UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS REGLAMENTO PARTICULAR DE LA FACULTAD DE ECONOMÍA

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS REGLAMENTO PARTICULAR DE LA FACULTAD DE ECONOMÍA"

Transcripción

1 UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS REGLAMENTO PARTICULAR DE LA FACULTAD DE ECONOMÍA

2

3 Índice general GENERALIDADES 5 MISIÓN 5 VISIÓN 6 OBJETIVO GENERAL 6 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES 9 TÍTULO II DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. 11

4 TÍTULO III INGRESO A LA UNIVERSIDAD 15 TÍTULO IV MATRÍCULA 19 TÍTULO V RÉGIMEN ACADÉMICO 21 CAPÍTULO I PROCESOS DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE Y PLANES DE ESTUDIO 21 CAPÍTULO II SISTEMA DE CRÉDITOS 22 CAPÍTULO III PROMEDIOS Y EXCLUSIONES 23 TÍTULO VI MODALIDADES DE EVALUACIÓN, EXÁMENES Y CALIFICACIONES. 29 CAPÍTULO I EVALUACIONES 29 CAPÍTULO II CALIFICACIONES 30

5 TÍTULO VII OPCIONES DE GRADO Y REGLAMENTO DE GRADO 33 CAPÍTULO I OPCIONES DE GRADO 33 CAPÍTULO II REGLAMENTO DE GRADO 36 TÍTULO VIII ESTÍMULOS Y DISTINCIONES 37

6

7 GENERALIDADES El Estudiantil de Pregrado de la Universidad Santo Tomás comenzó a regir a partir del segundo periodo académico En atención al Artículo 116, la Facultad de Economía elabora un reglamento particular para indicar asuntos asignados al Consejo de Facultad y a las autoridades académicas y administrativas, por tanto, es un complemento del Estudiantil para Pregrado. MISIÓN La Facultad de Economía de la Universidad Santo Tomás, seccional Bucaramanga, tiene como misión el desarrollo integral humano de los estudiantes, docentes y colaboradores que conforman su comunidad educativa, a través del desarrollo de las capacidades y las competencias propias e identitativas del profesional economista dentro del espíritu humanista propio de la Institución, que procura el liderazgo y la equidad social en la propiedad y el uso de los bienes individuales y colectivos, la gestión solidaria y sostenible del desarrollo empresarial y el vínculo al mundo globalizado para capacitar en orden a los negocios internacionales. 7

8 VISIÓN La Facultad de Economía de la Universidad Santo Tomás, Seccional Bucaramanga, se proyecta como gestora de liderazgo empresarial en la región, promotora de alternativas de desarrollo económico comunitario, dinamizadora de procesos solidarios para la convivencia ciudadana y la equidad social, y polo de referencias en la gestión del crecimiento económico y del desarrollo de los negocios internacionales. OBJETIVO GENERAL 8 Formar profesionales de las más altas calidades en Economía, en respuesta a las necesidades y expectativas de la sociedad y de los educandos. Para ello, enfatiza en el desarrollo humano integral, en el liderazgo social, en la gestión solidaria, en la equidad participativa y en el desarrollo sostenible y sustentable. Objetiv tivos específicos Fortalecer el proceso educativo centrado en el desarrollo integral del estudiante en todas sus dimensiones: biofísica, cognitiva, afectiva, ética, estética, espiritual, política y económica. Potenciar el acceso al conocimiento económico y social que facilite la evolución intelectual y procure la proyección social.

9 Conocer, profundizar y aplicar la normatividad económica vigente, nacional e internacional, necesarias en los procesos de negociación y oferta de bienes, servicios y capitales. Promover comunidades académicas que faciliten y consoliden en los estudiantes y en los docentes la cultura de la investigación, y las capacidades y competencias para el trabajo colaborativo, la inserción en comunidades deprimidas, el asesoramiento de empresas, el manejo de la información actualizada y la invención de alternativas de desarrollo humano sustentable. Ofrecer programas de formación permanente a la comunidad en general y a los egresados en particular a fin de garantizar la actualización en conocimientos, técnicas, expectativas de desarrollo económico en los grupos de liderazgo y dirección regional. Fortalecer las estrategias de educación universidad empresas sociedad que propendan la construcción de las capacidades y competencias del profesional en economía en contextos reales de vida y cotidianidad. Título que otorga Economista Duración: nueve (9) semestres Énfasis: Negocios Internacionales Actualización SNIES del plan de estudios: Julio de

10

11 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO. 1 Cobertura. Este reglamento se rige por lo dispuesto en el Estudiantil para pregrado de la Universidad Santo Tomás. Aquí está lo pertinente a la Facultad de Economía. 11

12

13 TÍTULO II DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. ARTÍCULO O 2. Ofer erta ta curricular del programa, como derecho ho del estudiante (Artículo 7, Numeral 3 del Estudiantil. (R.E.). La oferta curricular del programa de Economía es la siguiente: Un plan de estudios con duración de nueve (9) semestres, 150 créditos y 48 asignaturas, conformado por tres (3) áreas del conocimiento que son: ÁREA DE FORMACIÓN BÁSICA, constituido por un componente económico y un componente electivo. ÁREA DE FORMACIÓN PROFESIONAL, conformado por un componente instrumental y otro de énfasis. ÁREA DE FORMACIÓN SOCIO HUMANÍSTICA, comprende las seis asignaturas de formación humanística y las cátedras opcionales definidas en la política curricular de la Universidad. 13

14 PARÁGRAF ARÁGRAFO 1: La Facultad en cada periodo académico y en consenso con las demás Facultades de la División de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables, hará la programación de las asignaturas electivas activas. PARÁGRAF ARÁGRAFO 2: El plan de estudios antiguo (no créditos académicos) estará en vigencia para los estudiantes que lo iniciaron, con la opción de acogerse al plan vigente, previa aprobación del decano de Facultad. PARÁGRAF ARÁGRAFO 3: El estudiante puede matricular asignaturas de varios planes de estudio en los casos de desnivelación y/o aprobación, previa autorización del decano de Facultad. PARÁGRAF ARÁGRAFO 4: En todos los casos la oferta curricular estará basada en el plan de estudios registrado en el MEN. PARÁGRAF ARÁGRAFO 5: El proceso de administración, ajuste y actualización del plan de estudios estará a cargo del Comité Curricular según el Proyecto Educativo de la Facultad. De igual manera opera en la Facultad un Comité de Autoevaluación y Autorregulación que desarrolla procesos con fines de acreditación. Los miembros de estos comités son docentes designados por el Decano de Facultad para cada semestre lectivo, con visto bueno del Decano de División. 14

15 ARTÍCULO 3. Oferta de educación continuada. PARÁGRAF ARÁGRAFO: El Consejo de Facultad podrá aprobar el diseño de diplomados y cursos cuando las necesidades lo ameriten, y proponerlos a las instancias superiores de acuerdo con los reglamentos de la Universidad. ARTÍCULO 4. Oferta de programas de posgrado Los programas de posgrados ofertados por la Facultad son los siguientes: Especialización en Gerencia de Instituciones de Seguridad Social en Salud Especialización en Finanzas Públicas Maestría en Administración de Empresas. PARÁGRAF ARÁGRAFO. El Consejo de Facultad podrá aprobar el diseño de programas de posgrado cuando las necesidades lo ameriten, y proponerlos a las instancias superiores de acuerdo a los reglamentos de la Universidad. 15

16

17 TÍTULO III INGRESO A LA UNIVERSIDAD ARTÍCULO 6. Selección (Artículo 10 del R.E.) Además de los requisitos contemplados en el Artículo 10 del General, el aspirante deberá: Aprobar la entrevista de admisión que para el efecto ha establecido la Universidad a través del Departamento de Admisiones. Se entiende aprobada la entrevista cuando se obtenga una calificación equivalente a la nota aprobatoria de las asignaturas. El puntaje mínimo en las áreas de interés de cada carrera, será el definido en la política de admisiones de la Seccional. PARÁGRAF ARÁGRAFO: El Rector, o el Decano de la División delegado por el Rector, en casos especiales, autorizará el ingreso de aspirantes que no cumplan requisitos para su admisión. 17

