GUÍA DE CAMPO MEJORES PRÁCTICAS DE MANEJO FORESTAL

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2 UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE GUÍA DE CAMPO MEJORES PRÁCTICAS DE MANEJO FORESTAL JORGE GAYOSO - MAURICIO ACUÑA VALDIVIA 1999

3 PRÓLOGO Este trabajo desarrollado por el Grupo de Producción Forestal y Medio Ambiente, corresponde al perfeccionamiento de un documento anterior realizado en forma asociativa entre el Instituto Forestal y la Facultad de Ciencias Forestales de la Universidad Austral de Chile, el cual fue preparado por los mismos autores para el Estudio sobre Certificación del Manejo Forestal. En esta ocasión, Jorge Gayoso y Mauricio Acuña agradecen las sugerencias y comentarios de los profesionales Diego Alarcón, Roberto Muñoz, Oriana Ortiz, Bastienne Schlegel, así como el aporte de la figuras incluidas en la guía, cuidadosamente diseñadas por Marco Roselott. Igualmente se deja constancia que el capítulo sobre condiciones laborales corresponde a una interpretación y simplificación que los autores hacen del trabajo de Apud et al (1997). La guía es una propuesta que ha considerado en su preparación los Criterios e Indicadores de Manejo Forestal del Acuerdo de Santiago, en cuanto éstos son aplicables al ámbito de las operaciones forestales. Por otra parte, existiendo normativas y manuales específicos para atender las necesidades de seguridad, estas últimas han sido parcialmente excluidas del texto. Es un documento abierto a recibir sugerencias y comentarios de grupos de interés, con el fin de poder perfeccionarlo y disponer de una pauta de común aceptación para realizar las operaciones forestales en la perspectiva de un manejo ambientalmente apropiado, con el objetivo de que en el futuro se pueda transformar en un CÓDIGO DE PRÁCTICAS. La Guía de campo de mejores prácticas de manejo forestal ha sido financiada por el Grupo de Producción Forestal y Medioambiente, con aporte de la Dirección de Investigación y Desarrollo de la Universidad Austral de Chile (Proyecto S-98-12).

4 INTRODUCCIÓN En el último tiempo, los esfuerzos más importantes del sector forestal, principalmente de las grandes empresas, han apuntado a mejorar las técnicas de trabajo y aumentar la conciencia de cada uno de los individuos de la organización, respecto de los impactos producidos por las operaciones sobre los distintos componentes ambientales. En este sentido, los primeros pasos estuvieron abocados a la realización de auditorías ambientales, cuyo trabajo permitió posteriormente a las empresas, hacer un diagnóstico de las prácticas utilizadas e introducir conceptos y mejoras un tanto desconocidos hasta entonces. Posteriormente, y producto de la mayor presión mundial sobre la sustentabilidad de los bosques de donde provienen los distintos productos forestales, se reconoce a la certificación forestal como un medio para salvaguardar los recursos naturales y poder enfrentar de manera más exitosa la comercialización de los productos en los mercados internacionales. Esto ha llevado a la adopción de sistemas de gestión ambiental dentro de las organizaciones, lo cual ha significado entre otras cosas, la planificación e implementación de políticas ambientales, la medición y evaluación del desempeño ambiental, y la puesta en marcha de procesos de auditoría ambiental. Dentro de este último contexto y como respuesta a la necesidad de contar con manuales de procedimientos e instrumentos de control para las empresas, se entrega la presente Guía de Campo: Mejores Prácticas de Manejo Forestal, cuyo propósito es servir de guía para realizar las actividades de manera técnica y ambientalmente apropiada, y orientado especialmente a supervisores, contratistas y operarios, en un formato práctico, claro y fácilmente utilizable. Aún cuando, en algunos casos las recomendaciones pudiesen parecer demasiado específicas y rigurosas, queda entendido que son sólo una orientación y por lo tanto, dejan suficiente espacio para aplicar el juicio profesional en la toma de decisiones. La preparación de este documento ha tomado en cuenta anteriores iniciativas nacionales y el estado del arte a nivel internacional. Conjuntamente, se ha validado gran parte de las propuestas mediante consultas y observaciones directas en terreno. Sin perjuicio de lo anterior, los autores agradecerán todo comentario o sugerencia que posibilite lograr un material consensuado de apoyo a la realización de mejores prácticas de manejo forestal.

