MODELO DE ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL CAMPUS UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
|
|
- Raúl Cano Lucero
- hace 7 años
- Vistas:
Transcripción
1 MODELO DE ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN DEL CAMPUS UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID Aprobado en Consejo de Gobierno de 24 de febrero de
2 Í N D I C E Págs. Exposición de Motivos 3 Artículo 1. Concepto de Campus. 4 Artículo 2. Ámbito de actuación y comunidad universitaria del Campus. 4 Artículo 3 Objetivos de la Gestión de Campus 4 Artículo 4. Criterios para la creación, modificación o supresión del Campus 5 Artículo 5. Funciones y competencias del Campus 5 Artículo 6. Funcionamiento y gestión del Campus 6 Artículo 7. Gobernanza del Campus. Órganos de gobierno y representación. 6 Artículo 8. Presupuesto anual de funcionamiento del Campus 10 Artículo 9. Recursos Humanos del Campus 10 Artículo 10. Servicios gestionados y ofertados por el Campus 10 Disposiciones Finales 10 2
3 Exposición de motivos. Los cambios surgidos en la Universidad como consecuencia de la implantación de los nuevos modelos educativos reconocidos por el Espacio Europeo de Educación Superior (E.E.E.S.), la presencia de los Parques Científicos Tecnológicos en el territorio universitario como proyecto asociado a un espacio físico y el reconocimiento de los Campus de Excelencia encuadrados en el marco Estrategia Universidad 2015, con los que se pretende modernizar y mejorar la visibilidad internacional de los campus universitarios del siglo XXI, modifica el modelo de gestión de la Universidad y exige cambios que recomiendan reconocer la estructura de los Campus como entornos universitarios integrados en distritos urbanos o territorios en los que los servicios deben caracterizarse por su calidad. La Universidad Politécnica de Madrid (UPM), como parte de su estrategia, afronta el reto de la creación de Campus de calidad con una fuerte atracción internacional, basados en principios de eficiencia y calidad de los servicios que presta. Con este fin se pretende definir un marco de organización y gestión propio para cada Campus que potencie las características específicas de cada uno de ellos. En esta línea, los recientes Estatutos de la Universidad, aprobados por R.D. 74/2010, de 21 de octubre de 2010 y publicados en el BOCM de 15 de noviembre de 2010, en su artículo 7 regulan la creación y funcionamiento de los Campus universitarios como unidades cuyo objetivo prioritario es fomentar la interrelación de las Escuelas y Facultades, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i y demás unidades integrantes del mismo para mejorar y potenciar el desarrollo de las actividades docentes e investigadoras, racionalizando el uso de los recursos de apoyo y los servicios comunes, eliminando duplicidades para optimizar los recursos compartidos y mejorando la imagen proyectada de la Universidad. Por otra parte, la presencia de Centros y unidades integradas en un Campus han creado, de facto, una estructura organizativa que debe tender a compartir espacios y servicios y a mejorar la calidad y eficiencia de estos últimos. Es por ello, que la Universidad Politécnica de Madrid asume entre sus objetivos el reconocimiento de los Campus como una herramienta esencial para subrayar la importancia de la concurrencia de distintos Centros y unidades en un mismo entorno territorial. Para ello desarrolla la presente normativa, que establece un marco regulatorio que favorece un nuevo modelo de organización para la coordinación de los espacios y servicios comunes y la gestión del mantenimiento de los edificios del Campus. En este contexto se justifica la creación de un Modelo de Organización y Gestión de servicios comunes del Campus de la Universidad Politécnica de Madrid, dotándole de un marco normativo propio, que aporte un valor añadido al sistema actual, impulse el compromiso por la calidad y eficiencia en los servicios dependientes del Campus y fomente los recursos compartidos. En consecuencia con éste modelo se pretende articular, ordenar y regular los procedimientos, normas de organización, gestión y coordinación de los servicios comunes de aplicación en los distintos Campus de la Universidad. El desarrollo de éste Modelo de Organización y Gestión de servicios comunes del Campus conlleva la puesta en común y reorganización, en su caso, de recursos humanos y materiales procedentes de servicios ya existentes, dependientes tanto de los servicios centrales como de los Centros o unidades pertenecientes al mismo, así como la dotación de otros nuevos que permitan mejorar el funcionamiento del Campus. 3
4 Los acuerdos de transferencia de servicios deberán recoger ésta circunstancia y desarrollarse durante un período transitorio, de forma que el aumento de la estructura del Campus, justificada por la transferencia de funciones, vaya acompañado por una revisión de la de los Centros afectados. En este modelo se contempla tanto la realidad del presente como su evolución futura, por lo que se prevé la posible integración de nuevas unidades en los Campus, en función de las necesidades. Artículo 1. Concepto de Campus. 1. La Universidad Politécnica de Madrid se constituye como una Universidad multicampus que reconoce en su estructura a los Campus Universitarios. 2. La estructura de Campus surge como una herramienta esencial para la coordinación y gestión de los servicios comunes, que se subraya con la aparición y reconocimiento de los Campus de Excelencia. 3. Se define como Campus Universitario el espacio urbano donde la Universidad desarrolla sus actividades, en el que se encuentra situado un conjunto de edificios universitarios, destinados a la docencia, la investigación, el desarrollo tecnológico o a la prestación de servicios. 4. La creación, modificación y supresión de un Campus universitario corresponderá al Consejo de Gobierno. 