BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

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1 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág II. AUTORIDADES Y PERSONAL B. Oposiciones y concursos MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Orden HAP/2669/2012, de 11 de diciembre, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo. Este Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1.a) y c), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, previa autorización de las Bases de la presente convocatoria por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y de conformidad con el artículo 40.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, ha dispuesto convocar un concurso específico (2.E.12) para cubrir puestos de trabajo vacantes en este Ministerio, dotados presupuestariamente, cuya provisión corresponde llevar a efecto por dicho procedimiento. En atención a la naturaleza de las vacantes a cubrir, que se relacionan en el Anexo I de esta Orden, el concurso constará de dos fases. El presente concurso, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva comunitaria de 9 de febrero de 1976, tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios. Se tendrá en cuenta, asimismo, el contenido de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, y se desarrollará con arreglo a las siguientes Primera. Bases 1. En el marco de la racionalización y optimización de los recursos humanos disponibles y en un contexto de austeridad en materia de empleo público que hace especialmente necesario atender a criterios de eficiencia en la distribución del personal, no podrán participar en la presente convocatoria de concurso, los funcionarios que presten servicios en las siguientes unidades: Ministerio de Empleo y Seguridad Social: Oficinas de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal y Fondo de Garantía Salarial. a) Podrán participar los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, a los que se refiere el artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que pertenezcan a Cuerpos o Escalas clasificados en los grupos comprendidos en el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, con excepción del Personal de Cuerpos o Escalas Docente e Investigador, Sanitario, de Instituciones Penitenciarias, Transporte Aéreo y Meteorología. b) De acuerdo con la Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 25 de febrero de 2010, se deja sin efecto la clave que impedía a los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos del Sector del Transporte Aéreo y Meteorología, código 17, Cuerpo Especial Técnico de Telecomunicaciones Aeronáuticas, a extinguir, y Cuerpo de Técnicos Especialistas Aeronáuticos, a extinguir, ocupar determinados puestos en la Administración General del Estado. En consecuencia, los funcionarios de estos colectivos podrán participar en este concurso siempre que reúnan el resto de los requisitos de la convocatoria.

2 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág c) De acuerdo con la Resolución aprobada por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de 27 de julio de 2007, se deja sin efecto la clave que impedía a los funcionarios pertenecientes a Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos ocupar determinados puestos en la Administración General del Estado. En consecuencia, los funcionarios de ese colectivo podrán participar en este concurso siempre que reúnan el resto de los requisitos de la convocatoria. d) A tenor del Acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones de fecha 30 de enero de 2004, la referencia al sector sanitario que recoge la definición de la clave «EX11» no afecta al personal estatutario de los grupos de la función administrativa, regulado en el artículo 12.3 del derogado Estatuto del Personal no Sanitario de las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, que ocupe puestos de trabajo en la Administración General del Estado a la fecha de la aprobación de la resolución de CECIR anteriormente citado. 2. Para obtener un puesto con la clave de adscripción A3, podrán participar los funcionarios de carrera de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas y de la Administración Local, para obtener un puesto con la clave de adscripción A2 podrán participar los funcionarios de carrera de la Administración del Estado y de la Administración Local y, para obtener un puesto con la clave de adscripción A4, podrán participar los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas. Segunda. 1. Podrán participar los funcionarios comprendidos en la Base primera, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, de conformidad con el Departamento al que se encuentren adscritos los indicados Cuerpos o Escalas. Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida autorización. La autorización mencionada, que es un requisito de participación en este concurso, y no podrá entenderse como una autorización genérica para otros concursos, deberá solicitarse al órgano competente con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. 2. Deberán participar en esta convocatoria aquellos funcionarios incluidos en la Base primera que tengan una adscripción provisional en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o sus Organismos Autónomos si se convoca el puesto al que fueron adscritos, y los que estén en situación de excedencia forzosa, si se les notifica. 3. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades Autónomas (servicio en otras Administraciones Públicas artículo 88 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público), sólo podrán participar en el concurso si a la finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde su transferencia o traslado a las mismas y, en todo caso, desde la toma de posesión del destino desde el que participen si es de carácter definitivo. 4. Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán participar en el presente concurso si han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que se dé alguno de los supuestos siguientes: a) Que participen únicamente para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de Estado o del Departamento ministerial, en defecto de aquélla, donde esté adscrito su puesto definitivo.

3 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág b) Que hayan sido removidos o cesados del puesto obtenido por el procedimiento de concurso o de libre designación. c) Que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venía desempeñando. 5. Los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala de procedencia, a efectos de lo dispuesto en el punto 4 de esta Base. 6. Los funcionarios en situación de servicios especiales o en excedencia para el cuidado de hijos o excedencia para el cuidado de un familiar, artículos 87 y 89.4 respectivamente, de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, sólo podrán participar si en la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido, salvo que tengan reservado el puesto de trabajo en el ámbito de la Secretaría de Estado o Ministerio, en defecto de ésta, donde radique el puesto solicitado. 7. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular, y excedencia voluntaria por agrupación familiar, artículos 89.2 y 89.3 respectivamente, de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, sólo podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación. 8. Cuando dos funcionarios estén interesados en obtener puestos de trabajo en este concurso en un mismo municipio, pueden condicionar en la solicitud sus peticiones, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos los obtengan, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos. Deberán acompañar a su solicitud fotocopia de la petición del otro funcionario. 9. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión de los méritos que se aleguen, será el día en que finalice el plazo de presentación de instancias. Tercera. 1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso, ajustadas al modelo publicado como Anexo III/1 de esta Orden y dirigidas a la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se presentarán, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria, en el Registro General del Ministerio (calle Alcalá, 9, Madrid) o en las oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Estas últimas oficinas tienen obligación de cursar las solicitudes recibidas dentro de las primeras veinticuatro horas a partir de su presentación. Asimismo, se podrá presentar por vía telemática a través de la dirección electrónica gob.es., Sede electrónica central del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. 2. Cada uno de los funcionarios presentará un único Anexo III/1 pudiendo solicitar, por orden de preferencia en el Anexo III/2, los puestos vacantes, que se incluyen en el Anexo I, siempre que reúna los requisitos exigidos para cada puesto de trabajo. 3. Los funcionarios participantes con discapacidad, podrán pedir la adaptación del puesto o puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. En cualquier caso, la compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él. 4. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el peticionario, sin que puedan ser objeto de modificación, aceptándose renuncias a las mismas hasta la firma de la resolución de adjudicación.

