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1 AUTO Manual de formación de seguros

2 ÍNDICE I. Por qué este Manual de Seguros?... 4 II. Los seguros de protección de pagos... 4 III. Qué beneficios aporta asegurarse con FinConsum?... 5 IV. Qué puede asegurarse con FinConsum?... 6 V. Quién puede asegurarse con FinConsum?... 8 VI. En el tiempo, cuánto dura el seguro con FinConsum?... 8 VII. Cómo asegurar con FinConsum?... 8 VIII. Qué hacer cuando ocurre un siniestro?... 8 Glosario Jurisdicción Protección del asegurado

3 Con FinConsum, vender es más fácil FinConsum, la entidad especializada en crédito al consumo del Grupo la Caixa, se convierte en un gran apoyo para sus ventas. Permite ofrecer a sus clientes la tranquilidad de poder hacer frente a sus préstamos en situaciones inesperadas en las que sus ingresos puedan verse mermados, o sus gastos incrementados, de forma significativa (fallecimiento o gran invalidez). Asimismo, en supuestos de robo o destrucción total del vehículo financiado, les ofrece la tranquilidad de poder liquidar el saldo pendiente del préstamo. De este modo, su cliente se reposiciona como cliente potencial para adquirir un nuevo vehículo. Y todo ello con la garantía de VidaCaixa y SegurCaixa, compañías aseguradoras del Grupo la Caixa. 3

4 I. Por qué este Manual de Seguros? Conscientes de los múltiples beneficios que el aseguramiento de las operaciones ofrece a sus clientes, y en cumplimiento de las obligaciones en materia de formación derivadas de la Ley de Mediación de Seguros 1, le ofrecemos este manual con la intención de facilitar un correcto conocimiento de los productos. FinConsum busca formar a sus establecimientos colaboradores para que un mejor conocimiento de los seguros suponga la traslación a los clientes finales de una mayor y mejor información de los mismos. En las siguientes páginas se recogen las características básicas de los productos de seguro (garantías, suscripción ), de forma clara y sencilla, para que usted pueda transmitir con claridad a su cliente una información completa a la hora de decidir sobre la contratación, o no, de un seguro vinculado a su operación de financiación. Asimismo, ponemos a su disposición la posibilidad de profundizar en el conocimiento de los productos aseguradores, a través de diferentes herramientas (manuales complementarios, sesiones de formación específicas ). Para ello, solo tiene que consultar con su comercial o entrar en Cabe señalar que con este manual de seguros FinConsum lleva a las operaciones de seguro su interés por la calidad en el conjunto de sus operaciones. Este interés coincide con los principios de información de calidad y transparencia que inspiran la actual regulación de las labores de mediación de seguros. Por ello FinConsum, como agente exclusivo de VidaCaixa y autorizado de SegurCaixa, le ofrece esta herramienta de formación. 1 Ley 26/2006, del 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados. II. Los seguros de protección de pagos Los seguros vinculados a la financiación al consumo son un mercado que aporta valor; por ello, asegurar una operación de financiación al consumo garantiza la tranquilidad de su cliente y permite a FinConsum poder continuar ofreciendo atractivas condiciones de financiación en estas operaciones. Hay que destacar la cada vez mayor penetración de las coberturas de protección de pagos en el mercado de financiación al consumo, en el que 4 de cada 10 operaciones ya incorporan estas coberturas. Tanto en supuestos de fallecimiento o de gran invalidez del cliente asegurado como en supuestos de robo o pérdida total del vehículo financiado, las coberturas aseguradoras permiten a su cliente no añadir a las citadas situaciones la carga derivada de la satisfacción del saldo del préstamo pendiente. Cuestión que, sin lugar a dudas, contribuirá a incrementar tanto sus ventas como el grado de satisfacción de sus clientes y, con ello, su fidelidad y repetición en la compra. Con FinConsum, vender es más fácil 4

5 III. Qué beneficios aporta asegurarse con FinConsum? Para su establecimiento, la cobertura aseguradora de las operaciones de financiación con FinConsum supone un valor añadido para su cliente y, con ello, una imagen de mayor calidad. SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGOS AUTO La garantía de protección de pagos supone para su cliente la tranquilidad de no tener que hacer frente al saldo pendiente de su préstamo en caso de fallecimiento o gran invalidez. Se trata de una garantía especialmente importante en este tipo de situaciones, ya que la economía familiar suele quedar gravemente afectada ante tales circunstancias. Por todo ello, contar con una cobertura aseguradora de este tipo supone evitar un problema añadido para las familias en estas complicadas situaciones. SEGURO DE PÉRDIDA FINANCIERA La garantía de pérdida financiera supone que su cliente, en caso de pérdida del vehículo por robo o accidente, dejará de pagar la mensualidad correspondiente al préstamo. Su cliente, de esta forma, se reposiciona como prestatario potencial y, así, puede adquirir un nuevo vehículo, probablemente de nuevo en su establecimiento. SEGURO DE PROTECCIÓN TOTAL AUTO Esta garantía permite a su cliente disfrutar conjuntamente de los beneficios tanto del Seguro de Protección de Pagos como del Seguro de Pérdida Financiera. 5

