G A C E T A M U N I C I P A L

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "G A C E T A M U N I C I P A L"

Transcripción

1 G A C E T A M U N I C I P A L PUBLICACIÓN OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI 05 DE ENERO DEL DOS MIL DOCE Año del Bicentenario de EL Ilustrador Nacional CONTENIDO: I. APROBACIÓN DE LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 51 Y FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 95 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO. II. APROBACIÓN DEL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES EN IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y OTRAS OPERACIONES TRASLATIVAS DE DOMINIO DE INMUEBLES, ASÍ COMO EN SUS ACCESORIOS (RECARGOS Y MULTAS) A PROPIETARIOS Y POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA-HABITACIÓN DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY DE MUNICIPIOS DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2012.

2 2 LA CIUDADANA PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA, PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLÀN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, A SUS HABITANTES, SABED: QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 115 FRACCIONES II Y III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 122 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 2, 3, 31 FRACCIÓN I, 48 FRACCIÓN III Y 91 FRACCIÓN VIII DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DE MÉXICO, 43 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉXICO; Y DEMÁS RELATIVOS Y APLICABLES; EL AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÀN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, EXPIDE EL PRESENTE: I. APROBACIÓN DE LA INICIATIVA DE DECRETO QUE REFORMA LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 51 Y FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 95 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO. DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO CUATRO DE LA CENTÉSIMA TERCERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO CON CARÁCTER ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE EL DIA CUATRO DE ENERO DE DOS MIL DOCE, EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: La C. Paulina Alejandra Del Moral Vela, Presidente Municipal Constitucional, con fundamento en. lo señalado por los artículos 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y 27 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México, somete a consideración del Ayuntamiento, la Votación, en su caso, Aprobación de la Iniciativa de Decreto que Reforma la Fracción III del Artículo 51 y Fracción I del Artículo 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Aprobándose por Unanimidad. II. APROBACIÓN DEL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES EN IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y OTRAS OPERACIONES TRASLATIVAS DE DOMINIO DE INMUEBLES, ASÍ COMO EN SUS ACCESORIOS (RECARGOS Y MULTAS) A PROPIETARIOS Y POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA-HABITACIÓN DE CUAUTITLÁN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY DE MUNICIPIOS DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO DURANTE EL DESAHOGO DEL PUNTO CUATRO DE LA CENTÉSIMA TERCERA SESIÓN DEL AYUNTAMIENTO CON CARÁCTER ORDINARIA, DE TIPO PÚBLICA, CELEBRADA DURANTE EL DIA CUATRO DE ENERO DE DOS MIL DOCE, EL AYUNTAMIENTO TUVO A BIEN APROBAR LO SIGUIENTE: La C. Paulina Alejandra Del Moral Vela, Presidente Municipal Constitucional, con fundamento en lo señalado por los artículos 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y 27 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México, somete a consideración del Ayuntamiento, la Aprobación, en su caso, Del Otorgamiento de Estímulos Fiscales en Impuesto Predial e Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, así como en sus Accesorios (Recargos y Multas) a Propietarios y Poseedores de Inmuebles destinados a Casa-Habitación de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, en términos de lo Dispuesto por la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del Año Aprobándose por Unanimidad. Bajo el siguiente:

3 3 Con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 115 fracción IV incisos a) y c) párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 112, 113, 116, 122, 125 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3, 7, 9, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del Año 2012; 3, 27, 87 fracción II, 95 fracciones I, II, VIII y XIX, y 97 fracciones II, IV, y V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, en congruencia con el artículo 31 fracciones II y III del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 9, 15 fracciones I y XV del Reglamento Orgánico de la Administración Pública del Municipio de Cuautitlán Izcalli, 4 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, México, le solicito tenga a bien incluir dentro de la orden del día de la próxima sesión del Ayuntamiento, el siguiente punto de acuerdo: APROBACIÓN, EN SU CASO, DEL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES EN IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y OTRAS OPERACIONES TRASLATIVAS DE DOMINIO DE INMUEBLES, ASÍ COMO EN SUS ACCESORIOS (RECARGOS Y MULTAS) A PROPIETARIOS Y POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA- HABITACION DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO, EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY DE MUNICIPIOS DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO EXPOSICION DE MOTIVOS Derivado de la crisis económica preponderante en todo el país y en el Estado de México, misma que se refleja en la falta de liquidez en los bolsillos de los izcallenses, esto ha impedido que los contribuyentes cumplan en tiempo y forma con el pago de sus obligaciones fiscales a nivel Federal, Estatal y Municipal, en lo particular los que son propietarios, poseedores o aquellos que han llegado a adquirir alguna propiedad dejan pendiente el pago de sus Impuestos sobre Predial y Traslación de Dominio por falta de recursos, ocasionando rezago en los plazos estipulados y estos causen actualización, recargos y multas en su caso, al enterar extemporáneamente el Impuesto correspondiente. En este entendido, la Tesorería Municipal con la finalidad de coadyuvar con el ciudadano a que regularice su patrimonio, al mismo tiempo que se fortalece la Hacienda Pública Municipal, motiva e incentiva al contribuyente para inscribirse al padrón fiscal y hacerlo cautivo o bien para ponerlo al corriente en el pago de sus contribuciones, otorgándole estímulos para cumplir con sus obligaciones fiscales y contribuir al gasto público. La Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año 2012, considera propuestas que formularon los Gobiernos Municipales, publicado en la Gaceta de Gobierno No. 115 el día 16 de diciembre del 2011 en virtud de que las Autoridades Hacendarías Municipales considerando la situación económica que actualmente prevalece, decidieron no incorporar nuevos rubros impositivos, sino fortalecer la Hacienda Pública Municipal, mediante acciones que permitan ampliar la base de contribuyentes y el abatimiento del rezago, es por eso que se ha considerado procedente mantener el porcentaje mensual de recargos por pago extemporáneo de créditos fiscales a razón de 1.85% sobre monto total del mismo, en tanto que el porcentaje mensual de recargos sobre saldos insolutos, cuando se concedan prorrogas para el pago de créditos fiscales será a razón del 1.0%, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2 y 3 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año Respecto al pago anual anticipado del impuesto predial, el artículo 7 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del Año 2012, mantiene los porcentajes de bonificación aplicables a razón de 10% para Enero, 8% para Febrero, 6% para Marzo, sobre su importe total. De igual manera se conservan los porcentajes de bonificación adicional como estímulo por cumplimiento por el pago puntual de los dos ejercicios inmediatos anteriores de 6% y 4% para los meses de Enero y Febrero respectivamente. Además considerando que los incentivos fiscales a sectores vulnerables constituyen aspectos de política tributaria que atienden a circunstancias económicas prevalecientes, se propone adoptar lo estipulado en el artículo 9 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del año 2012, el cual cita una bonificación de hasta un 34% en el pago de impuesto predial a favor de los Pensionados, Jubilados, huérfanos menores de 18 años, Personas con discapacidad, Adultos Mayores, Viudas y Viudos sin ingreso fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase de tres salarios mínimos generales del área geográfica a la que corresponda, disponiéndose que los términos y condiciones de su otorgamiento serán determinados mediante acuerdo de cabildo. Por otro lado y con fundamento en el artículo 14 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del año 2012, el factor de actualización de los montos de los créditos fiscales pagados fuera de los plazos señalados en el Código Financiero del Estado de México y Municipios para el ejercicio fiscal del año 2012, será de 0.36% por cada mes que transcurra sin hacerse el pago. Del mismo modo y con fundamento en los artículos 15 y 16 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del Año 2012, se ha considerado acordar a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa-habitación, estímulos fiscales a través de bonificaciones hasta el 100% en el monto del Impuesto sobre Adquisiciones de Inmuebles y otras operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles y de adeudo de Impuesto Predial, cuando lleven a cabo la Regularización de la Tenencia de la Tierra a través de Organismos Públicos creados para tal efecto, así mismo, los términos y otorgamiento se determinarán mediante acuerdo de cabildo.

