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1 45074 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm Barcelona, 20 de octubre de 2006 JOAN MANUEL DEL POZO I À LVAREZ Consejero de Educación y Universidades ( ) RESOLUCIÓN EDU/3368/2006, de 23 de octubre, por la que se convoca la realización de las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior de determinados ciclos formativos de formación profesional específica. La Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las calificaciones y de la formación profesional, establece en el artículo 8 que los títulos de formación profesional acreditan las calificaciones profesionales correspondientes y que el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o vías no formales de formación se acreditarán y se evaluarán, parcialmente o totalmente, con la finalidad de obtener el título o certificado correspondiente. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, establece en el artículo 5.1 que todas las personas han de tener la posibilidad de formarse a lo largo de la vida, dentro y fuera del sistema educativo, para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus capacidades, conocimientos, habilidades, aptitudes y competencias para su desarrollo personal y profesional, y en el artículo 69.4 determina que las administraciones educativas organizarán periódicamente pruebas para obtener directamente los títulos de formación profesional. El Real decreto 942/2003, de 18 de julio, determina las condiciones básicas que deben reunir las pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior de formación profesional específica. El artículo 2 establece que las administraciones educativas convocarán dichas pruebas. El Decreto 176/2003, de 8 de julio, de creación del Instituto Catalán de las Calificaciones Profesionales, establece en el artículo 1.2 que el Instituto es el órgano técnico encargado de definir y proponer, para el ámbito de Cataluña, un sistema integrado de calificaciones y formación profesional, del que forman parte, según el artículo 2.2, los requisitos y los procedimientos para poder reconocer y, en su caso, evaluar las competencias profesionales adquiridas en la formación profesional específica, o mediante la experiencia profesional. El Decreto 332/1994, de 4 de noviembre, que establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica en Cataluña, prevé, en el artículo 33.1, que el Departamento de Educación y Universidades pueda organizar pruebas para la obtención de los títulos de técnico y técnico superior. Conviene que las personas con suficiente experiencia profesional, necesitadas de la cualificación adecuada para ejercer su actividad profesional, puedan obtener el título de técnico o técnico superior y ver acreditadas sus competencias profesionales obtenidas a través de la experiencia y el aprendizaje profesionales. Por otra parte, la Orden EDU/494/2006, de 20 de octubre, ha aprobado la tramitación telemática del procedimiento de inscripción a procesos de acreditación de conocimientos, aptitudes o competencias convocados por el Departamento de Educación y Universidades. Por todo ello, R ESUELVO: 1 Objetivo Convocar las pruebas para obtener los títulos de técnico y técnico superior de determinados ciclos formativos y para acreditar las unidades de competencia de estos títulos, en convocatoria única para el curso académico Las pruebas se realizarán en los centros y para los ciclos formativos que se detallan en el anexo 1 y 2 de esta Resolución. El director general de Formación Profesional y Educación Permanente, en función del número de inscripciones previas, podrá ampliar o reducir la relación de centros del anexo 1 y 2. 2 Requisitos de inscripción 2.1 Las personas que quieran acceder a las pruebas y a la acreditación de competencias de los ciclos formativos de grado medio tendrán que tener, como mínimo, 18 años y para los ciclos de grado superior 20 años, o 19 años si están en posesión de un título de técnico, o bien cumplirlos durante el año en el que se inscriben. 2.2 Todas las personas que soliciten realizar las pruebas o acreditar las competencias tendrán que reunir, además del requisito de edad, alguno de los dos siguientes: a) Una experiencia laboral mínima de dos años en el sector productivo relacionado con el ciclo formativo del que quieren obtener el título o acreditar las unidades de competencia, desarrollando actividades profesionales del ámbito de trabajo del ciclo formativo. A efectos de comprobar este requisito, se tendrán en cuenta los sectores y las actividades de empresa previstas en el campo profesional del currículo del ciclo formativo regulado por el decreto correspondiente. b) Haber finalizado estudios profesionales, debidamente certificados, de acuerdo con el punto 11.1.d) de esta Resolución, con contenidos y objetivos relacionados con las actividades profesionales desarrolladas en el sector profesional y con el ciclo formativo del que quieren obtener el título o acreditar las competencias profesionales. 2.3 Una persona no podrá estar inscrita a las pruebas de evaluación de determinados créditos de un ciclo formativo y estar matriculada en las enseñanzas presenciales o a distancia del ciclo por los mismos créditos el curso académico Tampoco no podrá estar inscrita a las pruebas de un mismo ciclo formativo en dos centros diferentes. 2.4 La inscripción está sujeta al pago de las tasas que establece la Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, que se indican en la solicitud de inscripción. 3 Condiciones para obtener el título 3.1 Para obtener el título del ciclo formativo, las personas interesadas tendrán que acreditar, antes de solicitarlo, que reúnen las condiciones siguientes: a) Haber superado todos los créditos del ciclo formativo, o disponer de las convalidaciones y las exenciones correspondientes. En cuanto al crédito de formación en centros de trabajo se puede haber superado en régimen ordinario o bien las personas interesadas podrán matricularse en un centro que lo imparta, una vez superados el resto de créditos del ciclo formativo. b) Estar en posesión de alguno de los requisitos necesarios para acceder al ciclo formativo. 3.2 Son requisitos para acceder a los ciclos formativos de grado medio: a) Estar en posesión del título de graduado en educación secundaria o del título de graduado en educación secundaria obligatoria. b) Estar en posesión del título de técnico auxiliar (FP1). c) Estar en posesión del título de técnico (Ciclo formativo de grado medio). d) Haber superado, íntegramente, los dos primeros cursos del bachillerato unificado y polivalente. e) Haber superado el primer ciclo de enseñanza secundaria experimental (Ciclo 14-16). f) Haber superado un módulo profesional 2 experimental. g) Haber superado, dentro de las enseñanzas de artes aplicadas y oficios artísticos, el tercer curso del plan de 1963 o el segundo curso experimental de comunes. h) Haber superado otros estudios declarados equivalentes, a efectos académicos, con alguno de los anteriores. i) Haber superado la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio, a los de grado superior o a la universidad para mayores de 25 años. 3.3 Son requisitos para acceder a los ciclos formativos de grado superior: a) Estar en posesión del título de bachillerato que establece la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, o la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. b) Haber superado el segundo curso del bachillerato experimental, de cualquier modalidad. c) Haber superado el curso de orientación universitaria o preuniversitario. d) Haber superado un módulo profesional 3 experimental. e) Estar en posesión del título de técnico especialista (FP2). f) Estar en posesión del título de técnico superior (Ciclo formativo de grado superior). g) Estar en posesión de un título equivalente, a efectos académicos, a alguno de los anteriores. h) Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente. i) Haber superado la prueba de acceso al ciclo formativo de grado superior al cual se inscribe o haber obtenido la exención total de la prueba de acceso. j) Estar en posesión del certificado conforme se han superado las enseñanzas sustitutorias de la prueba de acceso para el ciclo formativo al que se inscribe. 4 Partes del proceso Se establecen dos partes en el proceso: 4.1 La primera sirve para acreditar las competencias profesionales adquiridas a partir de la experiencia profesional, en relación con las unidades de competencia establecidas en el currículo del ciclo formativo, según el decreto correspondiente especificado en el anexo 1 de esta Resolución. 4.2 En la segunda parte se desarrollarán las pruebas para obtener el título, mediante la evaluación de los diferentes créditos del ciclo formativo. Las personas que hayan obtenido la

