REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO

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1 UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO FACULTAD DE ARQUITECTURA, URBANISMO Y ARTES REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO i

2 FACULTAD DE ARQUITECTURA, URBANISMO Y ARTES RESOLUCIÓN DE DECANATO Nº FAUA-UPAO Trujillo, 27 de setiembre del 2007 VISTO, el Documento presentado por la Arq. Nelly Amemiya Hoshi, Decana de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes, relacionado al Reglamento General para Optar el Título Profesional de Arquitecto,y; CONSIDERANDO: - Que, la señora Ms. Arq. Nelly Amemiya Hoshi, Decana de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes, ha presentado el proyecto de un nuevo Reglamento General para Optar el Título Profesional de Arquitecto. - Que, el Objetivo del presente Reglamento es establecer las pautas y procedimientos generales a los que se sujeta la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes, para efectos del Otorgamiento en nombre de la Nación del Título Profesional de Arquitecto, mediante las diversas modalidades de obtención de título profesional previsto por la Ley y los Reglamentos institucionales. - Que, el Comité de Asesoramiento Académico FAUA, con fecha 29 de agosto del 2007, después de revisar el proyecto del mencionado reglamento, emite opinión favorable para su aprobación respectiva. - Que, el Consejo de Facultad en Sesión Ordinaria Nº , de fecha 20 de setiembre del 2007, acordó: Aprobar el Reglamento General para Optar el Título Profesional de Arquitecto, que norma el proceso de Titulación para los egresados de la Escuela de Arquitectura, de acuerdo al Plan de Estudios Modificado Estando a las consideraciones expuestas y en uso a las atribuciones conferidas a este Despacho. SE RESUELVE: PRIMERO: APROBAR, el REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO, de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes; cuyo contenido hace cuerpo de la presente Resolución, según el siguiente detalle: Capítulo I: Disposiciones Generales Capitulo II: De las Modalidades de Obtención del Título Profesional Capitulo III: De la Modalidad de la Presentación y Aprobación de la Tesis Capítulo IV: De la Modalidad de Titulación Profesional Extraordinaria Capítulo V: De la Modalidad de Titulación por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad Disposiciones Finales Disposiciones Transitorias Anexo 01 : De los Requisitos de Presentación de la Tesis para Obtener el Titulo de Arquitecto Anexo 02 : Guía General de Contenidos para el Desarrollo del Marco Referencial y Fundamentación del Proyecto SEGUNDO: TERCERO: CUARTO: DEROGAR, el Reglamento para el Otorgamiento del Titulo Profesional de Arquitecto, en la modalidad de Titulación Profesional Extraordinaria, aprobado por Resolución de Decanato Nº FAUA.UPAO, y por Sesión de Consejo Universitario de fecha 30 de setiembre del DEROGAR, el Reglamento para Optar el Título Profesional de Arquitecto, mediante la modalidad de Titulación por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad, aprobado mediante Resolución de Decanato Nº FAUA-UPAO, de fecha 29 de octubre de 1998, modificado y aprobado por Consejo Universitario en sesión del 29 de enero de ELEVAR, la presente Resolución al Vicerrectorado Académico, para conocimiento y su aprobación por las instancias pertinentes. REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE. Arq. Nelly Amemiya Hoshi Decana de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes c.c. Vicerrectorado Académico - Dirección de Arquitectura - Archivo MSc.Arq. Pablo Arteaga Zavaleta Secretario Académico de Facultad ii

3 REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO INDICE GENERAL INDICE Pág CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Art. 1 MARCO LEGAL 01 Art. 2 DEL OBJETO 01 CAPITULO II: DE LAS MODALIDADES DE OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL Art 3 DE LAS MODALIDADES QUE ESTABLECE LA LEY 01 Art 4 DE LA TESIS O DEL TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL 01 A De la elección del tema. 02 B De los Requisitos del tema. 02 Art 5 DEL CONTENIDO DE LA TESIS O DEL TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL: 02 A MEMORIA DESCRIPTIVA: Marcos Referenciales 02 Memoria Descriptiva de Arquitectura 02 Memoria Descriptiva de Especialidades 02 B PLANOS, MAQUETA Y PERSPECTIVAS Planos del Proyecto de Arquitectura: 03 Planos de Estructuras 03 Planos de Instalaciones Eléctricas 03 Planos de Instalaciones Sanitarias 03 Requisitos de Presentación 03 Maqueta y Perspectivas 03 Art. 6 DE LA CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LA TESIS Y TRABAJO DE SUFICIENCIA 03 CAPITULO III: DE LA MODALIDAD DE PRESENTACIÓN Y APROBACION DE LA TESIS Art 7 DE LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE APROBACION DEL PLAN DE TESIS. A Del Expediente para la aprobación del Plan de Tesis. 04 B Del procedimiento para la aprobación del Plan de Tesis 04 Art.8 DEL ASESOR DE TESIS Y LOS CONSULTORES 04 Art.9 LOS REQUISITOS, PROCEDIMIENTO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE TESIS.- A De los Requisitos: Requisitos que deben cumplir los postulantes 04 Requisitos del Expediente de Tesis 05 B Del procedimiento para la presentación del trabajo de Tesis 05 C De los Plazos de Presentación de la Tesis 05 iii

