El rector, Vicent Climent Jordà 2

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1 RESOLUCIÓN, de 4 de noviembre de 2013, del Rectorado de la Universitat Jaume I, relativa a la licencia que se aplica al software desarrollado por la Universitat Jaume I y las condiciones en que se puede distribuir y a la reutilización de la información pública de la Universidad (open data) La Universitat Jaume I, como consecuencia de la actividad docente, investigadora y administrativa que desarrolla, produce software y genera datos que son susceptibles de ser utilizados por otras personas, instituciones o empresas. Esta institución, que pretende ser pionera en la transformación de la sociedad, tiene el convencimiento de que el futuro se debe construir bajo las premisas del trabajo colaborativo y, por esta razón, tiene la voluntad de poner a disposición de cualquier interesado el software informático que institucionalmente desarrolla para los fines propios y los datos que genera en el ejercicio de su actividad pública. La Universitat Jaume I, tal como establece la disposición adicional séptima de sus Estatutos, tiene el compromiso de fomentar el uso de formatos informáticos abiertos en la comunicación interna y externa, promover el desarrollo y el uso de software libre y favorecer la libre difusión del conocimiento creado por la comunidad universitaria. Por esta razón, las licencias bajo las que se distribuirá el software generado por la Universidad tratan de respetar, en la medida de lo posible, los principios de copyleft y de código abierto. Siguiendo las líneas generales marcadas por la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre Reutilización de la Información del Sector Público y la reciente Directiva 2003/98/CE sobre idéntica materia aprobada recientemente por el Consejo de la Unión Europea, la Universidad quiere poner al alcance de aquellos organismos o instituciones que puedan utilizarla, la información que considera que puede ser de interés para terceros. No obstante estos principios generales, existen empresas, organizaciones o productos que podrían utilizar el software desarrollado por la Universitat Jaume I pero para los que las licencias con copyleft pueden suponer un inconveniente. Consciente de que esta situación se puede producir, la Universitat Jaume I prevé también la posibilidad de licenciar los productos de software propios al amparo de una licencia de distribución cerrada que permita un uso comercial menos restrictivo. Para ordenar las condiciones bajo las que se distribuye el mencionado software, el Rectorado de la Universitat Jaume I resuelve: Primero Aprobar el texto de las licencias que acompañará al software desarrollado por la Universitat Jaume I y que se incluye en los anexos I y II de esta disposición. Segundo Aprobar el texto de la licencia que acompañará a los conjuntos de datos reutilizables (open data) generados y publicados por la Universitat Jaume I y que se incluye en el anexo III de esta disposición. Tercero Cualquier catálogo de datos, programa, módulo de software o biblioteca que genere y publique, con carácter institucional, la Universitat Jaume I incluirá la referencia a la licencia correspondiente de las que se detallan en esta disposición. Cuarto 1

2 Cuando la Universidad contrate el desarrollo de software a terceros, todos los derechos de propiedad intelectual o industrial que se deriven de la ejecución del contrato serán propiedad exclusiva de la Universitat Jaume I. En caso de que haya derechos de propiedad industrial o intelectual previos a la ejecución del contrato (como puede ocurrir si el contratista integra componentes de código libre en la obra suministrada), el contratista verificará y se asegurará de que la obra puede ser transmitida, comunicada o distribuida según las disposiciones de las licencias que incluye esta disposición. Quinto Por lo que respecta al software preexistente a la entrada en vigor de la presente resolución, se entiende que ese software licenciado según la Resolución de Rectorado, de 9 de julio de 2008, con licencia GPLv3, mantiene esta licencia. En caso de que sufra modificaciones o actualizaciones, estas nuevas versiones serán licenciadas bajo las condiciones de la licencia EUPL. Sexto La Universitat Jaume I no ofrece ningún tipo de garantía sobre el funcionamiento del software afectado por la presente disposición ni acepta ninguna responsabilidad por el uso que se pueda llevar a cabo de los programas y datos amparados por estas licencias. Séptimo La Universitat Jaume I, mediante la Gerencia, gestionará los derechos de explotación comercial del software desarrollado por la institución y que no esté sometido a restricciones derivadas de derechos de propiedad industrial o intelectual de terceras partes u obtenidos por la Universitat Jaume I como consecuencia de convenios o contratos. Octavo Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la sede electrónica de la Universitat Jaume I. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, contra esta resolución las personas interesadas pueden interponer un recurso de reposición, ante del mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación; en este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado mientras no recaiga una resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El rector, Vicent Climent Jordà 2

