2.3.Otros B O L E T Í N O F I C I A L D E C A N T A B R I A. GOBIERNO de CANTABRIA
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- Roberto Quintero Palma
- hace 7 años
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1 2.3.Otros Consejo Gobierno Decreto 102/ diciembre modificación parcial la estructura orgánica y la relación puestos trabajo la Consejería Economía y Hacienda y l Instituto Cántabro Estadística. Por Decreto 134/2004, 10 diciembre, se aprobó la estructura orgánica la Consejería Economía y Hacienda, publicándose en el BOC número 244, 21 diciembre En la actualidad, la Ley 14/2006, 24 octubre, Finanzas Cantabria, establece un marco elaboración los Presupuestos Generales la Comunidad Autónoma en base a unos principios programación, estabilidad presupuestaria, transparencia, plurianualidad y eficiencia en la asignación los recursos públicos, junto a los principios clásicos unidad, universalidad y no afectación aplicables en el ámbito la gestión presupuestaria. Todo ello configura la programación presupuestaria en los nominados escenarios presupuestarios plurianuales, cuya confección correspon a la Consejería competente en materia Hacienda. Igualmente, esta Ley recoge la necesidad que las entidas públicas empresariales, sociedas mercantiles y fundaciones l sector público autonómico elaboren un presupuesto explotación y capital junto a un programa actuación plurianual integrado por sus estados financieros, y en el que se recojan las líneas estratégicas y objetivos finidos, y los datos económico-financieros previstos para el ejercicio actual y los dos inmediatamente siguientes. Todas estas circunstancias hacen precisa la modificación organizativa la Dirección General Tesorería, Presupuestos y Política Financiera, acuerdo con la ia impulso una presupuestación por objetivos, mediante una rigurosa selección los mismos y una orientación toda la organización hacia su logro, basándose en criterios planificación y eficiencia; así, se preten una nueva organización que separe las tareas propias la gestión presupuestaria aquéllas relativas a la elaboración, análisis y seguimiento l Presupuesto. De este modo se suprimen el Servicio Presupuestos, la Sección Análisis y Seguimiento Presupuestario, y la Sección Gestión Presupuestaria, y se crean la Oficina Presupuestaria y el Servicio Gestión Presupuestaria, manteniéndose el Servicio Pagos y Valores y el Servicio Política Financiera. En relación al Instituto Cántabro Estadística (ICANE), se precisa una modificación puntual su actual estructura, y la relación puestos trabajo motivada por la inacuación actual entre la estructura aprobada por el Decreto 32/2007, 22 marzo, y las necesidas actuales que obligan al ICANE a sarrollar una mayor actividad tanto en el ámbito producción y difusión como en el coordinación. La modificación viene terminada por la aprobación dos leyes gran relevancia para el sarrollo y consolidación l Sistema Estadístico Cantabria: la Ley Cantabria 4/2005, 5 octubre, Estadística Cantabria y la Ley Cantabria 3/2008, 24 noviembre, l Plan Estadístico 2009/2012. Dichas leyes suponen una ampliación consirable las competencias l Instituto. Por tal motivo se tiene por necesaria la modificación orgánica ex novo. Así se suprime el Servicio Apoyo a la Dirección y se crean la Sección Coordinación y Difusión y la Sección Gestión Económico-Administrativa, ambos adscritos al Servicio Estadísticas Económicas y Socio-Demográficas. Por lo anterior, cumplidos los trámites preceptivos establecidos en el Decreto 2/1989, 31 enero, sobre elaboración Estructuras, Relaciones Puestos Trabajo y Retribuciones, en su vigente redacción, y consultadas las Organizaciones Sindicales al amparo lo previsto en la Ley 7/2007, 12 abril, l Estatuto Básico l Empleado Público, a propuesta los Consejeros Economía y Hacienda y Presincia y Justicia y previa liberación l Consejo Gobierno en su reunión l día 30 diciembre 2009 Pág. i 426 1/11
