RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES"

Transcripción

1 ll Expediente No.: Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga el Título Habilitante de Permiso para la prestación del servicio de audio y video por suscripción modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", a favor de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A. En cumplimiento de la disposición contenida en el artículo 148 No. 3 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, que faculta a la Dirección Ejecutiva de la, ARCOTEL, dirigir el procedimiento de sustanciación y resolver sobre el otorgamiento y extinción de los títulos habilitantes tanto en otorgamiento directo como mediante concurso público, así como suscribir los correspondientes títulos habilitantes, y en consideración a los siguientes antecedentes y fundamentos: I ANTECEDENTES DE HECHO 1.1. Con comunicación s/n de 6 de febrero de 2015 ingresada en la ex Secretaría Nacional de Telecomunicaciones con trámite No. SENATEL el 6 de febrero de 2015, la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., solicitó el permiso para la instalación, operación y explotación del sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro Mediante oficio No. ARCOTEL-DGGST OF de 26 de marzo de 2015, la Dirección General de Gestión de Servicios de la ex SENATEL solicitó a la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., remita un alcance a las observaciones realizadas al estudio técnico relacionado con la solicitud del permiso para la instalación, operación y explotación del mencionado sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS" Con oficio No TVOROMALVAS-002 de 13 de abril de 2015 (HT. ARCOTEL de 15 de abril de 2015), la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., remiró contestación al oficio No. ARCOTEL-DGGST OF a fin de continuar con el trámite del permiso para la instalación, operación y explotación de un sistema de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro Mediante memorando No. ARCOTEL-DRS M de 28 de mayo de 2015, la Dirección de Regulación de Servicios, remitió los informes técnico y financiero en el que concluyó: "...técnicamente es factible otorgar el permiso a favor de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., para la instalación, operación y explotación de un sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro, bajo las características técnicas descritas en el presente informe...". "...económicamente es factible otorgar el permiso a favor de la empresa TELECOMUNICACIONES OROBLA S.A., cuyo representante legal es la señora Leini del Rocío Blacio Bravo, para la instalación, operación y explotación de un sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir en las parroquias de Malvas, Muluncay Grande, Huertas, Arcapamba, del cantón Zaruma, provincia de El Oro, bajo las características económicas descritas...". 1/17

2 Con oficio No. ARCOTEL-DJR OF de 21 de julio de 2015, la Dirección Jurídica de Regulación, solicitó a la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., peticionaria del sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", que remita los requisitos constantes en los numerales 8, 11 y 12 del art. 28 del "REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE TÍTULOS HABILITANTES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL PÚBLICOS PRIVADOS, COMUNITARIOS Y SISTEMAS DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN" Mediante comunicación s/n del 04 de agosto de 2015, ingresada en la Regulación y Control con trámite número ARCOTEL , la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., da contestación al oficio No. ARCOTEL-DJR F, adjuntando la documentación requerida en dicho oficio, con el fin de continuar con la solicitud del permiso para la instalación, operación y explotación de un sistema de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "N ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro Mediante memorando No. ARCOTEL-DPT M de 10 de septiembre de 2015, la Dirección de Planificación, remitió el Informe del Plan de Gestión del sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro, a favor de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., en el que concluyó: "Resultado el análisis del Plan de Gestión: Favorable" Con memorando No. ARCOTEL-DJR M de 06 de octubre de 2015, la Dirección Jurídica de Regulación de la ARCOTEL, emitió el informe de cumplimiento de requisitos determinados en el artículo 28 del "REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE TÍTULOS HABILITANTES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL PÚBLICOS, PRIVADOS, COMUNITARIOS Y SISTEMAS DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN." La Dirección Jurídica de Regulación de la ARCOTEL, a través de memorando No. ARCOTEL- DJR M de 11 de enero de 2016, concluyó que: "En orden a los antecedentes, fundamentos jurídicos, análisis expuesto y considerando que la peticionaria ha dado cumplimiento con lo determinado en el artículo 28 del "REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE TÍTULOS HABILITANTES PARA EL FUNCIONAMIENTO DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL PÚBLICOS, PRIVADOS, COMUNITARIOS Y SISTEMAS DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN"; es criterio de esta Dirección que, en su calidad de delegado de la Directora Ejecutiva de la ARCOTEL, según consta de la Resolución No. ARCOTEL de junio de 2015, y al contar con los informes técnico económico y del plan de gestión favorables, debería otorgar el respectivo título habilitante del permiso para la instalación, operación y explotación de un sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro, a favor de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A...". II FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero.- La Ley Orgánica de Telecomunicaciones LOT, publicada en el Registro Oficial No. 439 de 18 de febrero de 2015, crea a la de las Telecomunicaciones ARCOTEL, como entidad encargada de la administración, regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y su gestión, así como de los aspectos técnicos de la gestión de los medios de comunicación social que usen frecuencias del espectro radioeléctrico o que instalen y operen redes. Segundo.- El uso del espectro radioeléctrico asociado a las redes satelitales DTH, así como la prestación de servicios de audio y video por suscripción realizada a través de tales redes DTH (direct to home) serán administrados, regulados y controlados por el Estado, de conformidad con 2/17

3 ll 0019 lo establecido en el artículo 108 de la LOT; adicionalmente, en el artículo 109 se establece que la provisión de capacidad satelital, la prestación de servicios de comunicaciones directas por satélites, así como la prestación de servicios de telecomunicaciones y uso del espectro radioeléctrico asociado a redes satelitales se regirán por lo dispuesto en la Ley en referencia, sus reglamentos y las regulaciones respectivas. La prestación de servicios realizada a través de redes satelitales y el uso del espectro radioeléctrico asociado a satélites requerirán la obtención de los títulos habilitantes de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y normativa que emita la ARCOTEL. Tercero. - En el inciso final del artículo 37 de la LOT se determina: "Para el otorgamiento y renovación de los títulos habilitantes y sistemas de audio y video por suscripción, se estará a los requisitos y procedimientos previstos en la Ley Orgánica de Comunicación, su Reglamento General y la normativa que para el efecto emita la de las Telecomunicaciones.", correspondiendo a un Permiso la prestación del servicio de audio y video por suscripción. Cuarto. - La LOT, en su artículo 144, dentro de las competencias de la ARCOTEL, incorpora la siguiente: "11. Establecer los requisitos, contenidos, condiciones, términos y plazos de los títulos habilitantes.", otorgando en el artículo 148 a la Dirección Ejecutiva, las atribuciones de "3. Dirigir el procedimiento de sustanciación y resolver sobre el otorgamiento y extinción de los títulos habilitantes contemplados en esta Ley, tanto en otorgamiento directo como mediante concurso público, así como suscribir los correspondientes títulos habilitantes, de conformidad con esta Ley, su Reglamento General y los reglamentos expedidos por el Directorio.", "16. Ejercer las demás competencias establecidas en esta Ley o en el ordenamiento jurídico no atribuidas al Directorio.". Quinto. - La LOT, en sus Disposiciones Transitorias señala: "Segunda.- Los títulos habilitantes cuyo otorgamiento se encuentren en curso al momento de la promulgación de la presente Ley se tramitarán siguiendo los procedimientos previstos en la legislación anterior ante la. No obstante, la establecerá los contenidos, condiciones, términos y plazos de dichos títulos, de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley." (...) Quinta.- La, dentro del plazo de ciento ochenta días contados a partir de la publicación en el Registro Oficial de la presente Ley, adecuará formal y materialmente la normativa secundaria que haya emitido el CONATEL o el extinto CONARTEL y expedirá los reglamentos, normas técnicas y demás regulaciones previstas en esta Ley. En aquellos aspectos que no se opongan a la presente Ley y su Reglamento General, los reglamentos emitidos por el Consejo Nacional de Telecomunicaciones se mantendrán vigentes, mientras no sean expresamente derogados por la.". Sexto.- En el Suplemento del Registro Oficial 123 de 14 de noviembre de 2013, se publicó el Reglamento para la Adjudicación de Títulos Habilitantes para el Funcionamiento de Medios de Comunicación Social, Públicos, Privados, Comunitarios y Sistemas de Audio y Video por Suscripción; en cuanto a los requisitos para obtener un permiso para la operación de sistemas de audio y video por suscripción, estos se encuentran determinados en el artículo 28. Séptimo. - Con Resolución RTV CONATEL-2014 de 17 de julio de 2014, se aprobó el título habilitante de Permiso para los sistemas de audio y video por suscripción en la modalidad cable físico y con Resolución TEL CONATEL-2013 de 15 de noviembre de 2013, se aprobó el título habilitante de Permiso para los sistemas de audio y video por suscripción en la modalidad DTH. Vistos los citados Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho, la Dirección Ejecutiva de la, a través de su delegado conforme lo dispuesto en la Resolución ARCOTEL , artículo 2, numeral RESUELVE: Artículo 1. Otorgar a favor de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., el título habilitante de permiso para la prestación de SERVICIOS DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN, por el plazo de quince años (15), en régimen jurídico actualizado y de conformidad con el siguiente contenido, términos, condiciones y plazos. 3/17