4 4 El artículo 17 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México, para el Ejercicio Fiscal del Año 2012, establece que los Ayuntamientos pueden otorgar, previo acuerdo de cabildo a favor de los adquirientes de viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular, a través de los Organismos Públicos creados para tal efecto, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% en el monto del Impuesto Sobre Adquisiciones y otras Operaciones Traslativas de Dominio, los recargos y las multas, así como los términos y otorgamiento se determinarán en el correspondiente acuerdo de cabildo. Con la finalidad de disminuir los adeudos generados y regularizar su situación fiscal por concepto de impuesto predial, mediante el artículo 19 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del Año 2012, autoriza a los Ayuntamientos acordar a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación, sujetos al pago de dicho tributo, que se presenten durante el ejercicio fiscal 2012 a regularizar su situación fiscal, a otorgarles estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 50% en el monto de la contribución por los ejercicios fiscales 2010 y anteriores, así mismo, los términos y otorgamiento se determinarán conforme acuerdo de cabildo. El marco jurídico de actuación en el cual se fundamentan estas propuestas, indican cuales situaciones requieren autorización del cabildo y cuales son de mandato directo por el Gobierno del Estado de México a través de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el Ejercicio Fiscal del Año 2012 como se menciona: ARTICULO 2 LEY DE 3 LEY DE 7 LEY DE 9 LEY DE 12 LEY DE 14 LEY DE PROPUESTA DE LA LEGISLATURA PARA EL EJERCICIO 2012 El pago extemporáneo de créditos fiscales dará lugar al cobro de recargos, a razón del 1.85% mensual sobre el monto total de los mismos, por cada mes o fracción que transcurra sin hacerse el pago. Cuando se concedan prórrogas para el pago de créditos fiscales conforme a lo dispuesto en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, se causarán recargos sobre saldos insolutos a razón del 1.0% mensual. El pago anual anticipado del Impuesto Predial, cuando deba hacerse en montos fijos mensuales, bimestrales o semestrales dará lugar a una bonificación equivalente al 10%, 8% y 6% sobre su importe total, cuando se realice en una sola exhibición durante los meses de enero, febrero y marzo respectivamente, del ejercicio fiscal del año Asimismo, los contribuyentes del impuesto, que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos para ese efecto, gozarán de un estimulo por cumplimiento, consistente en una bonificación del 6% adicional en el mes de enero y del 4% en el mes de febrero, debiendo presentar para tal efecto, sus comprobantes de pago de los dos ejercicios inmediatos anteriores Para el ejercicio fiscal del año 2012, los ayuntamientos otorgarán a favor de pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda, una bonificación del 34% en el pago del Impuesto Predial. Lo anterior con fundamento en lo establecido por el artículo 9 de la ley de Ingresos. Así mismo, se otorga a favor de pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda. Los montos, términos y condiciones para el otorgamiento de la bonificación se determinarán mediante acuerdo de Ayuntamiento. Los ayuntamientos mediante acuerdo de cabildo podrán durante el ejercicio fiscal 2012, otorgar estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% en el pago de contribuciones y sus accesorios a favor de los contribuyentes inscritos en el padrón municipal que acrediten, mediante los elementos de prueba que al efecto señalen las autoridades, encontrarse dentro de los grupos de población vulnerable a que se refiere el artículo 9 de la ley de ingresos de los Municipios del Estado de México. El factor de actualización de los montos de los créditos fiscales pagados fuera de los plazos señalados en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, para el ejercicio fiscal del año 2012, será de 0.36% por cada mes que transcurra sin hacerse el pago. OBSERVACION No requiere de aprobación del Honorable Ayuntamiento. No requiere de aprobación del Honorable Ayuntamiento. No requiere de aprobación del Honorable Ayuntamiento. acuerdo de Ayuntamiento. acuerdo de Ayuntamiento No requiere de aprobación del Honorable Ayuntamiento. FECHA y PORCENTAJE DE APROBACION SUGERIDA NO REQUIERE APROBACION NO REQUIERE APROBACION NO REQUIERE APROBACION DESCUENTO POR PRONTO PAGO ENERO 10%, FEBRERO 8%, MARZO 6% NO REQUIERE APROBACION CONTRIBUYENTE CUMPLIDO ENERO 6% FEBRERO 4% REQUIERE APROBACION DE AYUNTAMIENTO BONIFICACION DEL34% DEL 10 DE ENERO AL 28 DE DICIEMBRE DEL No aplica a Comercio, Industria y Terreno Baldío. REQUIERE APROBACION DEL AYUNTAMIENTO BONIFICACION DEL 16% EN EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL, y 100% DE CONDONACION EN MUILTAS Y RECARGOS DEL 10 DE ENERO AL 28 DE DICIEMBRE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012 No aplica a Comercio, Industria y Terreno Baldío NO REQUIERE APROBACION

5 5 15 LEY DE 16 LEY DE 17 LEY DE Los ayuntamientos podrán acordar a favor de contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Predial que lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra a través de los organismos públicos creados para tal efecto y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal de 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% del monto del Impuesto Predial a su cargo por ejercicios anteriores y de los accesorios legales causados, previa acreditación de que se encuentran en tal supuesto. Los montos de los apoyos, así como los términos y otorgamiento se determinarán en el correspondiente acuerdo de Ayuntamiento. Los ayuntamientos podrán acordar a favor de contribuyentes sujetos al pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, por operaciones realizadas mediante programas de regularización de la tenencia de la tierra promovidos por organismos públicos creados para tal efecto y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% en el monto de la contribución, los recargos y la multa. Los montos de los apoyos, así como los términos y otorgamiento se determinarán en el correspondiente acuerdo de Ayuntamiento. Los ayuntamientos podrán acordar a favor de contribuyentes sujetos al pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, que adquieran viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular, a través de los organismos públicos creados para tal efecto y que se presenten a pagar durante el ejercicio fiscal 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% en el monto de la contribución, los recargos y la multa. Tomando en consideración los establecido por el artículo 3 Fracción XL inciso A), B) y C) del Código Financiero para el Estado de México y Municipios que a la letra dice: Articulo 3 XL A )Social progresiva. Aquella cuyo valor al término de la construcción o adquisición no exceda de 260,025 pesos. B) Interés Social. La que tenga al término de la construcción o adquisición un valor mayor a 260,025 pesos y menor o igual a 338,033 pesos. C) Popular. La que tenga un término de la construcción o adquisición un valor mayor a 338,033 y menor a 494,048 pesos. acuerdo de Ayuntamiento. acuerdo de Ayuntamiento. acuerdo de Ayuntamiento. Se sugiere acordar a favor de contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Predial que lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal de 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones del 50% del monto del Impuesto Predial a su cargo por ejercicios anteriores, del Periodo que comprende del 10-Enero al 28 de Diciembre 2012, para Casa-Habitación y terreno baldío. Así mismo, en sus accesorios Multas y Recargos 100 % de 10-Enero al 30-Abril y Multas y Recargos 85 % del 01-Agosto al 28 de Diciembre 2012, para Casa-habitación y terreno baldío. Se sugiere acordar a favor de contribuyentes sujetos al pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, por operaciones realizadas mediante programas de regularización de la tenencia de la tierra y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones del 50% en el monto de la contribución. Del Periodo que comprende del 10-Enero al 28 Diciembre 2012, para Casa-Habitación. Por ser no representativos, se sugiere no autorizar Campaña de Regularización en Multas y Recargos. Aplica para inmuebles con uso de casa habitación y terreno baldío. Se sugiere acordar a favor de contribuyentes sujetos al pago del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles y otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, que adquieran viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular; que se presenten a pagar durante el ejercicio fiscal 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones del 50% en el monto de la contribución, del Periodo que comprende del 10 Enero al 28 de Diciembre 2012, para Casa-Habitación. 18 LEY DE Solicitado por el contribuyente. Los ayuntamientos podrán acordar a favor de propietarios o poseedores de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales, sujetos al pago del Impuesto Predial, y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal de 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% en el monto de la contribución a su cargo y de los accesorios legales causados. Los montos de los apoyos, así como los términos y otorgamiento se determinarán en el correspondiente acuerdo de Ayuntamiento. acuerdo de Ayuntamiento. Por ser no representativos, se sugiere no autorizar Campaña de Regularización en Multas y Recargos. Aplica para casa habitación. Los predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas y forestales, sujetos al pago del Impuesto Predial y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones del 50% en el monto de la contribución. Del Periodo que comprende del 10-Enero al 28 de

