I. DISPOSICIONES GENERALES
|
|
- Juan Luis Gutiérrez Lara
- hace 6 años
- Vistas:
Transcripción
1 BOD. núm de abril de I. DISPOSICIONES GENERALES NORMAS Orden Ministerial número 81/2001, de 20 de abril, por la que se aprueban las Normas de Protección en Contratos del Ministerio de Defensa. El Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en sus artículos 115.2a), 141.f), 159.2c), 182h) y 210g) establece aspectos específicos para los contratos cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales de acuerdo con la legislación vigente, o bien cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado. Las Normas de Seguridad Industrial en los contratos de suministro, investigación o desarrollo de armamento y material de las Fuerzas Armadas, aprobadas por Orden Ministerial Comunicada de fecha 31 de enero de 1979, en artículo único, materializaban la disposición legal que establecía la protección del armamento, material y equipo fabricado o en período de fabricación, de investigación o de desarrollo, con destino a las Fuerzas Armadas, hasta su recepción oficial por el Organismo militar correspondiente. La experiencia acumulada desde la entrada en vigor y aplicación de las citadas normas, la evolución de los procedimientos de seguridad, la participación española en programas internacionales, y el dinamismo y diversificación en las tradicionales industrias de defensa, han hecho necesaria una revisión de las Normas de Seguridad Industrial de las Fuerzas Armadas y su sustitución por unas nuevas Normas de Protección en Contratos del Ministerio de Defensa. En su virtud, DISPONGO: Apartado único. Se aprueban las Normas de Protección en Contratos del Ministerio de Defensa. (Anexo 1). Disposición transitoria única Los contratos que se encuentren en ejecución a la publicación de la presente Orden Ministerial, en los que estuviese contractualmente dispuesta la aplicación de las Normas de Seguridad Industrial de las Fuerzas Armadas, se someterán a lo dispuesto en la presente Orden Ministerial de acuerdo con los siguientes criterios: Los objetivos con grado de vulnerabilidad I o II serán considerados como de grado de protección medio. Los objetivos con grado de vulnerabilidad III o IV serán considerados como de grado de protección alto. Disposiciones derogatorias Primera. Quedan derogadas las Normas de Seguridad Industrial de las Fuerzas Armadas, aprobadas por Orden Ministerial Comunicada de 31 de enero de Segunda. Queda suprimida la aplicación de las Normas de Seguridad Industrial en los contratos de suministro de armamento y material a las Fuerzas Armadas, aprobadas por Orden Ministerial Comunicada de 31 de enero de Disposición final única La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Defensa». Madrid, 20 de abril de FEDERICO TRILLO-FIGUEROA Y MARTINEZ-CONDE NORMAS DE PROTECCION EN CONTRATOS DEL 1. Introducción El Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en sus artículos 115.2a), 141.f), 159.2c), 182h) y 210g) establece aspectos específicos para los contratos cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales de acuerdo con la legislación vigente, o bien cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado. Estas normas establecen las medidas de protección aplicables a los bienes o servicios que determine el Ministerio de Defensa, objeto de los contratos que establezca con los Contra-
2 de abril de 2001 BOD. núm. 84 tistas, sin perjuicio de que, si en los mencionados contratos se precisara el acceso a materias clasificadas, sea también de aplicación lo establecido en el Manual de Protección de Materias Clasificadas del Ministerio de Defensa en poder de empresas. 2. Compromiso de seguridad 2.1. Concepto y grados de protección El Compromiso de Seguridad es la obligación que asume el Contratista, persona física o jurídica que haya firmado un contrato con el Ministerio de Defensa, de proteger los bienes o servicios objeto del contrato, que el Ministerio de Defensa haya declarado como Objetivos con su correspondiente grado de protección. Esta obligación se materializa con la firma del formulario NP-1, Compromiso de Seguridad. Se denominan objetivos los bienes contractuales objeto del contrato, así como en su caso las instalaciones y los medios específicos de investigación, de desarrollo, y de producción, que el Ministerio de Defensa haya señalado expresamente con la asignación de un grado de protección. Las medidas de protección establecidas en las presentes Normas serán aplicadas tanto en las sedes del Contratista donde se ubiquen los bienes contractuales objeto del contrato en su fase de desarrollo, fabricación o almacenaje, como en el transporte de los mismos; desde la adjudicación del contrato hasta su recepción y entrega. El grado de protección es el que se le asigna a un objetivo en función de los perjuicios que pueda provocar la materialización de las posibles amenazas que se determinen. Para ello se tendrá en cuenta entre otros conceptos, el coste y la dificultad de reposición, la probabilidad de ser dañados o sustraídos, las consecuencias que puede acarrear una agresión y la forma en que pueda afectar en la operatividad de las unidades. A los efectos de estas