5. Para la creación de un Campus universitario es necesario agrupar a más de dos Escuelas o Facultades, Institutos Universitarios de Investigación, Centros de I+D+i o cualquier otra entidad reconocida por la Universidad, a los que en adelante se denominará Unidades del Campus. 6. La Universidad Politécnica de Madrid podrá compartir Campus con otras universidades e instituciones. Artículo 2. Ámbito de actuación y comunidad universitaria del Campus. 1. El ámbito de actuación del Campus está definido por el área urbana o territorial que, perteneciendo a la Universidad, agrupa a la Unidades del Campus tal como se definieron en el artículo 1, apartado Formarán parte de la comunidad universitaria del Campus, los estudiantes, el personal docente e investigador y el personal de administración y servicios integrados en las Unidades pertenecientes al mismo. Artículo 3. Objetivo de la Gestión de Campus. El objetivo esencial de este documento es la gestión y coordinación de los servicios comunes del Campus, así como el mantenimiento de los edificios de uso común, estableciendo como marco la optimización de recursos y una mejor prestación de estos servicios. 4
5 En éste contexto los Campus universitarios tienen el compromiso de impulsar la calidad en los servicios, evitando duplicidades, articulando para ello una estructura que garantice el mejor funcionamiento posible. Artículo 4. Criterios para la creación, modificación o supresión del Campus. 1. Las propuestas de creación, modificación o supresión de un Campus se realizarán a iniciativa del Rector. El órgano competente para su aprobación será el Consejo de Gobierno. 2. La memoria para la creación o modificación deberá definir, al menos, los siguientes aspectos: o o o o Denominación del Campus. Unidades que integran el Campus y características de las mismas, así como territorio afectado. Funciones y competencias del Campus, que deberán ser consistentes con las recogidas en este documento. Recursos humanos y materiales. 3. La memoria para la supresión de un Campus deberá justificar los motivos que conllevan a la supresión del Campus. 4. Se considerará como excepcional la situación de los Campus de Excelencia Internacional en los que participen otras universidades o instituciones, que podrán contar con normas de funcionamiento específicas. Artículo 5. Funciones y Competencias del Campus. Las funciones y competencias del Campus se desarrollarán a través de los órganos de gobierno del Campus (especificados en el artículo 7), en coordinación con los órganos generales de la Universidad Politécnica de Madrid y de acuerdo con sus normas básicas y reglamentos: 1. Coordinar y gestionar en colaboración con las unidades centrales de la Universidad los servicios comunes del Campus, así como el mantenimiento y conservación de los edificios y espacios de uso común. 2. Participar en la planificación y organización de las necesidades urbanísticas del Campus, encargándose de su gestión, coordinación, mantenimiento y, en su caso, ejecución de las infraestructuras, instalaciones y equipamientos correspondientes. 3. Trasladar a los organismos públicos correspondientes las necesidades de servicios de transporte y comunicaciones del Campus. 4. Velar por el mantenimiento y conservación del conjunto de bienes muebles e inmuebles destinados a la organización y desarrollo de la actividad universitaria en el Campus, respetando el ámbito competencial de las Unidades agrupadas en el Campus. 5
6 5. Establecer y gestionar la interrelación con las instituciones públicas o privadas del ámbito del Campus universitario en relación a la implantación, funcionamiento y mejora de los servicios propios del Campus, así como de su mantenimiento y conservación. 6. Establecer y gestionar, conjuntamente con los órganos generales de la Universidad, las políticas de calidad ambiental, desarrollo sostenible y energías renovables del ámbito del Campus. 7. Planificar y proponer al Consejo de Gobierno una estructura organizativa que fomente la optimización de recursos. 8. Proponer al Consejo de Gobierno planes estratégicos de desarrollo del Campus. 9. Todas aquellas que, en el seno del Consejo de Gobierno, se estimen necesarias en función de la evolución y desarrollo del Campus. Artículo 6. Funcionamiento y Gestión del Campus. Los Campus universitarios de la UPM se regirán en su actuación por los principios generales y la normativa universitaria y desarrollarán sus funciones en el marco de las políticas y planificación estratégica de la Universidad. Se atendrán a los principios de legalidad, eficacia, eficiencia, transparencia, calidad y mejor servicio al Campus. 1. El desarrollo y funcionamiento del Campus conlleva la puesta en común y reorganización, en su caso, de los recursos y servicios ya existentes, así como la dotación de otros nuevos que se propongan. 2. La implantación de servicios de Campus se realizará tratando de evitar que ya ha duplicidades con los de las Unidades integrantes, priorizando la creación de servicios comunes para todo el Campus. 3. Los servicios comunes del Campus dependerán de la estructura de Campus, La Universidad establecerá los procedimientos y las condiciones por las que, las instituciones, empresas o entidades no pertenecientes pero reconocidas por la Universidad con sede en el Campus, puedan utilizar dichos servicios, regulándose en cada caso las condiciones y costes, que se estipularán en el contrato o acuerdo de prestación de servicios. 4. En el caso de entidades ajenas reconocidas por la Universidad, se considerarán las condiciones estipuladas en el convenio correspondiente o contrato convenido con la Universidad. Artículo 7. Gobernanza del Campus. Órganos de gobierno y representación. La gestión y coordinación de los servicios del Campus se realizará a través de sus órganos de gobierno. Si las peculiaridades del Campus lo exigen, podrá elaborar su Reglamento de funcionamiento y elevarlo al Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de 6