18 ARTÍCULO 7. Derechos de los estudiantes (Artículo 7, Numeral 7 y Artículo 38 del R. E.). El Decano de Facultad asignará los docentes y el número de horas para la realización de tutorías, de acuerdo a las directrices de las directivas académicas de la Universidad. Los docentes asignados identificarán los estudiantes que requieren acompañamiento en su proceso de enseñanza-aprendizaje y a la vez definirán un plan de trabajo, comprometiéndose a entregar al final del semestre un informe sobre el proceso. 18 ARTÍCULO 8. Admisión (Artículo 11 Numeral 4 en concordancia con el Artículo 10 del R.E.). Además de los requisitos contemplados en el Artículo 11 del General, el aspirante deberá: Aprobar la entrevista de admisión que para el efecto ha establecido la Universidad a través del Departamento de Admisiones. Se entiende aprobada la entrevista cuando se obtenga una calificación equivalente a la nota aprobatoria de las asignaturas. El aspirante deberá cumplir con los requisitos exigidos por la Universidad. No requiere presentar pruebas de tipo académico pero se sugiere que en la inducción de los neotomasinos, en coordinación con los departamentos docentes vinculados al proceso, desarrolle temáticas en las áreas de interés de la Facultad: Matemáticas, Lenguaje y Sociales.

19 ARTÍCULO 9. Admisión por transferencia externa (Parágrafo del Artículo 12 del R.E.). PARÁGRAF ARÁGRAFO: Requisitos para transferencias de programas no acreditados a programas acreditados con alta calidad: Además de lo contemplado en el Artículo 14 del General Estudiantil, los aspirantes deberán presentar y aprobar la prueba que para cada caso sea diseñada por la Facultad. ARTÍCULO 10. Condiciones de las transferencias. Casos especiales de homologación (Artículo 14 del R.E.). La Facultad acoge lo dispuesto en el Artículo 14 del Estudiantil. Y se le adiciona lo siguiente: En caso de transferencias internas se tendrán en cuenta las siguientes disposiciones: a. Las materias serán homologadas cuando sus contenidos temáticos sean similares, el número de créditos académicos o intensidad horaria sean iguales o superiores y hayan sido aprobadas en la Facultad de origen de conformidad con lo establecido en el General. b. Cuando se trate de transferencias entre programas (iguales) podrán homologarse más del cincuenta por ciento (50%) de los créditos o asignaturas aprobadas en el programa de origen. 19

20 ARTÍCULO 11. Reintegro (Artículo. 16, Numeral 1 del R.E.). Los estudiantes que han permanecido fuera de la Universidad y soliciten su reintegro se sujetarán a las siguientes reglas: a. Cuando el estudiante ha permanecido por fuera de la Universidad por un tiempo equivalente hasta la mitad de duración de la carrera y no haya terminado su plan de estudio, en caso de ser aprobado su reintegro, debe acogerse al plan de estudios asignado por el Consejo de Facultad. b. Cuando el término de permanencia por fuera de la Universidad oscile entre la mitad y el total de duración de la carrera y no haya terminado su plan de estudio, en caso de ser aprobado su reintegro, deberá acogerse al plan de estudios asignado por el Consejo de Facultad y cumplir con las actividades de actualización y/o suficiencia que determine el Consejo de Facultad. c. Cuando el estudiante haya permanecido por fuera de la Universidad un término superior al del plan de estudios vigente y no haya terminado su plan de estudio, deberá reiniciar sus estudios como estudiante nuevo. PARÁGRAF ARÁGRAFO: Cuando el tiempo de duración de la carrera corresponda a semestres impares la contabilización de los términos será aproximada al número del semestre superior. 20

21 TÍTULO IV MATRÍCULA ARTÍCULO 12. Carga académica para estudiantes que perdieron asignaturas (Artículo 23, no. 2.2 del R.E.). Las asignaturas perdidas deberán ser cursadas obligatoriamente en el siguiente semestre, siempre y cuando el promedio así lo permita. Cuando repruebe tres (3) asignaturas o más, el Consejo de Facultad analizará su situación académica y decidirá sobre su continuidad o exclusión temporal. ARTÍCULO 13. Procesos de inscripción de cursos y asignaturas (Artículo 24 del R.E.). - La Facultad acoge el procedimiento dispuesto por la Universidad. ARTÍCULO 14. Adición o cancelación de asignaturas (Parágrafo, Artículo 25 del R.E). El Consejo de Facultad determinará según la situación particular del estudiante, con las condiciones expuestas en el Artículo 25 del R.E. 21

22

23 TÍTULO V RÉGIMEN ACADÉMICO ADÉMICO CAPÍTULO I PROCESOS DE ENSEÑANZA APRENDIZAJE Y PLANES DE ESTUDIO ARTÍCULO 15. Organización de los planes de estudio (Artículo 32 y 33 del R.E.). La Facultad sigue lo dispuesto en el reglamento estudiantil. 23

24 CAPÍTULO II SISTEMA DE CRÉDITOS ARTÍCULO 16. Sistema de créditos académicos (Artículo 34 del R.E.). La Facultad se acoge a lo dispuesto en el Estudiantil. ARTÍCULO 17. Número mínimo y máximo de créditos por semestre (Artículo. 35 del R.E). El número máximo de créditos que se podrá matricular en un semestre será de diez y ocho (18) y el número mínimo será de nueve (9) créditos. 24 El Decano de División o de Facultad podrá autorizar un número mayor de créditos por situación motivada, en especial para promedios acumulados mayores de cuatro punto dos (4.20). PARÁGRAF ARÁGRAFO: Para plan de estudios diferente al de créditos académicos, el mínimo de créditos es de diez y seis (16) y el máximo lo autoriza el Decano de División o de Facultad por situación motivada, sin exceder de treinta y nueve (39), caso para el cual requiere autorización de Consejo de Facultad.

25 ARTÍCULO 18. Proceso de transición para la adopción del sistema de créditos, para los programas del régimen antiguo (Parágrafo Artículo 35 del R.E.) Los estudiantes del plan antiguo con asignaturas pendientes por cursar y no programadas para el periodo académico, el Decano de División o de Facultad podrá autorizar matricular asignaturas sustitutivas del plan de créditos académicos. Los estudiantes que cursen asignaturas combinadas del plan de créditos académicos y planes de régimen antiguo, el Decano de Facultad determinará el número de créditos y asignaturas para cursar, previo visto bueno del Decano de División. CAPÍTULO III PROMEDIOS Y EXCLUSIONES ARTÍCULO 19. Exclusión temporal por bajo rendimiento (Artículo 40 Parágrafo del R.E.) El estudiante deberá obtener un promedio mínimo de tres punto tres (3.30) ponderado en cada semestre para continuar sus estudios, caso contrario quedará en periodo de prueba (condicional), comprometiéndose a mejorar su rendimiento académico en el siguiente semestre. Si persiste el bajo rendimiento, será excluido por un semestre al cabo del cual podrá solicitar al Consejo de la Facultad su reintegro. Si reincide en el bajo rendimiento será excluido de la Universidad. 25

26 PARÁGRAF ARÁGRAFO: El estudiante que una vez finalizado su último semestre no tenga el promedio ponderado de tres punto tres (3.30) deberá solicitar al Consejo de la Facultad una solución para acceder a su graduación. El Consejo podrá optar por cursos especiales en asignaturas de posgrados, en diplomados o un trabajo académico coordinado por un docente, durante un semestre. ARTÍCULO 20. Asignaturas reprobadas (Artículo 41 del R.E.). El estudiante que repruebe tres asignaturas o más, el Consejo de Facultad estudiará su situación particular. 26 ARTÍCULO 21. Asignaturas en cursos intersemestrales (Artículo 42 del R.E.). Podrán adelantarse en curso ínter-semestral las asignaturas que reúnan los siguientes requisitos: a. Cuando se trate de repetir las materias perdidas o nivelar las atrasadas: 1. Que la materia sea habilitable 2. Que la materia no sea práctica 3. Que el estudiante no haya sido excluido 4. Que la intensidad horaria de la asignatura no sea superior a cuatro (4) horas semanales.

