MINISTERIO DE EMPLEO
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- José Ángel Castellanos San Martín
- hace 8 años
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1 RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DE LA SEGURIDAD DE 13 DE FEBRERO DE 2014, POR LA QUE SE CONVOCAN, EN SU XII EDICIÓN, LOS PREMIOS A LAS PRÁCTICAS DE MEJORA EN EL, PARA EL AÑO El Real Decreto 1259/1999, de 16 de julio, instituyó por primera vez en la Administración General del Estado las cartas de servicios y los premios a la calidad, estableciendo el marco para la evaluación de la calidad de los servicios que presta la Administración, con la finalidad de fomentar la emulación y el aprendizaje y reconocer el esfuerzo personal y colectivo para mejorar el funcionamiento de las organizaciones y la calidad de los servicios. El vigente Real Decreto 951/2005, de,29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, con la finalidad de contribuir mediante el reconocimiento de las organizaciones a la mejora de la calidad y a la innovación en la gestión, consagra dentro su capitulo VI los premios a la calidad e innovación en la gestión pública como parte de su programa de reconocimiento. El compromiso asumido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (lnss) con los ciudadanos y la exigencia de ofrecer a sus usuarios servicios públicos de calidad, ha supuesto un despliegue constante en políticas de mejora continua de la gestión y modernización de sus estructuras... En este sentido, el Instituto adoptó el Modelo Europeo de Gestión de la Calidad de la Fundación Europea para la Gestión de la Calidad E.F.Q.M., que ha conducido a lo largo de estos últimos años al desarrollo de un proceso de autoevaluación en las Direcciones Provinciales. Fruto de este proceso, se han adoptado concretas mejoras que han afectado y afectan a muy diversos aspectos de la estructura orgánico-funcional de la Institución. Esta actividad de mejora y perfeccionamiento implica un esfuerzo colectivo de las personas que constituyen el capital humano y el motor de esta organización. Como reconocimiento formal a esos esfuerzos, y en sintonia' con las iniciativas desarrolladas en otros paises y Administraciones Públicas españolas, el Instituto creó mediante Resolución de 9 de enero de 2003 los Premios a las Prácticas de Mejora en el INSS para fomentar la calidad, la mejora continua y, en definitiva, el perfeccionamiento y adecuación de los servicios a las exigencias que la sociedad demanda a la Organización. Desde esa fecha, en respuesta a esas exigencias, se siguen desplegando una serie de actuaciones enfocadas en el esfuerzo constante de mej orar la gestión y la calidad de los servicios que se prestan a los ciudadanos. En este sentido, el Plan Estratégico del INSS fija entre sus objetivos la consolidación de un modelo de gestión basado en la calidad del servicio PADRE DAMIAN MADRID TEL.: FAX:
2 A, SEGURiDA"D" y establece entre sus líneas estratégicas la gestión del cambio y la mejora' continua, la implicación de las personas y la orientación a resultados mejorando los procesos. La parte dispositiva de la Resolución de 9 de enero de 2003, antes citada, establece la convocatoria anual de los premios, facultándose a esta Dirección General para la determinación de sus bases y contenido. En su virtud, esta Dirección General resuelve: Primero.- Convocatoria y ámbito de aplicación de los premios a las Prácticas de Mejora en el Instituto Nacional de la Seguridad Social. 1.- De acuerdo con lo establecido en los apartados Segundo y Tercero de la Resolución de 9 de enero de 2003, y con el fin de reconocer las prácticas de mejora, iniciativas o actuaciones que afecten directa y positivamente a la calidad de los servicios, se convoca la XII Edición de los Premios a las Prácticas de Mejora en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para el año Los premios están referidos a las Direcciones Provinciales, unidades administrativas dependientes de las mismas, unidades integradas en la Dirección General del INSS o a sus empleados, que hayan implementado alguna práctica que haya producido mejoras concretas en la prestación de los servicios. 