TOMO Nº 407 SAN SALVADOR, MARTES 21 DE ABRIL DE 2015 NUMERO 70 DIARIO OFICIAL SOLO PARA CONSULTA

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1 DIARIO REPUBLICA OFICIAL.- DE EL San SALVADOR Salvador, EN LA 21 AMERICA de Abril de CENTRAL DIARIO OFI CIAL DIRECTOR: Edgard Antonio Mendoza Castro TOMO Nº 407 SAN SALVADOR, MARTES 21 DE ABRIL DE 2015 NUMERO 70 - La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos , y Reconocimiento de estudios académicos.... Acuerdo No Ampliación de servicios educativos en el Colegio Infancia Feliz, ubicado en el municipio de Santa Tecla.... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdo No. 130-D.- Se autoriza a la Licenciada Melba Maritza Ayala González, para ejercer las funciones de notario..... S U M A R I O Pág Estatutos de la Asociación Comunal de Desarrollo de la Comunidad Villa Olímpica Norte y Acuerdo No. 3, emitido por la Alcaldía Municipal de Mejicanos, departamento de San Salvador, aprobándolos y confiriéndole el carácter de persona jurídica.... SECCION CARTELES OFICIALES DE PRIMERA PUBLICACION Declaratoria de Herencia... Aceptación de Herencia... Aviso de Inscripción... DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia... Pág INSTITUCIONES AUTÓNOMAS Título Supletorio ALCALDÍAS MUNICIPALES DE TERCERA PUBLICACION Decreto No. 4.- Ordenanza Transitoria para el Pago de las Tasas con Dispensa de Multas e Intereses Moratorios a favor del Municipio de Apaneca, departamento de Ahuachapán Aceptación de Herencia... Título Supletorio Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: Página Web: Correo: diariooficial@imprentanacional.gob.sv

2 2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Pág. Pág. SECCION CARTELES PAGADOS Subasta Pública DE PRIMERA PUBLICACION Reposición de Certificados Declaratoria de Herencia Administrador de Condominio Aceptación de Herencia Título de Propiedad Título Supletorio Sentencia de Nacionalidad Marca de Fábrica Nombre Comercial Convocatorias Reposición de Certificados Explotación de Canteras Convocatorias Título Municipal Edicto de Emplazamiento Reposición de Certificados Marca de Producto Título Municipal DE SEGUNDA PUBLICACION Aceptación de Herencia... Herencia Yacente... Título Supletorio... Título de Dominio... Marca de Servicios Marca de Producto Marca de Servicios... Marca de Producto... DE TERCERA PUBLICACION Aceptación de Herencia... Título de Propiedad... Título Supletorio... Marca de Fábrica... Nombre Comercial Subasta Pública SECCION DOCUMENTOS OFICIALES MINISTERIO DE EDUCACIÓN Marca de Fábrica... Nombre Comercial... Señal de Publicidad Comercial... Convocatorias Resoluciones Nos.1966, 1967, 1970, 1971, 1976, 1977, 1979, 1980, 1981, 1982, 1983, 1987, 1989, 1991, 1992, 1994, 1995, 1996, 1997, 1999, 2001, 2003, 2004, 2009, 2010, 2012, 2013, 2015, 2016, 2020, 2023, 2025, 2026, 2028, 2029, 2030, 2034, 2037, 2038, 2042, 2043, 2044, 2045, 2046, 2050, 2051, 2052, 2053, 2056, 2057, 2058, 2059, 2061, 2062, 2113, 2115, 2117, 2121, 2125, 2126, 2129, 2130 y Reposiciones de títulos

3 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de ÓRGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN RAMO DE EDUCACIÓN 3 ACUERDO No San Salvador, 24 de octubre de EL MINISTRO DE EDUCACIÓN: en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERAN- DO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó MIRNA ELIZABETH DUARTE SUÁREZ, de nacionalidad salvadoreña, solicitando EQUIVALENCIA de sus estudios de Onceavo Grado, realizados en Virginia Allred Stacey Jr/Sr. High School, San Antonio Texas, Estados Unidos de América, en el año 2014, con los de Primer Año de Bachillerato de nuestro país; II) Que según Resolución de fecha 22 de octubre de 2014 emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos legales exigidos, con base a los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Equivalencia de estudios de Onceavo Grado obtenido por MIRNA ELIZABETH DUARTE SUÁREZ en Virginia Allred Stacey Jr/Sr. High School, San Antonio Texas, Estados Unidos de América. POR TANTO de conformidad a lo establecido por los Artículos 59 y 62 de la Ley General de Educación y Artículo 4 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia en Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento de equivalencia de los estudios de Onceavo Grado cursados en Virginia Allred Stacey Jr/Sr. High School, San Antonio Texas, Estados Unidos de América, a MIRNA ELIZABETH DUARTE SUÁREZ reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo, para matricularse en Segundo Año de Bachillerato General de nuestro país. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES, MINISTRO DE EDUCACIÓN. (Registro No. F050772) ACUERDO No San Salvador, 10 de noviembre de EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, en su Art. 38 numerales 1, 6 y 8; CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación Superior, se ha presentado ROSALINA LEIVA NOLASCO, solicitando que se le reconozca el grado académico de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN CIRUGÍA GENERAL, obtenido en la ESCUELA LATINOAMERICANA DE MEDICINA, en la REPÚBLICA DE CUBA, el día 22 de mayo de 2014; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, el Reglamento Especial de Incorporaciones y a las facultades concedidas en los mismos a este Ministerio; II) Que de conformidad a los Arts. 2, numeral 5, Arts. 4 y 5 del Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe, suscrito por nuestro país el día veintisiete de septiembre de mil novecientos setenta y seis, ratificado por la Asamblea Legislativa a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y seis, publicado en el Diario Oficial No 235, Tomo No 253 de fecha 21 de diciembre de 1976, y vigente a la fecha, procede dicho reconocimiento académico; III) Que habiéndose examinado la documentación presentada en la Gerencia de Registro, Incorporaciones y Asistencia Legal de la Dirección Nacional de Educación Superior, con fecha 31 de octubre de 2014, ha emitido el Dictamen favorable para la incorporación por reconocimiento del Título Académico mencionado en el Romano Uno; POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la Ley de Educación Superior y demás instrumentos legales. ACUERDA: 1 ) Reconocer la validez académica de los estudios de ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN CIRUGÍA

4 4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 GENERAL, realizados por ROSALINA LEIVA NOLASCO, en la República de Cuba; 2 ) Tener por incorporada a ROSALINA LEIVA NOLASCO, como ESPECIALISTA DE PRIMER GRADO EN CIRUGÍA GENERAL, en nuestro país; 3 ) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional en El Salvador, la cual deberá ser tramitada ante la instancia correspondiente; 4 ) El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES, MINISTRO DE EDUCACIÓN. (Registro No. F050763) ACUERDO No San Salvador, 24 de Febrero de EL MINISTRO DE EDUCACIÓN: En uso de las facultades legales que establece el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERAN- DO: I) Que a la Dirección Nacional de Educación, se presentó, HÉCTOR ALCIDES HERNÁNDEZ CEDILLOS, c/p HÉCTOR HERNÁNDEZ, de nacionalidad salvadoreña, solicitando INCORPORACIÓN de su High School Equivalency Diploma, extendido por Education Department, University of The State of New York, Estados Unidos de América en el año 2008; II) Que según Resolución de fecha 23 de enero de 2015, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, se ha comprobado que se ha cumplido con todos los requisitos legales exigidos para la autorización de lo solicitado con base al Artículo 60 de la Ley General de Educación y demás disposiciones legales vigentes, resolvió autorizar la Incorporación de su High School Equivalency Diploma extendido por Education Department, University of The State of New York, Estados Unidos de América a favor de HÉCTOR ALCIDES HERNÁNDEZ CEDILLOS, c/p HÉCTOR HERNÁNDEZ. POR TANTO de conformidad a lo establecido en el Artículo 60 de la Ley General de Educación y Artículo 7 del Reglamento para Equivalencias y Pruebas de Suficiencia de Educación Básica y Media e Incorporación de Títulos de Educación Media y demás disposiciones legales vigentes. ACUERDA: 1) Confirmar el reconocimiento e Incorporación del High School Equivalency Diploma extendido por Education Department, University of The State of New York, Estados Unidos de América, a favor de HÉCTOR ALCIDES HERNÁNDEZ CEDILLOS, c/p HÉCTOR HERNÁNDEZ reconociéndole su validez académica dentro de nuestro sistema educativo como Bachiller General. 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES, MINISTRO DE EDUCACIÓN. (Registro No. F050655) ACUERDO No San Salvador, 18 de diciembre de EL MINISTRO DE EDUCACIÓN, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, se establece que es obligación y finalidad primordial del Estado conservar, fomentar y difundir la educación y la cultura a la persona; así mismo se establece su responsabilidad de reglamentar, organizar e inspeccionar el sistema educativo, en los centros educativos oficiales y privados. En relación a lo anterior, compete al Ministerio de Educación, con base al Artículo 38 numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, autorizar las instituciones y servicios educativos que fueren necesarios, controlar y supervisar los centros oficiales y privados de Educación, así como regular la creación, funcionamiento y nominación de los mismos ; II) Que de conformidad a los Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación, el

5 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Ministerio de Educación regula la prestación del servicio educativo de las instituciones oficiales y privadas; para lo cual establece normas y mecanismos necesarios, que garanticen la calidad, eficiencia y cobertura de la educación. En tal sentido la creación y funcionamiento de los centros educativos privados se autorizan por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Educación, el cual deberá sustentarse en comprobaciones que garanticen la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y financieros necesarios y el personal docente calificado de conformidad a los servicios que ofrezcan; III) Que el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, conoció sobre la solicitud de AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, para Primero y Segundo Ciclo de Educación Básica, en jornada diurna, dicha solicitud la presentó la señora Elizabeth del Carmen Aguirre de Calderón Sol, quien se identifica con su Documento Único de Identidad No , actuando en su calidad de Representante Legal del Comité de Proyección Social-El Salvador, Institución propietaria del centro educativo privado denominado COLEGIO INFANCIA FELIZ, lo que comprueba con Declaración Jurada, celebrada el 23 de septiembre de 2014, ante los oficios del Notario Oscar Armando Almeida Chávez; el centro educativo se identifica con código No , con domicilio autorizado en 1 a. Calle Poniente, No. 4-3, entre 6 a. y 8 a. Avenida Norte, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, así también solicita se le autorice la Ampliación del domicilio en la siguiente dirección: 2 a. Avenida Sur, No. 3-8, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad; IV) Que según documentación presentada y verificados que fueron los requisitos de ley, se llevó a cabo la visita de verificación por Delegados de este Ministerio, con fecha 25 de noviembre 2014, habiéndose constatado que el centro educativo cumple con los requisitos básicos de funcionamiento, en cuanto a la organización académica y administrativa adecuada, los recursos físicos y financieros necesarios y el personal docente calificado, para la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS de Primero y Segundo Ciclo de Educación Básica, en jornada diurna, para que funcione en la siguiente dirección: 2 a. Avenida Sur, No. 3-8, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad; V) Que después de comprobar la legalidad de la documentación presentada y el cumplimiento de los requisitos de ley, el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, con fecha 01 de diciembre de 2014, emitió resolución, autorizando la AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS para Primero y Segundo Ciclo de Educación Básica, en jornada diurna, para que funcione en la siguiente dirección: 2 a Avenida Sur, No. 3-8, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad; del centro educativo privado denominado COLEGIO INFANCIA FELIZ, con código No , con domicilio autorizado en l a. Calle Poniente, No. 4-3, entre 6 a. y 8 a. Avenida Norte, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad. POR TANTO de conformidad a lo antes expuesto, con base en los Artículos 53, 54 y 57 de la Constitución de la República de El Salvador, Artículo 38, numerales 5, 8 y 27 del Reglamento Interno del órgano Ejecutivo, Artículos 1, 12 y 80 de la Ley General de Educación y en uso de las facultades legales antes citadas, ACUERDA: 1) Confirmar en todas sus partes la resolución de fecha 01 de diciembre de 2014, emitida por el Departamento de Acreditación Institucional de la Dirección Nacional de Educación de este Ministerio, por medio de la cual se autoriza LA AMPLIACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS para Primero y Segundo Ciclo de Educación Básica, en jornada diurna, y la ampliación del domicilio para que funcione en la siguiente dirección: 2 a. Avenida Sur, No. 3-8, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, del centro educativo privado denominado COLEGIO INFANCIA FELIZ, con código No , con domicilio autorizado en l a. Calle Poniente, No. 4-3, entre 6 a. y 8 a. Avenida Norte, Municipio de Santa Tecla, Departamento de La Libertad, solicitado por la señora Elizabeth del Carmen Aguirre de Calderón Sol, actuando en su calidad de Representante Legal del Comité de Proyección Social-El Salvador, Institución propietaria del centro educativo en mención; 2) Publíquese en el Diario Oficial. COMUNÍQUESE. CARLOS MAURICIO CANJURA LINARES, MINISTRO DE EDUCACIÓN. (Registro No. C011103) ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUS TI CIA ACUERDO No. 130-D.-CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, San Salvador, cinco de febrero de dos mil quince.- Habiendo aprobado el examen de suficiencia previo al ejercicio de la función notarial establecido en el Art. 145, de la Ley Orgánica Judicial y conforme al acta de notificación efectuadas, en cada caso, por la Secretaría General de este tribunal, que se encuentran agregadas en los correspondientes expedientes profesionales; este Tribunal ACUERDA: Autorizar para que ejerza las funciones de NOTARIO incluyendo su nombre en la nómina permanente de notarios que se publica anualmente en el Diario Oficial a los abogados siguientes: MELBA MARITZA AYALA GONZALEZ.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. F. MELENDEZ.- J. B. JAIME.- E. S. BLANCO R.- R. E. GONZALEZ.- M. REGALADO.- D. L. R. GALINDO.- L. C. DE AYALA G.- J. R. ARGUETA.- JUAN M. BOLAÑOS S.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. S. RIVAS AVENDAÑO. (Registro No. F050718)

6 6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DECRETO NÚMERO CUATRO INSTITUCIONES AUTÓNOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE APANECA, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN CONSIDERANDO: I. Que ante la problemática de la crisis Económica que vive el país, el Gobierno Municipal de la Ciudad de Apaneca desea favorecer a la población, de los beneficios de una Ordenanza Transitoria de Dispensa de intereses y multas provenientes de deudas por Tasas Municipales. II. III. IV. Que es necesario promover en los contribuyentes una cultura de pago de los Tributos Municipales, para disminuir el índice de morosidad y a la vez solventen la deuda generada por la falta de pago de impuestos y tasas existentes mediante la concesión de exenciones del pago de intereses y multas. Que no existe en la Constitución, ni en la Legislación secundaria prohibición alguna para perdonar o dispensar el pago de intereses o accesorios a la obligación principal, por tanto, los beneficios de esta Ordenanza, pretenden favorecer a los contribuyentes morosos y por consiguiente que la Municipalidad logre una mayor recaudación económica para el cumplimiento de sus deberes y obligaciones. En el Contexto de hacer un adecuado uso de las herramientas jurídicas y acordes a la realidad económica a nivel nacional e internacional de los últimos años, se ha disminuido la capacidad de pago de los habitantes del país y particularmente de los contribuyentes del Municipio de Apaneca, quienes por tal situación se han convertido en sujetos morosos en el pago de sus Tributos Municipales. V. Que de conformidad con los Artículos 203 y 204 ordinal 5 de la Constitución de la República; Artículos 3, 30 numerales 4 y 32 del Código Municipal, los Municipios son autónomos en lo económico, en lo técnico, y regularán las materias de su competencia por medio de Ordenanzas Municipales. DECRETA: ORDENANZA TRANSITORIA PARA EL PAGO DE LAS TASAS CON DISPENSA DE MULTAS E INTERESES MORATORIOS Art. 1.- La presente Ordenanza tiene por objeto que todo contribuyente que se encuentre en mora con esta municipalidad respecto al pago de tasas por servicios municipales, solvente su situación con la dispensa de la multa y los intereses moratorios que existieran. Art. 2.- Podrán acogerse a los beneficios establecidos en esta Ordenanza las personas naturales o jurídicas, que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones: A. Que tengan bienes inmuebles en el municipio y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en esta comuna. B. Que ya tengan plan de pago establecido, debiendo ajustarse el pago a la vigencia de la presente Ordenanza con la deducción de los intereses aplicados. C. Los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de pagos parciales siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de vigencia de esta Ordenanza. Art. 3.- Los contribuyentes que suscriban Convenios de pago con esta municipalidad durante la vigencia de la presente Ordenanza Municipal y deseen hacer uso de estos beneficios, deberán cumplir con lo acordado en el convenio, caso contrario volverá al estado ordinario de morosidad y sin más trámite pasará a la recuperación de la mora por la vía judicial. Art. 4.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, y sus efectos durarán hasta el día treinta y uno de agosto de dos mil quince. Dado en el Salón de sesiones de la Alcaldía Municipal de Apaneca, a los ocho días del mes abril de dos mil quince. OSMÍN ANTONIO GUZMÁN ESCOBAR, ALCALDE MUNICIPAL. MARIO DIMAS PACHECO, SÍNDICO MUNICIPAL. RODRIGO ANTONIO RIVAS FLORES, SECRETARIO MUNICIPAL. (Registro No. F050600)

7 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de ESTATUTOS DE LA ASOCIACION COMUNAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD VILLA OLIMPICA NORTE, DEL MUNICIPIO DE MEJICANOS. DENOMINACION CAPITULO I DENOMINACION, NATURALEZA, DOMICILIO Y PLAZO Art. 1.- Créase en el Municipio de Mejicanos, del Departamento de San Salvador, la "Asociación Comunal de Desarrollo de la Comunidad Villa Olímpica Norte", del Municipio de Mejicanos; y que en el transcurso de estos Estatutos será llamada la Asociación y que se abreviará, cuya simbología estará representada en un sello circular con imagen de una casa y se podrá abreviar A.C.D.D.L.C.VILLA OLIMPICA NORTE. NATURALEZA Art. 2.- Su naturaleza es ser una organización de carácter ciudadana, no religiosa, sin fines de lucro, democrática y sin afiliación política partidaria, para efectuar trabajo en beneficio de la comunidad y del municipio de Mejicanos. DOMICILIO Art. 3.- La Asociación tendrá como domicilio la Comunidad Villa Olímpica Norte, de la Jurisdicción de Mejicanos, Departamento de San Salvador, donde gobierna la Asociación. DURACION Art. 4.- El plazo de la Asociación será por tiempo indefinido, sin embargo, podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos previstos en la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones Comunales de la Ciudad de Mejicanos, y el Código Municipal de estos Estatutos y demás disposiciones. CAPITULO II OBJETIVOS Y ATRIBUCIONES Art. 5.- La Asociación tendrá los siguientes objetivos: a) Armonizar, las relaciones entre la población en aras de una convivencia de cooperación y apoyo en búsqueda de soluciones integrales de sus problemas y el desarrollo de la comunidad fomentando valores, la cooperación e integración en la comunidad. b) Contribuir a la seguridad ciudadana, al desarrollo económico, político social y cultural de la comunidad. c) Contribuir a la armonización de las relaciones de la comunidad. d) Promover e impulsar programas de formación comunales con el fin de elaboración de proyectos sociales dirigidos a la Comunidad; contribuir al desarrollo integral de la familia, joven, niño y de los adultos mayores de la comunidad; ATRIBUCIONES Art. 6.- Para lograr el objetivo anterior la Asociación tendrá las siguientes atribuciones: a) Promover el progreso de la localidad conjuntamente con los Organismos Públicos y Privados, Nacionales e Internacionales que participen en los diferentes Programas de Desarrollo Comunal. b) Impulsar y participar en los Programas de Capacitación Promocional de los Dirigentes y de los Grupos Comunales, con el fin de contribuir al mejoramiento de la Organización de la Comunidad, la administración de Proyecto Social y Económico y la elevación de los niveles educativos de cada uno de los Asociados. c) Trabajar en el establecimiento y en los servicios de la comunidad, con el equipamiento de los medios indispensable para solucionar los distintos problemas que existieran. d) Gestionar permanentemente la construcción y mantenimiento de todas las obras de la infraestructura y otras que beneficien a la comunidad. e) Promover las Organizaciones Juveniles y mejoras para hacerlos partícipes de la responsabilidad de los programas de desarrollo local. f) Las demás atribuciones acordadas en Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, en la Ordenanza Reguladora respectivamente y demás leyes pertinentes. CAPITULO III DE LOS ASOCIADOS CLASES DE ASOCIADOS DERECHOS Y DEBERES Art. 7.- Son asociados todas las personas mayores de dieciocho años, habitantes de la comunidad ya sea en calidad de propietario o inquilino de las viviendas que utilicen; y cualquier otra persona que cumplan dieciocho años se le dará la calidad inmediata de asociado o asociada si continúa viviendo en la comunidad. DE LOS ASOCIADOS FUNDADORES, ACTIVOS Y HONO- RARIOS Art. 8.- Los Asociados podrán ser: Fundadores. Activos; y Honorarios. a) Son Asociados Fundadores: Todas las personas naturales, que suscriban el Acta de Constitución de la Asociación. Las secretarias de actas y de comunicaciones se encargarán de darle la mayor promoción posible al acto de constitución de la Asociación, buscar que la mayor parte de la población firme el acta requerida procurando que los firmantes no sean menos de veinticinco miembros. b) Son Asociados Activos: Todas las personas que obtengan su ingreso a la Asociación conforme lo establecido en estos Estatutos.

8 8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 c) Son Asociados Honorarios: Aquellas personas naturales o jurídicas, que realizan una destacada labor dentro de la comunidad o dando ayuda significativa a la Asociación y que la Asamblea General les conceda tal calidad a propuesta de la Junta Directiva. Para ser socio Honorario no se requiere que resida en la comunidad. Art Derechos de los Asociados Honorarios: a) Reconocimiento público por los beneficios prestados a la comunidad. b) Invitación a actos especiales o solemnes de la Asociación. Art. 9.- Del registro de los Asociados. La Asociación deberá contar con un registro de la comunidad que le permita conocer de la evolución de la misma y saber quien va alcanzando la mayoría de edad, el registro le permitirá saber quienes actúan como representantes de las familias, así como los que han dejado de serlos. En cada asiento familiar se indicará el nombre y las generales de los integrantes de las familias, edades, profesión u oficio, número de documento único u otro documento de identificación personal, fecha de nacimiento, y otros datos necesarios. Art Son derechos de los Asociados: a) Participar con voz y voto en las Asambleas Generales. b) Presentar mociones y sugerencias a la Asamblea General. c) Retirarse voluntariamente de la Asociación. d) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva o del Comité de Vigilancia de la Asociación, siempre que actúe como representante de familia. e) Gozar de los servicios y privilegios que realice, y otorgue la Asociación. f) Apelar ante la Asamblea General sobre cualquier situación que le afecte a nivel comunitario. g) Acudir a los miembros de la Junta Directiva para plantear cualquier incomodidad que sufra de la misma los demás derechos que le confiere estos Estatutos y demás Leyes de la República. h) Los demás derechos que le confiere estos Estatutos y demás Leyes de la República. Art Sobre los deberes de los Asociados a) Cooperar con todos los medios promocionales posibles, para el incremento del número de miembros de la Asociación. b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General previa convocatoria en legal forma. c) Desempeñar a cabalidad todas las comisiones y cargos que se le encomiende. d) Cooperar con los esfuerzos que realice la comunidad para mejorar las condiciones de vida para la comunidad. e) Cuando la cooperación sea en forma económica, será la Asamblea General de la comunidad quien defina la cuantía y el tiempo que se deba aportar, se levantará Acta de la Sesión realizada y se tomará acuerdo en Asamblea General Extraordinaria o Ordinaria. f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de la Asamblea General y Junta Directiva, siempre que éste, esté relacionado con los fines de la Asociación. CAPITULO IV DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACION COMPOSICION DEL GOBIERNO COMUNAL Art El gobierno de la Asociación será ejercido por la Asamblea general, Junta Directiva y Comité de Vigilancia. CAPITULO V DE LA ASAMBLEA GENERAL Art La Asamblea General será la máxima autoridad de la Asociación, y estará integrada por la totalidad de los Asociados. Art La convocatoria a Asamblea General Extraordinaria se hará por escrito por lo menos con tres días de anticipación a la fecha de su realización. Art Para conformar un quórum se necesita la asistencia de la mitad más uno de los miembros de la Asociación, y las decisiones se tomará por el voto de la mayoría de los asistentes. Si no hubiera quórum se hará una nueva convocatoria y se establecerá una Asamblea General con el número de asistentes, siempre y cuando no sea inferior a un tercio de los integrantes de la misma. Art.17.- Son atribuciones de Asamblea General: a) Aprobar, reformar o derogar estos Estatutos y los respectivos Reglamentos que emita la Asociación. b) Elegir los miembros de la Junta Directiva y destituirlos por causas justificadas. c) Ventilar cualquier desacuerdo en oposición a una propuesta de elección de cualquier persona para cargo en los cuerpos directivos y definir con acuerdo del pleno. d) Aprobar la memoria de labores de la Asociación, los informes del Tesorero y los demás que le presenten los miembros de la Junta Directiva. e) Fijar la cuantía de la cuota ordinaria y extraordinaria de los Asociados según la necesidad de la Asociación. f) Incentivar la participación de la mujer y de los jóvenes en asumir cargos directivos. g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, reglamentos y otras disposiciones que emita la Asociación, decidir sobre cualquier otro asunto no previsto en estos Estatutos. h) Otorgar y retirar la calidad de Asociados Honorarios.

9 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Art Las sesiones de la Asamblea serán presididas por la Junta Directiva y se levantarán actas de todo lo actuado, lo que se asentará en el libro respectivo, haciéndose constar por medio de registro, el número de asistentes. CAPITULO VI DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL QUORUM Art Quórum para celebrar sesión de Junta Directiva será la asistencia de por lo menos de la mitad más uno de sus miembros, y para tomar decisiones el voto favorable de la mayoría de los miembros directivos presentes en caso de empate, el Presidente tendrá doble voto. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA COMPOSICION DE LA JUNTA DIRECTIVA Art La Junta Directiva de la Asociación, es el Órgano Ejecutivo y está integrado por el número de miembros que señalan en estos Estatutos y la Ordenanza Municipal, y estará conformada por: a) Presidente o Vicepresidente. b) Secretaria(o) de Asuntos Legales, en la que el Síndico tendrá a su cargo la coordinación de tales actuaciones. c) Secretario(a) de Actas. d) Secretaria(o) de Finanzas. e) Secretaria(o) de Comunicaciones. f) Secretario(a) de Proyectos. g) Secretaria(o) de Bienestar Social. h) Secretario(a) de Cultura Recreación y Deportes. i) Secretaria de Proyectos. Además la Asamblea General podrá crear según sus necesidades las Secretarias que considere conveniente para el mejor desempeño de su cometido; cuidando de no crear multiplicidad entorpecimiento o dispersión de atribuciones. h) i) Autorizar al Presidente para que celebre toda clase de contrato y proyectos de la Asociación, especialmente aprobado por la Asamblea General. Elaborar proyectos de reglamentos de la Asociación de estos Estatutos, Reglamentos existentes. DE LA ELECCION j) Aprobar los programas de trabajo a desarrollar por la Asociación. Art Los miembros de la Junta Directiva serán electos en la Asamblea General Extraordinaria, especialmente convocada al efecto debiendo elegir de entre los asistentes, la Junta Directiva de forma permanente; de igual forma deberá hacerse en los diferentes períodos del mes y años correspondientes, para un período de dos años, a partir de k) Mantener informada a la Asamblea General sobre los avances de las actividades que se desarrollarán en la comunidad y el estado financiero de la Asociación. la fecha de su nombramiento, pudiendo ser reelectos en forma alterna después del período para el que fue electo, siempre y cuando sea a un cargo diferente. Cuando se trate de sustitución por causas de fuerza mayor o cuando éstos hayan sido destituidos por su mal desempeño dentro de la Asociación, deberá convocarse a la Asamblea General a sesión Extraordinaria, para efecto de realizar las sustituciones de directivos correspondientes. Art La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a) Administrar el patrimonio de la Asociación. b) Velar por el cumplimiento de estos Estatutos, resoluciones de Asamblea General y los Reglamentos de la Asociación. c) Elaborar la Memoria de Labores y someterlo a consideración de la Asamblea General. d) Velar porque todos los Asociados cumplan con sus obligaciones para con la Asociación. e) Convocar a los Asociados para elaborar la agenda de sesiones. f) Conocer las solicitudes y reclamos de ingreso de asociados, y presentarlos a consideración de Asamblea General. g) Conocer las solicitudes y reclamos de los Asociados de acuerdo a las disposiciones de estos Estatutos, y Reglamentos de la Asociación. l) Resolver todos los asuntos que no sean competencia para la Asamblea General. REQUISITOS Art Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación se requiere: DE LAS SESIONES Art La Junta Directiva sesionará Ordinariamente una vez al mes, y Extraordinariamente cuando se considere conveniente. La convocatoria a las sesiones Ordinarias de la Junta Directiva, se hará con tres días de anticipación y para las sesiones Extraordinarias con dos días por lo menos de anticipación. 1) Ser mayor de edad. 2) Observar buena conducta. 3) Estar solvente con la Asociación. 4) Ser residente de esa Comunidad. 5) Ser del domicilio del Municipio de Mejicanos.

10 10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CAPITULO VII DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA DIRECTIVA b) Firmar junto con el Presidente y el Síndico, los cheques y documentos de gastos de la Asociación y presentarlos a la Junta Directiva. c) Llevar los libros de contabilidad que fueren necesarios. Art Son las atribuciones del Presidente o del Vicepresidente: a) Presidir las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General. b) Convocar a los Asociados a sesiones de Asambleas General y a los miembros de la Junta Directiva. c) Representar legal, judicial y extrajudicialmente a la Asociación, en forma conjunta con la Secretaria(o) de Asuntos Legales, (Síndico). d) Velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Junta Directiva, de la Asamblea General y de los estatutos de la Asociación. e) Firmar con el Tesorero, Síndico y la Tesorera(o) los cheques documentos de gastos y de la Asociación debidamente aprobados. f) Los demás que le encomienden la Junta Directiva. Art Son las atribuciones de la Secretaria(o) de Asuntos Legales o Síndico: a) Representar judicial y extrajudicialmente conjuntamente con el Presidente o Vicepresidente de la Asociación. b) Velar especialmente por el cumplimiento de estos Estatutos, así como de las resoluciones de la Junta Directiva y de la Asamblea General. c) Colaborar en la elaboración de reformas a estos Estatutos y Reglamentos de la Asociación. d) Los demás que le señalen la Asamblea y Junta Directiva. Art Son atribuciones del Secretario(a) de Actas: a) Llevar el libro de actas de las sesiones de la Asamblea General y Junta Directiva. b) Extender las credenciales y certificación de la Asociación que sean necesarias. c) Llevar el libro de registros de Asociados así como el archivo de la Asociación. d) Enviar a los asociados las convocatorias para sesiones de Asamblea General y Junta Directiva. e) Dar lectura al acta correspondiente y demás documentos que fueran necesarios en sesión de Asamblea General y Junta Directiva. f) Las demás que por las razones de su cargo les competen. Art Son las atribuciones de la Secretaria(o) de Finanzas o Tesorero: a) Recibir y guardar los fondos de la Asociación en la institución bancaria que la Junta Directiva señale. Art Son las atribuciones de la Secretaria(o) de Comunicaciones: d) Presentar en cada reunión un reporte de ingresos o egresos de la Asociación. e) Presentar balance de la situación financiera de la Asociación cada seis meses, y cuando la Junta Directiva o la Asamblea General de socios o la comunidad lo soliciten. f) Las demás que por razones de su cargo le correspondan. a) Coordinar la distribución de convocatoria de Asamblea General y Junta Directiva. b) Establecer y mantener vínculos con entidades públicas y privadas a nombre de la Asociación, que posibiliten el desarrollo de la comunidad. c) Recibir y despachar la correspondencia de la Asociación. Art Son las atribuciones del Secretario(a) de Proyectos: a) Colaborar con las diferentes Secretarias en la elaboración de proyectos. b) Supervisar los diferentes proyectos, procurando que los recursos sean utilizados eficientemente. c) Gestionar proyectos que vayan en beneficio de la comunidad ante las Instituciones Públicas, Autónomas, no Gubernamentales y con la Empresa Privada, previo visto bueno de la Junta Directiva. Art. 31. Son las atribuciones de la Secretaria(o) de Bienestar sedal: a) Procurar las mejoras de los servicios de la comunidad y la búsqueda de alternativa y de solución al problema de la misma. b) Divulgar los derechos de la mujer con el propósito de contribuir al respeto de los derechos humanos c) Coordinar con instituciones que trabajan por la defensa de los derechos de las mujeres, para ejecutar actividades tendientes al desarrollo de las mujeres. Art Son las atribuciones del Secretario(a) de Juventud, Cultura Recreación y Deportes: a) Fomentar proyectos educativos, recreativos y culturales. b) Impulsar eventos deportivos para el sano esparcimiento de la comunidad.

11 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de DEL CONTROL Y FISCALIZACION INTERNA Y EXTERNA Art Los miembros integrantes de las diferentes Secretarias 3) Vigilar el adecuado manejo de los fondos de la Asociación, procurando que tanto los cobros como los pagos respectivos se realicen con puntualidad y se registren en los libros debidamente tendrán la obligación de rendir informes de sus actuaciones cada tres autorizados para ellos, revisar las cuentas bancarias, meses a la Asamblea General y a La Junta Directiva. Corresponderá ejercer el control de las actividades de la Junta Directiva a un Comité de Vigilancia integrado por personas honorables, los cuales rendirán 4) practicar arqueos periódicamente y elaborar los informes respectivos para la Asamblea General y la Junta Directiva. Comunicar por escrito a la Junta Directiva las conclusiones informes escritos a la Junta Directiva, pudiendo la Alcaldía realizar arqueos a solicitud de por lo menos la tercera parte de los afiliados, o de oficio, tal como lo establece el artículo 28 de la Ordenanza en referencia, el control contable se llevará en un libro destinado para tal efecto, donde se especificarán los ingresos y egresos del período de las Secretarias. y observaciones a las que llegue, después de efectuar las supervisiones respectivas. Esta Comunicación escrita deberá entregarse a más tardar cinco días después de la supervisión entregada. La Junta Directiva tendrá quince días más para responder al Comité de Vigilancia sobre los mismos asuntos. CAPITULO VIII 5) Emitir opinión sobre la memoria y demás informes principalmente financieros, que la Junta Directiva prepare para la DEL COMITE DE VIGILANCIA DE LAS ATRIBUCIONES Asamblea General. La Junta Directiva deberá entregar la documentación al Comité de Vigilancia por lo menos con treinta días de anticipación, a la realización de la Asamblea Art El Comité de Vigilancia ejercerá la supervisión de todas las actividades de la Asociación y fiscalizará las actuaciones de los miembros directivos, estará integrado por tres miembros elegidos por la Asamblea General por un período de dos años. Los cargos a desempeñar dentro del Comité de Vigilancia son el de Presidente, Secretario y Vocal, y contará con sus respectivos suplentes, quienes podrán ser electos por la Asamblea General o delegarle a cada propietario que elija a su respectivo suplente. General. CAPITULO IX PROCEDIMIENTO PARA LA REMOCION DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS Art Los miembros de la Asociación y los de la Junta Directiva pueden ser retirados de ella por acuerdo de la Asamblea General tomado DE LAS SESIONES por mayoría simple, previa audiencia del Asociado, por infracciones a los Estatutos y a los acuerdos. Art El Comité de Vigilancia deberá reunirse por lo menos una vez por mes, tomará sus acuerdos por mayoría simple o unanimidad o según sea el caso de los informes que realicen, deberá hacerlo del conocimiento tanto de la Asamblea General como de la Junta Directiva. ATRIBUCIONES Art El Comité de Vigilancia tendrá las siguientes atribuciones: Art Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente, sino ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo el informe de éstas y las razones que el supuesto infractor exponga en su defensa, resolverá tal destitución nombrando a continuación los sustitutos. 1) Vigilar que los miembros de la Junta Directiva y demás Asociados cumplan con sus deberes y obligaciones según lo establecen los Estatutos, su Reglamento, Código Municipal, Ordenanza Municipal y demás Leyes de la República. 2) Conocer de todas las operaciones de la Asociación y vigilar que se realicen con eficiencia. Art En caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez días conocida la infracción procede de conformidad a los artículos anteriores, un número de diez asociados por lo menos, podrá convocar a Asamblea General para que ésta nombre la Comisión Investigadora, para que en base a su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión o destitución.

12 12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 De las faltas leves Art Serán faltas leves: a) Inasistencia continua e injustificada a las sesiones de la Junta Directiva y Asamblea General. Art De la suspensión y destitución de un Directivo: Cualquiera de los miembros de la Junta Directiva podrá ser suspendido o destituido según corresponda, por incurrir en las faltas señaladas en los artículos 35, 36, 37 de estos Estatutos. b) Indisciplina e incumplimiento de las funciones y comisiones asignadas. c) Insolvencia con las aportaciones acordadas. d) Incumplimiento de estos Estatutos. De las faltas graves Art Serán faltas graves: a) Incumplimiento reiterado de funciones. b) Mala conducta que se traduzca en perjuicio de para la Junta Directiva. c) Promover actividades que vallan en perjuicio de la Junta Directiva. d) Reiterada insolvencia en el pago de las aportaciones acordadas. e) Reiterado incumplimiento a estos Estatutos. DE LAS CAUSAS DE EXPULSIÓN Art Serán causas de expulsión de la Asociación: o suspendido, será su suplente quien lo reemplace; durante el tiempo a) Obtener por medios fraudulentos beneficios para sí o para terceros. establecido. b) Malversar fondos en el manejo del patrimonio de la Asociación. DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACION c) Promover actividades políticas, religiosos o antidemocráticos. CONSTITUCION DEL PATRIMONIO d) Por no cumplir con las funciones, obligaciones y atribuciones en su cargo. Art El patrimonio de la Asociación estará constituido por: e) Abandono de su cargo sin justificación. DE LAS SANCIONES Y DEL PROCEDIMIENTO Art Si uno de los Asociados o directivos cometiere una FALTA LEVE, será amonestado verbalmente por la Junta Directiva. Si el Asociado amonestado reincidiera en la falta, la Junta Directiva lo amonestará por escrito, sancionándolo con una suspensión temporal. Art La Asamblea General conocerá de las faltas cometidas por los directivos en el ejercicio de sus funciones, en sesión extraordinaria, y podrá ser convocada a petición de por lo menos dos miembros de la Junta Directa o de la Junta de Vigilancia. En dicha sesión, previa audiencia del Asociado quien expondrá su defensa, la Asamblea General decidirá si procede la suspensión, destitución o absolución del directivo. DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EXPULSION DE UN ASO- CIADO Art La Junta Directiva ante cualquier conocimiento de que un Asociado o directivo a incurrido en alguna de las causas de expulsión, notificará al presunto infractor sobre la acusación y le dará la oportunidad para que manifieste por escrito su defensa, durante las setenta y dos horas siguientes. La Junta Directiva convocará a la Asamblea General de donde se nombrará una comisión que hará las investigaciones que estime conveniente, entregará un informe a la Asamblea General quien resolverá si el infractor debe ser expulsado o no. Si el infractor fuere expulsado CAPITULO X a) Las contribuciones que aporten los Asociados y Junta Directiva. Entre éstas una cuota mensual ordinaria, la cual será de acuerdo a la realidad económica de la comunidad, o las que Extraordinariamente decida la Asamblea General. b) Actividades que se realicen para beneficio de la comunidad. c) Los aportes extraordinarios que vengan de diversas fuentes. Art En los casos de faltas graves, la Junta Directiva amonestará al Asociado por escrito, si el Asociado o directivo reincidiere con la falta, será suspendido definitivamente. El Asociado o directivo suspendido podrá apelar ante la Asamblea General de la Asociación, dentro de los tres días siguientes de la notificación. Art Los fondos de la Asociación serán depositados en una Institución Financiera, para las cuales se abrirá cuenta a nombre de la Asociación que serán manejados con las firmas del Tesorero y Presidente.

13 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Art El cambio de los miembros de la Junta Directiva obliga el cambio y registro inmediato de las firmas respectivas, en las cuentas bancarias. Para aprobar los cambios de firmas ante esas entidades bastará la certificación del punto de actas firmado por el respectivo Secretario(a) de Actas. Cuando el directivo saliente no pueda comparecer con el nuevo directivo por alguna razón, el referido punto deberá ser autenticado por un notario. CAPITULO XI DE LA DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA ASOCIACION DISOLUCION Art La Asociación podrá disolverse por disposición de la ley, cuando los socios no lleguen por lo menos a veinticinco por no poder cumplir con los objetivos para lo acordado en Asamblea General Extraordinaria especialmente convocada para ese efecto. Art El acuerdo de la disolución será asentado en acta y una certificación de la misma, será enviada al Concejo Municipal, dentro de los diez días siguientes a la fecha en que fue tomado, para los efectos de cancelación de su personalidad jurídica y del registro en el libro de asociaciones comunales que lleva la municipal. Art Para efecto de proceder a la liquidación se conformará una Comisión Liquidadora con dos miembros de la Asociación electos en la última Asamblea General Extraordinaria, convocada a efecto de disolución. Y dos representantes de ellos los libros respectivos para efectos de honrar las obligaciones que haya contraído la Asociación, así como finiquitar las cuentas que estuvieren pendientes para con ella. Elegida la Comisión Liquidadora, ésta tendrá un plazo de noventa días para efectuar dicha liquidación. Art Acordada la disolución de la Asociación y verificada la liquidación por la Comisión Liquidadora. Será la Asamblea General quien decida que pasará con los fondos recaudados hasta ese momento y los bienes de la Asociación. CAPITULO XII REFORMAS DE LOS ESTATUTOS CAPITULO XIII DISPOSICIONES GENERALES Art La Asociación y Junta Directiva llevará sus libros de registro, foliados y sellados con razón de apertura que contenga el objeto del libro, y al terminar el libro se pondrá una razón de cierre, la cual deberá estar firmada y sellada por el Presidente y Secretario(a) de Actas. Art La Asociación llevará los libros necesarios, foliados y sellados para hacer constar sus actuaciones, deberán enviarse al Departamento Jurídico para hacer la respectiva razón de apertura que contendrá: El objeto del libro y número de folios; éstos serán firmados y sellados por el Jefe del Departamento Jurídico de la Alcaldía Municipal. Art Terminado el libro de registros contables, Libro Actas de sesiones la Junta Directiva y Libro de Actas de sesiones de la Asamblea General, se enviará al Departamento Jurídico para que éste le haga la razón de apertura o cierre. Art Estos Estatutos entrarán en vigencia una vez aprobados mediante Acuerdo Municipal emitido por el Concejo Municipal de Mejicanos, y ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. ALCALDIA MUNICIPAL DE MEJICANOS. LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA ALCALDIA DE MEJICANOS, CERTIFICA: Que en el ACTA NUMERO QUINCE DE LA DECIMA QUINTA SESION ORDINARIA, celebrada a las ocho horas del día treinta de marzo de dos mil quince, ha sido aprobado por el Concejo Municipal el siguiente: ACUERDO NUMERO TRES.- El Concejo Municipal, en uso de sus facultades legales reguladas en el Artículo 30 numeral 23, del Código Municipal ACUERDA: Aprobar los Estatutos de la ASOCIACION COMUNAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD VILLA OLIMPICA NORTE, DEL MUNICIPIO DE MEJICANOS, en todas sus partes y se les confiere el carácter de persona jurídica, por reunir los requisitos de Ley, que constan de sesenta y un artículos. La referida Asociación deberá inscribirse en el Registro de Asociación Comunales; Publíquese los Estatutos en el Diario Oficial. Notifíquese. Art Para reformar y derogar los presentes Estatutos, será necesario el voto favorable de seis de sus miembros en Asamblea General para tal efecto. Y para los efectos legales consiguientes, extiendo, firmo y sello la presente, en la Alcaldía Municipal de Mejicanos, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil quince. Art La Asociación se regirá por la Ley y las Ordenanzas del Municipio de Mejicanos y Fundaciones sin Fines de Lucro. Art Los presentes Estatutos entrarán en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial. LICDA. DELMY ESTHELA TORRES DE RUIZ. SECRETARIA MUNICIPAL. (Registro No. F050769)

14 14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DECLARATORIA DE HERENCIA SECCIÓN CARTELES OFICIALES ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINA DE APOPA. AVISA: Que por resolución de las diez horas y veintiocho minutos del día siete de abril del presente año; SE DECLARO HEREDERO DE- FINITIVO ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO AL SEÑOR GERMAN ALEJANDRO HENRÍQUEZ FLORES, de treinta y cinco años de edad, Mecánico, soltero, del domicilio de Apopa; en calidad de hijo del causante; de la herencia intestada que a defunción dejó el señor INDALECIO GERMAN HENRÍQUEZ, conocido por GERMAN INDALECIO HENRÍQUEZ FLORES, quien fue de sesenta y nueve años de edad, casado, Pensionado, fallecido el día veinticuatro de agosto del año dos mil trece; siendo la Ciudad de Apopa su último domicilio. Y se le confirió al heredero declarado en el carácter indicado, la Administración y Representación definitiva de los bienes de la Sucesión. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las diez horas y treinta y cinco minutos del día siete de abril del año dos mil catorce. LICENCIADA ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINA. LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SE- CRETARIO. DE PRIMERA PUBLICACIÓN Of. 1 v. No. 338 VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y seis minutos del día veinte de febrero del presente año; SE DECLARÓ HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a los señores: BLANCA ELSY SÁN- CHEZ DE SANTOS, con Número de Identificación Tributaria: cero novecientos tres-cero seis diez sesenta y dos-ciento tres-cero, de cincuenta y un años de edad, Casada, ama de casa, del domicilio de Ciudad Arce, La Libertad: REYNA ELIZABETH SANTOS SÁNCHEZ, con Número de Identificación Tributaria: cero novecientos tres-veintinueve cero tres noventa y uno-ciento cinco-dos, de veintidós años de edad, Estudiante, del domicilio de Ciudad Arce, La Libertad; y CARLOS ANTONIO SANTOS SÁNCHEZ, con Número de Identificación Tributaria: cero novecientos tres-cero cuatro once ochenta y nueve-ciento dos-nueve, de veinticuatro años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; en calidad de Cónyuge sobreviviente e hijos del Causante respectivamente: de la herencia Intestada que a su defunción dejó el señor LEONARDO ENRIQUE SANTOS HERNÁNDEZ, quien fue de cuarenta y seis años de edad, Casado, Empleado, fallecido el día veinticinco de enero de dos mil catorce, siendo la Ciudad de Apopa, su último domicilio, con Número de Identificación Tributaria: cero cuatrocientos diez-cero siete once sesenta y siete-ciento uno-cinco. Y se le confirió a los herederos declarados en el carácter indicado, la administración y representación definitiva de los bienes de la sucesión. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas veinticinco minutos del día veintitrés de febrero de dos mil quince. DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETARIO. ACEPTACIÓN DE HERENCIA Of. 1 v. No. 339 VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL DE APOPA. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y dos minutos del día cinco de marzo del presente año; se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor GUILLERMO ARTURO GRANADOS CEDILLOS, quien fue de cuarenta y un años de edad, Empleado, casado, fallecido el día nueve de agosto del año dos mil trece, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio; de parte de la señora JUANA EMILIA AGUILAR DE GRANADOS, de cuarenta y un años de edad, ama de casa, viuda, del domicilio de Apopa; y de los menores: CARLOS GUILLERMO GRANADOS AGUILAR, de diecisiete años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa; y DAVID ALEXANDER GRANADOS AGUILAR, de once años de edad, Estudiante, del domicilio de Apopa, en calidad de cónyuge sobreviviente e hijos del causante, respectivamente. Y se les confirió a los aceptantes en el carácter indicado, la administración y representación interina de los bienes de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente; debiendo los menores: CARLOS GUILLERMO y DAVID ALEXANDER, ambos de apellidos GRANADOS AGUILAR, ejercer sus derechos por medio de su Representante Legal, señora JUANA EMILIA AGUILAR DE GRANADOS. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las once horas y veintidós minutos del día cinco de marzo del año dos mil quince. DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL. LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINA DE APOPA. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas y treinta y siete minutos del día diez de abril del presente año; SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON

15 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de BENEFICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA QUE A SU DEFUNCIÓN DEJÓ EL SEÑOR JUAN ANTONIO CANO, quien fue de ochenta y un años de edad, Casado, Jornalero, fallecido el día veintiuno de julio del año dos mil ocho, siendo la ciudad de Nejapa su último domicilio; de parte de la señora MARÍA ANTONIA CANO ORELLANA, de treinta y nueve años de edad, Costurera, soltera, del domicilio de Nejapa; en calidad de hija del causante. AVISO DE INSCRIPCIÓN LA INFRASCRITA JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA DEL DE- PARTAMENTO DE ASOCIACIONES AGROPECUARIAS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA Y se le confirió a la aceptante en el carácter indicado, la Administración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y cuarenta minutos del día diez de abril del año dos mil quince. LICENCIADA ANA MERCEDES RODAS ARAUZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINA. LIC. JOSÉ DULEY CERNA FERNÁNDEZ, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas cincuenta y cinco minutos del día doce de marzo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las siete horas cincuenta minutos del día diecinueve de agosto de dos mil catorce, en el Hospital Nacional Francisco Menéndez, siendo su último domicilio el Municipio de Tacuba, departamento de Ahuachapán, dejó el señor LUIS JAIME HERRERA LÓPEZ conocido por LUIS JAIME HERRERA, de parte de los señores VICTORINA EUGENIA GONZÁLEZ DE HERRERA, JOAB ABSALOM HERRERA GONZÁLEZ, y los menores LINDSAY ESTEFANI HERRERA GONZÁLEZ y SILSA MARILY HERRERA GONZÁLEZ, estos últimos representados legalmente por su madre señora Victorina Eugenia González de Herrera, la primera en calidad de cónyuge sobreviviente, y los demás en calidad de hijos del causante y como cesionarios de los derechos hereditarios que en la sucesión le correspondían a la señora IRENE HERRERA, en su calidad de madre del causante; a quienes se ha nombrado interinamente representantes y administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerán los menores LINDSAY ESTEFANI HERRERA GONZÁLEZ y SILSA MARILY HERRERA GONZÁLEZ, por medio de su representante legal señora Victorina Eugenia González de Herrera. Lo que se pone en conocimiento del público para que los que se crean con derecho se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente de la tercera publicación del presente edicto. CERTIFICA: Que habiendo cumplido con el procedimiento establecido en el Decreto Legislativo número TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE, publicado en el Diario Oficial número Ochenta y Seis, Tomo número Doscientos Noventa y Uno, del catorce de mayo de mil novecientos ochenta y seis, donde se emite la Ley General de Asociaciones Cooperativas, LA ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA Y SERVICIOS MÚLTIPLES "LOS GRANADI- NOS" DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. QUE SE ABREVIA "ACOPASLOG" DE R. L., con domicilio en el municipio de Nueva Granada, departamento de Usulután, obtuvo su personalidad jurídica el día diez de julio de dos mil catorce; y fue inscrita en el libro ciento diecinueve del registro que esta oficina lleva bajo la siguiente codificación: Dos mil novecientos sesenta y uno del Sector No Reformado. Por lo que CONSIDERA: Publicar en el Diario Oficial por una sola vez el asiento de inscripción correspondiente. Santa Tecla, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil quince. NOTIFÍQUESE, LIC. ÁNGELA DEL CARMEN MANZANO, JEFA DE LA SECCIÓN JURÍDICA. Of. 1 v. No. 344 EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO- CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos 16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 5 Inciso Primero de su Reglamento. HACE SABER: Que la "ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO, CRÉDITO, SERVICIOS PROFESIONALES DE ASESO- RÍA Y CONSULTORÍA FINANCIERA, PRODUCCIÓN AGROPE- CUARIA, APROVISIONAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE EMPRENDEDORES SALVADOREÑOS, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA", que se abrevia "ACODESAL de R. L.", con domicilio legal en el Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, ha sido INSCRITA en el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas bajo el número CINCO folios sesenta y cuatro frente a folios ochenta y tres frente del Libro CUADRAGÉSIMO SEGUNDO de Registro e Inscripción de Asociaciones Cooperativas de AHORRO Y CRÉDITO, que lleva el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas del INS- TITUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO. JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las ocho horas cincuenta y nueve minutos del día doce de marzo de dos mil quince. LICDA. DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZA DE LO CIVIL. LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. San Salvador, a los once días del mes de febrero de dos mil quince. MISAEL EDGARDO DÍAZ, JEFE DE REGISTRO NACIONAL DE ASOCIACIONES COOPERATIVAS. Of. 3 v. alt. No Of. 1 v. No. 345

16 16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACIÓN DE HERENCIA LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día cuatro de marzo de dos mil quince; se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las ocho horas del día cinco de diciembre de dos mil once, en CLIMESA, Santa Ana, siendo su último domicilio el de la ciudad de Ahuachapán; dejó el señor LUCAS ABRAHAM PEÑA MERINO conocido por LUCAS ABRAHAM PEÑA, de parte de la señora FRAN- CISCA MARÍA AMPARO PEÑA conocida por FRANCISCA MARÍA AMPARO PEÑA VALLE, FRANCISCA MARÍA AMPARO PEÑA DE PICHINTE y por MARÍA FRANCISCA PEÑA, en su calidad de madre del causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que le corresponderían a CLARO FEDERICO MERINO conocido por FEDERICO MERINO, en concepto de padre del causante. Nómbrase interinamente a la aceptante representante y administradora de la sucesión con las facultades y restricciones del curador de la herencia yacente. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de Ley. JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las doce horas un minuto del día cuatro de marzo de dos mil quince.- LIC. DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA. Of. 3 v. alt. No EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal, a las catorce horas diez minutos de este mismo día, del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara la causante SALVADORA DE JESUS BARRERA conocida por MARIA SALVADORA BARRERA RIVERA, quien falleció a las seis horas y cincuenta y cinco minutos del día cuatro de julio del año dos mil doce, en el Hospital Nacional San Bartolo de Ilopango, siendo su último domicilio la ciudad de San José Guayabal; de parte de los señores: RO- BERTO ANTONIO BARRERA RUANO y ROXANA GUADALUPE BARRERA GRANADOS, estos actuando en su concepto de hijos de dicha causante. Se les ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorce horas quince minutos del día cuatro de marzo del dos mil quince.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. TITULO SUPLETORIO Of. 3 v. alt. No ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTAN- CIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ANA ROXANA CAMPOS DE PONCE, en el carácter de Agente Auxiliar del señor Fiscal General de la República, en el Ramo de Educación, promoviendo diligencias de Título Supletorio, de un inmueble de naturaleza rústico, donde funciona el CENTRO ESCOLAR "CANTÓN PETAPAS" I) situado en el Cantón Petapas, jurisdicción de El Carrizal, Departamento de Chalatenango; dado en donación por los señores ALEJANDRO GAVARRETE LARA, JUAN ALBERTO ANAYA VARGAS, y ROSA LOPEZ AYALA, hoy de GAVARRETE, a favor del Estado y Gobierno de El Salvador, en el Ramo de Educación, el cual no está inscrito, ni es inscribible por carecer de antecedentes inscritos; pero les pertenece según Escritura Pública, número DIEZ asentada en el Libro SESENTA del Protocolo del Notario Ulises Salvador Alas, a las quince horas del día diecinueve de Diciembre de mil novecientos noventa y uno, con una descripción Técnica del inmueble. Se inicia la porción en el mojón denominado Mo-1, con coordenadas geodésicas x: , Y: LADO SUR: consta de cuatro tramos rectos: partiendo de MO-1 a M-2, con RUMBO N 87D13' 17"E con una distancia de veintidós punto cuarenta y nueve metros; de M-2 a M-3 con RUMBO N 88d17'29"E con una distancia de diecisiete punto noventa y nueve metros; de M-3 a M-4 con RUMBO S 72d28'44"E, con una distancia de veintidós punto noventa y ocho metros; de M-4 a M-5 con RUMBO S 79d7'1 "E, con una distancia de veintitrés punto cuarenta y seis metros; colindando estos tramos con dos propiedades de José Daniel Lara Robles, Calle Principal de por medio. LADO ESTE: consta de un tramo recto:

17 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de partiendo de M-5 A M-6, con rumbo N 6d22'53"E, con una distancia de dieciséis punto cuarenta metros; colindando este tramo con propiedad de Alejandro Gavarrete Lara. LADO NORTE: consta de dos tramos rectos: partiendo de M-6 a M-7, con RUMBO N 75d43'32" W, con una distancia de sesenta y tres punto treinta y nueve metros de M-7 A M-8, con RUMBO N 80d23'16W, con una distancia de doce punto cero seis metros colindando estos tramos con Cancha propiedad de la Alcaldía Municipal. LADO OESTE: consta de cuatro tramos rectos: partiendo de M-8 a M-9, con RUMBO S 57d29'5" W, con una distancia de seis punto sesenta y dos metros: M-9 A M-10, con RUMBO S28d2'40" W, con una distancia de cinco punto setenta y ocho metros de M-10 a M-11 con RUMBO S 23d7' 44" W, con una distancia de nueve punto cincuenta y uno metros; de M-11 a M-1 con RUMBO S 15d14'12" W, con una distancia de siete punto cero siete metros colindando con propiedad de Víctor Manuel Casco (pasaje vecinal de por medio propiedad de Alcaldía Municipal). La extensión superficial del terreno descrito es de MIL QUINIENTOS SESENTA Y DOS PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS, equivalente a DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO PUNTO DIECISEIS VARAS CUADRADAS. Dicho inmueble fue adquirido por el Estado y Gobierno de El Salvador en el Ramo de la ACEPTACIÓN DE HERENCIA JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas del día veinticuatro de febrero del corriente año, se tuvo por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada por el causante SALVADOR MAZARIEGO conocido por SALVADOR MAZARIEGOS y por SALVADOR CERRITOS, quien fue de noventa años de edad, agricultor, fallecido el día dieciséis de abril de dos mil diez, siendo Metapán su último domicilio; de parte de los señores TITO SALOMÓN MAZARIEGO REYES y JOSUÉ OTONIEL MAZARIEGO PÉREZ, en calidad de HIJOS del referido causante, habiéndose conferido a éstos la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a ocho horas con treinta minutos del día doce de marzo de dos mil quince. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIA. DE TERCERA PUBLICACIÓN Educación, mediante DONACION que hicieran los señores ALEJAN- DRO GAVARRETE LARA, mayor de edad, agricultor en pequeño; JUAN ALBERTO ANAYA VARGAS, mayor de edad, agricultor en pequeño; y ROSA LOPEZ AYALA, hoy de GAVARRETE, mayor de edad, de oficios domésticos; todos del domicilio de El Carrizal, Departamento de Chalatenango; cuya posesión ha sido de manera pacífica e ininterrumpida por más de treinta años consecutivos, y no está dicho inmueble en proindivisión, ni gravado con carga de ninguna clase, el cual se estima su valor en DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES CON SESENTA Y UN CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMÉRICA, ($ 2,285.71), Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los diecinueve días del mes de Marzo del año dos mil quince.- LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, BR., JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. JOSÉ NOE ZUNIGA FUENTES, SECRETARIO. TÍTULO SUPLETORIO Of. 3 v. alt. No JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE METAPAN. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor EUGENIO MIRA MARTÍNEZ, de ochenta y dos años de edad, agricultor, del domicilio de Santa Rosa Guachipilín, por medio de su Procurador Licenciado REMBERTO ANTONIO RAMÍREZ AMAYA, solicitando se le extienda título supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado en Cantón San José Capulín, de la comprensión de Santa Rosa Guachipilín; de una extensión superficial de TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PUNTO CERO SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS, con las colindancias siguientes: AL NORTE, con el señor BENJAMÍN BARRIENTOS; AL ORIENTE, con los señores BENJAMÍN BARRIENTOS e INOCENTE DE JESÚS LEMUS; AL SUR, con los señores ANSELMO BARRIENTOS FLORES y RAMÓN GARCÍA, calle de por medio que conduce a Santa Rosa Guachipilín; AL PONIENTE con los señores SANTOS AGUILAR AQUINO, NORA LUZ AGUILAR DE LEMUS e INOCENTE DE JESÚS LEMUS. El referido inmueble no es predio dominante ni sirviente, ni se encuentra en proindivisión con persona alguna, y lo valúa en la cantidad de MIL DOSCIENTOS DÓLARES. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las catorce horas con treinta minutos del día doce de marzo del dos mil quince. LIC. JOSÉ HERNÁN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. LICDA. MARÍA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO. Of. 3 v. alt. No Of. 3 v. alt. No

18 18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SECCION CARTELES PAGADOS DECLARATORIA DE HERENCIA MARIA ELIZABETH ORELLANA MEJIA, Notaria, del domicilio de San Salvador y de Zaragoza, departamento de La Libertad, con Oficina Notarial ubicada en Avenida España Sur, número Doce, Zaragoza, departamento de La Libertad. HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notaria, proveída en la ciudad de Zaragoza, departamento de La Libertad, a las trece horas del día nueve de abril del año dos mil quince; se ha declarado a la señora CECILIA MORALES DE LEONOR, conocida por CECILIA MORA- LES, CECILIA MORALES FLORES y por CECILIA MORALES FLORES DE LEONOR, HEREDERA AB INTESTATO DEFINITIVO con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción dejara el causante señor PABLO LEONOR conocido por PABLO LEONOR HENRIQUEZ, quien residía en esta ciudad, y que sin haber formalizado testamento alguno, falleció a la edad de sesenta y seis años, en el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Salvador, a las dos horas del día nueve de septiembre del año dos mil trece, a consecuencia de Hiperkalemia + síndrome noplásico, con asistencia médica, atendido por el Doctor Pedro Arnoldo Hernández, siendo la ciudad de Zaragoza, departamento de La Libertad, su último domicilio; Librado en Zaragoza, departamento de La Libertad, a los diez días del mes de abril del año dos mil quince. MARIA ELIZABETH ORELLANA MEJIA, NOTARIA. 1 v. No. C CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA. AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas treinta y un minutos del día cinco de febrero de dos mil quince. DE PRIMERA PUBLICACIÓN Se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA ABINTESTATO, con beneficio de inventario a la señora CONSUELO DEL TRÁNSITO MONTERROSA VÁSQUEZ, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores OSCAR HÉC- TOR SANDOVAL, SANTOS DE JESÚS SANDOVAL ESTRADA, ELIZABETH DE JESÚS SANDOVAL HURTADO conocida Tributariamente por ELIZABETH DE JESÚS SANDOVAL ESTRADA y OSCAR ALFREDO SANDOVAL ESTRADA; el primero en su concepto de cónyuge de la causante JOSEFA AGATÓN HURTADO conocida por JOSEFA AGATÓN ESTRADA HURTADO, JOSEFA ESTRADA y por JOSEFA AGATÓN ESTRADA DE SANDOVAL, y los demás en su calidad de hijos de la expresada causante, quien fue de sesenta y ocho años de edad, casada, de oficios domésticos, fallecida a las diecisiete horas con treinta minutos del día trece de febrero de dos mil cuatro, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de la ciudad de Santa Ana, siendo su último domicilio la población de San Sebastián Salitrillo, correspondiente a este distrito judicial; a quien se le ha conferido la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las once horas treinta y siete minutos del día once de febrero de dos mil quince.- LIC. CARLOS JOSÉ MÉNDEZ FIGUEROA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. HENRY OVIDIO GARCÍA RODRIGUEZ, SECRETARIO. y como cesionaria de los derechos conferidos a su favor por los señores HECTOR ANTONIO LEONOR MORALES, RUTH NOEMI LEONOR 1 v. No. C DE ALAS antes RUTH NOEMI LEONOR MORALES, DINA ESTHER LEONOR MORALES y ADA RAQUEL LEONOR MORALES, en su calidad de hijos del causante, respectivamente; habiéndose conferido a la aceptante la Administración y Representación DEFINITIVA de la DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO sucesión. CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS Por lo que se avisa al público para los efectos de ley. DE LEY. AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las catorce horas de este día, se ha declarado heredera, con beneficio de inventario, de la herencia intestada dejada a su defunción por el causante SAL- VADOR JAIME MENOTI URQUILLA RODRIGUEZ conocido por SALVADOR JAIME MENOTI URQUILLA, fallecido en esta ciudad, lugar de su último domicilio, el día dieciséis de mayo de dos mil doce, a la señora MARTA LIDIA MAJANO DE URQUILLA, conocida por MARTA LIDIA MAJANO, y por MARTHA LIDIA MAJANO, por sí como cónyuge sobreviviente y como cesionaria de los derechos hereditarios que correspondían a los señores MENOTI ARMANDO VICENTE URQUILLA MAJANO, VILMA MIRIAN URQUILLA MAJANO, y ADOLFO RICARDO MARTIN URQUILLA MAJANO conocido por RICARDO MENOTI URQUILLA MAJANO, en calidad de hijos del causante; y se ha conferido a la heredera declarada, la administración y representación definitivas de la sucesión.

19 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las catorce horas y veinticinco minutos del día veintitrés de marzo de dos mil quince.- DRA. DELMY RUTH ORTIZ SANCHEZ, JUEZA SUPLENTE DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO. 1 v. No. C KARINA JEANNETTE MARTÍNEZ GUEVARA, JUEZA TER- CERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO. AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las once horas de este mismo día, se ha DECLARADO HEREDEROS DEFINI- TIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante ROXANA GÓMEZ DE ZARRUK, antes ROXANA GÓMEZ MENDOZA, quien a la fecha de su fallecimiento era de cuarenta y ocho años de edad, hija de los señores María Erlinda Mendoza Salazar y Fausto Gómez Arévalo, originaria de San Salvador, departamento de San Salvador, El Salvador, con último domicilio en San Salvador, quien falleció a las veintitrés Benítez, conocida por Angelina Umaña, y por Angelina Umaña Santos, horas con cuarenta y dos minutos del día veintitrés de octubre del año en su calidad de cónyuge del referido causante, de conformidad con el mil once; al señor LUIS GUILLERMO ZARRUK JIMÉNEZ, en calidad artículo 1699 del Código Civil. Se les confiere a los herederos declarados de cónyuge sobreviviente de la causante y en calidad de cesionario de en el carácter dicho la administración y representación DEFINITIVA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los los derechos de la señora MARÍA ERLINDA MENDOZA conocida por curadores de la herencia yacente. Dése el aviso de ley y oportunamente MARÍA ERLINDA MENDOZA SALAZAR, madre sobreviviente de la extiéndase la certificación correspondiente. causante; así como también de parte de la señorita ELENA ALEXANDRA ZARRUK GÓMEZ, en calidad de hija de la causante, y en calidad de Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veintinueve días del mes de enero de dos mil cesionaria de los derechos de la señora MARÍA ERLINDA MENDOZA quince.- LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- conocida por MARÍA ERLINDA MENDOZA SALAZAR, madre LICDA. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ, SECRETARIA. sobreviviente de la causante. ley. Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de Confiérase a los herederos declarados la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las once horas con diez minutos del día diecisiete de marzo del año dos mil quince.- LICDA. KARINA JEANNETTE MARTINEZ GUEVARA, JUEZA TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LI- CDA. LICINIA NUBE SILIEZER DE ROMERO, SECRETARIA. 1 v. No. C LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley. AVISA: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas y quince minutos del día veintisiete de enero de dos mil quince, Constando en el Diario Oficial agregado a folios 46, publicación 250. Que han transcurrido más de quince días de la última publicación del edicto respectivo, sin que persona alguna a la fecha se haya presentado haciendo oposición a las pretensiones de los solicitantes, se les declara herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las trece horas del día diecisiete de mayo de mil novecientos ochenta y tres, en el Cantón Derrumbado, de la jurisdicción de la Villa de Lislique, de este distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó el causante Tereso de Jesús Benítez o Tereso Benítez o Tereso de Jesús Benítez Reyes, de parte de los señores Gregorio Benítez Umaña, Rosa Cándida Benítez de Granados, José David Benítez Umaña, Andrés Benítez Umaña, Bernarda Benítez Umaña, Teresa de Jesús Benítez Umaña o Teresa de Jesús Benítez de Mendoza, y José Alfredo Benítez Umaña, en concepto de hijos sobrevivientes del referido causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral 1 del Código Civil. Así mismo los señores Gregorio Benítez Umaña, Rosa Cándida Benítez de Granados, José David Benítez Umaña, Andrés Benítez Umaña, Bernarda Benítez Umaña, también son cesionarios de los Derechos Hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a la señora Angelina Umaña viuda de 1 v. No. C RAFAEL ALBERTO TICAS PALACIOS, Notario, del domicilio de San Salvador, con oficina en Segunda Calle Poniente, Costado Sur de la Alcaldía Municipal de San Juan Opico, departamento de La Libertad, al publico, para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída, a las diez horas del día quince del corriente mes y año, habiendo transcurrido más de quince días de las publicaciones de los edictos correspondientes

20 20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 sin que persona alguna se haya presentado a mostrar mejor derecho, se ha declarado a la señora MARIA ESTER GONZALEZ ALVARADO, HEREDERA DEFINITIVA AB-INTESTATO, con beneficio de inventario en la sucesión de la señora Consuelo Salinas o Consuelo del Carmen González Salinas, en su calidad de cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores Rafael Antonio y Ana Gloria, ambos de apellidos Vásquez Salinas, hijos biológicos de la causante; por tanto confiérase a MARIA ESTER GONZALEZ ALVARADO la ADMI- NISTRACION Y REPRESENTACION DEFINITIVA de la sucesión de la referida causante. En la Ciudad de San Juan Opico, departamento de La Libertad, a las once horas del día quince de abril del año dos mil quince. LIC. RAFAEL ALBERTO TICAS PALACIOS, NOTARIO. 1 v. No. C Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, a la señora: MARIA DE LA PAZ RODRIGUEZ VDA. DE BENITEZ, conocida por MARIA DE LA PAZ RODRIGUEZ, por MARIA DE LA PAZ GARCIA, por PASITA JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VASQUEZ, JUEZ PRIMERO DE GARCIA y por MARIA DE LA PAZ RODRIGUEZ DE BENITEZ, de LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. 68 años de edad, de oficios domésticos, del domicilio del Cantón Nombre de Jesús, jurisdicción de El Divisadero, Departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad número y Tarjeta de HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las once horas con Identificación Tributaria Número ; de la herencia cinco minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil quince, en las que en forma intestada dejó el causante TRANSITO BENITEZ, quien fue de 74 años de edad, Empleado, originario de San Francisco Gotera, diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, clasificadas con el NUE: Departamento de Morazán, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de la CVDV-1CM ; se ha declarado heredero definitivo al señora MARIA BENITEZ, quien falleció a las 05 horas, el día 12 de señor GITDEL ANTONIO DIAZ GAITÁN, de cuarenta y dos años de OCTUBRE, del año 2008, en el Cantón Nombre de Jesús jurisdicción edad, Comerciante, originario del municipio de Berlín, departamento de de El Divisadero, Departamento de Morazán; a consecuencia de Insuficiencia Cardiaca, Infarto al Miocardio, sin asistencia médica; siendo el Usulután, con domicilio en los Estados Unidos de América; con Documento Único de Identidad número Cero tres millones setecientos sesenta Cantón Nombre de Jesús, jurisdicción de El Divisadero, Departamento y dos mil novecientos veintiuno- siete; con Número de Identificación Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de San Miguel, a las once horas con treinta minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil quince.- LIC. JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 1 v. No. C LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA, DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE- PARTAMENTO DE MORAZAN. AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado, a las quince horas de este día; se ha DECLARADO HEREDERA DEFINITIVA de Morazán; el lugar, su último domicilio; en concepto de CESIONARIA Tributaria: Mil ciento dos- cero cuarenta y un mil setenta y dos- ciento de los derechos hereditarios que le correspondían a sus hijos JOSE ABEL uno- ocho; en calidad de hijo sobreviviente y cesionario del derecho de BENITEZ RODRIGUEZ, ANA RUTH BENITEZ DE ALVARENGA y NERIS DEL TRANSITO BENITEZ DE VENTURA.- Se ha conferido a la referida aceptante en la calidad expresada, la administración herencia que le correspondía a la señora ABIGAIL VILLANUEVA DE YAZBEK en calidad de hija sobreviviente de la causante RUBENIA y representación DEFINITIVA de dicha sucesión, con las facultades y DIAZ ALFARO conocida por RUBENIA DIAZ, a su defunción ocurrida el día veintinueve de octubre del año dos mil nueve, a la edad de restricciones de ley. Juzgado Primero de Primera Instancia, San Francisco Gotera, departamento de Morazán, a las quince horas del día diez de abril de dos sesenta y ocho años, Ama de Casa, soltera, originaria de San Gerardo, departamento de San Miguel; del domicilio de la ciudad y departamento mil quince.- LIC. ISIDRO ENRIQUE MORENO BENAVIDES, JUEZ de San Miguel, de Nacionalidad Salvadoreña, hija de Julio César Díaz 1. DE 1ª. INSTANCIA.- LIC. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE y Elena Alfaro; siendo esta jurisdicción su último domicilio; por haber ZUNIGA, SECRETARIA. transcurrido más de quince días desde la tercera y última publicación del edicto respectivo, sin que persona alguna se haya presentado haciendo oposición o alegando mejor derecho. 1 v. No. C011130

21 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de LICENCIADA DANI BERI CALDERÓN DE RAMÍREZ, JUEZ DE LO CIVIL. EL INFRASCRITO NOTARIO, del domicilio de Ahuachapán, con Oficina Jurídica situada en Cuarta Avenida Norte, casa 17, Ahuachapán, al público. HACE SABER: Que por resolución de las quince horas doce minutos del día ocho de abril del año dos mil quince. Se ha declarado herederos definitivos ab-intestato con beneficio de inventario a los señores JAIME IVAN DIAZ UMAÑA, SILAS ALEXANDER DIAZ UMAÑA, en su calidad de hijos y a la señora NORMA DILIA UMAÑA DE DIAZ en calidad de cónyuge del causante señor ISRAEL DIAZ HERNANDEZ, fallecido a las veintitrés horas treinta minutos del día diecisiete de mayo de dos mil diez, en el Caserío Santa Elena, Cantón El Corozo, siendo su último domicilio el Municipio de Jujutla, departamento de Ahuachapán.- Confiéresele la administración y representación definitiva de la sucesión a los herederos señores JAIME IVAN DÍAZ UMAÑA, SILAS ALEXANDER DIAZ UMAÑA y NORMA DILIA UMAÑA DE DIAZ, en el carácter antes dicho. ley. Lo que se pone en conocimiento del público, para los fines de JUZGADO DE LO CIVIL: Ahuachapán, a las quince horas con cuarenta y cinco minutos del día ocho de abril del año dos mil quince.- LICDA. DANI BERI CALDERON DE RAMIREZ, JUEZA DE LO CIVIL.- LICDA. CLAUDIA LELIN GUEVARA DE PEÑATE, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 1 v. No. F DRA. ANA FELICITA ESTRADA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de ley. AVISA: Que por resolución de las doce horas del día veintisiete de marzo del año dos mil quince, DECLARADO HEREDERA DEFI- NITIVA ABINTESTATO CON BENEFICIO DE INVENTARIO a la señora ROSA MARGARITA VALLADARES CAÑAS, de los bienes que a su defunción dejó el causante señor FRANCISCO CAÑAS DIAZ o FRANCISCO CAÑAS, quien fue de setenta años de edad, jornalero, originario de Verapaz, departamento de San Vicente, fallecido a las quince horas diez minutos del día treinta y uno de marzo de dos mil trece, en Caserío El Espino, Cantón San Jerónimo Limón, en el municipio de Verapaz, departamento de San Vicente, lugar de su último domicilio, en concepto de hija del causante. Y se ha conferido a la heredera declarada, la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a las doce horas diez minutos del día veintisiete de marzo del año dos mil quince.- DRA. ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. LILIAN MABEL RUIZ DE SALINAS, SECRETARIO. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día treinta de marzo de dos mil quince, se declaró HEREDERO DEFINITIVO, intestado con beneficio de inventario al señor DOUBLAS ANIBAL SERMEÑO BORJA, de treinta años de edad, Agricultor en pequeño, del domicilio de Jujutla, departamento de Ahuachapán, con su Documento Único de Identidad número cero dos millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento seis - siete y con Número de Identificación Tributaria cero ciento siete - cero treinta mil ciento ochenta y cinco - ciento uno - seis; en calidad de hijo del referido causante, de la herencia ab-intestada que a su defunción dejó el señor HECTOR SERMEÑO, fallecido a las catorce horas, del día diecisiete de junio de dos mil trece, a consecuencia de Causa desconocida, sin asistencia médica, en la Villa Jujutla, Cantón Guayapa Arriba, caserío El Triunfo, Departamento de Ahuachapán, siendo este su último domicilio, quien falleció a la edad de ochenta años, agricultor, soltero, y en consecuencia confiérasele la Administración y Representación Definitiva de la sucesión mencionada. Lo que se avisa al público, para los efectos de Ley. Librado en la Oficina del Notario Juan Donal Arévalo Castaneda.- Ahuachapán, treinta y uno de marzo de dos mil quince. LIC. JUAN DONAL AREVALO CASTANEDA, NOTARIO. 1 v. No. F JORGE OSWALDO VALLE UMAÑA, Notario, de este domicilio. HACE SABER: En resolución de las catorce horas de este día, se declaró al señor CARLOS MAURICIO CHICAS ISHO, Heredera Definitivo con Beneficio de Inventario de los bienes que a su defunción dejó el señor EFRAIN CHICAS, fallecido en Cantón El Zacamil de esta jurisdicción, el día quince de octubre del año dos mil catorce, siendo ese mismo lugar su último domicilio, en su concepto de hijo sobreviviente, concediéndosele al Heredero la Representación y Administración Definitiva de la Sucesión. AVISO al público para los efectos de ley. Librado en mi oficina, ubicada en Barrio Las Ánimas, Candelaria de la Frontera, Santa Ana, a los diez días de abril de dos mil quince. JORGE OSWALDO VALLE UMAÑA, NOTARIO. 1 v. No. F v. No. F050686

22 22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 La Suscrita Notario, de este domicilio, con oficina en Res. La Gloria, B-1, No. 3., Mejicanos. HACE SABER: Que por resolución de las 9:00 horas del 11/04/2015; ha sido declarado heredero definitivo al señor JUAN ANTONIO LÓPEZ PINEDA de la Herencia intestada de JOSÉ ANTONIO LÓPEZ MER- CADO conocido por JOSÉ ANTONIO LÓPEZ., fallecido el día tres de Abril de dos mil catorce, y del último domicilio de San Ildefonso, Departamento de San Vicente, en su calidad de hijo del causante por lo que se ha conferido a dicho aceptante la administración y representación definitiva de la sucesión. Lo anterior Para efectos de ley. San Salvador 11/04/2015. LICDA. ELIA ROXANA MOLINA MEJÍA, NOTARIO. 1 v. No. F a la señora JUANA CERÓN DE FERNANDEZ, en concepto cónyuge del causante. Confiérase al heredero que se declara, la administración y representación definitivas de la sucesión. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciocho días de noviembre de dos mil catorce.- LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY QUINTANILLA GALVEZ, JUEZ DE LO CIVIL SUPLENTE.- OSCAR ERNESTO ARÉVALO ORREGO, SECRETARIO INTO.- AVISA: Que por la resolución de las diez horas y veinte minutos del día doce de enero del presente año, se declaró DEFINITIVAMENTE herederos y con beneficio de inventario de la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó el causante JOSÉ GENARO ROME- RO HERNÁNDEZ, quien falleció en la Cruz Roja de Apopa, a las once horas y cero minutos del día veintiocho de noviembre de dos mil ocho, siendo esta Ciudad su último domicilio; a la señora IRIS GUADALUPE CAMPOS VIUDA DE ROMERO en su concepto de cónyuge sobreviviente del Causante; menores JOSÉ DANIEL y GISSELE ALEJANDRA ambos de apellido ROMERO CAMPOS, representados legalmente por la primera; y señorita IRIS BEATRIZ ROMERO CAMPOS, todos en su concepto de hijos del de Cujus. Confiriéndosele además a los herederos declarados en el carácter antes indicado la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVAS de la Sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, debiéndola ejercer los menores a través de su Representante Legal antes referida. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las diez horas y cuarenta minutos del día doce de enero de dos mil quince. LIC. JOSÉ HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL. LIC. LILIAN ESTELA HERNÁNDEZ AGUIRRE, SECRETARIA. 1 v. No. F LIC. ROBERTO MAURICIO ANTONIO QUINTANILLA GÁLVEZ, Juez de lo Civil suplente de este distrito judicial, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha declarado al señor MARIANO HERNÁNDEZ PALACIOS, heredero beneficiario e intestado de los bienes que a su defunción dejó el causante CAMILO FERNANDEZ, que falleció el día veintisiete de octubre de mil novecientos ochenta y cinco, en el Cantón San Sebastián Abajo, jurisdicción de Santiago Nonualco, departamento de La Paz, su último domicilio, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondía 1 v. No. F KARLA MARIA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (TRES), DE ESTE DISTRITO JUDI- CIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado a las once horas del día veinte de marzo de dos mil quince, se ha declarado HE- REDERO DEFINITIVO, y con beneficio de inventario de la sucesión intestada que a su defunción dejó el causante señor JOAQUIN DAVID CABRERA GUILLEN, quien fue de cincuenta y un años de edad, casado, de nacionalidad Salvadoreña, originario de esta Ciudad, hijo de Joaquín Cabrera Orellana y Mirian Guillén de Cabrera, y cuyo último domicilio fue San Salvador, al señor DAVID RICARDO CABRERA

23 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de ACEVEDO, en su calidad de hijo del De Cujus ; y se le ha conferido al heredero declarado, LA ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA DE LA SUCESIÓN, todo de conformidad a lo establecido en el Art del Código Civil. Lo que hago del conocimiento del público para los efectos legales correspondientes. LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL: San Salvador, a las once horas y veinte minutos del día veinte de marzo de dos mil quince. LICDA. KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA QUINTO DE LO CIVIL Y MERCAN- TIL.- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES RUBIO, SECRETARIA. 1 v. No. F ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERON, Notario, del do- JUAN JOSÉ QUINTANILLA BLANCO, Notario, del domicilio de San Miguel, Departamento de San Miguel, con Oficina ubicada en José Simeón Cañas número mil cuatro San Miguel; HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las nueve horas con treinta minutos del día treinta y uno de marzo del presente año, se ha declarado a los señores TERESITA DE JESÚS PORTILLO BLANCO ahora de GONZÁLEZ, ANA MERCEDES PORTILLO BLANCO, LUIS ALONSO PORTILLO BLANCO, JOSÉ ANTONIO PORTILLO BLANCO, y ALEXIS NARCISO PORTILLO BLANCO, herederos definitivos con beneficio de inventario de los bienes que a su defunción en la ciudad de Intipucá, Departamento de La Unión, como su último domicilio, el día Diez de abril de dos mil siete, dejara la señora DORA IRMA BLANCO SIRIA, en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante; habiéndole concedido la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión. quince. Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley. San Miguel, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil micilio de la Ciudad de Sonsonate, con oficina ubicada en: Calle Alberto Masferrer Oriente, Casa número cuatro-uno "A", contiguo a Funeraria JUAN JOSÉ QUINTANILLA BLANCO, La Auxiliadora, de la Ciudad de Sonsonate. NOTARIO. HACE SABER: Que por resolución del Suscrito Notario proveída a las ocho horas del día dieciséis de Abril del año dos mil quince, se ha Declarado a la señora MAYRA ELIZABETH SANCHEZ GUARDADO, 1 v. No. F HEREDERA DEFINITIVA con Beneficio de Inventario en su calidad de Cesionaria de los Derechos hereditarios que le correspondían a los señores: Carlos Ernesto Sánchez y Ana Silvia Mejía, en su concepto de padres sobrevivientes del Causante DOUGLAS ALFREDO SÁNCHEZ MEJÍA, fallecido en la Ciudad de Anaheim. Condado de Orange, Estado Rafael Eduardo Menéndez Contreras, Juez de Primera Instancia de la de California, de los Estados Unidos de América, a las veintitrés horas ciudad de Armenia, Sonsonate. y treinta y nueve minutos del día veintisiete de Septiembre del año dos Hace saber: Que a las 14:30 horas de este día se declaró heredero mil ocho, siendo éste su último domicilio, habiéndosele conferido la definitivo abintestato y con beneficio de inventario al señor Manuel de Administración y Representación Definitivas de la Sucesión.- Jesús Méndez, cónyuge sobreviviente de la causante Paula Romero de Librado en la oficina del Notario Alfredo Antonio Escalante Méndez, quien falleció el día 16 de agosto del año dos mil 2014, en Calderón.-En la Ciudad de Sonsonate, a los dieciséis días del mes de Cantón Los Mangos 2 Zona, Armenia, a consecuencia de paro Cardiorrespiratorio irreversible y múltiples enfermedades crónicas, de 90 Abril del año dos mil quince.- años de edad, de oficios domésticos, casada, originaria de Ciudad Arce, La Libertad y del domicilio de esta ciudad, salvadoreña, hija de Pedro LIC. ALFREDO ANTONIO ESCALANTE CALDERÓN, Romero y Eloísa Ruano. NOTARIO. Y se confirió a dicho aceptante en las calidades referidas, la administración y representación definitiva de la sucesión. 1 v. No. F Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley.

24 24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, Sonsonate, a los dos días del mes de marzo del año dos mil quince. LIC. RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ÁNGEL, SECRETARIO. 1 v. No. F RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, Juez de Primera Instancia de la dudad de Armenia, Sonsonete. Hace saber: Que a las 9:00 horas de este día se declararon herederos definitivos abintestatos y con beneficio de Inventario a los señores Eneida Maribel Chicas Ramos, Teresa del Carmen Ramos de Lara y Juan Antonio Ramos, hijos sobrevivientes de la causante Isabel Ramos quien falleció a las quince horas del día siete de julio del presente año a consecuencia de Insuficiencia Arterial Crónica, en colonia "Alicia", lote "C", barrio "Nuevo", Armenia, departamento de Sonsonate, de 80 DIONICIO MARTÍNEZ, conocido por DIONISIO MARTÍNEZ PEÑA, años, ama de casa, soltera, originaria de San Julián, hija de Margarita Ramos (fallecida) y con domicilio en esta ciudad. DR. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ (DOS) DE LO CIVIL DE MEJICANOS. HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este tribunal a las diez horas del día trece de Octubre de dos mil catorce, se ha declarado herederos con beneficio de inventario a las señoras: GLORIA DEL CARMEN PEÑA DE GÓMEZ, mayor de edad, del domicilio de Mejicanos, con Documento Único de Identidad número cero cero seiscientos ocho mil seiscientos sesenta y siete-dos, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce- doscientos setenta mil ochocientos cincuenta y dos- ciento uno- cero; en concepto de Hija del Causante, ANA VÁSQUEZ, mayor de edad, Ama de casa, del domicilio de Mejicanos, con Documento único de Identidad número cero cuatro millones veintinueve mil cuatrocientos noventa y ocho- dos y Número de Identificación Tributario cero ochocientos nueve- ciento setenta y un mil cuarenta- cero cero uno- dos; en concepto de Cesionaria del Derecho Hereditario que le correspondía al señor René Martínez Vásquez, Hijo del Causante, y ANGELA MARTÍNEZ VÁSQUEZ DE DOMINGUEZ, mayor de edad, de Oficios domésticos, Casada, del domicilio de San Salvador, con Documento único de Identidad número cero dos millones ciento cuatro mil quinientos noventa y dos seis, con Número de Identificación Tributario cero seiscientos catorce- trescientos un mil cuarenta y cinco- ciento cuatro- cero; en su calidad de hija del de cujus, de la herencia intestada que a su defunción defirió el señor DIONICIO MARTÍNEZ, DIONICIO MARTÍNEZ PEÑA, DIONICIO PEÑA Y DIONISIO MARTÍNEZ, quien falleció en San Salvador, el día cuatro de julio de mil novecientos noventa y siete, siendo la Ciudad Y se confirió a dichos aceptantes en la calidad referida, la administración y representación definitiva de la sucesión. de Mejicanos su último domicilio. Confiérase a las herederas declaradas la administración y representación definitivas de la sucesión. Lo que se avisa al público en general para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, Juez Dos, a las Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Armenia, once horas del día veintisiete de Marzo de dos mil quince. DR. DARIO Sonsonate, a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil quince. VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ DOS DE LO CIVIL DE MEJICA- LIC. RAFAEL EDUARDO MENÉNDEZ CONTRERAS, JUEZ DE NOS.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO. PRIMERA INSTANCIA.- LIC. RAFAEL ANTONIO CUELLAR ÁNGEL, SECRETARIO. 1 v. No. F v. No. F GLENDA DEL CARMEN AVALOS, Notario, del domicilio de Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, con Oficina Jurídica en Edificio Peña Center local 4-B segundo nivel, calle José Francisco López, Cojutepeque, Cuscatlán. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY AVISA: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las catorce horas del día dieciséis de Abril del año en curso, se ha declarado Heredera Definitiva Ab-Intestato con beneficio de inventario, del señor JOSÉ ROGELIO MEJÍA quien falleció a las dieciséis horas treinta minutos del día primero de Noviembre del año dos mil, en el Hospital

25 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Nacional Rosales de San Salvador, con asistencia médica a causa de Urosepsis, Infarto agudo de Miocardio, Neoformación Hemorrágica Hepática, siendo Cantón El Espinal de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán su último domicilio, a la edad de sesenta y cinco años, casado, Originario y del domicilio de San Rafael Cedros, Departamento de Cuscatlán, a JULIA ELENA ARÉVALO VIUDA DE MEJÍA CO- NOCIDA TRIBUTARIAMENTE POR JULIA ELENA ARÉVALO DE MEJÍA, por medio de su apoderado Especial JOSÉ ROBERTO CARLOS MEJÍA, siendo la señora JULIA ELENA ARÉVALO VIUDA DE MEJÍA CONOCIDA TRIBUTARIAMENTE POR JULIA ELENA ARÉVALO DE MEJÍA, esposa del causante y cesionaria de los Derechos Hereditarios que le correspondían a Norma Aracely Mejía Arévalo, José Alcides Mejía Arévalo, María Gladis Mejía de Quevedo, María Yolanda Mejía Arévalo, Jose Mario Mejía Arévalo, Jose Abel Mejía, José Rafael Mejía, y Jose Rudy Mejía Arévalo, en su calidad de hijos del causante; A quienes se les confirió la Administración y Representación definitiva de la sucesión. Librado en Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, a los dieciséis días del mes de abril del año dos mil quince. LICENCIADO DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TEJUTLA, EL SUS- CRITO JUEZ HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las ocho horas con treinta y cinco minutos del día veinticinco de marzo del dos mil quince, se ha DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO en la sucesión intestada que a su defunción dejó MARÍA CANDIDA RUIZ DELGADO conocida por MARÍA RUIZ y por MARÍA CANDIDA RUIZ, quien fue de sesenta y ocho años de edad, soltera, de oficios del hogar, originaria de Guazapa, Departamento de San Salvador, hija de Eulalio Delgado y Petrona Ruíz, falleció el día veintiuno de junio del dos mil trece, siendo su último domicilio el Municipio de Agua Caliente, Departamento de Chalatenango, a las señoras YASMIN MARILU RUIZ DE ARTIGA, MARÍA ELENA RUIZ VALLE, MARÍA ISABEL CARPIO RUIZ y al señor LUIS SAMUEL VALLES RUIZ, todos en calidad de hijos de la causante. Confiérese a los aceptantes la administración y representación definitiva de la sucesión. Fíjense y publíquense los edictos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, Departamento de Chalatenango, a los veinticinco días del mes de marzo del dos mil quince. LIC. DAVID OVIDIO PERAZA FUENTES, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA TEJUTLA, CHALATE- NANGO.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRE- TARIA. 1 v. No. F MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las catorce horas y treinta minutos de este día, se ha declarado heredera definitiva GLENDA DEL CARMEN AVALOS, con beneficio de inventario en la herencia Intestada que a su defunción dejó el causante señor DOMINGO LOPEZ SÁNCHEZ, conocido por NOTARIO. DOMINGO LOPEZ, de sesenta y dos años de edad, Jornalero, casado, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, 1 v. No. F ocurrida el día veinticuatro de julio de mil novecientos noventa y siete, en San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, siendo ese su último domicilio; a la señora ROSA MENDOZA DE LOPEZ, conocida por ROSA MENDOZA VIVAS, ésta de setenta años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de San Pedro Perulapán, Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número: cero cero cuatrocientos quince mil setecientos treinta y tres - ocho, y con número de Identificación Tributaria: cero setecientos diez - doscientos veinte mil doscientos cuarenta y cuatro - ciento uno - cero; en su calidad de cónyuge sobreviviente, y como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores LUCRECIA LOPEZ DE CRUZ, conocida por LUCRECIA LOPEZ MENDOZA; y PEDRO LOPEZ MENDOZA, éstos en su calidad de hijos del referido causante; habiéndosele conferido a la heredera declarada la administración y representación definitiva de la sucesión. Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas del día ocho de abril del año dos mil quince.- Enmendado-SECRETARIO- Vale.- LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSÉ ORLANDO BELTRAN MEJÍA, SECRETARIO. 1 v. No. F050790

26 26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ACEPTACIÓN DE HERENCIA VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, Notario y del domicilio y con oficina en Urb. Pórtico San Antonio, Pje. Ppal. #10-A, Contiguo a Centro Comercial San Luis, San Salvador. Publíquese el edicto de Ley, por una vez en el Diario Oficial y por tres veces consecutivas en dos diarios de circulación nacional, todo de conformidad al Art. 5 de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias. HACE SABER: Que por resolución del suscrito, proveída en esta ciudad, a las nueve horas del día trece de abril del dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes de marzo del dos mil catorce, dejó la señora SONIA SILVIA SARAVIA DE HERNÁNDEZ, quien fuera de sesenta y cinco años de edad a la fecha de su defunción, Licenciada en Psicología, viuda, siendo la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, su último domicilio, y en su calidad de cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora ANA MARIA MIRANDA DE SARAVIA, en su calidad de madre de la causante antes mencionada, de parte del señor JULIO ERNESTO SARAVIA MATA; Habiéndosele declarado heredero interino con beneficio de inventario y se le confirió la Administración y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a las personas que se crean con derecho a la citada herencia para que se presenten a la referida oficina, en el término de quince días contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto, domicilio y del de San Salvador, Departamento de San Salvador, con a manifestar su derecho u oposición. oficina ubicada en Calle Doroteo Vasconcelos, número cuatro, Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque, Departamento de Cabañas. Librado en San Salvador, a los catorce días del mes de abril del dos mil quince. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas del día trece de abril del año dos mil quince, se ha tenido VICTOR MANUEL IRAHETA ALVAREZ, NOTARIO. 1 v. No. C ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ TRES DE ESTE DIS- TRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. AVISA: Que por resolución de las ocho horas con veintinueve minutos del día diez de febrero de dos mil quince, se les ha conferido la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la HERENCIA INTESTADA de los bienes que a su defunción dejó la causante señora JULIA ELSA MONTENEGRO DE PALACIOS antes JULIA ELSA MONTENEGRO, quien falleció en a las veintiuna horas y cuarenta minutos del día quince de junio de dos mil doce, en el Hospital Rosales, en la ciudad de San Salvador, siendo éste su último domicilio; a los señores HENRY DOUGLAS PALACIOS MONTENEGRO y ELSI GISELA PALACIOS DE LOPEZ, en su calidad de hijos sobrevivientes del de cujus. Habiéndosele conferido la ADMINISTRACION Y REPRE- SENTACION INTERINA de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, Art. 473, 480 y siguientes C.C. Lo que hace saber al público en general, para que todo aquel que tenga derecho en la presente sucesión, se apersone a este Tribunal legitimando su derecho en el término de quince días, todo de conformidad al Art C.C. Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, Juez Tres, a las ocho hora y quince minutos el día dieciocho de febrero de dos mil quince.- LIC. ROBERTO EDMUNDO ALEJANDRO JIMENEZ MOLINA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, JUEZ 3.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA 3. 1 v. No. C GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, Notario de este por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las seis horas con treinta minutos del día veintiuno del mes de julio de dos mil nueve, en Cantón Cañafístula, Ciudad Dolores, Departamento de Cabañas, que también fue la ciudad de su último domicilio; dejó el señor RICARDO LOPEZ, de parte de la señora MARIA ANTONIA RAMOS VIUDA DE LOPEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, tal como consta en las presentes diligencias, habiéndosele conferido a la aceptante, la Administración y Representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a reclamarla a esta oficina, en el término de quince días, contados desde el siguiente de la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO. En la Ciudad de Sensuntepeque, a las nueve horas del día trece de abril del año dos mil quince. DOCTOR GUILLERMO ANTONIO GUEVARA ALFARO, NOTARIO. 1 v. No. C011111

