Modificación. tasas paraa las. enseñanzas. ema
|
|
- Alicia Gómez Franco
- hace 9 años
- Vistas:
Transcripción
1 Modificación de la normativa económica de la Universitat Oberta de Catalunya relativa al nuevo siste ema de precios y tasas paraa las enseñanzas del Campus Global Texto aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo el 30 de julio de
2 de la normativa económica de la Universitat Oberta de Catalunya relativa al nuevo sistema de enseñanzas del Campus Global, SUMARI Acuerdo del Comité de Dirección Ejecutivo sobre la normativa económica Se acuerda 3 3 2
3 Acuerdo del Comité de Dirección Ejecutivo sobre la modificación económica de la UOC En fecha 30 de julio de 2014, el Comité de Dirección Ejecutivo de la UOC acordó poner en marcha a partirr del segundo semestre del curso académico un nuevo sistema de enseñanzass del Campus Global. A tal efecto, es necesario adecuarr determinadas disposiciones de la normativa económica de la UOC a este nuevo sistema de precios y tasas. Se acuerda: I. Modificar el artículo 5, que queda redactado del siguiente modo: «1. Los estudiantes miembros de familias numerosas de categoría especial tienen derecho a la exención total de los precios de los servicios académicos de carácter c docente y administrativo de las enseñanzass universitarias oficiales. 2. Los estudiantes miembros de familias numerosas de categoría general tienen derecho a la bonificación del cincuenta (50)( por ciento de los precios de los servicios académicos de carácterr docente y administrativo de las enseñanzas universitarias oficiales. 3. En las enseñanzas universitarias oficiales en lengua española e u otras lenguas que se establezcan, la exención y la bonificación por miembro de familia numerosa que se prevé en los apartados anteriores solo se aplica sobre la parte proporcional del precio establecido en el decreto por el cual se fijan los precios de los servicios académicos a lass universidades públicas de Cataluñaa y a la Universitat Oberta de Catalunya. 4. La condición de miembro de familia numerosa debe acreditarse mediantee la presentación de una fotocopia compulsada del título oficial de familia numerosa enn vigor, expedido por el organismoo competente.» II. Modificar el apartado 1 del artículo 6, que queda redactado del siguiente s modo: «1. Los estudiantes con matrícula de honor o premio extraordinario en el bachillerato tienen derecho a la exención total de los precios de los servicios académicos dee carácter docente durante su primerr año académico en enseñanzas universitarias oficiales.» III. Modificar el apartado 1 del artículo 7, que queda redactado del siguiente s modo: «1. Los estudiantes con un grado de discapacidad d igual o superior al treinta y tres (33) por ciento tienen derecho a la exención total de los precios de los servicios académicos de carácter docente y administrativo de las enseñanzas universitarias oficiales.» IV. Modificar el artículo 8, que queda redactado del siguiente modo: «1. Las personas que hayan sido víctimas de actas terroristas, y también su cónyuge y sus hijos o hijas, tienen derecho a la exención total de los precios de los servicios académicos de carácterr docente y administrativo de las enseñanzas universitarias oficiales. 2. En las enseñanzas universitarias oficiales en lengua española e u otras lenguas que se establezcan, la exención por víctima dee acto terrorista que se prevé p en el apartado anterior solo se 3
4 aplica sobre la parte proporcional del precio establecido en el decreto por ell cual se fijan los precios de los servicioss académicos en las universidades públicas de Cataluña y en n la Universitat Oberta de Catalunya. 3. La condiciónn de víctima de acto terrorista debe acreditarse mediante m una fotocopia compulsadaa de la resolución administrativa correspondiente. En el caso dell o de la cónyuge y los hijos o hijas dependientes, junto con la documentaci ión que acredita la condición de víctima de un acto terrorista, debe adjuntarse una fotocopia compulsada del libro de familia.» V. Modificar el artículo 9, que queda redactado del siguiente modo: «1. Las personas que hayan sido víctimas de violencia de género, g y también sus hijos o hijas dependientes, tienen derecho a la exención total de los precios de los servicios académicos de carácter docente y administrativo de lass enseñanzass universitarias. 2. En las enseñanzas universitarias oficiales en lengua española e u otras lenguas que se establezcan, la exención por víctima dee violencia de género que se prevéé en el apartado anteriorr soloo se aplica sobre la parte proporcional del precio establecido en el decreto por el cual se fijan los precios de los servicios académicos enn las universidades públicas de Cataluña y en la Universitatt Oberta de Catalunya. 3. La condición de víctima de violencia de género debe acreditarse mediantee la presentación de una fotocopia compulsada de cualquiera de los siguientes documentos: a. b. c. d. Sentencia judicial definitiva por la cual se condena al agresor. Orden de protección judicial concedida a la víctima. Informe del Ministerio Fiscal que indique que la persona demandante es objeto de violencia de género. Certificación de los servicios sociales de la administración pública autonómica o del ayuntamiento, o del centro de acogida, que indique su situación. 