ACTA DE CONSTITUCIÓN ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PILOTOS MIDGET

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "ACTA DE CONSTITUCIÓN ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PILOTOS MIDGET"

Transcripción

1 ACTA DE CONSTITUCIÓN ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PILOTOS MIDGET En la Ciudad de Buenos Aires, al 1º de enero de 1981, se reúnen en el local de la calle Patrón nº 7072 Capital Federal las siguientes personas: Víctor Aparicio; Alberto Arcolía; Jorge D. Arcolía; Carlos Barbieri; Juan C. Bordignon; Carlos A. Caffaro; Juan J. Calle; Aquiles Corvalán; Efrén Chemolli; Eugenio Chemolli; Romeo E. De Ritis; José Dini; Oscar Dini; Marcelo Fernández; José E. Hanus; César Hornos; Juan Imbert; Daniel Kloin; Alberto Labignan; Mario A. Laredo; José Leoni; Antonio Malara; Alberto Montanari; Jorge Montes; Héctor Pozueta; Oscar A. Propato; Oscar Reglero; Roberto Saiz; Héctor Sánchez; Waldo E. Sanz; Ricardo Suar; Laurentino H. Uviedo; Bernardo Saiz; Héctor Sánchez; Bernardo Vergés; Rubén Verón y Martiniano Vives, Pilotos y allegados a la categoría Midget etc., reunidos para aunar ideas para fundar destinada a realizar una obra de interés general y que se concretará en estos fines: nuclear a los participantes de la categoría Midget y asegurar la continuidad de las competencias, procurando organizar y fiscalizar en todo el Territorio del País, sus propias competencias. Antes de comenzar las deliberaciones se resuelve designar a los señores Jorge F. Montes y Jorge D. Arcolía para que actúen en el carácter de Presidente y Secretario de la presente Asamblea Constitutiva. Acto seguido tras un cambio de opiniones los asistentes formalizan la creación de una Asociación para desarrollar las finalidades ya indicadas a la que se le da el nombre de ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PILOTOS MIDGET. De inmediato se da lectura del Estatuto propuesto por los señores Jorge F. Montes y Alberto J. Montanari, y por considerar que se ajusta a las exigencias de la entidad, se aprueba el mismo por unanimidad de los socios presentes. Seguidamente, a proposición del señor José Dini y de acuerdo con el artículo XX del Estatuto, se determina la fijación de la cuota social la que se establece en $ mensuales. Finalmente se eligen los miembros Titulares de la Comisión Directiva, por el término de cuatro (4) años, recayendo las designaciones en los señores: MONTES, Jorge Fernando Presidente; HANUS, José Emilio Vicepresidente; MONTANARI Alberto José Secretario; DINI José Prosecretario; ARCOLÍA Jorge Daniel TESORERO; CAFFARO Carlos Alberto Protesorero; UVIEDO Laurentis Héctor Vocal Titular; VIVES Martiniano Vocal Titular; DE RITIS Romeo Elvio Vocal Titular; LEONI José Vocal Titular; ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN: HORNOS César; Órgano de Fiscalización Titular: Pozueta, Héctor Horacio; Órgano de Fiscalización Titular: MALARA Antonio Leonardo; Órgano de Fiscalización Suplentes. Por último se autoriza a los señores Jorge Daniel ARCOLÍA, al señor Presidente don MONTES Jorge Fernando, para que conjunta o alternativamente se presenten a la Inspección General de Justicia, a los efectos de solicitar la concesión de la personalidad jurídica y aprobación de los Estatutos, facultándolos expresamente para que acepten las modificaciones, suspensiones, o adiciones que le formule la citada repartición. 1

2 ESTATUTOS TÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL ARTÍCULO 1: Con la denominación de ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PILOTOS MIDGET, se constituye el día 1 del mes de enero de 1981, una entidad de carácter civil, sin fines de lucro, cuyo domicilio legal se fija en jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires. ARTÍCULO 2: Son sus propósitos: a) Propender a la difusión del automovilismo deportivo, categoría Midget en todo el territorio Nacional. b) Promover la difusión de los conocimientos técnicos, mecánicos del Midget. c) Promover la creación de la Escuela de Pilotos Midget. d) Gestionar ante los poderes públicos su colaboración en la construcción de pistas adecuadas para la práctica de la especialidad. e) Proporcionar a los asociados un local adecuado, con las oficinas y el personal necesario para el logro de los fines de su creación. f) Mantener y estrechar vínculos de cordialidad y solidaridad entre sus asociados y participantes de las competencias, como asimismo con otras entidades que participen en las competencias del país o del extranjero. g) Organizar, fiscalizar y controlar competencias, certámenes y todo aquello concordante con los fines de la asociación. Como asimismo promover, fomentar, organizar y fiscalizar pruebas automovilísticas, proponer el perfeccionamiento y desarrollo técnico del automovilismo deportivo especialmente en la categoría, obrar en defensa de sus asociados ante las autoridades deportivas, nacionales, municipales y/o provinciales de toda la República, proveer a la obtención de repuestos y accesorios para los vehículos de competición en las condiciones que resulten más ventajosas para los asociados. 2

3 TÍTULO II CAPACIDAD Y PATRIMONIO SOCIAL ARTÍCULO 3: La Asociación está capacitada para adquirir bienes y contraer obligaciones, así como para operar con los Bancos de la Nación, Hipotecario Nacional, Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, entre otros. ARTÍCULO 4: EL Patrimonio se compone: a) De los bienes que posee en la actualidad y de los que adquiera en lo sucesivo por cualquier título. b) De las cuotas que abonen sus asociados. c) De las donaciones, herencias, legados y subvenciones. d) Del producto de beneficios, rifas, festivales y de cualquier otra entrada o ingreso lícito. TÍTULO III ASOCIADOS: CONDICIONES DE ADMISIÓN, RÉGIMEN DISCIPLINARIO, OBLIGACIONES Y DERECHOS: ARTÍCULO 5: Se establecen las siguientes categorías de asociados: ACTIVOS: VITALICIOS: Los que participen activamente en competencias de la categoría Midget, como pilotos o conductores, se encuentren con la licencia habilitante actualizada y abonen la correspondiente cuota social. Mecánicos mientras abonen la correspondiente cuota social gozarán de los beneficios sociales acordados por la Asociación, del derecho de votgar en las asambleas y ser elegidos para integrar los órganos previstos en el Estatuto, tengna 18 años de edad cumplidos y hayan sido aceptados por la Comisión Directiva. Serán los asociados Activos que hayan alcanzado una antigüedad ininterrumpida de 25 años en la asociación. No pagarán cuota social y mantendrán el pleno goce de sus derechos sociales. ADHERENTES: Los que no reúnan las condiciones exigidas para ser asociado activo, tengan 18 años de edad, y sean aceptados por la Comisión Directiva. HONORARIOS: Los que, en atención a los servicios prestados a la Asociación o a determinadas condiciones personales, sean designados por la Asamblea, a propuesta de la Comisión Directiva o de un número del 20% de asociados con derecho a voto. 3