4 Art.10 DEL JURADO DE TESIS Y DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA TESIS A Del Jurado de Tesis 05 B Del Proceso de Evaluación del Trabajo de Tesis b.1 Presentación y pre-evaluación de la Tesis 05 b.2 Levantamiento de Observaciones y Dictamen 05 b.3 Sustentación Pública de la Tesis 06 Art.11 DEL ACTO DE SUSTENTACIÓN DE LA TESIS A De la duración de la Sustentación de la Tesis 06 B De las Funciones del Jurado de Tesis 06 C De la Calificación 06 D De la Aprobación del Otorgamiento del Título Profesional de Arquitecto 06 CAPITULO IV: DE LA MODALIDAD DE TITULACION PROFESIONAL EXTRAORDINARIA Art 12 DEL PROGRAMA TIPEARQ, SUS OBJETIVOS Y PARTICIPANTES A De la Organización del Programa TIPEARQ 07 B Del Objetivo del Programa TIPEARQ: 1 Titulación Profesional Extraordinaria 07 2 Trabajo de Suficiencia Profesional 07 C De los Participantes 07 c1 Alumnos FAUA UPAO, a partir del ciclo c2 Alumnos egresados antes del lan de Estudios Modificado 2006 c3 Alumnos egresados con experiencia profesional mayor de 03 años Art 13 REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL PROGRAMA TIPEARQ A De los Requisitos para la Inscripción al Programa TIPEARQ 07 B De la Documentación General para la postulación 08 C Del Expediente Técnico para el Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura c.1 Plan del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura. 08 c.2 Perfil del Proyecto Arquitectónico 08 D Del Comité de Selección del TIPEARQ 08 E Del Procedimiento de Inscripción al Programa TIPEARQ 08 F De la Inscripción del Perfil del Proyecto Arquitectónico 09 Art 14 DEL DESARROLLO DEL PROGRAMA TIPEARQ A De la Programación Curricular 09 a). Primer Módulo: Programación Arquitectónica b) Segundo Módulo: Anteproyecto Arquitectónico c). Tercer Módulo; Proyecto Arquitectónico Integral y Memoria Descriptiva B De los Docentes Asesores y Consultores 09 C Del Registro de Asistencia y Notas 09 c.1 Participantes aprobados c.2 Participantes desaprobados c.3 Participantes desaprobados inhabilitados Art.15 DE LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS DE SUFICIENCIA PROFESIONAL EN ARQUITECTURA A De los Requisitos para la presentación 10 B De los Plazos de presentación del Trabajo de Suficiencia Profesional 10 C De los Requisitos de presentación del Trabajo de Suficiencia Profesional 10 D Del procedimiento para la presentación del Trabajo de Suficiencia Profesional 10 iv

5 Art.16 DEL PROCESO DE SUSTENTACION Y EVALUACIÓN DE LOS TRABAJOS DE SUFICIENCIA PROFESIONAL EN ARQUITECTURA A Del Jurado de Sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional 11 B Del Proceso de Evaluación del Trabajo de Tesis b.1 De la revisión y evaluación del Trabajo de Suficiencia Profesional 11 b.2 De la Convocatoria para la Sustentación Pública 11 b.3 De la Sustentación Pública del Trabajo de Suficiencia Profesional 11 CAPITULO V: DE LA MODALIDAD DE TITULACION POR PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN LA ESPECIALIDAD Art 17 DEL OBJETO Y DE LOS REQUISITOS Del Objeto 11 De los Requisitos 12 Art 18 DE LA DOCUMENTACION PARA TITULACION POR PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN LA ESPECIALIDAD Del Expediente 12 Del Expediente Técnico 12 Art 19 DEL PROCEDIMIENTO PARA TITULACION POR PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN LA ESPECIALIDAD 13 Art. 20 DEL PROCESO DE SUSTENTACION Y APROBACIÓN DEL INFORME A Del Jurado de Sustentación del Informe 13 B Del Proceso de Evaluación del Expediente Técnico 13 b.1 De la revisión y evaluación del Expediente Técnico 13 b.2 De la Calificación 14 Art 21 DE LA CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DEL EXPEDIENTE DE TITULACIÓN 14 DISPOSICIONES FINALES Art. 22 DEL ALCANCE Y APLICACIÓN DEL PRESENTE REGLAMENTO 14 DISPOSICION TRANSITORIA Art. 23 EXCEPCIÓN 14 ANEXO 1 DE LOS REQUISITOS DE PRESENTACIÓN DE LA TESIS PARA OBTENER EL TITULO DE ARQUITECTO ANEXO 2 GUÍA GENERAL DE CONTENIDOS PARA EL DESARROLLO DEL MARCO REFERENCIAL Y FUNDAMENTACIÓN DEL PROYECTO v

6 REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO Aprobado por RD FAUA-UPAO del 27 Setiembre 2007 CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Art. 1 MARCO LEGAL La base legal del presente Reglamento son: la Ley Universitaria Nº 23733, Decreto Legislativo N 739 que modifica el Artículo 22 de la Ley: el Estatuto de la UPAO Título II, Sección IV, de los Grados, Títulos y Certificados; el Reglamento General Docente y de Grados y Títulos de la UPAO, el Plan de Estudios Modificado 2006, de la Carrera Profesional de Arquitectura y otras normas académicas vinculadas. Art. 2 DEL OBJETO.- El presente Reglamento establece las pautas y procedimientos generales, a los que se sujeta la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes para efectos del Otorgamiento en nombre de la Nación, del Título Profesional de Arquitecto, mediante las diversas modalidades de obtención del título profesional previsto por la Ley y los Reglamentos institucionales. CAPITULO II: DE LAS MODALIDADES DE OBTENCIÓN DEL TITULO PROFESIONAL Art. 3 DE LAS MODALIDADES QUE ESTABLECE LA LEY La Ley establece que cumplido los estudios satisfactoriamente al alumno accede automáticamente al Bachillerato y podrá obtener el Título Profesional de la especialidad, mediante las modalidades siguientes; que se establecen en el presente Reglamento: a) A la presentación y aprobación de la Tesis b) Modalidad de Titulación Profesional Extraordinaria, o c) Modalidad de Titulación por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad. El Título Profesional de Arquitectura que otorga la FAUA UPAO, tiene como finalidad institucional, certificar la capacidad de nuestros egresados para desenvolverse con eficiencia en el trabajo profesional de la disciplina arquitectónica, con criterio innovador en los aspectos sociales, económicos, técnicos y/o de gestión. La Tesis o el Trabajo de Suficiencia Profesional, según la modalidad a) o b) adoptada, debe ser fruto del esfuerzo personal del postulante y debe mostrar las cualidades y competencias profesionales adquiridas por el egresado, en el SABER, el SABER HACER y el SER, para el ejercicio profesional. Comprende un Proyecto Arquitectónico integral, de mediana complejidad con su respectiva Memoria Descriptiva. La titulación mediante la modalidad de Prestación de Servicios Profesionales se aplica a los egresados que han brindados servicios profesionales en labores propias de la especialidad en Arquitectura, durante un mínimo de tres (03). Art. 4 DE LA TESIS O DEL TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL La Tesis o el Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura, comprende básicamente el Proyecto Arquitectónico integral que incluya el planteamiento de las especialidades que le son inherentes y su Memoria Descriptiva, en el cual se expresen las condiciones funcionales y contextuales de diseño, y referencias conceptuales de su planteamiento. El trabajo deberá elaborarse y sustentarse según los requisitos que se especifican en el presente Reglamento. A La Tesis o el Trabajo de Suficiencia Profesional podrá ser realizada en forma individual o en equipo con un máximo de dos (02) postulantes, según magnitud, complejidad, significado y grado de innovación del tema. De la elección del tema. La elección del tema de Tesis o el Trabajo de Suficiencia Profesional se puede dar: - Por libre selección del tesista. - Por sugerencia de la Dirección de Escuela Profesional de Arquitectura entre temas de interés e importancia académica y de proyección social. UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO - FACULTAD DE ARQUITECTURA, URBANISMO Y ARTES - 1 -

