Historia de la Ley Nº Concede las autorizaciones que indica a las unidades navales nacionales y extranjeras que señala

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Historia de la Ley Nº Concede las autorizaciones que indica a las unidades navales nacionales y extranjeras que señala"

Transcripción

1 Historia de la Ley Nº Concede las autorizaciones que indica a las unidades navales nacionales y extranjeras que señala D. Oficial. 25 de septiembre, 1965

2 Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida por la Biblioteca del Congreso Nacional a partir de la información disponible en sus archivos. Se han incluido los distintos documentos de la tramitación legislativa, ordenados conforme su ocurrencia en cada uno de los trámites del proceso de formación de la ley. Se han omitido documentos de mera o simple tramitación, que no proporcionan información relevante para efectos de la Historia de Ley. Para efectos de facilitar la revisión de la documentación de este archivo, se incorpora un índice. Al final del archivo se incorpora el texto de la norma aprobado conforme a la tramitación incluida en esta historia de ley.

3 INDICE 1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados Mensaje Presidencial Informe Comisión de Defensa Discusión en Sala Segundo Trámite Constitucional: Senado Informe Comisión de Defensa Discusión en Sala Discusión en Sala Discusión en Sala Discusión en Sala Publicación de Ley en Diario Oficial Ley N

4 Historia de la Ley Nº Página 4 de 141 MENSAJE PRESIDENCIAL 1. Primer Trámite Constitucional: Cámara de Diputados 1.1. Mensaje del Ejecutivo Mensaje de S.E. El Presidente de la República. Fecha 31 de agosto, Cuenta en Sesión 43, Legislatura Ordinaria MENSAJE DE S. E. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. Conciudadanos del Senado y de la Cámara de Diputados: en virtud del Artículo 3º del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca de Río de Janeiro, del Artículo 1º del Convenio de Ayuda Militar de los Estados Unidos de Norteamérica y de lo acordado en las Conferencias Navales Interamericanas efectuadas en 1960, 1961, 1962 y 1964, en las cuales nuestra Armada participó, y a los excelentes resultados obtenidos en los Ejercicios de las Operaciones Unidas I, II, III, IV y V llevados a cabo en los años 1960, 1961, 1962, 1963 y 1964, se ha programado una serie de ejercicios combinados antisubmarinos en Sud América, en los cuales tomaría parte un Grupo de Tarea de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica. El principal objetivo que se persigue con estos ejercicios es mejorar el entrenamiento antisubmarino de nuestras unidades navales y, consecuencialmente, obtener de ellas el máximo de eficiencia al ponerlas en contacto operativo con fuerzas que cuentan con todos los adelantos técnicos actuales y, también con una orientación técnica y práctica más avanzada. Por consiguiente, la finalidad específica de estos ejercicios esencialmente antisubmarinos y de defensa de convoyes, es contribuir a un común doctrinamiento y al conocimiento de las tácticas y medios más modernos para garantizar la seguridad de la defensa en el frente marítimo. Obviamente, contribuye también a afianzar la propia seguridad de nuestro país. El Gobierno que presido estima de toda conveniencia la realización de estos ejercicios ante los positivos beneficios de perfeccionamiento profesional y entrenamiento de las unidades de la Armada que ellos representan. Además, cabe hacer presente que su realización no significará otro gasto que no esté ya considerado en el Presupuesto correspondiente del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina. La Armada de los Estados Unidos de Norteamérica destinará para estos ejercicios 3 Destructores, -1 Submarino y 3 Aviones Navales. La Armada del

5 Historia de la Ley Nº Página 5 de 141 MENSAJE PRESIDENCIAL Perú participará con 4 Destructores, 3 Submarinos y 3 Aviones. Por su parte la Armada de Chile participará con 1 Crucero, 4 Destructores, 2 Submarinos y 1 Transporte Petrolero. Atendido cuanto se ha manifestado, y teniendo presente lo dispuesto en el Nº 10 del Artículo 44 de la Constitución Política del Estado, vengo en someter a la consideración de Vuestras Señorías un Proyecto de Ley, mediante el cual se autoriza a naves de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica para realizar en aguas chilenas ejercicios con nuestra Armada, así como fondear en puertos de la República para que sus dotaciones puedan desembarca con el objeto de reaprovisionarse de combustible y provisiones, o bien, para rendir honores militares a héroes patrios o autoridades, casos en los cuales esos desembarcos podrán efectuarse con armas, como es costumbre. La autorización que se solicita comprende también el permiso necesario para que los aviones navales de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica y de la República del Perú antes mencionados puedan sobrevolar o aterrizar en nuestro territorio, lo cual es indispensable para la debida realización de los ejercicios proyectados. Asimismo, este proyecto contiene una disposición que libera a los buques que componen la Fuerza de Tarea de los Estados Unidos de Norteamérica, del pago de los derechos de tarifas por conceptos de atraques a sitios y otros servicios que preste la Empresa Portuaria de Chile. Se ha estimado que esta exención se justifica por el hecho que estos buques ocupan estos servicios con el exclusivo objeto de aprovisionarse para realizar los ejercicios de entrenamiento conjunto. Los ejercicios se iniciarán en el litoral peruano (Puerto Ilo), aproximadamente el 27 de septiembre, para terminar en el Puerto de Punta Arenas tentativamente el 16 de octubre de 1965, por lo que se hace necesario que las naves chilenas abandonen por un día las aguas jurisdiccionales. En tal virtud, y de acuerdo a lo dispuesto en el Nº 11 del Artículo 44 de la Constitución Política del Estado, el proyecto contiene también, una disposición que autoriza a algunos de los buques de guerra de Chile para salir al extranjero, con el objeto de comenzar los ejercicios combinados en aguas territoriales del Perú. Por las consideraciones expuestas, vengo en someter a vuestra aprobación el siguiente Proyecto de ley Artículo 1º.- Autorízase a 3 Destructores, 1 Submarino y 3 Aviones Navales de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica, con sus respectivas dotaciones, para que realicen en aguas chilenas, ejercicios navales con unidades de la Armada de Chile.

6 Historia de la Ley Nº Página 6 de 141 MENSAJE PRESIDENCIAL Igual autorización se presta para que 3 Aviones de la Fuerza Aérea de la República del Perú con sus respectivas dotaciones, tomen parte en los referidos ejercicios. Durante los períodos de permanencia autorizados, estos buques podrán fondear en puertos chilenos y sus dotaciones desembarcar en ellos. Estos desembarcos podrán efectuarse con armas cuando se trate de rendir honores o realizar otros actos oficiales de cortesía. Los aviones a que se refiere el inciso primero y segundo, estarán autorizados para sobrevolar y aterrizar en nuestro territorio, como, asimismo, para que sus tripulantes puedan desembarcar sin armas, salvo lo previsto en el inciso precedente. Artículo 2.- La autorización para la permanencia en el país, tanto de los aviones como buques norteamericanos contemplados en la presente Ley, regirá desde el 22 de septiembre hasta el 21 de octubre del presente año, y para los aviones peruanos desde el 25 hasta el 28 de septiembre. Artículo 3.- Las naves que componen la Fuerza de Tarea Norteamericana que participará en la Operación UNITAS VI, estarán liberadas de los derechos y tarifas que corresponda percibir a la Empresa Portuaria de Chile. Artículo 4º.- Autorízase la salida de aguas jurisdiccionales chilenas de 4 Destructores y 2 Submarinos de nuestra Armada, para que inicien en aguas territoriales peruanas los ejercicios combinados UNITAS VI. La permanencia de los buques chilenos en aguas territoriales peruanas no será superior a 24 horas. Artículo 5º.- Mientras dure la permanencia en territorio extranjero de las Unidades Navales chilenas, su personal sólo gozará de su sueldo en moneda corriente más las gratificaciones que les corresponda en conformidad a la Ley Nº , de 5 de abril de 1955, debido a que no desembarcará y no estará por lo tanto expuesto a gastos extraordinarios. (Fdos.): Eduardo Frei.- Juan de Dios Carmona.- Gabriel Valdés."

7 Historia de la Ley Nº Página 7 de 141 INFORME COMISIÓN DEFENSA 1.2. Informe de Comisión de Defensa Cámara de Diputados. Fecha 14 de septiembre, Cuenta en Sesión 50, Legislatura Ordinaria INFORME DE LA COMISION DE DEFENSA NACIONAL Honorable Cámara: Vuestra Comisión de Defensa Nacional pasa a informaros un proyecto de ley, originado en un Mensaje calificado de "simple" urgencia, que autoriza la permanencia en territorio chileno de unidades navales y aéreas de la Armada de Estados Unidos de Norteamérica y de la Fuerza Aérea del Perú, para que realicen ejercicios combinados con unidades de la Armada de Chile. En cumplimiento a lo establecido en el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, concertado en Río de Janeiro el 2 de septiembre de 1947, y ratificado por nuestro país el 28 de enero de 1949, y el artículo 1º del Convenio de Ayuda Militar, suscrito con Estados Unidos de Norteamérica el 9 de abril de 1952, ratificado el 21 de julio del mismo año, conjuntamente con lo acordado en diversas Conferencias Navales Interamericanas en las cuales participó nuestra Armada Nacional, se han venido realizando desde el año 1960 las Operaciones Unidas, que tienen por objeto efectuar una serie de ejercicios combinados antisubmarinos con participación de Grupos de Tarea de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica. El objetivo de dichos ejercicios, es acrecentar la eficiencia de las unidades navales y obtener el máximo de su rendimiento operativo al tornar contacto con fuerzas que han incorporado a sus efectivos todos los adelantos técnicos y disponen de una orientación más efectiva y prácticas más avanzadas que las en uso por nuestra Armada Nacional. Nuestro país, en virtud a los Convenios Internacionales indicados anteriormente, contrajo obligaciones para con los demás pueblos que integran el continente americano y debe mantener sus elementos defensivos en condiciones adecuadas para el cumplimiento de los compromisos respectivos. Las operaciones mencionadas se realizan, una vez al año, entre la Armada Norteamericana y los países marítimos de América y han constituido un éxito indudable para los fines perseguidos por todos los pueblos americanos, de conservar la paz en defensa de sus principios y de la soberanía de sus naciones.