27 5. Que se cumpla con el número mínimo y máximo de estudiantes establecido por el Consejo Administrativo y Financiero particular. b. Cuando se trate de adelantar materias programadas en niveles superiores: 1. El estudiante deberá tener promedio ponderado acumulado mínimo de tres punto ocho (3.8). 2. Que esté de acuerdo con los prerrequisitos establecidos en el plan de estudios 3. Que la intensidad horaria de la asignatura no sea superior a cuatro (4) horas semanales. 4. Que se cumpla con el número mínimo y máximo de estudiantes establecido por el Consejo Administrativo y Financiero particular. PARÁGRAF ARÁGRAFO PRIMERO: En ningún caso un estudiante podrá cursar más de un (1) curso ínter-semestral en el mismo período. PARÁGRAF ARÁGRAFO SEGUNDO: La intensidad horaria del curso ínter-semestral será de tres (3) horas diarias. PARÁGRAF ARÁGRAFO TERCER CERO: En casos excepcionales el Consejo de Facultad podrá autorizar la realización de cursos ínter-semestrales para asignaturas con intensidad horaria superior a la señalada en este Artículo. 27

28 28 ARTÍCULO 22. Intercambio académico. Pasantías (Artículo 43 del R.E.) 22.1 La pasantía como práctica profesional tendrá el siguiente procedimiento: El estudiante cursará la práctica profesional o pasantía en el noveno (9) semestre. Aprobar todas las asignaturas del plan de estudios hasta octavo (8) semestre. El Consejo de Facultad analizará los casos particulares cuando se trate de una (1) o dos (2) asignaturas pendientes. La práctica o pasantía comprende un (1) período de un (1) semestre lectivo. La pasantía será orientada por un Docente Coordinador, quien exigirá al estudiante informes como requisito para obtener la calificación. El estudiante puede seleccionar la empresa, pero esta debe ser aprobada por el Decano de Facultad. Áreas para desarrollar la pasantía: Económica Administrativa Financiera Planeación y Desarrollo Regional

29 Investigación y Consultoría Económica Negocios Internacionales Para el caso de práctica profesional que no corresponda a intercambio académico, además del procedimiento señalado en el presente Artículo, el estudiante la cursa orientada por un Coordinador de Práctica dentro del territorio nacional, excepto los autorizados por el Consejo de Facultad. La duración es de un (1) semestre académico normal y el promedio ponderado es el mínimo exigido por la Universidad. El Consejo de Facultad podrá convalidar la Práctica Profesional incluido el caso de estudiantes que durante un (1) año hayan desarrollado proyección social en el área económica y en convenio con instituciones del orden gubernamental o privado. PARÁGRAF ARÁGRAFO: Para los casos de intercambio que no correspondan a Práctica Profesional, el Consejo de Facultad analizará cada caso particular para efectos de homologación de asignaturas y continuación del programa Intercambio académico Los casos de intercambio académico de los estudiantes serán previamente autorizados por el Consejo de Facultad y se regirán en cada caso por los convenios suscritos entre la Universidad y la entidad en la cual se cumpla el intercambio siempre de acuerdo a lo contemplado en el General y el particular. 29

30 El promedio acumulado requerido para participar en programas de intercambio académico será igual o superior a tres punto cinco (3.5) exceptuados los casos en los que el Consejo de Facultad o el convenio que sustenta el intercambio exija uno superior. PARÁGRAF ARÁGRAFO: En los casos de convenios de doble titulación se estará a lo contemplado en ellos en lo referente a estudios mínimos y máximos cursados en la Universidad Santo Tomás. 30

31 TÍTULO VI MODALID ALIDADES ADES DE EVAL ALUACIÓN CIÓN,, EXÁMENES Y CALIFIC ALIFICACIONES. CIONES. CAPÍTULO I EVALUACIONES ARTÍCULO 23. Examen de suficiencia (Artículo 51 del R.E.). La nota aprobatoria del examen de suficiencia será de cuatro punto tres (4.3). ARTÍCULO 24. Habilitación (Artículo 57 del R.E.) No son habilitables: Microeconomía II, Microeconomía III, Macroeconomía II, Macroeconomía III, Desarrollo Económico, Economía Monetaria, Política Fiscal y Seminarios de Énfasis. El estudiante presentará el examen, en las fechas programadas por la Universidad. 31

32 PARÁGRAF ARÁGRAFO: Cuando el estudiante pierda más de dos (2) asignaturas, no podrá habilitar ninguna y deberá repetir las perdidas en el semestre siguiente, de acuerdo a lo decidido por el Consejo de Facultad. CAPÍTULO II CALIFICACIONES ARTÍCULO 25. Revisión de las calificaciones (Artículo 61 del R.E) PARÁGRAF ARÁGRAFO: Los cambios de calificaciones autorizados por el Decano de División, se efectuarán previa comprobación de los siguientes requisitos: a. En caso de enfermedad comprobada el estudiante deberá presentar junto con la incapacidad correspondiente, la valoración efectuada por el médico de la Universidad sobre la epicrisis o historia médica. b. En los casos de ausencia del estudiante en comisiones, pasantías externas, trabajos por fuera de la Universidad o similares, deberán autorizarse previamente por el Consejo de Facultad. c. En los casos de calamidad doméstica debidamente comprobada. 32

33 Los cambios de nota podrán efectuarse en los siguientes tiempos: Si se trata de cambio de notas de primer avance, hasta antes de la fecha límite para la publicación de notas del segundo. Si se trata de cambio de notas de segundo avance, hasta antes de la fecha límite para la publicación de notas del tercero. Si se trata de cambio de notas de tercer avance, hasta antes de la fecha límite para la publicación de notas del examen final. Si se trata de cambio de notas del examen final y habilitaciones, hasta antes de la fecha límite para la publicación de notas de las habilitaciones. Si se trata de cambio de notas de habilitaciones hasta las fechas establecidas por la Seccional para el inicio de los procesos de su matrícula para el siguiente periodo. 33

34

35 TÍTULO VII OPCIONES DE GRADO Y REGLAMENTO DE GRADO CAPÍTULO I OPCIONES DE GRADO ARTÍCULO 26. Opciones de grado (Artículo 76 y 78 del R.E.). Serán opciones de grado: 1. Presentación y aprobación de los exámenes preparatorios. 2. Presentación de trabajos de investigación que responda a una de las líneas definidas por la Facultad o trabajo de investigación fruto de una práctica o pasantía de acuerdo a los parámetros definidos por la Facultad. Para casos especiales el Consejo de Facultad podrá autorizar como opción de grado, los cursos especiales de grado. 35

36 La opción tomada por el estudiante deberá ser cumplida dentro de los dos (2) años siguientes a la terminación de los estudios de conformidad con el plan correspondiente. ARTÍCULO 27. Plazo para graduación. (Artículo 76 del R.E.) El estudiante que no hubiese cumplido su opción de grado dentro de los dos (2) años siguientes a la culminación de los estudios de conformidad con el plan correspondiente, deberá cumplir con la opción escogida y con los requisitos adicionales que para cada caso en particular sean definidos por el respectivo Consejo de Facultad. ARTÍCULO 28. Opción de grado para programas inactivos (Artículo 77 del R.E.) Las opciones son: Examen preparatorio y curso especial de grado. 36 El plazo máximo será de un (1) año, a partir de la fecha de aprobación por parte del Consejo de Facultad. ARTÍCULO 29. Calificación de las opciones de grado (Artículo 78 del R.E.) La nota mínima aprobatoria de los preparatorios será de tres punto cinco (3.5) El trabajo de investigación presentado por el estudiante deberá tener concepto favorable del Comité de Trabajo de Grado de la Facultad y del respectivo director para proceder a su sustentación.