Normas se establecen dos grados de protección: Grado de protección MEDIO Se asignará a los objetivos cuyos riesgos asociados pudieran causar perjuicios de consideración al cumplimiento de la misión que por precepto legal le está encomendada al Ministerio de Defensa. Estos objetivos podrán ser protegidos por subsistemas activos que permitan una actuación oportuna ante una señal de alarma, y por subsistemas pasivos que proporcionen el tiempo de reacción necesario. Grado de protección ALTO Se asignará a los objetivos cuyos riesgos asociados pudieran causar perjuicios de gran consideración a dicha misión. Estos objetivos, además de las medidas de protección señaladas para el grado medio, requerirán ser custodiados de forma permanente por un servicio de protección formado por los correspondientes vigilantes de seguridad, en el número que se precise, controlados por el jefe del servicio de protección del contrato. La asignación de grado de protección se materializará en el formulario NP-2, Grado de Protección, por el responsable del Organo de Contratación u Oficina de Programa, y que deberá ser incluido en la documentación que se aporta a los interesados en la licitación Firma del compromiso de seguridad Para la firma del Compromiso de Seguridad (NP-1) el contratista ha de designar una persona física como apoderado, que le representará en todo lo concerniente a la aplicación de las presentes normas. Dicha persona debe tener poder suscrito ante Notario para representar al contratista en actos formales con la Administración Pública. Los formularios Compromiso de Seguridad (NP-1), y Grado de Protección (NP-2), se realizarán por triplicado, quedando un ejemplar en posesión de cada firmante, y remitiéndose el tercero por el Organo de contratación u oficina del programa a la Dirección General de Armamento y Material. Estos formularios formarán parte de la documentación del Contrato Responsabilidades del contratista El Contratista será el responsable de la aplicación de las medidas de seguridad adecuadas para la protección de los Objetivos El plan de protección El contratista deberá presentar antes de los treinta días siguientes a la firma del compromiso de seguridad, un plan de protección de los objetivos, que describa el sistema de protección de los mismos. En su caso, deberá ser reelaborado para recoger las posibles objeciones que formule el Ministerio de Defensa. Será la Dirección General de Armamento y Material el Organismo responsable de la valoración del Sistema de Protección y por tanto del análisis de dicho plan. Dicho plan podrá remitirse al plan de seguridad general del contratista, siempre que éste ya sea conocido por el Ministerio de Defensa, especificando en este caso las medidas de seguridad complementarias que vayan a ser aplicables a los objetivos del contrato Comunicaciones preceptivas al Ministerio de Defensa El contratista con la firma del compromiso de seguridad asume informar al Ministerio de Defensa, en el plazo más breve posible: Sobre aquella información que llegue a su conocimiento en relación con actividades que supongan un riesgo para los objetivos. Sobre las modificaciones que afecten al plan de protección. Sobre toda manifestación de un daño que afecte a los objetivos. A petición del Ministerio de Defensa, el contratista facilitará información de la identidad de las personas que participen en la ejecución del contrato. Estas informaciones serán canalizadas a través de la Dirección General de Armamento y Material Establecimiento de un Servicio de Protección El contratista deberá nombrar un representante ante el Ministerio de Defensa para la aplicación de los procedimientos de seguridad recogidos en estas normas, cuyas funciones de seguridad podrán ser compatibles con otros cometidos en la organización del contratista, pero disponiendo de los medios necesarios para poder realizar las labores de seguridad con eficacia. Este representante deberá ser quien redacte y ponga en práctica el plan de protección. A efectos de estas normas se le denominará Jefe del Servicio de Protección del Contrato, y de él dependerán todas las personas que formen parte del Servicio de Protección Inspecciones de Seguridad El contratista con la firma del compromiso de seguridad asume que el Ministerio de Defensa compruebe la adecuada puesta en práctica de los procedimientos de seguridad recogidos en las presentes Normas que aseguran la protección de los objetivos. Esta comprobación será llevada a cabo por personal designado por la Dirección General de Armamento y Material Subcontratistas El contenido de estas normas es de aplicación igualmente a todo subcontratista de un contratista del Ministerio de Defensa. El contratista principal comunicará al aspirante a subcontratista el grado de protección que pudiera afectar al objeto del subcontrato, y dicho subcontratista firmará, previamente a la contratación con el contratista principal, el correspondiente Compromiso de Seguridad (NP-1) para el establecimiento de las medidas físicas y organizativas necesarias de acuerdo con estas normas. Las relaciones del subcontratista con el Ministerio de Defensa se realizarán siempre a través del contratista principal.