7 Madrid para su aprobación. Esto será de especial aplicación cuando en el Campus participen entidades ajenas reconocidas por la Universidad Órganos de gobierno y representación del Campus. Los órganos de gobierno y representación del Campus son: Órganos Unipersonales del Campus. o Un Vicerrector de la Universidad Politécnica de Madrid, designado por el Rector. o Un Delegado de Campus que será designado por el Rector para un periodo de cuatro años, entre los profesores que presten servicios en la Universidad Politécnica de Madrid, con vinculación permanente a la Universidad. Se designará uno por cada Campus Órganos Colegiados del Campus. Los órganos colegiados del Campus serán: o La Comisión de Gobierno del Campus o La Comisión de Coordinación de Servicios y Mantenimiento del Campus La Comisión de Gobierno del Campus estará compuesta por: El Rector o persona en la que delegue, que la presidirá. El Delegado de Campus, que ejercerá como Secretario. Los Directores o Decanos de todas las Escuelas y Facultades pertenecientes a la UPM, adscritas al Campus, o personas en las que deleguen. Los Directores de los Institutos Universitarios y de los Centros de I+D+i adscritos al Campus, pertenecientes a la UPM o personas en las que deleguen. Un representante elegido por y entre los Directores de los Centros, adscritos al Campus, no pertenecientes a la Universidad. Estarán invitados, con voz y sin voto, al menos, los siguientes colectivos: Un representante de los estudiantes del Campus, elegido por y entre los Delegados de las Escuelas y Facultades adscritas al Campus. Un representante de los profesores de los centros adscritos al Campus designado, conjuntamente, por la Junta de Personal Docente e Investigador y el Comité de Empresa del Personal Docente e Investigador laboral. Un representante del personal de administración y servicios adscrito a los centros del Campus designado, conjuntamente, por la Junta de Personal de Administración y Servicios funcionario y por el Comité de Empresa del Personal de Administración y Servicios laboral. La Comisión de Coordinación de Servicios y Mantenimiento del Campus estará compuesta por: El Rector o persona en la que delegue, que la presidirá. El Delegado de Campus, que ejercerá como Secretario. 7
8 Un representante de cada una de las Unidades que se integran en el Campus, pertenecientes a la Universidad, designado por su Responsable. Un representante de los Centros, adscritos al Campus, no pertenecientes a la Universidad, designado por los Directores de dichos Centros. Estarán invitados, con voz y sin voto, al menos, los siguientes colectivos: Un representante de los estudiantes del Campus, elegido por y entre los Delegados de las Escuelas y Facultades adscritas al Campus. Un representante de los profesores de los centros adscritos al Campus designado, conjuntamente, por la Junta de Personal Docente e Investigador y el Comité de Empresa del Personal Docente e Investigador laboral. Un representante del personal de administración y servicios adscrito a los centros del Campus designado, conjuntamente, por la Junta de Personal de Administración y Servicios funcionario y por el Comité de Empresa del Personal de Administración y Servicios laboral. En cada propuesta de creación de Campus se regularán las personas que, a iniciativa del Presidente, puedan ser invitadas a las correspondientes Comisiones Funciones y competencias de los órganos de gobierno del Campus Del Vicerrector de Campus. El Vicerrector del Campus es responsable de la gestión y coordinación de los servicios comunes y del mantenimiento de los edificios de uso común en el Campus, así como de cualquier otra competencia que el Rector le encomiende o bien deleguen los órganos de gobierno de la Universidad. Las funciones del Vicerrector de Campus, incluyen: a) Gestionar y coordinar los servicios comunes del Campus y el mantenimiento de su equipamiento e instalaciones, así como planificar y organizar las necesidades urbanísticas en el ámbito del Campus y proponer planes estratégicos, que desarrollará en coordinación con los órganos de gobierno del Campus y de la Universidad. b) Establecer y gestionar las relaciones institucionales del ámbito del Campus, para mejora de sus servicios dotacionales y conservación. c) Elaborar y administrar la ejecución del presupuesto de Campus. d) Desarrollar todas aquellas funciones que le encomiende el Rector o delegue cualquier órgano de gobierno de la Universidad Del Delegado de Campus. El Delegado de Campus ejercerá las funciones que por delegación le asigne el Vicerrector de Campus De la Comisión de Gobierno del Campus. El Campus constituirá la Comisión de Gobierno del Campus, cuyas funciones esenciales serán: 8
9 a) Proponer al Consejo de Gobierno planes estratégicos del desarrollo de Campus. b) Participar en la planificación de las necesidades urbanísticas del Campus. c) Proponer la creación, modificación y supresión de los servicios universitarios en el Campus. d) Proponer acciones relacionadas con la implantación de nuevos servicios del Campus y la reordenación de los existentes. e) Elaborar, si procede, el Reglamento de funcionamiento del Campus y elevarlo al Consejo de Gobierno de la Universidad Politécnica de Madrid para su aprobación. f) Promover políticas de colaboración en el ámbito del Campus con otras instituciones, personas físicas o entidades públicas o privadas. g) Promover nuevos comportamientos ambientalmente más sostenibles entre la comunidad universitaria De la Comisión de Coordinación de Servicios y Mantenimiento del Campus. El Campus constituirá la Comisión de Coordinación de los Servicios y Mantenimiento del Campus, cuya función esencial será de asesoramiento y supervisión de los servicios y mantenimiento de los espacios y edificios de uso común del Campus: Las funciones que deberá asumir son las que a continuación se detallan: a) Participar y asesorar en el funcionamiento de los Servicios del Campus, formular recomendaciones y propuestas para su mejora y velar por su adecuada prestación. b) Realizar propuestas de mejora para