27 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de LICENCIADO OMAR ALBERTO ROMERO FUENTES, NOTARIO, del domicilio de esta ciudad, con oficina en Avenida Morazán, número treinta y nueve, Barrio El Calvario, de esta ciudad. En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas y diez minutos del día catorce de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA CLEOTILDE LEON o CLOTILDE LEON, ocurrida a las tres horas y treinta minutos del día veintiocho de abril del año dos mil diez, en la Colonia Villa España, Cantón Los Planes, Municipio de San Agustín, Departamento de Usulután, de parte del señor JOSE TEOFILO FUENTES ARGUETA, en su calidad de cesionario de los derechos hereditarios que le correspondían a los señores MARIA IRMA LEON, JOSE ALFREDO LEON TURCIOS, JUAN ANTONIO LEON TURCIOS y BLANCA LIDIA LEON TURCIOS, como hijos de la causante; habiéndosele conferido la Administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se le avisa al público para los efectos de Ley. Librado en las oficinas del Notario Omar Alberto Romero Fuentes. San Francisco Gotera, Departamento de Morazán, a los quince días del mes de abril del año dos mil quince. LIC. OMAR ADALBERTO ROMERO FUENTES, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. C ROSALBA GUADALUPE RODRIGUEZ SANCHEZ, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Primera Calle Poniente Número Mil Ciento Cincuenta y Tres, Edificio La Mirra, Local número Cuatro, Primera Planta, frente a Colegio La Asunción, de la ciudad de San Salvador. HACE CONSTAR: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las ocho horas del día ocho de abril del dos mil quince, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor JORGE ALBERTO MENJIVAR conocido por JORGE ALBERTO FIGUEROA MENJIVAR, habiendo fallecido en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, a las tres horas y veinticinco minutos del día diez de mayo del dos mil diez, a consecuencia de Neumonía Leucemia Mielocitica Crónica Sepsis Edema Pulmonar, con asistencia médica, sin haber formalizado testamento alguno, de parte del señor WALTER OSWALDO MENJIVAR RUBIO, en su calidad de hijo sobreviviente del causante de los derechos que le corresponde y como cesionario de los derechos que le correspondían a los señores MARIA VIRGINIA RUBIO DE MENJIVAR e IVAN LEONEL MENJIVAR RUBIO la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente y el segundo en su calidad de hijo del causante, habiéndole conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Librado en la oficina de la Notario Rosalba Guadalupe Rodríguez Sánchez. En la ciudad de San Salvador, a los trece de abril del dos mil quince. LIC. ROSALBA GUADALUPE RODRIGUEZ SANCHEZ, NOTARIO. 1 v. No. F MARCOS ANTONIO SALAZAR HENRIQUEZ, Notario, del domicilio de Nahulingo, Departamento de Sonsonate, con oficina ubicada en Calle Alberto Masferrer Oriente, Locales El Ángel, Local número cinco, Barrio El Ángel, de la ciudad y Departamento de Sonsonate, al público. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las ocho horas con treinta minutos del día dieciséis de abril del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Abintestato que a su definición, ocurrida a la una hora del día diez de marzo del año de mil novecientos noventa y nueve, en el Barrio Amel, de San Pedro Puxtla, Departamento de Ahuachapán, a consecuencia de úlcera gástrica, con asistencia médica durante su enfermedad, dejó la causante señora MARIA BERTA CASTRO VIUDA DE DERAS, conocida por BERTA CASTRO VIUDA DE DERAS, MARIA BERTA CASTRO, BERTA CASTRO DE DERAS y por BERTA CASTRO, de parte de los señores HUMBERTO DERAS CASTRO, EDGARDO DERAS CASTRO, y GETULIO DERAS CASTRO, en su concepto de hijos sobrevivientes de la causante antes mencionada; habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho en la referida herencia, para que se presenten a la oficina ubicada en la dirección arriba indicada, en el término de quince días, contados desde el siguiente de la última publicación del presente edicto. Lo que avisa al público para los efectos de Ley. Librado en la Ciudad y Departamento de Sonsonate, a los dieciséis días del mes de abril de dos mil quince. LIC. MARCOS ANTONIO SALAZAR HENRIQUEZ, ABOGADO Y NOTARIO. 1 v. No. F050613

28 28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 JABIER CALDERON RIVERA, Notario, del domicilio de Usulután, con oficina ubicada en Primera Avenida Sur, # 2, frente a Plaza Hidalgo, de esta Ciudad. Librado en la oficina del Notario TOMAS EDMUNDO VILLALTA AGUILAR, en la ciudad de San Salvador, a los veinticinco días del mes de marzo de dos mil quince. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída LIC. TOMAS EDMUNDO VILLALTA AGUILAR, a las ocho horas del día veintisiete de marzo de dos mil quince; se ha aceptado expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada NOTARIO. que a su defunción ocurrida en El Tránsito, Departamento de San Miguel, el día catorce de mayo de dos mil catorce, dejara el señor FIDEL ANGEL VASQUEZ HERNANDEZ, de parte de la señora BLANCA 1 v. No. F ALICIA MENDEZ VIUDA DE VASQUEZ, en su calidad de cónyuge sobreviviente y cesionaria de los derechos hereditarios que como hijo le correspondía al presunto heredero del causante René Antonio Vásquez Méndez, habiéndosele conferido la Administración y Representación INTERINA, de la sucesión con las facultades y restricciones de los FRANCISCO ANTONIO CASTRO VALLE, Notario, del domicilio de Curadores de la Herencia Yacente. Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con oficina ubicada en Centro de Comercial Santa Elena, Local Doscientos Ocho, entre Boulevard En consecuencia por este medio, se cita a todos los que se crean con derechos en dicha herencia, para que se presenten a la referida oficina, en Santa Elena y Calle Cerro Verde, Antiguo Cuscatlán, La Libertad. el término de quince días contados a partir del día siguiente a la última publicación del presente edicto. HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las quince horas del día dieciséis de enero del presente año, se ha tenido Librado en la Ciudad de Usulután, a los treinta días del mes de por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia marzo de dos mil quince. intestada que a su defunción, ocurrida en la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día veintisiete de marzo del año dos LIC. JABIER CALDERON RIVERA, mil catorce, dejó el señor OSCAR MAURICIO BARAHONA MEJIA conocido por OSCAR MAURICIO MEJIA BARAHONA y por OSCAR NOTARIO. MAURICIO BARAHONA, de parte de las señoras MARLENE DEL CARMEN RUIZ DE BARAHONA conocida por MARLENE DEL 1 v. No. F CARMEN RUIZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante; y JENMY GABRIELA BARAHONA DE LOPEZ conocida por JENMY GABRIELA BARAHONA RUIZ, en calidad de hija del causante; TOMAS EDMUNDO VILLALTA AGUILAR, NOTARIO, con oficina ubicada en Sexta Avenida Norte, Pasaje Campos Villavicencio, No.103, de esta Ciudad. HACE CONSTAR: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas con treinta minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil quince, se ha tenido por ACEPTADA EXPRESA- MENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la herencia intestada que a su defunción, dejó el señor WILIAN ALEX SEGOVIA RIVAS conocido también por WILLIAN ALEX RIVAS SEGOVIA, de parte de los señores MARTHA ALICIA ROMERO DE SEGOVIA, WILIIAMS JONATAN RIVAS ROMERO y NANCY CAROL RIVAS ROMERO, como cónyuge la primera y los demás como hijos sobrevivientes de la causante, confiriéndoseles la Administración y Representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia yacente. habiéndose conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio SE CITA a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina del Notario FRANCISCO ANTONIO CAS- TRO VALLE. En la ciudad de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, a las nueve horas del día quince de abril del año dos mil quince. LIC. FRANCISCO ANTONIO CASTRO VALLE, En consecuencia se cita a los que se crean con derechos a la referida herencia para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. NOTARIO. 1 v. No. F050663

29 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de JOSE LEONARDO QUINTANILLA PARADA, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en 87 Avenida Norte, número 327, Colonia ESTRADA, MARIA DE LOS ANGELES BATRES DE RAMOS antes IRMA ANTONIA BATRES DE AQUINO, MARTA LUZ BATRES Escalón, de esta ciudad. MARIA DE LOS ANGELES BATRES ESTRADA, ZOILA ESTELA BATRES ESTRADA antes ZOILA ESTELA BATRES DE MORENO, SANTOS DE JESUS BATRES DE RAMOS conocida por NURIA LISET HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída BATRES DE RAMOS y REINA DEL CARMEN BATRES ESTRADA, a las catorce horas del día veinte de marzo de dos mil quince, se ha hijas del causante, y en tal concepto se le ha conferido la Administración tenido, de manera conjunta, por aceptada expresamente y con beneficio y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de inventario la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en de los curadores de la herencia yacente. esta ciudad el día once de octubre de dos mil catorce, dejara el señor ADRIAN AMAYA PINEDA, quien fue de sesenta y cinco años de edad, electricista, casado, originario de Yucuaiquín, Departamento de La Unión, Librado en la oficina Notarial de suscrito Notario, en la ciudad de siendo la ciudad de Santa Tecla, Departamento de La Libertad su último Santa Ana, a las nueve horas del día trece de abril del dos mil quince. domicilio, de parte de las señoras ZENAYDA CAROLINA AMAYA BONILLA, después en virtud de matrimonio ZENAYDA CAROLINA AMAYA DE GRANADOS, y hoy en virtud de nuevo matrimonio ZE- JOSE ERNESTO CARRANZA MARTINEZ, NAYDA CAROLINA AMAYA DE ARTIGA y de parte de la señora NOTARIO. LILIANA ESTELA AMAYA BONILLA, hoy en virtud de matrimonio LILIANA ESTELA AMAYA DE VELASCO, en su calidad de hijas y herederas testamentarias sobrevivientes; consecuentemente, se les ha 1 v. No. F conferido a las aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, de manera conjunta, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Por lo tanto, por este medio se cita a todos los que se crean con CARLOS ROBERTO GALEAS CHAVEZ, Notario, del domicilio del derecho a la herencia, para que se presenten a la referida oficina en Municipio de San Miguel, Departamento de San Miguel, con oficina el término de quince días contados desde el día siguiente a la última ubicada en la Séptima Calle Poniente, casa doscientos tres bis, Barrio publicación del presente edicto. La Merced, San Miguel, al público. Lo que se avisa al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario proveída Librado en la oficina del Notario José Leonardo Quintanilla Parada. a las quince horas del día nueve de abril del año dos mil quince, se ha En la ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mes de marzo de tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la dos mil quince. Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en Caserío Llano de Higo, Cantón El Cerro, Municipio de Moncagua, Departamento de San Miguel, dejara el señor FELIPE BONILLA GRANILLO, de parte de LIC. JOSE LEONARDO QUINTANILLA PARADA, ABELINA DEL CARMEN LOZA DE BONILLA, en su concepto de NOTARIO. esposa sobreviviente del causante, y cesionaria de los derechos de sus 1 v. No. F JOSE ERNESTO CARRANZA MARTINEZ, Notario, del domicilio de la ciudad de Santa Ana, y con residencia en la Tercera Calle Oriente, entre Quinta y Séptima Avenida Sur, número diecisiete de dicha ciudad. AL PUBLICO. HACE SABER Que por resolución dictada por el suscrito Notario, a las quince horas treinta minutos del diez de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte del señor RAYMUNDO ASUNCION HERRERA QUINTA- NA, la herencia intestada que a su definición dejara el señor JUAN BATRES, haciéndolo el aceptante en su calidad de CESIONARIO DE LOS DERECHOS HEREDITARIOS EN ABSTRACTO de las señoras hijos RINA DEL CARMEN BONILLA LOZA, JOSE ISAE BONILLA LOZA, y JOSE NOEL BONILLA LOZA, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a esta oficina, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en la oficina Jurídica del Notario, En La Ciudad de San Miguel a los quince días del mes de abril del año dos mil quince. LIC. CARLOS ROBERTO GALEAS CHÁVEZ, NOTARIO. 1 v. No. F050673

30 30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 RONAL WILFREDO ROMERO TOVAR, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en Tercera y Primera Calle Poniente, Barrio San Antonio, de esta ciudad, su concepto de nieto sobreviviente de la causante, habiéndose conferido la administración y representación de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diez horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, la herencia Intestada que a su defunción ocurrida a las cero horas cincuenta y cinco minutos del día quince de enero del año dos mil doce, en el Hospital San Juan de Dios de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, dejó la señora ELSA AIDA CASTILLO, quien fuera de cincuenta y dos años de edad, oficios domésticos, soltera, del domicilio de Cantón Tierra Blanca, de esta jurisdicción, originaria de esta ciudad, Salvadoreña, siendo la ciudad de Candelaria de la Frontera, su último domicilio; de parte de la señora WENDY YESENIA POLANCO DE MAHEDA, en su concepto de hija de la expresada causante; a quien se le nombra INTERINAMENTE administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, se CITA a todas las personas que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a la referida oficina, a deducirlo en el término de quince días, contados desde el día siguiente, a la tercera publicación de este edicto. LIBRADO en la Oficina del Notario Ronal Wilfredo Romero Tovar, en la ciudad de Candelaria de la Frontera, Departamento de Santa Ana, a las quince horas del día diez de abril del año dos mil quince. COLON, LA LIBERTAD, En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la oficina de la Notario MIRIAM HAYDEE ERAZO DE VEGA. En la ciudad de Colón, a las ocho horas, del día seis de abril de dos mil quince. MIRIAM HAYDEE ERAZO DE VEGA, NOTARIO. 1 v. No. F La suscrita Notario, de este domicilio, con oficina en Res. La Gloria, B-1, #3, Mejicanos, HACE SABER: Que por resolución de las 7:00 horas del 11/04/15; ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario, BRENDA MABEL GONZALEZ DE SOSA, LA HERENCIA INTESTADA del fallecido PEDRO JOSE GONZALEZ LOPEZ, conocido por PEDRO JOSE GONZALEZ y se le ha conferido la representación y administración interina de la sucesión, la que ejercerá con las facultades y restricciones RONAL WILFREDO ROMERO TOVAR, de los curadores de la herencia yacente. NOTARIO. Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a denunciarlo en el término de quince días, contados desde el 1 v. No. F siguiente a la publicación de este edicto, a la dirección indicada. San Salvador, once de abril de dos mil quince. MIRIAM HAYDEE ERAZO DE VEGA, Notario, de este domicilio, Lic. ELIA ROXANA MOLINA MEJIA, con oficina ubicada en RESIDENCIAL LAS JACARANDAS I, SEN- DA DOS, POLÍGONO D, CASA NÚMERO TREINTA Y NUEVE D, NOTARIO. 1 v. No. F HACE SABER: Que por resolución de la suscrito Notario, proveída a las once horas del día veinticinco de marzo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora ANA MARIA HENRIQUEZ DE GARCIA, quien falleció en San Salvador, a las veintidós horas y quince minutos del día primero de junio de mil novecientos ochenta y dos, en el Hospital Rosales de San Salvador, a consecuencia de diabetes, con asistencia médica, a la edad de setenta y seis años, originaria de Santa Cruz Michapa y último domicilio San Marcos, departamento de San Salvador, de nacionalidad Salvadoreña, hija de Benigno Henríquez y Pilar Vásquez, de parte del señor SERGIO EDGARDO GARCIA, en NANCY BETLANIA ESTRADA ESCAMILLA, Notario, del domicilio de Ahuachapán, con oficina establecida en Segunda Calle Poniente, Barrio El Centro, Número dos - seis, Ahuachapán. AL PUBLICO, HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las catorce horas del día quince de abril de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, la Herencia Testamentaria que a su defunción dejó el causante señor JUAN FRAN-

31 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de CISCO GIL, ocurrida en el Municipio de Ahuachapán, Departamento de Ahuachapán, el día dieciséis de diciembre de dos mil catorce, lugar de su último domicilio, de parte de LUIS ALONSO MARTINEZ SA- LINAS y JOSE ANTONIO MARTINEZ, en su calidad de Herederos Testamentarios del causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación interina de la sucesión Testamentaria, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Lo que se AVISA al público para los efectos de Ley. Ahuachapán, dieciséis de abril de dos mil quince. Lic. NANCY BETLANIA ESTRADA ESCAMILLA, NOTARIO. 1 v. No. F TITO LOPEZ ESCOBAR, Notario, de este domicilio, con Oficina Jurídica situada en Barrio El Tránsito, Calle al Lago, Contiguo a Panadería NOTARIO. Vilma, San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, 1 v. No. F HACE SABER: Que por resolución proveída por el suscrito Notario, a las nueve horas del día cinco de marzo de dos mil quince, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Beneficio de Inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó la causante BLANCA ESTELA MONICO DE PEÑA, conocida por BLANCA ESTELA MONICO, BLANCA ESTELA MONICO DE BARRIENTOS, BLANCA ESTELA MONICO VIUDA DE BARRIENTOS y BLANCA ESTELA MONICO AYALA, ocurrida a la una hora y cero minutos del día veinticinco de febrero de dos mil once, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, de San Salvador, siendo éste su último domicilio, de parte de la señora MARCELINA MONICO VIUDA DE AYALA, en su concepto de MADRE y CESIONARIA de los derechos que le correspondían al esposo de la causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se avisa al público para los efectos de Ley.- Librado en la Oficina del Notario TITO LOPEZ ESCOBAR, en la Villa de San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, a los seis días del mes de marzo de dos mil quince. Lic. TITO LOPEZ ESCOBAR, NOTARIO. LA SUSCRITA NOTARIO, DIANA VERONICA AZAMA ZALDAÑA, CON DESPACHO PROFESIONAL UBICADO EN LA OCTAVA AVENIDA NORTE Y QUINTA CALLE ORIENTE, DE LA CIUDAD DE SONSONATE HACE SABER: Que por resolución proveída por la suscrita Notario, a las diez horas del día nueve de abril de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Testada, que a su defunción ocurrida el día veintisiete de enero del año dos mil quince, en la ciudad de Sonsonate, dejó el señor JORGE AL- BERTO VARGAS BOLAÑOS, de parte de la señora NORA DELMY DELEON DE VARGAS, como esposa y heredera testamentaria del referido causante; habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. Se avisa al público para los efectos de ley. Librado en la oficina de la Notario DIANA VERONICA AZAMA ZALDAÑA, en la ciudad de Sonsonate, a los diez días del mes de abril de dos mil quince. DIANA VERONICA AZAMA ZALDAÑA, EDWIN ANTONIO PINEDA VELASQUEZ, Notario, del domicilio de la ciudad de Santa Ana, con oficina situada en Quince Calle Oriente, número ocho de dicha ciudad, AL PUBLICO, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la HERENCIA INTESTADA que a su defunción ocurrida en esta ciudad, el día tres de marzo de este año, dejó el señor HUGO ORLANDO CASTRO QUINTERO, siendo esta ciudad su último domicilio, de parte de los señores CLAUDIA MARIA, LUIS MIGUEL y ADRIANA MARIA, los tres de apellido CASTRO ALARCON, en calidad de hijos del causante expresado. Confiriéndoseles a los aceptantes la administración y representación interinas de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se da a conocer al público para los efectos de ley. Librado en la ciudad de Santa Ana, a las doce horas del día quince de abril del año dos mil quince. Lic. EDWIN ANTONIO PINEDA VELASQUEZ, NOTARIO. 1 v. No. F v. No. F050749

32 32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 LUIS FELIPE SÁNCHEZ LÓPEZ, Notario, del domicilio de Santa Tecla, departamento de La Libertad, con oficina ubicada en Primera Avenida Norte y Diecinueve Calle Poniente, Edificio Niza, local doscientos siete, de esta ciudad, HACE SABER: que por resolución del suscrito Notario, proveída a las doce horas del día quince de abril de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción, ocurrida en esta ciudad, el día seis de febrero de dos mil quince, dejó el señor MANUEL ALFREDO BARRIERE PINEDA, de parte de la señora MARIA FREDESVINDA VANEGAS DE BARRIERE, en concepto de esposa sobreviviente de la causante, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. 1 v. No. F Librado en la ciudad de San Salvador, a las doce horas y quince minutos del día quince de abril de dos mil quince. LUIS FELIPE SÁNCHEZ LÓPEZ, NOTARIO. HACE SABER: Que por resolución proveída a las catorce horas 1 v. No. F NELSON ADALBERTO CALDERON PEÑA, Notario, del domicilio de San Salvador, con Oficina Jurídica Profesional ubicada en: Centro Profesional Buenos Aires, Avenida y Calle Maquilishuat, 1era. Planta, Local DOS, Urbanización Buenos Aires, Departamento de San Salvador, al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a las diecisiete horas del día vente de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó el señor CELESTINO RIVERA VILLALTA, conocido por CELESTINO VILLALTA RIVERA y por CELESTINO RIVERA, quien a la fecha de su fallecimiento fue de sesenta y un años de edad, Maestro de Obra, originario de Ilopango, Departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Ilopango, el último domicilio que dejara dicho causante y habiendo fallecido frente a la Morgue del Instituto de Medicina Legal de San Salvador, a las dieciocho horas del día veinticinco de marzo del año dos mil dos; de parte de la señora: NORMA ELIZABETH VILLALTA DE ROMERO; en concepto de Hija sobreviviente del referido causante, habiéndosele conferido la Administración y Representación Interina de la Sucesión con las Facultades y Restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. En consecuencia, se CITA por este medio a todos los que se crean con derecho a la mencionada Herencia, para que se presenten a la referida oficina en el término de quince días contados desde la última publicación del presente edicto. Librado en la ciudad de Ilopango, Departamento de San Salvador, a las ocho horas del día veintiuno de abril del año dos mil quince. Lic. NELSON ADALBERTO CALDERON PEÑA, NOTARIO. LIC. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA INS- TANCIA DE IZALCO, DEPARTAMENTO DE SONSONATE, de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante ATANACIO ROMERO HERNANDEZ, conocido por ATANACIO FELIPE ROMERO y ATANACIO ROMERO, quien falleció el día diez de mayo del año mil novecientos ochenta y nueve, a la edad de cincuenta y seis años, siendo su último domicilio en la Ciudad de San Julián, Departamento de Sonsonate, de parte de los señores CELIA MANCIA ROMERO, VILMA ESTELA MANCIA ROMERO, NELSON AMADEO MANCIA ROMERO, JUAN MIGUEL MANCIA ROME- RO, GABRIEL ENRIQUE ROMERO MANCIA y HECTOR ABEL MANCIA ROMERO, en concepto de hijos sobrevivientes del causante; juntamente con el señor EUGENIO MANCIA ROMERO, quien ya había sido declarado heredero definitivo tal como consta en certificación del Testimonio de Escritura Pública de Protocolización agregada en autos, en concepto de hijo del causante y cesionario de los derechos hereditarios que les correspondían en la presente sucesión a los señores EDELMIRA ISABEL MANCIA ROMERO DE AREVALO, JORGE ADALBERTO MANCIA ROMERO y PEDRO EULALIO MANCIA ROMERO, como hijos del causante.

33 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Confiérese a los aceptantes en el concepto antes expresado, la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. ley. Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las Quedan citadas aquellas personas que se crean con derecho a la doce horas del día veinticinco de marzo del año dos mil quince.- Licdo. herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días, DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSTANcontados desde el día siguiente a la tercera publicación de este edicto en CIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO. el Diario Oficial. Lo que se hace saber al público, para efectos de Ley. 3 v. alt. No. C Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Izalco, Departamento de Sonsonate, el día diecinueve de noviembre de dos mil catorce.- Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRIMERA Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil, del Distrito INSTANCIA.- Licda. SARA ALBERTINA VILLEDA SANCHEZ, Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público SECRETARIA. para los efectos de Ley, 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las nueve horas y veinte minutos del día cinco de febrero de dos mil quince, con el mérito de los documentos que fueron presentados adjuntos a la solicitud de folios 1 al 3, con el informe procedente de la Oficialía Mayor de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 35. Se declaran herederos expresamente y con beneficio de inventario de la herencia intestada que DAVID AMAEL MORAN ASCENCIO, JUEZ DE PRIMERA INSal fallecer el día once de febrero del año dos mil cinco, en El Barrio TANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, La Esperanza, de esta ciudad y distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó la causante Eusebia Ventura, conocida por HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de los señores MARIA DELFINA OLIVAR SIBRIAN, RICARDO DANIEL OLIVAR ORELLANA, YAQUELIN ELIZABETH OLIVAR ORELLANA, MARIO EDGARDO OLIVAR ORELLANA y de PRINCESA ABIGAIL OLIVAR ORELLANA, de la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor JUAN HUMBERTO OLIVAR SIBRIAN, conocido por JUAN HUMBERTO OLIVAR, quien fuera de cuarenta y siete años de edad, empleado, acompañado y falleció a las diecinueve horas treinta minutos, el día veintiséis de febrero del año dos mil doce, Caserío Agua Caliente, Texistepeque, departamento de Santa Ana, originaria de la Ciudad de Ciudad Arce, departamento de La Libertad, siendo este mismo su último domicilio; la primera en calidad de Madre sobreviviente y los cuatro restantes en calidad de hijos del referido causante. Confiérasele a los aceptantes expresados en el concepto indicado la Administración y Representación Interina de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Eusebia Ventura de Romero, de parte de los señores Emilio Romero Ventura, Antonio Romero Ventura, conocido por Antonio Romero y Aurelia Romero Ventura, conocida por Aurelia Romero, en concepto de hijos sobrevivientes de la referida causante, de conformidad con el Artículo 988 Numeral 1 C.C. Se les confiere a los herederos declarados en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los nueve días del mes de marzo de dos mil quince.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA. Cítese a las personas que se crean con derecho. 3 v. alt. No. C

34 34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil del Distrito doscientos diecisiete -doscientos sesenta mil trescientos cuarenta - cero Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público cero dos- cero; en calidad de cónyuge sobreviviente y cesionaria de los para los efectos de Ley. derechos hereditarios de los señores ROBERTO SALVADOR ORTIZ GUERRERO, OSCAR ERNESTO ORTIZ GUERRERO, SILVIA ELIZABETH ORTIZ GUERRERO, ZULMA ORTIZ DE UMAÑA, HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las quince JOSÉ GERMAN ORTIZ GUERRERO, ROLANDO ORTIZ GUEhoras y veinte minutos del día cinco de marzo de dos mil quince.- Con RRERO, y DILMA DE JESÚS ORTIZ GUERRERO, en concepto de el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios hijos sobrevientes, todos respecto del causante, y se le ha conferido al uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias, aceptante en el concepto antes mencionado, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de y con el informe procedente de la Oficialía Mayor de la Corte Suprema de Justicia, agregado a folios 13. Se le declara heredero expresamente los curadores de la Herencia Yacente que regula el Artículo 480 Código y con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a Civil. Cítese a los que se crean con derecho a la herencia para que se las cinco horas del día diez de junio del año dos mil doce, en el Cantón presenten a este Juzgado dentro de los quince días subsiguientes después Molino, de la jurisdicción de Concepción de Oriente, de este distrito, de la última publicación de este edicto. Departamento de La Unión, su último domicilio, dejó la causante Fedilia Morán Bonilla, conocida por Fedilia Morán, de parte del señor Bolfano Lo que pone en conocimiento del público, para los efectos de Morán, en concepto de hijo sobreviviente de la referida causante, de ley. conformidad con el artículo 988 numeral 1 del Código Civil, y en concepto de cesionario del derecho hereditario que en la referida sucesión dad de San Miguel, a las doce horas con cincuenta y dos minutos del Librado en el Juzgado Primero de lo Civil y Mercantil de la Ciu- le correspondía a la señora Dilia Mary Sosa Morán, en su calidad de hija día cuatro de marzo del año dos mil quince.- LIC. JOSÉ SALOMÓN sobreviviente de la causante antes mencionada, de conformidad con el ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MER- Artículo 1699 del Código Civil. Se le confiere al heredero declarado en CANTIL DE SAN MIGUEL.- LICDA. MARTA ERICELDA BONILLA el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los RIVERA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. bienes de la indicada sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. 3 v. alt. No. C Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los nueve días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP- CION MARTINEZ, SECRETARIA. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA 3 v. alt. No. C LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a JOSÉ SALOMÓN ALVARENGA VÁSQUEZ, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. las diez horas con cuarenta minutos, de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día veintisiete de diciembre HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con cuarenta y nueve minutos del día cuatro de marzo del año dos mil quince, mento de Cabañas, su último domicilio; dejó el señor JOSE ROLANDO de dos mil catorce, en San Salvador, siendo Sensuntepeque, Departa- se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario TORRES CACERES, quien fue de cincuenta y nueve años de edad, la herencia intestada dejada por el causante, ROBERTO SALVADOR casado, empleado, hijo de José Isaías Cáceres y de Ana Vicenta Torres, ORTIZ, quien fue de setenta y cuatro años de edad, Pensionado o Jubilado, originario de Ereguayquín, Departamento de Usulután; de parte de originario de Guatajiagua, departamento de Morazán, quien tuvo como la señora LUCIA LOPEZ DE TORRES, en calidad de cónyuge del último domicilio el de San Miguel, Salvadoreño por nacimiento, casado, causante y como cesionaria de los derechos hereditarios que en calidad falleció en el Hospital Militar Regional de esta ciudad, a las once horas de hijos del causante le correspondían a los señores EVELYN KARIdel día veintiuno de julio del año dos mil catorce, a causa de Cirrosis NA TORRES LOPEZ, YAZMIN GUADALUPE TORRES LOPEZ, Hepática, con asistencia médica; de parte de la señora MARÍA LIDIA LIDVIA ESTELA TORRES LOPEZ, ROLANDO JOSE TORRES GUERRERO DE ORTIZ conocida por MARÍA LIDIA GUERRERO y LOPEZ y FATIMA GRISSEL TORRES DE BENITEZ, representada por MARÍA LIDIA GUERRERO CASULA hoy DE ORTIZ consecuentemente MARÍA LIDIA GUERRERO viuda DE ORTIZ, de setenta y como Apoderado General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele por el Licenciado HUGO ROSENDO VLADIMIR HERNANDEZ, cinco años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio de San Miguel, conferido a la aceptante la administración y representación INTERINA con Documento Único de Identidad Número: cero uno dos cuatro uno de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la cuatro nueve siete-dos; con Número de Identificación Tributaria: un mil herencia yacente.

35 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia MARIO EMILIO ROMERO conocido por MARIO EMILIO ROMERO TARIO, la Herencia Intestada que al fallecer dejó el causante señor dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la CAMPOS, fallecido a las dieciséis horas con treinta minutos del día última publicación de este edicto. veintidós de octubre del año dos mil doce, en el Barrio Concepción de la Ciudad de San Jorge, lugar que fue su último domicilio, Departamento de San Miguel; de parte de la señora EVA PORTILLO ROMERO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL conocida por EVA PORTILLO DE RAMIREZ, de treinta y cinco años POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO de edad, Comerciante, del domicilio de San Jorge, Departamento de San ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO. Miguel, con Documento Único de Identidad Personal número cero uno nueve cinco siete tres siete seis guión nueve y Número de Identificación Tributaria uno dos uno cinco guión dos uno uno uno siete ocho guión uno 3 v. alt. No. C cero dos guión ocho, en su concepto de hija sobreviviente del causante y además como Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondía al señor Adán Portillo Romero, también como hijo del mismo causante. Nómbrase a la aceptante en el carácter dicho Administradora y VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE Representante Interina de la sucesión de que se trata, con las facultades LO CIVIL DE APOPA. y restricciones que corresponden a los curadores de la herencia. Publíquense los edictos de ley. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de las nueve horas y veintiún minutos del día dos de febrero del presente ley. año; SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENE- Librado en el Juzgado de Primera Instancia, Chinameca, a las doce FICIO DE INVENTARIO LA HERENCIA INTESTADA QUE A SU horas del día siete de abril de dos mil quince.- LIC. DINORA DEL CAR- DEFUNCION DEJO EL SEÑOR LUIS ANTONIO ORTIZ PEREZ, MEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. quien fue de cuarenta y cuatro años de edad, Empleado, soltero, del INGRID VANESSA VASQUEZ BARAHONA, SECRETARIA. domicilio de Apopa, fallecido el día diecisiete de abril del año dos mil catorce, siendo la ciudad de Apopa su último domicilio, de parte de la señora ROSA AMELIA SANCHEZ DE ORTIZ, conocida por ROSA AMELIA PEREZ, de setenta y dos años de edad, ama de casa, del domicilio de Santo Tomás, en calidad de madre del causante. Y se le confirió a la aceptante, en el carácter indicado, la Administración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente. Lo que se hace del conocimiento al público, para los efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las nueve horas y treinta minutos del día dos de febrero del año dos mil quince.- DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA FERNANDEZ, SECRETA- RIO. 3 v. alt. No. F LICENCIADA DINORA DEL CARMEN ANDRADE DE LAZO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHINAMECA. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las doce horas del día siete de abril de dos mil quince. SE TUVO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVEN- 3 v. alt. No. F CRISTIAN ALEXANDER GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN MIGUEL. HACE SABER: Que por resolución emitida por este Juzgado, a las once horas con seis minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor ELIGIO MARTÍNEZ, quien fue de ochenta y nueve años de edad, agricultor, viudo, de nacionalidad salvadoreña, hijo de la señora Ladislada Martínez; fallecido el día dieciséis de junio de dos mil catorce, siendo su último domicilio Chirilagua, departamento de San Miguel; de parte de los señores MIGUEL ÁNGEL MARTÍNEZ DÍAZ, mayor de edad, agricultor, del domicilio de San Miguel; TRÁN- SITO MARTÍNEZ DÍAZ, mayor de edad, empleado, del domicilio de Chirilagua, departamento de San Miguel; ISRRAEL MARTÍNEZ DÍAZ, RAUL MARTÍNEZ DÍAZ y JOSÉ ÁNGEL MARTÍNEZ DÍAZ, todos en calidad de hijos del causante y los tres últimos de conformidad a artículo 1155 inciso último del Código Civil, representados por su Curador Especial, el Licenciado JOSÉ VIRGILIO JOYA MOLINA. Confiérasele a los aceptantes, el carácter aludido, la administración y representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente y se CITA a los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la última publicación del presente edicto.

36 36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Lo que se pone a disposición del público, para los efectos de ley. dos mil once y a las quince horas y veinte minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil quince.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERbeneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en CANTIL DE LA CIUDAD DE SAN MIGUEL, EL DÍA DIECIOCHO la Ciudad de San Salvador, siendo la Ciudad de Olocuilta, Departamento DE MARZO DE DOS MIL QUINCE.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER de La Paz, su último domicilio, el día uno de Mayo del año dos mil diez, GUTIÉRREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. dejó el causante PEDRO ANTONIO ARTIGA MONTALVO conocido JUAN CARLOS HERNÁNDEZ PÉREZ, SECRETARIO. por PEDRO ANTONIO ARTIGA, de parte de la señora CONCEPCION DE JESUS MONTALVO viuda DE ARTIGA, y los menores VICTOR 3 v. alt. No. F ANTONIO ARTIGA IRAHETA, MANUEL ISAAC ARTIGA PEÑA y WENDY LISSETH ARTIGA MELENDEZ, la primera en calidad de madre y los otros tres como hijos del de cujus en mención.- Se ha conferido a los aceptantes la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, Juez Segundo de lo Civil y herencia yacente, debiendo ejercerla los menores VICTOR ANTONIO Mercantil de la ciudad San Miguel. ARTIGA IRAHETA, MANUEL ISAAC ARTIGA PEÑA y WENDY LISSETH ARTIGA MELENDEZ, por medio de sus madres señoras Rosalina Iraheta Segovia, Sandra Isabel Peña y María Dolores Meléndez HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con treinta Zavala conocida por María Dolores Meléndez, respectivamente. y dos minutos del día veinticuatro de marzo de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de Cítense a los que se crean con derecho a la herencia en mención parte de la señora ERNESTINA LIZAMA viuda DE GUEVARA, para que transcurridos el término de quince días contados a partir del mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, en calidad de siguiente al de la tercera publicación de este edicto, concurran a este esposa del causante; la herencia intestada que dejó al fallecer el señor Tribunal a hacer uso de su derecho. LUIS ROBERTO GUEVARA, quien fue de cincuenta y seis años de Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de edad, jornalero, casado, originaria y del domicilio de San Miguel, hijo ley. de MARIA DE LA PAZ GUEVARA; fallecido a las once horas con Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día cuarenta y cinco minutos del día cinco de marzo del año dos mil catorce, en el Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de esta ciudad, siendo su ocho de abril del año dos mil quince.- LICDA. AMADA LIBERTAD último domicilio la ciudad de San Miguel.- INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. Confiérasele a la heredera declarada, ERNESTINA LIZAMA ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO. viuda DE GUEVARA, la administración y representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; y se cita a los que se crean con derecho a la referida 3 v. alt. No. F herencia, para que se presenten a deducirlo dentro de los quince días posteriores a la tercera publicación de este edicto. Lo que se pone de conocimiento del público, para los efectos de LICENCIADO RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE AMAYA, Ley. JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL DISTRITO Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de la JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS Ciudad de San Miguel, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos DE LEY. mil quince.- LIC. CRISTIAN ALEXANDER GUTIERREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL.- LIC. JUAN CARLOS HERNANDEZ PEREZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo Civil Suplente de este Municipio Judicial. HACE SABER: Que por resoluciones proveídas por este Juzgado, a las catorce horas con quince minutos del día veintiuno de octubre del año HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia Intestada con Beneficio de Inventario, iniciadas por el Licenciado JUAN MANUEL VALDES CHAVEZ, en su calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial de los señores MIRNA TERESA GUERRA HERNANDEZ, mayor de edad, Licenciada en enfermería, con Documento Único de Identidad: cero cero cero ochenta y siete mil ochocientos nueve-siete, y Número de Identificación Tributaria Número: cero doscientos uno - doscientos setenta y un mil ciento cincuenta y cuatro - cero cero uno - cero; ALEJANDRO ANTONIO GUERRA HERNANDEZ, mayor de edad, Empleado, con Documento Único de Identidad Número: cero dos millones trescientos once mil doscientos noventa - siete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: cero doscientos uno - trescientos un mil cincuenta y uno - cero

37 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de cero uno - dos; JOSE ALFREDO GUERRA HERNANDEZ, mayor LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL Y de edad, Comerciante, con Documento Único de Identidad Número: MERCANTIL, Santa Ana, a las doce horas diez minutos del día nueve de cero un millón ciento un mil ochenta y uno - cuatro, y con Tarjeta de abril de dos mil quince.- LIC. RODRIGO ERNESTO BUSTAMANTE Identificación Tributaria número: cero doscientos uno - cero veinte mil AMAYA, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL, SANTA quinientos cuarenta y ocho - cero cero uno - dos; NELSON HEBERTO ANA.- LIC. CARLOS MAX QUINTANA RAMOS, SECRETARIO GUERRA HERNANDEZ, mayor de edad, Técnico en Administración INTERINO. de Empresas, con Documento Único de Identidad número: cero dos millones ciento ochenta y cinco mil ochocientos dieciséis - siete, y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: cero doscientos uno - cero 3 v. alt. No. F treinta y un mil sesenta y dos- cero cero dos- uno; BLANCA HENA DEL CARMEN GUERRA HERNANDEZ, mayor de edad, Secretaria, con Documento Único de Identidad Número: cero cero cero ochenta y seis mil trescientos nueve - dos, y con Tarjeta de Identificación Tributaria SILVIA MARIA SARAVIA BONILLA, Notario, del Domicilio de número: cero doscientos uno - cero treinta y un mil doscientos cuarenta Chinameca, Departamento de San Miguel, con oficina notarial ubicada en y nueve - cero cero uno - tres; y HERNAN GUERRA HERNANDEZ, Bario El Centro, Calle Democracia, Casa Número Cinco, Local Número mayor de edad, Abogado, con Documento Único de Identidad Número: Tres, de la ciudad de Jucuapa, Departamento de Usulután. cero dos millones doscientos veintisiete mil setecientos quince - dos, y con Tarjeta de Identificación Tributaria número: cero doscientos uno -cero once mil cincuenta y seis - cero cero dos - ocho; en la sucesión de la HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas del causante, señora AGUSTINA ANTONIA HERNANDEZ DE GUERRA, día catorce de abril de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su conocida por AGUSTINA ANTONIA HERNANDEZ y AGUSTINA HERNANDEZ, del expediente clasificado bajo el número de referencia: defunción, dejó el señor: JOSE JEREMIAS HERNANDEZ FUENTES CVDV-2CM1, se ha proveído resolución por este Tribunal, o JOSE JEREMIAS HERNANDEZ, quien fue de setenta y cinco años a las diez horas trece minutos del día nueve de abril de dos mil quince, de edad, Psicólogo, originario de Sociedad, Morazán y del Domicilio de mediante la cual se ha tenido por aceptada interinamente y con Beneficio de Inventario, de parte de los señores MIRNA TERESA GUERRA de nacionalidad salvadoreña, quien falleció a las cinco horas cuarenta y San Miguel, Departamento de San Miguel que fue el último que tuvo, y HERNANDEZ, ALEJANDRO ANTONIO GUERRA HERNANDEZ, cinco minutos del día primero de enero de dos mil once, en el Hospital JOSE ALFREDO GUERRA HERNANDEZ, NELSON HEBERTO Médico Quirúrgico del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, San GUERRA HERNANDEZ, BLANCA HENA DEL CARMEN GUERRA Salvador, a consecuencia de Neumonía de Cáncer de Adenoide; con HERNANDEZ y HERNAN GUERRA HERNANDEZ, la Herencia asistencia Médica; expresando su voluntad en testamento, de parte de Intestada que a su defunción dejara la causante, señora AGUSTINA RONALD JEREMIAS HERNANDEZ HERNANDEZ en calidad de ANTONIA HERNANDEZ DE GUERRA, conocida por AGUSTINA heredero testamentario y de cesionario de los derechos testamentarios ANTONIA HERNANDEZ y AGUSTINA HERNANDEZ, quien fuera de sus hermanas y madre las señoras CARLA NANCY HERNANDEZ de noventa y uno años de edad al momento de su deceso, de Oficios HERNANDEZ hoy DE CACERES, PATRICIA MARIA HERNANDEZ Domésticos, Viuda, Originaria de Candelaria de la Frontera, Depto. HERNANDEZ y MARIA SANTOS HERNANDEZ DE HERNANDEZ; de Santa Ana, de Nacionalidad Salvadoreña, habiendo fallecido el día y habiéndoles conferido la administración y representación interina de la dieciséis de julio de dos mil catorce, hija de la señora Dorotea Hernández sucesión con las limitantes y facultades de los curadores de la herencia Linares y de padre desconocido, siendo su último domicilio Candelaria de la Frontera, Departamento de Santa Ana. A los aceptantes, señores MIRNA TERESA GUERRA HERNANDEZ, ALEJANDRO ANTONIO GUERRA HERNANDEZ, JOSE ALFREDO GUERRA HERNANDEZ, NELSON HEBERTO GUERRA HERNANDEZ, BLANCA HENA DEL CARMEN GUERRA HERNANDEZ y HERNAN GUERRA HERNANDEZ, en calidad de hijos sobrevivientes de la causante, se les confiere INTERINAMENTE la Administración y Representación de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente. yacente. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos a la referida herencia, para que se presenten a mi oficina notarial, por el término de quince días contados a partir de la tercera publicación del presente edicto. Librado en la ciudad de Jucuapa, departamento de Usulután, a los catorce días de abril de dos mil quince. SILVIA MARIA SARAVIA BONILLA, Lo que se hace del conocimiento del público, para que todo aquel que se crea con derecho a la sucesión, se presente a este Juzgado a deducirlo dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este edicto. NOTARIO. 3 v. alt. No. F

38 38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo Civil Suplente de este Municipio Judicial. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas del día tres de diciembre del año dos mil catorce.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, siendo esta Ciudad de San Marcos, su último domicilio, el día ocho de abril de mil novecientos noventa y siete, dejó el causante FRANCISCO JIMENEZ conocido por FRANCISCO JIMENEZ REYES, de parte de la señora MARTA VASQUEZ viuda DE JIMENEZ conocida por MAR- THA VASQUEZ SANCHEZ, MARTA VASQUEZ SANCHEZ y por MARTA SANCHEZ VASQUEZ, en calidad de cónyuge sobreviviente del causante, y como cesionaria de los derechos hereditarios que en abstracto le correspondían en la presente sucesión a los señores WALTER ENRIQUE JIMENEZ VASQUEZ, JOSE NOE JIMENEZ VASQUEZ, SONIA ELIZABETH JIMENEZ VASQUEZ, MAYRA ESTELA JIMENEZ DE SALAZAR, MARTA LILIAM VASQUEZ JIMENEZ DE MENJIVAR, IRMA CONCEPCION JIMENEZ VASQUEZ, SAUL ANTONIO JIMENEZ VASQUEZ y SEGUNDA ARACELY JIMENEZ SANCHEZ, en su calidad de hijos del referido de cujus. Confiérase a la heredera declarada la representación interina de la sucesión, no así la administración por constar en las diligencias, que el señor JAIME JIMENEZ SANCHEZ, tienen derecho en la misma, quien a la fecha, no ha comparecido a manifestar su derecho de opción. Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos que sean quince días contados, desde el siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos. Lo que se hace del conocimiento público, para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las diez horas con quince minutos del día once de diciembre del año dos mil catorce.- LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUN- TEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas con quince minutos, de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día uno de octubre de dos mil catorce, en San Salvador, siendo Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, su último domicilio; dejó la señora MARIA ORALIA SAR- MIENTO PORTILLO, quien fue de ochenta años de edad, soltera, de oficios domésticos, hija de Miguel Ángel Sarmiento y de Sara Portillo Rivas, originaria de Ciudad Dolores, Departamento de Cabañas; de parte de los señores SARA ESTELA SARMIENTO DE BONILLA, CARLOS ADOLFO SARMIENTO, GUILLERMO ANTONIO SAR- MIENTO RENDEROS, MILAGRO AMADA DE JESUS SARMIENTO RENDEROS y PEDRO ARNULFO SARMIENTO, en calidad de hijos de la causante, representados por la Licenciada IRIS ELIZABETH TORRES, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial. Habiéndosele conferido a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida sucesión, a fin de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los nueve días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- TOTO, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este Tribunal, a las catorce horas de este mismo día, del presente mes y del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia Intestada que a su defunción dejara el Causante señor JOSE ALFONSO ORELLANA RIVAS, conocido por JOSE ALFONSO ORELLANA; quien falleció a las once horas y cuarenta y cinco minutos del día treinta de julio del dos mil cuatro, en el Barrio El Niño de la ciudad de San José Guayabal de esta Jurisdicción; siendo San José Guayabal su último domicilio; de parte de la señora: MARIA NOEMY ORELLANA, conocida por MARIA NOEMY ORELLANA CAPACHO y por MARIA NOEMY ORELLANA DE RIVAS; actuando ésta en su calidad de Hija Sobreviviente de dicho causante, y además como Cesionaria de los Derechos Hereditarios que en Abstracto les correspondían a las señoras María Luisa Capacho Bería, conocida por María Luisa Capacho, María Luisa Capacho de Orellana y hoy María Luisa Capacho viuda de Orellana, y María Paz Orellana Capacho, la primera en su calidad de Cónyuge Sobreviviente del causante y la segunda en su calidad de Hija Sobreviviente de dicho Causante. Se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las catorce horas y veinte minutos del día veinte de abril del dos mil quince.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE PRIME- RA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