3 BOD. núm de abril de NORMAS DE PROTECCION EN CONTRATOS DEL FORMULARIO NP - 1 COMPROMISO DE SEGURIDAD En a...de...de..., Don..., DNI....., que se designará en adelante CONTRATISTA: En su propio nombre y derecho, o en nombre y representación de la empresa:... C.I.F.... según poder que le ha sido conferido ante el Notario de... D... bajo el número... de su protocolo, Se compromete por la firma de este documento al cumplimiento de las Normas de Protección en los Contratos del Ministerio de Defensa: DATOS DEL CONTRATO EXPEDIENTE N.º : FECHA: TITULO: ORGANO DE CONTRATACION: Jefe del Organo de Contratación: Asimismo, designa como Responsable de Protección del Contrato a su empleado: D...., DNI... EL CONTRATISTA, (Firma y sello de la empresa)
4 de abril de 2001 BOD. núm. 84 NORMAS DE PROTECCION DE LOS CONTRATOS DEL FORMULARIO NP - 2 GRADO DE PROTECCION 1. DATOS DEL CONTRATO EXPEDIENTE N.º : FECHA: TITULO: ORGANO DE CONTRATACION: Jefe del Organo de Contratación: El contratista, por la firma de este formulario, se da por enterado del Grado de Protección de los objetivos implicados en el contrato, que se relacionan en hoja/s adjunta/s a este documento. 2. DATOS DEL CONTRATISTA Denominación: C.I.F. Domicilio social: Teléfono/fax: Representado por: D.N.I.: Jefe del Servicio de Protección del Contrato: D.N.I.: El Contratista: El Jefe del Organo de Contratación:
5 BOD. núm de abril de Hoja n.º... de... RELACION DE OBJETIVOS IMPLICADOS EN EL CONTRATO IDENTIFICACION DEL OBJETIVO GRADO DE FECHA OBSERVACIONES PROTECCION Por el Contratista: Por el Organo de Contratación: Fdo.: Fdo.:
I. DISPOSICIONES GENERALES
Núm. 212 Jueves, 30 de octubre de 2014 Sec. I. Pág. 26001 I. DISPOSICIONES GENERALES Cód. Informático: 2014022706. ORGANIZACIÓN Orden Ministerial 51/2014, de 22 de octubre, por la que se determina la organización
Más detallesD I S P O N G O: CAPÍTULO I. Disposiciones generales. Artículo 1.- Objeto.
REAL DECRETO 1566/1999, DE 8 DE OCTUBRE, SOBRE LOS CONSEJEROS DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA, POR FERROCARRIL O POR VÍA NAVEGABLE.(B. O. E. NÚM.251, DE 20 DE OCTUBRE)
Más detallesEn su virtud, de conformidad con lo previsto en el apartado 3 del artículo 39 de la Ley de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León.
ORDEN de 6 de abril de 1993, de la Consejería de Economía y Hacienda, sobre organización de los servicios de inspección de los tributos (B.O.C. y L. 20-4-1993). * De acuerdo con la disposición adicional
Más detallesMINISTERIO DE JUSTICIA
MINISTERIO DE JUSTICIA Organización Orden JUS/634/2015, de 6 de abril, por la que se crean la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación del Ministerio de Justicia y se regulan su composición y funciones.
Más detallesCONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA
2832 CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA ORDEN de 25 de enero de 2011, por la que se aprueban los precios medios en el mercado para estimar el valor real de los vehículos comerciales e industriales
Más detallesCircular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES
Circular nº 04/2016, de 29 de enero ENTIDADES EMISORAS DE VALORES REGISTRO MERCANTIL DE MADRID, TOMO 15.611, LIBRO 0, FOLIO 5, HOJA Nº M-262.818, INSCRIPCIÓN 1ª NIF: A-82.695.677 La Sociedad de Gestión
Más detallesI. DISPOSICIONES GENERALES
BOD. núm. 105 2 de junio de 2003 5.951 I. DISPOSICIONES GENERALES RECOMPENSAS Orden Ministerial número 69/2003, de 23 de mayo, por la que se dictan normas para la concesión de la Cruz a la Constancia en
Más detallesEn su virtud, y en uso de las atribuciones contenidas en la Disposición Final Primera del Decreto 174/2002, de 11 de junio, DISPONGO
TÍTULO: ORDEN de 12 de julio de 2002, por la que se regula el procedimiento de renovación de las concesiones de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y se desarrolla
Más detallesMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO SECRETARÍA DE ESTADO DE CAMBIO CLIMÁTICO DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO SECRETARÍA DE ESTADO DE CAMBIO CLIMÁTICO DIRECCION GENERAL DE CALIDAD Y EVALUACION AMBIENTAL PROYECTO DE REAL DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECEN NORMAS
Más detallesDocumento 1 MODELO DE SOLICITUD E X P O N E: S O L I C I T A: D E C L A R A:
Documento 1 MODELO DE SOLICITUD Don, con D.N.I. nº, y domicilio en c/ nº, actuando en su propio nombre y derecho, o en representación de la Empresa por su calidad de ; Teléfono: fax: (1) E X P O N E: Que,
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 258 Miércoles 26 de octubre de 2011 Sec. I. Pág. 111503 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA 16749 Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre, por el que se aprueba la relación
Más detallesProcedimiento de actuación de la Inspección de trabajo en la Administración General del Estado
Procedimiento de actuación de la Inspección de trabajo en la Administración General del Estado REAL DECRETO 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo
Más detallesReal Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal
Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo ÍNDICE 1. Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas
Más detalles1er. Borrador- 13 enero 2017
1er. Borrador- 13 enero 2017 PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REGULA EL SERVICIO PÚBLICO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE VEHÍCULOS Y EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONCESION ADMINISTRATIVA DE DICHO SERVICIO EN LA