7 B REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO DE ARQUITECTO - Por la aceptación del interesado, de temas derivados de pedidos de organismos representativos de la región, que deseen realizar convenios de cooperación para elaboración de proyectos de interés social para el desarrollo comunitario. - Proyectos realizados en los cursos Taller Integral de Diseño 8 y 9, que cumplan con los requisitos de magnitud, complejidad y relevancia de acuerdo al presente Reglamento. De los Requisitos del tema.- La Tesis o el Trabajo de Suficiencia Profesional deben cumplir los siguientes requisitos: - Ser de importancia y actualidad en el ejercicio profesional, con énfasis en uno o varios de los siguientes aspectos: histórico, urbanístico, ecológico - ambiental y/o tecnológico. Debiendo alcanzar un nivel adecuado de complejidad, el cual se mide en relación a la magnitud del área a diseñar y la tipología funcional del tema. - Abarcar una adecuada extensión en área a proyectar, que permita el diseño y desarrollo de espacios de mediana y/o alta complejidad (mínimo 2,500 m2 de área techada diseñada sin contabilizar las plantas típicas). - Brindar aportes en los campos conceptual, creativo y/o tecnológico, en relación a cuestiones vinculadas con nuestro entorno regional y nacional. Art. 5 DEL CONTENIDO DE LA TESIS O DEL TRABAJO DE SUFICIENCIA PROFESIONAL: La Tesis o el Trabajo de Suficiencia Profesional, correspondiente a la alternativa a) o b) de las Modalidades de Obtención del Título Profesional, aprobadas por la FAUA UPAO, conforme a Ley (Art. 3); comprende el Proyecto Arquitectónico integral, con sus dos componentes: A La Memoria Descriptiva B Los Planos y la Maqueta volumétrica - espacial y las perspectivas. A MEMORIA DESCRIPTIVA: Marcos Referenciales Fundamentación del Proyecto (Anexo 2) - Aspectos generales (naturaleza, localización, involucrados y antecedentes) - Identificación (diagnóstico situacional, definición del problema, población afectada oferta y demanda, objetivos, características del proyecto) - Programa de necesidades y otros datos generales del tema - Requisitos Normativos Reglamentarios de Urbanismo y Zonificación - Parámetros Arquitectónicos y de Seguridad según la tipología funcional. Memoria Descriptiva de Arquitectura - Tipología Funcional y criterios de diseño - Conceptualización del Proyecto. Idea Rectora - Descripción Funcional del Planteamiento - Descripción Formal del Planteamiento - Cuadro Comparativo de Áreas. - Otros que determine el asesor con fines de explicar y/o profundizar en detalle y permita sustentar mejor el Proyecto, en función del tipo de tema escogido y énfasis dado (a aspectos históricos, urbanísticos, ambientales /o tecnológicos) Memoria Descriptiva de Especialidades - Descripción del Planteamiento Estructural propuesto - Descripción del Planteamiento de Instalaciones Sanitarias - Descripción del Planteamiento de Instalaciones Eléctricas - Descripción del Planteamiento de Instalaciones Especiales B PLANOS, MAQUETA Y PERSPECTIVAS Planos del Proyecto de Arquitectura: - Plano de localización, Esc. 1/10,000 - Plano de ubicación: Esc. 1/500 indicando cuadro de áreas. - Plano perimétrico y topográfico, con poligonal perimétrica, curvas de nivel cada 1.00 Ml. o menos, en caso de ser necesario. A escala conveniente. - Plano(s) del conjunto: Opcional, según magnitud del Proyecto. Esc 1/200 o 1/ Planos de desarrollo del proyecto, de la totalidad o de un sector de acuerdo a la magnitud del mismo. Comprende planos a nivel de obra, plantas, cortes y elevaciones a escala 1/50 o 1/

8 - Cuadro de acabados por niveles y ambientes, - Planos de detalles de ambientes y componentes arquitectónicos a escala 1/20 1/25 y 1/1 1/5 respectivamente. Se debe incidir en el estudio de tratamiento de espacios de especial interés; los cuales deben ser desarrollados con detalles arquitectónicos y constructivos, acabados, perspectivas ó apuntes. Planos de Estructuras: Planteamiento Estructural Esc. 1/100 (a nivel de pre - dimensionamiento) Se debe establecer el(los) sistema(s) estructural(es) propuestos, graficar la(s) trama(s) correspondiente(s) y pre-dimensionamiento de los principales elementos estructurales inherentes. Planos de Instalaciones Eléctricas: Plano de distribución de Instalaciones Eléctricas y comunicaciones: Ubicación de puntos de alumbrado, tomacorrientes, TV., voz, data y otros dependiendo de la tipología arquitectónica, y tipos de artefactos de iluminación a utilizar (de la totalidad o de un sector del proyecto arquitectónico según su complejidad). Esc. 1/50 ó 1/100. Cálculo de Máxima Demanda y diagrama de distribución de tableros. Planos de Instalaciones Sanitarias: Plano de distribución de Red de Agua y Desagüe: Esquema de distribución de redes de agua y desagüe, Esc. 1/50 ó 1/100. Dimensionamiento y Diseño esquemático de elementos de almacenamiento de agua, cisterna y tanque elevado, a escala conveniente. Requisitos de Presentación: De acuerdo a requisitos de presentación de la FAUA UPAO (Ver Anexo 01). Se recomienda 20 láminas mínimo por tesista y 30 láminas en caso de dos tesistas. Maqueta y Perspectivas Maqueta volumétrica - espacial del conjunto a escala conveniente. Perspectivas del conjunto, mostrando la integración del proyecto con el entorno y las vistas de espacios interiores de mayor interés (técnica libre). Se puede acompañar con presentación multimedia. Art. 6 DE LA CONSERVACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LA TESIS Y TRABAJO DE SUFICIENCIA a) Los trabajos de Tesis y los Trabajos de Suficiencia Profesional en Arquitectura, luego de su aprobación, serán editados, reproducidos y empastados, según los requisitos que se indican en el Anexo 01, para su entrega a la Secretaria Académica de la FAUA UPAO, en texto y en versión digital. b) El número de ejemplares serán como mínimo tres, un original para el interesado, uno para la Biblioteca Central de la Universidad y uno para el archivo de la Facultad. La Maqueta quedará en custodia con el autor, quien deberá facilitar su exposición en eventos de difusión que programe la FAUA-UPAO. c). Los trabajos podrán ser consultados en la Biblioteca Especializada de la FAUA-UPAO por quienes lo soliciten. No podrán salir fuera de la Universidad, salvo caso especial autorizado por el Decano y/o el Director de la Escuela. d) El Decano y/o el Director de Escuela, procurarán dar la mayor difusión a los trabajos que signifiquen notorio aporte por su planteamiento o solución, mediante publicaciones o exposiciones. CAPITULO III: DE LA MODALIDAD DE PRESENTACIÓN Y APROBACION DE LA TESIS Art. 7 DE LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS DE APROBACION DEL PLAN DE TESIS. A Del Expediente para la aprobación del Plan de Tesis. Para iniciar el trabajo de Tesis, el Bachiller debe presentar a la Dirección de la Escuela Profesional, un expediente conteniendo los siguientes documentos: - Solicitud dirigida al Director de la Escuela Profesional de Arquitectura precisando el tema del Proyecto Arquitectónico y Nombre del docente asesor sugerido, - Plan de Tesis con el visto bueno del docente asesor. De acuerdo a requisitos de Plan de Tesis (ver Anexo Nº 03) - Copia del Diploma de Bachiller autenticada por el Secretario General de la UPAO

