DOCUMENTO BASE: Reglamento General de Academias del nivel medio superior

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DOCUMENTO BASE: Reglamento General de Academias del nivel medio superior"

Transcripción

1 BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA DOCUMENTO BASE: Reglamento General de Academias del nivel medio superior DOCUMENTO INTEGRADOR PARA DISCUSIÓN DGEMS 17/09/2014 Contenido DOCUMENTO BASE: REGLAMENTO GENERAL DE ACADEMIAS DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR... 2 El presente documento es la base que se propone para la discusión, análisis y presentación de propuestas para la elaboración del reglamento general de academias del nivel medio superior por parte de la comunidad universitaria con base en el método Delphi modificado 0

2 INTRODUCCIÓN... 2 DISPOSICIONES GENERALES... 2 DE LAS FUNCIONES DE LAS ACADEMIAS... 4 DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACADEMIAS DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR... 5 DEL COLEGIO INTEGRADOR POR ACADEMIAS DE UNIDAD ACADÉMICA... 7 DEL COLEGIO INTEGRADOR POR ACADEMIAS GENERALES... 8 DEL COLEGIO ACADÉMICO DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR... 8 TRANSITORIOS

3 DOCUMENTO BASE: REGLAMENTO GENERAL DE ACADEMIAS DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR INTRODUCCIÓN A partir de la nueva gestión en la Dirección General de Educación Media Superior, se ha llevado a cabo, con el liderazgo del Rector de nuestra universidad y como producto del Plan de Desarrollo Institucional , el compromiso de la institución para ingresar al Sistema Nacional de Bachillerato como producto de la RIEMS a través de los acuerdos secretariales correspondientes; esto conlleva la necesidad de regular el trabajo de por sí valioso y de vanguardia de las academias del nivel medio superior, para que la labor académica se mantenga como un baluarte de nuestra institución; por ello, los presentes lineamientos establecen las reglas mínimas de trabajo de las academias del nivel medio superior con la DGEMS y con las unidades académicas, secretarios académicos y profesores para mejorar la calidad de la educación en beneficio de los alumnos de la BUAP en respuesta a los requisitos establecidos por el CD del SNB a través del Manual para planteles que solicitan el ingreso y permanencia en el Sistema Nacional de Bachillerato versión 3.0 y el COPEEMS. Por ello, el presente documento, sirve de base para la discusión de los grupos especializados y focalizados en el desarrollo de las actividades de las academias del nivel medio superior, tomando como base el método Delphi modificado, a partir del presente documento; su análisis, discusión y presentación de propuestas para integrar un documento que pueda presentarse al Consejo de Docencia y al Consejo Universitario. Es una modificación del método Delphi ya que no se elabora un cuestionario, sino que se presenta el documento a grupos especializados, como las academias, docentes, secretarios académicos, directores, consejeros de docencia y unidad académica del nivel medio superior, quienes son los principales interesados y especialistas para opinar y proponer como debe regularse el trabajo y funcionamiento de las mismas academias. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Los presentes lineamientos tienen su fundamento en lo establecido por los artículos los artículos 4, 5, 6, 7, 8, 62 fracción IV, IX, XVII, XVIII y 63 del Estatuto Orgánico de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, además de alinearse con el programa de Gestión Innovadora en los Procesos Educativos derivado del eje de trabajo Medios de Apoyo del Plan de Desarrollo Institucional Asimismo, para la elaboración del presente documento se tomó en cuenta el procedimiento para el establecimiento de las funciones de las academias generales aprobado por el Consejo de Docencia de fecha dieciocho de febrero de dos mil diez, Artículo 2.Para efectos de los presentes lineamientos, se establece el siguiente glosario: Academia Academia de campo disciplinario 2

4 Academia de unidad académica Academia de unidad de aprendizaje curricular Academia general de unidad académica Academia general de unidad de aprendizaje curricular Acuerdos secretariales. Competencias. Colegio integrador. Colegio integrador de unidad académica Colegio integrador del nivel medio superior Consejo de Docencia Consejo Universitario, Consejo para la Evaluación de la Educación de Tipo Medio Superior (COPEEMS). Contrato Colectivo de Trabajo Dirección General de Educación Media Superior (DGEMS). Evaluación. Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS) Reglamento para el Ingreso, Permanencia y Promoción del Personal Académico de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (RIPPPA) Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) Unidad académica. Unidad de aprendizaje curricular. Artículo 3. La universidad, por efectos de la Carta de Adhesión de fecha 2 de marzo de 2009, comprometió su ingreso al Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) con base en la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS); obligándose a cumplir con las reglas para el ingreso, permanencia y salida del SNB, lo que conlleva el establecimiento, cumplimiento, seguimiento y evaluación de las funciones y actividades de las academias dentro de la universidad. 3