4 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág Todas las solicitudes y demás documentos acreditativos deberán presentarse en formato UNE-A4, sin encuadernación y con una sola grapa. Cuarta. El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos generales enumerados en la Base siguiente (quinta 1.1), y la segunda consistirá en la comprobación y valoración de los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto. Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de tres puntos en la primera fase y de cuatro en la segunda. Los participantes que en la primera fase no obtengan la puntuación mínima exigida no podrán pasar a la segunda. A efectos de valoración del complemento de destino y grado consolidado se aplicará lo establecido en el párrafo tercero del apartado séptimo del Acuerdo de Consejo de Ministros de 12 de junio de 1998, publicado por Resolución de 18 de junio de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública («BOE» del 23). Quinta. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias, junto con la solicitud de participación, en el plazo señalado en la base tercera punto 1 y se acreditarán documentalmente, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias, mediante títulos, diplomas u otra documentación fehaciente cuando se trate de conocimientos, y certificaciones acreditativas de los citados méritos si se alega experiencia. La valoración de los méritos en la segunda fase deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezca repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto. Los puestos convocados no podrán declararse desiertos cuando existan solicitantes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida, excepto cuando, como consecuencia de una reestructuración, se hayan amortizado o hayan sufrido modificación en sus características funcionales, orgánicas o retributivas, o esté tramitándose una modificación en tal sentido. La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo: 1. Primera fase. La valoración máxima de esta primera fase no podrá ser superior a 13 puntos. 1.1 Méritos generales: Valoración del grado personal: Por la posesión de grado personal se adjudicarán hasta un máximo de 2 puntos, según la distribución siguiente: Por tener grado personal superior al nivel del puesto solicitado: 2 puntos. Por tener grado personal igual al nivel del puesto solicitado: 1 punto. Por tener grado personal inferior al nivel del puesto solicitado: 0,50 puntos.

5 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág Valoración del trabajo desarrollado: Por el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado, se adjudicará hasta un máximo de 2 puntos distribuidos de la forma siguiente: Por un puesto de trabajo de nivel superior al del puesto al que se concursa durante: Menos de dos años: 1,75 puntos. Dos años o más: puntos. Por un puesto de trabajo de igual nivel al del puesto al que se concursa durante: Menos de dos años: 1,25 puntos. Dos años o más: 1,50 puntos. Por un puesto de trabajo inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa durante: Menos de dos años: 0,75 puntos. Dos años o más: puntos. Por un puesto de trabajo inferior en tres o más niveles al del puesto al que se concursa durante: Menos de dos años: 0,25 puntos. Dos años o más: 0,50 puntos. A estos efectos, los funcionarios que concursen sin nivel de complemento de destino, se entenderá que prestan sus servicios en un puesto del nivel mínimo correspondiente al grupo de su Cuerpo o Escala, considerándose como tiempo de desempeño el menor establecido en cada supuesto. A los funcionarios reingresados, o removidos de su puesto o procedentes de puestos suprimidos pendientes de asignación de puestos de trabajo, en aplicación de la Resolución conjunta de la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de la Secretaría de Estado de Hacienda de 15 de febrero de 1996 («BOE» del 23), se les valorará como puesto ocupado el que les corresponda de acuerdo con dichas normas con la puntuación mayor Cursos de formación y perfeccionamiento: Únicamente se valorarán la superación o impartición de aquellos cursos de formación y perfeccionamiento incluidos en la convocatoria, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en el puesto de trabajo que se solicita de acuerdo con los criterios mantenidos por el correspondiente Centro directivo respecto de su desempeño y especificados en el Anexo I de la presente Orden en los que se haya expedido diploma y certificación de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento o impartición, los cuales deberán ser acreditados documentalmente, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias: Medio punto por cada curso y el doble si se ha impartido, salvo que en el Anexo I figure otra puntuación, con un máximo de dos puntos Antigüedad: Por cada año completo de servicios en las distintas Administraciones Públicas: 0,16 puntos, hasta un máximo de 4 puntos. A estos efectos se computarán los servicios prestados con carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala expresamente reconocidos. No se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados Conciliación familiar: Se valorarán con un máximo de 3 puntos las siguientes situaciones: a) El destino previo del cónyuge funcionario: Se valorará, con 1,5 puntos siempre que se haya obtenido mediante convocatoria pública, en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados y se acceda desde municipio distinto.

