REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS
|
|
- Natividad Agüero Chávez
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS
2 ANEXO 4.03 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS Sección A Nota general interpretativa 1. Un requisito de cambio de clasificación arancelaria es aplicable solamente a los materiales no originarios. 2. Cuando una regla de origen específica esté definida con el criterio de cambio de clasificación arancelaria, y en su redacción se exceptúen posiciones arancelarias a nivel de capítulo, partida o subpartida del Sistema Armonizado, se interpretará que los materiales correspondientes a esas posiciones arancelarias deberán ser originarios para que la mercancía califique como originaria. 3. Los materiales exceptuados que se separan con comas y con la disyuntiva o, deberán ser originarios para que la mercancía califique como originaria, ya sea que la misma utilice en su producción uno o más de los materiales contemplados en la excepción. 4. Cuando una partida o subpartida arancelaria esté sujeta a reglas de origen específicas optativas, será suficiente cumplir con una de ellas. 5. Cuando una regla de origen específica establezca para un grupo de partidas o subpartidas un cambio de otra partida o subpartida, dicho cambio podrá realizarse dentro y fuera del grupo de partidas o subpartidas especificadas en la regla, según sea el caso, a menos que se especifique lo contrario. Sección B - Reglas de origen específicas aplicables entre la República de China y la República de Panamá Sección I Animales vivos y productos del reino animal Capítulo 01 Animales vivos Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los animales de esta partida serán originarios del país de nacimiento y crianza Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo; o los animales de esta partida serán originarios del país de nacimiento y/o crianza o captura. Capítulo 02 Carnes y despojos comestibles
3 Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.02, 01.03, o 01.05; o los productos de estas partidas serán originarios del país de nacimiento y crianza del animal. Capítulo 03 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos Nota de Capítulo 03: a) Los peces, pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos serán originarios incluso si fueron obtenidos a partir de alevines o larvas importadas Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo. Capítulo 04 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestibles de origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida El país de origen de las mercancías de esta partida será el país en el cual la leche cruda es obtenida en su estado natural o sin procesar Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida El país de origen de las mercancías de esta partida será el país en el cual la leche cruda es obtenida en su estado natural o sin procesar No se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un contenido regional de sólidos lácteos no menor a 80% Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida El país de origen de las mercancías de esta subpartida será el país en el cual la leche cruda es obtenida en su estado natural o sin procesar Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida El país de origen de las mercancías de esta partida será el país en el cual la leche cruda es obtenida en su estado natural o sin procesar No se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un contenido regional de sólidos lácteos no menor a 60% No se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un contenido regional de sólidos lácteos no menor a 60% No se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un contenido regional de sólidos lácteos no menor a 50% Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida El país de origen de las mercancías de esta subpartida será el país en el cual la leche
4 cruda es obtenida en su estado natural o sin procesar No se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un contenido regional de sólidos lácteos no menor a 50% Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida se considerarán originarios del país donde se obtienen los huevos, miel en su estado natural o sin procesar, y otros productos animales no expresados ni comprendidos en otra parte. Capítulo 05 Los demás productos de origen animal no expresados ni comprendidos en otra parte Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde el capítulo 01 o 02. Sección II Productos del reino vegetal Nota de Sección II: Las mercancías agrícolas (hortícolas, frutícolas, forestales, entre otras) cultivadas en territorio de una Parte deben ser tratadas como originarias de territorio de esa Parte, aunque se hayan cultivado a partir de semillas, bulbos, esquejes, injertos, yemas, u otras partes vivas de plantas importadas de un país Parte o no Parte. Capítulo 06 Plantas vivas y productos de la floricultura Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo o donde se reproducen. Capítulo 07 Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo en su estado natural o sin procesar. Capítulo 08 Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta subpartida serán originarios del país de cultivo Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida 08.03, 08.05, o la subpartida
5 , , , , , o Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo. Capítulo 09 Café, té, yerba mate y especies Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo El país de origen de las mercancías de esta partida será el país en el cual la planta creció Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo El país de origen de las mercancías de esta subpartida será el país en el cual han crecido Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Capítulo 10 Cereales Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo. Capítulo Productos de la molinería; malta; almidón y fécula; inulina; gluten de trigo Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo. Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas o Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde el capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la subpartida Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo.
6 Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Capítulo 12 Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo. Capítulo 13 Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de estas partidas serán originarios del país en el que ellos sean obtenidos por extracción, exudación e incisión. Capítulo 14 Materias trenzables y demás productos de origen vegetal, no expresados ni comprendidos en otra parte Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo. Sección III Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal Capítulo 15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal Los productos de esta partida serán originarios del país de nacimiento o crianza del animal Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida o Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra
7 15.11 Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la subpartida Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo. Sección IV Productos de las Industrias Alimentarias; Bebidas, Líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco, elaborados Capítulo 16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos EX (A) Un cambio a la fracción arancelaria ex (a) desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.05, 02.07, o 05.11, o subpartida EX (B) Un cambio a la fracción arancelaria ex (b) desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas o 02.07; o Un cambio a la fracción arancelaria ex (b) desde cualquier otro capítulo, cumpliendo con un contenido regional de carne de pavo no menor a 50% del peso total de la carne utilizada. EX (C) Un cambio a la fracción arancelaria ex (c) desde cualquier otro capítulo, excepto desde el capítulo 01, 02 o 05 (permitiéndose la importación desde la partida 02.09). El contenido de carne de porcino no será menor al 60% del peso del total de la carne utilizada. EX (D) Un cambio a la fracción arancelaria ex (d) desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.02, 02.01, 02.02, 02.06, 02.10, o EX (E) Un cambio a la fracción arancelaria ex (e) desde cualquier otro capítulo excepto desde el capítulo 01, 02 o Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde el capítulo 01, 02 o Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.05, 02.07, o subpartida Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.03, 02.03, 02.06, o Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.03, o Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.03, 02.03, 02.06, 02.09, 02.10, o Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 01.02, 02.01, 02.02, 02.06, o Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde el capítulo 01, 02 o partida o
