SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

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1 SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA JOSÉ FERNANDO AZOFRA CASTROVIEJO Profesor de Ingeniería Eléctrica de la Universidad de La Rioja Asesor técnico de FER y AIER Nájera - Calahorra, 26 de enero de

2 LOS SECTORES A LOS QUE VA DIRIGIDO ESTE SEMINARIO SON: INDUSTRIA COMERCIO CAFETERÍAS Y RESTAURANTES ACTIVIDADES RECREATIVAS HOTELES OTRAS ACTIVIDADES (OFICINAS, ETC.) 2

3 TARIFAS ELÉCTRICAS 3

4 CLASIFICACIÓN DE LAS TARIFAS ELÉCTRICAS. a) Según la tensión de suministro: BAJA TENSIÓN (BT): si la tensión de suministro no supera los voltios (1.000 V). ALTA TENSIÓN (AT): si la tensión de suministro supera los voltios (1.000 V). b) Según el contrato de suministro: - Contrato en tarifa de último recurso (TUR). - Contrato en tarifa de acceso (mercado liberalizado). 4

5 TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO 5

6 El Real Decreto 485/2009, de 3 de abril de 2009 (BOE num. 82, de 4 de abril de 2009), regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica. (El BOE num. 103 de 28 de abril de 2009, contempla la corrección de errores habidos en la publicación del Real Decreto 485/2009). Solo podrán acogerse a las tarifas de último recurso (TUR) los clientes conectados en baja tensión y cuya potencia contratada sea igual o inferior a 10 kw. 6

7 Artículo 2. Designación de los comercializadores de último recurso. 1)En todo el territorio nacional asumirán la obligación de suministro de último recurso de energía eléctrica, las siguientes empresas comercializadoras de energía: a) ENDESA ENERGÍA XXI, S.L. b) IBERDROLA COMERCIALIZACIÓN DE ÚLTIMO RECURSO, S.A.U. c) UNIÓN FENOSA METRA, S.L. d) HIDROCANTÁBRICO ENERGÍA ÚLTIMO RECURSO, S.A.U. e) E.ON COMERCIALIZADORA DE ÚLTIMO RECURSO, S.L. 7

8 Artículo 3. Derechos y obligaciones de los comercializadores de último recurso. 1) Atender las solicitudes de suministro de aquellos consumidores que tengan derecho a acogerse a la tarifa de último recurso (TUR). 2) El comercializador de último recurso perteneciente al grupo empresarial propietario de la red en una zona de distribución, deberá atender el suministro de los consumidores que, no tengan derecho a acogerse a la tarifa de último recurso (TUR) y transitoriamente carezcan de un contrato en vigor con un comercializador. Artículo 4. Inicio del suministro de último recurso. A partir del 1 de julio de 2009, los consumidores que no hayan optado por elegir empresa comercializadora, pasaran a ser suministrados por el comercializador de último recurso perteneciente al grupo empresarial de la empresa distribuidora de su zona. En los casos en que la empresa distribuidora no pertenezca a ningún grupo empresarial que cuente con empresa comercializadora de último recurso, la empresa distribuidora podrá elegir la empresa comercializadora a la que le transfiere los clientes que no hayan optado por otra comercializadora. 8

9 Las empresas distribuidoras de energía eléctrica deberán incluir en todas las facturas que remitan a sus clientes con contrato en vigor en el mercado a tarifa regulada, desde la primera factura emitida a partir de la entrada en vigor del Real Decreto 485/2009 (5 de abril de 2009) y hasta el 1 de enero de 2010, la carta correspondiente que figura en el anexo del Real Decreto 485/2009 (sustituida dicha carta por la recogida en el anexo que contempla la corrección de errores habidos en la publicación del Real Decreto 485/2009 y recogidos en el BOE num. 103 de 28 de abril de 2009). ANEXO 1) CARTA PARA CLIENTES CON POTENCIA CONTRATADA IGUAL O INFERIOR A 10 kw 2) CARTA PARA CLIENTES CON POTENCIA CONTRATADA SUPERIOR A 10 kw 9

10 Carta para clientes con potencia contratada superior a 10 kw. Antes del 1 de julio de 2009 usted deberá proceder a contratar con una empresa comercializadora a un precio libremente pactado. Si usted no contrata con un comercializador de los indicados su suministro pasará automáticamente a ser gestionado por la empresa...aplicándosele un precio superior al de mercado y que se irá incrementando en el tiempo. El precio a aplicar y los incrementos posteriores, están recogidos en la Orden ITC/1659/2009 de 22 de junio (BOE num. 151 de 23 de junio de 2009). Dichos precios se han reflejado en las tablas: 1-2 y 3. 10

11 3.0.1 (sin discriminación horaria) Potencia contratada superior a 10 kw y menor o igual a 15 kw TÉRMINO DE POTENCIA Tp: 2, /kw y mes (con discriminación horaria) TÉRMINO DE ENERGÍA Te: /kwh Tp: 6, cent. /kw y día 0, Potencia contratada superior a 10 kw y menor o igual a 15 kw TÉRMINO DE POTENCIA TÉRMINO DE ENERGÍA PUNTA TÉRMINO DE ENERGÍAVALLE Tp: 1, /kw y mes Te: /kwh Te: /kwh Tp: 6, cent. /kw y día 0, , TÉRMINO DE POTENCIA TABLA 1 TABLA 2 TABLA (Potencia contratada superior a 15 kw) TÉRMINO DE ENERGÍA PUNTA TÉRMINO DE ENERGÍA LLANO TÉRMINO DE ENERGÍA VALLE Tp: 1, /kw y mes Te: /kwh Te: /kwh Te: /kwh Tp: 6, cent. /kw y día 0, , , A partir del mes de octubre de 2009 los precios, recogidos en las tablas 1-2 y 3, se incrementarán trimestralmente, hasta el 1 de abril de 2010, un 5%. 11