6 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág b) El cuidado de hijos o cuidado de un familiar: Se valorará con 1,5 puntos, siendo incompatibles entre sí ambos supuestos. Cuidado de hijos: Se valorará tanto cuando se trate de hijos por naturaleza como por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que cumpla doce años, siempre que se acredite fehacientemente que el puesto que se solicita permita una mejor atención del menor, de acuerdo con el Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo. Cuidado de un familiar: Se valorará hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad siempre que, por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por si mismo y no desempeñe actividad retribuida y se acceda desde un municipio distinto, siempre que el puesto que se solicita permita una mejor atención del familiar, de acuerdo con el Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo. Para que puedan ser valoradas situaciones relativas a la conciliación familiar, necesariamente, los solicitantes que las aleguen, deberán acreditarlo mediante la presentación de la documentación que se especifica en la Base Sexta, punto 5, apartados a), b) y c), de esta convocatoria, antes de cierre del plazo de presentación de instancias. 2. Segunda fase. La valoración máxima de esta segunda fase podrá llegar hasta los siete puntos conforme determine la Comisión de Valoración, teniendo en cuenta los méritos específicos adecuados a las características del puesto a valorar que se acreditarán documentalmente, antes del cierre del plazo de presentación de instancias, mediante las correspondientes certificaciones. Asimismo, entre los méritos específicos podrán figurar titulaciones académicas, cursos, diplomas, etc., que se acreditarán documentalmente, antes del cierre del plazo de presentación de instancias, mediante los correspondientes justificantes. Sexta. 1. Los méritos generales de los funcionarios que ocupan puestos actualmente en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o en sus Organismos Autónomos, con carácter definitivo, o adscripción provisional y comisión de servicio, cuando el puesto de origen corresponda a éstos, serán valorados con los datos profesionales consignados bajo la responsabilidad del solicitante en el Anexo III/1 comprobados por la Subdirección General de Recursos Humanos del Departamento. 2. Los méritos generales de los restantes funcionarios deberán ser acreditados mediante certificación, según modelo que figura como Anexo II de esta Orden. 3. La certificación deberá ser expedida: a) Si se trata de funcionarios que ocupan puestos actualmente en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o en sus Organismos Autónomos en comisión de servicio, cuando el puesto de origen corresponda a otro Departamento o a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Dirección o Subdirección General competente en materia de personal de dichos órganos. b) Si se trata de funcionarios en situación de servicios especiales, por la Subdirección General competente en materia de personal del Ministerio u Organismo donde estén destinados o hayan tenido su último destino definitivo. c) Si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales de otros Ministerios y la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Dirección o Subdirección General competente en materia de personal de dichos órganos y si se trata de funcionarios destinados en servicios centrales de Organismos Autónomos por la Secretaría General o similar de los mismos, sin perjuicio de lo previsto en el epígrafe e) de este mismo punto. d) Cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial, respectivamente, de otros Ministerios u Organismos Autónomos, por las Secretarías Generales de las Delegaciones del Gobierno o de las Subdelegaciones

7 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág de Gobierno, sin perjuicio de lo dispuesto en el epígrafe e) siguiente. Respecto de los funcionarios destinados en los servicios periféricos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por las Secretarías Generales de las Delegaciones de dicho Ente Público donde radique el puesto de trabajo del solicitante. e) Si se trata de funcionarios destinados en el Ministerio de Defensa, la Subdirección General de Personal Civil del citado Ministerio en el caso de funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido dicho Departamento en Madrid y los Delegados de Defensa en el caso de funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido en los servicios periféricos de tal Ministerio. f) Al personal en situación de servicios en Comunidades Autónomas por el Órgano competente de la Función Pública de la Comunidad u Organismo similar. Para el personal de la Administración Local, la certificación correrá a cargo de la Secretaría del Ayuntamiento, diputación o Cabildo de que se trate. g) A los funcionarios que se encuentren en la situación administrativa de excedencia voluntaria, por la Dirección o Subdirección General competente en materia de personal del Departamento a que figure adscrito su Cuerpo o Escala, o por la Dirección General de la Función Pública si pertenecen a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y dependientes de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente en la Administración Pública en la que se prestasen los servicios. h) En el caso de excedentes voluntarios, pertenecientes a Escalas de Organismos Autónomos, por la Dirección o Subdirección General competente en materia de personal del Ministerio o Secretaría General del Organismo donde hubiera tenido su último destino. i) En el caso de funcionarios que se encuentren en situación de expectativa de destino y excedencia forzosa aplicable a los funcionarios en expectativa de destino, los mencionados certificados serán expedidos por la Dirección General de la Función Pública. j) En el caso de funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de familiares, los citados certificados deberán ser expedidos por la Unidad competente en materia de personal del Departamento u Organismo donde tenga reserva de su puesto de trabajo. k) En el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S. A. o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma, la certificación de los méritos no específicos deberá ser expedida por la Unidad de personal de la citada Sociedad Estatal. En el caso de los funcionarios de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros, el certificado deberá ser expedido por la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Competitividad. 4. Los concursantes que procedan de la situación de suspensión de funciones acompañarán a la solicitud documentación acreditativa de haber finalizado el período de suspensión. 5. Los funcionarios que aleguen como mérito alguna de las situaciones consignadas en la Base Quinta, punto 1, apartado 1.1.5, para su acreditación, deberán aportar la siguiente documentación, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias: a) Destino previo del cónyuge funcionario: Certificación acreditativa del destino del cónyuge y de su forma de provisión, expedida por la Unidad Administrativa competente donde el cónyuge se halle destinado. Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial.