4. En el caso de los hijos o de las hijass dependientes, junto con la documentación que acredita la condición de víctima de violencia de género, debe adjuntarse una fotocopia compulsadaa del libro de familia.» VI. Modificar los apartados 3 y 4 del artículoo 12, que queda redactado del siguiente modo: «3. En las enseñanzas universitarias oficiales en lengua catalana, el precioo del servicio académico de carácter administrativo correspondiente a la matrícula se s establecee cada año académico mediante el decreto por el cual se fijan los precios de los servicios académicos en las universidadess públicas de Cataluña y en la UOC. En las enseñanzas universitarias oficiales de grado en lenguaa española u otras lenguas que se establezcan es el Patronatoo de la FUOCC quien establece cada año a académico el precio del servicio académico de carácter administrativo correspondiente. 4. Los precios de los servicios específicos: 4.1. En las enseñanzas universitarias oficiales en lengua catalana, y en las enseñanzass universitarias oficiales de grado en lengua española u otras lenguas que se establezcan, se estructuran del siguiente modo: Los recursos para el aprendizaje: el importe dee este concepto solo debe abonarse siempre que el estudiante se matricula de una asignatura por vez primera. 4
5 Los servicios de apoyoo a la docencia: el importe de este concepto debe abonarse cada vez que el estudiante formaliza la matrícula Los servicios y recursos de acogida: el importe de este conceptoo solo debee abonarse la primera vez que el estudiante formaliza una matrícula en las enseñanzas universitarias oficiales La adhesión a La Virtual: el importe de este concepto ess opcional; su abono se realiza mediante un pago único La aportación al Campus por la Paz y la Solidaridad: el importe de este conceptoo es opcional; su abono es semestral En las enseñanzas universitarias oficiales de máster y de la anterior ordenaciónn universitaria (LRU) en lengua españolaa u otras lenguas que se establezcan y en las enseñanzas propias, se estructuran del siguiente modo: Los recursos para el aprendizaje: el importe dee este concepto solo debe abonarse siempre que el estudiante se matricula de una asignatura por vez primera La adhesión a La Virtual: el importe de este concepto ess opcional; su abono se realiza mediante un pago único La aportación al Campus por la Paz y la Solidaridad: el importe de este conceptoo es opcional. VII. Modificar el artículo 19, que queda redactado del siguiente modo: «1. En las enseñanzas universitarias s oficiales de máster y en los de la anterior ordenaciónn universitaria (LRU) en lengua española, u otras lenguas que se s establezcan, la matrícula de una asignatura con opción de derecho a examen permite disfrutar de d una bonificación del setenta (70) por ciento sobre el precio del crédito. 2. En las enseñanzas universitarias oficiales en lengua catalana, y en las enseñanzas universitarias s oficiales de grado en lengua españolaa u otras lenguas que se s establezcan, la matrícula de una asignatura con opción de derecho a examen permitee disfrutar dee las siguientes condiciones: 2.1. No se procede al cobro de los recursos para el aprendizaje Permite disfrutar de una bonificación del cuarenta (40) por ciento sobre el precio del crédito establecido en el decreto por el cual se fijan los precios de los servicioss académicos en las universidades públicas de Cataluña y en la Universitat Oberta de Catalunya.» VIII. Modificar el artículo 21, que queda redactado del siguiente modo: «1. El importe de la matrícula de enseñanzas universitarias oficiales en lengua catalana, y en las enseñanzas universitarias oficiales de grado en lengua española u otras lenguas que se establezcan, se incrementa por segundas y sucesivas matrículas de un mismo crédito, o bien por estar en posesión de uno o más títulos universitarioss de carácterr oficial. 2. Para los estudiantes de enseñanzas universitarias oficiales en e lengua catalana y de enseñanzass universitarias oficiales de grado en lengua española u otras lenguas que se establezcan que se matriculen por segunda o sucesivas veces de un mismo crédito, aunque se trate de créditos de una asignatura bisemestral, el importe dee este crédito es el resultado de aplicar el coeficiente o porcentaje que determine el decreto por el cual se fijan los precios de los servicios académicos en 5
6 las universidades públicas de Cataluña y en la UOC, salvo quee el estudiante se acoja al derecho a examen. 3. A los estudiantes que tengan unoo o más títulos universitarios oficiales, o que estén en condiciones de obtenerlo, y que quieran iniciar en la UOC otra enseñanza universitaria oficial en lengua catalanaa o una enseñanza oficial de grado en lenguaa española u otras lenguas que se establezcan, se les aplica el coeficiente o porcentajee que determine el decreto por el cual se fijan los precios de los servicios académicos en las universidades públicas de Cataluña y en la UOC Se eximee del recargo previsto en el apartado anterior a los estudiantes que estén incluidos en alguno de los siguientes supuestos: Estudiantes que quieran iniciar los primeros estudios de máster r y doctorado Estudiantes que hayan superado enseñanzas dee un único proseguir los estudios en unn segundo ciclo. primer ciclo y quieran Estudiantes que, habiendo iniciado unos estudios con doble titulación hayan obtenido el título de una de las titulaciones y tengan que matricularse de algún crédito de la otra titulación Estudiantes que hayan obtenido el o los l títulos universitarios oficiales únicamente en universidades privadas o enn centros docentes adscritos que apliquen precios privados Estudiantes que hayan obtenido la o las credenciales de homologación a un título universitario oficial español por parte del ministerio que tenga las competencias en materia de universidades Estudiantes con un grado de discapacidad igual o superior s al 33% Personas que hijos o hijas. hayan sido víctimas de actos terroristas, y también su cónyuge y suss Personas que hayan sido víctimas de violencia de género, y también sus hijos o hijas dependientes. IX. Modificar los apartados 1 y 3 del artículoo 22, que queda redactado del siguiente modo: «1. El derecho de desistimiento consiste en la posibilidad que tienen los estudiantes de dejar sin efectos su matrícula, sin ningún tipo dee justificación y penalización, en el plazo máximo de 14 días naturales a contar desde la fecha de su formalización. 