4 ARTÍCULO 6: Los asociados Activos y Adherentes estarán obligados a pagar la cuota social, ordinaria o extraordinaria que fije la Asamblea de Asociados. Los Honorarios están eximidos del pago de dicho importe. ARTÍCULO 7: Los Asociados honorarios que deseen tener los mismos derechos que los Activos, deberán solicitar su admisión en esta última categoría de asociados, a cuyo efecto se ajustarán a los recaudos, obligaciones y condiciones que este estatuto exige para la misma. ARTÍCULO 8: Los asociados activos tendrán las siguientes obligaciones y derechos: a) Abonar las cuotas sociales y demás contribuciones exigidas por el Estatuto. b) Cumplir las demás obligaciones impuestas por este estatuto, los Reglamentos y resoluciones de asambleas y de Comisión Directiva. c) Tendrá voz y voto en Asambleas y elegir y ser elegido para integrar los órganos sociales. No gozarán de estos derechos los asociados que ocupen cargos rentados en la entidad. d) Gozar de los beneficios sociales. ARTÍCULO 9: Los asociados adherentes aquellos que no reúnan los recaudos exigidos para ser socio activo, pero que oportunamente podrán ingresar a esta última si alcanzan a llenar los requisitos de la misma. ARTÍCULO 10: El Asociado quedará privado de pertenecer a su categoría cuando por este estatuto hubiere perdido las condicione exigidas para serlo. ARTÍCULO 11: Los asociados perderán el carácter de tales por fallecimiento, renuncia, cesantía o expulsión. ARTÍCULO 12: El asociado que se atrase en el pago de tres (3) cuotas, será notificado por carta certificada con aviso de recepción de su obligación de ponerse al día con la Tesorería Social. Pasado un mes de notificación, sin que hubiera regularizado su situación la Comisión Directiva declarará la cesantía del asociado moroso. ARTÍCULO 13: La Comisión Directiva podrá aplicar a los asociados las siguientes sanciones: a) Amonestaciones; b) Suspensión; c) Expulsión. Se graduarán de acuerdo con la falla y a las circunstancias que rodearon los hechos incriminatorios. Serán motivos o causas que determinarán la aplicación de tales sanciones las que se enumerarán en los incisos siguientes: 1) Incumplimiento de las obligaciones impuestas por ete estatuto, reglamento o resoluciones de las asambleas y Comisión Directiva. 2) Inconducta notoria. 4

5 3) Hacer voluntariamente daño a la Asociación, provocar desórdenes graves en su seno u observar un comportamiento que sea manifiestamente perjudicial a los intereses sociales. ARTÍCULO 14: Las sanciones disciplinarias a que se refiere el artículo anterior serán resueltas por la Comisión Directiva, con estricta observancia del derecho de defensa. En todos los casos el asociado afectado podrá interponer, dentro del término de 10 días de ser notificado de la resolución de la Comisión Directiva, el recurso de apelación ante la primera asamblea que se celebre. TÍTULO IV AUTORIDADES DE LA ASOCIACIÓN ARTÍCULO 15: De acuerdo con las funciones, atribuciones y deberes asignados por este estatuto, las autoridades de la Asociación se constituyen por los órganos sociales siguientes: a) Asamblea de Asociados; b) Comisión Directiva; c) Comisión Revisora de Cuentas. TÍTULO V COMISIÓN DIRECTIVA Y COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS ATRIBUCIONES Y DEBERES MODO DE ELECCIÓN ARTÍCULO 16: La Comisión Directiva es el órgano encargado de dirigir y administrar la Asociación. Se compondrá de 10 miembros titulares, quienes desempeñarán los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Tesorero, Protesorero y cuatro Vocales Titulares. El mandato de los mismos durará cuatro (4) años en su mandato. ARTÍCULO 17: La comisión Revisora de Cuentas se encargará de fiscalizar y controlar la administración social. Se integrará con tres (3) miembros titulares, y tendrá un (1) miembro suplente. El mandato de los mismos durará cuatro (4) años. ARTÍCULO 18: Para formar parte de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas Titulares y Suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas, se requiere tener mayor de 18 años de edad, pertenecer a la categoría de socio activo y tener 2 años de antigüedad. ARTÍCULO 19: Los miembros Titulares de la Comisión Directiva y Titulares y suplentes de la Comisión Revisora de Cuentas, serán elegidos en la Asamblea General Ordinaria por simple mayoría de votos y por listas completas, pudiendo ser reelegidos. 5

6 ARTÍCULO 20: El mandato de los miembros a que se refiere el artículo anterior podrá ser revocado por la Asamblea de Asociados en cualquier momento, y no le será permitido percibir remuneración o emolumento alguno por los servicios que preste en tal carácter. ARTÍCULO 21: En caso de licencia, renuncia, fallecimiento o otra causa que provoque la vacancia transitoria o permanente de un cargo titular, entrará a desempeñarlo el Titular que corresponda. Este reemplazo se hará por el término de la vacancia, y siempre que no exceda el mandato por el que fuera elegido. ARTÍCULO 22: La Comisión Directiva, se reunirá una vez cada ocho (8) días, el día y hora que determine en su primera reunión anual y, además, toda vez que sea citada por el Presidente o por el Órgano de Fiscalización, o cuando lo pidan el 51% de sus miembros, debiendo celebrarse la reunión dentro de los 5 días. La citación se hará por circulares y con 3 días de anticipación. :as reuniones de la Comisión Directiva, se celebrarán válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, requiriéndose para las resoluciones el voto de igual o mayoría de los presentes, salvo para las reconsideraciones que requerirán el voto de las dos terceras partes, en sesión de igual o mayor número de asistentes de aquella en que se resolvió el asunto a reconsiderarse. ARTÍCULO 23: Son atribuciones y deberes de la Comisión Directiva: a) Ejecutar las resoluciones de las asambleas; cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los Reglamentos interpretándolos en caso de duda con cargo a dar cuenta a la asamblea más próxima que se celebre. b) Dirigir la administración de la asociación. c) Convocar a asamblea. d) Resolver la admisión de los que soliciten ingresar como socios. e) Dejar cesantes, amonestar, suspender o expulsar a los socios. f) Nombrar empleados y todo el personal necesario para el cumplimiento de la finalidad social, fijarle sueldo, determinarles las obligaciones, amonestarlos, suspenderlos y despedirlos. g) Presentar a la Asamblea General Ordinaria la Memoria, Balance General Inventario, Cuentas de Gastos y Recursos e Informe del Órgano de Fiscalización. Todos esos documentos deberán ser puestos en conocimiento de los socios con la anticipación requerida por el art. 33 para la convocación de Asamblea Ordinaria. h) Realizar los actos que especifican los arts y cones. del Código Civil, aplicables a su carácter jurídico con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre, salvo los casos de adquisición, enajenación y constitución de gravámenes inmuebles en que será necesario la previa autorización por parte de una asamblea; y dictar las reglamentaciones necesarias para el 6

7 cumplimiento de las finalidades, las que deberán ser aprobadas por la asamblea y presentadas a la Inspección General de Justicia a los de su aprobación. ARTÍCULO 24: Cuando el número de miembros de la Comisión Directiva quede reducido a menos de la mayoría del total deberá convocarse dentro de los quince (15) días a asamblea a los efectos de su integración. En la misma forma se procederá en el supuesto de vacancia total del cuerpo. En esta última situación, procederá que la Comisión Revisora de Cuentas cumpla con la convocación precitada, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades que incumban a los miembros directivos renunciantes. DEL VICEPRESIDENTE Y VICE: ARTÍCULO 25: Para ser Presidente de la Comisión Directiva, se requiereque el mismo sea piloto de la Categoría Midget en actividad. El Presidente, y en caso de licencia, renuncia, fallecimiento, vacancia transitoria o permanente, el Vicepresidente tiene los mismos deberes y atribuciones siguientes. a) Citar a las Asambleas y convocar a las sesiones de la Comisión Directiva y presidirlas; b) Tendrá derecho a voto en las sesiones de la Comisión Directiva, al igual que los demás miembros del cuerpo y, en caso de empate, votará nuevamente para desempatar; c) Firmar con el Secretario las actas de las asambleas y de la Comisión Directiva; la correspondencia y todo documento de la Asociación. d) Autorizar con el Tesorero las cuentas de gastos, firmando los recibos y demás documentos de la Tesorería de acuerdo con lo resuelto por la Comisión Directiva. No permitirá que los fondos sociales sean invertidos en objetos ajenos a los fines prescrito por este Estatuto. e) Dirigir las discusiones, suspender y levantar las sesiones de la Comisión Directiva cuando se altere el orden y falten al respeto debido; f) Velar por la buena marcha y administración de la asociación, observando y haciendo observar el Estatuto, Reglamento y las resoluciones de la Asamblea de la Comisión Directiva; g) Sancionar a cualquier empleado que no cumpla con sus obligaciones y adoptar resoluciones en los casos imprevistos, ambos supuestos lo será ad referéndum de la primera reunión de Comisión Directiva; h) Ejercer la representación de la asociación. 7

