REGISTRO ELECTRÓNICO MINISTERIO DE DEFENSA RE S :12:29 SALIDA ASOCIACIONES SIN REPRESENTACIÓN: AMO, AMCOFAS, UMT

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1 MINISTERIO DE DEFENSA REGISTRO ELECTRÓNICO MINISTERIO DE DEFENSA RE S :12:29 SALIDA Subsecretaría de Defensa Secretaría Permanente del Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas Comunicación. Datos del Grupo:AS14 La autenticidad de este documento puede ser comprobada mediante la utilización del Código Seguro de Verificación en CÓDIGO SEGURO DE VERIFICACIÓN(CSV): kBi6EDZ9gffe9aXQ40pdkL5TCtY= Nombre del grupo: Fecha de la comunicación: 13 de octubre de 2015 Identificador de la comunicación: G ASUNTO: RDO PROYECTO DE DISPOSICIÓN. ASOCIACIONES SIN REPRESENTACIÓN: AMO, AMCOFAS, UMT De conformidad con lo establecido en el artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, se remite, para conocimiento, el proyecto de Instrucción del Jefe del Estado Mayor del Aire, por la que se modifica la Instrucción 700/19372/2000, de 26 de diciembre, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, sobre el temario de la prueba específica, valoración de cursos y determinación de unidades preferentes de los procesos selectivos para el acceso de los militares profesionales de tropa de este Ejército a una relación de servicios de carácter permanente. El presente documento, y sus anexos, cuando existan, contiene información no clasificada de uso oficial, de acuerdo con la Orden Ministerial 76/2006, de 19 de mayo, por la que se aprueba la política de seguridad de la información del Ministerio de Defensa, por lo que su distribución está limitada al ámbito del Ministerio de Defensa, o a personas y organismos que desempeñen actividades relacionadas con el mismo, incluyendo a las asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas y, en su caso, el Observatorio de la vida militar y asociaciones de militares retirados y discapacitados, no autorizándose su difusión total o parcial en medios públicos, incluyendo internet u otras redes públicas abiertas. Documentación Adjunta: Nombre fichero:proyecto DE DISPOSICIÓN.pdf CORREO ELECTRÓNICO Paseo de la Castellana, 109 coperfas@oc.mde.es Despacho Madrid TEL: FAX:

2 PROYECTO DE INSTRUCCIÓN XX/2015, DE XX DE SEPTIEMBRE, DEL JEFE DE ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO DEL AIRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA INSTRUCCIÓN 700/19372/2000, DE 26 DE DICIEMBRE, DEL JEFE DE ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO DEL AIRE SOBRE EL TEMARIO DE LA PRUEBA ESPECÍFICA, VALORACIÓN DE CURSOS Y DETERMINACIÓN DE UNIDADES PREFERENTES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA EL ACCESO DE LOS MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA DE ESTE EJÉRCITO A UNA RELACIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER PERMANENTE. La Orden Ministerial número 360/2000, de 13 de diciembre, establece el sistema de selección y tipo de pruebas a realizar, así como los baremos a tener en cuenta en la fase de concurso dentro del proceso selectivo para el acceso de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería a una relación de servicios de carácter permanente. La disposición transitoria segunda de la citada orden establece entre otros, que en el plazo de seis meses, los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, establecerán, mediante instrucción, unas tablas en las que se valorarán los estudios y cursos realizados, así como las Unidades consideradas preferentes, a que se hace referencia en los puntos 3 y 5, respectivamente, del apéndice A del anexo. Asimismo, de conformidad con el punto del anexo a la citada orden ministerial, el apartado tercero de la Instrucción 700/19372/2000, de 26 de diciembre, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, sobre el temario de la prueba específica, valoración de cursos y determinación de Unidades preferentes de los procesos selectivos para el acceso de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería de este Ejército a una relación de servicios de carácter permanente, aprueba el contenido de la prueba específica, figurando como anexo a la citada Instrucción junto con el cuadro de estudios y cursos. Como consecuencia de la creación de nuevos cursos para el personal militar de tropa y marinería desde la aprobación de la citada Instrucción y la variación surgida en la diversa legislación objeto de examen, resulta necesario modificar el anexo en su totalidad, de forma que se mantenga en vigor en todo momento. Durante su tramitación, éste proyecto ha sido informado por las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, conforme al artículo 40.2.b) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Finalmente, con arreglo a lo establecido en el artículo 49.1.b) de la citada ley orgánica, ha tenido conocimiento y ha sido oído el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. En su virtud, DISPONGO: Apartado único. Modificación de la Instrucción 700/19372/2000, de 26 de diciembre, del Jefe de Estado Mayor, sobre el temario de la prueba específica, valoración de cursos y determinación de Unidades preferentes de los procesos selectivos para el acceso de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería de este Ejército a una relación de servicios de carácter permanente. 1

