PARLAMENTO DE CANARIAS

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1 BOLETÍN OFICIAL DEL IV LEGISLATURA NÚM de julio de 1998 PARLAMENTO DE CANARIAS S U M A R I O PROPOSICIONES NO DE LEY RESOLUCIONES APROBADAS PNL-239 Sobre marco de política educativa para la Educación Secundaria. Página 2 RESOLUCIONES APROBADAS. PNL-229 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con los criterios para definir los mapas de ayuda con finalidad regional en el marco de la reforma de la política regional comunitaria. Página 3 PNL-232 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación al cumplimiento de los artículos b) y a) de la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas. Página 4 PNL-238 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con la creación de nuevos juzgados, y a las Cortes Generales en relación con la creación de nuevos partidos judiciales. Página 4 RECHAZADAS PNL-234 Sobre subvenciones a los atuneros canarios y licencias temporales de pesca. Página 5

2 Núm. 104 / 2 28 de julio de 1998 Boletín Oficial del Parlamento de Canarias PNL-235 Sobre las transferencias económicas a los cabildos insulares correspondientes a servicios sociales. Página 5 RETIRADAS. PNL-230 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con el cumplimiento del artículo 4.2 de la Constitución. Página 5 MOCIONES RESOLUCIONES APROBADAS. M-14 Consecuencia de la Interpelación del señor Diputado D. Luis Fajardo Spínola, del G.P. Socialista Canario, sobre la titulación en Dirección Hotelera impartida por el Hotel Escuela Santa Brígida, de HECANSA. Página 6 PROPOSICIONES NO DE LEY RESOLUCIONES APROBADAS PNL-239 Sobre marco de política educativa para la Educación Secundaria. El Pleno del Parlamento, en sesión celebrada los días 24 y 25 de junio de 1998, debatió la Proposición no de Ley de los Grupos Parlamentarios Coalición Canaria (CC), y Popular, sobre marco de política educativa para la Educación Secundaria, habiéndose adoptado por la Cámara Resolución al respecto. En conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Reglamento del Parlamento de Canarias, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento. El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias a que adopte las siguientes medidas, tendentes a establecer un marco de política educativa para la Educación Secundaria: 1.- Elaboración de una normativa, con vocación de permanencia, que garantice la plena participación de los padres en los centros escolares, en una actividad corresponsable en la educación de sus hijos, simplificando la actualmente en vigor, pero que contemple unos contenidos mínimos referidos a la prestación del servicio educativo en los siguientes términos: A.- Atención a las familias en horario semanal alternativo de mañana y tarde, que permita profundizar en la relación de éstas con los centros, dando al menos a tres de las sesiones de tarde a lo largo del curso un carácter colectivo para todos los padres de cada grupo educativo y permitiendo así la posibilidad de coparticipación de éstos en la educación de sus hijos, con independencia de su horario laboral. B.- Establecimiento de un número suficiente de reuniones de coordinación pedagógica de profesorado, que haga factible el cumplimiento de los objetivos previstos en la LOGSE, y que permitan la reflexión sobre los procesos de enseñanza-aprendizaje y las orientaciones globales de la actividad educativa. Estas reuniones deberán concretarse, como mínimo, del siguiente modo: B.1.- Al menos dos reuniones trimestrales de los equipos educativos para evaluar y hacer un seguimiento personalizado del alumnado. B.2.- Reunión semanal de los tutores de un mismo nivel con el orientador para la preparación de la hora lectiva de tutoría. B.3.- Reuniones de coordinación docente: 1.- Reunión semanal de la comisión de coordinación pedagógica. 2.- Reunión semanal de departamento. 3.- Reunión trimestral del Claustro de profesores.