8 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág b) Cuidado de hijos: Copia del Libro de Familia o resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo. Declaración del progenitor solicitante, debidamente firmada, justificando fehacientemente las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del menor, acompañada, en su caso, de la correspondiente documentación acreditativa. La declaración prevista en este apartado, podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de Valoración dispone de documentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha declaración. c) Cuidado de un familiar: Parentesco: Libro de familia y/o otros documentos públicos que acrediten la relación hasta el segundo grado, inclusive, de consanguinidad o afinidad. Situación de dependencia: Por edad, accidente, enfermedad o discapacidad: Certificado médico oficial o documento de los órganos de la Administración Pública competente en la materia, acreditativo de tales extremos. No desempeño de actividad retribuida: Certificado de no encontrarse en alta en ninguno de los regímenes de la Seguridad Social y declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad retribuida alguna. Acceso desde Municipio distinto: Si se accede desde municipio distinto, se deberá prestar consentimiento fehaciente del familiar dependiente, cumplimentando el Anexo IV de esta convocatoria, para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento sean recabados de oficio. Si no se prestara tal consentimiento, o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora, el solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento del familiar dependiente, de acuerdo con el Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre, normas que suprimen la exigencia de aportar el certificado de empadronamiento como documento probatorio del domicilio y residencia. Mejor atención familiar: Declaración del solicitante justificando las razones que avalan que el cambio de puesto permite la mejor atención del familiar. La declaración prevista en este apartado, podrá no tenerse en cuenta si la Comisión de Valoración dispone de documentación oficial que invalide, de forma negativa, la justificación contenida en dicha declaración. Séptima. 1. La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos se efectuará atendiendo a la puntuación total máxima obtenida, sumados los resultados finales de las dos fases, siempre que en cada una de ellas se haya superado la puntuación mínima exigida. 2. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a lo dispuesto en el artículo 44.4 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Octava. La propuesta de adjudicación de cada uno de los puestos al solicitante que haya obtenido mayor puntuación será realizada por una Comisión de Valoración que se ajustará al principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y la Orden APU/526/2005, de 7 de marzo. Estará integrada por el Subdirector General de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, o funcionario en quien delegue, quien la presidirá; por dos funcionarios, del Centro directivo donde radican los puestos de trabajo y otro del área correspondiente al mismo; por un funcionario de la Subsecretaría del Departamento y por otro funcionario de la Subdirección General de Recursos Humanos, en condición de Secretario.

9 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág Las organizaciones sindicales más representativas y las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas o en el ámbito correspondiente, tendrán derecho a participar como miembros en la Comisión de Valoración del ámbito de que se trate, circunscribiendo su actuación a los puestos localizados donde tengan la condición de más representativos. A efectos de su nombramiento como miembros deberán remitir los datos de la persona propuesta en el plazo de diez días desde la publicación de la convocatoria. La Comisión de Valoración podrá contar con expertos designados por la autoridad convocante, previa solicitud de la Comisión, los cuales actuarán con voz pero sin voto en calidad de asesores, de acuerdo con el Artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Todos los miembros de la Comisión de Valoración deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y además poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados. Novena. Ante el previsible elevado número de puestos a solicitar que permite la Base tercera.2 el plazo marcado por el artículo 47 del Reglamento General, se amplía a cinco meses contados desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, de conformidad a lo que también establece el citado artículo. Décima. 1. La adjudicación de algún puesto de la presente convocatoria a funcionarios destinados en otros Ministerios o sus Organismos Autónomos implicará el cese en el puesto de trabajo anterior en los términos y plazos previstos en el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 2. Los puestos de trabajo adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública. El escrito de opción se dirigirá a la autoridad a que se refiere la Base tercera Los traslados que hayan de producirse por la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón del servicio. Undécima. 1. El presente concurso se resolverá por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», en la que figurarán los datos personales del funcionario, el puesto adjudicado y el de cese o, en su caso, la situación administrativa de procedencia. 2. La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. 3. El personal que obtenga un puesto de trabajo a través de este concurso no podrá participar en otros concursos hasta que hayan transcurrido dos años desde que tomaron posesión en el puesto de trabajo, salvo que se diera alguno de los supuestos que se contemplan en el punto 4 de la Base segunda. 4. El plazo máximo para la toma de posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta el cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

10 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que en su caso hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios que se encuentren en situación de licencia por enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida. El Subsecretario del Departamento donde preste servicios el funcionario podrá diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, lo que se comunicará a la unidad a la que haya sido destinado el funcionario. Excepcionalmente, a propuesta del Departamento de origen del funcionario, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas podrá aplazar la fecha de cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior. Con independencia de lo establecido en los dos párrafos anteriores, esta Subsecretaría podrá conceder una prórroga de incorporación hasta un máximo de veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el interesado por razones justificadas. Duodécima. De acuerdo con lo previsto en el artículo 49.cinco de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la movilidad de los funcionarios que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que pertenezcan al Cuerpo Técnico de Hacienda adscrito a la misma, para la cobertura de puestos de trabajo en este Ministerio, requerirá la previa autorización de aquélla, que sólo podrá denegarse de forma motivada. Decimotercera. La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos para que los Departamentos u Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes. Decimocuarta. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). Madrid, 11 de diciembre de El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P. D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

