REGLAMENTO DE LA CARRERA INGENIERÍA INFORMÁTICA DISPOSICIONES GENERALES Y REQUISITOS DE INGRESO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "REGLAMENTO DE LA CARRERA INGENIERÍA INFORMÁTICA DISPOSICIONES GENERALES Y REQUISITOS DE INGRESO"

Transcripción

1 REGLAMENTO DE LA CARRERA INGENIERÍA INFORMÁTICA TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Y REQUISITOS DE INGRESO Art. 1. El presente Reglamento establece las disposiciones particulares que regulan la carrera de Ingeniería Informática. En lo general, ésta se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de Régimen de Estudios de Pregrado de la Universidad de La Frontera. Art. 2. El Plan de Estudios de esta Carrera, conducirá al Grado Académico de Licenciado en Ciencias de la Ingeniería y al título profesional de INGENIERO INFORMÁTICO. Art. 3. La admisión a la carrera de Ingeniería Informática se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de Admisión de Alumnos de la Universidad de La Frontera. TITULO II DE LOS OBJETIVOS DE LA CARRERA DE INGENIERÍA INFORMÁTICA DESCRIPCIÓN DEL PERFIL PROFESIONAL Y CAMPO OCUPACIONAL Art. 4. Los objetivos de la Carrera de Ingeniería Informática son: Formar un profesional con una visión y especialización de alto nivel en informática, con capacidad de reflexión y análisis para integrar aspectos de la realidad social y tecnológica que les permitan detectar necesidades de servicios y de productos y sean capaces de integrar, crear, diseñar y desarrollar las estructuras adecuadas para proporcionarlos o construirlos, en lo relativo al uso de las tecnologías de información. Un profesional que responda ante situaciones de problemas de administración de información, con capacidad para reconocer los contextos organizacionales y la situación tecnológica vigente para proponer, liderar y ejecutar exitosamente proyectos de informática. Art. 5. El perfil profesional definido del Ingeniero Informático es: Ser un profesional competente con una formación ética e integral, con espíritu emprendedor, innovador y crítico respecto de la sociedad, sus organizaciones y de su propia labor dentro de éstas. Capacitado para aplicar conocimientos, habilidades y tecnologías adecuadas y necesarias para la práctica de la ingeniería en informática. Las competencias del profesional titulado como Ingeniero Informático definidas son: 1

2 Competencias del saber 1. Integrar conocimientos matemáticos, científicos y de la ingeniería en el ámbito de las tecnologías de información. 2. Definir los propósitos de las tecnologías de información y comunicaciones, en el entorno social y laboral y responder profesionalmente a los problemas y requerimientos identificados. 3. Establecer prioridades entre necesidades de tecnologías de la información y comunicaciones. 4. Conocer técnicas, destrezas y herramientas modernas necesarias para la práctica de la ingeniería informática. 5. Integrar componentes, procesos y sistemas de información en el ámbito de las tecnologías informáticas. Competencias del hacer: 1. Formular y evaluar proyectos de ingeniería informática en sus aspectos tecnológicos, administrativos y organizacionales. 2. Seleccionar y manejar información relevante para el apoyo de toma de decisiones y acciones acertadas en aspectos de gestión y tecnologías de la información y comunicaciones. 3. Dirigir y trabajar en equipos multidisciplinarios en proyectos informáticos. 4. Desarrollar sistemas informáticos desde el diseño hasta la puesta en marcha. 5. Administrar recursos humanos, informáticos y tecnológicos. 6. Comunicarse en idioma español e inglés. 2

3 Competencias del ser: 1. Demostrar competenc ia y responsabilidad en su quehacer profesional y laboral. 2. Actuar con creatividad e innovación en propuestas, ideas y líneas de acciones que promuevan cambios favorables en su entorno social y laboral. 3. Evidenciar capacidad emprendedora para la formulación, liderazgo, dirección y organización de empresas y equipos de trabajo. 4. Demostrar una actitud analítica, reflexiva,crítica y respetuosa frente a su entorno social y laboral. Art. 6. El campo ocupacional definido esta dado: En el ámbito empresarial, comercial, industrial y de servicios, como ingeniero de software y de gestión de tecnologías de información, pudiendo desempeñarse como jefe de proyectos de ingeniería informática, consultor empresarial de sistemas de información, planificador estratégico de sistemas computacionales y de gestión informática. También el campo esta dado para desempeñarse en el diseño y soporte de redes de datos, explotación y mantención de sistemas computacionales, vigilancia tecnológica, administración de bases de datos y otros relacionados a las Tecnologías de Información y las Comunicaciones. TITULO III DEL PLAN DE ESTUDIOS Art. 7. El plan de estudios de la carrera Ingeniería Informática comprenderá Asignaturas de Formación Básica Asignaturas de Formación Especializada, incluyendo Trabajo de Título Asignaturas de Formación General Formarán parte del plan de estudios, además las siguientes actividades curriculares obligatorias: a) Idioma Ingles niveles: Básico e Intermedio b) Actividades de Desarrollo Personal y Liderazgo c) Práctica de Estudios I d) Práctica de Estudios II 3

4 Art. 8 El plan de estudios contempla un total de 44 asignaturas más un conjunto de actividades curriculares sin expresión de horas, distribuidas en 10 semestres. Las asignaturas pueden tener el carácter de teóricas, prácticas y teórico-práctica y se cursarán de acuerdo a los requisitos establecidos en el plan de estudios. Art. 9 El idioma Inglés se regirá por lo establecido en el Reglamento de Régimen de Estudios de Pregrado de la Universidad de La Frontera. Art. 10 El alumno deberá aprobar los niveles de idioma, en horario que estime conveniente de acuerdo a su disponibilidad horaria, y de acuerdo a las condiciones y normativas dadas por el departamento encargado de impartir el idioma, debiendo aprobar cada módulo en los siguientes niveles del plan de estudios: a) Módulo Básico antes del VI nivel b) Módulo Intermedio antes del IX nivel Los alumnos que lo deseen podrán cursar el módulo Avanzado como asignatura libre Art. 11 Sólo podrán inscribir asignaturas del sexto nivel del Plan de Estudios de la carrera aquellos alumnos que certifiquen el Módulo Básico de Idioma Inglés. Art. 12 El Módulo Intermedio será exigible para optar al grado de Licenciado en Ciencias de la Ingeniería, inscribir el tema de Trabajo de Titulación y para cursar la asignatura Trabajo de Título. Art. 13 El alumno deberá realizar tres actividades curriculares distintas de Desarrollo Personal y Liderazgo, debiendo cumplir para cada actividad un mínimo de 48 horas, las cuales tendrán una equivalencia en horas según actividad a realizar. La lista de actividades y horas equivalentes serán dictaminadas por resolución interna de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración Art. 14 Estas actividades se evaluarán mediante su aprobación o reprobación, sin nota final. Se reconocerán y tendrán horas equivalentes, bajo ciertos criterios definidos por la Dirección de Carrera y anunciados oficialmente cada año. Las actividades pueden ser acreditadas por la Dirección General Estudiantil, Dirección General de Extensión y Comunicaciones, Dirección de Pregrado, Dirección de Carrera u otra entidad universitaria pertinente ante la Dirección de Carrera. 4

