BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30.

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30."

Transcripción

1 BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Buenos Aires, martes 15 de febrero de 2005 Año CXIII Número Precio $ 0,70 Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947) Sumario Pág. DECRETOS Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECU- TIVO NACIONAL, por el Artículo 5, inciso s), de la Ley N incorporado por su similar N y mantenido por el Artículo 4 de la Ley N , DECRETOS EXENCION DE GRAVAMENES 110/2005 Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de la República de la India, destinados a ser exhibidos durante el desarrollo de la Exposición Multisectorial Made in India, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires /2005 Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el 11º Congreso Mundial de Menopausia, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.... SINTETIZADOS... RESOLUCIONES ADHESIONES OFICIALES 142/2005-SSS Auspícianse el 16º Congreso Farmacéutico, el 8º Congreso Argentino de Psicotrópicos y el 6º Encuentro Farmacéutico de la Ciudad de Buenos Aires.... ASIGNACIONES FAMILIARES 280/2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpórase formalmente un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpórase formalmente un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares EXENCION DE GRAVAMENES Decreto 110/2005 Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de la República de la India, destinados a ser exhibidos durante el desarrollo de la Exposición Multisectorial Made in India, a realizarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Bs. As., 10/2/2005 VISTO el Expediente N S01: /2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y Que la CAMARA DE INDUSTRIA Y COMER- CIO ARGENTINO - INDIA solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, folletos y otras formas de propaganda, originarios de la REPUBLICA DE LA INDIA, destinados a ser exhibidos durante la realización de la Exposición Multisectorial MADE IN INDIA, que tendrá lugar en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 3 al 10 de mayo de Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural entre la REPUBLICA DE LA INDIA y nuestro país. Que los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, folletos y otras formas de propaganda que ingresarán al país, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durante el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MIL (U$S ). Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRO- DUCCION ha tomado la intervención que le compete. EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los productos de la pequeña y mediana industria, alimentos, bebidas, tabacos, artesanías, folletos y otras formas de propaganda, originarios y procedentes de la REPUBLICA DE LA INDIA, destinados a ser exhibidos durante la realización de la Exposición Multisectorial MADE IN INDIA, que tendrá lugar en la CIUDAD AUTONOMA DE BUE- NOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA) del 3 al 10 de mayo de 2005, para su posterior obsequio y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DOLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MIL (U$S ), tomando como base de cálculo valores FOB. Art. 2 Exímese del pago del Impuesto al Valor agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos mencionados en el Artículo 1 del presente decreto entre el público concurrente a la muestra aludida precedentemente de corresponder su aplicación. Art. 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Roberto Lavagna. EXENCION DE GRAVAMENES Decreto 111/2005 Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en el 11º Congreso Mundial de Menopausia, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Bs. As, 10/2/2005 VISTO el Expediente N S01: /2004 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y 311/2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.... Continúa en página PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional dnro@boletinoficial.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax y líneas rotativas

2 Martes 15 de febrero de 2005 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpórase formalmente a empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpórase formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares /2004-ANSES Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares.... FORESTACION 45/2005-SAGPA Modifícase la Resolución Nº 22/2001, referida a la documentación técnica, contable, ambiental y legal que deben presentar los titulares de proyectos de inversiones para bosques cultivados.... RIESGOS DEL TRABAJO 288/2005-SRT Apruébase el procedimiento de tramitación de acuerdos específicos que se celebren en el marco de convenios suscriptos con la Confederación General del Trabajo y la Central de los Trabajadores Argentinos, en relación con Proyectos de Capacitación.... TELECOMUNICACIONES 27/2005-SC Regístranse a nombre de la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús María Limitada los servicios de Telefonía de Larga Distancia Nacional e Internacional y Provisión de Facilidades de Telecomunicaciones /2005-SC Asígnase a Internet Services S.A. numeración no geográfica para el servicio Acceso a Internet para Area de Servicio Extendida.... TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS 125/2005-CNRT Fíjase el arancel para la adquisición del Documento de Control Horario.... Pág Que la ASOCIACION ARGENTINA PARA EL ESTUDIO DEL CLIMATERIO (A.A.P.E.C.), solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos, y elementos de construcción y decoración de stands, originario y procedentes de los países participes en el evento 11 CONGRESO MUNDIAL DE MENOPAUSIA, a realizarse en el Sheraton Buenos Aires Hotel & Convention Center de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AI- RES (REPUBLICA ARGENTINA), del 18 al 22 de octubre de Que la realización de esta muestra acrecentará el intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro país con los demás países participantes. Que los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos y elementos de construcción y decoración de stands, se constituyen como materiales de apoyo importantes para ser utilizados durarte el desarrollo del evento, por lo que se considera razonable autorizar la importación de los mismos por un valor FOB de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRO- DUCCION ha tomado la intervención que le compete, Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECU- TIVO NACIONAL, por el Artículo 5, inciso s), de la Ley N incorporado por su similar N y mantenido por el Artículo 4 de la Ley N en lo que hace a la exención de los tributos que gravan a la importación para consumo, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: Artículo 1 Exímese del pago del derecho de importación, del impuesto al valor agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística y comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas de propaganda, regalos, y elementos de construcción y decoración de stands, origi- narios y procedentes de los países participantes en el evento 11 CONGRESO MUNDIAL DE MENOPAUSIA, a realizarse en el Sheraton Buenos Aires Hotel & Convention Center de la CIU- DAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (REPU- BLICA ARGENTINA), del 18 al 22 de octubre de 2005, para su exhibición y/u obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo de DO- LARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB. Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Roberto Lavagna. DECRETOS SINTETIZADOS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2069/2004 Bs. As., 31/12/2004 Dase por designado a partir del 1º de octubre de 2004, como Asesor en la Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Planeamiento Deportivo de la Secretaría de Deporte, dependiente de la citada cartera, a Juan Manuel López Gómez (D.N.I. Nº ). El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Decreto 2070/2004 Bs. As., 31/12/2004 Dase por designados, a partir del 1º de noviembre de 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2004, como Asesores en la Planta de Gabinete de la Secretaría de Deporte de la citada cartera, a Alfredo Omar Miri (L.E. Nº ), y a Juan Argentino Galván (D.N.I. Nº ). El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio de la Jefatura de Gabinete de Ministros. DISPOSICIONES ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS 9/2005-DGI-AFIP... 39/2005-AFIP Asignación y finalización de funciones y designación de Jefaturas en jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.... ESPECIALIDADES MEDICINALES 916/2005-ANMAT Prohíbese la comercialización y uso de determinados lotes del producto rotulado como Novalgina, de Aventis Pharma S.A., al no poder garantizarse su condición de conservación y su destino legal HORARIO DE ATENCION CONCURSOS OFICIALES Anteriores... AVISOS OFICIALES Nuevos... Anteriores Sede Central Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires a hs. Delegación Tribunales Libertad Ciudad Autónoma de Buenos Aires 8.30 a hs. Delegación Colegio Público de Abogados Avda. Corrientes Ciudad Autónoma de Buenos Aires a hs.