39 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de TITULO DE PROPIEDAD EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora BUENA VENTURA MARTINEZ DE ARGUETA conocida Tributariamente por BUENA VENTURA MARTINEZ, de cincuenta y seis años de edad, de Oficios domésticos, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número Cero uno cuatro cero cero dos cinco nueve -tres, con Número de Identificación Tributaria: Uno tres cero cuatro -uno cuatro cero siete seis ocho - uno cero dos - uno, solicitando se le extienda TITULO DE PROPIEDAD Y DOMINIO de un inmueble de naturaleza urbana, situado en el Barrio Concepción, jurisdicción de Chilanga, departamento de Morazán, de la Capacidad Superficial de DOSCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS: de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, doce metros, linda con Mela Vásquez, cerco de alambre de por medio de predio descrito; AL NORTE, veinte metros, linda con Ana Consuelo González Argueta, cerco de alambre de por medio del predio descrito; AL PONIENTE, doce metros, con resto de terreno de Oscar García, calle de por medio; y AL SUR, veinte metros, con resto de terreno del señor Oscar García, cerco de alambre de por medio del predio descrito.- En esta porción de terreno existe una casa construida techo de tejas, paredes de bloque, piso natural, propiedad de la solicitante, dicho inmueble no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, sin proindivisión con nadie, y lo adquirió por compraventa verbal que le hiciera al señor Oscar García, y se valúa por la cantidad de mil doscientos dólares de los Estados Unidos de América. Para los efectos legales, se extiende la presente en la Alcaldía Municipal de la Ciudad de Chilanga, departamento de Morazán, a los ocho días del mes de abril de dos mil quince.- NEFTALI PEREZ VASQUEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- MACLOBIA AMERICA ORELLANA CHICA, SECRETARIA MUNICIPAL. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PARAISO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado Carlos Antonio Alvarenga Rivera, de treinta y cuatro años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, Carnet de Abogado número doce mil nueve, y me manifiesta que es Apoderado Especial de la señora ANGELICA BERTILA AVELAR DE ALEMAN, de cuarenta y cuatro años de edad, Licenciada en Ciencias de la Educación, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero cero ochocientos noventa y siete mil novecientos ochenta y cuatro- siete, con Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos diez- ciento veintiún mil ciento setenta- ciento uno- nueve, calidad que comprobó mediante Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado a su favor ante los oficios notariales de Julio Amílcar Palacios Grande, asentado al número cincuenta y uno, del libro décimo quinto de Protocolo del referido profesional, para que solicite a favor de su representada Título de Propiedad, de un inmueble de Naturaleza Urbano, situado en Barrio San Luis, Avenida tres Sur número S/N, jurisdicción de El Paraíso, departamento de Chalatenango, de una extensión superficial de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE PUN- TO OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Mide nueve punto sesenta metros con Juan Miguel Deras Murillo, Tercera Avenida Sur de por medio: AL SUR: Mide veinticuatro punto cuarenta metros, con Misael Avelar Sabrían: AL PONIENTE: Mide nueve punto sesenta metros, con Edgar Sandoval Escobar: y AL NORTE: Mide veintiséis punto sesenta metros, con Neftalí Avelar Sibrián. Este terreno no es sirviente, ni dominante, ni se encuentra en proindivisión con cualquier otra persona, el cual lo adquirió por herencia que le dejó su padre señor LUCIO SIBRIAN. El cual está valorado en UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de El Paraíso, dieciséis días del mes de marzo de dos mil quince.- JOSE ALBERTO LEON GALDAMEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PARAISO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado Carlos Antonio Alvarenga Rivera, de treinta y cuatro años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, Carnet de Abogado número doce mil nueve y me manifiesta que es Apoderado Especial del señor NEFTALI AVELAR SIBRIAN, de cuarenta y seis años de edad, Soldador, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero un millón cuatrocientos noventa y tres mil trescientos sesenta y tres- nueve, con Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos diez- trescientos diez mil setecientos sesenta y ocho- ciento uno- siete, calidad que comprobó mediante Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado a su favor ante los oficios notariales del Licenciado Julio Amílcar Palacios Grande, asentado al número cincuenta y tres, del libro Décimo Quinto de Protocolo del referido profesional, para que solicite a favor de su representado Título de Propiedad, de un inmueble de Naturaleza urbano, situado en Barrio San Luis, Avenida Tres Sur, número S/N, jurisdicción de El Paraíso, departamento de Chalatenango, de una extensión superficial de DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Mide nueve punto noventa metros con Alfredo Miranda, Tercera Avenida Sur de por medio: AL SUR: Mide veintiséis punto sesenta metros, con Angélica Bertila Avelar de Alemán: AL PONIENTE: Mide nueve punto noventa metros, con Edgar Sandoval Escobar; y AL NORTE: Mide veintiséis punto sesenta metros, con Félix Cárcamo. Este terreno no es sirviente, ni dominante, ni se encuentra en proindivisión con cualquier otra persona, el cual lo adquirió por herencia que le dejó su padre señor LUCIO SIBRIAN. El cual está valorado en UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de El Paraíso, dieciséis días del mes de marzo de dos mil quince.- JOSE ALBERTO LEON GALDAMEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. C

40 40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE EL PARAISO, DEPARTAMENTO DE CHALATENANGO. HACE CONSTAR: Que a esta oficina se ha presentado el Licenciado Carlos Antonio Alvarenga Rivera, de treinta y cuatro años de edad, Abogado y Notario, del domicilio de Aguilares, departamento de San Salvador, Carnet de Abogado número doce mil nueve, y me manifiesta que es Apoderado Especial del señor MISAEL AVELAR SIBRIAN, de treinta y nueve años de edad, Licenciado en Sistema de Computación Administrativa, de este domicilio, con Documento Único de Identidad Número cero dos millones ciento treinta y siete mil quinientos setenta y cuatro-cinco, con Número de Identificación Tributaria cero cuatrocientos diez- ciento once mil setenta y cinco-ciento dos-tres, calidad que comprobó mediante Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado a su favor ante los oficios notariales de Julio Amílcar Palacios Grande, asentado al número cincuenta y dos del libro décimo quinto de Protocolo del referido profesional para que solicite a favor de su representado Título de Propiedad de un inmueble de Naturaleza Urbano, situado en Barrio San Luis. Avenida tres Sur, número S/N, jurisdicción de El Paraíso, departamento de Chalatenango, de una extensión superficial CUATROCIENTOS QUINCE PUNTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE: Mide ocho punto quince metros, con Juan Miguel Deras Murillo, con tercera Avenida Sur de por medio: AL SUR: Mide veinticinco metros, con Martina del Carmen Martínez. Tercera Avenida Sur de por medio: AL PONIENTE: Mide veintidós punto cuarenta metros con Edgar Sandoval Escobar; y AL NORTE: Mide veinticuatro punto cuarenta metros con Angélica Bertila Avelar de Alemán. Este terreno no es sirviente, ni dominante, ni se encuentra en proindivisión con cualquier otra persona, el cual lo adquirió por herencia que le dejó su padre señor LUCIO SIBRIAN. El cual está valorado en UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Lo que se hace saber al público, para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal de El Paraíso, dieciséis días del mes de marzo de dos mil quince.- JOSE ALBERTO LEON GALDAMEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. FRANCISCO EDMUNDO HUEZO VALLE, SECRETARIO MUNICIPAL. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL. 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se han presentado los señores: ARMANDO REYES HERNANDEZ, de cuarenta y tres años de edad, soltero, agente de seguridad privada, de este domicilio, portador de su Documento Único de Identidad número cero cero cuatrocientos sesenta y ocho mil setecientos setenta y siete - tres; y con Número de Identificación Tributaria cero ochocientos nueve - cero seis cero dos setenta y uno - ciento cinco - cuatro; e HILDA MARGARITA HERNANDEZ MARTINEZ, de cincuenta y cinco años de edad, soltera, de oficios domésticos, de este domicilio, portadora de su Documento Único de Identidad número cero un millón sesenta y nueve mil setecientos catorce - dos; y con número de Identificación Tributaria cero ochocientos nueve - cero ocho cero cuatro cincuenta y nueve - ciento uno - ocho, solicitando Título de Propiedad, de un inmueble de naturaleza rural, ubicado en el CAN- TON SAN ANTONIO PANCHIMILAMA, sin número, Jurisdicción de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, compuesto de MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO TRECE METROS CUADRADOS, de extensión superficial, de las medidas y colindancias siguientes: al NORTE: linda con Catalina Valladares Martínez camino vecinal de por medio; al ORIENTE: linda con Juana Reyes de Osorio, al SUR: linda con Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria de Servicios Múltiples San Francisco de Responsabilidad Limitada; y al PONIENTE: linda con Asociación Cooperativa de Producción Agropecuaria de Servicios Múltiples San Francisco de Responsabilidad Limitada. El referido inmueble no es predio dominante, ni sirviente, no tiene cargas ni derechos reales que pertenezcan a persona alguna, ni lo poseen en proindivisión con tercera persona. Lo estiman por la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y lo obtuvieron por compraventa que les hizo el señor Santos Reyes Martínez. Se avisa al público, para efectos de Ley. Alcaldía Municipal de San Francisco Chinameca, Departamento de La Paz, a los veintisiete días del mes de Marzo de dos mil quince.- JORGE WILLIAM GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- REINA GUADALUPE AREVALO ROSAS, SECRETARIA MUNICIPAL. TITULO SUPLETORIO 3 v. alt. No. F LILIAN GUADRON, Notaria, de este domicilio con Despacho Jurídico en Urbanización Santa Adela, Pasaje Tres, casa número catorce, Centro de Gobierno de esta ciudad, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora MA- RIA DOLORES GOMEZ VELASCO, solicitando se le extienda Título Supletorio sobre un inmueble situado en el Barrio Santa Rita, jurisdicción de San Pedro Masahuat, Departamento de La Paz, de la extensión de CINCUENTA Y CUATRO PUNTO MIL TRESCIENTOS DIECI- SIETE METROS CUADRADOS, que tiene los colindantes siguientes: AL NORTE: Linda con Marta Molina y otra, muro de ladrillos de por medio, propio del compareciente. AL ORIENTE: Linda con inmueble del cual se segregó hoy de Ana Concepción Molina y Lorena Guadalupe Molina; AL SUR: linda en parte con inmueble de Andrea López antes de Domingo López y Juan Henríquez, y acueducto de aguas lluvias y quebrada invernal propia de la Alcaldía Municipal; AL PONIENTE: linda con el resto del inmueble del que se desmembró hoy inscrito al señor Saúl Molina, tiene más de ONCE AÑOS de poseerlo en forma quieta, pacífica e ininterrumpida. Lo hubo por compra que hizo al señor JOSE AMILCAR MOLINA; y lo valúa en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos legales consiguientes. Ciudad y Departamento de San Salvador, seis de diciembre del año dos mil catorce. DRA. LILIAN GUADRON, NOTARIO. 1 v. No. F050757

41 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado CARLOS ALONSO ASCENCIO ARGUETA, como Apoderado General Judicial del señor LUIS ALONSO RODRIGUEZ GONZALEZ, a solicitar a favor de éste, TITULO SUPLETORIO, sobre dos inmuebles de naturaleza rústica, los cuales forman un solo cuerpo, situados en el Cantón San Lucas, jurisdicción de Gualococti, distrito de Osicala, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, cuarenta y cinco metros con cincuenta centímetros linda con resto de terreno que le queda a la vendedora; al NORTE, cuarenta y cuatro metros con cincuenta centímetros linda con resto de terreno que le queda a la vendedora; al PONIENTE, veintitrés metros con ochenta centímetros, linda con resto de terreno que le queda a la vendedora; y al SUR, cuarenta y siete metros con cincuenta centímetros calle vecinal de por medio, linda con Ana Gabriela Rosa Castellón; en el mencionado inmueble existe una casa construida de sistema mixto, techo de tejas, paredes de bloque, piso de cemento.- El inmueble antes mencionado lo valora en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y, lo adquirió por compraventa de posesión material que le hizo a la señora DELMI CASTELLON ORTIZ. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las doce horas del día once de febrero de dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado CARLOS ALONSO ASCENCIO ARGUETA, como Apoderado General Judicial de la señora MARIA DEL TRANSITO MOLINA DE GOMEZ, a solicitar a favor de ésta, TITULO SUPLETORIO, sobre Un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón Estancia, jurisdicción de Cacaopera, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de TRESCIENTOS SETENTA Y UN METROS SESENTA Y DOS DECIMETROS CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, veintisiete metros sesenta centímetros linda con terreno del señor Manuel Salmerón, calle pública de por medio; al NORTE, cuarenta y ocho metros, linda con terreno del señor Ciro Antonio Gómez; al PONIENTE, doce metros con cincuenta centímetros, linda con terreno de Ciro Antonio Gómez, con cerca de alambre de por medio; y al SUR, treinta y tres metros, linda con terreno de José Armando Luna, cerco de alambre de por medio del colindante; dentro de dicho inmueble se encuentra construida una casa techo de tejas y madera, paredes de ladrillo de barro y piso de cemento.- El inmueble antes mencionado lo valora en la cantidad de SIETE MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y, lo adquirió por compraventa de posesión material que le hizo el señor IGNACIO LUNA PEREZ. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las catorce horas del día once de febrero de dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado CARLOS ALONSO ASCENCIO ARGUETA, como Apoderado General Judicial de la señora DINORA PEREIRA SAENZ, a solicitar a favor de ésta, TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble de naturaleza rústica, Situado en Caserío El Potrero, Cantón La Joya, Jurisdicción de Meanguera, departamento de Morazán; situado en el Caserío El Potrero Cantón La Joya, Jurisdicción de Meanguera, departamento de Morazán, con la capacidad superficial de DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO CIENTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS; y se describe sus medidas y linderos así: AL NORTE: veinticinco metros con noventa y tres centímetros, linda con terreno de Ever Evangelista Sánchez y Fidel Sánchez, con ambos divididos por Calle vecinal de por medio: AL ORIENTE: sesenta y cinco metros con setenta y seis centímetros, linda con terreno de Dionisia Sánchez y Santos Sánchez, con ambos divididos por calle pública de por medio; AL SUR: en tres tramos: PRIMER TRAMO: de dieciséis metros con cero seis centímetros, lindando con terreno de Ramiro Ramírez Sánchez, cerco de alambre propio; SEGUNDO TRAMO: mide veinticinco metros con treinta centímetros, lindando con Ramiro Ramírez Sánchez y Juan Evangelista Sánchez, cerco de alambre propio, y una parte muro de cemento del colindante; TERCER TRAMO: veintiocho metros con noventa y dos centímetros, linda con terreno de María Inocente Aguilar, cerco de Alambre propio; y, AL PONIENTE: setenta y cuatro metros con un centímetro, linda con terreno de Vidilia Sánchez Mejía, divido por cerco propio, y quebrada de por medio. En este inmueble existe construida una casa de techo Zinc Alum, paredes de bloque y piso de ladrillo, con un corredor al Rumbo Oriente y con servicio de Agua Potable y Energía Eléctrica.- El inmueble antes mencionado lo valora en la cantidad de CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y, lo adquirió por compraventa de posesión material que le hizo a la señora ESTHER SAENZ PEREIRA o ESTHER PEREIRA SAENZ. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las doce horas cincuenta minutos del día dieciocho de noviembre de dos mil catorce.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2. DE 1ª. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C

42 42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS- con Cláusula Especial, solicitando Título Supletorio a su favor de un TRITO JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Maquilishuat, Caserío Rancho Quemado, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el cual tiene una extensión superficial de MIL OCHOCIEN- HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Doctor Luis TOS PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS, de las medidas y Sigifredo Nativi Fuentes, Abogado, del domicilio de la ciudad de Santa linderos siguientes: AL NORTE, en un tramo, Sur setenta y un grados Rosa de Lima, como Apoderado General Judicial de la señora Florinda Fuentes de Maldonado, quien es mayor de edad, del domicilio de Polorós, cincuenta y nueve minutos veintitrés segundos Este, con una distancia solicitando título supletorio de un terreno de naturaleza rústica, situado de sesenta y nueve punto noventa y nueve cuarenta y dos metros, cerco en el Caserío La Cuesta, Cantón Boquín, Jurisdicción de Polorós, de este de alambre de por medio colinda con terreno de Rosa Reyes Flores; AL Distrito Judicial, Departamento de La Unión, de la capacidad superficial ORIENTE: dos tramos, tramo uno, Sur diecinueve grados siete minutos de seis mil trescientos veinte punto cincuenta y ocho metros cuadrados, doce segundos Oeste, con una distancia de dos metros, tramo dos Sur que mide y linda: al Norte, sesenta y uno punto cincuenta y tres metros, treinta y tres grados cuarenta y dos minutos cuarenta y tres segundos linda con José León Alfaro Velásquez, antes, actualmente linda con la Oeste, con una distancia de veinticuatro punto cero siete treinta y dos Hermita Católica, y con José Santos Alfaro, callejón de por medio, al metros, cerco de alambre de por medio y Calle de por medio colindando Oriente, ochenta y uno punto treinta y seis metros, linda con Yolanda con Rosa Reyes Flores; AL SUR: tres tramos, tramo uno Norte sesenta Espinal antes, actualmente linda con Juan Maldonado, cerco de alambre y nueve grados tres minutos cincuenta y cuatro segundos Oeste, con y piña de por medio, al Sur, ochenta y ocho punto setenta y seis metros, una distancia de treinta y nueve punto ochenta y seis diecisiete metros, linda con Miguel Ángel Maldonado Acosta antes, actualmente linda con tramo dos, Norte setenta y cinco grados seis minutos cuatro segundos Pánfilo Maldonado y Donatilo Maldonado, cerco de piña y alambre de Oeste con una distancia de veintisiete punto diez ochenta y tres metros, por medio, y al Poniente, noventa y dos punto treinta y ocho metros, linda tramo tres, Norte setenta y dos grados cincuenta y dos minutos treinta con Yolanda Espinal, cerco de piña y alambre de por medio. Contiene construida tres casas de habitación, la primera, techo de tejas que mide y tres segundos Oeste con una distancia de once punto noventa y siete diez por seis metros y la segunda techo de duralita que mide doce por metros, cerco de piña y alambre de por medio y servidumbre de acceso, seis metros, ambas paredes de adobe, con sus correspondientes instalaciones de luz eléctrica; y la tercera techo de tejas, paredes de bloque, que mide catorce por seis metros, tiene sembrados árboles frutales tales distancia de catorce punto sesenta y cuatro sesenta y nueve metros, tramo como mangos y jocotes, además tiene un pozo broquel. Valúa dicho inmueble en la cantidad de diez mil dólares de los Estados Unidos de América, y lo adquirió por aceptación de herencia, que le dejó su cónyuge Mauro Maldonado Bonilla o Mauro Maldonado, en junio del año dos mil doce. Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CI- VIL.- LICDA. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SECRETARIA. colinda con Cristina Mejía Corea; y AL PONIENTE; dos tramos, tramo uno Norte cincuenta grados nueve minutos cero segundos Este, con una dos, Norte cuarenta y nueve grados treinta y cuatro minutos veintidós segundos Este, con una distancia de catorce punto cincuenta y cuatro sesenta y siete metros, cerco de alambre de por medio colindando con terreno de Cristina Mejía Corea. Que dicho terreno lo adquirió por compra hecha a la señora Rosa Reyes Flores, en febrero del año dos mil tres, por lo que mi representado tiene más de diez años de quieta y pacífica e ininterrumpida posesión sumada a la de la vendedora y carece de escritura pública de compraventa por haberla extraviado, así como el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión con otras personas con mi representado y no tiene ninguna carga y carece de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de San Vicente. Que el inmueble que trató de titular mi representada lo valoró en la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS 3 v. alt. No. C ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ilobasco, Departamento de Cabañas. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor PABLO NELSON CASTILLO RICO, de treinta y seis años de edad, estudiante, de este domicilio; por medio del Licenciado CARLOS ANTONIO MEDINA AMAYA, como Apoderado General Judicial Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las nueve horas veinte minutos del día veinte de febrero del año dos mil quince.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ DE PRI- MERA INSTANCIA.- LICDA. MIRIAN CONCEPCION ORELLANA ARCE, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

43 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ilobasco, Departamento de Cabañas. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora ANA ARACELIA CORNEJO DE GRIMALDY, de sesenta y ocho años de edad, costurera, del domicilio de San Isidro, Cabañas; por medio del Licenciado CARLOS ANTONIO MEDINA AMAYA, como Apoderado General Judicial con cláusula especial, solicitando Título Supletorio a su favor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Maquilishuat, Caserío Santa Lucía, de esta jurisdicción, de la extensión superficial de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE, diecinueve metros, colinda con terreno de Cruz Rodríguez Baires, cerco de alambre de por medio: AL NORTE: dieciocho punto veintiséis metros colindando con terreno de Cruz Rodríguez Baires cerco de alambre de por medio; AL PONIENTE: trece metros colindando con terreno de Luis Castillo, cerco de alambre de por medio; Y AL SUR; diecisiete punto veinticuatro metros colindando con terreno de José David Alvarado, calle abierta al Tablón de por medio. Que dicho terreno lo adquirió por compra hecha de los señores JOSE ATILIO SANCHEZ AREVALO Y MARIA IRMA SANCHEZ DE RIVERA, el catorce de agosto del año extraviado, así como el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no dos mil catorce y dichos vendedores compraron el inmueble el diecisiete de diciembre de dos mil tres, por lo que mi representada tiene más de diez años de quieta y pacífica e ininterrumpida posesión sumada la de y lo valora el titulante en UN MIL DOSCIENTOS DOLARES DE LOS los vendedores según escritura pública de compraventa, así como el ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. terreno descrito no es dominante, ni sirviente, no está en proindivisión con otras personas con mi representada y no tiene ninguna carga y carece de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de San Vicente. Que el inmueble que trató de titular mi representada lo valoró en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las nueve horas veinte minutos del día dieciséis de febrero de dos mil quince.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ DE PRI- 3 v. alt. No. F MERA INSTANCIA.- LICDA. MIRIAN CONCEPCION ORELLANA ARCE, SECRETARIA. medio del Licenciado CARLOS ANTONIO MEDINA AMAYA, del domicilio de San Isidro, Cabañas, solicitando Título Supletorio a su favor de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Maquilishuat, Caserío Santa Lucía, Jurisdicción de Ilobasco, Departamento de Cabañas, el cual tiene una extensión superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS, el cual tiene las medidas y linderos siguientes; AL NORTE; con una distancia de diecinueve punto setenta y nueve metros colinda con resto de terreno propiedad de la vendedora, ladrillo medianero de por medio; AL ORIENTE; con una distancia de diecisiete punto cincuenta y nueve metros colinda con resto de terreno propiedad de la vendedora; AL SUR: con una distancia de ocho punto setenta y seis metros colindando con terreno de Mario Alvarado, Calle de por medio Y AL PONIENTE; dieciocho punto sesenta metros colindando con terreno de Maribel Arias cerco sin materializar de por medio. Que dicho terreno lo adquirió por compra hecha a la señora María Luisa Iraheta de Velasco, en febrero del año dos mil tres y tiene más de DIEZ años de quieta y pacífica e ininterrumpida posesión sumada a la de la vendedora y carece de escritura pública de compraventa por haberla está en proindivisión y no tiene ninguna carga y carece de antecedente inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de San Vicente, Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las nueve horas diez minutos del día nueve de marzo de dos mil quince.- LICDA. ANA ELSY MENDOZA AMAYA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ILIANA DEL CARMEN RODRIGUEZ, SE- CRETARIA INTERINA. 3 v. alt. No. F SENTENCIA DE NACIONALIDAD ANA ELSY MENDOZA AMAYA, Juez de Primera Instancia del Distrito Judicial de Ilobasco, Departamento de Cabañas. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor RODOLFO AGUSTIN VELASCO IRAHETA, de este domicilio, por EL INFRASCRITO JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJE- RÍA, DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA, MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, CERTIFICA: La sentencia de Nacionalidad Salvadoreña por NATURALIZACIÓN, auto que la declara ejecutoriada y acta de Juramentación y protesta de Ley que literalmente dice:

44 44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 "MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador a las nueve horas con cinco minutos del día cinco de septiembre del dos mil catorce. Vistas las diligencias promovidas por el señor PIERRE BRIÈRE, de sesenta y tres años de edad, de sexo masculino, soltero, Jubilado, del domicilio de San Rafael Oriente, departamento de San Miguel, originario de Montréal, Provincia de Québec, Canadá, carencia de Antecedentes Policiales, extendida por la Jefa de la Unidad de Registro y Antecedentes Policiales- Sucursal Flor Blanca, de la Policía Nacional Civil de El Salvador, a folio veinticuatro; e) Constancia médica expedida por el Doctor Ramael Córdova Alvarado, en la que consta que el peticionario no padece de enfermedades infectocontagiosas, a folio veintitrés; f) Certificación de no tener Antecedentes Penales, expedida por lugar donde nació el día uno de agosto de mil novecientos cincuenta y uno, con nacionalidad actual canadiense; portador de su Carné de Identificación de Extranjero Residente número sesenta mil trescientos veintidós, inscrito en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva la Dirección General de Migración y Extranjería. Sus padres respondían a los nombres de Georges Brière y Pauline Legault, ambos de nacionalidad Canadiense, fallecidos; este Ministerio CONSIDERA: I) RELACIÓN DE LOS HECHOS: El señor PIERRE BRIÈRE, en su solicitud agregada al expediente, en el folio treinta y siete, en lo pertinente relacionó que por ser de origen y nacionalidad Canadiense y tener domicilio fijo en El Salvador, desde el día uno de marzo del dos mil siete, fecha en la cual ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Inter- nueve. Seguidamente mediante escrito de fecha veintinueve de julio del nacional de El Salvador, es su deseo y voluntad optar a la nacionalidad Salvadoreña por NATURALIZACION, haciendo constar que en su país de origen y en El Salvador no ha pertenecido a ninguna Asocia- ciento ocho, Tomo cuatrocientos tres, de fecha doce de junio del dos mil ción u Organización. Igualmente manifestó su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las Leyes y Autoridades de la República de anterior y para fundamentar su pretensión, el señor BRIÈRE, agregó a su solicitud la documentación siguiente: a) Fotocopia Certificada de Partida de Nacimiento, con sus respectivas diligencias de traducción, a folios veintiocho al treinta y cinco, en la cual consta que su nombre completo es PIERRE JOSEPH ALBERT BRIÈRE, sin embargo a folio la Encargada de la Sucursal de la ciudad de San Miguel, de la Dirección General de Centros Penales, a folio veintidós. En virtud de la petición en referencia, el día trece de noviembre del dos mil trece, mediante el respectivo auto interlocutorio, se mandó a oír a la Fiscalía General de la República y a publicar los edictos de conformidad con la Ley; tal como consta a folio setenta y uno. Posteriormente el señor Fiscal General de la República, mediante oficio de fecha tres de marzo del corriente año, informó a este Ministerio, que no existe expediente iniciado o fenecido en contra del señor PIERRE BRIÈRE, en consecuencia manifestó que no se oponía a la petición del referido solicitante, siempre que se cumplieran con los demás trámites legales; tal como se advierte a folio setenta y presente año, el solicitante presentó para que se agregara a las presentes diligencias, la página número ciento ocho del Diario Oficial número catorce; y la página número ciento uno de la Prensa Gráfica, de fecha cuatro de junio del dos mil catorce; tal como consta a folios ochenta al El Salvador, por lo que de conformidad con el artículo noventa y dos ochenta y cuatro; páginas en las cuales aparece publicado por tercera ordinal segundo de la Constitución de la República y artículos treinta y y última vez el edicto a que se refiere el auto de folio setenta y uno; cinco literal a), treinta y ocho y siguientes de la Ley de Extranjería, pidió habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya que se le otorgara la calidad de Salvadoreño por Naturalización. Por lo presentado a denunciar impedimentos legales, que pudieran invalidar el otorgamiento de la nacionalidad Salvadoreña por NATURALIZACIÓN, que se ha solicitado. Que por auto de folio noventa, se mandó agregar los documentos antes relacionados y estimándose que era procedente acceder a lo solicitado por haberse cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de la materia, se mandó a continuar con las presentes diligencias. II) OBJETO DE LA DECISIÓN DE ESTE MINISTERIO: Con lo expuesto 88 se encuentra una nota de fecha veintinueve de julio del dos mil catorce, suscrita por Diana Roué, en su calidad de Consejero y Cónsul de la Embajada de Canadá en El Salvador, en la que se aclara que la Ley canadiense permite a los ciudadanos canadienses obtener documentos de identificación provinciales o federales bajo el formato abreviado de sus nombres propios y/o apellidos inscritos en sus certificados de nacimiento o de ciudadanía Canadiense; b) Fotocopia de Carné de Identificación de Extranjero Residente, a folio veintisiete; c) Fotocopia confrontada con original de su pasaporte, a folio veinticinco al veintiséis; d) Constancia de anteriormente, el objeto de este Ministerio es decidir administrativamente y de conformidad a nuestro ordenamiento jurídico, si procede o no, el otorgamiento de la nacionalidad Salvadoreña por naturalización a favor del señor PIERRE BRIÈRE. III) FUNDAMENTACIÓN Y MARCO JURÍDICO APLICABLE: Según el artículo 92 ordinal 2 de la Constitución, pueden adquirir la calidad de salvadoreños por naturalización: "Los extranjeros de cualquier origen que tuvieren cinco años de residencia en el país". Por lo anterior, para emitir el pronunciamiento

45 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de conforme a la Ley, hay que valorar que el señor BRIÈRE, efectivamente en la actualidad es una persona extranjera, que ingresó al país el día uno de marzo del dos mil siete, por el Aeropuerto Internacional de El Salvador; y que desde el día veintiséis de noviembre de dos mil nueve, ostenta la calidad de residente definitivo en el territorio salvadoreño. NATURALIZACIÓN: DECLARASE EJECUTORIADA. Señálase las trece horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo del dos mil quince, para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería. BENITO ANTONIO LARA FERNÁNDEZ. MINISTRO. De igual manera, hay que valorar que en la solicitud el señor PIERRE BRIÈRE, ha manifestado su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades de la República de El Salvador; y además que tanto la solicitud como la documentación presentada, cumplió con lo previsto en la Ley de Extranjería. Asimismo este Ministerio, considera que en el caso que nos ocupa, se han cumplido los demás requisitos que establece la Ley de Extranjería, ya que en su oportunidad se mandó a oír a la Fiscalía General de la República y no hubo oposición en que se otorgara la calidad de Salvadoreño por Naturalización. También se hicieron las publicaciones respectivas en el Diario Oficial y en otro de mayor circulación en el país, y no hubo personas que se pronunciaran sobre algún impedimento legal, para otorgar la calidad de Salvadoreño por naturalización. POR TANTO: Con base a los considerandos anteriores el artículo cincuenta de la misma Ley, en los siguientes términos: señor y de conformidad con los artículos noventa y dos ordinal segundo de la Constitución de la República, doscientos dieciséis, doscientos diecisiete, doscientos dieciocho y doscientos veintinueve del Código Procesal Civil RESPETAR Y OBEDECER SUS LEYES, A SUS AUTORIDADES Y y Mercantil, treinta y cinco literal a), treinta y ocho, treinta y nueve, y cuarenta y seis de la Ley de Extranjería, en nombre de la República de de conformidad con lo que establece el artículo cincuenta y uno de la referida Ley. NOTIFÍQUESE. BENITO ANTONIO LARA FERNÁN- DEZ. MINISTRO. RUBRICADA RUBRICADA NÚMERO CIENTO TRES. En el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, San Salvador, a las trece horas con cinco minutos del día diecisiete de marzo del dos mil quince. Siendo éstos el lugar, día y hora señalados en el auto de folio noventa y siete, de las diligencias de Nacionalidad Salvadoreña por Naturalización promovidas por el señor PIERRE BRIÈRE, de origen y nacionalidad canadiense, para la Juramentación y Protesta de Ley, de conformidad con el artículo cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería. Estando presente el aceptante, el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA lo interrogó conforme lo indica PIERRE BRIÈRE PROTESTÁIS BAJO VUESTRA PALABRA DE HONOR, AMAR Y SER FIEL A LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, DEFENDER LA NACIONALIDAD SALVADOREÑA AÚN A COSTA DE TODO SACRIFICIO? y el interrogado contestó: "SI PROTESTO". El Salvador, este Ministerio FALLA: Concédasele al señor PIERRE Incontinenti el suscrito MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD BRIÈRE, de las generales antes expresadas, la calidad de salvadoreño PÚBLICA pronunció la siguiente expresión: "SI ASI LO HICIEREIS por NATURALIZACION, por ser de origen y de nacionalidad canadiense LA PATRIA OS PREMIE, SI NO, ELLA OS DEMANDE". Con lo y tener domicilio fijo en El Salvador. Dése cumplimiento al artículo cual concluyó el acto y en fe de lo antes escrito firmamos la presente cuarenta y ocho de la Ley de Extranjería, y expídase las certificaciones acta. BENITO ANTONIO LARA FERNÁNDEZ. MINISTRO. PIERRE BRIÈRE. RUBRICADAS ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL SE CON- FRONTÓ y para ser publicada en el DIARIO OFICIAL, se extiende, firma y sella la presente, en el Departamento de Extranjería. San Salvador a las nueve horas con veinticuatro minutos del día diecinueve de marzo MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD PÚBLICA, San Salvador, a las diez horas con cuarenta minutos del día doce de febrero del dos mil quince. A sus antecedentes agréguese el escrito de folio noventa y seis, presentado por el señor PIERRE BRIÈRE, habiendo transcurrido el término de Ley sin que persona alguna se haya presentado impugnando la sentencia que le reconoce la calidad de salvadoreño por del dos mil quince. LIC. ANIBAL WILFREDO MORAN RODRIGUEZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA. 1 v. No. F050615

46 46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MARCA DE FÁBRICA NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARIA EUGENIA MENDEZ DE HUEZO, en su calidad de APODERADO de RESEARCH & DEVELOPMENT MARKETING, INC., de nacionalidad PANAMEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO, Consistente en: la expresión Orthoclinic y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICARA A PRESTAR SERVICIOS DE ODONTOLOGIA, UBICADO EN TERCERA CALLE PONIENTE, COLONIA SANTA GERTRUDIS #1, SAN MIGUEL Consistente en: la palabra Venza y diseño, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; (PREPARACIONES ABRASIVAS), JABONES. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veinticuatro de marzo del año dos mil diez. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de enero del año dos mil quince. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado DINORA AZUCENA AVELAR DE CIENFUEGOS, de nacionalidad SALVA- DOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL. La solicitud fue presentada el día veintidós de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de enero del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. REGISTRADOR. RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. F

47 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de CONVOCATORIAS CONVOCATORIA La Junta Directiva de la sociedad "CENTRO CLINICO HOSPITA- LARIO, SA DE CV." (CECLISA), convoca a sus accionistas a celebrar Junta General Ordinaria, a celebrarse en el local de la sociedad, situado en final Sexta Calle Oriente de esta ciudad, a las diecinueve horas del día veinte de mayo del corriente año, en la que se desarrollará la siguiente agenda: 1. Verificación del quórum. 2. Lectura y aprobación del acta anterior. 3. Lectura y aprobación de memoria de labores de la Junta Directiva, correspondiente al ejercicio 2014, para su aprobación. 4. Presentación de los Estados Financieros correspondientes al ejercicio 2014, para su aprobación. 5. Informe del auditor externo y auditor fiscal. 6. Aplicación de Resultados. 7. Ratificación de los Ascensos de los miembros de la Junta Directiva. 8. Nombramiento para suplentes de Junta Directiva. 9. Nombramiento del auditor externo y fijación de sus emolumentos. 10. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos. Para que la Junta General Ordinaria se considere legalmente instalada en primera convocatoria, será necesario que estén presentes o representados por lo menos la mitad más una de todas las acciones de la Sociedad. Si no se lograse reunir el quórum de asistencia requerido para celebrar la junta, nuevamente se les convoca para segunda convocatoria el día veintiuno de mayo de dos mil quince, a la misma hora y en el mismo lugar, en cuyo caso se celebrará Junta con cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y las decisiones se tomarán con el voto de la mayoría de las acciones presentes y representadas. Ahuachapán, 06 de abril de JOSE ROBERTO PACHECO, DIRECTOR SECRETARIO, JUNTA DIRECTIVA. 3 v. alt. No. C accionistas a celebrar sesión de Junta General Ordinaria y Extraordinaria, la cual se llevará a cabo en primera convocatoria a las diez horas del día veintitrés de mayo de dos mil quince, en el salón de sesiones de sus instalaciones situadas en Calle Arturo Ambrogi, No. 124, Block No. 136, Col. Escalón, San Salvador y el día veintisiete de mayo de dos mil quince, en segunda convocatoria, en el mismo lugar y hora, si por falta de quórum legal necesario no pudiera celebrarse dicha Junta en la primera fecha de la convocatoria. La agenda de la sesión será la siguiente: 1. Verificación del Quórum. 2. Lectura y aprobación de la Agenda. 3. Lectura del acta anterior. 4. Memoria de labores de la Junta Directiva, Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de diciembre de 2014, a fin de ser aprobados o improbados. 5. Lectura del informe del Auditor Externo por el período económico comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de Lectura del Dictamen del Auditor Fiscal por el período fiscal comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos. 8. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos. 9. Aplicación de resultados. 10. Autorizaciones requeridas por los incisos 3 y 4 del artículo 275 del Código de Comercio. 11. Aumento de Capital. 12. Otros. 13. Cierre. El Quórum necesario para celebrar sesión en la primera fecha de la convocatoria, será de la mitad más una de las acciones que integran el capital social de la sociedad y que tienen derecho a voto y sólo serán válidas las resoluciones cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. Si por falta de quórum necesario para hacerlo en la primera fecha, la junta general ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la convocatoria, se considerará válidamente constituida, cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. San Salvador, 13 de abril de Convocatoria de Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de la sociedad MAGNUM SECURITY AND RESEARCH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, para efectos de ley, hace saber: Que en sesión de Junta Directiva de la Sociedad celebrada en esta ciudad, el día 13 de abril de 2015, se acordó unánimemente convocar a los señores FEDERICO ALEJANDRO DÍAZ RODRÍGUEZ, DIRECTOR SECRETARIO. MAGNUM SECURITY AND RESEARCH, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. 3 v. alt. No. C

48 48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CONVOCATORIA La Junta Directiva de NEGOCIOS ORELCA, S. A. DE C. V., convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA en 1 a convocatoria, a las diez horas del día sábado dieciséis de mayo de 2015, en el local del restaurante LA FINQUITA, ubicado en el Km 77, carretera a Sensuntepeque, desvío Los Baños Secos, Guacotecti, Cabañas. El quórum de instalación será el 51% de las acciones. Si no hubiere quórum en 1ª convocatoria, se convoca a Junta General Ordinaria en 2 a convocatoria, a las catorce horas del mismo día y en el mismo lugar y el quórum de instalación será el número de acciones presentes. AGENDA: 1. Comprobar quórum y apertura de la sesión. 2. Discusión y aprobación de la agenda. 3. Lectura y aprobación del Acta de Junta General anterior. 4. Presentación de la Memoria de Labores Informe de estados financieros del ejercicio 2014 y aprobación de los mismos. 6. Informe del Auditor Externo. 7. Nombramiento del Auditor Externo y el Auditor Fiscal, propietario y suplente para el ejercicio 2015 y fijación de sus honorarios. 8. Acuerdo sobre aplicación de resultados o utilidades Ing. JAVIER ERNESTO POCASANGRE BARQUERO, 9. Varios. DIRECTOR SECRETARIO. 10. Cierre. Sensuntepeque, 13 de abril del dos mil quince. 3 v. alt. No. C Dr. MILTON RAFAEL CARRANZA ORELLANA, SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA. La Junta Directiva de la sociedad COLEGIO GARCIA FLAMEN- 3 v. alt. No. C La Junta Directiva de la sociedad PROMOCIONES URBANAS, S. A. DE C. V., por medio del suscrito Secretario, convoca a los accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará el día trece de mayo del corriente año, de las diez horas en adelante, en las instalaciones del "Colegio GARCIA FLAMENCO", ubicadas en final 57 Avenida Norte, Colonia Miramonte, para conocer de la siguiente agenda: I- Comprobación del quórum y firma del acta respectiva. II- Lectura del acta anterior. III- Conocer de la memoria de labores de la Junta Directiva, por el período comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2014, a fin de aprobarla o improbarla. IV- Conocer del Balance General y Estado de Resultados al 31 de Diciembre de 2014, el estado de cambios en el patrimonio y el informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal, por el mismo período a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que se estimen conveniente. V- Aplicación de resultados. VI- Nombramiento de Auditor Externo y Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos. VII- Autorización a los Directores, a que se refiere el Art. 275 (III) del Código de Comercio. Para instalar legalmente la Junta, se necesita que estén presentes o representadas por lo menos la mitad más una de las acciones que integran el capital de la Sociedad y para tomar resoluciones válidas se requiere la mayoría de votos de las acciones presentes o representadas. Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se convoca para el día catorce de mayo del año en curso, en el mismo lugar y hora, estableciéndose la Junta con cualquier número de socios que asistan o que estén debidamente representados y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos presentes o representados. San Salvador, 17 de abril de 2015 CO, S. A. DE C. V., por medio del suscrito Secretario, convoca a los accionistas a Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará el día trece de mayo del corriente año, de las nueve horas en adelante, en las instalaciones del Colegio "GARCIA FLAMENCO'', ubicadas en final 57 Avenida Norte, Colonia Miramonte, para conocer de la siguiente agenda: I- Comprobación del quórum y firma del acta respectiva. II- Lectura del acta anterior. III- Conocer de la memoria de labores de la Junta Directiva, por el período comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2014, a fin de aprobarla o improbarla. IV- Conocer del Balance General y Estado de Resultados al 31 de Diciembre de 2014, el estado de cambios en el patrimonio y el informe del Auditor Externo y Auditor Fiscal, por el mismo período, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que se estimen conveniente.

