I. Principado de Asturias
|
|
- Pascual Alvarado Barbero
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 núm. 217 de 17-IX /11 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Hacienda y Sector Público Acuerdo de 14 de septiembre de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de junio de 2016 por el que se fijan para 2016 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de junio de 2016, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, número 140, de 17 de junio de 2016, se fijaron para el año 2016 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias. Sobre dicho Acuerdo, en el ejercicio de la competencia atribuida al Consejo de Gobierno por el artículo 14.2.g) de la Ley del Principado de Asturias 3/1985, de 26 de diciembre, de ordenación de la Función Pública, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Sector Público, se proponen las siguientes modificaciones, que afectan al contenido de los anexos respectivos: En primer lugar, se modifica el anexo II, que contiene las retribuciones del personal funcionario, suprimiendo el Plus por la prestación de servicios de inspección veterinaria en mataderos regulado en horario especial. Estamos ante un complemento específico de naturaleza variable, que tal y como su nombre indica, estaba destinado a retribuir los horarios especiales realizados por inspectores veterinarios dentro del marco establecido por la Resolución de 14 de diciembre de 2007, de la Consejería de Salud y Servicios s, por la que se aprueba un horario especial para la inspección veterinaria en mataderos. Dicha resolución fue anulada por Sentencia de 1 de octubre de 2008 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Oviedo (Recurso P.A. 70/2008), quedando sin efectos los horarios especiales regulados en la misma. Por dicho motivo, una vez verificada la inaplicación del complemento específico variable referido, se decide su supresión. En segundo lugar, tras la firma del Acuerdo de Mesa Sectorial de Negociación del Personal Estatutario, de fecha 4 de abril de 2016, sobre la adopción de medidas para la mejora retributiva y organizativa de los dispositivos del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (SUAP), y con el fin de hacer efectivas las novedades retributivas en él pactadas, se hace necesario proceder a la modificación del anexo VI, retribuciones del personal estatutario del Servicio de Salud del Principado de Asturias, del Acuerdo de 16 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno. Al margen de las modificaciones descritas, se han advertido errores materiales en los anexos VI, VII, IX, XV, XVI y XXI del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de junio de 2016, que hacen necesaria su corrección de acuerdo con lo establecido en el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por lo expuesto, en el ejercicio de la competencia atribuida al Consejo de Gobierno por el citado artículo 14.2.g) de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Sector Público, el Consejo de Gobierno, ACUERDA Primero. Modificar los anexos II, VI, VII, IX, XV, XVI y XXI del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de junio de 2016, por el que fijan para 2016 las cuantías de las retribuciones del personal al servicio de la Administración del Principado de Asturias, en el siguiente sentido: Uno. En el apartado 3, específico con devengo variable, perteneciente al anexo II, se modifica la letra a), que queda redactada de la siguiente manera: a) Personal funcionario del Principado de Asturias. Cuantía en euros Concepto Jornada completa Media jornada Peligrosidad 4,18 2,09 Penosidad 4,18 2,09 Toxicidad 4,18 2,09 Nocturnidad 13,64 6,82 Festivo 31,18 15,59 Turnicidad/mes 48,30
2 núm. 217 de 17-IX /11 Concepto Plus por funciones sobre planes y promoción de empleo en las Oficinas de Empleo. 31,25 Concepto Cuantía en euros Por guardia localizada Veterinario 24 horas. 136,43 Por guardia localizada Veterinario 16 horas. 90,95 Concepto Cuantía en euros Por atención permanente a alertas de salud pública (semana básica, sin festivos) 303,00 Por atención permanente a alertas de salud pública (suplemento por día festivo) 50,50 Por guardia localizada Ing. T. Superior Minas 24 horas 136,43 Por guardia localizada Ing. T. Superior Minas 16 horas 90,95 Por guardia localizada Ing. Técnico/a Minas 24 horas 81,86 Por guardia localizada Ing. Técnico/a Minas 16 horas 54,58 Dos. En el apartado 3 específico, del anexo VI, se modifican los números 3.4 y 3.5, que quedan redactados de la siguiente manera: 3.4. Componente singular por realización de jornada de mañana, tarde y noche. Categoría/puesto de trabajo Personal facultativo de Urgencia Hospitalaria, del SAMU y del SUAP* 347,70 * Personal SUAP en el ámbito y condiciones del Acuerdo de Mesa Sectorial de Personal Estatutario de 4 de abril de Componente singular por turnicidad para personal de atención hospitalaria, para el personal administrativo y auxiliar administrativo de atención primaria, para el personal enfermero/a, personal técnico no titulado y auxiliar administrativo operadores del Samu, y para el personal enfermero y celador del Suap*. Grupo de Clasificación Grupo B 76,06 Grupo C 41,59 Grupo D 33,52 Grupo E 33,15 * Personal SUAP en el ámbito y condiciones del Acuerdo de Mesa Sectorial de Negociación de Personal Estatutario de 4 de abril de Tres. En el apartado 4 Carrera profesional y desarrollo profesional, del anexo VI, advertido error material se modifican los importes retributivos mensuales desarrollo profesional para el personal estatutario (excluido Licenciados y Diplomados s), que quedan redactados en los siguientes términos: Importes retributivos mensuales desarrollo profesional para el personal estatutario. (excluido Licenciados y Diplomados s) Grupo A Grupo B Grupo C Grupo D Grupo E Nivel 1 178,79 114,44 75,11 60,80 46,49 Nivel 2 354,09 226,61 148,72 120,39 92,06 Nivel 3 525,94 336,60 220,90 178,82 136,73 Nivel 4 697,27 446,27 292,86 237,08 181,28 Cuatro. En el apartado 5 de atención continuada del anexo VI, se modifica el número 5.10, que queda redactado en los siguientes términos:
3 núm. 217 de 17-IX / Otro personal (Dentro de la jornada ordinaria) Personal en turno rotatorio de atención hospitalaria, personal de enfermería y auxiliares administrativos operadores del Samu, personal de enfermería y celador del Suap* y personal auxiliar administrativo de los puntos de atención continuada en atención primaria Grupo B Por cada hora de noche en día laborable 3,56 Grupo C Por cada hora de noche en día laborable 2,92 Grupo D Por cada hora de noche en día laborable 2,72 Grupo E Por cada hora de noche en día laborable 2,68 Grupo B Por cada hora de noche en domingo o de festivo 6,52 Grupo C Por cada hora de noche en domingo o de festivo 5,10 Grupo D Por cada hora de noche en domingo o de festivo 4,88 Grupo E Por cada hora de noche en domingo o de festivo 4,82 Grupo B Por cada hora en domingo o festivo 8,47 Grupo C Por cada hora en domingo o festivo 6,74 Grupo D Por cada hora en domingo o festivo 6,50 Grupo E Por cada hora en domingo o festivo 6,38 * Personal SUAP en el ámbito y condiciones del Acuerdo de Mesa Sectorial de Negociación de Personal Estatutario de 4 de abril de Cuando este personal preste servicios dentro de la jornada ordinaria de trabajo, durante las fiestas navideñas, será retribuido de la siguiente forma: Horas en los turnos de mañana y tarde de los días 24 y 31 de diciembre: La cantidad correspondiente al valor de la hora de un domingo o festivo, según el grupo y la categoría de pertenencia. Horas en los turnos de noche del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero: El importe equivalente al doble del correspondiente al valor de la hora de noche de domingo o festivo, según el grupo y la categoría de pertenencia. Horas en los turnos de mañana y tarde de los días 25 de diciembre y 1 de enero: El doble de la cantidad que corresponda al valor de la hora de un domingo o festivo, según el grupo y la categoría de pertenencia. Cinco. En el anexo VII, advertido error en la alineación se corrige la Tabla relativa al complemento por asegurados adscritos, resultando lo siguiente: Tabla relativa al complemento por asegurados adscritos 1. MÉDICO DE MEDICINA GENERAL 1. Hasta 250 Titulares Adscritos 93,79 2. De 251 a 500 Titulares Adscritos 133,90 3. De 501 a 750 Titulares Adscritos 170,38 4. De 751 Titulares Adscritos en adelante 206,80 2. MÉDICO ESPECIALISTA EN PEDIATRÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 148,34 2. De a Titulares Adscritos 170,37 3. De Titulares Adscritos en adelante 206,83 3. MÉDICO ESPECIALISTA DE CIRUGÍA GENERAL 1. Hasta Titulares Adscritos 134,47 2. De a Titulares Adscritos 171,28 3. De Titulares Adscritos en adelante 207,87 4. MÉDICO ESPECIALISTA DE TRAUMATOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 142,88 2. De a Titulares Adscritos 171,66 3. De Titulares Adscritos en adelante 208,31
4 núm. 217 de 17-IX /11 5. MÉDICO ESPECIALISTA DE OFTALMOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 142,77 2. De a Titulares Adscritos 171,98 3. De Titulares Adscritos en adelante 208,73 6. MÉDICO ESPECIALISTA DE OTORRINOLARINGOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 142,88 2. De a Titulares Adscritos 171,66 3. De Titulares Adscritos en adelante 208,31 7. MÉDICO ESPECIALISTA DE UROLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 134,41 2. De a Titulares Adscritos 171,24 3. De Titulares Adscritos en adelante 207,87 8. MÉDICO ESPECIALISTA DE GINECOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 134,41 2. De a Titulares Adscritos 171,24 3. De Titulares Adscritos en adelante 207,87 9. MÉDICO ESPECIALISTA DE TOCOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 142,28 2. De a Titulares Adscritos 170,85 3. De Titulares Adscritos en adelante 206, MÉDICO ESPECIALISTA DE ANÁLISIS CLÍNICOS 1. Hasta Titulares Adscritos 136,41 2. De a Titulares Adscritos 171,90 3. De Titulares Adscritos en adelante 207, MÉDICO ESPECIALISTA DE APARATO DIGESTIVO 1. Hasta Titulares Adscritos 148,41 2. De a Titulares Adscritos 171,22 3. De Titulares Adscritos en adelante 207, MÉDICO ESPECIALISTA DE ODONTOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 148,41 2. De a Titulares Adscritos 171,22 3. De Titulares Adscritos en adelante 207,52 13.MÉDICO ESPECIALISTA DE APARATO RESPIRATORIO Y CIRCULATORIO 1. Hasta Titulares Adscritos 148,41 2. De a Titulares Adscritos 171,22 3. De Titulares Adscritos en adelante 207,52