5 TITULO IV DE LAS PRÁCTICAS DE ESTUDIO Art. 15 Las prácticas son actividades curriculares obligatorias sin expresión de horas y sólo se las evalúa mediante su aprobación o reprobación, sin nota final. En caso de ser reprobada podrá repetirse, considerándose el motivo de reprobación, hasta dos veces, siempre que no se haya perdido la calidad de alumno de la Universidad. Art. 16 Las prácticas tendrán una duración mínima de 6 semanas cada una, equivalentes a 264 horas cronológicas, las cuales podrán realizarse a través de media jornada laboral o jornada completa. Deberán realizarse, preferentemente en período estival. Art. 17 La formación profesional del Ingeniero Informático contempla la realización de dos prácticas de estudios: a) Práctica de Estudios I b) Práctica de Estudios II Art. 18 Práctica de Estudios I: Denominada Práctica de Soporte Computacional: Tiene por objetivo que el alumno se involucre en una empresa y sea capaz de llevar a cabo tareas y desarrollar actividades de soporte computacional básico. El soporte computacional permite poner en práctica conocimientos básicos relativo a la formación en informática, permitiendo a la vez tener relación con procedimientos administrativos. Sin embargo, la principal ventaja concebida para este tipo de práctica, lo constituye el requerimiento de interactuar con todo tipo de personas, en los distintos niveles administrativos, interpretar y satisfacer sus requerimientos de soporte, en suma desarrollar habilidades para interactuar eficientemente bajo cualquier condición. Para esta práctica debe tener aprobado el VI nivel del plan de estudios. Art. 19 Práctica de Estudios II: Denominada Práctica de Desarrollo de Software: Tiene por objetivo permitir al alumno desarrollar aplicaciones en el área tecnológica e informática bajo la tutela de un profesional especializado de la empresa. Esta actividad permite poner en práctica conocimientos de desarrollo de software, participar de un ambiente real de especificación de requerimientos en un ámbito organizacional, lo cual requiere de habilidades de comunicación y profundizar en un ámbito científico o administrativo según sea el caso de la aplicación que se desarrolla. El requisito para realizar esta práctica es VIII nivel aprobado. Art. 20 Para realizar la práctica, el alumno deberá presentar a la Dirección de Carrera, el proyecto o tema de práctica para su aprobación por el Director de carrera, según objetivos definidos en cada práctica, indicando el nombre de la empresa o institución. Una vez aprobado el proyecto o tema de práctica, la Dirección de Carrera emitirá una carta de presentación del alumno a la empresa. 5

6 Si el proyecto o tema de práctica fuese rechazado, el alumno deberá buscar y presentar de nuevo la solicitud. Art. 21 Oficializada la práctica, la Dirección de Carrera deberá controlar su realización durante o después de finalizada dicha práctica, por los mecanismos que estime convenientes, y enviará a la empresa o institución una pauta de evaluación. Esta deberá ser visada por el supervisor designado por la empresa y devuelta a la Dirección de Carrera, una vez finalizada la actividad por el alumno. Art. 22 Para aprobar la práctica el alumno deberá cumplir con el requisito establecido en el plan de estudios, haber obtenido una evaluación de aprobación por parte de la empresa donde realizó su práctica y entregar un informe, según pauta establecida, en la Dirección de Carrera, en un plazo no superior a 15 días hábiles una vez finalizada dicha actividad. El informe será evaluado por el Director de carrera con apoyo del comité técnico asesor de la misma. TITULO V DE LA LICENCIATURA EN CIENCIAS DE LA INGENIERÍA Art. 23. La universidad de La Frontera otorgará el grado académico de Licenciado en Ciencias de la Ingeniería a aquellos alumnos que aprueben: a) Todas las asignaturas hasta el VIII nivel inclusive, del plan de estudios de la carrera de Ingeniería Informática. b) Un examen de suficiencia en idioma inglés, Nivel Intermedio Art. 24. La calificación final de la Licenciatura será el promedio de las asignaturas anteriormente señaladas y ponderadas de acuerdo al número de horas intra-aula de cada una. Art. 25 Las normas de procedimientos y otros aspectos formales de la Licenciatura en Ciencias de la Ingeniería deberán estar acordes a la normativa vigente de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración de la Universidad de La Frontera. 6

7 TITULO VI DE LA OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL Art. 26. Existirán tres modalidades de acceder al título profesional, ellas son: Trabajo de Titulación, que se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 27 de este reglamento; Práctica Profesional Controlada, que se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 de este reglamento y Examen de Título que se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 62 de este reglamento. Art. 27 La modalidad de Trabajo de Titulación consiste en el desarrollo de un Trabajo en el cual se puede realizar lo siguiente: a) Un proyecto de ingeniería que constituya un aporte a una empresa o entidad determinada, que involucre, creatividad, innovación y originalidad en el ámbito de las tecnologías de información y que esté de acuerdo a los requerimientos de la ingeniería actual. b) Una investigación tecnológica que sea considerada un aporte al conocimiento actual y que esté relacionada con alguna de las áreas de la ingeniería informática, propias del plan de estudios. El Trabajo de Titulación será evaluado por separado en dos aspectos: parte escrita y presentación oral, cuyo promedio aritmético será consignada en un acta de asignatura Trabajo de Título Art. 28 Para esta modalidad podrán hacer efectiva la inscripción de la asignatura, todos los alumnos que hayan cursado y aprobado el noveno nivel del Plan de Estudios, hayan cursado y aprobado la Práctica de Estudios I, la Práctica de Estudios II, la Actividad de Desarrollo Personal y Liderazgo III y el Nivel Intermedio del idioma Inglés. Art. 29 La organización y control del Trabajo de Titulación dependerá de un Comité de Proyectos, designado mediante Resolución Interna por el Decano de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración y estará integrada por : a) El Director(a) de carrera, quién lo presidirá. b) Un académico con afinidad curricular a la carrera. c) Un académico representante del Departamento de Ingeniería de Sistemas. d) El Director del Departamento de Ingeniería de Sistemas, quien actuará como ministro de fe. 7

8 Art. 30 Los alumnos que hayan cursado completamente las asignaturas del VIII nivel del plan de estudios de la carrera deberán presentar un tema de proyecto de Trabajo de Titulación, el cual será válido solo sí se inscribe en el semestre inmediatamente siguiente y al momento de inscribirla se cumple lo estipulado en el artículo 28 de este Reglamento. El tema deberá presentarse con el patrocinio de un profesor guía-académico del Departamento afín con el tema, el que podrá originarse de una propuesta propia, de alguna empresa o institución o por iniciativa de algún académico de la Universidad.. La Dirección de Carrera programará y publicará, de acuerdo al calendario académico vigente, las fechas de entrega de temas de Trabajo de Titulación al inicio de cada semestre. Art. 31 El alumno entregará a la Dirección de Carrera, la descripción del tema elegido, el cual deberá contemplar: Título del tema o proyecto, objetivos, aplicaciones, profundidad y extensión del mismo a través de una planificación detallada (Carta Gantt) de las labores a desarrollar en no mas de 5 hojas tamaño carta. Art. 32 El tema propuesto será evaluado por el Comité de Proyectos de la carrera de Ingeniería Informática, en relación con la pertinencia, complejidad y duración. El Comité de Proyectos de la Carrera, a petición del profesor guía, y en forma muy justificada, aprobará la participación de dos alumnos en un tema de Trabajo de Titulación. La calificación obtenida mediante el proceso descrito en este artículo será igual para ambos alumnos. Bajo estas características el comité de proyectos deberá resolver, en un plazo no superior a 15 días hábiles, después de presentados los temas, bajo los siguientes términos: a) Aprobar sin observaciones. b) Aprobar con observaciones. c) Rechazar el tema. Art. 33 Si el tema es rechazado, el alumno deberá presentar un tema diferente, dentro de un plazo que establezca el Comité de Proyectos. Si este plazo no es cumplido, el alumno deberá presentar el nuevo tema en un próximo semestre. Art. 34 El profesor guía del Trabajo de Titulación deberá prestar toda su colaboración al alumno en proceso de titulación reuniéndose periódicamente con él; sin embargo, la responsabilidad del desarrollo del trabajo es del alumno. Art. 35 El alumno deberá concluir su Trabajo de Titulación antes de finalizar el período lectivo del semestre correspondiente, entregando tres ejemplares sin empastar, a la Dirección de Carrera, para que el Director del Departamento de Ingeniería de Sistemas proponga al Decano de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración la Comisión que revisará la parte escrita, a sugerencia del Comité de Proyectos, quien la designará mediante Resolución Interna 8