3 El Anexo a la Instrucción 700/19372/2000, de 26 de diciembre, del Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, queda redactado como sigue: «ANEXO CUADRO DE ESTUDIOS Y CURSOS Para el proceso de selección para el acceso de los Militares de Tropa y Marinería a una relación de servicios de carácter permanente, se valorarán todos los cursos de perfeccionamiento propios del personal de la Escala de Tropa del Cuerpo General del Ejército del Aire tal como se encuentran incluidos en el Apéndice 2 al Anexo A de la Instrucción General (IG) 60-20, sobre Normas Complementarias para la evaluación y clasificación del personal militar profesional. El valor máximo de este elemento se establecerá conforme a lo regulado en el punto 3 del Apéndice A del Anexo a la Orden Ministerial número 360/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse el proceso selectivo para el acceso de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería a una relación de servicios de carácter permanente. 1.- Materias Conocimientos militares generales: PROGRAMA DE LA PRUEBA ESPECÍFICA Constitución Española. Criterios básicos de la Defensa Nacional. Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas. Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. Normas sobre mando y régimen interior de las unidades del Ejército del Aire Organización del Ministerio de Defensa y del Ejército del Aire. Código Penal Militar y Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Igualdad de género. Conocimientos de Lengua Inglesa. 2. Temario de conocimientos militares generales El contenido íntegro del temario se encuentra ubicado en el siguiente enlace: 2

4 Disposición final única. Entrada en vigor. La presente instrucción entrará en vigor para todos los procesos selectivos que se convoquen a partir del día 1 de enero de 2016». Madrid, de septiembre de El Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, 3

5 MINISTERIO DE DEFENSA EJÉRCITO DEL AIRE MANDO DE PERSONAL SEPO MEMORIA DEL ANALISIS DE IMPACTO NORMATIVO INSTRUCCIÓN /2015, DE DE, DEL JEFE DE ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO DEL AIRE, QUE MODIFICA LA INSTRUCCIÓN 700/19372/2000, DE 26 DE DICIEMBRE, SOBRE EL TEMARIO DE LA PRUEBA ESPECÍFICA, VALORACIÓN DE CURSOS Y DETERMINACIÓN DE UNIDADES PREFERENTES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA EL ACCESO DE LOS MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA DE ESTE EJÉRCITO A UNA RELACIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER PERMANENTE. Se emite la presente memoria en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1083/2009, de 3 de julio, por el que se regula la memoria del análisis de impacto normativo, así como lo contemplado en su Guía Metodológica, aprobada por acuerdo de Consejo de Ministros del 11 de diciembre de Este informe sigue el formato de memoria abreviada y consta de los siguientes apartados: ficha del resumen ejecutivo, justificación de la memoria abreviada, base jurídica y rango del proyecto normativo, descripción del contenido, oportunidad de la norma, listado de las normas que quedan derogadas, impacto presupuestario e impacto por razón de género. Página 1 de 7

6 1. RESUMEN EJECUTIVO Ministerio/Órgano proponente MINISTERIO DE DEFENSA / EJÉRCITO DEL AIRE Fecha JULIO 2015 Título de la norma INSTRUCCIÓN XX/2015, DE XX DE SEPTIEMBRE, DEL JEFE DE ESTADO MAYOR DEL EJÉRCITO DEL AIRE, POR LA QUE SE MODIFICA LA INSTRUCCIÓN 700/19372/2000, DE 26 DE DICIEMBRE, SOBRE EL TEMARIO DE LA PRUEBA ESPECÍFICA, VALORACIÓN DE CURSOS Y DETERMINACIÓN DE UNIDADES PREFERENTES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA EL ACCESO DE LOS MILITARES PROFESIONALES DE TROPA Y MARINERÍA DE ESTE EJÉRCITO A UNA RELACIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER PERMANENTE. Tipo de memoria Normal Abreviada OPORTUNIDAD DE LA PROPUESTA Situación que se regula Objetivos que se persiguen Principales alternativas consideradas CUADRO DE ESTUDIOS Y CURSOS Y PROGRAMA DE LA PRUEBA ESPECÍFICA DEL EJÉRCITO DEL AIRE INTEGRANTE DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA ADQUISICIÓN DE LA CONDICIÓN DE PERMANENTE DE LOS MTM. MANTENER PERMANENTEMENTE EN VIGOR EL ANEXO DE LA INSTRUCCIÓN 700/19372/200, DE 26 DE DICIEMBRE, CON INDEPENDENCIA DE LA CREACIÓN DE NUEVOS CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO PARA MTM Y LAS NECESARIAS VARIACIONES EN EL CONTENIDO DEL TEMARIO SOBRE EL QUE VERSA ESTA PRUEBA ESPECÍFICA. NO SE HAN CONSIDERADO. CONTENIDO Y ANÁLISIS JURÍDICO Tipo de norma INSTRUCCIÓN. Estructura de la Norma Informes recabados EL PROYECTO CONSTA DE LA PARTE EXPOSITIVA CONSTITUIDA POR UN PREÁMBULO Y DE LA PARTE DISPOSITIVA (CONFORMADA POR UNA ÚNICA DISPOSICIÓN) Y UNA DISPOSICIÓN FINAL. ASESORÍA JURÍDICA DEL AIRE. ESTADO MAYOR DEL AIRE / DIVISIÓN DE LOGÍSTICA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL DIRECCIÓN GENERAL DE RECLUTAMIENTO Y ENSEÑANZA MILITAR CONSEJO DE PERSONAL DE LAS FAS Página 2 de 7