3.- Las prácticas de mejora que ya hubieran concurrido en convocatorias anteriores a estos premios no podrán presentarse a esta nueva edición, ya sea bajo la misma o diferente denominación. Tampoco podrán presentarse aquellas prácticas que supongan una revisión, actualización, modificación o mejora de otra presentada en ediciones anteriores. 4.- Las prácticas de mejora que hubieran concurrido a algún premio convocado por la Administración, tanto de ámbito nacional corno internacional, y hubieran obtenido algún galardón en el ejercicio inmediatamente anterior a esta convocatoria, podrán participar en esta XII edición a efectos de acogerse a lo previsto en el número 4 del apartado Tercero de esta Resolución. En caso de presentarse por primera vez a estos premios del INSS, también podrán optar a alguno de los indicados en el número I del mismo apartado Tercero de la presente Resolución. Segundo.- Clasificación de las Prácticas de Mejora. 1.- Las prácticas de mejora presentadas, sin perjuicio de lo dispuesto en los números 5 y 6 del apartado Séptimo de la presente Resolución deberán ser clasificadas por los autores de las mismas, según el tipo de proceso en el que se imple'menten, dentro de una de las sib'uientes categorías: DE
3 a) Procesos Clave u Operativos: son aquellos que añaden valor al cliente o inciden directamente en su satisfacción. Componen la cadena del valor del INSS y son propios de la actividad que desarrolla. b) Procesos de Apoyo o de Soporte: son aquellos que proporcionan los medios y el apoyo necesario para que los procesos clave se puedan llevar a cabo, tales corno proceso de formación, procesos infonnáticos, proceso de logistica, etc. En este tipo se encuadran los procesos necesarios para el control y.la mejora del sistema de gestión, que no puedan considerarse clave. Tercero.- Número y contenido de los premios. 1.- Se convocan un total de seis premios que se concederán en atención a la calidad de las prácticas de mejora presentadas, y en presencia de los criterios contenidos en los apartados Quinto y Sexto de la presente Resolución: a) Tres premios para las prácticas que afecten a los Procesos Clave u Operativos. b) Tres premios para las prácticas que afecten a los Procesos de Apoyó o de Soporte. 2.- La distribución de los premios que afecten a los Procesos Clave u Operativos será la siguiente: a) Primer premio, dotado con un importe económico de hasta euros y diploma de reconocimiento. b) Segundo premio, dotado con importe económico de hasta euros y diploma de reconocimiento. c) Tercer premio, dotado con importe económico de hasta euros y diploma de reconocimiento. d) Asimismo se podrán conceder cuantas menciones honoríficas, dotadas con diploma de reconocimiento, presenten méritos suficientes a criterio del Jurado. 3.- La distribución de los premios que afecten a los Procesos de Apoyo o de Soporte será la siguiente: a) Primer premio, dotado con un importe económico de hasta euros y diploma de reconocimiento. b) Segundo premio, dotado con importe económico de hasta euros y diploma de reconocimiento. c) Tercer premio, dotado con importe económico de hasta euros y diploma de reconocimiento. d) Asimismo se podrán conceder cuantas menciones honoríficas, dotadas con diploma de reconocimientó, presenten méritos suficientes a criterio del Jurado. DE