9 Art. 36 La comisión propuesta que revise la parte escrita del Trabajo de Titulación, deberá estar integrada por el profesor guía, más dos académicos afines con el tema, dónde al menos uno de ellos pertenezca a la especialidad, carrera o que tenga afinidad curricular con la misma. Art. 37. La comisión dispondrá de un plazo máximo de 10 días hábiles para la revisión de la parte escrita del Trabajo de Titulación y cada uno de los integrantes de ésta, deberá otorgar una nota, según pauta de evaluació n. Para aprobar esta etapa, se requiere que cada una de las notas de los integrantes de la comisión, sean igual o superiores a 4.0; en caso contrario, el alumno deberá realizar las correcciones establecidas por la comisión y esta parte será nuevamente evaluada por cada uno de los integrantes del comité. Art. 38 En la eventualidad que el alumno nuevamente repruebe la parte escrita del Trabajo de Titulación deberá reiniciar el proceso, bajo la supervisión de otro profesor guía ; o bien acogerse a la modalidad de Examen de Título o Práctica Profesional Controlada por una sola vez y como última oportunidad en un semestre próximo. La calificación de esta fase, será el promedio aritmético de las calificaciones otorgadas por cada integrante. Art. 39 Si la calificación de la parte escrita del Trabajo de Titulación es de aprobación, el alumno entregará el trabajo empastado en tres ejemplares, acorde a la normativa de la Facultad, y se fijará la fecha de la presentación oral del Trabajo de Titulación, cuya comisión estará formada por el profesor guía más dos académicos afines con el tema, idealmente los mismos que formaron la comisión revisora de la parte escrita del Trabajo de Titulación, uno de los cuales será el presidente de la comisión. Art. 40. La presentación oral del Trabajo de Titulación se entenderá aprobada, si la calificación otorgada por cada uno de los integrantes de la comisión es igual o superior a 4,0. La calificación de la presentación oral del Trabajo de Titulación, será el promedio aritmético de la nota otorgada por cada uno de los integrantes de la comisión. Art. 41 En el caso que el alumno repruebe la presentación oral del Trabajo de Titulación, podrá repetir, por una única oportunidad su presentación oral en un plazo no superior a 5 días hábiles, contado desde la fecha de su primera oportunidad. Art. 42 En la eventualidad que el alumno nuevamente repruebe la presentación oral, deberá reiniciar el proceso, bajo la supervisión de otro profesor guía ; o bien acogerse a la modalidad de Examen de Título o Práctica Profesional Controlada por una sola vez y como última oportunidad en un semestre próximo. En el caso de reprobar nuevamente esta instancia, el alumno será eliminado de la carrera. Art. 43 La calificación final de la actividad curricular Trabajo de Título, modalidad Trabajo de Titulación, será el promedio aritmético de las partes escrita y presentación oral, nota que se consignará en el acta de asignatura Trabajo de Título. 9

10 Art. 44. Las normas de presentación y otros aspectos formales de la parte escrita del Trabajo de Titulación, estarán acordes a la normativa de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración. Sin embargo, la vigencia del tema de Trabajo de Titulación no podrá exceder de dos semestres, contados desde su aprobación por parte de la Comisión de Proyectos. Art. 45 La modalidad Práctica Profesional Controlada consiste en una pasantía en una empresa durante cuatro meses a tiempo completo, donde el estudiante debe desarrollar un trabajo propio de la especialidad, el cual debe constituir un aporte profesional a la empresa. Art. 46 Para esta modalidad, podrán postular todos los alumnos que hayan cursado y aprobado el noveno nivel del plan de estudios propuesto, hayan cursado y aprobado la Práctica de Estudios I y la Práctica de Estudios II, la Actividad de Desarrollo Personal y Liderazgo III y el Nivel Intermedio del idioma Inglés. Art. 47 El alumno deberá presentar una Solicitud de Práctica Profesional Controlada, de acuerdo al formato establecido por la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración, con el patrocinio de un profesor guía, miembro de un Departamento especialista en el tema y ser refrendada por el Director de dicho Departamento. El alumno hará llegar a la Dirección de Carrera, esta Solicitud de Práctica Profesional Controlada, que describirá el trabajo a desarrollar en especial, establecerá los objetivos, aplicaciones, profundidad y extensión del trabajo y una planificación detallada de las labores a realizar. Esta Solicitud deberá acompañarse con una Carta de Compromiso de la Empresa donde se desarrollará la Práctica Profesional Controlada y donde, en especial, se designe un Supervisor para el alumno. Todo esto regulado y de acuerdo a la normativa vigente de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración de la Universidad de La Frontera. Art. 48 El alumno hará llegar a la Dirección de Carrera, la Solicitud de Práctica Profesional Controlada junto con la Carta de Compromiso de la Empresa en un plazo máximo de 10 días hábiles de iniciado el semestre lectivo en el cual inscribió la asignatura de Trabajo de Título. La Dirección de Carrera programará y publicará, de acuerdo al calendario académico vigente, las fechas de entrega de la Solicitud de Práctica Profesional Controlada junto con la Carta de Compromiso de la Empresa al inicio de cada semestre. Art. 49 El Director del Departamento especialista en el tema, en conjunto con el Director de Carrera, dependiendo de la materia, designará una Comisión Informante ad hoc para cada Solicitud de Práctica Profesional Controlada, la cual estará integrada por el profesor guía más dos académicos afines al tema, quienes deberán pronunciarse sobre la pertinencia de la propuesta y velar porque el trabajo refleje la formación profesional recibida por el alumno. Bajo estas características la Comisión Informante deberá resolver, en un plazo no superior a 5 días hábiles, después de presentadas las solicitudes, bajo los siguientes términos: 10

11 a) Aprobar sin observaciones. b) Aprobar con observaciones. c) Rechazar el tema. Art. 50 La aprobación del tema deberá ser unánime. En el caso que uno o más de los miembros de la Comisión Informante, rechace la Solicitud de Práctica Profesional Controlada, éste se entenderá rechazado en su conjunto y el alumno, deberá presentar otra Solicitud de Práctica Profesional Controlada con un tema distinto. En el caso de que uno o más de los miembros de la Comisión Informante, pida reformulación de la Solicitud de Práctica Profesional Controlada, el alumno deberá presentar dicha reformulación nuevamente para su revisión. En el caso que uno o más de los miembros de la Comisión Informante, estando aprobado la Solicitud de Práctica Profesional Controlada, indique observaciones, el alumno deberá presentar dichas correcciones nuevamente para su revisión. Art. 51 Una vez aprobada y oficializada la Solicitud de Práctica Profesional Controlada, el alumno debe comenzar a trabajar en su Práctica Profesional Controlada de acuerdo a la normativa vigente de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración de la Universidad de La Frontera. Art. 52 El profesor guía de la Práctica Profesional Controlada deberá prestar toda su colaboración al alumno en proceso de titulación; sin embargo, la responsabilidad del desarrollo del trabajo es del alumno. Art. 53 El Informe Escrito de la Práctica Profesional Controlada deberá contener claramente expuestos los antecedentes del alumno, profesor guía, la empresa, el desarrollo del trabajo y las conclusiones que de él se deriven, todo ésto regulado y de acuerdo a la normativa vigente de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración de la Universidad de La Frontera. Art. 54 Una vez finalizada y aprobada la parte escrita de la Práctica Profesional Controlada por el profesor guía, el alumno deberá entregar, en tres ejemplares sin empastar, al Director del Departamento especialista en el tema, quien propondrá, en conjunto con el Director de Carrera, al Decano de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración, la Comisión Evaluadora de la Práctica Profesional Controlada, quien la designará mediante Resolución Interna. Esta Comisión Evaluadora estará formada por el profesor guía más dos académicos afines con el tema, e idealmente los mismos que formaron la Comisión Informante de la Solicitud de Práctica Profesional Controlada presentada, uno de los cuales será el presidente de la Comisión. Este informe deberá, necesariamente, ser acompañado con una Carta del Supervisor de la Práctica Profesional Controlada designado por la empresa donde se desarrolló ésta, en que se señale que el trabajo ha sido desarrollado a satisfacción de la empresa. Si esto último no es el caso, se entenderá la Práctica Profesional Controlada como reprobada y el alumno deberá iniciar nuevamente el proceso bajo la tuición de otro profesor guía y en otra empresa; o bien 11