5 núm. 217 de 17-IX / MÉDICO ESPECIALISTA DE RADIOLOGÍA Y ELECTROLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 148,41 2. De a Titulares Adscritos 171,22 3. De Titulares Adscritos en adelante 207, MÉDICO ESPECIALISTA DE DERMATOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 135,97 2. De a Titulares Adscritos 171,28 3. De Titulares Adscritos en adelante 206, MÉDICO ESPECIALISTA DE ENDOCRINOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 148,29 2. De a Titulares Adscritos 165,82 3. De Titulares Adscritos en adelante 200, MÉDICO ESPECIALISTA DE NEUROPSIQUIATRÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 135,97 2. De a Titulares Adscritos 171,28 3. De Titulares Adscritos en adelante 206, MÉDICO AYUDANTE DE CIRUGÍA GENERAL 1. Hasta Titulares Adscritos 100,86 2. De a Titulares Adscritos 128,48 3. De Titulares Adscritos en adelante 155, MÉDICO AYUDANTE DE TOCOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 106,71 2. De a Titulares Adscritos 128,12 3. De Titulares Adscritos en adelante 154, MÉDICO AYUDANTE DE OFTALMOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 107,10 2. De a Titulares Adscritos 129,01 3. De Titulares Adscritos en adelante 157, MÉDICO AYUDANTE DE TRAUMATOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 107,18 2. De a Titulares Adscritos 128,71 3. De Titulares Adscritos en adelante 156, MÉDICO AYUDANTE de OTORRINOLARINGOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 107,18 2. De a Titulares Adscritos 128,71 3. De Titulares Adscritos en adelante 156, MÉDICO AYUDANTE DE UROLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 100,83
6 núm. 217 de 17-IX /11 2. De a Titulares Adscritos 128,47 3. De Titulares Adscritos en adelante 155, MÉDICO AYUDANTE DE GINECOLOGÍA 1. Hasta Titulares Adscritos 100,83 2. De a Titulares Adscritos 128,47 3. De Titulares Adscritos en adelante 155, MÉDICO AYUDANTE DE DERMATOLOGÍA (A EXTINGUIR) 1. Hasta Titulares Adscritos 148,38 2. De a Titulares Adscritos 170,38 3. De Titulares Adscritos en adelante 206, MÉDICO AYUDANTE DE ENDOCRINOLOGÍA (A EXTINGUIR) 1. Hasta Titulares Adscritos 148,37 2. De a Titulares Adscritos 170,26 3. De Titulares Adscritos en adelante 206, ENFERMERO/A DE ZONA 1. Hasta 500 Titulares Adscritos 60,55 2. De 501 a Titulares Adscritos 84,58 3. De a Titulares Adscritos 96,69 4. De Titulares Adscritos en adelante 108,06 Seis. En el anexo IX advertido error se corrige, quedando redactado de la siguiente manera: Retribuciones del personal docente universitario con plaza vinculada a tiempo completo del Servicio de Salud del Principado de Asturias Categoría/puesto de trabajo Jefe de Servicio Jefe de Sección Facultativo Especialista de Área Jefe de Servicio Jefe de Sección Facultativo Especialista de Área Jefe de Servicio Jefe de Sección Retribuciones totales resolución Secretaría de Estado de Hacienda Retribuciones Decreto 1086/1989 Diferencia entre ambas normas a transferir por el SESPA Cto. Destino Cto. Específ. Cto. Destino Cto. Específ. Cto. Destino Cto. Específ. CATEDRÁTICO DE UNIVERSIDAD , , , , , , , , , , , , , , ,91 PROFESOR TITULAR DE UNIVERSIDAD Y CATEDRÁTICO DE ESCUELA UNIVERSITARIA , , , , , , , , , , , , , , , , , ,54 PROFESOR TITULAR DE ESCUELA UNIVERSITARIA , , , , , , , , , , , ,35
7 núm. 217 de 17-IX /11 Categoría/puesto de trabajo Facultativo Especialista de Área Retribuciones totales resolución Secretaría de Estado de Hacienda Retribuciones Decreto 1086/1989 Diferencia entre ambas normas a transferir por el SESPA Cto. Destino Cto. Específ. Cto. Destino Cto. Específ. Cto. Destino Cto. Específ , , , , , ,98 Enfermero Supervisor 9.687, , , , , ,67 Enfermero 8.300, , , , ,74 Categoríap/puesto de trabajo CATEDRÁTICO de UNIVERSIDAD de productividad fija a transferir por el SESPA Componente general Componente por concierto sanitario Jefe de Servicio , ,16 Jefe de Sección 8.816, ,04 Facultativo Especialista de Área 5.481, ,46 PROFESOR TITULAR DE UNIVERSIDAD Y CATEDRÁTICO DE ESCUELA UNIVERSITARIA Jefe de Servicio , ,16 Jefe de Sección 8.816, ,04 Facultativo Especialista de Área 5.481, ,46 PROFESOR TITULAR DE ESCUELA UNIVERSITARIA Jefe de Servicio , ,32 Jefe de Sección 8.816, ,08 Facultativo Especialista de Área 5.481, ,65 Enfermero Supervisor 1.841,03 Enfermero 18, ,02 Siete. En el anexo XV se modifica el importe a percibir en concepto de complemento específico por el personal médico sin dedicación exclusiva, quedando dicho apartado redactado en los siguientes términos: Categoría Grupo Nivel Compl. Destino Sueldo Base Cuantía Mensual en euros Compl. Destino Compl. Específico * Comp. Productividad Fija Jefe Departamento Médico A ,27 840, , ,31 Jefe Servicio Médico A ,27 840, ,25 997,07 Jefe Sección Médico A ,27 705, ,64 734,73 Médico A ,27 588, ,01 456,81 Jefe Servicio Administrativo (A) A ,27 705,17 973,75 Jefe Sección Administrativo (A) A ,27 588,75 842,24 Titulado Superior (A) A ,27 551,86 670,36 Supervisora Área B ,67 551,86 804,06 Supervisora Unidad B ,67 514,94 722,80 Matrona B ,67 514,94 428,60 10,05 Enfermero/a B ,67 478,08 428,60 1,54 Jefe Servicio Administrativo (B) B ,67 705,17 956,05 Jefe Sección Administrativa (B) B ,67 588,75 824,53 Jefe de grupo (B) B ,67 478,08 613,77 Titulado Medio (B) B ,67 478,08 391,20 Trabajador Social B ,67 478,08 391,20 T.E.R./T.E.L. C ,95 376,04 305,51 26,93
8 núm. 217 de 17-IX /11 Categoría Grupo Nivel Compl. Destino Sueldo Base Cuantía Mensual en euros Compl. Destino Compl. Específico * Comp. Productividad Fija Analista Programador C ,95 376,04 305,51 19,20 Jefe Sección Administrativa (C) C ,95 588,75 808,74 Jefe de grupo (C) C ,95 421,42 467,53 19,20 Jefe de equipo (C) C ,95 376,04 446,72 25,66 Administrativo C ,95 376,04 305,51 19,20 Auxiliar de Enfermería D ,42 330,71 279,08 54,63 Jefe de grupo (D) D ,42 421,42 446,93 19,20 Jefe de equipo (D) D ,42 376,04 426,12 25,66 Auxiliar Administrativos D ,42 330,71 274,78 66,97 Celador con atención directa a paciente E ,26 308,06 224,48 117,72 * El personal médico sin dedicación exclusiva percibirá en concepto de complemento específico únicamente la cantidad de 375,61. Ocho. Advertido error en los apartados 1 De los servicios centrales y 2 De instituciones sanitarias del anexo XVI, se modifican, quedando redactados de la siguiente manera: 1. De los servicios centrales Sueldo