3. La UOC reintegrará al estudiante el importe de la matrícula abonado a en un plazo máximo de 14 días naturales, a contar desde la fecha de recepción de la solicitud correspondiente. La devolución se hace mediante un ingreso en la cuenta corrientee que el estudiante haya facilitado en el Campus Virtual.» X. Modificar el apartado 5 del artículo 24, que queda redactado del siguiente modo: «5. Aparte de las consecuencias económicas previstas en los apartados anteriores, en las enseñanzas universitarias oficiales en lengua catalana y en lass enseñanzas universitarias oficiales de grado en lengua española u otras lenguas que se establezcan, la modificación parcial de la matrícula implica también ell cobro de laa tasa de modificación fijada por el decreto por el cual se fijan los precios de los servicioss académicos en las universidades públicas de Cataluña y en la UOC, salvo que la sustitución o anulación se haya producido por causaa imputable a la Universidad.» 6
7 XI. Las modificaciones de la normativa económica de la UOC previstas en este acuerdo serán de aplicación a partir del segundo semestre del curso académico , con las siguientess excepciones: - Los estudiantes de enseñanzas universitarias oficiales de máster y dee la anteriorr ordenaciónn universitariaa (LRU) en lengua española, u otras lenguas quee se establezcan, podrán disfrutar de las bonificaciones y exenciones previstas en los l artículos 5, 6, 8, 9 y 19 a partir del primerr semestre del curso académico
NORMATIVA ECONÓMICA DE LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA Texto aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo de 18 de diciembre de 2012
NORMATIVA ECONÓMICA DE LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA Texto aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo de 18 de diciembre de 2012 ÍNDICE Título I. DISPOSICIONES GENERALES... 3 Artículo 1. Objeto
Más detallesÍNDICE. FORMAS DE PAGO y EXENCIONES/BONIFICACIONES
ÍNDICE FORMAS DE PAGO y EXENCIONES/BONIFICACIONES 1. En cuántos plazos puedo pagar mi matrícula? 2. Quiero introducir mi nº de cuenta o modificar el existente Cómo lo hago? Cómo se si tengo derecho a algún
Más detallesDOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A PRESENTAR POR ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO EN GRADOS
INSTRUCCIONES 1) Los documentos que se deberán presentar o remitir al Centro, incluidos necesariamente en un sobre, son los que figuran relacionados en el Anexo I de estas instrucciones. Con carácter general,
Más detallesI. Disposiciones Generales
I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTOS DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, Y DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE ORDEN de 18 de junio de 2015, de los Consejeros de Hacienda y Administración Pública y de
Más detallesPRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO
PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2014-2015 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto80/2014 de
Más detallesUNIVERSIDAD DE BURGOS
NORMAS DE MATRÍCULA DE GRADO, MÁSTER Y 1 er y 2º CICLO AÑO ACADÉMICO 2016-17 Índice I. NORMAS GENERALES DE MATRÍCULA. 1. Tipos de matrícula 2. Modificaciones de matrícula 3. Anulación de matrícula 4. Trabajos
Más detallesNÚMERO 36 Lunes, 23 de febrero de 2015
5251 ANEXO XVII PRECIOS PÚBLICOS DE OTROS ENTES PUBLICOS PRECIOS PÚBLICOS DE ENSEÑANZAS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL CURSO ACADÉMICO 2014/2015
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 21 Lunes, 2 de febrero de 2015 Pág. 6823 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DECRETO 11/2015, de 29 de enero, por
Más detallesDOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A PRESENTAR POR ESTUDIANTES DE NUEVO INGRESO EN MASTER
INSTRUCCIONES 1) Los documentos que se deberán presentar o remitir al Centro, incluidos necesariamente en un sobre, son los que figuran relacionados en el Anexo I de estas instrucciones. Con carácter general,
Más detallesMatriculación en tutela académica de estudios de doctorado
Información sobre procedimientos administrativos Matriculación en tutela académica de estudios de doctorado (curso académico 2014/2015) Los estudiantes que se encuentran realizando en la Universidad de
Más detallesNORMATIVA DE PERMANENCIA Y CONTINUACIÓN DE ESTUDIOS EN TÍTULOS DE GRADO DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DEL ATLÁNTICO
Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 5 Índice I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS... 3 II. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 III. TIPOS DE MATRÍCULA... 3 IV. RÉGIMEN DE PERMANENCIA... 3 V. DISPOSICIÓN ADICIONAL
Más detallesANEXO ECONÓMICO A LA NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE GRADO (CAMPUS DE VIC)
ANEXO ECONÓMICO A LA NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE GRADO (CAMPUS DE VIC) Curso académico 2015/2016 (Aprobado por el Consejo de Gobierno de la UVic-UCC el 16 de junio de 2015) ÍNDICE 1. MATRÍCULA...