12 acogerse a la modalidad de Trabajo de Titulación o Examen de Título por una sola vez y como última oportunidad. Art. 55 La Comisión Evaluadora dispondrá de un plazo de 10 días hábiles para la revisión del Informe Escrito de la Práctica Profesional Controlada y cada uno de los integrantes de ésta, deberá otorgar una nota por esta parte. La calificación de esta fase, será el promedio aritmético de las calificaciones otorgadas. En todo caso, para aprobar esta etapa, se requiere que cada una de ellas sea a lo menos igual a cuatro coma cero; en caso contrario, el alumno deberá realizar las correcciones establecidas por la Comisión Evaluadora y el Informe Escrito de la Práctica Profesional Controlada será nuevamente evaluado por cada uno de los miembros, según lo establecido precedentemente. Esta oportunidad será única y en caso de ser nuevamente rechazado el Informe Escrito de la Práctica Profesional Controlada, el alumno deberá iniciar nuevamente el proceso bajo la tuición de otro profesor guía; o bien acogerse a la modalidad de Trabajo de Titulación o Examen de Título por una sola vez y como última oportunidad. Art. 56 Si la calificación de la parte escrita de la Práctica Profesional Controlada es de aprobación, el alumno entregará el Informe Escrito de la Práctica Profesional Controlada corregido y empastado en tres ejemplares, de acuerdo a la normativa vigente de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración de la Universidad de La Frontera, y se fijará la fecha de la presentación del Examen Oral. Art. 57 La calificación del Examen Oral de la Práctica Profesional Controlada, será el promedio aritmético de la nota otorgada por cada uno de los tres integrantes de la Comisión Evaluadora y su resultado se consignará en un acta. Art. 58 El Examen Oral de la Práctica Profesional Controlada se entenderá aprobado, si la calificación otorgada por cada uno de los miembros de la Comisión Evaluadora es igual o superior a cuatro coma cero. En el evento que uno o más de los miembros de la Comisión Evaluadora le otorgue al alumno una calificación inferior a la mínima de aprobación, el alumno podrá repetir, por una única oportunidad su Examen Oral de la Práctica Profesional Controlada en un plazo máximo de 5 días, contados desde la fecha de su primera oportunidad. Art. 59 En la eventualidad que el alumno nuevamente repruebe el Examen Oral de la Práctica Profesional Controlada, deberá reiniciar el proceso, bajo la supervisión de otro profesor guía; o bien acogerse a la modalidad de Trabajo de Titulación o Examen de Título, por una sola vez y como última oportunidad. En el caso de reprobar nuevamente esta instancia, el alumno será eliminado de la carrera. 12

13 Art. 60 La calificación final de la actividad curricular Trabajo de Título modalidad Práctica Profesional Controlada, será el promedio aritmético de Informe Escrito y Examen Oral de la Práctica Profesional Controlada, nota que se consignará en el acta de asignatura Trabajo de Título Art. 61 Las normas de presentación y otros aspectos formales de la parte escrita de la Práctica Profesional Controlada, estarán acordes a la normativa de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración. Sin embargo, la vigencia del tema de Práctica Profesional Controlada será de un semestre académico, contado desde la aprobación de la Solicitud de Práctica Profesional Controlada, por parte de la Comisión Informante. Art. 62 La modalidad Examen de Título consiste en una prueba de tres asignaturas de formación especializada contempladas en el Plan de Estudios. Para esta modalidad se efectuará un sorteo de asignaturas de especialidad para el alumno, del cual resultarán las tres asignaturas sobre las que versará el Examen de Título que se le aplicará. El alumno dispondrá de un período de 30 días para preparar su Examen de Título. Art. 63 Para esta modalidad, podrán postular todos los alumnos que hayan cursado y aprobado el noveno nivel del plan de estudios propuesto, hayan cursado y aprobado la Práctica de Estudios I, la Práctica de Estudios II, la Actividad de Desarrollo Personal y Liderazgo III,el Nivel Intermedio del idioma Inglés y tengan un PGA sobre 5,0 (cinco coma cero). Art. 64 Los Exámenes de Titulación se rendirán al inicio de cada uno de los semestres académicos. Las fechas de inscripción, sorteos y aplicación del Examen de Titulación, las fijará y publicará, de acuerdo al calendario académico vigente, la Dirección de Carrera de Ingeniería Informática al inicio de cada semestre. Los alumnos deberán, en las fechas publicadas, inscribirse en la Dirección de Carrera de Ingeniería Informática y someterse al sorteo de asignaturas de especialidad. Art. 65 El sorteo de asignaturas del Examen de Título, se llevará a cabo en la fecha estipulada ante una Comisión de Sorteo formada por el Director de la Carrera quien la presid irá y dos académicos designados por Resolución interna emitida por el Decano de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y administración, a propuesta del Director del Departamento de Ingeniería en Sistemas. Los resultados de esta modalidad se consignarán en un acta de Sorteo de Examen de Título. Los alumnos deberán, en las fechas publicadas, rendir el Examen de Título de las asignaturas de especialidad sorteadas. 13

14 Art. 66 La Comisión Evaluadora que aplicará este Examen de Título, se conformará por los tres profesores de las asignaturas sorteadas y será presidida por el académico de mayor Jerarquía y antigüedad miembro de ella y sancionada su conformación por Resolución Interna del Decano de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración. Todo lo anterior estará regulado y de acuerdo a la normativa vigente de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración de la Universidad de La Frontera. Art. 67 El Examen de Título será escrito y su resultado será la calificación de la actividad curricular Trabajo de Título, modalidad Examen de Título, y corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas en las tres partes en que se dividirá el Examen de Título, correspondientes a cada una de las asignaturas sorteadas, nota que se consignará en el acta de asignatura Trabajo de Título Art. 68 En la situación que el alumno repruebe el Examen de Título, podrá rendirlo por una segunda oportunidad en el curso de los 15 días hábiles siguientes. En el evento de repetir nuevamente el Examen de Título, el alumno deberá reiniciar el proceso; o bien acogerse a la modalidad de Trabajo de Titulación o Práctica Profesional Controlada, por una sola vez y como última oportunidad. En la eventualidad de reprobar nuevamente esta instancia, el alumno será eliminado de la carrera. Art. 69 La Universidad de La Frontera otorgará el Título profesional de Ingeniero Informático a aquellos alumnos que hayan aprobado a) La Licenciatura b) La actividad curricular Trabajo de Título Art. 70 La calificación final del Título Profesional será la resultante de la sumatoria del promedio de notas de asignaturas de formación especializada, ponderada en un 50% y de la actividad curricular Trabajo de Título, ponderada en un 50%. 14

15 TITULO VII DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS Art. 71 La carrera estará a cargo de un Director de carrera, quien velará por el correcto cumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento de Régimen de Estudios de Pregrado de la Universidad de La Frontera y las regulaciones propias de la carrera, entre las cuales se establece velar por la actualización de los programas de asignaturas por lo menos cada dos años. Será asesorado en la administración de la carrera, por el Consejo Técnico Asesor, acorde a lo establecido en el capítulo VII de la Resolución Exenta Nº1000 de y al artículo 27 del Reglamento de Régimen de Estudios de Pregrado contenido en Resol. Ex. N 2630 de Diciembre de 2001,incluyendo todas las modificaciones aprobadas hasta enero de TITULO FINAL Art. 72 Las situaciones no contempladas en este Reglamento, serán resueltas por el Decano de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración, previo informe del Director de Carrera y del Director de Pregrado. ARTÍCULOS TRANSITORIOS Art. 1 Durante los primeros años de la carrera y hasta alcanzar el estado de régimen permanente, no se aceptará el ingreso especial por la vía de título profesional anterior. Art.2 La transferencia de carrera para alumnos provenientes de otras carreras, que provengan de esta Universidad o traslados de otra institución de Educación Superior, estará sujeto a lo establecido en las regulaciones reglamentarias de la Universidad de La Frontera. Art.3 En el caso particular de los alumnos de ingeniería de Ejecución en Informática de la Universidad de La Frontera, que deseen transferirse a esta carrera, se elaborará un listado de asignaturas convalidables, según el avance curricular en su carrera de origen y las asignaturas contempladas en el plan de estudios de la carera de destino. Será propuesta por el Director de carrera y sancionada por Resolución interna del Decano de la Facultad de Ingeniería, Ciencias y Administración, previo informe favorable del Director de Pregrado de la Facultad. Sin embargo la carrera no se adelantará si los alumnos quedan en un nivel superior al de la carrera de destino. 15

Reglamento de Titulación Carrera de Geología

Reglamento de Titulación Carrera de Geología Reglamento de Titulación Carrera de Geología El presente reglamento norma las disposiciones a la obtención del título de geólogo en la Universidad Católica del Norte y están en concordancia con el reglamento