8 Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo. Capítulo 17 Azúcares y artículos de confitería Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida o subpartida , , harinas y polvos de maní y nueces trituradas de las subpartidas , , o mezclas de nueces y semillas, con un contenido de nueces trituradas, por peso, superior al 20%, preparadas o preservadas de otra forma de la subpartida Capítulo 18 Cacao y sus preparaciones Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o los productos de esta partida serán originarios del país de cultivo Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde las partidas 04.01, 04.02, 04.03, 04.04, 10.06, 11.03, 11.04, 19.01, o 19.04, o subpartida o Capítulo 19 Preparaciones a base de cereals, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería 1901 Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 04.01, 04.02, 04.03, 04.04, 10.06, 11.01, 18.06, o subpartidas , , , , , , , o Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 10.06, 11.01, o subpartidas , , , , , , o Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 10.06, 11.01, o subpartidas , , , , , , o , permitiéndose la importación de extracto de malta de la subpartida Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde las subpartidas , o No se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un contenido de tomate originario no menor a 65%, es decir, al menos el 65% del contenido de tomate será originario de la República de China o la República de Panamá Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto
9 desde las subpartidas o Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida o subpartida o , papas y ajo de la subpartida o frijoles colorados de la subpartida o Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida o subpartida o , papas y ajo de la subpartida , o frijoles colorados de la subpartida o Un cambio a la partida 2006 desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 08.03, 08.04, 08.05, o 08.13, o subpartida , , o frijoles colorados de la subpartida o Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 08.03, 08.04, o Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde las subpartidas , , o Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde la subpartida ( Pera europea está permitida), , o Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde la subpartida ( Pera europea está permitida), , o Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas 07.02, 08.04, 08.05, 08.07, o subpartida , , El uso de jugo concentrado importado de Pera europea, melocotón, fresa, albaricoque (excepto albaricoque japonés ), manzana y kiwi, está permitido. Capítulo 21 Preparaciones alimenticias diversas Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, incluso elaboradas a partir de levaduras madre para cultivo Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra No se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un contenido de tomate originario no menor a 65%, es decir, al menos el 65% del contenido de tomate será originario de la República de China o la República de Panamá Un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, incluyendo el cambio de harina de mostaza a mostaza preparada.
10 EX (A) EX (B) Un cambio a vino de cocina (a base de licor que contiene al menos 0.5% de sal u otros condimentos en su contenido cuyo producto final es usado para cocinar) de la fracción arancelaria ex (a) desde cualquier otra partida, excepto desde las partidas 22.06, o Un cambio a la fracción arancelaria ex (b) (los demás de la subpartida ) desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde las partidas 04.01, 04.02, o subpartida Un cambio a la subpartida desde cualquier otra ex (a) ex (b) ex (c) Un cambio a la fracción arancelaria ex (a) (Pasta de frijoles colorados (incluidos los frijoles Adzuki, en todas sus variedades, y los frijoles colorados largos) desde cualquier otra partida, excepto desde la partida o subpartidas , , , , o Un cambio a la fracción arancelaria ex (b) (otras preparaciones alimenticias con un contenido de arroz no menor al 30%) desde cualquier otra partida, excepto desde las partidas 10.06, o subpartidas , , , , , , , , , , Un cambio a la fracción arancelaria ex (c) (los demás, de la subpartida ) desde cualquier otra Capítulo 22 Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo; o los productos de estas partidas serán originarios del país en el que el agua, hielo y nieve sean obtenidos en su estado natural Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo. ex (a) Un cambio a la fracción arancelaria ex (a) (bebidas con un contenido lácteo no mayor al 10% por volumen) desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida ex (b) Un cambio a la fracción arancelaria ex (b) (otros de la subpartida ) desde cualquier otro capítulo, excepto desde las partidas o Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, incluso a partir desde su concentrado Un cambio a la subpartida desde cualquier otro capítulo, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida, excepto desde las partidas 17.01, 17.02, o o subpartida Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida, excepto desde las partidas 17.01, 17.02, o o subpartida
11 Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida, excepto desde las partidas 17.01, 17.02, o Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Capítulo 23 Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos preparados para animales Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo. Un cambio a la partida desde cualquier otra Capítulo 24 Tabaco y sucédaneos del tabaco, elaborados Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 70% Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo; o un cambio a la partida desde cualquier otra partida, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 70%. Sección V Productos Minerales Capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras; yesos, cales y cementos Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo b) Un cambio a la partida desde cualquier otra c) Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo. Capítulo 26 Minerales metalíferos, escorias y cenizas Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 27 Combustibles minerales, aceites minerales y productos de su destilación; materias bituminosas; ceras minerales Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un
12 valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, o este producto será originario del país en el cual la energía eléctrica es generada. Sección VI Productos de las industrias químicas o de las Industrias conexas Capítulo 28 Notas de Capítulo 28: Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos 1. Soluciones valoradas: las materias tipo, incluidas las soluciones valoradas, constituyen preparaciones aptas para usos analíticos, de calibración o referencia, con grados de pureza o proporciones precisos y garantizados por el fabricante. Confiere origen la preparación de soluciones valoradas. 2. Separación de isómeros: confiere origen el aislamiento o separación de isómeros a partir de una mezcla de isómeros d) Un cambio a la partida a desde cualquier otra e) Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra f) Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Capítulo 29 Productos químicos orgánicos