4 "mmo"""""u SEGURIDAD I 4.- Se establece un único premio, dotado con un importe econóilüco de hasta euros y diploma de reconocimiento, al que podrán concurrir aquellas prácticas de mejora que hubieran sido premiadas, tanto en el ámbito de la Administración Española como internacional, en el año inmediatamente anterior a la publicación de esta Resolución. Asimismo se podrán conceder cuantas menciones honoríficas, dotadas con diploma de reconocimiento, presenten méritos suficientes a criterio del Jurado. Cuarto.- Distribución del contenido de los premios. 1.- En el supuesto de que la práctica de mejora premiada responda a un trabajo en equipo o sea de autoría colectiva, la distribución del incentivo económico se liquidará según propuesta de los autores, que deberá venir acreditada por certificación expresa del titular de la Dirección Provincial o Subdirección General correspondiente. De no existir dicha propuesta, el reparto será por igual entre todos los miembros del equipo siendo necesaria, asimismo, la certificación a la que se ha hecho referencia en el apartado anterior. 2.- En los supuestos de autoría individual el incentivo se otorgará al autor de la mejora premiada. 3.- En ambos casos, el incentivo se percibirá mediante: a) Asignación económica del complemento de productividad por desempeño de tareas especificas, para el personal funcionario. b) Gratificación, para el personal laboral. La correspondiente propuesta de asignación de gratificación será remitida a la Comisión creada por Resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social de fecha de 8 de mayo de de 1986 para su elevación a la decisión de la Subsecretaría del Departamento. Quinto.- Solicitudes de presentación a los premios. 1.- Las Direcciones Provinciales, Unidades Administrativas o sus empleados que deseen presentarse a los premios deberán formalizar las solicitudes ante el titular de la Dirección Provincial mediante el modelo que figura como Anexo 1. Las citadas solicitudes deberán ser remitidas, junto a la memoria de la práctica de mejora, al Área de Inspección de Servicios, por el titular de la Dirección Provincial, antes del 30 de abril de Las Unidades Administrativas, o sus empleados, de los Servicios Centrales que deseen presentarse a los premios deberán formalizar las solicitudes ante el titular de la Secretaría DE
5 General o la Subdirección General correspondiente mediante el modelo que figura como Anexo I. Las citadas solicitudes deberán ser remitidas, junto a la memoria de la práctica de mejora, al Área de Inspección de Servicios, por el titular de la Secretaría General o Subdirección General correspondiente, antes del 30 de abril de A efectos de cumplimentación del formulario de participación en los premios, Anexo 1, en los supuestos de autoría colectiva la solicitu4 será firmada por un único empleado que ostentará la representación del grupo o equipo. 3.- Las prácticas de mejora que concurran a los premios deberán haber sido implantadas en su totalidad antes del 15 de abril de Cualquier circunstancia, hecho o mejora en las prácticas que se acredite con posterioridad a esta fecha podrá,no ser tenido en cuenta por el Equipo de Evaluáción que elaborará expresa diligencia que remitirá al Jefe del Área de la Inspección de Servicios. Éste último deberá informar al Jurado de lo acontecido a los efectos de su valoración final. 4.- La memoria de la práctica de mejora se someterá a las especificaciones contenidas en el Anexo Il. En caso contrario, quedará excluida del proceso de valoración. 5.- Las prácticas de mejora que se presenten en virtud del número 4 del apartado Primero de la presente Resolución deberán acreditar fehacientemente, antes del 30 de abril de 2014, el premio o mención reconocidos. Sexto.- Criterios para la concesión de los premios. 1.- Para la evaluación, valoración y calificación de las candidaturas y la concesión de los premios o menciones honoríficas, se tendrán en cuenta: a) La originalidad e innovación. b) Los resultados y las mejoras de los servicios: 1.- Resultados que mejoran los servicios prestados a los usuarios. 2.- Resultados que mejoran el funcionamiento interno de los servicios. 3.- Resultados que mejoran los aspectos interrelacionales, tanto internos como externos. c) Las evidencias mostradas: 1.- Evidencias en la mejora en relación con estándares de rendimiento y calidad, así como indicadores y objetivos. DE