Más detalles

Reglamento de Titulación de la Carrera de Arquitectura Universidad Austral de Chile

Reglamento de Titulación de la Carrera de Arquitectura Universidad Austral de Chile Reglamento de Titulación de la Carrera de Arquitectura Universidad Austral de Chile 2009 El presente reglamento constituye el instrumento oficial para la realización y control de la Actividad de Titulación

Más detalles

REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA. TÍTULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA. TÍTULO I De las Normas Generales REGLAMENTO DE MAGÍSTER EN LINGÜÍSTICA APLICADA AL INGLÉS COMO LENGUA EXTRANJERA TÍTULO I De las Normas Generales ART. 1 El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración

Más detalles

REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA. TITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA. TITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO MAGÍSTER EN CIENCIAS, MENCIÓN GEOLOGÍA A. REGLAMENTO DEL PROGRAMA TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente documento establece las normas básicas de la estructura, organización

Más detalles

REGLAMENTO Y PLAN DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS ODONTOLÓGICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II

REGLAMENTO Y PLAN DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS ODONTOLÓGICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II Anexo Nº 2: Reglamento vigente de funcionamiento del programa. REGLAMENTO Y PLAN DE FORMACIÓN DEL PROGRAMA DE DOCTORADO EN CIENCIAS ODONTOLÓGICAS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 : El presente

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1.

REGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1. 13 REGLAMENTO DE TITULACIÓN ESCUELA DE INGENIERÍA CIVIL INDUSTRIAL UNIVERSIDAD AUSTRAL DE CHILE SEDE PUERTO MONTT TÍTULO 1. NORMAS GENERALES 1. El Seminario de Titulación es una actividad de aplicación

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA. TITULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN EDUCACIÓN MÉDICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del

Más detalles

DIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE

DIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE DIRECCIÓN ACADÉMICA DE POSTGRADO / INSTITUTO DE ESTÉTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE POSTGRADO MAGISTER EN ESTUDIOS DE CINE REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTUDIOS

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE HISTORIA PROGRAMA DE MAGISTER REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN HISTORIA

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE HISTORIA PROGRAMA DE MAGISTER REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN HISTORIA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE INSTITUTO DE HISTORIA PROGRAMA DE MAGISTER REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN HISTORIA Título I.- Definición y Objetivos Art. 1-. El programa de Magíster en

Más detalles

A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales

A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales A. REGLAMENTO TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas básicas de la estructura, organización y administración del Programa de Magíster en Ciencias de la

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO III. De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARQUITECTURA SUSTENTABLE Y ENERGIA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración

Más detalles

REGLAMENTO CARRERA KINESIOLOGIA. TITULO I Disposiciones Generales

REGLAMENTO CARRERA KINESIOLOGIA. TITULO I Disposiciones Generales REGLAMENTO CARRERA KINESIOLOGIA TITULO I Disposiciones Generales ARTICULO 1º El presente Reglamento se entenderá complementario del Reglamento de Régimen de Estudios de Pregrado y se aplicará a todos los

Más detalles

Reglamento de Titulación de la Carrera de Terapia Ocupacional

Reglamento de Titulación de la Carrera de Terapia Ocupacional Reglamento de Titulación de la Carrera de Terapia Ocupacional Decreto Rectoría 10/ 2017 Vigencia desde 25/05/2017 Versión anterior Sin versión previa TITULACIÓN Título I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO

Más detalles

DECRETO EXENTO Nº 243/09. REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009.

DECRETO EXENTO Nº 243/09. REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009. DECRETO EXENTO Nº 243/09 REF.: Aprueba Reglamento de titulación para la carrera de Periodismo. La Serena, 01 de diciembre de 2009. VISTOS El D.F.L. Nº 12, de 10 de marzo de 1981, del Ministerio de Educación,

Más detalles

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES PROGRAMA DE MAGISTER EN MATEMATICA DEPARTAMENTO DE MATEMATICAS FACULTAD DE CIENCIAS REGLAMENTO DE ESTUDIOS TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Art. 1. El Magíster en Matemática es un programa, de carácter

Más detalles

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA. REGLAMENTO DE MAGISTER TÍTULO I DEL GRADO DE MAGISTER Art. 1 Es el grado académico de posgrado, otorgado por la Universidad Finis Terrae a quien ha aprobado

Más detalles

REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA EII-630 PROYECTO DE INGENIERIA INDUSTRIAL (Modalidad de Pregrado)

REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA EII-630 PROYECTO DE INGENIERIA INDUSTRIAL (Modalidad de Pregrado) PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DE VALPARAÍSO FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA DE INGENIERIA INDUSTRIAL REGLAMENTO DE LA ASIGNATURA EII-630 PROYECTO DE INGENIERIA INDUSTRIAL (Modalidad de Pregrado) Título

Más detalles

Magíster en Tecnologías de la Información A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales

Magíster en Tecnologías de la Información A. REGLAMENTO. TITULO I Disposiciones Generales UNIVERSIDAD DE CHILE Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas Escuela de Postgrado Magíster en Tecnologías de la Información A. REGLAMENTO Artículo 1 TITULO I Disposiciones Generales El presente Reglamento

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CONSTRUCCIÓN

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CONSTRUCCIÓN REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN CONSTRUCCIÓN TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa

Más detalles

REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º El presente reglamento fija las normas generales y básicas por las

Más detalles

SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN

SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN SISTEMA INACAP REGLAMENTO PRÁCTICAS Y TITULACIÓN TÍTULO 1: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente reglamento establece un conjunto de normas especiales que regulan las prácticas y la titulación

Más detalles

REGLAMENTO DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES ESCUELA DE DERECHO UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO

REGLAMENTO DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES ESCUELA DE DERECHO UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO REGLAMENTO DE LICENCIATURA EN CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES ESCUELA DE DERECHO UNIVERSIDAD ACADEMIA DE HUMANISMO CRISTIANO 2016 Disposiciones generales Art. 1 El presente Reglamento establece las normas

Más detalles

REGLAMENTO DE TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRÍA

REGLAMENTO DE TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRÍA UNIVERSIDAD ADVENTISTA DE CHILE DIRECCIÓN DE POSGRADO REGLAMENTO DE TESIS PARA OBTENER EL GRADO DE MAESTRÍA CADM24122013-281 ii CADM24122013-281 CONTENIDO TÍTULO II. DEL COMITÉ DE TESIS... 1 TÍTULO III.

Más detalles

Documentación de Títulos y Grados

Documentación de Títulos y Grados Documentación de Títulos y Grados Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Carrera de Técnico de Nivel Superior en Prevención de Riesgos Facultad de Ingeniería y Negocios Universidad de Las Américas

Más detalles

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL

REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL REGLAMENTO DE PRÁCTICA PROFESIONAL Del Objetivo de la Práctica Profesional. Artículo 1.- La práctica profesional es una instancia de naturaleza práctica y de campo, que se materializa en el área de integración,

Más detalles

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial

Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Normativa de Titulación del Departamento de Ingeniería Mecánica para las Carreras Ing. Civil Mecánica e Ing. Mecánica Industrial Estas normas están referidas al Reglamento de Titulación, aprobado por el

Más detalles

a) Aprobar todas las asignaturas del Plan de Estudios de la Carrera, incluyendo las

a) Aprobar todas las asignaturas del Plan de Estudios de la Carrera, incluyendo las REGLAMENTO PROCESO DE TITULACION ESCUELA DE KINESIOLOGIA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE VALPARAÍSO TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES ARTÍCULO 1º El presente Reglamento establece las normas para la obtención

Más detalles

REGLAMENTO TITULO I. Disposiciones Generales

REGLAMENTO TITULO I. Disposiciones Generales REGLAMENTO TITULO I Disposiciones Generales Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas especiales para la administración académica del Programa conducente al Grado de Magister en Bioquímica

Más detalles

REGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO

REGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO REGLAMENTO DE REGIMEN CURRICULAR CARRERAS DE TÉCNICO UNIVERSITARIO TITULO I DEFINICIONES OPERACIONALES ART. 1 ART. 2 ART. 3 REGIMEN CURRICULAR, es el conjunto de todas las disposiciones reglamentarias