13 Notas de Capítulo 29: 1. Soluciones valoradas: las materias tipo, incluidas las soluciones valoradas, constituyen preparaciones aptas para usos analíticos, de calibración o referencia, con grados de pureza o proporciones precisos y garantizados por el fabricante. Confiere origen la preparación de soluciones valoradas. 2. Separación de isómeros: confiere origen el aislamiento o separación de isómeros a partir de una mezcla de isómeros g) Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra h) Un cambio a la partida desde cualquier otra i) Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra j) Un cambio a la partida desde cualquier otra k) Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra l) Un cambio a la partida desde cualquier otra m) Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra n) Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra o) Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Capítulo 30 Productos Farmacéuticos Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 31 Abonos Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados;
14 Notas de capítulo 32: pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas 1. Soluciones valoradas: las materias tipo, incluidas las soluciones valoradas, constituyen preparaciones aptas para usos analíticos, de calibración o referencia, con grados de pureza o proporciones precisos y garantizados por el fabricante. Confiere origen la preparación de soluciones valoradas. 2. Separación de isómeros: confiere origen el aislamiento o separación de isómeros a partir de una mezcla de isómeros Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida desde cualquier otra Capítulo 33 Notas de capítulo 33: Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética Separación de isómeros: confiere origen el aislamiento o separación de isómeros a partir de una mezcla de isómeros UN CAMBIO A LA PARTIDA DESDE CUALQUIER OTRA SUBPARTIDA Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas (candelas) y artículos similares, pastas para modelar, ceras para odontología y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable
15 34.01 Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 35 Materias albuminóideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida 0407 o Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida o subpartidas , , , , o Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 36 Pólvoras y explosivos; artículos de pirotécnia; fósforos (cerillas); aleaciones pirofóricas; materias inflamables Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 37 Productos fotográficos o cinematográficos Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Sección VII Plástico y sus manufacturas; caucho y sus manufacturas Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra
16 Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas Un cambio a la partida desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Sección VIII Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa Capítulo 41 Pieles (excepto la peletería) y cueros Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida a desde cualquier otra El proceso de preparación de cuero desde cuero wet blue a crust es permitido. El proceso de preparación de cueros desde cueros wet blue a cueros crust confiere origen Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo. Capítulo 43 Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial Un cambio a la partida a desde cualquier otra Sección IX Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería Capítulo 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 45 Corcho y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra
17 Capítulo 46 Manufacturas de espartería o cestería Un cambio a la partida a desde cualquier otra Sección X Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones Capítulo 47 Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos) Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida, excepto desde la subpartida Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 49 Productos editoriales, de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo. Sección XI Materias textiles y sus manufacturas Capítulo 50 Seda Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin Un cambio a la partida a desde cualquier otra
18 Capítulo 52 Algodón Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida desde cualquier otra Capítulo 53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 54 Filamentos sintéticos o artificiales Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 56 Guata, fieltro y telas sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil Un cambio a la partida a desde cualquier otra
19 Capítulo 60 Tejidos de Punto Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo, permitiéndose la importación de mangas, cuello y muñeca de la partida Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos Un cambio a la partida a desde cualquier otra Sección XII Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello Capítulo 64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos Un cambio a la partida a desde cualquier otra partida, excepto desde la subpartida Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otro capítulo. Capítulo 65 Sombreros, demás tocados, y sus partes Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 66 Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 67 Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello Un cambio a la partida a desde cualquier otra
20 Sección XIII Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas; productos cerámicos; vidrio y sus manufacturas Capítulo 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 69 Productos cerámicos Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Sección XIV Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas Capítulo 71 Perlas finas (naturales) o cultivadas, piedras preciosas o semipreciosas, metales preciosos, chapados de metal precioso (plaqué) y manufacturas de estas materias; bisutería; monedas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Sección XV Metales comunes y sus manufacturas Capítulo 72 Fundición, hierro y acero Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 35% Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra
21 72.11 Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, excepto desde la partida Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 75 Níquel y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra p) Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra
22 Capítulo 78 Plomo y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 79 Cinc y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo 80 Estaño y sus manufacturas Un cambio a la partida a desde cualquier otra Los demás metales comunes; cermet; manufacturas de estas Capítulo 81 materias Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la partida desde cualquier otra partida, permitiéndose el cambio desde los esbozos en flejes de hojas para maquinillas de afeitar de la subpartida , cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Capítulo Manufacturas diversas de metal común Un cambio a la partida desde cualquier otra partida; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida a desde cualquier otra Sección XVI Máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos
23 Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 40% Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 40% Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otro capítulo; o un cambio a la partida a desde cualquier otra partida, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 50% Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde
24 Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde regional no menor a 45% Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde regional no menor a 45% Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde regional no menor a 45% Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a las subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra subpartida fuera de este grupo, excepto desde la subpartida ; o no se requiere un cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 50% Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida; o Un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, cumpliendo con un valor de contenido regional no
