M.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT
|
|
- Lidia Maldonado Villalba
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 TASA POR EL USO DE LAS INSTALACIONES DE LA PISCINA MUNICIPAL CUBIERTA.- ORDENANZA REGULADORA FUNDAMENTO Y NATURALEZA ARTÍCULO 1º.- En uso de las facultades concedidas por los art y 142 de la Constitución y por el art. 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los art. 15 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDL 2/2004 de 5 de marzo, con las modificaciones contenidas en la Ley 25/98, de 13 de julio, este Ayuntamiento establece la Tasa por uso de las instalaciones de la piscina municipal cubierta, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo prevenido en el art. 57 del citado Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. HECHO IMPONIBLE ARTÍCULO 2º.- Está determinado por la utilización de la piscina municipal cubierta y sus instalaciones, y la obligación de contribuir nacerá, respectivamente, desde que la utilización se inicie mediante la entrada al recinto de la piscina o desde que se soliciten los demás servicios. SUJETO PASIVO Y RESPONSABLES ARTÍCULO 3º.- Están obligadas al pago de la tasa las personas físicas, las asociaciones y entidades que hagan uso de las instalaciones o se beneficien por la realización de las actividades deportivas. CUOTA TRIBUTARIA ARTÍCULO 4º.- La obligación de contribuir viene determinada por la utilización de los servicios e instalaciones que se determinan en las tarifas La obligación de contribuir nacerá en el momento de inscripción para la realización de actividades deportivas en un caso, y en el momento en que se inicie la utilización de la instalación en otro Si por motivos ajenos a la corporación municipal, una persona no concurriera a la actividad a la que se ha inscrito, no tendrá derecho a la devolución de la tasa abonada.
2 ARTÍCULO 5º.- Las tarifas a aplicar serán las siguientes: A.- ABONOS. 1.- Matrícula o cuota de inscripción: El importe será de 32 euros. Deberán hacerlo efectivo todos aquellos usuarios que se abonen por primera vez a un abono anual o trimestral, o que después de haber causado baja vuelvan a inscribirse. Se guardará el derecho de matrícula durante 90 días. Con el importe de la matrícula estará incluido el precio de la tarjeta identificativa de acceso (9 euros). En las épocas básicas de inscripción (julio, septiembre y enero) se llevarán a término ofertas promocionales de matrícula gratuita, éstas no contemplan el precio de la tarjeta. Cuando un cursillista no abonado, quiera abonarse a la instalación, deberá de pagar la matrícula, descontándosele la parte de la tarjeta (23,00 ). 2.- Abonos trimestrales o mensuales: El abono será personal e intransferible. La temporalidad será en trimestres naturales (septiembre-diciembre, enero-marzo, abril-julio). El abonado disfrutará de acceso libre a todos los accesos contratados en función del tipo de abono que adquiera. Existe la posibilidad de abonarse mensualmente. Estos abonos seran en periodicidades naturales (setiembre, octubre, ) TIPO DE ABONO TRIMESTRAL MENSUAL Abono A (Piscina, gimnasio, balneario y actividades) 140,00 47,50 Abono B1 (Piscina, gimnasio y balneario) 129, Abono B2 (Piscina, balneario y actividades) Abono B3 (Piscina, gimnasio y actividades) Abono C1 (Piscina y balneario) Abono C2 (Piscina y gimnasio) Abono D (Piscina)
3 En caso de ampliación del servicio contratado en un abono trimestral, el usuario habrá de abonar toda la diferencia correspondiente al trimestre, independientemente de la fecha de solicitud del cambio. No se podrá realizar ampliaciones dentro del mes de contratación en un abonos mensuales, debiendose esperar a final de mes. Los abonos A, B2 y B3 incluyen un paquete de actividades. Estos abonados contratan la posibilidad de realizar diferentes sesiones de actividades dirigidas en seco extraídas de un paquete global de 30 horas semanales. Renovaciones: Los abonos trimestrales y mensuales se renuevan automáticamente dentro de la misma temporada. El usuario que no desee renovar habrá de avisar antes del día 24 del último mes de contratación, rellenando la hoja de petición de baja del servicio Devoluciones en abonos trimestrales y mensuales. Para solicitar una devolución en un abono trimestral o mensual habrá que presentar una justificación de los motivos pertinentes. Solamente se admitirán devoluciones por causas médicas que prohíban o desaconsejen la práctica deportiva contratada. También se tendrán en cuenta los traslados de domicilio debidos a causas laborales debidamente justificadas, que impidan la asistencia regular a la instalación (40km) En caso de que la devolución sea justificada, se devolverá en abonos trimestrales el importe proporcional de los meses que no haya hecho uso de la instalación, siempre a partir de la fecha de reclamación mediante instancia en el registro general del ayuntamiento. En caso de abonos mensuales se devolverá unicamente la mensualidad en que no se haya hecho ningún uso de la instalación. 3.- Abonos anuales: El abono será personal e intransferible. La temporalidad será de septiembre a julio. El abonado disfrutará de acceso libre a todos los servicios contratados en función del tipo de abono que adquiera: TIPO DE ABONO Abono A (Piscina, gimnasio, balneario y actividades) 371 Abono B1 (Piscina, gimnasio y balneario) 320 Abono B2 (Piscina, balneario y actividades) 320 Abono B3 (Piscina, gimnasio y actividades) 305 Abono C1 (Piscina y balneario) 258 Abono C2 (Piscina y gimnasio) 240 Abono D (Piscina) 185
4 Los abonos A, B2 y B3 incluyen el paquete de actividades. Estos abonados contratan la posibilidad de realizar diferentes sesiones de actividades dirigidas en seco extraidas de un paquete global de 30 horas semanales. Los abonos anuales se pagaran siempre en su totalidad, sin considerarse si el usuario se inscribe con la temporada comenzada, incluyéndose también si se trata de una ampliación de un servicio ya contratado Devoluciones en abonos anuales: Para solicitar una devolución en un abono anual habrá de presentar una justificación de motivos pertinentes. Sólo se admitirán devoluciones por causas médicas que conlleven la incapacidad de realizar la actividad física por un período superior al contratado. Se deberá aportar justificante médico que prohíba o desaconseje la práctica deportiva contratada. También se tendrán en cuenta traslados a domicilio debidos a causas laborales debidamente justificadas que impidan la asistencia regular a la instalación (40km) En caso de devolución se devolverá el importe proporcional a los trimestres en que el usuario no haya hecho uso de la instalación, siempre a partir de la fecha de la reclamación mediante instancia en el registro general del ayuntamiento. B.- ENTRADAS Y ABONOS PUNTUALES 1.- Entradas puntuales: Los usuarios que acudan de forma puntual a la instalación se les proveerá de un ticket que les servirá como tarjeta de acceso Horario matinal (salida de la instalación antes de las 14,30 horas): Piscina 3,50 Gimnasio 4,50 Balneario 5,50 Balneario y gimnasio 6, Todo el día: Piscina 4,50 Gimnasio 5,50 Balneario 6,50 Balneario y gimnasio 7,00