9 B Art.8 Art.9 A B REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO DE ARQUITECTO Del procedimiento para la aprobación del Plan de Tesis. 1 El Bachiller en Arquitectura presenta su expediente al Director de Escuela, quien en un plazo máximo de 10 días dictaminará su procedencia o no. De encontrarlo conforme, emitirá un informe con una apreciación sobre el tema elegido, el docente asesor y el cumplimiento de los requisitos establecidos por el presente Reglamento. Recomienda y solicita al Decano la aprobación del Plan de Tesis. 2 El Decano, a mérito del informe del Director de la Escuela, si lo encuentra conforme, emite la Resolución declarando expedito al recurrente para presentar su Trabajo de Tesis para optar el Título Profesional de Arquitecto, nombra al profesor asesor, fija la fecha máxima de presentación de la tesis y dispone su inscripción en el registro correspondiente. 3 La Secretaría de la Facultad organiza y lleva un Registro de Tesis para optar el Título Profesional de Arquitecto, en el cual se anotan el nombre del Bachiller, el tema que ha escogido, nombre del profesor que lo asesora, número y fecha de la Resolución de Decanato que lo aprueba. El Registro de una Tesis tendrá vigencia de 12 meses, durante el cual, su autor tendrá derecho exclusivo sobre el tema elegido DEL ASESOR DE TESIS Y LOS CONSULTORES - El alumno podrá escoger libremente al Docente Asesor de Tesis, entre los docentes de la Facultad de Arquitectura Urbanismo y Artes de la UPAO. - El Docente Asesor es responsable de supervisar permanentemente el proceso de elaboración de la tesis por parte del tesista, verificando el avance secuencial de todas las etapas del proceso y desarrollo del proyecto arquitectónico. Deberá entregar al Director de la Escuela Profesional, informes periódicos de avance por etapas así como el informe final sobre la asesoría de cada Tesis, consignándolo en la Ficha de Control de Avance de Tesis. Así mismo le compete autorizar al alumno, la pre entrega de la Tesis, el levantamiento de observaciones y la posterior presentación y sustentación ante el Jurado, previa verificación del cumplimiento de requisitos establecidos en el Art. 5 del presente Reglamento. - Los Docentes en condición de Consultores, brindarán su labor de consultoría en temas de especialidad a los que lo requieran para el desarrollo de la Tesis. DE LOS REQUISITOS, PROCEDIMIENTO Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE TESIS.- De los Requisitos: Requisitos que deben cumplir los postulantes: El/los Bachiller(es) postulante(s) para optar el Título Profesional de Arquitecto mediante presentación y sustentación de una Tesis, deberá(n) acreditar. - Haber obtenido el Grado de Bachiller en Arquitectura en la FAUA-UPAO. - Contar con el dictamen final favorable del Docente Asesor acerca de su trabajo de Tesis y el informe de control periódico de avance en las fases de desarrollo del Proyecto Arquitectónico, consignados en la ficha de control respectiva. - Cumplir con lo establecido en el Reglamento de Grados y Títulos de la UPAO. Requisitos del Expediente de Tesis El Expediente de Tesis deberá cumplir con los requisitos de contenido indicados en los Arts. 4 y 5 del presente Reglamento, y los requisitos de presentación estipulados en el Reglamento de Presentación FAUA UPAO. (anexo Nº 01) Del procedimiento para la presentación del trabajo de Tesis. El Bachiller presentará el Expediente de Tesis con una solicitud dirigida al Director de la Escuela Profesional de Arquitectura, solicitando se le designe Jurado y fecha de la Pre evaluación de la Tesis; para lo cual adjuntará: - Carpeta de Titulación - Comprobante de pago de los derechos correspondientes (Tesorería de la UPAO). - Copia autenticada del Diploma de Bachiller en Arquitectura (Secretaría UPAO). - Cuatro fotografías de frente, a color, tamaño pasaporte. - Trabajo de Tesis: Proyecto Arquitectónico visados por el Docente Asesor. - Informes parciales y final del Docente Asesor de Tesis, consignados en la Ficha de Control de Avance de Tesis