8 Historia de la Ley Nº Página 8 de 141 INFORME COMISIÓN DEFENSA Nuestra Carta Fundamental establece en su artículo 44, Nº 10, que sólo en virtud de una ley se puede permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la República, con fijación del tiempo de su permanencia en él, y en el Nº 11, que igual requisito es necesario para permitir la salida de tropas nacionales fuera del territorio de la República, señalando el tiempo de su regreso. Para la realización de estos ejercicios es indispensable permitir la introducción al territorio nacional de las naves y elementos que componen la Fuerza de Tarea de la Armada Norteamericana y de aviones de la Fuerza Aérea del Perú, como también, la salida de las aguas jurisdiccionales chilenas de los buques y dotaciones de nuestra Armada, por cuanto las operaciones correspondientes se iniciarán en el puerto de Ilo (Perú), el 27 de septiembre del año en curso. Los efectivos de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica están integrados por tres destructores, un submarino y tres aviones navales; los del Perú, por cuatro destructores, tres submarinos y tres aviones y, los de Chile, por un crucero, cuatro destructores, dos submarinos y un transporte petrolero. El proyecto de ley en informe, autoriza al Grupo de Tarea de la Armada Norteamericana antes individualizado, para que, con sus respectivas dotaciones, realice en aguas chilenas los ejercicios aludidos, y para que tres aviones de la Fuerza Aérea del Perú, también con sus dotaciones, tomen parte en dichos ejercicios. La permanencia en el territorio nacional de las Fuerzas Norteamericanas comprenderá desde el 22 de septiembre hasta el 21 de octubre del presente año, y la de los aviones peruanos, desde el 5 hasta el 28 de septiembre del mismo año. Durante el tiempo que permanezcan estos elementos en el país, sus buques podrán fondear en nuestros puertos y sus dotaciones desembarcar en ellos, con armas o sin ellas, para rendir honores o realizar otros actos oficiales de cortesía que son de común ocurrencia cuando se visita un país extranjero. Los aviones podrán también sobrevolar y aterrizar en nuestro territorio, y sus tripulaciones podrán desembarcar en igual forma a la anterior y para los mismos efectos. Por razones de reciprocidad se libera a las naves norteamericanas que participan en esta operación, de los derechos y tarifas que corresponde percibir a la Empresa Portuaria de Chile, creada por F.F.L. Nº 290, de La salida del territorio nacional de los buques de nuestra Armada, será sólo por 24 horas, con el objeto de que participen desde el comienzo de la operación UNITAS VI, según se ha manifestado anteriormente. Mientras dure la permanencia en territorio extranjero de las Unidades Navales Chilenas, su personal gozará de su sueldo en moneda corriente más la gratificación que le corresponde, en conformidad a la ley Nº , de 5 de abril de 1955, por

9 Historia de la Ley Nº Página 9 de 141 INFORME COMISIÓN DEFENSA cuanto no desembarcará en el Perú y, por lo tanto, no estará expuesto a gastos extraordinarios. La gratificación a que se alude, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de la ley citada es de un 20% de los sueldos de que disfruta el personal embarcado y es incompatible con la gratificación de zona. La Comisión estima que la materia en informe permitirá a la Armada Nacional participar en la realización de ejercicios navales que tienen positivos beneficios de perfeccionamiento profesional y técnico y qué son de toda conveniencia para mantener el alto nivel de eficiencia a que ha llegado nuestra Marina de Guerra a través de su vida institucional. Por las razones expuestas, le ha prestado su aprobación al siguiente Proyecto de ley: Artículo 1º- Autorizas a tres destructores, un submarino y tres aviones navales de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica, con sus respectivas dotaciones, para que realicen en aguas chilenas, ejercicios navales con unidades de la Armada de Chile. Igual autorización se otorga para que tres aviones de la Fuerza Aérea de la República del Perú con sus respectivas dotaciones, tomen parte en los referidos ejercicios. Durante el tiempo de permanencia autorizado, estos buques podrán fondear en puertos chilenos y sus dotaciones desembarcar en ellos. Estos desembarcos podrán efectuarse con armas cuando se trate de rendir honores o realizar otros actos oficiales de cortesía. Los aviones a que se refiere el inciso primero y segundo, estarán autorizados para sobrevolar y aterrizar en nuestro territorio, como asimismo, para que sus tripulantes puedan desembarcar sin armas, salvo lo previsto en el inciso precedente. Artículo 2º.- La autorización para la permanencia en el país, tanto de los aviones como buques norteamericanos contemplados en la presente ley, regirá desde el 22 de septiembre hasta el 21 de octubre del presente año, y para los aviones peruanos desde el 25 hasta el 28 de septiembre. Artículo 3º - Las naves que componen la Fuerza de Tarea Norteamericana que participará en la Operación UNITAS VI, estarán liberadas de los derechos y tarifas que corresponda percibir a la Empresa Portuaria de Chile. Artículo 4 - Autorízase la salida de aguas jurisdiccionales chilenas de cuatro destructores y dos submarinos de nuestra Armada, para que inicien en aguas territoriales peruanas los ejercicios combinados UNITAS VI. La

10 Historia de la Ley Nº Página 10 de 141 INFORME COMISIÓN DEFENSA permanencia de los buques chilenos en aguas territoriales peruanas no será superior a veinticuatro horas. Artículo 5 - Mientras dure la permanencia en territorio extranjero de las Unidades Navales chilenas, su personal gozará de su sueldo en moneda corriente más las gratificaciones que les corresponda, en conformidad a la ley Nº , de 5 de abril de 1955, debido a que no desembarcará y no estará, por lo tanto, expuesto a gastos extraordinarios." Sala de la Comisión, a 9 de septiembre de Acordado en sesión de igual fecha con asistencia de los señores Pareto (Presidente), Dip de Rodríguez, doña Juana,.Dueñas y Fuentes, don César. Se designó Diputado informante a la Honorable señora Dip de Rodríguez, doña Juana. (Fdo.): José Manuel Matte, Secretario de la Comisión."

11 Historia de la Ley Nº Página 11 de Discusión en Sala Cámara de Diputados. Legislatura Ordinaria 1965, Sesión 50. Fecha 15 de septiembre, Se aprueba. AUTORIZACION PARA QUE UNIDADES DE LA ARMADA DE CHILE, ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA Y PERU REALICEN EJERCICIOS COMBINADOS El señor BALLESTEROS (Presidente).- En cumplimiento de un acuerdo de la Cámara, corresponde debatir el proyecto de ley que autoriza la entrada en territorio chileno de unidades navales y aéreas de la Armada de los Estados Unidos de América y de la Fuerza Aérea del Perú para que realicen ejercicios combinados con unidades de la. Armada de Chile. Diputado informante de la Comisión de Defensa Nacional es la Honorable señora Dip. El proyecto, impreso en el boletín Nº , dice así: Artículo 1º - Autorízase a tres destructores, un submarino y tres aviones navales de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica, con sus respectivas dotaciones, para que realicen, en aguas chilenas, ejercicios navales con unidades de la Armada de Chile. Igual autorización se otorga para que tres aviones de la Fuerza Aérea de la República del Perú, con sus respectivas dotaciones, tomen parte en los referidos ejercicios. Durante el tiempo de permanencia autorizado, estos buques podrán fondear en puertos chilenos y sus dotaciones desembarcar de ellos. Estos desembarcos podrán efectuarse con armas cuando se trate de rendir honores o realizar otros actos oficiales de cortesía. Los aviones a que se refiere el inciso primero y segundo, estarán autorizados para sobrevolar y aterrizar en nuestro territorio, como, asimismo, para que sus tripulantes puedan desembarcar sin armas, salvo lo previsto en el inciso precedente. Artículo 2º - La autorización para la permanencia en el país, tanto de los aviones como buques norteamericanos contemplados en la presente ley, regirá desde el 22 de septiembre hasta el 21 de octubre, del presente año, y para los aviones peruanos desde el 25 hasta el 28 de septiembre.

12 Historia de la Ley Nº Página 12 de 141 Artículo 3º - Las naves que componen la Fuerza de Tarea norteamericana que participará en la Operación Unitas VI, estarán liberadas de los derechos y tarifas que corresponda percibir a la Empresa Portuaria de Chile. Artículo 4º - Autorízase la salida de aguas jurisdiccionales chilenas de cuatro destructores y dos submarinos de nuestra Armada, para que inicie en aguas territoriales peruanas los ejercicios combinados Unitas VI. La permanencia de los buques chilenos en aguas territoriales peruanas no será superior a veinticuatro horas. Artículo 5º - Mientras dure la permanencia en territorio extranjero de las unidades navales chilenas, su personal gozará de su sueldo en moneda corriente más las gratificaciones que le corresponden, en conformidad a la ley Nº , de 5 de abril de 1955, debido a que no desembarcará y no estará, por lo tanto, expuesto a gastos extraordinarios." El señor BALLESTEROS (Presidente) - En conformidad con el acuerdo de la Cámara, cada Comité dispondrá de hasta quince minutos para participar en el debate, sin perjuicio del tiempo que ocupen la Diputada informante y los señores Ministros que deseen intervenir en él. En discusión general el proyecto. La señora DIP.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. La señora DIP.- Señor Presidente, el Supremo Gobierno ha sometido a la consideración del Honorable Congreso Nacional un proyecto de ley que autoriza a tres destructores, un submarino y tres aviones navales de la Armada de los Estados Unidos de Norteamérica para realizar, en aguas chilenas, ejercicios navales con unidades de la Armada de Chile, durante el período comprendido entre el 23 de septiembre y el 21 de octubre del presente año. Igual autorización otorga respecto de tres aviones de la Fuerza Aérea de la República del Perú para el período comprendido entre el 25 y el 28 de septiembre. Asimismo, autoriza para que, el 27 de septiembre, y por no más de 24 horas, cuatro destructores y dos submarinos de la Armada de Chile salgan del país a fin de participar en ejercicios combinados en aguas territoriales del Perú. En dicha fecha, tomarán contacto con la Fuerza de Tarea norteamericana en el puerto de Ilo. Igualmente, libera a los buques que componen la Fuerza de Tarea de los Estados Unidos del pago de derechos y de tarifas por concepto de atraques y por otros servicios a la Empresa Portuaria de Chile.

