a él competen. 24. Recibir, guardar y administrar ordenadamente toda la documentación oficial del grupo, así como la biblioteca. 25. Responsabilizarse de que ningún scouter o dirigente participe en las actividades sin estar registrado debidamente en la Asociación. 26. Realizar los trámites de registro nacional de la membresía en los términos del Reglamento, obteniendo la carta de exoneración con copia de la identificación oficial del padre o tutor, la ficha médica y la autorización de los padres o tutores para jóvenes menores de edad. 27. Solicitar cuentas y recibirlas, una vez al mes, a cada Jefe de sección, del manejo de dinero en su respectiva sección. 28. Rendir cuentas al Consejo de Grupo del manejo de los fondos del grupo en los términos de los ordenamientos y así como los bienes del grupo. 29. Preparar el informe de tesorería que, con la aprobación del Consejo de Grupo, deberá presentarse en la Asamblea. 30. Llevar el registro y control de propiedades, bienes, comprobantes, libros, informes financieros y demás documentación del movimiento de fondos del grupo. Resguardados en el (los) domicilio (s) que designe el Consejo de Grupo. 31. Revisar archivos, documentación y demás registros administrativos del grupo para cerciorarse de su buen manejo. 34 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

41 32. Proponer al Consejo de Grupo las campañas financieras necesarias para que el grupo y sus secciones puedan cumplir su cometido. 33. Elaborar el directorio familiar de miembros del grupo, mantenerlo actualizado, para que en casos de emergencia pueda localizarse a los familiares. 34. Mantener informados a los padres de los niños y jóvenes del Grupo Scout sobre sus actividades, programas, y en general sobre lo que acontece en el Movimiento Scout. 35. Proponer al Consejo de Grupo el nombramiento de colaboradores que le auxilien en su función. 36. Mantener actualizada la información de los miembros del grupo en el sistema de registros de la ASMAC. 37. Las demás que marquen los ordenamientos. El Subjefe Administrativo de Grupo es el responsable de todas las funciones anteriores y para su desahogo podrá delegarla(s) en colaboradores, en caso de ser necesario, asignando las funciones a desempeñar por escrito. Responde de su gestión ante el Jefe de Grupo. Capítulo 11. Subjefatura de Métodos Educativos de Grupo Subjefe de Métodos Educativos de Grupo Es el responsable de vigilar que se aplique el Programa de Jóvenes en las secciones y de procurar el desarrollo de los adultos dentro del grupo scout Nombramiento Es nombrado en los términos que se establecen en el capítulo dos del Reglamento. Manual de Operación Nivel Grupo 35

42 El Subjefe de Métodos Educativos es nombrado por el Jefe de Grupo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Asociación. Responde de su gestión ante el Jefe de Grupo Perfil Además de los requisitos indicados en los ordenamientos, es deseable: 1. Conocer los ordenamientos emitidos por la Institución. 2. Conocer el Plan de Trabajo de la Provincia a la que pertenece el grupo. 3. Planeación y elaboración de proyectos y programas de trabajo. 4. Uso de tecnologías de la información. 5. Negociación y solución de conflictos. 6. Aplicación del Programa de Jóvenes. 7. Formación de adultos en el Movimiento Scout. 8. Seguridad en actividades scouts Funciones Las funciones del Subjefe de Métodos Educativos de grupo son: 1. Asistir a las reuniones del Consejo y del Comité de Grupo. 2. Sustituir al Jefe de Grupo en sus ausencias temporales, en caso de que no esté presente el Subjefe Administrativo. 3. Coadyuvar, en la parte de Métodos Educativos, con los equipos de scouters de las secciones, sea a solicitud de éstos o por acuerdo del Consejo de Grupo, para apoyar en las actividades, realizar trabajos específicos, etcétera. 4. Coordinarse con el Subjefe Administrativo para la realización de las actividades del grupo. 5. Fomentar y coordinar las actividades nacionales e internacionales de la membresía del grupo. 6. Vigilar que las actividades de los jóvenes que pudieran ser peligrosas, sean realizadas con los permisos suficientes y que se hayan tomado las medidas de seguridad satisfactorias. 36 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