2 DISPONGO: Artículo 1. - Dirección General Tesorería, Presupuestos y Política Financiera. 1. Se suprimen el Servicio Presupuestos, la Sección Análisis y Seguimiento Presupuestario y la Sección Gestión Presupuestaria y se crean la Oficina Presupuestaria y el Servicio Gestión Presupuestaria. 2. Se modifica el artículo 9 l Decreto 134/2004, 10 diciembre, por el que se aprueba la modificación la estructura orgánica y la relación puestos trabajo la Consejería Economía y Hacienda, tras las redacciones dadas por los Decretos 87/2008, 11 septiembre, y 8/2009, 5 febrero, en los que se modifica parcialmente la estructura básica, quedando redactado como sigue: Las competencias genéricas la Dirección General Tesorería, Presupuestos y Política Financiera son las establecidas en la Ley 6/2002, 10 diciembre, Régimen Jurídico l Gobierno y la Administración la Comunidad Autónoma Cantabria. Específicamente le corresponn las competencias siguientes: a) El manejo y custodia todos los fondos y valores la Comunidad Autónoma, así como el pago sus obligaciones. b) La dirección y control los presupuestos la Administración, que compren, entre otras funciones, la elaboración l anteproyecto la Ley anual. c) Análisis, seguimiento y evaluación l presupuesto y estudio y formulación medidas correctoras. d) La programación medidas en materia política financiera, así como las operaciones financieras tesorería; el control las Entidas Ahorro y las Mutualidas Previsión Social no integradas en la Seguridad Social establecidas en el Real Decreto 1.905/1996, 2 agosto; la elaboración propuestas crédito a concertar, la gestión operaciones aval y control disposiciones y vencimientos y su programación. Esta Dirección General se estructura en los siguientes órganos: 1) Subdirección General Presupuestos. 2) Oficina Presupuestaria. 3) Servicio Gestión Presupuestaria. 4) Servicio Pagos y Valores. 5) Servicio Política Financiera. Funciones: 1) La Subdirección General Presupuestos ejerce las competencias genéricas expresadas en la Ley 6/2002, 10 diciembre, Régimen Jurídico l Gobierno y la Administración la Comunidad Autónoma Cantabria y en las más disposiciones legales y reglamentarias. Igualmente, le corresponn las siguientes competencias específicas: a) Realización estudios, consultas, propuestas e informes que le sean encomendados por la Dirección General en materia Presupuestos. b) Ostentación, por legación l Director General en materia Presupuestos, su representación ante otros Organismos. c) Coordinación, sarrollo, supervisión e impulso la gestión los servicios la Dirección General en materia Presupuestos, así como la utilización en esta materia las nuevas tecnologías. d) Dirección en la elaboración normas y procedimientos en materia gestión presupuestaria. e) Dirección en la elaboración, estudio y formación l Proyecto Ingresos y Gastos los Presupuestos Generales Cantabria. f) Dirección en la confección, análisis y seguimiento los escenarios presupuestarios plurianuales la Comunidad Autónoma Cantabria. Pág. i 427 2/11
3 2) La Oficina Presupuestaria, ejerce el máximo asesoramiento al Director General en asuntos relacionados con la preparación, seguimiento y control l Presupuesto, estableciendo objetivos e indicadores, analizando aquéllos y evaluando éstos; el análisis, s la triple perspectiva la eficacia, la eficiencia y la economía, la gestión los recursos públicos, lo que significa examinar razonablemente el sistema planificación, ejecución, control y evaluación los objetivos y las actividas y los recursos tanto humanos como financieros disponibles; la coordinación en la elaboración, estudio y