5 TABLA DE CONTENIDOS PRÓLOGO INTRODUCCIÓN DISPOSICIONES GENERALES SECCIÓN 1 - PREPARACIÓN DE SITIOS PLANIFICACIÓN...1 LIMPIEZA DEL SITIO...3 TRATAMIENTO DE DESECHOS FORESTALES...6 Ordenamiento de desechos...7 Tratamiento de desechos mediante quema...11 MANEJO FÍSICO DEL SUELO...14 CONTROL DE MALEZAS...17 Control mecánico...18 Control químico...19 FERTILIZACIÓN...20 LABORES DE PLANTACIÓN...21 CONSIDERACIONES LUEGO DE LA PLANTACIÓN...22 SECCIÓN 2 COSECHA FORESTAL PLANIFICACIÓN...1 Métodos silviculturales y usos del bosque...2 Requerimientos de cartografía para la planificación...3 Diseño límite del tamaño de intervención...5 Equipos de extracción...5 Protección de la flora y la fauna...8 Protección del paisaje...8 OPERACIONES...10 Volteo...10 Vías de saca y canchas de acopio...11 LIMITACIONES DURANTE LA TEMPORADA HÚMEDA...22 COSECHA EN SECTORES CON PENDIENTES MAYORES A UN 35%...23 OPERACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES EN LA ZMC...25

6 SECCIÓN 3 - CAMINOS FORESTALES PLANIFICACIÓN...1 Requerimientos de cártografía...5 Localización de la red de caminos...5 Protección del paisaje...8 Diseño del camino...9 Diseño de taludes de corte y derrame...12 Diseño de las obras de drenaje...13 Diseño para el cruce de cauces...16 Selección para la Maquinaria de Construcción...18 CONSTRUCCIÓN...20 Construcción del camino...20 Estabilización de taludes de corte y derrames...23 Construcción para el cruce de cauces MANTENIMIENTO...27 DESACTIVACIÓN...28 EXTRACCIÓN DE ARIDOS...30 SECCIÓN 4 - TRANSPORTE FORESTAL NORMAS GENERALES APLICABLES A LOS CAMIONES Y A LA CARGA...1 DISPOSICIONES GENERALES EMANADAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES...3 DIMENSIONES MÁXIMAS DE LOS VEHÍCULOS DE CARGA...4 PESO MÁXIMO DE LOS VEHICULOS DE CARGA...5 USO DE EXTINTORES EN VEHÍCULOS DE TRANSPORTE...6 TRANSPORTE DE MATERIALES Y PRODUCTOS ESPECIFICOS...8 Aridos...9 Sustancias peligrosas...9 Productos forestales...11

7 SECCIÓN 5 - MANEJO DE COMBUSTIBLES, QUIMICOS Y RESIDUOS PRODUCTOS DERIVADOS DEL PETROLEO...1 OTROS PRODUCTOS QUÍMICOS...4 RESIDUOS EN CAMPAMENTOS...6 RESIDUOS DE OPERACIONES...6 SECCIÓN 6 - CONDICIONES LABORALES CAMPAMENTOS...1 ALIMENTACIÓN...5 TRANSPÒRTE DEL PERSONAL...7 ANEXOS

8 DISPOSICIONES GENERALES Dentro de esta guía, los siguientes principios se considerarán de carácter general y por lo tanto, serán válidos para todas las actividades contempladas en él. Las actividades de manejo forestal cumplirán con todas las normas establecidas en la legislación vigente en el país (Ley Nº19561, D.L. 701 y Reglamento Nº259, Ley de Bosques). Además, se cumplirá con todas las disposiciones legales referidas al cuidado del ambiente (Ley de Bases del Medioambiente Nª19300, Reglamento del Sistema de Evaluación del Impacto Ambiental) y aquéllas consideradas en el Código del trabajo (Ley Nº18620), así con toda la legislación que afecte de una u otra forma a las distintas actividades forestales (laborales, seguridad, salud, agua, suelo, aire, uso de equipos, transporte, etc.) El plan de manejo y ordenación del bosque debe ser integral, considerando los objetivos de gestión y el conjunto de funciones que puede desempeñar el bosque (producción, protección, biodiversidad, recreación, investigación, educación, etc.) Las actividades deben ser planificadas y realizadas minimizando los impactos de largo plazo sobre el ambiente (incluido el componente social) y protegiendo la productividad del sitio. Se debe contar con información actualizada de los recursos para cumplir con los requerimientos de planificación de las actividades de manejo. En terreno se contará con personal calificado y debidamente acreditado para realizar las labores, el cual deberá tener además, un conocimiento general del plan de manejo y de la problemática ambiental.