6 2.- Evidencias mostradas en la mejora en relación con resultados de encuestas, entrevistas o cualquier otro sistema de detenninación, evaluación y/o valoración de resultados Evidencias en los resultados en relación con la eficacia y/o eficiencia de los recursos disponibles. d) El establecimiento de sistemas de evaluación, revisión y mejora de los rendimientos. 1.- Sistemas de evaluación. 2.- Sistemas de revisión. 3.- Sistemas de mejora. e) La posibilidad de transferencia y proyección de la mejora, a otras unidades de la misma y/o distinta Dirección Provincial o General del INSS. La posibilidad de transferencia se valorará desde el punto de vista del interés de la práctica presentada para la gestión del conjunto de la Entidad. Por su parte, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social (GIS S), a través del representante designado para su asesoramiento a los Equipos de Evaluación, detenninará la viabilidad de transferencia de las prácticas, desde el punto de vista tecnológico. f) La posibilidad de impacto positivo. en una mayor sostenibilidad económica, social y/o ambiental. 2.- La puntuación máxima que podrá obtener una práctica de mejora será de 50 puntos. La distribución de los puntos será la siguiente:. a) La originalidad e innovación: 15% (hasta 7,5 puntos). b) Los resultados y las mejoras de los servicios: 15% (hasta 7,5 puntos). c) Las evidencias mostradas: 15% (hasta 7,5 puntos). d) El establecimiento de sistemas de evaluación, revisión y mejora de los rendimientos: 15% (hasta 7,5 puntos). e) La posibilidad de transferencia y proyección de la mejora, a otras unidades de la misma Y/Odistinta Dirección Provincial o General del INSS: 25%(hasta 12,5 puntos). f) La posibilidad de impacto positivo en una mayor sostenibilidad económica, social y/o ambiental: 15% (hasta 7,5 puntos). DE
7 I '"m.,o 'iii':.ii "'"'o"' ~ SEGURIDAD 3.- En los supuestos en que la práctica de mejora proceda de alguna Dirección Provincial o Unidad Administrativa integrada en la Dirección General que se presente por primera vez a estos premios, el correspondiente Equipo de Evaluación otorgará a la misma 5 puntos que se sumarán a los que resulten de la aplicación de los criterios de evaluación señalados en el número anterior. 4.- De acuerdo con lo establecido en el apartado Décimo de la presente Resolución, las personas implicadas en el proceso de valoración de las prácticas de mejora deberán mantener la confidencialidad de los resultados obtenidos. Séptirno.- Equipos de Evaluación. 1.- En función del número de prácticas presentadas se constituirá 1, 2 o 3 Equipos de Evaluación. Esta decisión corresponderá al Secretario General, quien podrá delegarla en el J efe de la Inspección de Servicios. 2.- Los Equipos de Evaluación estarán constituidos por un director de Equipo y un minimo de cuatro vocales, todos ellos funcionarios del Instituto y con experiencia en la Administración y en la gestión de los servicios. Todos los funcionarios que integren el Equipo de Evaluación deberán estar desempeñando en el momento de su designación un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 26 o supenor. Los directores de los Equipos que se constituyan deberán estar desempeñando un puesto de trabajo de nivel de complemento de destino 28 o superior. Además, en todo Equipo constituido deberá integrarse un funcionario designado por la GISS, con experiencia acreditada en tecnologias de la información y comunicaciones. 3.- Se determina la expresa incompatibilidad entre la designación como miembro del Equipo de Evaluación y la de autor individual o colectivo de las prácticas de mejora presentadas en la presenté convocatoria. 4.- La designación de los componentes de los Equipos se efectuará por el Secretario General del Instituto, a propuesta del titular del Área de la Inspección de Servicios, atendiendo al criterio de mayor heterogeneidad posible. En este sentido, las Direcciones Provinciales y las distintas Subdirecciones Generales, a través de sus respectivos titulares, debedn designar los candidatos que consideren adecuados a la Inspección de Servicios antes del 30 de abril de DE