8 DEL SECRETARIO Y PROSECRETARIO: ARTÍCULO 26: El secretario y, en el caso de licencia, renuncia, fallecimiento, vacancia transitoria o permanente el Prosecretario tiene los deberes y atribuciones siguientes. a) Asistir a las asambleas y sesiones de la Comisión Directiva redactando las actas respectivas las que asentará en el libro correspondiente y firmará con el Presidente. b) Firmar con el Presidente la correspondencia y todo documento de la Asociación. c) Ditar a las sesiones de la Comisión Directiva de acuerdo con lo prescripto en el art. 22 del estatuto. d) Llevar el libro de Actas de sesiones de asamblea y Comisión Directiva y, de acuerdo con el Tesorero, el Libro de Registro de Asociados. DEL TESORERO Y PROTESORERO: ARTÍCULO 27: El Tesorero y en caso de renuncia, licencia, fallecimiento, vacancia transitoria o permanente, el Protesorero tiene los deberes y atribuciones siguientes; a) Asistir a las sesiones de la Comisión Directiva y a las asambleas; b) Llevar de acuerdo con el Secretario el Registro de Asociados, ocupándose de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales; c) (ILEGIBLE) d) Presentar a la Comisión Directiva balances mensuales y preparar anualmente el Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos e Inventario que deberá aprobar la Comisión Directiva para ser sometidos a la Asamblea Ordinaria; e) Firmar con el Presidente los recibos y demás documentos de Tesorería efectuando los pagos resueltos por la Comisión Directiva; f) Efectuar en una Institución Bancaria a nombre de la Asociación y a la orden conjunta del Presidente y del Tesorero los depósitos de dinero ingresados a la Caja Social pudiendo retener en la misma hasta la suma de pesos que determine la Comisión Directiva; g) Dar cuenta del estado económico de la entidad a la Comisión Directiva y al órgano de fiscalización toda vez que lo exija. DE LOS VOCALES TITULARES: ARTÍCULO 28: Corresponde a los Vocales Titulares: a) Asistir a las Asambleas y Sesiones de la Comisión Directiva con voz y voto; b) Desempeñar las comisiones y tareas que la Comisión Directiva les confíe. LA COMISIÓN REVISORA DE CUENTAS TIENE LAS ATRIBUCIONES Y DEBERES SIGUIENTES: 8

9 ARTÍCULO 29: a) Examinar los libros y documentos de la Asociación por lo menos cada tres meses; b) Asistir a las sesiones de la Comisión Directiva cuando lo estime conveniente; c) Fiscalizar la administración, comprobando frecuentemente el estado de la Caja y la existencia de los títulos y valores de toda especie; d) Verificar el cumplimiento de las leyes, estatutos y reglamentos, en especial en lo referente a los derechos de los socios y las condiciones en que se otorgan los beneficios sociales; e) Dictaminar sobre la Memoria Inventario, Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos presentada por la Comisión Directiva; f) Convocar a Asamblea Ordinaria cuando omitiere hacerlo la Comisión Directiva; g) Solicitar la convocatoria de Asamblea Extraordinaria cuando lo juzgue necesario, poniendo los antecedentes que fundamenten su pedido en conocimiento de la Inspección General de Justicia [si] se negare a acceder a ello la Comisión Directiva. h) Vigilar las operaciones de la liquidación de la Asociación, El órgano de Fiscalización cuidará de ejercer sus funciones de modo que no entorpezca la regularidad de la administración social. TÍTULO VI DE LAS ASAMBLEAS ARTÍCULO 30: La Asamblea de Asociados es el órgano social que representa la autoridad máxima de la entidad y en la que descansa la voluntad soberana de la Asociación. Sus decisiones en tanto se encuadren dentro del Orden del Día, y se ajusten a las pertinentes formalidades Estatutarias, son válidas y obligatorias para todos los asociados. ARTÍCULO 31: Habrá dos clases de Asambleas: Generales Ordinarias y Extraordinarias. Las Asambleas Ordinarias tendrán lugar una vez por año, dentro de los primeros cuatro meses posteriores al cierre del ejercicio cuya fecha de clausura será el 31 de diciembre de cada año, y en ellas se deberá: a) Considerar, aprobar o modificar la Memoria, Balance General Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Órgano de Fiscalización. b) Elegir en su caso los miembros de Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas, Titular y Suplentes. c) Tratar cualquier otro asunto incluido en el Orden del Día. ARTÍCULO 32: Las Asambleas Extraordinarias serán convocadas siempre que la Comisión Directiva lo estime necesario, o cuando lo soliciten la Comisión Revisora de Cuentas o el 20% de los 9

10 socios con derecho a voto. Estos pedidos deberán ser resueltos denro de un término de 10 días y celebrarse la Asamblea dentro de un plazo de 30 días y si no se tomase en consideración la solicitud o se le negare infundadamente, a juicio de la Inspección General de Justicia, se procederá de conformidad con lo que determina el art. 10 inc. I) de la Ley ARTÍCULO 33: Las Asambleas se convocarán por circulares remitidas al domicilio de los socios con 15 días de anticipación. Con la misma anticipaci;on requerida para las circulares, deberá ponerse a disposición de los socios la Memoria, Balanca General, Inventario, Cuentas de Gastos y Recursos e Informe del Órgano de Fiscalización. Cuando se sometan a consideración de la Asamblea refor mas al Estatuto o Reglamentos, el proyecto de las mismas deberá ponerse a disposición de los socios con idéntica anticipación de 15 días, por lo menos. En las Asambleas no podrá tratarse otro asunto que los incluidos en la Orden del Día. ARTÍCULO 34: Las Asambleas se celebrarán válidamente, aun en los casos de reformas de Estatuto y de Disolución Social sea cual fuere el número de socios concurrentes, media (1/2) hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiese reunido la mayoría absoluta de los socios con derecho a voto. Será presidida por el Presidente de la Asociación, o en su defecto por quien la Asamblea designe a pluralidad de votos emitidos, teniendo voto solamente en caso de empate. ARTÍCULO 35: Las Resoluciones se adoptarán por mayoría absolutas de los votos emitidos. Ningún socio podrá tener más de un voto y los miembros de la Comisión Directiva y del Órgano de Fiscalización no podrán votar en asuntos relacionados con su gestión. ARTÍCULO 36: Al iniciarse la convocatoria para la Asamblea se formulará un padrón de los socios en condiciones de intervenir en la misma, el que será puesto a la libre inspección de los asociados pudiendo oponerse reclamaciones hasta cinco (5) días antes de la Asamblea. TÍTULO VII DE LA DISOLUCIÓN SOCIAL ARTÍCULO 37: La Asamblea no podrá resolver la disolución de la Asociación mientras existan 20 asociados dispuestos a sostenerla, quienes en el caso se comprometerán a perseverar el cumplimiento de los objetivos sociales, De hacerse efectiva la disolución, se designarán los liquidadores que podrá ser la misma Comisión Directiva, o cualquier otra Comisión de Asociados que la Asamblea designe. La Comisión Revisora de Cuentas deberá vigilar las operaciones de liquidación. Una vez pagadas las deudas sociales, el remanente de los bienes se destinará al HOSPITAL 10