43 7. Auxiliar al Jefe de Grupo en lo referente a la asesoría religiosa señalada en los ordenamientos. 8. Generar los contenidos para las publicaciones del grupo. 9. Dirigir las campañas permanentes de seguridad en todo el grupo. 10. Auxiliar al Jefe de Grupo en el desempeño de sus funciones a solicitud de éste y, cuando sea el caso, cuando lo instruya el Consejo de Grupo. 11. Realizar y darle seguimiento a su Acuerdo y Compromiso Mutuo y el Plan Personal de Formación de acuerdo con los ordenamientos. 12. Fomentar la participación relativa a las oportunidades de formación para los scouters y dirigentes del grupo. 13. Integrar y mantener actualizado el expediente de los scouters y dirigentes, el cual deberá contener lo siguiente: a. Acuerdo y Compromiso Mutuo. b. Currículo personal y scout. c. Constancias de su formación personal y scout. d. Reconocimientos. e. Planes personales de formación. 14. Elaborar los reportes de la formación y mantenerlos actualizados, donde se incluya el registro de los scouters y dirigentes, en los formatos que para tal fin proporcione la Dirección Ejecutiva Nacional. 15. Coordinar las actividades de apoyo a la tarea que le correspondan. 16. Proponer al Consejo de Grupo las certificaciones de formación pertinentes, a través de los procesos que determine la Dirección Ejecutiva Nacional. 17. Preparar la información para que sea presentada en el Consejo de Grupo de aquellos voluntarios que no se han actualizado o en su caso no hayan concluido el proceso de formación básica en el primer año de su compromiso. Manual de Operación Nivel Grupo 37

44 18. Promover que se aplique adecuadamente el Esquema Nacional de Programa de Jóvenes en las secciones del grupo. 19. Seguimiento al ciclo de programa, las progresiones de los jóvenes y programas de actividades de las diferentes secciones del grupo. 20. Detectar las deficiencias de la aplicación del Programa de Jóvenes y proponer al Consejo de Grupo las acciones necesarias para su corrección. 21. Promover en el Consejo de Grupo las actividades enfocadas al servicio y al desarrollo sustentable. 22. Apoyo a los jóvenes y/o adultos para el trámite de la carta internacional. 23. Promover la participación de los miembros del grupo en eventos, programas, proyectos y actividades de provincia, nacionales e internacionales. 24. Facilitar que se aplique adecuadamente los lineamientos de Seguridad en actividades scouts establecidos por la Dirección Ejecutiva Nacional. 25. Derivado de la detección de las deficiencias en la seguridad en actividades scouts, generar las acciones necesarias para su corrección. 26. Solicitar a los Jefes de sección, que en los formatos que para tal fin proporcione la Dirección Ejecutiva Nacional, informen las medidas de seguridad tomadas para la realización en las diversas actividades señaladas por la misma. 27. Vigilar constantemente que en todas las actividades del grupo los participantes, scouters y dirigentes tomen las medidas de seguridad convenientes. 28. Cuando por su importancia lo requiera en eventos de niños y jóvenes, requerirá al Consejo de Grupo para que por medio de un acuerdo a su vez solicite a la Comisión Ejecutiva de Provincia el apoyo institucional ante las autoridades correspondientes en temas de seguridad. 29. Promover que en todas las actividades los participantes tomen las medidas de seguridad necesarias. 38 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

45 30. Vigilar que los scouters y dirigentes del grupo cumplan con el proceso de formación básico dentro del primer año de su participación en el grupo. 31. Las demás que marquen los ordenamientos. Capítulo 12. Jefatura de Sección Jefe de Sección Es el responsable directo de la aplicación del Programa de Jóvenes y la administración de la sección Nombramiento El Jefe de Sección es nombrado de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Asociación. Responde de su gestión ante el Consejo de Grupo Perfil Además de los requisitos indicados en los ordenamientos, es deseable: 1. Conocer los ordenamientos emitidos por la Institución. 2. Conocer el Plan de Trabajo del grupo al que pertenece. 3. Aplicar correctamente el Programa de Jóvenes. 4. Conocer acerca de seguridad en actividades scouts. 5. Saber acerca de la planeación y elaboración de proyectos y programas de trabajo. 6. Conocer el uso de tecnologías de la información. 7. Contar con experiencia en negociación y solución de conflictos. 8. Contar con experiencia en el trabajo con niños y jóvenes. Manual de Operación Nivel Grupo 39