8 Ag I~mruloMAClONAl DI U. _ SEGURIDAD 5.- Los Equipos de Evaluación clasificarán, valorarán, calificarán y puntuarán las prácticas de mejora presentadas a los premios y emitirán los correspondientes Informes de Valoración que elevarán al Jurado. Las decisiones adoptadas por el Equipo de Evaluación deberán ser fruto del consenso de entre todos sus miembros. Para considerar premiada una candidatura deberá obtener la mayoria de los votos emitidos por los miembros del Equipo. 6.- Los Informes de Valoración serán preceptivos y no vinculantes para el Jurado. Octavo.- Jurado. El Jurado estará integrado por la Directora General del Instituto, o persona en quien delegue, que será su presidenta, y por los vocales designados por la misma, entre funcionarios del Instituto que tuvieran' acreditados suficientes conocimientos y experiencia en la Administración. El número de vocales podrá oscilar entre tres y seis. Actuará como Secretario, con voz y voto, el titular de la Secretaría General del INSS y como Secretaría de Actas, con voz pero sin voto, el titular del Área de la Inspección de Servicios. Noveno.- Fases del proceso de valoración y concesión de los premios. 1.- El procedimiento de concesión de los premios constará de las siguientes fases: a) Constatación de que las prácticas presentadas reúnen los requisitos que se establecen en la presente convocatoría y reclasificación, en su caso, de acuerdo con las categorias contempladas en el apartado Segundo de esta Resolución. Estas actuaciones serán efectuadas por los Equipos de Evaluación que se constituyan sin perjuicio de la decisión última del Jurado. b) Valoración y calificación de las práciicas de mejora por los Equipos de Evaluación y emisión de los correspondientes infonnes de Valoración. En esta fase, y previa petición razonada del director del correspondiente Equipo de Evaluación, el Área de Inspección de Servicios podrá solicitar aquella información complementaría que se estime conveniente para la correcta valoración y realizar visita de comprobación de los contenido's, resultados y evidencias de cualquier práctica de mejora presentada a los premios; en todo caso, en esa visita deberá estar presente alguno de los miembros del Equipo de Evaluación. c) Traslado al Jurado, por el Área de Inspección de Servicios, de los Informes de Valoración elaborados por los Equipos de Evaluación. DE Y SeGURIDAD
9 DE ESTADO SEG~RIDAD d) Análisis de los infonnes de Valoración por el Jurado, y propuesta de resolución a la Directora General. e) Resolución expresa de los premios convocados, por la Directora General del Instituto. 2.- Los premios podrán ser declarados desiertos si asi lo estimara el Jurado, quién hará la correspondiente propuesta a la Directora General del Instituto. Décimo.- Compromisos de los participantes. 1.- Las personas que intervengan en el proceso previsto en la presente convocatoria, guardarán la debida. confidencialidad sobre los resultados de las evaluaciones que se efectúen a las prácticas de mejora y sobre cualquier otro aspecto que incida en su desarrollo. 2.- Las Direcciones Provinciales o Unidades Administrativas facilitarán el buen desarrollo de la visita y vendrán obligadas a ofrecer la infonnación que se solicite, en el supuesto del segundo párrafo de la letra b) del número 1 del apartado Noveno dela presente Resolución, 3.- Los premiados se comprometen a participar en las acciones de difusión y transferencia de mejoras que la Dirección General proyecte y realice. 4.- La presentación de la solicitud supone la completa aceptación de las bases contenidas en esta Resolución. Undécimo.- Concesión del premio. 1.- Antes del 30 de noviembre de 2014 se publicará la resolución de la presente convocatoria. 2.- La entrega de premios se realizará antes del 31 de marzo de Madrid, 13 de febrero de 2014 LA DIRECTORA M" Eugenia Martín Mendizábal DE