11 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS SUBSECRETARIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS JUNTA DE CONTRATACION ANEXO I JEFE / JEFA DE SERVICIO DE CONTRATACION MADRID ,50 AE A1 A2 EX11 Elaboración de Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Coordinación de equipos de gestión de expedientes de contratación. Tramitación de expedientes de contratación y asistencia a Mesas de Contratación. 1 Posesión de formación en alguna materia de la rama de Ciencias Sociales acreditada con titulación académica. Experiencia en la tramitación de expedientes de contratación. Experiencia en tareas de elaboración de PCAP. Experiencia en tareas de secretaría de Mesas de Contratación. - La Plataforma de Contratación del Estado - La contratación en la Administración Pública. Normativa General. Incidencia de la Ley 30/07. - Plan Nacional de la Contratación Pública Verde. - El contrato de obras. DEPARTAMENTO DE SERVICIOS Y COORDINACION TERRITORIAL SECRETARIO / SECRETARIA DE SUBDIRECTOR GENERAL MADRID ,00 AE C1 C2 EX11 Tareas propias de secretaría: atención telefónica, archivo, agenda, preparación de documentación y firma. 2 Experiencia en el desarrollo de trabajos de secretaría y en el empleo de aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto. Experiencia en el tratamiento de textos, archivo y registro. 4,00 - Comunicación y protocolo. - Secretaría de dirección. - Atención al público. - Archivo. S.G. DE RECURSOS HUMANOS CONSEJERO TECNICO / CONSEJERA TECNICA MADRID ,88 AE A1 EX11 Gestión de Recursos Humanos. Organización y dirección de procesos selectivos y provisión de puestos de trabajo. Diseño, estudio y elaboración de propuestas y modificaciones de relaciones de puestos de trabajo. Dirección de equipos de trabajo. Realización de las tareas necesarias para la reubicación y movilidad del personal funcionario. 3 Experiencia y conocimientos en Gestión de Personal Funcionario: situaciones administrativas, procedimientos de jubilación, comisiones de servicio, excedencias, nombramientos y ceses. Experiencia y conocimientos en convocatorias de procesos selectivos, concursos de méritos y libre designación. Experiencia en la gestión y su tramitación a la CECIR de modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo de personal. Experiencia en la gestión para la reubicación y movilidad de personal funcionario del Departamento. - General de Recursos Humanos. - Desarrollo de habilidades para entrevistas. - Evaluación de desempeño.

12 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág HABILITADO / HABILITADA GENERAL MADRID ,56 AE A1 A2 EX11 Control del proceso global de gestión de nómina para el pago de retribuciones a los empleados públicos. Conocimiento y aplicación de la normativa en materia de retribuciones. Realización de informes de gestión y seguimiento presupuestario de los créditos del capítulo 1. Trabajos de coordinación con la Oficina Presupuestaria en la tramitación de los expedientes de modificación de crédito del capítulo 1 durante el ejercicio. 4 Experiencia en la gestión global del proceso de nóminas (altos cargos, personal eventual, funcionarios y personal laboral). Experiencia en la utilización de la aplicación informática GESPRODES para el control y pago de incentivos al rendimiento. Experiencia en la utilización de la aplicación informática BBVA NET CASH para el pago material de retribuciones. Experiencia en la coordinación con la Oficina Presupuestaria en la tramitación de expediente de modificación de créditos del capítulo 1 y experiencia en el seguimiento de ejecución presupuestaria del citado capítulo. - Gestionar sin recursos. - Publicación de contenidos en la Red. - Adobe Acrobat y Entorno PDF. JEFE / JEFA DE SECCION DE ANULADOS MADRID ,38 AE C1 EX11 Gestión y tramitación de procedimientos de jubilación forzosa, voluntaria y por incapacidad permanente de personal funcionario. Gestión y tramitación de prolongaciones de permanencia en servicio activo de personal funcionario. Gestión y tramitación de certificados de servicios prestados. Utilización de herramientas informáticas aplicadas a la gestión de personal y clases pasivas. 5 Experiencia en tramitación de procedimientos de jubilación en todas sus modalidades y de prolongaciones de permanencia en servicio activo de personal funcionario. Experiencia en tramitación de comisiones de servicio. Experiencia en la tramitación de certificados de servicios prestados. Experiencia en gestión de personal funcionario y en manejo de las aplicaciones informáticas de gestión de personal BADARAL y RCP. 2,50 1,50 1,50 1,50 - Gestión de Recursos Humanos. - Gestión Documental. - BADARAL.

13 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág S.G. DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LAS COMUNICACIONES JEFE / JEFA DE AREA MADRID ,54 AE A1 EX11 Dirección de área de desarrollo: Elaboración de planes y objetivos anuales. Planificación y coordinación de los equipos de desarrollo para la consecución de objetivos e hitos. Contratación de proyectos y servicios para el desarrollo de aplicaciones. Dirección de los procesos de gestión, mantenimiento, evolución y disponibilidad de las aplicaciones informáticas competencia del área. 6 Experiencia en la gestión y coordinación de equipos de desarrollo en entornos NET y Java, así como en entornos MOSS para portales web y sede electrónica, y la supervisión de consecución de objetivos. Experiencia en la aplicación de la metodología ágil de desarrollo SCRUM con el uso de Microsoft Team Foundation Server. Experiencia en definición de proyectos enmarcados en estrategias a largo plazo, así como su planificación, desarrollo, implantación, postproducción y traspaso a los grupos de mantenimiento. Experiencia contratación de proyectos de desarrollo y mantenimiento de aplicaciones. 2,50 2,50 - Documento electrónico y Expediente electrónico según las Normas Técnicas de Interoperabilidad del Esquema Nacional de Interoperabilidad. - Desarrollo de aplicaciones web en Microsoft C#.NET. - ITIL Básico. - Servicios Web.NET. JEFE / JEFA DE SERVICIO MADRID ,24 AE A1 A2 EX11 Coordinación y gestión de un Servicio de Asistencia Microinformática para usuarios. Asistencia a la Jefatura del Area en la elaboración de propuestas, informes, memorias y pliegos relacionados con el parque informático y la incorporación de nuevas tecnologías y servicios. Gestión de inventario y almacén de equipos Microinformáticos de la SGTIC. Distribución de software y actualización de sistema operativo en equipos cliente. 7 Experiencia en la coordinación y gestión de un Centro de Atención a Usuarios. Experiencia en la utilización de la herramienta de Microsoft "System Center Configuration Manager (SCCM) 2007" para gestión de equipos microinformáticos. Experiencia en la elaboración de propuestas, informes, memorias y pliegos. Experiencia en el uso de la herramienta BMC Remedy para la gestión de incidencias y del inventario de equipos informáticos. 2,50 2,50 - Planning, Deploying and Managing Microsoft System Center Configuration Manager ITIL Foundations, versión 3. - Soporte migración y administración de Microsoft Windows 7. - Reparación y mantenimiento de equipos informáticos y sistemas en red.