7 NO HA SIDO NECESARIO. Trámite audiencia de ANÁLISIS DE IMPACTOS ADECUACIÓN AL ORDEN DE COMPETENCIAS El Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire, de acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Orden Ministerial 360/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban las normas por la que ha de regirse el sistema de selección para el acceso de los militares profesionales de tropa y marinería a una relación de servicios de carácter permanente, y con el punto del anexo a la citada Orden Ministerial. IMPACTO ECONÓMICO Y PRESUPUESTARIO Efectos sobre la economía en general En relación con la competencia Por razón de su alcance y contenido no implica incremento de gasto público. la norma no tiene efectos significativos sobre la competencia la norma tiene efectos positivos sobre la competencia La norma tiene efectos negativos sobre la competencia Desde el punto de vista de las cargas administrativas Supone una reducción de cargas administrativas Cuantificación Estimada: Incorpora nuevas cargas administrativas Cuantificación Estimada: No afecta a las cargas administrativas. Página 3 de 7

8 Desde el punto de vista de los presupuestos, la norma Afecta a los presupuestos de la Administración del Estado. No supone incremento del gasto público Afecta a los presupuestos de otras Administraciones Territoriales Negativo IMPACTO GÉNERO DE La norma tiene un impacto de género Nulo Positivo OTROS IMPACTOS CONSIDERADOS OTRAS CONSIDERACIONES ESTA INSTRUCCIÓN SERÁ DE APLICACIÓN PARA TODOS, LOS PROCESOS SELECTIVOS QUE SE CONVOQUEN EN EL BOD A PARTIR DEL DÍA 1 DE ENERO DE NADA QUE RESEÑAR Página 4 de 7

9 2. JUSTIFICACIÓN DE LA MEMORIA ABREVIADA La disposición transitoria segunda de la Orden Ministerial 360/2000, de 13 de diciembre, establece que el Jefe de Estado Mayor del Ejército del Aire (en adelante, el JEMA), vía instrucción, aprobará en el plazo de seis meses la valoración de los estudios y cursos así como las Unidades consideradas preferentes en los procesos selectivos para el acceso de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería a una relación de servicios de carácter permanente. Además, el punto del Anexo de la Orden Ministerial 360/2000 establece que de las tres pruebas de las que consta este proceso selectivo, los programas correspondientes a la «Prueba Específica» deberán ser aprobados y publicados en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa» por los respectivos Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire. El Anexo a la Instrucción 700/19372/2000, de 26 de diciembre, del JEMA sobre el temario de la prueba específica, valoración de cursos y determinación de unidades preferentes de los procesos selectivos para el acceso de los militares profesionales de tropa y marinería de este ejército a una relación de servicios de carácter permanente refleja dos apartados: el Cuadro de Estudios y Cursos y el Programa de la Prueba Específica. En relación con el Cuadro de Estudios y Cursos, la Instrucción sólo reflejaba aquellos cursos de la enseñanza de perfeccionamiento para MTM que se encontraban en vigor en esas fechas, ya que las titulaciones del sistema educativo general y los idiomas tenían su propia valoración en la Orden Ministerial 360/2000, de 13 de diciembre. En relación con el Programa de la Prueba Específica, el temario de esta prueba ha sido modificado desde diciembre de 2000, y consta en la actualidad de los siguientes elementos: Conocimientos militares generales: Constitución Española. Criterios básicos de la Defensa Nacional. Reales Ordenanzas para las Fuerzas Armadas. Derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas. Reales Ordenanzas del Ejército del Aire. Normas sobre mando y régimen interior de las unidades del Ejército del Aire Organización del Ministerio de Defensa y del Ejército del Aire. Código Penal Militar y Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. Igualdad de género. Conocimientos de Lengua Inglesa. Desde su publicación en el año 2000, excepto en la parte objeto de examen de la Constitución Española, ha habido variación en el resto de la legislación sobre la que versa el examen, y el temario ha tenido que ser consecuentemente actualizado en diversas ocasiones. La Instrucción del JEMA es el documento de referencia de todos los MTM que concurren a este proceso selectivo para conocer el temario del que van a ser examinados. Como este documento es poco flexible para asumir estos cambios, aprovechando las nuevas tecnologías Página 5 de 7