12 Los precios desde el 1 de octubre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2009, están recogidos en las tablas 4-5 y 6. Obtenidos al aplicar un 5% de incremento a las respectivas tablas 1-2 y 3. TABLA (sin discriminación horaria) Potencia contratada superior a 10 kw y menor o igual a 15 kw TÉRMINO DE POTENCIA Tp: 2, /kw y mes (con discriminación horaria) TÉRMINO DE ENERGÍA Te: /kwh Tp: 7, cent. /kw y día 0, Potencia contratada superior a 10 kw y menor o igual a 15 kw TÉRMINO DE POTENCIA TÉRMINO DE ENERGÍA PUNTA TÉRMINO DE ENERGÍAVALLE Tp: 1, /kw y mes Te: /kwh Te: /kwh Tp: 6, cent. /kw y día 0, , TÉRMINO DE POTENCIA TABLA 5 TABLA (Potencia contratada superior a 15 kw) TÉRMINO DE ENERGÍA PUNTA TÉRMINO DE ENERGÍA LLANO TÉRMINO DE ENERGÍA VALLE Tp: 1, /kw y mes Te: /kwh Te: /kwh Te: /kwh Tp: 6, cent. /kw y día 0, , ,

13 Los precios aplicados a partir del 1 de enero de 2010, están recogidos en las tablas 7-8 y 9. Obtenidos al aplicar un incremento del 5% a las respectivas tablas 4-5 y 6. TABLA (sin discriminación horaria) Potencia contratada superior a 10 kw y menor o igual a 15 kw TÉRMINO DE POTENCIA Tp: 2, /kw y mes (con discriminación horaria) TÉRMINO DE ENERGÍA Te: /kwh Tp: 7, cent. /kw y día 0, Potencia contratada superior a 10 kw y menor o igual a 15 kw TÉRMINO DE POTENCIA TÉRMINO DE ENERGÍA PUNTA TÉRMINO DE ENERGÍAVALLE Tp: 2, /kw y mes Te: /kwh Te: /kwh Tp: 6, cent. /kw y día 0, , TÉRMINO DE POTENCIA TABLA 8 TABLA (Potencia contratada superior a 15 kw) TÉRMINO DE ENERGÍA PUNTA TÉRMINO DE ENERGÍA LLANO TÉRMINO DE ENERGÍA VALLE Tp: 2, /kw y mes Te: /kwh Te: /kwh Te: /kwh Tp: 6, cent. /kw y día 0, , ,

14 Orden ITC/1659/2009, de 22 de junio, BOE num. 151 del 23 de junio de 2009, (y corrección de errores de la Orden ITC/1659/2009, recogidos en el BOE num. 167 de 11 de julio de 2009). Artículo 4. Finalización y adaptación de los contratos. Si antes del 1 de julo de 2009 los consumidores no han procedido a formalizar su contrato con una comercializadora (mercado libre), automáticamente se entenderá que consienten en obligarse con el comercializador de último recurso que les corresponde por zona. 14

15 Artículo 6. Definición de las tarifas de último recurso. Existirá un único contrato de tarifa de último recurso denominado tarifa TUR que se aplicará a los suministros efectuados a tensiones no superiores a 1 kv (1000 V) y con potencia contratada menor o igual a 10 kw. Opcionalmente, los consumidores acogidos a la tarifa TUR y que dispongan del equipo de medida adecuado, podrán acogerse a la modalidad con discriminación horaria que difiere dos periodos tarifarios al día. Periodo 1 (P1) y periodo 2 (P2). 15

16 La duración de cada periodo será la que se detalla a continuación: TABLA 10 PERIODOS TARIFARIOS P1 (PUNTA) P2 (VALLE) DURACIÓN 10 horas/día 14 horas/día Se consideran como horas del periodo tarifario 1 y 2 en todas las zonas las siguientes: TABLA 11 INVIERNO VERANO P1 (PUNTA) P2 (RESTO) P1 (PUNTA) P2 (RESTO) Los cambios de horario de invierno a verano o viceversa coincide con la fecha del cambio oficial de hora. 16 SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

17 Artículo 15. Determinación de los componentes de la facturación de las tarifas de último recurso. 1)Término de facturación de potencia (FPU): Se obtiene como producto de la potencia a facturar (Pot), expresada en kw, por el precio del término de potencia de la tarifa de último recurso (TPU), de acuerdo con la fórmula siguiente: FPU = TPU x Pot? La potencia a facturar (Pot) será la potencia contratada (PC), cuando el control de potencia se realice con un interruptor de control de potencia (ICP). Pot = PC Si el control de la potencia se realiza por medio de un maxímetro, según el artículo 9 del Real Decreto 1164/2001 de 26 de octubre, por el que se establecen las tarifas de acceso. La potencia a facturar (Pot) se calculará según se explica en las tarifas de acceso. NOTA: La facturación se realizará de forma proporcional al número de días incluidos en el periodo de facturación. Por lo tanto TPU se pondrá en Euros/kW y día, o cent. /kw y día 17

18 2) Término de facturación de la energía activa (FEU). Será la suma de los diferentes valores obtenidos al multiplicar la energía activa (kwh) consumida en cada periodo tarifario por el término de energía correspondiente, de acuerdo con la fórmula siguiente: Donde: FEU = (Ep x TEUp) Ep = Energía consumida en el periodo tarifario (p), expresada en kwh. TEUp = Precio del término de energía del periodo tarifario (p), expresado en Euros/kWh. 3) Término de facturación de la energía reactiva. A esta tarifa solo le es de aplicación la facturación de la energía reactiva si se midiera un consumo de energía reactiva, durante el periodo de facturación, superior al 50% de la energía activa consumida durante el mismo periodo. Facturándose solamente el exceso habido. 18 SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

19 Resolución de 29 de diciembre de 2009, (BOE num. 315 de31 de diciembre de 2009), de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece el coste de producción de energía eléctrica y las tarifas de último recurso (TUR) a aplicar en el primer semestre de Los precios de las tarifas de último recurso, aplicables durante el primer semestre de 2010, están recogidos en la tabla 12. TABLA 12 TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO (TUR) TÉRMINO DE POTENCIA TÉRMINO DE ENERGÍA (TEU) SIN DISCRIMINACION HORARIA TÉRMINO DE ENERGÍA (TEU) CON DISCRIMINACION HORARIA Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Valle TPU: 20, /kw y año TEU 0 : /kwh TEU 1 : /kwh TEU 2 : /kwh = 1, /kw y mes TPU: 5,6529 cent. /kw y día 0, , , SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