14 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág SECRETARIA GENERAL TECNICA S.G. DE INFORMACIÓN DOCUMENTACIÓN Y PUBLICACIONES JEFE / JEFA DE AREA MADRID ,54 AE A1 EX11 Coordinación del sistema de archivos de la organización. Diseño e implementación de herramientas informáticas de gestión de la información del Archivo Central. Atención a usuarios y resolución de consultas de información archivística. Elaboración de censos documentales e informes estadísticos. 8 Experiencia en la coordinación del sistema de archivos administrativos: gestión de procesos, elaboración de normas de procedimiento y diseño de formularios, así como en la elaboración de informes de identificación y valoración documentales. Experiencia en desarrollo de aplicaciones de gestión de procesos en centros de archivo. Master o titulo equivalente en archivistica. Experiencia en diseño de encuestas, aplicación y explotación de datos estadísticos en unidades de archivo. - Tecnicas de documentación-informática documental y gestión bases datos documentales y relacionales. - Infraestructura básica sottware para administración electrónica - Metadatos en la AGE: Principios básicos. -Documento electrónico y expediente electrónico según las Normas Técnicas de Interoperabilidad del Esquema Nacional de Interoperabilidad. JEFE / JEFA DE SERVICIO MADRID ,50 AE A1 A2 EX11 Coordinación de los contenidos normativos a incluir en la base de datos Norm@doc. Selección y análisiss de la normativa publicada por distintas vias, para determinar las que son competente al Departamento. Valoración de las que son susceptibles de consolidación y elaboración del hístorico de cada una de las normas seleccionadas, junto con el análisis jurídico. Alta, inclusión y modificación de ficheros de normativa en base de datos para su visualización a traves de la web, mediante la aplicación Norm@doc. 9 Experiencia en la coordinación y selección de la normativa publicada diariamente. Experiencia en la selección de las normas según su tema competencial, así como de la consolidación e histórico de cada norma especifica. Experiencia en el manejo de aplicaciones informáticas necesarias para el desempeño del puesto de trabajo. - Lenguajes documentales: Tesauros. - Metadatos en la Administración General del Estado: principios básicos. - Word. - Administración electrónica.

15 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág DIRECCION GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO S.G. DEL PATRIMONIO DEL ESTADO JEFE / JEFA DE AREA DE DEFENSA PATRIMONIAL Y URBANISMO MADRID ,54 AE A1 EX11 Coordinación de la gestión patrimonial de la AGE y sus organismos públicos en defensa de la titularidad y aprovechamiento de Bienes del Patrimonio del Estado. Coordinación de actuaciones de seguimiento y defensa de bienes estatales afectados por el planteamiento urbanístico. 10 Experiencia en procedimientos patrimoniales de gestión e investigación de bienes y derechos del Estado. Experiencia en elaboración de informes jurídicos en materia de gestión patrimonial, urbanística y catastral. Experiencia en el ámbito urbanístico y de gestión catastral. Licenciatura en Derecho. - Procedimiento de Revisión. - Administración Electrónica. - Especialización en Procedimiento Administrativo. - Procedimiento Administrativo, cuestiones avanzadas. JEFE / JEFA DE NEGOCIADO MADRID ,58 AE C1 C2 EX11 Colaboración en la tramitación de expedientes patrimoniales. Funciones de archivo y registro de expedientes patrimoniales. 11 Experiencia en archivo y registro de expedientes patrimoniales. Experiencia en la tramitación de expedientes administrativos de gestión patrimonial. Experiencia en el manejo de aplicaciones informáticas de gestión patrimonial (CIBI). Experiencia en la utilización de aplicaciones de tratamientos de textos y bases de datos. - La administración y sus documentos: técnicas de archivos. - Excel. - Preparación para puestos de secretaría. S.G. DE CLASIFICACION DE CONTRATISTAS Y REGISTRO DE CONTRATOS COORDINADOR / COORDINADORA DE AREA MADRID ,10 AE A1 EX11 Dirección y gestión del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. 12 Experiencia en dirección y gestión de servicios de administración electrónica. Experiencia en el análisis de documentación jurídica de capacidad, solvencia y representación de empresas y entidades para concurrir a licitaciones en el sector público. Conocimiento y experiencia en contabilidad de empresas. Conocimiento y experiencia en gestión de documentos electrónicos, especialmente en formatos XML y XBRL. - Contratación Administrativa. Ley de Contratos del Sector Público. - Contabilidad. Plan General Contable.