Más detallesMINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
24284 Miércoles 28 junio 2006 BOE núm. 153 MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 11491 REAL DECRETO 778/2006, de 23 de junio, de ampliación de las funciones y servicios de la Administración del Estado
Más detallesANEXO I DECLARACIÓN. D. / Dña con DNI en nombre propio o en representación de la empresa, con domicilio en DECLARO:
ANEXO I DECLARACIÓN D. / Dña con DNI en nombre propio o en representación de la empresa, con domicilio en, calle C.P.., teléfono.. y C.I.F... DECLARO: I.- Que ha quedado enterado/a del anuncio de licitación
Más detalles: BOMEH: PUBLICADO EN:
TÍTULO: Orden HAP/214/2016, de 18 de febrero, por la que se aprueba la relación de valores negociados en mercados organizados, con su valor de negociación medio correspondiente al cuarto trimestre de 2015,
Más detallesPLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL EXPEDIENTE Nº_716, TITULADO: TRATAMIENTO DE INSTALACIONES POR LEGIONELOSIS
MINISTERIO DE DEFENSA JEFATURA /SERVICIO IGESAN PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA CONTRATACION DEL EXPEDIENTE Nº_716, TITULADO: TRATAMIENTO DE INSTALACIONES POR LEGIONELOSIS CLAUSULA 1ª. OBJETO
Más detallesAgencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL FORMULARIO 034 DE DECLARACIÓN DE INICIO, MODIFICACIÓN O CESE DE OPERACIONES COMPRENDIDAS
Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL FORMULARIO 034 DE DECLARACIÓN DE INICIO, MODIFICACIÓN O CESE DE OPERACIONES COMPRENDIDAS EN LOS REGÍMENES ESPECIALES APLICABLES
Más detallesPROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL OBSERVATORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE CREA Y REGULA EL OBSERVATORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Mediante Acuerdo 22/2014, de 30 de enero, de la Junta de Castilla y León, se han aprobado las medidas
Más detallesTEXTO. REGISTRO BOMEH: 1/2016 PUBLICADO EN: BOE n.º 312, de 30 de diciembre de 2015.
TÍTULO: Orden HAP/2835/2015, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 113 de comunicación de datos relativos a las ganancias patrimoniales por cambio de residencia cuando se produzca a otro
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA
Resolución de 3 de abril de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales
Más detallesFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS
PROTOCOLO DE COLABORACIÓN ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y LA MUNICIPIOS Y PROVINCIAS En Madrid, el día de abril de 2003. REUNIDOS La Excma. Sra. Dª. Rita Barberá Nolla, Presidenta
Más detallesnaturaleza urbana radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para aquellos hechos imponibles que se devenguen en el año 2014.
ORDEN de de 2013 por la que se aprueban los Coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura,
Más detallesLa Bóveda, S.L. C/... Nº. C.P.: LOCALIDAD:.. PROVINCIA: ... TELÉFONO: FAX:..
ANEXO I. MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE QUE LA EMPRESA CUMPLE LAS CONDICIONES ESTABLECIDAS LEGALMENTE PARA CONTRATAR PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 146.1 DEL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 284 Viernes 27 de noviembre de 2015 Sec. I. Pág. 112028 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 12812 Resolución de 17 de noviembre de 2015, de la Presidencia
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 100 Jueves 26 de abril de 2012 Sec. I. Pág. 31996 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO 5526 Orden IET/842/2012, de 18 de abril, por la que se crea la sede electrónica
Más detallesNúm Boletín Oficial de Aragón DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO DECRETO 72/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 110/2005, de 24 de mayo, por el que se crea el Registro de Delegados
Más detallesREDACCIÓN ANTIGÜA. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos. Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos
Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos Artículo 7 Bienes inmuebles urbanos y rústicos 2. Se entiende por suelo de naturaleza urbana: b) Los terrenos que tengan la consideración de urbanizables
Más detallesArtículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
Orden TAS/ por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos. La ORDEN TAS/3261/2006, de 19 de octubre,
Más detallesFormulario de identificación y valoración de series. Contratación Pàg. 1 de 5
Contratación Pàg. 1 de 5 1. ÁREA DE IDENTIFICACIÓN 1.1. CÓDIGOS DE REFERENCIA 67 1.2. DENOMINACIÓN DE LA SERIE Contratación 1.3. DEFINICIÓN DE LA SERIE Comprende la documentación necesaria para que la
Más detalles(BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 2005)
Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. (BOE
Más detallesServicio de Patrimonio y Contratación (Avda. Alférez Provisional, 2; A Coruña)
Documentación a presentar en: Servicio de Patrimonio y Contratación (Avda. Alférez Provisional, 2; 15006 A Coruña) Personas físicas: 1. Declaración de no hallarse incurso en causa de incapacidad ni de
Más detallesModificación de las medidas de control de accidentes graves
Modificación de las medidas de control de accidentes graves REAL DECRETO 119/2005, de 4 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control
Más detallesc) Poner de manifiesto los movimientos y situación del Tesoro Público.