4 ll Artículo 2.- La instalación, operación y explotación del servicio de audio y video por suscripción, deberá realizarse de conformidad con el presente título habilitante, la Ley Orgánica de Comunicación, su Reglamento General, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, su Reglamento General de aplicación, reglamentos y resoluciones que emita la ARCOTEL. Artículo 3.- Los valores que los prestadores deben cancelar por concepto de derechos de permiso, pagos mensuales y renovaciones por el uso del sistema, se sujetarán a lo establecido para concesiones en el Reglamento de Tarifas vigente o la norma que le sustituya. Artículo 4. El poseedor del título habilitante, de conformidad con lo que determine la normativa que para el efecto se emita, entregará a la ARCOTEL una garantía de fiel cumplimiento, a nombre de la ARCOTEL con características de irrevocable y de cobro inmediato. La garantía permanecerá vigente mientras dure este título habilitante de permiso, y hasta por noventa días adicionales a la fecha de su vencimiento o terminación. Artículo 5. Este título habilitante terminará por las causales previstas en la Ley Orgánica de Comunicación, artículo 47 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, lo dispuesto en el Reglamento General a la Ley y demás normativa vinculada, disposiciones contenidas en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva; y, lo señalado en el presente título habilitante. El procedimiento para la terminación será el previsto en el Ordenamiento Jurídico Vigente. Artículo 6. La compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., por intermedio de su Representante Legal y a través de la suscripción de la declaración de sujeción constante a continuación del Anexo 2, se sujeta en forma estricta al cumplimiento de las obligaciones previstas en el presente título habilitante, sus Anexos y Apéndices, así como a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Comunicación, su Reglamento General de aplicación, reglamentos, resoluciones y disposiciones que emita la ARCOTEL, así como lo dispuesto en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, su Reglamento General de aplicación y el ordenamiento jurídico vigente, en lo que resulte pertinente. Artículo 7. Forman parte integrante del presente título habilitante, los siguientes documentos: a) Nombramiento de la Directora Ejecutiva de la ARCOTEL. b) Anexo 1, Datos Generales. Anexo 2, Condiciones Generales. Apéndice 1: Información Técnica (informe técnico) Apéndice 2: Definiciones Específicas c) Declaración de Sujeción. d) Copia de los informes de factibilidad técnico, financiero, legal, y de gestión. e) Copia del nombramiento del beneficiario. f) Copia del Registro Único de contribuyentes RUC. g) Copia del pago por concepto de derechos de permiso. Se dispone a la Dirección Jurídica de Regulación, realice la inscripción de este título habilitante y sus anexos en el Registro Nacional de Títulos Habilitantes y proceda con las notificaciones respectivas. 4/17

5 ll 0019 Por delegación de la señora Directora Ejecutiva de la de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), conforme a las atribuciones, responsabilidades y firmas contenidas en la Resolución Nro. ARCOTEL de 16 de junio del Dado en Quito, Distrito Metropolitano a, 15 ENE _ lng. daño ora COORDINA T_CNICO - DE CONTROL AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR Abg. Elizabeth Cajas PJ Dra. Verónica Huacho (1-2, Dra. Judith Quishpe Av. Diego de Almagro N31-95 yalpallana. T. (593) /17

6 ANEXO 1 DATOS GENERALES DATOS DEL POSEEDOR DEL TITULO HABILITANTE DE PERMISO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN MODALIDAD CABLE FISICO RAZÓN SOCIAL SERVICIO DE TELECOMUNICACIONES OROBLA S.A. RUC/C.C./Pasaporte NACIONALIDAD: ECUATORIANA DOMICILIO Y NOTIFICACIONES PROVINCIA: EL ORO CANTÓN: MACHALA PARROQUIA: 9 DE MAYO CALLE : BOLIVAR S/N Y 9 DE MAYO REPRESENTANTE LEGAL Y PERSONA RESPONSABLE A EFECTOS DE NOTIFICACIONES DATOS GENERALES PLAZO DE INICIO DE OPERACIONES DESCRIPCIÓN DE LA RED. Nombres/Apellidos: REACIO BRAVO LEINI DEL ROCIO C.C/Pasaporte: Cargo: GERENTE GENERAL 1 año. NÚMERO DE EXPEDIENTE Ver apéndices., DURACIÓN ; 15 años. ÁMBITO DE COBERTURA DIRECCIÓN RESPONSABLE DEL REGISTRO Y CUSTODIA DE TITULO DIRECCIÓN/ES RESPONSABLE/S DE LA ADMINISTRACIÓN DEL TITULO HABILITANTE Paga Derechos de Permiso y pagos mensuales Paga Derechos de Concesión de Uso de Frecuencias Paga tarifas por uso de frecuencias Paga la contribución prevista en el artículo 92 de la LOT Está sujeto al artículo 34 de la LOT, si su número de abonados, clientes/usuarios lo determina. Sujeto a la presentación de garantías de fiel cumplimiento del título habilitante Ver apéndices. Dirección Jurídica de Regulación. Dirección de Regulación de Servicios. SI No. No. No. SI. Sí, conforme la normativa y resoluciones que se emitan para el efecto. 6/17

7 ll Tiene derecho a interconectarse a la red pública Sujeto a mantener póliza de seguros contra todo riesgo "all risk", que permitan salvaguardar los bienes del prestador contra actos producidos por terceros y fuerza mayor. No. Sí, conforme la normativa y resoluciones que se emitan para el efecto. 7/17

8 ANEXO 2 CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN ARTÍCULO 1: OBJETO Y SISTEMAS QUE LE CORRESPONDE OPERAR El poseedor del título habilitante, está facultado para la prestación del servicio de audio y video por suscripción, en la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro, de conformidad a las leyes y reglamentos vigentes de la materia. El prestador del servicio se compromete a respetar durante la vigencia del título habilitante cada una de las especificaciones aquí detalladas así como las constantes en los Apéndices, las cuales son de cumplimiento obligatorio. 1.2 La transmisión de las señales debe cumplir con las características técnicas señaladas en la norma técnica para el servicio, en la modalidad bajo la cual se ha otorgado el presente título habilitante. ARTÍCULO 2: OBLIGACIONES GENERALES Para con el abonado/cliente/suscriptor-usuario: a. Se sujetará a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Comunicación y demás normativa secundaria; así como a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en lo que resulte aplicable; y, a lo señalado en las Resoluciones y Disposiciones de la ARCOTEL. b. El prestador garantizará que el suscriptor del servicio de audio y video por suscripción, pueda elegir automáticamente entre la programación que él ofrece en su sistema y la programación de la televisión abierta que su receptor pueda sintonizar en el área autorizada; y, en el caso de canales internacionales codificados, los que legalmente haya contratado a quien origina la señal o su representante. c. El prestador tiene la obligación de transmitir en su sistema los canales de televisión abierta nacional, zonal y local de conformidad con la normativa aplicable. d. El prestador tiene la obligación de incorporar en su grilla de programación los canales de televisión de señal abierta, autorizada a empresas o instituciones públicas, siempre y cuando las señales de dichos canales puedan ser receptadas vía satélite. 2.2 Inspecciones y Operación: La provisión del servicio de audio y video por suscripción, se sujetará a lo previsto en la Ley Orgánica de Comunicación, su reglamento general, Ley Orgánica de Telecomunicaciones, el Ordenamiento Jurídico Vigente, este título habilitante y sus anexos y apéndice. El Prestador deberá permitir el ingreso a sus instalaciones a funcionarios-servidores, debidamente autorizados por la ARCOTEL de acuerdo al procedimiento establecido por esta entidad, tomando en consideración la opinión del Prestador, para la realización de inspecciones y otras actividades de control, sin necesidad de notificación, y brindar todas las facilidades requeridas y prestar los datos técnicos y más documentos que tengan relación con este título habilitante, cuando así se requiera. Se dejará constancia, por escrito de la información obtenida y entregada. 8/17

9 ll 0019 Para los fines de las auditorias técnicas, bajo ningún concepto se impedirá el acceso a información, bases de datos, contenidas en soporte papel o documento electrónico, programas informáticos, equipos, etc., recurriendo a su calificación de confidencial. Es obligación del prestador del servicio acatar las recomendaciones emitidas por la ARCOTEL, como resultado de las auditorías practicadas. 2.3 Puesta en Operación: El plazo para la instalación y operación para la prestación del servicio de audio y video por suscripción, es de un año calendario, contado a partir de la fecha de inscripción del presente título habilitante en el Registro Nacional de Títulos Habilitantes. El prestador podrá iniciar sus operaciones previo notificación a la ARCOTEL con al menos 15 días de anticipación a dicho inicio de operaciones. Si vencido el plazo de un año, no ha iniciado operaciones, la ARCOTEL previo el debido proceso dará por terminado el título habilitante. 2.4 Adecuaciones Técnicas: El Prestador, se compromete a efectuar las adecuaciones técnicas pertinentes en caso de que se produzcan interferencias o cambios en la regulación, previa disposición de la ARCOTEL. 2.5 Interferencias: El Prestador será responsable por las interferencias radioeléctricas o por daños que puedan causar sus instalaciones o la prestación del servicio a otros sistemas o a terceros; el prestador es responsable de poner en funcionamiento el sistema de acuerdo con las regulaciones de Radiocomunicaciones de la UIT para evitar interferencias perjudiciales. El prestador será responsable de solucionar en forma inmediata las interferencias perjudiciales causadas a sistemas o redes debidamente autorizadas en el Ecuador, para lo cual acatará las disposiciones de la ARCOTEL. 2.6 Interrupciones: El Prestador podrá interrumpir la prestación del servicio, de conformidad con el Ordenamiento Jurídico Vigente. 2.7 Modificaciones técnicas: Las modificaciones técnicas se sujetarán, a lo establecido en el Apéndice Otras obligaciones: a. Es de responsabilidad exclusiva del prestador el cumplimiento de cualquier otro requisito que las autoridades competentes de la jurisdicción respectiva tengan establecido para los trabajos de instalación de dichos sistemas. b. El prestador deberá observar y cumplir las políticas o normativas establecidas o que llegaren a establecerse en materia de mimetización de antenas. c. Hasta el 31 de enero de cada año, el prestador deberá presentar a la ARCOTEL el convenio, certificación, permiso u otro documento otorgado por los proveedores de programación internacional o sus representantes, que le autoricen a transmitir o retransmitir la señal en su sistema, de acuerdo al número de canales declarados como codificados en este título habilitante o sus modificaciones. d. El prestador deberá cumplir con las políticas sociales de masificación del servicio establecidas o que llegare a establecer la Autoridad competente. 9/17