6 IV. Qué puede asegurarse con FinConsum? En el marco de la operación de financiación de su cliente, las modalidades de seguro contratables son: A... Seguro de Protección de Pagos Auto B.. Seguro de Pérdida Financiera C.. Seguro de Protección Total Auto A Seguro de Protección de Pagos Auto (SPPA) Proporciona al asegurado la garantía de liquidar el saldo pendiente del préstamo en caso de fallecimiento o gran invalidez¹. VidaCaixa garantiza el pago del principal del préstamo dispuesto pendiente de vencimiento en la fecha del fallecimiento o de la certificación médica de gran invalidez. Conviene resaltar algunas cuestiones respecto a esta cobertura, como son: La cobertura por fallecimiento cesará cuando el asegurado cumpla 80 años, con independencia de la mayor duración del préstamo. La cobertura por gran invalidez cesará cuando el asegurado cumpla 65 años, con independencia de la mayor duración del préstamo. En ambos supuestos la cobertura se extiende al fallecimiento o a la gran invalidez derivada tanto de enfermedad como de accidente. ¹ La Seguridad Social define la gran invalidez como aquella situación del trabajador afecto de incapacidad permanente y que, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesite la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos. B Seguro de Pérdida Financiera (SPFA) Si, tras el robo o la destrucción completa del vehículo, el reembolso de su asegurador del automóvil no fuera suficiente para liquidar el préstamo, SegurCaixa asumirá la diferencia entre el saldo pendiente del préstamo y el reembolso del asegurador del automóvil. 6

7 La destrucción completa del vehículo tiene que ser consecuencia de un accidente de circulación o de otra clase incluido en el seguro. Pérdida o destrucción completa: Existe cuando el importe presupuestado de la reparación excede del 100% del valor venal del vehículo en el momento antes del siniestro. Robo del vehículo: Supone la apropiación ilegítima total del vehículo asegurado. Si en el plazo de 30 días desde la desaparición del vehículo asegurado este no hubiera aparecido, la Compañía se compromete a indemnizar, hasta el límite del 100% del valor venal del mismo, el importe del capital pendiente de amortizar del préstamo concedido por FinConsum para la adquisición del mismo. Con relación a esta cobertura es importante tener en consideración las siguientes cuestiones: Para tener cobertura el cliente debe tener asegurado el vehículo. Esta garantía solo será de aplicación en caso de que el cliente tenga un seguro a todo riesgo del vehículo o en caso de que el seguro del vehículo sea a terceros y la culpa de los daños corresponda a un tercero. La diferencia entre el préstamo pendiente y el reembolso obtenido por el asegurador del vehículo tiene que ser superior a 200 euros para que exista cobertura. ² El hurto consiste en el apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble, realizado sin fuerza en las cosas, a diferencia del robo, ni violencia o intimidación en las personas, a diferencia de la extorsión. C Seguro de Protección Total Auto (SPTA) Esta garantía supone la suma de las garantías del Seguro de Protección de Pagos Auto y de Pérdida Financiera. 7

8 V. Quién puede asegurarse con FinConsum? Podrán contratar la cobertura aseguradora de su operación de financiación, de acuerdo con la modalidad elegida, todos aquellos clientes que cumplan los siguientes requisitos: Tener una edad comprendida entre los 18 y los 74 años de edad. No padecer ninguna enfermedad grave, ni encontrarse en situación de incapacidad permanente en alguno de sus grados (total, parcial, absoluta o gran invalidez) o temporal que pudiera derivar en incapacidad permanente. Ser aceptado como asegurado por las Aseguradoras, mediante el cargo en cuenta de la prima del seguro. VI. En el tiempo, cuánto dura el seguro con FinConsum? La duración del seguro se extiende hasta el vencimiento del préstamo. Las coberturas de fallecimiento y gran invalidez cesarán cuando el asegurado cumpla 80 y 65 años, respectivamente, con independencia de la mayor duración del préstamo. VII. Cómo asegurar con FinConsum? Asegurar una operación de financiación es sencillo con FinConsum. El interesado en contratar una de las modalidades de seguro deberá manifestar su interés y deberá firmarlo en la solicitud de la operación de financiación. De este modo ya estará asegurado, sin necesidad de suscribir documentos o boletines de adhesión adicionales. El cliente solo deberá indicar una de las opciones habilitadas en función del tipo de seguro y firmar. VIII. Qué hacer cuando ocurre un siniestro? En caso de un siniestro su establecimiento y usted no deben realizar ninguna tarea administrativa. Su cliente debe llamar al o al y allí le indicarán la documentación a facilitar para tramitar el siniestro. 8