REAL DECRETO 578/ 2001, DE 1 DE JUNIO, POR EL QUE SE REGULAN LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN CONTABLE DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO (B.O.E. 22/06/01). El Texto Refundido de
Más detallesTexto audiencia pública Plazo: Hasta el 16/03/2017 Correo electrónico:
Proyecto de Orden EIC/ /2017, de de marzo, por la que se aprueban los modelos de información cuantitativa a efectos estadísticos y contables, a remitir con periodicidad anual, por las entidades aseguradoras
Más detallesINFORME DE MOROSIDAD EXCMO. AYUNTAMIENTO DE COMARES CORRESPONDIENTE AL PRIMER TRIMESTRE 2015
INFORME MOROSIDAD EXCMO. AYUNTAMIENTO CORRESPONDIENTE AL PRIMER TRIMESTRE 2015 D. David Jesús García Tejada, Secretario- Interventor de administración local con habilitación de carácter estatal del ayuntamiento
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.
Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 12, de 14 de enero de 2012 Referencia: BOE-A-2012-527 TEXTO CONSOLIDADO
Más detallesINFORME 5/03, DE 29 DE MAYO DE 2003 CONTRATOS DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO.
INFORME 5/03, DE 29 DE MAYO DE 2003 CONTRATOS DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. ANTECEDENTES La Secretaria General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente solicita informe a la
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 4 de agosto de 2010
Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, por la que se desarrollan los criterios técnicos para la liquidación de capitales coste de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social. Ministerio
Más detallesAUTOLIQUIDACIÓN DE LOS PAGOS FRACCIONADOS A CUENTA DEL IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS EN ESTIMACIÓN DIRECTA Y A ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Departamento de Gestión Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EHA/672/2007, DE 19 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS 130 Y 131 PARA LA AUTOLIQUIDACIÓN DE LOS PAGOS FRACCIONADOS
Más detallesEn Sevilla, a... REUNIDOS
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA JUNTA DE ANDALUCÍA Y EL AYUNTAMIENTO DE.../ LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE... SOBRE ATRIBUCIÓN DE COMPETENCIA EN MATERIA DE RECURSOS CONTRACTUALES, RECLAMACIONES Y CUESTIONES
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 5 de febrero de 2014
Orden EHA/3408/2009, de 17 de diciembre, por la que se crean sedes electrónicas en el Ministerio de Economía y Hacienda. Ministerio de Economía y Hacienda «BOE» núm. 305, de 19 de diciembre de 2009 Referencia:
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 191 Jueves 7 de agosto de 2014 Sec. I. Pág. 63391 I. DISPOSICIONES GENERALES MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS 8519 Real Decreto 673/2014, de 1 de agosto, de ampliación de medios
Más detallesDECRETO DE ESTRUCTURA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA Y SUELO DE LA REGIÓN DE MURCIA
DECRETO DE ESTRUCTURA DEL INSTITUTO DE VIVIENDA Y SUELO DE LA REGIÓN DE MURCIA ÍNDICE DECRETO 163/1999, de 30 diciembre por el que se aprueba la estructura orgánica del Instituto de Vivienda y Suelo de
Más detallesANEXO I MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE. D./Dña. con D.N.I.-Pasaporte nº.., actuando en nombre propio / nombre y
ANEXO I MODELO DE COMPROMISO DE CONSTITUCIÓN DE UTE D./Dña. con D.N.I.-Pasaporte nº, actuando en nombre propio / nombre y representación de la empresa., D./Dña. con D.N.I.-Pasaporte nº, actuando en nombre
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 15 de septiembre de 2008
Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre, relativo a la aplicación del Convenio sobre la concesión de patentes europeas hecho en Munich el 5 de octubre de 1973. Ministerio de Industria y Energía «BOE»
Más detallesPROGRAMA DE AYUDAS A INVERSIONES EN SUSTITUCIÓN DE VENTANAS EN VIVIENDA DE OCUPACIÓN HABITUAL 2015
ANEXO I. SOLICITUD DE AYUDA ECONÓMICA 2015 DATOS DEL SOLICITANTE Y DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Se deben RELLENAR en MAYÚSCULAS todos los datos solicitados. D./Dña.:, con D.N.I. nº representante legal
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: sin modificaciones
Real Decreto 2274/1985, de 4 de diciembre, por el que se regulan los Centros Ocupacionales para minusválidos. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social «BOE» núm. 294, de 9 de diciembre de 1985 Referencia:
Más detallesBoletín Oficial de Castilla y León I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN
Pág. 46591 I. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN A. DISPOSICIONES GENERALES CONSEJERÍA DE SANIDAD DECRETO 47/2015, de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 287/2001, de 13 de diciembre, por el que se
Más detallesNÚMERO 241 Viernes, 17 de diciembre de 2010
29949 ORDEN de 7 de diciembre de 2010 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad
Más detallesTipo de informe: Facultativo. DICTAMEN ANTECEDENTES.