46 12.4. Funciones Las funciones del Jefe de sección son: 1. Cumplir con todas las obligaciones referentes a su cargo que están señaladas en el capítulo dos de este ordenamiento. 2. Aplicar correctamente, en la sección en general y en cada uno de los niños o jóvenes que la integran en particular, lo establecido en el Programa de Jóvenes. 3. Asistir a las sesiones de los diferentes órganos de la sección que le correspondan, de acuerdo a los ordenamientos relativos al Programa de Jóvenes. 4. Presidir las sesiones del Equipo de Scouters de su sección. 5. En su ausencia temporal, la cual no podrá ser mayor a tres meses, nombrar a quien lo representará en las actividades scouts y en demás reuniones que los ordenamientos lo autoricen. 6. Proponer candidatos a dirigentes de grupo, scouters de otras secciones, subjefes de su propia sección y a su propio reemplazo. 7. Llevar a cabo las acciones necesarias para que la sección cuente con su propio local. 8. Colaborar en el diagnóstico para la elaborar la Ruta a la Excelencia del grupo. 9. Definir las metas y el plan de trabajo con las acciones necesarias para darle seguimiento al documento Ruta a la Excelencia. 10. Participar en los Comités Especiales, si es designado por el Consejo de Grupo. Apoyarlos si no es miembro de ellos. 11. Atender los requerimientos que le solicite el Consejo de Grupo. 12. Cumplir con su plan personal de formación y mantenerlo vigente mientras desempeñe sus funciones de acuerdo a los ordenamientos. 13. Visitar periódicamente, de acuerdo con un programa que el equipo de scouters elabore, a los papás o tutores de los niños o jóvenes que integran la sección, con el propósito de 40 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

47 colaborar en la evaluación de la progresión personal de cada uno de ellos. 14. Mantenerse informado de lo que sucede en el Escultismo local, nacional y mundial, para orientar sus acciones congruentemente. 15. Participar en las reuniones y actividades, de los diferentes niveles, que le permitan desarrollar su plan personal de formación. 16. Motivar a que la sección participe en las diferentes actividades que les corresponda. Esto permitirá que su sección obtenga la vivencia del Movimiento Scout más allá de la propia sección. 17. Fomentar que los jóvenes realicen oportunamente su registro en la Asociación. 18. Promover los reconocimientos scouts para jóvenes, scouters, dirigentes y benefactores de la sección. 19. Fomentar el buen uso, administración y control de los locales, equipo y materiales de la sección. 20. Encargarse de las publicaciones de la sección tales como boletines, gacetas, medios digitales, entre otros. 21. Responsabilizarse de la seguridad de la sección, llenado de los documentos y autorizaciones de salida, así como solicitar la ayuda necesaria en toda actividad scout. 22. Informar al Consejo de Grupo sobre el manejo de fondos y el estado de los bienes en custodia de la sección. 23. Impedir la participación de menores de edad que no cuenten con el permiso de sus respectivos padres o tutores o de cualquier persona que no se encuentre debidamente registrada en la Asociación, de acuerdo a los ordenamientos. 24. Atender a los miembros del equipo provincial en su labor de apoyo y asistencia a los scouters de la sección. 25. Responsabilizarse del registro histórico de los acontecimientos de su sección. 26. Solicitar al Jefe de Grupo los formatos de permisos obligatorios en los ordenamientos. Manual de Operación Nivel Grupo 41

48 27. Entregar el informe de actividades y financiero al Consejo de Grupo. 28. Dar seguimiento a la progresión personal de los jóvenes que integran la sección, de manera que los objetivos educativos, propios de la sección, se incorporen a la vida de sus integrantes. Repartiendo esta función con el equipo de scouters. 29. Promover el desarrollo de especialidades o competencias, así como de programas complementarios. 30. Realizar los presupuestos necesarios para las actividades de la sección, informando oportunamente al Consejo de Grupo sobre su aplicación y desarrollo. 31. Las demás que marquen los ordenamientos. Capítulo 13. Subjefatura de Sección Subjefe de Sección Es el responsable de apoyar en la aplicación del Programa de Jóvenes y en la administración de la sección Nombramiento El Subjefe de Sección es nombrado de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Asociación. Responde de su gestión ante el Jefe de Sección Perfil Además de los requisitos indicados en los ordenamientos, es deseable: 1. Conocer los ordenamientos emitidos por la Institución. 2. Conocer el Plan de Trabajo del grupo al que pertenece. 3. Aplicar correctamente el Programa de Jóvenes. 4. Conocer acerca de seguridad en actividades scouts. 42 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