5 Artículo 4. Conforme a lo establecido en el artículo 33 del Estatuto Orgánico de la universidad las academias son agrupaciones constituidas por miembros del personal académico que tienen a su cargo las actividades inherentes a las funciones sustantivas de la universidad. Tendrán carácter deliberativo y propositivo y se organizarán en cada una de las Unidades Académicas por campos disciplinarios, unidades de aprendizaje curricular y unidades académicas, conforme se establece en los presentes lineamientos. DE LAS FUNCIONES DE LAS ACADEMIAS Artículo 5. Las academias en el ámbito de su competencia y conforme al ingreso al SNB, están comprometidas a cumplir con los acuerdos secretariales 442, 444, 447, 486, 488, 656, la Guía para el registro, seguimiento y evaluación de las competencias genéricas; así como los acuerdos del Comité Directivo del Sistema Nacional de Bachillerato en lo conducente; por lo que desarrollarán las siguientes funciones: I. Formular la metodología y técnicas didáctico-pedagógicas adecuadas para el proceso de aprendizaje-enseñanza, basado en el enfoque por competencias; II. Evaluar de manera continua los resultados de la puesta en práctica de la metodología y técnicas didáctico-pedagógicas; III. Plantear el seguimiento y los avances curriculares de las competencias genéricas, disciplinares básicas y disciplinares extendidas a desarrollar y/o fortalecer en la formación de los estudiantes del NMS; IV. Proponer los perfiles de ingreso y de egreso de los estudiantes del nivel; V. Fijar los rasgos que definan al docente ideal y real para la actividad educativa del nivel, siguiendo el perfil docente establecido en la reforma integral de la educación media superior y el acuerdo secretarial 447; VI. Establecer criterios de evaluación de los desempeños de los estudiantes, acordes a la metodología que se aplique al proceso de aprendizaje-enseñanza basada en competencias; VII. Revisar y actualizar los contenidos programáticos de las asignaturas con base en las competencias disciplinares básicas y extendidas; VIII. Elaborar los planes de clase de la asignatura que corresponda, generando así un banco de planes de clase para consulta; IX. Elaborar materiales de apoyo para la actividad docente; X. Propiciar la cooperación y el mayor intercambio de experiencias, información y medios de trabajo entre los integrantes de la academia que corresponda, y entre diferentes academias; XI. Organizar, mediante la planeación estratégica, actividades de extensión y difusión de la cultura, que fortalezcan la formación integral de los estudiantes del NMS; XII. Elaborar proyectos interdisciplinarios y transdisciplinarios que desarrollen las competencias genéricas y disciplinares, y establecer la metodología adecuada para el desarrollo de cursos especiales que se brinde a los estudiantes como medida remedial y preventiva para evitar la reprobación con base en la acción tutorial y la orientación educativa; XIII. Sugerir criterios claros y precisos para la actividad de tutoría y orientación educativa en el NMS; 4

6 XIV. XV. XVI. XVII. XVIII. XIX. XX. XXI. XXII. XXIII. XXIV. XXV. Elaborar bancos de preguntas para exámenes, acorde con la metodología del programa educativo y de la unidad de aprendizaje curricular que corresponda; Diseñar exámenes tipo departamental para efectuar la heteroevaluación de los estudiantes del NMS; Elaborar el plan de trabajo de la academia realizado con base en los planes de desarrollo y programas de trabajo de la DGEMS y de cada una de las unidades académicas, aprobados por los Consejos de Docencia y de Unidad Académica, según corresponda. Efectuar la autoevaluación de la academia y la coevaluación entre los integrantes de la academia; Definir, ante las dependencias y/o autoridades que corresponda, las necesidades de formación y actualización docente que requieren de atención para mejorar la actividad académica en el NMS, con base en el diagnóstico y el plan de acción correspondiente; Supervisar el trabajo académico de las escuelas preparatorias del NMS incorporadas a la BUAP. Proponer la distribución de carga académica y de horarios, en las diferentes Unidades Académicas, con la finalidad de contar con el tiempo necesario para la asistencia a las reuniones de academia; Elaborar el proyecto de jornada no instruccional de los integrantes de la academia, en las diferentes Unidades Académicas, con base en los planes de desarrollo y programas de trabajo de cada una de las unidades académicas aprobados por los Consejos de Unidad Académica; Realizar investigación de la práctica docente que atienda la problemática de la educación, y en particular la relacionada con el NMS; Realizar el seguimiento de la trayectoria escolar de los estudiantes del NMS, de cada uno de los grupos académicos que se atiendan por parte de los integrantes de la academia que corresponda; Elaborar proyectos de carácter interdisciplinario que fortalezcan la integración académica de diversas áreas de conocimiento; Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de modelo universitario y la reforma integral de la educación media superior; DE LA ORGANIZACIÓN DE LAS ACADEMIAS DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR Artículo 6. Las funciones establecidas en el artículo inmediato anterior, se encuentran sujetas a los acuerdos de los Consejos de Unidad Académica y de los del Consejos por función en lo que les sean aplicables. Artículo 7. Los presentes lineamientos, para lograr el cumplimiento de las actividades y funciones inherentes al trabajo académico en el nivel medio superior, establecen una organización competencial por función, por territorio y por materia, dependiendo de los propósitos de cada estructura. Artículo 8. Las academias, tanto de unidad de aprendizaje curricular, como las generales y las de campo disciplinar se integran por la totalidad de los profesores de asignatura y de los profesores e investigadores pertenecientes al nivel medio superior de la universidad, con sus derechos universitarios vigentes. La pertenencia a la academia es automática, obligatoria y depende de la 5

7 vigencia de sus derechos universitarios a partir de la contratación o del nombramiento correspondiente. Artículo 9. Las academias de unidad de aprendizaje curricular son la base de la organización de las academias generales, de campo disciplinar y los colegios integradores. Para su organización interior deberán nombrar un coordinador titular y un suplente quienes durarán en el cargo dos años. No podrán ser reelectos para el periodo inmediato. No podrán ser nombrados como coordinador titular o suplente, los profesores de asignatura determinados, salvo el caso de programas educativos de nueva creación o las secciones. Artículo 10. Las academias de unidad de aprendizaje curricular, para llevar a cabo las funciones establecidas en el presente lineamiento, establecerán comisiones permanentes y transitorias, compuestas por integrantes de la misma academia. Las comisiones permanentes serán: I. De legislación universitaria; II. De registro, evaluación y seguimiento de las competencias; III. De ingreso y permanencia del SNB; IV. De planeación y programación académica; V. De vinculación institucional y proyectos; VI. De formación docente; VII. De supervisión académica de unidades académicas; VIII. De tutoría y orientación educativa; IX. De proyectos de infraestructura y espacios físico; X. De elaboración de contenidos y editorial. Artículo 11. Es obligación de todos y cada uno de los integrantes de las academias y de los colegios integradores asistir a las reuniones de trabajo académico a las que sean convocados, mediante el citatorio correspondiente, pudiendo establecerse mecanismos electrónicos de citación o convocatoria, los que serán vinculantes como usuarios. Artículo 12. Los integrantes de las academias se reunirán de manera ordinaria por lo menos una vez cada mes conforme al calendario que se establezca a principios del año escolar correspondiente y de manera extraordinaria previa convocatoria de las autoridades colegiadas o personales del nivel medio superior. Las convocatorias se realizarán con una antelación mínima de setenta y dos horas hábiles por escrito o de manera electrónica con acuse de recibo, las que contendrán como mínimo el lugar, horario, orden del día y responsable de la convocatoria. El calendario establecido por la academia será dado a conocer a la DGEMS y a los directores de las unidades académicas para su conocimiento y preparación. Artículo 13. Las reuniones extraordinarias podrán ser convocadas cuando un grupo de integrantes de la academia que represente cuando menos una tercera parte del total de los miembros de la misma lo solicite, observando el plazo de setenta y dos horas arriba indicado. 6