13 Historia de la Ley Nº Página 13 de 141 La concertación de esta práctica, esencialmente antisubmarina y de defensa de convoyes, llamada ejercicios "Unitas", no es sino la prolongación de las ya realizadas desde 1960 a la fecha, con resultados positivos en todo orden de cosas. La presencia del Grupo de Tarea en el país constituye un innegable beneficio para nuestra Fuerza Naval, ya que le permite conocer los medios modernos y la última palabra en instrumentos y equipos antisubmarinos. La actividad submarina debe constituir fundamental preocupación para Chile. Por la dilatada extensión de nuestras costas, que tienen características netamente insulares, todo nuestro tráfico de importación y exportación requieren el empleo de la vía marítima, vulnerable a la acción de los submarinos. No aprovechar la espléndida oportunidad que se presenta a la Armada de Chile significaría estancar deliberadamente su progreso en el aspecto profesional y desperdiciar la posibilidad de conocer los procedimientos más efectivos y modernos de la táctica antisubmarina. En cualquier contienda futura, en la que, por desgracia, se viera envuelto el país, la falta del apropiado entrenamiento antisubmarino no sólo redundaría en serios daños a la conducción militar, sino que, como ya se ha expresado, repercutiría, sobre todo, en el tráfico económico marítimo. Por otra parte, los ejercicios referidos no representan gasto adicional alguno al erario, pues el consumo de petróleo está dentro de la cuota anual considerada en el presupuesto vigente. Las unidades norteamericanas se abastecerán en Chile, tanto de combustible como de víveres, a su propio costo. Finalmente, estos ejercicios son la mejor forma de llevar a la práctica, en el plano naval, algunos acuerdos internacionales. El Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, de Río de Janeiro, de 1947, establece, en su artículo 3, el compromiso de ayudar a hacer frente al ataque extracontinental contra cualquiera de los países signatarios. El Convenio de Ayuda Militar suscrito con Estados Unidos de Norteamérica en 1952 reafirma, en el preámbulo y en el artículo I, la determinación de cooperar plenamente a los esfuerzos de seguridad colectiva a través de medidas que aumenten la capacidad de las naciones interesadas en lograr las finalidades e impulsar los principios de la Carta de las Naciones Unidas para participar eficazmente en acuerdos de defensa propia, tanto individual como colectiva. Además, en las Conferencias Navales Interamericanas efectuadas en 1960, 1961, 1962 y 1964, se ha resuelto llevar a cabo ejercicios combinados entre dos o más países vecinos, conjuntamente con la Fuerza de Tarea, que, para este efecto, pone a disposición la Armada de Estados Unidos de

14 Historia de la Ley Nº Página 14 de 141 Norteamérica. Este es un compromiso de honor que deben cumplir todas las Fuerzas Armadas de los países signatarios. Nuestra Carta Fundamental establece, en su artículo 44, Nº 10, que sólo en virtud de una ley se puede permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la República, con fijación del tiempo de su permanencia en él"; y, en el Nº 11, señala que igual requisito es necesario para "permitir la salida de tropas nacionales fuera de la República, señalando el tiempo de su regreso". Para la realización de estos ejercicios combinados es indispensable permitir la introducción en el territorio nacional de naves y elementos pertenecientes. a la Fuerza de Tarea de la Armada norteamericana y de aviones de la Fuerza Aérea del Perú, como también autorizar la salida de aguas jurisdiccionales chilenas de buques y dotaciones de nuestra Armada, por cuanto las operaciones correspondientes se iniciarán en el puerto de Ilo (Perú), el 27 de septiembre del año en curso. Por las razones expuestas y las que se consignan en el informe de la Comisión de Defensa Nacional, me permito solicitar, en nombre de ella, la aprobación del proyecto en discusión. La señora LAZO.- Pido la palabra. El señor BALLESTEROS (Presidente).- Tiene la palabra Su Señoría. La señora LAZO.- Señor Presidente, creo que todos los chilenos aplaudimos unánimemente la actitud del Presidente de la República cuando se opuso a la presencia de tropas extranjeras en la República Dominicana e incluso planteó el retiro de los invasores del pueblo dominicano. Yo no sé cuál es ahora el peligro existente contra el cual debemos prepararnos en conjunto con los norteamericanos y con los peruanos. La única contingencia que todos vemos es la que están sufriendo actualmente los pueblos subdesarrollados de. América Latina debido a la prepotencia de un imperialismo que, por una parte, está tratando de llevarse las riquezas básicas de estas naciones y, por otra, para acentuar aún más su dominio, si esto fuera posible, realiza toda clase de presiones y demostraciones de poderío. Al efectuar un parangón entre lo que son, numérica y cualitativamente, nuestras Fuerzas Armadas y las de Estados Unidos, no veo que relación existe entre unas y otras. Por eso, no comprendo las razones que ha dado la Honorable Diputada informante para decir que Chile necesita este tipo de operaciones "Unitas". La verdad es que no hay una consecuencia entre nuestra política internacional, de absolutas independencia, y altivez y este "compadrazgo", por

15 Historia de la Ley Nº Página 15 de 141 no decirlo de otra manera, que nosotros, los pequeños, los sojuzgados, los explotados, nos proponemos hacer con estas potencias foráneas en ejercicio que, según se dice, nos beneficiarán. Yo no sé si aquí es imposible decirlo, porque debe ser secreto, contra cuál peligro nos vamos a ensayar. Aparte del enemigo económico que constantemente ha estado cercenando nuestras posibilidades de país libre e independiente económicamente, no percibo en este momento otra amenaza en nuestro ámbito. Por otra parte, los chilenos, que somos, amantes de la libertad, que hemos estado contra la experiencias atómicas, que constantemente hemos reafirmado el respeto a nuestra soberanía y el derecho de todos los países del mundo para ejercer libremente la autodeterminación no tenemos razones para realizar este tipo de operaciones que, en realidad, y según como se mire, son un poco "enojosas" para nuestra dignidad. Imagino a un niño chico aprendiendo "judo" con un "marine" norteamericano. El "marine" bien alimentado, bien armado, bien preparado; el pequeño, o sea, nuestro país, famélico, escuálido, mal vestido, mal uniformado, y usando como materiales de defensa lo que generalmente es el desecho de los ejércitos norteamericanos. Por esta razón, los parlamentarios socialistas repudiamos esta clase de operaciones. Voy a ir un poco más lejos todavía, Por qué durante la pasada campaña presidencial no se habló de las maniobras conjuntas de nuestra Armada con la de Estados Unidos y, una vez realizada esa elección, al igual que ahora, cuando se empiezan a discutir en el Honorable Senado los convenios del cobre, ha ocurrido la coincidencia de realizar una operación "Unitas"? O sea, nuevamente se quiere que lleguen a nuestras playas las fuerzas de Estados Unidos, para efectuar ejercicio combinados con la Fuerza Aérea del Perú y la Armada de Chile. Yo creo, sin tropicalismos que nos pongan fuera de la realidad, que nosotros tenemos conciencia de nuestra capacidad como nación y del poder de nuestras Fuerzas Armadas. Y creo también que cada uno de los chilenos tiene conciencia de cuál es, en realidad, el verdadero enemigo, que nos acecha exclusivamente, en la noche, sino a cada minuto, a toda hora durante cada día y no sólo dotado de armas de fuego, sino también de dólares a las repúblicas latinoamericanas. Por último, con qué objeto se pide permiso para realizar maniobras -en nuestro país? Hace pocos momentos un Honorable colega me informaba que en Puerto Montt había un destacamento de la Fuerza Aérea norteamericana, "realizando estudios. Yo no sé qué clase de estudios realizan. Pero, sí se investigara cuántas misiones extranjeras, cuántos destacamentos, cuántos militares con charreteras y condecoraciones se pasean en sus "jeeps", a

16 Historia de la Ley Nº Página 16 de 141 cualquier título, por nuestro país, se vería la inutilidad de que la Honorable Cámara deba discutir la concesión de estos permisos. La verdad es que la Armada Nacional tiene una trayectoria profesional cuya tradición y dignidad están fuera de discusión. Nosotros, conscientes de su verdadera capacidad, creemos que estos ejercicios navales no le agregan algo que contribuya a colocarla en mejor lugar. Por otra parte, tenemos conciencia del poderío militar norteamericano y estimamos que nuestro país puede perfectamente hacer la instrucción necesaria para defender su territorio y sus costas, sin necesidad de prestarse para este tipo de ejercicios navales, que nos huelen a comedia. En verdad, Chile es el pequeño asociado, al que no sólo se quitan sus riquezas fundamentales, sino también al que se pretende hacerlo competir con armas inadecuadas y hombres insuficientemente vestidos y mal alimentados, en estos "juegos" que nos saben a burla. Por eso, nosotros repudiamos esta clase de operaciones. No vemos, en este momento, cuál es el enemigo que nos atacará, ni sabemos de qué manera nosotros, con nuestras posibilidades económicas, políticas y militares, vamos a estar en condiciones de ponernos en parangón con quienes vendrán a darnos instrucciones bélicas. Por estas consideraciones, lamento mucho estar en absoluto desacuerdo con el planteamiento hecho por la Honorable señora Juan Dip. La verdad es que la dignidad de un pueblo no se mide por el tipo de aliados que tenga, ni por la clase de socio con que ensaye determinada defensa. La dignidad de un pueblo, su capacidad de lucha como nación, en un momento determinado, nace de la esencia misma de esa comunidad y no de alguna fuerza o protección foránea. Termino mis palabras dejando establecido que nosotros votaremos en contra de este proyecto. Concedo una interrupción, señor Presidente, al Honorable señor Osorio. El señor ISLA (Vicepresidente).- Con la venia de Su Señoría, tiene la palabra el Honorable señor Osorio. El señor OSORIO.- Quisiera saber, señor Presidente, cuántos minutos quedan a nuestro Comité. El señor ISLA (Vicepresidente).- Restan seis minutos a su Comité, Honorable Diputado. El señor OSORIO.- Señor Presidente, ya nuestra Honorable colega señora Carmen Lazo, ha fijado la posición de nuestro partido, la cual ha sido tradicional, precisamente, cuando se trata de autorizaciones para realizar operaciones como ésta, la de "Unitas".

17 Historia de la Ley Nº Página 17 de 141 Yo me alegro de que el Gobierno de Uruguay haya acordado no participar en esta operación. Y digo esto porque distintos regímenes de este continente se encuentran lanzados en una campaña sumamente peligrosa: la armamentista, sobre la cual mañana, posiblemente, el señor Ministro de Defensa Nacional nos entregará algunos antecedentes. Sin embargo, vale la pena, en estos cinco minutos, aunque más no sea, expresar algunas palabras al respecto. El año 1963, un cablegrama procedente de Washington señaló: "Reducción radical de la ayuda militar a América Latina aconsejan a Kennedy". Y por qué razón, señor Presidente? Porque una Comisión especial, presidida por el General Lucius Clay, llegó a la conclusión de que las fuerzas militares de América Latina no tendrían prácticamente, papel alguno en un conflicto nuclear. Me remitiré sólo a leer dicha parte del informe de ese General del ejército norteamericano. Dice: "Las fuerzas militares latinoamericanas no son necesarias para la defensa del hemisferio, en caso de ataque externo, y el suministro por los Estados Unidos de equipo moderno para corresponder a las presiones del prestigio militar local, contribuye a crear peligros que contrarrestan cualquier valor temporal que pueda estar destinado a servir." Esta realidad la reconoce un General del ejército norteamericano. Y nosotros debemos convenir en que es necesario terminar con esta campaña armamentista latinoamericana, sobre todo en nuestro país, pues, en América Latina, veinticinco de cada cien dólares que se gastan están destinados, precisamente, a estimular la fiebre armamentista. Hace más o menos tres años, un político liberal colombiano, don Eduardo Santos, dijo en una conferencia dada en la Universidad de Columbia, Estados Unidos: "... Resulta tartarinesco suponer que los ejércitos de estos países latinoamericanos pudieran desempeñar algún papel en un conflicto de contornos perdurables, cuyo signo destructor sería la bomba atómica." Esto es efectivo. Porque debemos reconocer que los armamentos y buques de guerra entregados por Estados Unidos a Chile y a otros países de América Latina son los desperdicios, los desechos, Un señor DIPUTADO.- Chatarra! El señor OSORIO.-... la chatarra, como anota muy bien mi Honorable colega, de la última guerra mundial. Esto es sumamente peligroso. Por eso, los Diputados socialistas nos opondremos a este proyecto. Además, quiero aprovechar esta oportunidad para decir algo sobre las declaraciones recientemente formuladas por el General Director de Carabineros de Chile, en Estados Unidos. Parece que la mala costumbre de los ""gorilas" del continente está haciendo escuela en algunos militares de nuestro país.