10 se propone una forma de conjugar la actualización de los contenidos con la vigencia de la propia Instrucción. Por tanto, el esquema de la modificación consta de dos elementos: una referencia al Apéndice 2 del Anexo A de la IG 60-20, de JEMA, sobre Normas Complementarias para la evaluación y clasificación del personal militar profesional, que es el documento de valoración de los cursos de perfeccionamiento del Ejército del Aire. una dirección de la página WEB de la Dirección de Enseñanza del Mando de Personal, donde se detallará los contenidos del temario genéricamente señalados en la Instrucción 700/19372/200, de 26 de diciembre, de JEMA. Esta Instrucción se aprueba sin que suponga impacto de índole económico y con un efecto nulo en lo que respecta al impacto de género. 3. BASE JURÍDICA Y RANGO NORMATIVO La disposición transitoria segunda de la Orden Ministerial 360/2000, de 13 de diciembre, por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse el proceso selectivo para el acceso de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería a una relación de servicios de carácter permanente, dice textualmente lo siguiente: En el plazo de seis meses, contados a partir de la entrada en vigor de la presente Orden Ministerial, los Jefes de los Estados Mayores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, establecerán, mediante Instrucción, unas tablas en la que se valorarán los estudios y cursos realizados, así como las unidades consideradas preferentes, a que se hace referencia en los puntos 3. y 5., respectivamente, del Apéndice A del Anexo. En tanto no se disponga de dichas tablas, la puntuación se ajustará a lo que se determine en las convocatorias respectivas. Asimismo, el punto del Anexo a la citada Orden Ministerial 360/2000 se redacta de esta forma: Los programas de la Prueba Específica deberán ser aprobados y publicados en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa» por los respectivos Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, Armada y Ejército del Aire. 4. CONTENIDO DE LA NORMA El Proyecto consta de la parte expositiva, constituida por un preámbulo, y de una parte dispositiva. La parte expositiva describe los antecedentes así como los motivos que han aconsejado la elaboración de un documento de este tipo. En la parte dispositiva se establece la nueva redacción de su Anexo que permite mantener la permanente vigencia de la propia Instrucción 700/19372/200, de 26 de diciembre, de JEMA. Página 6 de 7

11 5. OPORTUNIDAD DE LA NORMA Este proyecto permite revisar y mantener actualizados los cursos de perfeccionamiento y el temario objeto de examen de la Prueba Específica para el acceso a una relación de servicios de carácter permanente de los MTM del Ejército del Aire. 6. LISTADO DE NORMAS QUE QUEDAN DEROGADAS Esta Instrucción enmienda la redacción del Anexo a la Instrucción 700/19372/200, de 26 de diciembre, del JEMA, sobre el temario de la prueba específica, valoración de cursos y determinación de unidades preferentes de los procesos selectivos para el acceso de los Militares Profesionales de Tropa y Marinería de este Ejército a una relación de servicios de carácter permanente. 7. IMPACTO PRESUPUESTARIO Este proyecto de Instrucción, no incrementa el gasto ni disminuye los ingresos del Tesoro, de las Comunidades Autónomas ni de las Entidades Locales. Asimismo tampoco supone costes de personal. 8. IMPACTO POR RAZÓN DE GÉNERO 8.1. PRESUPUESTO NORMATIVO. Se emite el presente informe conforme al artículo 24.1.b de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, en la redacción dada al precepto por la Ley 30/2003, de 13 de octubre, sobre medidas para incorporar la valoración del impacto de género en las disposiciones normativas que elabore el Gobierno y de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad entre mujeres y hombres PREVISION DE RESULTADOS. Desde el punto de vista de género, este proyecto no afecta a la diferencia entre mujeres y hombres VALORACIÓN DEL IMPACTO DE GÉNERO. De todo lo expuesto, puede afirmarse que, teniendo en cuenta su finalidad y objeto, la valoración del impacto de género del proyecto de instrucción cabe calificarse como NULA, pues no existen desigualdades de partida respecto a la igualdad de oportunidades y trato entre mujeres y hombres y no se prevé modificación alguna de esta situación. Madrid, septiembre de Página 7 de 7

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