8 Artículo 14. En todas las reuniones de academia y en cada colegio integrador se levantará, un acta circunstanciada que contendrá como mínimo una relación sucinta del orden del día, intervenciones, acuerdos y resoluciones así como las firmas de quienes participaron en dicha reunión. De las actas mencionadas se entregará una copia al secretario de unidad académica, una al secretario académico de la DGEMS y la original se glosará en el archivo de la academia o del coordinador de la misma, la cual deberá incluir los documentos, proyectos, anexos y demás documentos correspondientes. Corresponde al coordinador de la academia, la gestión de los citatorios, convocatorias, archivo y glosa de los acuerdos de la misma academia. Artículo 15. En la reunión ordinaria de mayo se elaborará el informe de actividades realizadas durante el ciclo escolar que concluye, evaluando el desempeño de la academia, de sus comisiones y del resultado de su gestión académica. Artículo 16. La pertenencia a las academias implica el desarrollo del trabajo académico establecido en la visión, misión y política de calidad del nivel medio superior y será evaluada por los órganos competentes para efectos de los programas de estímulos académicos correspondientes. Artículo 17. La Academia de unidad de aprendizaje curricular corresponde a la organización mínima de docentes en torno a cada una de las unidades de aprendizaje curricular que se señalan en el mapa curricular por cada año de estudio, lo que implica la existencia de catorce unidades de aprendizaje curricular en los tres años de estudio, mismas que se constituirán en las academias correspondientes. Artículo 18. La academia general de aprendizaje curricular es la reunión de las nueve academias de unidad de aprendizaje curricular correspondiente a las nueve preparatorias de la BUAP. La reunión de cada academia general se establecerá de manera rotativa en cada una de las nueve preparatorias y para su organización interna, se nombrará a un coordinador y un suplente de la academia general. Artículo 19. La academia de campo disciplinario, es la reunión de las academias de unidad de aprendizaje curricular en torno a los cuatro campos establecidos en el acuerdo secretarial 444 que establece el marco curricular común. La reunión de cada academia general se establecerá de manera rotativa en cada una de las nueve preparatorias y para su organización interna, se nombrará a un coordinador y un suplente de la academia de campo disciplinar. Artículo 20. Corresponde a las academias de unidad de aprendizaje curricular el desarrollo del trabajo académico dentro de su unidad académica en relación con los objetivos, propósitos y estrategias establecidas por los consejos por función y orientadas por la DGEMS. El trabajo en las unidades académica es un proceso fundamental que sirve para el proceso académico del nivel medio superior y tienen su concreción en la conformación del colegio integrador correspondiente. Las discusiones, deliberaciones y toma de acuerdos será libre, democrática, propositiva y vinculante para todos los integrantes de la academia en funcionamiento. DEL COLEGIO INTEGRADOR POR ACADEMIAS DE UNIDAD ACADÉMICA Artículo 21. Las academias de cada unidad de aprendizaje curricular desarrollarán sus actividades en la propia unidad académica convocando a las reuniones previamente convocadas, mismas que podrán 7

9 efectuarse válidamente con la asistencia del quórum necesario consistente en la mitad más uno de sus integrantes, de la presencia del secretario académico de la unidad académica, de los consejeros de unidad académica y de sus consejeros de docencia constituyendo el colegio integrador de unidad de aprendizaje curricular. A las sesiones, podrán ser invitados los docentes, funcionarios y demás personas que tengan relación con los asuntos tratados en dichas reuniones. El colegio integrador de la unidad de aprendizaje curricular sesionará pública y libremente en el lugar destinado para ello o por acuerdo de la propia academia. Artículo 22. El colegio integrador al tomar sus acuerdos procurará escuchar a todas las posiciones y opiniones de sus integrantes, mismas que formarán parte del acta de la sesión del colegio integrador de unidad de aprendizaje curricular correspondiente. Artículo 23. Para su organización, el colegio integrador de unidad de aprendizaje curricular nombrará un coordinador y un suplente que será el representante del colegio integrador de unidad de aprendizaje curricular y tendrá la obligación de representar y de velar por el respeto de los acuerdos y determinaciones de la academia, así como tener bajo su responsabilidad el libro de actas de la misma academia. DEL COLEGIO INTEGRADOR POR ACADEMIAS GENERALES Artículo 24. El colegio integrador por academias generales se organizará a partir del quórum correspondiente y la asistencia de los secretarios académicos, de los consejeros de unidad académica y de los consejeros de docencia de las catorce academias de unidad de aprendizaje curricular correspondientes a las nueve preparatorias. Será presidido por el secretario académico de la DGEMS y para su organización interna, se nombrará un coordinador y suplente del colegio integrador con las mismas funciones de un coordinador de unidad de aprendizaje curricular. DEL COLEGIO ACADÉMICO DEL NIVEL MEDIO SUPERIOR Artículo 25. El colegio integrador del nivel medio superior, se integra con la presencia de los coordinadores de academias de unidad de aprendizaje curricular, de los coordinadores de campo disciplinario, del coordinador de cada academia general, así como por los consejeros de docencia y los nueve secretarios académicos de las preparatorias; siendo presidida por el Director General de la DGEMS así como por el Subdirector y Secretario Académico de la DGEMS, siendo éste último el coordinador del colegio académico del nivel medio superior. Artículo 26. Las reuniones ordinarias del colegio integrador del nivel medio superior serán cuando menos tres en los meses de agosto, diciembre y mayo. Artículo 27. El proceso de colegiación del trabajo académico será evaluado periódicamente por el propio colegio integrador del nivel medio superior. Sus determinaciones y acuerdos, tomados democráticamente, servirán para orientar el trabajo académico del nivel medio superior sujeto a las determinaciones de las autoridades colegiadas y personales de la universidad. 8

