Reglas de Convivencia
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- Felisa Méndez Belmonte
- hace 7 años
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1 I. Presentación Reglas de Convivencia Grupos Técnicos En el marco del proyecto Proceso de consulta y diálogo para la armonización de la legislación mexicana con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad promovido en el Senado de la República a través de la Comisión de Relaciones, Organizaciones No Gubernamentales y el cual se realiza de forma conjunta con el Programa de Naciones Unidas es que se presentan las siguiente Reglas de Convivencia. Este proyecto pretende impulsar en el Senado de la República reformas a la legislación relacionada con educación y trabajo que cumplan con lo dispuesto en los artículos 4º, inciso 3, 24º y 27º de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; establecer en el Senado de la República un mecanismo de consulta y diálogo, plural e interdisciplinario para su análisis con la legislación actual y las propuestas de reforma referentes a educación y trabajo, el cual incorpore a diversos actores de organizaciones de la sociedad civil de/para las personas con discapacidad, entre otros actores relevantes; y documentar, a través del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el proceso y mecanismo de consulta y diálogo entre el Senado y las organizaciones de la sociedad civil para establecerlo como un modelo de buena práctica nacional e internacional. El objeto de las presentes reglas es facilitar el diálogo entre una amplia variedad de actores de forma abierta, transparente, incluyente y esquemática a fin de generar conclusiones específicas y recomendaciones no vinculatorias de reformas legislativas al Senado de la República con base a lo establecido en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Los participantes están obligados a cumplirlas al comprometerse a participar dentro del Mecanismo de Consulta y Diálogo para la Armonización de la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Educación con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Borrador 27 de septiembre
2 II. Reglas de Convivencia Regla 1 Los participantes se comprometen a participar activamente en un ambiente de respeto y diálogo con los demás participantes. Regla 2 Los participantes se comprometen a participar y dar seguimiento en tiempo y forma con las actividades que se desarrollen en los grupos técnicos. Regla 3 Los participantes, en un ambiente de diálogo, deberán enfocarse en la búsqueda de consenso. III. Sesiones Las siguientes Reglas de Convivencia aplican específicamente a las cinco sesiones de los grupos de trabajo que se enmarcan dentro del Mecanismo del Consulta y Diálogo para la Armonización de la Ley Federal del Trabajo y la Ley General de Educación con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Regla 4 Con el objetivo de asegurar que las sesiones de los grupos técnicos se desarrollen con la mayor apertura e intercambio de información, los participantes se regirán por el código conocido como Regla de la Casa Chatham (Chatham House Rule). Durante las sesiones se elaborará una versión estenográfica para uso exclusivo de la Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales y el Programa de las Naciones Unidas como apoyo para la elaboración de las minutas y demás material informativo. Con el objetivo de mantener la confidencialidad de las participaciones, dichos materiales serán catalogados como reservados y quedarán en resguardo de la
3 Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales y del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). No se contará con la presencia de medios de comunicación y con el objetivo de informar sobre el desarrollo de las sesiones, al finalizar éstas, se elaborarán hojas informativas públicas en las cuales no se mencionará la lista de asistencia de las sesiones, así como tampoco identificarán, explícita o implícitamente, las posiciones y/o intervenciones de los participantes. Cada sesión realizada tendrá como producto final una minuta de trabajo, la cual incorporará el registro de asistencia, tendrá carácter de reservado y únicamente podrá ser distribuida entre los participantes. Regla 5 Los grupos técnicos sesionarán en las siguientes fechas y horarios: Viernes 30 de septiembre, 11:00 hrs. 14:00 hrs. Sesión 1.- Grupo Técnico: Trabajo Lunes 3 de septiembre, 11:00 hrs. 14:00 hrs. Sesión 1. - Grupo Técnico: Educación Viernes 30 de septiembre, 16:00 hrs. 19:00 hrs. Sesión 2.- Grupo Técnico: Trabajo Lunes 3 de octubre, 16:00 hrs. 19:00 hrs. Sesión 2.- Grupo Técnico: Educación Viernes 7 de octubre, 11:00 hrs. 14:00 hrs. Sesión 3.- Grupo Técnico: Trabajo Lunes 10 de octubre, 11:00 hrs. 14:00 hrs. Sesión 3.- Grupo Técnico: Educación Viernes 14 de octubre, 11:00 hrs. 14:00 hrs. Sesión 4.- Grupo Técnico: Trabajo Lunes 17 de octubre, 11:00 hrs. 14:00 hrs. Sesión 4.- Grupo Técnico: Educación Regla 6 La sesión 5 se definirá próximamente y se realizará antes de finalizar el mes de noviembre. Las sesiones se desarrollarán de forma presencial en las instalaciones que la Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales gestione para el desarrollo de las mismas.