formación l Anteproyecto y Proyecto Ingresos los Presupuestos Generales Cantabria; la coordinación en la elaboración, estudio y formación l Proyecto Gastos los Presupuestos Generales Cantabria, consirando, tanto la estimación previa ingresos como las dotaciones propuestas por los Centro Gestores, así como la elaboración los anexos que acompañan a aquéllos; la coordinación en la confección, análisis y seguimiento los escenarios presupuestarios plurianuales, tanto ingresos como gastos la Administración General la Comunidad Autónoma y los Organismos Autónomos ella pendientes; la coordinación en la confección, análisis y seguimiento los escenarios presupuestarios plurianuales, tanto ingresos como gastos las Entidas Públicas Empresariales, pendientes la Administración General la Comunidad Autónoma Cantabria, o cualesquiera otros Organismos Públicos vinculados o pendientes ella; la coordinación en el estudio y seguimiento los estados financieros remitidos por el Sector Público Empresarial para la elaboración los Presupuestos Generales; la coordinación en el estudio y seguimiento l cumplimiento los objetivos anuales que sirvieron base a los Presupuestos la Administración General y sus Organismos Autónomos; la coordinación en el estudio y seguimiento l cumplimiento los objetivos anuales que sirvieron base a los presupuestos explotación y capital l Sector Público Empresarial; la información las disposiciones legales y reglamentarias en fase elaboración y aprobación, los actos administrativos, convenios colaboración y cualquier otra actuación l Sector Público la Comunidad Autónoma que afecten a los gastos públicos, valorando las repercusiones y efectos y su acuación a las disponibilidas presupuestarias y a los límites los escenarios presupuestarios plurianuales; y la elaboración normas, instrucciones y circulares relativas a su ámbito actuación y que sean aplicación en el Sector Público la Comunidad Autónoma Cantabria. 3) El Servicio Gestión Presupuestaria, realiza la elaboración los procedimientos en materia gestión presupuestaria; la información e impulso la tramitación las propuestas modificaciones presupuestarias que se produzcan en el transcurso l ejercicio; la información e impulso la tramitación los compromisos gastos carácter plurianual; la elaboración un estudio la gestión presupuestaria por Centros Gestores previo a la elaboración los Presupuestos Generales; la colaboración con la Oficina Presupuestaria en la elaboración, estudio y formación l Proyecto Gastos e Ingresos los Presupuestos Generales Cantabria, así como en la elaboración los anexos que acompañan a aquellos; la colaboración con los distintos órganos económico-presupuestarios los Centros Gestores para conseguir una mayor eficacia en la tramitación los expedientes modificaciones presupuestarias; la colaboración con la Oficina Presupuestaria en la confección, análisis y seguimiento los escenarios presupuestarios plurianuales, tanto ingresos como gastos la Administración General la Comunidad Autónoma y los Organismos Autónomos ella pendientes; y la colaboración en la elaboración normas, instrucciones y circulares relativas a su ámbito actuación y que sean aplicación en el Sector Público la Comunidad Autónoma Cantabria. 4) Al Servicio Pagos y Valores, le compete el control y conformación los pagos la Comunidad Autónoma; la gestión y custodia los fondos y valores la Comunidad Autónoma; la tramitación los expedientes autorización y cierre las cuentas operativas la Comunidad Autónoma; la tramitación expedientes distribución fondos entre las cuentas la Comunidad Autónoma; el control y supervisión las conciliaciones bancarias; el control y supervisión las cuentas Habilitados; la gestión y control la contabilidad auxiliar los valores la Comunidad Autónoma; la elaboración l Plan Pagos la Comunidad Autónoma; la gestión y control la cumplimentación las obligaciones tributarias y la Seguridad Social; el control y seguimiento las cuentas operativas la Comunidad Autónoma; la gestión y control las fianzas arrendamiento y otros contratos regulados en el Título V la Ley Cantabria 5/1993, 6 mayo; y el archivo y custodia los avales bancarios presentados ante el Gobierno Cantabria. Pág. i 428 3/11