10 TRANSITORIOS Artículo 1. El presente reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Universitaria, órgano oficial de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla. 9

H. CONSEJO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS BIOLOGICAS Y AGROPECUARIAS PRESENTE

H. CONSEJO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS BIOLOGICAS Y AGROPECUARIAS PRESENTE H. CONSEJO DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE CIENCIAS BIOLOGICAS Y AGROPECUARIAS PRESENTE A esta Comisión Permanente de Normatividad, ha sido turnado par el Rector del CUCBA, a propuesta del Secretario Académico,

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSEJO ACADÉMICO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS COMITÉ ACADÉMICO DE LA CARRERA DE ACTUARÍA EN LA UNAM Propuesta de Creación Se

Más detalles

UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE PUEBLA Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado C.C.T. 21ESU0053Y

UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE PUEBLA Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado C.C.T. 21ESU0053Y LINEAMIENTOS GENERALES DE TUTORÍAS DE LA UNIVERSIDAD INTERCULTURAL DEL ESTADO DE PUEBLA I. La Universidad Intercultural del Estado de Puebla crea lineamientos generales del Programa Tutorías Acompáñame,

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1. En la Universidad Autónoma de, el personal académico de la Institución que realicen funciones de docencia, investigación o extensión,

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ

LINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ LINEAMIENTOS GENERALES DE ACADEMIAS DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El objeto de los presentes Lineamientos es regular la integración y funcionamiento de las Academias

Más detalles

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSEJO ACADÉMICO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS COMITÉ ACADÉMICO DE LAS CARRERAS EN COMPUTACIÓN DEL ÁREADE LAS CIENCIAS FÍSICO

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ EXPEDIDO POR EL H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO, EL

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR LINEAMIENTOS PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS EN EL NIVEL SUPERIOR CAPÍTULO I

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR LINEAMIENTOS PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS EN EL NIVEL SUPERIOR CAPÍTULO I DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR LINEAMIENTOS PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS EN EL NIVEL SUPERIOR Artículo 1º. CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Estos lineamientos norman

Más detalles

Disposiciones Generales

Disposiciones Generales ESTATUTO DEL SISTEMA UNIVERSIDAD ABIERTA Y EDUCACIÓN A DISTANCIA ---------------------------------------------------------------- Disposiciones Generales Artículo 1º.- El Sistema Universidad Abierta y

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO AC ADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO AC ADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO EL CONSEJO ACADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL ARTÍCULO 14 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO SUPERIOR

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ÁREAS ACADÉMICAS DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA MECÁNICA AGRÍCOLA

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ÁREAS ACADÉMICAS DEL DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA MECÁNICA AGRÍCOLA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA CHAPINGO DEPARTAMENTO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y SERVICIO EN REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ÁREAS ACADÉMICAS DEL DEPARTAMENTO DE Agosto de 2012 CONTENIDO PÁGINA CAPÍTULO

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Este Reglamento tiene por objeto regular la integración, funcionamiento y atribuciones de las Academias de Profesores

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES DOCTOR EN DERECHO ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77, FRACCIONES II, IV, XXVIII Y XXXVIII DE LA CONSTITUCIÓN

Más detalles

CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL:

CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL: ÓRGANOS ESCOLARES CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL: El Consejo Escolar de Participación Social será un órgano de participación de la sociedad, para fortalecer y elevar la calidad de la educación

Más detalles

Reglamento de los Colegios

Reglamento de los Colegios Reglamento de los Colegios por Áreas Afines del Conocimiento de Nivel Superior capítulo i Disposiciones generales Artículo 1 El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento de los Colegios,

Más detalles

Estatuto de la Comisión de Selección Sistema Anticorrupción del Estado de Jalisco

Estatuto de la Comisión de Selección Sistema Anticorrupción del Estado de Jalisco CONTENIDO CAPÍTULO I: Objeto e interpretación... 1 CAPÍTULO II: Definiciones... 2 CAPÍTULO III: De la Comisión de Selección... 2 CAPÍTULO IV: Del Pleno de la Comisión de Selección... 3 CAPÍTULO V: De los

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN INTERNA DE ADMINISTRACIÓN DEL CINVESTAV

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN INTERNA DE ADMINISTRACIÓN DEL CINVESTAV REGLAMENTO DE LA COMISIÓN INTERNA DE ADMINISTRACIÓN DEL CINVESTAV Con fundamento en los artículos 17 y 58 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, 22 de su Reglamento y Quinto, Fracción VI del

Más detalles

NovaUniversitas CAPITULO I ESTRUCTURA. ARTÍCULO 1.- El Consejo Académico es el máximo órgano representativo de NovaUniversitas.

NovaUniversitas CAPITULO I ESTRUCTURA. ARTÍCULO 1.- El Consejo Académico es el máximo órgano representativo de NovaUniversitas. NovaUniversitas REGLAMENTO DEL CONSEJO ACADÉMICO CAPITULO I ESTRUCTURA ARTÍCULO 1.- El Consejo Académico es el máximo órgano representativo de NovaUniversitas. ARTÍCULO 2.- El Consejo Académico está formado

Más detalles

Universidad de Guadalajara Centro Universitario del Norte

Universidad de Guadalajara Centro Universitario del Norte Universidad de Guadalajara Centro Universitario del Norte Manual de Organización del Departamento de Fundamentos del Conocimiento Colotlán, Jalisco, enero de 2007 Elaboró Presentó Aprobó Benjamín Ramírez

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL REGLAMENTO DEL COMITÉ DE VINCULACIÓN DE LAS ESCUELAS DE ARTES Y OFICIOS DEL INSTITUTO DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO PARA EL TRABAJO INDUSTRIAL Título Primero Capítulo Primero Del Comité de Vinculación

Más detalles

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO I. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO SEGUNDO DE LA JUNTA DIRECTIVA Y SUS ATRIBUCIONES CAPÍTULO TERCERO DE

Más detalles

SECRETARIA DE ACTAS ACTA No RESOLUCION NO. CU FECHA:

SECRETARIA DE ACTAS ACTA No RESOLUCION NO. CU FECHA: EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE GUAYANA En uso de la atribución que le confiere el artículo 14 numeral 28 del Reglamento General de la Institución, R E S U E L V E 1.