20 TARIFAS DE ACCESO 20

21 La tarifas de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica se establecen por el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre (BOE num. 268, de 8 de noviembre de 2001). Art. 5. Condiciones generales de aplicación de las tarifas de acceso. - La lectura y, en su caso, instalación de los equipos de medida necesarios para la facturación de las tarifas de acceso, será responsabilidad de los distribuidores. Las empresas distribuidoras están obligadas a modificar la potencia contratada para adaptarla a la demanda máxima que deseen los consumidores. Salvo que el consumidor haya modificado la potencia contratada en un plazo inferior a doce meses. 21

22 Art. 7. Definición de las tarifas de acceso Las tarifas de acceso de aplicación general son: a) Tarifas de baja tensión: la tensión de suministro no supera 1 kv (1000 V). Tarifa 2.0A: tarifa simple para baja tensión?. Tarifa 3.0A: tarifa general para baja tensión. b) Tarifas de alta tensión: la tensión de suministro es superior a 1 kv. Tarifa 3.1A: tarifa específica de tres periodos para tensiones de 1 a 36 kv. Tarifas 6 : tarifas generales para alta tensión (seis periodos). 22

23 Modificación de la tarifa 2.0A. Según recoge la disposición adicional quinta, de la orden ITC/1723/2009 (BOE num. 156, de 29 de junio de 2009). A partir del 1 de julio de 2009, la tarifa de acceso 2.0A, regulada en el Real Decreto 1164/2001, solo será de aplicación a los suministros en baja tensión con potencia contratada superior a 10 kw y no superior a 15 kw (10 kw < Pcontratada 15 kw). Pasará a denominarse 2.1DHA ó 2.1A, dependiendo de que se aplique o no la modalidad de discriminación horaria, respectivamente. Tarifa 3.0A. Tarifa de tres periodos tarifarios (punta - llano - valle). Se aplica a los suministros en baja tensión con potencia contratada superior a 15 kw (Pcontratada > 15 kw ). Pcontrat. punta Pcontrat. llano Pcontrat. valle 23

24 Tarifa 3.1A. Tarifa de tres periodos tarifarios (punta - llano - valle). Se aplica a los suministros en alta tensión con tensiones comprendidas entre 1 y 36 kv (1 kv tensión 36 kv), con potencia contratada en todos los periodos tarifarios igual o inferior a 450 kw (Pcontratada 450 kw). Pcontrat. punta Pcontrat. llano Pcontrat. valle Tarifas 6. Tarifas de alta tensión con seis periodos tarifarios (periodo 1- periodo 2 - periodo 3 - periodo 4 - periodo 5 - periodo 6). Serán de aplicación a cualquier suministro en alta tensión con tensiones comprendidas entre 1 y 36 kv (1 kv tensión 36 kv), con potencia contratada en alguno de los periodos tarifarios superior a 450 kw. Y a cualquier suministro con tensión superior a 36 kv Pcontratada: P1 P2 P3 P4 P5 P6. 24

25 Tarifas de seis periodos en función de la tensión de suministro: 6.1: (1 kv tensión 36 kv) y potencia contratada en alguno de los 6 periodos tarifarios superior a 450 kw. 6.2: (36 kv tensión 72,5 kv). 6.3: (72,5 kv tensión 145 kv) 6.4: (145 kv tensión). 6.5: Conexiones internacionales. Componentes de facturación de las tarifas de acceso. - Término de facturación de potencia. - Término de facturación de energía activa. - Término de facturación de energía reactiva, (si procede). - Término de facturación de los excesos de potencia registrados, (si procede). 25

26 Término de facturación de potencia. Se obtiene al sumar la potencia, en kw, a facturar en cada periodo tarifario (PF) por el precio del kw en dicho periodo tarifario. Término de facturación de potencia = PF x Precio Determinación de la potencia a facturar: 1) La potencia a facturar (PF) será la potencia contratada (PC), cuando el control de potencia se realice con un interruptor de control de potencia (ICP). PF = PC 2) En las tarifas 3.0A y 3.1A, el control de la potencia se realiza por medio de un maxímetro. La potencia a facturar, en cada periodo tarifario, se calcula según se indica a continuación: 26

27 a) Si la potencia máxima demandada registrada por el maxímetro (PM), en el periodo de facturación, es igual o superior al 85% de la potencia contratada en dicho periodo (PC), pero menor o igual al 105% de la potencia contratada: 0,85 x PC PM 1,05 x PC La potencia a facturar en el periodo considerado (PF) será: PF = PM b) Si la potencia máxima demandada registrada por el maxímetro (PM), en el periodo de facturación, es superior al 105% de la potencia contratada en dicho periodo (PC): PM > 1,05 x PC La potencia a facturar en el periodo considerado (PF) será: PF = PM + 2 x (PM 1,05 x PC) c) Si la potencia máxima demandada registrada por el maxímetro (PM), en el periodo de facturación, es inferior al 85% de la potencia contratada en dicho periodo (PC): PM < 0,85 x PC La potencia a facturar en el periodo considerado (PF) será: PF = 0,85 x PC NOTA: La facturación se realizará de forma proporcional al número de días del año incluidos en el periodo de facturación. 27

28 Ejemplo 1 Sea una industria con las siguientes potencias contratadas (PC): PC punta: (PP = 80 kw); PC llano: (PLL = 80 kw); PC valle: (PV = 80 kw); Siendo la potencia máxima (PM) registrada por el maxímetro, en cada uno de los periodos tarifarios: punta - llano - valle, de: PMP = 96 kw PMLL = 81kW PMV = 45 kw 0,85 x PC = 0,85 x 80 = 68 kw 1,05 x PC = 1,05 x 80 = 84 kw Las potencias respectivas de facturación (PF), a considerar en cada uno de los periodos tarifarios: punta - llano - valle, será de: PFP = PMP + 2 x (PMP 1,05 PP) = x (96 84) = 120 kw PFLL = PMLL = 81 kw PFV = 68 kw 28