3 Boletín Oficial del Parlamento de Canarias 28 de julio de 1998 Núm. 104 / 3 Respetando dichos mínimos, las reuniones de coordinación reseñadas, junto a las que fueran precisas para la elaboración del proyecto curricular de centro y de la coordinación de ámbito, podrán ser adaptadas en atención a la autonomía organizativa de los centros, mediante un proyecto elaborado al efecto en la forma que se establezca. 2.- Adopción de todas las decisiones oportunas tendentes a la dotación de los centros docentes y las condiciones laborales de implantación de la LOGSE, en el marco de lo ya acordado por el Parlamento, con criterios de prudencia presupuestaria. 3.- Búsqueda y habilitación de fórmulas que propicien la participación de los padres y madres del alumnado, como factor decisivo en la educación de sus hijos, llevando a cabo para ello todas las campañas precisas que consigan una toma de conciencia de la necesidad y eficacia de su participación como garantía del éxito educativo. En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez. RESOLUCIONES APROBADAS. PNL-229 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con los criterios para definir los mapas de ayuda con finalidad regional en el marco de la reforma de la política regional comunitaria. (Publicación: BOPC núm. 73, de 10/06/98.) y 25 de junio de 1998, debatió la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Popular, sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con los criterios para definir los mapas de ayuda con finalidad regional en el marco de la reforma de la política regional comunitaria, habiéndose adoptado por la Cámara Resolución al respecto. En conformidad con lo establecido en el artículo 97 del a la Proposición no de Ley de referencia. El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias para que inste del Gobierno del Estado que, en el marco de la reforma de la política regional comunitaria y más concretamente en la negociación del Reglamento del Consejo que establece disposiciones de carácter general sobre los fondos estructurales, se consagre el principio de coordinación entre los criterios para definir los mapas de ayuda con finalidad regional que señalan las directrices sobre las ayudas de Estado de finalidad regional (98/C 74/06), en concreto para las regiones de la letra a) del artículo 92.3 del Tratado, y los propuestos en la reforma de la política regional, para las regiones denominadas objetivo número 1, de modo que al igual que en esta segunda política se considere a las regiones ultraperiféricas como regiones de la letra a) del artículo 92.3 del Tratado, como criterio aparte al del nivel de renta. En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez. DEL GRUPO PARLAMENTARIO COALICIÓN CANARIA (CC) (Registro de Entrada núm. 982, de 29/05/98.) Al amparo de las previsiones del artículo 163 del Reglamento, el Grupo Parlamentario de Coalición Canaria presenta la siguiente enmienda al texto de la PNL del G.P. Popular, sobre solicitud al Gobierno del Estado instando a que se consagre el principio de coordinación, en lo que se refiere a las Regiones Ultraperiféricas de la Unión Europea, entre el Reglamento Comunitario de regulación de los fondos estructurales y las Directrices sobre las Ayudas de Estado de finalidad Regional. JUSTIFICACIÓN: Se desconoce el hecho que las Directrices sobre las Ayudas fueron sometidas a informe del Gobierno del Reino de España a través de su Representación Permanente en Bruselas y que la contestación dada por el Ministerio de Asuntos Exteriores en el plazo señalado por la Comisión dio su conformidad al texto, sin alegar nada sobre el perjuicio que significaba para Canarias su exclusión de las comunidades integradas en el ámbito de aplicación del artículo 92 párrafo 3, letra a del Tratado de la Unión. TEXTO DE LA ENMIENDA El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias para que demande del Gobierno del Estado la remisión, con máxima urgencia, de una comunicación del Ministerio de Asuntos Exteriores que rectifique la ya enviada con anterioridad y en la que no se hacen las debidas propuestas de matizaciones ni correcciones, exigiendo la inclusión de Canarias, como región ultraperiférica con grave situación de desempleo y dentro del espíritu y la letra del artículo del Tratado de Amsterdam, entre las regiones susceptibles de acogerse al artículo 93, párrafo 3, letra a del Tratado de la Unión en el texto, en trámite de aprobación, de las Directrices sobre las Ayudas de Estado de finalidad Regional, en coordinación con la decisión ya tomada de incluir a nuestro archipiélago como región Objetivo Uno en el Reglamento del Consejo sobre Disposiciones de carácter general sobre los Fondos Estructurales. En Canarias, a 28 de mayo de 1998, EL PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO DE COALICIÓN CANARIA. Fdo.: José Miguel González Hernández.