Más detalles

REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ

REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ REGLAMENTO DEL H. CONSEJO ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ 1 H. CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CIUDAD JUÁREZ, SECRETARÍA DEL H. CONSEJO UNIVERSITARIO, EXPEDIDO

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE INFORMACIÓN DEL SISTEMA DE AUTOPISTAS, AEROPUERTOS, SERVICIOS CONEXOS Y AUXILIARES DEL ESTADO DE MÉXICO. Capítulo I Disposiciones generales Artículo 1.- El presente reglamento

Más detalles

Periodicidad de reuniones y planificación del contenido de las mismas.

Periodicidad de reuniones y planificación del contenido de las mismas. 7. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS MISMOS SEGÚN LA ORDEN DE 10/8/2010 7.1. Determinación

Más detalles

Decreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. D.O.F. 31 de agosto de 1981

Decreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. D.O.F. 31 de agosto de 1981 Decreto por el que se crea el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos. D.O.F. 31 de agosto de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR. CAPÍTULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA FAMILIAR, EN EJERCICIO DE LA ATRIBUCIÓN QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 9 FRACCIÓN X, DE LA LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL. Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE DIFUSION CULTURAL Capítulo I De la Naturaleza, los Objetivos y las Funciones Artículo 1. De acuerdo a lo establecido en el Estatuto General, el Consejo de Difusión Cultural

Más detalles

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión.

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión. ESTATUTOS DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CIENCIAS A QUE SE REFIERE EL ACUERDO PRESIDENCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 24 DE ENERO DE 1989 ANTECEDENTE El 24 de enero de 1989 se publicó

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE EDUCACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE EDUCACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA REGLAMENTO DEL CONSEJO ESTATAL DE EDUCACION DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California, el domingo 30 de abril de 1978. ROBERTO

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE SALUD. CAPÍTULO I Disposiciones generales

REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE SALUD. CAPÍTULO I Disposiciones generales REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL DE SALUD CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Estatal de

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO

REGLAMENTO DEL CONSEJO DIRECTIVO CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LA LEY QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE PUEBLA, EN SU CAPÍTULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD, DEL ARTÍCULO 6o., FRACCIÓN I; DE LOS ARTÍCULOS 7o.,

Más detalles

Suplemento especial REGLAS PARA EL RECONOCIMIENTO, CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO INSTITUCIONALES

Suplemento especial REGLAS PARA EL RECONOCIMIENTO, CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO INSTITUCIONALES Suplemento especial REGLAS PARA EL RECONOCIMIENTO, CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS GRUPOS DE TRABAJO INSTITUCIONALES Número 13 7 de Junio de 2012 Con fundamento en los artículos 56, 60 y demás aplicables

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS

REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS REGLAMENTO INTERNO DEL SISTEMA ESTATAL PARA PREVENIR, ATENDER, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL ESTADO DE ZACATECAS TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico

Más detalles

COMUNICACIÓN OFICIAL. 6 Reglamento de los departamentos

COMUNICACIÓN OFICIAL. 6 Reglamento de los departamentos COMUNICACIÓN OFICIAL 6 Reglamento de los departamentos Reglamentos CONSEJO ACADÉMICO Consejo Académico 2 Reglamento de los departamentos Aprobado por el Consejo Académico el 16 de enero de 2002, acta,

Más detalles

2016. Año del Centenario de la Instalación del congreso constituyente

2016. Año del Centenario de la Instalación del congreso constituyente ACTA DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CUERPO COLEGIADO DEL CAMPO DISCIPLINAR DE ORIENTACIÓN EN LA ESCUELA PREPARATORIA OFICIAL NUM. 272 DEL CICLO ESCOLAR 2016 2017. ACADEMIA DE ORIENTACIÓN EN LA CIUDAD

Más detalles

Perfil, Parámetros e Indicadores

Perfil, Parámetros e Indicadores PERFILES, PARÁMETROS E INDICADORES Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección en la Educación Media Superior, ciclo Escolar 2015-2016 Perfil, Parámetros e Indicadores para

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA RED DE EDUCACIÓN CONTINUA ANTECEDENTES

REGLAMENTO INTERNO DE LA RED DE EDUCACIÓN CONTINUA ANTECEDENTES REGLAMENTO INTERNO DE LA RED DE EDUCACIÓN CONTINUA ANTECEDENTES Mediante Acuerdo Rectoral del 23 de mayo de 2013, la Red de Educación Continua (REDEC), quedó adscrita a la Secretaría de Desarrollo Institucional,

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPARTICIÓN DE DIPLOMADOS DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE JALISCO.

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPARTICIÓN DE DIPLOMADOS DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE JALISCO. LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA IMPARTICIÓN DE DIPLOMADOS DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO DE JALISCO. LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA DEL ESTADO

Más detalles

Lineamientos para la Integración y Funcionamiento del Consejo Consultivo Académico del Instituto Nacional de Estadística y Geografía

Lineamientos para la Integración y Funcionamiento del Consejo Consultivo Académico del Instituto Nacional de Estadística y Geografía Lineamientos para la Integración y Funcionamiento del Consejo Consultivo Académico del Instituto Nacional de Estadística y Geografía 1 De la naturaleza y fines del Consejo.- El Consejo Consultivo Académico

Más detalles

Responsable de la base de datos/evidencia. El Docente acredita el grado con el título y cédula ante la Comisión de Dictaminación Académica (CODIMA)

Responsable de la base de datos/evidencia. El Docente acredita el grado con el título y cédula ante la Comisión de Dictaminación Académica (CODIMA) Evaluación Curricular 216, para el otorgamiento de Definitividades del Personal Académico de la BUAP Instrumento de evaluación del Nivel Medio Superior, para dar cumplimiento al punto 3.2 inciso d), de

Más detalles

PERFIL, PARÁMETROS E INDICADORES PARA LA

PERFIL, PARÁMETROS E INDICADORES PARA LA Concurso de oposición para la Promoción a cargos con funciones de Dirección en la Educación Media Superior PERFIL, PARÁMETROS E INDICADORES PARA LA PROMOCIÓN A CARGOS CON FUNCIONES DE DIRECCIÓN EN LA EDUCACIÓN

Más detalles

Reglamento de Planeación, Seguimiento y Evaluación para el Desarrollo Institucional de la Universidad Autónoma del Estado de México

Reglamento de Planeación, Seguimiento y Evaluación para el Desarrollo Institucional de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento de Planeación, Seguimiento y Evaluación para el Desarrollo Institucional de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL REGLAMENTO DE PLANEACIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

Más detalles

UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO

UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO PUBLICADO: G.O.E., JUEVES 2 DE JUNIO DE 2016 NÚM EXT. 220, TOMO UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DE VERACRUZ REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO TÉCNICO ACADÉMICO LA H. JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD POPULAR

Más detalles

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaria General de Gobierno.