29 3) Tarifas de seis periodos. La potencia de facturación (PF) en cada periodo tarifario será la potencia contratada en el mismo (PC). PF = PC En caso de que la potencia demandada sobrepasase en cualquier periodo la potencia contratada en el mismo, se procederá, además, a la facturación de todos y cada uno de los excesos registrados en cada periodo, de acuerdo con la siguiente fórmula. FEP = ki x 1,4064 (en /kw) x Aei Donde Ki, toma valores diferentes para cada periodo. TABLA 13 Periodo Ki 1 0,5 0,37 0,37 0,37 0,17 NOTA: 1,4064 ha sido tomado del ANEXO I, de la ORDEN ITC/3519/2009, de 28 de diciembre (BOE num. 315 de 31 de diciembre de 2009). 29

30 Aei se calcula mediante la fórmula: Aei (Pdj - Pci) 2 Donde: Pdj = Potencia máxima demandada, registrada por el maxímetro, en cada uno de los cuartos de hora del periodo correspondiente en que se haya superado la potencia contratada. Pci = Potencia contratada en cada periodo considerado. NOTA: Las potencias se expresan en kw. 30

31 Término de facturación de energía activa. Será la suma resultante de multiplicar la energía activa consumida (Ei) en cada periodo tarifario por el precio del término de energía (tei) correspondiente a cada periodo. FE = Ei x tei Donde: Ei = Energía activa consumida en el periodo i (en kwh). Tei = Precio del término de energía del periodo i. 31

32 Término de facturación de energía reactiva. Solamente se aplicará sobre los excesos producidos. Tarifas 2.1A y 2.1DHA Solo es de aplicación la facturación de energía reactiva si se midiera un consumo de energía reactiva superior al 50% de la energía activa, consumida durante el mismo periodo. En la tarifa 2.1DHA, esto se aplicará solamente al consumo producido en horas punta (periodo P1). Tarifas 3.0A - 3.1A y Tarifas de 6 periodos En las tarifas 3.0A y 3.1A, el término de facturación de energía reactiva solamente es de aplicación en los periodos punta y llano, no se aplica en el periodo 3 (Valle). En las tarifas de 6 periodos se aplicará en todos los periodos, excepto en el periodo 6. Se aplicará siempre que el consumo de energía reactiva exceda del 33% del consumo de energía activa durante el mismo periodo de facturación (cos < 0,95). Y únicamente afectará a dichos excesos. 32

33 El importe del término de energía reactiva se obtendrá al multiplicar los excesos en kvarh, (dentro del periodo tarifario en los que dichos excesos sean de aplicación), por el precio correspondiente, en /kvarh. El precio depende del cos que resulte en cada periodo tarifario. Importe término de energía reactiva = Excesos en kvarh x Precio en /KVArh NOTA: Los precios del KVArh, según el cos, están reflejados en la tabla

34 El cos, en el periodo de facturación, se obtiene mediante la siguiente fórmula: cos Ea Ea 2 Er 2 Ea = Energía activa consumida durante el periodo respectivo, en kwh. Er = Energía reactiva consumida durante el mismo periodo, en kvarh. La fórmula anterior se calcula con tres cifras decimales. Tomándose solamente dos cifras decimales, para posteriores cálculos: - Si la tercera cifra decimal es menor de 5, se desprecia. - Si la tercera cifra decimal es 5 ó superior se aumenta la cifra de las centésimas en una unidad. 34

35 Ejemplo 2 Una industria con tarifa 3.1A tiene los siguientes consumos: Energía activa consumida en periodo punta (P) = kwh Energía activa consumida en periodo llano (LL) = kwh Energía reactiva consumida en periodo punta (P) = kvarh Energía reactiva consumida en periodo llano (LL) = kvarh x 0,33 = (mayor de 4.200) Por lo tanto, no se facturará término de energía reactiva en periodo punta x 0,33 = (menor de ). En periodo llano se facturará término de energía reactiva. Cuyo importe se obtiene al multiplicar el exceso producido: = KVArh por el precio del kvarh. Dicho precio dependerá del cos que resulte en periodo llano. 35

36 Ejemplo 2: Continuación Cálculo del cos en periodo llano. Ea = kwh Er = kvarh cos Ea Ea 2 Er ,43 0,838 0,84 Al ser el cos = 0,84 menor de 0,95 y no inferior a 0,80, le corresponde un valor de 0, /kvarh (valor obtenido de la tabla 19). Por lo tanto, el importe del término de facturación de energía reactiva será de: x 0, = 211,63 euros 36

37 Orden ITC/3519/2009, de 28 de diciembre, (BOE núm. 315, de 31 de diciembre de 2009), por la que se revisan los peajes de acceso a partir del 1 de enero de 2010 y las tarifas y primas de régimen especial. El Ministro de Industria, Turismo y Comercio podrá revisar semestralmente las tarifas de acceso. Disposición adicional novena. Sistema de comparación de precios del suministro de energía eléctrica. La Comisión Nacional de Energía gestionará un sistema de comparación de los precios del suministro de electricidad sobre la base de las ofertas que, para colectivos o grupos de consumidores, realicen las empresas comercializadoras. Dicho sistema será accesible para los consumidores a través de Internet ( 37

38 Disposición transitoria tercera. Consumidores que sin tener derecho a acogerse a la tarifa de último recurso (TUR), transitoriamente carezcan de un contrato de suministro en vigor con un comercializador y continúen consumiendo electricidad. 1. Los consumidores conectados en alta tensión que a 31 de diciembre de 2009 estén siendo suministrados por un comercializador de último recurso y el 1 de enero de 2010 carezcan de un contrato de suministro en el mercado libre, siempre que no estén incluidos en la excepción establecida en el artículo 3.3 del Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, podrán seguir siendo suministrados por dicho comercializador de último recurso hasta el 31 de diciembre de El precio por la electricidad consumida durante este periodo será el correspondiente a la facturación en tarifa de último recurso, TUR, sin aplicación de discriminación horaria, incrementado sus términos un 20%. 38

39 2. Los consumidores conectados en baja tensión sin tener derecho a acogerse a la tarifa de último recurso (aquellos que tengan una potencia contratada superior 10 kw) que a 30 de septiembre de 2010 estén siendo suministrados por un comercializador de último recurso y el 1 de octubre de 2010 carezcan de un contrato de suministro en el mercado libre, siempre que no estén incluidos en la excepción establecida en el artículo 3.3 del Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, podrán seguir siendo suministrados por dicho comercializador de último recurso hasta el 31 de diciembre de El precio por la electricidad consumida durante este periodo será el correspondiente a la facturación en tarifa de último recurso, TUR, sin aplicación de discriminación horaria, incrementado sus términos un 20%. 39

