Modelo Ayudas financieras para la conservación del patrimonio cultural mueble
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- Dolores Carrizo Ramos
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1 Eidgenössisches Departement des Innern EDI Bundesamt für Kultur BAK Modelo Ayudas financieras para la conservación del patrimonio cultural mueble Estado: 10 de novembre 2016 Solicitudes a: Bundesamt für Kultur BAK Museen und Sammlungen Fachstelle Internationaler Kulturgütertransfer Hallwylstrasse 15 CH-3003 Bern Otras informaciones Oficina especializada de transferencia interna-cional de bienes culturales Tel , Fax Las informaciones de este escrito tienen exclusivamente una finalidad explicativa. Legalmente vinculantes son las prescripciones de la Legislación Federal, especialmente de la Ley Federal de 20 de junio de 2003 sobre la Transferencia Internacional de Bienes Culturales (KGTG, SR 444.1); Reglamento sobre la Transferencia Internacional de Bienes Culturales de 13 de abril de 2005 (KGTV, SR ); Ley Federal del 20 de diciembre de 1968 sobre el Procedimiento administrativo. (VwVG, SR ); Ley federal sobre Ayudas Financieras y Compensaciones, (SuG, SR 616.1). Más informaciones sobre KGTG/KGTV (Ley y Reglamento sobre la Transferencia Internacional de Bienes Culturales) en la dirección
2 Índice CAPÍTULO 1: GENERAL (Modelo) Objetivo Alcance / Campo de aplicación Tipos de ayudas financieras Criterios de concesión prioritaria de ayudas financieras Costes abonables Financiación máxima / pago de las ayudas financieras... 2 CAPÍTULO 2: ESPECIAL (Tipos de proyectos) Ayuda financiera para el depósito a titulo fiduciario de bienes culturales tipo A especialmente en peligro (Conservación provisional) Ayuda financiera para proyectos de conservación del patrimonio cultural tipo B (Proyectos) Ayudas financieras para facilitar la repatriación del patrimonio cultural tipo C (Repatriación)... 3 CAPÍTULO 3: PROCEDIMIENTO Presentación de solicitudes Presentación de solicitudes en competencia con otras oficinas federales Comprobación formal de la solicitud Plazos de tramitación Competencia para concesión de ayuda financiera Decisión... 5 Anexo 6
3 Departamento Federal de Interior DFI Oficina Federal de Cultura OFC CAPÍTULO 1: GENERAL (Modelo) 1.1 Objetivo Con las ayudas financieras, la Confederación persigue la finalidad de contribuir a la conservación del patrimonio cultural mueble y /o impedir el robo, el saqueo y la importación y exportación ilegales de bienes culturales. 1.2 Alcance / Campo de aplicación Las ayudas financieras se refieren básicamente a los bienes culturales muebles. Se podrán conceder contribuciones parciales a proyectos que se refieren a bienes culturales tanto muebles como inmuebles. Son bienes culturales muebles los que no están unidos firme y permanentemente al suelo, o dicha unión firme puede eliminarse por medio de medidas sencillas (véase > Cultural property > Examples of cultural property). 1.3 Tipos de ayudas financieras Se podrá conceder ayuda financiera en los tres supuestos siguientes: Tipo A (Conservación provisional): A los museos o instituciones análogas en Suiza para la conservación provisional fiduciaria y para el cuidado conservativo de bienes culturales que pertenecen al patrimonio cultural de otros Estados y que por razón de acontecimientos extraordinarios corren peligro en los mismos. Tipo B (Proyectos): Para proyectos de conservación del patrimonio cultural en otros Estados partes (Estados que han ratificado la Convención de 1970 de la UNESCO); Tipo C (Repatriación): En casos excepcionales, a autoridades estatales y organizaciones internacionales para facilitar la repatriación del patrimonio cultural de Estados partes de la Convención. 