2 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm evaluación positiva y el reconocimiento de una o más unidades de competencia en la primera parte, estarán exentas de realizar las pruebas de los módulos y créditos asociados directamente a las unidades de competencia reconocidas. 5 Información sobre el proceso La información se iniciará a partir de la publicación de esta Resolución y durará hasta las fechas de inscripción para las fases de orientación y evaluación de la acreditación de competencias y para las pruebas de evaluación de los créditos. Las personas interesadas pueden informarse sobre esta convocatoria en los puntos de información y centros que se detallan, respectivamente, en los anexos 3 y 4 de esta Resolución, y en la página web del Departamento de Educación y Universidades ( educacioiuniversitats). También se puede encontrar información adicional en las páginas web de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente ( fp) y del Instituto Catalán de las Calificaciones Profesionales ( icqp). 6 Inscripción para acreditar las competencias profesionales 6.1 El proceso de acreditación de las competencias profesionales se compone de dos fases consecutivas; la fase de orientación, en la que se informa, se asesora y se acompaña a la persona aspirante a lo largo del proceso, y la fase de evaluación; en la que se evidencian las competencias que posee la persona aspirante. 6.2 Para inscribirse en la fase de evaluación de las competencias, es condición necesaria haber seguido previamente la fase de orientación del mismo ciclo formativo en esta convocatoria o en anteriores convocatorias. 7 Calendario de la fase de orientación de las competencias profesionales 7.1 Del 6 al 10 de noviembre de 2006, las personas interesadas deben presentar la Solicitud de inscripción para la orientación de las competencias profesionales en la convocatoria de La solicitud se presentará por vía telemática, mediante la aplicación disponible en la página web y se podrá tramitar desde cualquier terminal de que dispongan las personas interesadas, o bien desde los puntos de información y centros que se detallan, respectivamente, en el anexo 3 y 4 de esta Resolución. También se podrá presentar por alguna de las diferentes vías que prevé la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. 7.2 Una vez realizada la inscripción a la fase de orientación, si es necesario, se llevará a cabo la redistribución por centros de las personas inscritas. El día 17 de noviembre de 2006 se publicará la asignación definitiva de centro en la web y en los tablones de anuncios de los centros y puntos de información que se detallan, respectivamente, en los anexos 1 y 3 de esta Resolución. 7.3 El día 20 de noviembre de 2006, a las 7 de la tarde, cada centro hará una sesión informativa dirigida a las personas que tienen asignadas para explicarles las concreciones del proceso de acreditación y detallarles la documentación que tienen que presentar. 7.4 A partir del día 20 de noviembre y hasta el día 23 de noviembre de 2006, los aspirantes tendrán que presentar toda la documentación al centro asignado y haber efectuado el pago de la tasa correspondiente. 7.5 El día 28 de noviembre de 2006, cada centro hará pública la lista de admitidos y excluidos junto con los motivos de exclusión, y se abrirá un periodo de tres días hábiles, hasta el día 30, para completar la documentación presentada. El día 1 de diciembre de 2006 se hará pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. 7.6 El día 4 de diciembre, a las 7 de la tarde, cada centro hará una nueva reunión con las personas aspirantes asignadas, donde se anunciará el calendario de la fase de orientación, se presentarán las personas orientadoras y se darán las instrucciones generales para rellenar el dossier de competencias. 7.7 El proceso de orientación se iniciará el día 4 de diciembre de 2006 y finalizará el día 2 de febrero de Una vez hecha la fase de orientación, los centros entregarán a las personas que hayan seguido todo el proceso un certificado de orientación sobre la acreditación de competencias. 8 Calendario de la fase de evaluación de las competencias profesionales 8.1 Del 5 al 9 de febrero de 2007, las personas interesadas deben presentar la solicitud de inscripción para la evaluación de las competencias profesionales en la convocatoria de La solicitud se presentará por vía telemática, mediante la aplicación disponible en la página web y se podrá tramitar desde cualquier terminal de que dispongan las personas interesadas, o bien desde el centro donde han seguido la fase de orientación. También se podrá presentar por alguna de las diferentes vías que prevé la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Para poder inscribirse en la fase de evaluación de las competencias, es condición indispensable haber seguido previamente la fase de orientación del mismo ciclo formativo de las unidades de competencia, en ésta o anteriores convocatorias. En la solicitud debe indicarse las unidades de competencia de las cuales se pide la evaluación y, en consecuencia, deberá abonarse sólo las tasas correspondientes a estas unidades. 8.2 Una vez realizada la inscripción a la fase de evaluación, si es necesario, se llevará a cabo la redistribución por centros de las personas inscritas. El día 16 de febrero de 2007 se publicará, en la web: y en los tablones de anuncios de los centros del anexo 1 de esta Resolución que hayan realizado la fase de orientación, la lista provisional de personas admitidas y excluidas y la asignación definitiva de centro. La lista indicará los motivos de exclusión, y se abrirá un periodo de tres días, sábado excluido, hasta el día 20 de febrero, para completar la documentación presentada. El día 21 de febrero de 2007 se publicará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas. 8.3 El proceso de evaluación se iniciará el día 22 de febrero y finalizará el día 16 de marzo de El día 19 de marzo, se harán públicos los resultados provisionales de la evaluación de competencias, que especificarán, para cada aspirante, las unidades de competencia acreditadas y las no acreditadas. También especificarán, para cada aspirante, las unidades de competencia que, a criterio de la comisión evaluadora, presenten dudas sobre su grado de consecución y que son susceptibles de acreditarse mediante la superación de la prueba práctica que se indica en el apartado 8.7 de esta Resolución. 8.5 Las personas aspirantes tendrán hasta el día 21 de marzo para presentar las alegaciones que crean oportunas a los resultados provisionales. El día 22 de marzo, la comisión evaluadora publicará la lista definitiva con el resultados de la acreditación de competencias. 8.6 Las personas aspirantes que tengan que hacer la prueba práctica de evaluación de las competencias, la realizarán en el centro que se les indicará, junto con las personas que hacen las pruebas libres de evaluación de créditos, entre los días 10 y 21 de mayo de El día 29 de mayo de 2007, los centros de evaluación de competencias harán públicos los resultados provisionales de la evaluación de la prueba práctica. Los aspirantes tendrán hasta el día 31 de mayo de 2007 para presentar las alegaciones que crean oportunas a los resultados provisionales. El día 4 de junio 2007, la comisión evaluadora publicará la lista definitiva con el resultado de la acreditación de competencias. 8.8 Una vez acabada la fase de evaluación, los centros entregarán a las personas que hayan acreditado alguna competencia un certificado donde constarán las competencias acreditadas. 9 Inscripción a las pruebas para evaluar los créditos 9.1 Del 19 al 23 de marzo de 2007, las personas interesadas tienen que presentar la solicitud de inscripción para la evaluación de los créditos y hacer el pago de las tasas correspondientes. La solicitud se presentará por vía telemática, mediante la aplicación disponible en la página web y se podrá tramitar desde cualquiera terminal de que dispongan las personas interesadas, o bien desde los puntos de información y centros que se detallan, respectivamente, en el anexo 3 y 4 de esta Resolución. También se podrá presentar por alguna de las diferentes vías que prevé la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. En la solicitud tendrán que indicar los créditos de los que quieren hacer las pruebas y, si hay más de un centro, el centro donde quieren hacerlas. En este caso, la prioridad para elegir centro es el orden de llegada de la solicitud. Cuando uno de los centros quede completo, el aspirante tendrá que elegir otro centro. Según el número de solicitudes se podrán incorporar centros nuevos cuando el centro inicialmente propuesto quede completo. Una vez hecha la inscripción, la persona interesada tendrá que presentar, o enviar por correo certificado, al centro donde hará las pruebas, no más tarde del día 26 de marzo, los documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos, de acuerdo con el punto 11, y copia del justificante de la inscripción. 9.2 Las personas que hayan asistido a las pruebas de obtención del título y de acreditación de competencias en convocatorias anteriores o en la actual, sustituirán la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos por el certificado de haber asistido a la fase de orientación o a la fase de evaluación, o bien de haber superado algún crédito, según el caso.