10 )) e. Para el caso de uso de cable físico como modalidad para la prestación de servicios de audio y video por suscripción, el prestador deberá observar y cumplir las políticas o normativa establecidas o que llegaren a establecerse en materia de soterramiento y ordenamiento de redes. En caso de que el presente título habilitante haya terminado de pleno derecho o por decisión en firme de la ARCOTEL, el prestador a su costo tiene la obligación de retirar las redes no operativas instaladas. f. Responder reclamos administrativos o judiciales que provengan de terceros con relación a la propiedad de la programación nacional y extranjera que transmita por su sistema de audio y video por suscripción. g. El prestador no podrá tomar la señal de otros prestadores del mismo servicio, de cualquier modalidad, para redistribuirlas. h. Las demás que se deriven del Ordenamiento Jurídico Vigente. ARTÍCULO 3.- DERECHOS DEL PRESTADOR El Prestador tiene el derecho de operar, previo el cumplimiento de la regulación respectiva, conforme el presente título habilitante En caso de que el Prestador se vea afectado por interferencias perjudiciales causadas por otros proveedores o prestadores de telecomunicaciones autorizados o no, la ARCOTEL procederá de conformidad con el Ordenamiento Jurídico Vigente Los demás que se deriven del Ordenamiento Jurídico Vigente. ARTÍCULO 4.- INFORMES Y REGISTROS Informes: El Prestador está obligado a entregar a la ARCOTEL, durante la vigencia de este título habilitante, con la periodicidad que se indica a continuación, lo siguiente y en los formatos establecidos para el efecto por esta Agencia: Información Mensual.- Reporte del número de abonados, clientes o suscriptores, a presentarse dentro de los primeros quince (15) días del mes subsiguiente. Dicha información será presentada en forma real, completa y fidedigna; el margen de error en los reportes no podrá ser mayor al 2% Información Trimestral. A presentarse, según corresponda hasta el 15 de abril, el 15 de julio, el 15 de octubre y el 15 de enero: a) Reporte trimestral de calidad del servicio, de conformidad con los formatos establecidos en la normativa aplicable del servicio Información Anual.- A presentarse hasta el 30 de junio de cada año lo siguiente: a) Copia de los Estados Financieros auditados presentados a la Superintendencia de Compañías. b) Declaración del impuesto a la renta (original y sustitutiva) efectuada ante el Servicios de Rentas Internas (SRI). c) Formularios de desagregación de Ingresos, costos y gastos definidos por la ARCOTEL. 10/17

11 ll O O La ARCOTEL podrá solicitar al Prestador, que presente, en medios físicos, magnéticos o electrónicos, informes y otros datos con relación a este instrumento de conformidad con el Ordenamiento Jurídico Vigente. El Prestador deberá atender el pedido en un término razonable dispuesto por la autoridad. En el caso de que el Prestador solicite ampliación del término, deberá presentar los justificativos correspondientes. ARTÍCULO 5.- TRATAMIENTO A LA INFORMACIÓN La información entregada a la ARCOTEL, que sea de carácter confidencial y no divulgable de acuerdo con el Ordenamiento Jurídico Vigente, será presentada y tratada como tal por los funcionarios y servidores que tengan acceso a ella. ARTÍCULO 6.- CONTROL La ARCOTEL realizará las inspecciones y comprobación técnica necesarias para determinar las características de instalación y operación; de no existir observación alguna, autorizará la operación del sistema de conformidad con el ordenamiento jurídico aplicable. 6.2 El Prestador se sujeta a la supervisión y control de la ARCOTEL, de conformidad con lo dispuesto en el Ordenamiento Jurídico Vigente. 6.3 Para fines de control, el prestador deberá entregar los equipos terminales indispensables de su sistema o sistemas, completos, instalados y funcionando, en los sitios que la ARCOTEL determine; el prestador no cobrará valor alguno por este concepto. ARTÍCULO 7: RÉGIMEN TARIFAR El régimen tarifario para la prestación del servicio de audio y video por suscripción se sujetará al Pliego Tarifario y Ordenamiento Jurídico Vigente, en lo que fuere aplicable. ARTICULO 8. CALIDAD EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 8.1 La calidad en la prestación del servicio de audio y video por suscripción, se sujetará al Ordenamiento Jurídico Vigente, en lo que fuere aplicable. 8.2 El cumplimiento de los índices de calidad será controlado por la ARCOTEL ARTÍCULO 9: RENOVACION DEL TITULO HABILITANTE.- La ARCOTEL podrá decidir la renovación del permiso de audio y video por suscripción; para tal fin el Prestador podrá solicitar la renovación a la ARCOTEL, conforme los requisitos y procedimientos que disponga la normativa vigente a la fecha de realización de dicha solicitud. En caso de no solicitar la renovación del título habilitante, éste terminará de pleno derecho. 11/17

12 )) APENDICE 1 INFORMACIÓN TÉCNICA DATOS DEL SOLICITANTE NOMBRE DE LA PERSONA JURÍDICA SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES OROBLA S.A. REPRESENTANTE LEGAL: SRA. BLACIO BRAVO LEINI DEL ROCIO DATOS DEL SISTEMA NOMBRE DEL SISTEMA SOLICITADO TV ORO MALVAS MODALIDAD DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO CABLE FISICO ANALÓGICO DETALLE PARROQUIA CANTÓN PROVINCIA Matriz MALVAS ZARUMA EL ORO Área de servicio solicitada: Extensión de red 1 ARCAPAMBA ZARUMA EL ORO Extensión de red 2 MULUNCAY GRANDE ZARUMA EL ORO Extensión de red 3 HUERTAS ZARUMA EL ORO PARÁMETROS TÉCNICOS UBICACIÓN DE LA CABECERA UBICACIÓN: DIRECCIÓN DEL HEAD END/CABECERA DE RED: COORDENADAS GEOGRÁFICAS DEL HEAD END/LA CABECERA DE RED: Provincia Cantón Parroquia EL ORO ZARUMA MALVAS 15 DE NOVIEMBRE Y ERNESTO CASTRO DETALLE Grados Minutos Segundos Orientación Latitud ,02 Sur Longitud ,61 Oeste Altura 1159 m.s.n.m. PARÁMETROS TÉCNICOS DE LAS REDES RED TRONCAL Medio de transmisión: Tipo de cable: Tendido del cable a través de: Tipo de red: ALAMBRICO FIBRA ÓPTICA MONOMODO Y CABLE COAXIAL RG-500 AEREO A TRAVES DE POSTES TRONCAL HFC RED DE DISTRIBUCIÓN Medio de transmisión: Tipo de cable: Tendido del cable a través de: ALÁMBRICO CABLE COAXIAL RG-11 AEREO A TRAVES DE POSTES 12/17

13 RED DE SUSCRIPTOR Medio de transmisión: Tipo de cable: Tendido del cable a través Modulación de canal dlrecto: ALÁMBRICO CABLE COAXIAL RG-6 AEREO A TRAVES DE POSTES NTSC DESCRIPCIÓN DE LOS ENLACES ENTRE NODOS DE CONECTIVIDAD No. Nombre del Nodo-Inicio NODO INICIO Dirección Nodo Inicio Nombro del Nodo NODO DESTINO Dirección Nodo Destino MEDIO DE CONEXIÓN 1 NO-TX 2 NO-TX 3 NO-TX 15 DE NOVIEMBRE Y ERNESTO CASTRO, MALVAS 15 DE NOVIEMBRE Y ERNESTO CASTRO, MALVAS 15 DE NOVIEMBRE Y ERNESTO CASTRO, MALVAS NOC-01 NOC-02 NOC-03 CALLE 2 Y 13 DE MAYO, ARCAPAMBA AV ZARUMA Y BALTAZAR CASTRO, MULUNCAY GRANDE ANGEL CASTRO Y ZARUMA, HUERTAS FIBRA OPTICA MONOMODO FIBRA OPTICA MONOMODO FIBRA OPTICA MONOMODO CARACTERÍSTICAS DE LAS ANTENAS PARABÓLICAS DE RECEPCIÓN SATELITAL No. DIÁMETRO [mi POLARIZACIÓN Idel] 1 3,7 LINEAL: HN 40,9 BANDA RECES SATÉLITE C INTELSAT GHz UBICACIÓN SATÉLITE 58 W 2 3,7 LINEAL: HN 38 C GHz EUTELSAT ,8 W 3 3,7 LINEAL: HN 40,9 C GHz INTELSAT 11 43,1 W 4 3,7 LINEAL: HN 40,9 C GHz SES 6 40,5 W 5 3,7 LINEAL: HN 40,9 C GHz INTELSAT ,5 W DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LA CATEGORÍA DE LOS CANALES No. CANALES DESCRIPCIÓN LA PROGRAMACIÓN 12 Nacionales 29 Internacionales O Locales CATEGORÍAS DE LA PROGRAMACIÓN CÓDIGO Canales de video vía satélite nacionales 7 C1 Canales vía aire nacionales 4 C2 Canal del Estado ECUADOR TV 1 C3 Canales internacionales de video vía satélite 29 C4 Canales internacionales de video vía aire, fibra óptica u otros O C5 Canales local para programación propia O C6 Canales local para guía de programación O C7 O Canales de audio Canales de audio O C8 O Canales de valor agleyddu Canales pague por ver / video por demanda O C9_ 13/17