3 Castellón de la Plana, 4 de noviembre de 2013 ANEXO I. Licencia EUPL La finalidad de esta licencia es la de contribuir a la expansión del código libre. Los programas o módulos que la incorporen estarán sometidos también al mismo tipo de licencia y únicamente podrán incorporarse a nuevos desarrollos que se entreguen bajo las mismas condiciones. En el software amparado por esta licencia se hará constar, tanto en el lugar donde se publica como en su código fuente, el texto: «Copyright Universitat Jaume I de Castelló», el año de creación, la mención expresa de que el software se distribuye bajo las condiciones de la licencia EUPL, o de cualquier otra que la sustituya en el futuro, y una referencia a la URL desde la cual se puede descargar una copia del texto completo de la licencia. ANEXO II. Licencia UJI de distribución cerrada para usos comerciales Esta licencia permite el aprovechamiento comercial del software desarrollado por la Universitat Jaume I y la inclusión del mismo en distribuciones no sometidas a licencias abiertas. En el software amparado por esta licencia se hará constar en valenciano, castellano o inglés, el siguiente texto: UNIVERSITAT JAUME I LICENCIA DE DISTRIBUCIÓN CERRADA PARA USOS COMERCIALES CONDICIONES DE USO, COPIA Y DISTRIBUCIÓN DEL SOFTWARE. Esta licencia es un acuerdo legal entre la Universitat Jaume I de Castellón y el distribuidor del software que toma como base la licencia GNU LGPL («Lesser General Public License»), o cualquier otra que la sustituya en el futuro, que se tomará como referencia para las cuestiones que no se reflejen en las presentes condiciones de uso. El uso, distribución, modificación o integración del software en otros productos estarán sujetos a la firma de un contrato entre el distribuidor y la Universitat Jaume I, titular de sus derechos de explotación comercial. En el mencionado contrato se detallará el producto o distribución en que se integrará el software, las condiciones generales de distribución, así como, en su caso, la contraprestacion económica que percibirá la Universitat Jaume I. 3

4 La Universitat Jaume I otorga al distribuidor el derecho a utilizar indefinidamente este software, a distribuirlo o a integrarlo en sus propios programas. El distribuidor podrá utilizar el software sin tener que hacer referencia a la licencia LGPL, ni incluir su código fuente, así como realizar las modificaciones que considere oportunas. DECLARACIÓN DE EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD Este programa se distribuye «como es». La Universitat Jaume I no ofrece ningún tipo de garantía sobre el mismo ni acepta ninguna responsabilidad por el uso, imposibilidad de uso o los perjuicios que pueda causar al distribuidor. ANEXO III. Licencia de reutilización de datos (open data) La finalidad de esta licencia es la de contribuir a la reutilización de la información de los organismos del sector público y facilitar su distribución y tratamiento por parte de terceros, tanto para fines comerciales como no comerciales. Los programas o módulos que las tratan estarán sometidos también al mismo tipo de licencia y solo se podrán reutilizar bajo las mismas condiciones. La copia, difusión, modificación, adaptación, extracción, reordenación, combinación o cualquier otro tratamiento o distribución de los datos amparadas por esta licencia podrá hacerse libremente por todos aquellos agentes que tengan un interés legítimo. Estos agentes harán constar, en el lugar donde los datos se reutilicen, los extremos siguientes: La fuente de la que se han obtenido los datos. Esta indicación se realizará incluyendo en la mención al origen de los datos la expresión literal: «Universitat Jaume I de Castelló (Open Data)». Se indicará la fecha de obtención de los datos objeto de reutilización. Se indicarán los procesos, tratamientos o manipulaciones a que se han sometido los datos para su reutilización. Los datos amparados por esta licencia no podrán ser utilizados de tal manera que su sentido original quede desnaturalizado, ni se pueda indicar o sugerir que la Universitat Jaume I es responsable de la reutilización que se haya hecho. 4

5 La reutilización de los datos es responsabilidad exclusiva de aquellos que los utilizan para sus propios fines, que responderán ante terceros de los daños que se puedan derivar de aquella reutilización. Al margen de lo indicado explícitamente en la presente licencia, la reutilización de los datos de la Universitat Jaume I cumplirá lo que prevé la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre Reutilización de la Información del Sector Público y estará sometida al régimen sancionador previsto en el artículo 11 de dicha ley. 5

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