11 MUNICIPAL DE PEDIATRÍA DR. PEDRO DE ELIZALDE, exenta de todo gravamen impositivo en el orden Nacional, Provincial y Municipal. DISPOSICIONES TRANSITORIAS: ARTÍCULO 38: No se exigirá la antigüedad establecida en el artículo 18º del Estatuto durante el primer período del presente Estatuto. Firma Secretario. Firma Presidente. 11

Reglas para Elecciones de Miembros de la Comisión Directiva

Reglas para Elecciones de Miembros de la Comisión Directiva Reglas para Elecciones de Miembros de la Comisión Directiva ESTATUTO SOCIAL: Artículo 15 Son atribuciones y deberes de la Comisión Directiva: A. Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer

Más detalles

ASOCIACION ARGENTINA DE INVESTIGACION FISICOQUIMICA -ESTATUTOS-

ASOCIACION ARGENTINA DE INVESTIGACION FISICOQUIMICA -ESTATUTOS- ASOCIACION ARGENTINA DE INVESTIGACION FISICOQUIMICA -ESTATUTOS- TITULO I De su denominación, objeto social y domicilio Articulo 1º- El día 20 del mes de septiembre de 1978 se constituye la ASOCIACION ARGENTINA

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL LA DOBLE AYUDA TITULO 1 : DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL LA DOBLE AYUDA TITULO 1 : DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL LA DOBLE AYUDA TITULO 1 : DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Artículo 1.- Con la denominación de Asociación Civil La Doble Ayuda se constituye el día 25 del mes de

Más detalles

TÍTULO I TÍTULO II TÍTULO III

TÍTULO I TÍTULO II TÍTULO III TÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL.- Artículo 1º.- Con la denominación de Asociación Civil AGRUPACIÓN BOCA LA CAUSA, fundada el 12 de Noviembre de 1979 y reconocida por el Club Atlético Boca

Más detalles

ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE POBLACIÓN Y DESARROLLO

ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE POBLACIÓN Y DESARROLLO ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIOS DE POBLACIÓN Y DESARROLLO TÍTULO I: DENOMINACIÓN DOMICILIO OBJETO SOCIAL. ARTÍCULO 1 : Con la denominación de Centro de Estudios de Población y Desarrollo (CEPyD) se constituye

Más detalles

ESTATUTO SOCIAL CONSORCIO PROVINCIAL PARA LA BASURA Co. Pro. Ba.

ESTATUTO SOCIAL CONSORCIO PROVINCIAL PARA LA BASURA Co. Pro. Ba. ESTATUTO SOCIAL CONSORCIO PROVINCIAL PARA LA BASURA Co. Pro. Ba. Título I. Denominación y Domicilio: Objeto, Capacidad Jurídica-. Artículo 1. Con la denominación de Consorcio Provincial para la Basura

Más detalles

MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010

MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010 En la ciudad de..., siendo las (horas)...del día...del año..., se reunieron en la (dirección y ciudad)...las siguientes personas, con el objeto de constituir una entidad sin ánimo de lucro. NOMBRE Y APELLIDOS

Más detalles

ANEXO I MODELO DE ESTATUTO SOCIAL TITULO I DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL

ANEXO I MODELO DE ESTATUTO SOCIAL TITULO I DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL ANEXO I MODELO DE ESTATUTO SOCIAL TITULO I DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Artículo 1º.- Con la denominación de 1 ASOCIACIÓN CIVIL... se constituye el día...del mes de... de 200..., una entidad

Más detalles

ESTATUTO TIPO DE ASOCIACION CIVIL - Texto según RG IGJ 6/2007 TITULO I: DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL.

ESTATUTO TIPO DE ASOCIACION CIVIL - Texto según RG IGJ 6/2007 TITULO I: DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. ESTATUTO TIPO DE ASOCIACION CIVIL - Texto según RG IGJ 6/2007 TITULO I: DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. Artículo 1º.- Con la denominación de "Asociación Civil..." se constituye a los...días del

Más detalles

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MATRONAS DE ESPAÑA (FAME)

ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MATRONAS DE ESPAÑA (FAME) ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE MATRONAS DE ESPAÑA (FAME) Capítulo I. Denominación, ámbito, domicilio y fines Artículo 1. Denominación y ámbito territorial La Federación de Asociaciones de

Más detalles

Colegio de Martilleros y Corredores Primera Circunscripción Judicial

Colegio de Martilleros y Corredores Primera Circunscripción Judicial COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE RIO NEGRO ESTATUTO SOCIAL (Reformado por Asamblea extraordinaria de 13/09/2002 y; Aprobada por Decreto Provincial Nº 1249/02)

Más detalles

E S T A T U T O S TITULO I DENOMINACION- DOMICILIO- OBJETO SOCIAL. ARTICULO 1º: Con la denominación de "Asociación Civil GRUPO SOLIDARIO se

E S T A T U T O S TITULO I DENOMINACION- DOMICILIO- OBJETO SOCIAL. ARTICULO 1º: Con la denominación de Asociación Civil GRUPO SOLIDARIO se 1 E S T A T U T O S TITULO I DENOMINACION- DOMICILIO- OBJETO SOCIAL. ARTICULO 1º: Con la denominación de "Asociación Civil GRUPO SOLIDARIO se constituye el día 13 del mes de Diciembre del año 2010, una

Más detalles

Estatuto de la Fe.P.R.A. - Federación de Psicólogos de la República Argentina

Estatuto de la Fe.P.R.A. - Federación de Psicólogos de la República Argentina Estatuto de la Fe.P.R.A. Federación de Psicólogos de la República Argentina Aprobado en general por la Asamblea de Delegados del 7 de diciembre de 1996 Aprobado por la Inspección General de Justicia de

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE PRODUCCION ANIMAL (A.A.P.A.). - TITULO I- DE LA DENOMINACION, OBJETO SOCIAL Y

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE PRODUCCION ANIMAL (A.A.P.A.). - TITULO I- DE LA DENOMINACION, OBJETO SOCIAL Y ESTATUTOS DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE PRODUCCION ANIMAL (A.A.P.A.). - TITULO I- DE LA DENOMINACION, OBJETO SOCIAL Y DOMICILIO - ARTICULO 1)- Con la denominación de Asociación Argentina de Producción

Más detalles

Asociación Latinoamericana de Estudios Germanísticos Associação Latino- Americana de Estudos Germanísticos Lateinamerikanischer Germanistenverband

Asociación Latinoamericana de Estudios Germanísticos Associação Latino- Americana de Estudos Germanísticos Lateinamerikanischer Germanistenverband CAPITULO PRIMERO DENOMINACION Y DOMICILIO, OBJETO, CAPACIDAD JURIDICA ARTICULO l o. La (ALEG) se funda el 27 de abril de 1965 en Asamblea Constituyente convocada en la ciudad de Mendoza en ocasi6n de las

Más detalles

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS

COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS COOPERATIVA DE SERVICIOS EDUCACIONALES ABRAHAM LINCOLN LTDA COLEGIO PERUANO NORTEAMERICANO ABRAHAM LINCOLN COMITÉ DE ADMISION Y BECAS REGLAMENTO INTERNO CAPITULO I GENERALIDADES Art. 1.- El Comité de Admisión