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaria General de Gobierno. Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaria General de Gobierno. REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO DE TRANSPARENCIA Y VALORACIÓN SALARIAL DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS

Más detalles

REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS

REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS - UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA DIRECCIÓN ACADÉMICA REGLAMENTO DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS CHIHUAHUA, CHIH., JUNIO DEL 2002. CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. El presente reglamento

Más detalles

Jueves 24 de agosto de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)

Jueves 24 de agosto de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) Jueves 24 de agosto de 2017 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) ACUERDO número 08/08/17 que modifica el diverso número 02/05/16 por el que se establecen los Lineamientos para la constitución, organización

Más detalles

Que expuesto lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente:

Que expuesto lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente: ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES A LOS QUE SE AJUSTARÁN LA CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN. (Publicado en

Más detalles

REGLAMENTO DE ACADEMIAS DEL CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS ARKOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

REGLAMENTO DE ACADEMIAS DEL CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS ARKOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS REGLAMENTO DE ACADEMIAS DEL CENTRO DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS ARKOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El presente ordenamiento tiene como finalidad reglamentar el funcionamiento de las Academias del Centro de Estudios

Más detalles

Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión de Seguridad e Higiene de la Universidad del Caribe Proyecto

Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión de Seguridad e Higiene de la Universidad del Caribe Proyecto Reglamento Interno de Funcionamiento de la Comisión de Seguridad e Higiene de la Universidad del Caribe Proyecto 1 LA H. JUNTA DIRECTIVA DEL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES, DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE BASES, DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES Í N D I C E I N T R O D U C C I Ó N 2 O B J E T I V O 3 BASE LEGAL 3 I. DEFINICIONES 7 II. INTEGRACIÓN 7 II.1 INTEGRANTES 7 II.2 SUPLENTES 8 III. FUNCIONES 8 IV. BASES PARA EL DESARROLLO DE LAS REUNIONES

Más detalles

Para efectos de este Acuerdo, por asistencia social se entiende el auxilio o ayuda económica, cultural o moral a personas en estado de necesidad.

Para efectos de este Acuerdo, por asistencia social se entiende el auxilio o ayuda económica, cultural o moral a personas en estado de necesidad. ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL ORGANISMO DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN. Aprobado por el XV Ayuntamiento de Mexicali, en sesión de Cabildo celebrada el día 25 de octubre de 1996 y publicado en el

Más detalles

COORDINACIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE LOS COLEGIOS DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DE LOS ESTADOS

COORDINACIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE LOS COLEGIOS DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DE LOS ESTADOS COORDINACIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE LOS COLEGIOS DE ESTUDIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS DE LOS ESTADOS MANUAL PARA LA OPERACIÓN DE HORAS DE APOYO A LA DOCENCIA Y DE FORTALECIMIENTO

Más detalles

LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTUDIOS DE LICENCIATURA

LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTUDIOS DE LICENCIATURA Ver Indice Buscar: LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTUDIOS DE LICENCIATURA TÍTULO I De los planes de estudio Artículo 1o. Los Lineamientos Generales para el Funcionamiento de los

Más detalles

GUÍA DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

GUÍA DE OPERACIÓN DEL COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS 1. Presentación Tras establecerse en el año 2006 el primer marco normativo de control interno para toda la Administración Pública Federal, surgió la necesidad de establecer un mecanismo que vinculara la

Más detalles

REGLAMENTO DE ACADEMIAS DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ACADEMIAS DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ACADEMIAS DISPOSICIONES GENERALES Que la Universidad Tecnológica de Tehuacán es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno del Estado de Puebla, con personalidad jurídica y patrimonio

Más detalles

Normas Escolares para Docentes RIEMS

Normas Escolares para Docentes RIEMS 2013 Normas Escolares para Docentes RIEMS Integra las obligaciones y responsabilidades del personal docente conforme al perfil del acuerdo 447. Dirección Académica 01/09/2013 2 Normas Escolares para Docentes

Más detalles

Legislación Universitaria. Reglamento de Academias por Área de Conocimiento, por Programa Académico y de Investigación

Legislación Universitaria. Reglamento de Academias por Área de Conocimiento, por Programa Académico y de Investigación Legislación Universitaria Reglamento de Academias por Área de Conocimiento, por Programa Académico y de Investigación Índice Acuerdo Capítulo primero Generalidades Capítulo segundo De las academias Capítulo

Más detalles

El proceso de acreditación de los planteles que deseen formar parte del Sistema Nacional de Bachillerato

El proceso de acreditación de los planteles que deseen formar parte del Sistema Nacional de Bachillerato El proceso de acreditación de los planteles que deseen formar parte del Sistema Nacional de Bachillerato El Copeems en el contexto de la RIEMS y el SNB RIEMS Competencias MCC SNB COPEEMS CONAEDU-ANUIES

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS COORDINADORAS DE AUTORIDADES LOCALES DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA

REGLAMENTO DE LAS COORDINADORAS DE AUTORIDADES LOCALES DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA REGLAMENTO DE LAS COORDINADORAS DE AUTORIDADES LOCALES DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA 1 REGLAMENTO DE LAS COORDINADORAS DE AUTORIDADES LOCALES DEL PARTIDO DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA (Conforme

Más detalles

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS

Universidad Nacional de Asunción FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS 1. Misión del Área Administrar la tarea educativa, a través de la conducción de los procesos de enseñanza-aprendizaje y de evaluación, así como los relativos al registro y control académico y escolar,

Más detalles

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL

PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL Artículo 23. Son atribuciones de la Asamblea Estatal: I. Analizar la situación política, social, económica y jurídica prevaleciente en el estado y la nación y en su caso tomar

Más detalles

POLÍTICAS OPERATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LAS TUTORÍAS ACADÉMICAS EN LA UNIDAD IZTAPALAPA

POLÍTICAS OPERATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LAS TUTORÍAS ACADÉMICAS EN LA UNIDAD IZTAPALAPA Aprobadas por el Consejo Académico en la Sesión 279, del 26 y 31 de enero de 2007. POLÍTICAS OPERATIVAS PARA EL DESARROLLO DE LAS TUTORÍAS ACADÉMICAS EN LA UNIDAD IZTAPALAPA I. ÁMBITO NORMATIVO México

Más detalles

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos.

Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos. Al margen un sello que dice: Gobierno de Jalisco. Poder Ejecutivo. Secretaría General de Gobierno. Estados Unidos Mexicanos. DIGELAG ACU 029/2008 ACUERDO DEL CIUDADANO GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO

Más detalles

REGLAMENTO DE ACADEMIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ACADEMIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ACADEMIAS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Para efectos de este Reglamento, se entenderá por Academias, a los órganos colegiados de profesores responsables de impartir cursos

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC CAPÍTULO PRIMERO DE LA INTEGRACIÓN

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC CAPÍTULO PRIMERO DE LA INTEGRACIÓN REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC CAPÍTULO PRIMERO DE LA INTEGRACIÓN Artículo 1. El presente ordenamiento tiene por objeto regular la

Más detalles

Perfil, Parámetros e Indicadores

Perfil, Parámetros e Indicadores PERFILES, PARÁMETROS E INDICADORES Concurso de Oposición para la Promoción a Cargos con Funciones de Supervisión en la Educación Media Superior, ciclo Escolar 2015-2016 Perfil, Parámetros e Indicadores

Más detalles

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN ÓPTICA, A.C. (CIO)

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN EN ÓPTICA, A.C. (CIO) MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DEL CENTRO DE 1 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN 2. ANTECEDENTES 3. MARCO LEGAL CÓDIGOS Y LEYES REGLAMENTOS DECRETOS NORMAS ACUERDOS LINEAMIENTOS 4. MISIÓN, VISIÓN Y OBJETIVOS

Más detalles

ÍNDICE. Reglamento de Academias

ÍNDICE. Reglamento de Academias ÍNDICE CAPÍTULO I Disposiciones generales... 1 CAPÍTULO II De la integración de los cuerpos académicos colegiados... 1 CAPÍTULO III De las funciones de los cuerpos colegiados... 3 CAPÍTULO IV Derechos,

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO.226 DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 2001.

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO.226 DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 2001. PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NO.226 DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DE 2001. SECRETARÍA DE SALUD Y ASISTENCIA MAURO LOYO VARELA, Secretario de Salud y Asistencia y Director General del Organismo

Más detalles

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco

Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco Resultados Evaluación de la Publicación de Información Fundamental Poder Legislativo: Congreso del Estado de Jalisco Auditoría Superior del Estado de Jalisco METODOLOGÍA Qué se evalúa? Publicación de la

Más detalles

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO C A P I T U L O DISPOSICIONES GENERALES

UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO C A P I T U L O DISPOSICIONES GENERALES UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA NACIONAL REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO DISPOSICIONES GENERALES I ARTÍCULO 1.- Las actividades del Consejo Técnico tendrán como propósito obtener la armonía, equilibro e integración

Más detalles

Universidad Nacional Autónoma de México Escuela Nacional de Trabajo Social

Universidad Nacional Autónoma de México Escuela Nacional de Trabajo Social Universidad Nacional Autónoma de México Escuela Nacional de Secretaría Académica 2015 Índice del documento 1. Reglamento General para la Presentación, Aprobación, Evaluación y Modificación de Planes de

Más detalles

REGLAMENTO DE PATRONATOS JULIO 2007

REGLAMENTO DE PATRONATOS JULIO 2007 REGLAMENTO DE PATRONATOS JULIO 2007 INDICE TITULO PRIMERO. Principios Generales Capitulo primero Fundamentación y definiciones Capitulo Segundo Integración de los Patronatos TITULO SEGUNDO. De los Patronatos

Más detalles

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ÓRGANOS COLEGIADOS. Reglamento de los Órganos Colegiados

REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ÓRGANOS COLEGIADOS. Reglamento de los Órganos Colegiados REGLAMENTOS INSTITUCIONALES REGLAMENTACIÓN DE ÓRGANOS COLEGIADOS Reglamento de los Órganos Colegiados UNIVERSIDAD DEL NORESTE, A.C. REGLAMENTACIÓN DE ÓRGANOS COLEGIADOS REGLAMENTO DE LOS ÓRGANOS COLEGIADOS

Más detalles

REGLAMENTO DE ACADEMIAS DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE ACADEMIAS DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DE ACADEMIAS DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. El presente reglamento tiene como objetivo principal dar las directrices

Más detalles

Reglamento Interior del Consejo Veracruzano de Armonización Contable

Reglamento Interior del Consejo Veracruzano de Armonización Contable del Consejo Veracruzano de Armonización Contable 1 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar la organización y funcionamiento del Consejo Veracruzano

Más detalles

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR

REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un

Más detalles

H. Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez

H. Ayuntamiento Constitucional de Tuxtla Gutiérrez Fracción IV. A) s. Breve Descripción: Es la responsable de planear, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las funciones, acciones y lineamientos en relación a la administración, del capital humano y

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, VIGILANCIA Y DISCIPLINA.