18 Historia de la Ley Nº Página 18 de 141 Son sumamente delicadas estas declaraciones del General señor Huerta Celis, porque es peligroso que las fuerzas policiales y militares se estén colocando ya por encima del Gobierno y, al mismo tiempo, por encima del pueblo. Comienza diciendo el señor General: "Somos los depositarios, los mandatarios, los sacerdotes, encargados de mantener el fuego sagrado de la libertad, y debemos ejecutar los rituales de mantenerlo encendido." Y agrega que esta tarea deberá cumplirse, "aunque al hacerlo dejemos una estela de mártires y de lágrimas." Qué delicadas son estas palabras, estas declaraciones del Jefe de los Carabineros de Chile! Ojalá los señores Ministro de Defensa Nacional, del Interior o de Relaciones Exteriores puedan decirle, mañana, a la Honorable Cámara de Diputados hasta dónde llegan las facultades de los Jefes de Carabineros y del Ejército que salen fuera de nuestro país, para plantear posiciones políticas que no están de acuerdo con el pensamiento y el sentir democrático de nuestro país. Por eso, quisiera que mañana se invitara al señor Ministro del Interior a la sesión especial que tendrá la Honorable Cámara, para que nos informe de estas cosas... El señor ISLA (Vicepresidente).- Me permite, Honorable Diputado? Ha terminado el tiempo del Comité de Su Señoría. El señor CANTERO.- Pido la palabra. El señor ISLA (Vicepresidente).- Tiene la palabra Su Señoría en el tiempo del Comité del Partido Comunista. El señor CANTERO.- Señor Presidente, invocando el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca y el Pacto Militar, repudiado en su oportunidad por la inmensa mayoría de nuestro pueblo, se solicita hoy por el Gobierno la autorización lega! para que aviones y barcos de guerra norteamericanos y peruanos entren en nuestro territorio y permanezcan en Chile, con el objeto de realizar maniobras combinadas con nuestra Marina de Guerra. Se nos presenta esta solicitud de autorización para estas maniobras, llamadas "Unitas", como si éstas fueran un procedimiento de rutina que contribuye a mantener el alto nivel de eficiencia de nuestra Marina de Guerra, diciéndosenos que tales maniobras se vienen efectuando desde Efectivamente, así es. Pero cabe preguntarse: en qué momento y en qué situación el Parlamento Nacional va a autorizar la entrada de tropas yanquis a

19 Historia de la Ley Nº Página 19 de 141 nuestro territorio y su desembarco, incluso con sus armamentos y dándoles toda clase de facilidades, recibiéndolos poco menos que como héroes? Quiero llamar preferentemente la atención de la Honorable Cámara hacia los momentos que vive nuestro país y América Latina. No cabe dudas de que hay ahora una situación nueva, una realidad política muy grave, lo que debe hacer meditar hondamente a todos los parlamentarios, incluso a aquéllos que, en anteriores oportunidades, votaron favorablemente autorizaciones como la que hoy se solicita. Se trata de la tendencia, cada vez más agresiva, del "Pentágono" norteamericano y del Departamento de Estado, para intervenir en nuestros países. En enero de 1964, las tropas norteamericanas dispararon contra los estudiantes, en la zona del Canal de Panamá. Así se inició, ese año, la abierta intervención armada de Estados Unidos en contra de los pueblos de América Latina. En marzo del mismo año, fue derrocado por un golpe militar el Presidente Goulart, del Brasil que poco antes había dictado una ley que terminaba con los latifundios y limitaba las extraordinarias utilidades de las empresas norteamericanas y se instauró en ese país una dictadura, cuyas consecuencias dramáticas las conoce hoy el pueblo brasileño, como también el nuestro. En el año 1964, hubo un golpe de Estado en Bolivia. Fue derrocado el Presidente Paz Estenssoro y se estableció en esa República una dictadura militar. En abril de 1965, a raíz del levantamiento, en lucha heroica del pueblo dominicano para devolver la institucionalidad al país, desembarcaron allí miles de infantes de marina de Estados Unidos, pretendiendo ahogar por la fuerza esa gesta del pueblo dominicano. Como aquí se ha dicho, en esa oportunidad, nuestro Gobierno la gran mayoría de los chilenos, y la casi totalidad de los partidos políticos, incluso el de Gobierno, nos pronunciamos enérgicamente en contra de esa grosera intervención armada de Estados Unidos contra el pueblo de Santo Domingo. Pues bien, así ha continuado el itinerario de esta política agresiva del imperialismo norteamericano. En estos mismos días, la Honorable Cámara ha sido convocada para mañana, con la asistencia de los señores Ministros de Estado, a fin de analizar un hecho muy grave. Me refiero a las gravísimas declaraciones, atentatorias contra la soberanía de los pueblos de Latinoamérica, en particular de nuestro país y de la hermana República del Uruguay, que ha hecho el General Onganía, uno de los "gorilas" más caracterizados del Ejército argentino. Como sabemos, el General Onganía, por encima de su gobierno, ha firmado un pacto con los "gorilas" del Brasil para intervenir en cualquier país latinoamericano que, a juicio de ellos, esté amenazado por una subversión interna, basados en una nueva teoría que han inventado ellos, la llamada "teoría de las fronteras políticas", las cuales están más allá de las fronteras geográficas.

20 Historia de la Ley Nº Página 20 de 141 También se ha hecho mención aquí de la declaración del Director General de Carabineros, señor Huerta. Yo adhiero, en nombre de los Diputados comunistas, a la protesta del Honorable señor Osorio tanto por las declaraciones insólitas de este Jefe de Carabineros, como también por las del Canciller brasileño, que conmovieron a nuestro país, hace pocos días, porque constituyen una advertencia amenazante, insólita e inadmisible, en contra de nuestro pueblo y del actual Gobierno de Chile. Quién alienta esta posición ultrarreaccionaria en América Latina? Quién la inspira? Quién empuja a los "gorilas" de allende los Andes, de Brasil, de Perú y de Bolivia, a tomar estas posiciones, que no respetan la soberanía de nuestros pueblos? Es indudable que detrás de todo esto están el Pentágono de Estados Unidos, el Departamento de Estado, la "CIA" y los monopolios imperialistas norteamericanos. Ellos son los principales responsables de esta situación que vive América Latina. Son los mismos que, en estos instantes, están sometiendo al más bárbaro castigo a los pueblos, de Vietnam, intentando ahogar a sangre y fuego su lucha justa y liberadora. Por eso, los Diputados comunistas votaremos en contra de esta autorización. Instamos a nuestro Parlamento y al Gobierno a seguir el ejemplo viril de la República Oriental del Uruguay, cuyo Gobierno, por unanimidad, en un gesto que lo enaltece, ha rechazado la invitación a participar en estas maniobras "Unitas", que también se iban a realizar en el Atlántico, y ha protestado enérgicamente por las declaraciones del General Onganía, diciendo que ellos no aceptarán, en ningún instante, que su territorio sea violado por ninguna potencia, por ninguna intervención extranjera. Este gesto de nuestros hermanos uruguayos, encabezados por su Gobierno colegiado, apoyado por los partidos políticos y por el pueblo, no sólo debe ser seguido por nosotros, sino también aplaudido como se merece, cómo un gesto de independencia de nuestra América Latina. Es indudable, entonces, que esta autorización se solicita en los momentos en que se empieza a aplicar una política mucho más agresiva y peligrosa. Ya se ha denunciado que a los sectores ultrareaccionarios de Estados Unidos, al Pentágono y a la "CIA", bajo el control del Presidente Johnson, les interesa la existencia en América Latina de regímenes dictatoriales, como el del Brasil, al cual han calificado como un verdadero modelo de gobierno. Con esta política están en peligro incluso los gobiernos llamados "reformistas", que mantienen en sus países ciertas libertades públicas. Todos comprendemos que nuestra propia Nación está amenazada de intervención por la constitución en torno de ella de un cerco militar ultrareaccionario. Estados Unidos, principalmente el Pentágono, comprende que los países de América Latina viven, en estos momentos, una nueva etapa, un nuevo despertar. Por eso, han decidido intervenir militarmente para evitar la liberación de sus pueblos. El Gobierno de Johnson sacó una lección de su intervención en Santo Domingo. Porque como vio que ella fue repudiada por los pueblos de América

21 Historia de la Ley Nº Página 21 de 141 Latina y de todo el mundo, ha cambiado de táctica, y pretende ahora que sean otros los que intervengan, procurando, como expresa el dicho popular, "sacar las castañas del fuego con la mano del gato". Por eso, intenta la creación de un ejército gendarme continental, una de cuyas expresiones son los pactos bilaterales entre ejércitos nacionales, como en el caso de los de Argentina y Brasil. Así, mañana serían los ejércitos de los propios países latinoamericanos los que podrían intervenir en territorios de América Latina sin que aparecieren actuando directamente las fuerzas armadas norteamericanas. Esto es sumamente grave. Los comunistas no estamos de ninguna manera en contra de que nuestra Armada tenga, como se dice en la petición de autorización, "un alto grado de eficiencia". Hemos rendido homenaje a su actuación en varias oportunidades, como lo hicimos con motivo de la catástrofe del "Janequeo". Pero con espíritu patriótico nos oponemos terminantemente a que nuestra Armada participe en maniobras junto a las fuerzas navales yanquis, que actúan como gendarmes en contra de los pueblos, fuerzas que mañana podrían mancillar nuestro propio suelo. Por todas estas razones, repito, votaremos en contra de este proyecto, como lo hicimos ayer respecto del "Pacto de Bogotá". Nada se obtiene con una política de conciliación y de concesiones. Ha llegado el momento en que todos nosotros, sin distinción de ideologías políticas, nos unamos para defender nuestra soberanía, nuestras libertades amenazadas. Por eso, la Cámara de Diputados y nuestro Gobierno en un gesto que los honraría no deben autorizar la entrada a nuestro país de tropas norteamericanas, ni permitir que desembarquen en nuestro territorio, con el mismo armamento con que han mancillado a otros pueblos de América Latina y del mundo. Nada más, señor Presidente. El señor ISLA (Vicepresidente).- Le resta un minuto al tiempo del Comité Comunista. Ofrezco la palabra. Ofrezco la palabra. El señor FERNANDEZ.- Pido la palabra. El señor ISLA (Vicepresidente).- Tiene la palabra, Su Señoría.