14 1 41 TOTAL DE CANALES GRILLA DE CANALES No. CANAL (DE RECEPCIÓ N DEL SUSCRIP TOR) BANDA DE FRECUEN CIA DEL RECEPTO R [MHZ] NOMBRE TV NUEVO TIEMPO PAIS DE ORIGEN RECEPCIÓN TIPO CANAL jo E BRASIL SES 6 LIBRE C RTS ECUADOR AIRE LIBRE C FOX LIFE ARGENTINA INTELSAT 21 CODIFICADO C BOOMERANG INTELSAT 11 CODIFICADO C TELERAMA ECUADOR EUTELSAT 117 LIBRE C TELEVEN VENEZUELA SES 6 LIBRE C ECUAVISA ECUADOR INTELSAT 805 LIBRE C GAMA TV ECUADOR EUTELSAT 117 CODIFICADO C SPACE ARGENTINA INTELSAT 21 CODIFICADO C TELEAMAZON AS ECUADOR AIRE LIBRE C EWTN COSTA RICA INTELSAT 21 LIBRE C TC TELEVISIÓN ECUADOR AIRE LIBRE C REPUBLICA TELE DOMINICAN ANTILLAS A EUTELSAT 117 LIBRE C CANAL 9 MEXICO INTELSAT 805 LIBRE C GUATEVISION GUATEMALA EUTELSAT 117 LIBRE C CANAL ANTIGUA GUATEMALA EUTELSAT 117 LIBRE C CMB TV COLOMBIA SES 6 LIBRE C NAT GEO WILD - NATIONAL GEOGRAPHIC FOX SPORTS INTELSAT 21 CODIFICADO C4 INTELSAT 21 CODIFICADO C TELESISTEMA HONDURAS EUTELSAT 117 LIBRE C CANAL 12 HONDURAS EUTELSAT 117 LIBRE C CARTOON NETWORK CNN EN ESPAÑOL STUDIO UNIVERSAL INTELSAT 11 CODIFICADO C4 INTELSAT 11 CODIFICADO C4 MÉXICO INTELSAT 21 CODIFICADO C FOX SPORTS 2 ARGENTINA INTELSAT 21 CODIFICADO C OROMAR TV ECUADOR EUTELSAT 117 LIBRE C CITY TV COLOMBIA SES 6 LIBRE C TNT MÉXICO INTELSAT 11 CODIFICADO C TCM INTELSAT 11 CODIFICADO C CANAL UNO ECUADOR AIRE LIBRE C RTU ECUADOR INTELSAT 805 LIBRE C FOX INTERNATION AL CHANNELS SES 6 CODIFICADO C ECUADOR TV ECUADOR EUTELSAT 117 LIBRE C3 s oz 14/17

15 ll UNIVERSAL CHANNEL MEXICO SES 6 CODIFICADO C LATINA PERU INTELSAT 805 LIBRE C TELETICA 7 COSTA RICA INTELSAT 11 LIBRE C FX INTELSAT 21 CODIFICADO C DESTINOS TV COSTA RICA SES 6 LIBRE C FOX SPORTS 3 INTELSAT 21 CODIFICADO C CANELA TV ECUADOR EUTELSAT 117 LIBRE C EL CIUDADANO TV ECUADOR EUTELSAT 117 LIBRE C1 CUADRO DE PARÁMETROS TÉCNICOS NECESARIOS PARA LA FACTURACIÓN: Disponer a la Dirección Financiera proceda a determinar y recaudar los valores correspondientes por derechos del permiso otorgado a favor de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., conforme lo establece la Disposición General Cuarta del Reglamento para la adjudicación de Títulos Habilitantes para el funcionamiento de medios de comunicación social públicos, privados, comunitarios y sistemas de audio y video por suscripción, tomando en cuenta los siguientes parámetros técnicos: Provincia Cal Parroquia EL ORO ZARUMA MALVAS ÁREA DE COBERTURA S (CANAL.E11 DE VALOR AGREGAD()) EL ORO ZARUMA ARCAPAMBA EL ORO ZARUMA MULUNCAY GRANDE EL ORO ZARUMA HUERTAS O v (CANALES DE VIDEO) 35 (CANALES DE AUDIO) 1 (CANALES PROGRANIAC O O O La modificación de los datos y características técnicas dentro del área de cobertura autorizada, serán incorporados al presente título habilitante, mediante oficio emitido por la ARCOTEL, previo el cumplimiento de todos los requisitos técnicos, económicos y jurídicos que correspondan. La ARCOTEL realizará el trámite respectivo pudiendo aceptar o negar el pedido, decisión que deberá ser notificada mediante oficio al peticionario; en caso favorable se procederá a realizar la correspondiente inscripción en el Registro Nacional de Títulos Habilitantes. Los datos y características particulares fuera del área de cobertura autorizada o que modifiquen el objeto del permiso, de conformidad con la normativa legal aplicable, podrán ser modificados únicamente previa autorización de la ARCOTEL y la suscripción de un permiso modificatorio al presente título habilitante. Toda modificación al presente título habilitante, deberá ser marginada e inscrita en el Registro Nacional de Títulos Habilitantes. 15/17

16 ll 0019 APÉNDICE 2 DEFINICIONES ESPECÍFICAS Se considerarán las siguientes definiciones: ABONADO, SUSCRIPTOR /CLIENTE-USUARIO: Aplica la definición contenida en el artículo 21 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones. MODIFICACIONES TÉCNICAS: Se refiere a cualquier cambio de las características técnicas y de operación previamente autorizadas por la ARCOTEL. Nota.- Todo término, palabra o expresión no requiere de definición o conceptualización expresa, para su entendimiento y aplicación. En caso de duda, la ARCOTEL definirá lo pertinente. 16/17

17 de Fas Telecomunicaciones DECLARACIÓN DE SUJECIÓN: Yo, Leini del Rocío Blacio Bravo, representante legal de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., declaro en forma expresa que, me sujetaré a lo dispuesto en el Título Habilitante de permiso para la prestación de servicios de audio y video por suscripción, así como al ordenamiento jurídico vigente, normativa correspondiente y resoluciones que emita la ARCOTEL. Quito, f). C.C.: /17

18 RESOLUCIÓN ARCOTEL 2015 Regulación y Con de las Telecomu RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, en el artículo 142 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 439, el 18 de febrero de 2015, se crea la, corno entidad encargada de la administración, regulación y control de las telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico y su gestión; asi como de los aspectos técnicos de la gestión de medios de comunicación social que usen frecuencias del espectro radioeléctrico o que instalen y operen redes. Que, la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, en su artículo 146, establece como competencia del Directorio de la : '8. Designar a la Directora o Director Ejecutivo de la de las Telecomunicaciones de una terna que presente el Presidente del Directorio. y removerlo de ser necesario.* Que, con oficio ARCOTEL de 28 de febrero de 2015, el Ing. Augusto Espín Tobar en su caridad de Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información y en ejercicio de las competencias de Presidente del Directorio de la de las Telecomunicaciones, en los términos previstos en la Disposición Transitoria Sexta de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, convocó a la primera sesión del Directorio de ARCOTEL, del año 2015, a celebrarse en el Edificio Institucional, el 4 de marzo de 2015, con el propósito de tratar entre otros puntos, la *Designación de la o el Director Ejecutivo de la ' para cuyo efecto remitió a los miembros del Directorio la correspondiente terna. Que, los miembros del Directorio de la de las Telecomunicaciones, han procedido a analizar las hojas de vida remitidas en la tema presentada por el señor Presidente del Directorio. En ejercicio de sus atribuciones: 1 RESUELVE: Articulo 1.- Designar a la Ingeniera Ana Vanessa Proaño De la Torre como Directora Ejecutiva de la, quien ejercerá las competencias y atribuciones previstas en la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y demás normas pertinentes...- Articulo 2. Posesionar a la Ingeniera Ana Vanessa Proaño De la Torre como Directora Ejecutiva de cia de. 14' Disponer a la Unidad del Talento Humano de la de las iák:adones, formalice la designación de la Ingeniera Ana Vanessa Proaño De la Torre como '10 W.14:7 :Élecutiva de la, a cuyo efecto, _ cumplimiento de los requisitos y formalidades de ley se expedirá y registrará la.,,elyértiondlente Acción de Personal. v.; 1/2

19 RESOLUCIÓN ARCOTEL 2015 I. 11 Articulo 4. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial. Comuníquese y publíquese. Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, el 04 de marzo de DR ALAVA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES DR. JUAN VILLEGAS SECRETARIO AD-H X11 AgfAC;a d. las T Iuco.nuniaacione. CERTIFICO QUE ESTE DOCUMENTO ES COPIA DEL QUE REPOSA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCION - - Fein 5 t:ttlf's 015 QUITO, Val 0? 3111,5111., SEC. A GEN AL - C DRA. MEM ORTIZ a.