49 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de V- Aplicación de resultados. VI- Nombramiento de Auditor Externo y Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos. VII- Autorización a los Directores, a que se refiere el Art. 275 (III) del Código de Comercio. Para celebrar la junta general deberán estar presentes y representadas la mitad más una de las acciones. De no haber Quórum a la fecha señalada anteriormente, por este medio se convoca para celebrar dicha junta el día viernes veintinueve de Mayo de dos mil quince, a la misma hora y en el mismo lugar, la que se efectuará con cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas. Para instalar legalmente la Junta, se necesita que estén presentes o representadas por lo menos la mitad más una de las acciones que integran el capital de la Sociedad y para tomar resoluciones válidas se requiere la mayoría de votos de las acciones presentes o representadas. Si no hubiere quórum en la primera fecha antes mencionada, se convoca para el día catorce de mayo del año en curso, en el mismo lugar y hora, estableciéndose la Junta con cualquier número de socios que asistan o que estén debidamente representados y los acuerdos se tomarán por mayoría de votos presentes o representados. San Salvador, 17 de abril de 2015 Ing. JAVIER ERNESTO POCASANGRE BARQUERO, DIRECTOR SECRETARIO. CONVOCATORIA 3 v. alt. No. C La Junta Directiva de la Sociedad "CASAVERDE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE," del domicilio de la ciudad de Santa Ana, convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA, a celebrarse el día jueves veintiocho de Mayo de dos mil quince, a partir de las catorce horas y treinta minutos, en las oficinas de la Sociedad, situadas en final 25 Calle Oriente y 25 Avenida Sur, Álvarez El Molino, Portón No. 2, para conocer y resolver sobre los puntos detallados en la siguiente agenda: 1. Verificación del Quórum. 2. Lectura del Acta Anterior. 3. Lectura de la Memoria de Labores Conocer y Aprobar los Estados Financieros del Ejercicio Santa Ana, trece de Abril de dos mil quince. MARIA ELENA ALVAREZ DE PACAS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F CONVOCATORIA El infrascrito administrador único suplente de la Sociedad "INVER- NADEROS TROPICALES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE", del domicilio de la ciudad de San Salvador, convoca a sus accionistas a JUNTA GENERAL ORDINARIA, a celebrarse el día diecinueve de Mayo de dos mil quince, a partir de las nueve horas en las oficinas de la Sociedad, situadas en el Centro Comercial Loma Linda No. 21A, ubicado en la Calle Loma Linda, Colonia San Benito, San Salvador, para conocer y resolver sobre los puntos detallados en la siguiente agenda: 1. Establecimiento y aprobación del Quórum 2. Lectura del Acta Anterior 3. Informe del Administrador Único correspondiente al ejercicio Conocer y Aprobar el Balance General y el Estado de Resultados, ejercicio Informe del Auditor Externo por el ejercicio Aplicación de Resultados. 7. Nombramiento de Auditor Externo por el ejercicio 2015 y fijación de sus honorarios. 5. Informe del Auditor Externo para el Ejercicio Nombramiento de Auditor Externo para el ejercicio 2015 y fijación de sus honorarios. 7. Nombramiento de la nueva Junta Directiva. 8. Aplicación de Resultados. 9. Puntos Varios. 8. Elección de Administrador Único 9. Punto Varios. Para celebrar la junta general deberán estar presentes y representadas la mitad más una de las acciones. De no haber Quórum a la fecha señalada anteriormente, por este medio se convoca para celebrar dicha

50 50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 junta el día veinte de Mayo de dos mil quince, a la misma hora y en el mismo lugar, la que se efectuará con cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas. San Salvador, catorce de Abril de dos mil quince. LO QUE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA EFECTOS DE REPOSICIÓN DEL CERTIFICADO RELACIONADO, CONFORME A LOS ARTÍCULOS 486 Y 932 DEL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE. MARIO GUSTAVO VALIENTE CALDERON, ADMINISTRADOR UNICO SUPLENTE. INVERNADEROS TROPICALES S. A. DE C. V. 3 v. alt. No. F REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS AVISO El Banco de Fomento Agropecuario, COMUNICA: Que en su Agencia Ahuachapán, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado Resguardo de Depósito a Plazo Fijo N , constituido el 07 de octubre de 2013, a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado, conforme a los artículos 1 y 240 de la Ley de Bancos y Financieras. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del certificado número constituido el 07 de octubre de Ahuachapán, 13 de abril de 2015 JOSE OVIDIO FLORES, GERENTE DE AGENCIA. 3 v. alt. No. F EL BANCO DE LOS TRABAJADORES SALVADOREÑOS, SO- CIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, EN CASO DE QUE 30 DÍAS DESPUÉS DE LA TERCERA Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE AVISO, EL BANCO NO RECIBIERE RECLAMO ALGUNO A ESTE RESPECTO, SE HARÁ LA REPOSICIÓN DEL CERTIFICADO ANTES MENCIONADO. SOYAPANGO, 03 DE MARZO DE GONZALO GUADRÓN RIVAS, PRESIDENTE. 3 v. alt. No. F EL BANCO DE LOS TRABAJADORES SALVADOREÑOS, SO- CIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE AVISA: QUE EN SUS OFICINAS UBICADAS EN SOYAPAN- GO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, SE HA PRESENTADO OSCAR FERNANDO CERÓN GARCÍA, MANIFESTANDO QUE HA EXTRAVIADO EL CERTIFICADO DE ACCIONES No. A-9505, POR LA CANTIDAD DE 5 ACCIONES; EXTENDIDO POR EL BANCO DE LOS TRABAJADORES SALVADOREÑOS, SOCIEDAD COO- PERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, EL DÍA 24 DE AGOSTO DE LO QUE HACE DEL CONOCIMIENTO PÚBLICO PARA EFECTOS DE REPOSICIÓN DEL CERTIFICADO RELACIONADO, CONFORME A LOS ARTÍCULOS 486 Y 932 DEL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE. EN CASO DE QUE 30 DÍAS DESPUÉS DE LA TERCERA Y ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE AVISO, EL BANCO NO RECIBIERE RECLAMO ALGUNO A ESTE RESPECTO, SE HARÁ LA REPOSICIÓN DEL CERTIFICADO ANTES MENCIONADO. AVISA: QUE EN SUS OFICINAS UBICADAS EN SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, SE HA PRESENTADO OSCAR FERNANDO CERÓN GARCÍA, MANIFES- TANDO QUE HA EXTRAVIADO EL CERTIFICADO DE ACCIONES No , POR LA CANTIDAD DE 15 ACCIONES; EXTENDIDO POR EL BANCO DE LOS TRABAJADORES SALVADOREÑOS, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DE SOYAPANGO, 03 DE MARZO DE GONZALO GUADRÓN RIVAS, PRESIDENTE. 3 v. alt. No. F

51 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de EXPLOTACIÓN DE CANTERA EL INFRASCRITO DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGULADORA DE HIDROCARBUROS Y MINAS DEL MINISTE- RIO DE ECONOMÍA: De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 40 de la Ley de Minería, HACE SABER: Que a esta Dirección se ha presentado solicitud en fecha veinte de enero de dos mil quince, promovida por el señor Jorge Alberto Ardón Valle, mayor de edad, comerciante, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, en su carácter personal, propietario de la cantera denominada cantera de material de relleno (tierra) denominado BANCO DE PRÉSTAMO DE MATERIAL GRANULAR PARA RELLENO (TIERRA), en una área de metros cuadrados, equivalentes a cincuenta mil setecientas noventa y siete punto once varas cuadradas, que son cinco punto cero ocho manzanas, ubicada en San Rafael, sobre la calle que conduce a San Francisco Morazán, departamento de Chalatenango, en el sitio denominado Vega Grande y Río de la Minas, municipio de San Rafael, departamento de Chalatenango, referida a que se le otorgue la concesión de explotación de cantera de material pétreo, la cual se describe así: Descripción técnica del área a explotar en el inmueble, propiedad del señor Jorge Alberto Ardón Valle, con una extensión superficial de treinta y cinco mil quinientos dos punto cincuenta v nueve metros cuadrados, equivalentes cincuenta mil setecientas noventa y siete punto once varas cuadradas que son cinco punto cero ocho manzanas. El vértice Sur Oriente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas: NORTE trescientos treinta y cinco mil ochocientos veinticinco punto ochenta y dos, ESTE cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos cuarenta y cuatro punto veinticinco. LINDERO SUR partiendo del vértice Sur Oriente (Mojón 1) está formado por seis tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno (M1-M2), Norte cuarenta y seis grados veinticinco minutos trece segundos Oeste con una distancia de veinte punto sesenta y nueve metros; Tramo dos (M2-M3), Norte sesenta y dos grados veinticuatro minutos cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia de treinta y siete punto cincuenta y dos metros; Tramo tres (M3- M4), Norte setenta y nueve grados cincuenta y cinco minutos cero ocho segundos Oeste con una distancia de veinticuatro punto cero seis metros; Tramo cuatro (M4-M5), Norte ochenta y ocho grados cero siete minutos veintidós segundos Oeste con una distancia de nueve punto sesenta y seis metros; Tramo cinco (M5-M6), Norte ochenta y tres grados catorce minutos cincuenta y tres segundos Oeste con una distancia de sesenta y cinco punto ochenta y cinco metros; Tramo seis (M6-M7), Norte sesenta y cuatro grados cuarenta y tres minutos cincuenta y nueve segundos Oeste con una distancia de nueve punto cuarenta y cinco metros; colindando con Resto. LINDERO PONIENTE partiendo del vértice Sur Poniente (Mojón 7) está formado por trece tramos (M7-M20) con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno (M7-M8), Norte treinta y seis grados cuarenta y cinco minutos trece segundos Oeste con una distancia de veintitrés punto treinta y ocho metros; Tramo dos (M8-M9), Norte treinta y tres grados veintiocho minutos cuarenta y cuatro segundos Oeste con una distancia de nueve punto cincuenta y seis metros; Tramo tres (M9-M10), Norte veinticinco grados cero minutos veintinueve segundos Oeste con una distancia de nueve punto setenta y tres metros; Tramo cuatro (M10-M11), Norte veintidós grados cincuenta y seis minutos cero cero segundos Oeste con una distancia de diecisiete punto cero tres metros; Tramo cinco (M11-M12), Norte quince grados veintinueve minutos cuarenta y nueve segundos Oeste con una distancia de treinta y un punto cuarenta y ocho metros; Tramo seis (M12-M13), Norte cero grados treinta y seis minutos veintiocho segundos Este con una distancia de uno punto ochenta y ocho metros; Tramo siete (M13- M14), Norte cero seis grados treinta y tres minutos cincuenta y siete segundos Este con una distancia de siete punto setenta metros; Tramo ocho (M14-M15), Norte cero siete grados veintisiete minutos cero segundos Este con una distancia de diecinueve punto setenta y seis metros; Tramo nueve (M15-M16), Norte doce grados cuarenta y dos minutos veintiún segundos Este con una distancia de dieciocho punto cuarenta y nueve metros; Tramo diez (M16-M17), Norte treinta y nueve grados catorce minutos treinta y siete segundos Este con una distancia de dos punto noventa y siete metros; Tramo once (M17-M18), Norte sesenta y dos grados trece minutos cero dos segundos Este con una distancia de treinta y dos punto treinta y cuatro metros; Tramo doce (M18-M19) Norte cincuenta y nueve grados veintidós minutos diecinueve segundos Este con una distancia de treinta y un punto veinticinco metros; Tramo trece (M19-M20), Norte sesenta y siete grados cincuenta y siete minutos cuarenta y ocho segundos Este con una distancia de cinco punto cero siete metros; colindando con Resto. LINDERO NORTE partiendo del vértice Nor Poniente (Mojón 20) está formado por veinte tramos (M20-M40) con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno (M20-21) Norte ochenta y un grados veintidós minutos treinta y cuatro segundos Este con una distancia de uno punto noventa y un metros; Tramo dos (M21-M22), Sur veintisiete grados cincuenta y cinco minutos quince segundos Este con una distancia de uno punto veintisiete metros; Tramo tres (M22-M23), Sur ochenta y nueve grados treinta y nueve minutos cuarenta y cinco segundos Este con una distancia de doce punto sesenta y siete metros; Tramo cuatro (M23-M24), Sur treinta y un grados treinta y un minutos treinta y cuatro segundos Este con una distancia de seis punto quince metros; Tramo cinco (M24-M25), Sur ochenta y siete grados veinticuatro minutos diez segundos Este con una distancia de treinta punto cuarenta y seis metros; Tramo seis (M25-M26), Norte setenta y ocho grados

52 52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 treinta y ocho minutos treinta y dos segundos Este con una distancia de uno punto once metros; Tramo siete (M26-M27), Norte ochenta y seis grados veintiocho minutos cuarenta y cuatro segundos Este con una distancia de cuarenta y dos punto cincuenta y tres metros; Tramo ocho (M27-M28), Sur setenta y dos grados cero seis minutos dieciocho segundos Este con una distancia de dieciséis punto treinta y seis metros; Tramo nueve (M28-M29), Sur dieciséis grados cero dos minutos veintiséis segundos Este con una distancia de cinco punto sesenta y cuatro metros; Tramo diez (M29-M30), Sur veinticinco grados cincuenta y cinco minutos cincuenta y cinco segundos Este con una distancia de cinco punto dieciocho metros; Tramo once (M30-M31), Sur cincuenta y dos grados treinta y cinco minutos doce segundos Este con una distancia de cero punto noventa y siete metros; Tramo doce (M31-M32), Norte cincuenta y dos grados cero dos minutos veintidós segundos Este con una distancia de cinco punto ochenta y cinco metros; Tramo trece (M32-M33), Norte treinta y cinco grados dieciséis minutos treinta y un segundos Este con una distancia de uno punto cero metros; Tramo catorce (M33-M34), Sur cincuenta y cuatro grados cuarenta y tres minutos veintinueve segundos Este con una distancia de uno punto cero metros; Tramo quince (M34-M35), Sur ochenta y seis grados diecinueve minutos veinticinco segundos Este con una distancia de diez punto treinta y y un minutos once segundos Oeste con una distancia de treinta y dos cuatro metros; Tramo dieciséis (M35-M36), Sur cuarenta y ocho grados cero cinco minutos veintisiete segundos Este con una distancia de uno grados cuarenta y siete minutos catorce segundos Oeste con una distan- punto cero metros; Tramo diecisiete (M36-M37), Sur ochenta y tres cia de diecinueve punto setenta y un metros; Tramo dieciocho (M57-M58), grados cero seis minutos cero un segundos Este con una distancia de nueve punto cuarenta y tres metros; Tramo dieciocho (M37-M38), Sur sesenta y nueve grados veinte minutos treinta y tres segundos Este con una distancia de ocho punto cuarenta y dos metros; Tramo diecinueve cuarenta y seis segundos Oeste con una distancia de dieciocho punto (M38-M39), Sur cuarenta y cuatro grados cero cinco minutos cuarenta noventa metros; colindando con Resto. Así se llega al vértice Sur Oriente, que es el punto donde se inició esta descripción. El inmueble ante- y cinco segundos Este con una distancia de cinco punto cuarenta y cinco metros; Tramo veinte, (M39-M40) Sur veintisiete grados veintidós riormente descrito forma parte de uno mayor y se encuentra vinculada minutos cero siete segundos Este con una distancia de doce punto cua- esta descripción técnica en las coordenadas NORTE trescientos treinta renta y ocho metros; colindando con Resto. LINDERO ORIENTE partiendo del vértice Nor Oriente (Mojón 40) está formado por diecinueve tramos (M40-M1) con los siguientes rumbos y distancias: Tramo cinco del mojón uno y las coordenadas NORTE trescientos treinta y uno (M40-M41), Sur cero siete grados doce minutos veintiséis segundos Oeste con una distancia de siete punto ochenta metros; Tramo dos (M41-M42), Sur cero grados treinta y nueve minutos veintisiete segundos Oeste con una distancia de dos punto cero seis metros; Tramo tres (M42-M43), Sur cero seis grados once minutos veintisiete segundos Oeste con una distancia de seis punto cuarenta y seis metros; Tramo cuatro (M43- M44), Norte ochenta y seis grados cincuenta y nueve minutos cero cuatro segundos Este con una distancia de cero punto cincuenta y tres metros; Tramo cinco (M44-M45), Sur cero tres grados cero minutos cincuenta y seis segundos Este con una distancia de uno punto cero metros; Tramo seis, (M45-M46) Sur cero seis grados cincuenta minutos veinte segundos Este con una distancia de diez punto dieciséis metros; Tramo siete (M46-M47), Sur cero un grados cincuenta minutos treinta segundos Este con una distancia de veinticuatro punto cuarenta y cinco metros; Tramo ocho (M47-M48), Norte ochenta y un grados cuarenta y seis minutos veintitrés segundos Este con una distancia de cero punto cincuenta metros; Tramo nueve (M48-M49), Sur cero ocho grados trece minutos treinta y siete segundos Este con una distancia de uno punto cero metros; Tramo diez (M49-M50), Sur cero cuatro grados cero seis minutos cuarenta segundos Este con una distancia de siete punto cincuenta y nueve metros; Tramo once (M50-M51), Sur cero nueve grados veintiséis minutos trece segundos Oeste con una distancia de uno punto ochenta y ocho metros; Tramo doce (M51-M52), Sur diecisiete grados dieciséis minutos trece segundos Oeste con una distancia de tres punto cincuenta y cuatro metros; Tramo trece (M52-M53), Sur ochenta y un grados treinta y nueve minutos cincuenta y cuatro segundos Este con una distancia de cero punto setenta y seis metros; Tramo catorce (M53-M54), Sur cero seis grados cuarenta y cinco minutos cuarenta y cinco segundos Oeste con una distancia de cuatro punto cero ocho metros; Tramo quince (M54-M55), Sur diecisiete grados cincuenta y un minutos cero cuatro segundos Oeste con una distancia de veinticinco punto cuarenta y cuatro metros; Tramo dieciséis (M55-M56), Sur cero tres grados cuarenta punto veintiún metros; Tramo diecisiete (M56-M57), Sur veintisiete Sur treinta y cuatro grados treinta y seis minutos cincuenta y tres segundos Oeste con una distancia de dieciséis punto cero tres metros; Tramo diecinueve (M58-M1), Sur catorce grados cuarenta y cuatro minutos y cinco mil ochocientos veinticinco punto ochenta y dos, ESTE cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos cuarenta y cuatro punto veinti- cinco mil ochocientos catorce punto noventa y tres, ESTE cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos treinta y tres punto ochenta y nueve del inmueble general, se encuentran unidos por una distancia de quince punto cero cuatro metros y un rumbo de Norte cuarenta y tres grados treinta y cuatro minutos cuarenta y siete segundos Este. El proyecto a desarrollar comprende la explotación a cielo abierto de una cantera de material pétreo, a través de medios mecánicos. Adicionalmente a la actividad de explotación de material pétreo se desarrollarán las actividades de carga, transporte y comercialización del material extraído en la misma cantera.

53 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Lo que se hace del conocimiento del público, para que los que se crean afectados con el otorgamiento de dicha concesión solicitada, hagan uso de sus derechos en el término de quince días, contados desde la última publicación en el Diario Oficial. Y en cumplimiento a lo que establece el Artículo 40 de la Ley de Minería, PUBLÍQUESE en el Diario Oficial y en dos periódicos de mayor circulación nacional, por dos veces cada uno, con intervalos de ocho días entre cada publicación. También deberá mandar copia del mismo a la Alcaldía Municipal respectiva, para que sea colocado en los carteles que para tal efecto llevan las municipalidades del país. DIRECCIÓN REGULADORA DE HIDROCARBUROS Y MINAS DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA: San Salvador, a las ocho horas del día nueve de abril de dos mil quince. EDUARDO ALEXANDER RAMIREZ ACOSTA, DIRECTOR. 2 v. 1 v. c/8 d. No. C seis punto ochenta y cinco metros, colindando con propiedad del señor Fidencio Benítez Melara, con pared de por medio. LINDERO NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur setenta y ocho grados cero un minutos veintitrés segundos Este, con una distancia de ocho punto cincuenta y seis metros, colindando con propiedad de la señora Mercedez Amaya, con pared de por medio. LINDERO ORIENTE: Partiendo del vértice Nor-Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur catorce grados cero cero minutos cuarenta y cuatro segundos Oeste, con una distancia de nueve punto ochenta y nueve metros, colindando con propiedad del señor Juan de Dios Ramírez, cuatro segundos Oeste, con una distancia de nueve punto ochenta y nueve metros, colindando con propiedad del señor Juan de Dios Ramírez, con cerco de púas. Y LINDERO SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte ochenta y seis grados cero seis minutos veintidós segundos Oeste, con una distancia de nueve punto veintidós metros, colindando con propiedad de la señora Petrona Pérez, con servidumbre de por medio. Así llega al vértice Sur-Poniente, que es el punto donde se inició esta descripción. Todos los colindantes que se mencionan son propietarios y colindantes del inmueble objeto de estas diligencias y del domicilio de la Ciudad de Panchimalco, Departamento de San Salvador. La referida propiedad tiene una capacidad superficial de NOVENTA Y TÍTULO MUNICIPAL DOS PUNTO SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS. Dicho inmueble no es dominante ni sirviente y lo adquiere por posesión de EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE PANCHIMALCO, más de diez años, tiempo en el que se está ejerciendo posesión material siendo ésta en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y al mismo al público, tiempo se encuentra ejerciendo actos de posesión consistiendo éstos en HACE SABER: Que en esta oficina se ha presentado la señora limpiarlo, sembrar árboles, edificarlos, etcétera. El referido inmueble SONIA CAROLINA GUZMÁN BENÍTEZ, de treinta años de edad, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni se encuentra Abogada del domicilio de Soyapango, con Documento Único de Identidad número: cero cero siete tres cinco cero ocho nueve guion seis y inmueble en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DÓLARES en proindivisión con ninguna persona. Así mismo la interesada valúa el Número de Identificación Tributaria: cero seis uno cuatro guion cero DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. ($1,400.00). Que en siete cero cuatro ocho cuatro guion uno uno siete guion tres, solicitando vista de que la posesión del inmueble ha sido en forma quieta, pacífica, TÍTULO MUNICIPAL, de un inmueble de naturaleza URBANA, Situado en BARRIO EL CALVARIO, CALLE ANTIGUA A ROSARIO los edictos en los lugares públicos de este municipio y remítase uno al continua y no interrumpida por más de diez años consecutivos. Fíjese DE MORA, NÚMERO QUINCE, PARCELA CUATROCIENTOS Diario Oficial para su publicación por tres veces, todo de conformidad VEINTITRÉS, MAPA NÚMERO CERO SEIS UNO CERO U CERO con la Ley sobre Títulos de Predios Urbanos. NUEVE, MUNICIPIO DE PANCHIMALCO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, cuya descripción técnica es la siguiente: El vértice Se comunica al público para efectos de ley. Sur-Poniente que es el punto de partida de esta descripción técnica tiene las siguientes coordenadas: Norte doscientos setenta y seis mil trescientos Alcaldía Municipal de Panchimalco, a los catorce días del mes cincuenta y ocho punto ochenta y cuatro, Este cuatrocientos ochenta de noviembre de dos mil catorce.- MARIO MELENDEZ PORTILLO, mil quinientos setenta y siete punto catorce. LINDERO PONIENTE: ALCALDE MUNICIPAL.- Licda. KEYLA BECSABET FLORES Partiendo del vértice Sur-Poniente está formado por dos tramos con ESCOBAR, SECRETARIA MUNICIPAL. los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Norte dieciséis grados treinta y un minutos veinticuatro segundos Este, con una distancia de cuatro punto treinta y seis metros y Tramo dos, Norte dieciséis grados 3 v. alt. No. F cuarenta y siete minutos veintiocho segundos Este, con una distancia de

54 54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL, Alcaldía Municipal de San Lorenzo, departamento de San Vicente, a cinco días del mes de diciembre del año dos mil catorce.- FIDENCIO HACE SABER: Que a esta Oficina se ha presentado la señora SAN- TOS EMILIA MARTINEZ CAÑAS, conocida por SANTOS EMILIA ADILIO GUZMAN ACEVEDO, ALCALDE MUNICIPAL.- Lic. SERGIO DANILO CUBIAS PINO, SECRETARIO MUNICIPAL. MARTINEZ DE ABREGO y SANTOS EMILIA MARTINEZ CAÑAS DE ABREGO, en calidad de Dueña y Actual Poseedora de un Inmueble 3 v. alt. No. F de naturaleza Urbana, a fin de iniciar diligencias pertinentes para obtener TITULO MUNICIPAL DE DOMINIO a su favor, de inmueble que es de naturaleza urbana, situado en Barrio San Antonio, de la Ciudad de San Lorenzo, Departamento de San Vicente, de una extensión superficial según medidas lineales de MIL QUINIENTOS SIETE PUNTO CINCUENTA Y TRES METROS CUADRADOS, EQUIVALENTES A DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS PUNTO NOVENTA Y SIETE VARAS CUADRADAS de las medidas y colindancias siguientes: al NORTE, mide cuarenta y dos metros en línea recta y linda con terreno de Edis Gloria Hernández, hoy María Trinidad Acevedo, cerco de alambre y cerco propio de por medio; al ORIENTE, mide cincuenta y cinco punto cincuenta y cinco metros, en cuatro tiros, lindando en parte con terrenos de María Trinidad Acevedo, José Marciano Rodríguez, hoy de Santos Emilia Martínez Cañas, Juan José Aguilar, Marcial Adán Cerritos Silva, Vicente Adilio Ponce Ramírez y Caros Borroneo, cercos y muros propios de los colindantes; al SUR, mide diecinueve metros linda con terreno propiedad de la Alcaldía Municipal de San Lorenzo y aunque la ficha Catastral no lo menciona también linda en parte con terrenos de Juan José Pérez e Ismael Ponce y Francisco Flores, camino de por medio que conduce a río Chicharrón y AL PONIENTE, mide treinta y ocho metros y linda con terreno de Andrés Cubías Córdova, muro en parte y cerco de púas de por medio.- Que el inmueble descrito lo valora en la cantidad de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que la persona adquirió el terreno antes descrito, en el año de dos mil catorce, por venta de dos porciones de terreno rústico que forman un solo cuerpo, que le hiciera su padre el señor Esteban Martínez Cubías, quien lo poseyó por más de nueve años consecutivos, que sumados al tiempo en que lo han poseído sus poseedores anteriores, suman más de treinta años. El inmueble no es dominante ni sirviente, no tiene cargas ni derechos de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie, que desde la adquisición de dicho terreno lo ha poseído de buena fe en forma quieta, pacífica e ininterrumpida. EDICTO DE EMPLAZAMIENTO EDICTO DE EMPLAZAMIENTO MARÍA ÁNGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas con dos minutos del día diecinueve de noviembre dos mil trece, se admitió la demanda en el Proceso Ejecutivo de referencia 13-PE-286-J2, promovido por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE PROFESIONALES SALVADOREÑOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, que se abrevia COOPAS DE R. L., del domicilio de San Salvador, a través de su representante procesal, Licenciada YANIRA GUADALUPE SALAMANCA MEJÍA, ambos con dirección en Veintisiete Avenida Norte y Veinticinco Calle Poniente, número un mil quinientos cinco, San Salvador, en contra del señor BRÍGIDO ANTONIO GARCÍA HERNÁNDEZ, mayor de edad, Empleado, del domicilio de San Martín, San Salvador, con Documento Único de Identidad número y con Número de Identificación Tributaria , actualmente de domicilio ignorado; razón por la cual se procede a EMPLAZAR por medio de este edicto al referido señor, para que comparezca a este Juzgado a manifestarse en cuanto a su defensa, contestando la demanda incoada en su contra dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente día a la tercera publicación de este edicto, para lo cual deberá nombrar abogado que lo represente, de conformidad a lo establecido en el Art. 67 CPCM y si en caso careciere de recursos económicos para sufragar la contratación de abogado particular, puede solicitar a la Procuraduría General de la República le designe un abogado gratuitamente para que le represente en este proceso, Art. 75 CPCM. Caso contrario, una vez transcurrido el plazo antes señalado se le nombrará un Curador Ad Lítem para que lo represente en el proceso, de conformidad al artículo 186 CPCM, el cual Lo que se hace saber al público para los efectos legales consiguientes. continuará sin su presencia.

55 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Lo que se hace de conocimiento público, para los efectos de ley correspondientes. MARCA DE PRODUCTO Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, a las once horas con cuarenta y cinco minutos del día veinticuatro de marzo del año dos mil quince.- Licda. MARIA ANGELA MIRANDA RIVAS, JUEZA "2" SEGUNDO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DE SAN SALVADOR.- Licda. VIOLETA EMPERATRIZ ASCENCIO DE MAYORGA, SECRETARIA DE ACTUACIONES. 1 v. No. C YANIRA MARIBEL AVILA ALARCON, JUEZA 1, DEL JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTIA, MUNICIPIO DE SAN SALVADOR, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, HACE SABER: Que en el Proceso Ejecutivo Mercantil Referencia NUE EC-4MC1 (3), promovido por la Licenciada YANIRA interpuesta en su contra o formule oposición, por medio de procurador, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR, HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSE GUILLERMO GUEVARA CAMPOS, de nacionalidad SALVADO- REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, GUADALUPE SALAMANCA MEJIA, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO DE PROFESIONALES SALVADOREÑOS DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, como Demandante, en contra del señor WILLIAM RENE VANEGAS RECINOS, como Deudor Consistente en: La palabra Panissimo y diseño, que servirá para: Principal y el señor LUIS ANTONIO CORTEZ BELTRAN, como AMPARAR PAN. Clase: 30. Codeudor Solidario, ambos como Demandados; en virtud de haberse agotado las diligencias pertinentes a fin de localizar al señor WILLIAM RENE VANEGAS RECINOS; mayor de edad, Vendedor; con domicilio La solicitud fue presentada el día diecisiete de marzo del año dos desconocido, sin que a la fecha se haya logrado obtener su domicilio mil quince. actual, para efectos de Emplazamiento, la suscrita en cumplimiento a lo preceptuado en el art. 186 CPCM., por este medio Notifica y Emplaza al señor WILLIAM RENE VANEGAS RECINOS, para que dentro del REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, de la última publicación del edicto respectivo, arts. 143 y 145 inc. 2 CPCM., ejerza su Derecho Constitucional de Defensa, conteste la demanda veinticinco de marzo del año dos mil quince. conforme a los arts. 67, 68, 69, 181, 186 y 462 CPCM, en caso de no comparecer a este Juzgado dentro de diez días hábiles, se procederá a MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, nombrarle un curador Ad Lítem para que la represente en el proceso. REGISTRADOR. Librado en el Juzgado Cuarto de Menor Cuantía, Juez 1, San Salvador a las nueve horas con cinco minutos, del día veintisiete de febrero de dos mil quince.- Licda. YANIRA MARIBEL AVILA ALARCON, JUEZA 1, JUZGADO CUARTO DE MENOR CUANTIA.- Lic. JOSE RENE CASTILLO PORTILLO, SECRETARIO. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 1 v. No. C v. alt. No. F

56 56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DE SEGUNDA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA de Usulután, lugar que tuvo como último domicilio; de parte de la señora MARÍA DEL CARMEN RODRÍGUEZ, en calidad de Cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían al señor José Antonio Huezo EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE SUCHI- Monjaras conocido por José Antonio Huezo, éste en calidad de hijo de TOTO. AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY, la causante. Confiérasele a la aceptante antes dicha la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de HACE SABER: Que según resolución pronunciada por este tribunal los Curadores de la Herencia Yacente. Fíjense y publíquense los edictos a las diez horas veinte minutos de este mismo día, del presente mes y del respectivos, citando a los que se crean con derecho a la Herencia, para corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a de inventario la herencia intestada que a su defunción dejara el causante partir del siguiente al de la tercera publicación del edicto respectivo en TOMAS DAVID LOPEZ LOPEZ, quien falleció el día once de octubre el Diario Oficial. del año mil novecientos ochenta y uno, en el lugar llamado El Playón, Librado en el Juzgado de lo Civil: Usulután, a los trece días del en el sitio denominado El Manguito, jurisdicción de San Juan Opico, mes de noviembre del año dos mil catorce.- LIC. JOSE ANTONIO Departamento de La Libertad; siendo su último domicilio la ciudad de GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. MIRNA MARISOL SIGARAN Suchitoto; de parte del Señor: ORLANDO ANTONIO LOPEZ ACOSTA, HERNANDEZ, SECRETARIA. actuando éste en su concepto de hijo del causante y como cesionario de los derechos hereditarios que en dicha sucesión le correspondían a la 3 v. alt. No. F Señora Merlyn Grisel López de Ibáñez, ésta en su calidad de hija también del referido causante. Se le ha conferido al aceptante la administración y representación interina de los bienes sucesorales con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, se citan a todas las personas que se Lic. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL crean con derecho a la herencia antes mencionada para que se presenten SUPLENTE DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA a este tribunal a deducirlo en el término de quince días contados desde LOS EFECTOS DE LEY. el siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Suchitoto, a las diez HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día horas veinticinco minutos del día veintisiete de marzo del dos mil quince.- LIC. OSWALDO DAGOBERTO ARGUETA FUNES, JUEZ DE beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó dieciséis de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente y con la PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. JUANA DE JESUS FIGUEROA COCA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTÁN, Al público para los efectos de ley, causante BALBINA LOPEZ, conocida por BALBINA LOPEZ GARCIA, quien falleció el día diez de diciembre del año dos mil cuatro, en el Cantón Santa Teresa de la jurisdicción de Santiago Nonualco, siendo éste su último domicilio, por parte de RUBENIA LOPEZ o RUBENIA LOPEZ DE DURAN, en concepto de hija de la referida causante. Nómbrase a la aceptante, interinamente, administradora y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. HACE SABER: Que por resolución de las catorce horas y diez minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la Herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora JUANA MARÍA HUEZO GÓMEZ conocida por JUANA MARÍA HUEZO, al fallecer el día trece de abril del año dos mil cinco, en Barrio El Calvario de la ciudad de Santa Elena, departamento JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, dieciséis de febrero de dos mil quince. LIC. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO INTERINO. 3 v. alt. No. F

57 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de LICDA. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y quince minutos del día diecisiete de este mes, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE GERMAN VALLADARES FLAMENCO, quien falleció el día veintisiete de febrero del año dos mil trece, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio Santiago Nonualco; por parte del menor ESAU ANTONIO VALLADARES GUARDADO, en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase a la aceptante interinamente, administradora y representante de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, diecisiete de febrero del año dos mil quince.- LICDA. MISANILLAS REYES DE ORELLANA, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO INTERINO. 3 v. alt. No. F LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día veinticuatro de febrero de este año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante FRANCISCO ADELIO MORALES VALLADARES, que falleció el día diecisiete de noviembre del año dos mil trece, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo Zacatecoluca, su último domicilio; por parte de DAVID ANTONIO MORALES MENDOZA, en concepto de hijo del referido causante. Nómbrase al aceptante interinamente, administrador y representante de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que dentro de los quince días siguientes a la tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo. JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, veinticuatro de febrero del año dos mil quince.- LICDA. GLORIA VICTALINA VALENCIA DE BARRERA, JUEZA DE LO CIVIL.- LIC. OSCAR ERNESTO AREVALO ORREGO, SECRETARIO INTERINO. HERENCIA YACENTE LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE BERLÍN, DEPARTAMENTO DE USULUTÁN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a solicitud del Licenciado OSCAR ARTEMIO MINERO, con Tarjeta de Identificación de Abogado número 1444, y Número de Identificación Tributaria número: , en su calidad de Apoderado General Judicial de la señora RUTH ISABEL MARROQUÍN ZELAYA, con Documento Único de Identidad número: , y Número de Identificación Tributaria: , se ha declarado Yacente la Herencia que dejó al fallecer la Causante AMELIA DEL CARMEN MORATAYA, quien falleció a las diez horas con treinta minutos del día dieciséis de julio de mil novecientos setenta y dos, en el Barrio El Centro de la ciudad de Berlín, departamento de Usulután, siendo éste su último domicilio, a consecuencia de Infarto del Miocardio, con asistencia médica; habiendo nombrado como Curador de la Herencia al Licenciado RUTILIO ALFONSO CORTEZ GRANDE, a quien se le hará saber su nombramiento para su aceptación, juramentación y demás efectos legales; por resolución de las quince horas y treinta minutos del día catorce de enero del año dos mil quince. Librado en el Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Berlín, a los catorce días del mes de enero del año dos mil quince.- LICDA. MERCEDES CONCEPCIÓN SERPAS DE GUEVARA, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. ANA MARGARITA BERMÚDEZ DE HENRÍQUEZ, SECRETARIA. TÍTULO SUPLETORIO 3 v. alt. No. C LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Licenciado JUAN CARLOS PAZ HERNANDEZ, como Apoderado General Judicial de la señora ANTONIA SANCHEZ SANCHEZ, a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Majanos, Cantón El Volcán, jurisdicción de Delicias de Concepción, Departamento de Morazán, de la capacidad superficial de OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, mide treinta y cinco metros linda con terreno propiedad de la señora Evangelina Majano, cerco de la colindante de por medio; AL NORTE, mide veintiocho metros, linda con terreno propiedad del señor Antonio Sorto, calle pública que de Delicias de Concepción conduce al Caserío Los Majanos; AL PONIENTE, mide veintiséis metros con terreno del señor José Domingo Majano, mojones de piedra de por medio; y, al SUR, mide veintiséis metros, linda con terreno propiedad del señor Benjamín Majano, brotones de izote de por medio. El inmueble antes mencionado los valora en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió por compraventa de posesión material por Escritura Pública que le hizo el señor José Domingo Majano. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las once horas y veinticinco minutos del día diecisiete de marzo de dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

58 58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 TITULO DE DOMINIO LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE CUISNAHUAT. EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL HACE SABER: Que el señor FAUSTINO HERNANDEZ o FAUSTINO HERNANDEZ PEREZ, de ochenta y dos años de edad, HACE SABER: Que a esta oficina se presentó la Licenciada KARcomerciante, del domicilio de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, LA SUNEYBY SORTO FUENTES, en su calidad de Apoderada de la portador de su Documento Único de Identidad Número cero uno nueve señora BLANCA LUZ CABRERA DE MORENO, de sesenta y ocho siete tres siete nueve cero guión siete, y con Número de Identificación años de edad, Comerciante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número: Cero dos millones nueve mil ciento veintiocho guión Tributaria cero tres cero cuatro guión dos seis cero nueve tres dos guión tres, solicitando a favor de su representada Título de Dominio de un cero cero uno guión ocho, manifiesta que es actual poseedor de un inmueble de naturaleza urbana, identificado según denominación catastral inmueble de naturaleza urbana situado en la Colonia Milagro de La Paz, Calle Tres de Mayo, zona baja, jurisdicción, Distrito y Departamento de como parcela número quinientos cuarenta y cuatro; y en mapa o sector San Miguel, de la extensión superficial de: OCHOCIENTOS TREINTA catastral cero tres cero cuatro U cero dos, situado en Barrio El Calvario Y SEIS PUNTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, de final calle Los Renegados, número S/N, Municipio de Cuisnahuat, departamento de Sonsonate, de una extensión superficial de CUARENTA Y las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: consta de dos tramos, el primero mide una distancia de dieciséis metros sesenta y tres centímetros CINCO PUNTO SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO METROS y el segundo mide una distancia de veinte metros veintiséis centímetros, CUADRADOS ( mts²) de las medidas y linderos siguientes: AL Calle Tres de Mayo de por medio, colinda con inmueble propiedad del NORTE: linda con las parcelas cuarenta y cuatro y cincuenta y tres de los señor Pedro Antonio Cruz Castillo; AL ORIENTE: mide diecinueve señores Mauricio Hernández Martínez y Faustino Hernández Pérez, AL metros treinta y nueve centímetros, colinda con inmueble propiedad de ORIENTE: linda con parcela cincuenta y tres, de los señores Faustino la señora Francisca Navarrete, pared de ladrillo propiedad de la solicitante; AL SUR: mide treinta y seis metros cuarenta y ocho centímetros, Hernández Pérez y Teodora Ferrer de Hernández, AL SUR: linda con las parcelas trescientos sesenta y ocho y cuatrocientos treinta y seis, colinda con inmuebles propiedad de los señores Francisca Navarrete y de los señores Salvador Antonio Ramos Castaneda y Lino Constante Nelson Wilfredo Hernández Zamora, pared de ladrillo propiedad de la Hernández y AL PONIENTE: linda con la parcela quinientos cuarenta solicitante; y AL PONIENTE: mide veintiséis metros ochenta y siete y cinco, del señor Santana Hernández Constante; y que en virtud de centímetros, colinda con inmueble propiedad de la señora Danuria Umaña Rivas, Pasaje Luna de por medio.- El inmueble antes descrito existen carecer de Título de Propiedad Inscrito a su favor en el Registro respectivo, es la Circunstancia que le obliga a solicitar, que se le extienda construcciones de sistema mixto y demás servicios necesarios, no es ejidal, baldío, comunal, no es dominante, ni sirviente, no tiene carga TITULO DE DOMINIO, de conformidad al artículo uno y siguientes de o derecho real que pertenezca a persona distinta al poseedor ni está en la Ley de Títulos de Predios Urbanos Vigente; así mismo, el inmueble proindivisión con nadie, y lo valúa en la cantidad de VEINTE MIL DO- descrito no pertenece al estado ni a la municipalidad, no es dominante, LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.- Y lo adquirió ni sirviente, no tiene cargas, ni derechos reales que respetar, ni está en mediante Escritura Pública de compra venta de la posesión material que proindivisión con otra persona, lo hubo por posesión Material, misma le otorgó a su favor el señor OSCAR ARMANDO HERNANDEZ, quien es mayor de edad, Jornalero, de este domicilio, en esta ciudad a las once horas del día dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y siete, ante los oficios del notario Napoleón Lovo Solórzano.- Que la posesión material que ha ejercido y ejerce actualmente el poseedor sumada a la de su antecesor data más de dieciocho años y sigue siendo en forma quieta, pacífica e ininterrumpida y sin clandestinidad alguna. Los colindantes son de este domicilio. Lo que se avisa al público, para los efectos de ley. ALCALDIA MUNICIPAL: San Miguel, a los veinticuatro días del mes de marzo del año dos mil quince.- LIC. JOSE WILFREDO SALGADO GARCIA, ALCALDE MUNICIPAL.- LIC. JOSE ANGEL FERMAN ZETINO, SECRETARIO MUNICIPAL. que ha ejercido, por más de diez años consecutivos, de forma quieta pacífica e ininterrumpida, realizando en el inmueble antes descrito, mejoras y actos de legítimo propietario, reconociéndole este derecho los colindantes y vecinos y que según su saber y entender lo valúa en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, así también que los colindantes son de este domicilio. Lo que se hace saber al público en general, para los efectos de ley. Alcaldía Municipal de Cuisnahuat, a los veinticinco días del mes de marzo del año dos mil quince.- ROSA ISABAS GALEANO DE SIBRIAN, ALCALDESA MUNICIPAL.- LIC. RICARDO DIONICIO AYALA BARRIENTOS, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

59 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de MARCA DE FABRICA No. de Expediente: No. de Presentación: DAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVA- DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. CLASE: 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALBERTO Consistente en: la palabra gasauto. HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GENERAL La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓ- mil cinco. NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO. Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la San Salvador, trece de marzo del año dos mil seis. ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS, REGISTRADOR. Ante mí: Consistente en: la palabra gasauto. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco. SECRETARIO. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. 3 v. alt. No. F San Salvador, trece de marzo del año dos mil seis. ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS, Ante mí: REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JOSÉ ORLANDO MARTÍNEZ PEÑA, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS AL- BERTO HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIE- Consistente en: las palabras power fresh green bar y diseño, donde las palabras Power, fresh, green y bar se traducen al castellano como

60 60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Poder, fresco, verde y barra, que servirá para: IDENTIFICAR ESTA- BLECIMIENTOS UBICADOS DENTRO DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR DEDICADOS A LA VENTA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS. La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de marzo del año dos mil quince. KATYA MARGARITA MARTÍNEZ GUTIÉRREZ, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, No. de Expediente: No. de Presentación: SECRETARIO. EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado LUIS ALBER- TO HERNÁNDEZ VENTURA, en su calidad de APODERADO GE- NERAL JUDICIAL de ZETA GAS DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ZETA GAS DE EL SALVADOR, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL. Consistente en: la palabra gasauto, que servirá para: IDENTI- FICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A PRESTAR SERVICIOS DE NEGOCIOS, ESPECIALMENTE LA IMPORTACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y VENTA DE GAS LICUADO DE PETROLEO. PARA VEHÍCULOS AUTOMOTORES Y MAQUI- NARIA QUE FUNCIONA CON ESTOS PRODUCTOS UBICADO EN CALLE LA PALMAS NUMERO 26, COLONIA SAN BENITO, SAN SALVADOR. DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de marzo del año dos mil seis. ALICIA ESTHER GARCÍA COREAS, Ante mí: REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, SECRETARIO. SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: EL INFRASCRITO REGISTRADOR. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado OMAR ADALID FLORES MERCADO, en su calidad de APODERADO de CORPORACIÓN PIRAMIDE, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL. Consistente en: las palabras PRIME CHOICE y diseño, que se traducen al castellano como ELECCIÓN DE PRIMERA CALIDAD, que servirá para: SERVIRÁ PARA ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES RESPECTO DE SERVICIOS DE RESTAURAN- TE. La solicitud fue presentada el día trece de octubre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de octubre del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día cuatro de octubre del año dos mil cinco. 3 v. alt. No. C

61 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de CONVOCATORIAS CONVOCATORIA CONVOCATORIA El Representante Legal de la Sociedad Parque Jardín Las Flores, S. A. de C. V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día 21 de Mayo del presente año en las oficinas Administrativas situadas; en 7ª. Calle Poniente entre 2ª. y 4ª. Avenida sur #9, de esta ciudad a partir de las quince horas en adelante, bajo la siguiente agenda. 1- Comprobación del quórum. 2- Lectura del Acta Anterior. 3- Memoria de labores y aprobación de Estados Financieros al 31 de Diciembre de Balance General al 31 de Diciembre de Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de Diciembre de Estado de Flujo de Efectivo al 31 de Diciembre de Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre Estado de Cambios en el Patrimonio al 31 de Diciembre de de Informe del Auditor Externo, ejercicio económico Informe del Auditor Externo, ejercicio económico Aplicación de los resultados del ejercicio económico 2014 y 5- Aplicación de los resultados del ejercicio económico 2014 y acumulados. 6- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios ejercicio económico Nombramiento del Auditor Fiscal para el ejercicio económico Cualesquiera otros puntos que de acuerdo a Escritura Social y al Código de Comercio, puedan ser tratados en esta junta. En caso de no reunirse suficiente quórum en la primera convocatoria, se convoca para el siguiente día, a las dieciséis en el mismo lugar. Quórum necesario para la primera convocatoria, la mitad más uno de las acciones que forman el Capital Social, o sea, 1,251 acciones. Quórum para la segunda convocatoria, cualquier número de acciones que esté presente. Santa Ana, a los diez días del mes de abril del año dos mil quince. El Representante Legal de la Sociedad Grupo de Bienes y Servicios, S. A. de C. V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día 21 de Mayo del presente año, en las oficinas Administrativas; situadas en 7ª. Calle Poniente entre 2ª. y 4ª. Avenida sur #9, de esta ciudad a partir de las dieciséis horas en adelante, bajo la siguiente agenda. 1- Comprobación del quórum. 2- Lectura del Acta Anterior. 3- Memoria de labores y aprobación de Estados Financieros al 31 de Diciembre de Balance General al 31 de Diciembre de Estado de Pérdidas y Ganancias del 01 de Enero al 31 de Diciembre de Estado de Flujo de Efectivo al 31 de Diciembre de acumulados. 6- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus honorarios ejercicio económico Cualesquiera otros puntos que de acuerdo a Escritura Social y al Código de Comercio, puedan ser tratados en esta junta. En caso de no reunirse suficiente quórum en la primera convocatoria, se convoca para el siguiente día, a las diecisiete horas en el mismo lugar. Quórum necesario para la primera convocatoria, la mitad más uno de las acciones que forman el Capital Social, o sea, 2,145 acciones. Quórum para la segunda convocatoria, cualquier número de acciones que esté presente. Santa Ana, a los diez días del mes de abril del año dos mil quince. MAURICIO JOSÉ LUNA, REPRESENTANTE LEGAL. MAURICIO JOSÉ LUNA, REPRESENTANTE LEGAL. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

62 62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CONVOCATORIA CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Sociedad "RAUN, S.A. DE C.V., SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia, RAUN, S.A. DE C.V., de este domicilio, convoca en PRIMERA CONVOCATORIA, a los señores accionistas a celebrar SESIÓN DE JUNTA GENERAL ORDINARIA, en la oficinas de la sociedad ubicada en QUINTA FIGUEROA, final col. América de esta ciudad a partir de las 16:00 horas del día 20 de mayo del año dos mil quince. En caso de no poder celebrar la sesión en primera convocatoria, por este mismo medio se le hace SEGUNDA CONVOCATORIA, para celebrar dicha junta con los mismos fines, a la misma hora y en el mismo lugar, el día 21 de mayo del año dos mil quince. La agenda es la siguiente: 1) Establecimiento del Quórum; 2) Lectura y aprobación del acta anterior; 3) Lectura de la memoria de labores de la Junta Directiva, el Esta JUNTA GENERAL ORDINARIA, quedará constituida en PRIMERA CONVOCATORIA con la presencia y representación de la mitad más una de las acciones con derecho a voto y sus resoluciones se tomará por mayoría de votos de las acciones presentes y representadas. En la SEGUNDA CONVOCATORIA, la sesión se celebrará con cualquier número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán por mayoría de votos. San Salvador, 10 de Abril de La Junta Directiva de la Sociedad de JARDINES, INMUEBLES, S.A. DE C.V., por este medio convoca a JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día 11 de Mayo de 2015, en primera convocatoria, en sus oficinas ubicadas en la 15 Calle Poniente No. 4470, en la Colonia Escalón de esta ciudad a partir de las 10:00 horas en adelante. AGENDA Puntos de Agenda de JUNTA GENERAL ORDINARIA 1. Comprobación de Quórum. 2. Lectura y aprobación del Acta Anterior. 3. Lectura y aprobación de la Memoria de labores de la Junta Directiva, correspondiente al ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. 4. Lectura y aprobación del Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio, al treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. Balance General, el Estado de Pérdidas y Ganancias y el informe del Auditor, a fin de aprobar o improbar los tres primeros y tomar las medidas que se juzguen oportunas Lectura del Informe del Auditor Externo. Nombramiento del Auditor Externo y Auditor Fiscal, Titular y Suplente y fijación de sus emolumentos. 4) Elección de los miembros de la Junta Directiva y del Auditor. 7. Aplicación de los Resultados del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. 5) Fijar los emolumentos correspondientes a los administradores y al Auditor. 8. Distribución de Utilidades. 9. Cualquier otro punto que pueda ser tratado en esta Junta y 6) Puntos varios. que sea sometido al conocimiento de la misma de acuerdo a la Escritura Social y al Código de comercio. En caso de no reunir Quórum en la primera convocatoria se convoca para el siguiente día a la misma hora y en el mismo lugar. Quórum necesario para la primera convocatoria: la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social o sea 544,373 acciones (QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y TRES). Quórum para la segunda convocatoria: cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas. JARDINES INMUEBLES, S.A. DE C.V. San Salvador, 13 de abril de LIC. MARIO ERNESTO FRANCISCO TORRES ROMERO, SECRETARIO. ALFONSO TOMÁS CARBONELL CARBIA, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

63 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de El infrascrito Administrador Unico de la SOCIEDAD DESA- RROLLADORA MADRESELVA, S. A. DE C. V., convoca a todos sus accionistas a celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas el día 27 de Mayo del año 2015 en las oficinas ubicadas en 89 Avenida Norte No. 350, Colonia Escalón, departamento de San Salvador, a las ocho horas con treinta minutos en primera convocatoria; en caso que no existiera quórum se convoca por segunda vez para celebrarla en el mismo lugar a las nueve horas con treinta minutos del día 28 de Mayo del presente año, con el objeto de conocer y discutir los siguientes puntos de Agenda: ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO: I. Establecimiento y comprobación del quórum. II. III. IV. Lectura y Aprobación del Acta anterior. Lectura y Aprobación de Memoria de Labores que presenta el Administrador Unico para el Ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año Lectura y Aprobación de Estados Financieros para el Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del año V. Informe del Auditor Externo sobre los Estados Financieros del Ejercicio que finalizó el 31 de Diciembre del año VI. Nombramiento del Auditor Externo para el período comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año 2015 y Fijación de sus Emolumentos. VII. VIII. IX. Nombramiento del Auditor Externo Suplente para el período comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del año Nombramiento de Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos para el Ejercicio Aplicación de Resultados. Para que se considere legalmente reunida dicha Junta, para conocer asuntos de carácter ordinario, en primera convocatoria, deberán estar presentes o representadas, por lo menos, la mitad más una de las acciones que conforman el Capital de la Sociedad y para que las resoluciones sean válidas se requiere el voto favorable de la mitad más una de las acciones presentes o representadas y en segunda convocatoria, se considerará válidamente constituida, cualesquiera que sea el número de las acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán con la mitad más una de las acciones presentes o representadas. Se recuerda a los Accionistas que podrán delegar su representación en otros accionistas o a favor de extraños a la sociedad. La representación podrá otorgarse por medio de carta, cable o telegrama o por cualquier otro medio razonable de comunicación escrita. CONVOCATORIA El Director Presidente de la Junta Directiva de la VELAZUL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, convoca a sus Accionistas para que concurran a la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, que se celebrará a partir de las ocho horas del día nueve de mayo del año dos mil quince, en el Salón Cuscatlán, ubicado en el Club Campestre, Calle Maximiliano Jerez; Colonia Escalón, San Salvador; El Salvador. La Agenda de la Junta General será la siguiente: PUNTOS DE CARACTER ORDINARIO: PUNTO UNO: PUNTO DOS: Lectura del Acta Anterior. Memoria de la Junta Directiva, Balance General, Estado de Resultados, el Estado de cambios en el Patrimonio y el Informe del Auditor Externo, para el ejercicio fiscal del Año 2014, a fin de aprobar o improbar los cuatro primeros y tomar las medidas que juzguen oportunas. PUNTO TRES: Nombramiento y remoción de administradores. PUNTO CUATRO: Nombramiento de Auditor Externo y Auditor PUNTO CINCO: PUNTO SEIS: Fiscal para el período de 2015 y fijación de sus emolumentos. Aplicación de resultados. Varios. PUNTOS DE CARÁCTER EXTRAORDINARIO: PUNTO SIETE: Aumento de Capital. La Junta General Ordinaria se considerará legalmente instalada al estar presentes por lo menos la mitad más uno de las acciones que tengan derecho a voto y las resoluciones serán válidas cuando se tomen por mayoría de votos de los representantes concurrentes. Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Ordinaria en segunda convocatoria, a las ocho horas con treinta minutos del día once de mayo de este mismo año, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. Antiguo Cuscatlán, a los 13 días del mes de Abril del año dos mil quince. DESARROLLADORA MADRESELVA, S. A. DE C. V. MIGUEL MATHIAS REGALADO NOTTEBOHN, ADMINISTRADOR UNICO. 3 v. alt. No. C Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituido cualquiera que sea el número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán con mayoría de los votos presentes. La Junta General Extraordinaria se considerará legalmente instalada al estar presentes por lo menos las tres cuartas partes de las acciones que tengan derecho a voto y las resoluciones serán válidas cuando se tomen por igual proporción de votos de los representantes concurrentes.