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10 NORMAS GENERALES APLICABLES A LOS CAMIONES Y A LA CARGA Principio general Considerar las disposiciones contempladas en la Ley de Tránsito , resguardando aspectos de seguridad en cuanto al transporte de carga, a las condiciones de seguridad en la ruta y al transporte específico de productos forestales, donde se considera al vehículo de transporte en relación a los demás usuarios de las vías. Medidas Los vehículos deberán estar provistos de los sistemas y accesorios que determine la ley. No podrán transitar por las vías públicas aquellos vehículos que excedan las dimensiones y pesos máximos establecidos por la Dirección de Vialidad. El transporte de carga deberá hacerse en las condiciones de seguridad que determinen los reglamentos y en vehículos que reúnan los requisitos. La carga deberá estar estibada y dispuesta de forma segura, de tal manera que evite toda caída desde el vehículo. Transporte - 1

11 No transporte personas en espacios destinados a la carga, salvo en casos justificados y adoptando las medidas de seguridad. Los remolques y semiremolques estarán unidos al vehículo tractor con los elementos de seguridad que determine la normativa legal. Los vehículos motorizados deberán estar provistos de neumáticos en buen estado: Ausentes de desgaste excesivo en sus bandas de rodadura Que no hayan perdido sus condiciones de adherencia Sin reparaciones que alteren su seguridad Los vehículos deben tener al menos dos sistemas de frenos independientes y por lo menos uno de ellos debe accionar sobre las ruedas traseras. Los remolques con capacidad sobre 750 kg deben llevar sistema de frenos independientes, accionados desde el vehículo tractor, simultáneamente con los frenos de éste. Estos remolques tendrán además, un dispositivo capaz de detenerlo automáticamente, en caso de que en movimiento se desprenda o desconecte del vehículo. Transporte - 2

12 Según su tipo, los vehículos deberán estar provistos de las siguientes luces: a) Vehículos de cuatro o más ruedas: En la parte delantera, dos focos que permitan proyectar luces altas y bajas, dos luces de estacionamiento y dos destellantes de viraje. En la parte trasera, dos luces de estacionamiento, dos destellantes de viraje, dos de frenos, dos de retroceso, dos luces rojas fijas y una que ilumine la placa patente destellantes de viraje. b) Remolques y semirremolques: En la parte trasera deben tener dos luces de estacionamiento, dos destellantes de viraje, dos de frenos, dos de retroceso, dos luces rojas fijas y una que ilumine la placa patente. c) Está prohibida la instalación de cualquier luz o foco que induzca a error en la conducción. DISPOSICIONES GENERALES EMANADAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACIONES Principio general Considerar las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo Nº75 de 1977, modificado por el Decreto Supremo Nº78 de 1987, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Medidas En los vehículos de carga no se podrá utilizar para ella el techo de la cabina, ni llevarla de manera tal que exceda el ancho de la carrocería. La carga no podrá sobrepasar el extremo anterior del camión; en la parte posterior podrá sobrepasar la carrocería hasta un máximo de 2 m. Transporte - 3

13 La carga de los vehículos y sus amarras deberán ubicarse de manera tal que no oculten ninguna de las luces exteriores del vehículo. La velocidad máxima de los vehículos de carga en zona rural, cuando el peso bruto vehicular sea superior a los 3500 kg es de 90 km/h, como condición de seguridad. DIMENSIONES MÁXIMAS DE LOS VEHÍCULOS DE CARGA Principio general Considerar las disposiciones contempladas en la Resolución Nº1 de 1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y modficada por Resolución Nº123 de Medidas El ancho máximo de un vehículo, con o sin carga, es de 2.6 m, sin considerar los espejos retrovisores exteriores ni sus soportes. El alto máximo sobre el nivel del suelo, con o sin carga, es de 4.12 m. Transporte - 4