22 Historia de la Ley Nº Página 22 de 141 El señor FERNANDEZ.- Señor Presidente, seguramente ya ha habido diversos debates en esta Honorable Cámara relativos al problema que nos ocupa, porque la operación "Unitas" es, podría decirse, tradicional y creo que se ha realizado desde Sin embargo, ésta es una nueva Cámara de Diputados, éste es un nuevo período legislativo y considero necesario que los hombres que llegamos por primera vez a este recinto podamos establecer también nuestro criterio y nuestra opinión sobre lo que yo llamaría el problema de la política militar de nuestro país. Más aún, ello está plenamente unido al problema de la política militar interamericana. Indudablemente, para un país pequeño y débil como el nuestro, con Fuerzas Armadas que muchas veces no cuentan con todos los recursos ni con la técnica militar moderna, parece interesante y útil que puedan realizarse ejercicios combinados, que pueda existir complementación de carácter profesional entre los ejércitos de diversos países del mundo, siempre y cuando se realicen dentro de la libertad y con aquéllos que nuestro país elija libremente. Por eso, desde el punto de vista de la profesionalidad de nuestras Fuerzas Armadas y de la necesidad de los ejercicios militares combinados, parece que no hubiera motivos claros y concretos para oponerse al proyecto de ley que hoy debatimos. Sin embargo, este proyecto de ley está fundamentado en el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca de Río de Janeiro, lo que le da toda una connotación política e introduce el problema, que específicamente podría ser de carácter profesional y técnico de las Fuerzas Armadas, en el cuadro general de la política militar interamericana. La verdad es que dicho Tratado, firmado en el año 1947, al comenzar el período de postguerra, fue el primer intento de Estados Unidos para realizar una serie de pactos militares que, en su carrera armamentista, le permitieran llevar tras sí a la gran mayoría de países del mundo occidental, del mundo libre o de cualquier otro país a la guerra fría con la Unión Soviética. Así fue como primero se firmó el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, que no es otra cosa que un pacto militar defensivo de los países del hemisferio para contrarrestar una agresión extracontinental, para contrarrestar una posible agresión, digámoslo claramente, del bloque socialista, de la Unión Soviética. La señora ALLENDE.- Qué terrible! El señor FERNANDEZ.- Después, y siguiendo el mismo padrón de este pacto interamericano, se organizó la OTAN y se celebraron todos aquellos Tratados que amarran a países, que se sienten, quizás espiritualmente dentro del mundo occidental, a la política militar de Estados Unidos. La verdad es que los Diputados democratacristianos, desde hace mucho tiempo, hemos planteado una posición política internacional que implica la

23 Historia de la Ley Nº Página 23 de 141 necesaria revisión de los Acuerdos y de los Tratados que ligan a nuestro país a los Estados Unidos de Norteamérica. Nosotros estamos absolutamente ciertos de que el Gobierno de la Democracia Cristiana, que actualmente rige los destinos de nuestro país, será capaz de realizar esta política dentro de un plazo determinado y tomando en consideración todos los hechos y circunstancias del cuadro político nacional. Nosotros estamos en contra del Pacto Militar celebrado con los Estados Unidos; no compartimos la filosofía anticomunista del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca y somos contrarios a la política seguida por la Junta Interamericana de Defensa. En el caso trágico de la República Dominicana, nuestro país fue uno de los que dentro del conjunto de naciones latinoamericanas, se opuso a que una fuerza interamericana interviniera en dicho país. Estamos en contra de este Tratado y de esta política, porque nuestro país no tiene pretensiones de gran potencia internacional, no está interesado en la guerra fría y anhela una política de paz y de coexistencia con todos los países del mundo. Al adherir a este Tratado y seguir la política que estamos analizando, se verá inmiscuido en la guerra fría y, en último término, amenazado de verse obligado a entrar en un tercer conflicto mundial, porque, según establece el Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, un ataque armado contra cualquier país del hemisferio, vale decir, un ataque armado contra los Estados Unidos, debe considerarse también como un ataque armado contra Chile. Por eso, y para concluir, quiero dejar claramente establecida nuestra posición en materia de política militar interamericana, para lo cual voy a dar lectura a los acuerdos adoptados por el Segundo Congreso de la Juventud Demócrata Cristiana, celebrado hace dos o tres años. Estas eran nuestras metas concretas respecto a dichas materias. 1º.- Creación de un sistema latinoamericano de defensa latinoamericano y no interamericano que proporcione seguridad a la región evitando las guerras entre países latinoamericanos e impidiendo toda agresión externa. 2º.- Revisión de algunos pactos de ayuda militar y del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca por no dar seguridad e, incluso, a traer el peligro de guerra a América Latina. 3.- Desahucio de las bases militares de las grandes potencias ubicadas en territorio de la región. 4.- Prohibición absoluta a todo país de concretar acuerdos para recibir, probar, fabricar, almacenar o permitir en favor de terceros el desarrollo del uso de armamentos nucleares en territorio latinoamericano. y 5º. Incorporación de las Fuerzas Armadas a la comunidad nacional. Creemos y seguiremos sosteniendo estos principios. Si en esta oportunidad apoyamos la realización de la operación Unitas, con fuerzas

Historia de la Ley Ley de Propiedad Intelectual

Historia de la Ley Ley de Propiedad Intelectual Historia de la Ley 17.336 Ley de Propiedad Intelectual Artículo 88 Dominio público de las obras producidas por funcionarios en el desempeño de sus cargos 02 de octubre, 1970 Téngase presente Esta Historia

Más detalles

Señala la celda en la que coincide las mismas palabras

Señala la celda en la que coincide las mismas palabras explicó mayoría campo poco mayoría campo poco explicó estas hombre flores etapa etapa hombre flores estas viene cine nunca especial viene cine nunca especial esfuerzo dar has ejemplo has dar esfuerzo ejemplo

Más detalles

COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES YDE MARINA

COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES YDE MARINA COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES YDE MARINA DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE RELACIONES EXTERIORES Y DE MARINA, POR EL QUE SE AUTORIZA AL EJECUTIVO FEDERAL A PERMITIR LA SALIDA DE ELEMENTOS

Más detalles

2º PLAN Q UINQUENAL LOS PLANES MILITARES EN EL. Buenos Aires SUBSECRETARIA DE INFORMACIONES 1953

2º PLAN Q UINQUENAL LOS PLANES MILITARES EN EL. Buenos Aires SUBSECRETARIA DE INFORMACIONES 1953 LOS PLANES MILITARES EN EL 2º PLAN Q UINQUENAL PRESIDENCIA DE LA NACION SUBSECRETARIA DE INFORMACIONES PRESIDENCIA DE LA NACION Buenos Aires SUBSECRETARIA DE INFORMACIONES 1953 EL presente folleto contiene

Más detalles

LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:.

LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. LEY No. 74/91 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACIÓN EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. Artículo 1º.- La presente Ley establece la Organización General

Más detalles

LEY 1571 DE 2012 (agosto 2)

LEY 1571 DE 2012 (agosto 2) LEY 1571 DE 2012 (agosto 2) por medio de la cual se aprueba el Protocolo adicional al Tratado constitutivo de la Unasur sobre compromiso con la democracia, suscrito en Georgetown, Guyana, el 26 de noviembre

Más detalles

Por frecuencia Por orden alfabético

Por frecuencia Por orden alfabético Las 1000 palabras más frecuentes del castellano Datos de la RAE (Real Academia de la Lengua Española) organizados por Dictados para Primaria () En la segunda columna se encuentras las palabras ordenadas

Más detalles

ARTICULADO : El Proyecto de Acuerdo consta de un artículo único, que aprueba el Acuerdo, el que a su vez, se desarrolla en 12 artículos

ARTICULADO : El Proyecto de Acuerdo consta de un artículo único, que aprueba el Acuerdo, el que a su vez, se desarrolla en 12 artículos BOLETÍN 2389-10 I DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO REFERENCIA : Aprueba el Acuerdo entre las Repúblicas de Chile y Argentina sobre Cooperación en materia de Catástrofes, suscrito en Santiago el 8 de agosto de

Más detalles

TRATADO SOBRE EL ACUERDO DEFINITIVO CON RESPECTO A ALEMANIA

TRATADO SOBRE EL ACUERDO DEFINITIVO CON RESPECTO A ALEMANIA TRATADO SOBRE EL ACUERDO DEFINITIVO CON RESPECTO A ALEMANIA 231 Revista de Derecho Político, núm. 40, 1995, pp. 231-239 TRATADO SOBRE EL ACUERDO DEFINITIVO CON RESPECTO A ALEMANIA La República Federal

Más detalles

Honorabilidad, con el objeto de someter a su consideración un Proyecto de Ley

Honorabilidad, con el objeto de someter a su consideración un Proyecto de Ley AL HONORABLE CONGRESO DE LA NACION : Tengo el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad, con el objeto de someter a su consideración un Proyecto de Ley tendiente a autorizar la realización de un ejercicio

Más detalles

Comisión de Defensa Nacional Repartido Nº 689 Carpeta Nº 1430 de 2001 Agosto de 2001 VIAJE DE INSTRUCCION DE FIN DE CURSOS DE LA ESCUELA NAVAL

Comisión de Defensa Nacional Repartido Nº 689 Carpeta Nº 1430 de 2001 Agosto de 2001 VIAJE DE INSTRUCCION DE FIN DE CURSOS DE LA ESCUELA NAVAL Comisión de Defensa Nacional Repartido Nº 689 Carpeta Nº 1430 de 2001 Agosto de 2001 VIAJE DE INSTRUCCION DE FIN DE CURSOS DE LA ESCUELA NAVAL Se autoriza la salida del país de las Planas Mayores y Tripulantes

Más detalles

Historia de la Ley Ley de Propiedad Intelectual

Historia de la Ley Ley de Propiedad Intelectual Historia de la Ley 17.336 Ley de Propiedad Intelectual Artículo 86 Irrenunciabilidad de los derechos patrimoniales que otorga la ley. 02 de octubre, 1970 Téngase presente Esta Historia de Ley ha sido construida

Más detalles

GUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO

GUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO GUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO Nombre: Curso: CONCEPTOS BÁSICOS: CONCEPTO DE ESTADO: es la máxima institución

Más detalles

LEY 51 DE 1993 (Junio 9)

LEY 51 DE 1993 (Junio 9) LEY 51 DE 1993 (Junio 9) DIARIO OFICIAL No. 40.914 Junio 11 de 1993, Pág. 1 por medio de la cual se aprueba el Acuerdo entre la República de Colombia Federativa del Brasil, sobre sanidad animal en áreas