Más detallesEntre otros aspectos se recordará al alumnado los siguientes puntos:
ASUNTO: COMUNICACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACION PROFESIONAL Y RÉGIMEN ESPECIAL SOBRE ACTUACIONES A DESARROLLAR POR LOS CENTROS DOCENTES PARA INFORMAR AL ALUMNADO SOBRE LAS PRUEBAS DE ACCESO A
Más detallesPRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO
PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2013-2014 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 60/2013,
Más detallesUniversidad Europea del Atlántico Página 1 de 5
Universidad Europea del Atlántico Página 1 de 5 Índice I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS... 3 II. ÁMBITO DE APLICACIÓN... 3 III. TIPOS DE MATRÍCULA... 3 IV. RÉGIMEN DE PERMANENCIA... 4 V. DISPOSICIÓN ADICIONAL
Más detallesNOTA INFORMATIVA PREVIA
Homologación de títulos extranjeros de educación superior por la Universitat de València (al amparo del Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo) NOTA INFORMATIVA PREVIA El artículo 6. 2 d) del Real Decreto
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES. Matrícula de Grado
PREGUNTAS FRECUENTES Matrícula de Grado 1. Antes de hacer la matrícula Activación de la cuenta @alumnos.upm.es La dirección electrónica @alumnos.upm.es, es necesaria para acceder a todos los servicios
Más detallesINFORMACIÓN ADICIONAL
INFORMACIÓN ADICIONAL Requisitos académicos para estudios de nivel no universitario. 7.1. Para obtener beca o ayuda en los estudios de Enseñanzas Medias es preciso para el curso 2011-2012 haber promocionado
Más detallesBOLETÍN Nº 102-28 de mayo de 2015
1 de 9 BOLETÍN Nº 102-28 de mayo de 2015 RESOLUCIÓN 208/2015, de 15 de mayo, del Director General de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se fijan los precios públicos por la prestación
Más detallesNormativa de matrícula de las enseñanzas de grado, de máster universitario y de doctorado
Normativa de matrícula de las enseñanzas de grado, de máster universitario y de doctorado (Aprobada por la Comisión de Asuntos Académicos, por delegación del Consejo de Gobierno de la UAB, el 12 de diciembre
Más detallesINSTRUCCIONES PARA LA INSCRIPCIÓN EN LAS PRUEBAS DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE MÚSICA EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
INSTRUCCIONES PARA LA INSCRIPCIÓN EN LAS PRUEBAS DE ACCESO A LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE MÚSICA EN LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN CURSO 2015/2016 CONSIDERACIONES PREVIAS Las presentes instrucciones
Más detallesNOSA 04 - NORMATIVA DE MATRÍCULA DIPLOMATURA. 1. DEFINICIÓN La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro (*).
NOSA 04 - NORMATIVA DE MATRÍCULA DIPLOMATURA NOSA 04 - NORMATIVA DE MATRICULA PARA DIPLOMATURAS 1. DEFINICIÓN La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro (*). (*) La elección
Más detallesPRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO
PRECIOS PUBLICOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2015-2016 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 184/2015
Más detallesINSTRUCCIONES GENERALES DE MATRÍCULA PRESENCIAL Curso 2013/2014
INSTRUCCIONES GENERALES DE MATRÍCULA PRESENCIAL Curso 2013/2014 1. MATRÍCULA La documentación necesaria para matricularse, se obtendrá a través del portal del Centro de Atención a Estudiantes CAT de la
Más detallesCONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA
DOG Núm. 135 Lunes, 16 de julio de 2012 Pág. 28248 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSELLERÍA DE CULTURA, EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA DECRETO 154/2012, de 12 de julio, por el que se fijan los precios
Más detallesANEXO I. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos.
ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
Más detallesPRECIOS POR CRÉDITO EN EUROS CURSO 2012 / 2013
PRECIOS POR CRÉDITO EN EUROS CURSO 2012 / 2013 TITULACIONES DOBLE GRADO EN DERECHO- ADMINISTRACIÓN Y DIRECCIÓN DE EMPRESAS DOBLE GRADO EN DERECHO-CIENCIA POLÍTICA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DOBLE GRADO EN
Más detallesNORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA SOBRE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER A LA UNIVERSITAT JAUME I (Acuerdo de Consejo de Gobierno núm. 8 de 23 de febrero de
Más detalles1. Quién puede solicitar estas becas y qué requisitos generales deben reunir?