5 2.- Abonos puntuales: El abono será personal e intransferible. Estos abonos tendrán una caducidad de 60 días a partir de la fecha de inscripción. No habrá que pagar matrícula, pero sí la parte correspondiente a la tarjeta de acceso (9,00 ). Las entradas conjuntas se refieren a uso combinado durante un mismo día Horario matinal (salida de la instalación antes de las 14,30 horas) Abono 10 entradas a Piscina 29,00 Abono 10 entradas conjuntas piscina y gimnasio 38,00 Abono 10 entradas conjuntas a piscina y balneario 48,00 Abono 10 entradas conjuntas piscina, gimnasio y balneario 51, Todo el día Abono 10 Piscina 38,00 Abono 10 entradas conjuntas piscina y gimnasio 48,00 Abono 10 entradas conjuntas a piscina y balneario 58,00 Abono 10 entradas conjuntas a piscina, gimnasio y balneario 61,00 C.- GASTOS ADMINISTRATIVOS 1.- Compra o renovación de la tarjeta de acceso 10, Acceso con pulsera electrónica 13, Alquiler taquilla vestuario: - Trimestral 12,00 - Temporada 25, Alquiler taquilla pasillo: - Trimestral 10,00 - Temporada 25, Reactivación de tarjeta: Las tarjetas de acceso se desactivan por causas relacionadas con impagados (devolución de recibos domiciliados) o por incumplimiento del Reglamento de Régimen Interno. Los usuarios que necesiten la reactivación de esta tarjeta se les aplicará una tarifa única de 3 por trabajos de gestión. D.- CURSOS ACUÁTICOS
6 Condiciones Generales: Periodicidad de los cursos: Las actividades de agua con monitor tendrán la siguiente periodicidad: - Mensual: Sesiones semanales: solo actividades específicas como la natación adaptada i el preparto/postparto. - Trimestral: 1 / 2/ 3 sesiones por semana. - Anual: 1 / 2 sesiones por semana. - Intensivas: de 5 a 2 sesiones por semana según el mes de realización del curso. Número de sesiones: El número de sesiones en los cursos trimestrales y anuales pueden variar de acuerdo con los días festivos, no obstante, están garantizados los siguientes mínimos: - Cursos trimestrales: (1 sesión semanal = 10 sesiones) (2 sesiones semanales = 20 sesiones) 1er. Trimestre: de octubre a diciembre. 2º trimestre: de enero a marzo. 3er. trimestre: de abril a junio. - Cursos anules: (1 sesión semanal = 30 sesiones) Inicio en octubre y finalización en junio. El calendario anual con los días de curso se colocará en el panel de la instación durante el mes de setiembre para darlo a conocer a todos los usuarios. 1.- Cursos bebes (de 6 meses a 2 años) con padres: - Curso trimestral (1 sesión semanal) Curso trimestral (2 sesiones semanales) Curso intensivo (8 sesiones mensuales) Curso intensivo (12 sesiones mensuales) Curso intensivo (20 sesiones mensuales) Cursos bebes sin padres (2 años) - Curso trimestral (1 sesión semanal) Curso trimestral (2 sesiones semanales) Curso intensivo (8 sesiones mensuales) Curso intensivo (12 sesiones mensuales) Curso intensivo (20 sesiones mensuales) Infantiles (de 3 a 5 años): - Curso trimestral (1 sesión semanal) Curso trimestral (2 sesiones semanales) Curso intensivo (8 sesiones mensuales) Curso intensivo (12 sesiones mensuales) 38.00
7 - Curso intensivo (20 sesiones mensuales) Niños (de 6 a 14 años): - Curso trimestral (1 sesión semanal) Curso trimestral (2 sesiones semanales) Curso intensivo (8 sesiones mensuales) Curso intensivo (12 sesiones mensuales) Curso intensivo (20 sesiones mensuales) Adultos: - Curso trimestral (1 sesión semanal) Curso trimestral (2 sesiones semanales) Curso intensivo (8 sesiones mensuales) Curso intensivo (12 sesiones mensuales) Curso intensivo (20 sesiones mensuales) Tercera edad: - Curso trimestral (1 sesión semanal) Curso trimestral (2 sesiones semanales) Curso trimestral (3 sesiones semanales) Curso intensivo (8 sesiones mensuales) Curso intensivo (12 sesiones mensuales) Curso intensivo (20 sesiones mensuales) Acuaeróbic: - Curso trimestral (1sesión semanal) Curso trimestral (2 sesiones semanales) Curso trimestral (3 sesiones semanales) Curso intensivo (8 sesiones mensuales) Curso intensivo (12 sesiones mensuales) Curso intensivo (20 sesiones mensuales) Pre y post parto: - Pre y post parto trimestral (1 sesión semanal) Pre y post parto trimestral (2 sesiones semanales) Pre y post parto mensual (2 sesiones semanales) Natación de columna: - Natación de columna trimestral (1 sesión semanal) Natación de columna trimestral (2 sesiones semanales)
8 - Natación de columna intensivo (8 sesiones mensuales) Natación de columna intensivo (12 sesiones mensuales) Natación de columna intensivo (20 sesiones mensuales) Casos especiales. Natación adaptada: - Casos especiales. Adaptada. Trimestral (1 sesión semanal) Natación Escolar Primaria y Secundaria. - Curso anual primaria y secundaria (1 sesión semanal) Curso anual primaria y secundaria (2 sesiones semanales) Curso trimestral primaria y secundaria (2 sesiones semanales) Curso trimestral primaria y secundaria (1 sesión semanal) Curso anual infantil (3-5 años) (1 sesión semanal) Curso trimestral infantil (3-5 años) (1 sesión semanal) Curso trimestral guardería (2 años) (1 sesión semanal) Clases acuáticas personalizadas: - Sesión puntual (1 hora)/1 usuario Sesión puntual (1 hora)/2 usuarios 26,00 - Paquete de sesiones (4 horas/mes)/1 usuario Paquete de sesiones (4 horas/mes)/2 usuarios 100, Otras consideraciones: - Cursos de 3 días semanales: Se podrán realizar con cursos trimestrales. Estos cursos se realizarán combinando un curso de 2 días (lunes y miércoles o martes y jueves) con un curso de un día (viernes o sábado). - Cursos anuales: Se podrán contratar cursos anuales de la misma temporalidad (1 días semanal o 2 días semanales) que abarcan los tres trimestres (octubre-junio) - Inscripción fuera de los periodos naturales: Los usuarios que se inscriban a un curso acuático fuera de los trimestres naturales habrán de abonar la parte proporcional de los meses utilizados. Se considera que un usuario utiliza un mes de instalación cuando acuda una o más veces dentro de este mes. - Actividades promocionales acuáticas: Abonados a la instalación 1,00 No abonados a la instalación 3, Devoluciones en cursos acuáticos:
9 Por tal de solicitar una devolución en un curso trimestral o anual habrá de presentar una justificación de motivos pertinentes. Sólo se admitirán devoluciones por causas médicas que conlleven la incapacidad de realizar la actividad física por un periodo superior al contratado. Se deberá aportar justificante médico que prohíba o desaconseje la práctica deportiva contratada. También se tendrán en cuenta traslados de domicilio debidos a causas laborales debidamente justificadas que impidan la asistencia regular a la instalación (40km) En caso de devolución en cursos trimestrales, se devolverá el importe proporcional de los meses que no haya hecho uso de la instalación, siempre a partir de la fecha de reclamación. En caso de devolución en cursos anuales, se devolverá el importe proporcional de los trimestres en que no haya hecho uso de la instalación, siempre a partir de la fecha de reclamación. En ambos casos la reclamación se hará mediante instancia en el registro general del ayuntamiento. E.- ACTIVIDADES DIRIGIDAS EN SECO. Condiciones generales: Periodicidad de los cursos: Las actividades en seco de régimen cerrado, tendrán la siguiente periodicidad mensual: 1 o 2 sesiones por semana. Se podrán contratar cursos del paquete de actividades en abierto hasta un límite máximo que permita que queden 15 plazas libres para los abonados a este paquete de actividades. Inscripciones fuera del periodo natural: Se permitirán inscripciones de medio mes a partir del día 15, pagando el importe de media mensualidad 1.- Actividades genéricas: Todas aquellas generales no marcadas en las actividades especiales. - Curso mensual (1 sesión semanal): Curso mensual (2 sesiones semanales): Curso mensual (3 sesiones semanales) Curso mensual (4 sesiones semanales) Curso mensual (5 sesiones semanales) Actividades especiales: RPG, tai Chi, yoga, Pilates, danza del vientre y bailes de salón, hip hop i arts marcials