Más detalles

ESTUTO ASOCIACION CIVIL INTERPROFESIONAL AMATEUR DE DEPORTES. A.C.I.A.Dep POSADAS MISIONES

ESTUTO ASOCIACION CIVIL INTERPROFESIONAL AMATEUR DE DEPORTES. A.C.I.A.Dep POSADAS MISIONES ESTUTO ASOCIACION CIVIL INTERPROFESIONAL AMATEUR DE DEPORTES A.C.I.A.Dep POSADAS MISIONES E S T A T U T O TITULO 1: DENOMINACIÓN. DOMICILIO. OBJETO SOCIAL. ART. 1: Se crea con la denominación de '' ASOCIACIÓN

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE PROFESORES DE DERECHO PROCESAL PENAL

ESTATUTO DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE PROFESORES DE DERECHO PROCESAL PENAL ESTATUTO DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE PROFESORES DE DERECHO PROCESAL PENAL TÍTULO PRIMERO Denominación. Domicilio. Objeto social. Artículo 1 Con la denominación de "ASOCIACIÓN ARGENTINA DE PROFESORES

Más detalles

ESTATUTO ASOCIACIÓN CIVIL RED AMBIENTAL

ESTATUTO ASOCIACIÓN CIVIL RED AMBIENTAL ESTATUTO ASOCIACIÓN CIVIL RED AMBIENTAL TÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Artículo 1.- Con la denominación de Asociación Civil Red Ambiental se constituye el día 20 del mes de Diciembre

Más detalles

Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados

Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados Reforma Ley Orgánica del Colegio de Abogados N 9266 LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DECRETA: REFORMA PARCIAL DE LA LEY N. 13, LEY ORGÁNICA DEL COLEGIO DE ABOGADOS, DE 28 DE OCTUBRE

Más detalles

ESTATUTO ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ECOLOGÍA DE PAISAJES TÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL

ESTATUTO ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ECOLOGÍA DE PAISAJES TÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL ESTATUTO ASOCIACIÓN ARGENTINA DE ECOLOGÍA DE PAISAJES (Este documento incorpora las modificaciones introducidas mediante Acta Complementaria del 18 de septiembre 2006 y solicitadas por la Inspección General

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ESTRELLA DE BOEDO

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ESTRELLA DE BOEDO ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ESTRELLA DE BOEDO TÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Artículo 1º: Con la denominación de Asociación Civil Club Social y Deportivo Estrella

Más detalles

ESTATUTOS CAPÍTULO CHILENO DE UNIVERSIDADES CATÓLICAS TÍTULO PRIMERO. Nombre, objeto, domicilio, duración

ESTATUTOS CAPÍTULO CHILENO DE UNIVERSIDADES CATÓLICAS TÍTULO PRIMERO. Nombre, objeto, domicilio, duración ESTATUTOS CAPÍTULO CHILENO DE UNIVERSIDADES CATÓLICAS TÍTULO PRIMERO Nombre, objeto, domicilio, duración ART. 1 : ART. 2 : Créase el Capítulo Chileno de Universidades Católicas. Las finalidades generales

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL EDUCACION POR UN FUTURO

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL EDUCACION POR UN FUTURO ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL EDUCACION POR UN FUTURO TITULO I DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Artículo 1º.- Con la denominación de EDUCACION POR UN FUTURO se constituye el día 1º del mes de

Más detalles

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL (PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA 30-11-2007 Y 14-12-2007) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL PARA LA COOPERACION Y LA SOLIDARIDAD DEL AYUNTAMIENTO DE

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL F.A.R.CO.

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL F.A.R.CO. ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL F.A.R.CO. TITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Artículo 1: Con la denominación de Asociación Civil F.A.R.CO. () se constituye el día 26 de septiembre de 1998

Más detalles

LIBRO VI DEL COMITE VASCO DE FUTBOL SALA

LIBRO VI DEL COMITE VASCO DE FUTBOL SALA - 62 - LIBRO VI DEL COMITE VASCO DE FUTBOL SALA Articulo 142 1. El Comité Vasco de Fútbol Sala es el órgano de la FVF - EFF, al que compete la promoción, gestión, organización y dirección del Fútbol Sala.

Más detalles

ESTATUTO del "CLUB NÁUTICO PARANÁ"

ESTATUTO del CLUB NÁUTICO PARANÁ ESTATUTO del "CLUB NÁUTICO PARANÁ" Artículo 1º: Con la denominación de Club Náutico Paraná, se ha constituido con fecha 10 de octubre de 1985, una sociedad civil con sede en la Ciudad de Paraná, Capital

Más detalles

ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO MANUEL PELETEIRO Y CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL DOLORES RAMOS (APAP) Santiago de Compostela

ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO MANUEL PELETEIRO Y CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL DOLORES RAMOS (APAP) Santiago de Compostela ESTATUTOS ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO MANUEL PELETEIRO Y CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL DOLORES RAMOS (APAP) Santiago de Compostela I. CONSTITUCION Y FINES Artículo 1.- De conformidad con

Más detalles

ESTATUTO TITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL

ESTATUTO TITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL ESTATUTO TITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL ARTICULO 1º: Con la denominación de ASOCIACIÓN SOCIAL Y CULTURAL DE JÓVENES DESCENDIENTES DE ESPAÑOLES DE LA REPUBLICA ARGENTINA ASOCIACION CIVIL,

Más detalles

Estatutos Inmobiliaria Estadio Colo-Colo Sociedad Anónima

Estatutos Inmobiliaria Estadio Colo-Colo Sociedad Anónima Estatutos Inmobiliaria Estadio Colo-Colo Sociedad Anónima Nombre, domicilio, duración y objeto. TÍTULO I.- Artículo 1 : Artículo 2 : Artículo 3 : Artículo 4 : El nombre de la sociedad es Inmobiliaria Estadio

Más detalles

ARTÍCULO 1º- Con la denominación de APAHUD asociación Patrocinadora ayuda

ARTÍCULO 1º- Con la denominación de APAHUD asociación Patrocinadora ayuda ASOCIACIÓN CIVIL A.P.A.H.U.D ESTATUTO ORDENADO DE ACUERDO A LA REFORMA TÍTULO I- DENOMINACIÓN DOMICILIO- OBJETO SOCIAL ARTÍCULO 1º- Con la denominación de APAHUD asociación Patrocinadora ayuda Huérfanos

Más detalles

Artículo Fundamental La Sociedad de Ingenieros del Ecuador (SIDE) se rige por la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería.

Artículo Fundamental La Sociedad de Ingenieros del Ecuador (SIDE) se rige por la Ley de Ejercicio Profesional de la Ingeniería. Estatuto de la Sociedad de Ingenieros del Ecuador Debatido por el Directorio de la SIDE en Enero 26 de 1975 y Febrero 14 de 1975 Debatido en el II Congreso Extraordinario de la SIDE en Febrero 28 de 1975

Más detalles

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO DE BANCO CAIXA GERAL S.A

REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO DE BANCO CAIXA GERAL S.A REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE AUDITORÍA Y CUMPLIMIENTO NORMATIVO DE BANCO CAIXA GERAL S.A Pág 1 Artículo 1º.- Composición 1. La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo estará formada por un mínimo

Más detalles

ESTATUTO: TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL

ESTATUTO: TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL ESTATUTO: TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL ARTICULO 1.: Con la denominación de Asociación Federal de Psicomotricistas. Asociación Civil (AFePAC) se constituye el día cinco de Agosto

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE LOS ALUMNOS DEL REAL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA MARIEMMA MADRID

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE LOS ALUMNOS DEL REAL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA MARIEMMA MADRID ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE LOS ALUMNOS DEL REAL CONSERVATORIO PROFESIONAL DE DANZA MARIEMMA MADRID ARTÍCULO 1. Al amparo de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación 8/1985 de Julio y del

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO PUBLICO GABRIELA MISTRAL (LAS TABLAS)

ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO PUBLICO GABRIELA MISTRAL (LAS TABLAS) ESTATUTOS DE LA ASOCIACION DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO PUBLICO GABRIELA MISTRAL (LAS TABLAS) CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO y ÁMBITO Artículo 1 - Denominación Con

Más detalles

ASOCIACIÓN CELÍACA DE MÁLAGA. (ACEMA). ESTATUTOS.