40 3. Si el 1 de enero de 2011 los consumidores a los que se refieren los párrafos 1 y 2, anteriores, no han procedido a contratar su suministro en el mercado libre, se considera rescindido el contrato entre el consumidor y el comercializador de último recurso, siendo de aplicación a estos efectos lo establecido en el artículo 86.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. 40

41 PRECIOS DE LAS TARIFAS DE ACCESO. Los precios actualmente en vigor, del término de potencia y de los términos de energía activa y reactiva, de las tarifas de acceso. Están recogidos en el ANEXO I, de la ORDEN ITC/3519/2009, de 28 de diciembre (BOE num. 315 de 31 de diciembre de 2009). 41

42 Tarifas de baja tensión: 2.1A - 2.1DHA y 3.0A Tarifa 2.1A, de aplicación a los suministros efectuados a tensiones no superiores a 1 kv (1000 V) y con potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw. Tp = 29, /kw y año = 8, cent. /kw y día Te = 0, /kwh. Tarifa 2.1DHA, de aplicación a los suministros efectuados a tensiones no superiores a 1 kv (1000 V) y con potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw. Con aplicación de discriminación horaria Tp = 29, /kw y año = 8, cent. /kw y día TABLA 14 Te: /kwh Periodo 1 (punta) Periodo 2 (valle) 0, , SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

43 Tarifa 3.0A, de aplicación a los suministros efectuados a tensiones no superiores a 1 kv (1000 V) y con potencia contratada mayor de 15 kw. TABLA 15 Periodo tarifario 1 Periodo tarifario 2 Periodo tarifario 3 PUNTA LLANO VALLE Tp: /kw y año 13, , , Tp: cent. /kw y día 3, , , Te: /kwh 0, , ,

44 Tarifas de alta tensión (suministros efectuados a tensiones superiores a 1 kv): 3.1A (tres periodos) y tarifas de 6 periodos. Tarifa 3.1A Tp: /kw y año Tp: cent. /kw y día TABLA 16 Periodo tarifario 1 PUNTA 23, Periodo tarifario 2 LLANO 14, Periodo tarifario 3 VALLE 3, , , , Te: /kwh 0, , ,

45 Tarifas de alta tensión de 6 periodos Términos de potencia en /kw y año. TABLA 17 Tarifa Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo , , , , , , , , , , , , , , , , , , y 6.5 9, , , , , , Términos de energía en /kwh. TABLA 18 Tarifa Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo , , , , , , , , , , , , , , , , , , y 6.5 0, , , , , ,

46 Precios, para la facturación del término de energía reactiva, aplicables a las tarifas de acceso, definidas en el Real Decreto 1164/2001, de 26 de octubre. Dichos precios han sido obtenidos del ANEXO I de la ORDEN ITC/3519/2009, de 28 de diciembre (BOE num. 315 de 31 de diciembre de 2009). Cos Φ TABLA 19 Euros/kVArh Cos Φ < 0,95 y hasta cos Φ = 0,80 0, Cos Φ < 0,80 0,

47 PERIODOS TARIFARIOS APLICABLES A LAS TARIFAS ELÉCTRICAS 47

48 ZONAS DE APLICACIÓN A efectos de aplicación, de las diferentes horas que contempla cada periodo tarifario. Se consideran las siguientes zonas: Zona 1: Península. Zona 2: Baleares. Zona 3: Canarias. Zona 4: Ceuta y Melilla 48

49 Tarifa de último recurso (TUR) con discriminación horaria de dos periodos y tarifa de acceso 2.1DHA. La duración de cada periodo será la que se detalla a continuación: TABLA 20 PERIODOS TARIFARIOS P1 (PUNTA) P2 (VALLE) DURACIÓN 10 horas/día 14 horas/día Se consideran horas del periodo tarifario 1 y 2 en todas las zonas las siguientes: TABLA 21 INVIERNO VERANO P1 (PUNTA) P2 (VALLE) P1 (PUNTA) P2 (VALLE) Los cambios de horario de invierno a verano o viceversa coinciden con la fecha del cambio oficial de hora 49 SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

50 Discriminación horaria de tres periodos. Tarifa de acceso 3.0A ( y tarifa 3.0.2, extinguida) DURACIÓN: Punta: 4 horas/día Llano: 12 horas/día Valle: 8 horas/día TABLA 22 ZONA INVIERNO VERANO PUNTA (P1) LLANO (P2) VALLE (P3) PUNTA (P1) LLANO (P2) VALLE (P3) Los cambios de horario de invierno a verano o viceversa coinciden con la fecha del cambio oficial de hora 50 SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

51 Discriminación horaria de tres periodos. Tarifa de acceso 3.1A A partir del 1 de enero de 2009 los periodos horarios a aplicar a la tarifa 3.1A son: Punta: 6 horas de lunes a viernes. Llano: 10 horas de lunes a viernes de los días laborables y 6 horas de sábados, domingos y días festivos de ámbito nacional. Valle : 8 horas de lunes a viernes de los días laborables y 18 horas de sábados, domingos y días festivos de ámbito nacional. TABLA 23 (de lunes a viernes) ZONA INVIERNO VERANO PUNTA (P1) LLANO (P2) VALLE (P3) PUNTA (P1) LLANO (P2) VALLE (P3) SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

52 Se consideran, en la tarifa 3.1A, horas llano y valle de sábados, domingos y festivos de ámbito nacional, para todas las zonas, las siguientes: INVIERNO TABLA 24 VERANO LLANO (P2) VALLE (P3) LLANO (P2) VALLE (P3) Los cambios de horario de invierno a verano o viceversa coinciden con la fecha del cambio oficial de hora. NOTA: según el ANEXO II, apartado 1.2, de la ORDEN ITC/2794/2007, de 27 de septiembre de 2009, (BOE num. 234 de 29 de septiembre de 2009). Se consideran festivos de ámbito nacional los definidos como tales en el calendario oficial del año correspondiente, con exclusión de los festivos sustituibles, así como los que no tienen fecha fija. 52