37 La calificación del trabajo de grado en su sustentación podrá ser: Laureado: Nota de cinco cero (5.0) para trabajos de gran calidad que demuestran excelencia en la síntesis de las capacidades y competencias inherentes a la profesión. Meritorio: Nota entre cuatro punto cinco y cuatro punto nueve ( ) para trabajos sobresalientes en la síntesis de las capacidades y competencias inherentes a la profesión. Aprobado: Nota entre tres punto cinco y cuatro punto cuatro ( ) para trabajos aceptables en el logro de la síntesis de las capacidades y competencias inherentes a la profesión. Aplazado: Nota inferior a tres punto cinco (3.5) para trabajos que deben corregirse, adicionarse o reorientarse en alguna de sus partes y/o la sustentación correspondiente es considerada por los jurados como deficiente. El plazo máximo que otorgará el jurado es de seis (6) meses, para que se realicen las correcciones, adiciones o reorientaciones. Rechazado: Cuando habiendo sido aplazado el trabajo, no se hubiesen hecho las correcciones, adiciones o reorientaciones dentro del término establecido por los jurados, o cuando la nueva sustentación se haya considerado nuevamente como deficiente. Anulado: Cuando se compruebe plagio del trabajo. 37

38 CAPÍTULO II REGLAMENTO DE GRADO ARTÍCULO 30. Requisitos de grado. (ARTÍCULO 83 del R.E) Son requisitos académicos para obtener el título profesional, además de los establecidos en el General los siguientes: 1. Presentar y aprobar; los exámenes preparatorios establecidos por el Consejo de Facultad en cualquiera de las modalidades o el trabajo de grado. 2. Presentar examen de suficiencia en un idioma extranjero en los términos contemplados en el Artículo 33, Parágrafo 3, No.2. 38

39 TÍTULO VIII ESTÍMULOS Y DISTINCIONES ARTÍCULO 31. Concepto, estímulos y distinciones (ARTÍCULO 107 del R.E) 31.1 Concepto Hacer remisión al reglamento de auxilios educativos y a las resoluciones de Rectoría Seccional en las que se establecieron las condiciones para otorgar las distinciones, que son acogidas por todas las Facultades de la Seccional. ARTÍCULO 32. Distinciones, monitorías (Artículo 112, Numeral 3 del R.E.) Requisitos para ser monitor, auxiliar de docente, pérdida de la calidad y funciones Requisitos a. Que la nota aprobatoria de la asignatura para la cual aspire a ser monitor sea igual o superior a cuatro punto cero (4.0). 39

40 b. Que el promedio ponderado hasta el semestre anterior sea igual o superior a tres punto siete (3.7). c. Que haya cursado y aprobado el curso que para el efecto diseñe y ofrezca la Universidad. d. Que no haya sido sancionado disciplinariamente La calidad de monitor se pierde: a. Por la pérdida de la calidad de estudiante. b. Cuando se sancione disciplinariamente. c. Cuando el Consejo de Facultad así lo determine de acuerdo al concepto del rendimiento por parte del docente. d. Cuando su promedio acumulado sea inferior al requerido Las funciones del monitor: El Monitor colaborará con el docente en las siguientes actividades: a. Preparación y desarrollo de los contenidos de la asignatura. b. Diseño, elaboración y aplicación del material de apoyo para las actividades académicas.

41 c. Apoyo a los estudiantes en las prácticas de la asignatura. d. Aplicación de evaluaciones. e. Orientación del trabajo independiente de los estudiantes, particularmente de los que tengan dificultades académicas. El presente fue aprobado en sesión del Consejo de Facultad de Economía celebrado el 13 de diciembre de 2006 según acta N. 226, por el Consejo Académico Particular en sesión celebrada el 14 de diciembre de 2006 según Acta No. 137 del 14 de diciembre de 2006; por el Consejo Directivo de la Seccional de Bucaramamanga en sesión celebrada el día 20 de febrero del 2007 según Acta No y por el Consejo Superior de la Universidad Santo Tomás mediante Acuerdo No. 5 del 9 de abril de

42 Impreso noviembre de 2007

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS 1. PREÁMBULO En cumplimiento del Artículo 116 del Reglamento Estudiantil de Pregrado de la Universidad Santo Tomás, aprobado por el Consejo Académico

Más detalles

REGLAMENTO PARTICULAR

REGLAMENTO PARTICULAR REGLAMENTO PARTICULAR División de Ciencias Económicas, Administrativas y Contables FACULTAD DE CONTADURÍA PÚBLICA PERSONERÍA JURÍDICA 3645 DEL 6 DE AGOSTO DE 1965 - VIGILADA MINEDUCACIÓN REGLAMENTO PARTICULAR

Más detalles

NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI

NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI NORMAS COMPLEMENTARIAS AL REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE POSGRADO PARA LOS PROGRAMAS QUE SE IMPARTEN EN LA FACULTAD DE DERECHO, CAMPUS MEXICALI CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Las presentes

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 069 Abril 23 de 2015

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 069 Abril 23 de 2015 Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN No. 069 Abril 23 de 2015 Por la cual se ajusta el currículo de los programas académicos de MAESTRÍA EN INGENIERÍA EL CONSEJO ACADEMICO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TUNJA

REGLAMENTO INTERNO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TUNJA REGLAMENTO INTERNO FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS TUNJA Aclaraciones al reglamento general, adaptadas al funcionamiento interno del programa. CO- Contenido TITULO II... 3 DEL REGLAMENTO

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE REINGRESO, TRASLADO Y TRANSFERENCIA EXTERNA CONTROL DE CAMBIOS

PROCEDIMIENTO DE REINGRESO, TRASLADO Y TRANSFERENCIA EXTERNA CONTROL DE CAMBIOS Página 1 de 6 CONTROL DE CAMBIOS FECHA VERSIÓN DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO 28-OCT-2015 01 Versión Inicial Se modifica el termino Reintegro por Reingreso de acuerdo con el Reglamento estudiantil, Acuerdo 012

Más detalles

RESOLUCIÓN DE RECTORÍA No. R Mayo 12 de 2014

RESOLUCIÓN DE RECTORÍA No. R Mayo 12 de 2014 RESOLUCIÓN DE RECTORÍA No. R- 2014-005 Mayo 12 de 2014 Por la cual se redefinen normas para la elaboración, presentación y evaluación de Trabajos de grado de la Universidad de San Buenaventura- Bogotá,

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO

REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO REGLAMENTO DE ADMISION Y MATRÍCULA ALUMNOS PREGRADO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas de admisión y matrícula para las carreras de Pregrado que imparte

Más detalles

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales

Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Universidad del Salvador Facultad de Ciencias de la Administración Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Especialización en Gestión de Organizaciones con Fines Sociales Reglamento

Más detalles

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO 1256 ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS PARA MAESTRIAS EN MODALIDAD PRESENCIAL- FORMATO EJECUTIVO La ESPAE, mediante resolución No. 82-11-369, creó el

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 080 Junio 5 de 2014

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN No. 080 Junio 5 de 2014 Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN No. 080 Junio 5 de 2014 Por la cual se establece el currículo DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE MAESTRÍA EN INGENIERÍA EL CONSEJO ACADÉMICO

Más detalles

REGLAMENTO ESTUDIANTIL TRANSITORIO PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO CONVENIO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVAR - INSTITUTO TECNOLÓGICO COMFENALCO

REGLAMENTO ESTUDIANTIL TRANSITORIO PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO CONVENIO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVAR - INSTITUTO TECNOLÓGICO COMFENALCO REGLAMENTO ESTUDIANTIL TRANSITORIO PARA ESTUDIANTES DE PREGRADO CONVENIO UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE BOLÍVAR - INSTITUTO TECNOLÓGICO COMFENALCO Este documento fue aprobado por el Consejo Académico de la

Más detalles

ACUERDO DE CONSEJO ACADÉMICO. No 12. (22 de julio de 2015)