el mantenimiento del Campus, así como intervenir en la definición de las prioridades de actuación. c) Crear los instrumentos necesarios y adoptar toda clase de iniciativas que contribuyan a la promoción y mejora de la calidad de los servicios universitarios. d) Conocer la política de colaboración en el ámbito del Campus con otras instituciones universitarias, personas físicas o entidades públicas o privadas, así como la información correspondiente a los convenios suscritos que afecten al Campus. e) Promover nuevos comportamientos ambientalmente más sostenibles entre la comunidad universitaria. La representación de los estudiantes en la Comisión de Gobierno del Campus se renovará anualmente, coincidiendo con las elecciones anuales de renovación de vacantes del Claustro. El Delegado de Campus, que forma parte de la Comisión de Coordinación de Servicios y Mantenimiento del Campus por designación del Rector, cesará cuando éste lo determine o por finalización de su mandato, manteniéndose en tal caso en funciones hasta la toma de posesión de su sucesor. 9
10 Artículo 8. Presupuesto anual de funcionamiento del Campus. La Universidad Politécnica de Madrid incluirá en sus presupuestos los créditos adecuados para el mantenimiento, inversiones y servicios comunes de cada Campus. Artículo 9. Recursos Humanos del Campus. La dotación de recursos humanos necesarios para la estructura organizativa del Campus, se valorará considerando las necesidades, las funciones asignadas y los servicios de su competencia. Se definirá conjuntamente para todos los Campus. Artículo 10. Servicios gestionados y ofertados por el Campus. Los servicios del Campus se regularán en cada caso por la Universidad, que dispondrá las condiciones de prestación, conforme a las características del Campus al que se aplique. Los servicios comunes serán gestionados por el Campus, en coordinación con los órganos generales de la universidad y de acuerdo con las normas básicas y reglamentos vigentes en la universidad. En la memoria de creación de los Campus se detallarán los que se consideran servicios comunes en cada caso particular. Disposiciones Finales Primera En lo no previsto en las disposiciones del presente documento, el Rector adoptará las medidas necesarias para la adaptación del presente Modelo Organizativo y de Gestión a la normativa vigente, de forma que se asegure el adecuado funcionamiento de la Universidad Politécnica de Madrid. Segunda El presente Modelo Organizativo de Campus de la Universidad Politécnica de Madrid entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín de la Universidad Politécnica de Madrid. o Cualquier denominación que figure en este texto deberá interpretarse en el género masculino y femenino. 10
I.- ACUERDOS Y RESOLUCIONES DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO I.B.- ACUERDOS Y RESOLUCIONES: CONSEJO DE GOBIERNO
I.B.- ACUERDOS Y RESOLUCIONES: CONSEJO DE GOBIERNO DICIEMBRE 2015 Dª Cristina PÉREZ GARCÍA, Secretaria General de la Universidad Politécnica de Madrid, CERTIFICA: Que en la sesión ordinaria del CONSEJO
Más detallesCONSEJO DE DIRECCIÓN ESTRUCTURAS DE ORGANIZACIÓN PARA LA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
ESTRUCTURAS DE ORGANIZACIÓN PARA LA FORMACIÓN DOCTORAL EN LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA 1 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN. II. III. IV. EL CENTRO INTERNACIONAL DE POSGRADO Y ESCUELA DE DOCTORADO LA COMSIÓN DE POSGRADO
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA. (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005)
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA (Aprobado en Consejo de Gobierno el 20 de junio de 2005) ÍNDICE CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II. ESTRUCTURA CAPÍTULO III. ORGANOS
Más detallesREGLAMENTO GENERAL DE CAMPUS. DECRETO UNIVERSITARIO N , de 31 de diciembre de Apruébese el siguiente Reglamento General de Campus:
194 REGLAMENTO GENERAL DE CAMPUS. DECRETO UNIVERSITARIO N 0049017, de 31 de diciembre de 2013. Apruébese el siguiente Reglamento General de Campus: TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Párrafo 1. Del Campus.
Más detallesREGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE INICIATIVAS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (CICODE)
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE INICIATIVAS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA (CICODE) (Aprobado por Consejo de Gobierno, en sesión de 1 de diciembre de 2011) ÍNDICE
Más detallesREGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado
REGLAMENTO REBIUN Aprobado por el Pleno de REBIUN mediante votación postal el día 4 de marzo de 2015 Aprobado por la Asamblea General de la CRUE celebrada en la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid el
Más detallesReal Decreto 1291/2007, de 28 septiembre
(Disposición Vigente) Real Decreto 1291/2007, de 28 septiembre RCL 2007\1777 CENTRO DE ARTE REINA SOFÍA. Modifica el Estatuto del Organismo Autónomo Centro de Arte Reina Sofía, aprobado por Real Decreto
Más detallesReglamento Interno de la Escuela de Doctorado y Posgrado Rectorado
Reglamento Interno de la Escuela de Doctorado y Posgrado Rectorado El presente Reglamento sustituye al Régimen Interno de la Escuela de Doctorado aprobado por Junta Plenaria el 17 de abril de 2014. CAPÍTULO
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES. (Aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2005)
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES (Aprobado en la sesión ordinaria del Consejo de Gobierno de 27 de enero de 2005) TÍTULO I: DE LA NATURALEZA, FINES Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo
Más detallesPROPUESTA DE REGLAMENTO DE CENTROS ADSCRITOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO
PROPUESTA DE REGLAMENTO DE CENTROS ADSCRITOS DE LA UNIVERSIDAD DE OVIEDO ÍNDICE Exposición de motivos CAPÍTULO I. PROFESORADO DE LOS CENTROS ADSCRITOS Artículo 1. Selección del profesorado. Artículo 2.