25 menor a 35% Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o Un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde regional no menor a 45% Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la partida a desde cualquier otra partida; o no se requiere cambio de clasificación arancelaria, cumpliendo con un valor de contenido Un cambio a la partida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida desde cualquier otra subpartida, cumpliendo con un valor de contenido regional no menor a 35% Un cambio a la subpartida desde cualquier otra Un cambio a la subpartida a desde cualquier otra partida; o un cambio a la subpartida a desde
COMPARACIÓN DE LAS EXPORTACIONES TOTALES DE URUGUAY EN LOS AÑOS 2003, 2004 Y 2005 (datos en dólares americanos)
(datos en dólares americanos) EXPORTACIONES TOTALES Años Enero Variación mensual (%) 2003 55.485.533 2004 77.057.107 38,9% 2005 111.771.306 45,0% (Productos exportados por un monto mayor a 100 millones
Más detallesLEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y EXPORTACIN
LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACION Y EXPORTACIN Gutiérrez Delgado La cuarta edición de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (LIGIE), contiene todas las modificaciones
Más detalles4. Comercio exterior por capítulos arancelarios
4. Comercio exterior por capítulos arancelarios DEL 6 AL 26 DE JUNIO DE 2005 191 APÉNDICE ESTADÍSTICO. COMERCIO EXTERIOR POR CAPÍTULOS ARANCELARIOS 4.1. COMERCIO EXTERIOR POR CAPÍTULOS ARANCELARIOS EXPORTACIONES
Más detallesARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN Notas Generales:
ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACIÓN Notas Generales: A. El Arancel Centroamericano de Importación está constituido por el Sistema Arancelario Centroamericano (S.A.C.) y los correspondientes Derechos
Más detallesReactores nucleares, calderas, máquinas y partes
Colombia/Inteligencia de mercados Productos exportados por la Región Pacífica Por: Legiscomex.com Diciembre 12 del 2006 El 20,9% de las exportaciones de la Región Pacífica se concentró en el capítulo 17
Más detallesÍNDICE DE MATERIAS. Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado. Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
ÍNDICE DE MATERIAS Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL 1 Animales vivos 2 Carne y despojos comestibles 3 Pescados y crustáceos,
Más detallesANEXO 4 REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN. Sección I. Animales Vivos y Productos del Reino Animal
ANEXO 4 REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN Sección I Animales Vivos y Productos del Reino Animal Capítulo 01 Animales vivos. 01.01 01.06 Un cambio a la partida 01.01 a 01.06 desde cualquier otro Capítulo 02
Más detallesANEXO 4.03 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS. Sección C REGLAS DE ORIGEN BILATERALES COSTA RICA PANAMÁ. Nota general interpretativa
ANEXO 4.03 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS Sección C REGLAS DE ORIGEN BILATERALES COSTA RICA PANAMÁ Nota general interpretativa 1. Un requisito de cambio de clasificación arancelaria es aplicable solamente
Más detallesANEXO 3-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN
ANEXO 3-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN SA Regla Específica CAPÍTULO 12: SEMILLAS Y FRUTOS OLEAGINOSOS; SEMILLAS Y FRUTOS DIVERSOS; PLANTAS INDUSTRIALES O MEDICINALES; PAJA Y FORRAJE 1201-1207 Un cambio
Más detallesTabla 1: Región Andina-exportaciones a EE UU por capítulo
Colombia/Inteligencia de mercados Productos exportados a EE UU por la Región Andina Por: Legiscomex.com Diciembre 12 del 2006 El 26% de las exportaciones de la Región Andina a EE UU se concentró en el
Más detallesDepartamento de Compilación
ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER EL ANEXO 401 Y EL ANEXO 403.1 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE, SEGÚN ACUERDO DE LA COMISIÓN DE LIBRE COMERCIO DEL PROPIO TRATADO. (Publicado en el
Más detallesANEXO 4.03 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS
ANEXO 4.03 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS Sección A Notas generales interpretativas Para los efectos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo: (a) (b) (c) (d) (e) (f) (g) la regla específica,
Más detallesCOMUNIDADES AUTÓNOMAS - TARIC
Asturias España Andalucía Aragón (Principado de) Balears (Illes) Total 240.581.830.223,43 26.676.321.334,93 9.382.385.142,05 3.839.361.651,98 925.796.408,47 S01. Animales vivos y productos del reino animal
Más detallesARANCEL ADUANERO CHILENO
VII ARANCEL ADUANERO CHILENO BASADO EN EL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL REGLAS GENERALES NOMENCLATURA Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL
Más detalles2006 Ene-ago USD Cereales
Colombia/Inteligencia de mercados Productos importados por la Región Andina Por: Legiscomex.com Diciembre 12 del 2006 Importaciones de Colombia con destino a la Región Andina El 17% de las importaciones
Más detallesInforme de Importaciones URUGUAY XXI
Informe de Importaciones URUGUAY XXI Estadísticas de importación de Uruguay con el resto del mundo: I- Uruguay en Cifras- Uruguay XXI II- Datos estadísticos totales de importación de Uruguay del Mundo
Más detallesActualmente, todas las aduanas del país registran sus operaciones a través del Sistema Informático M.A.R.I.A.(S.I.M.)
Año 2016 Año 2016 El Indec elabora las estadísticas del comercio exterior sobre la base de los registros aduaneros de exportación e importación. En el presente documento se analiza la actividad de comercio
Más detallesSECCIÓN C DEL ANEXO 4.03 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS. Reglas de Origen Bilaterales Nicaragua - Panamá. Nota general interpretativa
SECCIÓN C DEL ANEXO 4.03 REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS Reglas de Origen Bilaterales Nicaragua - Panamá Nota general interpretativa 1. Un requisito de cambio de clasificación arancelaria es aplicable solamente
Más detallesAnexo al Artículo 3-03. Reglas de Origen Específicas. Sección A - Nota General Interpretativa
Anexo al Artículo 3-03 Reglas de Origen Específicas Sección A - Nota General Interpretativa Para propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo: 1. la regla específica, o el
Más detallesANEXO 4 REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN 1. Sección I. Animales Vivos y Productos del Reino Animal
ANEXO 4 REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN 1 Sección I Animales Vivos y Productos del Reino Animal Capítulo 01 Animales vivos. 01.01 01.06 Un cambio a la partida 01.01 a 01.06 desde cualquier otro Capítulo 02
Más detallesAnexo 4-03 Reglas de origen específicas Sección A - Nota general interpretativa
1. Para efectos de este anexo, se entenderá por: Anexo 4-03 Reglas de origen específicas Sección A - Nota general interpretativa arancel: un arancel aduanero, tal como se define en el artículo 3-01 del
Más detallesARANCEL ADUANERO DE CHILE
ARANCEL ADUANERO DE CHILE TOMO 1 Indice de Secciones Indice de Capítulos Abreviaturas y Símbolos: - Abreviaturas y Símbolos - Abreviaturas - Abreviaturas Equivalencias de Monedas Extranjeras Notas Introductorias
Más detallesCapítulo 15 ÍNDICES DE PRECIOS DE COMERCIO EXTERIOR
Capítulo 15 ÍNDICES DE PRECIOS DE COMERCIO EXTERIOR INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA 495 ÍNDICES DE PRECIOS DE COMERCIO EXTERIOR: 2014 (BASE AÑO 2002=100) Durante el año 2014, disminuyó
Más detallesANEXO 3-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN
ANEXO 3-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN 3A-1 ANEXO 3-A REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS PARTE I NOTAS GENERALES INTERPRETATIVAS 1. Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en el
Más detalles15 ÍNDICES DE PRECIOS DE COMERCIO EXTERIOR
493 Capítulo 15 ÍNDICES DE PRECIOS DE COMERCIO EXTERIOR 494 495 ÍNDICES DE PRECIOS DE COMERCIO EXTERIOR: 2015 (BASE AÑO 2002=100) Durante el año 2015, disminuyó drásticamente el índice de precios de exportación
Más detallesAnexo 3: Reglas de Origen Específicas
Anexo 3: Reglas de Origen Específicas Sección I - Animales vivos y productos del reino animal. Capítulo 01 Animales vivos. 01.01-01.06 Un cambio a la partida 01.01 a 01.06 desde cualquier otro capítulo.
