ANUARIO DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA EL INMIGRANTE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN. SUSANA CUADRÓN Abogada SUMARIO.-

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ANUARIO DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA EL INMIGRANTE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN. SUSANA CUADRÓN Abogada SUMARIO.-"

Transcripción

1 ANUARIO DE LA ESCUELA DE PRÁCTICA JURÍDICA EL INMIGRANTE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN SUSANA CUADRÓN Abogada SUMARIO.- I. Introducción II. Permanencia del extranjero en España III. Reagrupación familiar IV. Renovaciones de autorizaciones de residencia y trabajo La llegada de extranjeros, no sólo de ciudadanos comunitarios sino también y, mayoritariamente de nacionales de terceros países a España, conlleva necesariamente la creación de una infraestructura determinada por parte de la Administración del Estado que responda y ofrezca una cobertura a las necesidades legales que se plantean con la permanencia de dichos extranjeros en nuestro país; sin embargo la Administración, actualmente, es incapaz de dar una respuesta adecuada a dichas necesidades, encontrándose, por tanto, los extranjeros con grandes obstáculos, a veces, insalvables no sólo cuando pretenden legalizar su situación en España sino incluso, una vez, habiendo encontrándose en situación de regularidad, cuando quieren hacer valer los Derechos que no sólo legal sino también constitucionalmente les amparan. La LO 4/ 2000 sobre Derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por LO 8 / 2000 y por LO 11 y LO 14, ambas del 2003 junto con el Reglamento de ejecución aprobado por RD 2393 / 04 de 30 de diciembre, constituyen, básica y principalmente, la legislación aplicable a los extranjeros y a dichos textos legales son a los que me voy a referir, sin perjuicio de la existencia de otras leyes especiales y de los Tratados internacionales en los que España sea parte. La Ley Orgánica de extranjería en su Título primero recoge el conjunto de derechos de los que son titulares los extranjeros. No es este el lugar para hacer un estudio detallado de los mismos, sin embargo resulta conveniente mencionarlos y ello, con la finalidad de poner de relieve cómo la actuación de la Administración, en muchas ocasiones, no es respetuosa con dichos derechos. Así, el articulo 3 de la LO establece que los extranjeros gozarán en España de los derechos y libertades reconocidos en el Título I de la CE en los términos establecidos en los tratados internacionales, en esta Ley y en las que regulen el ejercicio de cada uno de ellos. Como criterio interpretativo general, se entenderá que los extranjeros ejercitan los derechos que les reconoce esta Ley en condiciones de igualdad con los españoles. Consecuentemente con ello, los extranjeros gozan de los derechos y libertades de los artículos 14 a 29 de la CE, Entre estos derechos algunos de ellos son derechos de configuración constitucional plena, esto es, derechos de los que son titulares los UNED. Anuario de la Escuela de Práctica Jurídica. Nº ISSN

2 SUSANA CUADRÓN inmigrantes y los ejercerán en igualdad de condiciones que los nacionales ( como el derecho a la vida, a la libertad, a la defensa entre otros ) y, otros, de reconocimiento limitado esto es, derechos que se encuentran vinculados a la residencia legal de los extranjeros, como es el derecho a la libertad de circulación por el territorio nacional. Trataré de analizar varias situaciones a las que se enfrenta el extranjero y que considero especialmente gravosas: entrada a territorio nacional, obtención de autorización de trabajo, renovación de autorizaciones y reagrupación familiar La realidad muestra que, en la mayoría de los casos, la intención última del inmigrante que llega a Europa o, concretamente a nuestro país, es la de permanecer, con la finalidad de encontrar un trabajo y obtener mejores condiciones de calidad de vida que las existentes en su país de origen para él y para su familia; objetivo respetable y al que tienen derecho todos los ciudadanos del mundo con independencia de su nacionalidad; sin embargo, los países desarrollados, entre ellos no sólo el nuestro sino también el resto de los países integrantes de la Unión Europea, establecen una serie de medidas legales para regular lo que viene a denominarse flujos migratorios y controlar la inmigración irregular, que no es otra cosa que el establecimiento de una serie de trabas legales para evitar una afluencia masiva de inmigrantes. Regulación de flujos migratorios que como analizare mos más adelante, no ha resuelto el problema de la llegada y entrada continúas de extranjeros inmigrantes a Europa, en muchas ocasiones, en condiciones degradantes e inhumanas. Tanto en la LO de extranjería como en el RD 2393/04 se establecen los requisitos de entrada en España y, así, en primer lugar ha de realizarse a través de los puestos habilitados para ello y con la documentación pertinente, esto es, pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, vigente y que se considere válido a tal fin. En algunas ocasiones el extranjero necesitará un visado expedido por el Consulado español en su país de origen o de residencia y, en otra ocasiones no será obligatorio y, ello dependerá de tratados suscritos entre España y otros países en orden a la supresión de exigencia de visado ( por ejemplo, no se exigirá visado a los nacionales de Argentina, Chile, Uruguay, Bolivia, Venezuela, Rumanía, Bulgaria, siendo obligatorio, sin embargo, para los nacionales de Perú, Ecuador, Colombia, Marruecos, Argel, Egipto, Rusia, Ucrania.) Normalmente el problema surge con aquellos nacionales de países a quienes no se les exige visado de entrada toda vez que a aquéllos a quienes se les exige, previamente a su expedición, han de acreditar no sólo los motivos del viaje sino también la existencia de medios económicos suficientes, esto es, han acreditado, con anterioridad a su entrada en España, la concurrencia de los requisitos exigidos; por tanto, los extranjeros que llegan a nuestras fronteras con un visado, normalmente, no son requeridos de nuevo para que acrediten los requisitos legales de entrada. Centrándonos en aquéllos extranjeros que no necesitan visado, el RD de ejecución de la LO de extranjería en su artículo 7, establece que 1. Los extranjeros deberán, si así se les requiere, especificar el motivo de su solicitud de entrada en España. Los funcionarios responsables del control de entrada en función, entre otras circunstancias, del objeto del viaje y de su duración podrán exigirles la presentación de documentos que justifiquen o establezcan la verosimilitud del motivo de entrada invocado. 2. A estos efectos podrá exigirse, entre otros de los siguientes documentos : a) Para los viajes de carácter profesional: 1º Invitación de una empresa o autoridad ( ) para participar e reuniones de carácter comercial, industrial o vinculadas al servicio