Más detallesPontificia Universidad Católica de Chile Secretaría General REGLAMENTO DE LOS ORGANISMOS DE LA RECTORIA
REGLAMENTO DE LOS ORGANISMOS DE LA RECTORIA TITULO I DE LAS DISPOSICIONES GENERALES Art. 1º : Para el adecuado gobierno de la Universidad, el Rector ejercerá sus atribuciones, principalmente, a través
Más detallesCREACIÓN Y REGULACIÓN DE LA UNIDAD DE IGUALDAD DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
Consejo de Gobierno - Sesión Ordinaria de 28/10/10 (nº 12/10) Punto 14 ANEXO 28 CREACIÓN Y REGULACIÓN DE LA UNIDAD DE IGUALDAD DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Exposición de motivos En los últimos años, el
Más detallesREGLAMENTO DE LA CÁTEDRA DE TAUROLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
Consejo de Gobierno Provisional - Sesión Ordinaria de 6/6/03 (nº 6/03) - ANEXO 10 Artículo 1. REGLAMENTO DE LA CÁTEDRA DE TAUROLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA Aprobado por Comisión de Cooperación y
Más detallesREGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE POSTGRADO Y FORMACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
REGLAMENTO DE REGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE POSTGRADO Y FORMACIÓN CONTINUA DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Preámbulo La Universidad de Almería debido a los cambios estructurales y normativos ocurridos en
Más detallesESCUELA DE POSGRADO. (Aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2008)
ESCUELA DE POSGRADO (Aprobado en sesión del Consejo de Gobierno de 27 de noviembre de 2008) Artículo 1. Objeto La Escuela de Posgrado de la Universidad de Granada tiene por objeto la gestión y coordinación
Más detallesREGLAMENTO DE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS
REGLAMENTO DE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE BURGOS (Aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 28 de abril de 2006 BOUBU núm. 11, de 2/05/2006 ) (Modificado en la sesión de 2 de
Más detallesVista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril;
Acuerdo de aprobación de la modificación de la Normativa para la Creación, Modificación o Supresión de los Departamentos de la Universidad Miguel Hernández. Vista la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre,
Más detallesNORMATIVA SOBRE COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES EN MATERIA DE DOCTORADO. (Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2012)
NORMATIVA SOBRE COMPOSICIÓN Y FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES EN MATERIA DE DOCTORADO (Aprobada por Consejo de Gobierno de 2 de febrero de 2012) El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que
Más detallesReglamento de los Colegios
Reglamento de los Colegios por Áreas Afines del Conocimiento de Nivel Superior capítulo i Disposiciones generales Artículo 1 El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento de los Colegios,
Más detallesEste Protocolo está sujeto, entre otras, a las siguientes normas legales:
PROTOCOLO DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO Y LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO La La Ley
Más detallesQue expuesto lo anterior, tengo a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 280 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS GENERALES A LOS QUE SE AJUSTARÁN LA CONSTITUCIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN. (Publicado en
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144 Lunes 17 de junio de 2013 Sec. I. Pág. 45466 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE 6544 Real Decreto 387/2013, de 31 de mayo, por el que se modifica
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 142 Viernes, 24 de julio de 2015 Pág. 46575 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DECRETO 45/2015, de 23 de
Más detallesEXPOSICIÓN DE MOTIVOS
NORMATIVA DE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN (Aprobada en Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2015 y modificada en Consejo de Gobierno de 5 de octubre de 2016) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El artículo 40.2 de la Ley
Más detallesI. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE
I. DISPOSICIONES Y ACUERDOS DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE I.2. CONSEJO DE GOBIERNO I.2.1. Vicerrectorado de Departamentos y Centros Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16
Más detallesDisposiciones generales
REGLAMENTO DEL CENTRO SUPERIOR DE INNOVACIÓN EDUCATIVA DE LA UNIVERSIDAD PÚBLICA DE NAVARRA. (A.38/2001. JUNTA DE GOBIERNO 2/10/2001 Capítulo I. Disposiciones generales Artículo 1. Constitución 1. Se crea
Más detallesEscuela de Formación y Debate Estudiantil. Cátedra UNESCO de GPU. 28/02/2013 Fundación Gómez Pardo
Escuela de Formación y Debate Estudiantil Cátedra UNESCO de GPU 28/02/2013 Fundación Gómez Pardo El funcionamiento de la Universidad a través de los Reglamentos Óscar Rionegro Ex delegado de Alumnos de
Más detallesNORMATIVA DE INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA
NORMATIVA DE INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA PREÁMBULO Los Institutos de Investigación de la Universidad de Granada son centros que agrupan investigadores, recursos
Más detallesREGLAMENTO - MARCO PARA LAS COMISIONES SECTORIALES DE LA CONFERENCIA DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS
REGLAMENTO - MARCO PARA LAS COMISIONES SECTORIALES DE LA CONFERENCIA DE RECTORES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS Página 1 de 13 ÍNDICE: PREÁMBULO... 3 TÍTULO PRIMERO. DEFINICIÓN Y OBJETIVOS... 3 Art. 1.-
Más detallesREGLAMENTO DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN
Facultad de Psicología Universidad Complutense de Madrid REGLAMENTO DEL SERVICIO DE ORIENTACIÓN FACULTAD DE PSICOLOGÍA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID 1 NATURALEZA Y FINES DEL SERVICIO DE ORIENTACION
Más detallesPeriodicidad de reuniones y planificación del contenido de las mismas.
7. CRITERIOS PEDAGÓGICOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Y DEL HORARIO DE DEDICACIÓN DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE LOS MISMOS SEGÚN LA ORDEN DE 10/8/2010 7.1. Determinación
Más detallesPROYECTO DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA
PROYECTO DE REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA Los Servicios Centrales de Investigación (en adelante SCI) constituyen un
Más detallesREGLAMENTO DE LA ESCUELA DE SALUD PÚBLICA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS
REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE SALUD PÚBLICA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS CAPÍTULO I: DE VISIÓN Y MISIÓN INSTITUCIONAL Artículo 1º: La Escuela de Salud Pública es un organismo dependiente de la Facultad de
Más detallesUniversidad de Guadalajara Centro Universitario del Norte
Universidad de Guadalajara Centro Universitario del Norte Manual de Organización del Departamento de Fundamentos del Conocimiento Colotlán, Jalisco, enero de 2007 Elaboró Presentó Aprobó Benjamín Ramírez
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 46591 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 47/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 287/2001, de 13 de diciembre, por el que se
Más detallesNORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR
NORMATIVA DEL SISTEMA INTERNO DE GESTIÓN DE CALIDAD DE LAS TITULACIONES DE LA ESCUELA POLITÉCNICA SUPERIOR Aprobada en Junta de Escuela de fecha 25 de mayo de 2016 En base al Acuerdo de 23 de febrero de
Más detallesNormativa para la contratación de Profesores Visitantes de la U.P.M.