6 6 19 LEY DE Los ayuntamientos podrán acordar a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación, sujetos al pago del Impuesto Predial, y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal de 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 50% del monto del impuesto a su cargo por los ejercicios fiscales de 2010 y anteriores. acuerdo de Ayuntamiento. Diciembre Así mismo en sus accesorios Multas y Recargos 100 % de 10-Enero al 30-Abril y Multas y Recargos 85 % del 01-Agosto al 28 de Diciembre Se sugiere acordar a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación, sujetos al pago del Impuesto Predial, y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal de 2012, estímulos fiscales a través de bonificaciones del 50% del monto del impuesto a su cargo por los ejercicios fiscales de 2010 y anteriores, del Periodo que comprende del 10 de Enero al 28 de Diciembre 2012, para Casa- Habitación. ARTICULO 31 DEL CODIGO FINANCIERO PARA EL ESTADO DE MEXICO. Artículo 31.- El Gobernador o el ayuntamiento, mediante resoluciones de carácter general que publiquen en el Periódico Oficial, podrán: I. Condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación económica de algún lugar o región de un municipio o del Estado, una rama de actividad, la producción o venta de productos, o la realización de una actividad, así como en casos de desastres sufridos por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias o aquellos de origen antropogénico. Sin que las facultades otorgadas en esta fracción puedan entenderse referidas a los casos en que la afectación o posible afectación a una determinada rama de la industria obedezca a lo dispuesto en una Ley Tributaria Federal o Tratado Internacional. II. Conceder subsidios y estímulos fiscales. III. Condonar el pago de accesorios, en campañas para la regularización fiscal de los contribuyentes. Las resoluciones que conforme a este artículo se dicten, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como, el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados. Las resoluciones que conforme a este artículo se dicten, deberán señalar las contribuciones o aprovechamientos a que se refieren, el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplir los beneficiarios Se sugiere acordar a favor de los propietarios o poseedores destinados a casa habitación, sujetos al pago del impuesto predial una bonificación del 16% sobre este impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2012 y 100% en subsidio de recargos condonación de multas para los ejercicios fiscales del 2007 al 2012 y únicamente aplicará a los contribuyentes que se sitúen en términos del artículo 9 de la L.I.M.E.M. 2012, así mismo no aplicará conjuntamente con el proveído artículo 12 de dicho ordenamiento; de igual modo, los contribuyentes en general propietarios o poseedores de casa habitación que se presenten a regularizar sus adeudos de impuesto predial durante el ejercicio fiscal 2012, estímulos fiscales a través de condonación y subsidio de multas y recargos del 100 % del 10 de enero al 30 de abril y del 85% del 01 de agosto al 28 de diciembre del Aplicable en los ejercicios fiscales del 2007 al Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, siendo el Municipio una Entidad Pública legalmente constituida y que los Municipios serán gobernados y representados en cualquier acto por el Ayuntamiento y deberán manejar su Hacienda y Patrimonio de acuerdo con el principio de Municipio Libre, como base de nuestro sistema Republicano, Representativo y Popular, se somete al Ayuntamiento la aprobación de los estímulos fiscales referidos, en los siguientes términos: PRIMERO.- Bonificación para el ejercicio fiscal del año 2012, a favor de pensionados, jubilados, huérfanos menores de 18 años, personas con discapacidad, adultos mayores, viudas o viudos sin ingresos fijos y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase tres salarios mínimos generales del área geográfica que corresponda, una bonificación del 34% en el pago del Impuesto Predial para Casa-Habitación. La bonificación indicada se aplicará al propietario o poseedor que acredite que habita el inmueble. (10 Enero-28 Diciembre del 2012). Período y porcentaje de Estimulo Fiscal en Bonificación como sigue: FISCAL 10 ENERO-28 DICIEMBRE % EN EL IMPUESTO PREDIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL ENERO-28 DICIEMBRE % EN EL IMPUESTO PREDIAL PARA EL EJERCICIO FISCAL ENERO-28 DICIEMBRE % EN SUBSIDIO DE RECARGOS Y CONDONACION DE MULTAS PARA LOS

7 7 EJERCICIOS FISCALES DEL 2007 AL Condiciones y Requisitos 1. Presentar identificación Oficial o constancia domiciliaria expedida por el H. Ayuntamiento y cualquier autoridad auxiliar del H. Ayuntamiento con fotografía. 2. Presentar credencial o constancia emitida por la autoridad o dependencia competente con la que se acredite que el solicitante se encuentra en alguno de los supuestos de vulnerabilidad aplicable conforme a lo siguiente: a. Jubilados y Pensionados: Ultimo recibo de pago de Pensión cuya percepción no rebase los tres salarios mínimos generales vigentes del área geográfica a la que corresponde el Municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México. b. Huérfanos menores de 18 años: Acta de Nacimiento y documento que acredite su estado. (aplica únicamente para Huérfano de Madre y Padre). c. Persona con Discapacidades: Constancia Medica expedida por Institución Pública de Seguridad Social o Credencial que lo acredite como tal. d. Adultos Mayores: Credencial de INAPAM o similar, credencial de elector o acta de nacimiento en el que se acredite una edad mínima de 60 años. e. Viudas y viudos sin Ingresos fijos: Acta de matrimonio y acta de defunción del cónyuge. f. Personas de escasos Recursos cuya percepción diaria no rebase los tres salarios mínimos generales vigentes de la zona: Ultimo comprobante de Ingresos 3. Estar al corriente en el pago del Impuesto Predial. 4. Aplica únicamente para Casa Habitación. 5. Aplica a una sola propiedad. SEGUNDO.- Bonificación del 50% a favor de los contribuyentes sujetos al pago de Impuesto Predial que lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra a través de organismos públicos creados para tal efecto y se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2012, el monto del impuesto predial a su cargo por ejercicios anteriores, los lineamientos y período de vigencia (10 Enero al 30 Abril y del 01 agosto al 28 Diciembre del 2012). Período y porcentaje de Estimulo Fiscal en Bonificación como sigue: FISCAL 10 ENERO-30 ABRIL DEL % 01 AGOSTO AL 28 DICIEMBRE 50% 2012 Aplica únicamente a casa habitación y terreno baldío. TERCERO.- Condonación de Multas y Subsidio en los Recargos a favor de los contribuyentes sujetos al pago de Impuesto Predial que lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra a través de organismos públicos creados para tal efecto y se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2012, en el monto de los Accesorios por los ejercicios fiscales de 2012 y anteriores, los lineamientos y período de vigencia (10 de Enero al 30 de Abril y del 1 de Agosto al 28 de Diciembre del 2012). Periodo y porcentaje de Estímulos Fiscales en recargos y multas como sigue: FISCAL EN RECARGOS FISCAL EN MULTAS 10 ENERO 30 ABRIL % 100% 01 AGOSTO 28 DICIEMBRE 85% 85% 2012 Aplica únicamente para casa habitación y terreno baldío. CUARTO.- Bonificación del 50% a favor de los contribuyentes sujetos al pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, por operaciones realizadas mediante programas de regularización de la tenencia de la tierra promovidos por organismos públicos creados para tal efecto y se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2012 los lineamientos y períodos de vigencia (10 Enero al 30 abril y del 01 de agosto al 28 Diciembre del 2012). Período y porcentaje de Estimulo Fiscal en Bonificación como sigue: %ESTIMULO 10 ENERO- 30 DE ABRIL % 01 AGOSTO-28 DICIEMBRE %