14 Longitudes máximas aceptadas: a) Camiones: 11 m b) Semirremolques: 14.4 m c) Remolques: 11 m, sin considerar la barra de acoplamiento d) Tractocamión con semirremolque: 18 m e) Camión con remolque o cualquier otra combinación: 20 m considerando la barra de acoplamiento PESO MÁXIMO DE LOS VEHÍCULOS DE CARGA Principios generales Considerar las disposiciones contempladas en la Resolución Nº1 de 1995 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y modficada por Resolución Nº123 de Principios generales Se prohíbe la circulación por caminos públicos de todo tipo de vehículos que superen los pesos que se señalan a continuación: Eje Rodado Toneladas Tolerancia (kg) Simple Simple Doble Doble Doble Triple Triple Triple Simple Doble Simple Doble + Simple Doble Simple 2 Dobles + 1 Simple Doble El peso máximo para la combinación de un camión con uno o varios remolques o con un semirremolque con eje triple es de 45 toneladas, cualquiera sea la distancia entre centros de ruedas externas. Transporte - 5

15 Los pesos máximos para la combinación de un camión con un semirremolque con eje posterior o dobles son los siguientes: Distancia entre ejes (m) Menos de 13 m Entre 13 y 15 m Más de 15 m Peso bruto total (ton) Cuando se requiere transportar alguna mercadería que exceda los pesos máximos, se deberá pedir autorización a la Dirección de Vialidad, debiendo acompañar los siguientes datos: Lugares y destino de la carga Peso de la mercadería a trasladar Distribución del peso por ejes Fecha en que se realizará el traslado La autorización antes indicada deberá ser comunicada a Carabineros de Chile, a lo menos con 48 horas de antelación al día de traslado. USO DE EXTINTORES EN VEHÍCULOS DE TRANSPORTE Principio general Considerar las disposiciones contempladas en la Resolución Nº10 de 1995 y Nº2 de 1997, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Transporte - 6

16 Medidas Los extintores de incendio para los vehículos de carga con capacidad de transportar más de 1750 kg, cuya primera inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación se solicitó a contar desde el 1 de Marzo de 1997 deberán cumplir los siguientes requisitos: Tener polvo químico seco como agente extintor Vehículos motorizados de carga con capacidad para transportar más de 5000 kg (caso de camiones forestales), deben llevar un extintor 2A-10B, C Los extintores deben estar dotados de manómetros y encontrarse permanentemente en condiciones de uso, con su carga completa, y ubicados de tal manera que puedan ser utilizados en forma pronta y segura Los extintores deberán estar debidamente certificados, de conformidad a las normas chilenas sobre la materia Los vehículos destinados al transporte de cargas peligrosas, cualquiera sea la fecha de inscripción en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación, y conforme a la capacidad de carga, deberán estar provistos de extintores con las características ya señaladas. Lo anterior, sin perjuicio que, según el tipo de carga trasladada, otra reglamentación establezca otras clases distintas de extintores. Transporte - 7

17 TRANSPORTE DE MATERIALES Y PRODUCTOS ESPECÍFICOS ARIDOS Principio general Considerar las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo Nº75 de 1987, modificado por el Decreto Supremo Nº78 de 1997, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Medidas Los vehículos que transporten arena, ripio, tierra, escombros u otros materiales que puedan escurrirse y caer al suelo, deben estar construidos de forma tal que ello no ocurra. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo (escombros, cemento, yeso, etc.) debe hacerse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lona o plásticos de dimensiones adecuadas, o sistemas que impidan su dispersión al aire Transporte - 8