4 Regla 7 El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo convocará a los participantes acreditados a las sesiones de los grupos técnicos con un mínimo de dos días antes de la fecha de reunión. Dicha convocatoria se hará de forma electrónica y en ella se anexarán los documentos e insumos necesario así como las indicaciones sobre cualquier documento que deba presentar el participante para la reunión del Grupo Técnico. Regla 8 Para que se dé inicio a una sesión se deberá contar con el 50% + 1 de las Organizaciones de la Sociedad Civil acreditadas. IV. Acreditación Dado al carácter privado de las sesiones, el acceso será restringido y los participantes deberán de contar con su respectiva acreditación. No se permitirá la presencia en las sesiones de personas ajenas a los grupos técnicos, excepto para cumplir una actividad muy específica para el apoyo y funcionamiento de las sesiones. Únicamente se permitirá el acceso a 3 observadores del Senado de la República acreditados por la Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales, que se comprometan a respetar la regla 4 y los cuales no tendrán derecho a voz. Regla 9 Cada grupo técnico se integrará por máximo 25 participantes provenientes de: Organizaciones de la sociedad civil o A través de la Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales y el Programa de las Naciones Unidas (PNUD) se realizará una convocatoria pública a organizaciones de la sociedad civil. o La selección de las participantes se llevará a cabo por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), con el apoyo de las Agencias del Sistema de Naciones Unidas en México, bajo criterios y modalidades que serán establecidos en la convocatoria. o La expresión de interés por parte de los interesados deberá formalizarse mediante la presentación de una carta de intención, curriculum vitae institucional, curriculum vitae de la persona designada para participar en la mesa, carátula del Acta Constitutiva de la organización y documente que compruebe la experiencia en incidencia en política pública y / o trabajo legislativo, entre otras.
5 Expertos Independientes y Académicos o Invitación por parte de los impulsores del mecanismo de consulta y diálogo con el objetivo de contar con una visión amplia e informada. Funcionarios de la administración pública federal o Invitación por parte de los impulsores del mecanismo de consulta y diálogo con el objetivo de contar con una visión amplia e informada. Funcionarios de las Agencias del Sistema de Naciones Unidas acreditadas en México o Invitación por parte de los impulsores del mecanismo de consulta y diálogo con el objetivo de contar con una visión amplia e informada La conformación de los grupos técnicos será publicada en el micrositio del mecanismo de consulta y diálogo antes del inicio de sus sesiones. Regla 10 Durante las sesiones de los grupos técnicos todos sus integrantes tendrán derecho a voz y las participaciones y opiniones vertidas obedecerán a la construcción de una visión amplia e informada. Regla 11 Para facilitar el diálogo entre los participantes el acomodo de los participantes será intercalado según los grupos que asistan. V. Facilitación Regla 12 Las sesiones de los dos grupos técnicos serán presididas por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Regla 13 Las intervenciones de los participantes serán señaladas y autorizadas por el moderador, quien otorgará la palabra.