ACUERDO DE CONSEJO ACADÉMICO. No 12. (22 de julio de 2015) ACUERDO DE CONSEJO ACADÉMICO No 12 (22 de julio de 2015) POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO No 25 DEL 26 DE OCTUBRE DE 2005 QUE REGLAMENTA LOS TRABAJOS DE GRADO PARA TODOS LOS PROGRAMAS DE PREGRADO

Más detalles

UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI VIGILADA MINEDUCACIÓN

UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI VIGILADA MINEDUCACIÓN UNIVERSIDAD DE SAN BUENAVENTURA CALI VIGILADA MINEDUCACIÓN Introducción El presente instructivo explica la naturaleza, el sentido y las diversas modalidades de la BECA UNIVERSITARIA, programa implementado

Más detalles

ACUERDO No. 15 (Diciembre 4 de 2002) (Modificado Acuerdo No. 02 de Mayo 7 de 2003) (Modificado Acuerdo No. 02 de Octubre 9 de 2007)

ACUERDO No. 15 (Diciembre 4 de 2002) (Modificado Acuerdo No. 02 de Mayo 7 de 2003) (Modificado Acuerdo No. 02 de Octubre 9 de 2007) ACUERDO No. 15 (Diciembre 4 de 2002) (Modificado Acuerdo No. 02 de Mayo 7 de 2003) (Modificado Acuerdo No. 02 de Octubre 9 de 2007) Por el cual se reforma el Acuerdo No 14 de 1997 que reglamenta los exámenes

Más detalles

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS

REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS REGLAMENTO DE LA FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS 1. PREÁMBULO En cumplimiento del Artículo 116 del Reglamento Estudiantil de Pregrado de la Universidad Santo Tomás, aprobado por el Consejo Académico

Más detalles

ACUERDO NO. 037 DE 2.013 DEL CONSEJO DIRECTIVO REGLAMENTO DE OPCIONES DE GRADO.

ACUERDO NO. 037 DE 2.013 DEL CONSEJO DIRECTIVO REGLAMENTO DE OPCIONES DE GRADO. ACUERDO NO. 037 DE 2.013 DEL CONSEJO DIRECTIVO REGLAMENTO DE OPCIONES DE GRADO. CAPÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1. OBJETO. El Presente reglamento tiene como objeto establecer y regular

Más detalles

COOPERATIVA DE EMPLEADOS DEL SECTOR ENERGETICO COLOMBIANO CEDEC

COOPERATIVA DE EMPLEADOS DEL SECTOR ENERGETICO COLOMBIANO CEDEC 1 RESOLUCION No. 149 AUXILIO EDUCATIVO QUE CEDEC OTORGA A SUS ASOCIADOS Y APORTE SOLIDARIO EDUCATIVO PRUEBAS ICFES Del 25 de Junio de 2010 El Consejo de Administración de la Cooperativa de Empleados del

Más detalles

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL INSTITUTO TECNOLÒGICO DE COSTA RICA Y SUS REFORMAS

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DEL INSTITUTO TECNOLÒGICO DE COSTA RICA Y SUS REFORMAS Artículo 1 Capítulo 1 DEL OBJETIVO Se establece el presente Reglamento para normar la gestión administrativa de la admisión, para estudiantes regulares y especiales del Instituto Tecnológico de Costa Rica

Más detalles

Normativa de Intercambio Académico para estudiantes de Pregrado

Normativa de Intercambio Académico para estudiantes de Pregrado Normativa de Intercambio Académico para estudiantes de Pregrado Dirección de Cooperación Académica e Internacionalización Nicaragua, 2011 Introducción La Universidad Centroamericana (UCA), interesada en

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES TITULO III REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CIENCIA POLÍTICA MENCIONES GOBIERNO Y POLÍTICAS PÚBLICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES Artículo 1º TITULO I De las Normas Generales El presente Reglamento establece las

Más detalles

CIRCULAR EN MATERIA DE NORMAS ACADÉMICAS Y FINANCIERAS POSGRADOS FACULTAD DE ECONOMÍA PRIMER SEMESTRE DE 2019

CIRCULAR EN MATERIA DE NORMAS ACADÉMICAS Y FINANCIERAS POSGRADOS FACULTAD DE ECONOMÍA PRIMER SEMESTRE DE 2019 CIRCULAR EN MATERIA DE NORMAS ACADÉMICAS Y FINANCIERAS POSGRADOS FACULTAD DE ECONOMÍA PRIMER SEMESTRE DE 2019 Se les solicita a todos los estudiantes leer cuidadosamente la totalidad de este documento.

Más detalles

ACUERDO 026 DE (Acta 03 de marzo 26)

ACUERDO 026 DE (Acta 03 de marzo 26) ACUERDO 026 DE 2012 (Acta 03 de marzo 26) "Por el cual se definen los criterios para la reglamentación de la asignatura Trabajo de Grado de los programas de pregrado de la Universidad Nacional de Colombia

Más detalles

CONSEJO DE FACULTAD. RESOLUCIÓN No. 204 Diciembre 9 de 2009

CONSEJO DE FACULTAD. RESOLUCIÓN No. 204 Diciembre 9 de 2009 CONSEJO DE FACULTAD RESOLUCIÓN No. 204 Diciembre 9 de 2009 Por la cual se establece el REGLAMENTO INTERNO de los Programas Académicos de Pregrado de la Facultad de Salud. El Consejo de la Facultad de Salud,

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL DE PREGRADO. Acuerdo 01 de 2010

REGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL DE PREGRADO. Acuerdo 01 de 2010 REGLAMENTO GENERAL ESTUDIANTIL DE PREGRADO Acuerdo 01 de 2010 CAPÍTULO VIII CURSOS, EVALUACIÓN Y CALIFICACIONES a)regulares Ofrecidos bajo modalidad presencial y/o a distancia. Desarrollan el contenido

Más detalles

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento.

Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos Estos requisitos aplican a los planes de estudio de las cinco maestrías del Programa con sus respectivos campos de conocimiento. Requisitos de ingreso Los aspirantes a ingresar a alguna de las

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DE TRABAJOS DE GRADO DE PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO Revisó: Vicerrector Académico Subdirectora Académica Instituto de Proyección Regional y Educación a distancia Director de Admisiones y Registro Académico Coordinador de Registro Académico Profesional Vicerrectoría

Más detalles

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México

Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México Lineamiento de Educación Media Superior a Distancia de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR A DISTANCIA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA

Más detalles

VICERRECTORÍA ACADÉMICA Resolución No. 23 de 2007 (Octubre 31) Por la cual se establece EL MANUAL DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE LENGUAS

VICERRECTORÍA ACADÉMICA Resolución No. 23 de 2007 (Octubre 31) Por la cual se establece EL MANUAL DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE LENGUAS UNIVERSIDAD DE LA SALLE VICERRECTORÍA ACADÉMICA Resolución No. 23 de 2007 (Octubre 31) Por la cual se establece EL MANUAL DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE LENGUAS EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD

Más detalles

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MODALIDAD PRESENCIAL

ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MODALIDAD PRESENCIAL 1254 ESCUELA DE POSTGRADO EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS ESPAE ESPOL REGLAMENTO DE ESTUDIOS MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MODALIDAD PRESENCIAL La ESPAE mediante resolución No. 82-11-369 creó el

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES POSTGRADO EN EN FINANZAS CORPORATIVAS UNIDAD ACADÉMICA PROGRAMA RESPONSABLE DESTINATARIOS LUGAR DURACIÓN: COSTO

Más detalles

FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA

FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA FORTALECIMIENTO DE LOS PROGRAMAS DE DOCTORADO APOYOS FINANCIEROS PARA ESTUDIANTES DE PROGRAMAS DE DOCTORADO CONVOCATORIA 2014-2015 Fecha de apertura de la convocatoria: 10 de octubre de 2014. Fecha de

Más detalles

1.06. y que a juicio de las unidades académicas de las Universidades, tengan credenciales suficientes y/o experiencia laboral.