4 Núm. 104 / 4 28 de julio de 1998 Boletín Oficial del Parlamento de Canarias PNL-232 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación al cumplimiento de los artículos b) y a) de la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas. (Publicación: BOPC núm. 78, de 18/06/98.) y 25 de junio de 1998, debatió la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación al cumplimiento de los artículos b) y a) de la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas, habiéndose adoptado por la Cámara Resolución al respecto. En conformidad con lo establecido en el artículo 97 del a la proposición no de ley de referencia. 1. El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias a que se dirija al Gobierno de la Nación exigiendo el estricto cumplimiento de los artículos apartado b), y apartado a), de la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas, revisando la situación de las obras ya adjudicadas y garantizando, respecto de ellas, tal cumplimiento. 2. El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias a realizar las gestiones ante los grupos políticos de las Cortes Generales tendentes a considerar y apoyar las modificaciones propuestas por la Confederación Nacional de Subcontratistas (CONASCOP) al anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas. En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez. DEL GRUPO PARLAMENTARIO COALICIÓN CANARIA (CC) (Registro de Entrada del documento remitido por fax núm de 24/06/98.) (Registro de Entrada del documento original núm , de 26/06/98.) El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria (CC), al amparo de lo dispuesto en el artículo del Reglamento de la Cámara, presenta a la Proposición no de ley del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación al cumplimiento de los artículos b) y a) de la Ley 13/1995, de contratos de Administraciones Públicas (PNL-232), la siguiente enmienda de modificación: TEXTO QUE SE PROPONE El texto de la PNL quedaría como apartado 1, añadiéndose un apartado 2 del siguiente tenor: 2. El Parlamento de Canarias insta a los Grupos Políticos de las Cortes Generales a considerar y apoyar las modificaciones propuestas por la Confederación Nacional de Subcontratistas (CONASCOP) al anteproyecto de Ley de modificación de la Ley 13/1995, de contratos de las Administraciones Públicas. Santa Cruz de Tenerife, a 24 de junio de EL PORTAVOZ, Fdo.: José Miguel González Hernández. PNL-238 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con la creación de nuevos juzgados, y a las Cortes Generales en relación con la creación de nuevos partidos judiciales. y 25 de junio de 1998, debatió la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Coalición Canaria (CC), sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con la creación de nuevos juzgados, y a las Cortes Generales en relación con la creación de nuevos partidos judiciales, habiéndose adoptado por la Cámara Resolución al respecto. En conformidad con lo establecido en el artículo 97 del a la proposición no de ley de referencia. 1º.- El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias para que se dirija al Gobierno del Estado con el fin de que la creación de nuevos juzgados en Canarias o en otras Comunidades Autónomas no implique la desaparición o supresión de otros juzgados previstos o en funcionamiento en otros partidos judiciales del Archipiélago, en especial en los partidos judiciales número 5 (Telde) y número 6 (San Bartolomé de Tirajana) de Las Palmas. 2º.- El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias para que solicite de las Cortes Generales que la creación de nuevos partidos judiciales no signifique la supresión de ningún juzgado en los partidos judiciales del Archipiélago, en especial los previstos en los partidos judiciales número 7 (La Laguna) y 10 (Puerto de la Cruz) de Santa Cruz de Tenerife. 3º.- El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias para que se dirija al Gobierno del Estado con el fin de volver a crear y poner en funcionamiento, en el presente año, los juzgados suprimidos previstos en Canarias en la Ley de Demarcación y Planta Judicial, así como reiterar los acuerdos anteriores de esta Cámara tendentes

5 Boletín Oficial del Parlamento de Canarias 28 de julio de 1998 Núm. 104 / 5 a la necesidad urgente de contar con un juzgado de lo social en la Comunidad Autónoma de Canarias, a fin de resolver los asuntos que tienen su origen en la isla de Lanzarote. En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez. DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO (Registro de Entrada del documento recibido por fax núm , de 24/06/98.) (Registro de Entrada del documento original núm , de 24/06/98.) El Grupo Parlamentario Socialista Canario, al amparo de lo establecido en el artículo del Reglamento del Parlamento, y en relación con la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Coalición Canaria, sobre «solicitud al Gobierno del Estado en relación con la creación de nuevos juzgados, y a las Cortes Generales en relación con la creación de nuevos partidos judiciales» (PNL-238), presenta la siguiente enmienda de modificación: ENMIENDA DE MODIFICACIÓN Sustituir el texto propuesto por el siguiente texto: 1º.- El Parlamento de Canarias insta al Gobierno del Estado a: a) Que la creación de nuevos juzgados en Canarias o en otras Comunidades Autónomas no implique la desaparición o supresión de otros juzgados previstos o en funcionamiento en otros partidos judiciales de la Comunidad Autónoma de Canarias. b) Que, en consecuencia se proceda a crear y poner en funcionamiento, en el presente año, los juzgados de Primera Instancia e Intrucción números 6 del Partido Judicial de Telde y el nuevo número 8 del Partido Judicial de San Bartolomé de Tirajana. 2º.- El Parlamento de Canarias solicita de las Cortes Generales, que en la tramitación del Proyecto de Ley de modificación de la Ley 38/1988, de Demarcación y Planta Judicial, se contemple: a) Que la creación de nuevos partidos judiciales no signifique la supresión de ningún juzgado en los partidos judiciales del Archipiélago, previstos con anterioridad en dicha norma, en especial los previstos en los partidos judiciales números 7 (La Laguna) y 10 (Puerto de la Cruz) de Santa Cruz de Tenerife. b) La necesidad urgente de contar con un Juzgado de los Social en la Comunidad Autónoma de Canarias, a fin de resolver los asuntos que tienen su origen en la isla de Lanzarote. Canarias, a 23 de junio de PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA CANARIO, Fdo.: Augusto Brito Soto. RECHAZADAS PNL-234 Sobre subvenciones a los atuneros canarios y licencias temporales de pesca. y 25 de junio 1998 debatió la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Mixto, sobre subvenciones a los atuneros canarios y licencias temporales de pesca, habiendo resultado rechazada. En conformidad con lo previsto en el artículo 97 del En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez. PNL-235 Sobre las transferencias económicas a los cabildos insulares correspondientes a servicios sociales. y 25 de junio de 1998 debatió la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Socialista Canario, sobre las transferencias económicas a los cabildos insulares correspondientes a servicios sociales, habiendo resultado rechazada. En conformidad con lo previsto en el artículo 97 del En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez. RETIRADA. ENMIENDA PNL-230 Sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con el cumplimiento del artículo 4.2 de la Constitución. (Publicación: BOPC núm. 73, de 10/06/98.) En la sesión del Pleno del Parlamento, celebrada los días 24 y 25 de junio de 1998, fue retirada por el grupo que la formuló la Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Mixto, sobre solicitud al Gobierno del Estado en relación con el cumplimiento del artículo 4.2 de la Constitución. En conformidad con lo establecido en el artículo 97 del a la proposición no de ley de referencia. En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez.