destino Productividad fija específico Paga extra junio Paga extra dic. Director-Gerente 1.054,74 926,16 374, , , ,04 Director 1.054,74 926,16 374, , , ,01 Sec. General 1.054,74 926,16 374, , , ,01 Sueldo Sueldo extras destino Productividad fija específico Subdirector 1.120,15 691,21 852,67 395, ,58 Coordinador de Programa 2. De instituciones sanitarias I 1.120,15 691,21 815,22 395, ,84 II 1.120,15 691,21 715,19 395, ,32 III 1.120,15 691,21 715,19 395,66 954,87 IV 1.120,15 691,21 715,19 395,66 629,04 V 1.120,15 691,21 715,19 395,66 392,16 Grupo Nivel C.D. Sueldo Sueldo extras destino específico Gerente A ,15 691,21 890, ,32 Gerente A ,15 691,21 890, ,09 Gerente categoría 3 A ,15 691,21 890, ,78 Director atenc. sanit. salud públ. Director atenc. sanit. salud públ. Director atenc. sanit. salud públ. categoría 3 A ,15 691,21 852, ,84 A ,15 691,21 852, ,40 A ,15 691,21 852, ,09 Director de hospital A ,15 691,21 852, ,84
9 núm. 217 de 17-IX /11 Grupo Nivel C.D. Sueldo Sueldo extras destino específico Director de hospital A ,15 691,21 852, ,40 Director de hospital categoría 3 A ,15 691,21 852, ,09 Subdir. atenc. sanit. y salud pública Subdir. atenc. sanit. y salud pública Subdir. atenc. sanit. y salud pública categoría 3 Director del Instituto Nacional de Silicosis categoría 3 categoría 3 Subdirector económico y de profesionales Subdirector económico y de profesionales Subdirector económico y de profesionales Subdirector económico y de profesionales Director de gest. cuidados y enf. Director de gest. cuidados y enf. Director de gest. cuidados y enf. categoría 3 Subdirector de gest. cuidados y enf. Subdirector de gest. cuidados y enf. Las Gerencias se encuadran en las siguientes Categorías: Categoría 1: Área IV. Categoría 2: Área III y Área V. Categoría 3: Área I, Área II, Área VI, Área VII y Área VIII. A ,15 691,21 815, ,40 A ,15 691,21 815, ,09 A ,15 691,21 815, ,71 A ,15 691,21 852, ,84 A ,15 691,21 815, ,84 B ,57 706,38 815, ,58 A ,15 691,21 815, ,40 B ,57 706,38 815, ,12 A ,15 691,21 815, ,09 B ,57 706,38 815, ,82 A ,15 691,21 715, ,40 B ,57 706,38 715, ,12 A ,15 691,21 715, ,09 B ,57 706,38 715, ,82 B ,57 706,38 715, ,14 B ,57 706,38 715, ,70 B ,57 706,38 715,19 964,64 B ,57 706,38 634, ,70 B ,57 706,38 634,55 964,64 Nueve. Advertido error en el apartado I) Retribuciones del personal adscrito al Convenio Colectivo de Bomberos del Principado de Asturias del anexo XXI, se modifica el número 2, que queda redactado de la siguiente manera: 2. de destino y complemento específico con devengo fijo de destino, correspondiente al nivel del puesto de trabajo que se desempeñe de acuerdo con las siguientes cuantías referidas a una mensualidad. específico por tipos.
10 núm. 217 de 17-IX /11 Nivel de Destino Específico A B C , , , , , , , , ,70 962, , , ,79 909, , , ,16 856, , , ,64 630,77 866, , ,74 529,71 761, , ,84 499,85 691,12 939, ,92 492,95 665,64 916, ,06 485,20 614,89 839, ,08 478,31 608,98 798, ,41 471,40 603,03 764, ,71 465,14 586,65 734, ,02 412,59 570,26 703, ,40 403,83 563,52 672, ,69 378,91 542,95 642, ,04 372,00 527,70 611, ,34 365,09 512,48 581, ,65 358,19 505,73 550, ,98 351,27 492,60 537,52 específico para puestos base: La cuantía del complemento específico A se incrementará en 20,74 euros para el personal laboral que pertenezca a los siguientes grupos y con los niveles que a continuación se detallan, y sin ningún elemento de Peligrosidad, Penosidad, Toxicidad, Turnicidad o Nocturnidad. Grupo A y que únicamente perciban el de Destino correspondiente al nivel 22 y el Específico A del nivel 22. Grupo B y que únicamente perciban el de Destino correspondiente al nivel 18 y el Específico A del nivel 18. Grupo C y que únicamente perciban el de Destino correspondiente al nivel 15 y el Específico A del nivel 15. Grupo D y que únicamente perciban el de Destino correspondiente al nivel 13 y el Específico A del nivel 13. Grupo E y que únicamente perciban el de Destino correspondiente al nivel 11 y el Específico A del nivel 11. Otros componentes del complemento específico: Grupo Peligrosidad Penosidad Toxicidad A 101,09 101,09 101,09 B 85,80 85,80 85,80 C 63,96 63,96 63,96 D 52,30 52,30 52,30 E 47,75 47,75 47,75
11 núm. 217 de 17-IX /11 Peligrosidad 224,78 Especial responsabilidad 214,00 Intervención 269,72 Festivos 157,31 Noches 92,53 Disponibilidad tipo A 279,69 Disponibilidad tipo B 207,61 Turnicidad fija 48,07 s de mando Jefe supervisor 400,51 Jefe de zona 220,27 Jefe de turno 175,17 Responsable de retén 120,15 Segundo. El presente acuerdo tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de Tercero. Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Principado de Asturias. Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.a) en relación con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Sin perjuicio de ello, las personas interesadas podrán interponer con carácter previo al anterior y potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que se interponga recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto de conformidad con el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Dado en Oviedo, a 7 de septiembre de La Consejera de Hacienda y Sector Público, Dolores Carcedo García..
SUELDO TRIENIO SUELDO TRIENIO SUELDO TRIENIO
ANEXO I 2016 PERSONAL ESTATUTARIO RETRIBUCIONES BASICAS EUROS MES EXTRA* EUROS AÑO 2016 (Referida a 14 mensualidades) GRUPO SUELDO TRIENIO SUELDO TRIENIO SUELDO TRIENIO A1 1.120,15 43,08 691,21 26,58 14.824,22
Más detallesANEXO I RETRIBUCIONES BASICAS GRUPO SUBGRUPO R D-L 3 / 1987 LEY 7 / 2007 SUELDO UN TRIENIO SUELDO UN TRIENIO A A ,82 44,51 16.