16 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág JEFE / JEFA DE AREA DE CLASIFICACION EMPRESAS SERVICIOS MADRID ,54 AE A1 EX11 Coordinación de la tramitación de expedientes de clasificación de empresas de servicios y de la revisión de la solvencia técnica y profesional de las empresas clasificadas. 13 Experiencia en análisis y evaluación de solvencia técnica de empresas. Experiencia en análisis de datos mediante uso avanzado de hojas de cálculo o herramientas similares de análisis de información. Experiencia en contratación de servicios sujetos a la normativa de la LCSP y sus disposiciones de desarrollo. Experiencia en búsqueda y análisis de información registral (R. Mercantil...) y de otras fuentes de información empresarial. - Contratación Administrativa. Ley de Contratos del Sector Público. - Contabilidad. Plan General Contable. JEFE / JEFA DE SERVICIO DE CLASIFICACION DE CONTRATISTAS OBRAS MADRID ,94 AE A1 A2 EX11 Tramitación de expedientes de clasificación de empresas y de revisión de la solvencia técnica y profesional de las empresas clasificadas. 14 Experiencia en análisis y evaluación de solvencia técnica de empresas. Experiencia en análisis de datos mediante uso avanzado de hojas de cálculo o herramientas similares de análisis de información. Experiencia en realización de informes técnicos de evaluación de licitadores y de ofertas para contratos sujetos a la normativa de la LCSP. Experiencia en búsqueda y análisis de información registral. - Contratación Administrativa. Ley de Contratos del Sector Público. - Contabilidad. Plan General Contable. JEFE / JEFA DE SERVICIO DE CLASIFICACION DE CONTRATISTAS OBRAS MADRID ,94 AE A1 A2 EX11 Tramitación de expedientes de clasificación de empresas y de revisión de la solvencia técnica y profesional de las empresas clasificadas. 15 Experiencia en análisis y evaluación de solvencia técnica de empresas. Experiencia en análisis de datos mediante uso avanzado de hojas de cálculo o herramientas similares de análisis de información. Experiencia en realización de informes técnicos de evaluación de licitadores y de ofertas para contratos sujetos a la normativa de la LCSP. Experiencia en búsqueda y análisis de información registral. - Contratación Administrativa. Ley de Contratos del Sector Público. - Contabilidad. Plan General Contable.

17 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág S.G. DE COMPRAS JEFE / JEFA DE SERVICIO DE EVALUACION Y CONTROL MADRID ,24 AE A1 A2 EX11 Elaboración de pliegos de prescripciones técnicas de acuerdos marco de adopción de tipo en el ámbito de ordenadores personales, software ofimático, impresoras, elementos y sistemas de seguridad, mobiliario de laboratorio, clínico y geriátrico, servicios de desarrollo de sistemas de información y motocicletas. Análisis y evaluación de ofertas de acuerdos marco de adopción de tipo en el ámbito de ordenadores personales software ofimático, impresoras, elementos y sistemas de seguridad, mobiliario de laboratorio, clínico y geriátrico, servicios de desarrollo y de sistemas de información y motocicletas. Gestión de acuerdos marco de adopción de tipo en la aplicación eletrónica para el tratamiento de ofertas (PROTEO). 16 Experiencia en la elaboraicón de pliegos de prescripciones técnicas de acuerdos marco de adopción de tipo en el ámbito de ordenadores personales, software ofimático, impresoras, elementos y sistemas de seguridad, mobiliario de laboratorio, clínico y geriátrico, servicios de desarrollo de sistemas de información y motocicletas. Experiencia en el análisis y evaluación de ofertas de acuerdos marco de adopción de tipo en el ámbito de ordenadores personales, software ofimático, impresoras, elementos y sistemas de seguridad, mobiliario de laboratorio, clínico y geriátrico, servicios de desarrollo de sistemas de información y motocicletas. Experiencia en la gestión de acuerdos marco de adopción de tipo en la aplicación electrónica para el tratamiento de ofertas (PROTEO). - Contratación electrónica en las Administraciones Públicas: proyecto CONECTA. - Contratación y licitación del sistema de adquisición centralizada. - Redacción de informes técnicos. JEFE / JEFA DE SERVICIO DE ANALISIS Y EVALUACION MADRID ,94 AE A1 A2 EX11 Elaboración de informes jurídicos y tramitación de recursos administrativos. Elaboración de pliegos de cláusulas administrativas de acuerdos marco de adopción de tipo. Elaboración de pliegos de cláusulas administrativas de contratos de suministro de equipos y sistemas para el tratamiento de la información. 17 Experiencia en la elaboración de informes jurídicos y tramitación de recursos administrativos. Experiencia en la elaboración de pliegos de cláusulas administrativas de acuerdos marco de adopción de tipo. Experiencia en la elaboración de pliegos de cláusulas administrativas de contratos de suministro de equipos y sistemas para el tratamiento de la información. - Relaciones con las Administraciones Públicas. - Contratación y licitación electrónica de bienes y servicios centralizados. - Contratación administrativa. - Plataforma de contratación del Estado.

18 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág JEFE / JEFA DE SERVICIO DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACION MADRID ,94 AE A1 A2 EX11 Elaboración de pliegos de prescripciones técnicas de acuerdos marco de adopción de tipo, en el ámbito de ordenadores personales y software ofimático, servicios de desarrollo y servicios de alojamiento de sistemas de información. Aplicación de las políticas y regulación en materia de administración electrónica en el ámbito de la contratación centralizada de bienes y servicios. Gestión de acuerdos marco de adopción de tipo en el programa informático de Gestión de Bienes de Adquisición Centralizada (GEBAC). 18 Experiencia en la elaboración de acuerdos marco de adopción de tipo en el ámbito de ordenadores personales, software ofimático, servicios de desarrollo y servicios de alojamiento de sistemas de información. Experiencia en la elaboración de informes sobre la aplicación de las políticas y regulación en materia de administración electrónica en el ámbito de la contratación centralizada de bienes y servicios. Experiencia y conocimiento del programa informático de Gestión de Bienes de Adquisición Centralizada (GEBAC). - Contratación y licitación electrónica de bienes y servicios centralizados. - Word. - Excel. - Documento electrónico y Expediente electrónico según las Normas Técnicas de Interoperabilidad del Esquema Nacional de Interoperabilidad. SECRETARIA GENERAL JEFE / JEFA DE SERVICIO MADRID ,50 AE A1 A2 EX11 Supervisión de Proyectos relativos a obras de la D.G. Patrimonio y de organismos o departamentos sin Unidad de supervisión. Tasación y Peritación de adquisiciones. Seguimiento de procesos de Contratación. Coordinación del uso de Edificios Administrativos. 19 Experiencia en redacción de informes de supervisiones de proyectos y de certificaciones finales y ordinarias de obras. Experiencia en elaboración de informes de valoración individualizada de bienes inmuebles. Experiencia en la tramitación de Contratos de suministros, servicios, etc. Experiencia en tramitación de expedientes patrimoniales. - Ley de Contratos del Sector Público. - Presto. - ADT Autocad. - Prevención de riesgos laborales y promoción de la salud. JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18 MADRID ,48 AE C1 C2 EX11 Elaboración de cuentas justificativas para la reposión de fondos de anticipo de caja fija. Elaboración y seguimiento de expedientes de Pago en Firme. Pago de minutas de Registradores de la Propiedad y Notarios. Archivo de expedientes y demás documentación. 20 Experiencia en pagos realizados por el sistema de Anticipo de Caja Fija. Experiencia en Pagos en Firme. Experiencia en tramitación de minutas de Registradores de la Propiedad, Notarios y de Tributos Locales. - Anticipos de Caja Fija y Pagos a Justificar. - Gestión Económica y Financiera. - Recursos Adminstrativos, Revisión de oficio y reclamaciones previas a la vía judicial civil. - Excel.