4 5) Al Servicio Política Financiera, le compete el asesoramiento al Consejero en materia política financiera; el control entidas ahorro; los créditos a concertar - elaboración propuestas; el control disposiciones, vencimientos y su programación; la realización informes sobre expedientes avales a empresas; la realización informes sobre operaciones financieras tesorería; el seguimiento y evaluación Entes Públicos l Gobierno Cantabria; y el ejercicio las competencias en materia Cajas Ahorro y Mutualidas Previsión Social la Comunidad Autónoma. Artículo 2. - Organigrama la Consejería Economía y Hacienda. Se modifica el artículo 10 l Decreto 134/2004, 10 diciembre, tras la redacción dada por el Decreto 123/2008, 26 diciembre, modificación parcial la estructura orgánica y la relación puestos trabajo la Consejería Economía y Hacienda, que toma la siguiente redacción: 1. Consejero Economía y Hacienda Comité Dirección, Consejo y Asesoramiento Consejo Cántabro Consumo. 2. Secretaría General Asesoría Jurídica Sección Estudio y Apoyo Negociado Apoyo y Gestión Administrativa Servicio Coordinación y Asuntos Generales Negociado Archivo Negociado Habilitación Sección Evaluación Económica Negociado Gestión Económica y Presupuestaria Sección Personal y Régimen Interior Negociado Personal y Asuntos Generales Servicio Administración General Patrimonio Sección Patrimonio Negociado Gestión Patrimonio Negociado Inventario y Contabilidad Patrimonial Servicio Gestión Programas Desarrollo Económico y Social Negociado Subvenciones Desarrollo Económico y Social. 3. Dirección General Economía Subdirección General Economía Servicio Gestión Fondos Comunitarios y Cohesión Negociado Gestión Administrativa Control y Seguimiento FEDER Unidad Programación Económica Servicio Ingresos con Financiación Afectada y Ayudas Públicas Sección Ayudas Públicas Negociado Gestión Administrativa Sección Ingresos con Financiación Afectada. 4. Dirección General Hacienda Servicio Ingresos Presupuestarios Sección Contabilidad Auxiliar Ingresos. Pág. i 429 4/11
5 Negociado Coordinación Ingresos MOURO Sección Seguimiento y Coordinación Ingresos Negociado Análisis y Control Ingresos Presupuestarios. 5. Intervención General Subdirección General Intervención y Fiscalización Subdirección General Control Financiero Área Intervención y Fiscalización Negociado Apoyo Administrativo Área Contabilidad y Gestión Contable Negociado Contabilidad Área Control Financiero I Negociado Auditoria I Negociado Auditoria II Área Control Financiero II. 6. Dirección General Comercio y Consumo Servicio Comercio Negociado Reforma Estructuras Comerciales. 7. Dirección General Tesorería, Presupuestos y Política Financiera Subdirección General Presupuestos Negociado Apoyo Servicio Gestión Presupuestaria Negociado Apoyo Oficina Presupuestaria Servicio Pagos y Valores Sección Pagos Negociado Pagos Negociado Bancos Negociado Caja y Gestión Contable Ingresos Sección Valores Negociado Valores Servicio Política Financiera Sección Seguimiento Financiero. Artículo 3.- Instituto Cántabro Estadística (ICANE). 1. Se suprime el Servicio Apoyo a la Dirección y se crean la Sección Coordinación y Difusión y la Sección Gestión Económica y Administrativa en el Servicio Estadísticas Económicas y Socio-Demográficas. 2. Se modifica el artículo 3 l Decreto 32/2007, 22 marzo, por el que se modifica el Decreto 69/2005, 23 junio, aprobación la estructura orgánica y la relación puestos trabajo l Instituto Cántabro Estadística (ICANE), que queda redactado como sigue: La Dirección es el Órgano Superior l Instituto. Correspon al Director l Instituto el ejercicio las siguientes funciones: a) La representación legal y extrajudicial l Instituto. b) La dirección administrativa y el impulso, dirección y coordinación las actividas l Instituto. Pág. i 430 5/11