64 64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Si no hubiere quórum para realizar la sesión en primera convocatoria, por esta misma se convoca a los accionistas para celebrar la Junta General Extraordinaria en segunda convocatoria, a las ocho horas con treinta minutos del día once de mayo de este mismo año, en el mismo lugar señalado para la primera convocatoria. Para la segunda convocatoria, el quórum se considerará constituido por lo menos la mitad más uno del número de acciones presentes y representadas y las resoluciones se tomarán con las tres cuartas partes de los votos presentes. San Salvador, catorce de abril del año DAVID KYUNG HA, DIRECTOR PRESIDENTE. VELAZUL, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS NUMERO CUARENTA Y SEIS El infrascrito Director Secretario de la Junta Directiva de "MEN- 3 v. alt. No. F TORES DE LA NIÑEZ TECLEÑA S. A. DE C. V.", para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en sesión de Junta Directiva número de la Sociedad, celebrada en esta ciudad el día dieciséis de marzo del presente año, se acordó unánimemente convocar a los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA. La sesión se llevará a cabo en primera convocatoria a las dieciocho horas del día trece de mayo del presente año, en las instalaciones de la Sociedad, ubicadas en Primera Calle Poniente número dos guión dos, Santa Tecla. Si no hubiere quórum en esa fecha, se señala la misma hora del día catorce de mayo del presente año, en el mismo lugar señalado, a efecto de celebrar la sesión en segunda convocatoria. La agenda de la sesión será la siguiente: 3. Conocimiento del Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio, del ejercicio que terminó el día treinta y uno de diciembre de dos mil catorce. 4. Aprobación o improbación de los reportes señalados. 5. Conocimiento del Informe del Auditor Externo de la Sociedad. 6. Aplicación de resultados. 7. Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos. 8. Elección de Junta Directiva para el período julio 2015 a julio El quórum necesario para establecer la Junta Ordinaria, en primera convocatoria, es de la mitad más una de las acciones del capital social (270,001 acciones) presentes o representadas y se tomará acuerdo con la mitad más uno de los votos concurrentes. Para establecer la Junta Ordinaria en segunda convocatoria, se hará con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y se tomará acuerdo con la mitad más uno de los votos concurrentes. Santa Tecla, 14 de abril de JOSE EDUARDO VALLE GONZALEZ, SECRETARIO. CONVOCATORIA La Junta Directiva de la Sociedad Centro de Maquinaria y Repuestos, S. A. de C. V., que puede abreviarse Cemar, S. A. de C. V., de este domicilio, convoca a los señores Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria, el día catorce de mayo del año dos mil quince, a partir de las diez horas en las instalaciones de la Empresa situadas en el Boulevard José Arturo Castellanos, número un mil ciento treinta y dos en esta ciudad, para conocer los puntos que se detallan en la siguiente Agenda: 1.- Comprobación del Quórum. 2.- Lectura y aprobación de la Agenda a desarrollar. 3.- Lectura del acta anterior. 4.- Lectura de la memoria de labores del año dos mil catorce, por el señor Presidente de la Junta Directiva. AGENDA DE ASUNTOS DE CARACTER ORDINARIO: 1. Verificación del quórum. 2. Lectura y aprobación del acta anterior. 5.- Conocimiento y discusión de los Estados Financieros: Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios al Patrimonio y Flujo de Efectivo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce.

65 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Conocimiento del Informe del Auditor Externo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. 7.- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos, para el período comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince. 6.- Conocimiento del Informe del Auditor Externo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. 7.- Conocimiento del Informe del Auditor Fiscal del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. 8.- Varios. Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en primera fecha de la Convocatoria, deberá estar representada por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. Si no hubiere Quórum en la fecha y hora expresada se convoca por segunda vez a las diez horas y treinta minutos del quince de mayo del año dos mil quince, en el mismo lugar destinado para la primera Convocatoria. Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la Convocatoria por falta de Quórum necesario para hacerlo en la primera, se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. dos mil quince, en el mismo lugar destinado para la primera Convocatoria. San Salvador, catorce de abril del dos mil quince. JOHN BUCHNER GIBSON, Si la Junta General Ordinaria se reuniere en la segunda fecha de la Convocatoria por falta de Quórum necesario para hacerlo en la primera, PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA. se considerará válidamente constituida cualquiera que sea el número de CENTRO DE MAQUINARIA Y REPUESTOS, S. A. DE C. V. acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. CONVOCATORIA 3 v. alt. No. F El Administrador Unico de la Sociedad Compañía Importadora de Maquinaria, S. A. de C. V., que puede abreviarse Cidema, S. A. de C. V., de este domicilio, convoca a los señores Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria, el día once de mayo del año dos mil quince, a 3 v. alt. No. F partir de las diez horas en las instalaciones de la Empresa, situadas en la Veintinueve Calle Poniente, Número diez treinta y siete, Colonia Layco, en esta ciudad, para conocer los puntos que se detallan en la siguiente 8.- Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos para el periodo comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince. 9.- Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus emolumentos para el periodo comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil quince Aplicación de Utilidades del ejercicio dos mil catorce Varios. Para que la Junta Ordinaria se considere legalmente reunida en primera fecha de la Convocatoria deberá estar representada por lo menos la mitad más una de las acciones que tengan derecho a votar y las resoluciones sólo serán válidas cuando se tomen por la mayoría de los votos presentes. Si no hubiere Quórum en la fecha y hora expresada se convoca por segunda vez a las diez horas del día doce de mayo del año San Salvador, catorce de abril de dos mil quince. JOHN BUCHNER GIBSON, ADMINISTRADOR UNICO, COMPAÑIA IMPORTADORA DE MAQUINARIA, S. A. DE C. V. Agenda: 1.- Comprobación del Quórum. CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS 2.- Lectura y aprobación de la Agenda a desarrollar. 3.- Lectura del Acta anterior. SIDERURGICA SALVADOREÑA TINETTI, S. A. DE C. V., en cumplimiento al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio, 4.- Lectura de la Memoria de Labores del año dos mil catorce por el señor Administrador Unico. CONVOCA a los Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en la casa situada en Antigua Calle a 5.- Conocimiento y discusión de los Estados Financieros: Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios al Patrimonio y Flujo de Efectivo del Ejercicio que finalizó el treinta y uno de diciembre del año dos mil catorce. San Antonio Abad, número 254-4, San Salvador, a las dieciséis horas del día sábado nueve de mayo de dos mil quince, en primera convocatoria y a las dieciséis horas del día lunes once de mayo de dos mil quince, en segunda convocatoria.

66 66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Para que la junta pueda sesionar en la primera convocatoria deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el capital social y tomar resolución por simple mayoría. Y para poder sesionar en segunda convocatoria, por falta de Quórum en la primera, deberá estar presente cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. Para que la Junta General ORDINARIA pueda sesionar en la primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el capital social y tomar resolución por simple mayoría. Y para poder sesionar en segunda convocatoria, por falta de Quórum en la primera, deberá estar presente cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de los votos presentes. Agenda: 1- Establecimiento del Quórum. 2- Nombramiento del presidente y secretario de la Junta. 3- Aprobación de Agenda. 4- Lectura del Acta anterior. 5- Aprobación memoria de labores año Presentación de Estados Financieros de Informe del auditor externo año Nombramiento del auditor externo y suplente para año Aplicación de Resultados año Elección de administración de la sociedad. 2- Nombramiento del presidente y secretario de la Junta. 11- Puntos varios. San Salvador, 14 de abril de SIDERURGICA SALVADOREÑA TINETTI, S. A. DE C. V. 6- Presentación de Estados Financieros de Informe del auditor externo año TEODORO TINETTI MONTESINOS, 8- Nombramiento del auditor externo y suplente para año SECRETARIO. 9- Aplicación de Resultados año v. alt. No. F Para que la Junta General EXTRAORDINARIA pueda sesionar en la primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos el 75% de las acciones que forman el capital social y tomar resolución también con el 75%. Y para poder sesionar en segunda convocatoria, por falta de Quórum en la primera, deberá estar presente la mitad más uno de las acciones que componen el capital social. El número de votos necesarios para formar resolución será el 75% de las acciones presentes. Agenda PUNTOS ORDINARIOS: 1- Establecimiento del Quórum. 3- Aprobación de Agenda. 4- Lectura del Acta anterior. 5- Aprobación memoria de labores año Elección de administración de la sociedad. 11- Puntos varios. PUNTOS EXTRAORDINARIOS: 1- Modificación pacto social. CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA 2- Disolución y liquidación de la sociedad. Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DISTRITI, S. A. DE C. V., en cumplimiento al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio, CONVOCA a los Accionistas a celebrar Junta General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas, que se llevará a cabo en la casa situada en Antigua Calle a San Antonio Abad, número 254-4, San Salvador, a las dieciocho horas del día sábado nueve de mayo de dos mil quince, en primera convocatoria y a las veinte horas del día lunes once de mayo de dos mil quince, en segunda convocatoria. San Salvador, 14 de abril de TEODORO TINETTI MONTESINOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

67 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de SUBASTA PÚBLICA LICENCIADO JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS DEL JUZGADO DE LO LABORAL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado de fecha 15 de julio de Cojutepeque, 09 de abril de HACE SABER: AL PUBLICO para los efectos de ley, que por resolución proveída por este Tribunal, a las doce horas del día uno de marzo del año dos mil trece, en el juicio ejecutivo mercantil promovido por el Licenciado CESAR POMPILIO RAMOS LOPEZ, actuando en su carácter de apoderado general judicial del BANCO PROMERI- CA, SOCIEDAD ANONIMA, contra el señor RAFAEL ANTONIO LANDAVERDE LOPEZ, reclamando capital adeudado e intereses; se ordenó la VENTA EN PUBLICA SUBASTA de los bienes embargados, en fecha que oportunamente se señalará, siendo el inmueble a subastarse el que se describe a continuación: Porción de terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Zamorán, Jurisdicción de la ciudad, Distrito y Departamento de San Miguel, de forma rectangular, identificado como LOTE NUMERO QUINCE, DEL POLIGONO "D" DE LA LOTIFICACION CANALES, que mide y linda: AL NORTE: Línea curva de cuarenta metros, linda con propiedad del señor Julio Fuentes, ahora propiedad del Instituto Salvadoreño de Turismo; AL ORIENTE: Línea recta de treinta y dos metros cincuenta centímetros linda con resto de terreno de Emilia Canales Pinaud; AL SUR: Línea recta de cuarenta metros, linda con resto de terreno de Emilia Canales Pinaud, Calle Barcelona de por medio de diez metros de ancho de por medio y AL PONIENTE: Línea recta de veinticinco metros veinticinco centímetros, linda con terreno propiedad de Jaime Canales Pinaud. Tiene una extensión superficial de UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS. Inscrito bajo el número de MATRICULA OCHO CERO CERO SEIS NUEVE DOS SIETE CINCO-CERO CERO CERO CERO CERO en el ASIENTO UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección de Oriente, Departamento de San Miguel, a favor del señor RAFAEL ANTONIO LANDAVERDE LOPEZ. Librado en el Juzgado de lo laboral de Santa Tecla, Juez Dos, a las ocho horas y veintitrés minutos del día veintiséis de enero del dos mil quince.- Lic. JORGE ANTONIO LOPEZ CLAROS, JUEZ DOS, JUZGADO DE LO LABORAL DE SANTA TECLA.- Lic. HAZEL LOHENGRIN CABRERA AVALOS, SECRETARIA. REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS 3 v. alt. No. F Ing. MILTON RAFAEL MARROQUIN RIVERA, GERENTE DE AGENCIA COJUTEPEQUE. AVISO El Banco de Fomento Agropecuario, 3 v. alt. No. C AVISA: Que en su Agencia Cojutepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito Número , constituido el 25 de junio de 2011, para el plazo de 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. En caso que después de 30 días de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe oposición alguna a este respecto, se hará la reposición del Certificado de fecha 25 de junio de Cojutepeque, 09 de abril de Ing. MILTON RAFAEL MARROQUIN RIVERA, GERENTE DE AGENCIA COJUTEPEQUE. EL BANCO AGRICOLA, S. A., 3 v. alt. No. C AVISA: Que en su Agencia Usulután, de la ciudad de Usulután, Departamento de Usulután, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 90 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos Nos. 486 y 932 del Código de Comercio vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISO El Banco de Fomento Agropecuario, AVISA: Que en su Agencia Cojutepeque, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito Número , constituido el 15 de julio de 2013, para el plazo de 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRICOLA, S. A. CARMEN FERNANDEZ, GERENCIA DEPTO. DE DEPOSITOS. 3 v. alt. No. F

68 68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 120 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia María Auxiliadora, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 360 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Metrocentro, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F

69 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Metrocentro Santa Ana, de la ciudad de Santa Ana, Departamento de Santa Ana, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su Agencia Ruta Militar, de la ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de AVISA: Que en su Agencia Metrocentro San Miguel, de la ciudad de San Miguel, Departamento de San Miguel, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado No , amparado con el registro No del Depósito a Plazo Fijo, constituido el a 180 días prorrogables, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 10 de Abril de BANCO AGRÍCOLA, S. A. CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. ADMINISTRADOR DE CONDOMINIO 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA ADMINISTRADORA DEL "CONDOMINIO CLINICAS MEDICAS" CERTIFICA: Que en el Libro de Sesiones de Asamblea de Propietarios del CONDOMINIO "CLÍNICAS MEDICAS", a folios 158 y siguientes se encuentra asentada la Sesión Ordinaria número Veintiuno, en Tercera Convocatoria, celebrada en el local Auditórium-Administración, situado en la Veinticinco Avenida Norte, número seiscientos cuarenta en San Salvador, a partir de las dieciocho horas del día veinticinco de marzo de dos mil quince, en la que consta el PUNTO NÚMERO ONCE, que literalmente dice: BANCO AGRÍCOLA, S. A. PUNTO NÚMERO ONCE: CARMEN FERNÁNDEZ, GERENTE DEPTO. DE DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F Nombramiento del Administrador Propietario para el período Sometido a consideración el acuerdo fue elegir por un año como Administrador Propietario y consecuentemente el cargo de Representante Legal a la Dra. INÉS LÓPEZ DREYFUS. Dicho acuerdo fue tomado por unanimidad de los Propietarios presentes o representados, la Dra. Inés López Dreyfus, expresó su aceptación al cargo.

70 70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Nombramiento del Administrador Suplente. Sometido a consideración el acuerdo fue elegir por un año como Administrador Suplente al Dr. JULIO CÉSAR ECHEGOYÉN HERRERA. Dicho acuerdo fue tomado por todos los presentes y representados y una abstención. El Dr. Julio César Echegoyén Herrera, expresó su aceptación al cargo. Y en cumplimiento a lo ordenado por el Art. 31, de la Ley de Propiedad Inmobiliaria por Pisos y Apartamentos, se libra la presente para ser remitida al Diario Oficial y sea publicada hasta por tercera vez en el mismo. En San Salvador, a los diez días del mes de abril de dos mil quince. DRA. INÉS LÓPEZ DREYFUS, ADMINISTRADORA CONDOMINIO CLÍNICAS MÉDICAS. 3 v. alt. No. C DE PROPIETARIOS. La infrascrita secretaria de la ASAMBLEA GENERAL DE PROPIETA- 3 v. alt. No. F RIOS DEL CONDOMINIO RESIDENCIAL D' LA MASCOTA. CERTIFICA: Que en el libro de actas de la Asamblea General del Condominio Residencial D' La Mascota, se encuentra la que literalmente dice: "En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas treinta minutos del día trece de enero de dos mil quince, de acuerdo a la convocatoria realizada por el Juzgado Tercero de lo Civil y Mercantil, de este departamento, según resolución de fecha once de diciembre de dos mil catorce, con referencia número MRDV-3CM3, procedemos previa convocatoria a instalar en este acto la Asamblea General de Propietarios de conformidad al Reglamento de Administración, inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de San Salvador, a la matrícula número SEIS CERO CUATRO DOS CUATRO CINCO DOS TRES y a la Agenda siguiente: PUNTO UNO. Verificación de quórum, PUNTO DOS. Elección de Junta Directiva para el período de dos años, cumpliéndose el quórum establecido en la primera convocatoria y declarándose electos por mayoría absoluta de votos: Presidente: señor BENJAMÍN VIDES DENEKE, de setenta y ocho años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad cero cero cero tres uno uno nueve tres-cero; Secretaria: señora GLORIA MARINA LÓPEZ PINTO DE SALAZAR, de setenta y un años de edad, Ama de Casa, del domicilio de San Salvador, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero cero uno seis cinco siete cuatro siete-ocho; y Vocales: ROBERTO REINALDO SOL DE POOL, de sesenta y tres años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero dos millones treinta y siete mil cuatrocientos cuarenta y dos-nueve; PATRICIA MARGARITA HASBUN DE SIMAN, de cuarenta y nueve años de edad, Técnico en computación, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con documento Único de Identidad número cero cero seis siete cinco cinco tres nueve-cuatro, y OSCAR HENRÍQUEZ PORTILLO, de setenta y cuatro años de edad, Ejecutivo de Empresas, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad cero dos cero uno cuatro cinco nueve cero-uno, y no habiendo más que hacer constar damos por terminada la presente y fue leída en voz alta, clara y pausada por la Secretaria de la Asamblea General de Propietarios, la ratificamos y firmamos". Es conforme con su original con el cual se confrontó y para hacer presentada al Ministerio de Gobernación, extiendo, firmo y sello la presente certificación, a los catorce días del mes de enero de dos mil quince. GLORIA MARINA LÓPEZ PINTO DE SALAZAR, SECRETARIA DE LA ASAMBLEA GENERAL EL INFRASCRITO ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO TORRE MAQUILISHUAT. HACE SABER: Que en sesión de Asamblea General ordinaria de Propietarios del Condominio Torre Maquilishuat, celebrada el 25 de marzo de 2015, fue nombrado Administrador Propietario del Condominio, el señor JORGE ANTONIO GUERRA y Administrador Suplente el Dr. ROBERTO BENJAMIN POSADA SANDOVAL. Lo que hace saber para los usos legales convenientes. San Salvador, a los catorce días del mes de abril de dos mil quince. Atentamente, JORGE ANTONIO GUERRA, ADMINISTRADOR PROPIETARIO. 3 v. alt. No. F

71 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 41. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALEXANDRA MARIA TORRES CAÑAS, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: las palabras LITTLE HOMEWORK y diseño, que se traduce al castellano como PEQUEÑA TAREA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN, ENTRE- TENIMIENTO, ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día diecisiete de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de febrero del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MÉNDEZ, REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JACQUE- LINE NOEMI CAMPOS PEÑA, en su calidad de APODERADO de Akita, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, La solicitud fue presentada el día cuatro de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dieciséis de febrero del año dos mil quince. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado YENNI LISSETH ECHEVERRIA, en su calidad de APODERADO de Anhui Jianghuai Automobile Group Co., Ltd., de nacionalidad CHINA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: un diseño, que servirá para: AMPARAR: PUBLICI- DAD, SERVICIOS DE MERCADEO Y PROMOCIÓN EN EL RAMO DE VENTAS DE VEHÍCULOS DE MOTOR, A SABER, CAMIONES, AUTOS DEPORTIVOS, AUTOBUSES, VEHÍCULOS ELÉCTRICOS; AGENCIAS DE EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN EN EL RAMO DE VEHÍCULOS DE MOTOR, PARTES, REPUESTOS Y ACCESO- RIOS RELACIONADOS; ASISTENCIA COMERCIAL, SERVICIOS DE ASESORÍA Y CONSULTORÍA EN EL RAMO DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y ACCESORIOS RELACIONADOS. Clase: 35. La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. Consistente en: la palabra CHARTIS y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE SEGUROS Y FINANCIEROS. Clase: 36. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

72 72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MARCA DE PRODUCTO No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 18, 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CHI CHAN WANG, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL de MAXXIZA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: MAXXIZA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: la expresión GUXX Z y diseño, que servirá para: AMPARAR: SOMBRILLA, PARAGUAS, NORMAL, MINI, BAS- TON Y PLAYA, DE UNA TELA Y DOBLE TELA. Clase: 18. Para: AMPARAR: GORRAS, BOINAS DE TELA, PLÁSTICA, LONA Y MALLA, HOMBRE, MUJER Y NIÑO. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinticinco de marzo del año dos mil quince. DAVID ANTONIO CUADRA GÓMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de QUALA, INC., de nacionalidad INGLESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, MEGA MONSTER Consistente en: las palabras MEGA MONSTER, que al idioma castellano se traducen como gran monstruo, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LAVAR LA ROPA; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR; JABONES; PRODUCTOS DE PERFUMERÍA, ACEITES ESENCIALES, COSMÉTICOS, LOCIONES CAPILARES; DENTÍFRICOS. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día once de septiembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil catorce. GEORGINA VIANA CANIZALEZ, REGISTRADORA. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LACTEOS CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras Centrolac Yohgur y diseño, que servirá para: AMPARAR: YOGURT. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día quince de octubre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veinte de octubre del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

73 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 29. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado LUIS ERNESTO GUANDIQUE CHAVEZ, en su calidad de APODERADO de LACTEOS CENTROAMERICANOS, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad NICARAGÜENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Lela Consistente en: la palabra Lela, que servirá para: AMPARAR: LECHE LÍQUIDA Y EN POLVO. PRODUCTOS LÁCTEOS Y DE- RIVADOS. LECHE DE SOYA, LECHE DE ARROZ, SUERO DE LECHE, YOGURES. Clase: 29. La solicitud fue presentada el día veintiuno de octubre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintisiete de octubre del año dos mil catorce. LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELÁSQUEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. F EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado JACQUE- LINE NOEMI CAMPOS PEÑA, en su calidad de APODERADO de ACORDA THERAPEUTICS, INC., de nacionalidad ESTADOUNI- DENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, La solicitud fue presentada el día veintiséis de agosto del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, once de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SÁNCHEZ VÁSQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado CARLOS RENE CHAVEZ AYALA, de nacionalidad SALVADOREÑA y JOSE ULISES FUENTES MONTANO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en calidad de PROPIETARIOS, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: las palabras DOG STAR y diseño, se traduce al castellano como PERRO ESTRELLA COMPAÑIA DE ROPA, que servirá para: AMPARAR: ROPA. Clase: 25. La solicitud fue presentada el día veintitrés de julio del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de octubre del año dos mil catorce. FAMPYRA Consistente en: la palabra FAMPYRA, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS Y BIOLÓGICAS UTI- LIZADAS EN EL TRATAMIENTO DE LESIONES EN LA MÉDULA ESPINAL, ESCLEROSIS MÚLTIPLE Y OTROS TRASTORNOS O CONDICIONES NEUROLÓGICAS. Clase: 05. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCÍA MARGARITA GALÁN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

74 74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 DE TERCERA PUBLICACIÓN ACEPTACION DE HERENCIA Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL del Distrito Judicial de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las quince horas y veinte minutos del día cinco de marzo de dos mil quince, con el mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, de las quince uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias, horas y quince minutos del día seis de marzo de dos mil quince, con el y con el informe procedente de la Oficialía Mayor de la Corte Suprema mérito de los documentos presentados adjuntos a la solicitud de folios de Justicia, agregado a folios 27. Se le declara heredero expresamente y uno al tres, los cuales aparecen agregados en las presentes diligencias, con beneficio de inventario de la herencia intestada que al fallecer a las y con el informe procedente de la Oficialía Mayor de la Corte Suprema tres horas del día cinco de diciembre del año dos mil doce, en el Hospital de Justicia, agregado a folios 26. Se le declaró heredero expresamente Nuestra Señora de La Paz, de la ciudad de San Miguel, siendo su último domicilio la ciudad de Pasaquina, de este Distrito, Departamento de La y con beneficio de inventario, de la herencia intestada que al fallecer Unión, dejó la causante Clara Enma Fuentes Robles, conocida por Clara a las trece horas y cincuenta minutos del día diecinueve de septiembre Emma Fuentes, y por Clara Enma Fuentes, de parte del señor Domingo del año dos mil trece, en el Hospital San Francisco, siendo la ciudad Escobar Guevara, en concepto de cesionario de los derechos hereditarios de Lislique, de este Distrito, Departamento de La Unión, su último que en la referida sucesión les correspondían a los señores Santos Ovidio domicilio dejó el causante José María Méndez Villatoro o José María Fuentes Escobar, Amílcar Concepción Fuentes Escobar, Blanca Deysi Méndez, de parte del señor José Vicente Joya Méndez, en concepto de Fuentes Escobar, conocida por Blanca Deisy Fuentes Escobar, y René hijo sobreviviente del referido causante, de conformidad con el Artículo Antonio Fuentes Escobar, quienes son hijos sobrevivientes de la referida 988 numeral 1 del Código Civil. Y en concepto de cesionario de los causante, de conformidad con el Artículo 1699 del Código Civil. derechos hereditarios que en la referida sucesión les correspondían a los Se le confiere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada señores Vicente del Carmen Joya de Fuentes y Fernando Méndez Cruz o Fernando Méndez, la primera en su concepto de hija sobreviviente y sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia el segundo en concepto de padre sobreviviente del referido causante, de yacente. conformidad con el artículo 1699 del Código Civil. Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los nueve días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO Se le confiere al heredero declarado en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEPsucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia CION MARTINEZ, SECRETARIA. yacente. 3 v. alt. No. C Extiéndase para las publicaciones los edictos correspondientes. Librado en el Juzgado de lo Civil: Santa Rosa de Lima, a los diez días del mes de marzo de dos mil quince.- LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. MARINA CONCEP- CION MARTINEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, Cartulario, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Oficina Notarial ubicada en Urbanización Santa Adela, Pasaje tres, casa número catorce, de la ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador; al público para los efectos de Ley. HACE SABER: Que por resolución proveída por el escribano firmante, a las diecisiete horas quince minutos del veinticuatro de marzo

75 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de del año que transcurre, se ha tenido por aceptada expresamente y con KARLA MARÍA REGINA MURCIA CARRILLO, JUEZA QUINTO DE beneficio de inventario, la Herencia Intestada relicta a su defunción por LO CIVIL Y MERCANTIL (3) DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. el causante señor NEFTALI AMERICO ALFARO FIGUEROA, quien fue de cuarenta y tres años de edad, soltero, de Nacionalidad Salvadoreña, Panificador de oficio, originario de San Salvador, Departamento de San HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución Salvador, quien falleció en el Hospital Nacional Molina Martínez de la de este Juzgado de las once horas y veinte minutos del día veintisiete de Ciudad de Soyapango, Departamento de San Salvador, a las dos horas febrero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con y cero minutos del día veintiocho de diciembre del año dos mil catorce, beneficio de inventario de parte de la señora MARÍA ILDA MARCIA siendo su último domicilio la Ciudad de San Martín, Departamento de HERNÁNDEZ, conocida por MARÍA HILDA MARCIA HERNÁN- San Salvador; de parte de la señora ROSA ALICIA FIGUEROA VIU- DEZ y por MARÍA ILDA MARCIA, mayor de edad, pensionada o DA DE ALFARO, quien es de sesenta y siete años de edad, de oficios jubilada, del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, domésticos, Viuda, de Nacionalidad Salvadoreña, del domicilio de la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSÉ Soyapango, Departamento de San Salvador, quien posee el Documento Único de Identidad número: cero dos dos seis tres cero cuatro ocho - uno; EDGARDO CARBAJAL, conocido por JOSÉ EDGARDO MARCIA con Número de Identificación de Tributaria: cero seiscientos catorce - HERNÁNDEZ CARBAJAL y por JOSÉ EDGARDO CARBAJAL doscientos setenta y un mil ciento cuarenta y siete - ciento uno - cinco; MARCIA, quien a la fecha de su defunción era de treinta y siete años y de la señorita GABRIELA MARIA ALFARO OSORIO, quien es de de edad, soltero, de nacionalidad salvadoreña, originario del municipio veinte años de edad, estudiante, soltera, de Nacionalidad Salvadoreña, de San Salvador, Departamento de San Salvador, quien falleció en la del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, titular ciudad de El Monte, Los Ángeles, California, de los Estados Unidos de del Documento Único de Identidad número: cero cinco cero cuatro nueve América, el día veintidós de enero de dos mil tres; aceptación que hace la ocho seis dos - siete, con Número de Identificación Tributaria: cero señora MARÍA ILDA MARCIA HERNÁNDEZ, conocida por MARÍA seiscientos ocho - doscientos veinte mil novecientos noventa y cuatro- HILDA MARCIA HERNÁNDEZ y por MARÍA ILDA MARCIA, en ciento nueve - nueve; la primera en su calidad de madre del causante y su calidad de madre del mencionado causante, Arts. 988 ordinal 1 y la segunda en concepto de hija del de cujus del Código Civil. Confiriéndose a las aceptantes la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores Y se le ha conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los de la herencia yacente. curadores de la Herencia Yacente, Art. 480 Código Civil. Por lo que por este medio se hace del conocimiento al público, para que los que se crean con igual o mejor derecho a la iterada Herencia se presenten a mi oficina notarial a probar dicha circunstancia, dentro de los quince días contados, desde el siguiente al de la tercera publicación del edicto hecho en el Diario Oficial. Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a ejercerlo en el término de QUINCE DÍAS, contados a partir del siguiente a la tercera publicación del presente edicto. Librado en San Salvador, departamento de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de marzo de dos mil quince. JORGE ROBERTO BURGOS GONZÁLEZ, CARTULARIO. LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL: San Salvador, a las doce horas del día veinticuatro de marzo de dos mil quince.- LICDA. KARLA MARÍA REGINA MUR- CIA CARRILLO, JUEZA QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL (3).- LICDA. TATIANA VILMA MERCEDES CÁCERES RUBIO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. F

76 76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, Notario, con oficina Jurídica en Octava Avenida Norte, número ocho, colonia Granillo de esta ciudad. HACE SABER: Que en diligencias de Aceptación de Herencia Intestada, que ante mis oficios de Notario promueve ANA MARGARITA ARANIVA DE GAITAN, que por resolución de las catorce horas del seis de Abril del corriente año, se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario la Herencia Intestada, que a su defunción dejó el señor LAZARO FLORES COLATO, conocido por LAZARO FLORES y por LAZARO FLORES PORTILLO, de ochenta y dos años de edad, Carpintero, casado con GREGORIA DE JESUS ARANIVA, sobreviviente, siendo su último domicilio UNIONDALE NUEVA YORK, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y en este país su último domicilio la Ciudad de Chinameca de este Departamento, falleciendo a las dieciocho horas y veinte minutos del siete de Febrero del dos mil diez, a consecuencia de accidente de Tránsito, quien falleciera en forma intestada, de parte de la señora ANA MARGARITA ARANIVA DE GAITAN, en su calidad de hija y como cesionaria de los derechos hereditarios que les corresponden a GREGORIA DE JESUS ARANIVA, en concepto de esposa, ROSA 3 v. alt. No. F JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución dictada en este Tribunal, a las catorce horas siete minutos del día veintiocho de enero de dos mil quince, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor LUIS ALONSO PEREZ CARTAGENA, NIT cero cinco uno dos-uno seis cero siete cinco dos-cero cero dos-tres, quien fue de cincuenta años de edad, Contador, Casado, del domicilio de Quezaltepeque, departamento de La Libertad, siendo Quezaltepeque su último domicilio, fallecido el día veintidós de agosto de dos mil dos; de parte de las señoras MIRNA ELIZABETH GIL viuda DE PEREZ, NIT cero cinco uno dos-uno siete cero nueve siete cero-uno cero uno-cero; ANA GABRIELA PEREZ GIL, NIT cero cinco uno dos-dos tres uno uno ocho nueve-uno cero uno-cero, y ALEJANDRA MARIA PEREZ GIL, NIT cero seis cero dos-cero siete cero tres nueve dos- uno cero uno-uno; la primera en concepto de Cónyuge, y las dos restantes en concepto de hijas, todas sobrevivientes del causante, primera categoría, Art. 988 C.C. a quienes se les ha conferido la administración y representación INTERINA, de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público en general para que todo el que tenga derecho en la presente sucesión se apersone al Juzgado, a hacer valer el mismo durante el término de quince días después de la presente publicación y demás efectos de Ley. Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce horas doce minutos del día veintiocho de enero de dos mil quince.- LIC. JAVIER ROLANDO ALVARADO ALVARADO, JUEZ DE LO CIVIL INTO.- LIC. EFRAIN EDGARDO AVELAR BERMUDEZ, SECRE- TARIO. GRACIELA LERNER conocida por ROSA GRACIELA ARANIVA FLORES y ESTELA ANDERSON conocida POR PETRONILA ESTELA 3 v. alt. No. F ARANIVA FLORES, en concepto de hijas sobrevivientes, del referido causante, a quien se le ha conferido la Administración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley. LICDA. AMADA LIBERTAD INFANTOZZI FLORES, Jueza de lo San Miguel, a los siete días del mes de Abril del año dos mil Civil Suplente de este Municipio Judicial. quince. HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, LIC. ANA FRANCISCA FUENTES DINARTE DE ZAPATA, a las diez horas con veinte minutos del día dos de Marzo del año dos NOTARIO. mil quince.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la Ciudad de San Salvador, Departamento de San Salvador, el día veinticuatro de Octubre del año dos mil trece, siendo su último domicilio la Ciudad de Santo Tomás, dejó la causante LUCRECIA RAMIREZ ESPINOZA conocida por LUCRECIA RAMIREZ y por LUZ RAMIREZ ESPINOZA, de parte de los señores ANA ELSA RAMIREZ, AIDA NUBIA RAMIREZ, NORMA CECILIA REYES RAMIREZ conocida por NORMA CECILIA REYES, DELMY YOLANDA REYES DE MORENO y CELEDONIO DÍAZ, todas en su calidad de hijas y el último como cónyuge sobreviviente de la referida causante. Confiérase a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención, para que transcurridos que sean quince días contados, desde el siguiente a la tercera publicación del edicto respectivo, concurran a este Tribunal a hacer uso de sus derechos.

77 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Publíquese en el Diario Oficial el edicto que ordena la ley. LIBRADO EN EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: JUCUAPA, A LAS CATORCE HORAS Y DIEZ MINUTOS DEL Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de DIA VEINTISEIS DE ENERO DE DOS MIL QUINCE.- LIC. OSCAR ley. NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, a las doce horas con veinte minutos del día RODOLFO ANTONIO CASTRO, SECRETARIO. seis de marzo del año dos mil quince.- LICDA. AMADA LIBERTAD 3 v. alt. No. F INFANTOZZI FLORES, JUEZA DE LO CIVIL SUPLENTE.- LIC. ANTONIO CORTEZ GOMEZ, SECRETARIO. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI- 3 v. alt. No. F MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. HACE SABER: Que por resolución de las diez horas con quince minutos del día nueve de Marzo del dos mil quince, se ha tenido por OSCAR NEFTALI ESCOLERO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA aceptada y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUCUAPA. defunción dejó la causante MARIA ELENA ACOSTA DE LOPEZ, quien falleció a las veinte horas con treinta minutos del día cuatro de HACE SABER: Que por resolución proveída en este Juzgado, a las noviembre de dos mil seis, en el Barrio Santa Ana del Municipio de catorce horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con San Francisco Lempa; siendo ese Municipio su último domicilio; de beneficio de inventario de la herencia INTESTADA que a su defunción parte de ALEJANDRO ANTONIO LOPEZ ACOSTA, en calidad de dejó el señor NELSON BENJAMIN LIZAMA MONTANO, quien fue hijo sobreviviente y como Cesionario de los Derechos Hereditarios que de veintiséis años de edad, casado, Motorista, originario y residente en le correspondían a MARLON OSMIN DIAZ ACOSTA, FLOR DE Jucuapa, departamento de Usulután, de nacionalidad salvadoreña, hijo MARIA LOPEZ ACOSTA y NARDO ANTONIO LOPEZ, los primeros de Rosa Emilia Montano, y de Dolores Román Lizama, sobrevivientes; como hijos sobrevivientes y el último como cónyuge sobreviviente de quien falleció a las veinte horas y veinte minutos del día veintisiete de la causante. mayo del año dos mil catorce, en el caserío Santa Catarina, Cantón El Nancito, jurisdicción de Lolotique, Departamento de San Miguel, siendo su último domicilio Jucuapa, Departamento de Usulután, de parte de la de la Herencia Yacente. señora CECIA RAQUEL GARCIA DE LIZAMA, de veinticinco años de edad, costurera, del domicilio de ciudad Jucuapa, Departamento de Usulután, con Documento Único de Identidad número CERO CUATRO UNO SIETE NUEVE UNO DOS OCHO - OCHO; y con Número de Identificación Tributaria: UNO DOS UNO SIETE-DOS CERO CERO SIETE OCHO NUEVE-UNO CERO NUEVE - DOS, en concepto de CONYUGE y en REPRESENTACION, de los derechos hereditarios que le corresponden a las menores VILMA JUDITH y PRISCILA RAQUEL ambas LIZAMA GARCIA, en concepto de HIJAS del causante.- Art. 988 Inc. 1., del Código Civil.- Confiérase a la heredera declarada en el carácter indicado la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.- Fíjese y publíquese los edictos de ley y oportunamente TITULO DE PROPIEDAD extiéndase la certificación solicitada. Se confiere al heredero declarado la administración y representación interina de la herencia, con las facultades y restricciones de los Curadores Lo que se pone del conocimiento del público, para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Chalatenango, a las diez horas con cuarenta minutos del día nueve de Marzo del dos mil quince.- LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. EDWIN EDGARDO RIVERA CASTRO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F Y CITA: A los que se crean con derecho a la herencia referida, para que se presenten a deducirlo dentro del término de quince días a partir del siguiente al de la tercera publicación del presente edicto. Lo que se pone en conocimiento del público, para los efectos de Ley. WILLIAM SIGFREDO GUERRA MORENO, Alcalde Municipal del Municipio de San Luis del Carmen, Departamento de Chalatenango. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ELVA DEL CARMEN BARRERA viuda DE FIGUEROA, solicitando Título de

78 78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Propiedad y Dominio a su favor un inmueble el cual está situado en ocho uno dos dos cinco-siete; con Número de Identificación Tributaria Barrio El Calvario, quinta calle poniente, de este Municipio, con una cero setecientos siete-ciento noventa mil cuatrocientos ochenta-ciento Extensión superficial de Ciento Diecisiete punto Treinta y Seis Metros uno-uno; solicitando Título de Propiedad, de un Solar Urbano, situado en el Barrio Concepción de San Bartolomé Perulapía, Departamento de Cuadrados y tiene los Linderos Siguientes: Lindero Poniente, Partiendo Cuscatlán, de la extensión superficial de CIENTO NOVENTA Y CINCO del Vértice sur poniente está formado por un tramo recto con rumbo PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las Norte seis grados nueve minutos, veinticuatro segundos este y una medidas y linderos siguientes: LINDERO NORTE, partiendo del vértice distancia de quince punto cincuenta y ocho metros; Lindando por este Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y rumbo con Francisco Raúl Barrera Fuentes. Lindero Norte, Partiendo distancias: Tramo uno, Sureste sesenta y nueve grados dieciocho minutos del vértice Norponiente, formado por un tramo recto, con rumbo sur cuarenta y ocho segundos, con una distancia de nueve punto ochenta y setenta y cuatro grados cuarenta y tres minutos cero segundos este y dos metros; Tramo dos, sureste setenta y seis grados veintidós minutos una distancia de ocho punto cero metros, lindando por este rumbo con cincuenta y cuatro segundos, con una distancia de once punto treinta Herminia del Carmen Alas Rodríguez. Lindero Oriente, Partiendo del y un metros, colindando con terrenos de Griselda Guadalupe Antonio de Navas y José Matías Navas. LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente, está formado por un tramo recto con rumbo sur seis vértice Nor Oriente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Suroeste veintiún grados catorce minutos grados cincuenta y nueve minutos treinta y ocho segundos oeste y una distancia de catorce punto cincuenta y dos metros; lindando por este cero cuatro segundos, con una distancia de diez punto treinta y cuatro rumbo con María Emma Salina de Mejía y José Antonio Mejía. Lindero metros, colindando con terrenos de Griselda Guadalupe Antonio de Sur, Partiendo del vértice Suroriente está formado por un tramo recto con Navas y José Matías Navas. LINDERO SUR, partiendo del vértice rumbo Norte, ochenta y dos grados dieciocho minutos, diez segundos Sur Oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y oeste y una distancia de siete punto sesenta y nueve metros; lindando por distancias: Tramo uno, Noroeste sesenta y nueve grados cincuenta y un este rumbo con Diócesis de Chalatenango quinta calle poniente de por minutos veintisiete segundos, con una distancia de diez punto sesenta y dos metros; Tramo dos, Noroeste sesenta y siete grados cuarenta y medio, llegando al vértice donde se inició la presente descripción.- II) Que ocho minutos cuarenta y tres segundos, con una distancia de diez punto el terreno descrito no es dominante, ni sirviente, ni está en proindivisión veintiocho metros, colindando con terrenos de Alejandra Hernández de y no tiene cargas o derechos que pertenezcan a terceras personas; desde Alfaro. Y LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur Poniente su adquisición hace más de quince años he poseído el referido terreno está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: Tramo en forma quieta, pacífica y no interrumpida, por compra verbal que le uno, Noroeste veinte grados veintiún minutos treinta y dos segundos, hice a mi padre FRANCISCO BARRERA, el inmueble descrito no tiene carga, ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión con nadie. El que es valorado en MIL DOLARES DE LOS ESTADOS con una servidumbre de por medio de uno punto cincuenta metros de UNIDOS DE AMERICA. ancho, constituida de Oriente a Poniente, para dar salida al señor RENE ESTANLEY BELTRAN ANTONIO, conocido por RENE STANLEY Alcaldía Municipal: San Luis del Carmen 18 de febrero de BELTRAN ANTONIO, de las generales antes mencionadas; Así se WILLIAM SIGFREDO GUERRA MORENO, ALCALDE MUNICI- llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. PAL.- MARIA MARGOTH JACOBO DE CARDOZA, SECRETARIA Existe una pequeña construcción de sistema mixto. El inmueble Urbano MUNICIPAL. antes descrito no tiene cargas, ni derechos reales de ajena pertenencia, 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO SEÑOR ALCALDE MUNICIPAL. HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el Licenciado MANUEL DE JESUS SERVELLON RIVERA, en Calidad de Apoderado General Judicial con Cláusula Especial del señor RENE ESTANLEY BELTRAN ANTONIO, conocido por RENE STANLEY BELTRAN ANTONIO, de treinta y cuatro años de edad, Motorista, del domicilio de San Bartolomé Perulapía, persona que no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número cero cero ocho con una distancia de ocho punto sesenta y ocho metros, colindando con terrenos de Griselda Guadalupe Antonio de Navas y José Matías Navas, no está en proindivisión con nadie, es dominante, y no es sirviente. Dicho inmueble lo obtuvo por Compraventa que hizo a los señores JOSÉ MATIAS NAVAS, y GRISELDA GUADALUPE ANTONIO DE NAVAS, mediante documento privado el cual no fue inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, por carecer de antecedente inscrito, por lo que dicho inmueble lo valúa en la cantidad de MIL DOLARES. Todos los colindantes son de este domicilio, lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley. Alcaldía Municipal: San Bartolomé Perulapía, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil catorce.- LIC. CRISTIAN MARVIN SERMEÑO ARIAS, ALCALDE MUNICIPAL.- JUAN RICARDO VASQUEZ GUZMAN, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F

79 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de TITULO SUPLETORIO ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Librado en el Juzgado de lo Civil: La Unión, a los diecisiete días del mes de febrero de dos mil quince.- LIC. ROGELIO HUMBERTO ROSALES BARRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. JORGE ALBERTO PEREZ, SECRETARIO. HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licenciada ESTHER MARIA LOPEZ MOLINA, como Apoderada General Judicial con Cláusula Especial del señor GELVIN NAUN CASTRO, de treinta y nueve años de edad, Empleado, del domicilio de Cantón Santa Cruz, Jurisdicción de San Alejo, Departamento de La Unión, y del de Virginia, Estados Unidos de América, solicitando se le extienda a su representado TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, de la Capacidad superficial de TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, situado en el Cantón Santa Cruz, Municipio de San Alejo, Departamento de La Unión, de las medidas y linderos siguientes: AL ORIENTE: Línea regular de un tramo recto, así desde el mojón uno con distancia de veinticuatro punto cuarenta y cinco metros y con rumbo Sur cero grados mojón dos colindando en este tramo con calle de acceso de por medio con Hilda Coreas Torres y cerco de púas; AL SUR: Línea regular de un tramo recto, así desde el mojón dos con distancia de veintidós punto cero cinco metros, y con rumbo Norte setenta y seis grados dos punto cero cero minutos cincuenta y un segundo oeste, se llega hasta el mojón tres colindando en este tramo con calle principal a San Alejo de por medio con Osmín Eugenio Martínez y cerco de púas; AL PONIENTE: Línea regular de un tramo recto, así, desde el mojón tres con distancia de diez punto diez metros y con rumbo Norte siete grados treinta y dos punto cero cero minutos cincuenta y seis segundos Oeste, se llega hasta el mojón cuatro, colindando en este tramo con entrada de por medio con Severo Parada y cerco de púas; AL NORTE: Línea regular de dos tramos rectos, así desde el mojón cuatro con distancia de quince punto cero dos metros con rumbo norte sesenta y cuatro grados cuarenta y seis punto cero cero minutos cincuenta y un segundos Este, se llega hasta el mojón cinco, desde el mojón cinco con distancia de nueve punto sesenta y cuatro metros, con rumbo Norte setenta y tres grados treinta y seis punto cero cero minutos cuarenta y siete segundos, este se llega hasta el mojón uno desde donde se describe el inmueble colindando en estos tramos con Delsa Iris González y cerco de púas; valuándolo en la suma de DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y lo adquirió por compraventa verbal que le hizo a su madre señora Margarita Castro, desde el diez de enero del año mil novecientos noventa y nueve. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN FRANCISCO GOTERA, DE- PARTAMENTO DE MORAZAN, AL PUBLICO PARA EFECTOS DE LEY. HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, como Apoderada General Judicial de la señora SECUNDINA RIVERA, a solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Morenos, Cantón Corralito, Jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán; de la capacidad superficial de SEIS MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: dieciséis punto cero cero minutos cinco segundos oeste se llega hasta el AL NORTE; Consta de cinco tramos rectos con las siguientes distancias; Cero ocho punto treinta y dos metros, cero nueve punto veintiuno metros, treinta y tres punto trece metros, cero nueve punto sesenta y seis metros, cero cinco punto noventa y cinco metros, colindando con Ceferina Alvarenga, quebrada de por medio y con Nicolás Hernández, cerco de alambre espigado de por medio. AL ORIENTE Consta de quince tramos rectos con las distancias consecutivas siguientes; Catorce punto treinta y ocho metros, cero ocho punto veintisiete metros, cero cinco punto sesenta y cuatro metros, cero ocho punto cuarenta y siete metros, cero seis punto veintitrés metros, cero siete punto trece metros, cero dos punto cero seis metros, cero nueve punto veintiséis metros, diez punto treinta y tres metros, cero cuatro punto cero cinco metros, cero ocho punto treinta metros, diez punto noventa y cinco metros, cero seis punto ochenta y nueve metros, cero cinco punto cuarenta y siete metros, cero cinco punto cero cinco metros, colindando en este sector con Hilaria Rivera, cerco de alambre espigado de por medio AL SUR; Consta de dos tramos rectos con las siguientes distancias consecutivas: Veinticinco punto sesenta y dos metros, veintiocho punto veintisiete metros, colindando en todo este sector con Hilaria Rivera, cerco de alambre espigado de por medio. AL PONIENTE Consta de seis tramos rectos con las distancias consecutivas siguientes: Diecinueve punto veintidós metros, distancia de cero tres punto cincuenta y dos metros, quince punto diecinueve metros, diecinueve punto cero cuatro metros, veinticinco punto doce metros, veinticinco punto ochenta y seis metros; colindando en todo este sector con terreno de Juan Alvarenga, cerco de alambre espigado de por medio, dicho terreno lo adquirió por medio de Compraventa de Posesión Material que le hizo a la señora MARIA CASIMIRA RIVERA VIUDA DE HERNANDEZ; se estima en el precio de TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