Más detallesAnexo Reglas Específicas de Origen. Parte A - Notas Interpretativas Generales
Anexo 3.02 Reglas Específicas de Origen Parte A - Notas Interpretativas Generales 1. Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo: (a) la regla específica o el conjunto
Más detallesPODER EJECUTIVO DECRETOS N COMEX EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en las atribuciones que les
PODER EJECUTIVO DECRETOS N 30823-COMEX EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140, incisos 3), 10), 12) y 18),
Más detallesTabla 1 - Datos Generales 1
Tabla 1 - Datos Generales 1 Nombre Oficial Federación Rusa Capital Moscú Otras Ciudades San Petersburgo Sistema Político Federación Superficie 17.098.242 km² Ubicación Geográfica fronteriza Asia del Norte
Más detallesSISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO -SAC-
SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO -SAC- ENERO 2013 ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACION NOTAS GENERALES A. El Arancel Centroamericano de Importación está constituido por el SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO
Más detallesSISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO -SAC-
SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO -SAC- II ENERO 2012 ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACION NOTAS GENERALES A. El Arancel Centroamericano de Importación está constituido por el SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO
Más detallesSISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO -SAC-
SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO -SAC- ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACION NOTAS GENERALES A. El Arancel Centroamericano de Importación está constituido por el SISTEMA ARANCELARIO CENTROAMERICANO
Más detalles2006 Ene-ago USD 27. 27.577.318 17.850.773 70 Vidrio y manufacturas 26.832.291 28.908.307 44
Colombia/Inteligencia de mercados Productos exportados por la Región del Caribe Por: Legiscomex.com Diciembre 19 del 2006 Exportaciones de Colombia desde la Región del Caribe El 44% de las exportaciones
Más detallesCOMERCIO EXTERIOR DE VENEZUELA
COMERCIO EXTERIOR DE VENEZUELA 2011-2012 O.E. PRINCIPALES PAISES DE ORIGEN DE LAS IMPORTACIONES DE VENEZUELA País Ene-Dic / 2011 (millones USD) Ene-Oct / 2012 (millones USD) Estados Unidos 9.168,84 10.348,23
Más detallesCuadro 331-07. IMPORTACIÓN Y REEXPORTACIÓN EN LA ZONA LIBRE DE COLÓN, POR PESO, VALOR Y PORCENTAJE, SEGÚN SECCIÓN ARANCELARIA: AÑOS 2005-09
2005... 1,051,080 6,218,369 100.0 938,413 6,664,302 100.0 1,121,519 6,817,697 100.0 1,025,179 7,664,938 100.0 1,184,608 7,634,137 100.0 1,077,600 8,519,475 100.0 1,234,525 9,056,187 100.0 1,096,436 9,607,415
Más detallesPROTOCOLO BILATERAL ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE
PROTOCOLO BILATERAL ENTRE LA REPÚBLICA DE CHILE Y LA REPÚBLICA DE GUATEMALA AL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE CENTROAMÉRICA Y CHILE Los Gobiernos de las Repúblicas de Chile y Guatemala: CONSIDERANDO:
Más detallesANEXO 301 REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN. 1. Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo:
ANEXO 301 REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN Parte A - Notas Generales Interpretativas 1. Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo: (a) la regla específica o el conjunto
Más detallesDECISION Nº de diciembre de 2006
DECISION Nº 15 5 de diciembre de 2006 Modificaciones al anexo del artículo 4.03 Sección B- Reglas de origen específicas entre Chile, Costa Rica y El Salvador, del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica
Más detallesCUALES SON LOS SECTORES QUE MAS DEFICIT GENERAN?
CAE EL SUPERAVIT COMERCIAL: FALTAN DOLARES MAS ALLA DELA ENERGIA, CUALES SON LOS SECTORES QUE MAS DEFICIT GENERAN? 1. Introducción: La economía argentina está sufriendo algunas debilidades. El frente cambiario
Más detallesAPÉNDICE REGLAS DE ORIGEN ESPECIALES PARTE I NOTAS GENERALES INTERPRETATIVAS
APÉNDICE 3.3.6 REGLAS DE ORIGEN ESPECIALES PARTE I NOTAS GENERALES INTERPRETATIVAS 1. Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Apéndice: (a) (b) (c) (d) (e) la regla
Más detallesAPÉNDICE REGLAS DE ORIGEN ESPECIALES PARTE I NOTAS GENERALES INTERPRETATIVAS
APÉNDICE 3.3.6 REGLAS DE ORIGEN ESPECIALES PARTE I NOTAS GENERALES INTERPRETATIVAS 1. Para los propósitos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Apéndice: (a) (b) (c) (d) (e) (f) la regla
Más detallesRégimen de Percepciones del IGV
C o n t e n i d o Sujetos que pueden ser objeto de percepción Aplicación de las Percepciones Oportunidad de la Percepción Importe de la Percepción Operaciones Excluidas de la Percepción Declaración Del
Más detallesExportaciones e Importaciones Definitivas por Aduanas Enero - Marzo (en miles)
Exportaciones e Importaciones Definitivas por Aduanas Enero - Marzo (en miles) EXPORTACIONES ADUANAS US$FOB (en miles) KILOS (en miles) 2012 2013 Var. Abs Var % 2012 2013 Var. Abs Var % ADUANA CENTRAL
Más detallesRepública de Panamá CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Instituto Nacional de Estadística y Censo
República de Panamá CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Instituto Nacional de Estadística y Censo TOTAL... 178,0 176,5-0,8 IMPORTACIÓN... 195,6 190,8-2,4 AGRICULTURA... 196,8 190,6-3,2 Productos Agropecuarios...
Más detallesElaborado por Idaira Hernández Acosta bajo la supervisión de PROEXCA
Ficha Comercial Relaciones Comerciales de Canarias con Uruguay Septiembre 2013 Elaborado por Idaira Hernández Acosta bajo la supervisión de PROEXCA 1 ÍNDICE Destaca 3 Principales receptores de las exportaciones
Más detallesTOTAL... 4,4 2,3 3,7 5,1 IMPORTACIÓN... 10,0 4,4 5,8 7,6 AGRICULTURA ,3-9,3 2,1 15,0. Productos Agropecuarios ,3-9,3 2,1 15,0
SEGÚN SECTOR, DIVISIÓN, AGRUPACIÓN Y GRUPO: AÑO, POR TRIMESTRE TOTAL... 4,4 2,3 3,7 5,1 IMPORTACIÓN... 10,0 4,4 5,8 7,6 AGRICULTURA... -12,3-9,3 2,1 15,0 Productos Agropecuarios... -12,3-9,3 2,1 15,0 SILVICULTURA...