6 c) El ejercicio las competencias que en materia personal atribuye a cada Organismo Autónomo el artículo 81 la Ley 6/2002, 10 diciembre, Régimen Jurídico l Gobierno y la Administración la Comunidad Autónoma Cantabria. d) El impulso, la dirección y la coordinación las actividas relacionadas con la formación l personal estadístico. e) La propuesta, para su posterior aprobación por la Consejería Economía y Hacienda, l Anteproyecto Presupuesto l Instituto. f) La autorización los gastos y la ornación los pagos l Instituto. g) El ejercicio las facultas correspondientes al órgano contratación, tanto para contratos administrativos como para contratos patrimoniales y más contratos privados. h) La suscripción convenios y acuerdos, en el marco las normas generales la Administración la Comunidad Autónoma Cantabria. i) La representación oficial la Comunidad Autónoma Cantabria en materia estadística. j) La elaboración los Anteproyectos los Planes y los Proyectos los Programas Estadísticos. k) El impulso y dirección las relaciones la Comunidad Autónoma Cantabria en materia estadística con los Institutos y Organizaciones Internacionales, Estatales y Regionales Estadística. l) El establecimiento los criterios coordinación y distribución los recursos asignados al Instituto para la actividad estadística en el conjunto la Comunidad Autónoma. m) La incoación expedientes sancionadores y el ejercicio la potestad sancionadora para infracciones todo tipo, conformidad con lo establecido en la Ley Estadística Cantabria. n) Todas aquellas funciones que, relacionadas con las anteriores, sean precisas para el sarrollo los fines y actividas l Instituto. La Dirección l Instituto se estructura en los siguientes órganos: 1. Dirección l Instituto Cántabro Estadística Servicio Estadísticas Económicas y Socio-Demográficas Sección Estadísticas Económicas Negociado Estadística Sección Estadísticas Socio-Demográficas Sección Coordinación y Difusión Sección Gestión Económico-Administrativa Servicio Informática y Banco Datos Sección Informática Estadística y Banco Datos. Funciones: 1.1. El Servicio Estadísticas Económicas y Socio-Demográficas le compete, la propuesta para su aprobación por la Dirección las operaciones estadísticas a realizar por el Servicio; la propuesta, diseño y sarrollo, para su aprobación por la Dirección, la producción estadística los Planes y Programas asignados al Servicio; la supervisión los proyectos técnicos cada operación estadística incluida en el Plan Estadística Cantabria y en los Programas Estadísticos Anuales y la realización auditorias carácter técnico siempre y cuando se sarrollen ntro l Servicio; la supervisión la producción estadística los Planes y Programas estadísticos; la colaboración con la Dirección l Instituto en el fomento y promoción las relaciones con Instituciones y Organismos estadísticos con el fin impulsar actuaciones coordinadas en los aspectos técnicos la metodología estadística; la dirección los proyectos técnicos cada operación estadística incluidas en el Plan Estadístico y en los Programas Estadísticos Anuales; el control las relaciones Organizaciones e Instituciones Estadísticas; la organización la difusión la actividad estadística; la supervisión las operaciones infraestructura estadística necesarias para ejecutar el plan estadístico; el diseño y coordinación, junto con el Jefe Sección Gestión Económico-Administrativa, l anteproyecto Pág. i 431 6/11