Más detalles

LEY 102 DE 1944 (Diciembre 3) Diario Oficial de febrero de 1945

LEY 102 DE 1944 (Diciembre 3) Diario Oficial de febrero de 1945 LEY 102 DE 1944 (Diciembre 3) Diario Oficial 25759 6 de febrero de 1945 Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre organización y mando en las

Más detalles

Ensayos de Teoría Constitucional y Derecho Internacional Marco Gerardo Monroy Cabra

Ensayos de Teoría Constitucional y Derecho Internacional Marco Gerardo Monroy Cabra Ensayos de Teoría Constitucional y Derecho Internacional Marco Gerardo Monroy Cabra Reseña: Esta obra trata temas de la actualidad constitucional e internacional. Todos los escritos aquí presentados versan

Más detalles

MINUTA Y APOYO EN MATERIAS PROPIAS DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES

MINUTA Y APOYO EN MATERIAS PROPIAS DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES MINUTA Y APOYO EN MATERIAS PROPIAS DE LA COMISIÓN DE RELACIONES EXTERIORES Diputado Guillermo Teillier del Valle Abril 2012 PROGRAMA LEGISLATIVO INSTITUTO DE CIENCIAS ALEJANDRO LIPSCHUTZ Minuta Sobre Proyecto

Más detalles

REPUBLICA DOMINICANA. El Jefe del Estado es el presidente de la república el cuál es elegido por voto directo. SISTEMA DE GOBIERNO

REPUBLICA DOMINICANA. El Jefe del Estado es el presidente de la república el cuál es elegido por voto directo. SISTEMA DE GOBIERNO REPUBLICA DOMINICANA La República Dominicana se encuentra ubicada en el caribe. Limita al norte con el Océano Atlántico, al sur con el mar Caribe, al este con el Canal de la Mona y al oeste con la Republica

Más detalles

Indice Capítulo 3 3. PRINCIPIOS Y LEGISLACIÓN VIGENTE FUNDAMENTAL PARA EL SISTEMA EDUCATIVO.. 2

Indice Capítulo 3 3. PRINCIPIOS Y LEGISLACIÓN VIGENTE FUNDAMENTAL PARA EL SISTEMA EDUCATIVO.. 2 OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Venezuela 1 Indice Capítulo 3 3. PRINCIPIOS Y LEGISLACIÓN VIGENTE FUNDAMENTAL PARA EL SISTEMA EDUCATIVO.. 2 3.1 PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA EDUCATIVO...

Más detalles

MOCIÓN DESTINACIÓN BOLETÍN N" SESIÓN N" _ PERÍODO LEGISLATIVO _ LEGISLATURA 362

MOCIÓN DESTINACIÓN BOLETÍN N SESIÓN N _ PERÍODO LEGISLATIVO _ LEGISLATURA 362 9671-07 MOCIÓN BOLETÍN N" PERÍODO LEGISLATIVO _..2014-2018- LEGISLATURA 362 Reforma constitucional que exige el acuerdo del Senado en materia de designación de embajadores, ministros diplomáticos y representantes

Más detalles

INFORME LEGISLATIVO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1994

INFORME LEGISLATIVO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1994 INFORME LEGISLATIVO AL 31 DE DICIEMBRE DE 1994 El presente Informe Legislativo consiste en un resumen cuantitativo acerca del estado de tramitación en que se encontraban los proyectos de ley en el Congreso

Más detalles

CONVENIO BILATERAL DE AYUDA MILITAR

CONVENIO BILATERAL DE AYUDA MILITAR CONVENIO BILATERAL DE AYUDA MILITAR Los Gobiernos de la República Peruana y de los Estados Unidos de América: Conscientes de las obligaciones que han asumido de conformidad con el Tratado Interamericano

Más detalles

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY

El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de: LEY El Poder Legislativo de la Sanciona con Fuerza de: LEY LEY N 2807 Artículo 1.- APRUÉBASE en todos sus términos el Acta Acuerdo modificatoria del Convenio sobre Control de Pesca, rubricado con fecha 10

Más detalles

LEY Nº 2119 LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2000 HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

LEY Nº 2119 LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2000 HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPUBLICA LEY Nº 2119 LEY DE 11 DE SEPTIEMBRE DE 2000 HUGO BANZER SUAREZ PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley: EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, DECRETA:

Más detalles

LEY 297 de 1996 (julio 17) DIARIO OFICIAL NO , DE 25 DE JULIO DE PAG. 1

LEY 297 de 1996 (julio 17) DIARIO OFICIAL NO , DE 25 DE JULIO DE PAG. 1 LEY 297 de 1996 (julio 17) DIARIO OFICIAL NO. 42.840, DE 25 DE JULIO DE 1996. PAG. 1 por medio de la cual se aprueba el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Más detalles

Historia de la Ley

Historia de la Ley Historia de la Ley 18.269 Modifica la ley N 16.744, que estableció el Seguro Social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales Artículo Único Número 7 Modifica el artículo 77

Más detalles

ACTA DE FUNDACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN IBEROAMERICANA DE JUVENTUD (O.I.J.)

ACTA DE FUNDACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN IBEROAMERICANA DE JUVENTUD (O.I.J.) ACTA DE FUNDACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN IBEROAMERICANA DE JUVENTUD I.- REUNIDOS: (O.I.J.) Los representantes plenipotenciarios de la República Argentina, la República de Bolivia, la República Federativa de

Más detalles

RESOLUCIÓN N SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 24/11/16 VISTO:

RESOLUCIÓN N SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 24/11/16 VISTO: RESOLUCIÓN N 0181 SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 24/11/16 VISTO: El expediente del Sistema de Información de Expedientes N 08030-0001152-8 donde tramita un acuerdo de cooperación entre la

Más detalles

1. Tratado del Atlántico Norte Washington, 4 de abril de 1949

1. Tratado del Atlántico Norte Washington, 4 de abril de 1949 Unidad 1:Antecedentes históricos para la comprensión del orden mundial actual Contenido: La Guerra Fría Fuente: www.siglo20.org LA OTAN Y EL PACTO DE VARSOVIA 1. Tratado del Atlántico Norte Washington,

Más detalles

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

PREFECTURA NAVAL ARGENTINA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA ORDENANZA MARÍTIMA Nº 1/85 Buenos Aires, 5 de noviembre de 1985. ====================================================================== COMUNICACIONES A REALIZAR POR BUQUES ARGENTINOS

Más detalles

Proyerto de Resolución Legislativa Nº.. ~.I2.. ~ O / :1.o P E

Proyerto de Resolución Legislativa Nº.. ~.I2.. ~ O / :1.o P E Proyerto de Resolución Legislativa Nº.. ~.I2.. ~ O / :1.o 1 8 - P E 11 OCT 2018 "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres" "Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional" Lima, 10

Más detalles

EJERCICIO "ACRUX VIII"

EJERCICIO ACRUX VIII COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL REPARTIDO Nº 739 AGOSTO DE 2017 CARPETA Nº 2217 DE 2017 EJERCICIO "ACRUX VIII" Se autoriza la salida del país del Buque de la Armada Nacional ROU 23 "Maldonado", la Lancha

Más detalles

PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA

PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA PROTOCOLO ADICIONAL AL TRATADO CONSTITUTIVO DE UNASUR SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA La República de Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República

Más detalles

MOCIÓN DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERÍODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362. [j PRIMER TRÁMITE CONST. SESIÓN N J30 SEGUNDO TRÁMITE CONST (S)

MOCIÓN DESTINACIÓN. BOLETÍN Nc PERÍODO LEGISLATIVO LEGISLATURA 362. [j PRIMER TRÁMITE CONST. SESIÓN N J30 SEGUNDO TRÁMITE CONST (S) 9379-1 MOCIÓN BOLETÍN Nc PERÍODO LEGISLATIVO. 2014-2018 LEGISLATURA 362 Reforma constitucional que establece un quorum de aprobación para los tratados y fallos de tribunales internacionales que modifiquen

Más detalles

Se autoriza la participación de personal y medios de la Fuerza Aérea Uruguaya y la entrada y salida de fuerzas extranjeras a nuestro país

Se autoriza la participación de personal y medios de la Fuerza Aérea Uruguaya y la entrada y salida de fuerzas extranjeras a nuestro país COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL REPARTIDO Nº 823 OCTUBRE DE 2017 CARPETA Nº 2520 DE 2017 EJERCICIOS MILITARES COMBINADOS "RÍO 2017" Y "EJERCICIO TANQUE" Se autoriza la participación de personal y medios de

Más detalles

PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA EN EL MERCOSUR (USHUAIA II)

PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA EN EL MERCOSUR (USHUAIA II) PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA EN EL MERCOSUR (USHUAIA II) La República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay, la República Oriental del Uruguay,

Más detalles

TÍTULO I LEY Art. 1º Nº 1 DE LA ENTRADA DE TROPAS EXTRANJERAS EN EL TERRITORIO DE D.O LA REPÚBLICA

TÍTULO I LEY Art. 1º Nº 1 DE LA ENTRADA DE TROPAS EXTRANJERAS EN EL TERRITORIO DE D.O LA REPÚBLICA Tipo Norma :Ley 19067 Fecha Publicación :01-07-1991 Fecha Promulgación :26-06-1991 Organismo Título :MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL :ESTABLECE NORMAS PERMANENTES SOBRE ENTRADA DE TROPAS EXTRANJERAS EN

Más detalles

:http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=212067&idversion= &idParte

:http://www.leychile.cl/navegar/?idnorma=212067&idversion= &idParte Tipo Norma :Decreto 79 Fecha Publicación :05-07-2003 Fecha Promulgación :21-03-2003 Organismo Título :MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES :Promulga Acuerdo de Sede entre el Gobierno de la República de

Más detalles

ÍNDICE DEL PROCESO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 15 DE DICIEMBRE DE 1934

ÍNDICE DEL PROCESO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 15 DE DICIEMBRE DE 1934 ÍNDICE DEL PROCESO LEGISLATIVO CORRESPONDIENTE A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 15 DE DICIEMBRE DE 1934 REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 15 DE DICIEMBRE

Más detalles

PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA EN EL MERCOSUR (USHUAIA II)

PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA EN EL MERCOSUR (USHUAIA II) MERCOSUR/CMC/DEC. N 27/11 PROTOCOLO DE MONTEVIDEO SOBRE COMPROMISO CON LA DEMOCRACIA EN EL MERCOSUR (USHUAIA II) VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Ushuaia sobre

Más detalles

SOLUCIÓN De acuerdo a la actual Constitución Política el indulto es una atribución que tiene el Presidente de la República. RPTA.