3 Martes 15 de febrero de 2005 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº RESOLUCIONES Superintendencia de Servicios de Salud ADHESIONES OFICIALES Resolución 142/2005 Auspícianse el 16º Congreso Farmacéutico, el 8º Congreso Argentino de Psicotrópicos y el 6º Encuentro Farmacéutico de la Ciudad de Buenos Aires. Bs. As., 8/2/2005 VISTO el Expediente Nº 86060/05-S.S.SALUD; y Que en las actuaciones del VISTO se presenta el COLEGIO OFICIAL DE FARMACEUTICOS Y BIOQUIMICOS DE LA CAPITAL FEDERAL y solicita el auspicio de esta Superintendencia de Servicios de Salud al I6º CONGRE- SO FARMACEUTICO, en simultáneo con el 8º CONGRESO ARGENTINO DE PSICO- TROPICOS y el 6º ENCUENTRO FARMA- CEUTICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AI- RES, durante los días 6, 7, 8 y 9 de Octubre de Que se estima de gran interés otorgar el auspicio al citado encuentro. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete. Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 1615/96 y 145/03 PEN. EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD Artículo 1º Auspiciar el I6º CONGRESO FARMACEUTICO, en simultáneo con el 8º CON- GRESO ARGENTINO DE PSICOTROPICOS y el 6º ENCUENTRO FARMACEUTICO DE LA CIU- DAD DE BUENOS AIRES, a realizarse durante los días 6,7,8 y 9 de Octubre de Art. 2º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. Rubén H. Torres. Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 297/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 22/11/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo del 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre del 2003 y la Resolución D.E.-N Nº 1061 de fecha 19 de octubre del 2004; y CONSIDERANDO Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta Administración NA- CIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 1061/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 8 de octubre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativio pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N. Nº 1061/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Noviembre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Noviembre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRA- CION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. NOTA: Esta resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 298/2004 Incorpórase formalmente un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 22/11/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo del 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre del 2003 y la Resolución D.E.-N Nº 724 de fecha 21 de julio de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 724/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 13 de julio de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 724/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Septiembre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Octubre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. CUIT RAZON SOCIAL ANEXO HSBC MAXIMA SA AFJP Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 312/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 6/12/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E-N Nº 724 de fecha 21 de julio de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema.

4 Martes 15 de febrero de 2005 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 724/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 13 de julio de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 724/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Noviembre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Noviembre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. ANEXO CUIT RAZON SOCIAL HSBC BANK ARGENTINA SA ATENTO ARGENTINA SA Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 314/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 6/12/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E-N Nº 1122 de fecha 2 de noviembre de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 1122/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 20 de octubre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 1122/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Noviembre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Noviembre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. CUIT RAZON SOCIAL CASA RIZZO SRL ANEXO PAPELERA AZULEÑA SA Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 336/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 20/12/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E-N Nº 1122 de fecha 2 de noviembre de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 1122/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 20 de octubre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 1122/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Diciembre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Noviembre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Diciembre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. NOTA: Esta resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 338/2004 Incorpórase formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 20/12/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E-N Nº 1061 de fecha 19 de octubre de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de

5 Martes 15 de febrero de 2005 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 1061/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 8 de octubre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 1061/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Noviembre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Noviembre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. NOTA: Esta resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 346/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 29/12/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de Ia ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo del 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre del 2003 y la Resolución D.E.-N Nº 1061 de fecha 19 de octubre del 2004; y CONSIDERANDO Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá, la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 1061/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 08 de octubre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 1061/04 EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Diciembre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar, abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Noviembre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Diciembre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. NOTA: Esta resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 351/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 29/12/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E.-N Nº 998 de fecha 28 de septiembre de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 998/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 17 de septiembre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 998/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Septiembre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Octubre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. NOTA: Esta resolución se publica sin Anexo. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 301/2004 Incorpórase formalmente un empleador al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 22/11/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo del 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre del 2003 y la Resolución D.E-N Nº 996 de fecha 28 de septiembre de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de