8 8 Aplica únicamente a casa habitación y terreno baldío. QUINTO.- Bonificación del 50% a favor de los contribuyentes sujetos al pago de impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de inmuebles, que adquieran viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular durante el ejercicio 2012, los lineamientos y período de vigencia (10 Enero al 30 abril y del 01 de agosto al 28 Diciembre del 2012). Solicitado por el contribuyente. Tomando en consideración los establecido por el artículo 3 Fracción XL inciso A), B) y C) del Código Financiero para el Estado de México y Municipios. Período y porcentaje de Estimulo Fiscal en Bonificación como sigue: FISCAL 10 ENERO-30 ABRIL % 01 AGOSTO-28 DICIEMBRE % SEXTO.- Bonificación a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación bonificaciones del 50%, sujetos al pago del Impuesto Predial y que se presenten durante el ejercicio fiscal 2012 a regularizar su situación fiscal, en el monto del impuesto a su cargo por los ejercicios fiscales de 2010 y anteriores, los lineamientos y periodo de vigencia (10 Enero al 30 abril y del 01 de agosto al 28 Diciembre del 2012). Período y porcentaje de Estimulo Fiscal en Bonificación como sigue: Excepto Comercio, industria o Terrero Baldío. FISCAL 10 ENERO-30 ABRIL % 01 AGOSTO-28 DICIEMBRE % SEPTIMO.- Condonación de Multas y Subsidio en los Recargos a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación, sujetos al pago del Impuesto Predial y que se presenten durante el ejercicio fiscal 2012 a regularizar su situación fiscal, en el monto de los Accesorios a su cargo por los ejercicios fiscales de 2012 y anteriores, los lineamientos y periodo de vigencia (10 de Enero al 30 de Abril y del 1 de Agosto al 28 de Diciembre del 2012). Periodo y porcentaje de Estímulos Fiscales en recargos y multas como sigue: FISCAL EN RECARGOS FISCAL EN MULTAS 10 ENERO 30 ABRIL % 100% 1 AGOSTO 28 DICIEMBRE % 85% OCTAVO.- Condonación de Multas y Subsidio en los Recargos a favor de los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a casa habitación, generados por diferencias de construcción en el pago del impuesto predial y que se presenten durante el ejercicio fiscal 2012 a regularizar su situación fiscal, en el monto de los Accesorios a su cargo por los ejercicios fiscales de 2012 y anteriores, los lineamientos y periodo de vigencia (10 de Enero al 30 de Abril y del 1 de Agosto al 28 de Diciembre del 2012). Periodo y porcentaje de Estímulos Fiscales en recargos y multas como sigue: FISCAL EN RECARGOS FISCAL EN MULTAS 10 ENERO 30 ABRIL % 100% 1 AGOSTO 28 DICIEMBRE % 85% NOVENO: Autorizar en el punto de la Próxima sesión ordinaria de Ayuntamiento relativo a la aprobación del otorgamiento de estímulos fiscales en contribución y accesorios a grupos vulnerables y a la ciudadanía en general de Cuautitlán Izcalli que cumpla con los términos establecidos en el presente y descritos con anterioridad. DECIMO: Autorizar al Tesorero Municipal para que realice lo necesario para dar cumplimiento al punto en autorización, así mismo realice los procesos pertinentes en estricta observancia a la legalidad.

9 Por lo expuesto y fundado, se somete a consideración, y en su caso, aprobación del Ayuntamiento el siguiente: 9 ACUERDO PRIMERO.- SE APRUEBA EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS FISCALES EN IMPUESTO PREDIAL E IMPUESTO SOBRE ADQUISICIÓN DE INMUEBLES Y OTRAS OPERACIONES TRASLATIVAS DE DOMINIO DE INMUEBLES, ASÍ COMO EN SUS ACCESORIOS (RECARGOS Y MULTAS) A PROPIETARIOS Y POSEEDORES DE INMUEBLES DESTINADOS A CASA- HABITACION DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO, EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY DE MUNICIPIOS DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO SEGUNDO.- SE INSTRUYE AL TESORERO MUNICIPAL DAR CUMPLIMIENTO AL PRESENTE ACUERDO. TERCERO.- PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN LA GACETA MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI. CUARTO.- CÚMPLASE. Así lo acordó el Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, durante el desahogo del punto Cinco correspondiente a la Centésima Tercera sesión del Ayuntamiento con carácter Ordinaria de tipo Pública celebrada el día cuatro de enero del año dos mil doce.

10 10 SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO La C. Secretaria del Ayuntamiento Constitucional de Cuautitlán Izcalli, Estado de México, C. ANA SILVIA ROA MORENO, en uso de las facultades que le confieren las fracciones VIII y XIII del artículo 91 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, certificó y ordenó la publicación de esta Gaceta Municipal para el conocimiento de los vecinos de Cuautitlán Izcalli.

11 11 AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLÁN IZCALLI C. PAULINA ALEJANDRA DEL MORAL VELA PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL VÍCTOR ENRIQUE DOMÍNGUEZ TODD PRIMER SINDICO BENIGNO MIRANDA MAGADÁN SEGUNDO SINDICO ALEJANDRO MARTÍNEZ TINOCO TERCER SINDICO AQUILINO MOISÉS SALGADO MONROY PRIMER REGIDOR RODOLFO SIXTO CONTRERAS BASURTO SEGUNDO REGIDOR RICARDA ARELLANO ANTUNEZ TERCER REGIDOR VICENTE BURGOS PALACIOS CUARTO REGIDOR MARGARITA PEÑA GÓMEZ QUINTO REGIDOR ANTONIO DE JESUS VELÀZQUEZ ÀVILA SEXTO REGIDOR EN FUNCIONES JESÙS JORGE FERNÁNDEZ SILVA SÉPTIMO REGIDOR GLORIA MA. DEL CARMEN VALENCIA GONZÁLEZ OCTAVO REGIDOR YOLANDA LARA MELO NOVENO REGIDOR RAYMUNDO GUZMÁN CORROVIÑAS DÉCIMO REGIDOR EDUARDO ARTURO JUÁREZ MEZA DECIMOPRIMERO REGIDOR MA. EUFEMIA AVILÉS BATREZ DECIMOSEGUNDO REGIDOR GEORGINA GÓMEZ MADRIGAL DECIMOTERCERO REGIDOR MARTHA ELIA AYALA OCHOA DECIMOCUARTO REGIDOR ALBERTO CARLOS SAN JUAN VÁZQUEZ DECIMOQUINTO REGIDOR YOLANDA CABRERA MARTÍNEZ DECIMOSEXTO REGIDOR LA SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO ANA SILVIA ROA MORENO

12 12

ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX.

ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 018 Año: 2016 Cd. Cuautitlán Izcalli,

Más detalles

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Jueves 19 de Mayo de 2016

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Jueves 19 de Mayo de 2016 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 022 Año: 2016 Cd. Cuautitlán Izcalli,

Más detalles

ENRIQUE PEÑA NIETO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed: DECRETO NÚMERO 248

ENRIQUE PEÑA NIETO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed: DECRETO NÚMERO 248 ENRIQUE PEÑA NIETO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed: Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente: DECRETO NÚMERO 248 LA

Más detalles

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Viernes 19 de febrero de 2016

GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Cd. Cuautitlán Izcalli, Méx. Viernes 19 de febrero de 2016 AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 009 Año: 2016 Cd. Cuautitlán Izcalli,

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Toluca de Lerdo, México, a 10 de noviembre de 2016. CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA H. LIX LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO P R E S E N T E S Doctor Eruviel Ávila Villegas, Gobernador Constitucional del

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE IMPUESTO PREDIAL PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato

REGLAMENTO INTERIOR DE IMPUESTO PREDIAL PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato REGLAMENTO INTERIOR DE IMPUESTO PREDIAL PARA EL MUNICIPIO DE SALAMANCA, GUANAJUATO Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato Año XCIV Tomo CXLV Guanajuato, Gto. a 12 de junio de 2007 Número

Más detalles

G A C E T A M U N I C I P A L

G A C E T A M U N I C I P A L G A C E T A M U N I C I P A L PUBLICACIÓN OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI 26 DE MAYO DEL DOS MIL DIEZ 2010, Año del Bicentenario de la Independencia de México CONTENIDO: I. APROBACIÓN

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Toluca de Lerdo, México, a 6 de noviembre de 2015. CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA "LIX" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO P R E S E N T E S Doctor Eruviel Ávila Villegas, Gobernador Constitucional del

Más detalles

TESORERÍA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA

TESORERÍA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA ATRIBUCIONES FINALIDAD DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD MISION DE LA DEPENDENCIA VISION DE LA DEPENDENCIA OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA ACTIVIDADES MÁS IMPORTANTES ATRIBUCIONES LEY ORGANICA MUNICIPAL Artículo

Más detalles

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 002 Año: 2016 Cd. Cuautitlán Izcalli,

Más detalles

REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES REMANENTES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GTO.

REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES REMANENTES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GTO. REGLAMENTO PARA LA ENAJENACIÓN DE BIENES INMUEBLES REMANENTES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO DE GUANAJUATO, GTO. Periódico Oficial del Gobierno del Estado Año XCVII Tomo CXLVIII Guanajuato, Gto., a 16 de Noviembre

Más detalles

Año: 01 No. 81 Ciudad Típica de Metepec, a 03 de octubre de 2016

Año: 01 No. 81 Ciudad Típica de Metepec, a 03 de octubre de 2016 Año: 01 No. 81 Ciudad Típica de Metepec, a 03 de octubre de 2016 LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCIÓN DEL DICTAMEN DE COMPATIBILIDAD DE USOS DEL SUELO. REFORMA A LOS ARTÍCULOS 9.17 FRACCIÓN I, INCISO B) Y 9.34

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Iniciativa de decreto por que se reforma el artículo 22 de la Ley de Distribución de Participaciones y Aportaciones Federales a los Municipios del Estado de Coahuila. Presentada por el Lic. Rubén Ignacio

Más detalles

Ley de Ingresos del Estado para el año 2009 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2009

Ley de Ingresos del Estado para el año 2009 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2009 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2009 1 2 LEY DE INGRESOS DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, PARA EL AÑO 2009 Publicada en el Periódico Oficial del Estado de fecha 1 de Enero de 2009. Artículo

Más detalles

COMISION DE PATRIMONIO ESTATAL Y MUNICIPAL. HONORABLE ASAMBLEA:

COMISION DE PATRIMONIO ESTATAL Y MUNICIPAL. HONORABLE ASAMBLEA: COMISION DE PATRIMONIO ESTATAL Y MUNICIPAL. HONORABLE ASAMBLEA: A la Comisión de Patrimonio Estatal y Municipal, se turnó para su estudio y dictamen, la iniciativa de Decreto presentada por el Ayuntamiento

Más detalles

Ley de Ingresos del Municipio de Tenosique, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2016

Ley de Ingresos del Municipio de Tenosique, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2016 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE TENOSIQUE, TABASCO; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2016 ARTÍCULO 1.- Para cubrir los gastos de su administración, servicios públicos, obras y demás obligaciones a su cargo, para

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA. Gaceta Municipal. Órgano Oficial. Número 005 Año 01

H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA. Gaceta Municipal. Órgano Oficial. Número 005 Año 01 0 H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA Gaceta Municipal Órgano Oficial Número 005 Año 01 22 de enero de 2016 1 PRESENTACIÓN EL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA,

Más detalles

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL REGISTRO FEDERAL DE TRÁMITES

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL REGISTRO FEDERAL DE TRÁMITES Trámite Dependencia Descripción del trámite Solicitud de uso y aprovechamiento de inmuebles federales, mediante la figura jurídica de concesión y autorización. Instituto de Administración y Avalúos de

Más detalles

Ley Número 736. Monto en pesos TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 29,744,547.73

Ley Número 736. Monto en pesos TOTAL PROYECTO DE LEY DE INGRESOS 29,744,547.73 LA SEXAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, EN USO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 26, FRACCIÓN I INCISO b), 33,

Más detalles

LEY DE PROYECTOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Y SUS MUNICIPIOS

LEY DE PROYECTOS PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Y SUS MUNICIPIOS Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado El 12 de Marzo del 2007. LÁZARO CÁRDENAS BATEL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, a todos sus habitantes hace

Más detalles

Ley de Ingresos del Municipio de Comalcalco, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2016

Ley de Ingresos del Municipio de Comalcalco, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2016 LEY DE INGRESOS DEL MUNICIPIO DE COMALCALCO, TABASCO; PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2016 ARTÍCULO 1.- Para cubrir los gastos de su administración, servicios públicos, obras y demás obligaciones a su

Más detalles

LEY DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015

LEY DE INGRESOS PARA EL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2015 H. CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA PALACIO DEL CONGRESO C I U D A D.- Saltillo, Coahuila de Zaragoza, a 28 de Noviembre de 2014 RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ,

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

H. AYUNTAMIENTO DE ATIZAPÁN DE ZARAGOZA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL EN ATIZAPÁN DE ZARAGOZA, ESTADO DE MÉXICO, SIENDO LAS DIEZ HORAS CON CINCUENTA Y NUEVE MINUTOS DEL DÍA VEINTIDÓS DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, SE ENCUENTRAN REUNIDOS EN LA SALA DE CABILDO LIC.

Más detalles

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que:

I. Del Prestador de Servicios. El Prestador de Servicios declara por conducto de su representante que: CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE INVESTIGACION Y GESTION DE CREDITO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA, EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE - -, (EN LO SUCESIVO DENOMINADO COMO EL PRESTADOR

Más detalles

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 04 de Abril del año 2015; Núm. 18, pág DECRETO No. 483

Tomo 100, Colima, Col., Sábado 04 de Abril del año 2015; Núm. 18, pág DECRETO No. 483 Tomo 100, Colima, Col., Sábado 04 de Abril del año 2015; Núm. 18, pág. 550. DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO DECRETO No. 483 POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO SÉPTIMO TRANSITORIO, DE LA LEY DE

Más detalles

Gaceta Municipal Semanal

Gaceta Municipal Semanal Gaceta Municipal Semanal DEL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE TOLUCA 2013-2015 LA SECRETARÍA DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE TOLUCA, ACORDE A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 31 FRACCIÓN XXXVI, 48 FRACCIÓN

Más detalles

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL

BECAS DE EDUCACIÓN DUAL CE:203/F/011/16 CONVOCATORIA DE BECAS DE EDUCACIÓN DUAL SEGUNDA PROMOCIÓN 2016 El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología (Comecyt), de conformidad con lo

Más detalles

NORMAS EXONERACION DEL PAGO DEL SALDO DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 Resolución del SRI 366 Registro Oficial Suplemento 829 de 30-ago-2016

NORMAS EXONERACION DEL PAGO DEL SALDO DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 Resolución del SRI 366 Registro Oficial Suplemento 829 de 30-ago-2016 NORMAS EXONERACION DEL PAGO DEL SALDO DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 Resolución del SRI 366 Registro Oficial Suplemento 829 de 30-ago-2016 No. NAC-DGERCGC16-00000366 EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO DE RENTAS

Más detalles

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales.

Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. Reglas Condonación de contribuciones, multas y recargos de créditos fiscales. El análisis de su contenido es: Regla general. Se condonan total o parcialmente los créditos fiscales consistentes en: Contribuciones

Más detalles

ACUERDO N 27 T R A N S I T O R I O S. PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta del Gobierno Municipal, el contenido íntegro del presente acuerdo.

ACUERDO N 27 T R A N S I T O R I O S. PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta del Gobierno Municipal, el contenido íntegro del presente acuerdo. ACUERDO N 27 MEDIANTE EL CUAL EL HONORABLE AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL ESTADO DE MÉXICO, APRUEBA Y AUTORIZA LA CONVOCATORIA PARA DESIGNAR AL DEFENSOR MUNICIPAL DE DERECHOS HUMANOS DE NEZAHUALCÓYOTL.