Comisión Permanente Consulta sobre la devolución de la parte proporcional de la garantía definitiva antes de la recepción total de la obra en un contrato de concesión de obra pública. Informe 02/2007,
Más detallesCONVENIO DE SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA COMISION DE COOPERACION ECOLOGICA FRONTERIZA
CONVENIO DE SEDE ENTRE EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y LA COMISION DE COOPERACION ECOLOGICA FRONTERIZA EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS (en lo sucesivo "el Gobierno") y LA COMISION
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 1 de julio de 1989
Orden de 6 de marzo de 1989 sobre diario de navegación, cuaderno de bitácora y cuaderno de máquinas. Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno «BOE» núm. 64, de 16 de marzo
Más detallesORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E
ORDENANZA FISCAL NÚM. 2.19 EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS Í N D I C E I. Hecho Imponible... 2 II. Sujeto Pasivo... 3 III. Responsables... 3 IV. Devengo... 4 V. Base Imponible y Cuota Tributaria...
Más detallesDEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR
DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL, JUSTICIA E INTERIOR ORDEN de 22 de junio de 2011, del Consejero de Política Territorial, Justicia e Interior, por la que se regula el procedimiento telemático de presentación
Más detallesBoletín Oficial de Aragón
Boletín Oficial de Aragón Rango: ORDEN Fecha de disposición: 2 de febrero de 2001 Fecha de Publicacion: 12/02/2001 Número de boletín: 18 Organo emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
Más detallesNº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES
Nº EXPEDIENTE: P.A. 44 HMS/12 Objeto: SUTURAS MANUALES, MALLAS Y PARCHES HOSPITAL MIGUEL SERVET D. con D.N.I. nº domiciliado en calle o plaza nº teléfono: Como de la firma comercial (propietario,apoderado,etc)
Más detallesContrato de obra bajo la modalidad de abono total del precio
Contrato de obra bajo la modalidad de abono total del precio NORMATIVA CONSEJERÍA DE HACIENDA Dirección General de Patrimonio Contrato de obra bajo la modalidad de abono total del precio Pág. 2 REAL DECRETO
Más detallesOrdenanza Especial Reguladora de la Cédula Urbanística
Ordenanzas municipales Ordenanza Especial Reguladora de la Cédula Urbanística Marginal: ANM 1985\4 Tipo de Disposición: Ordenanzas municipales Fecha de Disposición: 24/07/1985 Publicaciones: - BO. Ayuntamiento
Más detallesProcedimiento de reclamaciones en el sistema de evaluación y certificación de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera (DELE)
Procedimiento de reclamaciones en el sistema de evaluación y certificación de los Diplomas de Español como Lengua Extranjera (DELE) El Instituto Cervantes es miembro de: Instituto Cervantes 2014 Derechos
Más detallesENSEÑANZA DE FORMACION Planes de Estudios
BOD. núm. 156 11 de agosto de 2010 9.369 El porcentaje de faltas de asistencia sin motivos justificados al que hace referencia el citado artículo se fija en el cinco por ciento de los días lectivos de
Más detallesLEGISLACIÓN CONSOLIDADA. Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.
Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Presidencia del Gobierno «BOE» núm. 267, de 4 de noviembre de 2016 Referencia: BOE-A-2016-10167 TEXTO
Más detallesBOICAC Nº 20 BOE
ORDEN de 28 de diciembre de 1994, por la que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas inmobiliarias.("ver orden de 11 de Mayo de 2001") BOICAC Nº 20 BOE 04.01.95
Más detalles210 ORDEN de 28 de diciembre de 2001 por la
600 Sábado 5 enero 2002 BOE núm. 5 209 ORDEN de 28 de diciembre de 2001 por la que se actualizan referencias de códigos de la nomenclatura combinada contenidas en la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de
Más detallesMEMORIA ABREVIADA I. JUSTIFICACIÓN DE MEMORIA ABREVIADA
PROYECTO DE ORDEN MINISTERIAL POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN ARM/2657/2009, DE 17 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE REGULAN LOS FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL ORGANISMO AUTÓNOMO PARQUES NACIONALES
Más detallesANUNCIO PARA EL ALQUILER DE NAVES EN EL ÁMBITO DEL PLAN PARCIAL Y ESPECIAL CORTIJO DEL CONDE, EN EL T.M. DE GRANADA.