10 - Curso mensual (1 sesión semanal) Curso mensual (2 sesiones semanales) Curso mensual (3 sesiones semanales) Curso trimestral (1 sesión semanal) Curso trimestral (2 sesión semanal) Actividades genéricas i especiales: Cuando el cursillista quiera contratar en cerrado una combinación de actividades genéricas y especiales del paquete de actividades, el precio será el siguiente: Especiales Genéricas ,45 40,20 47, ,50 50,25 57, ,50 60,25 67, Actividades puntuales para abonados (1 sesión): - Actividad genéricas 4,00 - Actividad especial 4,50 - Ciclo indoor 4, Actividades puntuales para no abonados (1 sesión): - Actividad genéricas 5,50 - Actividad especial 6,00 - Ciclo indoor 5, Entrenamientos personalizados en seco: - Planificación anual y control del entrenamiento 21,50 - Preparación de pruebas físicas 37, Paquete de clases de ciclo indoor: - Paquete trimestral no abonados 74,00 - Paquete trimestral abonados (sin opción de actividades) 51,70 - Paquete trimestral abonados (con opción de actividades) 35,30 - Paquete anual no abonados 189,00 - Paquete anual abonados (sin opción de actividades) 133,00 - Paquete anual abonados (con opción de actividades) 83, Actividades promocionales en sala: - Abonados a la instalación 1,00 - No abonados a la instalación 2,00
11 F.- ALQUILER DE ESPACIOS DEPORTIVOS 1.- Salas de actividades dirigidas 22,50 /hora 2.- Espacios piscina. Carril 20,00 /hora. 3.- Para alquileres de 4 o más horas mensuales se aplicará un descuento del 25%. Este servicio de alquiler de espacios se realizará siempre que los horarios solicitados estén libres y las actividades a realizar sea adecuada a la instalación. Podrán alquilar los espacios tanto particulares como colectivos o empresas, pero no se permitirá la utilización para realizar actividades con ánimo de lucro. 4.- Sala de quiromasaje/sala de fisioterapia/sala de dietética: Se contempla la tasa por ocupación mensual de las salas de quiromasaje, fisioterapia y dietética, así como de su actual equipamiento para explotar los correspondientes servicios. Se abonará una tasa fija mensual de 50 para cada servicio. Se abonará una tasa de ocupación variable a razón de 8 / hora de ocupación. Al final de mes se realizará mediante el programa de reservas un cómputo mensual para realizar la liquidación La empresa o autónomo que adquiera la ocupación de la sala será el responsable de publicitar el servicio. Independientemente de los precios que estipule por los diversos servicios, se realizará un descuento del 10% para los abonados de la instalación. Los horarios de ocupación de la sala se pactaran con la dirección municipal. La petición para la ocupación de la sala y explotación del servicio se realizaran por medio de instancia en el registro general del Ayuntamiento. Junto a esta instancia se presentará copia compulsada de la titulación requerida para la prestación del servicio. En caso de que exista más de una petición, se realizará una valoración de méritos de los diversos candidatos, con una puntuación máxima de 100 puntos repartidos en las siguientes categorias: a) Petición de horas (30 puntos): 4 o menos horas 10 puntos de 4 a 6 horas 20 puntos de 6 a 8 horas 30 puntos b) Titulaciones y cursos relacionados (30 puntos)
12 c) Programa de servicios a realizar (20 puntos) d) Mejoras para abonados de la instalación (20 puntos). G.- SERVICIOS COMPLEMENTARIOS 1.- Escuela multideportiva de verano (20 días) de 10 a 13 horas 1.a Cuota general 115,00 1.b Hermanos 110,00 1.c Servicio guarderia (09:00 a 10:00 ó 13:00 a 14:00) 35,00 1.d El pago en la inscripción de la escuela de verano se realizará en efectivo sin posibilidad de domiciliación. 2.- Escuela pascuera (4 días) de 10 a 13 horas 2.a Cuota general 40,00 2.b Servicio guardería (09:00 a 10:00 ó 13:00 a 14:00) 15, Escuela de navidad (6 días) de 10 a 13 horas 3.a Cuota general 50,00 3.b Servicio guardería (09:00 a 10:00 ó 13:00 a 14:00) 18, Servicio de apoyo escolar 1 sesión/semanal (55 minutos) 25,00 /mes 5.- Servicio de apoyo escolar 2 sesión/semanal (55 minutos) 39,00 /mes 6.- Servicio fiesta acuática para cumpleaños infantiles: Fiesta acuática para un máximo de 15 niños entre 6 y 13 años de 45 75,00 H.- ALQUILER DE PISTAS DE PADEL A.- Alquiler pista individual A.1. Precio para abonados A.2. Precio para no abonados B.- Alquiler pistas dobles B.1. Precio para abonados B.2. Precio para no abonados 3,00 /hora 4,00 /hora 2,50 /hora 3,00 /hora C.- Abono Plus Pádel: Los usuarios que contraten dicho abono, tendrán derecho a una tarifa plana tanto en pistas dobles como en pistas individuales de 1 /hora
13 ABONADOS C.1 Abono plus pádel mensual: 15,00 C.2 Abono plus pádel trimestral: 40,00 C.3 Abono plus pádel temporada: 120,00 NO ABONADOS C.4 Abono plus pádel mensual: 18,00 C.5 Abono plus pádel trimestral: 45,00 C.6 Abono plus pádel temporada: 130,00 D.- Tarifa web: Al aquiler de pistas reservadas por mediante la plataforma online si le aplicará el precio para usuarios abonados I.- CLASES DE PADEL - Grupo mensual 1 hora/semanal 35,00 - Grupo trimestral 1 hora/semanal 90,00 - Grupo mensual 2 horas/semanales 45,00 - Grupo trimestral 2 hora/semanales 125,00 - Sesión individual de pádel (horarios convenidos) 22,00 /sesión. - Bono 10 sesiones individuales 190,00 J.- PUBLICIDAD EN LA INSTALACIÓN. La Piscina Municipal de Carcaixent dispone de paneles interiores publicitarios en sus instalaciones, así como en las pistas exteriores de pádel destinados a la publicidad de empresas privadas o públicas. Las empresas que quieran contratar este servicio publicitario habrán de abonar su tarifa correspondiente: 1 panel/trimestral 100,00 1 panel/anual (11 meses) 300,00 3 paneles / trimestral 300,00 3 paneles / anual 800,00 1 espacio pádel / trimestral 60,00 1 espacio pádel / anual 180,00 1 banda intermedia pista pádel/anual 300,00 Patrocinio pista entera de padel / anual 750,00 La prioridad para escoger los paneles y espacios existentes se realizará en función de la fecha de solicitud de la empresa. Esta solicitud se realizará mediante instancia al registro general del Ayuntamiento de Carcaixent. Una vez realizada la solicitud la empresa habrá de faciliar los carteles a la dirección de la Piscina Municipal:
14 - Paneles interiores: tamaño 800 x 600, en papel y orientación vertical. - Espacio pistas pádel: tamaño 1800 x 800, en vinilo adhesivo (a dos caras) y orientación horizontal. - Banda intermedia pádel: banda de 20 cm. De altura que se colocará rodeando la pista de pádel en todas las zonas de vidrio, y se situará a una altura aproximada de 1 metro. - Patrocinio pista entera de pádel: Incluye la publicidad en banda intermedia, 4 espacios pádel distribuidos en la pista, la personalización de la red de la pista y la asignación del nombre de la empresa en dicha pista. No se permitirán publicidades que hagan referencia a bebidas alcohólicas, tabaco y otros productos contrarios a las premisas básicas de hábitos saludables. K.- CONVENIO EMPRESAS COLABORADORAS El Ayuntamiento de Carcaixent, mediante la dirección de la Piscina Municipal y la Junta de Gobierno Local, podrá convenir con empresas públicas o privadas, colaboraciones con tal de ofrecer mejoras en los precios diversos colectivos. Estas mejoras serán como máximo las reguladas para los abonados de la instalación. A cambio, las empresas colaboradoras ofrecerán descuentos en sus servicios para los abonados a la piscina cubierta. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIAS ARTÍCULO 6º.- En todo lo relativo a la calificación de infracciones y sanciones tributarias, además de lo previsto en esta Ordenanza, se está a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria. EXENCIONES Y BONIFICACIONES ARTÍCULO 7º.- Exenciones y bonificaciones: A.- Bonificaciones en abonos trimestrales y anuales en todas las modalidades: 1.- Horario Matinal: 20% del total.