10 C De los Plazos de Presentación de la Tesis. Para la presentación de la Tesis se otorgará un plazo de doce (12) meses calendario, contados a partir de la fecha de expedición de la Resolución que aprueba el Plan de Tesis. Excepcionalmente, previo informe del docente asesor, se podrá ampliar el plazo de presentación hasta por seis (06) meses adicionales, manteniendo el autor o autores el derecho exclusivo sobre el tema elegido En caso de incumplimiento de los plazos, se anulará el tema, para cuyo efecto se emitirá la Resolución de Decanato correspondiente. Art.10 DEL JURADO DE TESIS Y DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DE LA TESIS A B Del Jurado de Tesis - La designación del Jurado del trabajo de Tesis se hará a solicitud de el/los tesista(s), a la presentación del Expediente de Tesis. El Jurado será nombrado mediante Resolución de Decanato y estará constituido por tres docentes titulares y un accesitario, propuestos por el Director de la Escuela Profesional, pudiendo incorporarse especialistas que ostenten experiencia en el tema desarrollado. - Si por algún motivo se ausentara alguno de los miembros del Jurado, puede ser reemplazado por el accesitario. - El quórum para todas las instancias de evaluación, es el de los tres miembros. Del Proceso de Evaluación del Trabajo de Tesis. La evaluación del trabajo de Tesis por el Jurado, seguirá el siguiente procedimiento: b.1 Presentación y pre-evaluación de la Tesis.- - El Jurado, el Docente Asesor y el/los Tesista(s), serán citados por el Secretario de Facultad para la revisión y pre-evaluación de la tesis, en audiencia privada, en un plazo máximo de 10 días a partir de la fecha de nombramiento del Jurado. - Para la pre-evaluación de la Tesis, el/los tesista(s) deberán exponer ante el Jurado su Tesis, contando para ello con 30 minutos de plazo. Acto seguido el Jurado formulará preguntas pertinentes relacionadas con la Tesis y levantará un acta observándola o declarándola apta para la Sustentación. - En el caso de que la Tesis sea observada, el/los tesista(s) tendrán un plazo de diez (10) semanas para levantar las observaciones y presentarlo para la revisión de levantamiento de observaciones. b.2 Levantamiento de Observaciones y Dictamen.- Presentada la Tesis con observaciones levantadas, cada miembro del Jurado de manera privada, y en sesión conjunta, revisará minuciosamente dicho trabajo, contando con un plazo máximo de DIEZ (10) días para emitir su dictamen. a) Si el dictamen es aprobatorio, el Director de la Escuela Profesional, elevará el expediente al Decanato, para que por intermedio del Secretario Académico de la Facultad se señale día y hora de la sustentación pública de la Tesis, en un plazo máximo de DIEZ (10) días calendario, a partir de la fecha de emisión del dictamen por el Jurado. b) Si el dictamen es desaprobatorio, el Director de Escuela, devolverá el trabajo a los tesistas, adjuntando las observaciones y recomendaciones del Jurado, para los reajustes que correspondan, en el plazo perentorio de cuatro (4) semanas, reiniciándose el proceso al cumplir con las mismas. b.3 Sustentación Pública de la Tesis.- El Jurado en pleno en sesión pública evalúa la sustentación y la defensa de la Tesis por el/los Bachiller(es) tesistas y emite su calificación. La sustentación oral de la tesis no procederá si el asesor se encuentra ausente, salvo motivos de fuerza mayor, en cuyo caso anticipadamente, el Decano designará al profesor que lo sustituirá - 5 -

11 Art.11 DEL ACTO DE SUSTENTACIÓN DE LA TESIS A De la duración de la Sustentación de la Tesis. El Bachiller dispondrá del siguiente tiempo para cada fase de sustentación de su Tesis: - Para la exposición de su Tesis: 30 minutos. - Para la réplica o absolución de preguntas al Jurado: treinta minutos. Culminado dicho proceso, el Jurado deliberará en privado sobre la calificación que corresponda y proclamará su decisión mediante lectura del Acta respectiva, suscrita por todos sus miembros, en tres ejemplares. Un ejemplar se registrará en el Libro correspondiente de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes. B C De las Funciones del Jurado de Tesis 1 Presidente del Jurado: Abre el acto, preside el debate, preside el acto de calificación final y comunica al Autor la calificación final. 2 Los otros miembros: conducen el debate, colocando al Autor en situación de apelar al máximo de sus capacidades, habilidades y conocimientos para rebatir argumentos, así como orientando el debate a los aspectos en que el trabajo y el Autor tengan más fortaleza. 3 Del resultado de la exposición final el Jurado aprobará o desaprobará la Tesis sustentada y emitirá un Acta indicando la calificación. De la Calificación La escala para la calificación del trabajo será según la denominación siguiente: - Aprobado con Excelencia y Recomendación de la Publicación de la Tesis. - Aprobado por Unanimidad - Aprobado - Desaprobado 1 Excepcionalmente y por única vez el Jurado podrá suspender el acto de sustentación, si considera que el/los tesista(s) no está(n) suficientemente preparado(s) y el Presidente programará otra fecha, (en coordinación con el asesor), en un plazo no mayor de 10 días). 3 Si el/los tesista(s) fuese(n) desaprobado(s) en la sustentación oral, podrá solicitar por única vez, una nueva fecha para la sustentación de la Tesis, en un plazo no mayor de tres (3) meses después de la fecha de su desaprobación; a partir de la cual el decanato procederá a su anulación mediante Resolución. D. De la Aprobación del Otorgamiento del Título Profesional de Arquitecto La aprobación del otorgamiento del Título profesional de Arquitectura se hará en las instancias académico-administrativas: Consejo de Facultad y Consejo Universitario. - Aprobada la sustentación, con la calificación respectiva, el Jurado alcanza el expediente al Director de Escuela Profesional de Arquitectura. - El Director de Escuela emite informe final, quien eleva lo actuado al Decano de Facultad, para su aprobación por el Consejo de Facultad y elevar lo actuado al Vicerrectorado Académico para su aprobación en Consejo Universitario. CAPITULO IV: DE LA MODALIDAD DE TITULACION PROFESIONAL EXTRAORDINARIA Art. 12 DEL PROGRAMA TIPEARQ, SUS OBJETIVOS Y PARTICIPANTES A De la Organización del Programa TIPEARQ El programa de Titulación Profesional Extraordinaria en Arquitectura, depende de la FAUA - UPAO, que es responsable de la organización, administración académica, cumplimiento de los objetivos y su desarrollo. La Facultad promueve y aprueba el perfil del Programa TIPEARQ correspondiente al(a los) semestre(s) del año lectivo, mediante Acuerdo de Concejo, y eleva a la Alta Dirección el proyecto para su consideración y aprobación. El Decanato, en coordinación con el Director de Escuela designa al Coordinador del Programa, quién reportará permanentemente al Director de Escuela, responsable de la Supervisión del desarrollo del TIPEARQ