6 Martes 15 de febrero de 2005 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 996/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 17 de septiembre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 996/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Agosto de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Julio de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Agosto de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. CUIT RAZON SOCIAL ANEXO TERRA CITRUS SRL Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 310/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 6/12/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIO- NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre del 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo del 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre del 2003 y la Resolución D.E-N Nº 1061 de fecha 19 de octubre del 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 1061/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 8 de octubre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 1061/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Septiembre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Octubre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL RE- GISTRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. CUIT RAZON SOCIAL ANEXO BRUNETTI LIDIA SUSANA D ALESSANDRO ANA MARIA Administración Nacional de la Seguridad Social ASIGNACIONES FAMILIARES Resolución 299/2004 Incorpóranse formalmente empleadores al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Bs. As., 22/11/2004 VISTO el Expediente Nº del Registro de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Ley Nº , la Resolución D.E.-N Nº 1289 de fecha 10 de diciembre de 2002, la Resolución D.E.-N Nº 641 de fecha 29 de mayo de 2003, la Resolución D.E.-N Nº 1390 de fecha 17 de diciembre de 2003 y la Resolución D.E-N Nº 998 de fecha 28 de septiembre de 2004; y Que en el expediente citado en el VISTO se tramita la inclusión formal de los empleadores consignados en el Anexo que forma parte integrante de la presente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF). Que la Ley Nº instituye el Sistema de Pago Directo de Asignaciones Familiares. Que es facultad de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL disponer el pago de las prestaciones familiares a través del presente en atención a las modalidades de la actividad y de las relaciones de trabajo y a las posibilidades administrativas, a cuyo efecto determinará las actividades, zonas o regiones y oportunidad en que será implementado. Que el artículo 4º de la Resolución D.E.-N Nº 641/03 establece que las incorporaciones al Sistema Unico de Asignaciones Familiares (SUAF), se realizará conforme las pautas y cronograma que, oportunamente, establecerá la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURI- DAD SOCIAL. Que sin perjuicio de lo expuesto, cuando las razones que dieron lugar a su establecimiento desaparecieren o variaren, podrá suspenderlo o dejarlo sin efecto, en cuyo caso el pago de las asignaciones correspondientes estará a cargo de los empleadores a través del Sistema de Fondo Compensador. Que habiéndose dictado con fecha 29 de mayo de 2003 la Resolución D.E.-N Nº 641, que establece requisitos para la inclusión de empleadores al Sistema de Unico de Asignaciones Familiares, los solicitantes han cumplido con los mismos a los efectos de formalizar su incorporación al citado sistema. Que los empleadores citados han presentado la documental exigida por la Gerencia de Prestaciones a fin de formalizar su ingreso al Sistema Unico de Asignaciones Familiares. Que la Resolución D.E.-N Nº 998/04 faculta a la Gerencia de Prestaciones para dictar los actos administrativos que incluyan formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, oportunamente, ha tomado la intervención de su competencia mediante la emisión del Dictamen Nº de fecha 17 de septiembre de Que, en consecuencia, procede dictar el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº , el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91, el Decreto Nº 106/03 y la Resolución D.E.-N Nº 998/04. EL GERENTE DE PRESTACIONES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Artículo 1º Incorpóranse formalmente al Sistema Unico de Asignaciones Familiares a los empleadores que se encuentran detallados en el ANEXO que forma parte integrante de la presente, a partir del período mensual devengado correspondiente a Noviembre de Art. 2º Los empleadores deberán continuar abonando las asignaciones familiares a sus trabajadores a través del Sistema de Fondo Compensador hasta el período mensual devengado correspondiente a Octubre de Art. 3º Los empleadores referenciados en el artículo 1º de la presente, no podrán compensar las asignaciones familiares abonadas a sus trabajadores, a partir del período devengado Noviembre de Art. 4º Dése cuenta a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP). Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGIS- TRO OFICIAL y archívese. Alberto Freire. CUIT RAZON SOCIAL SUAREZ JUAN JORGE TOTI CARLOS ALFREDO SANCHEZ HEBER LUIS MARIA AKAPOL SACIFIA CURTIEMBRE MONTE GRANDE S.H. DE NORBERTO ELECTROMECANICA MONTE GRANDE SAIC SOCIEDAD ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS DE ANTONIO BUTTINI E HIJOS SRL COOP. LTADA. DE CONSUMO POPULAR DE ELECTRI GIL BARBARA SRL AGRO EL CARRETERO SA ELENA LORENZI SRL ANEXO

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30.

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30. BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Buenos Aires, martes 29 de noviembre de 2005 Año CXIII Número 30.791 Precio $ 0,70 Los documentos que aparecen en

Más detalles

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACIÓN LABORAL APLICACION TRIBUTARIA / 1

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACIÓN LABORAL APLICACION TRIBUTARIA / 1 TABLA DE CONTENIDO LEGISLACIÓN LABORAL Poder Ejecutivo Nacional Decreto Nº 897/2007.................. 3 Administración Nacional de la Seguridad Social Resolución Nº 114/2007................. 6 Resolución

Más detalles

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACION LABORAL APLICACION TRIBUTARIA / 1

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACION LABORAL APLICACION TRIBUTARIA / 1 TABLA DE CONTENIDO LEGISLACION LABORAL PODER EJECUTIVO NACIONAL Decreto Nº 137/2005.................. 3 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución Nº 279/2004................. 4 Resolución

Más detalles

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACION LABORAL APLICACION TRIBUTARIA / 1

TABLA DE CONTENIDO LEGISLACION LABORAL APLICACION TRIBUTARIA / 1 TABLA DE CONTENIDO LEGISLACION LABORAL PODER EJECUTIVO NACIONAL Decreto Nº 788/2005.................. 3 Decreto Nº 801/2005.................. 4 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30.

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30. BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Buenos Aires, martes 20 de diciembre de 2005 Año CXIII Número 30.805 Precio $ 0,70 Los documentos que aparecen en

Más detalles

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

DECISIONES ADMINISTRATIVAS BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Buenos Aires, martes 26 de abril de 2005 Año CXIII Número 30.640 Precio $ 0,70 Los documentos que aparecen en el

Más detalles

Créase el Registro de Vehículos Automotores con Principios de Funcionamiento Tendientes a Reducir la Contaminación Ambiental.