6 En algunas ocasiones el moderador podrá designar a una persona a tomar la palabra a fin de fomentar el diálogo. Regla 14 El PNUD proporcionará a los grupos técnicos una herramienta de trabajo titulada Guía de Análisis a las Disposiciones de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el cual facilitará el estudio de la información que conformarán los insumos de trabajo para la comparación de la legislación vigente frente a la Convención y su cumplimiento. VI. Agenda Regla 15 La Agenda de las Sesiones se establece previamente según la sesión a la cual se asista. Ello a fin de darle continuidad y celeridad a las discusiones. Sesión 1 El objetivo de esta primera reunión es conocer las posiciones iniciales de cada participante. Regla 16 Como primer insumo los participantes deberán enviar una primera versión de la aplicación de la herramienta completada al correo andrea.nieto@undp.org. Regla 17 El moderador es el responsable de señalar la apertura de la sesión, recordando a los participantes las presentes Reglas de Convivencia a las cuales están sujetos y que deberán suscribir en la primera sesión. Regla 18 Es responsabilidad del moderador dar la bienvenida, asegurándose de contar con el quórum necesario. Regla 19
7 Se comenzará la reunión con una ronda de presentaciones de los participantes iniciando desde la derecha. Regla 20 En una primera ronda que se iniciará hacia la derecha, cada participante contará con 3 minutos para resumir su posición presentada en la versión enviada en la herramienta previamente, únicamente durante esta primera reunión. El moderador abrirá una ronda de intervenciones, seleccionando y asignando turno a los participantes en bloques de 4. Durante la primera sesión se tendrá oportunidad para abrir 3 bloques. Si se presentara una referencia o pregunta directa hacia otro participante el moderador podrá ceder la palabra a éste al término de cada bloque. Regla 21 El moderador retomará algunas conclusiones de lo establecido durante las rondas tras lo cual se dará por clausurada la sesión. Sesión 2 El objetivo de la segunda sesión es identificar aquellos señalamientos dentro de la Ley que contravengan lo señalado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Regla 22 Es responsabilidad del moderador dar la bienvenida, asegurándose de contar con el quórum necesario. Regla 23 El moderador es el responsable de señalar la apertura de la sesión. El moderador comenzará por presentar los insumos generados a partir de la anterior sesión y lo recibido a través del micrositio. Estos insumos también serán enviados previamente de forma electrónica para su análisis. Regla 24 El moderador abrirá las rondas de intervenciones seleccionando y asignando turno a los participantes en bloques de 4. Durante la segunda y tercera sesión se tendrá oportunidad para abrir 7 bloques.
8 Si se presentara una referencia o pregunta directa hacia otro participante el moderador podrá ceder la palabra a éste al término de cada bloque. Regla 25 El moderador está facultado para realizar intervenciones cuando sea preciso y sin duración específica a fin de solucionar dudas, fomentar el diálogo, hacer precisiones y / o acelerar la discusión. Regla 26 El moderador retomará algunas conclusiones de lo establecido durante las rondas tras lo cual se dará por clausurada la sesión. Sesión 3, 4 y 5 El objetivo de la sesión 3 es identificar los vacíos legislativos que se identifiquen frente a la Convención y señalar propuestas para atenderlos. El objetivo de la sesión 4 es concretar las conclusiones y recomendaciones que serán presentadas como insumos no vinculatorios al Senado. El objetivo de la sesión es 5 es identificar conclusiones sobre el mismo Mecanismo de Consulta y Diálogo. Regla 27 Es responsabilidad del moderador dar la bienvenida, asegurándose de contar con el quórum necesario Regla 28 El moderador es el responsable de señalar la apertura de la sesión. Regla 29 El moderador comenzará por presentar los insumos generados a partir de la anterior sesión y lo recibido a través del micrositio o en el caso de la sesión 4, que consideren las observaciones realizadas durante la reunión de OSC. Estos insumos también serán enviados previamente de forma electrónica para su análisis.