49 5. Saber acerca de la planeación y elaboración de proyectos y programas de trabajo. 6. Conocer el uso de tecnologías de la información. 7. Contar con experiencia en negociación y solución de conflictos. 8. Contar con experiencia en el trabajo con niños y jóvenes Funciones Las funciones del Subjefe de sección son: 1. Asistir a las sesiones del equipo de scouters de su respectiva sección. 2. Colaborar con el Jefe de sección en el desarrollo de las funciones que éste le designe. 3. Sustituir al Jefe de sección, en su ausencia temporal, la cual no podrá ser mayor a tres meses, representándolo en las actividades scouts y en demás reuniones que los ordenamientos lo autoricen. 4. Participar en los Comités Especiales si es designado por el Consejo de Grupo. Apoyarlos si no es miembro de ellos. 5. Mantenerse informado de lo que sucede en el Escultismo local, nacional y mundial para orientar sus acciones congruentemente. 6. Cumplir con todas las obligaciones referentes a su cargo que están señaladas en este ordenamiento. 7. Aplicar correctamente, en la sección en general y en cada uno de los niños o jóvenes que la integran en particular, lo establecido en el Programa de Jóvenes. 8. Asistir a las sesiones de los diferentes órganos de la sección que le correspondan, de acuerdo a los ordenamientos relativos al Programa de Jóvenes. 9. Proponer candidatos a dirigentes de grupo, scouters de otras secciones, subjefes de su propia sección y a su propio reemplazo. 10. Colaborar en las acciones necesarias para que la sección cuente con su propio local. Manual de Operación Nivel Grupo 43

50 11. Colaborar en el diagnóstico para la elaborar la Ruta a la Excelencia del grupo. 12. Colaborar en la definición de las metas y el plan de trabajo con las acciones necesarias para darle seguimiento al documento Ruta a la Excelencia. 13. Atender los requerimientos que le solicite el Consejo de Grupo, a través del Jefe de sección. 14. Cumplir con su plan personal de formación y mantenerlo vigente mientras desempeñe sus funciones de acuerdo a los ordenamientos. 15. Visitar periódicamente, de acuerdo con un programa que el equipo de scouters elabore, a los papás o tutores de los niños o jóvenes que integran la sección, con el propósito de colaborar en la evaluación de la progresión personal de cada uno de ellos. 16. Participar en las reuniones y actividades de los diferentes niveles, que le permitan desarrollar su plan personal de formación. 17. Motivar a que la sección participe en las diferentes actividades que les corresponda. Esto permitirá que su sección obtenga la vivencia del Movimiento Scout más allá de la propia sección. 18. Coadyuvar en fomentar que los jóvenes realicen oportunamente su registro en la Asociación. 19. Coadyuvar en promover los reconocimientos scouts para jóvenes, scouters, dirigentes y benefactores de la sección. 20. Coadyuvar en fomentar el buen uso, administración y control de los locales, equipo y materiales de la sección. 21. Colaborar en las publicaciones de la sección. 22. Responsabilizarse de la seguridad de la sección y solicitar la ayuda necesaria en toda actividad scout. 23. Impedir la participación de menores de edad que no cuenten con el permiso de sus respectivos padres o tutores o de cualquier persona que no se encuentre debidamente registrada en la Asociación, de acuerdo a los ordenamientos. 44 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