1.4 Criterios de concesión prioritaria de ayudas financieras La Oficina Federal de Cultura OFC, de acuerdo con la Dirección Política y la Agencia Suiza para el Desarrollo y Cooperación COSUDE (ambos del Departamento Federal de Asuntos Exteriores DFAE) decide sobre las solicitudes a base de una lista de criterios de concesión prioritaria de ayuda financiera. Los criterios están publicados en la página web de la OFC (véase anexo; > Financial assistance movable cultural heritage > ayudas financieras). 1.5 Costes abonables Los costes abonables comprenden normalmente: Salario de los empleados científicos y técnicos del proyecto; Costes reales que están en relación directa con la realización del proyecto, concretamente material de valor permanente, materiales de consumo, costes de campo, viajes o costes de terceros; Contribuciones a publicaciones que tratan del mantenimiento y/o la protección del patrimonio cultural; Contribuciones a la realización de eventos. 1
4 1.6 Financiación máxima / pago de las ayudas financieras Las ayudas financieras ascenderán como máximo al 50 por ciento de los costes hechos valer. Las ayudas financieras ascenderán como máximo: o para el tipo A (conservación provisional) francos al año; o para el tipo B (proyectos) francos en forma de un pago global único por proyecto; o para el tipo C (recuperación) francos. No existe derecho legal a ayuda financiera. La Oficina especializada de transferencia internacional de bienes culturales (Oficina especializada OFC) puede pagar contribución a ayudas financieras en plazos. CAPÍTULO 2: ESPECIAL (Tipos de proyectos) 2.1 Ayuda financiera para el depósito a titulo fiduciario de bienes culturales tipo A especialmente en peligro (Conservación provisional) Presentación de solicitudes Los museos o instituciones análogas con sede en Suiza están autorizados a presentar solicitudes. Los solicitantes deberán cumplir el Código de Deontología para los Museos del Consejo International de Museos ICOM. Los solicitantes deberán ser activos en la especialidad en cuestión de forma importante y reconocida. La solicitud deberá ir acompañada de los documentos siguientes: o Una declaración de conformidad con el proyecto de la Oficina Estatal del otro Estado responsable de cultura; o o Un certificado de que el depósito fiduciario se hace bajo la protección de la UNESCO o de otra organización internacional de protección de bienes culturales; o Datos sobre la política de compras y exposición de los solicitantes; o Un certificado de que el depósito se llevará a cabo por una persona formada en esta especialidad. Depósito fiduciario Aquél que deposite fiduciariamente bienes culturales deberá aplicar todas las medidas apropiadas para proteger los bienes culturales según las reglas de la Ciencia del Arte. Entre ellas están, especialmente: o Un transporte seguro y adecuado de los bienes culturales; o El depósito de los bienes culturales en espacios apropiados para ellos. Quien deposite fiduciariamente bienes culturales deberá asegurarse de que una vez normalizados los acontecimientos extraordinarios en el país de origen, se repatriarán los bienes culturales. 2
5 2.2 Ayuda financiera para proyectos de conservación del patrimonio cultural tipo B (Proyectos) Presentación de solicitudes Las personas naturales y jurídicas estarán autorizadas a presentar solicitudes. Si los solicitantes son museos o otras instituciones análogas, deberán cumplirán el Código de Deontología para los Museos del Consejo International de Museos ICOM. A la solicitud se acompañará obligatoriamente un certificado de que el bien cultural conservado o restaurado con ayuda financiera no será enajenado. Lugar de realización y de producción de efectos El lugar de realización y/o el lugar donde se produzcan los efectos de proyectos de conservación del patrimonio cultural tipo B (Proyectos) deberá encontrarse en al menos un Estado parte de la Convención de la UNESCO de Tipos de proyecto Los tipos de proyecto posibles comprenden: Proyectos para asegurar bienes culturales muebles contra la destrucción y/o robo, etc., por ejemplo en lugares arqueológicos; Proyectos de realización de inventarios e índices de bienes culturales en peligro; Conferencias, jornadas y talleres de trabajo y otras medidas de sensibilización en favor de la protección y de la conservación del patrimonio cultural; Proyectos de cooperación entre instituciones de Suiza y del extranjero, para la conservación del patrimonio cultural mueble; Otros. 