9 Regla 30 El moderador abrirá las rondas de intervenciones seleccionando y asignando turno a los participantes en bloques de 4. Se tendrá oportunidad de abrir oportunidad para abrir 3 bloques. Si se presentara una referencia o pregunta directa hacia otro participante el moderador podrá ceder la palabra a éste al término de cada bloque. Regla 31 Después del bloque 3 y 6 el Moderador presentará como se van integrando las conclusiones y las presentará al pleno. Regla 32 El moderador está facultado para realizar intervenciones cuando sea preciso y sin duración específica a fin de solucionar dudas, fomentar el diálogo, hacer precisiones y / o acelerar la discusión. Regla 33 El moderador invitará a la Organizaciones de la Sociedad Civil, académicos y expertos independientes a seleccionar personas que fungirán de voceros de los grupos técnicos. Regla 34 El moderador retomará algunas conclusiones de lo establecido durante las rondas tras lo cual se dará por clausurada la sesión. VII. Transparencia Regla 35 Las hojas informativas de cada sesión serán publicadas en el micrositio del mecanismo de consulta y diálogo y para el conocimiento del público en general podrán ser distribuidas por todos los interesados. Regla 36 Para asegurar la inclusión de diversos puntos de vista sobre los temas sujetos de análisis de los grupos técnicos, entre la publicación de una hoja informativa y la siguiente sesión de trabajo, se abrirá en el micrositio del mecanismo un buzón electrónico con una o varias preguntas específicas elaborada por cada grupo técnico para
10 recibir comentarios y sugerencias. Dicha información será recopilada por la Comisión de Relaciones Exteriores, Organizaciones No Gubernamentales y presentada al inicio de las sesiones de los grupos. Regla 37 Los documentos de conclusiones y recomendaciones que elaborarán los grupos técnicos, incluirá los nombres de los integrantes que asistieron a las sesiones. Dichos documentos serán publicados en el micrositio del proceso de consulta y diálogo y podrán ser distribuidos por todos los interesados. Regla 38 Cada grupo técnico contará con un relator designado por el PNUD, quien tendrá la responsabilidad de elaborar las minutas de trabajo y las hojas informativas que se publicarán y distribuirán con el propósito de dar a conocer los trabajos realizados. VIII. Selección de Voceros Regla 39 Los participantes de las organizaciones civiles, académicos y expertos independientes de cada grupo técnico seleccionarán a 3 representantes para fungir como voceros durante la sesión 4, quienes tendrán la tarea de presentar, en los diferentes espacios de diálogo contemplados en el mecanismo, los avances, conclusiones y recomendaciones. Así mismo y en caso de que las comisiones legislativas interesadas lo soliciten, tendrán la disponibilidad para aclarar, profundizar y/o explicar sobre el contenido de los insumos presentados por los grupos técnicos al concluir sus sesiones. IX. Interpretaciones y valoraciones de casos individuales Regla 40 Cualquier interpretación sobre las presentes reglas o necesidad de resolución sobre situaciones o casos específicos que se desarrollen a lo largo de los grupos de trabajo, serán facultad de los impulsores del mecanismo de consulta y diálogo.
11 Anexo 1. Detalle de Regla 9 Categoría Integración Grupo de trabajo técnico Educación Grupo de trabajo técnico Trabajo Organizaciones de la Sociedad Civil Académicos o expertos independientes Administración Pública Federal Agencias internacionales 4 3 Máximo de participantes 25 participantes 24 participantes
12 Anexo 2 Detalle VI. Agenda Sesión 3 y 4 y 5 Tiempo Total Observaciones Regla 29 Regla 30 Regla minutos Regla 32 Regla 33 Regla minutos Max 5 min x pax Bloques de 4 personas Al concluir cada bloque el moderador debe hacer un resumen o retomar ideas para guiar la discusión. 7 Bloques 10 minutos
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