6 Núm. 104 / 6 28 de julio de 1998 Boletín Oficial del Parlamento de Canarias DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR (Registro de Entrada del documento recibido por fax núm , de 24/06/98.) (Registro de Entrada del documento original núm , de 25/06/98.) El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo dispuesto en el artículo del Reglamento de la Cámara, presentan a la PNL-230, del Grupo Parlamentario Mixto, la siguiente enmienda de sustitución. TEXTO QUE SE PROPONE: El Parlamento de Canarias insta al Gobierno de Canarias, para que se dirija a las distintas Administraciones Públicas, para que todas cumplan en sus respectivos ámbitos la normativa sobre banderas. Santa Cruz de Tenerife, a 23 de junio de PORTA- VOZ DEL G.P. POPULAR, Fdo.: Javier Sánchez-Simón Muñoz. MOCIÓN. M-14 Consecuencia de la interpelación del señor diputado D. Luis Fajardo Spínola, del G.P. Socialista Canario, sobre la titulación en Dirección Hotelera impartida por el Hotel Escuela Santa Brígida, de HECANSA. y 25 de junio de 1998, debatió la moción del Grupo Parlamentario Socialista Canario, consecuencia de la interpelación del señor diputado D. Luis Fajardo Spínola, del G.P. Socialista Canario, sobre la titulación en Dirección Hotelera impartida por el Hotel Escuela Santa Brígida, de HECANSA, habiéndose adoptado por la Cámara Resolución al respecto. En conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Reglamento del Parlamento de Canarias, se ordena su a la moción de referencia. En relación con los estudios en Dirección y Gestión Hotelera, que actualmente imparten los hoteles-escuela de Gran Canaria y de Tenerife, dependientes de HECANSA, el Parlamento de Canarias acuerda: 1) Entretanto, y como fórmula transitoria, asegurar de inmediato a los alumnos de tales hoteles-escuela: a) Para aquellos que hubieran superado todas las materias del plan de estudios de la diplomatura en Dirección y Gestión Hotelera, mediante la complementación de estudios que resulte razonable, obtener el título oficial de diplomado en Turismo, otorgado por la universidad correspondiente. Los gastos generados a los alumnos por tales estudios complementarios correrán a cargo de la Comunidad Autónoma de Canarias. b) Para aquellos que hubieran cursado y aprobado sólo uno o dos años completos de dicha diplomatura, poder matricularse, durante el período académico , del curso siguiente en los estudios de Diplomado en Turismo de alguna de las dos universidades canarias. 2) Instar al Gobierno de Canarias a ofertar a las universidades canarias para que, previo un nuevo convenio y posterior denuncia del actual, puedan utilizar las instalaciones de los hoteles-escuela para impartir las clases, tanto teóricas como prácticas, de sus estudios de diplomatura en Turismo. A partir del curso , HECANSA dejará de ofertar los actuales estudios de la diplomatura en Dirección y Gestión Hotelera. En la Sede del Parlamento, a 24 de julio de EL PRESIDENTE, Fdo.: José Miguel Bravo de Laguna Bermúdez. DEL GRUPO PARLAMENTARIO POPULAR (Registro de Entrada núm , de 22/06/98.) El Grupo Parlamentario Popular, al amparo de lo dispuesto en el artículo 163, en relación con el artículo del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente enmienda a la moción M-14, del G.P. Socialista Canario. ENMIENDA DE MODIFICACIÓN Con el objetivo básico y sustancial de organizar y coordinar el futuro de las enseñanzas superiores de turismo en Canarias, en una perfecta simbiosis entre Turismo y Universidad; y, en concreto, solucionar la problemática suscitada con la titulación actualmente impartida en los Hoteles Escuela de Santa Brígida, y Santa Cruz de Tenerife, de Diplomados en Dirección y Gestión Hotelera, que ha producido una equivocidad conceptual entre título propio y título oficial homologado ; se hace necesario corregir tal situación que ha creado inseguridad en los