18 SUSTANCIAS PELIGROSAS Principio general Considerar las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo Nº298 de 1994, modificado por el Decreto Supremo Nº235 de 1995, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Medidas De cuerdo a las disposiciones anteriores, las siguientes sustancias (que tienen relación a operaciones forestales) son consideradas peligrosas: a) Clase 3 (Líquidos inflamables como petróleos crudos, aceites minerales, gasolina, benceno, combustibles para calefacción y motores diesel, alcohol, etc.) b) Clase 4 (Sólidos inflamables, sustancias que presentan riesgos de combustión espontánea y sustancias que en contacto con el agua desprenden gases inflamables). Entre éstas se cuentan sólidos como madera, aserrín, celulosa de madera, azufre, celuloide, etc. En el caso de estas sustancias peligrosas, deberá cumplirse lo siguiente: La antiguedad máxima de los vehículos para el transporte de este tipo de carga es de 15 años No se puede realizar este tipo de transporte en vehículos hechizos Los vehículos deben reunir las condiciones para soportar, además, las operaciones de carga, descarga y transbordo, siendo el transportista el responsable de estas condiciones Transporte - 9

19 Para las operaciones de carga, transporte, descarga, transbordo y limpieza, los vehículos deberán llevar rótulos (letreros) establecidos por la ley, y en un lugar de fácil visión desde atrás, al frente o los costados Las sustancias peligrosas fraccionadas deberán estar marcadas, etiquetadas y acondicionadas para soportar los riesgos de la carga, transporte y descarga No se pueden usar elementos fácilmente inflamables para asegurar o estibar la carga Se debe evitar el transporte de sustancias peligrosas por vías ubicadas en áreas densamente pobladas Transporte - 10

20 PRODUCTOS FORESTALES Principio general Considerar las disposiciones contempladas en el Decreto Supremo Nº94 de 1991, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Medidas Para el transporte de rollizos, cada vehículo deberá contar con atriles, según el siguiente detalle: Rollizos de hasta 8 m de largo: dos atriles separados de modo que los extremos de los trozos sobresalgan entre un 20 y a un 25% de su largo Rollizos de más de 8 m de largo: cuatro atriles distribuidos según la longitud de lo rollizos, de modo que los extremos de los trozos sobresalgan de los atriles delantero y trasero, entre un 15 y un 20% de su longitud. Los dos atriles centrales se instalarán de tal forma que las distancias entre cualquier par de atriles consecutivos sean aproximadamente iguales Los rollizos colocados en un mismo juego de atriles deberán ir amarrados con dos cadenas o cables de acero de 3/8 pulgadas con sus respectivos tensores, que deberán envolver solamente la carga Transporte - 11

21 Para asegurar la carga se usarán cadenas, cables y cuerdas en remolques, semirremolques y camiones que transportan madera tipo metro ruma. En este caso debe amarrarse toda la carga con cadenas, desde la parte anterior a la posterior. Además, la carga debe asegurarse en forma transversal al vehículo, considerando un sistema de tablas abisagradas que sujeten los bordes superiores. El transporte de chips, astillas, aserrín y despuntes deberá hacerse en vehículos cerrados o cubiertos con carpas apropidas que no permitan el escurrimiento de desechos o la dispersión de materiales al aire. Todos los vehículos que transportan productos forestales, además de las luces reglamentarias, deberán contar con luces amarillas en los costados de la plataforma de carga. Dos de estas luces deberán ubicarse a no más de 30 cm de los extremos de la plataforma y en un número no inferior a dos, que señalen la longitud del camión o del camión y el remolque. Cuando circulen por caminos de escasa visibilidad deberán hacerlo con sus luces principales encendidas. Además, ubicarán un foco de color rojo en la parte posterior del vehículo, al centro de la carga, que permanecerá encendido mientras las malas condiciones de visibilidad se mantengan. Transporte - 12

22 La madera transportada no debe tocar el suelo en ningún caso y no debe sobrepasar en más de 3 m el último atril. Si sobresaliera más de 0.50 m del vehículo, deberá llevar en el extremo de la carga, una luz roja si es de noche. Si es de día llevará un banderín de género o plástico rojo de 50 X 40 cm. El transporte de madera dimensionada, suelta o empaquetada, deberá asegurarse con cordel de nylon de a lo menos 10 mm de diámetro, asegurándola por lo menos, con una pasada doble de cordel por cada metro lineal de carga. Transporte - 13

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