2.3 Ayudas financieras para facilitar la repatriación del patrimonio cultural tipo C (Repatriación) Presentación de solicitudes Están exclusivamente legitimadas para presentar solicitudes las autoridades estatales de Estados partes de la Convención de la UNESCO de 1970 y Organizaciones Internacionales. La solicitud se acompañará obligatoriamente de los documentos siguientes: o Una declaración de conformidad escrita de las autoridades de aquel Estado al que deberán ser devueltos los bienes culturales; o Un certificado de que el Estado parte de la Convención aporta una ayuda correspondiente a su poder financiero; o Un certificado de que el bien cultural repatriado con ayuda financiera no será enajenado; o Un informe científico de un experto independiente sobre el origen del bien cultural. 3
6 CAPÍTULO 3: PROCEDIMIENTO 3.1 Presentación de solicitudes Las solicitudes de ayuda financiera se presentarán en la Oficina especializada OFC antes del inicio del proyecto. La solicitud deberá ir acompañada además de los documentos especiales sobre los tres tipos de ayuda financiera (véanse cifras 2.1, 2.2 y 2.3): o El formulario de solicitud de ayuda financiera totalmente cumplimentado y firmado; o Una descripción escrita del proyecto con: Descripción exacta del proyecto, si es necesario acompañando la documentación que lo justifique; Informaciones sobre lugar y fecha de realización; Informaciones sobre las personas que participan en el proyecto; Indicaciones sobre la motivación, estrategia, objetivos, efecto perseguido, público objetivo, criterios de éxito. o Presupuesto con: Listado detallado de los costes previstos (inclusive presupuestos); Plan de financiación; Contribuciones ya concedidas; Trabajo propio del solicitante; Contribución que se desea preste la OFC. 3.2 Presentación de solicitudes en competencia con otras oficinas federales Si se ha presentado en otras Oficinas Federales una solicitud de ayuda financiera para el mismo proyecto, deberá comunicarse a la Oficina especializada OFC en el formulario de solicitud. Si se presentara posteriormente una solicitud de ayuda financiera en otras Oficinas Federales, se comunicará de inmediato a la Oficina especializada OFC. 3.3 Comprobación formal de la solicitud La Oficina especializada OFC comprobará si la solicitud se corresponde con la finalidad de las ayudas financieras según cifra 1.1 y si la documentación está completa. No se tendrán en cuenta solicitudes para proyectos que no se corresponden claramente con la finalidad de las ayudas financieras. Si la solicitud contiene algún defecto formal fácil de resolver o si la solicitud está incompleta, la Oficina especializada OFC concederá al solicitante un plazo para subsanar el defecto. Si no se hiciera uso de este plazo o si el defecto no se resuelve totalmente, por regla general, la Oficina especializada OFC no tendrá en cuenta la solicitud. 3.4 Plazos de tramitación Por regla general, los solicitantes reciben de la Oficina especializada BAK: una confirmación de entrada, diez días desde la presentación de la solicitud completa; una decisión provisional no vinculante sobre las condiciones formales, veinte días después la presentación de la solicitud completa; una resolución vinculante de la solicitud en forma de decisión, una vez realizada la coordinación entre la Oficina especializada OFC, la Dirección Política y la COSUDE. (Normalmente con ocasión de la conferencia sobre concesiones entre la OFC, la Dirección Política y la COSUDE cada medio año). 4