PREGUNTAS FRECUENTES Convocatoria de becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2012-2013, para estudiantes de enseñanzas universitarias 1. Quién puede solicitar estas becas y qué
Más detallesPRIMERO.- REALIZACIÓN DE LA MATRÍCULA EN LOS ESTUDIOS DE MÁSTER:
ACUERDO DE LA COMISIÓN DE POSGRADO, RELATIVA A LOS CRITERIOS PARA LA REALIZACIÓN DE LAS MATRÍCULAS Y EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS OFICIALES DE POSGRADO. El artículo 6.6 del Reglamento
Más detallesREGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS
REGLAMENTO DE ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES ENTRE PLANES DE ESTUDIOS Y RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS DE LIBRE CONFIGURACIÓN POR EQUIVALENCIAS La Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), en el ejercicio
Más detallesNormativa de convalidaciones, adaptaciones y equiparaciones
Normativa de convalidaciones, adaptaciones y equiparaciones Índice: Preámbulo (Aprobada por la Comisión de Convalidaciones de la UAB el 14-1-2000) Título I. Disposiciones generales (artículos 1-4) Título
Más detallesTIPOS DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS:
PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PREVIOS A LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR La Orden ECI/1519/2006 de 11 de mayo de 2006, en
Más detallesNORMATIVA ACADÉMICA DE LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA APLICABLE A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EEES
NORMATIVA ACADÉMICA DE LA UNIVERSITAT OBERTA DE CATALUNYA APLICABLE A LOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS EEES (Texto aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo de 18 de diciembre de 2012 y por la Comisión
Más detallesPRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR. Requisitos para realizar la prueba de Acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior
PRUEBA DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE GRADO SUPERIOR Si no has cursado bachillerato y quieres realizar un ciclo formativo de grado superior, puedes hacerlo. Para ello tienes que realizar una prueba específica
Más detallesNORMAS DE MATRÍCULA EN LOS GRADOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Aprobada en Consejo de Gobierno de 01/07/2011 CAPÍTULO I MATRÍCULA DE NUEVO INGRESO
Consejo de Gobierno - Sesión Ordinaria de 01/07/11 (nº 7/11) Punto 7.2 ANEXO 16 NORMAS DE MATRÍCULA EN LOS GRADOS DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Aprobada en Consejo de Gobierno de 01/07/2011 CAPÍTULO I MATRÍCULA
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 75 Viernes, 19 de abril de 2013 Pág. 26397 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DECRETO 14/2013, de 18 de abril, por
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Sevilla, 5 de enero 2010 BOJA núm. 2 Página núm. 45 ORDEN de 1 de diciembre de 2009, por la que se establecen convalidaciones entre las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza y determinadas materias
Más detallesPRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO
PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2013/2014 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 60/2013, de 18
Más detallesNORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I
NORMATIVA ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE MÁSTER DE LA UNIVERSITAT JAUME I CURSO ACADÉMICO 2015/16 (Aprobada por el Consejo de Gobierno núm.7 de 24 de junio de 2015) ÍNDICE: Exposición de motivos Artículo
Más detallesINSTRUCCIONES AUTOMATRÍCULA INSTITUTO DE IDIOMAS (sólo Estudios propios) CURSO 2014/2015
INSTRUCCIONES AUTOMATRÍCULA INSTITUTO DE IDIOMAS (sólo Estudios propios) CURSO 2014/2015 Todos los estudiantes del Instituto de Idiomas (sólo estudios propios), con las excepciones que se indican en el
Más detallesCALENDARIO ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO CURSO 2012/2013
CALENDARIO ACADÉMICO-ADMINISTRATIVO CURSO 2012/2013 PLAZOS DE MATRÍCULA 2 NORMAS DE ADMISIÓN Y PLAZOS ESTUDIOS DE GRADO, LICENCIATURA, DIPLOMATURA E INGENIERÍA 4 ESTUDIOS OFICIALES DE MÁSTER UNIVERSITARIO
Más detalles2.2. ENSEÑANZAS CORRESPONDIENTES A PLANES DE ESTUDIO, NO ESTRUCTURADOS EN CRÉDITOS.
PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2012/2013 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 66/2012, de 5
Más detallesCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
19310 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 12 de julio de 2010 por la que se regula el procedimiento de convalidación entre las enseñanzas profesionales de música y danza y la Educación Secundaria Obligatoria
Más detalles1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior. Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos en Grados y Másteres
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.3. CONSEJO DE GOBIERNO 1.3.2. Vicerrectorado de Espacio Europeo de Educación Superior Reglamento de reconocimiento
Más detallesTÍTULO II: MATRÍCULA
TÍTULO II: MATRÍCULA 1. PROCEDIMIENTO, REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN 1.1 Estudiantes que inicien estudios en la Universidad de Cantabria 1. Los estudiantes que inicien estudios en la U.C. deberán haber obtenido
Más detallesNORMATIVA PARA LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
NORMATIVA PARA LA PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID Preámbulo Desde la aprobación de la última normativa sobre permanencia de estudiantes por el Consejo Social, mediante Acuerdo
Más detallesPor ello, la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en uso de las competencias normativas establecidas, aprueba el presente.