12 B C REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO DE ARQUITECTO El perfil del Programa TIPEARQ comprende: la fundamentación académica y económica del Programa, con sus objetivos y metas, contenidos y cronograma, con duración total de cuatro (04) meses; la relación de docentes y personal de apoyo, así como el presupuesto, costo del programa y cantidad mínima de participantes, que garanticen el cumplimiento de los objetivos y metas y su autofinanciamiento según la normas internas de la UPAO. Del Objetivo del Programa TIPEARQ Es Objetivo del Programa TIPEARQ la Titulación Profesional en Arquitectura: 1 Titulación Profesional Extraordinaria, es una modalidad de titulación prevista por ley y aprobada por la universidad, que permite al egresado optar el Titulo Profesional de Arquitecto mediante sustentación y aprobación de un Trabajo de Suficiencia Profesional desarrollado como parte de un Programa TIPEARQ. 2 Se entiende por Trabajo de Suficiencia Profesional, el desarrollo de un Proyecto Arquitectónico de importancia, donde se demuestra el dominio de las habilidades y conocimientos de la disciplina arquitectónica y urbanística. De los Participantes: Podrán inscribirse al Programa de Titulación Extraordinaria en Arquitectura, las siguientes categorías de participantes: c.1. c.2. c.3. Alumnos egresados de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes de nuestra universidad a partir del ciclo Alumnos egresados con anterioridad al Plan de Estudios Modificado 2006 y bachilleres de arquitectura de otras universidades que se acojan, en forma complementaria, al Programa de Asignaturas Libres de Antegrado de la Carrera Profesional de Arquitectura, para el desarrollo del trabajo de investigación en los cursos de Seminario 2 de la FAUA-UPAO. Alumnos egresados con una antigüedad no menor de (03) años y experiencia profesional durante un mínimo de (03) años en uno o más centros de trabajo en labores propias de la especialidad, que pudiendo acogerse a la Modalidad de Titulación por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad, optan por acogerse al Programa de Titulación Profesional. Art. 13 DE REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN AL PROGRAMA TIPEARQ Los postulantes al Programa TIPEARQ, deberán cumplir con los requisitos siguientes: A B De los Requisitos para la Inscripción al Programa TIPEARQ - Acreditar haber concluido los estudios de la Carrera Profesional de Arquitectura. - Presentar un Perfil de Proyecto Arquitectónico. - Aprobar la evaluación del expediente de inscripción y la entrevista personal que efectúe el Comité de Selección, designado por la FAUA-UPAO. - Declaración Jurada, aceptando los términos y condiciones establecidas en el presente Reglamento. - Pagar los derechos establecidos por concepto de de postulación y quienes sean aceptados en el programa Titulación Profesional Extraordinaria la primera cuota. - Para los bachilleres con 3 años ó más de experiencia, Currículo de Vida documentado. Inscripción y primera cuota del programa de Titulación Profesional Extraordinaria. De la Documentación General para la postulación a) Solicitud dirigida al Director de Escuela Profesional de Arquitectura. b) Copia de Documento de Identidad (DNI o Carne de Extranjería). c) Copia del Diploma de Bachiller en Arquitectura o Constancia de Egresado. d) Recibo de pago por los derechos de postulación. e) Certificado de Estudios. que indique el promedio ponderado acumulativo de notas en cursos aprobados, expedido por la Dirección de Evaluación Académica y Registro Técnico de la Universidad de origen. Para los Bachilleres egresados de la UPAO basta el reporte de notas actualizado, emitido por la citada Dirección. f) Documentación que acredite experiencia profesional, para los casos de participantes descritos en el Art. 12, inciso c

13 C D E REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO DE ARQUITECTO Del Expediente Técnico para el Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura c.1 Plan del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura. Conformado por el Perfil del Proyecto Arquitectónico. En caso de que el postulante contase con un Plan de Tesis aprobado y vigente, será suficiente adjuntar copia de dicho documento y la copia simple de la Resolución que aprueba el referido Plan. c.2 Perfil del Proyecto Arquitectónico. - Nombre del Proyecto - Objetivos y Fundamentación del tema - Población: Usuarios, Promotores. - Ámbito: Ubicación y Características del Terreno - Programación tentativa: Zonas, Ambientes, Área Techada - Referencias Bibliográficas Del Comité de Selección del TIPEARQ Designado mediante Resolución de Decanato, está integrado por un mínimo de 3 miembros titulares y lo preside el Director de la Escuela Profesional de Arquitectura Del Procedimiento de Postulación e Inscripción al Programa TIPEARQ F 1. El interesado debe presentar, en la Dirección de Escuela la documentación general y el Plan de Trabajo de Suficiencia Profesional indicados en el Art. 13-C 2. El Director de Escuela Profesional, en su calidad de Presidente del Comité de Selección del TIPEARQ, convoca a sus integrantes y cita a los postulantes para su evaluación, mediante la entrevista personal, previa calificación de la documentación presentada por cada postulante. 3. El proceso de evaluación culmina con un Acta de Selección suscrito en triplicado por los miembros del Comité, declarando alumnos APTOS o ACEPTADOS al Programa TIPEARQ, según el grado de cumplimiento de los requisitos, conforme a la casuística de cada postulante por tipo de participante (Art. 12 C). 4. El Director de Escuela, eleva al Decanato los expedientes evaluados, acompañado por el Acta de Selección e informe correspondiente. 5. El Decanato a mérito del Informe del Director de Escuela y el Acta del Comité de Selección, mediante Resolución declara aptos o aceptados, a los postulantes seleccionados para el Programa TIPEARQ y dará cuenta al Consejo de Facultad. De la Inscripción del Perfil del Proyecto Arquitectónico El(los) interesado(s) deberá(n) inscribir su tema de Proyecto Arquitectónico, que cumpla con las características especificadas en el Art. 4 del presente Reglamento, presentando a la Dirección de Escuela, su Expediente con el Perfil Definitivo del Proyecto Arquitectónico que deberá contar con el visto bueno e informe favorable del docente asesor. El Director de Escuela, previa revisión, evaluación e informe pertinente, remite cada Expediente de los postulantes matriculados al Programa TIPEARQ, a la Secretaría de la Facultad, para el Registro del Tema del Trabajo de Suficiencia, en el Programa de Titulación Profesional Extraordinaria correspondiente. El Registro incluye los datos del Perfil del Proyecto Arquitectónico. Art. 14 DEL DESARROLLO DEL PROGRAMA TIPEARQ A De la Programación Curricular El programa se realiza con la modalidad de Taller de Proyectos con ocho (8) horas lectivas semanales durante cuatro (04) meses. La asistencia es obligatoria para los participantes. El programa comprende 136 horas de clases distribuidas en 3 módulos: a). Primer Módulo: Programación Arquitectónica Con un total de 16 horas; culmina con la presentación del Perfil Definitivo del Proyecto Arquitectónico