9 Horario de atención al cliente: Lunes a viernes de 8:30 a 22:00 h.- Sábado de 9:00 a 21:00 h. 9

10 Glosario Tomador: es la persona que suscribe el contrato de seguro con el asegurador. En el presente caso, se trata de FinConsum, E.F.C., S.A. Asegurado: es la persona titular del interés objeto del contrato de seguro. En el presente caso, se trata del cliente cuya compra es objeto de financiación. Beneficiario: es la persona prevista en el contrato de seguro que recibe la indemnización o prestación convenida en el mismo. En el presente caso, para el Seguro de Protección de Pagos, se trata de FinConsum, E.F.C., S.A. Para el Seguro de Protección de Compras y el Seguro de Protección Total, se trata del asegurado. Asegurador: es la persona (jurídica) que asume la cobertura del riesgo objeto del contrato de seguro. En el presente caso, para el Seguro de Protección de Pagos, se trata de VidaCaixa, S.A. Para el Seguro de Protección de Compras y el Seguro de Protección Total, se trata de SegurCaixa, S.A. Mediador: es la persona que intermedia en la celebración de un contrato de seguro. En el presente caso se trata de FinConsum, E.F.C., S.A., como agente de seguros exclusivo de VidaCaixa, S.A. y autorizado de SegurCaixa, S.A. Auxiliar del mediador: es la persona que colabora con el mediador de seguros en la distribución de productos de seguros, por cuenta de dicho mediador. En el presente caso, se trata del establecimiento comercial (punto de venta). Seguro colectivo: se trata de un contrato de seguro que da cobertura a un conjunto de personas con un interés común distinto al propósito de asegurarse. En el presente caso, se trata de los contratos suscritos por FinConsum, E.F.C., S.A., como tomador, y VidaCaixa, S.A. para el Seguro de Protección de Pagos y SegurCaixa, S.A. para el Seguro de Protección de Compras y el Seguro de Protección Total. Los clientes de FinConsum, E.F.C., S.A. se adhieren a estos contratos como asegurados. Siniestro: hecho o circunstancia que supone la materialización del riesgo objeto del contrato de seguro. Exclusiones: hechos o circunstancias que en ningún caso son objeto de cobertura por el contrato de seguro y que se encuentran recogidos en el mismo. En el presente caso cabe destacar, a modo de ejemplo, los siniestros ocurridos con anterioridad a la entrada en vigor del contrato de seguro, o aquellos que sean consecuencia de un acto de imprudencia o negligencia grave del asegurado, declarado así judicialmente. Franquicia: en el contrato de seguro, cuantía mínima del daño a partir de la cual surge la obligación del asegurador. Jurisdicción El contrato de seguro queda sometido a la jurisdicción española y, dentro de ella, será juez competente para el conocimiento de las acciones derivadas de este contrato el adscrito al domicilio del asegurado. En caso de que el asegurado tenga su domicilio en el extranjero deberá designar, a estos efectos, un domicilio en España. 10

11 Protección del asegurado El asegurado gozará de la protección otorgada por la normativa vigente en materia de protección de los consumidores y usuarios de servicios financieros (Ley 44/2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y su normativa de desarrollo). Sin perjuicio de la posibilidad de acudir a la vía judicial, el asegurado, el beneficiario, los terceros perjudicados o los derechohabientes de cualquiera de ellos podrán presentar quejas o reclamaciones contra aquellas prácticas del asegurador que consideren abusivas o que lesionen sus derechos o intereses legalmente reconocidos derivados del contrato de seguro, ante las siguientes instancias: - El Servicio de Atención al Cliente de VidaCaixa, S.A. y SegurCaixa, S.A. (General Almirante 2-4-6, Barcelona). - El Defensor del Cliente de la Federación de Cajas de Ahorros Catalanas (Gran Via de Carles III, 86, 6º, Barcelona), designado por el asegurador como Defensor del Asegurado. El asegurado, el beneficiario, los terceros perjudicados o los derechohabientes de cualquiera de ellos podrán someter voluntariamente a esta persona sus quejas o reclamaciones contra aquellas prácticas del asegurador que consideren abusivas o que lesionen sus derechos o intereses legalmente reconocidos derivados del contrato de seguro que no superen la cuantía individual, sumados todos los conceptos, establecida en el Regla mento del Defensor del Cliente de las Cajas de Ahorros Catalanas y siempre y cuando las cuestiones sobre las que se plantee la reclamación no se encuentren en vía judicial o arbitral. La resolución del Defensor del Asegurado será de acatamiento obligatorio para el asegurador y voluntario para el reclamante. - El Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 30 de la Ley 44/2002, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero. Para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el mismo debe acreditarse la formulación de reclamación previa ante el Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Asegurado y que la misma ha sido desestimada, no admitida o que ha transcurrido el plazo de dos meses desde su presentación sin que haya sido resuelta. Una vez transcurrido el plazo de 2 meses, o una vez desestimada la queja o reclamación, el asegurado podrá dirigirse al Comisionado para la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de Pensiones. 11

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