20 ll Memorando Nro. ARCOTEL-DPT M Quito, D.M., 10 de septiembre de 2015 PARA: ASUNTO: Sr. Dr. Juan Francisco Poveda Camacho Director Jurídico de Regulación Informe del Plan de Gestión de "TV ORO MALVAS". -13/1_5` De mi consideración: En referencia al Oficio s/n de 04 de agosto de 2015, trámite No. ARCOTEL (04/08/2015), mediante el cual se remite la documentación referente al Plan de Gestión de "TV ORO MALVAS", y conforme a lo solicitado por la Dirección Jurídica de Regulación mediante memorando No. ARCOTEL-DJR M de 04 de septiembre de 2015para continuar con el proceso previo a la instalación, operación y explotación del sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico, para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias de Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro; a favor de la Sra. Leini del Rocío Blacio Bravo. Al respecto, en base a la Resolución No. RTV CONATEL-2013 de 29 de octubre de 2013 y lo establecido en el Reglamento para la Adjudicación de Títulos Habilitantes para el funcionamiento de Medios de Comunicación Social, Públicos, Privados, Comunitarios y Sistemas de Audio y Video por Suscripción; se remite a la Dirección Jurídica de Regulación el Informe del Plan de Gestión de "TV ORO MALVAS", para que se continúe con el trámite correspondiente. Con sentimientos de distinguida consideración. Atentamente, Ing. V. gilio Ramiro --3~ Barahona DIRECTOR DE PLANIFICACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES Referencias: - ARCOTEL-DJR M Anexos: - informe_plan_de_gestión_tv ORO MALVAS.pdf rh Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. Tel. (593) Documento generado por Qu'ata 1/1

21 0 1 Informe Plan de Gestión TV ORO MALVAS 1/3 Regulación ausigrelón Telecomunicaciones y i ciones SOLICITUD DE PERMISO DE OPERACIÓN DE SISTEMAS DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCION INFORME DEL PLAN DE GESTIÓN DE "TV ORO MALVAS" A. ANTECEDENTES 1. La Resolución No. RTV CONATEL-2013 de 29 de octubre de 2013, establece: a. El numeral 8 del Artículo 28 del Reglamento para la Adjudicación de Títulos Habilitantes para el Funcionamiento de Medios de Comunicación Social, Públicos, Privados, Comunitarios y Sistemas de Audio y Video por Suscripción, menciona que entre los requisitos están "8) Plan de gestión y sostenibilidad económica de acuerdo con los formularios aprobados por la SENATEL". b. El numeral 1 del Artículo 29, Verificación de requisitos, indica que: "La SENATEL, dentro del término de 30 días de recibido el expediente para sustanciación, verificará el cumplimiento de requisitos. En el evento de que la información o documentos estén incompletos, concederá al peticionario el término diez (10) días para que subsane la falta o acompañe los documentos requeridos, con la condición de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición y se ordenará el archivo pertinente". c. El numeral 3 del Artículo 29, Procedimiento, faculta la emisión de informes por la SENATEL: "Una vez cumplidos los requisitos del artículo 27 de este Reglamento, la SENATEL, dentro del plazo de sesenta (60) días elaborará los informes técnico, jurídico y económico correspondientes", dentro de los cuales se halla el Informe del Plan de Gestión. 2. Según memorandos ASNT M del 24 de abril de 2014 y ASNT M de 21 de mayo de 2014, es de competencia de la Dirección General de Planificación de las Telecomunicaciones, el análisis y emisión del informe del Plan de Gestión, de acuerdo a los formatos aprobados por el CONATEL. 3. Mediante memorando No. ARCOTEL-DJR M de 04 de septiembre de 2015, la Dirección Jurídica de Regulación remite a la Dirección de Planificación de las Telecomunicaciones la información correspondiente al Plan de Gestión de "TV ORO MALVAS". 4. Mediante Oficio s/n de 04 de agosto de 2015, trámite No. ARCOTEL (04/08/2015), la Sra. Leini del Rocío Blacio Bravo, remite el Plan de Gestión pertinente al proceso previo a la instalación, operación y explotación del sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad de cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias de Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro. Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana, Edif. Senatel. Telfs: Fax: Call Center 1-800SENATEL, Casilla Quito-Ecuador

22 Informe Plan de Gestión TV ORO MALVAS 2/3 B. ANÁLISIS DEL INFORME De acuerdo los puntos señalados en el Plan de Gestión vigente para el proceso, se observa lo siguiente: 1. Información General 1.1.Misión 1.2. Visión 1.3. Estrategias 1.4. Objetivos 1.5. Metas 2. Público Objetivo Observación 3. Plan General 3.1.Impacto social del proyecto 4. FODA Observación Cumple correctamente con la presentación de la Misión. Cumple correctamente con la presentación de la Visión. Presenta seis (6) clases de estrategia definidas en los siguientes aspectos: Estrategia de mercado: presenta el márquetin mix. Estrategia tecnológica: 3 Estrategia de seguimiento: 2 Estrategia de control: 2 Estrategia de comunicación interna: 2 Estrategia de comunicación externa: 2 Presenta un objetivo general. Presenta tres (3) clases de objetivos específicos; en el corto, mediano y largo plazo, divididos de la siguiente manera: Objetivos de corto plazo: 1 Objetivos de mediano plazo: 1 Objetivos de largo plazo: 1 Presenta seis (6) metas en total, divididas de la siguiente manera: Metas de Objetivos de corto plazo: 2 Metas de Objetivos de mediano plazo: 2 Metas de Objetivos de largo plazo: 2 Define claramente su público objetivo por edad e intereses. Adjunta tablas de sustentación, e incluye claramente la fuente. Presenta tres (3) impactos sociales del proyecto, con sus respectivas metodologías de medición, enmarcados en los siguientes aspectos: Consolidar el estado democrático. Calidad de vida. Fuentes de empleo. El FODA contiene las cuatro partes que conforman la matriz: Fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas. C. CONCLUSIÓN La Sra. Leini del Rocío Blacio Bravo, cumple con remitir el Plan de Gestión de "TV ORO MALVAS" conforme a lo establecido en el numeral 8 del artículo 28 de la Resolución RTV CONATEL Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana, Edif. Senatel. Telfs: Fax: Cali Center 1-800SENATEL, Casilla Quito-Ecuador

23 Informe Plan de Gestión TV ORO MALVAS 3/3 I Se encuentran todos los puntos que conforman el Plan de Gestión de acuerdo al proceso pertinente. En base a los criterios establecidos en la Dirección de Planificación de las Telecomunicaciones para la calificación del Plan de Gestión de Sistemas de Audio y Video por Suscripción, según los cuales se establece que el peticionario debe cumplir como mínimo con 70 puntos porcentuales sobre 100 para ser aprobado; la calificación obtenida por "TV ORO MALVAS" es de 100 puntos porcentuales sobre 100. Resultado del análisis del Plan de Gestión: Favorable. D. RECOMENDACIONES Continuar con el trámite pertinente previo a la instalación, operación y explotación del sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias de Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro; a favor dla Sra. Leini del Rocío Blacio Bravo. Atentamente, Ing. Ra ;ro V' gilio-valentia-barahona DIRÉ TOR DE PLANIFICACIÓN DE LAS TELECOMUNICACIONES Elaborado por: Ing. Jimena Hernández Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana, Edif. Senatel. Telfs: Fax: Call Center 1-800SENATEL, Casilla Quito-Ecuador

24 Memorando Nro. ARCOTEL-DRS M Quito, D.M., 28 de mayo de 2015 PARA: Sr. Dr. Julio Martínez-Acosta Padilla n Director Jurídico de Regulación QZ2(3-5---"w-cil»-- L17- Sr. Ing. Virgilio Ramiro Valencia Barahona Director de Planificación ASUNTO: Informes Técnico y Financiero de la solicitud del permiso para la instalación, operación y explotación de un sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", (Malvas, provincia El Oro). De mi consideración, En atención al oficio No TVOROMALVAS-002 de 13 de abril de 2015, ingresado en este Organismo con trámite No. ARCOTEL el 15 de abril de 2015, mediante la cual la señora Leini del Rocío Blacio Bravo, representante legal de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A., da contestación al oficio ARCOTEL-DGGST OF de 26 de marzo de 2015, remitiendo un alcance técnico a fin de continuar con el trámite de la solicitud de permiso para la instalación, operación y explotación de un sistema analógico de audio y video por suscripción bajo la modalidad cable físico a denominarse "TV ORO MALVAS", para servir a la parroquia Malvas con extensión de red hacia las parroquias de Muluncay Grande, Huertas y Arcapamba del cantón Zaruma, provincia de El Oro, a favor de la compañía Servicios de Telecomunicaciones OROBLA S.A. Al respecto, sobre la base de la Resolución No. RTV CONATEL-2013 de 19 de julio de 2013, el numeral 3 del artículo 29 de la Resolución RTV CONATEL-2013 de 29 de octubre de 2013 y el memorando ASNT M de 21 de mayo de 2014, me permito remitir el Informe Técnico, Anexo de Datos Técnicos e Informe de Sostenibilidad Financiera de la citada solicitud de permiso, a fin de que las Direcciones de Planificación y Jurídica de Regulación emitan los informes del Plan de Gestión y Jurídico respectivamente, de la solicitud del sistema "TV ORO MALVAS", posterior a la cual dichos informes sean remitidos por la Dirección Jurídica de Regulación a la Directora Ejecutiva de la ARCOTEL. Cabe indicar que la mencionada peticionaria no solicita canales locales, así como tampoco presenta el requisito del plan de gestión, aspecto que deberá ser considerado por la Dirección de Planificación. De acuerdo con el numeral 2 del artículo 29 del Reglamento para la adjudicación de títulos habilitantes para el funcionamiento de medios de comunicación social públicos, Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. Tel. (593) I Documento generado por Mein. 1/2