Más detalles

Reglamento de Titulación. Escuela de Informática y Telecomunicaciones. Facultad de Ingeniería

Reglamento de Titulación. Escuela de Informática y Telecomunicaciones. Facultad de Ingeniería Reglamento de Titulación Escuela de Informática y Telecomunicaciones Facultad de Ingeniería 2015 Artículo 1. Alcance El presente reglamento regula el proceso de obtención del grado académico de Licenciado

Más detalles

Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA

Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA Reglamento de Licenciatura y Titulación de Pre-grado ESCUELA DE PSICOLOGÍA Vigencia hasta el cierre de los planes de estudios previos a 2017 Para: Dirección Escuela de Psicología Referencia: Modificación

Más detalles

REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO

REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO REGLAMENTO PLAN DE ESTUDIO ESCUELA DE OBSTETRICIA Y PUERICULTURA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º El presente reglamento fija las normas generales y básicas por las

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACION CARRERAS PROFESIONALES

REGLAMENTO DE TITULACION CARRERAS PROFESIONALES REGLAMENTO DE TITULACION (Aprobado por Decreto de Rectoría Nº 11 de 2018) Página 1 de 13 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: El presente Reglamento establece las normas que rigen el otorgamiento

Más detalles

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS. Decreto Universitario N de 2 de septiembre de 2005 77 CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO AMBIENTAL Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0025712 de 2 de septiembre de 2005 1) Apruébase la creación del Grado de Magister en Derecho

Más detalles

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO

MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO MANPOWER CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO ACADÉMICO 2016 REGLAMENTO ACADÉMICO TÍTULO I NORMAS GENERALES Art. 1º El presente reglamento norma aquellos aspectos que dicen relación con las actividades

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN TITULO III DE LAS NORMAS GENERALES

REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN TITULO III DE LAS NORMAS GENERALES REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ADMINISTRACIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN TITULO I DE LAS NORMAS GENERALES Artículo 1º: El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración

Más detalles

FACULTAD DE CIENCIAS AGRONÓMICAS DISPOSICIONES INTERNAS SOBRE EL PROCESO DE TITULACIÓN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA MEMORIA DE TÍTULO

FACULTAD DE CIENCIAS AGRONÓMICAS DISPOSICIONES INTERNAS SOBRE EL PROCESO DE TITULACIÓN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA MEMORIA DE TÍTULO FACULTAD DE CIENCIAS AGRONÓMICAS DISPOSICIONES INTERNAS SOBRE EL PROCESO DE TITULACIÓN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA MEMORIA DE TÍTULO Artículo 1.- La Memoria de Título profesional es un trabajo

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGLAMENTO DEL PROGRAMA MAGISTER EN PROCESAMIENTO Y GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN (MPGI) Reglamento del programa de Magíster en Procesamiento y Gestión de la Información: TÍTULO I: DEFINICIÓN Artículo Nº 1:

Más detalles

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE

PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE REGLAMENTO DEL PROGRAMA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN INVESTIGACIÓN EN CIENCIAS DE LA SALUD TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTADISTICA

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTADISTICA REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ESTADISTICA TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE PUERTO PEÑASCO PROCEDIMIENTO DE TITULACIÓN Depto. de Servicios Escolares. Coordinación de Estudios Profesionales. Objetivo: Establecer las normas y lineamientos para la

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOBRE LAS OPCIONES DE TITULACIÓN. (Aprobado por el Consejo Técnico el 28 de abril de 2005)

REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOBRE LAS OPCIONES DE TITULACIÓN. (Aprobado por el Consejo Técnico el 28 de abril de 2005) REGLAMENTO INTERNO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOBRE LAS OPCIONES DE TITULACIÓN. (Aprobado por el Consejo Técnico el 28 de abril de 2005) El Consejo Técnico decidirá qué opciones se aplicarán a cada carrera,

Más detalles

INSTRUCTIVO PROCESO DE TITULACIÓN CARRERA DE ANTROPOLOGÍA

INSTRUCTIVO PROCESO DE TITULACIÓN CARRERA DE ANTROPOLOGÍA Departamento de Antropología INSTRUCTIVO PROCESO DE TITULACIÓN CARRERA DE ANTROPOLOGÍA El proceso de titulación otorgamiento de un Título Profesional- de la Carrera de Antropología con menciones comprende

Más detalles

CENTRO REGIONAL DE ESTUDIOS Y EDUCACIÓN AMBIENTAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA

CENTRO REGIONAL DE ESTUDIOS Y EDUCACIÓN AMBIENTAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MAGISTER EN MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE DEL CENTRO REGIONAL DE ESTUDIOS Y EDUCACIÓN AMBIENTAL DE LA Título I Disposiciones generales Artículo 1º. El programa de Magíster

Más detalles

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS

CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS 72 CREA GRADO DE MAGISTER EN DERECHO Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA FACULTAD DE DERECHO Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0019338 de 31 de mayo de 2012 1.- Apruébase la creación

Más detalles

REGLAMENTO SEMINARIO Y TALLER DE TÍTULO

REGLAMENTO SEMINARIO Y TALLER DE TÍTULO REGLAMENTO SEMINARIO Y TALLER DE TÍTULO Escuela de Diseño Pontificia Universidad Católica de Chile Disposiciones generales Artículo 1º El presente documento regula las acciones y requisitos para obtener

Más detalles

REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DE TITULACIÓN CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I

REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DE TITULACIÓN CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I REGLAMENTO DE ACTIVIDADES DE TITULACIÓN CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I DE LOS TRABAJOS DE TITULACIÓN PROFESIONAL PLAN I Articulo

Más detalles

REGLAMENTO PROCESO DE TITULACIÓN CARRERA KINESIOLOGÍA UNIVERSIDAD SEK

REGLAMENTO PROCESO DE TITULACIÓN CARRERA KINESIOLOGÍA UNIVERSIDAD SEK REGLAMENTO PROCESO DE TITULACIÓN CARRERA KINESIOLOGÍA UNIVERSIDAD SEK 2014 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo Nº 1 El siguiente reglamento de Proceso de Titulación de la Carrera de Kinesiología

Más detalles

REGLAMENTO DE CARRERA INGENIERÍA EN INFORMÁTICA

REGLAMENTO DE CARRERA INGENIERÍA EN INFORMÁTICA REGLAMENTO DE CARRERA INGENIERÍA EN INFORMÁTICA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1 El presente Reglamento establece las normas para la administración del plan de estudios, documento de trabajo

Más detalles

REGLAMENTO DE TITULACION CARRERAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR

REGLAMENTO DE TITULACION CARRERAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR REGLAMENTO DE TITULACION CARRERAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR (Aprobado por Decreto de Rectoría Nº 12/2018) Página 1 de 11 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º: El presente Reglamento establece

Más detalles

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos

REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos REGLAMENTO DE PROGRAMAS Magíster Facultad de Arquitectura Diseño y Estudios Urbanos 1 TITULO I DEL REGLAMENTO Y OBJETIVOS DE LOS PROGRAMAS DE MAGISTER DE LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y ESTUDIOS

Más detalles

REGLAMENTO CARRERA DE MATEMATICA MALLA 2012

REGLAMENTO CARRERA DE MATEMATICA MALLA 2012 REGLAMENTO CARRERA DE MATEMATICA MALLA 2012 TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1º: El presente Reglamento establece las normas básicas por las cuales se rige la Carrera de Matemática, sin perjuicio

Más detalles

INFORMACION GENERAL PRACTICA PROFESIONAL CARRERA DE PSICOLOGIA

INFORMACION GENERAL PRACTICA PROFESIONAL CARRERA DE PSICOLOGIA UNIVERSIDAD DE CHILE FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES ESCUELA DE CIENCIAS SOCIALES CARRERA DE PSICOLOGIA INFORMACION GENERAL PRACTICA PROFESIONAL CARRERA DE PSICOLOGIA PROCESO 2006 1. Introducción La Práctica

Más detalles

RESOLUCIÓN 393 (18 de noviembre de 2013)

RESOLUCIÓN 393 (18 de noviembre de 2013) POR MEDIO DE LA CUAL SE REGLAMENTA EL TRABAJO DE GRADO - MONOGRAFIA JURIDICA - PARA EL PROGRAMA DE DERECHO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS INTERNACIONALES EL RECTOR DE LA FUNDACIÓN UNIVERSITARIA