1.06. y que a juicio de las unidades académicas de las Universidades, tengan credenciales suficientes y/o experiencia laboral. REPÚBLICA DE VENEZUELA, CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES SECRETARIADO PERMANENTE, Nro. 49, Caracas, 18 de septiembre de 1996 El Consejo Nacional de Universidades en uso de las atribuciones que le confiere

Más detalles

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso )

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso ) NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN FINANZAS (Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16) (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada el 29

Más detalles

internacionales asignados. Apoyo en promover proyectos de cooperación internacional no reembolsable Otras actividades que le asigne su jefe inmediato

internacionales asignados. Apoyo en promover proyectos de cooperación internacional no reembolsable Otras actividades que le asigne su jefe inmediato PROCESO CAS N 440-2015-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE SERVICIOS DE UN ESPECIALISTA PARA LA OFICINA DE COOPERACION INTERNACIONAL PARA OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

Más detalles

4.5 Curso de adaptación (Retitulación) al Grado en Contabilidad y Finanzas. El curso de adaptación (retitulación) al grado fue aprobado por la

4.5 Curso de adaptación (Retitulación) al Grado en Contabilidad y Finanzas. El curso de adaptación (retitulación) al grado fue aprobado por la 4.5 Curso de adaptación (Retitulación) al Grado en Contabilidad y Finanzas 4.5.1 Fechas de aprobación El curso de adaptación (retitulación) al grado fue aprobado por la 4.5.2 Justificación de la propuesta

Más detalles

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL CONSEJO SUPERIOR. ACUERDO No. 132 (Abril 16 de 2010)

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL CONSEJO SUPERIOR. ACUERDO No. 132 (Abril 16 de 2010) FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE SAN GIL UNISANGIL CONSEJO SUPERIOR ACUERDO No. 132 (Abril 16 de 2010) POR EL CUAL SE ESTABLECE EL REGLAMENTO GENERAL DE GRADO DE PREGRADO EL CONSEJO SUPERIOR DE LA FUNDACIÓN

Más detalles

Reglamento General de Alumnos de Postgrado

Reglamento General de Alumnos de Postgrado Reglamento General de Alumnos de Postgrado Capítulo I Generalidades Artículo 1.- Los estudios de posgrado que imparte la Universidad Vasco de Quiroga se sujetarán a las disposiciones contenidas en el presente

Más detalles

SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN

SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN TÍTULO 1: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente reglamento establece un conjunto de normas especiales que regulan las prácticas y la titulación

Más detalles

Maestría en Políticas Públicas para el Desarrollo con Inclusión

Maestría en Políticas Públicas para el Desarrollo con Inclusión Maestría en Políticas Públicas para el Desarrollo con Inclusión REGLAMENTO DE TESIS Art. 1 Definición. Se denomina Tesis de Maestría al requisito académico final que deberá cumplir el maestrando de la

Más detalles

RESOLUCIÓN DE RECTORÍA S

RESOLUCIÓN DE RECTORÍA S RESOLUCIÓN DE RECTORÍA S.1.1-1274 POR LA CUAL SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE BECA UNIVERSITARIA, SE DEROGAN LA RESOLUCIÓN DE RECTORÍA No. S.1.1.-1.064 DEL 6 DE OCTUBRE DE 2014, LA DIRECTIVA VAF.24-004 DEL

Más detalles

en los programas de pregrado

en los programas de pregrado Política de Doble Programa en los programas de pregrado Vicerrectoría de Procesos Académicos Dirección de Currículo Universidad de La Sabana Campus del Puente del Común Km 7 Autopista Norte de Bogotá Chía,

Más detalles

REGISTRO Y CONTROL ACADEMICO

REGISTRO Y CONTROL ACADEMICO Hoja de Control de Actualizaciones del Documento VERSION FECHA DESCRIPCION DE LA MODIFICACION 01 05/05/2011 Se modifica el procedimiento con adición en numeral 4.1 e inclusión del numeral 4.3 y 4.4 02

Más detalles

CRITERIOS ACADÉMICOS. I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. II. Permanencia.

CRITERIOS ACADÉMICOS. I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. II. Permanencia. CRITERIOS ACADÉMICOS I. Inscripción de estudiantes de nuevo ingreso. Haber aprobado en su totalidad el plan de estudios del nivel medio superior. Haber sido aceptado por la Comisión de Ingreso. Realizar

Más detalles

PROCESO DE ADMISIÓN 2016-01 MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL INFORMACIÓN GENERAL:

PROCESO DE ADMISIÓN 2016-01 MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL INFORMACIÓN GENERAL: PROCESO DE ADMISIÓN 2016-01 MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL MAESTRÍA INTERDISCIPLINARIA INFORMACIÓN GENERAL: Nivel de Formación: Maestría Tipo de Plan de Estudios: Profundización Título:

Más detalles

FACULTAD DE ODONTOLOGIA. RESOLUCION DE CONSEJO DE FACULTAD No. 146 (Acta No.038 del 12 de diciembre de 2002) CONSIDERANDO: RESUELVE:

FACULTAD DE ODONTOLOGIA. RESOLUCION DE CONSEJO DE FACULTAD No. 146 (Acta No.038 del 12 de diciembre de 2002) CONSIDERANDO: RESUELVE: FACULTAD DE ODONTOLOGIA RESOLUCION DE CONSEJO DE FACULTAD No. 146 (Acta No.038 del 12 de diciembre de 2002) Por la cual se deroga la resolución 102 del Consejo de Facultad y se reglamentan los programas

Más detalles

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso )

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso ) NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN GESTIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS (Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16) (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la

Más detalles

~ Universidad del Valle

~ Universidad del Valle ~ Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCION No. 003 Enero 17 de 2017 "Por la cual se reglamenta una medida transitoria para titularse en los Programas Académicos de Pregrado"

Más detalles

FACULTAD DE FINANZAS, GOBIERNO Y RELACIONES INTERNACIONALES. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE POSGRADOS Especialización, maestría y doctorado

FACULTAD DE FINANZAS, GOBIERNO Y RELACIONES INTERNACIONALES. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE POSGRADOS Especialización, maestría y doctorado FACULTAD DE FINANZAS, GOBIERNO Y RELACIONES INTERNACIONALES MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE POSGRADOS Especialización, maestría y doctorado El presente Manual de Procedimientos rige para las especializaciones,

Más detalles

DIRECTRICES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DE LA ASIGNATURA TRABAJO FIN DE MÁSTER DE SUS TÍTULOS DE MÁSTER

DIRECTRICES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DE LA ASIGNATURA TRABAJO FIN DE MÁSTER DE SUS TÍTULOS DE MÁSTER DIRECTRICES DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PARA EL DESARROLLO DE LA ASIGNATURA TRABAJO FIN DE MÁSTER DE SUS TÍTULOS DE MÁSTER (Aprobadas en Consejo de Gobierno de 4 de marzo de 2013) El Real Decreto 1393/2007,

Más detalles

Universidad del Azuay. El Consejo Académico, considerando:

Universidad del Azuay. El Consejo Académico, considerando: Universidad del Azuay El Consejo Académico, considerando: Que, la Disposición Transitoria Quinta del Reglamento de Régimen Académico, al referirse a las normas para la titulación aplicables hasta que se

Más detalles

Exposición de Motivos:

Exposición de Motivos: El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión N 1980, Ordinaria, realizada el día siete del mes de octubre

Más detalles

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ REGLAMENTO ACADÉMICO DE ALUMNOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO EXPEDIDO EL DÍA

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA LA HOMOLOGACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE GRADO Y POSGRADO EN LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL - ESPOL

LINEAMIENTOS PARA LA HOMOLOGACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE GRADO Y POSGRADO EN LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL - ESPOL 4338 LINEAMIENTOS PARA LA HOMOLOGACIÓN Y ACREDITACIÓN DE ESTUDIOS DE GRADO Y POSGRADO EN LA ESCUELA SUPERIOR POLITÉCNICA DEL LITORAL - ESPOL De conformidad con lo dispuesto en los artículos, 62, 63 y 64

Más detalles

Instructivo de Procedimientos

Instructivo de Procedimientos Código del Manual de Marco: Elaborado por: 1 de 25 Revisado por: Aprobado por: Vicedecanatura Académica TABLA DE CONTENIDO 1. OBJETIVO... 3 2. ALCANCE... 3 3. DEFINICIONES... 3 3.1. EGRESADO... 3 3.2.