Más detallesPerú Ficha comercial. Idaira Hernández Acosta PROEXCA 21/08/2014. PROEXCA Confidencial
2014 Perú Ficha comercial Informe sobre las relaciones comerciales entre Canarias y Perú en 2014 (datos de enero-mayo de 2014). Se analiza la evolución de las exportaciones e importaciones entre estas
Más detallesPolíticas Aduaneras de Colombia y Ecuador para el Fomento y la Dinamización del Comercio Binacional
Políticas Aduaneras de Colombia y Ecuador para el Fomento y la Dinamización del Comercio Binacional Claudia María Gaviria Vásquez Directora de Gestión de Aduanas Comportamiento del Comercio entre los dos
Más detallesComparativo de Importaciones y Exportaciones Totales por Régimen Enero - Diciembre (en miles)
Comparativo de Importaciones y Exportaciones Totales por Régimen Enero - Diciembre (en miles) IMPORTACIONES TOTALES DESCRIPCION DEL REGIMEN 2012 2013 BALANCE No. DEC. U$CIF PESO EN KLS No. DEC. U$CIF PESO
Más detallesESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ARANCEL ADUANERO DE IMPORTACIONES 2010
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA ARANCEL ADUANERO DE IMPORTACIONES 2010 1. INDICE DE MATERIAS. 2. CONSIDERACIONES GENERALES. 3. ABREVIATURAS Y SIMBOLOS. 4. REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACION DE LA
Más detallesAnexo al Artículo 4.2 Reglas específicas de origen. Sección A: Nota general interpretativa. 1. Para efectos de este Anexo, se entenderá por:
Anexo al Artículo 4.2 Reglas específicas de origen Sección A: Nota general interpretativa 1. Para efectos de este Anexo, se entenderá por: (a) (b) (c) (d) (e) sección: una sección del Sistema Armonizado;
Más detallesESTUDIO DE MERCADO COLOMBIA
ESTUDIO DE MERCADO COLOMBIA FICHA DE PAIS!"#$%& '( %)& $ '$ *+,-.%$/ & INTRODUCCIÓN Colombia ocupa la posición 23 dentro del ranking de destinos de exportación de Argentina, recibiendo el 1,6% de las ventas
Más detallesEdita: Gobierno de Extremadura. IEEX. Realiza: Instituto de Estadística de Extremadura (IEEX)
Edita: Gobierno de Extremadura. IEEX Realiza: Instituto de Estadística de Extremadura (IEEX) Estadística de Comercio Exterior de Extremadura ESTADÍSTICA DE COMERCIO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA
Más detallesRESUMEN EJECUTIVO Las exportaciones de la región alcanzaron un valor FOB de US$7,675.7 millones
COMERCIO EXTERIOR CENTROAMERICANO Boletín: enero - marzo de 2013 RESUMEN EJECUTIVO Las exportaciones de la región alcanzaron un valor FOB de US$7,675.7 millones durante enero a marzo de 2013, observando
Más detallesEstados Unidos - Chile Tratado de Libre Comercio. Modificaciones al Anexo 4.1, Reglas de Origen Específicas
Estados Unidos - Chile Tratado de Libre Comercio Modificaciones al Anexo 4.1, Reglas de Origen Específicas Capítulo 7: Legumbres y hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios 07.01 07.14: Eliminar
Más detallesSECCIÓN I (DEL CAPÍTULO 1 AL 5) ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
ANEXO AL CAPÍTULO IV SECCIÓN I (DEL CAPÍTULO 1 AL 5) ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL CAPÍTULO 1: ANIMALES VIVOS 0101 0104 Los animales de esta partida serán originarios del país de nacimiento
Más detallesANEXO 4-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN POR PRODUCTO PARA TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR. Sección A: Notas Generales Interpretativas
ANEXO 4-A REGLAS ESPECÍFICAS DE ORIGEN POR PRODUCTO PARA TEXTILES Y PRENDAS DE VESTIR Sección A: Notas Generales Interpretativas 1. Para los efectos de la interpretación de las reglas específicas de origen
Más detallesReglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado 1. Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL
Capitulo ÍNDICE DE MATERIAS pag. Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado 1 Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL REINO ANIMAL 1 Animales vivos 3 2 Carne y despojos comestibles
Más detallesANEXO XIII COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO: BIENES CUBIERTOS
ANEXO XIII COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO: BIENES CUBIERTOS PARTE A - MÉXICO El capítulo V aplica a todos los bienes. Sin embargo, para las compras de la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de
Más detallesAl margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
ACUERDO POR EL QUE SE ADOPTAN LAS RECTIFICACIONES TÉCNICAS AL ANEXO XIII DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LOS ESTADOS DE LA ASOCIACIÓN EUROPEA DE LIBRE COMERCIO, DERIVADAS
Más detallesÚ N E TE A L A C Á M A R A TO D O S O N V E N TA JA S
2012 2011 Ú N E TE A L A C Á M A R A TO D O S O N V E N TA JA S Alicante Comercio Exterior AVANCE 2012 Gabinete de Estudios Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Alicante CONTENIDOS EL
Más detallesANEXO ARANCEL ADUANERO CHILENO BASADO EN EL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL REGLAS GENERALES
ANEXO ARANCEL ADUANERO CHILENO BASADO EN EL SISTEMA ARMONIZADO DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL REGLAS GENERALES NOMENCLATURA Sección I ANIMALES VIVOS Y PRODUCTOS DEL