80 80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, Departamento de Morazán; a los veintidós días del mes de febrero del dos mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2 o. DE 1 a. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLE- SIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a las nueve horas y treinta y cinco minutos del día veinte de febrero mil quince.- LIC. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2 o. DE 1 a. INSTANCIA.- LICDA. KARINA ELIZABETH IGLESIAS DE NAVARRO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F v. alt. No. F LICENCIADO JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley. MARCA DE FABRICA HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Licenciada ELIZABETH DEL ROSARIO MENDEZ DIAZ, como Apoderada General Judicial de la señora CORINA CANALES DE AMAYA, a No. de Expediente: solicitar a favor de ésta TITULO SUPLETORIO, sobre: un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón San Felipe, Municipio de Corinto, No. de Presentación: Departamento de Morazán, con una capacidad superficial de CUATRO- CLASE: 07. CIENTOS OCHENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS, con rumbos, linderos y colindancias siguientes: Lindero Norte, partiendo del vértice Nor Poniente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo Uno, Noreste setenta y siete grados diecisiete minutos cero seis segundos con una distancia de cinco punto setenta y siete metros, Tramo dos, Sureste treinta y nueve grados cuarenta y siete minutos cuarenta y seis segundos con una distancia de quince punto cuarenta metro, colindando con terreno de Nicolás Canales, con cerco de púas de por medio; Lindero Oriente, partiendo del vértice Nor Oriente, está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, suroeste cero seis grados cincuenta y siete minutos cincuenta y un segundos con una distancia de dieciocho punto setenta y cuatro metros, colindando con terrenos de Ángel Canales, con cerco de púas de por medio; Lindero Sur, partiendo del vértice sur oriente está formado por dos tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Noroeste ochenta y dos grados cuarenta y seis minutos treinta y cuatro segundos con una distancia de siete punto diecinueve metros; tramo dos, Noroeste sesenta y cinco grados cuarenta y tres minutos diez segundos con una distancia de dieciséis punto veintisiete metros, colindando con terreno de Ángel Canales, con muro de Block y malla; Lindero Poniente, partiendo del vértice Sur Poniente está formado por un tramo con los siguientes rumbos y distancia: Tramo uno, Noreste veintidós grados cero cuatro minutos trece segundos con una distancia de veintitrés punto veintisiete metros, colindando con otro terreno de Cipriana Hernández, con muro de Block y malla y calle que conduce a Sociedad de por medio; así se llega al vértice Nor Poniente, que es donde se inició la descripción. El inmueble anteriormente relacionado lo valora en la cantidad de UN MIL CUATROCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA; y lo adquirió por medio de compraventa de la posesión material por escritura pública que le efectuó la señora CIPRIANA HERNANDEZ RIVERA. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de VOLVO TRADEMARK HOLDING AB, de nacionalidad SUECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA, Consistente en: la palabra VOLVO y diseño, que servirá para: AMPARAR: MOTORES (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRES- TRES), INCLUIDOS LOS MOTORES MARINOS, MOTORES DE AERONAVES, MOTORES PARA USO INDUSTRIAL, AGRÍCOLA Y FORESTAL, MOTORES ESTACIONARIOS DE COMBUSTIÓN, TURBINAS, MOTORES ELECTRICOS; GENERADORES Y ALTER- NADORES ELÉCTRICO; GENERADORES DE ALTA FRECUEN- CIA; LIMPIADORES DE AIRE (FILTROS DE AIRE) PARA LOS MOTORES Y LOS DISPOSITIVOS ANTICONTAMINANTES PARA MOTORES Y MAQUINAS; CARBURADORES, CONVERTIDORES PARA COMBUSTIBLES LÍQUIDOS, INYECTORES, BOMBAS DE INYECCIÓN, BOMBAS DE COMBUSTIBLE, REGULADORES DE

81 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de VELOCIDAD (GOBERNADORES), BOQUILLAS DE INYECCIÓN Y SUJETADORES DE BOQUILLAS, VALVULAS DE MAQUINAS, VAPORIZADORES, ARRANCADORES, SISTEMAS DE ENCENDI- DO (IGNICIÓN), BOBINAS DE ENCENDIDO (IGNICIÓN), BUJÍAS DE INCANDESCENCIA, BUJÍAS, CONECTORES DE BUJÍAS, SONDAS LAMBDA MAGNETOS, SILENCIADORES/MOFLES Y SUPRESORES DE CHISPA PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN; FILTROS DE COMBUSTIBLE, FILTROS DE ACEITE, FILTROS DE AIRE; RODAMIENTOS, COJINETES, EJES, SELLOS DE EJES, ENGRANAJES, RUEDAS MOTRICES, ENGRANAJES DE CAMBIOS DE VELOCIDAD, POLEAS, CADENAS DE TRANSMISIÓN Y LAS CORREAS, RESORTES, FILTROS, BOMBAS, REGULADORES, VÁLVULAS DE ALIVIO, CONTROLES, VENTILADORES Y CO- RREAS DE VENTILADOR, TODOS PARA RADIADORES DE RE- FRIGERACIÓN DE MOTORES, VENTILADORES ENFRIADORES, RADIADORES DE REFRIGERACIÓN, MOTORES DE ARRANQUE, APARATOS DE ALIMENTACIÓN DE COMBUSTIBLE, APARA- TOS DE REFRIGERACIÓN DEL ACEITE, FRENOS, TAPONES PARA RADIADORES DE REFRIGERACIÓN, ACELERADORES, BOMBAS HIDRAULICAS, CILINDROS HIDRÁULICOS, RESER- DE VOLTEO, EXCAVADORAS, ASÍ COMO LAS PARTES DE LOS VORIOS HIDRAULICOS, FILTROS HIDRAULICOS, MOTORES HIDRÁULICOS, TUBOS HIDRAULICOS, VÁLVULAS HIDRAU- LICAS, UNIDADES IMPULSORAS PARA TRANSMISIONES ELEVACIÓN, GRÚAS, MALACATES (CABRESTANTES), CUBOS, HIDRAULICAS, TODO ELLO PARA MAQUINAS Y MOTORES; IMPLEMENTOS DE TIPO GRAPA Y TENEDOR PARA MAQUINAS; ACOPLAMIENTOS DE MAQUINAS Y COMPONENTES DE TRANSMISIONES (EXCEPTO PARA VEHÍCULOS TERRESTRES), PRIMIDO, CILINDROS DE AIRE COMPRIMIDO Y MOTORES DE AIRE COMPRIMIDO, BOMBAS DE ACHIQUE; MAQUINAS PARA TRABAJAR CON METALES Y PLÁSTICOS; MAQUINAS PARA LA INDUSTRIA QUIMICA, PARA LA AGRICULTURA, MINERÍA, MAQUINARIA TEXTIL, MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA DE BEBIDAS; INCUBADORAS DE HUEVOS; IMPLEMENTOS AGRÍCOLAS (NO MANUALES); MAQUINAS DE CONSTRUC- CIÓN; DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS DE CONTROL PARA LA PRODUCCIÓN DE TECNOLOGIA Y LOS SERVOCONDUCTORES, CONTROLADORES PROGRAMABLES; MÁQUINAS PARA LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ; MAQUINAS HERRAMIENTAS Y ASI MISMO HERRAMIENTAS; HERRAMIENTAS ELECTRICAS Y SUS ACCESORIOS DE ACOPLE; ABRIDORES DE LATAS ELÉCTRI- COS; GATOS HIDRAULICOS DE ELEVACIÓN, ALINEADORES DE CARROCERÍAS Y MARCOS; MAQUINAS DE EMBALAJE Y ETIQUETADO, TRANSPORTADORES, CINTAS TRANSPORTADO- RAS; MAQUINAS DE CARGA Y MANEJO PARA EL PRENSADO DE LAS PLANTAS Y LAS FUNDICIONES Y MAQUINAS PARA EL MECANIZADO DE PIEZAS EN BRUTO; CARGADORES, CUERPOS MISMOS, INCLUIDOS LOS COMPONENTES Y ACCESORIOS PARA ESTOS PRODUCTOS; APARATOS HIDRAULICOS DE MÁQUINAS PARA TRABAJAR LA MADERA INCLUYENDO DESRAMADO, ACUCHILLAR, Y EQUIPO DE DESCORTEZADO; INCLUIDAS LAS TRANSMISIONES DE POTENCIA, CAJAS DE MAQUINAS DENTADAS Y PARA CORTAR LOS BORDES; AS- ENGRANAJES/TRANSMISIONES, ENGRANES DE REVERSA, PIRADORAS DE COCHES; INSTALACIONES DE LAVADO DE ENGRANES REDUCTORES, CONTROLADORES DE LAS CAJAS AUTOS. Clase: 07. DE CAMBIOS, SISTEMAS DE CONTROL DE TRACCIÓN, SISTE- La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos MAS DE CONTROL DINAMICAS DE VEHÍCULOS, CONEXIOmil catorce. NES DE EJES, ACOPLAMIENTOS Y EMBRAGUES, TUBOS DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de ESCAPE, ACOPLAMIENTOS Y CORREAS DE TRANSMISIÓN; Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, UNIDADES DE ARRANQUE DE TRANSMISIÓN DE ENERGIA veinticinco de febrero del año dos mil quince. PARA MOTORES DE VEHÍCULOS DE MOTOR, PARA SU USO COMO MOTORES PRINCIPALES; UNIDADES DE CONDUCCIÓN INTERIORES/EXTERIORES Y UNIDADES DE CONDUCCIÓN DE MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, BARCOS DE VELA PARA LOS MOTORES DE INTRABORDA; REGISTRADOR. BOMBAS Y MOTORES HIDRAULICOS Y SUS COMPONENTES, BOMBAS QUIRURGICAS O BOMBAS DE AIRE COMO ACCESO- RIOS DE VEHÍCULOS; COJINETES Y RODAMIENTOS; VÁLVU- SAYONARA AYALA DE GUERRERO, LAS NEUMÁTICAS, SISTEMAS DE DIRECCIÓN HIDRÁULICA, SECRETARIA. VÁLVULAS DE CONTROL, VÁLVULAS DE FRENADO; TURBO CARGADORES DE LOS GASES DE ESCAPE; COMPRESORES, FRENOS DE AIRE COMPRIMIDO, DEPÓSITOS DE AIRE COM- 3 v. alt. No. C

82 82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 NOMBRE COMERCIAL No. de Expediente: No. de Presentación: Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciséis horas y treinta minutos del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. EL INFRASCRITO REGISTRADOR II. Lectura del Acta Anterior. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDGAR ANTONIO HERRERA QUEHL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, Consistente en: las palabras TuOficina -Soporte.com y diseño, que servirá para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA QUE SE DEDICARÁ A PRESTAR SERVICIOS DE ASESORÍA EMPRESARIAL, VENTA DE EQUIPO, SERVICIOS Y LICENCIAS DE INFORMÁTICA. La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. siete de enero del año dos mil quince. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las dieciséis horas y treinta minutos del día miércoles veintisiete de mayo del 2015 en el mismo lugar, pudiendo celebrarse ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. REGISTRADOR. San Salvador, a los siete días del mes de abril del RHINA GUADALUPE BARRERA QUINTANILLA, CONVOCATORIAS SECRETARIA. IV. III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 o. de Enero al 31 de Diciembre del Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. VI. VII. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Honorarios. Aplicación de Resultados. VIII. Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, DIRECTOR SECRETARIO. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C CONVOCATORIA CONVOCATORIA ESTIMADO ACCIONISTA: La Junta Directiva de PARCELACIONES DESARROLLO, S.A., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en el Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Estimado Accionista: La Junta Directiva de ZONA FRANCA EL PEDREGAL, S.A. convoca a los señores accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en Hotel

83 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciocho horas del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum II. Lectura del Acta Anterior III. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre de IV. VI. VII. VIII. IX. Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. Aplicación de Resultados Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. X. Cualquier asunto que propongan los accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las dieciocho horas del día miércoles veintisiete de mayo del 2015, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. CONVOCATORIA Estimado Accionista: La Junta Directiva de INVERSIONES SEDESA, S.A. DE C.V., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador a las diecisiete horas y treinta minutos del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. San Salvador, a los siete días del mes de abril del II. III. Lectura del Acta Anterior. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del Elección de Junta Directiva IV. Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Nombramiento del Auditor Externo y fijación de sus emolumentos. Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. VI. VII. Elección de Junta Directiva Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Hono- IX. rarios. VIII. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. Aplicación de Resultados Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán X. Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las diecisiete horas y treinta minutos del día miércoles veintisiete de mayo del 2015, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse FEDERICO GUILLERMO AVILA QUEHL, San Salvador, a los siete días del mes de abril del DIRECTOR SECRETARIO. RAMON AVILA QUEHL, DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

84 84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 CONVOCATORIA CONVOCATORIA ESTIMADO ACCIONISTA: Estimado Accionista: La Junta Directiva de CORPORACIÓN DESARROLLO, S.A., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, que se llevará a cabo en Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las diecisiete horas del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince, para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. II. III. IV. VI. VII. VIII. IX. Lectura del Acta Anterior. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Honorarios. Nombramiento del Auditor Fiscal y Fijación de sus Honorarios Aplicación de Resultados. Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda del 2015 en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. La Junta Directiva de FINAPESA, S.A., convoca a los Señores Accionistas para celebrar JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIO- NISTAS, que se llevará a cabo en Hotel Hilton Princess, San Salvador Salón y Terraza Manchester, ubicado en Blvd. del Hipódromo, y Av. Las Magnolias, Colonia San Benito, San Salvador, a las dieciséis horas del día martes veintiséis de mayo del año dos mil quince para conocer y resolver la siguiente agenda: I. Verificación del Quórum. II. III. Lectura del Acta Anterior. Lectura y Discusión de la Memoria de Actividades desarrolladas durante el ejercicio comprendido del 1 de Enero al 31 de Diciembre del IV. Lectura y Discusión del Balance General, Estado de Resultados, Estado de Cambios en el Patrimonio y Estado de Flujos de Efectivo al 31 de Diciembre del V. Informe del Auditor Externo. VI. VII. VIII. Nombramiento del Auditor Externo y Fijación de sus Honorarios. Aplicación de Resultados Cualquier asunto que propongan los Accionistas y que pueda discutirse de conformidad a la Ley. discutirse de conformidad a la Ley. Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de Para conocer los asuntos ordinarios en primera convocatoria, deberán estar presentes o representados por lo menos la mitad más una de las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán las acciones que forman el Capital Social y las resoluciones se tomarán como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. como válidas con la mayoría de los votos presentes o representados. Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por Caso que no hubiere Quórum en la hora y fecha expresada, se cita por segunda vez a las Diecisiete horas del día Miércoles Veintisiete de Mayo segunda vez a las dieciséis horas del día miércoles veintisiete de mayo del 2015, en el mismo lugar, pudiendo celebrarse con cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y las resoluciones se tomarán por mayoría. San Salvador, a los siete días del mes de abril del San Salvador, a los siete días del mes de abril del RAMON AVILA QUEHL, DIRECTOR PRESIDENTE. RAMON AVILA QUEHL, DIRECTOR PRESIDENTE. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

85 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS San Salvador, a los diez días del mes de abril del año dos mil quince. BARAHONA VARGAS ASOCIADOS, El suscrito Auditor Externo de la Sociedad MICRONEGOCIOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, inscrita al número CUATRO del Libro DOS MIL NOVENTA Y CUATRO del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, dándole estricto cumplimiento al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio, CONVOCA a sesión de Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad a celebrarse en las instalaciones de Hotel Sheraton Presidente, Salón Embajador 2, ubicado en Final Avenida La Revolución, Colonia San Benito, San Salvador, El Salvador, a las ONCE horas del día jueves SIETE de mayo del año dos mil quince, en primera convocatoria el quórum para conocer de los puntos de carácter ordinario será de la mitad más una de las acciones y el quórum para formar resolución será la mayoría de los votos presentes. De no haber quórum a la fecha y hora señalada se convoca para el día viernes OCHO, del mismo mes y año, a la misma hora, y en la siguiente dirección: Tercera Calle Poniente Número NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO, San Salvador. En segunda convocatoria, el quórum para conocer de los asuntos de carácter Ordinario será el número de acciones representadas y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes. La Agenda a desarrollar será la siguiente: 1. VERIFICACION DEL QUORUM DE ASISTENCIA. 2. NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE DE DEBATES Y entre el uno de enero y el treinta y uno de diciembre del año SECRETARIO/A. dos mil catorce, para aprobarlos o improbarlos. 3. APROBACIÓN DE LA AGENDA. 4. Informe del Auditor Externo de la Sociedad sobre los Estados 4. LECTURA DEL ACTA ANTERIOR. 5. PRESENTACION, APROBACION O IMPROBACION DE LA MEMORIA DE LABORES DE JUNTA DIRECTIVA, AÑO PRESENTACION, APROBACION O IMPROBACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL EJERCICIO ECONOMICO REYNALDO BARAHONA, AUDITOR EXTERNO. 3 v. alt. No. C CONVOCATORIA La Junta Directiva de Centro Pediátrico de El Salvador, S.A. de C.V., por este medio convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Ordinaria a celebrarse en sus instalaciones ubicadas en Colonia Médica, Final Diagonal Dr. Luis Edmundo Vásquez, No. 222, San Salvador, a partir de las dieciocho horas del día veintiuno de mayo del año dos mil quince. La agenda para la Junta General Ordinaria de Accionistas, es la siguiente: 1. Establecimiento y Comprobación del Quórum 2. Presentación de la Memoria de Labores de la Junta Directiva y resoluciones al respecto. 3. Presentación de los Estados Financieros del ejercicio económico de la Sociedad, correspondientes al período comprendido Financieros correspondientes a tal periodo, para acordar las medidas que se juzguen oportunas. 5. Aplicación de Utilidades. 6. Nombramiento del Auditor Externo Titular y Suplente y fijación de sus honorarios. 7. Nombramiento del Auditor Fiscal y fijación de sus honorarios. 7. PRESENTACION DEL DICTAMEN E INFORME DEL AUDITOR EXTERNO DEL EJERCICIO DEL Elección de los miembros de la Junta Directiva y fijación de sus dietas. 8. APLICACIÓN DE RESULTADOS. 9. NOMBRAMIENTO DEL AUDITOR EXTERNO Y FIS- CAL AÑO 2015 CON SU RESPECTIVA FIJACION DE EMOLUMENTOS. Para que haya quórum legal en la fecha de la convocatoria, deberán estar presentes o representadas, la mitad más una de las acciones o sean cuarenta y tres mil setecientas noventa y dos (43,792) acciones.

86 86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Para la resolución de la Agenda Ordinaria se necesitará la simple mayoría de los votos presentes. De no haber quórum en la fecha anteriormente señalada, se convoca a los accionistas a tratar sobre los mismos puntos contenidos en la Agenda mencionada, a las dieciocho horas del día veintidós del mismo mes y año en el mismo lugar. En esta segunda fecha de convocatoria, la Junta General Ordinaria se instalará cualquiera que sea el número de acciones presentes o representadas, y el número de votos necesarios para tomar resoluciones, será por mayoría simple. A partir de la publicación de la Convocatoria, los libros y documentos sobre los fines de la Junta estarán a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la sociedad. San Salvador, 10 de abril de POR LA JUNTA DIRECTIVA DR. RODOLFO ARMANDO CALDERON, DIRECTOR-PRESIDENTE. DR. LUIS ALONSO HERRERA FLORES, DIRECTOR-SECRETARIO. CONVOCATORIA JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS El infrascrito Administrador de la sociedad PROMOTORA DE BIENES RAÍCES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede abreviar PROBIEN, S.A. DE C.V., de conformidad a la cláusula veinte de la modificación al pacto social, y al artículo doscientos veintiocho del Código de Comercio. no hubiere quórum en esa fecha, se señala la misma hora, del día ocho de mayo del presente año, en el mismo lugar señalado, a efecto de celebrar la sesión en segunda convocatoria, para la segunda convocatoria de la Junta General Ordinaria de accionistas, por falta de quórum legal de la primera, se realizará con la asistencia de cualquier número de accionistas presentes o representadas y las resoluciones se tomarán por mayoría. La agenda de la sesión será la siguiente: 1. Verificación del quórum; 2. Revisión y Conocimiento de Informes Financieros, Balance General, Estado de Resultados y Estado de Cambios en el Patrimonio, de los ejercicios del año dos mil al año dos mil catorce; 3. Aprobación o improbación del punto anterior; 4. Elección de Administrador Único Propietario y Suplente de la sociedad; 5. Nombramiento de Auditor interno y externo; 6. Discusión sobre la posible venta de uno de los inmuebles propiedad de la sociedad; 7. Puntos varios. Los señores accionistas pueden solicitar la documentación e información relativa a los puntos considerados en la agenda de la presente convocatoria en forma escrita, en las instalaciones de la Sociedad ubicadas en Avenida La Capilla, número trescientos cincuenta y tres, Colonia San Benito, San Salvador, Departamento de San Salvador. 3 v. alt. No. C San Salvador, catorce días del mes de abril del año dos mil quince. JAIME DANIEL RIGADA RODRIGUEZ, ADMINISTRADOR. 3 v. alt. No. C CONVOCA: A los señores accionistas a celebrar sesión JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, la sesión se llevará a cabo en primera convocatoria a las diez horas del día siete de mayo del presente año, en Avenida La Capilla, número trescientos cincuenta y tres, Colonia San Benito, San Salvador, departamento de San Salvador; y si Se convoca a la Asamblea General Ordinaria de la Sociedad Americana de El Salvador a celebrar el próximo día 8 de junio de 2015 en Basilea, Zona Rosa en San Salvador a las 6:30 pm, y la segunda convocatoria el día 9 de junio de 2015 a las 6:30 pm en el mismo lugar con el siguiente Orden del día:

87 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Presentación de balance general a Diciembre de 2014 y explicación de contabilidad 2. Elecciones de la Junta Directiva 3. Ruegos y Preguntas. equivalentes a SETENTA Y UNA PUNTO CINCUENTA Y CUATRO VARAS CUADRADAS y cuya descripción se inicia partiendo de la intersección de los ejes de la Avenida Juan Martín y el Pasaje número siete poniente de la Urbanización Valle del Sol y midiendo una distancia de ciento veintiséis punto cincuenta metros, sobre el eje del Pasaje, con San Salvador, 13 de mazro ROSS WAYNE JOHNSON, PRESIDENTE. JULIA LESETTA CSERNANSKY, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F SUBASTA PUBLICA AL SUR. Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Sur ochenta LICENCIADO JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ QUINTO grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, DE LO LABORAL, DEL CENTRO JUDICIAL INTEGRADO DE linda con el lote destinado a la zona verde de esta urbanización. AL PONIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Norte nueve DERECHO PRIVADO Y SOCIAL, SAN SALVADOR. grados cero dos minutos cero cinco segundos Oeste, linda con el lote HACE SABER: Que en el juicio Ejecutivo Civil promovido en este Tribunal por la Licenciada CECILIA GUADALUPE FLORES GEORGE, actuando en su calidad de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA; contra el señor JOSÉ DE LA CRUZ GARCIA, conocido por JOSÉ DE LA CRUZ PAZ GARCÍA y por JOSÉ DE LA CRUZ GARCÍA PAZ; se venderá en pública subasta en este Juzgado en fecha que posteriormente se proporcionará, el inmueble embargado siguiente: "Un Lote de terreno urbano y construcciones que contiene, marcado con el NÚMERO VEINTITRÉS, BLOCK "D", de la Urbanización denominada VALLE DEL SOL, situada en Cantón San Nicolás y Las Tres Ceibas, Jurisdicción de Apopa, de este Departamento, de una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, con un área construida sistema mixto, de VEINTISÉIS METROS CUA- DRADOS; tiene la localización, medidas y linderos siguientes: LOTE: NÚMERO VEINTITRÉS, BLOCK "D". Es urbano, está ubicado en la Urbanización VALLE DEL SOL, Cantones San Nicolás y Las Tres rumbo Sur ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Oeste, se llega a un punto en el cual se hace una deflexión negativa de noventa grados y midiendo una distancia de dos punto cincuenta metros; se llega al esquinero NOR OESTE del lote que se describe, el cual mide y linda: AL NORTE: Recta de cinco punto cero cero metros, rumbo Norte ochenta grados cincuenta y siete minutos cincuenta y cinco segundos Este, linda con el lote número setenta y nueve de este mismo Block, pasaje número siete Poniente de cinco punto cero cero metros de ancho de por medio; AL ORIENTE: Recta de diez punto cero cero metros, rumbo Sur nueve grados cero dos minutos cero cinco segundos Este, linda con lote número veintidós de este mimo Block; número veinticuatro de este mismo Block. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de Constructora Tenze S. A. de C. V., el inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del señor JOSÉ DE LA CRUZ GARCÍA conocido por JOSÉ DE LA CRUZ PAZ GARCÍA y por JOSÉ DE LA CRUZ GARCÍA PAZ, bajo el Sistema de Folio Real con Matrícula número CERO UNO-UNO DOS TRES NUEVE SIETE SEIS-CERO CERO CERO inscripción TRES; del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador. Librado en el Juzgado Quinto de lo Laboral: San Salvador, a las quince horas con cinco minutos del día veintisiete de febrero del año dos mil quince.- LIC. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ QUINTO DE LO LABORAL.- LICDA. SONIA CAROLINA ALVARENGA AGUILUZ, SECRETARIA INTERINA. Ceibas, Jurisdicción de Apopa, en este Departamento, cuya cabida es 3 v. alt. No. F de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS,

88 88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SALVADOR, por medio de cuatro metros de ancho. Los lotes que se mencionan en las colindancias son o han sido propiedad de C. G. Ingenieros y Arquitectos, S. A. de C. V." HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido inicialmente en el Juzgado Segundo de lo Civil y continuado en este Juzgado, por el abogado JOSE GERVACIO GONZALEZ LOPEZ, como apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor MARIO MARROQUIN BERRIOS, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble siguiente: "Un lote de terreno urbano y construcciones que contiene marcado con el número DOSCIENTOS VEINTIUNO, del polígono SEIS, del Block I, del Proyecto Habitacional VALLE DEL SOL SAN LEONARDO, situado en el cantón San Nicolás, jurisdicción de la ciudad de Apopa, con un área construida de sistema mixto de DIECIOCHO METROS CUADRADOS y un valor de construcción de DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN COLONES CINCUENTA Y UN CENTAVOS, el cual tiene la descripción especial siguiente: LOTE NUMERO DOSCIENTOS VEINTIUNO DEL POLIGONO NUMERO SEIS, BLOCK I: Es urbano, está situado en la Urbanización Valle del Sol San Leonardo, Cantón San Nicolás, jurisdicción de Apopa, en este Departamento, cuya cabida es de cincuenta y dos punto cincuenta metros cuadrados, equivalentes a LA INFRASCRITA JUEZA 1 PRIMERO DE MENOR CUANTIA, setenta y cinco punto doce varas cuadradas y su descripción se inicia LICENCIADA MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN, partiendo de la intersección de la Avenida San Leonardo y el pasaje de este Distrito Judicial, al público en general, "G" poniente abiertos en la Urbanización Valle del Sol San Leonardo, medimos sobre el eje de este último con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste y una distancia de veintiuno cero cero grados treinta y cuatro punto siete minutos este y distancia de diez punto cincuenta metros, se llega al mojón número dos, esquinero Nor-este, linda con lote doscientos veintidós del mismo polígono; AL NORTE; Partiendo del mojón número dos, línea recta con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Oeste y distancia de cinco metros, se llega al mojón número tres, esquinero Nor- Oeste, linda con lote número ciento ochenta y seis del mismo polígono; AL OESTE; Partiendo del mojón número tres, línea recta con rumbo Sur cero cero grados treinta cuatro punto siete minutos Oeste y distancia de diez punto cincuenta metros se llega al mojón número cuatro, esquinero Sur -Oeste, linda con lote número doscientos veinte del mismo polígono; AL SUR; Partiendo del mojón número cuatro, línea recta con rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticinco punto tres minutos Este y distancia de cinco metros, se llega al mojón número uno, esquinero Sur-Este, desde donde se inicia la presente descripción, linda con lote número doscientos veintiséis, polígono siete, block I, pasaje "G" poniente de El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del señor MARIO MARROQUIN BERRIOS, a la matrícula número SEIS CERO UNO SEIS NUEVE NUEVE NUEVE SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro de este departamento. Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y dos minutos del día veintidós de septiembre del año dos mil catorce.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRE- TARIA. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido inicialmente por el Licenciado RAMON JOSE ANDES MENDEZ punto cincuenta metros, haciendo una deflexión derecha de noventa QUINTEROS, actualmente de cincuenta y dos años de edad, Abogado grados con rumbo Sur cero cero grados treinta y cuatro punto siete y Notario, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria minutos Este medimos una distancia de dos metros y se llega al mojón cero seiscientos catorce-doscientos cuarenta mil ochocientos sesenta y número uno, esquinero Sur- Este del terreno que se describe así: AL dos-cero cero dos-cero, en su carácter de Apoderado General Judicial ESTE: Partiendo del mojón número uno, línea recta con rumbo Norte del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución de Crédito, de este domicilio con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero setenta mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis; contra el demandado ausente señor OSCAR ERNESTO SANCHEZ, conocido por OSCAR ERNESTO REYES SANCHEZ, actualmente de cincuenta y cinco años de edad, Ayudante de mecánica, de este domicilio, con Número de Identificación Tributaria un mil ciento veintitrés-doscientos mil ciento cincuenta y nueve-cero cero uno-uno, quien es representado por medio de la Curadora Especial Licenciada AIDA MAGDALENA ESCAMILLA VALLE, en aquel entonces de cuarenta y siete años de edad, Abogado de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número cero un millón seiscientos veintiséis mil quinientos cincuenta y seis-uno, SE VENDERA EN PUBLICA SUBASTA EN ESTE TRIBU- NAL Y EN FECHA QUE SERA SEÑALADA POSTERIORMENTE, el inmueble de naturaleza urbana identificado como APARTAMENTO NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS, DEL EDIFICIO NU- MERO CUARENTA Y UNO, PLANTA ALTA, DEL CONDOMINIO

89 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de ATONATL, JURISDICCION DE SOYAPANGO, DE ESTE DEPAR- TAMENTO. El Apartamento tiene la localización, medidas y linderos siguientes: APARTAMENTO NUMERO DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS, PLANTA ALTA: Partiendo de la intersección de los Ejes de la Calle Los Cedros y de la Calle de accesos al Reparto Atonatl, abiertos en Colonia Amatepec, se miden sobre el eje de este último treinta y siete punto veinticinco metros, con rumbo Norte, dos grados cuarenta y cuatro minutos Oeste, de este punto con deflexión derecha de cuarenta y nueve grados, treinta minutos se miden sesenta punto setenta y cinco metros de este punto con deflexión derecha de diecisiete grados treinta minutos, se miden diecinueve punto cincuenta metros, de este punto con deflexión izquierda, de noventa grados, se miden tres metros, localizándose allí el esquinero Suroeste del apartamento número doscientos treinta y nueve, cuya elevación sobre el nivel del mar es de quinientos noventa y dos punto noventa y cinco metros, de este punto se mide una distancia de seis punto cincuenta metros, con rumbo Norte. ORIENTE, línea recta, de seis punto sesenta y cinco metros, rumbo Sur siete grados, cuarenta y cuatro minutos Este, linda con apartamento número doscientos cuarenta y cuatro, pared común propiedad del Condominio de por medio; SUR, línea recta de seis punto cincuenta, rumbo Sur, ochenta y dos grados dieciséis minutos Oeste, linda con espacio aéreo sobre zona verde propiedad del Condominio, por la parte inferior linda con apartamento número doscientos cuarenta y uno de la planta baja, obra gruesa o losa de por medio, propiedad común del Condominio y por la parte superior con llegando al esquinero Sur Oeste de esta segunda porción que mide y linda: PONIENTE, línea recta de cuatro punto noventa y cinco metros patio del apartamento número doscientos treinta y nueve, pared común propiedad del condominio de por medio; NORTE, línea recta de tres punto veinticinco metros, con rumbo Norte ochenta y dos grados dieciséis minutos Este, linda con patio del apartamento número doscientos treinta y cinco; ORIENTE, tres tramos rectos el primero de cuatro punto cuarenta metros, con rumbo Sur siete grados cuarenta y cuatro minutos Este; el segundo de cero punto sesenta y cinco metros, rumbo Sur ochenta y dos grados dieciséis minutos Oeste; el tercero de cero punto cincuenta y cinco metros rumbo Sur siete grados cuarenta y cuatro minutos Este, linda con apartamento número doscientos cuarenta y uno, pared común propiedad del condominio de por medio. SUR, línea recta de dos punto sesenta metros rumbo Sur ochenta y dos grados dieciséis minutos Oeste, linda con apartamento número doscientos cuarenta y uno, pared común propiedad del condominio de por medio; el área de esta porción es de QUINCE PUNTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, equivalentes a VEINTIDOS PUNTO CINCUENTA Y UNA VARAS CUADRADAS y el área total del apartamento es de CINCUENTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, equivalentes a OCHENTA Y CINCO PUNTO CUARENTA Y NUEVE VARAS CUADRADAS. El inmueble anteriormente descrito así como sus mejoras presentes y futuras pertenecen al demandado ausente OSCAR ERNESTO SANCHEZ, conocido por OSCAR ERNESTO REYES SANCHEZ, inscrito a su favor en el Sistema de Folio Real automatizado bajo el asiento de inscripción número UNO (1) de la matrícula número SEIS CERO CERO TRES SIETE NUEVE DOS SEIS-A CERO DOS CUATRO DOS (M A0242), del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento. Se Admitirán posturas legales. LIBRADO EN EL JUZGADO 1 PRIMERO DE MENOR CUAN- TÍA: San Salvador, a las diez horas del día once de noviembre de dos mil catorce.- Licda. MARIA MARGARITA REYES DE MARROQUIN, JUEZA 1 PRIMERO DE MENOR CUANTIA.- Lic. JULIO ALBERTO CALDERON ALFARO, SECRETARIO. espacio aéreo del condominio, techo de lámina de asbesto de por medio. La altura es de dos punto cuarenta metros. El área de esta propiedad es de 3 v. alt. No. F cuarenta y cuatro punto cero dos metros cuadrados, equivalentes a sesenta y dos punto noventa y ocho varas cuadradas, totalmente construido, la capacidad es de ciento cinco punto sesenta y cinco metros cúbicos, la LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, descripción de la segunda porción parte del esquinero Sur Oeste, del JUEZ DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, apartamento número doscientos cuarenta y uno localizado anteriormente de este esquinero se mide una distancia de seis punto sesenta y cinco AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, como metros, con rumbo Norte siete grados cuarenta y cuatro minutos Oeste, Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del señor MARIO OSCAR SANTAMARIA ESCOBAR; se venderá en rumbo Norte, siete grados cuarenta y cuatro minutos Oeste, linda con pública subasta en este Tribunal, el bien Inmueble embargado al demandado, consistente en un lote de terreno urbano que según antecedente se describe así: Lote Urbano y construcciones de sistema mixto, que contiene, marcado con el número CUARENTA Y OCHO, DEL POLIGONO SETENTA Y TRES, DE LA URBANIZACION MONTES DE SAN BARTOLO V, situado en jurisdicción de Soyapango, de este Departamento; de una extensión superficial de NOVENTA Y CINCO PUNTO VEINTIDOS METROS CUADRADOS, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE, ocho punto cero dos metros; AL ORIENTE, de dos tramos: el primero de nueve punto ochenta y cuatro metros y el segundo de dos punto dieciséis metros; AL SUR, siete punto ochenta y cinco metros; AL PONIENTE, doce metros. El inmueble anteriormente descrito es propiedad del señor MARIO OSCAR SANTAMARIA ESCOBAR,

90 90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 según Matrícula número SEIS CERO CERO NUEVE SIETE CERO CERO TRES- CERO CERO CERO CERO CERO ( ), del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador e hipotecado a favor del Fondo Social para la Vivienda. Se admitirán posturas siendo legales. Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. JUZGADO DE LO CIVIL: Delgado, a las once horas con dos minutos del día quince de noviembre de dos mil once.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE DEL- GADO.- Licdo. HILDEFONSO BONILLA RIVERA, SECRETARIO INTERINO. 3 v. alt. No. F LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) PLURIPERSONAL DE LO CIVIL, DEL DISTRITO JUDICIAL DE CIUDAD DELGADO, AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por la Licenciada SILVIA EMILIA GONZALEZ ESCAMILLA, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-ciento ochenta PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN, ambos como Apoderados mil seiscientos cuarenta y seis-cero cero cuatro-uno, como Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identificación Tributaria cero seiscientos catorce-cero bien Inmueble embargado, consistente en inmueble de naturaleza urbana y construcciones que contiene, identificado con el número VEINTIUNO DEL POLIGONO CUATRO, DE LA URBANIZACION LAS MAR- GARITAS V ETAPA, jurisdicción de Soyapango, del Departamento de San Salvador, identificado registralmente como URBANIZACION LAS MARGARITAS V, (II, POLIG. 3, 4 Y 7), LOTE VEINTIUNO PJE./POL. 4, URB. LAS MARGARITAS V, correspondiente a la ubicación geográfica de Soyapango, San Salvador, con una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE Y AL SUR: Cinco metros; AL ORIENTE Y AL PONIENTE: diez metros. Inscrito a favor del demandado señor OSCAR GUILLERMO AYALA SOSA, en la matrícula número SEIS CERO DOS CERO CINCO SEIS OCHO CINCO- CERO CERO CERO CERO CERO ( ) del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, del Departamento de San Salvador e Hipotecado a favor de la parte ejecutante. Se admitirán posturas siendo legales. Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes. JUZGADO (1) PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, a las doce horas con treinta minutos del día dieciocho de febrero de dos mil quince.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ UNO.- Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO DE ACTUACIONES. 3 v. alt. No. F EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE SAN SAL- VADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFECTOS DE LEY; HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido inicialmente en el Juzgado Tercero de lo Civil de San Salvador y continuado en este Juzgado, por el Abogado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ, conocido por LEON BENITEZ, ahora por la Abogada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra de la señora ISA ABIGAIL FLORES MARTINEZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de ley, se venderá en pública subasta setenta mil quinientos setenta y cinco-cero cero dos-seis, en contra en este Juzgado, el inmueble que se describe a continuación: "Un lote de del demandado señor OSCAR GUILLERMO AYALA SOSA, mayor terreno urbano marcado con el NUMERO VEINTIOCHO del POLIGONO de edad, Estudiante, de este domicilio, con Número de Identificación D, Pasaje TRES NORTE, de la Urbanización "RESIDENCIAL ALTA- Tributaria mil doscientos dos-doscientos veinte mil quinientos setenta y VISTA", ubicado en jurisdicción de Ilopango, de este Departamento; de uno-ciento uno-cuatro; se venderá en pública subasta en este Tribunal el una extensión superficial de CINCUENTA METROS CUADRADOS, de las medidas perimetrales siguientes: AL NORTE, diez metros; AL ORIENTE, cinco metros; AL SUR, diez metros; Y AL PONIENTE, cinco metros. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre de la señora ISA ABIGAIL FLORES MARTINEZ, bajo la Matrícula número SEIS CERO DOS SEIS OCHO CERO SIETE SIETE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de Ley. Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las diez horas del día veintisiete de octubre del año dos mil catorce.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- Licda. IVONNE LIZZETTE FLORES GONZALEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

91 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO LABORAL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos de Ley, HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por el Licenciado SALVADOR HERIBERTO RAMIREZ, en su calidad de Apoderado General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra la señora SAGRARIO ARMID GONZALEZ DE CENTENO, conocida por SAGRARIO ARMID BERNAL GONZALEZ DE CENTENO, se venderá en pública subasta en este Tribunal, en fecha que oportunamente se indicará el inmueble embargado siguiente: Un lote urbano marcado en el plano respectivo con el número CINCO DEL POLIGONO NOVENTA Y TRES, de una extensión superficial de sesenta metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la URBANI- ZACION MONTES DE SAN BARTOLO V, II ETAPA-B, situado en el lugar llamado Cantón El Limón, jurisdicción de Soyapango, de este Departamento; cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: doce punto cero cero metros. AL ORIENTE: cinco punto cero cero metros. AL SUR: doce punto cero cero metros. AL PONIENTE: cinco punto cero cero metros. Con un área construida de CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS. El terreno antes descrito está inscrito a favor de la demandada señora SAGRARIO ARMID GONZALEZ DE CEN- TENO, conocida por SAGRARIO ARMID BERNAL GONZALEZ DE CENTENO, inscrito en la Matrícula M CERO UNO CERO TRES UNO OCHO TRES SEIS Asiento CERO CERO CERO TRES, del Registro Social de Inmuebles. Departamento de San Salvador. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS- TRITO JUDICIAL DE MEJICANOS, LIBRADO EN EL JUZGADO QUINTO DE LO LABORAL: San Salvador, a las doce horas del día catorce de mayo del año dos mil cuatro.- Lic. CARLOS ROBERTO URBINA AVILES, JUEZ QUINTO DE LO LABORAL.- Lic. ANGEL ANTONIO CORNEJO CAÑENGUEZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F LICENCIADO JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ INTE- RINO DEL JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL, DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, HACE SABER: Al público para los efectos de Ley, que en el JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS MENENDEZ, actuando en su calidad de Apoderado del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, contra el señor RAFAEL ANTONIO LEMUS HURTADO, se venderá en este Tribunal en Pública Subasta, en fecha que más adelante se especificará, "un Inmueble urbano que según antecedentes se describe así: Lote de naturaleza urbana y construcciones que contiene, marcado con el número CINCUENTA Y UNO, DEL POLÍGONO CUARENTA Y SEIS, DE LA URBANIZACION CUMBRES DE SAN BARTOLO, situado en Jurisdicción de Tonacatepeque, Departamento de San Salvador, de una extensión superficial de cincuenta metros cuadrados, cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE Y AL SUR, cinco metros, AL ORIENTE Y AL PONIENTE, diez metros. El inmueble anteriormente descrito es de propiedad del señor RAFAEL ANTONIO LEMUS HURTADO, según Matrícula número SEIS CERO CERO DOS CINCO NUEVE CUATRO TRES- CERO CERO CERO CERO CERO ( ), Asiento UNO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador." Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de identidad personal, NIT y comprobar su solvencia económica por medio de libreta de ahorro, cheque certificado, constancia de ahorro, efectivo u otro documento similar. Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas del día quince de diciembre de dos mil catorce.- Lic. JOSE GUILLERMO RAMOS CHORRO, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL INTO.- Lic. JUAN CARLOS NAJARRO PEREZ, SECRETARIO. 3 v. alt. No. F HACE SABER: Que en virtud de la ejecución promovida por el FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, Institución Autónoma de Crédito, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria cero seis uno cuatro-cero siete cero cinco siete cinco-cero cero dos-seis, a través de su Apoderado Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, mayor de edad, Abogado y Notario, del domicilio de San Salvador, con Número de Identificación Tributaria uno tres cero tres-uno cinco uno dos siete siete-uno cero uno-nueve en contra del demandado señor HERNAN HUMBERTO CAMPOS MARTINEZ, mayor de edad, Empleado, del domicilio de Mejicanos, con Número de Identificación Tributaria cero seis catorce-treinta cero nueve setenta y dos-ciento seis-nueve, reclamándole cantidad de dinero y sus accesorios, se ha ordenado la venta en pública subasta, en este Tribunal, de un inmueble de naturaleza urbana identificado como número treinta y seis del polígono cinco, Block "H", pasaje cuatro de la Urbanización Residencial La Santísima Trinidad, Ayutuxtepeque, departamento de San Salvador, (según inscripción registral ubicado en Residencial Santísima Trinidad I Etapa, lote 36 block H-P5, correspondiente a la ubicación geográfica de Ayutuxtepeque, San Salvador), el cual tiene las medidas siguientes: AL NORTE: de cinco punto cero cero metros, AL ORIENTE: diez punto cero cero metros, AL SUR: Cinco punto cero cero metros y AL PONIENTE: diez punto cero cero metros, con una extensión superficial de CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS. Inscrito a favor del Demandado señor HERNAN HUMBERTO CAM- POS MARTINEZ, a la matrícula M CERO UNO DOS DOS TRES