7 l presupuesto l Instituto, el control y seguimiento l mismo en cuanto al grado ejecución, así como la tramitación sus modificaciones; el control y seguimiento, junto con el Jefe Sección Gestión Económico-Administrativa, gastos personal, material y compra bienes corrientes y servicios todas las unidas pendientes l Instituto; el control l inventario l ICANE; la propuesta estudios y análisis en base a la información estadística y; la elaboración la Contabilidad Regional La Sección Estadísticas Económicas le compete, la tramitación e impulso las directrices que emanan los Órganos Superiores l Instituto; la propuesta al Jefe Servicio todas aquellas mejoras organizativas y estructura que favorezcan el mejor sarrollo las actividas dicha Sección en materia estadísticas económicas; el diseño los Ficheros-Directorios estadísticas económicas; el diseño sistemas integrados estadísticas e indicadores económicos y cuentas económicas; la elaboración los proyectos técnicos las estadísticas económicas asignadas a la Sección; el establecimiento procedimientos calidad en las diferentes fases las operaciones estadísticas económicas; el diseño y elaboración todas aquellas estadísticas relacionadas con las cuentas económicas la Comunidad Autónoma Cantabria Anuales, Sectoriales y Administraciones Publicas; la elaboración periódica las Tablas Input-Output la economía Cantabria; y juntamente con el Jefe Servicio, la supervisión los proyectos técnicos cada operación estadística económica incluida en el Plan Estadística Cantabria y en los Programas Estadísticos Anuales y la realización auditorias carácter técnico La Sección Estadísticas Socio-Demográficas le compete, la tramitación e impulso las directrices que emanan los Órganos Superiores l Instituto; la propuesta al Jefe Servicio todas aquellas mejoras organizativas y estructura que favorezcan el mejor sarrollo las actividas dicha Sección relativas a la materia Estadísticas Socio-Demográficas; el diseño los Ficheros-Directorios Estadísticas Socio-Demográficas; el diseño sistemas integrados estadísticas e indicadores socio-mográficos; la elaboración los proyectos técnicos las estadísticas asignadas a la Sección en materia socio-mográfica; el establecimiento procedimientos calidad en las diferentes fases las operaciones estadísticas socio-mográficas; y juntamente con el Jefe Servicio, la supervisión los proyectos técnicos cada operación estadística sociomográfica incluida en el Plan Estadística Cantabria y en los Programas Estadísticos Anuales y la realización auditorias carácter técnico La Sección Coordinación y Difusión le compete, la propuesta convenios y acuerdos con unidas estadísticas y seguimiento los mismos; el inventario y catalogación las fuentes información externas origen estadístico o aquellas origen administrativo que sean susceptibles utilización estadística; la realización actividas marketing estadístico y prospección mercado, así como estudios satisfacción usuarios; la propuesta realización estudios, análisis u operaciones estadísticas que permitan cubrir las necesidas información que se tecten; la canalización las peticiones externas información y las solicitus asistencias técnicas que se formulen al Instituto; la difusión las actividas estadísticas a través publicaciones y gestión la biblioteca y; la elaboración recopilaciones estadísticas en la forma anuarios y estadísticas históricas La Sección Gestión Económico-Administrativa le compete, la propuesta al Jefe Servicio l anteproyecto l presupuesto l Instituto; el seguimiento l presupuesto en cuanto al grado ejecución, así como la tramitación sus modificaciones; el seguimiento los gastos personal, material