Créase el Registro de Vehículos Automotores con Principios de Funcionamiento Tendientes a Reducir la Contaminación Ambiental. Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Resolución 60/2010 Créase el Registro de Vehículos Automotores con Principios de Funcionamiento Tendientes a Reducir

Más detalles

Pág. #I I# Decreto 1362/2014. Bs. As., 14/8/2014. FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: PRESIDENCIA DE LA NACION

Pág. #I I# Decreto 1362/2014. Bs. As., 14/8/2014. FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: PRESIDENCIA DE LA NACION Primera Sección Buenos Aires, viernes 22 de agosto de 2014 Año CXXII Número 32.952 Precio $ 4,00 Sumario DECRETOS FERIAS INTERNACIONALES Decreto 1362/2014 Exímese del pago del derecho de importación y

Más detalles

Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual

Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual Defensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual Resolución Nº 56/2016 (Boletín Oficial Nº 33.367, 28/04/16) Bs. As., 26/04/2016 VISTO el Expediente N 70/2016 del Registro de esta DEFENSORÍA

Más detalles

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA

MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Resolución 21-E/2017 Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2017 VISTO el Expediente Nº EX-2016-03476573- -APN-DDYME#MA del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y CONSIDERANDO:

Más detalles

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

EL SECRETARIO DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Resolución Nº 45/2010 Bs. As., 25/3/2010 Visto el Expediente Nº 001522/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Decisión

Más detalles

Resolución General 4087/2016. AFIP. CLAVE FISCAL. Servicios Web. Estados Administrativos de la CUIT

Resolución General 4087/2016. AFIP. CLAVE FISCAL. Servicios Web. Estados Administrativos de la CUIT Resolución General 4087/2016. AFIP. CLAVE FISCAL. Servicios Web. Estados Administrativos de la CUIT Se incorporan en el Sistema Registral los Estados Administrativos de la CUIT, a efectos de establecer

Más detalles

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Lunes 13 de diciembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.046 36 #I4168423I# % 36 % INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES Resolución N 2762/2010 Bs. As., 6/12/2010 VISTO, el expediente

Más detalles

Que la Ley N y la reglamentación dictada por Decreto N 1.993/11 establecen el Marco Regulatorio de la Medicina Prepaga.

Que la Ley N y la reglamentación dictada por Decreto N 1.993/11 establecen el Marco Regulatorio de la Medicina Prepaga. MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 1769/2014 Bs. As., 30/12/2014 VISTO el Expediente N 225376/2013 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo

Más detalles

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados. Decreto 963/2008 Homológase el Acta Acuerdo y sus Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial correspondiente al Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios

Más detalles

Sumario DECRETOS. Número DECRETOS PRESIDENCIA DE LA NACION DECISIONES ADMINISTRATIVAS. Primera Sección

Sumario DECRETOS. Número DECRETOS PRESIDENCIA DE LA NACION DECISIONES ADMINISTRATIVAS. Primera Sección Primera Sección Buenos Aires, jueves 12 de septiembre de 2013 Año CXXI Número 32.721 Precio $ 3,00 Sumario DECRETOS FERIAS INTERNACIONALES Decreto 1331/2013 Exímese del pago del derecho de importación

Más detalles

Legislación y Avisos Oficiales

Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 5 de octubre de 2017 Año CXXV Número 33.724 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 775/16 Ref. Dumping - Globos de caucho, incluidos los globitos para agua (NCM 9503.00.99 y 9505.90.00), de CHINA - Derecho antidumping provisional bajo la forma de un derecho específico. 06/12/2016

Más detalles

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados. Decreto 974/2008 Homológase el Acta Acuerdo y Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, correspondiente al Personal Embarcado de la Dirección Nacional de Vías Navegables,

Más detalles

VISTO el Expediente Nº /97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

VISTO el Expediente Nº /97 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y Resolución 1318/98 Actualízanse los formularios de Declaración Jurada de Composición de Productos Textiles y Calzado, aprobado por Resolución N 850/96. Modificación del Artículo 12 de la referida norma.

Más detalles

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3990-E Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Recategorización de oficio. Medios de pago. Emisión electrónica de comprobantes

Más detalles

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados. Decreto 883/2008 Homológase un Acta Acuerdo y sus Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial correspondiente al Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA).

Más detalles

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS. Resolución N 533/2017. Ciudad de Buenos Aires, 18 de Julio de 2017.

SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS. Resolución N 533/2017. Ciudad de Buenos Aires, 18 de Julio de 2017. SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS Resolución N 533/2017 Ciudad de Buenos Aires, 18 de Julio de 2017. VISTO el EX-2017-13537879- -APN-CME#MP, la Ley Nº 19.971, y CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley

Más detalles

Apruébase la Reglamentación de los Artículos 21 y 31 de la Ley N , sustituidos por su similar N

Apruébase la Reglamentación de los Artículos 21 y 31 de la Ley N , sustituidos por su similar N ARTE DE CURAR Decreto 10/2003 Apruébase la Reglamentación de los Artículos 21 y 31 de la Ley N 17.132, sustituidos por su similar N 23.873. Publicada en el Boletín Oficial del 06/01/2003. Número: 30061.

Más detalles

VISTO el Expediente Nº 5241/06 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la Ley Nº , y

VISTO el Expediente Nº 5241/06 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, la Ley Nº , y EDUCACION Decreto 457/2007 Establécense pautas en relación al convenio marco al que se refiere el artículo 10 de la Ley Nº 26.075, el que regulará respecto de las materias allí descriptas y resultará de

Más detalles

Ministerio de Producción IMPORTACIONES

Ministerio de Producción IMPORTACIONES Ministerio de Producción IMPORTACIONES Resolución 5/2015 Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Bs. As., 22/12/2015 VISTO el Expediente N S01:0360407/2015 del Registro

Más detalles

Que los sistemas de licencias de importación deben aplicarse de forma transparente y previsible.