Más detalles

REGLAMENTO CARRERA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DIFERENCIAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA

REGLAMENTO CARRERA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DIFERENCIAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA REGLAMENTO CARRERA PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DIFERENCIAL UNIVERSIDAD DE ANTOFAGASTA INDICE TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES TÍTULO II OBJETIVO DEL PROGRAMA TITULO III DEL INGRESO DE LOS ALUMNOS(AS) AL PROGRAMA

Más detalles

Documentación de Títulos y. Grados. Contador Auditor. Carrera de Contador Auditor Facultad de Ingeniería y Negocios Universidad de Las Américas

Documentación de Títulos y. Grados. Contador Auditor. Carrera de Contador Auditor Facultad de Ingeniería y Negocios Universidad de Las Américas Documentación de Títulos y Grados Contador Auditor Carrera de Contador Auditor Facultad de Ingeniería y Negocios Universidad de Las Américas El presente documento forma parte del Plan de Estudios de las

Más detalles

ACADEMIA NACIONAL DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y ESTRATÉGICOS DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN

ACADEMIA NACIONAL DE ESTUDIOS POLÍTICOS Y ESTRATÉGICOS DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN 1 REGLAMENTO DE TESIS DE GRADO DE MAGÍSTER. (Resolución del Director Nº 6400/0005000/01, 19 de Marzo de 2014.) I. LA TESIS DE GRADO 1. La tesis de grado es un trabajo académico individual de investigación,

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA. TÍTULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA. TÍTULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN BIOÉTICA TÍTULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica del Programa

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN, REALIZACION, EVALUACION Y CALIFICACION DE TESIS Y TRABAJO DE TITULACIÓN.

PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN, REALIZACION, EVALUACION Y CALIFICACION DE TESIS Y TRABAJO DE TITULACIÓN. PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN, REALIZACION, EVALUACION Y CALIFICACION DE TESIS Y TRABAJO DE TITULACIÓN. 1. Objetivo de la Tesis: La Tesis o el Trabajo de Titulación tiene por objeto desarrollar en

Más detalles

NORMAS DE LA LICENCIATURA EN TRABAJO SOCIAL. (Plan de estudios 2009)

NORMAS DE LA LICENCIATURA EN TRABAJO SOCIAL. (Plan de estudios 2009) NORMAS DE LA LICENCIATURA EN TRABAJO SOCIAL CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES (Plan de estudios 2009) Artículo 1. (Objeto y ámbito de aplicación) Estas normas regulan la Licenciatura en Trabajo Social

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU. TITULO I De las Normas Generales REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN DESARROLLO URBANO - MDU TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

REGLAMENTO DE EGRESO, OBTENCIÓN DE GRADO Y TÍTULO PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DE PÁRVULOS

REGLAMENTO DE EGRESO, OBTENCIÓN DE GRADO Y TÍTULO PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DE PÁRVULOS REGLAMENTO DE EGRESO, OBTENCIÓN DE GRADO Y TÍTULO PEDAGOGÍA EN EDUCACIÓN DE PÁRVULOS TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El grado de Licenciado en Educación, se otorgará a quienes cumplan los

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGÍSTER EN ARTES Y MENCIONES TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la administración académica

Más detalles

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA VENEZUELA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA REGLAMENTO GENERAL DE PASANTIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1: La Pasantía es aquella actividad curricular, que como requerimiento académico, comprende un conjunto de actividades de formación

Más detalles

REGLAMENTO CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO CARRERA DE INGENIERÍA CIVIL EN INFORMÁTICA FACULTAD DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE TEMUCO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente reglamento establece las normas por las

Más detalles

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I. De las Normas Generales TITULO II

REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I. De las Normas Generales TITULO II REGLAMENTO PROGRAMA DE MAGISTER EN ASENTAMIENTOS HUMANOS Y MEDIO AMBIENTE MHM TITULO I De las Normas Generales Artículo 1º El presente Reglamento establece las disposiciones generales y normas para la

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO MAGÍSTER EN ANÁLISIS GEOGRÁFICO. Título Preliminar

REGLAMENTO INTERNO MAGÍSTER EN ANÁLISIS GEOGRÁFICO. Título Preliminar V REGLAMENTO INTERNO MAGÍSTER EN ANÁLISIS GEOGRÁFICO Título Preliminar Este reglamento complementa el Reglamento de los Programas de Doctorado y Magíster de la Universidad de Concepción (Decretos U. de

Más detalles

REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE ESTUDIOS FACULTAD DE INGENIERIA

REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE ESTUDIOS FACULTAD DE INGENIERIA UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE ESTUDIOS FACULTAD DE INGENIERIA RESOLUCION 8415 DEL 29.09.2011 Versión: 9 de febrero 2012 REGLAMENTO COMPLEMENTARIO DE REGIMEN DE

Más detalles

PROGRAMA DE ASIGNATURA 2017

PROGRAMA DE ASIGNATURA 2017 PROGRAMA DE ASIGNATURA 2017 Nombre Taller de Pensamiento Integrador y Síntesis - TPI+S Carrera Bachillerato en Ciencias y Humanidades Código 90036 4 Hrs. Pedagógicas Presenciales / 4 Hrs. Cronológicas

Más detalles

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I

CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS A. REGLAMENTO TITULO I 138 CREA EL GRADO DE MAGISTER EN ESTUDIOS DE GENERO Y CULTURA CON MENCIONES Y APRUEBA REGLAMENTO Y PLAN DE ESTUDIOS Decreto Universitario N 0018662 de 21 de noviembre de 2000 1. Apruébase la creación del

Más detalles

Reglamento y Plan de Estudios Magíster en Gestión y Planificación Ambiental

Reglamento y Plan de Estudios Magíster en Gestión y Planificación Ambiental UNIVERSIDAD DE CHILE Reglamento y Plan de Estudios Magíster en Gestión y Planificación Ambiental DECRETO EXENTO N 006690 10 junio 1998 Modificado por DECRETO EXENTO Nº 005234 08 abril 2002 Modificado por

Más detalles

Universidad del Azuay. El Consejo Académico, considerando:

Universidad del Azuay. El Consejo Académico, considerando: Universidad del Azuay El Consejo Académico, considerando: Que, la Disposición Transitoria Quinta del Reglamento de Régimen Académico, al referirse a las normas para la titulación aplicables hasta que se

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA. UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud UNIVERSIDAD AUTÓNOMA METROPOLITANA UNIDAD XOCHIMILCO División de Ciencias Biológicas y de la Salud Doctorado en Ciencias en Salud Colectiva Grado: Doctor o Doctora en Ciencias en Salud Colectiva PLAN DE

Más detalles

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO

REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO REGLAMENTO SEMINARIO DE TITULACIÓN Y TALLER DE TÍTULO Escuela de Diseño Pontificia Universidad Católica de Chile Vigencia a partir de marzo 2010_ modificado Julio 2014 Disposiciones generales El presente

Más detalles

REGLAMENTO SOBRE TRABAJO DE TITULACION, TESIS DE GRADO Y EXAMENES

REGLAMENTO SOBRE TRABAJO DE TITULACION, TESIS DE GRADO Y EXAMENES REGLAMENTO SOBRE TRABAJO DE TITULACION, TESIS DE GRADO Y EXAMENES PREÁMBULO El presente reglamento tiene por objetivo normar la inscripción, corrección y calificación tanto el escrito del Trabajo de Titulación

Más detalles

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE DIPLOMADO. TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES.

UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE DIPLOMADO. TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES. UNIVERSIDAD FINIS TERRAE. FACULTAD DE MEDICINA REGLAMENTO DE LOS PROGRAMAS DE DIPLOMADO. TÍTULO I CONSIDERACIONES GENERALES. El presente Reglamento establece el conjunto de normas que regulan los Programas

Más detalles

TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO Instituto Tecnológico de San Juan del Río

TECNOLÓGICO NACIONAL DE MÉXICO Instituto Tecnológico de San Juan del Río OPCIÓN I: TESIS PROFESIONAL IMPORTANTE: Esta opción de titulación aplica para alumnos de las retículas 1993 y 2004. 1.2.5.1.1. Se denomina tesis profesional a la presentación de los resultados obtenidos

Más detalles

REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO MAGISTER EN ANTROPOLOGIA SOCIOCULTURAL A. REGLAMENTO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 El presente Reglamento establece las normas de la estructura, organización y administración de

Más detalles

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Facultad de Humanidades y Educación Coordinación Académica

UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Facultad de Humanidades y Educación Coordinación Académica UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA Facultad de Humanidades y Educación Coordinación Académica REGLAMENTO DE LOS TRABAJOS DE LICENCIATURA DE LAS ESCUELAS DE LA FACULTAD DE HUMANIDADES Y EDUCACIÓN CAPITULO

Más detalles

REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION

REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION REGLAMENTO DE EGRESO Y TITULACION Secretaria General Departamento de Títulos y Grados 2008 1 TITULO I : Disposiciones Generales. TITULO II : Del Egreso. TITULO III : Titulación. TITULO IV : De la Ceremonia

Más detalles

POSGRADO INSTITUCIONAL EN CIENCIAS QUÍMICAS Y BIOQUÍMICAS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN EN SEMINARIOS DE MAESTRÍA

POSGRADO INSTITUCIONAL EN CIENCIAS QUÍMICAS Y BIOQUÍMICAS MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN EN SEMINARIOS DE MAESTRÍA POSGRADO INSTITUCIONAL EN CIENCIAS QUÍMICAS Y BIOQUÍMICAS NIVEL MAESTRÍA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN EN SEMINARIOS DE MAESTRÍA Mérida, Yucatán Aprobado por el Comité Académico: 10 de abril

Más detalles

REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION Revisado a febrero del 2003

REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION Revisado a febrero del 2003 INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA ESCUELA DE INGENIERIA EN CONSTRUCCION PROGRAMA DE LICENCIATURA EN INGENIERÍA EN CONSTRUCCION REGLAMENTO DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION Revisado a febrero del 2003

Más detalles

SANTIAGO, RESUELVO: 1. APRUÉBENSE las siguientes Normas Internas del Programa de Magíster en Manejo Ambiental de Humedales.

SANTIAGO, RESUELVO: 1. APRUÉBENSE las siguientes Normas Internas del Programa de Magíster en Manejo Ambiental de Humedales. REPUBLICA DE CHILE UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO DIRECCION GENERAL DE GRADUADOS ESTABLECE NORMAS INTERNAS DEL PROGRAMA DE MAGÍSTER EN MANEJO AMBIENTAL DE

Más detalles

Lineamientos y Criterios para la Operación del Programa de Doctorado en Nanotecnología

Lineamientos y Criterios para la Operación del Programa de Doctorado en Nanotecnología Lineamientos y Criterios para la Operación del Programa de Doctorado en Nanotecnología Definiciones: Comisión Académica. Instancia definida en el artículo 15 del Reglamento de Estudios de Posgrado (REP),

Más detalles

Azuay titularse conforme a las modalidades establecidas en el Reglamento de Régimen Académico.

Azuay titularse conforme a las modalidades establecidas en el Reglamento de Régimen Académico. INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA UNIDAD DE TITULACIÓN ESPECIAL EN LOS PROGRAMAS DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD DEL AZUAY Artículo 1.- Objeto: El presente instructivo tiene por objeto

Más detalles

REGLAMENTO OPERATIVO DEL PLAN DE ESTUDIOS

REGLAMENTO OPERATIVO DEL PLAN DE ESTUDIOS REGLAMENTO OPERATIVO 1 INDICE CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES....3 CAPÍTULO II PLANES DE ESTUDIO...4 CAPÍTULO III DE LAS INSCRIPCIONES..6 CAPÍTULO IV DE LAS MATERIAS OPTATIVAS....8 CAPÍTULO V DE LAS

Más detalles

PROGRAMA DE INGENIERIA CONDUCENTE AL TITULO PROFESIONAL DE INGENIERO EN OPERACIONES DE EMERGENCIA, MENCION COORDINADOR DE SISTEMAS

PROGRAMA DE INGENIERIA CONDUCENTE AL TITULO PROFESIONAL DE INGENIERO EN OPERACIONES DE EMERGENCIA, MENCION COORDINADOR DE SISTEMAS PROGRAMA DE INGENIERIA CONDUCENTE AL TITULO PROFESIONAL DE INGENIERO EN OPERACIONES DE EMERGENCIA, MENCION COORDINADOR DE SISTEMAS a).- Antecedentes Generales. 1. Unidad Académica Responsable: Carrera

Más detalles

Texto aprobado en el H. Consejo Superior, de 11 de septiembre de Artículo Segundo: La Facultad estará compuesta por los siguientes órganos:

Texto aprobado en el H. Consejo Superior, de 11 de septiembre de Artículo Segundo: La Facultad estará compuesta por los siguientes órganos: ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL NORTE Texto aprobado en el H. Consejo Superior, de 11 de septiembre de 2012 I. MISIÓN Y ESTRUCTURA Artículo Primero:

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO DE TITULACIÓN

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO DE TITULACIÓN UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO DE TITULACIÓN Aplica para los Alumnos de los Planes de Estudio 1995 1 CONTENIDO CAPÍTULO 1 Disposiciones Generales CAPÍTULO II De las Modalidades de Titulación

Más detalles

- Pedro de Valdivia Providencia, Santiago.

- Pedro de Valdivia Providencia, Santiago. !! Control de versión Para mantener el control y la trazabilidad de los cambios realizados en el presente reglamento, a continuación, se presenta la estructura de registro que se debe completar cada vez

Más detalles

LIBROS DE TEXTO O PROTOTIPOS DEDACTICOS. (A FINES A LA ESPECIALIDAD)

LIBROS DE TEXTO O PROTOTIPOS DEDACTICOS. (A FINES A LA ESPECIALIDAD) LAS OPCIONES PARA SUSTENTAR EL ACTO DE RECEPCION PROFESIONAL SON LAS SIGUIENTES A NIVEL LICENCIATURA: NOTA : Si eres egresado del plan de estudios 2004, únicamente tienes 6 opciones para titularte las

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO GENERAL DE ESTUDIOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DE LA UNIVERSIDAD DE VALPARAÍSO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES ENERO 2013 ARTICULO 1º El presente Reglamento establece las normas básicas y generales

Más detalles

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES

PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CAPÍTULO I CONTENIDO Y ALCANCES PROCEDIMIENTOS E INSTRUCTIVOS DE GRADOS Y TÍTULOS PARA LA CARRERA DE PSICOLOGÍA TÍTULO I GENERALIDADES CONTENIDO Y ALCANCES Artículo Nº 1 El presente Reglamento contiene las normas complementarias y de

Más detalles

Decano Rodrigo Garrido Hidalgo. Directora Instituto de Ciencias Básicas Sara Arancibia Carvajal

Decano Rodrigo Garrido Hidalgo. Directora Instituto de Ciencias Básicas Sara Arancibia Carvajal UNIVERSIDAD DIEGO PORTALES FACULTAD DE INGENIERÍA Decano Rodrigo Garrido Hidalgo Director Escuela de Ingeniería Civil Industrial Louis de Grange Concha Director Escuela de Ingeniería Civil en Informática

Más detalles

NORMATIVA DE PRUEBAS DE GRADO ABRIL, 2016.

NORMATIVA DE PRUEBAS DE GRADO ABRIL, 2016. NORMATIVA DE PRUEBAS DE GRADO ABRIL, 2016. Tabla de contenido CAPÍTULO I. JUSTIFICACIÓN... 3 Artículo 1.... 3 Artículo 2.... 3 CAPÍTULO II. COMISION DE TRABAJOS FINALES DE GRADUACION... 3 Artículo 3....

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LOS TRABAJOS INSTRUMENTALES DE GRADO (TIG)

PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LOS TRABAJOS INSTRUMENTALES DE GRADO (TIG) PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LOS TRABAJOS INSTRUMENTALES DE GRADO (TIG) APROBADO EN EL CONSEJO DE ESCUELA EN SU SESIÓN Nro. 247 DE FECHA 25-06-2014 PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LOS TRABAJOS INSTRUMENTALES

Más detalles