ANUNCIO PARA EL ALQUILER DE NAVES EN EL ÁMBITO DEL PLAN PARCIAL Y ESPECIAL CORTIJO DEL CONDE, EN EL T.M. DE GRANADA. 1. Vendedor a) SEPI DESARROLLO EMPRESARIAL, S.A. b) Obtención de documentación e información:
Más detallesOrden HAC/2572/2003 1
ORDEN HAC/2572/2003, de 10 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 840 de Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 241 Miércoles 5 de octubre de 2016 Sec. I. Pág. 71049 DESER RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DEJA SIN EFECTO UN ACTO ADMINISTRATIVO Y SOLICITUD DE ACTUACIÓN EN EL REGISTRO CENTRAL DE PERSONAL En aplicación
Más detallesBASES DE DATOS MEDIOAMBIENTAL
ORDEN DE 24 DE MARZO DE 2006, DEL DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, POR LA QUE SE DESARROLLA EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE PRODUCTORES DE RESIDUOS INDUSTRIALES NO PELIGROSOS. (BOA Nº
Más detallesLos códigos seguros de verificación se insertarán en los documentos manejados de forma electrónica por el Ministerio de Justicia, cuyo formato será
Orden JUS de 10 de enero de 2011 por la que se establece el sistema de códigos seguros de verificación de documentos en el desarrollo de actuaciones automatizadas del ministerio de justicia. Introducción
Más detallesARTÍCULO 1.º. Fundamento y Naturaleza
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LOS DOCUMENTOS QUE EXPIDAN O DE QUE ENTIENDAN LA ADMINISTRACIÓN O LAS AUTORIDADES MUNICIPALES, A INSTANCIA DE PARTE. ARTÍCULO 1.º Fundamento y Naturaleza En
Más detallesCONVENIO DE DELEGACIÓN EN EL ORGANISMO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN (O.A.R.) DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA, DE LAS FACULTADES EN MATERIA DE
CONVENIO DE DELEGACIÓN EN EL ORGANISMO AUTONOMO DE RECAUDACIÓN (O.A.R.) DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA, DE LAS FACULTADES EN MATERIA DE INSPECCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES INSTALACIONES
Más detallesCIRCULAR INFORMATIVA RELATIVA A LA LEY 2/2015, DE 30 DE MARZO, DE DESINDEXACIÓN DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA
CIRCULAR INFORMATIVA RELATIVA A LA LEY 2/2015, DE 30 DE MARZO, DE DESINDEXACIÓN DE LA ECONOMÍA ESPAÑOLA Publicación: Día 31 de marzo de 2015, BOE núm. 77 Entrada en vigor: El día siguiente al de su publicación
Más detallesINDICE 1.- OBJETO 2.- CARACTERÍSTICAS DE LA CAMPAÑA 2.1 OBJETIVOS DE LA CAMPAÑA 2.2 PUBLICO OBJETIVO 3.- DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HA DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS ELEMENTOS CREATIVOS PARA LA DIFUSIÓN DE LOS SERVICIOS DE EMERGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID DURANTE EL AÑO 2015. INDICE 1.- OBJETO
Más detalles1. Naturaleza jurídica de Paradores de Turismo de España, S.A. 4. Contratos subvencionados sujetos a una regulación armonizada.
ÍNDICE 1. Naturaleza jurídica de Paradores de Turismo de España, S.A. 2. Principios que rigen la contratación. 3. Régimen jurídico de los contratos. 4. Contratos subvencionados sujetos a una regulación
Más detallesCuadro de enfermedades profesionales
Página 1 de 7 English Français Português mapa del web contactar buscador del ministerio ir Novedades y Presentación Documentación Normativa Organizaciones actualidad INSHT Inicio Estudios e Homologación
Más detallesRESIDENTES DE ESPAÑA. A)
ORDEN de 18 de febrero de 1980 por la que se regula la aplicación de los artículos 10, 11 y 12 del Convenio entre España y Suecia para evitar la doble imposición en materia de Impuestos sobre la Renta
Más detallesOJO ANEXO C 5 PAGINAS (4)
2744 29 de febrero de 2008 BOA Número 25 DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO # ORDEN de 18 de febrero de 2008, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se 632 modifica el
Más detallesNÚMERO 64 Jueves, 2 de abril de 2009
9258 ORDEN de 30 de marzo de 2009 por la que se aprueban los coeficientes aplicables al valor catastral para estimar el valor real de determinados bienes inmuebles urbanos, radicados en la Comunidad Autónoma
Más detallesPROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACION DE PREVENCION DE RIESGO LABORAL EN OBRAS CON PROYECTO
PROCEDIMIENTO PARA LA COORDINACION DE PREVENCION DE RIESGO LABORAL EN OBRAS CON PROYECTO INDICE: 1. OBJETIVO 2. ÁMBITO DE APLICACION 3. REFERENCIAS LEGALES 4. DEFINCIONES. 5. OBLIGACIONES. 6. EJECUCION.