53 VARIACIONES EN EL PRECIO DEL: - Término de potencia - Término de energía activa - Término de energía reactiva 53

54 VARIACIONES DE PRECIO EN LOS TÉRMINOS DE ENERGÍA, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2010, EN LAS TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO TUR Y DISCRIMINACIÓN HORARIA DE DOS PERIODOS EN RELACIÓN A LOS PRECIOS DE LAS TARIFAS TUR SIN DISCRIMINACIÓN. TABLA 25 Sin discriminación horaria Con discriminación horaria TARIFA Término de energía TEU 0 /kwh TEU 1 : en el periodo 1 /kwh % de subida TEU 2 : en el periodo 2 /kwh % de bajada TUR 0, , , ,96 54

55 INCREMENTO DE PRECIOS, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2010, EN LAS TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO TUR SIN DISCRIMINACIÓN HORARIA TABLA 26 Término de potencia TPU: /kw y año Término de energía TEU 0 : /kwh Enero 2010 Diciembre 2009 % de subida Enero 2010 Diciembre 2009 % de subida 20, , ,64 0, , ,64 55

56 PORCENTAJE DE SUBIDA O DE BAJADA, EN EL TÉRMINO DE ENERGÍA, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2010, EN LAS TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO TUR Y DISCRIMINACIÓN HORARIA DE DOS PERIODOS TABLA 27 TARIFA TUR Potencia contratada Mayor de 1 kw y menor o igual a 10 kw Enero 2010 Término de energía Periodo 1 (punta) TEU 1 : /kwh Diciembre 2009 % de subida Enero 2010 Término de energía periodo 2 (valle) TEU 2 : /kwh Diciembre 2009 % de bajada 0, , ,16 0, , ,36 NOTA: La subida experimentada por el término de potencia, tiene el mismo valor que en la tarifa sin discriminación horaria (2,64%). 56

57 INCREMENTO DE PRECIOS A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2010 EN LAS TARIFAS DE ACCESO Tarifa 2.1A (suministro en baja tensión) Potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw Término de potencia Tp: /kw y año Enero 2010 Diciembre 2009 Subida en /kw y año TABLA 28 Término de energía Te: /kwh Enero 2010 Diciembre 2009 Subida en /kwh 29, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 22%. 57

58 TABLA 29 Tarifa 2.1DHA (suministro en baja tensión con aplicación de discriminación horaria) Potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw Término de potencia Tp: /kw y año (periodo 1 y periodo 2) Enero 2010 Diciembre 2009 Subida en /kw y año 29, , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 22%. Tarifa 2.1DHA (suministro en baja tensión con aplicación de discriminación horaria) Potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw Enero 2010 Periodo 1 (punta) Diciembre 2009 TABLA 30 Términos de energía Te: /kwh Subida en /kwh Enero 2010 Periodo 2 (valle) Diciembre 2009 Subida en /kwh 0, , , , , ,

59 TABLA 31 Tarifa 3.0A (suministro en baja tensión y potencia contratada superior a 15 kw) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Diciembre , , , Subida en /kw y año 2, , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 21%. TABLA 32 Tarifa 3.0A (suministro en baja tensión y potencia contratada superior a 15 kw) Términos de energía Te: /kwh Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Diciembre , , , Subida en /kwh 0, , ,

60 TABLA 33 Tarifa 3.1A (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Diciembre , , , Subida en /kw y año 3, , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 20%. TABLA 34 Tarifa 3.1A (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Diciembre , , , Subida en /kwh 0, , ,

61 TABLA 35 Tarifa 6.1 (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Diciembre , , , , , , Subida: /kw y año 3, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 24% TABLA 36 Tarifa 6.2 (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Diciembre , , , , , , Subida: /kw y año 2, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 24% 61

62 Tarifa 6.3 (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Diciembre 2009 Subida en /kw y año TABLA 37 10, , , , , , , , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 24% NOTA: En las tarifas 6.4 y 6.5, no hay variación alguna en el término de potencia. 62

63 Tarifa 6.1 (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Diciembre 2009 Subida en /kwh 0, , , , , , , , , , , Tarifa 6.2 (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Diciembre 2009 Subida en /kwh TABLA 38 TABLA 39 0, , , , , , , , , , ,

64 Tarifa 6.3 (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Diciembre 2009 Subida en /kwh TABLA 40 0, , , , , , , , , , , NOTA: En las tarifas 6.4 y 6.5, no hay variación alguna en el término de energía. 64

65 VARIACIÓN DE PRECIOS EN LA ENERGÍA REACTIVA TABLA 41 Cos Φ Euros/kVArh Enero 2010 Diciembre 2009 Subida en Euros/kVArh Cos Φ < 0,95 y hasta cos Φ = 0,90 0, , , Cos Φ < 0,90 y hasta cos Φ = 0,85 0, , , Cos Φ < 0,85 y hasta cos Φ = 0,80 0, , , Cos Φ < 0,80 0, , ,

66 Ejemplo 3 CÁLCULO DEL IMPORTE DEL TÉRMINO DE POTENCIA: TARIFA 3.0A NOTA: En el estudio realizado a continuación solamente se ha considerado el incremento habido en las tarifas de acceso. TABLA 42 POTENCIA FACTURACIÓN PUNTA 109 kw LLANO 120 kw VALLE 102 kw DICIEMBRE 2009 ENERO 2010 Tp: en /kw y año Tp: en /kw en los 31 días IMPORTE EUROS Tp: en /kw y año Tp: en /kw en los 31 días IMPORTE EUROS 10, , ,77 13, , ,94 6, , ,57 7, , ,54 4, , ,72 5, , ,64 IMPORTE TOTAL EN DICIEMBRE DE 2009 (impuestos aparte) = 205,06 EUROS IMPORTE TOTAL EN ENERO DE 2010 (impuestos aparte) = 248,12 EUROS INCREMENTO (impuestos aparte) = 43,06 EUROS = 20,9987% 21% 66