51 24. Atender a los miembros del equipo provincial en su labor de apoyo y asistencia a él y a los demás scouters de su sección. 25. Colaborar en el registro histórico de los acontecimientos de su sección. 26. Colaborar en la realización del informe de actividades y financiero al Consejo de Grupo. 27. Dar seguimiento a la progresión personal de los jóvenes que integran la sección, de manera que los objetivos educativos, propios de la sección, se incorporen a la vida de sus integrantes. 28. Promover el desarrollo de especialidades o competencias, así como de programas complementarios. 29. Colaborar en la realización de los presupuestos necesarios para las actividades de la sección, informando oportunamente al Consejo de Grupo sobre su aplicación y desarrollo. 30. Realizar las funciones que el jefe le delegue. 31. Las demás que marquen los ordenamientos. Capítulo 14. Representantes Juveniles Representantes Juveniles Se denomina la calidad de representantes juveniles a los mayores de edad, de acuerdo a los ordenamientos, que bajo procesos de elección democrática de parte del resto de los jóvenes beneficiarios del Grupo Scout resultan representantes y portavoces de todos los jóvenes adscritos al grupo, ante el consejo del mismo. Deberán ser jóvenes registrados en el Clan de Rovers, y contar con la edad requerida para el día de la elección, que va de los 18 hasta los 21 años recién cumplidos, para poder cumplir con su función durante el período que le corresponda. Responden de su gestión ante el Consejo de Grupo. Manual de Operación Nivel Grupo 45

52 15.2. Período El período de duración de la calidad de representante juvenil será de por lo menos un año calendario a partir del 1 de enero, para estar en concordancia con el período del Consejo de Grupo en funciones. De manera extraordinaria, el representante juvenil podrá ser electo fuera de período y cubrirá la vacante por lo que resta del año calendario Perfil Es deseable que los representantes juveniles conozcan los siguientes aspectos: 1. La estructura de la Asociación de Scouts de México, A.C. 2. La composición y funciones de cada uno de los órganos y miembros que componen el Consejo de Grupo. 3. Las necesidades y expectativas de los miembros juveniles del Grupo Scout Funciones Las funciones del representante juvenil son: 1. Asistir a las sesiones del Consejo de Grupo y de los Comités Especiales, si son designados por acuerdo del Consejo de Grupo. 2. Aportar su opinión en los diferentes temas tratados en el Consejo de Grupo. 3. Realizar la consulta previa, si lo considera pertinente, de los miembros juveniles del grupo al respecto de algún tema señalado en la orden del día del Consejo de Grupo que afecten o requieran la opinión de éstos. Puede hacerse de manera informal, platicando antes o después de las reuniones semanales, o en consulta con los lobatos, scouts, caminantes y rovers. 4. Consultar con los lobatos, scouts, caminantes, y rovers respecto a la elección de Jefe de Grupo para fundamentar su voto en la sesión del Consejo de Grupo para la elección de Jefe de Grupo. 46 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

53 5. Informar a los miembros juveniles del grupo de las decisiones tomadas en el Consejo de Grupo con respecto a la consulta realizada. 6. Atender los requerimientos de información que el Consejo de Grupo solicite Proceso de selección Los representantes juveniles serán elegidos por sus pares, los niños y jóvenes del grupo, de acuerdo a los ordenamientos, debidamente registrados en el Grupo Scout. Entre los meses de octubre y diciembre de cada año se convocará a los jóvenes que deseen ocupar la responsabilidad y, bajo el proceso que el grupo defina, se presentarán ante los miembros juveniles del grupo. En consulta con el Consejo de Roca, Asamblea de Tropa, Congreso de Comunidad y Parlamento Rover se elige por mayoría de votos a dos representantes de entre los miembros de clan que hayan expresado su deseo de cumplir con la encomienda. Cada uno de los órganos de toma de decisión enunciados podrá emitir un voto por cada una de las dos personas que deseen sean electas como representantes juveniles. Si se presenta empate, serán los mismos candidatos quienes consensúen la decisión final. Quienes resulten electos deberán asumir la encomienda el 1 de enero del año inmediato a la elección. Se sugiere que, quienes ocupen la responsabilidad, al menos tengan un año de participación en la sección, esto con el fin de concluir satisfactoriamente el ciclo anual. Si alguno de los representantes juveniles dejará por alguna circunstancia el encargo, deberá procederse a la elección de un representante que concluya con el período. Manual de Operación Nivel Grupo 47