ANEXO I RETRIBUCIONES BASICAS GRUPO SUBGRUPO R D-L 3 / 1987 LEY 7 / 2007 EUROS MES EUROS AÑO (Referido a 14 mensualidades) SUELDO UN TRIENIO SUELDO UN TRIENIO A A 1 1.157,82 44,51 16.209,48 623,14 B A
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 37 de 15-ii-2010 1/10 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno Rectificación de errores habidos en la publicación del Acuerdo
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 6467 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Política Social Servicio Murciano de Salud 2070 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la
Más detallesCONSEJO DE GOBIERNO. Consejería: Hacienda y Sector Público. Dirección General de la Función Pública
CONSEJO DE GOBIERNO Consejería: Hacienda y Sector Público Dirección General de la Función Pública Propuesta: Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se fijan para 2014 las cuantías de las retribuciones
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID I. COMUNIDAD DE MADRID. C) Otras Disposiciones. Consejería de Economía y Hacienda
Pág. 40 VIERNES 3 DE FEBRERO DE 2012 B.O.C.M. Núm. 29 I. COMUNIDAD DE MADRID C) Otras Disposiciones Consejería de Economía y Hacienda 20 CORRECCIÓN de errores de la Orden de 16 de enero de 2012, por la
Más detallesI. Principado de Asturias
30-i-2009 BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 24 1/45 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s Consejería de Administraciones Públicas y Portavoz del Gobierno Acuerdo de 28
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 168 de 21-VII-2017 1/85 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Hacienda y Sector Público Acuerdo de 19 de julio de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se fijan para 2017
Más detallesRETRIBUCIONES TIPO A TIPO B Concepto
RETRIBUCIONES 2016 RETRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE GOBIERNO, DE LOS ALTOS CARGOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Y DIRECTORES DE AGENCIAS Y EQUIVALENTES TIPO A TIPO B Sueldo
Más detallesRETRIBUCIONES DEL PESONAL ESTATURARIO AL QUE LE ES DE APLICACIÓN LA LEY 55/2003 Y CARGOS DIRECTIVOS
INDICE ANEXO RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2010 DEL DEL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD AL QUE RESULTA DE EL SISTEMA RETRIBUTIVO ESTABLECIDO EN LA LEY 55/2003, DEL ESTATUTO MARCO DEL ESTATUTARIO DE
Más detallesCONCEPTOS VARIABLES TRIENIOS GRUPO MES PAGA EXTRA A1 43,08 26,58 A2 35,12 25,61 C1 26,58 22,96 C2 18,08 17,91 E 13,61 13,61
CONCEPTOS VARIABLES TRIENIOS GRUPO MES PAGA EXTRA A1 43,08 26,58 A2 35,12 25,61 C1 26,58 22,96 C2 18,08 17,91 E 13,61 13,61 COMPLEMENTO DE ATENCIÓN CONTINUADA PERSONAL FACULTATIVO ESPECIALISTA DE ATENCIÓN
Más detallesPresidente de la Audiencia Nacional (no magistrado del Tribunal Supremo) ,36
Artículo 32. Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia Uno. De acuerdo con
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 1352 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad 459 Resolución de 11 de enero de 2016, del Secretario General de la Consejería de Sanidad, por la que se dispone la publicación
Más detallesRETRIBUCIONES FUNCIONARIOS AÑO 2010
Página 1 de 6 RETRIBUCIONES FUNCIONARIOS AÑO 2010 CENTRO 020 14 Valor Euro: 166,39 Increm. 0,30% SUELDO BASE Mes Año (x 14) TRIENIOS Mes Año (x 14) Grupo Euros Euros Grupo Euros Euros A / A1 1.161,30 16.258,20
Más detallesANEXO INDICE CUADRO I RETRIBUCIONES BASICAS 2 CUADRO II COMPLEMENTO DE DESTINO 3 CUADRO III COMPLEMENTO ESPECIFICO 4
ANEXO RETRIBUCIONES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2016 DEL PERSONAL DEL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD AL QUE RESULTA DE APLICACIÓN EL SISTEMA RETRIBUTIVO ESTABLECIDO EN LA LEY 55/2003, DEL ESTATUTO MARCO DEL PERSONAL
Más detallesCARRERA JUDICIAL: Presidente de la Audiencia Nacional (no magistrado. del Tribunal Supremo) ,04. Presidente de Sala de la Audiencia Nacional
Artículo 32.- Retribuciones de los miembros de las Carreras Judicial y Fiscal, de los del Cuerpo de Secretarios Judiciales y del personal al servicio de la Administración de Justicia. Uno. De acuerdo con
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 2 Martes, 5 de enero de 2016 Pág. 342 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE SANIDAD ORDEN SAN/2/2016, de 4 de enero, por la que se
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 92 Viernes, 16 de mayo de 2014 Pág. 33470 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE SANIDAD GERENCIA REGIONAL DE SALUD (SACYL) RESOLUCIÓN
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 8782 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad 2559 Resolución de 16 de marzo de 2016, del Secretario General de la Consejería de Sanidad, por la que se dispone la publicación
Más detallesartículo 3 y 80.2 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, y por la referida disposición adicional cuarta del Decreto 136/2001, de 12 de junio.
ORDEN de de de 2016, por la que se crea la categoría de Médico de Urgencia Hospitalaria en los centros hospitalarios del Servicio Andaluz de Salud y se suprimen las plazas diferenciadas de la categoría
Más detallesActualización 9/08/2011
Resolución de 28 de octubre de 2005, de la Consejería de Economía y Administración Pública, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de la Mesa Sectorial para el personal de administración y servicios
Más detallesA , ,96 343, , , ,47 11, ,80
Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2016 (ORDEN de 22 de enero de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda BOCM de 29/01/2016). Para una
Más detallesReal Decreto-Ley 3/87, de 11 de septiembre, sobre Retribuciones del Personal Estatutario del Instituto Nacional de la Salud.