Que los sistemas de licencias de importación deben aplicarse de forma transparente y previsible. Resolución 5/2015 Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Bs. As., 22/12/2015 VISTO el Expediente N S01:0360407/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO:

Más detalles

Resolución 2553/2013

Resolución 2553/2013 Resolución 2553/2013 SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Bs. As., 19/12/2013 Fecha de Publicación: B.O. 23/12/2013 VISTO el Expediente Nº 145.326/13 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS

Más detalles

Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA

Más detalles

Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas.

Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Resolución 5/2015 Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Bs. As., 22/12/2015 VISTO el Expediente N S01:0360407/2015 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y CONSIDERANDO:

Más detalles

Ministerio de Producción IMPORTACIONES

Ministerio de Producción IMPORTACIONES Ministerio de Producción IMPORTACIONES Resolución 5/2015 Tramitación de Licencias de Importación Automáticas y/o no Automáticas. Bs. As., 22/12/2015 VISTO el Expediente N S01:0360407/2015 del Registro

Más detalles

Modifícase el monto de los aranceles que percibe el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

Modifícase el monto de los aranceles que percibe el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. Ministerio de Industria ARANCELES Resolución 1/2011 Modifícase el monto de los aranceles que percibe el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial. Bs. As., 6/1/2011 VISTO el Expediente Nº A-253-77083/2010

Más detalles

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados. Decreto 1444/2006 Homológase un Acta Acuerdo y Anexos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para el personal de la Administración Pública Nacional, de fecha 14 de agosto de 2006.

Más detalles

BUENOS AIRES, 12 de Octubre de 2005

BUENOS AIRES, 12 de Octubre de 2005 BUENOS AIRES, 12 de Octubre de 2005 VISTO lo establecido en el Artículo 29 de la Ley 23.661, en los Decretos Nº 1615/96 y 1576/98 y en las Resoluciones Nros. 119/99 y 468/05 del registro de la Superintendencia

Más detalles

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.

Que por la Ley Nº se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados. Decreto 1176/2010 Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales, dependiente de la Secretaría

Más detalles

DECRETO GCBA 588/2010 DE LA LEY Nº 2248 DECRETO Nº 588/GCABA/10

DECRETO GCBA 588/2010 DE LA LEY Nº 2248 DECRETO Nº 588/GCABA/10 GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETO Nº 588/GCABA/10 SE APRUEBA LA REGLAMENTACIÓN DEL CÓDIGO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE - LEY 2.148 - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE - REGISTROS - TRANSPORTE

Más detalles

Bs. As., 1/6/2015 CONSIDERANDO:

Bs. As., 1/6/2015 CONSIDERANDO: Bs. As., 1/6/2015 VISTO el Expediente N S01:0113343/2015 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, la Ley N 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o. 2014), la Ley N 27.008

Más detalles

Decisión Administrativa 1049/2011

Decisión Administrativa 1049/2011 Decisión 1049/2011 Autorízase la cobertura de cargos en la Agencia Nacional de Seguridad Vial, en el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y en el Instituto Nacional de Vitivinicultura.

Más detalles

#I I# BANCO DE LA NACION ARGENTINA. Decreto 384/2006. Desígnase Presidente. Bs. As., 6/4/2006 EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

#I I# BANCO DE LA NACION ARGENTINA. Decreto 384/2006. Desígnase Presidente. Bs. As., 6/4/2006 EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Buenos Aires, viernes 7 de abril de 2006 Año CXIV Número 30.882 Precio $ 0,70 Los documentos que aparecen en el

Más detalles

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30.

BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. Sumario. Legislación y Avisos Oficiales DECRETOS. Primera Sección. Año CXIII Número 30. BOLETIN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Buenos Aires, Miércoles 10 de agosto de 2005 Año CXIII Número 30.714 Precio $ 0,70 Los documentos que aparecen en

Más detalles

Resolución 2224/ Bs. As., 5/9/2014 Boletín Oficial 11/9/2014

Resolución 2224/ Bs. As., 5/9/2014 Boletín Oficial 11/9/2014 #I4662511I# SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO Resolución 2224/2014 - Bs. As., 5/9/2014 Boletín Oficial 11/9/2014 VISTO el Expediente Nº 99.636/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL

Más detalles

Resolución General E/2017. AFIP. Facturación y Registración. Venta bienes registrables. Adquirientes. Factura Electrónica

Resolución General E/2017. AFIP. Facturación y Registración. Venta bienes registrables. Adquirientes. Factura Electrónica Resolución General 4109. E/2017. AFIP. Facturación y Registración. Venta bienes registrables. Adquirientes. Factura Electrónica Se establece la obligatoriedad de emisión de comprobantes electrónicos(factura

Más detalles

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3837 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Resolución General N 3.827

Más detalles

AFIP 439/12 12/12/2012 (BO

AFIP 439/12 12/12/2012 (BO Disp. AFIP 439/12 Ref. Finalización de funciones y designación de Administradores de Aduana en jurisdicción de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. 12/12/2012 (BO 28/12/2012)

Más detalles

Secretaría de la Transformación Productiva FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO

Secretaría de la Transformación Productiva FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO Secretaría de la Transformación Productiva FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO ARGENTINO Resolución 69 - E/2016 Modificación. Resolución Nº 353/2014. Buenos Aires, 15/12/2016 VISTO el Expediente EX-2016-04562952-APN-DDYME#MP,

Más detalles

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, la Ley de. Marca Colectiva nº , su Decreto reglamentario nº 1384/08 y,

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, la Ley de. Marca Colectiva nº , su Decreto reglamentario nº 1384/08 y, 2009 Año de Homenaje a Raúl SCALABRINI ORTIZ BUENOS AIRES, 15 de mayo 2009. VISTO el expediente Nº A 253-75569/09 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, la Ley de Marca Colectiva

Más detalles

Compras a proveedores del exterior. Declaración jurada del adquirente.