54 Capítulo 15. Colaborador de Grupo Colaborador de Grupo Los Colaboradores de Grupo son dirigentes que apoyan el trabajo del Jefe y/o de los Subjefes de grupo para lograr los objetivos de dichas áreas. Los padres scouts que estén debidamente registrados de acuerdo a los ordenamientos, no serán considerados colaboradores. En caso de volverse colaborador de grupo, perderá la calidad de padre de familia, y deberá cumplir con todo lo establecido en los ordenamientos Nombramiento El Colaborador de Grupo es nombrado de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Asociación. Responde de su gestión ante quien asigne sus funciones Perfil Además de los requisitos indicados en los ordenamientos, es deseable: 1. Conocer los ordenamientos emitidos por la institución. 2. Conocer el Plan de Trabajo del grupo al que pertenece. 3. Saber acerca de la planeación y elaboración de proyectos y programas de trabajo. 4. Conocer el uso de tecnologías de la información. 5. Trabajar en equipo. Deberá tener un amplio conocimiento en las materias necesarias para cumplir con las funciones que le sean asignadas, las cuales deberán constar por escrito Funciones Las funciones del colaborador de grupo son: 1. Ejecutar las funciones que el Jefe o Subjefes de Grupo le señalen por escrito. 2. Realizar las actividades específicas asignadas por el Jefe o Subjefes de Grupo. 48 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

55 Anexo 1. Literatura Recomendada. Política Nacional de Programa de Jóvenes. Política Nacional de Adultos en el Movimiento. Política para la comprobación mensual de Provincia. Esquema Nacional de Programa Educativo. Esquema Nacional de Formación. Manual para Apertura de Grupos Scouts. Manual del Uniforme e Imagen Institucional. Pautas de Observación. Guía para el Crecimiento. Manual de Tesorería de Provincia. Manual de Honores a la Bandera Nacional. Manual de Identidad Institucional. Provincias y Grupos Scouts. Manual de Operación. Nivel Provincia. Manual del Esquema de Formación de Directores Manual del Esquema de Formación de Formadores Manual del participante del Curso de Inducción Manual para la implementación de los módulos de Curso de Insignia de Madera Manual para la implementación del Curso de Inducción Políticas y procedimientos de la Comisión Nacional de Formación El libro de las Tierras Vírgenes. Manual del Lobato. Bienvenido a la Manada. Cartilla. Cartilla del Lobo Pata Tierna. Cartilla del Lobo Saltador. Cartilla del Lobo Rastreador. Cartilla del Lobo Cazador. Hojas de Caza. Pata Tierna/Saltador. Hojas de Caza. Rastreador/Cazador. Guía para dirigentes de Manada. Escultismo para muchachos. Manual de Operación Nivel Grupo 49

56 Manual del guía de patrulla. Bienvenido a la Tropa. Pasaporte. Pasaporte de progresión personal en la Tropa Scouts. Pista y Senda. Pasaporte de progresión personal en la Tropa Scouts. Rumbo y Travesía. Mapas de Territorio. Pista-Senda. Mapas de Territorio. Rumbo-Travesía. Guía para dirigentes de la rama scout. Bienvenido a la Comunidad. Bitácora. Bitácora de progresión personal en la Comunidad. Búsqueda, Encuentro y Desafío. Guía para dirigentes de comunidad de caminantes. Roverismo hacia el éxito. Bienvenido al Clan de Rovers. Agenda de progresión personal en el Clan. Guía para dirigentes del clan rover. 50 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

57 Anexo 2. Formatos sugeridos Formato I. Informe de sección.. Fecha Asociación de Scouts de México, A.C. Sección Grupo " " Provincia INFORME MENSUAL MES / AÑO ACTIVIDADES REALIZADAS Tipo de act Asist. total Descripción Eval. % Prom. de Asist. Promedio de Evaluación Fecha Tipo de actividad ACTIVIDADES POR REALIZAR Descripción MEMBRESIA PROGRESIONES Total Reg. Sin Reg Enlaces sección anterior Colores de Grupo Ingresos Bajas Compromisos Progresión 1 Progresión 2 Progresión 3 Progresión 4 CAJA CHICA Saldo Anterior Ingresos Egresos Saldo Actual Insignia de Vida al Aire Libre Insignia de Desarrollo Sustentable Especialidades / Competencias Insignia de Desarrollo Óptimo Enlaces con la siguiente sección Manual de Operación Nivel Grupo 51

58 52 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

59 Formato II. Informe de Consejo de Grupo. Manual de Operación Nivel Grupo 53

60 54 Dirección Nacional de Gestión y Desarrollo Institucional

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