Normativa para la contratación de Profesores Visitantes de la U.P.M. Aprobada en Consejo de Gobierno el 26 de mayo de 2005 B.O.U.P.M. num. 75, abril-junio 2005 1 PREÁMBULO La Universidad Politécnica de
Más detalles8. REPRESENTACIÓN DEL CONSEJO SOCIAL EN OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES
1 8. REPRESENTACIÓN DEL CONSEJO SOCIAL EN OTROS ÓRGANOS E INSTITUCIONES El Consejo Social de la Universidad Carlos III de Madrid dispone de representación institucional en los siguientes Órganos e Instituciones:
Más detallesReglamento de Régimen Interior del Centro de Electrónica Industrial (CEI) de la Universidad Politécnica de Madrid
Reglamento de Régimen Interior del Centro de Electrónica Industrial (CEI) de la Universidad Politécnica de Madrid Diciembre 2006 CAPÍTULO PRIMERO Naturaleza, fines y funciones ARTÍCULO 1. NATURALEZA 1.
Más detallesArtículo 1.- De los fines del Servicio de Alojamiento.
Resolución de 26 de enero de 2006, por la que se dispone la publicación del Reglamento del Servicio de Alojamiento de la Universidad de La Laguna. BOC de 9 de febrero de 2006. El Consejo de Gobierno de
Más detallesNORMATIVA SOBRE LA ATENCIÓN A LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD
NORMATIVA SOBRE LA ATENCIÓN A LOS ESTUDIANTES CON DISCAPACIDAD (Aprobada en la sesión del Consejo de Gobierno de 26 de junio de 2014) EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Más detallesInstitutos de investigación sanitaria
Institutos de investigación sanitaria Presentación Los institutos de Sanitaria son el resultado de la asociación a los hospitales docentes e investigadores del Sistema Nacional de Salud, de Universidades
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 947/2006, de 28 de agosto, por el que se regula la Comisión de publicidad y comunicación institucional y la elaboración del Plan anual de publicidad y comunicación de la Administración General
Más detallesREGLAMENTO DE CARTAS DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
REGLAMENTO DE CARTAS DE SERVICIOS DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA Los Estatutos de la Universidad de Málaga, aprobados por Decreto 145/2003, de 3 de junio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
Más detallesEste Protocolo está sujeto, entre otras, a las siguientes normas legales:
PROTOCOLO DE COLABORACIÓN Y COORDINACIÓN ENTRE LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO Y LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO I. MARCO
Más detallesI. DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
RESOLUCIÓN DE 28 DE JULIO DE 2016, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD DE VALLADOLID, POR LA QUE SE DELEGAN DETERMINADAS COMPETENCIAS DEL PROPIO RECTOR EN DIVERSOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE ESTA UNIVERSIDAD.
Más detallesPLAN ESTRATÉGICO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA
Vicerrectorado de Calidad, Planificación Estratégica y Responsabilidad Social Secretariado de Calidad y Desarrollo Estratégico PLAN ESTRATÉGICO DE LA UNIVERSIDAD DE MÁLAGA 2009-2012 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
427 I DISPOSICIONES GENERALES Presidencia de la Junta Decreto 1/2016, de 12 de enero, por el que se regulan las Unidades para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Administración de la comunidad Autónoma
Más detallesDISPOSICIONES GENERALES
2814 I DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD Y DEPENDENCIA ORDEN de 22 de enero de 2008 por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones
Más detalles2.- Según el Estatuto de la Universidad de Sevilla los departamentos:
1.- Según el Estatuto de la Universidad de Sevilla las unidades de docencia e investigación que coordina en las enseñanzas de una o varias áreas de conocimiento en uno o varios Centros de acuerdo con la
Más detallesNORMATIVA REGULADORA DE PLANES DE ESTUDIO INTERCENTROS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
NORMATIVA REGULADORA DE PLANES DE ESTUDIO INTERCENTROS DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID Aprobada en Consejo de Gobierno el 28 de abril de 2005 B.O.U.P.M. num. 75, abril-junio 2005 Modificada en
Más detallesNCG64/1: Normativa reguladora de la figura de Profesor Emérito en la Universidad de Granada (adaptación a la Ley 12/2011)
Boletín Oficial de la Universidad de Granada nº 64. 28 de septiembre de 2012 NCG64/1: Normativa reguladora de la figura de Profesor Emérito en la Universidad de Granada (adaptación a la Ley 12/2011) Aprobado
Más detallesborrador REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN
borrador REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN Aprobado en sesión n. 20 del Consejo de Gobierno de 21 de junio de 2005 Modificado en sesión n. X del Consejo de Gobierno de X de X de 20XX
Más detallesEL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 19 del artículo
Más detalles2. LA LEY DE LA CIENCIA: REPERCUSIÓN EN LOS OPIS.
enero 2009 www.bibliopos.es La organización de la investigación en los OPIs: características, creación de centros y otras unidades de investigación. Trámites para su formalización. Ley 13/1986, de 14 de
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CONSEJO DE REPRESENTANTES DE ESTUDIANTES DE LA FACULTAD DE EDUCACIÓN (Aprobado por la Junta de Centro el 17 de junio de 2015) El artículo 150.3 de los Estatutos de la
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 54 VIERNES 4 DE MARZO DE 2016 B.O.C.M. Núm. 54 III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE 25 MADRID ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 24
Más detallesUNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
6854 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2016, de la Gerencia, por la que se ejecuta el acuerdo normativo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se establece el Reglamento del
Más detallesReglamento de Régimen Interno División de Psicología Jurídica
Reglamento de Régimen Interno División de Psicología Jurídica Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos Aprobada modificación en Junta General 15 de diciembre de 2012 Índice Artículo 1. Objetivos...
Más detallesVICERRECTORADO DE CENTROS ASOCIADOS - REGLAMENTO DE CAMPUS TERRITORIALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
Curso 2015-2016 Número 29 / Anexo II VICERRECTORADO DE CENTROS ASOCIADOS - REGLAMENTO DE CAMPUS TERRITORIALES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA Aprobado por el Consejo de Gobierno de
Más detallesREAL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL CENTRO UNIVERSITARIO DE FORMACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL.