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, VIGILANCIA Y DISCIPLINA. TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN, VIGILANCIA Y DISCIPLINA. CONSIDERANDO Este ordenamiento tiene su fundamento en las fracciones

Más detalles

HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZALEZ DIRECCION DE ENSEÑANZA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ENSEÑANZA

HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZALEZ DIRECCION DE ENSEÑANZA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ENSEÑANZA HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZALEZ DIRECCION DE ENSEÑANZA MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE ENSEÑANZA 1 HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZALEZ COMITE DE ENSEÑANZA INTRODUCCION:

Más detalles

LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LA VIOLENCIA FAMILIAR

LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LA VIOLENCIA FAMILIAR Denominación del área Consejo Estatal para la Prevención y Denominación de la norma que establece las facultades del área LEY PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN A LA VIOLENCIA FAMILIAR Fundamento Legal (artículo

Más detalles

Perfil, Parámetros e Indicadores

Perfil, Parámetros e Indicadores Concurso de Oposición para la Promoción a cargos con Funciones de Dirección (Directores) Educación Media Superior, Ciclo Escolar 04-05 Perfil, Parámetros e Indicadores para Promoción a cargos con Funciones

Más detalles

CONSIDERANDO REGLAMENTO DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE INFRAESTRUCTURA CAPÍTULO UNO DISPOSICIONES GENERALES

CONSIDERANDO REGLAMENTO DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE INFRAESTRUCTURA CAPÍTULO UNO DISPOSICIONES GENERALES EL CONSEJO MEXIQUENSE DE INFRAESTRUCTURA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE OTORGA EL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE CREÓ, PUBLICADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO EL 19 DE DICIEMBRE DE

Más detalles

Artículos de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación Educativa en materia del Servicio Profesional Docente

Artículos de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación Educativa en materia del Servicio Profesional Docente Artículos de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación Educativa en materia del Servicio Profesional Docente Artículo 5. Para efectos de esta Ley se entenderá por: XI. Servicio Profesional Docente,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE PRENSA Y PROPAGANDA DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE PRENSA Y PROPAGANDA DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE PRENSA Y PROPAGANDA DE LA COMISIÓN EJECUTIVA NACIONAL DEL PARTIDO DEL TRABAJO CAPÍTULO PRIMERO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Y PARTICULARES Artículo 1 Del objeto El presente

Más detalles

ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ DE INNOVACIÓN Y CALIDAD DE LA LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA

ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ DE INNOVACIÓN Y CALIDAD DE LA LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA ACTA CONSTITUTIVA DEL COMITÉ DE INNOVACIÓN Y CALIDAD DE LA LOTERÍA NACIONAL PARA LA ASISTENCIA PÚBLICA En la Ciudad de México, Distrito Federal, siendo las 18:00 horas del día 10 de Septiembre del 2007,

Más detalles

Reglamento del Consejo Estatal Técnico de la Educación

Reglamento del Consejo Estatal Técnico de la Educación Reglamento del Consejo Estatal Técnico de la Educación Documento de consulta Ultima reforma aplicada 9 de mayo de 2000. Reglamento del Consejo Estatal Técnico de la Educación Pág. 2 REGLAMENTO DEL CONSEJO

Más detalles

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS

REGLAMENTO DE LAS ACADEMIAS La Junta Directiva del Colegio de Bachilleres del Estado de Quintana Roo, en ejercicio de las facultades que le confiere el Articulo 10, Fracción XI del Decreto Numero 95 emitido por la Honorable II Legislatura

Más detalles

CONVOCATORIA Julio / 2011

CONVOCATORIA Julio / 2011 La UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE ALTAMIRA emite la siguiente: CONVOCATORIA Julio / 2011 A las personas interesadas en participar en el concurso de oposición para ingresar como profesor de tiempo completo

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL COLEGIO DE POSGRADO

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL COLEGIO DE POSGRADO CP-MO Fecha de Elaboración: 05/10/2017 MANUAL DE ORGANIZACIÓN DEL Fecha de Actualización: 05/10/2017 Versión: 1 ÍNDICE: 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. DIRECTORIO... 4 3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS... 5 4. BASE LEGAL...

Más detalles

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA

UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA REGLAMENTO DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA UNIVERSIDAD ESTATAL DE SONORA CONTENIDO Capítulo I. Disposiciones Generales Capítulo II. Órganos Responsables de la Planeación

Más detalles

Proyecto 1 Dirección General de Coordinación Política Dirección de Vinculación con Gobiernos Locales EZ/MIS

Proyecto 1 Dirección General de Coordinación Política Dirección de Vinculación con Gobiernos Locales EZ/MIS Proyecto 1 Dirección General de Coordinación Política Dirección de Vinculación con Gobiernos Locales EZ/MIS Recomendaciones para la elaboración de un Reglamento de creación de un Consejo Consultivo de

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO CONSULTIVO ECONÓMICO DEL ESTADO DE MÉXICO, EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ARTÍCULO 10.8 DEL CÓDIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MÉXICO; Y C O N S I D E R A N D O Que

Más detalles

REGLAMENTO DEL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE IZÚCAR DE MATAMOROS

REGLAMENTO DEL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE IZÚCAR DE MATAMOROS REGLAMENTO DEL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE IZÚCAR DE MATAMOROS EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE IZÚCAR DE MATAMOROS, EN EJERCICIO DE LAS

Más detalles

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal

Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Reglamento Interior del Comité de Simplificación y Modernización Administrativa para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal Documento de consulta Ultima reforma aplicada 26 de

Más detalles

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS Francisco García Salina Unidad Académica de Historia Programa de Licenciatura

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS Francisco García Salina Unidad Académica de Historia Programa de Licenciatura UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE ZACATECAS Francisco García Salina Unidad Académica de Historia Programa de Licenciatura REGLAMENTO ESPECÍFICO DEL FUNCIONAMIENTO DE LA ACADEMIA DEL PROGRAMA DE LICENCIATURA. Rosalba

Más detalles

Capítulo I Disposiciones generales

Capítulo I Disposiciones generales Acuerdo Sedesol 03/2016 por el que se designa a la Unidad de Transparencia y se regula el Comité de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo Social Mauricio Sahuí Rivero, secretario de Desarrollo Social,

Más detalles

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL.

MANUAL DE INTEGRACIÓN Y OPERACIÓN DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL. 1. DISPOSICIONES GENERALES 1.1 Objetivo El presente Manual tiene como propósito establecer la organización y funcionamiento del Comité de Transparencia del Instituto de Acceso a la Información Pública

Más detalles