3 45076 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm Para centralizar y regularizar la información, las personas que anteriormente hayan participado en las pruebas de obtención del título, tanto en la evaluación de las competencias profesionales como en la evaluación de los créditos, tendrán que aportar, junto con la documentación de la inscripción, las certificaciones de las unidades de competencia acreditadas, de los créditos superados y de los créditos convalidados y exentos. 9.4 El día 30 de marzo de 2007 se publicará en el tablón de anuncios de los centros y en la página web del Departamento de Educación y Universidades ( la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación de los motivos de exclusión, y se abrirá un periodo de tres días hábiles, entre el 10 y 12 de abril de 2007, para completar la documentación presentada. El día 16 de abril de 2007 se publicará la lista definitiva. 10 Calendario del proceso para evaluar los créditos 10.1 El calendario general del proceso se publicará en los centros el día 19 de marzo de 2007, el calendario específico de las pruebas de test el día 30 de marzo de 2006, y el de las pruebas prácticas el día 27 de abril de Las pruebas teóricas (tests) se harán entre el 18 y el 26 de abril de El día 30 de abril de 2007, el centro publicará la lista provisional de las calificaciones de los tests con indicación de las personas que pueden pasar a las pruebas prácticas, y hasta el día 3 de mayo se abrirá un periodo de reclamaciones. El día 8 de mayo de 2007 se publicarán las listas definitivas Entre el 10 y el 21 de mayo de 2007 se harán las pruebas prácticas. El día 23 de mayo de 2007 se publicará la lista provisional de resultados de las pruebas prácticas y de las calificaciones globales de los créditos, y hasta el día 25 de mayo se abrirá un periodo de reclamaciones. El día 30 de mayo de 2007 se publicarán las listas definitivas El día 1 de junio de 2007, para evaluar el crédito de síntesis, la comisión evaluadora presentará a las personas que hayan superado todos los créditos, a excepción del de Formación en centros de trabajo, un supuesto o trabajo que tendrán que desarrollar. El día 19 de junio de 2007 se hará la exposición y defensa del trabajo. El día 20 de junio de 2007 se publicará la lista provisional de resultados y hasta el día 22 de junio se abrirá un periodo de reclamaciones. El día 25 de junio de 2007 se publicará la lista definitiva. 11 Documentos para formalizar la inscripción 11.1 Para hacer la inscripción a la acreditación de competencias o a la evaluación de créditos hay que presentar la siguiente documentación: a) Si acredita la titulación de técnico o técnica, según el apartado 2.1, fotocopia del título. b) Para acreditar la experiencia laboral de las personas que trabajan como asalariadas: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, donde conste la empresa, el grupo y el periodo de cotización y certificado de la empresa donde conste la duración del contrato, las actividades realizadas y la duración de las actividades. En el caso de los ciclos formativos de la familia profesional de Actividades marítimo-pesqueras, también la libreta de navegación, regulada en la disposición adicional segunda del Real decreto 2062/1999, de 30 de diciembre (BOE núm. 18, de ). c) Para acreditar la experiencia laboral de las personas que trabajan como autónomas: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral correspondiente. La liquidación del impuesto de actividades económicas o la página del modelo 036 de la Declaración censal del Ministerio de Hacienda, donde consta la descripción, el tipo y el grupo de la actividad. Una declaración personal de las actividades que realiza. En el caso de los ciclos formativos de la familia profesional Naútico-pesquera, también la libreta de navegación, regulada en la disposición adicional segunda del Real decreto 2062/1999, de 30 de diciembre (BOE núm. 18, de ). d) Para acreditar los estudios profesionales acabados: fotocopia del título, diploma o certificado de finalización de los estudios, donde conste el centro que lo expide. También se adjuntará un documento, sellado por el centro que ha impartido los estudios, que certifique los contenidos y las duraciones. Este certificado puede incorporar, también, los objetivos de los estudios cursados y cualquiera otra información que pueda servir para relacionarlos con las actividades del sector profesional y del ciclo formativo del que quiere obtener el título o acreditar las competencias profesionales. e) Las personas que tengan una bonificación del 50% de la tasa tendrán que presentar una fotocopia del título de familia numerosa de categoría general, equivalente al de primera categoría. Aquéllas que estén exentos de pagar la tasa tendrán que presentar una fotocopia del título de familia numerosa de categoría especial, equivalente a los de segunda categoría y categoría de honor, o bien la declaración legal de estar sujeto a medidas privativas de libertad En el caso de solicitarse la convalidación de créditos, es preciso adjuntar los certificados o títulos adecuados, de acuerdo con la normativa vigente. En el caso de solicitarse la exención del crédito de formación en centros de trabajo, es preciso adjuntar la documentación necesaria de acuerdo con la normativa vigente y presentarla en la forma regulada en el punto Comisiones de evaluación 12.1 La acreditación de competencias y las pruebas para la obtención del título de los ciclos formativos las realizarán las comisiones evaluadoras que se constituyan, de acuerdo con las instrucciones de la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente del Departamento de Educación y Universidades El director general de Formación Profesional y Educación Permanente nombrará las comisiones evaluadoras necesarias en cada caso para desarrollar el proceso de acreditación de las competencias y para realizar las pruebas de evaluación de los créditos de los ciclos formativos. Para cada ciclo formativo, y en función de la distribución territorial y del número de personas inscritas, se nombrarán una o más comisiones evaluadoras Las comisiones evaluadoras organizarán, desarrollarán y harán el seguimiento del proceso de acreditación de las unidades de competencia y de las pruebas para la evaluación de los créditos del ciclo formativo, determinarán la ubicación física para realizar las pruebas y valorarán y calificarán los resultados obtenidos. La valoración final de las fases de orientación y de evaluación de la acreditación de las competencias profesionales y la calificación final de cada crédito y la global del ciclo formativo se harán constar en un acta que tendrán que firmar todos los miembros de la comisión, la cual se custodiará a la secretaría del centro que sea la sede de la comisión evaluadora. Las comisiones evaluadoras actuarán de acuerdo con las disposiciones de esta Resolución y con las instrucciones que emita la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente El subdirector general de la Inspección nombrará a los inspectores o inspectoras que se precisen, preferentemente del área de formación profesional, para supervisar y asesorar la realización de las pruebas y para coordinar las actuaciones de cada comisión evaluadora que actúa en los diversos centros que lleven a cabo pruebas del mismo ciclo formativo. El inspector o inspectora emitirá un informe sobre el desarrollo de la convocatoria, el cual se enviará por el director o directora de los servicios territoriales al director general de Formación Profesional y Educación Permanente Las comisiones de evaluación están incluidas dentro de la categoría tercera, a los efectos que prevé el Decreto 201/1993, de 27 de julio, de modificación del Decreto 337/1988, de 17 de octubre, de regulación y actualización de indemnizaciones por razón de servicios a la Generalidad de Cataluña, y de revisión de los importes de determinadas indemnizaciones (DOGC núm. 1787, de ). 13 A ctividades para acreditar las competencias profesionales 13.1 La acreditación de las competencias profesionales se hará a partir de las unidades de competencia y competencias profesionales contenidas en el ciclo formativo, de acuerdo con el decreto correspondiente del anexo 1, que establece el respectivo currículo La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente definirá las actividades y determinará las pruebas para esta convocatoria, teniendo en cuenta la competencia general, las competencias profesionales y las capacidades clave del currículo que establece el decreto correspondiente a los diferentes ciclos formativos La comisión evaluadora decidirá y hará públicas las actividades y las pruebas que se realizarán para cada unidad de competencia que deba acreditar, los criterios para obtener la acreditación y el carácter eliminatorio, si es el caso, de las fases y pruebas Las personas que hayan solicitado la acreditación de alguna unidad de competencia tendrán que realizar las fases siguientes: orientación y, dentro de la fase de evaluación, la evaluación documental y, si es necesario, la evaluación demostrativa. 14 Pruebas para evaluar los créditos del ciclo formativo 14.1 La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente elaborará las pruebas para esta convocatoria, teniendo en cuenta el currículo que establece el decreto correspondiente a los diferentes ciclos formativos, que figura al anexo La comisión evaluadora hará públicas las características y los criterios de corrección y superación de las pruebas y de los créditos. Los