REGLAMENTO REGULADOR DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA REINCORPORACIÓN A LOS MISMOS ESTUDIOS Y DE TRASLADO DE EXPEDIENTE PARA CONTINUAR ESTUDIOS UNIVERSITARIOS OFICIALES, SEGÚN EL REAL DECRETO 1393/2007 DE
Más detallesDOG Núm. 136 Martes, 17 de julio de 2012 Pág. 28451
DOG Núm. 136 Martes, 17 de julio de 2012 Pág. 28451 III. Otras disposiciones Universidad de Santiago de Compostela RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2011 por la que se acuerda la publicación de la normativa
Más detallesTipos de matrícula La Universidad de Huelva establece para las titulaciones de Grado las siguientes modalidades de matrícula:
REGLAMENTO DE PERMANENCIA Y TIPOS DE MATRÍCULA DE LAS ENSEÑANZAS OFICIALES DE GRADO Aprobado por Consejo de Gobierno de 16 de julio de 2009 Aprobado por Consejo Social de 23 de julio de 2009 Modificado
Más detallesArtículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de junio de 2011, por el que se aprueba la Normativa para la admisión como alumnado de la Universidad de Jaén, en enseñanzas conducentes a títulos oficiales de Grado,
Más detallesNORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS
NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS Acuerdo n.º 48/2011 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Normativa para la homologación de los títulos extranjeros Documento aprobado
Más detallesNormativa de Secretaría Académica MATRÍCULA de GRADO
1. DEFINICIÓN Normativa de Secretaría Académica MATRÍCULA de GRADO La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle (CSEULS). Podrán
Más detalles3. En caso de estar especificado, el idioma extranjero exigido será el que se que contemple en la memoria de verificación del título.
RESOLUCIÓN RECTORAL DE 22 DE FEBRERO DE 2013 REGULADORA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS EXIGIDAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO INTRODUCCIÓN
Más detallesANEXO I. Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros.
ANEXO I Baremo para la valoración de méritos para el ingreso en el Cuerpo de Maestros. Los aspirantes no podrán alcanzar más de 10 puntos por la valoración de sus méritos. I. Experiencia docente previa
Más detallesINSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015
INSTRUCCIONES DE LA CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE GRADO SUPERIOR 2015 1. Requisitos. - Tener como mínimo 19 años cumplidos en el año de realización de
Más detallesINSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre)
INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS A LOS MÁSTERES UNIVERSITARIOS (R.D. 1393/2007, de 29 de octubre) INSTRUCCIONES PARA EL RECONOCIMIENTO Y ADAPTACIÓN DE CRÉDITOS RELATIVOS
Más detallesNOSA 05 - NORMATIVA DE MATRÍCULA GRADO. 1. DEFINICIÓN La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro.
NOSA 05 - NORMATIVA DE MATRÍCULA GRADO 1. DEFINICIÓN La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro. 2. MODALIDADES DE MATRÍCULA. a) Modalidad Presencial y Semipresencial
Más detallesCONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA
DOG Núm. 130 Jueves, 7 de julio de 2011 Pág. 18468 III. OTRAS DISPOSICIONES CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA DECRETO 133/2011, de 23 de junio, por el que se fijan los precios correspondientes
Más detalles1. Legislación aplicable
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PRUEBA DE ACCESO A ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE GRADO PARA QUIENES SE ENCUENTREN EN POSESIÓN DEL TÍTULO DE BACHILLER O EQUIVALENTE 1. Legislación aplicable CONVOCATORIA
Más detallesEn ningún caso se reconocerán los créditos correspondientes al trabajo final de máster.
Normas para el reconocimiento y para la transferencia de créditos en las enseñanzas oficiales de máster universitario de la Universidad de Barcelona (Aprobadas por el Consejo de Gobierno de 7 de febrero
Más detallesVICERRECTORADO DE POSGRADO Y CONVERGENCIA EUROPEA
homologación a títulos y grados académicos de posgrado, se ha considerado conveniente establecer el siguiente procedimiento en términos análogos al establecido por el Estado, introduciendo algunos aspectos
Más detallesPRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO
PRECIOS PUBLICOS DE PLANES DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO Los precios públicos por servicios académicos para el curso 2014/2015 han sido fijados por la Comunidad de Madrid a través del Decreto 80/2014 de 17
Más detallesNORMATIVA DE ACCESO Y MATRICULACIÓN CURSO 2015-2016. (Aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 26 de marzo de 2015)
NORMATIVA DE ACCESO Y MATRICULACIÓN CURSO 2015-2016 (Aprobada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 26 de marzo de 2015) Í N D I C E PREÁMBULO TÍTULO PRELIMINAR... 6 Artículo 1. Objeto y ámbito de
Más detallesNORMATIVA DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
NORMATIVA DE PERMANENCIA DE ESTUDIANTES EN ENSEÑANZAS OFICIALES DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Exposición de motivos. Con el fin de adaptarse al Espacio Europeo de Educación Superior y con la publicación
Más detallesNOSA 05 - NORMATIVA DE MATRÍCULA GRADO. 1. DEFINICIÓN La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro.