3 EL INMIGRANTE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN 2º Documentos de los que se desprenda que existen relaciones comerciales o vinculadas al servicio 3º Tarjetas de acceso a ferias y congresos b) Para los viajes de carácter turístico o privado : 1º Documento justificativo del establecimiento de hospedaje o carta de invitación de un particular. ( ) En ningún caso, la carta de invitación suplirá la acreditación por el extranjero de los demás requisitos exigidos para la entrada. 2º Confirmación de la reserva de un viaje organizado, 3º Billete de vuelta o de circuito turístico c) Para los viajes por otros motivos: 1º Invitaciones, reservas o programas 2º Certificados de participación en eventos relacionados con el viaje 3. Los extranjeros que soliciten la entrada, para justificar la verosimilitud del motivo invocado, podrán presentar cualquier documento o medio de prueba que, a su juicio, justifique la verosimilitud de los motivos de entrada manifestados El artículo 8 del mismo texto legal recoge la obligación por parte del extranjero de acreditar, en el momento de la entrada, que dispone de medios económicos o medios de vida suficientes para su sostenimiento y el de las personas a su cargo que viajen con él, durante el periodo de permanencia en España o que está en condiciones de obtener legalmente dichos medios, así como para cubrir el traslado a otro país o el retorno al país de procedencia. Mediante orden del Ministro de la Presidencia, a propuesta de los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación, del Interior y de Trabajo y Asuntos Sociales y se determinará la cuantía de los medios de vida exigibles a estos efectos, así como el modo de acreditar su posesión. Actualmente no se ha dictado dicha Orden Ministerial, estando por tanto, en vigor, en relación a los medios económicos, la Orden de 22 de febrero de 1989, en la que se establece la obligación para los extranjeros de disponer de la cantidad de cinco mil pesetas diarias, con un mínimo de pts, con independencia del tiempo de estancia. Cómo se lleva cabo la entrada? Resulta palmario el hecho de que los miembros de la Policía Nacional no pueden controlar a todos y cada uno de los extranjeros que pretenden entrar en España y, consecuentemente con ello, el control y posible rechazo de entrada se hace de forma un tanto aleatoria en el sentido de que a priori los funcionarios del puesto fronterizo rechazan a aquellos que, según su juicio, no responden al perfil de un turista y consideran que su intención es entrar en territorio nacional y permanecer más del tiempo establecido para una estancia turística ( tres meses ). Una vez que por parte del funcionario correspondiente se le impide la entrada, le traslada a una pequeña dependencia policial donde se procede a hacerle una entrevista ( previa a la presencia del letrado ), con la finalidad de que por parte del extranjero se acrediten los requisitos exigidos ( disponibilidad de alojamiento, billete de ida y vuelta, medios econð 3micos, lugares que va a visitar ); si las explicaciones vertidas por el extranjero no le resultan convincentes al funcionario de policía, se traslada al extranjero a otras dependencias donde ya se le explican los motivos en base a los cuales se pretende denegar su entrada a España ( rechazo) y la consiguiente devolución al lugar de procedencia así como el derecho a asistencia letrada y, en su caso, de intérprete. La denegación de entrada se realizará mediante resolución motivada y notificada, con indicación de los recursos que pueden interponerse contra ella, el plazo y la autoridad

4 SUSANA CUADRÓN ante la que deban formalizarse. Hasta aquí comprobamos que nuestra legislación establece un sistema garantista de los derechos de los inmigrantes incluso con carácter previo a su entrada en España sin embargo el derecho a la defensa y a la asistencia letrada ( artículo 24 de la CE ) de la forma en que se encuentra regulado, queda vacío de contenido, lo que significa que, en definitiva, es como si no se hubiera previsto y, ello por lo siguiente : Cuando llega el letrado a dependencias fronterizas para estar presente en la entrevista ( que se supone que es la primera y, sin embargo no es así toda vez que previamente por los funcionarios ya se ha procedido a entrevistarle y verificar los motivos alegados ) ya se ha decidido denegarle la entrada lo que supone que la actuación del letrado queda reducida tan sólo a explicarle cuáles son los motivos de dicha denegación y estar presente en la declaración. A continuación, se ha de elevar el expediente, cuyo contenido viene establecido por la declaración realizada por el extranjero, los documentos presentados, el informe y la propuesta, al Jefe de servicio con la finalidad de que adopte la resolución definitiva sobre la entrada o rechazo; sin embargo, dicha resolución ya ha sido adoptada con carácter previo sin que por parte del superior se analice el caso concreto. Hemos referido que la resolución en la que se acuerde el rechazo en frontera y consiguiente retorno al país de procedencia ha de ser una resolución motivada, sin embargo, dichas resoluciones responden, normalmente, a un modelo tipo en el que se recoge como motivo de los documentos y actuaciones obrantes en el expediente que nos ocupa, se evidencia que el pasajero pretendía acceder a nuestro país sin presentar los documentos que justifiquen el objeto y las condiciones de la estancia prevista, incumpliendo la normativa vigente, circunstancia que conlleva la denegación de entrada en España, así como el consiguiente retorno al lugar de procedencia, no reuniendo los requisitos establecidos en los artículo 25 de la LO 4 / 2000, modificada por LO 8 / 2000, norma que establece, entre otros, el de presentar, en su caso, los documentos que justifiquen el objeto y la pretensión, En el mismo sentido, el artículo 5.1 c) del Convenio de Aplicación del Acuerdo Schengen Contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe recurso de alzada, no obstante ello, la interposición de dicho recurso no supone que la denegación de entrada y retorno quede en suspenso, consecuentemente a efectos prácticos, el derecho a la defensa carece de total eficacia. Y, ya por último referir que el retorno al país de procedencia se hará en el plazo más breve posible y, para el caso de que el retorno fuera a retrasarse más de setenta y dos horas, la autoridad gubernativa habrá de dirigirse al Juez de instrucción para que determine el lugar donde hayan de estar internados hasta que llegue el momento del retorno. En los supuestos en los que la entrada a territorio nacional se lleve a cabo a través de lugares no habilitados esto es, se pretenda entrar ilegalmente o se lleve a cabo contraviniendo una prohibición de entrada, se procederá de forma inmediata a su devolución, sin necesidad de inicio de expediente administrativo alguno, sin embargo, se prevé que cuando se vaya a adoptar una orden de devolución, el extranjero tendrá derecho a la asistencia jurídica gratuita y, en su caso, a un intérprete. Para el caso de que dicha devolución no pueda hacerse efectiva en el plazo de 72 horas, se solicitará de la autoridad judicial su internamiento. II. PERMANENCIA DEL EXTRANJERO EN ESPAÑA