4 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm créditos transversales a los ciclos formativos tendrán, para todos los tribunales, los mismos criterios de corrección y superación de la parte de las pruebas que sea comuna a los diferentes ciclos formativos Las pruebas serán teórico-prácticas y estarán organizadas para evaluar los objetivos terminales asociados a cada crédito, de acuerdo con el decreto correspondiente que establece el currículo, cuya referencia se indica en el anexo 2. Las pruebas son únicas para cada crédito y para todos los centros que las pasan. Cuando las pruebas de un ciclo formativo se hacen en más de un centro, las comisiones evaluadoras coordinarán los calendarios de realización de las pruebas para que sean coincidentes. Las fechas de las pruebas de los tests de los créditos de Formación y orientación laboral, Administración, gestión y comercialización en la pequeña empresa, Relaciones en el equipo de trabajo y Relaciones en el ámbito de trabajo serán determinadas por el Servicio de Organización del Currículo de la Formación Profesional y de las Enseñanzas Deportivos. Las pruebas teóricas serán en forma de tests y tendrán carácter eliminatorio. Para poder pasar a la parte práctica se tendrá que obtener una calificación mínima de 4,00 puntos. Las pruebas prácticas podrán consistir en la resolución de supuestos, en ejercicios escritos o en prácticas en talleres, laboratorios, aulas técnicas o similares Para evaluar el crédito de síntesis, la persona aspirante tendrá que resolver un supuesto que sirva para evaluar las interrelaciones entre los diferentes créditos. Previamente deberá tenerlos todos superados, con la excepción del crédito de Formación en centros de trabajo. 15 Normas de prevención, protección y seguridad El incumplimiento grave, por parte de la persona aspirante, de las normas de prevención, protección y seguridad que se tengan que aplicar a las pruebas provocará la interrupción y la valoración negativa de las mismas. 16 Convalidaciones y exenciones 16.1 Para las personas que se inscriban a estas pruebas, se aplicará la normativa vigente en materia de convalidaciones y de exención del crédito de formación en centros de trabajo Les convalidaciones por haber cursado otro ciclo formativo se pedirán en la solicitud de inscripción y serán resueltas por la dirección del centro de acuerdo con la Orden ENS/ 58/2003, de 12 de febrero (DOGC núm. 3826, de ) que determina éstas convalidaciones Las personas que quieran pedir convalidaciones por haber realizado estudios de formación profesional de segundo grado, estudios universitarios, módulos profesionales o estudios oficiales de idiomas, lo deberán hacer entre el 8 de enero y el 27 de febrero de La solicitud, que estará disponible en la página web se presentará en el registro de los servicios centrales o territoriales del Departamento de Educación y Universidades, dirigida al director general de Formación Profesional y Educación Permanente, acompañada de una copia compulsada del título de los estudios cursados y, en el caso de estudios universitarios, además, tendrá que adjuntar el plan de estudios cursado y el certificado académico personal expedido por el centro universitario y los programas de las asignaturas que correspondan a la convalidación solicitada. Una vez resuelta la solicitud se comunicará a la persona interesada y al centro donde está inscrita La exención del crédito de formación en centros de trabajo debe pedirse en la solicitud de inscripción para la evaluación de los créditos. En el caso de la exención del crédito de formación en centros de trabajo, los centros de inscripción establecerán el plazo, antes de finalizar el proceso de evaluación, para presentar la documentación y resolver las solicitudes Las personas inscritas que obtengan la acreditación de determinadas unidades de competencia estarán exentas de realizar, en la segunda fase, las pruebas correspondientes a los módulos y créditos asociados, que serán calificados como exento. 17 Calificación de los créditos y del ciclo formativo 17.1 Los créditos se calificarán del 1 al 10, sin decimales. Para superar cada crédito se tiene que obtener una puntuación igual o superior a 5. La calificación global del crédito será la media aritmética de las calificaciones del test y la parte práctica, ponderada de acuerdo con los criterios establecidos para cada crédito Para calificar positivamente los módulos profesionales es preciso que todos los créditos que componen el módulo estén superados. La calificación del módulo será el promedio ponderado de las calificaciones de los créditos que lo componen. La ponderación se hará según las horas mínimas de duración de los créditos, de acuerdo con el decreto que establece el currículo La calificación final del ciclo formativo, con dos cifras decimales, será el promedio aritmético de las calificaciones de los módulos y de los créditos que no se derivan de un módulo que componen el ciclo formativo y que tengan expresión numérica, ponderada por las horas respectivas. En este cálculo no se tendrán en cuenta los créditos calificados como apto, exento o convalidado. 18 Reclamaciones 18.1 Las reclamaciones contra los resultados de las pruebas se tendrán que presentar por escrito a la secretaría del centro, dirigidas al/a la presidente/a de la comisión evaluadora Las personas que, previamente, hayan hecho una reclamación ante la comisión evaluadora, si están disconformes con su resolución podrán reiterarla ante la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente por medio de un escrito presentado a la dirección del centro, en el plazo de cinco días hábiles desde el día siguiente de publicarse la resolución de las reclamaciones por parte de la comisión de evaluación. El centro adjuntará a la reclamación una copia del expediente del solicitante y lo enviará al servicio territorial. La Inspección emitirá el informe correspondiente, que enviará a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente junto con el expediente de la persona aspirante. 19 Titulación, acreditación y registro 19.1 La evaluación positiva de una unidad de competencia comportará el derecho a la acreditación, con el correspondiente certificado Los créditos superados, exentos o convalidados y los módulos correspondientes se certificarán de acuerdo con el modelo establecido Las personas que hayan superado todos los créditos de un ciclo formativo y reúnan los requisitos para acceder al mismo, según el punto 3 de esta Resolución, podrán solicitar la expedición del título correspondiente El registro y la acreditación de las unidades de competencia reconocidas y de los títulos se harán de acuerdo con el procedimiento establecido en el Decreto 60/1997, de 4 de marzo, de creación y regulación del Registro de títulos académicos y profesionales no universitarios de Cataluña. 20 A creditación de la identidad Las personas aspirantes deberán llevar el documento nacional de identidad o documento equivalente de identificación, en la ejecución de las actividades que regula esta resolución. La Inspección de Educación, los miembros de las comisiones de evaluación y el personal de la secretaría de los centros pueden comprobar la identidad de las personas aspirantes. 21 L os coordinadores y las coordinadoras de formación profesional Los coordinadores y las coordinadoras de formación profesional prestarán apoyo a los puntos de información juvenil y a las entidades que se detallan en el anexo 2 de esta Resolución, impulsarán la difusión de esta convocatoria entre los agentes sociales y llevarán a cabo las actuaciones que la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente les encargue. 22 Convocatorias específicas Durante curso académico se podrán llevar a cabo convocatorias específicas de acreditación de las competencias referidas a títulos de formación profesional, derivadas bien de acuerdos o convenios que pueda suscribir el Departamento de Educación y Universidades, bien de acciones de recalificación, readaptación o reinserción de colectivos específicos. Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOGC, según lo que disponen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. Barcelona, 23 de octubre de 2006 JOSEP FRANCÍ I CARRETÉ Director general de Formación Profesional y Educación Permanente ANEXO 1 A creditación de las competencias profesionales: títulos de ciclos formativos y centros CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Técnico en explotaciones agrícolas intensivas (Decreto 49/1998, de 3 de marzo, DOGC núm. 2622, de ). ECA Alfarràs, de Alfarràs. ECA Mas Bové, de Constantí. Técnico en jardinería (Decreto 55/1998, de 3 de marzo, DOGC núm. 2625, de ).