Más detalles

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 REGLAMENTO ACADÉMICO TÍTULO I NORMAS GENERALES Art. 1º El presente reglamento norma aquellos aspectos que dicen relación con las actividades

Más detalles

ESCUELA DE INGENIERÍA DE ANTIOQUIA

ESCUELA DE INGENIERÍA DE ANTIOQUIA ! CONSEJO ACADÉMICO ESCUELA DE INGENIERÍA DE ANTIOQUIA ACUERDO DE PREGRADO 06 6 de diciembre de 2013 Semestre de Proyectos Especiales SPE!! ! El Consejo Académico de la Escuela de Ingeniería de Antioquia

Más detalles

FACULTAD DE NEGOCIOS INTERNACIONALES REGLAMENTO DE OPCIONES DE GRADO

FACULTAD DE NEGOCIOS INTERNACIONALES REGLAMENTO DE OPCIONES DE GRADO FACULTAD DE NEGOCIOS INTERNACIONALES REGLAMENTO DE OPCIONES DE GRADO 1. GENERALIDADES Teniendo en cuenta que conforme a lo establecido en los Artículos 45 y 46 del Reglamento de la Facultad de Negocios

Más detalles

ACUERDO N DE OCTUBRE DE 2017 POR EL CUAL EL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MOVILIDAD INTERNACIONAL

ACUERDO N DE OCTUBRE DE 2017 POR EL CUAL EL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MOVILIDAD INTERNACIONAL ACUERDO N 018-17 30 DE OCTUBRE DE 2017 POR EL CUAL EL SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE MOVILIDAD INTERNACIONAL TABLA DE CONTENIDO TÍTULO I DE LAS DEFINICIONES... 3 CAPÍTULO 1º- Del programa de movilidad internacional...

Más detalles

TÍTULO QUINTO DE LOS ESTUDIANTES DEL INTERNADO ROTATORIO EN EL PROGRAMA DE MEDICINA CAPÍTULO I

TÍTULO QUINTO DE LOS ESTUDIANTES DEL INTERNADO ROTATORIO EN EL PROGRAMA DE MEDICINA CAPÍTULO I TÍTULO QUINTO DE LOS ESTUDIANTES DEL INTERNADO ROTATORIO EN EL PROGRAMA DE MEDICINA DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I Artículo 202: Para los estudiantes del programa de Medicina, en el año de Internado,

Más detalles

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de

Más detalles

RESUMEN DEL REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE POLITÓLOGO 1

RESUMEN DEL REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE POLITÓLOGO 1 UNIVERSIDAD DE LOS ANDES FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE CIENCIAS POLÍTICAS CÓDIGO 561 y 562 RESUMEN DEL REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE POLITÓLOGO 1 Monografía

Más detalles

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN

UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN UNIVERSIDAD DE LIMA REGLAMENTO DE ADMISIÓN 2017 ÍNDICE TÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES 3 Capítulo I Generalidades 3 Capítulo II Deberes del postulante 4 TÍTULO II DEL INGRESO A ESTUDIOS GENERALES 5 TÍTULO

Más detalles

PROCESO CAS N 743-2014-MC

PROCESO CAS N 743-2014-MC PROCESO CAS N 743-2014-MC CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA DE UN COORDINADOR DE NUEVAS TECNOLOGIAS VINCULADO AL PATRIMONIO CULTURAL E INDUSTRIAS CULTURALES ÁREA USUARIA PUESTO Viceministerio

Más detalles

DE LOS MONITORES-AUXILIARES PARA LA REVISTA ESTUDIANTIL POLÍTICA & ADMINISTRACIÓN 1. CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE UN (1) MONITOR-AUXILIAR

DE LOS MONITORES-AUXILIARES PARA LA REVISTA ESTUDIANTIL POLÍTICA & ADMINISTRACIÓN 1. CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE UN (1) MONITOR-AUXILIAR FACULTAD DE PREGRADO Programa de formación profesional en Administración Pública y Programa de formación profesional en Administración Pública Territorial DE LOS MONITORES-AUXILIARES PARA LA REVISTA ESTUDIANTIL

Más detalles

Reglamento de Prácticas

Reglamento de Prácticas Documento Institucional Reglamento de Prácticas Fundación Universitaria Cafam - Reglamento de Prácticas I Pag. 1 de 6 Reglamento de Prácticas El cual contiene las normas relacionadas con las prácticas

Más detalles

Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA

Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA Vigencia hasta el cierre de los planes de estudios previos a 2017 Para: Dirección Escuela de Psicología Referencia: Modificación

Más detalles

ACUERDO No. 023 DE DEL CONSEJO DIRECTIVO REGLAMENTO DE MOVILIDAD INTERNACIONAL

ACUERDO No. 023 DE DEL CONSEJO DIRECTIVO REGLAMENTO DE MOVILIDAD INTERNACIONAL ACUERDO No. 023 DE 2.015 DEL CONSEJO DIRECTIVO REGLAMENTO DE MOVILIDAD INTERNACIONAL CAPITULO I DE LA MOVILIDAD ACADÉMICA Artículo 1. Movilidad Académica: Situación académica en la cual un miembro de la

Más detalles

RESOLUCION No. 004 Enero 17 de "Por la cual se reglam.enta una medida transitoria para titularse en los Program.as Académicos de Posgrado"

RESOLUCION No. 004 Enero 17 de Por la cual se reglam.enta una medida transitoria para titularse en los Program.as Académicos de Posgrado ~ Universidad del Valle UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCION No. 004 Enero 17 de 2017 "Por la cual se reglam.enta una medida transitoria para titularse en los Program.as Académicos de Posgrado"

Más detalles

PROCESO DE ADMISIÓN 2015-01 MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL

PROCESO DE ADMISIÓN 2015-01 MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL PROCESO DE ADMISIÓN 2015-01 MAESTRÍA EN SEGURIDAD ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL INFORMACION GENERAL Nivel de Formación: Maestría Tipo de Plan de Estudios: Profundización Titulo: Maestría en Seguridad Alimentaria

Más detalles

RESOLUCION N 50 DE (27 de julio)

RESOLUCION N 50 DE (27 de julio) Código: D-LC-P03-F02 Versión: 03 Página 1 de 5 RESOLUCION N 50 DE 2010 (27 de julio) POR LA CUAL SE APRUEBA LA MODIFICACIÓN AL PLAN DE ESTUDIOS DEL PROGRAMA DE MAESTRÍA EN METALURGIA Y CIENCIA DE LOS MATERIALES

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO

PROCEDIMIENTO DE REGISTRO DE CALIFICACIONES NORMALES DEL PERÍODO EN PROGRAMAS ACADÉMICOS DE PREGRADO Revisó: Director de Admisiones y Registro Académico Coordinador de Registro Académico Profesional de Planeación Aprobó: Rector Página 1 de 9 Fecha de aprobación: Octubre 11 de 004 Resolución N 885 OBJETIVO

Más detalles

NORMAS QUE REGULAN EL PERIODO INTENSIVO VACACIONAL (PIV) EN LA UNEFA.