5 EL INMIGRANTE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN Una vez que el extranjero ha entrado en España se encuentra habilitado para permanecer de forma legal durante un periodo de tres meses, transcurrido dicho plazo su situación es la de ilegalidad, encontrándose imposibilitado para la solicitud y posterior obtención de autorización de residencia y / o trabajo y, ello a pesar de encontrarse en posesión de una oferta de trabajo. Ello es así habida cuenta que la Disposición Adicional cuarta de la LO establece como causa, no ya de denegación sino de inadmisión a trámite de la solicitud de autorización de residencia y/ o trabajo, la circunstancia de que el extranjero se encuentre en situación irregular; situación ésta en la que se encuentran, actualmente, un gran número de ellos. Efectivamente, por parte del Gobierno, lo que se pretende es que la entrada de extranjeros a nuestro país se realice de forma regular, esto es, que efectivamente su entrada tenga como objeto el turismo y, una vez realizado el viaje turístico regresen a su país o bien que estén en posesión de los permisos pertinentes para su residencia o trabajo legal y, de esta forma puedan permanecer en situación de estancia legal. Sin embargo, no resulta factible en la mayoría de las ocasiones y no sólo por la regulación legal, que a mi modo de ver dificulta el procedimiento, sino también y principalmente por la actuación de la Administración y la carencia de infraestructura adecuada para dar respuesta no sólo a la demanda de mano de obra extranjera por parte de los empresarios españoles sino también a todas y cada una de las situaciones en las que se encuentran los inmigrantes en España y que requieren de una cobe rtura legal ( estudiantes, residentes no laborales, menores, etc ) Cuál es el procedimiento a seguir por un empresario para poder contratar a un extranjero? Nos vamos a centrar en el procedimiento que regula la concesión de la autorización laboral en base a una solicitud realizada por una empresa o empleador con respecto a un trabajador determinado, obviando las autorizaciones laborales para trabajos de temporada y en supuestos excepcionales. Pues bien, en primer lugar, es necesario que el extranjero se encuentre fuera del territorio nacional porque en otro caso se procedería a inadmitir a trámite la solicitud, que dicha solicitud sea presentada por persona legitimada para ello ( empleador o, en caso de Sociedades, el administrador o persona apoderada especialmente para ello y que acredite tener relación laboral con la empresa ), la empresa además tiene que acreditar que se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y, finalmente que la oferta realizada no contiene condiciones inferiores a las establecidas por la legislación laboral. Si la empresa cumple con todos estos requisitos y obligaciones no significa necesariamente que la autorización solicitada vaya a ser concedida sino que además el desarrollo de la actividad para la que se pretende contratar al extranjero se trate de una actividad en la que no existan demandantes de empleo españ oles o residentes legales, esto es, tal y como se establece legalmente, que la situación nacional de empleo no desaconseje la concesión de la autorización a favor de un extranjero. Actualmente y, de forma trimestral, el Servicio Público de Empleo elabora un catálogo de actividades de difícil cobertura que implica que si la oferta presentada a favor del extranjero se encuentra dentro de este catálogo y, se cumplen, por supuesto, el resto de requisitos aludidos, se supone que la autorización se concederá aunque no siempre ocurre así toda vez que la Administración tiene la potestad de requerir al empleador o a la empresa que justifique la necesidad de contratar al extranjero. Si la oferta para trabajar se refiere a alguna actividad que no esté considerada como de difícil cobertura, previamente a la presentación de la solicitud, se ha de gestionar dicha oferta ante los Servicios Regionales de

6 SUSANA CUADRÓN empleo y el resultado de dicha gestión sea negativo ( certificado que exprese la insuficiencia de demandantes de empleo adecuados y disponibles ). Hasta ahora aparentemente, parece que no existen mayores dificultades para la tramitación y obtención de la autorización laboral a favor de un extranjero sin embargo, la precaria infraestructura de la Administración viene a complicar el procedimiento. En primer lugar el interesado no puede dirigirse directamente al organismo competente para la tramitación del expediente administrativo sino que, con carácter previo y, en lo que se refiere a Madrid, se ha de solicitar cita. A fecha actual desde el momento de la solicitud hasta la el día de la presentación transcurre una media de cuatro meses. En el mismo momento de presentación de la documentación, por parte del funcionario se procede a notificar al interesado la comunicación de inicio de procedimiento, mediante la que se informa que el expediente iniciado ha de resolverse en el plazo de tres meses en caso contrario, la solicitud se entiende desestimada ( silencio negativo ). En absoluto se cumple dicho plazo, actualmente la Administración tarda aproximadamente seis meses en resolver y ello, no supone que necesariamente la respuesta haya de ser negativa.( Disposición Adicional Primera de la LO 4 / 2000, plazo máximo para la resolución de expedientes ) Si se concede la autorización solicitada se le envía una carta al empleador o representante legal de la empresa citándole para que en el plazo de cinco días se persone en las dependencias del Area de Trabajo y así notificarle personalmente la resolución. En el caso de que se haya denegado la autorización directamente se le notifica al interesado por correo la resolución que pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso potestativo de reposición ( en un plazo de un mes ) o bien, directamente contencioso en un plazo de dos meses. Si se opta por el recurso de reposición, la Administración se demora más de un año en resolverlo con el consiguiente perjuicio no sólo para el interesado sino también para el ciudadano extranjero. Esta situación de tardanza en la resolución de expedientes genera no sólo la estancia de extranjeros irregulares sino también la contratación ilegal de los mismos. La tramitación de estos expedientes se regula, en lo que no esté establecido en la ley específica, a través de la Ley 30 / 92, sin embargo los derechos que le asisten al ciudadano en relación a los expedientes administrativos ( audiencia.) no se respetan en estos procedimientos toda vez que al interesado le resulta prácticamente acceder a su expediente y obtener información acerca del mismo ante la desorganización existente en el Area de Trabajo de la Delegación de Madrid, sirva como ejemplo las grandes colas que se forman a la entrada de esta dependencia para obtener información no del expediente que se está tramitando que no informan al respecto- sino de la documentación que necesitan por ejemplo para renovar su autorización laboral, hacer un cambio de actividad, etc REAGRUPACION FAMILIAR Desde mi punto de vista la regulación de la reagrupación familiar ( derecho fundamental al que tiene derecho el inmigrante que se encuentre en España en determinadas condiciones ) resulta compleja y farragosa para el extranjero. La Disposición Adicional Undécima del RD 2393 / 04, establece que las solicitudes de visados y autorizaciones de residencia por motivos de reagrupación familiar tendrán tratamiento preferente, para lo cuál podrá exceptuarse el orden de incoación de expedientes previsto en el artículo 74.2 de la Ley 30 / 1992 de 26 de noviembre sin