y compra bienes corrientes y servicios todas las unidas pendientes l Instituto; la elaboración l inventario l ICANE y; la contabilidad y tesorería l ICANE El Servicio Informática y Banco Datos le compete, la planificación y coordinación las res TCP/IP l Instituto; la planificación y coordinación las bases datos Oracle, SQL, Server e Informix l Instituto; la propuesta a la Dirección todas aquellos sarrollos técnicos stinados a la mejora en el funcionamiento las res, las bases datos y las aplicaciones informáticas l Instituto y; el diseño, sarrollo, mantenimiento e implantación los sistemas información y telecomunicaciones l Instituto, elaborando para ello los correspondientes Planes Sistemas y proponiendo los estándares a emplear en el Instituto en estas materias. Pág. i 432 7/11
8 La Sección Informática Estadística y Banco Datos le compete, la tramitación e impulso las directivas que emanan los órganos superiores Instituto; la propuesta al Jefe Servicio todas aquellas mejoras organizativas y estructura que favorezcan el mejor sarrollo las actividas dicha Sección; la gestión y diseño las bases datos Oracle, SQL, Server e Informix l Instituto y; la coordinación y sarrollo aplicaciones cliente-servidor y; la investigación productos informáticos y telecomunicaciones existentes en el mercado, cara a su posible utilización en la actividad l Instituto. Artículo 4.- Relación puestos trabajo Se modifica la relación puestos trabajo la Dirección General Tesorería, Presupuestos y Política Financiera, la Dirección General Comercio y Consumo y la Intervención General la Consejería Economía y Hacienda, y la l Instituto Cántabro Estadística, en la forma que se recoge en el Anexo que se adjunta al presente Decreto. DISPOSICIÓN DEROGATORIA Quedan rogadas cuantas disposiciones igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Decreto. DISPOSICIÓN FINAL El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente su publicación en el BOC. Santanr, 30 diciembre 2009 EL PRESIDENTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO Miguel Ángel REVILLA ROIZ EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA José Vicente MEDIAVILLA CABO Pág. i 433 8/11
9 A N E X O CONSEJERIA DE ECONOMIA Y HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE TESORERÍA, PRESUPUESTOS Y POLÍTICA FINANCIERA. Se suprime el puesto trabajo nº 3955 Jefe Servicio Presupuestos. Se suprime el puesto trabajo nº 7706 Jefe Sección Análisis y Seguimiento Presupuestario. Se suprime el puesto trabajo nº 7707 Jefe Sección Gestión Presupuestaria. Se suprimen los puestos trabajo nº 9331 y nº 9332 Adjunto Servicio Presupuestos. Oficina Presupuestaria. Con penncia directa l Director General Tesorería, Presupuestos y Política Financiera se crea un puesto trabajo nominado Jefe la Oficina Presupuestaria con la siguiente scripción: F; A1; 28; ,94; CTS/CFS/CSIF; A.F.: 1, 5 y 10; S; III; CM; GC. Dependiendo l Jefe la Oficina Presupuestaria se crea un puesto trabajo nominado Gestor Oficina Presupuestaria con la siguiente scripción: F; A2/C1; 22; ,74; CG/CDYTM/CTF/CA; A.F.: 2 y 10; S; III; CM; GC. El puesto trabajo nº 4967 Gestor Indicadores y Seguimiento Presupuestario pasa a penr l Jefe la Oficina Presupuestaria y cambia su régimen dicación II a III. El puesto trabajo nº 9333 Técnico Presupuestos pasa a penr l Jefe la Oficina Presupuestaria y se abre al Cuerpo Gestión. El puesto trabajo nº 4969 Administrativo pasa a penr l Jefe la Oficina Presupuestaria, sin ninguna otra modificación. Servicio Gestión Presupuestaria. Con penncia directa l Director General Tesorería, Presupuestos y Política Financiera se crea un puesto trabajo nominado Jefe Servicio Gestión Presupuestaria con la siguiente scripción: F; A1/A2; 26; ,77; CTS/CFS/CSIF/ CG/CDYTM/CTF; A.F.: 1, 5 y 10; S; III; CM; GC. El puesto trabajo nº 3975 Gestor Contable Presupuestario pasa a penr l Jefe Pág. i 434 9/11