19 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág SECRETARIO / SECRETARIA DE SUBDIRECTOR GENERAL MADRID ,00 AE C1 C2 EX11 Tareas propias de Secretaría, archivo de documentación y disponibilidad horaria. 21 Experiencia en desarrollo de trabajos de secretaría o funciones de apoyo a la misma. Experiencia en tramitación de expedientes administrativos. Experiencia en el uso de aplicaciones ofimáticas, tratamiento de textos, hoja de cálculo y documentos pdf. - Ley 33/ Cibi Expedientes. - Gestión de Recursos Humanos. - Secretariado. S.G. DE COORDINACION DE LA CONTRATACION ELECTRONICA JEFE / JEFA DE SERVICIO DE ARQUITECTURA Y STANDARES MADRID ,12 AE A1 A2 EX11 Apoyo técnico y soporte a usuarios de la Plataforma de Contratación del Estado para integración sistémica mediante CODICE. Mantenimiento de la especificación CODICE. Publicación en diarios oficiales mediante la especificación CODICE. 22 Experiencia en la especificación xml CODICE. Experiencia en mantenimiento de aplicaciones Web e implantación de tecnologías Web en portales y en la Plataforma de Contratación del Estado. Experiencia en el desarrollo de aplicaciones Web. Entorno: JAVA, Web Services, Apache Tomcat y Oracle. Experiencia en la utilización de Herramientas para ingeniería inversa (Rational Rose). - La Plataforma de Contratación del Estado. - Implantación SOA: Servicios Web. - Seguridad de los Sistemas Informáticos. - Centro de Transferencia de Tecnologías. JEFE / JEFA DE SECCION DE SISTEMAS INFORMATICOS MADRID ,22 AE A1 A2 EX11 Análisis, diseño, implantación, mantenimiento, desarrollo y documentación de aplicaciones informáticas con tecnologías.net y JAVA y bases de datos Oracle, SQL-Server y Access. Diseño e implementación de modelos de datos relacionales para bases de datos Oracle, SQL-Server y Access. Soporte a usuarios y gestión de incidencias. 23 Experiencia en desarrollo y mantenimiento de aplicaciones en entornos.net con bases de datos relacionales, preferentemente Oracle y/o SQL-Server y/o Access. Experiencia en desarrollo y mantenimiento de aplicaciones en Java con bases de datos relacionales, preferentemente Oracle. Experiencia en el diseño e implementación de modelos de datos relacionales para bases de datos, preferentemente Oracle y/o SQL-Server y/o Access. - Plataforma J2EE. Desarrollo de aplicaciones Web. - Tecnologías JAVA para el manejo de documentos XML. - Servicios Web en Java (Java Web Services). - Visual Basic 6.0.

20 Núm. 301 Sábado 15 de diciembre de 2012 Sec. II.B. Pág ANALISTA DE SISTEMAS MADRID ,22 AE A2 C1 EX11 Gestión y soporte de la infraestructura tecnológica de redes, comunicaciones y almacenamiento de la Dirección General del Patrimonio del Estado. Configuración de las aplicaciones ofimáticas de la Dirección General del Patrimonio del Estado. 24 Experiencia en la configuración, gestión y administración de redes de comunicaciones. Experiencia en la implantación y gestión de infraestructuras de servidores virtualizadas con VMware vsphere u otros productos similares. Experiencia en diseño e implantación de sistemas y redes de almacenamiento (SAN). - Configuración de dominios Windows, administración del S.O., gestión de directorios. - Seguridad en redes corporativas Windows. - Linux básico. - Virtualización de sistemas y de centros de datos. INSPECCION GENERAL INSPECCIONES DE LOS SERVICIOS JEFE / JEFA DE NEGOCIADO N18 MADRID ,48 AE C1 C2 EX11 Tareas necesarias para la tramitación de expedientes administrativos. Manejo de las herramientas ofimáticas. 25 Experiencia en la tramitación de expedientes administrativos. Experiencia en la utilización, a nivel de usuario, de herramientas ofimáticas. 4,00 - Word. - Excel. - Access. SECRETARIO / SECRETARIA DE PUESTO DE TRABAJO N30 MADRID ,00 AE C1 C2 EX11 Tareas propias de Secretaría. Disponibilidad horaria. 26 Experiencia en tratamiento de textos, archivo y registro. Experiencia en puesto similar. 4,00 - Ofimática básica. SECRETARIO / SECRETARIA DE PUESTO DE TRABAJO N30 MADRID ,00 AE C1 C2 EX11 Tareas propias de secretaría. Disponibilidad horaria. 27 Experiencia en tratamiento de textos, archivo y registro. Experiencia en puesto similar. - Ofimática básica. 4,00

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