Más detallesIV. ENSEÑANZA MILITAR
Núm. 14 Viernes, 22 de enero de 2016 Sec. IV. Pág. 1786 IV. ENSEÑANZA MILITAR ENSEÑANZA DE PERFECCIONAMIENTO Cód. Informático: 2016001258. Planes de estudios Instrucción 2/2016, de 14 de enero, de la Subsecretaria
Más detallesSOLICITUD DE DEPÓSITO DE BIENES MUEBLES DEL PATRIMONIO HISTÓRICO EN MUSEOS DE TITU- LARIDAD AUTONÓMICA O ESTATAL GESTIONADOS POR LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
Consejería de Cultura Dirección General de Museos Levíes, 17 41071 - Sevilla Teléfono: 955 03 66 00 Fax: 955 03 66 14 SOLICITUD DE DEPÓSITO DE BIENES MUEBLES DEL PATRIMONIO HISTÓRICO EN MUSEOS DE TITU-
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 46 Martes 23 de febrero de 2016 Sec. III. Pág. 13811 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL 1863 Resolución de 12 de febrero de 2016, de la Dirección General de Empleo, por
Más detallesAnexo III de la Convocatoria Solicitud de Participación en el Programa TICCámaras
Anexo III de la Convocatoria Solicitud de Participación en el Programa TICCámaras IMPORTANTE: PARA QUE EL EXPEDIENTE DE ESTA SOLICITUD PUEDA SER TRAMITADO, ES IMPRESCINDIBLE FIRMAR Y CUMPLIMENTAR DEBIDAMENTE
Más detallesREAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS
REAL DECRETO 2274/1985, DE 4 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE REGULAN LOS CENTROS OCUPACIONALES PARA MINUSVÁLIDOS (BOE nº 294 de 9/12/1985 - Páginas: 38812-38814) La Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración
Más detallesI. COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 5 I. COMUNIDAD DE MADRID A) Disposiciones Generales Consejería de Educación 21 ORDEN 2682/2008, de 28 de mayo, por la que se regula para la Comunidad de Madrid la implantación y la carga lectiva semanal
Más detallesAsesoría Jurídica. Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid ANEXO 1 MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
ANEXO 1 MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA D./Dª..., con DNI número... [en nombre propio] [actuando en representación de (empresa)...], con NIF..., domicilio en... calle/plaza..., número..., consultado el
Más detallesOBJETO DEL CONTRATO: Suministro del Lote 15.4 de Maquinaria para el Nuevo Complejo Ferroviario de Valladolid:
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL SUMINISTRO DEL LOTE 15.4 DE MAQUINARIA PARA EL NUEVO COMPLEJO FERROVIARIO DE VALLADOLID OBJETO DEL CONTRATO:
Más detallesComunidad Autónoma de Galicia; Farmacovigilancia. DECRETO 170/2002, de 2 de mayo, de la Consellería de Sanidad de la Junta de Galicia
Comunidad Autónoma de Galicia; Farmacovigilancia DECRETO 170/2002, de 2 de mayo, de la Consellería de Sanidad de la Junta de Galicia por el que se crea la Red Gallega de Alerta sobre Riesgos Relacionados
Más detallesBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 313 Jueves 29 de diciembre de 2011 Sec. III. Pág. 145887 III. OTRAS DISPOSICIONES MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA 20524 Orden PRE/3561/2011, de 20 de diciembre, por la que se crean y modifican ficheros
Más detalles1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio de limpieza en los edificios e instalaciones del Ayuntamiento de Prioro.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES DEL AYUNTAMIENTO. 1.- OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato es el servicio
Más detallesRED ELÉCTRICA DE ESPAÑA POLÍTICA DE GARANTÍAS A FAVOR DE RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA S.A.U.
RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA POLÍTICA DE GARANTÍAS A FAVOR DE RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA S.A.U. APROBADO: DACyRRII REFERENCIA: P.GARANTÍAS EDICIÓN: 01.05.2014 INTRODUCCIÓN Las Condiciones Generales de Contratación
Más detallesNORMATIVA y jurisprudencia
NORMATIVA y jurisprudencia Índice Orden HAP/1200/2012, de 5 de junio, sobre uso del sistema de código seguro de verificación por la Dirección General del Catastro Resolución de 23 de mayo de 2012, de la
Más detallesCONSELLERIA D HISENDA I ADMINISTRACIÓ PÚBLICA
CONSELLERIA D HISENDA I ADMINISTRACIÓ PÚBLICA SOLICITUD DE TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA MODELO PAG. 1 A Espacio reservado para la etiqueta identificativa (Si no dispone de etiquetas, haga constar a
Más detallesDirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
Dirección de Franquicias del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto FRANQUICIAS DIPLOMATICAS PARA LA IMPORTACION DE AUTOMOTORES Disposición 41/2008 Requisitos mínimos a suministrar
Más detallesExpedientes de Regulación de Empleo
Documentación a presentar: Expedientes de Regulación de Empleo 1. Procedimiento de extinción de contratos de trabajo o despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción:
Más detallesReserva del 1% del presupuesto de las obras públicas para actuaciones sobre el Patrimonio Histórico
Reserva del 1% del presupuesto de las obras públicas para actuaciones sobre el Patrimonio Histórico NORMATIVA CONSEJERÍA DE HACIENDA Dirección General de Patrimonio Reserva del 1% del presupuesto de las
Más detallesUniversidad Carlos III
Pág. 7 En su virtud, y en uso de las atribuciones que me son conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, Artículo 1 DISPONGO
Más detallesPROYECTO DE DECRETO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO UNIFICADO DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA Y LEÓN
PROYECTO DE DECRETO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO UNIFICADO DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN CASTILLA Y LEÓN En ejercicio de la competencia exclusiva que la Comunidad de Castilla y
Más detalles