REAL DECRETO POR EL QUE SE CREA EL CENTRO UNIVERSITARIO DE FORMACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL. La Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, dedica una especial atención
Más detallesREGLAMENTO INTERNO INSTITUTO DE MEDICINA Y BIOLOGIA EXPERIMENTAL DE CUYO IMBECU
REGLAMENTO INTERNO INSTITUTO DE MEDICINA Y BIOLOGIA EXPERIMENTAL DE CUYO IMBECU Capítulo I DEFINICIÓN Y OBJETIVOS El Instituto de Medicina y Biología Experimental de Cuyo (IMBECU), es una Unidad Ejecutora
Más detallesOrden INT/3191/2008, de 4 de noviembre, de creación del Consejo Social Penitenciario y de los Consejos Sociales Penitenciarios Locales.
Ministerio del Interior (BOE n. 270 de 8/11/2008) Orden INT/3191/2008, de 4 de noviembre, de creación del Consejo Social Penitenciario y de los Consejos Sociales Penitenciarios Locales. Rango: Orden TEXTO
Más detallesReal Decreto 622/1998, de 17 de abril, por el que se determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social
Real Decreto 622/1998, de 17 de abril, por el que se determina la naturaleza, estructura y funciones de la Intervención General de la Seguridad Social (B.O.E. núm. 102, de 29 de abril de 1998) La Intervención
Más detallesLIBRO VII DE LA ORGANIZACION DE FUTBOL SALA
LIBRO VII DE LA ORGANIZACION DE FUTBOL SALA CAPITULO I.- Consideraciones generales. Artículo 202.- Generalidades. La organización territorial de Fútbol Sala reúne a todas aquellas personas físicas o jurídicas
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO Y DE GESTIÓN
PREGUNTAS FRECUENTES ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO Y DE GESTIÓN ÍNDICE 1. TIPOLOGÍA DE ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO Y DE GESTIÓN... 3 2. SUSTITUCIONES... 4 3. CESE... 5 4. DESEMPEÑO EN FUNCIONES...
Más detallesREGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA
REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE PSICOLOGÍA Artículo 1.- El Departamento de Psicología es la unidad de trabajo académico que agrupa a los docentes
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA DE DOCTORADO DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE CATALUNYA
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DE LA ESCUELA DE DOCTORADO DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE CATALUNYA Preámbulo La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación ha introducido
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 17 de junio de 2013
Real Decreto 342/2007, de 9 de marzo, por el que se regula el desarrollo de las funciones del programa MaB, así como el Comité Español del citado programa, en el organismo autónomo Parques Nacionales.
Más detallesPontificia Universidad Católica de Chile Secretaría General REGLAMENTO SOBRE ESTRUCTURA ACADEMICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE
REGLAMENTO SOBRE ESTRUCTURA ACADEMICA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DE CHILE I. ESTRUCTURA ACADEMICA Art. 1 : El presente Reglamento regula la estructura académica de la Pontificia Universidad Católica de
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA. (Aprobado en Consejo de Gobierno el 15 de Diciembre de 2008)
REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD DE HUELVA (Aprobado en Consejo de Gobierno el 15 de Diciembre de 2008) ÍNDICE PREÁMBULO. TÍTULO I. DEFINICIÓN, FUNCIONES Y ESTRUCTURA. TÍTULO II. ÓRGANOS DE
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSEJO ACADÉMICO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS COMITÉ ACADÉMICO DE LA CARRERA DE ACTUARÍA EN LA UNAM Propuesta de Creación Se
Más detallesJornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes
Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes Residencia Lucas Olazábal Universidad Politécnica de Madrid Cercedilla, 3 y 4 de diciembre de 2011 Órganos de Gobierno de la DA-UPM Coordinación
Más detallesRESOLUCIÓN Nº 207 SANTA ROSA, 30 de julio de 2014
VISTO: RESOLUCIÓN Nº 207 SANTA ROSA, 30 de julio de 2014 El expediente Nº 1529/14 registro de Rectorado, caratulado: Creación del Consejo de Extensión de la ; y CONSIDERANDO: Que el Plan Estratégico y
Más detallesCOMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE DECRETO 48/2003, DE 24 DE ABRIL, POR EL QUE SE REGULAN LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y PARTICIPACIÓN DEL SISTEMA DE SALUD DE BOC y L nº 81 de 30-4-2003, página 6382 MODIFICACIONES: - Decreto
Más detallesCOMPOSICIÓN Y COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES ASESORAS DEL CLAUSTRO UNIVERSITARIO
COMPOSICIÓN Y COMPETENCIAS DE LAS COMISIONES ASESORAS DEL CLAUSTRO UNIVERSITARIO PREÁMBULO I El Claustro Universitario es el máximo órgano de representación de la Comunidad Universitaria, al que corresponde
Más detallesREGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM.