Más detalles

GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA PERIÓDICO OFICIAL

GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA PERIÓDICO OFICIAL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE PUEBLA PERIÓDICO OFICIAL LAS LEYES, DECRETOS Y DEMÁS DISPOSICIONES DE CARÁCTER OFICIAL SON OBLIGATORIAS POR EL SOLO HECHO DE SER PUBLICADAS EN ESTE PERIÓDICO Autorizado

Más detalles

C O N S I D E R A N D O :

C O N S I D E R A N D O : EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN XL Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO,

Más detalles

GACETA MUNICIPAL ORGANO OFICIAL INFORMATIVO DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN

GACETA MUNICIPAL ORGANO OFICIAL INFORMATIVO DEL H. AYUNTAMIENTO DE CUAUTITLAN AÑO 3 NÚMERO 69 21/OCTUBRE/2015 SUMARIO: APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA. APROBACIÓN PARA QUE LA EMPRESA HERDEZ, S.A. DE C.V., CUMPLA CON SU OBLIGACIÓN DEL PAGO SUSTITUTO A QUE SE REFIERE EL OFICIO NÚMERO

Más detalles

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES PARA EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO.

REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES PARA EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO. REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES PARA EL MUNICIPIO DE CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GUERRERO. CONTENIDO REGLAMENTO DE ADQUISICIONES MUNICIPALES TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO UNICO

Más detalles

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO.

REGLAMENTO DE LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN GÓMEZ PALACIO, DURANGO. EL C. P. RICARDO ARMANDO REBOLLLO MENDOZA, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE GÓMEZ PALACIO, DGO., A LOS HABITANTES HACE SABER: QUE EL PROPIO AYUNTAMIENTO, CON FUNDAMENTO

Más detalles

GOBIERNO MUNICIPAL

GOBIERNO MUNICIPAL AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E: A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud para celebrar un CONTRATO DE COMODATO POR 3- TRES AÑOS, a favor del Régimen de Condominio

Más detalles

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO . muidos m ORGANO DE DIFUSION OFICIAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Franqueo pagado, publicación periódica. Permiso núm. 005 1021 características: 114182816. Autorizado

Más detalles

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y coordinar la política fiscal del ayuntamiento, previo acuerdo

Más detalles

ACTA DE LA TRIGÉSIMO PRIMERA SESIÓN CABILDO EXTRAORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN TEXMELUCAN ( )

ACTA DE LA TRIGÉSIMO PRIMERA SESIÓN CABILDO EXTRAORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN TEXMELUCAN ( ) ACTA DE LA TRIGÉSIMO PRIMERA SESIÓN CABILDO EXTRAORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN TEXMELUCAN (2014-2018) SIENDO LAS DIEZ HORAS CON TREINTA Y CINCO MINUTOS DEL DÍA MIÉRCOLES QUINCE DE OCTUBRE DE

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL PADRON MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT.

REGLAMENTO PARA EL PADRON MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT. REGLAMENTO PARA EL PADRON MUNICIPAL DE TEPIC, NAYARIT. ING. HÉCTOR GONZÁLEZ CURIEL, Presidente Municipal de Tepic, a sus habitantes hace saber: Que el H. XXXIX Ayuntamiento Constitucional de Tepic, en

Más detalles

MANUAL DE OPERACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL PROGRAMA DE ESTIMULOS A LA EDUCACION BASICA DEL MUNICIPIO DE CALIMAYA.

MANUAL DE OPERACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL PROGRAMA DE ESTIMULOS A LA EDUCACION BASICA DEL MUNICIPIO DE CALIMAYA. MANUAL DE OPERACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS DEL PROGRAMA DE ESTIMULOS A LA EDUCACION BASICA DEL MUNICIPIO DE. (Aprobado el 16 de agosto del 2013 y publicado en la gaceta oficial del 2013). C. OSCAR

Más detalles

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL CAICEDONIA VALLE

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONCEJO MUNICIPAL CAICEDONIA VALLE EL HONORABLE DE CAICEDONIA, VALLE DEL CAUCA, EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, EN ESPECIAL LAS PREVISTAS EN EL ARTICULO 18 DE LA LEY 1551 DE 2012, ARTICULO 95 DE LA LEY 388 DE 1997,

Más detalles

LICENCIADA BLANCA MARÍA DEL SOCORRO ALCALÁ RUIZ, Presidenta Municipal Constitucional de Puebla; y C O N S I D E R A N D O

LICENCIADA BLANCA MARÍA DEL SOCORRO ALCALÁ RUIZ, Presidenta Municipal Constitucional de Puebla; y C O N S I D E R A N D O CC. SECRETARIOS DE LA LVII LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO. C I U D A D. LICENCIADA BLANCA MARÍA DEL SOCORRO ALCALÁ RUIZ, Presidenta Municipal Constitucional de Puebla; y C O N S I D E R

Más detalles

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Viernes 17 de febrero de 2017 DIARIO OFICIAL (Edición Vespertina) PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO DECRETO por el que se reforma el diverso por el que se establecen estímulos fiscales

Más detalles

PÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 26 DE MAYO DE 2016.

PÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 26 DE MAYO DE 2016. PÁGINA 12 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., JUEVES 26 DE MAYO DE 2016. Acuerdo AAFY 19/2016 por el que se establecen disposiciones administrativas para la presentación de la solicitud de condonación de multas

Más detalles

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario

Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario Tercer Año de Ejercicio Constitucional Tercer Periodo Ordinario Intervención del diputado, Miguel Ángel Albarrán Almazán con la Iniciativa de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la

Más detalles

C. DIPUTADO JULIO CESAR ÁLVAREZ GARCÍA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA.

C. DIPUTADO JULIO CESAR ÁLVAREZ GARCÍA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA. C. DIPUTADO JULIO CESAR ÁLVAREZ GARCÍA PRESIDENTE DE LA MESA DIRECTIVA DE LA LXI LEGISLATURA DEL CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA. P R E S E N T E Quien suscribe, Diputado Ivan Cuapantecatl Trujillo, integrante

Más detalles

IEEN-CLE-011/2017 A N T E C E D E N T E S:

IEEN-CLE-011/2017 A N T E C E D E N T E S: IEEN-CLE-011/2017 ACUERDO DEL CONSEJO LOCAL ELECTORAL DE INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT, MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL MANUAL DE CANDIDATURAS INDEPENDIENTES PARA EL PROCESO ELECTORAL LOCAL ORDINARIO

Más detalles

Parte Actualizada 2007 $ $ $ $ $ 2006 $ $ $ $ $ 2005 $ $ $ $ $ 2004 $ $ $ $ $ 2003 $ $ $ $ $ Total

Parte Actualizada 2007 $ $ $ $ $ 2006 $ $ $ $ $ 2005 $ $ $ $ $ 2004 $ $ $ $ $ 2003 $ $ $ $ $ Total ANEXO I MODELO DE SOLICITUD PARA ASIGNACIÓN DE RECURSOS Y CONDONACION DE ADEUDOS: En (1). COMISION NACIONAL DEL AGUA ORGANISMO DE CUENCA O DIRECCION LOCAL QUE CORRESPONDA P R E S E N T E (2), en representación

Más detalles

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y:

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y: LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA AL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, Y: C O N S I D E R A N D O Que en sesión de fecha 15 de diciembre del 2014,

Más detalles

ACUERDO NÚMERO 226 CONSIDERANDOS

ACUERDO NÚMERO 226 CONSIDERANDOS LICENCIADA ANA MARTHA ESCALANTE CASTILLO, Presidenta del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Campeche, Estado del mismo nombre, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 115 fracción II de la

Más detalles

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL

GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal DÉCIMA SÉPTIMA ÉPOCA 29 DE NOVIEMBRE DE 2013 No. 1744 Bis Í N D I C E ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S :