7 EL INMIGRANTE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN embargo lo recogido con carácter preceptivo en esta disposición viene incumpliéndose de forma sistemática por parte de la Administración. Familiares reagrupables : Cónyuge, hijos de reagrupante y de su cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o que estén incapacitados; menores de 18 años o incapacitados cuando el residente extranjero sea su representante legal; ascendientes y los de su cónyuge, cuando estén a su cargo y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia ( dependencia económica, enfermedad. Circunstancias que quedan bajo criterio de la Administración ) Se entenderá que los familiares están a cargo del reagrupante cuando acredite que, al menos durante el último año de su residencia en España, ha transferido fondos o soportado gastos de su familiar en una proporción que permita inferir una dependencia económica efectiva. Mediante orden del Ministro de la Presidencia, a propuesta de los Ministros de Asuntos exteriores y de Cooperación, de Interior y de Trabajo y Asuntos Sociales, se determinará la cuantía o el porcentaje de ingresos considerados suficientes a estos efectos, así como el modo de acreditarlos Dicha orden no ha sido adoptada lo que conlleva cierta inseguridad jurídica y actuaciones arbitrarias por parte de la Administración toda vez que se deja a su propia decisión, sin control alguno, considerar si un familiar depende o no del reagrupante. Los requisitos que ha de cumplir el extranjero que quiera reagrupar a su familia son los siguientes: a) El extranjero ha de estar en posesión de una autorización de residencia y trabajo ya renovada ( aunque el trámite se pueda iniciar antes de que se haya producido la efectiva renovación ) b) Ha de acreditar la existencia de medios económicos suficientes para atender sus propias necesidades así como la de los familiares que pretende reagrupar, incluyendo asistencia sanitaria, en el supuesto de no estar cubierta por la Seguridad Social. c) Disponibilidad de vivienda adecuada, según el RD este requisito deberá justificarse mediante informe expedido por la Corporación Local del lugar de residencia del reagrupante. En el plazo máximo de 15 días desde la solicitud, la Corporación deberá emitir un informe y notificarlo al interesado y, simultáneamente y por medios telemáticos cuando fuera posible, a la autoridad competente para resolver la autorización de reagrupación. Es prácticamente imposible que la Corporación local emita dicho informe en el plazo referido así que al extranjero no le queda otra opción que esperar, lo que viene tardando alrededor de tres o cuatro meses, o bien, acudir al Notario para que se persone en la vivienda y expida un acta notarial mixta de presencia y manifestaciones para lo que previamente el extranjero habrá de justificar y acreditar que previamente ha solicitado dicho informe en la Junta Municipal y ésta no lo ha emitido en el plazo indicado. Todo ello no hace sino más que obstaculizar el ejercicio del derecho de reagrupación al que tiene todo trabajador extranjero legal en primer lugar, por la pérdida de tiempo que supone gestionar la obtención del certificado de la vivienda en la Junta municipal y para el caso de que no se emitiera, volver a gestionar el mismo trámite ante un Notario que, evidentemente supone además un costo económico que, en muchas ocasiones, no puede permitirse. Una vez que el extranjero ha obtenido toda la documentación necesaria para presentar la solicitud de autorización de residencia temporal a favor del miembro o

8 SUSANA CUADRÓN miembros de su familia que desee reagrupar, se dirige de forma personal ( no se puede autorizar a otra persona para que lleve a cabo este trámite ) a las dependencias de la Administración correspondientes donde, una vez revisada la documentación y verificados la concurrencia de los requisitos exigidos, se le da entrada a su solicitud y se le entrega un resguardo o copia que justifica que se encuentra en trámite dicha solicitud. En el supuesto de que efectivamente se cumpla con los requisitos establecidos, el órgano competente resolverá la concesión de la autorización de residencia temporal y se suspenderá la eficacia de la misma hasta la expedición del visado y la efectiva entrada del extranjero en España. Supuestamente la tramitación de este tipo de procedimientos tiene carácter preferente sin embargo, la Administración tarda aproximadamente en resolverlos nueve meses. Una vez que se ha concedido la autorización y se le ha comunicado al interesado, el familiar que vaya a ser reagrupado tiene un plazo de dos meses para solicitar el visado ante el Consulado español de su país de origen o de residencia. El hecho de haberse resuelto e informado positivamente la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar no significa que necesariamente al familiar que se pretende reagrupar se le ha de conceder el visado sino que el Consulado tiene potestad para denegar dicho visado, no encontrándose por tanto, vinculado por dicha concesión. La Administración puede denegar el visado si llegara al convencimiento de que existen indicios suficientes para dudar de la identidad de las personas, de la validez de los documentos o de la veracidad de los motivos alegados para solicitar el visado. La denegación habrá de ser motivada y contra dicha denegación que pone fin a la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo y potestativo de reposición. IV. RENOVACIONES DE AUTORIZACIONES DE RESIDENCIA Y TRABAJO Las principales dificultades las encuentra el extranjero en cuanto a la obtención de cita para presentar la solicitud de renovación que está tardando aproximadamente cuatro meses, lo que significa que si el extranjero pide la cita dentro del plazo legal, esto es, sesenta días naturales antes de su caducidad, es posible que le señalen día para su presentación una vez que haya transcurrido el plazo de tres meses después de que haya caducado. En todo caso, para evitar dicha situación, se pueden dirigir a cualquier Registro de la Administración y presentar la solicitud de renovación dentro del plazo legal. Y en cuanto a las causas de denegación de la renovación hay que hacer referencia a dos de ellas que son las que que más problemas está causando: a) existencia de antecedente penales b) informe gubernativo previo desfavorable En el caso de antecedentes penales, la Ley establece que se valorará, en función de las circunstancias de cada supuesto, la posibilidad de renovar la autorización de residencia y trabajo a los extranjeros que hubieran sido condenados por la comisión de un delito y hayan cumplido la condena, los que han sido indultados o que se encuentren en la situación de remisión condicional de la pena. A pesar de ello, la Administración procede a denegar sin dar opción a que pueda acreditar si se encuentra en alguna de estas situaciones, y, asi en el supuesto referido, si la Administración comprueba que un extranjero que pretende la renovación de su autorización laboral, tiene antecedentes penales, no le

9 EL INMIGRANTE FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN requiere para que presente la documentación o haga las alegaciones pertinente a efectos de probar que ha sido indultado, ha cumplido la pena o se encuentra en situación de remisión condicional, sino que normalmente, procede, de forma automática a denegar la renovación de la autorización; consecuentemente la única posibilidad que ya le queda al extranjero es la de interponer el recurso pertinente, con todos los perjuicios que ello conlleva : retraso en la resolución tiempo de resolución, situación de ilegalidad, imposibilidad de trabajar. En cuanto al motivo de la existencia de un informe gubernativo previo desfavorable, señalar que se trata de una expresión ambigua en la que cabe cualquier causa, como pudiera ser : que el extranjero esté incurso en un procedimiento penal, ( sin que se haya dictado sentencia ), estar en la lista de inadmitidos del Sistema Informático Schengen, tener una prohibición de entrada en cualquiera de los países del Convenio de Schengen. En el primer caso, evidentemente, el principio de presunción de inocencia no se respeta, procediéndose de forma inmediata a denegar sin requerir al extranjero para que acredite cuál es la situación en la que se encuentra. Igualmente la obligatoriedad de motivar las resoluciones a las que viene obligada la Administración se vulnera de forma sistemática en estos supuestos toda vez que, en la mayoría de las ocasiones, no se expresa cuál es el contenido del informe gubernativo.