10 Sr. Secretario General, Subdirectores/as Generales, Interventora Delegada Central y Sres/Sras. Directores/as Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social. ANEXO I FORMULARIO DE PARTICIPACiÓN EN LOS PREMIOS A LAS PRACTICAS DE MEJORA EN EL XII EDICiÓN, 2014 DATOS DEL SOLICITANTE Denominación de la práctica de mejora: Autor/autores de la práctica de mejora: Unidad de adscripción del autor o autores: Datos del solicitante:,( Nombre y apellidos :,( Teléfono de contacto:,( Fax:,( DIrección de Correo electrónico: Tareas, funciones, servicios o unidades administrativas afectadas por la práctica de mejora: Área Temática a la que, se considera, ha de ser asignada la práctica, conforme al apartado segundo de la Resolución: Premios o menciones obtenidos por la práctica de mejora, en ámbitos externos al Instituto Nacional de la Seguridad Social,( Entidad convocante del premio:,( Resolución de concesión:,( Premio o mención obtenida: El solicitante declara ser ciertos los datos consignados en la presente solicitud y acepta las bases de los Premios a las Prácticas de Mejora en el Instituto Nacional de la Seguridad Social para el año de de DE DE LA SEGURIDAD
11 Ag IHmruro HACIOIlAl DI LA _. SECiURIDAD FIRMA DEL SOLleIT ANTE, Sr. Secretario General del Institnto Nacional de la Segnridad Social. Área de Inspección de Servicios ANEXO n Especificaciones de la memoria 1.- Contenido y extensión. 1.- La memoria constará de un máximo de 40 páginas y, preceptivamente, deberá contener los siguientes epígrafes: a) Portada, 1 página, en la que se recogerán los siguientes extremos: Nombre de la unidad administrativa de pertenencia: Secretaria General, Subdirección General o Dirección Provincial. Título de la práctica de mejora. Autor o autores. Clasifi~ación de la práctica de mejora conforme al apartado Segundo de la Resolución. b) Guión referencial que recogerá los apartados en los que se articula el contenido de la práctica de mejora: 1 página. c) Descripción de funciones, actividades, servicios y/o unidad administrativa que pudieran encontrarse afectados por la práctica de mejora: 2 páginas máximo. d) Cuerpo del documento que deberá contener los siguientes apartados: Situación previa a la implementación de la mejora. Objetivos de la mejora. Génesis de elaboración y desarrollo de la mejora. Se hará constar la temporalización de actividades. Fecha de implantación de la mejora. Aspectos relativos a la originalidad e innovación. Los resultados y mejoras de los servicios, especialmente los resultados referentes a la mejora de los servicios prestados a los usuarios, del funcionamiento interno de los servicios y de los aspectos interrelacionales, tanto internos como externos. Las evidencias mostradas en relación con estándares de rendimiento y calidad, así como indicadores y objetivos, en relación con resultados de encuestas, entrevistas o DE DE LA SeGURIDAD
12 cualquier otro sistema de determinación, evaluación y/o valoración de resultados y en relación con la eficacia y/o eficiencia de los recursos disponibles. El establecimiento de sistemas de evaluación, revisión y mejora de los rendimientos. Las posibilidades de transferencia y proyección de la mejora, a otras unidades de la misma y/o distinta Dirección Provincial o General del INSS. La posibilidad de impacto positivo en una mayor sostenibilidad económica, social y/o ambiental. Conclusiones con especial referencia los apartados b), c), d) del punto I del apartado Sexto de la Resolución. 2.- Si la memoria excediera de 40 páginas, las adicionales no se tendrán en cuenta. 1I.- Soportes. La memoria se presentará en soporte papel y soporte informático. En soporte papel, las páginas irán numeradas, en tamaño A-4, mecanografiadas por una sola cara, con un tamaño mínimo de letra de 10 puntos. El soporte informático será CD o lápiz de memoria y en formato Word. 11I.- Remisión. La memoria se remitirá a la Secretaria General, Área de Inspección de Servicios, antes del 30 de abril de 2014, conforme se establece en el punto I del apartado Quinto de la Resolución. IV.- Ejemplares a remitir. Se remitirán un total de 6 ejemplares en soporte papel y 6 en soporte infonnático. DE
Se convocan en su XII edición los Premios a la Excelencia en el Instituto Nacional de la Seguridad Social para el año 2014.
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