NOSA 05 - NORMATIVA DE MATRÍCULA GRADO 1. DEFINICIÓN La matrícula es el trámite que permite al alumno cursar estudios en el Centro. 2. MODALIDADES DE MATRÍCULA. a) Modalidad Presencial y Semipresencial
Más detallesNORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA
NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA EN LAS TITULACIONES OFICIALES EN LA UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA PREÁMBULO. SECCIÓN 1ª. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 1. Objeto. El presente reglamento tiene como
Más detallesMODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS EN MODALIDAD DUAL
CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR PROCESOS Y CALIDAD EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA IES. SAN JOSÉ, BADAJOZ - INSTITUTO TECNOLÓGICO AGROALIMENTARIO DE EXTREMADURA, INTAEX MODALIDAD
Más detallesIII.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS
AÑO XXXII Núm. 147 31 de julio de 2013 21236 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Universidad de Castilla-La Mancha Resolución de 25/07/2013, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se aprueba
Más detallesBECAS UNIVERSITARIAS 2013-2014
GUÍA BÁSICA BECAS UNIVERSITARIAS 2013-2014 DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES GUÍA BÁSICA 1. Tipos de beca 2. Quién puede pedir la beca. Plazo de presentación de solicitudes. Convocatoria oficial 3. Documentos
Más detallesINSTRUCCIONES DE MATRÍCULA ESTUDIANTES QUE SE MATRICULAN POR PRIMERA VEZ Curso 2013/2014
INSTRUCCIONES DE MATRÍCULA ESTUDIANTES QUE SE MATRICULAN POR PRIMERA VEZ Curso 2013/2014 1. Matriculación en títulos de Grado con exceso de demanda 1.1. Qué titulaciones tienen exceso de demanda? 1.2.
Más detallesCalendario Académico curso 2015 2016
curso 2015 2016 Aprobado por Comisión Académica de fecha 21 de enero de 2015 Aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 29 de enero de 2015 Índice 1 INTRODUCCIÓN... 5 2 PREINSCRIPCIÓN Y ADMISIÓN... 5 2.1
Más detalles1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016
ADMISIÓN EN ENSEÑANZAS UNIVERSITARIAS OFICIALES DE MÁSTER CURSO 2015-2016 1. ENSEÑANZAS DE MÁSTER OFICIALES DEL CURSO 2015-2016 La relación de Másteres que se impartirán en los centros propios y adscritos
Más detallesNORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
NORMATIVA PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CONVENIOS DE DOBLES TITULACIONES INTERNACIONALES EN LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE Preámbulo La Universidad Miguel Hernández de Elche (UMH) tiene entre sus
Más detallesBECAS UNIVERSITARIAS 2014-2015
EL PLAZO FINALIZA EL 1 DE OCTUBRE DE 2014 GUÍA BÁSICA BECAS UNIVERSITARIAS 2014-2015 DIRECCIÓN GENERAL DE UNIVERSIDADES CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD 1 GUÍA BÁSICA 1. Tipos de
Más detallesTITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Reglamentos REGLAMENTO DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DEL CONSORCIO MADROÑO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º. OBJETO DEL REGLAMENTO El presente Reglamento regula las prácticas académicas que convoque
Más detallesTÍTULO 1. ESTANCIA DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD EUROPEA DE MADRID EN UNIVERSIDADES EXTRANJERAS.
REGLAMENTO DE ESTANCIAS INTERNACIONALES EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Europea de Madrid en su interés por proporcionar una formación integral, adaptada a las necesidades presentes y futuras de nuestra
Más detallesArtículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones
NORMATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE LA UB PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL TÍTULO DE DOCTOR Aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha
Más detalles3. En caso de estar especificado, el idioma extranjero exigido será el que se que contemple en la memoria de verificación del título.
RESOLUCIÓN RECTORAL DE 23 DE JULIO DE 2012 REGULADORA DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS COMPETENCIAS LINGÜÍSTICAS EXIGIDAS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO Y MASTER UNIVERSITARIO INTRODUCCIÓN
Más detallesÁREA DE DOCENCIA E INVESTIGACIÓN RFET
JETIVO 1. OBJETIVO El objeto de la organización de los cursos nacionales para Árbitros de Tenis es la capacitación de técnicos del arbitraje del tenis en el ámbito nacional, mediante la organización y
Más detallesNORMATIVA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS DE LOS TÍTULOS OFICIALES DE GRADO Y MÁSTER DE LA UNIVERSIDAD MIGUEL HERNÁNDEZ DE ELCHE
Acuerdo de aprobación de la Normativa de Reconocimiento y Transferencia de Créditos de los Títulos Oficiales de Grado y Máster de la Universidad Miguel Hernández. Con el objeto de adecuar la Normativa
Más detallesMODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE ACCESO A CICLOS FORMATIVOS EN MODALIDAD DUAL
CONDICIONES DE ACCESO AL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR PROGRAMACIÓN DE LA PRODUCCIÓN EN FABRICACIÓN MECÁNICA IES. CRISTO DEL ROSARIO EMPRESA DEUTZ DITER S.A., ZAFRA MODALIDAD DUAL I. REQUISITOS DE
Más detallesREGLAMENTO DE POSTGRADO OFICIAL DE LA UPM
REGLAMENTO DE POSTGRADO OFICIAL DE LA UPM El objeto del presente Reglamento es desarrollar el R.D. 56/ 2005, de 21 de enero, sobre estudios universitarios oficiales de postgrado, con el fin de precisar
Más detallesBecas de carácter general para el curso académico 2015-2016, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE 6 de agosto de 2015).