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA UCM. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación Título Preliminar OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN 1. El presente Reglamento regulará el
Más detallesCOMITÉ ESPECIAL DE REVISIÓN DE LA CARTA CONSTITUTIVA Y REGLAMENTOS DE LA OLACEFS (CER) TÉRMINOS DE REFERENCIA. Capítulo I Disposiciones Generales
COMITÉ ESPECIAL DE REVISIÓN DE LA CARTA CONSTITUTIVA Y REGLAMENTOS DE LA OLACEFS (CER) TÉRMINOS DE REFERENCIA. Capítulo I Disposiciones Generales Artículo 1: Del Comité. El Comité Especial de Revisión
Más detallesRED INTERGUBERNAMENTAL IBEROAMERICANA DE COOPERACIÓN PARA LA EDUCACIÓN DE PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (ESTATUTOS)
RED INTERGUBERNAMENTAL IBEROAMERICANA DE COOPERACIÓN PARA LA EDUCACIÓN DE PERSONAS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (ESTATUTOS) Con el fin de contribuir al desarrollo de la educación para las personas
Más detallesDECANO I. IDENTIFICACION DEL CARGO
DECANO Nombre del cargo Decano Nivel funcional Directivo Jefe inmediato Vicerrector Académico Naturaleza del Cargo Estatutario I. IDENTIFICACION DEL CARGO Dependencia: Facultad Asignada Número de Cargos
Más detallesREGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR
REGLAMENTO DEL CONSEJO DE DESARROLLO CURRICULAR La actividad curricular de la Universidad de Los Andes, al igual que la de cualquier otra institución de educación universitaria, debe ser vista como un
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE
Real Decreto 1572/2007, de 30 de noviembre, por el que se regulan los órganos de coordinación de las bibliotecas de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos. Ministerio de Cultura
Más detallesREGLAMENTO DE CENTROS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación REGLAMENTO DE CENTROS DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE ALMERÍA acramento La Cañada de San Urbano 04120 Almería (España) Telf.: 950 015 000
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES. CAPITULO I Disposiciones Generales
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE ESTUDIOS SEMIPRESENCIALES CAPITULO I Disposiciones Generales Artículo 1. El Programa de Estudios Semipresenciales se refiere a una modalidad educativa mixta con elementos de
Más detallesNORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DEL DOCTORADO HONORIS CAUSA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID
NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DEL DOCTORADO HONORIS CAUSA DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE MADRID (Aprobada por el Consejo de Gobierno de 25-11-2010) 1 NORMATIVA SOBRE LA CONCESIÓN DEL DOCTORADO HONORIS
Más detallesFACULTADES POR UNIDAD ORGANIZATIVA DE PROESA
FACULTADES POR UNIDAD ORGANIZATIVA DE PROESA Unidad Organizativa Consejo Directivo Proponer políticas Aprobar estrategias, programas y planes de trabajo Aprobar el diseño de procesos de promoción de inversión
Más detallesCAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES
Ley 351 Ley de organización del Consejo Nacional de Atención y Protección Integral a la Niñez y la Adolescencia y la Defensoría de las Niñas, Niños y Adolescentes. El Presidente de la República de Nicaragua
Más detalles14. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE ASIA ORIENTAL (CEAO)-INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN
14. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE ASIA ORIENTAL (CEAO)-INSTITUTO UNIVERSITARIO DE INVESTIGACIÓN CAPÍTULO I. De los fines del Instituto CEAO y de sus miembros Artículo 1. De los
Más detallesDECRETO 14/1993, DE 9 DE MARZO, DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER
DECRETO 14/1993, DE 9 DE MARZO, DE LA DIPUTACIÓN GENERAL DE ARAGÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL INSTITUTO ARAGONÉS DE LA MUJER (Publicado en el Boletín Oficial de Aragón de 29 de marzo de 1993)
Más detallesCONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA
Área de Desarrollo Económico Sostenible CONSEJO SECTORIAL DE TURISMO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA R E G L A M E N T O DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. - CONSTITUCIÓN Y NATURALEZA JURÍDICA El Consejo
Más detallesQue el decreto 1478 de 1994 establece la necesidad de que las instituciones de educación superior presten servicios de bienestar universitario.
FUNDACIÓN UNIVERSITARIA SEMINARIO TEOLÓGICO BAUTISTA INTERNACIONAL REGLAMENTO DE BIENESTAR UNIVERSITARIO. El Consejo Directivo Provisional de la Fundación Universitaria Seminario Teológico Bautista Internacional
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 54769 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE HACIENDA DECRETO 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación.
Más detallesÍNDICE. Título I. Disposiciones Generales. Título II. Estructura y Contenido de las Cartas de Servicios
ÍNDICE Título I. Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definición Título II. Estructura y Contenido de las Cartas de Servicios Articulo 4. Estructura y
Más detallesUNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO CONSEJO ACADÉMICO DEL ÁREA DE LAS CIENCIAS FÍSICO MATEMÁTICAS Y DE LAS INGENIERÍAS COMITÉ ACADÉMICO DE LAS CARRERAS EN COMPUTACIÓN DEL ÁREADE LAS CIENCIAS FÍSICO
Más detallesPROPUESTA DE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE MARKETING Y COMUNICACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ. Sumario. Preámbulo.
PROPUESTA DE REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL DEPARTAMENTO DE MARKETING Y COMUNICACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE CÁDIZ Sumario Preámbulo.1 Artículo 1. Composición del Departamento..1 Artículo 2. Adscripción
Más detallesAYUNTAMIENTO DE MADRID. Decretos de Alcaldía. Marginal: ANM 2015\27. Tipo de Disposición: Decretos de Alcaldía / Organización y competencias
Decretos de Alcaldía Decreto de la Alcaldesa, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid. Marginal:
Más detallesVICERRECTORADO DE INVESTIGACION PLAN OPERATIVO ANUAL 2015
VICERRECTORADO DE INVESTIGACION PLAN OPERATIVO ANUAL 2015 INTRODUCCIÓN El presente Plan Operativo Institucional (POA) 2015 del Vicerrectorado de Investigación de la UJCM, que es el primero, se ha elaborado
Más detallesReglamento de Régimen Interno. Recursos Humanos PTORH
Reglamento de Régimen Interno División de Psicología del Trabajo, de las Organizaciones y los Recursos Humanos PTORH Reglamento de Régimen Interno División de Psicología del Trabajo, de las Organizaciones
Más detallesANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS
RESOLUCION C.D. Nº 071/08 ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS DEL SISTEMA ARTÍCULO 1 : La Facultad de Ciencias Forestales crea las COORDINACIONES DE CARRERAS, para el seguimiento y actualización
Más detallesREGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID. Título Segundo. De los órganos de gobierno. Capítulo II. Órganos unipersonales
Pág. 1 REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MADRID (Aprobado por Junta de Gobierno de 8 de marzo de 2002 e incorpora las modificaciones aprobadas en Consejo de Gobierno de 14 de julio
Más detalles