67 NOTA: Ejemplo 4 CÁLCULO DEL IMPORTE DEL TÉRMINO DE ENERGÍA: TARIFA 3.0A En el estudio realizado a continuación solamente se ha considerado el incremento habido en las tarifas de acceso. TABLA 43 ENERGÍA CONSUMIDA PUNTA kwh LLANO kwh VALLE kwh DICIEMBRE 2009 ENERO 2010 Te: en /kwh IMPORTE EUROS Te: en /kwh IMPORTE EUROS 0, ,47 0, ,95 0, ,52 0, ,88 0, ,37 0, ,57 IMPORTE TOTAL EN DICIEMBRE DE 2009 (impuestos aparte) = 2.331,36 EUROS IMPORTE TOTAL EN ENERO DE 2010 (impuestos aparte) = 2.434,4 EUROS INCREMENTO (impuestos aparte) = 103,04 EUROS 67

68 NOTA: Ejemplo 5 CÁLCULO DEL IMPORTE DEL COMPLEMENTO POR REACTIVA En el estudio realizado a continuación solamente se ha considerado el incremento habido en las tarifas de acceso. TABLA 44 ENERGÍA REACTIVA FACTURADA PUNTA 590 kvarh LLANO kwh DICIEMBRE 2009 ENERO 2010 Euros/kVArh IMPORTE EUROS Euros/kVArh IMPORTE EUROS 0, (0,007) 0,01 0, ,52 0, ,66 0, ,51 IMPORTE TOTAL EN DICIEMBRE DE 2009 (impuestos aparte) = 36,67 EUROS IMPORTE TOTAL EN ENERO DE 2010 (impuestos aparte) = 114,03 EUROS INCREMENTO (impuestos aparte) = 77,36 EUROS NOTA: Sumando los incrementos de los tres conceptos estudiados (impuestos aparte), supone: 223,46 EUROS 68

69 INCREMENTO DE PRECIOS DEL TÉRMINO DE POTENCIA, TÉRMINO DE ENERGÍA ACTIVA Y ENERGÍA REACTIVA EN LAS TARIFAS DE ACCESO CONTEMPLANDO LAS REVISIONES HABIDAS EL: y Tarifa 2.1A (suministro en baja tensión) Potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw Término de potencia Tp: /kw y año Enero 2010 Junio 2009 Subida en /kw y año TABLA 45 Término de energía Te: /kwh Enero 2010 Junio 2009 Subida en /kwh 29, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 50,67%. 69

70 TABLA 46 Tarifa 2.1DHA (suministro en baja tensión con aplicación de discriminación horaria) Potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw Término de potencia Tp: /kw y año (periodo 1 y periodo 2) Enero 2010 Junio 2009 Subida en /kw y año 29, , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 50,67%. Tarifa 2.1DHA (suministro en baja tensión con aplicación de discriminación horaria) Potencia contratada mayor de 10 kw y menor o igual a 15 kw Enero 2010 Periodo 1 (punta) Junio 2009 Término de energía Te: /kwh Subida en /kwh TABLA 47 Enero 2010 Periodo 2 (valle) Junio 2009 Subida en /kwh 0, , , , , ,

71 TABLA 48 Tarifa 3.0A (suministro en baja tensión y potencia contratada superior a 15 kw) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Junio , , , Subida en /kw y año 2, , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 24,025%. TABLA 49 Tarifa 3.0A (suministro en baja tensión y potencia contratada superior a 15 kw) Términos de energía Te: /kwh Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Junio , , , Subida en /kwh 0, , , SEMINARIO SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS Y EFICIENCIA ENERGÉTICA

72 TABLA 50 Tarifa 3.1A (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Junio , , , Subida en /kw y año 8, , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 56%. TABLA 51 Tarifa 3.1A (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo tarifario 1 Punta Periodo tarifario 2 Llano Periodo tarifario 3 Valle Enero , , , Junio , , , Subida en /kwh 0, , ,

73 TABLA 52 Tarifa 6.1 (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida: /kw y año 6, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 61,2% TABLA 53 Tarifa 6.2 (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida: /kw y año 5, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 61,2% 73

74 TABLA 54 Tarifa 6.3 (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida: /kw y año 4, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 61,2% TABLA 55 Tarifas 6.4 y 6.5 (suministro en alta tensión) Términos de potencia Tp: /kw y año Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida: /kw y año 2, , , , , , Nota: En el término de potencia hay una subida del 30% 74

75 Tarifa 6.1 (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida en /kwh TABLA 56 0, , , , , , Tarifa 6.2 (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida en /kwh TABLA 57 0, , , , , ,

76 Tarifa 6.3 (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida en /kwh 0, , , , , , Tarifas 6.4 y 6.5 (suministro en alta tensión) Términos de energía Te: /kwh Periodo 1 Periodo 2 Periodo 3 Periodo 4 Periodo 5 Periodo 6 Enero , , , , , , Junio , , , , , , Subida en /kwh TABLA 58 TABLA 59 0, , , , , ,

77 VARIACIÓN DE PRECIOS EN LA ENERGÍA REACTIVA Cos Φ TABLA 60 Euros/kVArh Enero 2010 Junio 2009 Subida en Euros/kVArh Cos Φ < 0,95 y hasta cos Φ = 0,90 0, , , Cos Φ < 0,90 y hasta cos Φ = 0,85 0, , , Cos Φ < 0,85 y hasta cos Φ = 0,80 0, , , Cos Φ < 0,80 0, , ,

78 PORCENTAJES DE SUBIDA DURANTE EL AÑO 2009, EN LAS TARIFAS CON POTENCIA CONTRATADA NO SUPERIOR A 10 kw (ACTUALES TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO TUR ). SIN DISCRIMINACIÓN HORARIA TARIFA TUR POTENCIA CONTRATADA Menor o igual a 1 kw Mayor de 1 kw y menor o igual a 2,5 kw Mayor de 2,5 kw y menor o igual a 5 kw Mayor de 5 kw y menor o igual a 10 kw Término de potencia TPU: /kw y mes Diciembre 2009 Diciembre 2008 TABLA 61 % de subida Diciembre 2009 Término de energía TEU 0 : /kwh Diciembre 2008 % de subida 1, , ,96 0, , ,31 1, , ,32 0, , ,67 1, , ,51 0, , ,23 1, , , , ,33 78