ASOCIACIÓN CELÍACA DE MÁLAGA. (ACEMA). ESTATUTOS. ASOCIACIÓN CELÍACA DE MÁLAGA. (ACEMA). ESTATUTOS. CAPITULO I Denominación, Fines, Domicilio, y Ámbito de actuación. Artículo 1.- Se constituye en Málaga la asociación denominada: Asociación Celíaca de

Más detalles

SOCIEDAD PARAGUAYA DE CIRUGÍA DE TRAUMA ESTATUTOS SOCIALES

SOCIEDAD PARAGUAYA DE CIRUGÍA DE TRAUMA ESTATUTOS SOCIALES SOCIEDAD PARAGUAYA DE CIRUGÍA DE TRAUMA ESTATUTOS SOCIALES TÍTULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Art. 1- Con la denominación de SOCIEDAD PARAGUAYA DE CIRUGÍA DE TRAUMA, se constituye una Asociación

Más detalles

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES Y ALUMNOS

REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES Y ALUMNOS REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ACADEMIAS DE PROFESORES Y ALUMNOS El Consejo Universitario en sesión del 14 de marzo de 1939, aprobó este ordenamiento en los siguientes términos: CAPÍTULO I DISPOSICIONES

Más detalles

COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR

COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR COMISIÓN MIXTA PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO DE AHORRO DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL MAR R E G L A M E N T O CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1: Las disposiciones de este Reglamento

Más detalles

SERVICIO PROFESIONAL AGRARIO DE CARRERA EN LA PROCURADURÍA AGRARIA CONSIDERANDO

SERVICIO PROFESIONAL AGRARIO DE CARRERA EN LA PROCURADURÍA AGRARIA CONSIDERANDO SERVICIO PROFESIONAL AGRARIO DE CARRERA EN LA PROCURADURÍA AGRARIA CONSIDERANDO Que desde 1994 la Procuraduría Agraria cuenta con un servicio Profesional Agrario, que tenía como finalidad la creación de

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL SOCIEDAD DE ECONOMIA REGIONAL (SAER)

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL SOCIEDAD DE ECONOMIA REGIONAL (SAER) ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL SOCIEDAD DE ECONOMIA REGIONAL (SAER) TITULO I- DENOMINACION- OBJETO SOCIAL Y DOMICILIO- ARTICULO 1º.- Con la denominación de SOCIEDAD DE ECONOMIA REGIONAL (SAER), se constituye

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD La Junta Directiva del FEPEP, en uso de sus facultades estatutarias, establece el presente Reglamento del COMITÉ DE SOLIDARIDAD. TÍTULO I GENERALIDADES ARTÍCULO

Más detalles

NORMATIVA DEL CLUB DE PESCA ESPESCA.ES

NORMATIVA DEL CLUB DE PESCA ESPESCA.ES NORMATIVA DEL CLUB DE PESCA ESPESCA.ES ARTICULO 1 - Denominación y objeto: CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES Con la denominación de ESPESCA.ES se constituye en la localidad de ADRA, (ALMERIA) una entidad

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL A.P.N.I. ASOCIACION POR NUESTRA INFANCIA TÍTULO I- DENOMINACIÓN DOMICILIO OBJETO SOCIAL

ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL A.P.N.I. ASOCIACION POR NUESTRA INFANCIA TÍTULO I- DENOMINACIÓN DOMICILIO OBJETO SOCIAL ESTATUTO DE LA ASOCIACION CIVIL A.P.N.I. ASOCIACION POR NUESTRA INFANCIA TÍTULO I- DENOMINACIÓN DOMICILIO OBJETO SOCIAL Artículo 1º: Con la denominación de A.P.N.I. Asociación Por Nuestra Infancia, se

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE REFLEXÓLOGOS

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE REFLEXÓLOGOS ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN ARGENTINA DE REFLEXÓLOGOS I - Denominación - Domicilio - Objeto Social Artículo 1º - Con la denominación de Asociación Argentina de Reflexólogos se constituye a los tres días

Más detalles

III. Otras Resoluciones

III. Otras Resoluciones 36351 III. Otras Resoluciones Consejería de Turismo, Cultura y Deportes 4899 Dirección General de Deportes.- Resolución de 12 de diciembre de 2016, por la que se hace pública la modificación de los Estatutos

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HAZTEOIR.ORG CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO:

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HAZTEOIR.ORG CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN HAZTEOIR.ORG CAPITULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y ÁMBITO: Artículo 1. Con la denominación HazteOir.org se constituye una Asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002,

Más detalles

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE Capitulo I.- Fines y Composición de la Asociación Art. 1.- El Grupo Colombiano de la Asociación

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P. Artículo 1.- Objeto del Comité de Compensaciones El Comité de Compensaciones de la Junta Directiva (en adelante

Más detalles

ESTATUTO DE EGRESADOS CEMIL CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION

ESTATUTO DE EGRESADOS CEMIL CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION Articulo 1. DENOMINACIÓN ESTATUTO DE EGRESADOS CEMIL CAPITULO I DENOMINACION, DOMICILIO, NATURALEZA Y DURACION La sección de egresados se regirá por el presente estatuto y se denominara SECCIÓN DE EGRESADOS

Más detalles

REUNIDOS: Don... (circunstancias personales), Don... (circunstancias personales) INTERVIENEN: En nombre y representación de la Asociación "...

REUNIDOS: Don... (circunstancias personales), Don... (circunstancias personales) INTERVIENEN: En nombre y representación de la Asociación ... MODELOS DE ACTA DE CONSTITUCIÓN Y ESTATUTOS DE UNA ASOCIACIÓN REUNIDOS: Don... (circunstancias personales), Don...... (circunstancias personales) INTERVIENEN: En nombre y representación de la Asociación

Más detalles

Artículo 1.Con la denominación de.se constituye el día. dicha organización

Artículo 1.Con la denominación de.se constituye el día. dicha organización ESTATUTO FUNDACIONAL TITULO PRELIMINAR DECLARACION DE FE La Biblia es la Palabra de Dios, inspirada, infalible y autoritativa. Hay un solo Dios, preexistente en tres personas: Padre; Hijo y Espíritu Santo.

Más detalles

REGLAMENTO DE LA RAMA DE TENIS

REGLAMENTO DE LA RAMA DE TENIS REGLAMENTO DE LA RAMA DE TENIS MIEMBROS DE LA RAMA Art. 1º: Serán miembros de la Rama de Tenis los socios y demás personas de su grupo familiar, que encontrándose al día en sus obligaciones con el Club,

Más detalles

REGLAMENTO DEL SINDICATO DE BONISTAS ESTATUTOS TÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN DEL SINDICATO DE BONISTAS

REGLAMENTO DEL SINDICATO DE BONISTAS ESTATUTOS TÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN DEL SINDICATO DE BONISTAS REGLAMENTO DEL SINDICATO DE BONISTAS ESTATUTOS TÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, OBJETO, DOMICILIO Y DURACIÓN DEL SINDICATO DE BONISTAS ARTÍCULO 1.-CONSTITUCIÓN Con sujeción a lo dispuesto en el Capítulo

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, DOMICILIO Y AMBITO Artículo 1º.- Denominación Con la denominación de Asociación Cultural Fotógrafos de Aranjuez A.C.F.A se constituye una entidad

Más detalles

MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No.

MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO. Acta No. NOTA ESPECIAL: El presente es un modelo que sirve como guía para las entidades sin ánimo de lucro, el cual en nada obliga a la Cámara de Comercio del Oriente Antioqueño. MODELO DE ACTA DE FUSIÓN ENTIDAD

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE TITULO I DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ARTE Artículo 1º.- El Departamento Académico de Arte es la unidad de trabajo académico de la Pontificia Universidad

Más detalles

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS ECONÓMICAS DE COSTA RICA REGLAMENTO DEL FONDO DE MUTUALIDAD Y SUBSIDIOS CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN Y FINES Artículo 1. Objetivo. Créase el Fondo de Mutualidad y Subsidios

Más detalles

ESTATUTO. Artículo 2: Para ser miembro de la FADVS, las asociaciones e instituciones deberán:

ESTATUTO. Artículo 2: Para ser miembro de la FADVS, las asociaciones e instituciones deberán: ESTATUTO I.- Constitución, Duración y Domicilio Artículo 1: Constituyese una Federación con las Asociaciones Civiles y agrupaciones y programas institucionales dedicados a la promoción de la donación voluntaria

Más detalles

ESTATUTO DE CORDOBA FOOTBALL AMERICANO TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL. AMERICANO ASOCIACIÓN CIVIL se constituye el día 09

ESTATUTO DE CORDOBA FOOTBALL AMERICANO TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL. AMERICANO ASOCIACIÓN CIVIL se constituye el día 09 ESTATUTO DE CORDOBA FOOTBALL AMERICANO TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL ARTICULO 1o.: Con la denominación de CORDOBA FOOTBALL AMERICANO ASOCIACIÓN CIVIL se constituye el día 09 del mes

Más detalles

ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE AYUDA A LAS AVES PÁJAROS CAÍDOS TITULO I: DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL.

ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE AYUDA A LAS AVES PÁJAROS CAÍDOS TITULO I: DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE AYUDA A LAS AVES PÁJAROS CAÍDOS TITULO I: DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. Artículo 1º.- Con la denominación de "Asociación Civil de Ayuda a las Aves Pájaros

Más detalles

FIJA REGLAMENTOS DE MEMBRECÍA DE LA SOCIEDAD DE ECOLOGÍA DE CHILE

FIJA REGLAMENTOS DE MEMBRECÍA DE LA SOCIEDAD DE ECOLOGÍA DE CHILE FIJA REGLAMENTOS DE MEMBRECÍA DE LA SOCIEDAD DE ECOLOGÍA DE CHILE I. REGLAMENTO SOBRE INCORPORACIÓN DE SOCIOS A LA SOCIEDAD DE ECOLOGÍA DE CHILE II. REGLAMENTO SOBRE REINCORPORACIÓN DE SOCIOS A LA SOCIEDAD

Más detalles

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995

REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No , Aprobado el 14 de Junio de 1995 REFORMA A LA LEY ORGÁNICA DE LA EMPRESA NICARAGÜENSE DEL PETRÓLEO (PETRONIC) Decreto No. 26-95, Aprobado el 14 de Junio de 1995 Publicado en La Gaceta No. 118 del 26 de Junio de 1995 EL PRESIDENTE DE LA

Más detalles

Real Federación Española de Piragüismo REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS

Real Federación Española de Piragüismo REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS Real Federación Española de Piragüismo REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS En vigor desde el día 23 de julio de 2008 REGLAMENTO DEL COMITÉ TÉCNICO NACIONAL DE ÁRBITROS Í N D I C E Art. 1.-

Más detalles

La asociación se regirá por los presentes Estatutos. c) organizar cooperativas y servicios de asistencia social;

La asociación se regirá por los presentes Estatutos. c) organizar cooperativas y servicios de asistencia social; 1 ESTATUTOS REFORMADOS DE LA ASOCIACION DE TRABAJADORES DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL ECUADOR CAPITULO I CONSTITUCION Y FINES Art. 1. Se constituye con domicilio en la ciudad de Quito, y por

Más detalles

ESTATUTOS ODUCAL APROBADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL 2007 RÍO DE JANEIRO.

ESTATUTOS ODUCAL APROBADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL 2007 RÍO DE JANEIRO. ESTATUTOS ODUCAL APROBADOS EN LA ASAMBLEA GENERAL 2007 RÍO DE JANEIRO. TÍTULO I FINES, DOMICILIO Y PATRIMONIO Artículo 1º - La Organización de Universidades Católicas de América Latina y el Caribe es una

Más detalles

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR. TITULO I. DEL NOMBRE, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN DE LA FUNDACION

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ARCHIVEROS DE LA COMUNIDAD DE MADRID Art. 1.- Definición 1. La Asociación de Archiveros de la Comunidad de Madrid se constituye, dentro de la Federación de Asociaciones de

Más detalles

COMUNICADO N 877. ROSARIO, 20 de Diciembre de Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. S / D

COMUNICADO N 877. ROSARIO, 20 de Diciembre de Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. S / D COMUNICADO N 877 ROSARIO, 20 de Diciembre de 2013. Señores Accionistas Mercado de Valores de Rosario S.A. REF. Asamblea Extraordinaria del Mercado de Valores de Rosario S.A., a celebrarse el Jueves 23

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO PARA LA UNIDAD DE MERCADO Capítulo I. Naturaleza y régimen jurídico. Artículo 1. Naturaleza y fines. El Consejo para la Unidad de Mercado,

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES TORRE DE BABEL

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES TORRE DE BABEL ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ESTUDIANTES TORRE DE BABEL Índice CAPITULO I: CAPITULO II: CAPITULO III: CAPITULO IV: CAPITULO V: CAPITULO VI: De la Constitución de la Asociación De los principios y fines

Más detalles

EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES NUCLEO DE AUTORIDADES DE POSTGRADO SECRETARIADO PERMANENTE CNU EL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES En ejercicio de la atribución que le confiere el numeral 19 del artículo

Más detalles

ESTATUTO: ASOCIACION COOPERADORA ESCULAS TECNICAS RAGGIO ASOCIACION CIVIL TITULO I.

ESTATUTO: ASOCIACION COOPERADORA ESCULAS TECNICAS RAGGIO ASOCIACION CIVIL TITULO I. ESTATUTO: ASOCIACION COOPERADORA ESCULAS TECNICAS RAGGIO ASOCIACION CIVIL TITULO I. DENOMINACION. DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. ARTICULO 1 : Con la denominación de ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA TECNICAS

Más detalles

ESTATUTO ASOCIACION CIVIL SOLAR (Software Libre Argentina)

ESTATUTO ASOCIACION CIVIL SOLAR (Software Libre Argentina) ESTATUTO ASOCIACION CIVIL SOLAR (Software Libre Argentina) TITULO I DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL Artículo 1º.- Con la denominación de Asociación Civil Solar Software Libre Argentina se constituye

Más detalles

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión.