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACIÓN

Más detalles

ADOPCIÓN INTERNACIONAL

ADOPCIÓN INTERNACIONAL ADOPCIÓN INTERNACIONAL En principio, de conformidad con el art. 29 de la Ley 54/2007, de 28 de diciembre, "cuando la adopción internacional se haya constituido en el extranjero y los adoptantes tengan

Más detalles

Inmigrantes en situación irregular

Inmigrantes en situación irregular Inmigrantes en situación irregular España Comunidad Valenciana Alicante Castellón Valencia Análisis de la situación documental de los extranjeros. Año 2010 Versión: 12 de agosto de 2011 Índice Índice 1

Más detalles

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE LOS TÍTULOS EXTRANJEROS Acuerdo n.º 48/2011 del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la Normativa para la homologación de los títulos extranjeros Documento aprobado

Más detalles

Orden PRE/1283/2007, de 10 mayo

Orden PRE/1283/2007, de 10 mayo (Disposición Vigente) Orden PRE/1283/2007, de 10 mayo RCL 2007\930 EXTRANJEROS. Establece los términos y requisitos para la expedición de la carta de invitación de particulares a favor de extranjeros que

Más detalles

LA RESIDENCIA DE LOS MENORES EXTRANJEROS.

LA RESIDENCIA DE LOS MENORES EXTRANJEROS. LA RESIDENCIA DE LOS MENORES EXTRANJEROS. Menores extranjeros no acompañados. Hijos menores de extranjeros residentes legalmente en España. Nacionalidad de los menores nacidos en España La situación de

Más detalles

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08

***** Se adjuntan los artículos correspondientes del anteproyecto de ley. Hermosilla, 3-28001 Madrid Teléfono 91 514 52 00 - Fax 91 399 24 08 1-2013 Junio, 2013 ANTEPROYECTO DE LEY DE MEDIDAS DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN APROBADO EL 24 DE MAYO DE 2013, RELATIVAS A LA FACILITACIÓN DE LA ENTRADA Y PERMANENCIA EN ESPAÑA

Más detalles

MODIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN FORMACIÓN O PRÁCTICAS A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA CON

MODIFICACIÓN DE LA SITUACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN FORMACIÓN O PRÁCTICAS A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA CON MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACION EXCEPCIÓN A LA AUTORIZACIÓN DE TRABAJO

Más detalles

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE

NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE NORMATIVA DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO PARA ESTUDIANTES DE INTERCAMBIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA SÓCRATES, OTROS PROGRAMAS INTERNACIONALES Y DE CONVENIOS BILATERALES El constante incremento que la Universidad

Más detalles

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades

Más detalles

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES.

CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES. ORDENANZA REGULADORA PARA LA CONCESION DE AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO DE HIJO O ADOPCIÓN DE MENORES QUE SE EMPADRONEN EN EL TERMINO MUNICIPAL DE TORREBLACOPEDRO. Artículo 1. Objeto. CAPITULO I: DISPOSICIONES

Más detalles

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015.

PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. PROTOCOLO PARA EL PROCEDIMIENTO DE RENOVACIÓN DE LA ACREDITACIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS OFICIALES EN LA REGIÓN DE MURCIA DURANTE 2015. La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS 1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN

Más detalles

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas

reflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO

Más detalles

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA

UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA 5547 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 7 de marzo de 2012, de la Gerencia, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la normativa de regulación del

Más detalles

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones

Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones NORMATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE LA UB PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL TÍTULO DE DOCTOR Aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha

Más detalles

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que

III. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula

Más detalles

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION

INSTRUCCIONES. Primera.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS Y CENTROS DE FORMACION Instrucción de la Dirección General de Formación, por la que se establecen directrices para la gestión de las solicitudes de autorización para impartir acciones formativas conducentes a la obtención de

Más detalles

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013*

IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* IE UNIVERSIDAD REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS DE GRADO JULIO 2013* * Revisión aprobada por el Comité Rectoral del 16 de junio de 2014 ÍNDICE PREÁMBULO I. TÍTULO

Más detalles

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES ARRAIGO SOCIAL

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES ARRAIGO SOCIAL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACIÓN AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL

Más detalles

REAL DECRETO 865/2001, DE 20 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DEL ESTATUTO DE APÁTRIDA (BOE DEL 21)

REAL DECRETO 865/2001, DE 20 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DEL ESTATUTO DE APÁTRIDA (BOE DEL 21) REAL DECRETO 865/2001, DE 20 DE JULIO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTO DEL ESTATUTO DE APÁTRIDA (BOE DEL 21) (Corrección de errores BOE de 17 de noviembre) El artículo 13.4 de la

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL

PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE HOMOLOGACION DE PLANES DE ESTUDIOS Y TÍTULOS DE CARÁCTER OFICIAL Y VALIDEZ EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL El artículo 149.1.30 de la Constitución atribuye al Estado como

Más detalles

DE LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN

DE LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO PARA INVESTIGACIÓN MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACIÓN HOJA INFORMATIVA Nº 93 Fecha de actualización:

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE ARTÍCULO 1º Deberes de información de Iberia Cards con sus clientes 1. La actuación del Departamento de Atención al Cliente se rige por la Orden ECO/734/2004,

Más detalles

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA

PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE MODIFICA EL REAL DECRETO 843/2011, DE 17 DE JUNIO, POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS CRITERIOS BÁSICOS SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE RECURSOS PARA DESARROLLAR LA ACTIVIDAD

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA

Más detalles

SECCIÓN CORTES GENERALES

SECCIÓN CORTES GENERALES BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Serie A: ACTIVIDADES PARLAMENTARIAS 5 de diciembre de 2014 Núm. 348 Pág. 1 Autorización de Tratados y Convenios Internacionales 110/000143 (CD) Acuerdo

Más detalles

Una vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes ANTECEDENTES

Una vez llevada a cabo la correspondiente investigación, constan los siguientes ANTECEDENTES Resolución sobre actuaciones de seguimiento y control, disconformidad en la contratación de determinados productos financieros al acogerse a la Hipoteca Joven Canaria. EQ 0352/2012. Resolución por la que

Más detalles

ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE AUSTRALIA RELATIVO AL PROGRAMA DE MOVILIDAD PARA JÓVENES

ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE AUSTRALIA RELATIVO AL PROGRAMA DE MOVILIDAD PARA JÓVENES ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE AUSTRALIA RELATIVO AL PROGRAMA DE MOVILIDAD PARA JÓVENES ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DEL REINO DE ESPAÑA Y EL GOBIERNO DE AUSTRALIA RELATIVO

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 25452 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2011, de la Consejera, por la que se resuelve la convocatoria de subvenciones a entidades públicas para financiar el funcionamiento

Más detalles

CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO

CAPÍTULO II: PROCEDIMIENTO ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE PRESTACIONES ECONÓMICAS DE PAGO ÚNICO A LOS PADRES Y/O MADRES POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJO/A CON RESIDENCIA EN ESTE AYUNTAMIENTO. El artículo

Más detalles

Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia. Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia.

Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia. Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia. Procedimiento de Valoración del grado y nivel de dependencia Código Descripción 200750241 Obtener el reconocimiento del grado y nivel de dependencia. Tipo de servicio Certificados Quién lo puede solicitar?

Más detalles

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional

- Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional 08 _ justicia 2004 08 _ justicia 2004 - Tramitación de denuncias contra abogados ante su Colegio Profesional ANTECEDENTES En este supuesto (expte. 03/176/J), la persona interesada nos mostraba su disconformidad

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013:

CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: CIRCULAR INFORMATIVA 6/2013: NUEVAS NORMAS PARA LAS AUTORIZACIONES DE TRANSPORTE SANITARIO POR CARRETERA Estimado amigo: Por la presente le informo de la publicación en el BOE correspondiente al día 29

Más detalles

Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004

Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004 Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004 La consulta plantea diferentes cuestiones relativas a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 405/2008

Gabinete Jurídico. Informe 405/2008 Informe 405/2008 Las consultas plantean si la actividad desarrollada por la entidad consultante de puesta en marcha del proyecto inmobiliario de cooperativas de principio a fin y de comercialización de

Más detalles

1.- Encuadre general de la situación de los extranjeros en España. Tópicos que circulan por la calle.

1.- Encuadre general de la situación de los extranjeros en España. Tópicos que circulan por la calle. CHARLA SOBRE LA LEY DE EXTRANJERÍA Y OTRAS CUESTIONES 1.- Encuadre general de la situación de los extranjeros en España. Tópicos que circulan por la calle. A.- Vienen a quitarnos el trabajo B.- Vienen

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS. ORDENANZA REGULADORA DE LAS AYUDAS ECONOMICAS DE CARÁCTER SOCIAL A CONCEDER A PERSONAS FÍSICAS. ARTICULO 1º. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS. 1º.- Se considera ayudas económicas de carácter social las que concede

Más detalles

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español

Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español Normativa de doctorado Capítulo XII: Homologación de títulos y estudios extranjeros de educación superior al título de doctor español (Aprobada por el Consejo de Gobierno de la UAB, el 19 de enero de 2006)

Más detalles

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:

Segundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos: ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA

Más detalles

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN SUBDIRECCIÓN GRAL. DE GESTIÓN DE LA INMIGRACIÓN HOJA INFORMATIVA Nº 46 Fecha de actualización:

Más detalles

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES.

ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA INSTALACIÓN DE ASCENSORES. Anuncio del Ayuntamiento de Xirivella sobre aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones para la instalación de ascensores. Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento

Más detalles

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios

Artículo 3. Acreditación de la superación de los requisitos formativos complementarios REGLAMENTO DE SUPERACIÓN DE REQUISITOS FORMATIVOS COMPLEMENTARIOS PARA LA HOMOLOGACIÓN DE UN TÍTULO EXTRANJERO DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Aprobado por Consejo de Gobierno de 16 de

Más detalles

Test parcial. 19 de febrero de 2013

Test parcial. 19 de febrero de 2013 19 de febrero de 2013 1.- El recurso de alzada se presentará: a) Ante el superior jerárquico del órgano que dictó el acto. b) Ante el órgano que dictó el acto. c) Ante el Tribunal contencioso competente.

Más detalles

León, a 14 de marzo de 2012

León, a 14 de marzo de 2012 León, a 14 de marzo de 2012 Consejería de la Presidencia de la Junta de Castilla y León Ilmo. Sr. Secretario General Plaza de Castilla y León, Nº 1 47071 - VALLADOLID Expediente: 20111915 Asunto: Denegación

Más detalles

SALIDAS DE ESPAÑA. LA AUTORIZACION DE REGRESO LA SALIDA DE MENORES

SALIDAS DE ESPAÑA. LA AUTORIZACION DE REGRESO LA SALIDA DE MENORES SALIDAS DE ESPAÑA. LA AUTORIZACION DE REGRESO LA SALIDA DE MENORES Puedo salir y volver a entrar en España si tengo residencia legal? Qué pasa si caduca mi tarjeta estando fuera de España? Puedo salir

Más detalles

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en:

Los recursos administrativos existentes en materia de Propiedad Industrial pueden clasificarse en: GUÍA DE RECURSOS: RÉGIMEN DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS: Los actos y resoluciones dictados por distintos órganos de la Oficina Española de Patentes (en adelante OEPM), en su mayor parte concesiones o

Más detalles

18. MODIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES

18. MODIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES 18. MODIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES 633 INTRODUCCIÓN. MODIFICACIÓN DE LAS SITUACIONES Se recogen en este capítulo, las modificaciones de las situaciones de los extranjeros en España las cuales ya han sido

Más detalles

Trabajando con todos nuestros derechos! Para regularizar nuestra situación como trabajadores y trabajadoras agrícolas migrantes

Trabajando con todos nuestros derechos! Para regularizar nuestra situación como trabajadores y trabajadoras agrícolas migrantes Trabajando con todos nuestros derechos! Para regularizar nuestra situación como trabajadores y trabajadoras agrícolas migrantes S i usted es un trabajador o una trabajadora agrícola y no cuenta con el

Más detalles

Inmigración y Derechos Humanos: Inmigración y Familia Valencia, 9 de abril de 2010

Inmigración y Derechos Humanos: Inmigración y Familia Valencia, 9 de abril de 2010 IV Simposio Internacional de Inmigración Inmigración y Derechos Humanos: Inmigración y Familia Valencia, 9 de abril de 2010 Raquel Aragón Abogada. Cáritas La Reagrupación Familiar en la Ley Orgánica 2/2009,

Más detalles

I. Introducción. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.

I. Introducción. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko. Recomendación general del Ararteko 4/2011, de 10 de octubre. Cesión de datos de salud a requerimiento de las administraciones públicas responsables en materia de protección de menores. I. Introducción

Más detalles

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014

NÚMERO 244 Viernes, 19 de diciembre de 2014 37915 RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se concede renovación de la autorización, como entidad gestora de un sistema integrado de gestión de residuos

Más detalles

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant

Butlletí Oficial de la Província d Alacant edita excma. diputació provincial d alacant III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO CALP 2175 APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA REHABILITACIÓN DE FACHADAS El Ayuntamiento Pleno,

Más detalles

CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS

CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS CIUDADANOS BÚLGAROS Y RUMANOS ENTRADA, ESTANCIA Y RESIDENCIA EN ESPAÑA TRAS EL INGRESO DE BULGARIA Y RUMANÍA EN LA UNIÓN EUROPEA EL 1 DE ENERO DE 2007. Internet: www.mtas.es http://extranjeros.mtas.es/

Más detalles

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE DOCTOR, AL TÍTULO OFICIAL ESPAÑOL DE DOCTOR.

NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE DOCTOR, AL TÍTULO OFICIAL ESPAÑOL DE DOCTOR. NORMATIVA PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE DOCTOR, AL TÍTULO OFICIAL ESPAÑOL DE DOCTOR. (Aprobada por Comisión de Estudios de Posgrado de 13 de Marzo de 2008) (Aprobada

Más detalles

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA

REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE COFIDIS S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA ARTÍCULO 1º OBJETO DEL REGLAMENTO. Con la aprobación de la ORDEN ECO/734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios

Más detalles

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko.

Antecedentes. Prado, 9 01005 VITORIA-GASTEIZ Tel.: (+34) 945 135 118 Faxa: (+34) 945 135 102 E-mail: arartekoa@ararteko.net www.ararteko. Resolución de 28 de mayo de 2012, del Ararteko, por la que se recomienda al Departamento de Sanidad y Consumo del Gobierno Vasco el reconocimiento de la asistencia sanitaria a un menor extranjero en estancia

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe Jurídico 0413/2008

Gabinete Jurídico. Informe Jurídico 0413/2008 Informe Jurídico 0413/2008 La consulta planteada por la empresa perteneciente al sector de la construcción, se refiere a si la comunicación de los datos laborales de trabajadores ocupados en una subcontrata

Más detalles

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.

MODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En

Más detalles

Consultas frecuentes sobre las ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D (a realizar en 2016).

Consultas frecuentes sobre las ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D (a realizar en 2016). Consultas frecuentes sobre las ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D (a realizar en 2016). ÍNDICE DE CONSULTAS FRECUENTES 1. INVESTIGADORES EN FORMACIÓN

Más detalles

Entendiendo, por tanto, que se disponen de los elementos de hecho y de derecho necesarios, se procede a la emisión de las siguientes: Consideraciones

Entendiendo, por tanto, que se disponen de los elementos de hecho y de derecho necesarios, se procede a la emisión de las siguientes: Consideraciones Resolución del Ararteko 2015R-162-15, de 16 de junio de 2015, por la que se recomienda a Lanbide que reconsidere la suspensión de una Renta de Garantía de Ingresos y la Prestación Complementaria de Vivienda.

Más detalles

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico

COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico 1 Bogotá D.C., 20 de Octubre de 2009 COLEGIO COLOMBIANO DE PSICÓLOGOS Concepto Jurídico El Colegio Colombiano de Psicólogos es una entidad gremial, de derecho privado, sin ánimo de lucro, con personería

Más detalles

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA

ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA Ayuntamiento de Pelayos de la Presa Plaza del Ayuntaniento, 1 28696 Pelayos de la Presa (Madrid) Tlf: 918 645 005/918 645 409 Fax: 918 646 102 ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO

Más detalles

1. Consideraciones previas.

1. Consideraciones previas. NOTA SOBRE EL ALCANCE JURÍDICO DEL RD 967/2014 DE 21 DE NOVIEMBRE, POR LO QUE SE REFIERE AL PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN Y DECLARACIÓN DE EQUIVALENCIA A TITULACIÓN Y A NIVEL ACADÉMICO UNIVERSITARIO

Más detalles

Capítulo 1 Disposiciones generales.

Capítulo 1 Disposiciones generales. ORDEN FORAL /2012, DE, DE LA CONSEJERA DE POLÍTICA SOCIAL, IGUALDAD, DEPORTE Y JUVENTUD, POR LA QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA LA OBTENCIÓN EN NAVARRA DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD CALIFICADA POR LAS

Más detalles

IES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS

IES Ginés Pérez Chirinos IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS IMPORTANTE INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA BÁSICA PARA CICLOS FORMATIVOS 1. ANULACIÓN DE MATRICULA (Resolución de 3 de septiembre de 2012 de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Personas

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 259 Martes 29 de octubre de 2013 Sec. III. Pág. 87492 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE 11320 Orden ECD/1997/2013, de 24 de octubre, por la que se establecen las

Más detalles

GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES

GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES Tema: Cartas de Servicios Primera versión: 2008 Datos de contacto: Evaluación y Calidad. Gobierno de Navarra. evaluacionycalidad@navarra.es

Más detalles

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD SECRETARIA DE ESTADO DE DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS PARA LA FAMILIA Y LA INFANCIA OBSERVATORIO DE LA INFANCIA RECOMENDACIONES PARA LA APLICACIÓN

Más detalles

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID Pág. 35 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Educación, Juventud y Deporte 7 ORDEN 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen

Más detalles

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L.

Corporación de Mediadores de Seguros Correduría de Seguros, S.L. REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL CLIENTE DE CORPORACIÓN DE MEDIADORES DE SEGUROS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. PREÁMBULO La Orden de 11 de marzo de 2004 del Ministerio de Economía ECO/734/2004 regula los

Más detalles

RESIDENCIA NO LUCRATIVA

RESIDENCIA NO LUCRATIVA 7. RESIDENCIA NO LUCRATIVA 231 INTRODUCCIÓN. RESIDENCIA NO LUCRATIVA Pueden tener residencia no lucrativa aquellos extranjeros que acrediten poseer medios económicos suficientes que les permitan vivir

Más detalles

RESOLUCIÓN Nº.: R/01454/2010

RESOLUCIÓN Nº.: R/01454/2010 1/5 Procedimiento Nº: TD/00661/2010 RESOLUCIÓN Nº.: R/01454/2010 Vista la reclamación formulada el 23 de marzo de 2010 ante esta Agencia por Dª A.A.A. contra SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA, S.A. por no haber

Más detalles

Autorizaciones de residencia, estancia por estudios, concesiones de nacionalidad, visados, y protección internacional a extranjeros

Autorizaciones de residencia, estancia por estudios, concesiones de nacionalidad, visados, y protección internacional a extranjeros Autorizaciones de residencia, estancia por estudios, concesiones de nacionalidad, visados, y protección internacional a extranjeros Algunas de las áreas que quedan recogidas en este apartado son:: - Extranjeros