Real Decreto-Ley 3/87, de 11 de septiembre, sobre Retribuciones del Personal Estatutario del Instituto Nacional de la Salud. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, prevé la aprobación de un
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 236 Viernes, 9 de diciembre de 2016 Pág. 56154 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE SANIDAD ORDEN SAN/1016/2016, de 23 de noviembre,
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 47085 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Economía y Hacienda 16364 Orden de 9 de diciembre de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se configuran,
Más detallesCOMPLEMENTO ESPECÍFICO
COMPLEMENTO ESPECÍFICO El artículo 43.2 del Estatuto Marco establece que el Complemento Específico va destinado a retribuir las condiciones particulares de algunos puestos en atención a: - su especial
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
núm. 168 de 21-VII-2017 21/85 ANEXO V RETRIBUCIONES DEL PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO 1.- SUELDO Y TRIENIOS Que correspondan al Grupo o Subgrupo en que se halle clasificado el Cuerpo o Escala a la
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 92 Viernes, 16 de mayo de 2014 Pág. 33447 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE SANIDAD GERENCIA REGIONAL DE SALUD (SACYL) RESOLUCIÓN
Más detallesLas cuantías anuales y mensuales de las retribuciones básicas, son las siguientes, referidas a doce mensualidades:
INFORMACIÓN SOBRE RETRIBUCIONES DEL PERSONAL ADSCRITO A LA DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA Y DE LA GUARDIA CIVIL (AMBITO DEL CUERPO NACIONAL DE POLICIA) Modificación retributiva derivada de la aplicación
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 92 Viernes, 16 de mayo de 2014 Pág. 33506 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN C. OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERÍA DE SANIDAD GERENCIA REGIONAL DE SALUD (SACYL) RESOLUCIÓN
Más detallessector de la administración general del estado sección estatal de instituciones penitenciarias CONCEPTOS RETRIBUTIVOS
CONCEPTOS RETRIBUTIVOS 2016 RETRIBUCIONES PARA 2016: PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORALES AGE. El 30 de octubre de 2015 se publicó en el BOE la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del
Más detalles[24] RETRIBUCIONES SACYL
[24] RETRIBUCIONES SACYL 2010 www.sanidad.ccoo.es frscyleon@sanidad.ccoo.es ORDEN DE 19 DE ENERO DE 2010 DEL CONSEJERO DE SANIDAD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 44102 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Política Social 15385 Resolución de 26 de noviembre de 2014, del Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política
Más detallesI. Comunidad Autónoma
224 Lunes, 26 de septiembre de 2016 Página 29808 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad Servicio Murciano de Salud 7804 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano
Más detallesTEMA 4 LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL ESTATUTARIO.
TEMA 4 LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL ESTATUTARIO. El personal del Instituto Nacional de la Salud, incluido en los ámbitos de aplicación de los estatutos jurídico del personal médico de la Seguridad Social,
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 13653 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Sanidad y Política Social 4628 Resolución de 24 de marzo de 2014, del Secretario General de la Consejería de Sanidad y Política
Más detallesANEXO IX GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS 1. GUARDIAS LOCALIZADAS DE LOS EQUIPOS INTERDISCIPLINARES DE MENORES
ANEXO IX GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS 1. GUARDIAS LOCALIZADAS DE LOS EQUIPOS INTERDISCIPLINARES DE MENORES Decreto 170/2002 (DOCM 152 de 06-12-2002), por el que se regulan las guardias localizadas de
Más detallesI. Disposiciones Generales
I. Disposiciones Generales DEPARTAMENTO DE SANIDAD ORDEN de 2 de diciembre de 2015, del Consejero de Sanidad, mediante la que se publica el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 1 de diciembre de 2015, por
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 11101 A/B DIRECTOR DEL HOSPITAL 1 LD 28 11121 A/B DIRECTOR GESTION Y SS. GG.
Más detallesI. Disposiciones Generales
1358 26 Abril 1994 D.O.E. Número 47 I. Disposiciones Generales CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO DECRETO 58/1994, de 19 de abril, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de personal
Más detallesDEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA
DEPARTAMENTO DE SANIDAD, BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA ORDEN de 30 de octubre de 2014, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, mediante la que se publica el Acuerdo del Gobierno de Aragón
Más detallesA B C D E F G SERVICIO ARAGONES DE SALUD CODIGO GRUPO Y DE DE A GERENTE DEL SECTOR DE HUESCA 1 LD 29
6 7 8 9 10 11 1 1 1 1 16 17 18 19 0 1 6 7 8 9 0 1 6 7 8 9 0 1 6 7 8 GERENCIA DE SECTOR DE PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A
Más detalles1. Disposiciones generales
11 de diciembre 2014 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 241 página 17 1. Disposiciones generales Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales Decreto 170/2014, de 9 de diciembre, por el
Más detallesI. Comunidad Autónoma
294 Viernes, 22 de diciembre de 2017 Página 35159 I. Comunidad Autónoma 2. Autoridades y Personal Consejería de Salud Servicio Murciano de Salud 8536 Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 11 de septiembre de 2009
Real Decreto 1033/2007, de 20 de julio, por el que se determinan los puestos tipo de las unidades que integran las oficinas judiciales y otros servicios no jurisdiccionales y sus correspondientes valoraciones,
Más detallesANEXO I: Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno del Ayuntamiento y de la Administración General del Ayuntamiento
ANEXOS: REGÍMENES RETRIBUTIVOS ANEXO I: Retribuciones de los Altos Cargos del Gobierno del Ayuntamiento y de la Administración General del Ayuntamiento A) Las retribuciones para el año 2013 de los Altos
Más detallesSERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
28770 2. OPOSICIONES Y CONCURSOS SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2009, de la Dirección Gerencia, por la que se hace pública la relación definitiva de aprobados en el proceso
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 11101 A/B DIRECTOR DEL HOSPITAL 1 LD 28 11131 B DIRECTOR ENFERMERIA AS. ESP.