15 El horario matinal será de 7,00 a 17,00 horas. Los usuarios que opten por este horario en una de las modalidades de abono mensual, trimestral o anual podrán aprovecharse del descuento correspondiente y tendrán que salir de la instalación antes de las 17,00 horas. 2.- Jubilados, pensionistas y discapacitados: 50% en baño libre. La condición de jubilado, pensionista o discapacitado es personal. Es imprescindible la acreditación documental de esta condición.: Discapacitados: Para disfrutar del descuento para discapacitados será condición indispensable la acreditación documental del certificado de minusvalía igual o mayor de 33% en el momento de la inscripción. Jubilados o pensionistas: Se bonificará solo a los jubilados o pensionistas que cumplan conjuntamente las dos siguientes características: - Edad: Tener como mínimo 60 años cumplidos en el momento de la inscripción (será necesario la presentación del DNI para su comprobación) - Cuantía: Recibir una pensión menor a mensuales (será necesario aportar carta o certificado del instituto nacional de la seguridad social donde consta el importe de la pensión) 3.- Abono familiar: 30% en el baño libre. Será considerada unidad familiar aquella que lo sea de primer grado, empadronada al mismo domicilio familiar. Es imprescindible la acreditación documental del empadronamiento. La bonificación se realizará a partir del segundo miembro inscrito siempre que la temporalidad del abono sea la misma temporalidad que el primero. Se aplicará el mismo descuento a aquellas personas que, aunque se inscriban individualmente, acrediten ser miembros de una familia numerosa. 4.- Colectivos y asociaciones y empresas: 25% en el baño libre Se podrán beneficiar de este descuento todas aquellas asociaciones, colectivos locales y empresas formalmente legalizados que presenten un grupo de usuarios superior a 20, antes de finalizar el periodo básico de inscripción (julio o septiembre) 5.- Grupos de 5 personas: 15% abono trimestral o anual. Para poder disfrutar del descuento grupal de 5 personas se habrá de realizar la inscripción y el pago de forma conjunta y con la misma temporalidad (trimestral o anual). Será imprescindible realizar el pago en efectivo o con tarjeta de credito y en un solo pago inicial. En el caso de que alguno de los usuarios del grupo se dé de baja, de forma justificada o no justificada, implicará al grupo a la inscripción de un nuevo usuario o a abonar la parte proporcional correspondiente a la bonificación adquirida. 6.- Carnet Jove: 20% en el baño libre.
16 Se podrán beneficiar de este descuento todas aquellas personas que se abonen de forma anual, trimestral o mensual y están en posesión del carnet jove. 7.- Bonificaciones para clubs deportivos. Los clubs o asociaciones deportivas que contraten servicios periódicos de cursos, uso libre o alquiler de espacios a la piscina municipal se les aplicará la tarifa correspondiente a los abonados y se les bonificará el 100% de los gastos adicionales (suplemento de luz, horario completo ) 8.- Bonificaciones para personas paradas: 30% en el baño libre en abonos trimestrales o mensuales. La condición de persona parada es personal. Es imprescindible la acreditación documental de esta condición, y se realizará con documentación oficial del INEM. La bonificación no se renovará automáticamente con el abono si no se presenta de nuevo la documentación necesaria. Estas bonificaciones no son acumulables. B.- Bonificaciones de entradas puntuales Se establece una entrada reducida para entradas puntuales a piscina, balneario, gimnasio o gimnasio balneario. Esta entrada reducida consistirá en rebajas en 0,50 el prescio de la entrada y podrán aprovecharse de ella los poseedores del carnet jove, carnet de jubilados o pensionistas, niños menos de 8 años, certificado de minusvalía > 33% o miembros de familias numerosas. También tendrán derecho a esta entrada reducida los abonados de la instalación. C.- Bonificaciones de cursos acuáticos: 1.- Curso anual: En la contratación de cursos anuales (contratar y realizar el pago de los tres trimestres en el mes de octubre), se obtendrá un 10% de descuento del total del curso. 2.- Cursos de 3 días semanales: Se podrá realizar con cursos trimestrales. A los interesados en realizar cursos de 3 días semanales se les incrementará la proporción correspondiente del curso trimestral de 2 días y se les aplicará una bonificación del 25%. 3.- Abonados: 25% de descuento (excepto cursos 3ª edad) 4.- Hermanos: 25% de descuento en la cuota del segundo hermano, tercer hermano,.. El descuento se aplicará sobre la cuota de menor importe. 5.- Padres de cursillistas: 25% (actividad acuática) - 30% (actividad en sala) de descuento para padres de cursillistas que realicen un curso al mismo tiempo que sus hijos. D.- Bonificaciones para actividades dirigidas en seco. 1.- Abonados a la instalación: 30% de descuento. 2.- Cursillistas en seco. Segunda contratación de cursos en régimen cerrado: 30% descuento. El descuento se aplicará sobre la cuota de menor importe.