Becas de carácter general para el curso académico 2015-2016, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE 6 de agosto de 2015). Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Qué incluye la beca?
Más detallesPLAZOS DE MATRÍCULA DOCUMENTACIÓN NECESARIA
MATRÍCULA OFICIAL PARA EL AÑO ACADÉMICO 2010/2011 PRESENCIAL Y DISTANCIA (On Line) PLAZOS DE MATRÍCULA 5 Y 6 DE JULIO ALUMNOS PREINSCRITOS NIVEL BASICO (Presencial y A Distancia) 7 Y 8 DE JULIO ALUMNOS
Más detallesREGULACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNED.
Vicerrectorado de Investigación Aprobado en Consejo de Gobierno de 22 de junio de 2010 (Derogado por Comisión Permanente y Asuntos Generales del 10 de Junio de 2013 el artículo 4.5) REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS
Más detallesESTUDIANTES SOLICITANTES DE BECAS DE LA CONVOCATORIA GENERAL Y MOVILIDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
ESTUDIANTES SOLICITANTES DE BECAS DE LA CONVOCATORIA GENERAL Y MOVILIDAD DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE BECA Si vas a solicitar beca de la convocatoria de carácter
Más detallesNormativa académica de la Universitat Oberta de Catalunya aplicable a los estudios universitarios EEES
Normativa académica de la Universitat Oberta de Catalunya aplicable a los estudios universitarios EEES Texto aprobado por el Comité de Dirección Ejecutivo de 18 de diciembre de 2012 y por la Comisión Permanente
Más detalles3. El acuerdo del Consejo Social aprobando los precios públicos de los cursos se producirá en las fechas convenientes.
NORMAS DE MATRICULA DE TITULOS PROPIOS DE POSGRADO (Reglamento aprobado por la Comisión Permanente de Junta de Gobierno el 16 de Julio de 1999 y modificado el 16 de junio de 2000 y 31 de enero de 2002.)
Más detallesREQUISITOS DE ADMISIÓN. Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 OBSERVACIONES
REQUISITOS DE ADMISIÓN Acceso a los masters oficiales de acuerdo con el Real decreto 1393/2007 VÍAS OBSERVACIONES 1. Título universitario oficial español. (Licenciaturas, Ingenierías, Arquitecturas, Diplomaturas,
Más detallesAdaptaciones / Convalidaciones
Adaptaciones / Convalidaciones Al ser un centro adscrito a la U.R.J.C. seguimos la normativa de dicha Universidad. REGLAMENTO DE LA UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS PARA LAS ADAPTACIONES Y CONVALIDACIONES DE
Más detallesNormativa de Secretaría Académica 04 ADMISIÓN Y MATRÍCULA de POSGRADOS OFICIALES
Normativa de Secretaría Académica 04 ADMISIÓN Y MATRÍCULA de 1. ADMISIÓN 1.1 Requisitos y condiciones Podrán acceder a estudios universitarios de Máster Oficial los estudiantes que cumplan los siguientes
Más detallesNúm. 152. Boletín Oficial de Aragón
RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2014, del Director General de Ordenación Académica, por la que se establecen instrucciones para la matrícula a efectos de convalidación de módulos profesionales de ciclos formativos
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Núm. 113 Sábado 8 de mayo de 2010 Sec. I. Pág. 40784 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN 7330 Real Decreto 558/2010, de 7 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1892/2008, de 14
Más detallesNORMATIVA DE GESTIÓN ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE LA UNIVERSITAT JAUME I CURSO ACADÉMICO 2015/2016
NORMATIVA DE GESTIÓN ACADÉMICA DE LOS ESTUDIOS DE PRIMER Y SEGUNDO CICLO DE LA UNIVERSITAT JAUME I CURSO ACADÉMICO 2015/2016 (Acuerdo del Consejo de Gobierno núm. 7 de 24 de junio de 2015) INDICE Artículo
Más detallesPrimero: Ámbito de aplicación y objeto
- -- Normativa sobre medidas incentivadoras para la jubilación voluntaria del profesorado perteneciente a los cuerpos docentes universitarios de la Universidad de Jaén. Al igual que en otras de las Universidades
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 98 Viernes, 24 de mayo de 2013 Pág. 33830 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES UNIVERSIDAD DE SALAMANCA RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2013, del Rector
Más detallesREGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS
REGLAMENTO PARA LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS EN EL MARCO DEL PROGRAMA SOCRATES-ERASMUS (Texto íntegro resultante de las modificaciones aprobadas por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2003).
Más detallesUnidad de Becas (Sº Alumnado)
Becas de carácter general, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para el curso académico 2015/2016, para estudiantes que cursen estudios postobligatorios (BOE 6 agosto 2015) Unidad de Becas (Sº
Más detallesMaster en Dirección y Administración de Empresas, Executive MBA (18ª Promoción)
MODELO DE CONTRATO ENTRE EL CENTRO Y EL ALUMNO PARA EL CURSO ACADÉMICO: 2012-2013. (Según Reglamento regulador de la protección al consumidor en la CA de Aragón, Decreto 82/2003) PROGRAMA: Master en Dirección
Más detalles