Las profesionales de Servicios Sociales de la Mancomunidad del Bajo Gállego realizarán comprobaciones periódicas de su cumplimiento.

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1 BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR Y MATERIAL CURRICULAR PARA EL CURSO FUNDACION TERESA DE VILLANUEVA DE GÁLLEGO PREÁMBULO La Constitución española de 1978, en su artículo 27, garantiza el derecho a la educación de todos los españoles y, especialmente, en aquellas franjas de edad en las que por ser especialmente necesaria para el pleno desarrollo de la persona, la enseñanza básica se declara obligatoria y gratuita. No obstante, para garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso de todos los niños a la educación, son necesarios medios complementarios que la hagan viable. La Fundación Teresa tiene entre sus objetivos Atención a Menores en situación precaria social y económicamente y por ello se considera adecuado facilitar el acceso al comedor escolar y adquisición de material curricular, cuando las circunstancias familiares o del menor así lo requieran, posibilidad que, en ocasiones, resulta muy dificultosa o inaccesible para ciertas economías familiares. Primera. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la regulación de la concesión de ayudas económicas, a través de la Fundación Teresa para la asistencia a los comedores escolares y adquisición de material curricular del alumnado que realice Educación infantil y Primaria en el municipio de Villanueva de Gállego en el curso escolar Segunda. Requisitos generales para ser beneficiario de una ayuda de comedor escolar y material curricular. a) Estar empadronado y con residencia efectiva en el término municipal de Villanueva de Gallego en el curso b) Estar escolarizado en ciclos de educación infantil y primaria del colegio público de educación infantil y primaria de Villanueva de Gállego. c) No haber obtenido ayudas o subvenciones con finalidad similar provenientes de otras instituciones u organismos públicos, para el mismo periodo. d) Haber presentado las solicitudes y documentación requeridas en la presente convocatoria en los plazos establecidos. e) Que la renta económica de la unidad de convivencia no supere los ingresos por número de miembros fijados en el baremo económico establecido. A estos efectos se entenderá que la unidad de convivencia está constituida por aquellos familiares que convivan con los padres del alumno, teniendo una relación de consaguinidad o afinidad hasta el primer grado. Los requisitos mencionados en este apartado deberán reunirse a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, y mantenerse a lo largo del curso Las profesionales de Servicios Sociales de la Mancomunidad del Bajo Gállego realizarán comprobaciones periódicas de su cumplimiento. Tercera. Cuantía y crédito presupuestario. La Fundación Teresa de Villanueva de Gállego destinará ,- para becas de comedor escolar y material curricular del curso

2 Cuarta. Procedimiento: 1-. Formalización de solicitudes. Las personas interesadas deberán presentar la solicitud debidamente cumplimentada en el plazo de diez días naturales siguientes al que salga la convocatoria. El procedimiento se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. Excepcionalmente podrán solicitarse becas de comedor y material curricular fuera de plazo en los siguientes casos: Escolarización del menor una vez comenzado el curso escolar, siempre que no haya sido por negligencia del padre, madre o tutor, incluyendo a los alumnos/as inmigrantes con reciente entrada en el país. Imposibilidad del padre, madre o tutor de solicitar la beca en el plazo fijado debido a enfermedad debidamente justificada (ingreso hospitalario, intervención quirúrgica). Situación de necesidad sobrevenida después del plazo regulado, debidamente acreditada mediante el correspondiente informe social. 2.- Lugar de presentación de instancias: Las solicitudes se presentarán en el Ayuntamiento de Villanueva de Gállego, despacho de Servicios Sociales. Se dispondrán de modelos de solicitud en el Ayuntamiento y en el colegio Pintor Pradilla. Las personas que deseen solicitar ayuda de comedor y material curricular deberán cumplimentar y aportar la siguiente documentación: Solicitud (ver anexo I). Fotocopia compulsada del DNI de los progenitores y de todos los miembros de la unidad familiar con obligación de tenerlo. En caso de extranjeros, NIE o pasaporte en vigor. Declaración responsable manifestando no haber recibido otras ayudas para la misma finalidad. Fotocopia compulsada del libro de familia, o en su defecto partidas de nacimiento compulsadas. - Fotocopia compulsada del libro de familia numerosa (en su caso). - Sentencia de separación o divorcio (en su caso) Justificantes de ingreso de todos los miembros del núcleo familiar, mayores de 16 años: a) Última declaración de la renta de todas las personas de la unidad familiar que la hayan efectuado o en su caso, certificado negativo emitido por la Agencia Tributaria. b) Para trabajadores en paro: Certificación del INAEM de la percepción o no de cualquier tipo de prestación o subsidio y tarjeta de demandante de empleo. c) Para pensionistas: Certificado de la pensión o de negativa del INSS. d) En caso de ser autónomo, aportar la declaración trimestral de IRPF del último trimestre. e) Otra documentación que pueda ser considerada como justificación de los ingresos, precisándose en todo caso declaración jurada del interesado para acreditar los ingresos que no puedan justificarse documentalmente. En el caso de cambio sustancial en la situación económica, documentación acreditativa de los ingresos obtenidos en los tres últimos meses o en su defecto declaración responsable de ingresos e informe de vida laboral actualizado de las personas computables a efectos de estas bases. Situaciones especiales: acompañadas de informes especializados de educación, sanidad o servicios sociales. En situaciones especiales se podrá requerir informe de convivencia.