Más detallesCOMERCIO EXTERIOR CENTROAMERICANO
COMERCIO EXTERIOR CENTROAMERICANO Boletín: enero - febrero de 2012 Resumen ejecutivo Comercio exterior centroamericano Las exportaciones de la región alcanzaron un valor (FOB) de US$4,788.4 millones durante
Más detallesAprobado mediante Resolución No. 268-2011 (COMIECO-LXI), del 2 de diciembre de 2011 ANEXO
Aprobado mediante Resolución No. 268-2011 (COMIECO-LXI), del 2 de diciembre de 2011 ANEXO REGLAMENTO CENTROAMERICANO SOBRE EL ORIGEN DE LAS MERCANCIAS REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS PARTE I. NOTAS GENERALES
Más detallesANEXO 3.16 INTEGRANTES DEL COMITÉ DE COMERCIO DE MERCANCÍAS
ANEXO 3.16 INTEGRANTES DEL COMITÉ DE COMERCIO DE MERCANCÍAS El Comité de Comercio de Mercancías, establecido en el artículo 3.16 estará integrado por: a) para el caso de Chile, la Dirección General de
Más detallesComparativo de Importaciones y Exportaciones Totales por Régimen Enero - Septiembre (en miles)
Comparativo de Importaciones y Exportaciones Totales por Régimen Enero - Septiembre (en miles) IMPORTACIONES TOTALES DESCRIPCION DEL REGIMEN 2013 2014 BALANCE No. DEC. U$CIF PESO EN KLS No. DEC. U$CIF
Más detallesNOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) Y ARANCEL EXTERNO COMÚN (AEC) 2007
NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) Y ARANCEL EXTERNO COMÚN (AEC) 2007 (Basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, actualizado con su IV Enmienda, con entrada en vigencia
Más detallesCuando la importación de mercancías listadas en el Anexo II se efectúe a la franja fronteriza norte del país y a la región fronteriza al amparo de
ACUERDO que reforma y adiciona al diverso por el que se establecen las normas para la determinación del país de origen de mercancías importadas y las disposiciones para su certificación, en materia de
Más detallesLista de artículos prohibidos como importaciones (o en tránsito) o admitidos condicionalmente
ISO Alpha -2 Code: EC Ecuador Parte I: Lista de artículos prohibidos como importaciones (o en tránsito) o admitidos condicionalmente Sección I Animales vivos; productos de animales Capítulo 1 Animales
Más detallesCAPÍTULO 4 REGLAS DE ORIGEN
CAPÍTULO 4 REGLAS DE ORIGEN Artículo 4.01 Definiciones Para efectos de este Capítulo, se entenderá por: CIF: el valor de la mercancía importada que incluye los costos de seguro y flete hasta el puerto
Más detallesRelaciones Comerciales de Canarias con Brasil
2015 Relaciones Comerciales de Canarias con Brasil Ficha Comercial Elaborado por María Neupavert Agosto 2015 Contenido DESTACA... 3 PRINCIPALES RECEPTORES DE LAS EXPORTACIONES CANARIAS EN LATINOAMÉRICA
Más detallesCódigo ncm. Denominación del producto* 02 Carne y despojos comestibles. Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos
Relación de productos procedentes de países en desarrollo y menos desarrollados, para los cuales se aplican tarifas preferenciales al importarse en la federación de Rusia Código ncm Denominación del producto*
Más detallesDirección de Estadísticas, Estudios y Políticas. COMERCIO EXTERIOR CENTROAMERICANO Boletín: enero - agosto de 2013
Dirección de Estadísticas, Estudios y Políticas COMERCIO EXTERIOR CENTROAMERICANO Boletín: enero - agosto de 2013 Centroamérica, diciembre de 2013 Resumen ejecutivo El valor FOB de las exportaciones totales
Más detallesBOLETIN ESPECIAL DE LA DINAMICA DEL COMERCIO EXTERIOR
Resultados generales Febrero 211 DE LA DINAMICA DEL COMERCIO EXTERIOR Bogotá, D. C., 11 de Abril de 211 EXPORTACIONES A ESTADOS UNIDOS VENEZUELA ECUADOR Enero - febrero 27-211 En febrero de 211, el valor
Más detallesExportaciones e Importaciones Definitivas por Aduanas Enero - Septiembre (en miles)
Exportaciones e Importaciones Definitivas por Aduanas Enero - Septiembre (en miles) EXPORTACIONES ADUANAS US$FOB (en miles) KILOS (en miles) 2011 2012 Var. Abs Var % 2011 2012 Var. Abs Var % PUERTO CORINTO
Más detallesDiario Oficial de la Unión Europea C 202/329 ANEXOS DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA
7.6.2016 Diario Oficial de la Unión Europea C 202/329 ANEXOS DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA 7.6.2016 Diario Oficial de la Unión Europea C 202/331 ANEXO I LISTA PREVISTA EN EL ARTÍCULO
Más detalles(1) Primer Segundo Tercer Cuarto. 1 Producción de carne y productos cárnicos
Cuadro 323-010. ÍNDICE DE VALOR DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA Y SU VARIACIÓN PORCENTUAL, EN LA EN LA núm. Clase de actividad Promedio 2012 (1) Primer Segundo Tercer Cuarto 1 Producción de carne y productos
Más detallesANEXO VII BIENES CUBIERTOS. (Referido en el artículo 25) PARTE A LISTA DE BIENES CUBIERTOS POR MÉXICO
1126 29.9.2000 ANEXO VII BIENES CUBIERTOS (Referido en el artículo 25) PARTE A LISTA DE BIENES CUBIERTOS POR MÉXICO Este título aplica a todos los bienes. Sin embargo, para las compras de la Secretaría
Más detallesInforme Comercial República Federal de Alemania. Informe realizado por parte del equipo de Comercio Exterior.