Compras a proveedores del exterior. Declaración jurada del adquirente. Compras a proveedores del exterior. Declaración jurada del adquirente. Resolución 3.579/2014 20 de enero de 2014 A.F.I.P. - NACIONAL Boletín Oficial, 21 de enero de 2014 Vigente, de alcance general Id

Más detalles

Sumario LEYES DECRETOS. Número LEYES DECRETOS PRESIDENCIA DE LA NACION DECISIONES ADMINISTRATIVAS. Primera Sección

Sumario LEYES DECRETOS. Número LEYES DECRETOS PRESIDENCIA DE LA NACION DECISIONES ADMINISTRATIVAS. Primera Sección Primera Sección Buenos Aires, miércoles 20 de abril de 2011 Año CXIX Número 32.134 Precio $ 2,00 Sumario LEYES Pág. LEYES DECRETOS ACUERDOS 26.670 Apruébanse el Acuerdo Marco de Comercio y el Tratado de

Más detalles

Retribuciones y compensaciones por gastos. Modifícanse los valores de los suplementos retributivos.

Retribuciones y compensaciones por gastos. Modifícanse los valores de los suplementos retributivos. Decreto 1733/2011 Retribuciones y compensaciones por gastos. Modifícanse los valores de los suplementos retributivos. Bs. As., 25/10/2011 VISTO el Expediente Nº S01:0275198/2011 del Registro del MINISTERIO

Más detalles

Que asimismo prevé que en el mencionado Nomenclador se deberá establecer el porcentaje correspondiente a cada función incorporada.

Que asimismo prevé que en el mencionado Nomenclador se deberá establecer el porcentaje correspondiente a cada función incorporada. Resolución Conjunta Nº 15/2011 y Nº 29/2011 Bs. As., 30/12/2011 VISTO el Expediente Nº 52.532/2011 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del

Más detalles

Pág. DECRETOS FERIAS INTERNACIONALES #I I# Decreto 1187/2013. Bs. As., 22/8/2013. FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO:

Pág. DECRETOS FERIAS INTERNACIONALES #I I# Decreto 1187/2013. Bs. As., 22/8/2013. FINANZAS PUBLICAS, y CONSIDERANDO: Primera Sección Buenos Aires, martes 27 de agosto de 2013 Año CXXI Número 32.709 Precio $ 3,00 Sumario DECRETOS FERIAS INTERNACIONALES Decreto 1187/2013 Exímese del pago del derecho de importación y demás

Más detalles

Decreto 888/2016. Administración Pública. Personal. Administración

Decreto 888/2016. Administración Pública. Personal. Administración Decreto 888/2016. Administración Pública. Personal. Administración Se dispone la la implementación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SARHA), desarrollado por la AFIP como sistema integral

Más detalles

Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. Esta norma fue consultada a través de InfoLEG, base de datos del Centro de Documentación e Información, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas. ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución

Más detalles

Decreto Nº 1273/2005

Decreto Nº 1273/2005 Decreto Nº 1273/2005 Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN Fecha de Emisión: 11 de Octubre de 2005 Boletín Oficial: 13 de Octubre de 2005 Boletín AFIP Nº 100, Noviembre de 2005, página 2047

Más detalles

Modifícase el Decreto N 438/92 y sus modificatorias. Incorpóranse Ministerios.

Modifícase el Decreto N 438/92 y sus modificatorias. Incorpóranse Ministerios. MINISTERIOS Decreto 1365/2009 Modifícase el Decreto N 438/92 y sus modificatorias. Incorpóranse Ministerios. Bs. As., 1/10/2009 VISTO la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de

Más detalles

VISTO la Actuación SIGEA Nº del Registro de esta Administración Federal, y

VISTO la Actuación SIGEA Nº del Registro de esta Administración Federal, y Fecha de Publicación en el Boletín Oficial Nº 31.828: 25/01/2010 Administración Federal de Ingresos Públicos ADUANAS Resolución General 2758 Procedimiento. Operaciones de exportación. Apartado 2 del Artículo

Más detalles

Modificación de la Asignación Complementaria transitoria en el Servicio Penitenciario Federal

Modificación de la Asignación Complementaria transitoria en el Servicio Penitenciario Federal Modificación de la Asignación Complementaria transitoria en el Servicio Penitenciario Federal Decreto 970/2014 17 de junio de 2014 Poder Ejecutivo - NACIONAL Boletín Oficial, - Vigente, de alcance general

Más detalles

Resolución General 2538/2009 AFIP REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

Resolución General 2538/2009 AFIP REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Resolución General 2538/2009 AFIP Publicado en BO 30-1-2009 REGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Monotributo. Servicio Doméstico. Cotizaciones con destino al Sistema Nacional del Seguro de

Más detalles

Certificado de Importación de Vehículos Automóviles (C.I.V.A.), establecido en la Resolución N 45/2011 del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

Certificado de Importación de Vehículos Automóviles (C.I.V.A.), establecido en la Resolución N 45/2011 del MINISTERIO DE INDUSTRIA. Se lleva a conocimiento que por la Resolución 496 de fecha 4/8/2011 de la Secretaría de Industria y Comercio Exterior se incorpora al "Sistema Integrado de Comercio Exterior" (SISCO) aprobado por la Resolución

Más detalles

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Resolución general Nº 2.140/06 (1) D.G.I

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS. Resolución general Nº 2.140/06 (1) D.G.I ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS IMPUESTOS Resolución general Nº 2.140/06 (1) D.G.I. - 880 Ref: Impuesto a las Ganancias. Venta y reemplazo de bienes muebles e inmuebles. Procedimiento de información.