3 Sólo se tendrán en cuentas las situaciones socioeconómicas debidamente documentadas. 3.- Subsanación de defectos: Con el fin de subsanar posibles defectos en las solicitudes o, en su caso, la omisión de alguno de los documentos preceptivos, se requerirá a los interesados, mediante escrito, para que en el plazo máximo e improrrogable de diez días hábiles, contados desde el siguiente a la recepción del mismo, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se les tendrá por desistidos de su petición. Quinta. Tramitación, valoración (criterios) y resolución. 1.- Una vez finalizado el plazo de esta convocatoria, la base de datos de solicitudes con la puntuación obtenida será sometida a la correspondiente Comisión de Valoración y Seguimiento, que realizará propuesta del número de puntos necesarios para la obtención de la beca, en función del presupuesto destinado a estos fines y de la apreciación por dicho órgano del umbral que determina la situación de necesidad de beca por parte del menor. Se establecerá, una puntuación mínima para la obtención de beca que determine una propuesta de concesión de becas inferior, en número de las mismas, al que resultaría de aplicar inicialmente la totalidad del presupuesto de convocatoria libre de las ayudas. 2.- La adjudicación de becas se realizará en función de la valoración de la situación económica del núcleo familiar. Si hubiese empate, se tendrán en cuenta las valoraciones de la situación socio-familiar y otros aspectos a valorar por los servicios sociales, en este orden. 3.- La propuesta de concesión de becas se realizará conforme a la relación ordenada de solicitantes; dicha relación, cuyo orden será decreciente, incluirá a todos los solicitantes que, aún reuniendo las condiciones administrativas y técnicas para adquirir la condición de beneficiario, no se les conceda beca por ser inferior su puntuación a la necesaria para la obtención de beca, quedando en lista de espera al objeto de que, en el caso de que alguna de las becas concedidas quedasen sin efecto por renuncia o pérdida, pudiera ser otorgada al siguiente en cualquier momento del curso escolar; a este respecto. 4.- La Comisión de Valoración estará integrada, por el Presidente de la Fundación Teresa, o persona en quien delegue, una profesional del Servicio Social de Base de la Mancomunidad del Bajo Gállego, la Directora del CEIP Pintor Pradilla y un profesional, designado al efecto por el presidente de la Fundación que actuará como secretario de dicha Comisión. Asimismo, y cuando se estime oportuno, podrá asistir la Intervención municipal. A la vista de la propuesta, el Presidente resolverá la concesión o denegación de las becas, notificando dicha resolución a todos los solicitantes y al CEIP Pintor Pradilla a los efectos oportunos. Criterios de valoración. Las solicitudes presentadas serán valoradas por la Comisión según los siguientes criterios: 5.1. Situación económica del núcleo familiar Si de la valoración de la situación anterior, resultan más solicitantes que becas, serán adjudicatarios quienes consigan más puntos en la situación económica y para desempatar se tendrá en cuenta la valoración en los siguientes apartados:

4 5.2. Situación sociofamiliar Otros aspectos a valorar por los servicios sociales. De prevalecer el empate se tendrán en cuenta la mayor puntuación obtenida en situación sociofamiliar, de prevalecer el empate, la obtenida en otros aspectos. Si finalmente se mantuviese el empate se adjudicará al de menor renta. En familias numerosas con derecho a beca, se establece un máximo de dos becas por unidad familiar, o el importe equivalente a esas becas, repartido entre todos los menores de la unidad familiar. Se valoraran excepciones debidamente justificadas 5.1. Situación económica: Puntuación por renta anual familiar 2015: Nº miembros 8 ptos. 7 ptos. 6 ptos. 5 ptos. 4 ptos. 3 ptos. 2 ptos. 1 pto , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , , Situación sociofamiliar Se asignará hasta 3 puntos en cada uno de los siguientes apartados, según informes de los servicios sociales. - Familias monoparentales cuya situación social y económica aconseje la beca como apoyo a la inserción y/o formación laboral.(hasta 3 puntos) - Familias numerosas. Se contabilizaran los hijos menores de 18 años, sin actividad laboral (hasta 3 hijos 1 punto, más de 3 hijos 2 puntos) - Convivencia con familia extensa (carecer de medios económicos para tener domicilio propio): hasta 2 puntos. - Orfandad absoluta: en caso de fallecimiento de padre y madre: 2 puntos. - Acogimiento familiar: cuando el menor se encuentre en esta modalidad de convivencia familiar: 2 puntos. 5.3 Otros aspectos a valorar por los servicios sociales: Se asignarán hasta 3 puntos en cada uno de los apartados siguientes: - Situación de riesgo del menor: limitaciones intelectuales y emocionales de los cuidadores; ausencia de actitudes y habilidades parentales u otras circunstancias (hasta 3 puntos en función de la valoración social) - Familia multiproblemática, con deterioro en la dinámica familiar, generada por situaciones diversas: hasta 3 puntos en función de la valoración social - Familia con problemática de salud grave y sin otros apoyos: enfermedad grave, toxicomanías, minusvalías, dependencias: hasta 3 puntos en función de la valoración social.

5 Sexta. Seguimiento y pérdida de la condición de beneficiario. 1.- Los Técnicos de Servicios Sociales municipales serán los encargados de efectuar un seguimiento durante el curso escolar de los beneficiarios de las becas, así como el centro escolar: profesores y equipo directivo. Como obligación de los beneficiarios se establece su deber de colaborar en la labor de seguimiento. 2.- En el supuesto de concederse la beca, esta podrá extinguirse o revocarse a lo largo del curso escolar por los siguientes motivos: Falta de asistencia continuada al comedor escolar sin causa justificada. A estos efectos, se considera falta justificada la derivada de enfermedad del menor que genera falta de asistencia al centro. Se excluye el trabajo temporal de los padres. Falta de asistencia al centro o absentismo escolar. Ocultación o falsedad de la información aportada si ésta fue determinante para la concesión de la ayuda. Renuncia voluntaria de los interesados, padre, madre o tutor. Problemas de comportamiento del menor de forma continuada en el comedor escolar, sin perjuicio de la responsabilidad que tiene el centro escolar. Cambio de centro escolar. Mejora de la situación económica del núcleo familiar a lo largo del curso escolar. Incumplimiento de compromisos asumidos por parte de la familia, como consecuencia de esta beca o acuerdos establecidos en otras prestaciones sociales que reciba la unidad familiar. Incumplimiento de cualquiera de los requisitos de otorgamiento regulados en la base segunda. Séptima. Abono de las ayudas y justificación. 1.- Las ayudas se conceden a las familias y se harán efectivas al centro escolar anualmente antes del 15 de julio de Con fecha anterior a 30 de junio de 2016 por la dirección del centro se realizará una certificación de la utilización del servicio de comedor durante el curso hasta esa fecha, con nombre y apellidos de los beneficiados, detallado por meses. 3.- El centro comunicara al Servicio Social las bajas definitivas y facilitará un estadillo anexo a la certificación en el caso de producirse ausencias, faltas injustificadas al centro escolar y al comedor, mal comportamiento en el centro y/o en el comedor, etc., que puedan dar lugar a la pérdida de la beca. Octava. Control y aplicación de las ayudas. El importe de la ayuda no puede superar el coste del servicio de comedor ni del material curricular que se subvenciona. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones concedidas por cualquier entidad pública o privada, podrá dar lugar a la modificación de la ayuda otorgada. En Villanueva de Gállego, a 15 de septiembre de El Presidente, Fdo: Mariano Marcén Castán

6 ANEXO I Datos familiares Apellidos y nombre del padre: DNI / NIE: Estado civil: Nacionalidad: Domicilio: Teléfonos: Apellidos y nombre de la madre: DNI / NIE: Estado civil: Nacionalidad: Domicilio: Teléfonos: Datos personales de los hijos para los que se solicita ayuda 1. Apellidos y nombre: Curso: 2. Apellidos y nombre: Curso: El solicitante en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio y bajo su responsabilidad, hace constar que cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. Asimismo, aporto la documentación requerida y autorizo para que se pueda investigar y comprobar en organismos públicos o privados los datos declarados, solicitando cuanta información precise al efecto. En Villanueva de Gállego, a de de Fdo: SR. PRESIDENTE DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN TERESA Villanueva de Gállego (Zaragoza)