17 Las dos bonificaciones anteriores no son acumulables. E.- Bonificaciones servicio de masaje y fisioterapia. 1.- Abonados a la instalación: 10% de descuento. F.- Bonificaciones en alquiler y clases de padel F1. Bonificación en alquiler de pistas dobles de lunes a viernes antes de las 14,00 horas. Esta bonificación no se aplicará a los abonados plus pádel F2. Bonificación en clases de pádel, de lunes a viernes antes de las 18,00 horas. 50 % de descuento 15 % de descuento. G.- Promociones y descuentos especiales. Se faculta a la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Carcaixent o al concejal en que delegue para autorizar promociones especiales de cursos, matrículas gratuitas o descuentos hasta un 25% en servicios, siempre destinados a la promoción de secciones o a la captación de nuevos usuarios. H.- Pago fraccionado Podrá fraccionarse el abono o curso anual en dos plazos, debiendo abonarse el primero al formalizar la matrícula, y el segundo antes del 30 de Noviembre del año en curso. ARTÍCULO 8.- La aprobación de la presente ordenanza fue publicada en BOP número 171 de fecha 21/07/ Siendo modificada por acuerdo de octubre de 2009 (BOP Nº 310)de fecha 31/12/2009; Pág La ordenanza fue modificada por acuerdo de 28 de octubre de Entrando en vigor en fecha 21 de diciembre de 2010 (Boletín Oficial de la Provincia número 302 de 21 de diciembre de Modificada por acuerdo plenario de 27 de octubre de 2011 (Boletín Oficial de la Provincia número 305 de 24 de diciembre de 2011). - Se modifica en fecha 25 de octubre de 2012 el artículo 5 entrando en vigor en fecha 1 de enero de 2013 (BOP nº 301 de 18/12/2012). - Modificada por acuerdo plenario de 31 de enero de 2013 (BOP nº 34 de 9 de febrero de 2013).
ORDENANZA FISCAL T16: REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑO, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS
ORDENANZA FISCAL T16: REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑO, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS Artículo 1.- Concepto. Este Ayuntamiento conforme
Más detallesO R D E N A N Z A Núm..
A Y U N T A M I E N T O D E CUBAS DE LA SAGRA (MADRID) Año 2007 O R D E N A N Z A Núm.. INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS Aprobada el... de de Modificada el de de Consta de.. folios TASA
Más detallesAyuntamiento de Tarancón
ORDENANZA FISCAL Nº 12 REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS Artículo 1 FUNDAMENTO Y RÉGIMEN Este Ayuntamiento conforme a lo autorizado
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA ( HUESCA )
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 15 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL I CONCEPTO Y NATURALEZA Artículo 1 En uso de las facultades concedidas
Más detallesOFT 1 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER CULTURAL, EDUCATIVO, RECREATIVO Y SOCIAL
OFT 1 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACION DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER CULTURAL, EDUCATIVO, RECREATIVO Y SOCIAL 2014 carácter cultural, educativo recreativo y social Página 1 de 10
Más detallesOrdenanza Fiscal nº 13
Ordenanza Fiscal nº 13 ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA PISCINA MUNICIPAL, POLIDEPORTIVO E INSTALACIONES DEPORTIVAS AL AIRE LIBRE Fundamento y naturaleza Artículo 1º.-
Más detallesPRECIOS PÚBLICOS POR USOS Y CURSOS DE NATACIÓN EN LAS PISCINAS PÚBLICAS ORGANIZADOS POR EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE CASTELLÓN
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CASTELLON DE LA PLANA GESTIÓN TRIBUTARIA PRECIOS PÚBLICOS POR USOS Y CURSOS DE NATACIÓN EN LAS PISCINAS PÚBLICAS ORGANIZADOS POR EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DE CASTELLÓN VIGENCIA:
Más detalles4.2. La tarifa de esta tasa será la siguiente:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA MUNICIPAL POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ACTIVIDADES Y ESCUELAS DEPORTIVAS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS. Título I. Conceptos y cuantía. Artículo
Más detallesAYUNTAMIENTO DE VILLASECA DE LA SAGRA
AYUNTAMIENTO DE VILLASECA DE LA SAGRA ORDENANZA REGUALDORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS. I - CONCEPTO Artículo 1. En uso de las facultades
Más detallesAJUNTAMENT DE GENOVÉS Plaça Immaculada nº 3 46894 Genovés (Valencia) Tel. 96-222 91 66 Fax. 96-222 91 80
Modificación publicada en el BOP nº 38 de 14 de febrero de 2013 Ordenanza Reguladora de la tasa por piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos Artículo 1. Fundamento legal. Esta entidad
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO SOBRE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES, 2015.
AYUNTAMIENTO DE CABRA PROVINCIA DE CORDOBA ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO SOBRE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES, 2015. Artículo 1º. En uso de las facultades concedidas
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE JACA ( HUESCA )
ORDENANZA NÚMERO 4 REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA UTILIZACIÓN DEL COMPLEJO DE PISCINAS, SPA Y FITNESS Y LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN EL MISMO FUNDAMENTO Y REGIMEN Artículo 1. Conforme a
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS DIVERSAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACION DE LAS DIVERSAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. FUNDAMENTO LEGAL ARTICULO 1.- De conformidad con lo establecido en el artículo 106 de la Ley 7/1985,
Más detallesDISPOSICIÓN GENERAL OBJETO DE LA ORDENANZA
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 26 PATRONATO DEPORTIVO MUNICIPAL ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS SOBRE ACTIVIDADES E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES DISPOSICIÓN GENERAL Art.-1.- De conformidad
Más detallesSAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS
A Y U T A I E T D E Año 2014 R D E A A 22 US ISTAACIES PIPRTIVAS UICIPAES Aprobada el 26 de Noviembre de 1998 Modificada e 20 de Diciembre de 1999 Modificada el 30 de Noviembre de 2000 Modificada el 03
Más detallesFUNDAMENTO Y REGIMEN HECHO IMPONIBLE
ORDENANZA Nº 20, REGULADORA DEL PÚBLICO POR LA UTILIZACIÓN DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANÁLOGOS QUE ORGANIZA EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES. FUNDAMENTO Y REGIMEN Art. 1
Más detallesI- FUNDAMENTO Y NATURALEZA
AYUNTAMIENTO DE MIGUEL ESTEBAN ORDENANZA FISCAL Nº 10 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS ( PABELLONES DEPORTIVOS, PISCINA MUNICIPAL, PISCINA CLIMATIZADA, CAMPO DE CÉSPED
Más detallesOrdenanza Reguladora de Tasas por Uso de Instalaciones Deportivas Municipales FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO
Artículo 1. FUNDAMENTO LEGAL Y OBJETO De conformidad con lo dispuesto en el artº 106, en relación con el artículo 20.4 R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Más detallesEXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALHAURIN EL GRANDE (MALAGA)
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE CASAS DE BAÑOS, DUCHAS, PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROS SERVICIOS ANALOGOS. Artículo 1.- Concepto. En uso de las facultades
Más detallesORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS, ACTIVIDADES E INSTALACIONES Y APERTURA Y ESTABLECIMIENTO DE LOCALES
ORDENANZA FISCAL Nº 8 ORDENANZA FISCAL MUNICIPAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS, ACTIVIDADES E INSTALACIONES Y APERTURA Y ESTABLECIMIENTO DE LOCALES I.- HECHO IMPONIBLE Articulo 1. El
Más detallesAYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO ORDENANZA FISCAL NUM. 16
AYUNTAMIENTO DE SABIÑANIGO ORDENANZA FISCAL NUM. 16 TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE PISCINAS, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS MUNICIPALES I - CONCEPTO Artículo 1º En uso de
Más detallesPRECIOS PÚBLICOS Nº 7-P POR PRESTACION DE SERVICIOS Y UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES
PRECIOS PÚBLICOS Nº 7-P POR PRESTACION DE SERVICIOS Y UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES (Vigencia a partir del 1 de Enero de 2.012) (Junta Gobierno Local 24 de octubre
Más detalles4. SERVICIOS PRESTADOS POR EL INSTITUTO CEUTÍ DE DEPORTES.