D E C L A R A C I O N E S : ACUERDO DE COLABORACION ADMINISTRATIVA PARA EL COBRO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS FEDERALES NO FISCALES QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA, POR CONDUCTO

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover

Más detalles

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 18 de Junio del año 2016; Núm. 34, pág. 7. DECRETO No. 108

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 18 de Junio del año 2016; Núm. 34, pág. 7. DECRETO No. 108 Tomo 101, Colima, Col., Sábado 18 de Junio del año 2016; Núm. 34, pág. 7. DECRETO No. 108 DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO SE REFORMA EL ARTÍCULO ÚNICO DEL DECRETO NÚMERO 75 DE FECHA 29 DE FEBRERO

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA QUE EL CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA; DECRETA: NÚMERO 167.- ARTÍCULO ÚNICO.- Se ADICIONAN: la fracción I-A al artículo 27, los párrafos segundo, tercero y

Más detalles

OBSERVACIONES GENERALES.-

OBSERVACIONES GENERALES.- adquisición de lotes o predios para la instalación de locales comerciales, cuya adquisición haya sido anterior al 31 de diciembre de Consejería Jurídica del. ACUERDO POR EL QUE SE OTORGA UN SUBSIDIO FISCAL

Más detalles

HÉCTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed:

HÉCTOR ISRAEL ORTIZ ORTIZ, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed: para el Ejercicio Fiscal 2010. Secretaría Parlamentaria Congreso. Texto Original Publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el día 8 de diciembre de 2009. Al margen un sello con el Escudo

Más detalles

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO

H. AYUNTAMIENTO DE OTHÓN P. BLANCO REGLAMENTO SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS Y USO DEL ESCUDO DEL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO. LIC. CORA AMALIA CASTILLA MADRID, PRESIDENTA MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE OTHÓN P. BLANCO, EN EJERCICIO

Más detalles

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013

PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 PROGRAMA PARA LA CONDONACIÓN DE CRÉDITOS FISCALES PARA EL EJERICIO 2013 Estimados clientes y amigos: El 18 de Febrero de 2013, el Servicio de Administración Tributaria dio a conocer los lineamientos para

Más detalles

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO ATRIBUCIONES GENERALES Publicado en el Periódico Oficial del Estado El 9 de Enero del 2008 LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO Artículo 31.- A la Secretaría de Educación,

Más detalles

LA HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. D E C R E T A:

LA HONORABLE XI LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO. D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 193 POR EL QUE SE AUTORIZA AL TITULAR DEL EJECUTIVO DEL ESTADO, PARA CONSTITUIRSE COMO GARANTE, AVALISTA, DEUDOR SOLIDARIO, SUBSIDIARIO O SUSTITUTO DE LA COMISIÓN DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO

Más detalles

PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O

PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 C O N S I D E R A N D O REGLAMENTO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA ENTREGA DE ÚTILES ESCOLARES EN EL ESTADO DE TABASCO PUBLICADO EN EL SUPLEMENTO C DEL PERIODICO OFICIAL 6563 DE FECHA 30 DE JULIO DE 2005 LIC. MANUEL ANDRADE DÍAZ,

Más detalles

Año: 01 No. 55 Ciudad Típica de Metepec, a 2 de junio de 2016

Año: 01 No. 55 Ciudad Típica de Metepec, a 2 de junio de 2016 Año: 01 No. 55 Ciudad Típica de Metepec, a 2 de junio de 2016 ACUERDO DELEGATORIO DE FACULTADES DEL LIC. DAVID LÓPEZ CÁRDENAS, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE METEPEC, MÉXICO, A FAVOR DEL TITULAR

Más detalles

Reforma Fiscal. Ley de Ingresos de la Federación

Reforma Fiscal. Ley de Ingresos de la Federación Reforma Fiscal Ley de Ingresos de la Federación 2013 Antecedentes Recargos Continúan tasas de recargos mensuales para el ejercicio fiscal 2013 Por Prórroga 0.75% Por pago en Parcialidades: Hasta 12 meses

Más detalles

LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2014

LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2014 LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DE NUEVO LEÓN PARA EL AÑO 2014 Artículo Primero.- La Hacienda Pública de los Municipios del Estado de Nuevo León, para el ejercicio fiscal del año 2014, se integrará con

Más detalles

DECRETO 779 DE (Marzo 28)

DECRETO 779 DE (Marzo 28) DECRETO 779 DE 2003 (Marzo 28) Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 788 de 2002 y se establece el tratamiento tributario del leasing habitacional. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

Más detalles

GOBIERNO MUNICIPAL

GOBIERNO MUNICIPAL P R E S E N T E. - R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud referente a emitir Dictamen para celebrar mediante CONTRATO DE COMODATO POR 03-TRES

Más detalles

A N T E C E D E N T E

A N T E C E D E N T E AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. Los integrantes de la Comisión de Hacienda y Patrimonio Municipales del Ayuntamiento de Monterrey, con fundamento en lo establecido por los artículos 36, fracciones

Más detalles

DESPACHO ALCALDE. PROYECTO DE ACUERDO No Julio 15 de 2010

DESPACHO ALCALDE. PROYECTO DE ACUERDO No Julio 15 de 2010 1 PROYECTO DE ACUERDO No. 006-10 Julio 15 de 2010 Por medio del cual se crea el subsidio municipal de vivienda del Municipio de Dagua, Departamento del Valle del Cauca y se dictan normas para su administración.

Más detalles

PROGRAMA DE APOYO A INSTITUCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CIENTÍFICOS O TECNOLÓGICOS

PROGRAMA DE APOYO A INSTITUCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CIENTÍFICOS O TECNOLÓGICOS PROGRAMA DE APOYO A INSTITUCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE EVENTOS CIENTÍFICOS O TECNOLÓGICOS El Gobierno del Estado de México a través del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, y con fundamento en

Más detalles

Ley de Ingresos del Municipio de Centro, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2014

Ley de Ingresos del Municipio de Centro, Tabasco, para el Ejercicio Fiscal del año 2014 Artículo 1.-Para cubrir los gastos de su administración, servicios públicos, obras y demás obligaciones a su cargo, el municipio de Centro, Tabasco, durante el ejercicio fiscal correspondiente al año 2014,

Más detalles

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO

HONORABLE PLENO LEGISLATIVO HONORABLE PLENO LEGISLATIVO DICTAMEN CON MINUTA DE DECRETO POR EL QUE LA H. XIII Los suscritos Diputados integrantes de las Comisiones de Asuntos Municipales de esta H. XIII Legislatura del Estado, con

Más detalles

LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MEXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2006

LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MEXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2006 LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MEXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2006 27 de diciembre de 2005 Toluca de Lerdo, México a 17 de noviembre de 2005. CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA H.

Más detalles

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA Dictámenes correspondientes a la Cuarta Sesión de la Diputación Permanente, correspondiente al Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la Quincuagésima Octava Legislatura. 31 de mayo de 2011. Lectura,

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O Tomo 90; Colima, Col., Jueves 28 de Abril del año 2005; Núm. 35; Pág. 746 DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO INSTITUTO DE CAPACITACIÓN FISCAL DEL ESTADO DE COLIMA REGLAMENTO DE LA LEY DE COORDINACIÓN

Más detalles

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO 335/2016 AVISO DIVERSO

-SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO 335/2016 AVISO DIVERSO PÁGINA 2 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., LUNES 4 DE ENERO DE 2016. -SUMARIO- GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO DECRETO 335/2016 POR EL QUE SE OTORGAN BENEFICIOS Y ESTÍMULOS FISCALES PARA LA REGULARIZACIÓN

Más detalles

DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO

DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DICTAMEN DE COMISIONES Y PROPUESTA DE ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO HONORABLE AYUNTAMIENTO: Los suscritos Regidores integrantes de las Comisiones Colegiadas y Permanentes de HACIENDA, PATRIMONIO Y PRESUPUESTOS

Más detalles

ACTA 26/2014 QUINCUAGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA 27 DE NOVIEMBRE DE 2014