Más detalles

Danse por prorrogadas designaciones en la Superintendencia de Servicios de Salud.

Danse por prorrogadas designaciones en la Superintendencia de Servicios de Salud. MINISTERIO DE SALUD Decreto 1399/2009 Danse por prorrogadas designaciones en la Superintendencia de Servicios de Salud. Bs. As., 2/10/2009 VISTO la Ley Nº 26.422 y los Decretos Nº 1615 del 23 de diciembre

Más detalles

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11)

Av. Leandro N. Alem 36 C1003AAN Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.A.B.A.) Tel: (54-11) / Fax: (54-11) Res. MP 774/16 Ref. Dumping - Arandela de muelle (resorte) de acero (NCM 7318.21.00), de CHINA - Valor mínimo de exportación FOB provisional. 06/12/2016 (BO 07/12/2016) VISTO el Expediente Nº S01:0044451/2015

Más detalles

VISTO la Ley Nº , el Decreto Nº 297 del 7 de abril de 2005 y la Resolución General Nº 820 y su modificatoria, y

VISTO la Ley Nº , el Decreto Nº 297 del 7 de abril de 2005 y la Resolución General Nº 820 y su modificatoria, y B.O. N 30.741 del 19/09/2005 Administración Federal de Ingresos Públicos IMPUESTOS Resolución General 1942 Impuesto al Valor Agregado. Operaciones de venta de gas licuado de petróleo (GPL) comercial. Régimen

Más detalles

Resolución General AFIP Nº 3418/2012

Resolución General AFIP Nº 3418/2012 1 de 5 02/01/2013 04:18 a.m. Resolución General AFIP Nº 3418/2012 20 de Diciembre de 2012 Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN ASUNTO Impuesto a las Ganancias. Rentas del trabajo personal en

Más detalles

Establécense normas reglamentarias y complementarias para hacer operativa la Ley Nº

Establécense normas reglamentarias y complementarias para hacer operativa la Ley Nº Decreto Nº 313/2007 SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN Fecha de Emisión: 29 de Marzo de 2007 Boletín Oficial: 03 de Abril de 2007 Boletín AFIP

Más detalles

Resolución N 56/2010 de la entonces Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura

Resolución N 56/2010 de la entonces Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura Secretaría de Gabinete SISTEMA DE PROTECCION DISCAPACITADAS y Coordinación INTEGRAL Resolución DE Administrativa LAS PERSONAS 498/2012 Resolución N 56/2010 de la entonces Secretaría de la Gestión Pública

Más detalles

Resolución N 56/2010 de la entonces Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete. Modificación.

Resolución N 56/2010 de la entonces Secretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete. Modificación. Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa SISTEMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS Resolución 498/2012 Resolución N 56/2010 de la entonces Secretaría de la Gestión Pública

Más detalles

Pliego de casinos de Melincué DECRETO N 1948 SANTA FE, 26 AGO 2005 V I S T O: El Expediente Nº 01101-0504650- V, con sus agregados Nros. 00302-0052374- 4, 00302-0050497- 8 (Cuerpo I y Cuerpo II), 00302-0056027-

Más detalles

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL. Decreto 416/2006

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL. Decreto 416/2006 ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decreto 416/2006 Incorpóranse al Anexo I del Artículo 1º del Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio

Más detalles

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2014, Año de las letras argentinas. Decreto

G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2014, Año de las letras argentinas. Decreto G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2014, Año de las letras argentinas Decreto Número: Buenos Aires, Referencia: C.EX. 7469032-MGEYA-DGPLC-2014. Decreto Evaluación de Desempeño.

Más detalles

Modifícase el Decreto Nº 357/2002 relacionado con el organigrama correspondiente al Ministerio de Educación.

Modifícase el Decreto Nº 357/2002 relacionado con el organigrama correspondiente al Ministerio de Educación. [1] ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL DECRETO PEN 2084/11 Modifícase el Decreto Nº 357/2002 relacionado con el organigrama correspondiente al Ministerio de Educación. Bs. As., 7/12/2011 VISTO el Decreto

Más detalles

Resolución General 3677/2014. AFIP. Jubilaciones y Pensiones. Aporte. Deuda. Régimen de regularización. Procedimiento

Resolución General 3677/2014. AFIP. Jubilaciones y Pensiones. Aporte. Deuda. Régimen de regularización. Procedimiento Resolución General 3677/2014. AFIP. Jubilaciones y Pensiones. Aporte. Deuda. Régimen de regularización. Procedimiento Se establecen las formas y condiciones para la adhesión al régimen de regularización

Más detalles

Adóptanse las reglamentaciones que procuren la provisión de elementos de protección personal confiables a los trabajadores.

Adóptanse las reglamentaciones que procuren la provisión de elementos de protección personal confiables a los trabajadores. Superintendencia de Riesgos del Trabajo HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO Resolución 299/2011 Adóptanse las reglamentaciones que procuren la provisión de elementos de protección personal confiables a los

Más detalles

RESOLUCIONES ADHESIONES OFICIALES SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

RESOLUCIONES ADHESIONES OFICIALES SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Martes 3 de septiembre de 2013 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.714 9 #I4473718I# Secretaría General ADHESIONES OFICIALES Resolución 858/2013 RESOLUCIONES Declárase de Interés Nacional la 5ta. Jornadas

Más detalles

Resolución Nº 18/2014. Mendoza, 10/7/2014

Resolución Nº 18/2014. Mendoza, 10/7/2014 Resolución Nº 18/2014 Mendoza, 10/7/2014 VISTO el Expediente Nº S93:0007501/2013 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, los Decretos Nros. 214 de fecha 27 de febrero de 2006, 2.098 de

Más detalles

Que a nivel internacional, se encuentra adoptado este mecanismo para lograr los fines mencionados.