92 92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 SIETE UNO DOS, asiento SEIS, hoy inscrito en el sistema de folio real automatizado a la matrícula SEIS CERO DOS SIETE CUATRO CUATRO CUATRO OCHO-CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo legales. LIBRADO EN EL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ (1), a las doce horas con diez minutos del día veinte de noviembre del año dos mil catorce.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ (1) DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO. Lo que se hace saber al público para su conocimiento y efectos legales. Librado en el Juzgado de lo Civil de Mejicanos, a las doce horas y dieciocho minutos del día veinticuatro de julio de dos mil catorce. Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ (1) DE LO CIVIL.- Lic. LILIAN ESTELA AGUIRRE HERNANDEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F LA INFRASCRITA JUEZ UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE DELGADO, LICENCIADA MARIBEL DEL RO- SARIO MORALES FLORES, al público en general, HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Civil Referencia 38- EC-10-3 promovido en este Tribunal por la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, quien actúa en su carácter de Apoderada General Judicial del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, en contra del demandado señor EDWIN GILBERTO CASTILLO FLORES, por medio de su Curador Ad Lítem Licenciado RAMON ALFREDO TORRES TURCIOS, se venderán en pública subasta en este Tribunal, con fecha que más adelante se señalará, el inmueble que a continuación se describe: "un lote urbano y construcciones que contiene marcado en el plano respectivo con el número VEINTITRES, DEL POLIGONO "A", de una extensión superficial de sesenta punto cero cero metros cuadrados. Dicho lote forma parte de la urbanización "BRISAS DEL SUR", ubicado según antecedente en el lugar llamado Joyas del Moró, Cantón Zacamil y Joya del Jícaro y de conformidad a la nomenclatura actual y plano respectivo se conoce como Block "A" de la Urbanización para vivienda "BRISAS DEL SUR", jurisdicción de Soyapango, de este Departamento, con un área construida de veinte punto cero cero metros cuadrados, un valor de construcción de veintidós mil noventa y nueve colones con veintinueve centavos y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco punto cero cero metros, AL SUR: doce punto cero cero metros; AL ORIENTE: doce punto cero cero metros y AL PONIENTE: doce punto cero cero metros. Inscrito a favor de la demandada arriba mencionada, en el sistema de folio real computarizado bajo la matrícula número SEIS CERO CUATRO DOS SIETE OCHO CINCO NUEVE - CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas". El inmueble antes descrito es propiedad del señor EDWIN GILBERTO CASTILLO FLORES. 3 v. alt. No. F LICDA. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ UNO, DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIU- DAD DELGADO, AVISA: Que en el Juicio Ejecutivo Civil, promovido por el Licenciado NATIVIDAD DE LEON BENITEZ, conocido por LEON BENITEZ y continuado por la Licenciada PATRICIA ELENA SANCHEZ DE MORAN, con Número de Identificación Tributaria , como Apoderada del FONDO SOCIAL PARA LA VIVIENDA, con Número de Identificación Tributaria CERO SEISCIENTOS CATORCE- CERO SETENTA MIL QUINIENTOS SETENTA Y CINCO-CERO CERO DOS-SEIS, en contra de la señora BLANCA EROIDA JIMENEZ MONRROY conocida por BLANCA EROIDA MONRROY JIMENEZ, con Número de Identificación Tributaria , representada a través de su Curador Ad-Lítem Licenciada SOFIA FATIMA DEL ROSARIO SANTOS FUENTES, con Número de Identificación Tributaria , se venderá en pública subasta en este Tribunal, el Bien Inmueble embargado a la demandada antes mencionada, consistente en: Un lote de Terreno Urbano, identificado en el Plano respectivo como lote número DOS, sector SESENTA Y SEIS dicho lote forma parte de la urbanización denominada URBANIZACION RESIDENCIAL VILLA HERMOSA, en los cantones San Luis Mariona, Barranca Honda y El Angel, situada en Jurisdicción de Cuscatancingo, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de una extensión superficial de CINCUENTA Y DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS y cuyas medidas perimetrales son: AL NORTE: cinco punto cero cero metros cuadrados, AL ORIENTE diez punto cincuenta metros cuadrados, AL SUR: cinco punto cero cero metros cuadrados y al PONIENTE: diez punto cincuenta metros cuadrados. El inmueble antes descrito es propiedad de la señora BLANCA EROIDA JIMENEZ MONRROY, conocida por BLANCA EROIDA MONRROY JIMENEZ, bajo la Matrícula: del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas del Departamento de San Salvador. Se admitirán posturas siendo éstas legales. Lo que avisa al público para los efectos legales consiguientes. LIBRADO EN EL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CI- VIL DE CIUDAD DELGADO, JUEZ UNO, a las doce horas y veinte minutos del día dos de febrero de dos mil quince.- Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZA UNO DEL JUZGADO PLURIPERSONAL DE LO CIVIL DE CIUDAD DELGADO.- Lic. JORGE ROBERTO BURGOS GONZALEZ, SECRETARIO. Se admitirán posturas legales. 3 v. alt. No. F

93 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de REPOSICIÓN DE CERTIFICADOS AVISO AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. LA CAJA DE CRÉDITO DE SAN ALEJO, SOCIEDAD COOPE- RATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. AVISA: Que en su Agencia Central, ubicada en Segunda Avenida Norte y Tercera Calle Poniente, barrio El Calvario, de la ciudad de San Alejo, departamento de La Unión, se ha presentado la propietaria del Certificado de Depósito a Plazo Fijo número 00216, de la cuenta No emitido el día 21 de diciembre de 2013, para el plazo de 180 días prorrogables solicitando reposición por destrucción/extravío. En consecuencia de lo anterior se hace del conocimiento del público en general para efectos de reposición del Certificado relacionado, de conformidad a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. En caso de que después de la tercera y última publicación de este aviso, la Caja no recibe oposición alguna al respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Alejo, diez de abril del dos mil quince. JOSÉ DEL ROSARIO BAUTISTA HERNÁNDEZ, REPRESENTANTE LEGAL. BANCO PROCREDIT, S.A. AVISO 3 v. alt. No. C AVISA: Que se ha presentado a nuestra Agencia San Miguel, parte interesada manifestando que ha extraviado el certificado de Depósito a Plazo Fijo No de la cuenta No extendido por nuestra institución el 18 de abril de 2006, a nombre de Héctor Ventura Cardoza, por un monto de diez mil 00/100 dólares, (US$10,000.00) a 360 días plazo, a una tasa de interés del 3.25%. Lo que se hace del conocimiento público, para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del código de comercio vigente. En caso de que en treinta días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiere reclamo alguno respecto a éste, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No (49464) emitido en Suc. Centro, el 14 de enero de 1997, por valor original de 6, ($777.14), a un plazo de 90 días, el cual devenga el % de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No ( ) emitido en Suc. San Miguel, el 25 de noviembre de 2014, por valor original de $34,500.00, a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.750% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F San Salvador, 10 de abril del dos mil quince. YESSENIA HERNÁNDEZ, JEFE BACK-OFFICE CENTRALIZADO. 3 v. alt. No. C AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No ( ) emitido en Suc. Ahuachapán, el 29 de diciembre de 2012, por valor

94 94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 original de $7,390.53, a un plazo de 1 año, el cual devenga el 3.000% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. original de $6,690.00, a un plazo de 3 meses, el cual devenga el 2.125% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No (10503) emitido en Suc. San Miguel, el 4 de enero de 2008, por valor original de $3,000.00, a un plazo de 365 días, el cual devenga el 3.100% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de mes abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. AVISO EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No ( ) emitido en Suc. San Vicente, el 26 de octubre de 2009, por valor original de $11,000.00, a un plazo de 6 meses, el cual devenga el 3.050% de interés, solicitando la reposición de dicho certificado por habérsele extraviado. En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. San Salvador, a los diez días de abril de dos mil quince. ING. JULLYANA ESPERANZA VÁSQUEZ DE ORELLANA, SUBGERENTE DE PAGOS Y DEPÓSITOS. 3 v. alt. No. F AVISO AVISO BANCO PROMERICA, S. A. EL BANCO DAVIVIENDA SALVADOREÑO, S. A. COMUNICA: Que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No (376756) emitido en Suc. Metrocentro Sonsonate, el 2 de septiembre de 2003, por valor COMUNICA: Que en su agencia ubicada en Calle El Mirador y ochenta y nueve avenida Norte, Edificio Word Trade Center, Torre Uno, nivel Uno, Colonia Escalón, San Salvador, se ha presentado el señor Luis Guillermo Bustamante Auspurg, conocido por Luis Guillermo Bustamante y por Guillermo Bustamante, de sesenta y seis años de edad, Licenciado en Administración de Empresas, del domicilio de

95 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad Número cero uno nueve ocho dos cuatro siete seis-dos, con Número de Identificación Tributaria cero quinientos once-ciento ochenta mil quinientos cuarenta y ocho-cero cero uno-siete, quien actúa en nombre y representación en su calidad Apoderado General Administrativo del señor JOSÉ GUILLERMO NARCISO BUSTAMENTE O'BYRNE conocido por GUILLERMO BUSTAMANTE O'BYRNE y por GUILLERMO BUSTAMANTE, con Documento Único de Identidad número cero dos dos cero cuatro siete ocho tres-dos, con Número de Identificación Tributaria cero quinientos once-doscientos noventa y un mil veintitrés-cero cero uno-seis, de cuya personería doy fe de ser legítima y suficiente por haber tenido a la vista: Escritura Pública de Poder General Administrativo, otorgado en la ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas y treinta minutos del día diecisiete de diciembre de mil novecientos setenta y uno, ante los oficios del Notario Margarito González Guerrero, instrumento del cual consta que el señor JOSÉ GUILLERMO NARCISO BUSTAMENTE O'BYRNE conocido por GUILLERMO BUSTAMANTE O'BYRNE y por GUILLERMO BUSTAMANTE, confirió Poder General Administrativo a favor del señor Luis Guillermo Bustamante Auspurg conocido por Luis Guillermo Bustamante y por Guillermo Bustamante, quien se encuentra facultado para otorgar actos como el presente, solicitando la reposición del Certificado de Depósito a plazo número dos cero cero uno-cero cero cero cero cero cero nueve siete siete ocho por el valor de DOSCIENTOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA a plazo CIENTO OCHENTA DÍAS plazo en virtud del extravío del mismo. Transcurrido treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. En consecuencia de lo anterior; se hace del conocimiento del público en general para los efectos legales del caso. San Salvador, siete de abril de dos mil quince. GLORIA EUGENIA HERNÁNDEZ DE O'BYRNE, JEFE DE VENTAS. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia METROCENTRO, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 14 de septiembre de 2010, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. AVISO SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F AVISA: Que en su agencia SAN MIGUEL METROCENTRO, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 08 de abril de 2014, a 720 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de AVISA: Que en su agencia APOPA, se ha presentado el propietario del certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 17 de marzo de 1990, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho certificado lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. LICDA. NORA BEATRIZ ÁVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S. A. 3 v. alt. No. F

96 96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 AVISO TÍTULO MUNICIPAL SCOTIABANK EL SALVADOR, S A. AVISA: Que en su agencia PLAZA MERLIOT, se ha presentado el propietario del Certificado No del Depósito a Plazo Fijo emitido el 03 de abril de 2014, a 180 días prorrogables, solicitando la reposición de dicho Certificado. Lo que se hace del conocimiento público para efectos de reposición del certificado relacionado conforme a los artículos 486 y 932 del Código de Comercio. Si transcurridos 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibe ninguna oposición a este respecto, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado. San Salvador, 09 de abril de COMEDICA DE R.L. Licda. NORA BEATRIZ AVILA, SCOTIABANK EL SALVADOR, S.A. AVISO 3 v. alt. No. F COMUNICA: Que se ha presentado el propietario del Certificado de Deposito a Plazo Fijo No , por la cantidad de US$ a un plazo de 180 DIAS en Agencia SAN MIGUEL, ubicada en CENTRO COMERCIAL PLAZA CHAPARRASTIQUE, AV. ROOSEVELT SUR, solicitando reposición de dicho Certificado. Por lo tanto se hace del conocimiento al público en general, para los efectos legales correspondientes, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y no existiendo oposición alguna, se procederá a la reposición del Certificado antes mencionado. San Salvador, l0 de abril Dr. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, Alcalde Municipal del Municipio y Departamento de Chalatenango. HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado la señora DORA ANTONIA ORTEZ VASQUEZ, de generales conocidas en las presentes Diligencias, quien solicita Título Municipal a su favor, de un inmueble situado en el Barrio El Calvario, Segunda Avenida Sur, S/N, de la Extensión Superficial de SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS cuya descripción es la siguiente: AL ORIENTE: mide quince punto ochenta y tres metros, y colinda con propiedad de Vilma Gladis Menjívar, pared de adobe de por medio, propiedad del inmueble que se describe; AL NORTE: mide cinco punto quince metros, colinda con propiedad de Deisy Neli Menjívar, pared de por medio propio del inmueble que se describe; AL PONIENTE: dividido en tres tiros el primero, de doce punto treinta y un metros, el segundo, de uno punto veintisiete metros; y el tercero, de dos punto noventa y ocho metros, colinda con propiedad de Ricardo Hernández, calle pública de por medio; AL SUR: mide tres punto sesenta y tres metros, colinda con la señora María Romelia Guardado, pared de ladrillo de por medio propia del colindante. Este inmueble no tiene cargas, o derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Dicho inmueble lo hubo por compra que hiciere a la señora María Romelia Guardado, según Escritura Pública, otorgada en la ciudad de Chalatenango, a las diez horas del día veintinueve de octubre de mil novecientos setenta y siete, ante los oficios notariales del Licenciado José Nicolás Menjívar, el cual no fue inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipoteca de este Departamento por no ser inscribible su antecedente, lo valora en la cantidad de OCHO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTE AMERICA. Lo que se hace del conocimiento público para los efectos de Ley. COMEDICA DE R.L. JOSE MANUEL SERRANO, JEFE DE AGENCIA, AGENCIA SAN MIGUEL. Alcaldía Municipal: Chalatenango, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil quince.- DR. JOSE RIGOBERTO MEJIA MENJIVAR, ALCALDE MUNICIPAL.- JOSE ENRIQUE RAMIREZ, SECRETARIO MUNICIPAL. 3 v. alt. No. F v. alt. No. C

97 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de MARCA DE SERVICIOS No. de Expediente: No. de Presentación: No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 36. EL INFRASCRITO REGISTRADOR CLASE: 38. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de TE- LEFONICA, S.A., de nacionalidad ESPAÑOLA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: las palabras CANAL Orbe 21 y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES; TRANSMISION DE PROGRAMAS DE RADIO O TELEVISION; SERVICIOS DE DIFUSION DE PROGRAMAS DE TELEVISION Y RADIOFONICOS; EMISION DE PROGRAMAS DE RADIO Y TELEVISION; SERVICIOS DE DIFUSION Y TRANSMISION DE INFORMACION A TRAVES DE REDES O INTERNET; TELECO- MUNICACIONES DE INFORMACION (INCLUYENDO PAGINAS WEB); AGENCIAS DE INFORMACION (NOTICIAS), TRANSMI- SION DE NOTICIAS Y ACONTECIMIENTO DIARIOS. Clase: 38. La solicitud fue presentada el día siete de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil quince. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Equifax, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, DECISION360 Consistente en: la palabra DECISION360, que servirá para: AM- PARAR: SEGUROS; OPERACIONES FINANCIERAS; OPERACIO- NES MONETARIAS; NEGOCIOS INMOBILIARIOS; SERVICIOS DE EVALUACIÓN Y ANÁLISIS DE CRÉDITOS; SERVICIOS DE ALERTA DE CRÉDITOS, INCLUYENDO LOS SERVICIOS DE ALERTA DE FRAUDE, ESPECÍFICAMENTE EL SEGUIMIENTO DE LOS INFORMES DE CRÉDITO DE CONSUMO Y SUMINISTRO DE ALERTA EN CUANTO A CUALQUIER MODIFICACIÓN DE LOS MISMOS; SERVICIOS DE INFORMACIÓN DE CRÉDITOS, ESPECÍFICAMENTE, EL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN FI- NANCIERA Y DE CRÉDITO RELACIONADA A LOS CONSUMI- DORES O LOS SOLICITANTES DE CRÉDITOS COMERCIALES, PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS, SERVICIOS PÚBLICOS Y SOBRE EMPLEO; SERVICIOS SOBRE RIESGOS FINANCIEROS PARA OTROS, ESPECÍFICAMENTE, EL ANÁLISIS DE RIESGOS FI- NANCIEROS Y SERVICIOS DE ASESORAMIENTO DE RIESGOS FINANCIEROS ESTRATÉGICOS; SERVICIOS DE CONSULTORÍA FINANCIERA EN LOS CAMPOS DE ORIGEN DE CUENTAS Y GESTIÓN DE CARTERAS; SUMINISTRO DE ESTIMACIONES E ÍNDICES PARA DETERMINAR LA SOLVENCIA MEDIANTE LA CLASIFICACIÓN DE LOS INDIVIDUOS DE ACUERDO A LA RIQUEZA, OPULENCIA, CAPACIDAD FINANCIERA Y DE GESTIÓN DE RIESGOS; SUMINISTRO DE BASE DE DATOS DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y CRÉDITOS. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día veintisiete de agosto del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil quince. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, SECRETARIA. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C v. alt. No. C

98 98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 42. EL INFRASCRITO REGISTRADOR Company, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, COMFORT PALS HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDGAR ANTONIO HERRERA QUEHL, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, Consistente en: la expresión F-SECURE y diseño; que se traduce al castellano como F-SEGURO, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS CIENTÍFICOS Y TECNOLÓGICOS, ASÍ COMO SERVICIOS DE INVESTIGACIÓN Y DISEÑO EN ESTOS ÁMBITOS; SERVICIOS DE ANÁLISIS E INVESTIGACIÓN INDUSTRIALES; DISEÑO Y DESARROLLO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Y DE SOFTWARE. Clase: 42. La solicitud fue presentada el día seis de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil quince. ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ, MARCA DE PRODUCTO REGISTRADOR. JIMMY NELSON RAMOS SANTOS, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C Consistente en: las palabras COMFORT PALS, traducido al castellano como COMODIDAD AMIGOS, que servirá para: AMPARAR: VENDAS ADHESIVAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día diez de diciembre del año dos mil ocho. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecinueve de diciembre del año dos mil catorce. MARIA DAFNE RUIZ, REGISTRADORA. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICAR- DO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de 3M DORIBAX Consistente en: la palabra DORIBAX, que servirá para: AMPA- RAR: FARMACEUTICOS PARA HUMANOS, PRINCIPALMENTE ANTI-INFECTIVOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dos de abril del año dos mil ocho.

99 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil quince. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: 30. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ROSENDO AMERICO PEREZ POSADAS, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de ConAgra Foods México, S.A. de C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EL CAMPANARIO Consistente en: las palabras EL CAMPANARIO, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, TÉ, CACAO Y SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ; ARROZ; TAPIOCA Y SAGÚ; HARINAS Y PREPARACIONES A BASE DE CEREALES; PAN, PRODUCTOS DE PASTELERÍA Y CONFITERÍA; HELADOS; AZÚCAR, MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POLVOS DE HORNEAR; SAL; MOSTAZA; VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS); INCLUYENDO KETCHUP, SALSAS Y SALSAS PARA PASTAS; ESPECIAS; HIELO. Clase: 30. La solicitud fue presentada el día veintiuno de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil catorce. HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado GINO JAVIER FUENTES FUENTES, en su calidad de APODERADO de Erich Krause Finland OY, de nacionalidad FINLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Erich Krause Consistente en: las palabras Erich Krause, que servirá para: AM- PARAR: PAPEL, CARTÓN Y ARTÍCULOS DE ESTA MATERIAS NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES; PRODUCTOS DE IM- PRENTA; MATERIAL DE ENCUADERNACIÓN; FOTOGRAFÍAS; ARTÍCULOS DE PAPELERÍA; ADHESIVOS (PEGAMENTOS) DE PAPELERÍA O PARA USO DOMÉSTICO; MATERIAL PARA AR- TISTAS; PINCELES; MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y ARTÍCULOS DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES); MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O MATERIAL DIDÁCTICO (EXCEPTO APARATOS); MATERIAS PLÁSTICAS PARA EMBALAR (NO COMPRENDIDAS EN OTRAS CLASES); CARACTERES DE IMPRENTA; CLICHÉS DE IMPREN- TA. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día veinticinco de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiséis de noviembre del año dos mil catorce. KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. 3 v. alt. No. C MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01, 05. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de

100 100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, de JOHNSON & JOHNSON, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EVAGIO LISTERINE CUIDADO TOTAL Consistente en: la palabra EVAGIO, que servirá para: AMPA- RAR: PRODUCTOS QUIMICOS USADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABONOS. Clase: 01. Para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR LOS ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día quince de diciembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, SECRETARIA. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, 3 v. alt. No. C REGISTRADOR. No. de Expediente: SAYONARA AYALA DE GUERRERO, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: v. alt. No. C Consistente en: las palabras LISTERINE CUIDADO TOTAL, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS NO MEDICADOS PARA ENJUAGUE Y LIMPIEZA BUCAL; REFRESCANTES BUCALES. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día veintiuno de febrero del año dos mil ocho. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diecisiete de febrero del año dos mil quince. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. No. de Presentación: CLASE: 25. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Newman, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICAR- DO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO Consistente en: las palabras NeW MaN, traducidas al castellano como NUEVO HOMBRE, que servirá para: AMPARAR: VESTUARIO, CALZADO, SOMBRERERIA. Clase: 25.

101 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del año dos mil ocho. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, dos de diciembre del año dos mil catorce. JUAN CARLOS AGUILAR SAMAYOA, REGISTRADOR. ANA LAURA RIVERA CASTELLANOS, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 01, 05. LA INFRASCRITA REGISTRADORA HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ABRAHAM LOPEZ RAMOS, en su calidad de APODERADO de Syngenta Participations AG, de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, PIVENDO Consistente en: la palabra PIVENDO, que servirá para: AMPA- RAR: PRODUCTOS QUÍMICOS USADOS EN LA AGRICULTURA, HORTICULTURA Y SILVICULTURA; PREPARACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE SEMILLAS; ABONOS. Clase: 01. Para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA DESTRUIR LOS ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INSECTICIDAS. Clase: 05. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de UNI- LEVER N.V., de nacionalidad HOLANDESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, RINSO SENSACIONES Consistente en: las palabras RINSO SENSACIONES, que servirá para: AMPARAR: DETERGENTES; PREPARACIONES Y SUSTANCIAS, TODAS PARA SU USO EN LA LAVANDERÍA, INCLUYENDO ALMIDÓN DE LAVANDERÍA; PREPARACIONES PARA EL ACONDICIONADO DE TELAS, SUAVIZANTES DE TE- LAS; PREPARACIONES PARA BLANQUEAR; PREPARACIONES PARA REMOVER MANCHAS; JABONES, INCLUYENDO JABONES PARA ABRILLANTAR LOS TEXTILES; PREPARACIONES PARA LAVAR A MANO ROPA Y TEXTILES; PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR. Clase: 03. La solicitud fue presentada el día doce de junio del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. La solicitud fue presentada el día quince de diciembre del año dos mil catorce. 3 v. alt. No. C

102 102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 03, 05. Cimbali S.p.A., de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de MERIAL, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, FRONTLINE Consistente en: la palabra FRONTLINE, que al idioma castellano se traduce como FRENTE LINEA, que servirá para: AMPARAR: JABO- NES, CHAMPÚS, LOCIONES, PASTAS DENTALES, ARTÍCULOS DE TOCADOR Y COSMÉTICOS PARA ANIMALES; HISOPOS CON FINES COSMÉTICOS PARA ANIMALES; PREPARACIONES PARA EL CUIDADO DE LA PIEL PARA ANIMALES. Clase: 03. Para: AM- PARAR: PREPARACIONES Y PRODUCTOS HIGIÉNICOS PARA PROPÓSITOS VETERINARIOS; SUSTANCIAS DIETÉTICAS ADAP- TADAS PARA USO VETERINARIO; EMPLASTOS Y MATERIALES PARA APÓSITOS PARA ANIMALES; DESINFECTANTES PARA USO VETERINARIO; PREPARACIONES PARA LA DESTRUCCIÓN DE ANIMALES DAÑINOS, PARASITICIDAS, FUNGICIDAS; PRO- DUCTOS FARMACÉUTICOS, MEDICINAS Y VACUNAS PARA USO VETERINARIO; PRODUCTOS FARMACÉUTICOS PARA EL CUIDADO DE LA PIEL PARA ANIMALES; HISOPOS PARA USO VETERINARIO; SUPLEMENTOS NUTRICIONALES ADAPTADOS PARA USO VETERINARIO. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C Consistente en: la palabra FAEMA, que servirá para: AMPARAR: MOLINOS ELÉCTRICOS DE CAFÉ; MOLINILLOS ELÉCTRICOS DE CAFÉ; MÁQUINAS ELÉCTRICAS PARA PICAR HIELO; APA- RATOS DE USOS MÚLTIPLES PARA RESTAURANTES TALES COMO PROCESADORES DE ALIMENTOS; MÁQUINAS LAVA- VAJILLAS, INCLUYENDO LAVAVAJILLAS PARA CANTINAS; MEZCLADORAS; PULVERIZADORES DE CAFÉ. Clase: 07. Para: AMPARAR: REFRIGERADORES, DESCALCIFICADORES DE AGUA; FILTROS DE CAFÉ PARA CAFETERAS ELÉCTRICAS; PERCOLADORES DE CAFÉ Y DE CAFÉ CON CREMA; CAFETE- RAS ELÉCTRICAS; MÁQUINAS PARA HACER CAFÉ EXPRESO, INCLUYENDO MÁQUINAS DE CAFÉ EXPRESSO PARA CANTI- NAS; MÁQUINAS PARA HACER CAPUCCINO; PERCOLADORAS DE CAFÉ AUTOMÁTICAS Y SUS ACCESORIOS; MÁQUINAS PARA HACER CUBOS DE HIELO; FILTROS PARA PERCOLA- DORAS AUTOMÁTICAS DE CAFÉ; CALDERAS DE AGUA PARA PERCOLADORES AUTOMÁTICOS DE CAFÉ; SURTIDORES DE VAPOR PARA INSTALACIONES DE CALEFACCIÓN POR VAPOR; SURTIDORES (CHORROS) DE VAPOR; ESPUMANTES DE LECHE Y ESPUMANTES PARA CAFETERAS ELÉCTRICAS. Clase: 11. La solicitud fue presentada el día veintiocho de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, nueve de febrero del año dos mil quince. MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ, REGISTRADOR. SAYONARA AYALA DE GUERRERO, SECRETARIA. 3 v. alt. No. C No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07, 11. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 05. EL INFRASCRITO REGISTRADOR EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DINA CASTRO DE CALLEJAS, en su calidad de APODERADO de Gruppo HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado ULISES SALVADOR ALAS, en su calidad de APODERADO de Boehringer

103 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de Ingelheim International GmbH, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, MOBICOX Consistente en: la palabra MOBICOX, que servirá para: AMPA- RAR: PREPARACIONES FARMACÉUTICAS PARA EL TRATA- MIENTO DE ENFERMEDADES Y DESÓRDENES DEL TRACTO ALIMENTARIO Y EL METABOLISMO, Y LA SANGRE Y ÓRGA- NOS FORMADORES DE LA SANGRE; PREPARACIONES FAR- MACÉUTICAS PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES Y DESÓRDENES DEL SISTEMA CARDIOVASCULAR, SISTEMA MUSCULO-ESQUELÉTICO, SISTEMA NERVIOSO CENTRAL, SISTEMA NERVIOSO PERIFÉRICO, SISTEMA GENITOURINARIO Y SISTEMA RESPIRATORIO; Y PREPARACIONES FARMACÉU- TICAS PARA EL TRATAMIENTO DE ENFERMEDADES Y DESÓRDENES DERMATOLÓGICOS, HORMONALES, INFEC- CIOSOS, VIRALES Y ONCOLÓGICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticinco de noviembre del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de noviembre del año dos mil catorce. KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ, REGISTRADORA. JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO, SECRETARIO. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 34. EL INFRASCRITO REGISTRADOR 3 v. alt. No. C HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado EVELYN MARLENE BONILLA, en su calidad de APODERADO de Alois Pöschl GmbH & Co. KG, de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, TABACO DE MASCAR, TABACO DE CORTE FINO, Y RAPE (TA- BACO EN POLVO); PRODUCTOS DE TABACO, INCLUYENDO CI- GARILLOS, CIGARROS PUROS INCLUSIVE PURITOS; HIERBAS PARA FUMAR; ARTICULOS DE FUMADORES, INCLUYENDO: PIPAS DE FUMAR, FILTROS, LIMPIADORES, BASTIDORES, SOPORTES, BANDEJAS, TALLOS Y HERRAMIENTAS TODOS PARA PIPAS DE FUMAR, HUMIDORES, PAPEL DE CIGARRILLOS, APARATOS PARA ENROLLAR CIGARRILLOS, ENTUBADO DE CIGARRILLOS, APARATOS DE RELLENADO DE TUBOS DE CIGARRILLOS, MECHAS PARA ENCENDEDORES DE CIGARRI- LLOS Y DE CIGARROS PUROS, PUNTAS CON FILTRO PARA CIGARRILLOS Y PARA CIGARROS PUROS, PEDERNALES Y PIEDRAS DE FUEGO; CAJAS, TARROS Y BOLSOS PARA CIGA- RROS PUROS, PARA CIGARRILLOS, PARA PIPAS, PARA RAPE, Y PARA TABACO; CENICEROS, CUCHILLAS PARA TABACO, CONTENEDORES DE GAS PARA ENCENDEDORES DE CIGARRI- LLOS Y DE CIGARROS PUROS, ENCENDEDORES DE BOLSILLO NO DE METALES PRECIOSOS, ESTUCHES PARA FUMADORES, PORTA CIGARROS PUROS, PORTA CIGARRILLOS, CORTADO- RES DE CIGARROS PUROS Y TIJERAS PARA CIGARROS PUROS, NINGUNO QUE SEA DE MATERIALES PRECIOSOS, PETACAS PARA TABACO; ARTICULOS DE CONSUMIDORES DE TABACO (EN POLVO), INCLUSIVE DISPENSADORES DE TABACO EN POLVO, ESPECIFICAMENTE CONTENEDORES DE TABACO EN POLVO CON MEDIOS PARA DISPENSAR UNA PIZCA DE TABACO; FOSFOROS. Clase: 34. La solicitud fue presentada el día nueve de julio del año dos mil trece. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, diez de febrero del año dos mil quince. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ, No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 12, 37. SECRETARIA. 3 v. alt. No. C EL INFRASCRITO REGISTRADOR Consistente en: la palabra PUEBLO y diseño, que servirá para: AMPARAR: TABACO EN BRUTO Y MANUFACTURADO, INCLU- YENDO: TABACO PARA PIPAS, TABACO DE CIGARRILLOS, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado SILVIA EUGENIA RODRIGUEZ CEA, en su calidad de GESTOR OFICIOSO

104 104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 de AIRBUS HELICOPTERS, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, Consistente en: diseño de LOGO AH, que servirá para: AMPA- RAR: VEHÍCULOS; APARATOS DE LOCOMOCIÓN TERRESTRE, AÉREA O ACUÁTICA; HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS Y PARTES ESTRUCTURALES, PIEZAS, COMPO- NENTES DINÁMICOS Y EQUIPOS PARA ELLOS, COMPREN- DIDOS EN LA CLASE 12; FUSELAJES (CARROCERÍAS) PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; BRA- ZOS DE COLA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ROTORES PRINCIPALES Y ROTORES DE COLA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ÁLABES DE ROTOR PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; HÉLICES PARA HELICÓPTEROS Y AERO- RONAVES DE ALAS GIRATORIAS; PALANCAS UNIVERSALES DE RÓTULA, PALANCAS Y PEDALES PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS [PARTES ESTRUC- TURALES PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS]. Clase: 12. Para: AMPARAR: INSTALACIÓN, ME- JORA, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, PARTES ESTRUCTURALES, PIEZAS, COMPONENTE DINÁMICOS Y SUS EQUIPOS; INSTALACIÓN, MEJORA, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE COMPONENTES DE ACOPLAMIENTO Y TRANSMISIÓN PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, MOTORES PARA HELI- CÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, ROTORES PRINCIPALES Y ROTORES DE COLA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, ÁLABES DE ROTOR PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS, EQUIPOS DE AVIÓNICA PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; CONSERVACIÓN, MANTENIMIENTO, REVISIÓN Y REPARACIÓN, INSTALACIÓN ASÍ COMO MO- NAVES DE ALAS GIRATORIAS; ALAS PARA HELICÓPTEROS DERNIZACIÓN TÉCNICA DE PARQUES DE HELICÓPTEROS Y Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; MECANISMOS DE AUTOGIROS PARA CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE LAS ATERRIZAJE PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS DISPOSICIONES LEGISLATIVAS Y REGLAMENTOS NACIONA- GIRATORIAS; RUEDAS DE ATERRIZAJE PARA HELICÓPTEROS LES, EXTRANJEROS, CIVILES Y MILITARES; INSPECCIÓN DE Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; FRENO PARA HELI- HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS ANTES CÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; AMORTI- DE SU MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN; PERSONALIZACIÓN GUADORES PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS [SERVICIOS DE INSTALACIÓN] DE HELICÓPTEROS Y AERO- GIRATORIAS; PUERTAS PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES NAVES DE ALAS GIRATORIAS; PINTADO DE HELICÓPTEROS DE ALAS GIRATORIAS; VENTANAS PARA HELICÓPTEROS Y Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; INSTALACIÓN, ME- AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; PANELES DE VIDRIO JORA, MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN DE APARATOS E PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; INSTRUMENTOS NÁUTICOS, GEODÉSICOS, FOTOGRÁFICOS, ASIENTOS PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS CINEMATOGRÁFICOS, ÓPTICOS, DE PESAR, DE MEDIDA, DE GIRATORIAS; CUBIERTAS DE ASIENTO PARA HELICÓPTEROS SEÑALIZACIÓN, CONTROL (INSPECCIÓN), DE SALVAMENTO Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; COJINES DE ASIENTO Y DE ENSEÑANZA, SISTEMAS ELÉCTRICOS, APARATOS DE PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; CINTURONES DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE HELICÓP- REGISTRO, TRANSMISIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO, TEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ARNESES DE IMÁGENES O DATOS, APARATOS PARA EL TRATAMIENTO DE SEGURIDAD PARA ASIENTOS DE HELICÓPTEROS Y AERONA- LA INFORMACIÓN, ORDENADORES, HARDWARE INFORMÁ- VES DE ALAS GIRATORIAS; TAPICERÍA PARA HELICÓPTEROS TICO, MÁQUINAS Y APARATOS DE TELECOMUNICACIONES, Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; PANELES INTERIORES TODO ELLOS SE UTILIZAN EN RELACIÓN CON HELICÓPTE- PARA HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; INSTALACIÓN, TIRAS DE PROTECCIÓN PARA FUSELAJES (CARROCERÍA) DE MEJORA, MANTENIMIENTO, REPARACIÓN, PUESTA A PUNTO HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; TIRAS DE SIMULADORES DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE DE PROTECCIÓN PARA ÁLABES DE HÉLICE DE HELICÓPTEROS ALAS GIRATORIAS; SERVICIOS DE SOPORTE TÉCNICO, EN Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; DEPÓSITOS DE GAS Y CONCRETO ASESORAMIENTO TÉCNICO RELACIONADO CON TAPAS DEL DEPÓSITO DE GAS PARA HELICÓPTEROS Y AE- EL MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO

105 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ALQUILER DE MÁQUINAS Y HERRAMIENTAS PARA EL MAN- TENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE HELICÓP- TEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; SERVICIOS DE INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON EL MANTENIMIENTO, LA REPARACIÓN Y LA PUESTA A PUNTO DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS; ACCESO A UN SITIO WEB CON INFORMACIÓN SOBRE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN Y PUESTA A PUNTO DE HELICÓPTEROS Y AERONAVES DE ALAS GIRATORIAS. Clase: 37. La solicitud fue presentada el día once de marzo del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiuno de marzo del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. SALOMON PORTILLO MARTINEZ, en su calidad de GESTOR OFI- CIOSO de KUVERA S.P.A, de nacionalidad ITALIANA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, Consistente en: un diseño identificado como CARPISA LOGO, que servirá para: AMPARAR: METALES PRECIOSOS, EN BRUTO O SEMIELABORADOS, INCLUYENDO ORO EN BRUTO O BATIDO Y PLATA, EN BRUTO O BATIDA; ALEACIONES DE METALES PRECIOSOS; CAJAS DE METALES PRECIOSOS; JOYEROS; AMULETOS; JOYERÍA, INCLUYENDO JOYAS DE PLATA, BRAZALETES, DIJES, COLGANTES, CADENAS, COLLARES, MARFIL (JOYERÍA), MEDALLONES (JOYERÍA), ADORNOS (JOYERÍA), PERLAS (JOYERÍA), ANILLOS (JOYERÍA), ARETES, PENDIENTES, Y PULSERAS TIPO ANIDE; BROCHES; CLIPS DE CORBATA; MEDALLAS; PINES DE ADORNO; PIEDRAS SEMI- PRECIOSAS; PIEDRAS PRECIOSAS; ESTATUAS DE METALES PRECIOSOS; ADORNOS PARA SOMBREROS DE METALES PRE- CIOSOS; ADORNOS PARA CALZADO DE METALES PRECIOSOS; GEMELOS; PASADORES (PINES); PISA CORBATAS; LLAVEROS; RELOJES, INCLUYENDO RELOJES ELÉCTRICOS; RELOJES DE PULSERA INCLUSIVE RELOJES DE PULSERA ELÉCTRICOS, DESPERTADORES, Y RELOJ CON ALTAVOCES; BRAZALETES DE RELOJ; CORREAS PARA RELOJES, INCLUYENDO CORREAS PARA RELOJES DE PULSERA; DIALES (PANTALLAS); CADENAS PARA RELOJES; CRONÓGRAFOS (RELOJES); INSTRUMENTOS CRONOMÉTRICOS; ESTUCHES PARA RELOJERÍA; ESTUCHES PARA RELOJES (PRESENTACIÓN); CAJAS PARA RELOJES; CRONÓMETROS; BOLSAS PARA RELOJES (FUNDAS). Clase: 14. Para: AMPARAR: CUERO INCLUYENDO CUERO EN BRUTO O SEMIELABORADO, E IMITACIONES DE CUERO Y PRODUCTOS DE ESTOS MATERIALES, ESPECÍFICAMENTE, CARTÓN DE CUERO, GAMUZA QUE NO SEA PARA FINES DE LIMPIEZA; 3 v. alt. No. C CORDONES DE CUERO; CORREAS PARA PATINES; CORREAS DE CUERO; CORDONCILLOS DE CUERO; ORLAS DE CUERO PARA MUEBLES; BANDAS DE CUERO; CAJAS DE CUERO; No. de Expediente: BANDOLERAS DE CUERO; REVESTIMIENTOS DE CUERO No. de Presentación: PARA MUEBLES; ALMOHADILLAS RELLENAS HECHAS PARA GUARNICIONERÍA; BOLSOS, INCLUYENDO BOLSOS DE MANO, CLASE: 14, 18, 25. BOLSOS DE COLGAR EN EL HOMBRO, Y BOLSOS DE VIAJE; MARCOS PARA BOLSOS DE MANO; BOLSAS DE HERRAMIEN- EL INFRASCRITO REGISTRADOR TAS VENDIDAS VACÍAS; CARTERAS, INCLUYENDO CARTERAS DE MALLA; BILLETERAS, INCLUYENDO BILLETERAS DE HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DAVID BOLSILLO; MALETAS, INCLUYENDO VALIJAS Y MALETAS DE MANO; BOLSITAS (POUCHES); MOCHILAS, MORRALES TIPO MOCHILAS; BOLSAS PARA COMPRAS, INCLUYENDO BOLSAS DE COMPRAS CON RUEDAS; BOLSAS PARA JUEGO; BOLSAS ESCOLARES; CARTERONES DE COLEGIALES; BOLSAS DE CUERO PARA LLEVAR NIÑOS; SACOS DE ALPINISTAS; SACOS DE CAMPISTAS; BOLSAS PARA PLAYA; BOLSAS DE CUERO PARA EMBALAJE; ALFORJAS; PORTATRAJES PARA VIAJES; BOLSAS DE REDECILLA PARA COMPRAS; BOLSAS PARA DEPORTES; ESTUCHES DE CUERO DE IMITACIÓN; ESTUCHES PARA LIENZOS; PORTACHEQUES DE CUERO; POR- TAPASAPORTES; COLLARES PARA ANIMALES DOMÉSTICOS Y MASCOTAS, INCLUYENDO COLLARES DE PERRO; BOZALES;

106 106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 407 COBERTORES PARA ANIMALES; ROPA PARA MASCOTAS; ATACHÉS; FUNDAS DE CUERO PARA TARJETAS DE CRÉDITO; TARJETEROS (PORTADOCUMENTOS); ESTUCHES DE CUERO; ESTUCHES PORTADOCUMENTOS; ESTUCHES PARA LLAVES; ESTUCHES PARA INSTRUMENTOS MUSICALES; ESTUCHES VACÍOS PARA COSMÉTICOS; ESTUCHES VACÍOS PARA AR- ROPA PARA EXTERIOR; FORROS (PARTES DE PRENDAS DE VESTIR); HORQUILLAS DE CAMISAS; GABARDINAS (PRENDAS DE VESTIR); PRENDAS MODELADORAS; JERSEYS (PRENDAS DE VESTIR), INCLUSIVE JERSEYS DEPORTIVOS; LIBREAS; MU- ÑEQUERAS (PRENDAS DE VESTIR); DELANTALES; PELLIZAS (PRENDAS DE VESTIR); BOLSILLOS PARA ROPA; HABITOS; TÍCULOS DE TOCADOR; BAÚLES, INCLUYENDO BAÚLES DE VIAJE; SETS DE VIAJE; NECESERES VENDIDOS VACÍOS; EMPUÑADURAS DE MALETAS; MALETINES; CUEROS; PIELES, INCLUYENDO PIELES DE GANADO, PIEL DE CABRITO, Y PIEL DE TOPO; CUBIERTAS DE PIELES; PELAJES; SOMBRILLAS DE PLAYA; BASTONES, INCLUYENDO BASTONES DE ALPINISTAS, BASTONES MONTAÑEROS PUNTIAGUDOS, Y BASTONES CON ASIENTOS; EMPUÑADURAS DE BASTONES PARA CAMINAR; MANIJAS DE BASTONES PARA CAMINAR; LÁTIGOS; ARNESES Y GUARNICIONERÍA. Clase: 18. Para: AMPARAR: ARTÍCULOS DE VESTIR ESPECÍFICAMENTE ROPA CONFECCIONADA, INCLUYENDO CHAQUETAS, CAMISAS, PECHERAS; CAMISE- PARA LA LLUVIA; DISFRACES; SARIS; TRAJES PARA TEATRO; TAS, INCLUSIVE CAMISETAS (SINGLETS); SACOS, SUÉTERES, FALDAS, PULÓVERS; CALCETINES INCLUSIVE CALCETINES CORTOS; MEDIAS, MALLAS, GUANTES, BUFANDAS; ROPA PEREGRINAS; VELOS; MANTILLAS; FULARES; PAÑUELOS INTERIOR, INCLUSIVE, CALZONCILLOS, COMBINACIONES/ FUSTANES, ROPA INTERIOR (ANTISUDOR), LENCERÍA, INCLU- INCLUSIVE CORBATAS Y CORBATINES; PANTIMEDIAS; LIGAS; PAÑUELOS; BANDANAS; CAMISOLAS; PUÑOS; ESTOLAS DE PIEL; PRENDAS DE PUNTO (ROPA); ABRIGOS; PARKAS; CHA- LES; BLUSAS; TRAJES; UNIFORMES; CHALECOS, INCLUSIVE CHALECOS DE VESTIR Y CHALECOS PARA PESCA; ROPA DE CHANDAL; ROPA DE PLAYA, INCLUSIVE ROPA PARA NADAR, GABANES; TOGAS; CHAQUETAS ACOLCHADAS (PRENDAS DE VESTIR); PRENDAS DE VESTIR DE PAPEL; ENEGUAS; PRENDAS DE VESTIR DE CUERO; PRENDAS DE VESTIR DE IMITACIÓN DE CUERO; CHAQUETAS RESISTENTES AL VIENTO PARA LOS CHALECOS DE VIENTO/ CHAQUETAS DE VIENTO; PRENDAS DE VESTIR DE PLUMÓN; FAJEROS PARA MUJERES; ROPA DE NIÑOS; CANASTILLAS DE ROPA; BABEROS NO DE PAPEL; ROPA PARA AUTOMOVILISTAS; ROPA DEPORTIVA, INCLUSI- VE TRAJES DE NEOPRENO PARA ESQUÍ ACUÁTICO, ROPA DE CICLISMO, ROPA PARA JUDO, Y ROPA PARA LUCHA LIBRE; ROPA IMPERMEABLE; IMPERMEABLES; PONCHOS; CAPAS ROPA PARA EL BAILE; POLAINAS; CORREAS PARA POLAINAS; CAPUCHAS; CALCETERÍA; LEGGINS; BOAS (COLLARES); CUADRADOS; MITONES; CHALES; TIRANTES, INCLUSIVE TIRANTES PARA CALCETINES, TIRANTES PARA MEDIAS Y SIVE BRAGAS, CORPIÑOS (LENCERÍA), CORSETES, BODIES TIRANTES PARA PANTALONES; CEÑIDORES; TRABILLAS; (LENCERÍA), Y SOSTENES; ROPA DE DORMIR, INCLUSIVE RIÑONERAS (PRENDAS DE VESTIR); CINTURONES, INCLUSIVE PIJAMAS; FAJINES; ALBORNOCES; MANGUITOS (COBERTORES CINTURONES DE CUERO (PRENDAS DE VESTIR); VESTIDOS TUBULARES PARA LAS MANOS); OREJERAS; CORBATERÍA, DE NOVIA. CALZADO, INCLUYENDO: ZAPATOS, INCLUSIVE ZAPATOS DEPORTIVOS, ZAPATILLAS DEPORTIVAS, ZAPATOS DE PLAYA, ZAPATOS PARA FUTBOL, ZAPATOS DE GIMNASIA, ZAPATOS PARA SALTAR, ZAPATOS PARA CORRER (CON CLA- VOS DE METAL), Y ZAPATOS PARA ESCALAR MONTAÑAS; SANDALIAS INCLUSIVE SANDALIAS DE BAÑO; PANTUFLAS INCLUSIVE PANTUFLAS DE BAÑO; BOTAS, INCLUSIVE BOTAS TRAJES DE BAÑO, BRAGAS DE BAÑO, CALZONES DE BAÑO; MITONES; GABACHAS; SOBRETODOS; PROTECTORES PARA PRENDAS DE VESTIR; PROTECTORES PARA LOS HOMBROS; CUELLOS (PRENDAS DE VESTIR), INCLUSIVE (ROPA) CUELLOS POSTIZOS; PROTECTORES PARA CUELLOS; PANTALONES, INCLUSIVE JEANS, PANTALONES BOMBACHOS, Y PANTALÓN PARA BEBÉS; SALTOS DE CAMA (PRENDAS DE VESTIR); JUM- PERS; TOPS INSTANTÁNEOS; PIELES; ROPA DE COMBINACIÓN; PARA DEPORTES, BOTAS PARA ESQUÍ, BOTAS PARA FUTBOL, BOTINES, BOTAS DE ENCAJE, BOTAS PARA AGUA, Y BOTAS PARA LA LLUVIA; SUELAS PARA CALZADO; PLANTILLAS (SUELAS). ARTÍCULOS DE SOMBRERERÍA, INCLUYENDO: SOMBREROS, GORRAS (SOMBRERERÍA), VISERAS INCLUSIVE VISERAS PARA GORRAS, MARCOS DE SOMBREROS, BOINAS, BANDAS PARA LA CABEZA, GORROS INCLUSIVE GORROS DE DUCHA Y GORROS DE BAÑO. Clase: 25.

107 DIARIO OFICIAL.- San Salvador, 21 de Abril de La solicitud fue presentada el día diez de febrero del año dos mil catorce. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de enero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil quince. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO, REGISTRADORA. 3 v. alt. No. C SILVIA LORENA VEGA CHICAS, SECRETARIA. No. de Expediente: No. de Presentación: CLASE: 07. LA INFRASCRITA REGISTRADORA 3 v. alt. No. C CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ, No. de Expediente: SECRETARIA. No. de Presentación: CLASE: 03. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SONIA ELIZABETH BATRES DE BATRES, de nacionalidad SALVADO- REÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARITZA ELIZABETH VENTURA DE AQUINO, en su calidad de APODERADO de DENSO CORPORATION, de nacionalidad JAPONESA, solicitando Consistente en: la expresión SoniaM y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE BELLEZA. Clase: 03. el registro de la MARCA DE PRODUCTO, La solicitud fue presentada el día cuatro de febrero del año dos mil quince. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Unidad de Propiedad Industrial, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de febrero del año dos mil quince. Consistente en: un diseño identificado como TT, que servirá para: AMPARAR: BUJÍAS, INCLUYENDO BUJÍAS PARA MOTORES INCLUSIVE BUJÍAS PARA MOTORES DE VEHÍCULOS DE DOS Y CUATRO RUEDAS, BUJÍAS PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA PARA MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN Y PARA OTROS TIPOS DE MAQUINARIA INDUSTRIAL, Y BUJÍAS PARA MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA. Clase: 07. La solicitud fue presentada el día nueve de septiembre del año dos mil catorce. DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ, REGISTRADOR. LUCIA MARGARITA GALAN ARGUETA, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F

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