ACTA 26/2014 QUINCUAGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA 27 DE NOVIEMBRE DE 2014 ACTA 26/2014 QUINCUAGÉSIMA TERCERA SESIÓN ORDINARIA 27 DE NOVIEMBRE DE 2014 ACUERDO.- Por 14 (CATORCE) votos, SE APRUEBA DECLARAR EL AÑO 2015 (DOS MIL QUINCE), COMO EL CUARTO CENTENARIO DEL CONVENTO AGUSTINO

Más detalles

LEY DE DEUDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE MORELOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

LEY DE DEUDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE MORELOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES LEY DE DEUDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE MORELOS P. O. 1 de febrero de 1995. LEY DE DEUDA PÚBLICA PARA EL ESTADO DE MORELOS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- La presente Ley, establece

Más detalles

Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones

Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones Sección Novena Capítulo 7000 Inversiones Financieras y Otras Provisiones Artículo 14.- La definición del capítulo, conceptos, partidas genéricas y específicas de gasto correspondientes a inversiones financieras

Más detalles

Ejecutivos de Administración y de Asuntos Jurídicos debían emitir Lineamientos que rijan el acceso al apoyo económico antes mencionado;

Ejecutivos de Administración y de Asuntos Jurídicos debían emitir Lineamientos que rijan el acceso al apoyo económico antes mencionado; LINEAMIENTOS DEL DOCE DE ABRIL DE DOS MIL SIETE, RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO PARA QUE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE ESTE ALTO TRIBUNAL RECIBAN EL APOYO PARA EL PAGO DE LA PRESTACIÓN DE CENTROS DE DESARROLLO

Más detalles

Secretaría General de Gobierno Dirección de Asuntos Jurídicos Departamento de Gobernación. Decreto Número 334

Secretaría General de Gobierno Dirección de Asuntos Jurídicos Departamento de Gobernación. Decreto Número 334 Secretaría General de Gobierno Dirección de Asuntos Jurídicos Departamento de Gobernación Decreto Número 334 Juan Sabines Guerrero, Gobernador del Estado de Chiapas, a sus habitantes hace saber: Que la

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O ACUERDO POR EL QUE SE REFORMAN POR MODIFICACIÓN Y ADICIÓN DE DIVERSOS APARTADOS A LOS CRITERIOS Y METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA DE OFICIO QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBEN PONER A DISPOSICIÓN

Más detalles

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL

AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MÉXICO. GACETA MUNICIPAL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DE CUAUTITLÁN IZCALLI, MÉX. Número: 115 Año: 2015 Cd. Cuautitlán Izcalli,

Más detalles

COPIA SIN VALOR LEGAL

COPIA SIN VALOR LEGAL P ERIODICO OFICIAL DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MICHOACAN DE OCAMPO Fundado en 1867 Las leyes y demás disposiciones son de observancia obligatoria por el solo hecho de publicarse en este periódico.

Más detalles

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS

REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS REGLAMENTO GENERAL PARA EL OTORGAMIENTO DE BECAS Y ESTÍMULOS INSTITUCIONALES PARA ALUMNOS EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Universidad Estatal de Sonora es una Institución de Educación Superior orientada a promover

Más detalles

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A:

LA HONORABLE XII LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, D E C R E T A: DECRETO NÚMERO: 166 POR EL QUE SE AUTORIZA AL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO, PARA CONTRATAR UNO O MÁS EMPRÉSTITOS HASTA POR UN MONTO TOTAL EN SUMA DE $229 656,192.28 (SON

Más detalles

GACETA MUNICIPAL DE GOBIERNO PUBLICACIÓN OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL

GACETA MUNICIPAL DE GOBIERNO PUBLICACIÓN OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL GACETA MUNICIPAL DE GOBIERNO SEPTIEMBRE 2015 AÑO 3 / NO. 9 PUBLICACIÓN OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO DE NEZAHUALCÓYOTL 2013-2015 EL LIC. CARLOS CESAR AVILÉS OSORIO, PRESIDENTE SUPLENTE, DEL MUNICIPIO DE NEZAHUALCÓYOTL,

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O CC. SECRETARIOS DE LA LVIII LEGISLATURA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO. P R E S E N T E. RAFAEL MORENO VALLE ROSAS, Estado Libre y Soberano de Puebla; y Gobernador Constitucional del C O N S I D E R A N D

Más detalles

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN ESTÍMULOS Y SUBSIDIOS FISCALES

DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN ESTÍMULOS Y SUBSIDIOS FISCALES DECRETO POR EL QUE SE OTORGAN ESTÍMULOS Y SUBSIDIOS FISCALES P. O. 26 de diciembre de 2003. LIC. ENRIQUE MARTINEZ Y MARTINEZ, Gobernador Constitucional del Estado de Coahuila de Zaragoza, con fundamento

Más detalles

Lic. Psic. Juan Corona Ramírez

Lic. Psic. Juan Corona Ramírez EL, Secretario del H. Ayuntamiento de Tangancícuaro, ACUERDO 582.- Análisis y en su caso aprobación de la firma de convenio de coordinación para el programa cruzada del maíz y otros granos 2011. en este

Más detalles

ARANCEL DE NOTARIOS PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI

ARANCEL DE NOTARIOS PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI UNIDAD DE INFORMATICA LEGISLATIVA ARANCEL DE NOTARIOS PARA EL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI Fecha de Aprobación: 30 DE JULIO DE 1993 Fecha de Promulgación: 23 DE SEPTIEMBRE DE 1993 Fecha de Publicación: 23

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL HONORABLE QUINCUAGESIMO OCTAVO CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA C O N S I D E R A N D O Que en Sesión Pública Ordinaria de esta fecha, Vuestra Soberanía tuvo a bien aprobar

Más detalles

A1/SO234a/ TERCER PUNTO APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA

A1/SO234a/ TERCER PUNTO APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA A1/SO234a/19-09-07 TERCER PUNTO APROBACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA ACUERDO: EL H. CONSEJO DIRECTIVO APRUEBA EL ORDEN DEL DÍA CON LAS MODIFICACIONES HECHAS AL MISMO, PARA QUEDAR CONFORMADO DE LA SIGUIENTE MANERA:

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O COMISIÓN NACIONAL DE VIGILANCIA ACUERDO 3-EXT94: 07/09/2012 Acuerdo de la Comisión Nacional de Vigilancia por el que se aprueba realizar la supervisión y el seguimiento de las actividades que lleva a cabo

Más detalles

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT.242 DE FECHA 05 DE AGOSTO DE 2011

PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT.242 DE FECHA 05 DE AGOSTO DE 2011 PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NÚM. EXT.242 DE FECHA 05 DE AGOSTO DE 2011 GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de

Más detalles

TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO

TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO TRÁMITES, SERVICIOS Y PROGRAMAS DE APOYO Este departamento es el encargado de recaudar, concentrar y situar los fondos municipales y los conceptos que debe percibir el Ayuntamiento de acuerdo a la Ley

Más detalles

GOBIERNO MUNICIPAL

GOBIERNO MUNICIPAL R. AYUNTAMIENTO DE MONTERREY P R E S E N T E. - A los integrantes de la Comisión de Patrimonio nos fue turnada la solicitud referente a emitir DICTAMEN PARA LA RENOVACIÓN DE CONTRATO DE COMODATO POR 1-UN

Más detalles

CIRCULAR INFORMATIVA No. 1/2011. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. MOMENTO DE REGULARIZAR ADEUDOS CON EL IMSS. Sumario.

CIRCULAR INFORMATIVA No. 1/2011. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. MOMENTO DE REGULARIZAR ADEUDOS CON EL IMSS. Sumario. 1).- Introducción. CIRCULAR INFORMATIVA No. 1/2011. PARA TODOS NUESTROS CLIENTES. MOMENTO DE REGULARIZAR ADEUDOS CON EL IMSS. Sumario. 2).- Adeudos que pueden regularizarse con condonación de recargos

Más detalles