Que a nivel internacional, se encuentra adoptado este mecanismo para lograr los fines mencionados. RESOLUCIÓN (Superint. Riesgos del Trabajo) 299/2011 Novedades de legislación. Higiene y seguridad en el trabajo. Provisión de elementos de protección personal confiable SUMARIO: Se determina que los elementos

Más detalles

COMERCIO EXTERIOR - Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y Arancel Externo Común (AEC). Modificaciones.

COMERCIO EXTERIOR - Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) y Arancel Externo Común (AEC). Modificaciones. Decreto Nº 509/2007 Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN Fecha de Emisión: 15 de Mayo de 2007 Boletín Oficial: 23 de Mayo de 2007 Boletín AFIP Nº 121, Agosto de 2007, página 1695 ASUNTO COMERCIO

Más detalles

Resolución General 3915

Resolución General 3915 Resolución General 3915 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Bs. As., 25/07/2016 Fecha de Publicación: B.O. 27/07/2016 VISTO los Artículos 550 a 559 del Código Aduanero, el Artículo 80 del Decreto

Más detalles

Índice. Boletín Informativo N 349 1

Índice. Boletín Informativo N 349 1 Fecha: 18/ 05/ 2018 Boletín Informativo N 349 C.I.C.I. SGI UNC Abarca legislación seleccionada de Boletín Oficial de la República Argentina desde 01/04/2018 al 30/04/2018 Índice RESOLUCION NRO. 16/2018

Más detalles

Servicio de Información

Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 33365 25 de abril de 2016 ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS Resolución General 3870 Procedimiento. Ley N 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades

Más detalles

Bs. As., 11/5/2015 CONSIDERANDO:

Bs. As., 11/5/2015 CONSIDERANDO: Bs. As., 11/5/2015 VISTO la Ley N 26.688 sobre Investigación y Producción Pública de Medicamentos, Materias Primas para la Producción de Medicamentos, la Ley N 27.113 sobre la Promoción de la Actividad

Más detalles

Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:

Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE: Res. Gral. AFIP 3870/16 Ref. Régimen de facilidades de pago - Modificaciones. 22/04/2016 (BO 26/04/2016) VISTO la Res. Gral. AFIP 3827/16 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO: Que mediante la citada norma

Más detalles

RESOLUCIONES REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS

RESOLUCIONES REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS Miércoles 2 de julio de 2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.917 10 RESOLUCIONES ARANCELES QUE DEBEN PERCIBIR LOS ENCARGADOS DE LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR ANEXO I #I4610323I#

Más detalles

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social BUENOS AIRES, 28 DE DICIEMBRE DE 2011 VISTO, las Resoluciones Nros. 2038/03, 3026/06 y 1410/11 del y, CONSIDERANDO: Que las cooperativas creadas de conformidad a lo establecido en las Resoluciones Nros.

Más detalles

INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION

INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Resolución Conjunta 4/2008 y 12/2008 Establécese un procedimiento de cancelación de las multas fijadas en la Ley Nº 22.250 y en el Pacto Federal del Trabajo, ratificado por

Más detalles

Legislación en Salud Argentina

Legislación en Salud Argentina Page 1 of 6 RESOLUCION 1705/2007 MINISTERIO DE SALUD (M.S.) Grillas de Habilitación Categorizante de Servicios de Diálisis. Aprobación e incorporación al Programa Nacional de Garantía de Calidad de Atención

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 928/2015. Bs. As., 11/09/2015

MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 928/2015. Bs. As., 11/09/2015 MINISTERIO DE SALUD SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Resolución 928/2015 Bs. As., 11/09/2015 VISTO el Expediente N 0013656/2015 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, las Leyes

Más detalles

CIRI Servicio de Información

CIRI Servicio de Información BOLETIN OFICIAL Nº 32353 08 de marzo de 2012 ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL Decisión Administrativa 75/2012 Establécese el procedimiento al que deberán ajustarse los organismos y entidades para la autorización

Más detalles

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente. Resolución Nº 601/2012 Bs. As., 28/12/2012 VISTO el Expediente Nº S93:0009756/2012 del registro del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA organismo descentralizado del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA

Más detalles

Bs. As., 17/6/2014 CONSIDERANDO:

Bs. As., 17/6/2014 CONSIDERANDO: Bs. As., 17/6/2014 VISTO la Ley Orgánica del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL Nº 17.236, según texto Ley Nº 20.416, la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad Nº 24.660, y CONSIDERANDO: Que

Más detalles

Sumario DECRETOS. Número DECRETOS DECISIONES ADMINISTRATIVAS PRESIDENCIA DE LA NACION. Primera Sección

Sumario DECRETOS. Número DECRETOS DECISIONES ADMINISTRATIVAS PRESIDENCIA DE LA NACION. Primera Sección Primera Sección Buenos Aires, viernes 30 de agosto de 2013 Año CXXI Número 32.712 Precio $ 3,00 Sumario DECRETOS COMITE OLIMPICO INTERNACIONAL Decreto 1228/2013 Exímese del pago del derecho de importación

Más detalles

Decreto Nº 338/2005. Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN. Fecha de Emisión: 19 de Abril de Boletín Oficial: 20 de Abril de 2005

Decreto Nº 338/2005. Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN. Fecha de Emisión: 19 de Abril de Boletín Oficial: 20 de Abril de 2005 Decreto Nº 338/2005 Estado de la Norma: Vigente DATOS DE PUBLICACIÓN Fecha de Emisión: 19 de Abril de 2005 Boletín Oficial: 20 de Abril de 2005 Boletín AFIP Nº 94, Mayo de 2005, página 979 ASUNTO Establécese

Más detalles