SOLUCIÓN De acuerdo a la actual Constitución Política el indulto es una atribución que tiene el Presidente de la República. RPTA. SEMANA 15 LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LOS PODERES DEL ESTADO 1. No es un elemento del Estado. A) La soberanía B) El territorio C) El ordenamiento jurídico D) Los tres poderes E) La población La existencia

Más detalles

Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid

Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid Diario de Sesiones de la Asamblea de Madrid Número 812 4 de diciembre de 2018 X Legislatura COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN SOBRE LAS PRESUNTAS IRREGULARIDADES PRODUCIDAS EN EL INSTITUTO DE DERECHO PÚBLICO DE

Más detalles

Indice Capítulo 3 3. PRINCIPIOS Y LEGISLACIÓN FUNDAMENTAL PARA EL SISTEMA EDUCATIVO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA EDUCATIVO...

Indice Capítulo 3 3. PRINCIPIOS Y LEGISLACIÓN FUNDAMENTAL PARA EL SISTEMA EDUCATIVO PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA EDUCATIVO... OEI - Sistemas Educativos Nacionales - Ecuador 1 Indice Capítulo 3 3. PRINCIPIOS Y LEGISLACIÓN FUNDAMENTAL PARA EL SISTEMA EDUCATIVO.... 2 3.1 PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DEL SISTEMA EDUCATIVO... 2 3.2 RELACIÓN

Más detalles

El proyecto de ley de presupuestos

El proyecto de ley de presupuestos El proyecto de ley de presupuestos marco constitucional, legal y reglamentario 1 Principios que informan la elaboración del presupuesto... a) Principio de legalidad: los egresos de fondos públicos requieren

Más detalles

Nº 4229 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA. Decreta:

Nº 4229 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA. Decreta: Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Adoptado por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 Aprobada por la Asamblea Legislativa

Más detalles

COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES REPARTIDO Nº 619 JULIO DE 2011 CARPETA Nº 942 DE 2011

COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES REPARTIDO Nº 619 JULIO DE 2011 CARPETA Nº 942 DE 2011 SECRETARÍA COMISIÓN DE ASUNTOS INTERNACIONALES REPARTIDO Nº 619 JULIO DE 2011 CARPETA Nº 942 DE 2011 ACUERDO DE ASOCIACIÓN ESTRATÉGICA CON LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Aprobación - 1 - PODER EJECUTIVO

Más detalles

Ley Orgánica núm. 9/2011, de 27 de julio, de Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Ley Orgánica núm. 9/2011, de 27 de julio, de Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Normas juridicas. Ley Orgánica núm. 9/2011, de 27 de julio, de Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Preámbulo... En cumplimiento de la disposición final tercera de la Ley Orgánica

Más detalles

LEY No. 38. De 8 de noviembre de 2006

LEY No. 38. De 8 de noviembre de 2006 1 LEY No. 38 De 8 de noviembre de 2006 Por la cual se aprueba EL ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL CONVENIO SOBRE TRANSPORTE AÉREO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS

Más detalles

PODER LEGISLATIVO LEY N 216 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERA DE LEY

PODER LEGISLATIVO LEY N 216 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERA DE LEY PODER LEGISLATIVO LEY N 216 DE ORGANIZACION GENERAL DE LAS FUERZAS ARMADAS DE LA NACION EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERA DE LEY Artículo 1.- La presente Ley establece la Organización de las

Más detalles

Dr. NORBERTO E. FRAGA Prof. GABRIEL A. RIBAS INSTRUCCIÓN CÍVICA TEXTO Y ACTIVIDADES

Dr. NORBERTO E. FRAGA Prof. GABRIEL A. RIBAS INSTRUCCIÓN CÍVICA TEXTO Y ACTIVIDADES Dr. NORBERTO E. FRAGA Prof. GABRIEL A. RIBAS INSTRUCCIÓN CÍVICA TEXTO Y ACTIVIDADES ÍNDICE UNIDAD 1: LA DEMOCRACIA Concepto de democracia 1 Antecedentes: la democracia y otras formas de gobierno 1 En la

Más detalles

1 Ver Resolución Conjunta N 13/2011, disponible en

1 Ver Resolución Conjunta N 13/2011, disponible en Cuánto cobra un legislador en Argentina? Y en Bolivia, Colombia o México? El salario de nuestros representantes siempre fue y es motivo de dudas, recelos y debates en cada uno de los países de América

Más detalles

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA REAL DECRETO 66311997. de 12 de mayo, por el que se regula la composición y funciones de la Autoridad Nacional para la Prohibición de las Armas Químicas. La preocupación de

Más detalles

beneficios que se otorgan en este Servicio de Impuestos Internos.

beneficios que se otorgan en este Servicio de Impuestos Internos. TEXTO ORIGINAL DE LOS ARTÍCULOS TEXTO MODIFICADO SEGÚN LEY N 20.780 Artículo 36.- Los exportadores Artículo 36.- Los exportadores tendrán derecho a recuperar el tendrán derecho a recuperar el impuesto

Más detalles

HONORABLE ASAMBLEA: I. ANTECEDENTES

HONORABLE ASAMBLEA: I. ANTECEDENTES HONORABLE ASAMBLEA: DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE GOBERNACIÓN QUE EXHORTA AL PODER A la Comisión de Gobernación de la LXIII Legislatura del Senado de la República, le fue turnada para su estudio y dictamen

Más detalles

SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 08

SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 08 1 SESIÓN EXTRAORDINARIA Nº 08 En Padre Las Casas, a veintiséis de abril del año dos mil trece, siendo las 10:04 horas, se inicia la Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal en la sala de reuniones de

Más detalles

LEY 82 DE (Diciembre 23) Desarrollada por el Decreto Nacional 2177 de 1989

LEY 82 DE (Diciembre 23) Desarrollada por el Decreto Nacional 2177 de 1989 LEY 82 DE 1988 (Diciembre 23) Desarrollada por el Decreto Nacional 2177 de 1989 "Por medio de la cual se aprueba el Convenio 159 sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas, adoptado

Más detalles

CONVENIO CAMBIARIO N 34

CONVENIO CAMBIARIO N 34 CONVENIO CAMBIARIO N 34 El Ejecutivo Nacional representado por el ciudadano Ramón Augusto Lobo Moreno, en su carácter de Ministro del Poder Popular de Economía y Finanzas, autorizado por el Decreto 2.278

Más detalles

LEY 410 DE 1997 (noviembre 4) DIARIO OFICIAL NO , DE 05 DE NOVIEMBRE DE PAG. 1

LEY 410 DE 1997 (noviembre 4) DIARIO OFICIAL NO , DE 05 DE NOVIEMBRE DE PAG. 1 LEY 410 DE 1997 (noviembre 4) DIARIO OFICIAL NO. 43.166, DE 05 DE NOVIEMBRE DE 1997. PAG. 1 Por medio de la cual se aprueba el "Convenio 144 sobre consultas tripartitas para promover la aplicación de las

Más detalles

PROYECTO DE RESOLUCION

PROYECTO DE RESOLUCION PROYECTO DE RESOLUCION Visto: Justicialista, y; El Expediente Nº, presentado por el Concejal José Amador Hidalgo del Bloque CONSIDERANDO: Que, el pasado miércoles 5 de Noviembre de 2008, la reina Isabel

Más detalles

ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO

ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO Capítulo octavo I. Aspectos generales De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de nuestra ley fundamental, el Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso General,

Más detalles

PRIMERA PARTE: EL ESTADO DE CHILE. I.1. Principios Básicos del Estado. I.2. Orden Institucional: Democracia y Estado de Derecho

PRIMERA PARTE: EL ESTADO DE CHILE. I.1. Principios Básicos del Estado. I.2. Orden Institucional: Democracia y Estado de Derecho INDICE PRIMERA PARTE: EL ESTADO DE CHILE 24 Capítulo I. EL ESTADO I.1. Principios Básicos del Estado I.2. Orden Institucional: Democracia y Estado de Derecho I.3. Supuestos Constitucionales de la Defensa

Más detalles

Reporte Legal Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Reporte Legal Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Reporte Legal Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Objeto Esta ley tiene por objeto establecer los principios y las disposiciones que rigen la organización, funcionamiento y administración

Más detalles

RESTRICTED iiraamima.1» A«..r n A, ro COMUNICACIÓN DE VENEZUELA. Lista revisada de exenciones del trato n.m.f. presentada por Venezuela.

RESTRICTED iiraamima.1» A«..r n A, ro COMUNICACIÓN DE VENEZUELA. Lista revisada de exenciones del trato n.m.f. presentada por Venezuela. RESTRICTED iiraamima.1» A«..r n A, ro MTN.GNS/W/197/Rev.l NEGOCIACIONES COMERCIALES 14 de diciembre de 1993 MULTILATERALES Distribución especial RONDA URUGUAY Grupo de Negociaciones sobre Servicios (UR-93-0270)

Más detalles

Circular Informativa N 10. De las sociedades solicitantes de permisos de operación

Circular Informativa N 10. De las sociedades solicitantes de permisos de operación Circular Informativa N 10 Santiago, 15 de junio de 2005 De las sociedades solicitantes de permisos de operación El Superintendente de Casinos de Juego comunica a las sociedades interesadas en presentar

Más detalles

ARTÍCULO I ARTÍCULO II

ARTÍCULO I ARTÍCULO II ACUERDO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ SOBRE ASISTENCIA MUTUA ENTRE LA MARINA DE GUERRA DEL PERÚ Y EL SERVICIO

Más detalles

La Hegemonía Estadounidense II. La política del buen vecino y el panamericanismo

La Hegemonía Estadounidense II. La política del buen vecino y el panamericanismo La Hegemonía Estadounidense II La política del buen vecino y el panamericanismo La Política del Buen Vecino A comienzos de los años treinta, hay un cambio de paradigma con respecto al intervenciones en

Más detalles

Un ataque a Venezuela es un ataque al Caribe, es un ataque a los países latinoamericanos

Un ataque a Venezuela es un ataque al Caribe, es un ataque a los países latinoamericanos www.juventudrebelde.cu Roosevelt Skerrit, Primer Ministro, Ministro de Relaciones Exteriores, Finanzas y Tecnología de la Información de la Mancomunidad de Dominica. Autor: ACN Publicado: 21/09/2017 05:59

Más detalles

Definición. Se fecha tradicionalmente entre

Definición. Se fecha tradicionalmente entre Guerra Fría Definición Período de tensión internacional surgido después de la segunda Guerra Mundial, que enfrentó a dos superpotencias mundiales con proyectos ideológicos contrapuestos: Estados Unidos

Más detalles

Servicio Nacional de la Discapacidad. Boletín de Adecuaciones Normativas Septiembre de 2017

Servicio Nacional de la Discapacidad. Boletín de Adecuaciones Normativas Septiembre de 2017 Servicio Nacional de la Discapacidad Boletín de Adecuaciones Normativas Septiembre de 2017 Documento preparado por el Subdepartamento de Derechos Humanos y Asesoría Legislativa 28/09/2017 Tabla de contenido

Más detalles

MODIFICA LA LEY N , QUE ESTABLECE UN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADOLESCENTES POR INFRACCIONES A LA LEY PENAL