5 45078 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm IES Rubió i Tudurí, de Barcelona. ECA de Santa Coloma de Farners, de Santa Coloma de Farners. IES Mollerussa, de Mollerussa. ECA Amposta, de Amposta. IES d Horticultura i Jardineria, de Reus. Técnico en conducción de actividades físicodeportivas en el medio natural (Decreto 118/ 1999, de 19 de abril, DOGC núm. 2892, de ). IES Vall de Hebrón, de Barcelona. IES Pere Alsius i Torrent, de Banyoles. ECA Pirineu, de Montferrer-Castellbò. ECA Pallars, de Talarn. IES d Aran, de Vielha e Mijaran. IES Cal lípolis, de Tarragona. Técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque (Decreto 212/1998, de 30 de julio, DOGC núm. 2704, de ). La comisión evaluadora constituida en este centro, en función del número y procedencia geográfica de las personas inscritas, podrá distribuir territorialmente los aspirantes en dependencias de que disponga para hacer la fase de orientación y la fase de evaluación del proceso de acreditación de las competencias profesionales. Técnico en pesca y transporte marítimo (Decreto 54/1996, de 6 de febrero, DOGC núm. 2175, de ). La comisión evaluadora constituida en este centro, en función del número y procedencia geográfica de las personas inscritas, podrá distribuir territorialmente los aspirantes en dependencias de que disponga para hacer la fase de orientación y la fase de evaluación del proceso de acreditación de las competencias profesionales. Técnico en comercio (Decreto 53/1996, de 6 de febrero, DOGC núm. 2175, de ). IES Joan Brossa, de Barcelona. IES Lluïsa Cura, de Barcelona. IES Santa Eugènia, de Girona. IES Escola del Treball, de Lleida. IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer, de Tarragona. Técnico en equipos e instalaciones electrotécnicas (Decreto 368/1996, de 29 de octubre, DOGC núm. 2284, de ). IES La Pineda, de Badalona. IES-SEP Escola del Treball, de Barcelona. IES Vall d Hebron, de Barcelona. IES Llobregat, de L Hospitalet de Llobregat. IES-SEP Lacetània, de Manresa. IES Narcís Xifra i Masmitjà, de Girona. IES Escola del Treball, de Lleida. IES-SEP Comte de Rius, de Tarragona. Técnico en cocina (Decreto 309/1995, de 7 de noviembre, DOGC núm. 2135, de ). IES Joan Ramon Benaprés, de Sitges. IES Escola d Hoteleria i Serveis Sant Narcís, de Girona. IES Baix Empordà, de Palafrugell. IES d Hoteleria i Turisme, de Lleida. IES Escola d Hotelería i Turisme, de Cambrils. Técnico en servicios de restaurante y bar (Decreto 306/1995, de 7 de noviembre, DOGC núm. 2135, de ). IES Joan Ramon Benaprés, de Sitges. IES Escola d Hoteleria i Serveis Sant Narcís, de Girona. IES d Hoteleria i Turisme, de Lleida. IES Escola d Hotelería i Turisme, de Cambrils. Técnico en explotación de sistemas informáticos (Decreto 423/2004, de 2 de noviembre, DOGC núm. 4257, de ). IES-SEP Esteve Terradas, de Cornellà de Llobregat. IES-SEP Lacetània, de Manresa. IES Salvador Espriu, de Salt. IES-SEP Caparrella, de Lleida. IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer, de Tarragona. Técnico en instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas (Decreto 197/1997, de 30 de julio, DOGC núm. 2459, de ). IES Anna Gironella de Mundet, de Barcelona. IES Narcís Xifra i Masmitjà, de Girona. IES-SEP Guindàvols, de Lleida. IES Martí l Humà, de Montblanc. Técnico en montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor (Decreto 198/1997, de 30 de julio, DOGC núm. 2459, de ). IES Anna Gironella de Mundet, de Barcelona. IES Santa Eugènia, de Girona. IES-SEP Guindàvols, de Lleida. IES Ramon Barbat i Miracle, de Vila-seca. Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (Decreto 203/1997, de 30 de julio, DOGC núm. 2464, de ). IES Salvador Seguí, de Barcelona. IES Miquel Martí i Pol, de Cornellà de Llobregat. IES-SEP Castellarnau, de Sabadell. IES Narcís Xifra i Masmitjà, de Girona. IES Torrevicens, de Lleida. IES Cal lípolis, de Tarragona. Técnico en farmacia (Decreto 181/1998, de 8 de julio, DOGC núm. 2696, de ). IES Pedraforca, de L Hospitalet de Llobregat. IES-SEP Castellarnau, de Sabadell. IES Narcís Xifra i Masmitjà, de Girona. IES Torrevicens, de Lleida. IES Cal lípolis, de Tarragona. Técnico en atención sociosanitaria (Decreto 104/ 2005, de 31 de mayo, DOGC núm. 4397, de ). IES Miquel Tarradell, de Barcelona. IES Salvador Seguí, de Barcelona. IES Severo Ochoa, de Esplugues de Llobregat. IES S Agulla, de Blanes. IES La Segarra, de Cervera. IES Francesc Vidal i Barraquer, de Tarragona. Ciclos formativos de grado superior Técnico superior en navegación, pesca y transporte marítimo (Decreto 354/1997, de 25 de noviembre, DOGC núm. 2551, de ). La comisión evaluadora constituida en este centro, en función del número y procedencia geográfica de las personas inscritas, podrá distribuir territorialmente a los aspirantes en dependencias de que disponga para hacer la fase de orientación y la fase de evaluación del proceso de acreditación de las competencias profesionales. Técnico superior en supervisión y control de máquinas e instalaciones del buque (Decreto 211/1998, de 30 de julio, DOGC núm. 2704, de ). La comisión evaluadora constituida en este centro, en función del número y procedencia geográfica de las personas inscritas, podrá distribuir territorialmente los aspirantes en dependencias de que disponga para hacer la fase de orientación y la fase de evaluación del proceso de acreditación de las competencias profesionales. Técnico superior en secretariado (Decreto 64/ 1996, de 6 de febrero, DOGC núm. 2175, de ). IES Lluïsa Cura, de Barcelona. IES-SEP Montilivi, de Girona. IES-SEP Caparrella, de Lleida. IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer, de Tarragona. Técnico superior en información y comercialización turísticas (Decreto 305/1995, de 7 de noviembre, DOGC núm. 2135, de ). IES Meridiana, de Barcelona. IES Escola d Hotelería i Serveis Sant Narcís, de Girona. IES Baix Empordà, de Palafrugell. IES d Hotelería i Turisme, de Lleida. IES Escola d Hoteleria i Turisme, de Cambrils. Técnico superior en audioprótesis (Decreto 226/ 2002, de 27 de agosto, DOGC núm. 3719, de ). IES-SEP La Guineueta, de Barcelona. Técnico superior en educación infantil (Decreto 182/1998, de 8 de julio, DOGC núm. 2702, de ). IES Salvador Seguí, de Barcelona. IES Can Vilumara, de L Hospitalet de Llobregat. IES-SEP Montilivi, de Girona. IES La Segarra, de Cervera. IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer, de Tarragona. En función del número de personas inscritas en cada ciclo formativo y en cada centro durante el periodo de inscripción y de su procedencia geográfica, se podrá distribuir territorialmente los solicitantes y asignarlos otro centro donde realizarán las pruebas. ANEXO 2 Evaluación de los créditos formativos: títulos de ciclos formativos y centros CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Técnico en explotaciones agrícolas intensivas (Decreto 49/1998, de 3 de marzo, DOGC núm. 2622, de ). ECA Mas Bové, de Constantí. Técnico en jardinería (Decreto 55/1998, de 3 de marzo, DOGC núm. 2625, de ). ECA de Santa Coloma de Farners, de Santa Coloma de Farners. Técnico en conducción de actividades físicodeportivas en el medio natural (Decreto 118/