Más detalles1. Autoridades y Personal
1. Autoridades y Personal 1.1 Universidad de Alcalá. 1.1.1 Consejo de Gobierno. Sesión extraordinaria de 6 de septiembre de 2017. - Se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador
Más detallesSERVICIO ARAGONES DE SALUD
(S/Resoluciones de fecha 13.06.2016) PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A1 GERENTE DEL SECTOR DE 1 LD 29 10121 A1/A2 DIRECTOR
Más detallesDECRETO 185/2006, de 31 de octubre, por el que se regulan las jornadas especiales de trabajo de los funcionarios de la Administración de la
18450 7 Noviembre 2006 D.O.E. Número 130 DECRETO 185/2006, de 31 de octubre, por el que se regulan las jornadas especiales de trabajo de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 248 Miércoles 13 de octubre de 2010 Sec. I. Pág. 86353 I. DISPOSICIONES GENERALES COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA 15623 Ley 6/2010, de 24 de junio, de creación de las categorías de personal
Más detallesII. Autoridades y personal
3809 II. Autoridades y personal Nombramientos, situaciones e incidencias Consejería de Sanidad 483 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 27 de enero de 2014, de la Directora, por la que se nombra
Más detallesANTECEDENTES. 4 o ) En particular, el citado ahorro económico se produce a través de las siguientes medidas:
RESOLUCIÓN DEL DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD POR LA QUE SE APRUEBAN LAS INSTRUCCIONES A LAS QUE SE AJUSTARÁ LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 4 DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 2 DE MARZO
Más detallesOTRAS DISPOSICIONES HOSPITAL COMARCAL DE JARRIO 30 V 2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
30 V 2002 BOLETIN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6899 OTRAS DISPOSICIONES CONSEJERIA DE SALUD Y SERVICIOS SANITARIOS: SERVICIO DE SALUD DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS RESOLUCION de 28 de mayo de 2002,
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A GERENTE DEL SECTOR DE ZARAGOZA I 1 LD 29 10121 A / B DIRECTOR DE GESTION
Más detallesSERVICIO ARAGONES DE SALUD
PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A GERENTE DEL SECTOR DE BARBASTRO 1 LD 29 10121 A / B DIRECTOR DE GESTION Y SS. GG. DEL SECTOR
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A1 GERENTE DEL SECTOR DE ZARAGOZA I 1 LD 29 10121 A1/A2 DIRECTOR DE
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS
(Actualizada s/resoluciones de fecha 28.09.2015) PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 11101 A1 DIRECTOR DEL HOSPITAL
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA
N.º 100 - MIÉRCOLES 20 DE AGOSTO DE 2014 Pág. 7 III. Administración Local ayuntamiento ZAMORA departamento de personal Anuncio Mediante acuerdo adoptado en el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria
Más detallesRegión de Murcia CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Región de Murcia CONSEJERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ORDEN DE 18 DE DICIEMBRE DE 2007, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, POR LA QUE SE ADECUAN LAS JORNADAS Y HORARIOS ESPECIALES
Más detallesESTRUCTURA SALARIAL DEL CONVENIO ÚNICO. 1. La estructura retributiva del presente Convenio es la siguiente:
ESTRUCTURA SALARIAL DEL CONVENIO ÚNICO 1. La estructura retributiva del presente Convenio es la siguiente: A. Salario base. (Artículo 73. Se percibe en doce mensualidades y cuya cuantía aparece determinada
Más detallesPUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE 10001 A1 GERENTE DEL SECTOR DE TERUEL 1 LD 29
GERENCIA DE SECTOR DE PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A1 GERENTE DEL SECTOR DE 1 LD 29 10121 A1/A2 DIRECTOR DE GESTION Y SS.
Más detallesSERVICIO ARAGONES DE SALUD
PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A GERENTE DEL SECTOR DE ALCAÑIZ 1 LD 29 10121 A / B DIRECTOR GESTION Y SS.GG. DEL SECTOR DE
Más detallesLey 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año Artículos y Disposiciones de interés.
Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016. Artículos y Disposiciones de interés. ARTÍCULO 12. RETRIBUCIONES DEL PERSONAL. 2. En el año 2016,
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 11101 A1 DIRECTOR DEL HOSPITAL 1 LD 28 11121 A1/A2 DIRECTOR GESTION Y SS.
Más detallesNÓMINA. Que cobramos los F.E.A. del S.A.S? Marzo 2014
NÓMINA Que cobramos los F.E.A. del S.A.S? Marzo 2014 Conceptos previos Somos ESTATUTARIOS, es decir un tipo especial de funcionario Nos regimos por el ESTATUTO MARCO del personal estatutario (Ley 55/2003)
Más detallesCODIGO GRUPO Y DE DE A GERENTE DEL SECTOR DE ZARAGOZA II 1 LD A / B DIRECTOR DE GESTIÓN Y SS.GG. DEL SECTOR DE ZARAGOZA II 1 LD 27
PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A GERENTE DEL SECTOR DE ZARAGOZA II 1 LD 29 10121 A / B DIRECTOR DE GESTIÓN Y SS.GG. DEL SECTOR
Más detalles1. Disposiciones generales
5 de marzo 2015 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Núm. 44 página 13 1. Disposiciones generales Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales Decreto 96/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 11101 A1 DIRECTOR DEL HOSPITAL 1 LD 28 11121 A1/A2 DIRECTOR GESTION Y SS.
Más detallesSERVICIO ARAGONES DE SALUD
PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A1 GERENTE DEL SECTOR DE BARBASTRO 1 LD 29 10121 A1/A2 DIRECTOR DE GESTION Y SS. GG. DEL SECTOR
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 110 Lunes, 12 de junio de 2017 Pág. 21513 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN B. AUTORIDADES Y PERSONAL B.2. Oposiciones y Concursos CONSEJERÍA DE SANIDAD GERENCIA REGIONAL
Más detallesPUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE A1 GERENTE DEL SECTOR DE ZARAGOZA II 1 LD 29
PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A1 GERENTE DEL SECTOR DE ZARAGOZA II 1 LD 29 10121 A1/A2 DIRECTOR DE GESTIÓN Y SS.GG. DEL SECTOR
Más detallesII. Autoridades y personal
5525 II. Autoridades y personal Nombramientos, situaciones e incidencias Consejería de Sanidad 763 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 19 de febrero de 2016, del Director, por la que se nombra
Más detallesANEXO I COMPLEMENTOS ESPECÍFICOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA
ANEXO I COMPLEMENTOS ESPECÍFICOS DEL PERSONAL FUNCIONARIO AL SERVICIO DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA IMPORTE ANUAL (Referido a 12 mensualidades) 2013 4.314,24 5.363,04 5.514,72 5.575,80
Más detallesVista la propuesta de resolución del Servicio de Administración Local y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES
24139 RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2017, de la Secretaría General de Política Territorial y Administración Local, por la que se crea y clasifica un puesto de trabajo denominado Tesorería, en el Ayuntamiento
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 11101 A1 DIRECTOR DEL C.R.P. 1 LD 28 11131 A2 DIRECTOR ENFERMERIA AS. ESP.
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 81 Lunes, 30 de abril de 2012 Pág. 29064 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD ORDEN SAN/276/2012, de 26 de abril, sobre
Más detallesCONSEJERÍA DE IGUALDAD Y EMPLEO
20126 CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y EMPLEO RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2010, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la publicación del Pacto de la Mesa Sectorial de Sanidad para la regulación
Más detallesSERVICIO ARAGONES DE SALUD
GERENCIA DE SECTOR III H. CLÍNICO UNIVERS. LOZANO BLESA PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 10001 A1 GERENTE DEL SECTOR DE III 1 LD 29
Más detallesPUESTOS SINGULARIZADOS
PUESTOS SINGULARIZADOS PUESTOS DIRECTIVOS DOTACION SISTEMA COMPLEM. CODIGO GRUPO Y DE DE DE GESTION NUMERICA PROVISION DESTINO 11101 A/B DIRECTOR DEL C.R.P. 1 LD 28 11131 B DIRECTOR ENFERMERIA AS. ESP.