MODIFICA LA LEY N , QUE ESTABLECE UN SISTEMA DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADOLESCENTES POR INFRACCIONES A LA LEY PENAL Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma: LEY-20191 Fecha de Publicación: 02.06.2007 Fecha de Promulgación:

Más detalles

COMISIÓN DE MARINA INFORME DE ACTIVIDADES TERCER AÑO DE EJERCICIO LEGISLATIVO DE LA LXIII

COMISIÓN DE MARINA INFORME DE ACTIVIDADES TERCER AÑO DE EJERCICIO LEGISLATIVO DE LA LXIII COMISIÓN DE MARINA TERCER AÑO DE EJERCICIO LEGISLATIVO DE LA LXIII I N D I C E Presentación... Integración actual...... 3 4 Dictámenes/Solicitudes del Ejecutivo... Minutas... 5 8 Puntos de Acuerdo... 8

Más detalles

LEY CONVENCIÓN SOBRE LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS CRÍMENES DE GUERRA Y DE LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD

LEY CONVENCIÓN SOBRE LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS CRÍMENES DE GUERRA Y DE LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD LEY 24584 CONVENCIÓN SOBRE LA IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS CRÍMENES DE GUERRA Y DE LOS CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD Artículo 1o. -- Apruébase la convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra

Más detalles

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO HONORABLE PLENO LEGISLATIVO DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII Los suscritos Diputados integrantes de las Comisiones de Asuntos Municipales de esta H. XIII Legislatura del Estado, con

Más detalles

REGLAMENTO DE INFORMES Y DICTAMENES DE LAS FUERZAS ARMADAS. Decreto Ejecutivo No RO/ 32 de 27 de Marzo de 1997.

REGLAMENTO DE INFORMES Y DICTAMENES DE LAS FUERZAS ARMADAS. Decreto Ejecutivo No RO/ 32 de 27 de Marzo de 1997. REGLAMENTO DE INFORMES Y DICTAMENES DE LAS FUERZAS ARMADAS. Decreto Ejecutivo No. 167. RO/ 32 de 27 de Marzo de 1997. REGLAMENTO PARA LA EMISION DE INFORMES DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS

Más detalles

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas 25 de julio de 1994 Número EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA.

GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. Caracas 25 de julio de 1994 Número EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Caracas 25 de julio de 1994 Número 35.509 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Decreta: la siguiente, LEY DE FAROS Y BOYAS Artículo 1º.- Se declara servicio

Más detalles

INFORME CONSULTA PREVIA: DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS E INSTRUMENTO DE GESTIÓN N ESTATAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

INFORME CONSULTA PREVIA: DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS E INSTRUMENTO DE GESTIÓN N ESTATAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA CONGRESO DE LA REPÚBLICA COMISIÓN N ESPECIAL MULTIPARTIDARIA ENCARGADA DE ESTUDIAR Y RECOMENDAR LA SOLUCIÓN N A LA PROBLEMÁTICA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS INFORME CONSULTA PREVIA: DERECHO FUNDAMENTAL DE

Más detalles

Distinguidas autoridades que nos acompañan, personal del. Cuando el 28 de julio de 1821 el libertador Don José de San

Distinguidas autoridades que nos acompañan, personal del. Cuando el 28 de julio de 1821 el libertador Don José de San 1 Distinguidas autoridades que nos acompañan, personal del Congreso, estimados compatriotas: Cuando el 28 de julio de 1821 el libertador Don José de San Martín proclama las históricas palabras El Perú

Más detalles

Diseño Constitucional para Concretar los Acuerdos para la Paz en Colombia. Siena, Italia, 5 de julio de 2016

Diseño Constitucional para Concretar los Acuerdos para la Paz en Colombia. Siena, Italia, 5 de julio de 2016 Diseño Constitucional para Concretar los Acuerdos para la Paz en Colombia Siena, Italia, 5 de julio de 2016 Antecedentes La última guerra civil reconocida o conflicto armado en occidente. Por más de 50

Más detalles

Proytcto de Resofudón Leglsfatlva tr.. ; _~ é3/2018- Pf CONGRESO DE la REPÚBLICA ÁREA DE TRAM~ DOCUIIEHTAIOO

Proytcto de Resofudón Leglsfatlva tr.. ; _~ é3/2018- Pf CONGRESO DE la REPÚBLICA ÁREA DE TRAM~ DOCUIIEHTAIOO Proytcto de Resofudón Leglsfatlva tr.. ; _~ é3/2018- Pf CONGRESO DE la REPÚBLICA ÁREA DE TRAM~ DOCUIIEHTAIOO 1 2 SEP 201 ~ RE Í DO J~. Hcn~ º' "Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"

Más detalles

LEY 316 DE (septiembre 13) DIARIO OFICIAL NO , DE 18 DE SEPTIEMBRE DE PAG. 1

LEY 316 DE (septiembre 13) DIARIO OFICIAL NO , DE 18 DE SEPTIEMBRE DE PAG. 1 LEY 316 DE 1996 (septiembre 13) DIARIO OFICIAL NO. 42.880, DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1996. PAG. 1 por medio de la cual se aprueba el "Protocolo Interpretativo del artículo 44 del Tratado de Montevideo 1980".

Más detalles

Aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención para Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer

Aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención para Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer Aprobación del Protocolo Facultativo de la Convención para Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer PODER LEGISLATIVO LEYES Nº 8089 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA

Más detalles

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA C O N S I D E R A N D O

EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA C O N S I D E R A N D O EL HONORABLE QUINCUAGÉSIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA C O N S I D E R A N D O Que en Sesión Pública de Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía tuvo a bien aprobar

Más detalles

5. De acuerdo con el Preámbulo de la Constitución, qué fin persigue constituir España como Estado de Derecho?

5. De acuerdo con el Preámbulo de la Constitución, qué fin persigue constituir España como Estado de Derecho? 1. Cuál es la forma política del Estado? a. La monarquía constitucional. b. La monarquía parlamentaria. X c. La democracia parlamentaria. 5. De acuerdo con el Preámbulo de la Constitución, qué fin persigue

Más detalles

CAMPAÑA ANTÁRTICA OPERACIÓN ANTARKOS XXXIII

CAMPAÑA ANTÁRTICA OPERACIÓN ANTARKOS XXXIII CÁMARA DE SENADORES SECRETARÍA DIRECCIÓN GENERAL XLVIIIª Legislatura Segundo Período COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL Carpetas 682/2016 Distribuido: 999/2016 19 de octubre de 2016 CAMPAÑA ANTÁRTICA OPERACIÓN

Más detalles

1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. En un planisferio de la República Mexicana, identifica los siguientes elementos:

1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. En un planisferio de la República Mexicana, identifica los siguientes elementos: 1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. En un planisferio de la República Mexicana, identifica los siguientes elementos: o Mar territorial o Zona contigua o Zona económica exclusiva o Alta mar 3.

Más detalles

AÑO DEL BICENTENARIO DE LA PROCLAMACIÓN DE LA REPÚBLICA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Asunción, 20 de agosto de 2013

AÑO DEL BICENTENARIO DE LA PROCLAMACIÓN DE LA REPÚBLICA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY Asunción, 20 de agosto de 2013 Nº 6 Señor Presidente: Asunción, 20 de agosto de 2013 Tengo el honor de dirigirme a Vuestra Honorabilidad, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 203 de la Constitución, a fin de someter a consideración

Más detalles

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE LEY N 23.328 Apruébase el convenio sobre "La protección de derechos de Sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la Administración Pública. Sancionada: Julio 03 de 1986

Más detalles

Historia Latinoamericana en el contexto mundial siglo XX

Historia Latinoamericana en el contexto mundial siglo XX Historia Latinoamericana en el contexto mundial siglo XX Anexo para «Historia Argentina y Latinoamericana en el contexto mundial en el siglo XX» 2 do año Polimodal Teresa Eggers-Brass Marisa Gallego Fernanda

Más detalles

SENADO X LEGISLATURA

SENADO X LEGISLATURA BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES X LEGISLATURA Núm. 256 31 de octubre de 2013 Pág. 1 II. MOCIONES Del GRUPO PARLAMENTARIO ENTESA PEL PROGRÉS DE CATALUNYA, por la que se insta al Gobierno a constituir

Más detalles

Oposición al Gobierno de la Unidad Popular

Oposición al Gobierno de la Unidad Popular Oposición al Gobierno de la Unidad Popular Cuando el intento de golpe fracasó y Allende fue proclamado Presidente, la CIA fue autorizada por el Comité de los 40 para crear grupos de oposición a Allende

Más detalles

Trump arremete contra Cuba en su primer discurso sobre el Estado de la Unión

Trump arremete contra Cuba en su primer discurso sobre el Estado de la Unión www.juventudrebelde.cu Donald Trump se refirió drásticamente a las relaciones con Rusia, China y Corea del Norte, entre otros temas, durante el discurso sobre Estado de la Unión Autor: Tomada de Twitter

Más detalles

Capítulo décimo La prohibición del uso de la fuerza

Capítulo décimo La prohibición del uso de la fuerza Este libro forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM Capítulo décimo La prohibición del uso de la fuerza La prohibición del uso de la

Más detalles

Otorga una bonificación especial para funcionarios públicos de la Región de Atacama que cumplan condiciones que se indican

Otorga una bonificación especial para funcionarios públicos de la Región de Atacama que cumplan condiciones que se indican MENSAJE BOLETÍN N< PERÍODO LEGISLATIVO _ 2014-2018 LEGISLATURA 362 Otorga una bonificación especial para funcionarios públicos de la Región de Atacama que cumplan condiciones que se indican SESIÓN N 117.a.

Más detalles

ÁREA DE CONSERVACIÓN GUANACASTE

ÁREA DE CONSERVACIÓN GUANACASTE AMBIENTE Y ENERGÍA SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN SECRETARÍA EJECUTIVA ASESORÍA LEGAL R-SINAC-CONAC-011-2013 El Consejo Nacional de Áreas de Conservación, a las quince horas del seis de junio

Más detalles

EJERCICIOS MILITARES COMBINADOS RÍO 2018 Y TANQUE 2018

EJERCICIOS MILITARES COMBINADOS RÍO 2018 Y TANQUE 2018 COMISIÓN DE DEFENSA NACIONAL REPARTIDO Nº 1021 SETIEMBRE DE 2018 CARPETA Nº 3344 DE 2018 EJERCICIOS MILITARES COMBINADOS RÍO 2018 Y TANQUE 2018 Se autoriza la salida del país de personal y medios de la

Más detalles

Tratado de la Unión Europea o Maastricht

Tratado de la Unión Europea o Maastricht Tratado de la Unión Europea o Maastricht Firmado el 7 de febrero de 1992 en Maastricht Se constituye el término Unión Europea Queda sucedida la Antigua Comunidad Europea La Unión queda fundamentada en

Más detalles