7 Solicitud de ayuda para comedor escolar y material curricular curso Datos familiares Apellidos y nombre del padre: DNI / NIE: Estado civil: Nacionalidad: Domicilio: Teléfonos: Apellidos y nombre de la madre: DNI / NIE: Estado civil: Nacionalidad: Domicilio: Teléfonos: Datos personales de los hijos para los que se solicita ayuda 1. Apellidos y nombre: Curso: 2. Apellidos y nombre: Curso: El solicitante en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio y bajo su responsabilidad, hace constar que cumple con todos los requisitos para ser beneficiario de esta ayuda, declarando que son ciertos los datos que figuran en la presente solicitud. Asimismo, aporto la documentación requerida y autorizo para que se pueda investigar y comprobar en organismos públicos o privados los datos declarados, solicitando cuanta información precise al efecto. En Villanueva de Gállego, a de de Fdo: SR. PRESIDENTE DEL PATRONATO DE LA FUNDACIÓN TERESA Villanueva de Gállego (Zaragoza) Información sobre el tratamiento de datos personales: Los datos personales se obtienen para formar parte de ficheros responsabilidad de la Fundación Teresa de Villanueva de Gállego, único destinatario de la información pública aportada voluntariamente por usted. Estos ficheros se utilizan para la gestión administrativa de la información o documentación por usted aportada, así como para la realización por parte de la Fundación Teresa de Villanueva de Gállego de las correspondientes comunicaciones a las partes interesadas lo cual no podrá llevarse a cabo sin los datos personales. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercidos mediante escritos dirigido a la Fundación Teresa de Villanueva de Gállego, Plaza de España, 1. Para la consecución de la finalidad antedicha podrá producirse el tratamiento de cualquier información aportada en el presente documento para lo cual solicitamos que nos autorice a su uso, firmando este documento. No obstante, en cualquier momento usted puede ejercer sus derechos de revocación del consentimiento por cualquier de los medios descritos.

8 DOCUMENTACIÓN Solicitud Fotocopia compulsada del DNI de los progenitores y de todos los miembros de la unidad familiar con obligación de tenerlo. En caso de extranjeros, NIE o pasaporte en vigor. Fotocopia compulsada del libro de familia, o en su defecto partidas de nacimiento compulsadas. Fotocopia compulsada del libro de familia numerosa, (en su caso). Sentencia de separación o divorcio (en su caso) Justificantes de ingreso de todos los miembros del núcleo familiar, mayores de 16 años: a) Última declaración de la renta de todas las personas de la unidad familiar que la hayan efectuado o en su caso, certificado negativo emitido por la Agencia Tributaria b) Para trabajadores en paro: Certificación del INAEM de la percepción o no de cualquier tipo de prestación o subsidio y tarjeta de demandante de empleo. c) Para pensionistas: Certificado de la pensión o de negativa del INSS. d) En caso de ser autónomo, aportar la declaración trimestral de IRPF del último trimestre. d) Otra documentación que pueda ser considerada como justificación de los ingresos, precisándose en todo caso declaración jurada del interesado para acreditar los ingresos que no puedan justificarse documentalmente. En el caso de cambio sustancial en la situación económica, documentación acreditativa de los ingresos obtenidos en los tres últimos meses o en su defecto declaración responsable de ingresos e informe de vida laboral actualizado de las personas computables a efectos de estas bases. Situaciones especiales: acompañadas de informes especializados de educación, sanidad o servicios sociales. En situaciones especiales se podrá requerir informe de convivencia. Sólo se tendrán en cuentas las situaciones socioeconómicas debidamente documentadas.

9 DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO HABER RECIBIDO OTRAS AYUDAS D./Dª, con NIF nº y D./Dª, con NIF nº, solicitando participar en la convocatoria de ayudas de comedor escolar y material curricular para el curso de la Fundación Teresa declaramos expresamente, bajo nuestra responsabilidad, que no hemos recibido ninguna otra ayuda o subvención para la misma finalidad que la que se solicita. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, firmamos la presente en Villanueva de Gállego, a de de Fdo.: Fdo.: Información sobre el tratamiento de datos personales: Los datos personales se obtienen para formar parte de ficheros de responsabilidad de la Fundación Teresa, único destinatario de la información pública aportada voluntariamente por usted. Estos ficheros se utilizan para la gestión administrativa de la información o documentación por usted aportada, así como para la realización por parte de la Fundación Teresa de las correspondientes comunicaciones a las partes interesadas lo cual no podrá llevarse a cabo sin los datos personales. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido a la Fundación Teresa, Plaza de España, nº 1. Para la consecución de la finalidad antedicha podrá producirse el tratamiento de cualquier información aportada en el presente documento para lo cual solicitamos que nos autorice a su uso, firmando este documento. No obstante, en cualquier momento usted puede ejercer sus derechos de revocación del consentimiento por el medio descrito.

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