Agencia de Regulación y Control de fas Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de fas Telecomunicaciones Expediente No.: Acto Administrativo de Permiso ll de fas Telecomunicaciones RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-6 8 8 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga el Título Habilitante de Permiso

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Expediente No.: ll Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-0178 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga el Título Habilitante de Permiso para la prestación del

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Expediente No.: ll Agencia de Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-01 7 9 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga el Título Habilitante de Permiso para la

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL ll RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-7 4 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL Que, la Constitución de la República del Ecuador, manda: "Art. 226.- Las instituciones del Estado, sus

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones Expediente No.: Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015- O 8 8 1 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga

Más detalles

INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN

INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN INFORME DE PRESENTACIÓN DE PROYECTO DE REGULACIÓN Fecha: 19 de mayo de 2015 1. PROYECTO DE REGULACIÓN: REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD EN LOS Y PERMISOS DEL SERVICIO DE AUDIO Y

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: ll RESOLUCIÓN ARCOTEL- 2015-0724 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, manda: "Artículo 226.- Las instituciones

Más detalles

REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE

REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE REGLAMENTO POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES POR SATELITE Resolución del CONATEL 328 Registro Oficial 398 de 07-ago-2008 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES - CONATEL Considerando:

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ll Expediente No.: Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-4 672 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga el Título Habilitante de Permiso para la prestación del

Más detalles

NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL

NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL NORMA PARA EL REGISTRO DE PROVISION DE CAPACIDAD SATELITAL Resolución del CONATEL 327 Registro Oficial 398 de 07-ago-2008 Ultima modificación: 08-feb-2011 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES

Más detalles

INSTRUCTIVO DE ACREDITACION DE PRODUCTORES NACIONALES INDEPENDIENTES

INSTRUCTIVO DE ACREDITACION DE PRODUCTORES NACIONALES INDEPENDIENTES INSTRUCTIVO DE ACREDITACION DE PRODUCTORES NACIONALES INDEPENDIENTES Acuerdo Ministerial 116 Registro Oficial Suplemento 357 de 20-oct.-2014 Estado: Vigente No. DM-2014-0116 Sr. Francisco Velasco Andrade

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Expediente No.: ll Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL-20169 1 5 9 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 169-07 QUE CONOCE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PRESENTADA POR LA CÁMARA DE COMERCIO Y PRODUCCIÓN DE SANTO DOMINGO, INC. PARA OPERAR

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015- v 7 3 2 AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "Art. 226.-Las instituciones del

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: 1 RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-0497 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, Ley Orgánica de Telecomunicaciones entró en vigencia a partir de su promulgación en

Más detalles

PROCEDIMIENTOS. Otorgamiento de Permisos por Concurso Público

PROCEDIMIENTOS. Otorgamiento de Permisos por Concurso Público PROCEDIMIENTOS PERMISOS: Acto jurídico administrativo mediante el cual CONATEL otorga a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios finales complementarios, de difusión, de radiocomunicaciones

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-0 5 4 5 AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "Art. 76.- En todo proceso en el que

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-0 2 2 3 AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "Art. 76.- En todo proceso en el que

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de as Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de as Telecomunicaciones de as Telecomunicaciones RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-0 4 0 4 I I LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: ll RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-0 9 0 6 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República manda: "Art. 76.- En todo proceso en el que se

Más detalles

Boletín Informativo No. 16 Junio 2017

Boletín Informativo No. 16 Junio 2017 No. NAC-DGERCGC17-00000295 Resuelve: Establecer regulaciones para el cumplimiento de los deberes formales de los contribuyentes que ejerzan la actividad de transporte terrestre Capítulo I Disposiciones

Más detalles

INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL

INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL INSTRUCTIVO OTORGAMIENTO PERMISOS PARA LABORES DE MINERIA ARTESANAL Norma: Acuerdo Ministerial 286 Publicación: Registro Oficial Suplemento 531 Fecha: 09-sep-2011 Estado: Vigente EL MINISTRO DE RECURSOS

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015- EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES CONSIDERANDO: el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que: Las instituciones

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: Agencia de RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016- O 2 3 1 AGENCIA DE REGULACION Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "Art. 76.- En todo proceso

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: ll Agencia de RESOLUCIÓN ARCOTEL- 2016-0 1 0 3 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL Que, la Constitución de la República del Ecuador, manda: CONSIDERANDO: "Articulo 226.-

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 112-09 QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE CAMBIO DE FRECUENCIAS ASIGNADAS A LA EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. El Instituto

Más detalles

Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. Teléfono (593) Casilla

Av. Diego de Almagro N31-95 y Alpallana. Teléfono (593) Casilla RESUMEN DE OBSERVACIONES PROCESO DE CONSULTA PÚBLICA - REGLAMENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE TITULARIDAD EN LOS CONTRATOS Y PERMISOS DEL SERVICIO DE AUDIO Y VIDEO POR SUSCRIPCIÓN OBSERVACIONES A

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES r de fas Telecomunicaciones Expediente No.: Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016- O O 9 1 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otoma el Título Habilitante de Permiso

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL Que, con Oficio No. ESPE-h-18-2017-031-O-OF de octubre 24 del 2017, recibido el 25 de los mismos mes y año, el Director de la Unidad de Gestión de Tecnologías de la

Más detalles

dregauslgrceiónoymcuonriltroclones RESOLUCIÓN ARCOTEL AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO:

dregauslgrceiónoymcuonriltroclones RESOLUCIÓN ARCOTEL AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016- Agencia de dregauslgrceiónoymcuonriltroclones 01 8 5 AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador,

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones de las Telecomunicaciones Expediente No.: Acto Administrativo de Permiso RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-015 0 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga el Título Habilitante de Permiso

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 049-13 QUE CONOCE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PRESENTADA POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE IMPUESTOS INTERNOS PARA OPERAR COMO UNIDAD

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. RESOLUCIÓN No DGER-0177-A CONSIDERANDO:

DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. RESOLUCIÓN No DGER-0177-A CONSIDERANDO: DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS RESOLUCIÓN No. 9170104DGER-0177-A CONSIDERANDO: Que, mediante Ley No. 41, publicada en el Registro Oficial No. 206, de 2 de diciembre de 1997, se crea

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA PROVISION DEL SEGMENTO ESPACIAL

REGLAMENTO PARA LA PROVISION DEL SEGMENTO ESPACIAL REGLAMENTO PARA LA PROVISION DEL SEGMENTO ESPACIAL Resolución del CONATEL 4425 Registro Oficial 325 de 28-abr-2008 Ultima modificación: 07-may-2008 Estado: Vigente CONSEJO NACIONAL DE RADIODIFUSION Y TELEVISION,

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones ll Expediente No.: CU- 1780038 Acto Administrativo de Registro RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-0772 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES Otorga el Título Habilitante de Registro de Servicio

Más detalles

Decisión 707 Registro Andino para la autorización de Satélites con Cobertura sobre Territorio de los Países Miembros de la Comunidad Andina

Decisión 707 Registro Andino para la autorización de Satélites con Cobertura sobre Territorio de los Países Miembros de la Comunidad Andina Decisión 707 Registro Andino para la autorización de Satélites con Cobertura sobre Territorio de los Países Miembros de la Comunidad Andina LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Artículo 3, literal

Más detalles

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-0 0 8 3 AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "Art. 76.- En todo proceso en el que

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES

INSTRUCTIVO PARA HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES INSTRUCTIVO PARA HOMOLOGACION DE EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES Resolución de la Superintendencia de Telecomunicaciones 31 Registro Oficial 25 de 25-may-2005 Estado: Vigente Ing. Iván Burbano Romero SUPERINTENDENTE

Más detalles

FIEL COPIA DEL ORIGINAL TAXFINCORP CÍA. LTDA. 2016

FIEL COPIA DEL ORIGINAL TAXFINCORP CÍA. LTDA. 2016 TRANSACCIONES TARJETAS DE CREDITO, DEBITO PREPAGO DINERO ELECTRONICO Resolución del SRI 187 - No. NAC-DGERCGC16-00000187 Registro Oficial Suplemento 751 de 10-may.-2016 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 020-16 QUE CONOCE LA SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PRESENTADA POR EL BANCO DE RESERVAS DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, BANCO DE SERVICIOS

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 045-13 QUE AUTORIZA A LA EMBAJADA DEL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTEPARA HACER USO PROVISIONAL DE LAS FRECUENCIAS

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: ) RESOLUCIÓN ARCOTEL-2016-! de las Telecomunicaciones 0173_ AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES, ARCOTEL CONSIDERANDO: la Constitución de la República del Ecuador, dispone: "Art.

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCION No. 248-07 QUE OTORGA AL INSTITUTO DOMINICANO DE AVIACION CIVIL LAS LICENCIAS CORRESPONDIENTES PARA EL USO DE LAS FRECUENCIAS 1435 MHz

Más detalles

SRI SUSPENDERA INSCRIPCION A SUJETOS RUC CUANDO NO EJERZAN ACTIVIDAD Resolución del SRI 467 Registro Oficial Suplemento 80 de 15-sep.