7 Boletín Oficial del Parlamento de Canarias 28 de julio de 1998 Núm. 104 / 7 alumnos, en el sentido de reconducir las competencias que en el campo de la formación tienen, tanto, las Universidades como los Hoteles Escuela, siempre, de acuerdo con la normativa actual (LRU y LOTC). Por ello, el Parlamento de Canarias, ACUERDA: 1º) Instar al Gobierno de Canarias y a las Universidades de Las Palmas y de La Laguna, a que a partir del próximo curso académico 1988/89, Hecansa, dejará de ofertar el actual título propio de Diplomado en Dirección Hotelera, quedando, los estudios universitarios medios de turismo, circunscritos, al título oficial homologado de la Diplomatura de Turismo que ofertan ambas universidades. 2º)Instar al Gobierno de Canarias para reconducir la función de Hecansa en relación a los Estudios Universitarios de Turismo, en el sentido de especializarse, en ser un centro de referencia para la realización de prácticas de apoyo a ambas Universidades canarias. Las mentadas prácticas estarán reguladas por convenio, y tuteladas y supervisadas, por las dos Universidades canarias. 3º) Instar al Gobierno de Canarias, y a las dos Universidades canarias a que integren dentro del marco universitario a los profesores que actualmente imparten docencia en el título propio, para lo cual, se firmará un convenio entre la Universidad de Las Palmas, la de La Laguna, y Hecansa, para establecer las condiciones de adscripción de dicho profesorado a las respectivas Universidades. 4º) Por último, instar a los dos Universidades canarias, con la finalidad de solventar la situación académica de los alumnos actualmente matriculados en primero, segundo, y tercer curso del título propio de Diplomado en Dirección Hotelera de los Hoteles Escuela, a que se lleven a cabo las acciones formativas complementarias que, de acuerdo a la normativa vigente, posibilite a los alumnos a obtener el título oficial homologado de Diplomado en Turismo. Santa Cruz de Tenerife, a 22 de junio de PORTAVOZ DEL G.P. POPULAR. Fdo.: Javier Sánchez- Simón Muñoz. DEL GRUPO PARLAMENTARIO COALICIÓN CANARIA (CC) (Registro de Entrada num , de 23/06/98.) El Grupo Parlamentario de Coalición Canaria (CC), al amparo de lo dispuesto en el artículo 154 del Parlamento de Canarias, presenta la siguiente enmienda a la moción del Grupo Parlamentario Socialista Canario, consecuencia de la interpelación sobre la titulación en Dirección Hotelera impartida por el Hotel Escuela Santa Brígida, de HECANSA (M-14). TEXTO QUE SE PROPONE 1) Instar al Gobierno de Canarias y a la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria a que agilicen y ultimen las negociaciones ya iniciadas que permitan cerrar un acuerdo para que los alumnos de HECANSA que terminan sus enseñanzas en el presente curso, mediante la complementación de los estudios necesarios, accedan al título oficial de Diplomado en Turismo de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. 2) Instar al Gobierno de Canarias, en el marco de colaboración que se mantiene con las Universidades de Canarias, a que mejoren los Convenios existentes con dichas entidades para que la experiencia compartida de la Formación en HECANSA y las enseñanzas universitarias adecuadas permita a las futuras promociones de estudiantes obtener la Titulación de la Diplomatura de Turismo, otorgado por ambas universidades, solicitando a estos efectos el apoyo de los Consejos Sociales de las Universidades, en el ámbito de sus competencias. 3) Instar al Gobierno de Canarias y a las Universidades de Las Palmas de Gran Canaria y La Laguna a que sigan avanzando y mejorando en este modelo de formación teórico práctica que permita disponer de los profesionales más cualificados y con mayor prestigio del mercado. Santa Cruz de Tenerife, a 21 de junio de EL PORTAVOZ, Fdo.: José Miguel González Hernández.

8 Edita e imprime: Parlamento de Canarias. Servicio de Publicaciones. Depósito Legal: TF-123/1983 C/. Teobaldo Power, 7 Tfno.: Fax: ISSN: Santa Cruz de Tenerife

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