NORMAS QUE REGULAN EL PERIODO INTENSIVO VACACIONAL (PIV) EN LA UNEFA. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITECNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (UNEFA) VICERRECTORADO ACADEMICO NORMAS QUE REGULAN

Más detalles

Gobierno y Políticas Públicas

Gobierno y Políticas Públicas MAESTRÍA Gobierno y Políticas Públicas Código SNIES 9285 Maestría en Gobierno y Políticas Públicas Código SNIES 9285 Presentación La Maestría en Gobierno y Políticas Públicas ofrece una formación avanzada

Más detalles

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN

INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN REGLAMENTO DE TITULACION EN EL INSTITUTO TECNOLOGICO SUPERIOR DE ZAPOPAN 1 Disposiciones generales Artículo 1. El presente Reglamento establece las normas a que

Más detalles

ACUERDO No. 03 (Noviembre 10 de 2009) Modificado por los Acuerdos No. 6 de 2010 y No. 05 de 2011

ACUERDO No. 03 (Noviembre 10 de 2009) Modificado por los Acuerdos No. 6 de 2010 y No. 05 de 2011 ACUERDO No. 03 (Noviembre 10 de 2009) Modificado por los Acuerdos No. 6 de 2010 y No. 05 de 2011 Por el cual se adopta el nuevo Reglamento de Posgrados de la Corporación Universidad Libre. La H Consiliatura

Más detalles

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso )

(Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso ) NORMAS ACADÉMICAS DEL MÁSTER UNIVERSITARIO EN PROPIEDAD INTELECTUAL (Vigentes para aquellos alumnos que comenzaron el Máster antes del curso 2015-16) (Aprobadas por la Junta de Gobierno en la sesión celebrada

Más detalles

PROGRAMA DE APOYO UNIVERSITARIO REGLAMENTO BECAS. Capítulo I Misión, Visión y Objetivos del Reglamento 2. Capítulo II Beneficiarios 2

PROGRAMA DE APOYO UNIVERSITARIO REGLAMENTO BECAS. Capítulo I Misión, Visión y Objetivos del Reglamento 2. Capítulo II Beneficiarios 2 PROGRAMA DE APOYO UNIVERSITARIO REGLAMENTO BECAS Contenido Página Capítulo I Misión, Visión y Objetivos del Reglamento 2 Capítulo II Beneficiarios 2 Capítulo III Inscripción 3 Capítulo IV Admisión 3 Capítulo

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO PLAN DE ESTUDIOS 2011 PRESENTACIÓN En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 15 del Reglamento General para la Presentación, Aprobación

Más detalles

para su validez; Que desde el Ciclo Lectivo 2009 la jurisdicción se abocó al proceso de consulta

para su validez; Que desde el Ciclo Lectivo 2009 la jurisdicción se abocó al proceso de consulta RAWSON, 1 B D! C 2014 VISTO: El Expediente N 2614- ME - 13; y CONSIDERANDO: Que por el Expediente citado en el Visto, se tramita la aprobación del Régimen Académico Marco para los Institutos de Educación

Más detalles

CONVOCATORIA No. 49 Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana BECA R-I,

CONVOCATORIA No. 49 Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana BECA R-I, CONVOCATORIA No. 49 La Fundación Solidaria Universidad Pontificia Bolivariana tiene el gusto de convocar a los estudiantes de colegios de todo el país que deseen estudiar en la Universidad Pontificia Bolivariana,

Más detalles

3.1. REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y PROSECUCION DE ESTUDIOS DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA

3.1. REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y PROSECUCION DE ESTUDIOS DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD METROPOLITANA Consejo Académico. Reuniones N 386 y 387 22 de mayo de 2008 y 12 de junio de 2008 Consejo Superior. Reunión N 239 16 de junio de 2008 Reformado: Consejo Académico. Reunión N 436 13 de septiembre de 2012

Más detalles

INGRESOS ESPECIALES DEL REGLAMENTO ACADEMICO DE LA CARRERA DE DERECHO

INGRESOS ESPECIALES DEL REGLAMENTO ACADEMICO DE LA CARRERA DE DERECHO INGRESOS ESPECIALES IMPORTANTE: El plazo para presentar los antecedentes, para ingreso 2017, vence impostergablemente el 16 de diciembre del año 2016*. El formulario se retira y entrega en la Dirección

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA VICERRECTORADO ACADÉMICO DIRECTIVA N VRAC-UNAP

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA VICERRECTORADO ACADÉMICO DIRECTIVA N VRAC-UNAP UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA VICERRECTORADO ACADÉMICO DIRECTIVA N 004-2015-VRAC-UNAP PROGRAMACIÓN Y DESARROLLO DE EXAMEN DE APLAZADO Y EXAMEN DE APLAZADO EXCEPCIONAL EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Más detalles

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD REGLAMENTO PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD REGLAMENTO PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD REGLAMENTO PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS TABLA DE CONTENIDO CAPÍTULO I... 2 DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS... 2 CAPÍTULO II... 2 DE LA COMPETENCIA

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES (PROMOERPU)

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES (PROMOERPU) REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MOVILIDAD ESTUDIANTIL DE LA RED PERUANA DE UNIVERSIDADES (PROMOERPU) CAPÍTULO I OBJETO Artículo 1: El presente Reglamento tiene como objetivo brindar un marco normativo al Programa

Más detalles

REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA. TITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA. TITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente documento establece las normas básicas de la estructura, organización

Más detalles

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DE CIENCIAS DE LA SALUD REGLAMENTO PROGRAMA DE FORMACIÓN EN INGLÉS Con el objetivo de establecer directrices institucionales que permitan cumplir con el Programa Nacional de Bilingüismo 2004-2019 que el Ministerio de Educación

Más detalles

COLEGIO DE BACHILLERES

COLEGIO DE BACHILLERES COLEGIO DE BACHILLERES REGLAMENTO GENERAL DE INSCRIPCIONES, REINSCRIPCIONES Y EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Marzo, 2001 C O N T E N I D O Capítulo I. DISPOSICIONES GENERALES 3 Capítulo II. DEL INGRESO AL

Más detalles

REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA FACULTAD DE CIENCIA Y TECNOLOGIA. Capitulo I: De la organizacion y atribuciones

REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA FACULTAD DE CIENCIA Y TECNOLOGIA. Capitulo I: De la organizacion y atribuciones REGLAMENTO DE GRADUACION DE LA FACULTAD DE CIENCIA Y TECNOLOGIA e) Conocer y emitir el informe correspondiente al Consejo de Facultad sobre solicitudes de prórroga. Capitulo I: De la organizacion y atribuciones

Más detalles

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN N 152 Diciembre 12 de 2002

UNIVERSIDAD DEL VALLE CONSEJO ACADÉMICO. RESOLUCIÓN N 152 Diciembre 12 de 2002 CONSEJO ACADÉMICO RESOLUCIÓN N 152 Diciembre 12 de 2002 Por la cual se reforma El PROGRAMA ACADÉMICO ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MODALIDAD DIURNO Y NOCTURNO" EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL VALLE

Más detalles

Por medio del cual se modifica el Reglamento Estudiantil en lo relacionado con Deberes, Requisitos de Grado e Incentivos a los Estudiantes

Por medio del cual se modifica el Reglamento Estudiantil en lo relacionado con Deberes, Requisitos de Grado e Incentivos a los Estudiantes EL CONSEJO SUPERIOR DE LA En uso de sus atribuciones legales, estatutarias y CONSIDERANDO Que la Universidad Popular del Cesar, en uso de la autonomía universitaria que le confiere los Artículos 69 y 113

Más detalles

ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLE CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PRIMER PERIODO ACADÉMICO DE 2018 Inicio de actividades año 2018, ingreso

ACTIVIDAD FECHA RESPONSABLE CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PRIMER PERIODO ACADÉMICO DE 2018 Inicio de actividades año 2018, ingreso CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES PRIMER PERIODO ACADÉMICO DE 2018 Inicio de actividades año 2018, ingreso Departamento de Gestión del Talento 11 de enero de colaboradores administrativos Humano Ingreso de docentes

Más detalles

REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DE TITULACIÓN CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I

REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DE TITULACIÓN CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DE TITULACIÓN CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I DE LOS TRABAJOS DE TITULACIÓN PROFESIONAL PLAN I Articulo

Más detalles