Más detallesSERVICIO CANARIO DE LA SALUD
SERVICIO CANARIO DE LA SALUD ACUERDO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN SANITARIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES DEL SECTOR, CELEBRADO EN EL MARCO DE LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD,
Más detallesV. Anuncios. Otros anuncios. Consejería de Sanidad
32689 V. Anuncios Otros anuncios Consejería de Sanidad 5535 Servicio Canario de la Salud. Dirección General Recursos Humanos.- Anuncio de 30 de noviembre 2015, por el que se da publicidad a las autorizaciones
Más detallesANTECEDENTES DE HECHO:
Folio 1/7 PROMOCIÓN EDUCATIVA POR LA QUE SE MODIFICA, LA RESOLUCIÓN DE 29 DE Examinada la Resolución nº 487 de 29 de abril de 2016 de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa
Más detallesPROPUESTA DEL DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD RELATIVA A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015.
PROPUESTA DEL DIRECTOR GERENTE DEL SERVICIO MURCIANO DE SALUD RELATIVA A LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2015. 1º) El artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 57 de 9-iii-2016 1/23 I. Principado de Asturias Ot r a s Disposiciones Consejería de Empleo, Industria y Turismo Resolución de 23 de febrero de 2016, de la Consejería de Empleo, Industria y Turismo,
Más detallesI. Principado de Asturias
núm. 162 de 14-VII-2010 1/19 I. Principado de Asturias Disposiciones Ge n e r a l e s PRESIDENCIA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS Ley del Principado de Asturias 5/2010, de 9 de julio, de medidas urgentes de
Más detallesMINISTERIO PRESIDENCIA BOE 27 agosto 2007, núm. 205, [pág ]; rect. BOE 1 septiembre 2007, núm. 210 [pág ](castellano)
RCL 2007\1635 Legislación (Disposición Vigente a 7/3/2008) Real Decreto 1033/2007, de 20 julio MINISTERIO PRESIDENCIA BOE 27 agosto 2007, núm. 205, [pág. 35837]; rect. BOE 1 septiembre 2007, núm. 210 [pág.
Más detallesNumero 8001 Guadalajara ---ENERO En este número 1. TRASLADOS 2. OPE SESCAM 3. CURSOS OPE 4. CARRERA PROFESIONAL 5.
Nº. FRANQUEO CONCERTADO: 1900041 CENTRAL SINDICAL INDEPENDIENTE En este número 1. TRASLADOS 2. OPE SESCAM 3. CURSOS OPE 4. CARRERA PROFESIONAL 5. OTROS 7 Numero 8001 Guadalajara ---ENERO --------2008---------
Más detallesNÚMERO 45 Lunes, 7 de marzo de 2016
4553 ORDEN de 3 de marzo de 2016 por la que se modifican puntualmente las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Educación y Empleo. (2016050022)
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
9931 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DECRETO 49/2016, de 26 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para el año
Más detallesANEXO REVISIÓN ECONÓMICA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD (AÑO 2003) Preámbulo
INTERPROVINCIAL Empresas de seguridad Revisión salarial del Convenio colectivo (BOE 26-II-2003) Marginal de Información Laboral (I.L.): 754/2003 Código Convenio : 9904615 Visto el texto de la Revisión
Más detallesC U R S O C O M P L E T O O E P S C S P R E S E N C I A L
C U R S O C O M P L E T O C E L A D O R O E P S C S 2 0 1 6 P R E S E N C I A L 3 C A T O R C E S O B R E 3 C A T O R C E Somos una academia especializada en oposiciones y referente en Cantabria. Contamos
Más detallesCalendario escolar
SEPTIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 DICIEMBRE 2016 3 4 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 MARZO 2017 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 JUNIO
Más detallesCRITERIOS DE CORRECCIÓN DEL CASO PRACTICO Nº1
CRITERIOS DE CORRECCIÓN DEL CASO PRACTICO Nº1 El TREP ( Decreto Foral Legislativo 251/1993,de 30 de agosto) es la norma que regula de forma global el estatuto de las personas que trabajan al servicio de
Más detallesNuevo Hospital Francesc de Borja
Nuevo Hospital Francesc de Borja DEPARTAMENTO DE SALUD DE GANDIA gandia.san.gva.es 1. INTRODUCCIÓN El nuevo hospital Francesc de Borja de Gandia tiene como objetivo seguir ofertando la prestación sanitaria
Más detallesUNIVERSIDAD DE CANTABRIA TABLAS RETRIBUTIVAS 2014
UNIVERSIDAD DE CANTABRIA TABLAS RETRIBUTIVAS 2014 RETRIBUCIONES DEL PROFESORADO UNIVERSITARIO AÑO 2014 FUNCIONARIOS DE CARRERA Nº MENSUAL ANUAL TOTAL HORAS EVAL. SUELDO C. DESTINO C. ESPECIF. SUELDO SUELDO
Más detalles58 DECRETO 303/1990 DE 31 DE MAYO, QUE DESARROLLA LA LEY 23 DE OCTUBRE DE 1989, DE CREACIÓN DE ESCALAS DE PERSONAL SANITARIO DE LA COMUNIDAD
58 DECRETO 303/1990 DE 31 DE MAYO, QUE DESARROLLA LA LEY 23 DE OCTUBRE DE 1989, DE CREACIÓN DE ESCALAS DE PERSONAL SANITARIO DE LA COMUNIDAD (D.O.G. núm. 111, de 8 de junio de 1990) Art. 1.- Se integran
Más detalles548,47 13,47 548,47 13,47
ANEXO I RETRIBUCIONES BÁSICAS AÑO 2015 I.1. PAGAS ORDINARIAS SUELDO TRIENIOS Grupo/Subgrupo LEY 7/2007 MENSUAL ANUAL * MENSUAL ANUAL * A 1 1.109,05 13.308,60 42,65 511,80 A 2 958,98 11.507,76 34,77 417,24
Más detalles