6 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm , de 19 de abril, DOGC núm. 2892, de ). IES Vall d Hebron, de Barcelona. Técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque (Decreto 212/1998, de 30 de julio, DOGC núm. 2704, de ). Técnico en pesca y transporte marítimo (Decreto 54/1996, de 6 de febrero, DOGC núm. 2175, de ). Técnico en comercio (Decreto 53/1996, de 6 de febrero, DOGC núm. 2175, de ). IES Joan Brossa, de Barcelona. Técnico en equipos e instalaciones electrotécnicas (Decreto 368/1996, de 29 de octubre, DOGC núm. 2284, de ). IES La Pineda, de Badalona. IES-SEP Escola del Treball, de Barcelona. IES Vall d Hebron, de Barcelona. IES Llobregat, de L Hospitalet de Llobregat. IES-SEP Comte de Rius, de Tarragona. Técnico en cocina (Decreto 309/1995, de 7 de noviembre, DOGC núm. 2135, de ). IES Joan Ramon Benaprés, de Sitges. Técnico en servicios de restaurante y bar (Decreto 306/1995, de 7 de noviembre, DOGC núm. 2135, de ). IES Escola d Hoteleria i Turisme, de Cambrils. Técnico en explotación de sistemas informáticos (Decreto 423/2004, de 2 de noviembre, DOGC núm. 4257, de ). IES-SEP Esteve Terradas, de Cornellà de Llobregat. Técnico en instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas (Decreto 197/1997, de 30 de julio, DOGC núm. 2459, de ). IES Martí l Humà, de Montblanc. Técnico en montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor (Decreto 198/1997, de 30 de julio, DOGC núm. 2459, de ). IES Anna Gironella de Mundet, de Barcelona. Técnico en cuidados auxiliares de enfermería (Decreto 203/1997, de 30 de julio, DOGC núm. 2464, de ). IES Salvador Seguí, de Barcelona. IES Miquel Martí i Pol, de Cornellà de Llobregat. IES-SEP Castellarnau, de Sabadell. IES Torrevicens, de Lleida. IES Cal lípolis, de Tarragona. Técnico en farmacia (Decreto 181/1998, de 8 de julio, DOGC núm. 2696, de ). IES Pedraforca, de L Hospitalet de Llobregat. Técnico en atención sociosanitaria (Decreto 104/ 2005, de 31 de mayo, DOGC núm. 4397, de ). IES Miquel Tarradell, de Barcelona. IES Severo Ochoa, de Esplugues de Llobregat. IES Salvador Seguí, de Barcelona. Ciclos formativos de grado superior Técnico superior en navegación, pesca y transporte marítimo (Decreto 354/1997, de 25 de noviembre, DOGC núm. 2551, de ). Técnico superior en supervisión y control de máquinas e instalaciones del buque (Decreto 211/1998, de 30 de julio, DOGC núm. 2704, de ). Técnico superior en secretariado (Decreto 64/ 1996, de 6 de febrero, DOGC núm. 2175, de ). IES Lluïsa Cura, de Barcelona. Técnico superior en información y comercialización turísticas (Decreto 305/1995, de 7 de noviembre, DOGC núm. 2135, de ). IES Meridiana, de Barcelona. Técnico superior en audioprótesis (Decreto 226/ 2002, de 27 de agosto, DOGC núm. 3719, de ). IES-SEP La Guineueta, de Barcelona. Técnico superior en educación infantil (Decreto 182/1998, de 8 de julio, DOGC núm. 2702, de ). IES Can Vilumara, de L Hospitalet de Llobregat. ANEXO 3 Puntos de información genérica sobre el proceso de las pruebas ALT EMPORDÀ Consejo Comarcal de L Alt Empordà Dinamización económica y ocupacional C. Clerc i Nicolau, Figueres Tel Punto de información juvenil Empori Pl. dels Homes, Castelló d Empúries Tel Punto de información juvenil de Llançà Pl. Major, s/n Llançà Tel ALT PENEDÈS SIAJ-Alt Penedès Servicio de información y asesoramiento para jóvenes C. de la Font, 43, bajos Vilafranca del Penedès Tel Consejo Comarcal de L Alt Penedès C. Hermenegild Clascar, Vilafranca del Penedès Tel ALT URGELL Consejo Comarcal de L Alt Urgell Pg. Joan Brudieu, La Seu d Urgell Tel Punto joven Actiu Pl. Carme, La Seu d Urgell Tel ALTA RIBAGORÇA Consejo Comarcal de L Alta Ribagorça Ctra. N-230, entrada sur El Pont de Suert Tel BAGES Sapsk Servicio de información juvenil Av. de las Bases de Manresa, Manresa Tel BAIX EBRE Consejo Comarcal de El Baix Ebre C. Barcelona, Tortosa Tel BAIX CAMP Instituto municipal de formación y empresa Mas Carandell-C. Terol, Reus Tel BAIX EMPORDÀ Punto de información juvenil Castell-Platja d Aro Palacio de deportes y congresos Pl. Europa, s/n Platja d Aro Tel BAIX LLOBREGAT Punto de información juvenil la Garsa Casa de cultura C. Federico García Lorca, Abrera Tel Punto de información juvenil Centro Frederic Mompou Pl. Joan XXIII, s/n Castelldefels Tel Servicios de información juvenil Punt Nord Pl. de las Culturas, s/n Martorell Tel Punto joven Molins de Rei Av. de València, Molins de Rei Tel Punto de información joven C. Sant Jordi, La Palma de Cervelló Tel Servicio de información juvenil el Punt L Olivera Pl. Montserrat Roig, Sant Boi de Llobregat Tel Consejo Comarcal de El Baix Llobregat Departamento de personal Ctra. N-340-parque Torreblanca Sant Feliu de Llobregat Tel