4. SERVICIOS PRESTADOS POR EL INSTITUTO CEUTÍ DE DEPORTES. La presente Tasa ha sufrido las siguientes modificaciones a 1 de Octubre de 2012. Artículo 8º. Gestión del Tributo BOCCE 28 de Enero de 2000.
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE LA FONT D EN CARRÒS
Ordenanza número 39 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL AYUNTAMIENTO DE LA FONT D EN CARRÒS ARTICULO 1. - CONCEPTO De conformidad con lo previsto en
Más detallesArtículo 5. Cuota Tributaria. La cuota se determinará mediante la aplicación de la siguiente tarifa:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES Artículo 1. Fundamento y Naturaleza. En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución
Más detallesORDENANZA FISCAL NÚMERO 16 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL Y PISCINA PÚBLICA.
ORNANZA FISCAL NÚMERO 16 TASA POR PRESTACIÓN SERVICIOS Y UTILIZACIÓN INSTALACIONES EN EL POLIPORTIVO MUNICIPAL Y PISCINA PÚBLICA. ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA. En uso de las facultades concedidas
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS DE APLICACIÓN A LAS INSTALACIONES DE LA PISCINA MUNICIPAL.
ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS DE APLICACIÓN A LAS INSTALACIONES DE LA PISCINA. TÍTULO I OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. De conformidad con lo dispuesto
Más detallesOrdenanza fiscal nº 19
Fecha de aprobación de la Ordenanza Fiscal 16/11/1993 Fecha aprobación inicial de la anterior modificación Pleno de 21/07/2011 Nº BOP y fecha publicación definitiva de la anterior modificación BOP nº 223,
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades conferidas por los artículos 133.2 y 142
Más detallesTambién se considera sujetos pasivos, el Club o asociación deportiva inscritas en el registro de asociaciones vecinales de Xàtiva.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE PROPIEDAD MUNICIPAL, ADSCRITAS CONSELL ESPORTIU MUNICIPAL
Más detallesTorres de la Alameda
Nº 26 ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. Artículo 1.- FUNDAMENTO.- En uso de las facultades concedidas
Más detallesORDENANZA Nº 7-P PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS Y UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER ORDENANZA Nº 7-P PRECIOS PUBLICOS POR PRESTACION DE SERVICIOS Y UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES (Ejercicio 2.008) (Pleno 27 de septiembre
Más detallesOrdenanza Fiscal nº 405.Tasa por instalación de Quioscos en la vía pública
ORDENANZA FISCAL Nº 405 TASA POR INSTALACIÓN DE QUIOSCOS EN LA VIA PÚBLICA En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de
Más detallesAYUNTAMIENTO DE PINA DE EBRO
AÑO 2.016 ORDENANZA Núm. 26 TASA POR EL SERVICIO DE COMPLEJO DEPORTIVO/PISCINAS MUNICIPALES Aprobada el 25 de noviembre del 2015 Consta de 4 folios TASA POR EL SERVICIO DE COMPLEJO DEPORTIVO/PISCINAS MUNICIPALES
Más detallesAYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE LA SELVA
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE LA SELVA ORDENANZA FISCAL Nº 26 REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL CAMPO DE GOLF MUNICIPAL. Artículo 1º. Fundamento y naturaleza.
Más detallesOrdenanza fiscal reguladora de la Tasa por utilización de los servicios de piscina cubierta
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA CUBIERTA Artículo 1. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por el art.106 de la Ley 7/85 Reguladora
Más detallesA Y U N T A M I E N T O D E B R E A D E T A J O
A Y U N T A M I E N T O D E B R E A D E T A J O Año 2010 ORDENANZA Nun. 19 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIOS DE GIMNASIO MUNICIPAL. Aprobada el 29/03/2010 PUBLICADA
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES. Artículo 1º.- Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 26 REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS DEPORTIVOS.
ORDENANZA FISCAL Nº 26 REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES Y REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES Y SERVICIOS DEPORTIVOS. Artículo 1.- Naturaleza y fundamento. En uso de las facultades concedidas
Más detallesINSCRIPCIÓN VERANO 2011
1 INSCRIPCIÓN VERANO 2011 LUGAR Deberán realizarse en las oficinas del pabellón del COMPLEJO DEPORTIVO CAVALERI Avda. de la Constitución, nº 2. Mairena del Aljarafe HORARIOS DE OFICINA Mañana 09:30h. a
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA ASISTENCIA A LA ESCUELA MUNICIPAL DE MUSICA
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA ASISTENCIA A LA ESCUELA MUNICIPAL DE MUSICA Artículo 1.- Concepto. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y los artículos
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES, ESCUELAS DEPORTIVAS Y CURSOS DE NATACIÓN
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES, ESCUELAS DEPORTIVAS Y CURSOS DE NATACIÓN I.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO Artículo 1 El presente texto se aprueba en ejercicio de la
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 30
AYUNTAMIENTO ORNANZA FISCAL Nº 30 ACTIVIDAS EXTRAESCOLARES, PLAN MEJORA Y EXTENSIÓN SERVICIOS EDUCATIVOS, CURSOS Y TALLERES FORMACIÓN. APROBADA 4/11/2011 PRECIO PÚBLICO ACTIVIDAS EXTRAESCOLARES, PLAN MEJORA
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 17 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS
ORDENANZA FISCAL Nº 17 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS Artículo 1.- Fundamento y régimen jurídico. En uso de las facultades concedidas por los artículos
Más detalles02. Instalaciones deportivas en las que se desarrollarán los servicios.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MONITORES/AS DE NATACIÓN PARA LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DE SAKONETA (LOTE 2) 01. Objeto del Contrato El contrato que en base
Más detallesTASA POR UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES
Artículo 1º.- Naturaleza, objeto y fundamento 1. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de
Más detallesNUEVO COMPLEJO MUNICIPAL Ramiro I, s/n. Tel.: 976 50 44 67 piscinacubierta@cuartedehuerva.es HORARIO DE OFICINAS: De lunes a viernes: Mañanas de 9 a
NUEVO COMPLEJO MUNICIPAL Ramiro I, s/n. Tel.: 976 50 44 67 piscinacubierta@cuartedehuerva.es HORARIO DE OFICINAS: De lunes a viernes: Mañanas de 9 a 13 horas. Tardes de 16,30 a 20,30 horas. Sábados, domingos
Más detallesOF. 27 - Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios y uso de las instalaciones deportivas municipales Índice de contenido
Ayuntamiento de Salobreña Concejalía de Economía y Hacienda - Servicio Municipal de Administración Tributaria Fecha acuerdo Pleno : 31/10/2011 Publicación aprobación provisional BOP Nº 215 del 11/11/2011
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 199 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 90 MEJORADA DEL CAMPO RÉGIMEN ECONÓMICO Una vez transcurrido el plazo de exposición pública de las modificaciones de la ordenanza reguladora del precio
Más detallesEpígrafe 2º. Cursos Cultura
TESORERÍA JGC/ MODIFICACIÓN DEL ARTICULADO DEL ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO Nº 2 DE PRECIOS PÚBLICOS POR SERVICIOS DE GUARDERÍAS INFANTILES, ENSEÑANZAS ESPECIALES Y SERVICIOS CULTURALES Y DE OCIO EN GENERAL
Más detallesAyuntamiento de Monflorite-Lascasas Plaza Mayor nº 8 Teléfono 974 280 146 22.111 Monflorite (Huesca) Fax 974 280 056
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL ÍNDICE DE ARTÍCULOS ARTÍCULO 1. FUNDAMENTO Y NATURALEZA ARTÍCULO 2. HECHO IMPONIBLE ARTÍCULO 3. SUJETOS
Más detalles3º. AMBITO DE APLICACIÓN
TEXTO CONSOLIDADO DE LA NORMATIVA DE GESTIÓN Y PRECIOS PÚBLICOS POR LAS PRESTACIONES DEL SERVICIO PÚBLICO DE DEPORTES GESTIONADO POR LA CONCEJALÍA DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA. (Texto inicial
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES FUNDAMENTO Artículo 1. La presente exacción se establece de acuerdo con lo dispuesto en la subsección
Más detallesárea de presidencia y gobierno Interior, economía y hacienda
ORDENANZA NÚMERO 21 REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985,
Más detallesACTIVIDADES Y SERVICIOS PISCINAS MUNICIPALES Y ÁREA DE DEPORTES DE GRADO
PISCINAS MUNICIPALES DE GRADO ACTIVIDADES Y SERVICIOS PISCINAS MUNICIPALES Y ÁREA DE DEPORTES DE GRADO 2012-2013 Instalaciones y Servicios PISCINAS MUNICIPALES DE GRADO Piscina infantil al aire libre 11
Más detallesORDENANZA Nº 3.12 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS.