10 Servicio Gestión Presupuestaria y cambia su régimen dicación II a III. Los puestos trabajo nº 1797 Coordinador Área Presupuestaria, nº 8004 Jefe Negociado Apoyo y nº 7709 Subgestor Presupuestario pasan a penr l Jefe Servicio Gestión Presupuestaria, sin ninguna otra modificación. Servicio Pagos y Valores. El puesto trabajo nº 7713 Jefe Negociado Caja y Gestión Contable Ingresos pasa a penr l Jefe Sección Pagos, sin ninguna otra modificación. INTERVENCION GENERAL. Los puestos trabajo nº 9538 y nº 9539 Coordinador Apoyo Técnico Informático cambian su régimen dicación II a III. DIRECCION GENERAL DE COMERCIO Y CONSUMO. Se suprime el puesto trabajo nº 8540 Subdirector General Comercio y Consumo. INSTITUTO CANTABRO DE ESTADISTICA. (ICANE) Se suprime el puesto trabajo nº 8279 Jefe Servicio Apoyo a la Dirección. Se suprime el puesto trabajo nº 8284 Subgestor Información. Servicio Informática y Banco Datos. Con penncia directa l Jefe Sección Informática Estadística y Banco Datos se crea un puesto trabajo nominado Programador Aplicaciones Estadísticas con la siguiente scripción: F; A2/C1; 22; ,55; CG/CDYTM/CA/CTA; A.F.: 2, 5 y 19; Formación Especifica: experiencia en Administración Bases Datos Oracle, SQL, Server, Informix, en lenguajes programación Visual Basic 6, VB.NET, Java, PL/ SQL, en sarrollo aplicaciones cliente-servidor y en sarrollo aplicaciones Web, HTML, ASP y JSP; S; II; CM; GC. Servicio Estadísticas Económicas y Socio-Demográficas. Con penncia directa l Jefe Servicio Estadísticas Económicas y Socio- Demográficas se crea un puesto trabajo nominado Jefe Sección Coordinación y Difusión con la siguiente scripción: F; A1/A2; 25; ,08; CTS/CFS/CG/ CDYTM; A.F.: 2, 5 y 12; Titulación académica: Licenciado en Ciencias Económicas y Pág. i /11
11 Empresariales/ Licenciado en Economía/ Licenciado en Administración y Dirección Empresas/ Licenciado en Ciencias y Técnicas Estadísticas/ Licenciado en Matemáticas/ Licenciado en Geografía/ Licenciado en Sociología /Diplomado en Ciencias Económicas y/o Empresariales/ y Diplomado en Estadística; Formación Especifica: experiencia en elaboración, tratamiento y difusión estadísticas publicas; S; II; CM; GC. Dependiendo l Jefe Sección Coordinación y Difusión se crea un puesto trabajo nominado Gestor Coordinación y Difusión con la siguiente scripción: F; A2/C1; 22; ,55; CG/CTF/CA; A.F.: 2 y 12; S; II; CM; GC. Con penncia directa l Jefe Servicio Estadísticas Económicas y Socio- Demográficas se crea un puesto trabajo nominado Jefe Sección Gestión Económico-Administrativa con la siguiente scripción: F; A1/A2; 25; ,27; CTS/ CFS/CG/CDYTM; A.F.: 2, 10 y 13; S; III; CM; GC. El puesto trabajo nº 1844 Auxiliar pasa a penr l Jefe Sección Coordinación y Difusión, sin ninguna otra modificación. El puesto trabajo nº 8273 Analista Coyuntura Económica cambia su régimen dicación II a III. Al puesto trabajo nº 8274 Jefe Sección Estadísticas Económicas se le incluye: formación especifica: experiencia en elaboración, tratamiento y difusión estadísticas públicas. Al puesto trabajo nº 8278 Jefe Sección Estadísticas Socio-Demográficas se le incluye: formación especifica: experiencia en elaboración, tratamiento y difusión estadísticas públicas y; titulación académica: Diplomado en Ciencias Económicas y/o Empresariales. El puesto trabajo nº 8280 Subgestor Información pasa a penr l Jefe Sección Estadísticas Económicas, sin ninguna otra modificación. Los puestos trabajo nº 8282 Gestor Económico y Administrativo y nº 8281 Ornanza pasan a penr l Jefe Sección Gestión Económico-Administrativa, sin ninguna otra modificación. 2009/18952 Pág. i /11
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