7 45080 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm Punto de información juvenil-espai jove C. Laureà Miró, Sant Feliu de Llobregat Tel Punto de información juvenil Av. Josep Tarradellas, Viladecans Tel BAIX PENEDÈS Consejo Comarcal de El Baix Penedès Pl. del Centre, El Vendrell Tel Regiduría de trabajo del Ayuntamiento de Calafell Av. Generalitat, 1 Cal Balavà Calafell Tel Barcelonès Punto de información juvenil de la sede de la Secretaría General de Juventud C. Calàbria, Barcelona Tel CISEC-SPIA Centro de información y servicios al estudiante de Cataluña-Servicio y punto de información académica C. Junta de Comerç, 26, bajos Barcelona Tel Servicio de información Tuti C. Villarroel, 181, bajos Barcelona Tel BERGUEDÀ Consejo Comarcal de El Berguedà C. Barcelona, 49, 3º Berga Tel GARRAF SIAJ-Alt Penedès Servicio de información y asesoramiento para jóvenes Rasa del Miquelet, Vilanova i la Geltrú Tel GARROTXA Consejo Comarcal de La Garrotxa Servicio de juventud y enseñanza Av. Onze de Setembre, Olot Tel GIRONÈS Centro de información juvenil l Estació C. Santa Engràcia, Girona Tel Maresme Punto de información juvenil ca n Humet C. Fontanills, El Masnou Tel Punto de información juvenil l Escorxador C. Torrent d en Puig, Arenys de Munt Tel MONTSIÀ Consejo Comarcal de El Montsià Pl. Lluís Companys, s/n Amposta Tel Punto de información juvenil la Ràpita Casal cultural el Maset C. Perot el Cantador, s/n Sant Carles de la Ràpita Tel Infojove Sant Jaume Av. de l Ebre, s/n Sant Jaume d Enveja Tel Punto de información juvenil Planer C. Mare de Déu de Montserrat, Santa Bàrbara Tel NOGUERA Consejo Comarcal de La Noguera Servicios de enseñanza Pg. Àngel Guimerà, Balaguer Tel OSONA Consejo Comarcal de Osona Área de promoción económica Área de educación C. H. Ramon d Abadal, 5, 3º Vic Tel Punto de información juvenil Pipa C. Jesús, Centelles Tel Punto de información juvenil de la Mancomunidad de La Plana Ayuntamiento de Malla Malla Tel Puntjove C. de la Ciudad, 4 Casa Cortada Vic Tel PALLARS JUSSÀ Consejo Comarcal de El Pallars Jussà Área de educación C. Pau Casals, 14 Edificio Sant Jordi Tremp Tel Consejo Comarcal de El Pallars Jussà Pg. del Vall, Tremp Tel PLA D URGELL Consejo Comarcal de El Pla d Urgell C. Prat de la Riba, Mollerussa Tel SEGRIÀ Punto de información juvenil el Fortí Centro cultural lo Casino C. Mayor, Alcarràs Tel Centro municipal de información juvenil Pl. Amics de Lleida, s/n Lleida Tel Instituto municipal de trabajo Salvador Seguí C. Ramon Argilés-Pl. Rosa Sensat Lleida Tel SELVA El Puntet Av. de Vidreres, 58 Casal de Joves Lloret de Mar Tel SOLSONÈS Consejo Comarcal de El Solsonès Ctra. de Bassella, Solsona Tel TARRAGONÈS Punto de información juvenil de la coordinación territorial de juventud en Tarragona C. Sant Francesc, 3, 1º Tarragona Tel Punto de información juvenil de Salou Pl. Carrilet, s/n Antiguo edificio Carrilet Salou Tel TERRA ALTA Consejo Comarcal de La Terra Alta C. Balsa d en Gaire, Gandesa Tel URGELL Consejo Comarcal de L Urgell C. Agoders, Tàrrega Tel VALLÈS OCCIDENTAL Servicio de información juvenil Rbla. de Sabadell, Sabadell Tel Punto joven, servicio de información C. Pablo Picasso, Santa Perpètua de Mogoda Tel VALLÈS ORIENTAL El Punto de información de Montmeló C. Folch i Torres, s/n

8 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm Montmeló Tel ANEXO 4 Puntos de información específica por ciclos formativos CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Técnico en explotaciones agrícolas intensivas ECA de Alfarràs Partida el Sot, s/n Alfarràs Tel IES Mollerussa Ctra. de Torregrossa, km 1, Mollerussa Tel ECA de Mas Bové Ctra. Reus-Morell, km Constantí Tel IES-SEP Comte de Rius Ctra. de Valls, s/n-zona educacional Tarragona Tel Técnico en jardinería IES Rubió i Tudurí Av. Marqués de Comillas, Barcelona Tel ECA de Santa Coloma de Farners Finca casa Xifra Santa Coloma de Farners Tel IES Mollerussa Ctra. de Torregrossa, km 1, Mollerussa Tel ECA de Amposta C. Josep Tarradellas, Amposta Tel IES d Horticultura i Jardineria Autovía de Bellisens, s/n Reus Tel Técnico en conducción de actividades físicodeportivas en el medio natural IES Vall d Hebron Pg. de la Vall d Hebron, Barcelona Tel IES Pere Alsius i Torrent C. Sardana, Banyoles Tel ECA del Pirineu Finca les Colomines Bellestar Tel ECA del Pallars Ctra. C-13, km Talarn Tel IES d Aran Ctra. de Betren, s/n Vielha e Mijaran Tel IES Cal lípolis Autovía de Salou, s/n Tarragona Tel Técnico en operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque de Catalunya Partida Ribes Altes, polígono L Ametlla de Mar Tel Técnico en pesca y transporte marítimo de Catalunya Partida Ribes Altes, polígono L Ametlla de Mar Tel Técnico en comercio IES Joan Brossa Av. Mare de Déu de Montserrat, Barcelona Tel IES Lluïsa Cura Ronda Sant Antoni, Barcelona Tel IES Meridiana C. Pintor Alsamora, Barcelona Tel IES Santa Eugènia C. Enric Marquès i Ribalta, Girona Tel IES Escola del Treball C. Pi i Margall, Lleida Tel IES Martí l Humà Av. Dr. Folch, s/n Montblanc Tel IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer Av. Lluís Companys, Tarragona Tel Técnico en equipos e instalaciones electrotécnicas IES La Pineda C. Torrent de la Batllòria, s/n Badalona Tel IES-SEP Escola del Treball C. Comte d Urgell, Barcelona Tel IES Vall d Hebron Pg. de la Vall d Hebron, Barcelona Tel IES Miquel Martí i Pol C. Verge de Montserrat, s/n Cornellà de Llobregat Tel IES Llobregat C. Enric Prat de la Riba, L Hospitalet de Llobregat Tel IES-SEP Lacetània Av. de les Bases de Manresa, Manresa Tel IES Narcís Xifra i Masmitjà C. Àngel Marsà i Beca, Girona Tel IES Santa Eugènia C. Enric Marquès i Ribalta, Girona Tel IES Baix Empordà Av. Corts Catalanes, s/n Palafrugell Tel IES la Segarra Av. President Macià, s/n Cervera Tel IES Escola del Treball C. Pi i Margall, Lleida Tel IES-SEP Comte de Rius Ctra. de Valls, s/n-zona educacional Tarragona Tel Técnico en cocina IES Joan Ramon Benaprès Camino de la Fita, s/n Sitges Tel IES Escola d Hoteleria i Serveis Sant Narcís C. Josep Viader Moliner, Girona Tel IES Baix Empordà Av. Corts Catalanes, s/n Palafrugell Tel IES d Hoteleria i Turisme Partida Caparrella, s/n Lleida Tel IES Escola d Hoteleria i Turisme Pg. Marítim, s/n Cambrils Tel Técnico en servicios de restaurante y bar IES Joan Ramon Benaprès Camí de la Fita, s/n Sitges Tel IES Escola d Hotelería i Serveis Sant Narcís C. Josep Viader Moliner, Girona Tel IES de Hoteleria i Turisme Partida Caparrella, s/n Lleida Tel