14 B C b). c). REGLAMENTO GENERAL PARA OPTAR EL TITULO DE ARQUITECTO Segundo Módulo: Anteproyecto Arquitectónico Con un total de 40 horas; culmina con la presentación y sustentación del Anteproyecto Arquitectónico. Tercer Módulo; Proyecto Arquitectónico Integral y Memoria Descriptiva, Con un total de 80 horas. Comprende el desarrollo de los Planos de Arquitectura y Planos de Especialidades (estructuras, instalaciones eléctricas y electro mecánicas e Instalaciones sanitarias). Incluye detalles arquitectónicos y/o constructivos y Cuadro de Acabados (según requisitos detallado en el Art. 5). El Proyecto debe estar concluido al finalizar el Programa y así estar apto para el proceso de sustentación publica ante un Jurado nombrado por la Facultad. De los Docentes Asesores y Consultores Los asesores y consultores seleccionados para el Programa TIPEARQ, deberán acreditar amplia experiencia profesional en el campo de la especialidad, a fin de garantizar la excelencia y calidad en el desarrollo del Programa y la eficacia en el logro de sus objetivos y metas 1 Asesor en Diseño Arquitectónico. Es el Responsable de la asesoría general en la elaboración del Perfil Definitivo del Trabajo de Suficiencia, en la elaboración del Proyecto Arquitectónico integral (incluye coordinación de especialidades) y de la Memoria Descriptiva sustentatoria del Proyecto. Se prevé en una relación docente/alumno de 1 por cada 8 a 9 participantes, garantizando una asesoría personalizada por cada Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura. 2 Consultores de Especialidades: 1 en Estructura, 1 en Instalaciones Eléctricas y 1 en Instalaciones Sanitarias. En coordinación y a requerimiento del (de los) docente(s) asesor(es) y según la programación prevista en el Programa. 3 Cualquier modificación será propuesto y aprobado por la Facultad. Del Registro de Asistencia y Notas Los docentes asesores de Diseño Arquitectónico responsables del desarrollo del Proyecto Arquitectónico integral y los docentes consultores de especialidades, deberán abrir un Registro de Asistencia, Críticas y Evaluación, de exposiciones orales, avances y presentación de etapas sucesivas que comprende el Trabajo de Suficiencia. Al término del Programa, el o los docentes responsables, emiten un informe sobre la asistencia y el desenvolvimiento académico de cada uno de los participantes, con la calificación respectiva, según las siguientes categorías: c.1 Participantes aprobados; con nota igual o mayor a doce (12), con informe favorable de la Cátedra, son declarados aptos por la Dirección de Escuela, para el proceso de Sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura. c.2 Participantes desaprobados; con nota igual a once (11), siempre que hayan asistido a las sesiones programadas y cumplido con los requisitos, críticas de avances y entrega parciales de trabajos, pueden completar el trabajo final subsanando las deficiencias, dentro del plazo máximo de tres (03) semanas, a partir del término del Programa y presentarse al proceso de Sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional, previo informe favorable de su asesor. c.3 Participantes desaprobados con nota menor a once (11), quedan inhabilitados, no pudiendo presentarse al proceso de Sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura. Art.15 DE LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS DE SUFICIENCIA PROFESIONAL EN ARQUITECTURA A De los Requisitos para la presentación a) Tener el Grado Académico de Bachiller en Arquitectura b) Haber cumplido con adecuarse al Plan de Estudios Modificado (Según Tipo de Postulante especificado en el Art. 12-C del presente Reglamento) c) No tener más de 30% de inasistencias al curso. d) Haber aprobado el curso con una nota mínima de doce (12) en escala vigesimal. e) Haber cancelado el total de los derechos establecidos por concepto del Programa de Titulación Profesional Extraordinaria y de la Carpeta respectiva

15 B C De los Plazos de presentación del Trabajo de Suficiencia Profesional - El Trabajo de Suficiencia Profesional deberá concluirse y presentarse en los plazos establecidos en el Cronograma del TIPEARQ correspondiente. - Excepcionalmente se ampliarán los plazos para los participantes comprendido en la categoría c.2 del Art En caso de incumplimiento de los plazos, se anulará el tema, para cuyo efecto se emitirá la Resolución de Decanato correspondiente. De los Requisitos de presentación del Trabajo de Suficiencia Profesional - El Expediente del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura comprende la Carpeta de Titulación y el Trabajo de Suficiencia Profesional, para su revisión por el jurado correspondiente. - El Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura deberá cumplir con los requisitos de tema y contenido especificados en los Arts.4 y 5 del presente Reglamento. Comprende: 1 (un) juego de Planos y 3 (tres) juegos de la Memoria Descriptiva (de arquitectura y de especialidades) y Maqueta volumétrica-espacial del conjunto y/o perspectivas según los requisitos de presentación estipulados en el Reglamento de Presentación FAUA UPAO. (anexo Nº 01). D Del procedimiento para la presentación del Trabajo de Suficiencia Profesional. 1 Los docentes asesores responsables del programa presentan al Director de Escuela, el informe con la calificación de las críticas y el rendimiento académico del/de los participante(s). 2 El/los bachiller(es) participante(s) del Programa de Titulación Extraordinaria que cuenten con el informe favorable del docente asesor correspondiente deberán presentar en la Dirección de Escuela, dentro de los plazos fijados, y de acuerdo a los requisitos de presentación estipulados, el Expediente de Sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura, solicitando Nombramiento de Jurado Evaluado 3 La Dirección de Escuela coordina con el Decanato, el proceso de Sustentación y Evaluación de los Trabajos de Suficiencia Profesional en Arquitectura, en una programación especial para este Programa. Art.16 DEL PROCESO DE SUSTENTACION Y EVALUACIÓN DE LOS TRABAJOS DE SUFICIENCIA PROFESIONAL EN ARQUITECTURA B A Del Jurado de Sustentación del Trabajo de Suficiencia Profesional - La designación del Jurado se hará a la presentación del (de los) Expediente(s) de Trabajo de Suficiencia Profesional. Será nombrado mediante Resolución de Decanato y estará constituido por tres miembros titulares y un accesitario propuestos por el Director de la Escuela Profesional. - En ausencia de miembros del Jurado, éste puede ser reemplazado por el accesitario. - El quórum para todas las instancias de evaluación, es el de los tres miembros. Del Proceso de Evaluación del Trabajo de Suficiencia Profesional. La evaluación del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura por el Jurado, seguirá el siguiente procedimiento: b.1 De la revisión y evaluación del Trabajo de Suficiencia Profesional. - El Jurado, el Docente Asesor y el/los Tesista(s), serán citados por el Secretario Académico para revisión y evaluación del Trabajo de Suficiencia Profesional, en audiencia privada, y en la fecha programada. - Para la evaluación del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura, el/los bachillere(s) presentarán y sustentarán el Trabajo ante el Jurado, contando para ello con 30 minutos de plazo. El Jurado formulará las preguntas pertinentes y hará las observaciones que hubiera lugar. - Acto seguido, el Jurado levantará el Acta de revisión, con su dictamen de APTO o NO APTO para la Sustentación Pública. - En caso de dictamen desfavorable, se programará otra oportunidad, con un plazo máximo de cuatro (04) semanas, para levantar las observaciones y presentarse ante el Jurado, previo al acto de Sustentación Pública