ORDENANZA Nº 3.12 REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS. Fundamento y Naturaleza De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Texto Refundido de
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 19 PRECIOS PÚBLICOS POR UTILIZACIÓN DEL CENTRO DE INFORMÁTICA DE ETXEBARRI CIME.
-ORD-PRECIOS PUBLICOS CENTRO INFORMATICA FISCAL Nº PRECIOS PÚBLICOS POR UTILIZACIÓN DEL CENTRO DE INFORMÁTICA DE CIME. CAPÍTULO I NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO Artículo 1. En uso de las facultades conferidas
Más detallesTASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS. ORDENANZA REGULADORA.-
TASA POR LA PRESTACION DEL SERVICIO DE INSTALACIONES DEPORTIVAS. ORDENANZA REGULADORA.- Artículo 1. CONCEPTO.- En uso de las facultades concedidas por el artículo 106 de la Ley 7/85, de 2 de abril, y por
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS MUNICIPALES
Nº 17 ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LAS ESCUELAS INFANTILES Y CASAS DE NIÑOS MUNICIPALES CURSO 2011/2012 437 438 ARTÍCULO 1º.- CONCEPTO De conformidad con lo
Más detallesPRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE INSTALACIONES DEPORTIVAS. Ordenanza Reguladora
PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Artículo 1. Concepto. Ordenanza Reguladora De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el
Más detallesM.I. AJUNTAMENT DE CARCAIXENT
NUEVA TASA POR ENTRADAS DE VEHÍCULOS A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y LAS RESERVAS DE VÍA PÚBLICA PARA APARCAMIENTO, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCIAS DE CUALQUIER CLASE ARTÍCULO 1º.- ORDENANZA REGULADORA FUNDAMENTO
Más detallesc) Cuotas de utilización instalaciones deportivas exteriores (convenios) Deportista federado 18,10
16.- UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DEPORTIVOS a) Cuotas de abonados del polideportivo por doce meses Familiar 227,60 Individual 150,40 Menor 94,40 Deportista federado 18,10 b) Cuotas de abonados al polideportivo
Más detallesTASA POR LICENCIA AMBIENTAL Y ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL EN LOS SUPUESTOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN PREVIA
ORDENANZA NÚMERO 12 TASA POR LICENCIA AMBIENTAL Y ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE CONTROL EN LOS SUPUESTOS DE DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN PREVIA DISPOSICIÓN GENERAL En uso de las facultades establecidas
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 13: TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL.
ORDENANZA FISCAL Nº 13: TASA POR UTILIZACIÓN PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL SUBSUELO, SUELO Y VUELO DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL. ARTÍCULO 1º.- FUNDAMENTO Y NATURALEZA En uso de las facultades concedidas
Más detallesI. PRECEPTOS GENERALES
NÚMERO 403. Ordenanza Reguladora del Precio Público por la Prestación de Servicios de los Cursos de Actividades Físico-Deportivas a realizar en las diferentes instalaciones deportivas gestionadas por el
Más detallesCONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES, DEPORTIVAS Y FESTIVAS DURANTE EL AÑO 2014.
1. OBJETO La presente convocatoria tiene como objetivo establecer el régimen de concesión de subvenciones para promover y apoyar las acciones y actividades de los distintos colectivos existentes en Ansoáin
Más detallesOrdenanza Fiscal nº 407.-Tasa por ocupación de estacionamiento de vehículos de tracción mecánica en las vías públicas municipales
ORDENANZA FISCAL Nº 407 TASA POR OCUPACIÓN DE ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS DE TRACCIÓN MECANICA EN LAS VIAS PÚBLICAS MUNICIPALES En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la
Más detallesORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA UTILIZACION DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Artículo 1. El precio público objeto de esta Ordenanza se establece al amparo de lo dispuesto en los
Más detallesArtículo 1º- Fundamento y naturaleza:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS POR ASISTENCIA Y ESTANCIA EN LA ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL Artículo 1º- Fundamento y naturaleza: En uso de las facultades concedidas
Más detallesORDENANZA NÚM. 30, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR USO Y DISFRUTE DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES.
ORDENANZA NÚM. 30, REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR USO Y DISFRUTE DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. Artículo 1º.- Concepto. De conformidad con lo previsto en el artículo 41 del Real Decreto Legislativo
Más detalles2.- Serán responsables subsidiarios las personas o entidades que señala el artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PISCINA, BAÑOS, DUCHAS Y PRÁCTICA DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS EN EL POLIDEPORTIVO MUNICIPAL, INCLUIDO PABELLÓN CUBIERTO. Artículo
Más detallesEXPOSICION DE MOTIVOS
TEXTO ÍNTEGRO DEL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE PINTURA DEL AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN, PUBLICADO EN EL B.O.C.M. nº 182 de 3 de agosto de 2011. EXPOSICION DE MOTIVOS El Ayuntamiento
Más detallesSerá el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes.
ARTÍCULO 13: CALENDARIO LABORAL: Será el que se acuerde entre ambas partes, previa consideración de las fijadas por las Administraciones competentes. Serán fiestas las señaladas en el Calendario laboral
Más detallesAula Municipal de Música y Danza Curso 2015-2016
Aula Municipal de Música y Danza Curso 2015-2016 Taller de Música y Movimiento (Línea generalista de preparación a la Música y la Danza). Objetivos generales. -Reconocer ritmos sencillos e imitarlos (corporalmente
Más detallesNOSA 06 - NORMATIVA DE MATRÍCULA Curso de Adaptación al GRADO
NOSA 06 - NORMATIVA DE MATRÍCULA Curso de Adaptación al GRADO 1. REQUISITOS Para realizar un curso de adaptación a un grado se debe ser Diplomado en la titulación equivalente a dicho Grado. Los estudiantes
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 2.2. REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS DE CEMENTERIO MUNICIPAL
ORDENANZA FISCAL Nº 2.2. REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS DE CEMENTERIO MUNICIPAL Artículo 1. Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la
Más detallesVisto el proyecto de establecimiento y fijación de precios públicos, acompañado de los informes preceptivos, la Junta de Gobierno Local, ACUERDA:
PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y CURSOS DE LA PISCINA CLIMATIZADA MUNICIPAL Y CLASES COLECTIVAS EN EL PABELLÓN MULTIUSOS CIUDAD DE AZUQUECA Visto el proyecto de establecimiento y fijación de
Más detalles1. PSICOMOTRICIDAD Lugar: Gimnasio Municipal 2. PREDEPORTE 3. BALONCESTO. 4. ATLETISMO Lugar: Ins tuto Ítaca 5. TENIS 6. PÁDEL 7.