SRI SUSPENDERA INSCRIPCION A SUJETOS RUC CUANDO NO EJERZAN ACTIVIDAD Resolución del SRI 467 Registro Oficial Suplemento 80 de 15-sep. SRI SUSPENDERA INSCRIPCION A SUJETOS RUC CUANDO NO EJERZAN ACTIVIDAD Resolución del SRI 467 Registro Oficial Suplemento 80 de 15-sep.-2017 No. NAC-DGERCGC17-00000467 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE

Más detalles

RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. Considerando:

RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. Considerando: RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC10-00132 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Considerando: Que el artículo 101 del Código Tributario establece que los notarios, registradores de la propiedad

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO:

RESOLUCIÓN ARCOTEL LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Agencia de I RESOLUCIÓN ARCOTEL-2015-0489 LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE LAS TELECOMUNICACIONES ARCOTEL CONSIDERANDO: Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone:

Más detalles

FIEL COPIA DEL ORIGINAL TAXFINCORP CÍA. LTDA. 2017

FIEL COPIA DEL ORIGINAL TAXFINCORP CÍA. LTDA. 2017 REFORMA NORMAS PARA LA DECLARACION Y PAGO DE TRIBUTOS POR INTERNET, Resolución del SRI 1065, Registro Oficial 734, 30/12/2002 Resolución del SRI 106 Registro Oficial Suplemento 946 de 16-feb-2017 No. NAC-DGERCGC17-00000106

Más detalles

REGLAMENTO PAGO CONCENTRACION DE MERCADO PARA PROMOVER COMPETENCIA

REGLAMENTO PAGO CONCENTRACION DE MERCADO PARA PROMOVER COMPETENCIA REGLAMENTO PAGO CONCENTRACION DE MERCADO PARA PROMOVER COMPETENCIA Resolución 6 Registro Oficial Suplemento 563 de 12-ago.-2015 Estado: Vigente No. 006-05-ARCOTEL-2015 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACION

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 144-07 QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE LICENCIA PRESENTADA POR LA SOCIEDAD AEROLÍNEAS MAS, S. A., PARA LA UTILIZACIÓN DE LA FRECUENCIA

Más detalles

CONTROL DE CAMBIOS. Fecha de la Modificación. Sección y/o página. Versión. Descripción de la modificación GESTIONAR SOLICITUD DE CONVENIO DE PAGO

CONTROL DE CAMBIOS. Fecha de la Modificación. Sección y/o página. Versión. Descripción de la modificación GESTIONAR SOLICITUD DE CONVENIO DE PAGO GESTIONAR SOLICITUD DE CONVENIO DE PAGO CÓDIGO: AP-01.2.6.2 FECHA: 27-04-12 CONTROL DE CAMBIOS Versión Sección y/o página Descripción de la modificación Fecha de la Modificación 2 ÍNDICE OBJETO...4 ALCANCE...4

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-005-16 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD TELESAT CANADA EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Más detalles

Acuerdo Interinstitucional. Ministerio del Interior y Superintendencia de Bancos

Acuerdo Interinstitucional. Ministerio del Interior y Superintendencia de Bancos Acuerdo Interinstitucional Ministerio del Interior y Superintendencia de Bancos 7202: Dispónese que la Superintendencia de Bancos, sea la única institución competente para calificar a las compañías anónimas

Más detalles

APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL

APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL La ley N 20.417, sustituyó el Título Final de la ley N 19.300, creando

Más detalles

ACUERDO No CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:

ACUERDO No CG EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: ACUERDO No. 015 - CG - 2016 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 212, número 3, faculta a la Contraloría General del Estado expedir

Más detalles

ACUERDO No CG-2014 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO:

ACUERDO No CG-2014 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: ACUERDO No. 045 - CG-2014 EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO CONSIDERANDO: Que, los artículos 212, numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador y 31 numeral 22 y 95 de la Ley Orgánica de la Contraloría

Más detalles

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Correo legal / Miércoles 05 de marzo del 2014 1 INFORMATIVO 2014-00 0012 Quito, 05 de marzo del 2014 OBRA: RÉGIMEN DE PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO TOMO II TEMA AFECTADO: Apruébase

Más detalles

LEY Nº (Publicada: )

LEY Nº (Publicada: ) Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 (Publicada: 09.05.2009)

Más detalles

SIE Laboral, SIE-LAB-15/13 FE DE ERRATAS EDICIONES LEGALES

SIE Laboral, SIE-LAB-15/13 FE DE ERRATAS EDICIONES LEGALES SIE Laboral, SIE-LAB-15/13 FE DE ERRATAS EDICIONES LEGALES FUENTE: Suplemento del Registro Oficial No. 473 FECHA: 06 de abril de 2015 ASUNTO: Expídese la escala de techos y pisos de las remuneraciones

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 172-05 QUE OTORGA LICENCIA EN FAVOR DE LA IGLESIA BIBLICA DEL SEÑOR JESUSCRISTO, INC., PARA EL USO DE LA FRECUENCIA 314.600 MHZ,

Más detalles

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS. 193 y 145 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DE FINANZAS 193 y 145 Caracas, 15 de marzo de 2004 RESOLUCIÓN N 1.534 De conformidad con lo establecido en los numerales 1, 3 del artículo 8 del Decreto sobre

Más detalles

RESOLUCIÓN ARCSA-DE FMRH LA DIRECCION EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA- ARCSA CONSIDERANDO

RESOLUCIÓN ARCSA-DE FMRH LA DIRECCION EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA- ARCSA CONSIDERANDO RESOLUCIÓN ARCSA-DE-033-2017-FMRH LA DIRECCION EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE REGULACIÓN, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA- ARCSA CONSIDERANDO Que, la Constitución de la República del Ecuador en su

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº MTC

DECRETO SUPREMO Nº MTC Aprueban norma que regula la provisión de capacidad satélital a través de satélites geoestacionarios a titulares de concesiones y autorizaciones de servicios de telecomunicaciones que operan en el Perú

Más detalles

FIEL COPIA DEL ORIGINAL TAXFINCORP CÍA. LTDA. 2017

FIEL COPIA DEL ORIGINAL TAXFINCORP CÍA. LTDA. 2017 REGLAMENTO SOBRE INFORMACION DEBEN REMITIR SOCIEDADES EXTRANJERAS Resolución de la Superintendencia de Compañías 3 Registro Oficial Suplemento 953 de 01-mar-2017 No. SCVS-INC-DNCDN-2017-03 Ab. Suad Manssur

Más detalles

COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES

COMISIÓN DEL MERCADO DE LAS TELECOMUNICACIONES DON JAIME ALMENAR BELENGUER, Secretario del Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, en uso de las competencias que le otorga el artículo 40 del Reglamento de la Comisión del Mercado

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL Que, con Oficio sin número de mayo 16 del 2017 la Gerente de la compañía INSTITUTO CIVIL AERONÁUTICO LATACUNGA PILOTOS&VUELOS ICALPILOT S.A. solicita un Permiso Operación

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN POR SUSCRIPCIÓN

REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN POR SUSCRIPCIÓN OBSERVACIONES por parte de GRUPO TVCABLE al PROYECTO de REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES Y DE RADIODIFUSIÓN POR SUSCRIPCIÓN Art. 2 - Ámbito.- Este reglamento se aplicará

Más detalles

TRANSFERENCIA DE DOMINIO EN EL ESTADO

TRANSFERENCIA DE DOMINIO EN EL ESTADO TRANSFERENCIA DE DOMINIO EN EL ESTADO COMPETENCIAS PROPIETARIO ESTADO (sin transferencia de funciones a Gobierno Regional) ESTADO (con transferencia de funciones a Gobierno Regional) INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Más detalles

TIPO IMPOSITIVO EFECTIVO DEVOLUCION DEL IMPUESTO A LA RENTA Resolución del SRI 121 Registro Oficial Suplemento 953 de 01-mar-2017

TIPO IMPOSITIVO EFECTIVO DEVOLUCION DEL IMPUESTO A LA RENTA Resolución del SRI 121 Registro Oficial Suplemento 953 de 01-mar-2017 TIPO IMPOSITIVO EFECTIVO DEVOLUCION DEL IMPUESTO A LA RENTA Resolución del SRI 121 Registro Oficial Suplemento 953 de 01-mar-2017 No. NAC-DGERCGC17-00000121 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS

Más detalles

INFORMATIVO TRIBUTARIO No

INFORMATIVO TRIBUTARIO No INFORMATIVO TRIBUTARIO No. 17-0034 EL DIRECTOR INTERNAS Resolución No. NAC-DGERCGC17-00000324 GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS Considerando: Que el artículo 83 de la Constitución de la República del Ecuador

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 257-07 QUE OTORGA UNA LICENCIA A LA CONCESIONARIA ALL AMERICA CABLES AND RADIO, INC. DOMINICAN REPUBLIC, PARA OPERAR LAS FRECUENCIAS

Más detalles

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 29. La Paz, 12 de febrero de 2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 29. La Paz, 12 de febrero de 2016 RESOLUCIÓN MINISTERIAL No 29 La Paz, 12 de febrero de 2016 VISTOS: El Informe Técnico VMTEL DGSTEL No. 0054/2015 de 24 de diciembre de 2015 de la Dirección General de Servicios en Telecomunicaciones del

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A.

PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A. P á g i n a 1 PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS PARA SU NEGOCIACIÓN Y COTIZACIÓN EN LA Por medio del presente documento se establece el procedimiento a seguir por la Bolsa Boliviana

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN 035-04 QUE OTORGA PERMISO PROVISIONAL POR UN PERÍODO DE TRES (3) MESES A FAVOR DE LA EMPRESA SOLAR SATELLITE, C. X A., PARA LA UTILIZACIÓN

Más detalles

SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38

SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38 SIE Comercio Exterior, SIE-COEX-12/38 FUENTE: Registro Oficial No. 733, 27-VI-2012 FECHA: 27 de junio de 2012. ASUNTO: Expídese la Norma General para la Transmisión de los Documentos de Control Previo

Más detalles

INSTRUCTIVO CERTIFICACIONES EXONERACION IMPUESTO A TIERRAS RURALES

INSTRUCTIVO CERTIFICACIONES EXONERACION IMPUESTO A TIERRAS RURALES INSTRUCTIVO CERTIFICACIONES EXONERACION IMPUESTO A TIERRAS RURALES Acuerdo Ministerial 48 Registro Oficial 745 de 02-may.-2016 Estado: Vigente No. 048 EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERIA, ACUACULTURA

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 065-04 QUE OTORGA LICENCIA EN FAVOR DE LA SOCIEDAD ARINC REPUBLICA DOMINICANA, S.A., PARA LA UTILIZACIÓN DE LA FRECUENCIA 131.550

Más detalles

RESOLUCIÓN Nro. ARCONEL-070/16 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD ARCONEL- Considerando:

RESOLUCIÓN Nro. ARCONEL-070/16 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD ARCONEL- Considerando: RESOLUCIÓN Nro. ARCONEL-070/16 EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL DE ELECTRICIDAD ARCONEL- Considerando: el 5 de noviembre de 2012, el Consejo Nacional de Electricidad, CONELEC, y la Compañía

Más detalles

RESOLUCION NUMERO 1887 DE (febrero 22)

RESOLUCION NUMERO 1887 DE (febrero 22) RESOLUCION NUMERO 1887 DE 2007 (febrero 22) por la cual se regulan aspectos relacionados con los trámites de inscripción, actualización y cancelación en el Registro Único Tributario RUT. El Director General

Más detalles

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO 2016-00 0063 Correo legal / Lunes 11 de julio del 2016 1 Quito, 11 de julio del 2016 OBRA: RESOLUCIONES DEL SRI TEMA AFECTADO: Apruébese el Formulario 107 A - Comprobante

Más detalles

PORCENTAJE MINIMO DE INTEGRACION DE SOFTWARE PARA TELEFONOS MOVILES

PORCENTAJE MINIMO DE INTEGRACION DE SOFTWARE PARA TELEFONOS MOVILES PORCENTAJE MINIMO DE INTEGRACION DE SOFTWARE PARA TELEFONOS MOVILES Acuerdo Ministerial 263 Registro Oficial Suplemento 313 de 18-ago.-2014 Estado: Vigente No. 14 263 EL MINISTRO DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DE DERECHOS POR OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES Y TARIFAS POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (Excp. RTV Abierta)

REGLAMENTO DE DERECHOS POR OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES Y TARIFAS POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (Excp. RTV Abierta) REGLAMENTO DE DERECHOS POR OTORGAMIENTO DE TÍTULOS HABILITANTES Y TARIFAS POR SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES (Excp. RTV Abierta) INDICE 1. ANTECEDENTES 2. ESTRUCTURA DE LAPROPUESTA 3. MODELO E INDICES

Más detalles

Artículo 1º.- Definiciones. Para efectos de este reglamento, se entenderá

Artículo 1º.- Definiciones. Para efectos de este reglamento, se entenderá Tipo Norma :Decreto 78 Fecha Publicación :17-04-2015 Fecha Promulgación :22-10-2014 Organismo Título :MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE :APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS

Más detalles

RENÉ RAMÍREZ GALLEGOS SECRETARIO NACIONAL DE EDUACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RENÉ RAMÍREZ GALLEGOS SECRETARIO NACIONAL DE EDUACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN INSTRUCTIVO PARA EL USO Y CONTROL DE UNIFORMES DOTADOS A LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA SECRETARÍA NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, SENESCYT ACUERDO No. 2012-004 RENÉ

Más detalles

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03

RESOLUCION MINISTERIAL Nº MTC-03 Formalizan aprobación de la Directiva Régimen de gradualidad de sanciones tributarias vinculadas a los Aportes por el Derecho Especial destinado al FITEL RESOLUCION MINISTERIAL Nº 267-2014-MTC-03 Lima,

Más detalles

Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº TR

Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº TR Aprueban normas de adecuación al T-REGISTRO y PLAME DECRETO SUPREMO Nº 008-2011-TR CONCORDANCIAS: R. Nº 183-2011-SUNAT (Aprueban Normas y Procedimientos para la presentación de la Planilla Electrónica

Más detalles

NORMAS EXONERACION DEL PAGO DEL SALDO DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 Resolución del SRI 366 Registro Oficial Suplemento 829 de 30-ago-2016

NORMAS EXONERACION DEL PAGO DEL SALDO DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 Resolución del SRI 366 Registro Oficial Suplemento 829 de 30-ago-2016 NORMAS EXONERACION DEL PAGO DEL SALDO DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 Resolución del SRI 366 Registro Oficial Suplemento 829 de 30-ago-2016 No. NAC-DGERCGC16-00000366 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS

Más detalles

VISTO el Expediente Nº 8.161/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y CONSIDERANDO:

VISTO el Expediente Nº 8.161/2017 del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y CONSIDERANDO: República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Resolución Número: Referencia: EXPENACOM 8161/17 ACTA 24 VISTO el Expediente Nº 8.161/2017 del Registro del ENTE NACIONAL

Más detalles

Instructivo de Registro de Centros de Arbitraje. (Registro Oficial No. 614, 23 de octubre de 2015)

Instructivo de Registro de Centros de Arbitraje. (Registro Oficial No. 614, 23 de octubre de 2015) Instructivo de Registro de Centros de Arbitraje (Registro Oficial No. 614, 23 de octubre de 2015) Ley de Arbitraje y Mediación Art. 39, inc. 1ro. Ley de Arbitraje y Mediación: Art. 39.- Para facilitar

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. DE-009-15 QUE INSCRIBE A LA SOCIEDAD QUASAR ATLANTIC DOMINICANA, S. R. L., EN EL REGISTRO ESPECIAL QUE MANTIENE EL INDOTEL PARA LA

Más detalles

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EPMTPQ-GG RUBÉN LOZANO REINOSO GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE QUITO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EPMTPQ-GG RUBÉN LOZANO REINOSO GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS DE QUITO ano EMPRESA PUBLICA METROPOLITANA DE CDMTp TRANSPORTE DE PASAJEROS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA EPMTPQ-GG 012 RUBÉN LOZANO REINOSO GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA PÚBLICA METROPOLITANA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

Más detalles

MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES

MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES MINISTERIO DE RECURSOS NATURALES NO RENOVABLES No. EL COORDINADOR GENERAL ADMINISTRATIVO FINANCIERO CONSIDERANDO: QUE mediante formato No. FO-COGEAF-002 de 22 de octubre de 2013, el Responsable del Subproceso

Más detalles

VISTO el EX APN-SDYME#ENACOM del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y

VISTO el EX APN-SDYME#ENACOM del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, y República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional 2017 - Año de las Energías Renovables Resolución Número: Referencia: EX-2017-19264151-APN-SDYME#ENACOM - ACTA 26 VISTO el EX-2017-19264151-APN-SDYME#ENACOM

Más detalles

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS INFORMATIVO Correo legal / Lunes 21 de marzo del 2016 1 SERVICIO DE RENTAS INTERNAS Expí INFORMATIVO 2016-00 0019 Quito, 21 de marzo del 2016 OBRA: RESOLUCIONES DEL SRI; TEMA AFECTADO: Apruébense los: Formulario 103

Más detalles

Ministerio de Defensa

Ministerio de Defensa DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD DE CONTRATACIONES PROCEDIMIENTO EN LA MODALIDAD DE CONTRATACIÓN MENOR DE BIENES (De Bs. 1.- a Bs. 20.000.-) (CASO No.1) Objetivo Establecer los pasos

Más detalles

REGLAMENTO A LA LEY DE ABONO TRIBUTARIO (Decreto No. 100)

REGLAMENTO A LA LEY DE ABONO TRIBUTARIO (Decreto No. 100) REGLAMENTO A LA LEY DE ABONO TRIBUTARIO (Decreto No. 100) Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Considerando: Que el artículo 284 de la Constitución de la República establece

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN No. 076-11 QUE OTORGA A LA CONCESIONARIA COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELÉFONOS, C. POR A., (CODETEL), LAS LICENCIAS CORRESPONDIENTES PARA

Más detalles

INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT

INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT INSTRUCTIVO PARA VERIFICACION DOCUMENTOS A SER APOSTILLADOS SENESCYT Acuerdo Ministerial 142 Registro Oficial 448 de 28-feb.-2015 Estado: Vigente No. 2014-142 Rene Ramírez Gallegos SECRETARIO DE EDUCACION

Más detalles

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL)

INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) RESOLUCIÓN NO. 098-10 QUE OTORGA AL MINISTERIO DE ECONOMIA, PLANIFICACION Y DESARROLLO, LAS LICENCIAS CORRESPONDIENTES PARA EL USO DE LAS FRECUENCIAS

Más detalles

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - SUNASS TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) CALIFICACIÓN

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO - SUNASS TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) CALIFICACIÓN TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS (TUPA) LA SOLICITUD Y UNIDAD ORGÁNICA: GERENCIA DE USUARIOS 1 Acceso a la información Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. Publicada: 11.04.01 Artículos

Más detalles