79 VARIACIONES DE PRECIO DURANTE EL AÑO 2009, EN LAS TARIFAS CON POTENCIA CONTRATADA MAYOR DE 1kW Y NO SUPERIOR A 10 kw. (ACTUALES TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO TUR ) CON DISCRIMINACIÓN HORARIA DE DOS PERIODOS TARIFA TUR POTENCIA CONTRATADA Mayor de 1 kw y menor o igual a 2,5 kw Mayor de 2,5 kw y menor o igual a 5 kw Mayor de 5 kw y menor o igual a 10 kw Diciembre 2009 Término de energía periodo 1 (punta) TEU 1 : /kwh Diciembre 2008 TABLA 62 % de subida (+) o bajada (-) Julio 2009 Término de energía periodo 2 (valle) TEU 2 : /kwh Diciembre 2008 % de subida 0, , ,92 0, , ,51 0, , ,25 0, , ,48 0, , ,52 0, , ,48 NOTA: La subida experimentada por el término de potencia, tiene el mismo valor que en la misma tarifa respectiva, sin discriminación horaria. 79

80 PORCENTAJES DE SUBIDA EN LAS TARIFAS CON POTENCIA CONTRATADA NO SUPERIOR A 10 kw (ACTUALES TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO TUR ) SIN DISCRIMINACIÓN HORARIA. CONTEMPLANDO LAS MODIFICACIONES HABIDAS EL: ; ; ; ; TARIFA TUR POTENCIA CONTRATADA Término de potencia TPU: /kw y mes Enero 2010 TABLA 63 Diciembre 2007 % de subida Término de energía TEU 0 : /kwh Julio 2009 Diciembre 2007 % de subida Menor o igual a 1 kw 1, , ,32 0, , ,35 Mayor de 1 kw y menor o igual a 2,5 kw Mayor de 2,5 kw y menor o igual a 5 kw Mayor de 5 kw y menor o igual a 10 kw 1, , ,54 0, , ,06 1, , ,69 0, , ,03 1, , ,14 0, , ,37 80

81 INCREMENTO DE PRECIOS EN LAS TARIFAS CON POTENCIA CONTRATADA NO SUPERIOR A 10 kw (ACTUALES TARIFAS DE ÚLTIMO RECURSO TUR ) CON DISCRIMINACIÓN HORARIA DE DOS PERIODOS. CONTEMPLANDO LAS MODIFICACIONES HABIDAS EL: ; ; ; ; TARIFA TUR POTENCIA CONTRATADA Mayor de 1 kw y menor o igual a 2,5 kw Mayor de 2,5 kw y menor o igual a 5 kw Mayor de 5 kw y menor o igual a 10 kw Enero 2010 TABLA 64 Término de energía periodo 1 (punta) TEU 1 : /kwh Diciembre 2007 % de subida Enero 2010 Término de energía periodo 2 (valle) TEU 2 : /kwh Diciembre 2007 % de subida 0, , ,43 0, , ,68 0, , ,53 0, , ,71 0, , ,96 0, , ,08 NOTA: La subida experimentada por el término de potencia, tiene el mismo valor que en la tarifa respectiva, sin discriminación horaria. 81

82 COMENTARIO RESUMEN SOBRE TARIFAS ELÉCTRICAS 1) Estudiar MUY DETENIDAMENTE las diferentes ofertas recibidas, POR ESCRITO. Leyéndose muy bien las condiciones particulares y las condiciones generales. Solicitando las oportunas aclaraciones. 2) Contratar la potencia adecuada a nuestras necesidades, dentro de lo permitido (conocer la potencia máxima autorizada a contratar). Y controlar en las facturas las lecturas del maxímetro. metro. 3) Adaptar, en lo posible, el consumo a horas de menor coste del kwh. 4) Evitar recargos POR CONSUMO DE ENERGÍA REACTIVA. Instalando los condensadores adecuados a cada necesidad, utilizando baterías automatizadas. Revisando posteriormente en las facturas si hay cobros por energía reactiva consumida. 5) Reducir, en lo posible, LOS kwh CONSUMIDOS. Sensibilizar a los distintos usuarios de las instalaciones en el correcto uso de las mismas. 82

83 SEMINARIO SOBRE TARIFAS SEMINARIO ELÉCTRICAS SOBRE TARIFAS Y EFICIENCIA ELÉCTRICAS ENERGÉTICA Y EFICIENCIA EN LAS ENERGÉTICA EMPRESAS AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA 83

84 SEMINARIO SOBRE TARIFAS SEMINARIO ELÉCTRICAS SOBRE TARIFAS Y EFICIENCIA ELÉCTRICAS ENERGÉTICA Y EFICIENCIA EN LAS ENERGÉTICA EMPRESAS EFICIENCIA ENERGÉTICA - La Eficiencia Energética consiste en un aprovechamiento mejor de la energía. - Lo que nos lleva a un mejor aprovechamiento de los recursos naturales. - Con la consiguiente conservación del medio ambiente. - La Eficiencia Energética no tiene que disminuir el nivel de servicios energéticos. Se mantendrá, por lo tanto: El mismo confort La seguridad La producción 84

85 SEMINARIO SOBRE TARIFAS SEMINARIO ELÉCTRICAS SOBRE TARIFAS Y EFICIENCIA ELÉCTRICAS ENERGÉTICA Y EFICIENCIA EN LAS ENERGÉTICA EMPRESAS VENTAJAS DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA - Reducción de costes por el consumo de energía. - Aumento de la competitividad. - Menor saturación de las centrales y de las redes de distribución. - Disminución en el consumo de materias primas. - Menor cantidad de residuos a tratar. - Reducir la emisión a la atmósfera de gases contaminantes (CO 2 ). 85

86 SEMINARIO SOBRE TARIFAS SEMINARIO ELÉCTRICAS SOBRE TARIFAS Y EFICIENCIA ELÉCTRICAS ENERGÉTICA Y EFICIENCIA EN LAS ENERGÉTICA EMPRESAS CONSUMOS MÁXIMOS Los equipos fluorescentes, en el conjunto lámpara más reactancia, no tienen que superar unos valores determinados, por el Real Decreto 838/2002 (y reflejados en la directiva 2000/55/CEE). Para lámparas de descarga y lámparas halógenas, los valores máximos de potencia, en el conjunto lámpara más equipo de encendido, vienen reflejados en las respectivas tablas 3.1 y 3.2, de la Sección HE 3, del Código Técnico de la Edificación. 86

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