16 b.2 De la Convocatoria para la Sustentación Pública. - Con el dictamen favorable del Jurado, a solicitud del Director de la Escuela Profesional, el Decanato, por intermedio del Secretario Académico de la Facultad, convoca para la Sustentación Pública del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura, fijando día y hora, dentro del plazo máximo de DIEZ (10) días, a partir de la fecha de emisión del dictamen por el Jurado. b.3 De la Sustentación Pública del Trabajo de Suficiencia Profesional. - En sesión pública el Jurado evalúa la sustentación y defensa del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura, por el/los Bachiller(es) postulante(s) para optar el Título Profesional de Arquitecto(a), siguiendo el mismo procedimiento normado en el Art.11 del presente Reglamento (Del Acto de Sustentación de la Tesis), que comprende: A.De la Duración de la Sustentación B De las Funciones del Jurado C De la Calificación - La sustentación oral del Trabajo de Suficiencia Profesional en Arquitectura no procederá si el asesor se encuentra ausente, salvo motivos de fuerza mayor, en cuyo caso anticipadamente, el Decano designará al profesor que lo sustituirá. CAPITULO V: DE LA MODALIDAD DE TITULACION POR PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN LA ESPECIALIDAD Art. 17 DEL OBJETO Y DE LOS REQUISITOS Del Objeto Se entiende por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad a la labor realizada por los Bachilleres en Arquitectura, quienes en calidad de Asistentes de Arquitectos participan como colaboradores en el diseño de proyectos arquitectónicos, urbanísticos o urbano-arquitectónicos. De los Requisitos Son requisitos para acogerse a la Modalidad de Titulación por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad: a) Poseer Grado Académico de Bachiller en Arquitectura con antigüedad no menor de tres (03) años. b) Haber prestado servicios profesionales durante un mínimo de tres (03) años consecutivos en uno o más centros de trabajo, en labores propias de la especialidad, debiendo presentar un expediente conteniendo una muestra de los proyectos elaborados, sustentatorios de las actividades profesionales. c) El candidato debe demostrar su capacidad para el diseño de proyectos arquitectónicos de mediana complejidad y mostrar competencias y habilidades propias que exige la especialidad, así como demostrar su capacidad para la elaboración de proyectos arquitectónicos completos. Art. 18 DE LA DOCUMENTACION PARA TITULACION POR PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN LA ESPECIALIDAD Del Expediente Comprende la siguiente documentación: a) Solicitud dirigida al Director de la Escuela Profesional de Arquitectura. b) Copia simple de Documento de Identidad (DNI o Carné de Extranjería) c) Carpeta de Titulación a,. Copia simple de Diploma del Grado de Bachiller en Arquitectura. b.- Dos (02) fotografías tamaño pasaporte blanco y negro. c.- Recibo de pago de la carpeta de Titulación. d) Recibo de pago por derechos de trámite para la Titulación por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad, fijados por acuerdo del Consejo Universitario para esta modalidad

17 e) Currículo de Vida documentado (considerándose también el aspecto de participación a seminarios, cursillos u otros eventos de la especialidad como factor importante para demostrar su constante actualización) f) Certificados de Trabajo, en original y copia, conteniendo síntesis de actividades cumplidas por el interesado, en el campo profesional del arquitecto, especificando fechas de inicio y término de las actividades, nivel o grado de participación en las mismas; y calificación de su aporte por parte de la empresa. Los certificados de trabajo deberán incluir apreciación de la calidad del comportamiento y dedicación demostrada por el postulante. La Facultad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de dichos certificados, así como hacer las observaciones necesarias a fin de que se cumplan a cabalidad los requisitos que exige esta modalidad. g) Constancias de pago de los haberes percibidos por el candidato. Del Expediente Técnico: Comprende la siguiente documentación: a) Informe Explicativo de la Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad describiendo la experiencia profesional lograda. b) Relación de proyectos y anteproyectos elaborados, indicando fechas de inicio y término y grado de participación en cada uno de los mismos. c) Relación de proyectos y anteproyectos seleccionados, en orden correlativo según las constancias de trabajo otorgadas las entidades en donde se han elaborado. d) Memorias descriptivas de los proyectos y anteproyectos seleccionados, indicando su participación y aporte; deberán ser ordenadas correlativamente según las constancias, indicando además la relación de planos que adjuntan. e) Planos de Proyectos o Anteproyectos Arquitectónicos seleccionados (acomodados en tomos), de mínimo tres (3) proyectos, de mediana complejidad, y por lo menos uno de ellos, con planos básicos de instalaciones, estructuras y detalles, que demuestre la capacidad de proyectación integral del candidato. Art. 19 DEL PROCEDIMIENTO PARA TITULACION POR PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES EN LA ESPECIALIDAD Para dar trámite a las solicitudes de Titulación por Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad se seguirá el siguiente procedimiento: 1, El interesado presentará ante la Dirección de Escuela la documentación establecida en el Art. 18, incisos del a), b), c), d), e) y f); adjuntando la relación de proyectos y anteproyectos realizados durante su experiencia profesional, para que a juicio del Director de Escuela se seleccionen aquellos que serán presentados en su Expediente Técnico. 2. La Dirección de Escuela evaluará los documentos presentados y elaborará un Informe sobre la pertinencia y conformidad del expediente, autorizando la prosecución del trámite y detallando los trabajos seleccionados para el Expediente Técnico. Entrega una copia a la Secretaría Académica y otra al interesado, para el cumplimiento del total de requisitos solicitados en al Art El interesado tendrá un plazo máximo de sesenta (60) días para presentar el Expediente Técnico completo, con los proyectos y anteproyectos seleccionados y la documentación restante, incluido la copia del Informe del Director de Escuela. 4. El interesado presentará toda su documentación a la Secretaría Académica de la Facultad, quién previa revisión y verificación de las mismas, procederá a emitir el informe pertinente de Conformidad de la Documentación al Decanato de la Facultad, para el nombramiento del Jurado e inscripción del Expediente en el Registro de Titulación en la modalidad de Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad. 5. El Decanato, a mérito del Informe de la Dirección de Escuela, más el Informe de la Secretaría Académica sobre cumplimiento de los requisitos establecidos en el Art. 18, emitirá la Resolución declarando apto al postulante para presentar su Informe Explicativo de Prestación de Servicios Profesionales en la Especialidad, nombra al Jurado y convoca al acto público de Sustentación, en un plazo máximo de diez (10) días, de recepción del expediente en el Decanato

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