Informe Comercial República Federal de Alemania Informe realizado por parte del equipo de Comercio Exterior. República Federal de Alemania: Con más de 80 millones de habitantes, representa la mayor población
Más detallesBALANZA AGROPECUARIA Y AGROINDUSTRIAL COMPARATIVO DE ENE 2009 VS ENE 2010 VALOR
BALANZA AGROPECUARIA Y AGROINDUSTRIAL Balanza de Comercio Nacional -1,558,685-332,582-78.7 Exportación Total FOB 15,230,419 19,301,482 26.7 Importación total FOB 16,789,104 19,634,064 16.9 Coeficiente
Más detallesRESOLUCION 506. VISTOS: Los Artículos 113 y 114 del Acuerdo, y la Decisión 293 de la Comisión;
Resolución 506 30 de julio de 1997 RESOLUCION 506 Requisitos Específicos de Origen para el intercambio comercial entre Perú y los demás Países Miembros del Acuerdo de Cartagena LA JUNTA DEL ACUERDO DE
Más detallesSectores con mayor potencial para aprovechar la integración en la Alianza del Pacífico 1
LATAM Sectores con mayor potencial para aprovechar la integración en la Alianza del Pacífico 1 Andrés Hernández 2 Bernardo Magnani 1 Cecilia Posadas 3 Jorge Redondo 3 Gonzalo Robles 1 Juan M. Ruiz 3 Enestor
Más detalles1. CENTROAMÉRICA: COMERCIO EXTERIOR A MAYO DE 2012
RESUMEN EJ ECUTIVO Las exportaciones de la región alcanzaron un valor (FOB) de US$13,104.0 millones durante los primeros cinco meses de 2012 observando una tasa de crecimiento anual de 6.2 %, menor a la
Más detallesNOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) 2017 Estructurada a 10 dígitos y su correspondiente régimen arancelario
NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) 2017 Estructurada a 10 dígitos y su correspondiente régimen arancelario (Basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, actualizado con
Más detallesÍndice de precios de la industria manufacturera (2001=100)
Cuadro 323-17 ÍNDICE DE PRECIOS DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA Y SU VARIACIÓN PORCENTUAL, EN LA. Clase de actividad 2013 Segundo 1 Producción de carne y productos cárnicos... 146.9 141.3 152.2 2 Procesamiento
Más detallesBOLETIN ESPECIAL DE LA DINÁMICA DEL COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACIONES DESTINADAS A CHINA REPÚBLICA DE COREA JAPÓN Resultados generales
DE LA DINÁMICA DEL COMERCIO EXTERIOR Bogotá, D. C., 1 de Marzo de 211 EXPORTACIONES DESTINADAS A CHINA REPÚBLICA DE COREA JAPÓN 27-211 Resultados generales Enero 211 En enero de 211, las exportaciones
Más detallesAnexo 4.1. Reglas de Origen Específicas. Parte I Notas Generales Interpretativas
Anexo 4.1 Reglas de Origen Específicas Parte I Notas Generales Interpretativas 1. Cada Parte dispondrá que para los efectos de interpretar las reglas de origen establecidas en este Anexo: (c) (d) (e) (f)
Más detallesElaborado por Idaira Hernández Acosta bajo la supervisión de PROEXCA
Ficha Comercial Relaciones Comerciales de Canarias con Marruecos Septiembre 2013 Elaborado por Idaira Hernández Acosta bajo la supervisión de PROEXCA 1 ÍNDICE Destaca 3 Principales receptores de las exportaciones
Más detalles1 Producción de carne y productos cárnicos Procesamiento y conservación de pescado y de productos de pescado
núm. Clase de actividad 2013 Segundo 1 Producción de carne y productos cárnicos... 153.5 148.9 158.1 2 Procesamiento y conservación de pescado y de productos de pescado... 41.9 26.3 57.4 3 Procesamiento
Más detallesRepública Dominicana. Ficha comercial
2014 República Dominicana Ficha comercial Informe sobre las relaciones comerciales entre Canarias y la República Dominicana en 2014 (datos de enero a mayo de 2014). Se analiza la evolución de las exportaciones
Más detallesARAUJO IBARRA & ASOCIADOS S.A. TLC COLOMBIA EE.UU OPORTUNIDADES Y RETOS PARA EEUU
ARAUJO IBARRA & ASOCIADOS S.A. TLC COLOMBIA EE.UU OPORTUNIDADES Y RETOS PARA EEUU TLC COLOMBIA EE.UU. RETOS Y OPORTUNIDADES DESDE EEUU Patricia Mendoza de Galofre 60,000 50,000 Balanza comercial de Colombia
Más detallesIntercambio Comercial entre Estados Unidos y República Dominicana Enero Marzo 2011
Ministerio de Hacienda República Dominicana Dirección General de Política y Legislación Tributaria Intercambio Comercial entre Estados Unidos y República Dominicana Enero Marzo Lic. Gina Guzmán Analista
Más detallesCuadro 29. VALOR AGREGADO EN ACTIVIDADES ECONÓMICAS VARIAS EN LA REPÚBLICA, SEGÚN Y PROVINCIA ACTIVIDAD ECONÓMICA: CENSOS ECONÓMICOS 2011
bruto de: TOTAL 254.925 214.733 40.191 Silvicultura y pesca 529 460 69 Silvicultura y otras actividades relacionadas a la silvicultura; pesca marítima oceánicas o costeras 529 460 69 Explotación de minas
Más detallesREVISTA CIDOB D'AFERS INTERNACIONALS 59. Rusia, 10 años después
Fundación CIDOB - Calle Elisabets, 12-08001 Barcelona, España - Tel. (+34) 93 302 6495 - Fax. (+34) 93 302 6495 - info@cidob.org REVISTA CIDOB D'AFERS INTERNACIONALS 59. Rusia, 10 años después Relaciones
Más detallesElaborado por Borja Benítez Díaz bajo la supervisión de PROEXCA
Ficha Comercial Relaciones Comerciales de Canarias con Cabo Verde Marzo 2014 Elaborado por Borja Benítez Díaz bajo la supervisión de PROEXCA 1 ÍNDICE Introducción 3 Principales destinos de las exportaciones
Más detallesIntercambio Comercial entre Estados Unidos y República Dominicana Enero Junio 2011
Ministerio de Hacienda República Dominicana Dirección General de Política y Legislación Tributaria Intercambio Comercial entre Estados Unidos y República Dominicana Enero Junio Lic. Gina Guzmán Analista
Más detallesDE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIA
ISSN 1682-7511 DE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIA Información en este número Gaceta Oficial No. 2 Ordinaria de 16 de enero de 2015 MINISTERIOS Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente
Más detallesADECUACIÓN DE REGLAS DE ORIGEN DEL ANEXO 401 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE
ADECUACIÓN DE REGLAS DE ORIGEN DEL ANEXO 401 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE Cacao y sus preparaciones Capítulo 18, 1806.32: Eliminar la regla de origen aplicable a la subpartida 1806.31,
Más detallesPerfil comercial bilateral de Guatemala y México:
Perfil comercial bilateral de Guatemala y México: Elaborado por: Perfil de país: Nombre oficial: Capital: Moneda: Idioma Oficial: Estados Unidos Mexicanos México, D.F. Peso mexicano Español REGIÓN CATEGORÍA
Más detallesEl Comercio Exterior de PARAGUAY
El Comercio Exterior de PARAGUAY Datos demográficos y macro-económicos: Superficie total: 406.752 Km 2 Población total: 6.802.295 Habitantes Idioma(s) oficial(es): Español y Guaraní PIB en 2013 Variación
Más detalles