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión. ESTATUTOS DEL CONSEJO CONSULTIVO DE CIENCIAS A QUE SE REFIERE EL ACUERDO PRESIDENCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DEL 24 DE ENERO DE 1989 ANTECEDENTE El 24 de enero de 1989 se publicó

Más detalles

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN ASOCIACION DE VIVERISTAS Y AFINES DE CORDOBA (AVC) ASOCIACIÓN CIVIL TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL

ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN ASOCIACION DE VIVERISTAS Y AFINES DE CORDOBA (AVC) ASOCIACIÓN CIVIL TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL ESTATUTO DE LA ASOCIACIÓN ASOCIACION DE VIVERISTAS Y AFINES DE CORDOBA (AVC) ASOCIACIÓN CIVIL TITULO I - DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL ARTICULO 1o.: Con la denominación de ASOCIACION DE VIVERISTAS

Más detalles

La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales

La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales Página: 1 de 1 La Asamblea General Ordinaria de Asociados del Fondo de Empleados de la Fábrica de Café Liofilizado, en uso de sus atribuciones legales C O N S I D E R A N D O: 1. Que es función de la Asamblea

Más detalles

ESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I

ESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I ESTATUTOS PATRONATO MUNICIPAL RESIDENCIA RIOSOL DE LA TERCERA EDAD CAPITULO I Naturaleza y Fines: Artículo 1º.- El Patronato Municipal de la Residencia Riosol de la Tercera Edad es un Organismo Autónomo

Más detalles

ESTATUTO TITULO I DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL

ESTATUTO TITULO I DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL ESTATUTO TITULO I DENOMINACION - DOMICILIO - OBJETO SOCIAL ARTICULO 1 : Con la denominación de ACDER se constituye una Asociación Civil sin fines de lucro, con domicilio real y legal en calle Chacabuco

Más detalles

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO De la constitución, fines y de la Administración de los Consejos Regionales. Se establece

Más detalles

ESTATUTO DE LA " Asociación Argentina para el Estudio de la Reconstrucción y Elongación Ósea Asociación Civil SIN FINES DE LUCRO -: TITULO I:

ESTATUTO DE LA  Asociación Argentina para el Estudio de la Reconstrucción y Elongación Ósea Asociación Civil SIN FINES DE LUCRO -: TITULO I: ESTATUTO DE LA " Asociación Argentina para el Estudio de la Reconstrucción y Elongación Ósea Asociación Civil SIN FINES DE LUCRO -: TITULO I: DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. ARTICULO I: Con la

Más detalles

Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Superior de la Corporación Universitaria Rafael Núñez

Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Superior de la Corporación Universitaria Rafael Núñez ACUERDO No. 01 DE FEBRERO 05 DE 2016 El Consejo Superior de la Corporación Universitaria Rafael Núñez, en uso de facultades estatutarias y legales y CONSIDERANDO 1. Que el Ministerio de Educación Nacional

Más detalles

ESTATUTO TITULO I. De la Constitución y Propositos

ESTATUTO TITULO I. De la Constitución y Propositos ESTATUTO TITULO I De la Constitución y Propositos Artículo 1º: En la Ciudad de Buenos Aires y con domicilio legal en Bulnes 44 Planta Baja, depto. B, queda constituida la Asociación Argentina de Microbiología

Más detalles

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ALUMNOS Y PADRES DE ALUMNOS DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA DE LAS ROZAS LA QUINTA JUSTA

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ALUMNOS Y PADRES DE ALUMNOS DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA DE LAS ROZAS LA QUINTA JUSTA ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE ALUMNOS Y PADRES DE ALUMNOS DE LA ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA Y DANZA DE LAS ROZAS LA QUINTA JUSTA CAPÍTULO I DENOMINACIÓN, FINES, ACTIVIDADES, DOMICILIO y ÁMBITO Artículo

Más detalles

CONSEJO DIRECTIVO ( )

CONSEJO DIRECTIVO ( ) CONSEJO DIRECTIVO (2011 2013) Dr. Martín Castro Guzmán Presidente Dra. Julia del Carmen Chávez Carapia Vicepresidenta Dra. Martha Leticia Cabello Garza Secretaria Mtro. Jorge Hernández Valdés Tesorero

Más detalles

Artículo 5: El patrimonio de LA FUNDACION se formará de la manera siguiente..

Artículo 5: El patrimonio de LA FUNDACION se formará de la manera siguiente.. El Consejo Universitario de la Universidad Centroccidental "Lisandro Alvarado", en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en su Sesión No. 1126, Ordinaria, celebrada el día 13-10-99, APROBO

Más detalles

Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Convocatorias para Licitación Pública y de Invitación a Cuando Menos Tres Personas.

Manual de Integración y Funcionamiento del Subcomité Revisor de Convocatorias para Licitación Pública y de Invitación a Cuando Menos Tres Personas. MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL SUBCOMITÉ REVISOR DE CONVOCATORIAS A LICITACIÓN PÚBLICA Y DE INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS DEL HOSPITAL GENERAL DR. MANUEL GEA GONZÁLEZ Abril de 2012

Más detalles

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y

FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y FACULTADES DE LA TESORERIA MUNICIPAL I.- Administrar la hacienda pública municipal de conformidad con las disposiciones legales aplicables y coordinar la política fiscal del ayuntamiento, previo acuerdo

Más detalles

SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA TÍTULO UNO (DENOMINACIÓN, OBJETO SOCIAL Y DOMICILIO)

SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA TÍTULO UNO (DENOMINACIÓN, OBJETO SOCIAL Y DOMICILIO) SOCIEDAD NEUROLÓGICA ARGENTINA ESTATUTO TÍTULO UNO (DENOMINACIÓN, OBJETO SOCIAL Y DOMICILIO) ARTÍCULO UNO Con la denominación de Sociedad Neurológica de Buenos Aires, a los tres (3) días de noviembre de

Más detalles

CENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH.

CENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH. CENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH. SINDICATO Es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses ü

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO

REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO El Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo regulará las cuestiones relativas al funcionamiento de este Órgano, cuyas reglas generales están contenidas

Más detalles

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO LOCAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE VELEZ MALAGA.

REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO LOCAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE VELEZ MALAGA. REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO LOCAL DE LA MUJER DEL AYUNTAMIENTO DE VELEZ MALAGA. CAPITULO I : DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO PRIMERO. RÉGIMEN JURÍDICO. Se crea el CONSEJO

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CLAUSTRO DE LA UNIVERSIDAD SAN PABLO-CEU Exposición de motivos De conformidad a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,

Más detalles

ASPECTOS LEGALES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL

ASPECTOS LEGALES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL ASPECTOS LEGALES DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL Dr. Diana Carolina Ruiz Muñoz Directora de Corporación P.H. Centro de educación virtual sobre el régimen de propiedad Horizontal 1 Régimen jurídico de la propiedad

Más detalles

TITULO PRIMERO DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO.

TITULO PRIMERO DENOMINACION, DOMICILIO Y OBJETO. ASOCIACIÓN DEL SUR RUGBY & HOCKEY CLUB ESTATUTOS SOCIALES Preámbulo: La constitución de esta Asociación Civil sin fines de lucro esta impulsada por un grupo de personas dedicadas a la práctica de diferentes

Más detalles

Capítulo Primero Disposiciones Generales

Capítulo Primero Disposiciones Generales Reglamento del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado Comité Organizador de los Juegos Panamericanos Guadalajara 2011 Capítulo Primero Disposiciones

Más detalles

ESTATUTO TIPO PARA ASOCIACIONES CIVILES TITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL.

ESTATUTO TIPO PARA ASOCIACIONES CIVILES TITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. 1 TIPO PARA ASOCIACIONES CIVILES TITULO I DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO SOCIAL. Artículo1. Con la denominación de ASOCIACIÓN DE DERECHO ADMINISTRATIVO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES (A.D.A.C.A.B.A.)

Más detalles

EXPIDE: a) Asistir de forma obligatoria a las reuniones ordinarias, extraordinarias y conmemorativas.

EXPIDE: a) Asistir de forma obligatoria a las reuniones ordinarias, extraordinarias y conmemorativas. ORDENANZA QUE REGULA LOS DEBERES Y ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DEL ORGANO LEGISLATIVO DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PEDRO MONCAYO CONSIDERANDO: Que, EL Código Orgánico de

Más detalles