Más detalles

(Criterios aprobados por Decreto de Presidencia nº. 47, de 15 de enero de 2010)

(Criterios aprobados por Decreto de Presidencia nº. 47, de 15 de enero de 2010) Personal CRITERIOS A SEGUIR EN CASO DE LLAMAMIENTO DE LOS ASPIRANTES INTEGRANTES DE LA BOLSA DE TRABAJO DE LA CATEGORÍA DE OFICIAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS COMUNES (OFICIAL 1ª CONDUCTOR), derivada del proceso

Más detalles

CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH)

CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH) CONVOCATORIA DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA SITUACIONES SOBREVENIDAS 2015 (PROGRAMA PROPIO DE LA UAH) Los Estatutos de la Universidad de Alcalá definen como misión fundamental de esta institución la prestación

Más detalles

AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR PRÁCTICAS NO LABORALES

AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR PRÁCTICAS NO LABORALES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA GENERAL DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIONES SUBDIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN HOJA INFORMATIVA Nº 6 Fecha de actualización:

Más detalles

V. OTRAS DISPOSICIONES

V. OTRAS DISPOSICIONES Núm. 11 Lunes, 19 de enero de 2015 Sec. V. Pág. 1027 V. OTRAS DISPOSICIONES ENAJENACIÓN DE SUELO A COOPERATIVAS Cód. Informático: 2015000800. Orden Ministerial 1/2015, de 12 de enero, por la que se determinan

Más detalles

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9

Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA 26643 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CULTURA RESOLUCIÓN de 13 de agosto de 2014, de la Secretaría General de Educación, por la que se convoca la selección de proyectos de innovación educativa en los centros

Más detalles

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO CENTRAL DE RECURSOS CONTRACTUALES MINISTERIO DE E DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Recurso nº 154/2012 Resolución nº 173/2012 RESOLUCIÓN DEL En Madrid, a 8 de agosto de 2012. VISTO el recurso interpuesto por D. A.R.D.L.F. en representación

Más detalles

MODIFICACIÓN DEL ÁMBITO TERRITORIAL Y LA OCUPACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO INICIAL POR CUENTA AJENA

MODIFICACIÓN DEL ÁMBITO TERRITORIAL Y LA OCUPACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO INICIAL POR CUENTA AJENA MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN SECRETARIA DE ESTADO DE INMIGRACIÓN Y EMIGRACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN HOJA INFORMATIVA Nº 95 Fecha de actualización: septiembre 2011 SUBDIRECCIÓN GRAL. DE

Más detalles

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 9381 CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN ORDEN de 28 de marzo de 2008 por la que se convoca la celebración de las pruebas de acceso y se establece el plazo de matriculación en el grado superior de las Enseñanzas de

Más detalles

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012)

NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) NORMATIVA REGULADORA DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS EN LOS ESTUDIOS DE GRADO (Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2012) El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado

Más detalles

1. Cómo puedo solicitar el persmiso de residencia sin salir de España? 2. El arraigo. 2.1. Arraigo social TOMA NOTA:

1. Cómo puedo solicitar el persmiso de residencia sin salir de España? 2. El arraigo. 2.1. Arraigo social TOMA NOTA: ARRAIGO, PROTECCIÓN INTERNACIONAL Y RAZONES HUMANITARIAS CÓMO OBTENGO LA RESIDENCIA SIN SALIR DE ESPAÑA?, QUÉ NECESITO PARA SOLICITAR EL ARRAIGO?, CUÁLES SON LAS RAZONES HUMANI- TARIAS PARA SOLICITAR LA

Más detalles

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA 9451 CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA ORDEN de 7 de abril de 2011 por la que se regula el procedimiento de obtención de la Tarjeta Sanitaria en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2011050097)

Más detalles

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado.

Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Normativa sobre el Sistema de Reconocimiento y Transferencia de créditos en las enseñanzas universitarias oficiales de Posgrado. Aprobada por la Comisión de Estudios Oficiales de Posgrado en sesión de

Más detalles

Capítulo I. Reconocimiento de créditos.

Capítulo I. Reconocimiento de créditos. UflED NORMAS Y CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS PARA LOS GRADOS (Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2011, modificación de la normativa aprobada en Consejo de Gobierno

Más detalles

Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.

Autorización de residencia temporal por reagrupación familiar. Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por

Más detalles

No serán subvencionables gastos de inversión y/o equipamiento.

No serán subvencionables gastos de inversión y/o equipamiento. BASES REGULADORAS ESPECÍFICAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES MUNICIPALES EN MATERIA DE DEPORTES, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN Y CULTURA EJERCICIO 2015 Primero. Objeto y finalidad. Las presentes bases

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0367/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0367/2009 Informe 0367/2009 La consulta plantea diversas dudas respecto a la adecuación a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, de la comunicación de datos de

Más detalles

INFORME UCSP Nº: 2015/012

INFORME UCSP Nº: 2015/012 MINISTERIO COMISARÍA GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA INFORME UCSP Nº: 2015/012 FECHA 10.02.2015 ASUNTO Impartición de formación específica por parte de los centros de formación del personal de seguridad

Más detalles

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS AÑO XXXIII Núm. 130 9 de julio de 2014 18248 III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas Orden de 13/06/2014, de la Consejería de Presidencia y Administraciones

Más detalles

NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006)

NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN. (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006) NORMATIVA SOBRE ADAPTACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS EN LA UNIVERSIDAD DE JAÉN (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 22 de septiembre de 2006) (BOUJA nº 61, Septiembre-2006) Con fecha 8 de junio de

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe Jurídico 171/2008

Gabinete Jurídico. Informe Jurídico 171/2008 Informe Jurídico 171/2008 La consulta plantea diversas cuestiones relacionadas con el acceso por una determinada persona a varias historias clínicas de personas distintas a aquélla, así como a los datos

Más detalles

I. Comunidad Autónoma

I. Comunidad Autónoma Página 914 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación, Formación y Empleo 330 Orden de 14 de diciembre de 2012, de la Consejería de Educación, Formación y Empleo, por la que se

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PIZARRA EN MATERIA DE DEPORTES. PREÁMBULO El Ayuntamiento de Pizarra reconoce al movimiento asociativo como el conjunto de

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Resolución de 16 de julio de 2014, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se regulan los programas de formación teórica adicional que deben seguir las personas a que se refiere

Más detalles

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES.

PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES. PROCEDIMIENTO PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TITULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR A TÍTULOS Y CICLOS ACADÉMICOS DE POSTGRADO OFICIALES. La homologación y convalidación de los títulos extranjeros de educación

Más detalles