7 3.5 Competencia para concesión de ayuda financiera La Oficina especializada OFC decide sobre las solicitudes de ayuda financiera de tipo A (Conservación provisional). La Dirección Política y la COSUDE deberán ser informados. La Oficina especializada OFC decide sobre las solicitudes de ayuda financiera de tipo B (Proyectos) y tipo C (Recuperación) de acuerdo con la Dirección Política y con la COSUDE. La decisión se toma en una conferencia sobre concesiones que se celebra dos veces al año o después de una consulta escrita de la Dirección Política y la COSUDE. Las ayudas financieras de hasta francos suizos pueden ser concedidas directamente por la Oficina especializada OFC. La Dirección Política y la COSUDE serán informados sobre este punto. 3.6 Decisión La Oficina especializada OFC comunicará la resolución por escrito a los solicitantes por medio de una Decisión. Si se produjeran cambios importantes de la situación para la que se ha hecho una concesión de ayuda financiera, la Oficina especializada OFC podrá, tras escuchar a las partes, revocar la decisión o adaptarla a las nuevas circunstancias. Contra la Decisión de la OFC podrá interponerse, en un plazo de 30 días tras su comunicación, recurso ante el Tribunal Administrativo Federal, Apartado de Correos 9023 St. Gallen (Art. 44 y ss., Ley Federal sobre Procedimiento Administrativo VwVG). La oficina especializada OFC derogará aquellas decisiones que hayan adoptadas injustamente a partir de una situación incorrecta o incompleta. 5
8 Anexo Directives sur les priorités en matière d attribution d aides financières en faveur de la préservation du patrimoine culturel meuble du 15 décembre 2015 Le Département fédéral de l intérieur, vu l art. 31 de la loi sur le transfert des biens culturels du 20 juin (LTBC), arrête : Chapitre 1: Dispositions générales a. Art. 1 Les présentes directives réglementent l utilisation des crédits alloués en faveur de la préservation du patrimoine culturel selon l art. 14 LTBC. Chapitre 2: Etablissement des priorités des aides financières b. Art. 2 S agissant des aides financières pour la garde en dépôt temporaire à titre fiduciaire et la conservation de biens culturels visées à l art. 14, al. 1, let. a, LTBC, la Confédération considère en priorité les projets : a. qui ne peuvent pas être différés sans mettre en péril le patrimoine culturel meuble; et b. qui sont placés sous l'égide de l'unesco ou d'une autre organisation internationale œuvrant en faveur de la protection du patrimoine culturel. c. Art. 3 S agissant des aides financières à des projets visant à conserver le patrimoine culturel visées à l art. 14, al. 1, let. b, LTBC, la Confédération considère en priorité les projets : a. concernant des Etats avec lesquels un accord selon l art. 7 LTBC est en vigueur; ou b. concernant des Etats pour lesquels le Conseil fédéral a arrêté une mesure temporaire selon l art. 8 LTBC; ou c. qui ont lieu dans le cadre d actions internationales concertées au sens de l art. 9 de la convention de l UNESCO du 14 novembre 1970 concernant les mesures à prendre pour interdire et empêcher l'importation, l'exportation et le transfert de propriété illicites des biens culturels 2 ; ou d. qui sont menés par et en collaboration avec des organisations internationales et qui visent à protéger des biens culturels directement menacés par la guerre, des conflits ou des catastrophes naturelles; ou e. qui ne peuvent pas être différés sans mettre en péril le patrimoine culturel meuble; ou f. qui sont menés en collaboration avec des institutions ayant leur siège en Suisse. d. Art. 4 S agissant des aides financières pour faciliter le retour du patrimoine culturel et visées à l art. 14 al. 1, let. c, LTBC, la Confédération considère en priorité les projets : a. concernant des Etats avec lesquels un accord selon l art. 7 LTBC est en vigueur; ou b. concernant des Etats pour lesquels le Conseil fédéral a arrêté une mesure temporaire selon l art. 8 LTBC. 1 RS RS
9 Chapitre 3: Dispositions finales e. Art. 5 Les présentes directives entrent en vigueur le 1 er janvier Département fédéral de l intérieur Conseiller fédéral Alain Berset 7
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