9 45082 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm IES Escola d Hoteleria i Turisme Pg. Marítim, s/n Cambrils Tel Técnico en explotación de sistemas informáticos IES la Pineda C. Torrent de la Batllòria, s/n Badalona Tel IES-SEP la Guineueta C. Artesania, Barcelona Tel IES-SEP Esteve Terradas i Illa C. Bonavista, s/n Cornellà de Llobregat Tel IES-SEP Lacetània Av. de les Bases de Manresa, Manresa Tel IES Salvador Espriu Av. Folch i Torres, Salt Tel IES-SEP Caparrella Partida Caparrella, Lleida Tel IES Mollerussa Ctra. de Torregrossa, km 1, Mollerussa Tel IES d Aran Ctra. de Betren, s/n Vielha e Mijaran Tel IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer Av. Lluís Companys, Tarragona Tel Técnico en instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas IES Anna Gironella de Mundet Pg. de la Vall d Hebron, Barcelona Tel IES-SEP Lacetània Av. de las Bases de Manresa, Manresa Tel IES Narcís Xifra i Masmitjà C. Àngel Marsà i Beca, Girona Tel IES-SEP Guindàvols C. Eugeni d Ors, s/n Lleida Tel IES Martí l Humà Av. Dr. Folch, s/n Montblanc Tel IES Ramon Barbat i Miracle Av. Alcalde Pere Molas, s/n Vila-seca Tel Técnico en montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor IES la Pineda C. Torrent de la Batllòria, s/n Badalona Tel IES Anna Gironella de Mundet Pg. de la Vall d Hebron, Barcelona Tel IES-SEP Escola del Treball C. Comte d Urgell, Barcelona Tel IES Can Vilumara Av. de Josep Tarradellas i Joan, L Hospitalet de Llobregat Tel IES Santa Eugènia C. Enric Marquès i Ribalta, Girona Tel IES-SEP Guindàvols C. Eugeni d Ors, s/n Lleida Tel IES Ramon Barbat i Miracle Av. Alcalde Pere Molas, s/n Vila-seca Tel Técnico en cuidados auxiliares de enfermería IES-SEP la Guineueta C. Artesania, Barcelona Tel IES Salvador Seguí C. Santander, Barcelona Tel IES Miquel Martí i Pol C. Verge de Montserrat, s/n Cornellà de Llobregat Tel IES Pedraforca C. Enginyer Moncunill, L Hospitalet de Llobregat Tel IES-SEP Castellarnau Ctra. N-150, km Sabadell Tel IES Narcís Xifra i Masmitjà C. Àngel Marsà i Beca, Girona Tel IES Torrevicens Av. Torre Vicens, Lleida Tel IES Cal lípolis Autovía de Salou, s/n Tarragona Tel Técnico en farmacia IES-SEP La Guineueta C. Artesanía, Barcelona Tel IES Miquel Martí i Pol C. Verge de Montserrat, s/n Cornellà de Llobregat Tel IES Pedraforca C. Ingeniero Moncunill, L Hospitalet de Llobregat Tel IES-SEP Castellarnau Ctra. N-150, km Sabadell Tel IES Narcís Xifra i Masmitjà C. Àngel Marsà i Beca, Girona Tel IES Torrevicens Av. Torre Vicens, Lleida Tel IES Cal lípolis Autovía de Salou, s/n Tarragona Tel Técnico en atención sociosanitaria IES Miquel Tarradell C. dels Àngels, 1 bis Barcelona Tel IES Salvador Seguí C. Santander, Barcelona Tel IES Severo Ochoa C. Severo Ochoa, Esplugues de Llobregat Tel IES S Agulla Ctra. de Malgrat, Blanes Tel IES La Segarra Av. President Macià, s/n Cervera Tel IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer Av. Lluís Companys, Tarragona Tel Ciclos formativos de grado superior Técnico superior en navegación, pesca y transporte marítimo de Catalunya Partida Ribes Altes, polígono L Ametlla de Mar Tel Técnico superior en supervisión y control de máquinas e instalaciones del buque de Catalunya Partida Ribes Altes, polígono L Ametlla de Mar Tel

10 D iari O ficial de la G eneralitat de Catalunya Núm DEPARTAMENTO DE CULTURA Técnico superior en secretariado IES la Pineda C. Torrent de la Batllòria, s/n Badalona Tel IES-SEP Escola del Treball C. Comte d Urgell, Barcelona Tel IES Lluïsa Cura Ronda Sant Antoni, Barcelona Tel IES Meridiana C. Pintor Alsamora, Barcelona Tel IES Vall de Hebron Pg. de la Vall d Hebron, Barcelona Tel IES-SEP Montilivi Av. Montilivi, Girona Tel IES-SEP Caparrella Partida Caparrella, Lleida Tel IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer Av. Lluís Companys, Tarragona Tel Técnico superior en información y comercialización turísticas IES Lluïsa Cura Ronda Sant Antoni, Barcelona Tel IES Meridiana C. Pintor Alsamora, Barcelona Tel IES Escola d Hoteleria i Serveis Sant Narcís C. Josep Viader Moliner, Girona Tel IES Baix Empordà Av. Corts Catalanes, s/n Palafrugell Tel IES d Hoteleria i Turisme Partida Caparrella, s/n Lleida Tel IES Escola d Hoteleria i Turisme Pg. Marítim, s/n Cambrils Tel Técnico superior en audioprótesis IES-SEP La Guineueta C. Artesania, Barcelona Tel Técnico superior en educación infantil IES Salvador Seguí C. Santander, Barcelona Tel IES Severo Ochoa C. Severo Ochoa, Esplugues de Llobregat Tel IES Can Vilumara Av. de Josep Tarradellas i Joan, L Hospitalet de Llobregat Tel IES-SEP Montilivi Av. Montilivi, Girona Tel IES La Segarra Av. President Macià, s/n Cervera Tel IES-SEP Francesc Vidal i Barraquer Av. Lluís Companys, Tarragona Tel ( ) * ORDEN CLT/492/2006, de 6 de octubre, de derogación de la Orden de 4 de octubre de 1995, sobre los criterios para determinar las películas cinematográficas en versión original catalana. Considerando que se quiere modificar el concepto de versión original catalana de las películas cinematográficas a efectos de ayudas y que la nueva definición se prevea en las bases reguladoras de las subvenciones para la producción en versión original catalana, O RDENO: Artículo único Se deroga la Orden de 4 de octubre de 1995, sobre los criterios para determinar las películas cinematográficas en versión original catalana. DISPOSICIÓN FINAL Esta Orden entre en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Barcelona, 6 de octubre de 2006 FERRAN MASCARELL I CANALDA Consejero de Cultura ( ) RESOLUCIÓN CLT/3374/2006, de 24 de octubre, por la que se da publicidad al A cuerdo del Consejo de A dministración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales de 10 de octubre de 2006, por el que se modifican las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción en versión original catalana y el estreno en versión catalana de largometrajes cinematográficos y producciones en gran formato. Dado el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales adoptado en la sesión de 10 de octubre de 2006, que aprobó la modificación de las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción en versión original catalana y el estreno en versión catalana de largometrajes cinematográficos y producciones en gran formato, R ESUELVO: 1 Que se publique íntegramente en el DOGC el Acuerdo del Consejo de Administración del Instituto Catalán de las Industrias Culturales de 10 de octubre de 2006, por el que se modifican las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones para la producción en versión original catalana y el estreno en versión catalana de largometrajes cinematográficos y producciones en gran formato, el cual figura como anexo a esta Resolución. 2 Contra el Acuerdo del Consejo de Administración, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Cultura en el plazo de un mes desde la publicación en el DOGC.

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INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de

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