ESPECIALIDAD DEPORTIVA GRUPOS HORARIOS 1. PSICOMOTRICIDAD 2. PREDEPORTE 3. BALONCESTO 4. ATLETISMO 5. TENIS 6. PÁDEL 7. VOLEIBOL 8. KÁRATE 9. ESGRIMA Nacidos entre 2008 y 2009 (ambos incluidos) Ma + Ju:
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE SUMINISTRO DE AGUA CON CISTERNAS Según el artículo 31.2 apartado a) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen
Más detallesORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS SOCIALES: AYUDA A DOMICILIO. Fundamento legal
ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE SERVICIOS SOCIALES: AYUDA A DOMICILIO. Fundamento legal Artículo 1º.- Esta Entidad local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 106, apartado 1,
Más detallesNORMATIVA INTERNA PARA USUARIOS DE PADELEKU CONDICIONES DE ALTA COMO USUARIO DE PADELEKU
CONDICIONES DE ALTA COMO USUARIO DE Artículo 1: Puede solicitar la inscripción como Socio cualquier persona que quiera beneficiarse de las ventajas que ello supone. Artículo 1.1: El darse de alta como
Más detallesUNIVERSIDAD DE BURGOS
NORMAS DE MATRÍCULA DE GRADO, MÁSTER Y 1 er y 2º CICLO AÑO ACADÉMICO 2016-17 Índice I. NORMAS GENERALES DE MATRÍCULA. 1. Tipos de matrícula 2. Modificaciones de matrícula 3. Anulación de matrícula 4. Trabajos
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNCIPALES.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNCIPALES. -282- ORDENANZA FISCAL NÚMERO 34, REGULADORA DE LA TASA POR LAS ESCUELAS DEPORTIVAS MUNICIPALES. FUNDAMENTO Y NATURALEZA ARTICULO
Más detallesa).- Los beneficiarios de los servicios regulados en este Pliego o sus representantes legales.
TASAS A SATISFACER POR EL ALUMNADO POR DOCENCIA MUSICAL Y DANCISTICA EN EL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE MÚSICA Y CENTRO RECONOCIDO DE DANZA "MAESTRO VERT" DE CARCAIXENT PARA EL CURSO 2013 2014. Artículo
Más detallesAyuntamiento de Torrelaguna
ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS, REALIZACION DE ACTIVIDADES Y UTILIZACION DE LOCALES MUNICIPALES Artículo 1. Fundamento Legal Esta Entidad Local, en uso de las
Más detallesLa obligación de pago de estos precios públicos nace en el momento de la solicitud del servicio o actividad y se extingue con el disfrute de éstas.
CONCEJALÍA DE CULTURA Y FESTEJOS ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO Y FIJACIÓN DE PRECIOS PÚBLICOS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES DE CARÁCTER CULTURAL DEL AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE PRIMERO.-
Más detallesOrdenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Tramitación de las Licencias de Apertura de Establecimientos.
Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Tramitación de las Licencias de Apertura de Establecimientos. Fecha de publicación en el BOP: 04-06-2011 BOPV nº 131, pag 43 y ss. Página 1 del doc 13 ORDENANZA
Más detallesORDENANZA DE LA TASA POR EXPEDICION DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS.
ORDENANZA DE LA TASA POR EXPEDICION DE LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. Artículo 1º.- Fundamento y Naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los art. 133.2 y 144 de la Constitución y
Más detallesOrdenanza de tasas por la prestación del servicio de ayuda a domicilio. Órgano que la aprueba: Pleno del Ayuntamiento de Mansilla de las Mulas
Ordenanza de tasas por la prestaciã³n del servicio de ayuda a domicilio (24-10-2006 a las 14:44:04) - Contribuido por Administrator - Última actualizaciã³n (21-02-2007 a las 10:35:44) Ordenanza de tasas
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS AMBIENTALES Y DE APERTURA Y COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD ARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LICENCIAS AMBIENTALES Y DE APERTURA Y COMUNICACIÓN DE ACTIVIDAD ARTÍCULO 1.º Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por el artículo 57
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS.
AYUNTAMIENTO DE CABRA PROVINCIA DE CÓRDOBA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS CON MOTIVO DE LA APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS. Artículo 1º.- Fundamento
Más detallesESCUELA INFANTIL DE GOLF 2015/16
ESCUELA INFANTIL DE GOLF 2015/16 NORMAS DE FUNCIONAMIENTO Creada y dirigida para los hijos/as de: los usuarios de la IDP Golf de la Base Aérea de Zaragoza, militares en la plaza de Zaragoza, Fuerzas y
Más detallesAjuntament de Sant Lluís
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA EL APROVECHAMIENTO ESPECIAL O UTILIZACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES PUBLICITARIAS Artículo 1 Concepto Haciendo uso de
Más detallesORDENANZA FISCAL Nº 31 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y USO DE ESPACIOS DE CARÁCTER SOCIOCULTURAL
Artículo 1º ORDENANZA FISCAL Nº 31 TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y USO DE ESPACIOS DE CARÁCTER SOCIOCULTURAL I. FUNDAMENTO Y NATURALEZA Al Amparo de lo previsto en los artículos 57 y 20 del Real Decreto
Más detallesREGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS.
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 2 REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS. I. CONCEPTO Y NATURALEZA JURÍDICA Artículo 1 En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de
Más detallesAbono Deporte Madrid 4 ABONOS A ELEGIR. Mucho deporte, con mucho ahorro. ...y más ventajas con tu Abono Deporte Madrid
Abono Deporte Madrid Por una sola cuota al mes Piscinas, Pistas de Atletismo, Tenis, Pádel, Frontones, Footing, Salas de Musculación, Saunas, Ciclo-Sala, incluso una actividad dirigida. MAS POR UNA SOLA
Más detallesOFT 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ENSEÑANZA EN EL CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MUSICA
OFT 5 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE ENSEÑANZA EN EL CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MUSICA 2012 1 ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. REGLAMENTO DEL ESTUDIANTE VISITANTE DE LA UNIVERSIDAD DE CASTILLA-LA MANCHA. (Aprobado en Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2006 y publicado en el BO-UCLM nº 97 de noviembre de 2006). EXPOSICIÓN
Más detallesORDENANZA FISCAL NUM. 10 REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTUACIÓN MUNICIPAL EN LAS APERTURAS DE ESTABLECIMIENTO. I.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO
ORDENANZA FISCAL NUM. 10 REGULADORA DE LA TASA POR LA ACTUACIÓN MUNICIPAL EN LAS APERTURAS DE ESTABLECIMIENTO. Articulo 1º I.- NATURALEZA Y FUNDAMENTO Al amparo de lo previsto en los artículos 57 y 20.1
Más detallesPRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y POR UTILIZACIÓN DE LAS PISCINAS, PISTAS Y DEMÁS INSTALACIONES DEPORTIVAS
PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y POR UTILIZACIÓN DE LAS PISCINAS, PISTAS Y DEMÁS INSTALACIONES DEPORTIVAS Artículo 1º.- Establecimiento y Concepto. Al amparo de lo dispuesto en el artículo
Más detalles