PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD 2017 DE CIUTAT DE LES ARTS I LES CIÈNCIES

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1 Expediente nº PA 2/17 PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA CAMPAÑA DE PUBLICIDAD 2017 DE CIUTAT DE LES ARTS I LES CIÈNCIES LOTE 1. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD CIUTAT DE LES ARTS I LES CIÈNCIES LOTE 2. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE CONTENIDOS LOTE 3. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE ESPACIOS ALQUILABLES 1. OBJETO DEL CONTRATO I DISPOSICIONES GENERALES 1.1. Constituye el objeto de la presente licitación la contratación de la campaña de publicidad de 2017 de Ciutat de les Arts i les Ciències, relativo a la planificación y compra de medios, incluyendo la producción, dividido en tres lotes (en base a las zonas de actuación/prestación del servicio): - LOTE 1. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD CIUTAT DE LES ARTS I LES CIÈNCIES. - LOTE 2. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE CONTENIDOS. - LOTE 3. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE ESPACIOS ALQUILABLES. Los licitadores podrán presentar oferta a uno, a dos o a los tres lotes. Dentro de cada lote, deberá presentar oferta a la totalidad de los servicios que lo componen. No se admitirá la oferta que no contemple todos los servicios del lote, ni la presentación de una oferta conjunta que incluya varios o los tres lotes. Se podrá adjudicar los lotes por separado o a un mismo licitador El objeto se corresponde al código Servicios de Campaña de Publicidad CPV de la nomenclatura Vocabulario Común de Contratos (CPV) de la Comisión Europea Los trabajos se ejecutarán con arreglo a lo establecido en el contrato, en el presente pliego de cláusulas administrativas, en el pliego de prescripciones técnicas y demás documentación, que tendrá carácter contractual. 2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 2.1. El órgano de contratación es Ciudad de las Artes y de las Ciencias S.A. Unipersonal (en adelante, CACSA), y en su nombre su Director General. El perfil del contratante de CACSA es A los efectos del presente pliego se entenderá por Propiedad a CACSA. Por CONTRATISTA, se entiende el concursante que resulte adjudicatario tras la resolución del presente procedimiento. 1

2 2.2. Las referencias que aparezcan en el presente Pliego de Cláusulas Administrativas al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se entenderán en adelante TRLCSP. 3. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN 3.1. El contrato que se suscriba se califica como de servicios (categoría 13 del Anexo II) y tendrá carácter privado, a tenor de lo dispuesto en los artículos 10 y 20 del TRLCSP, quedando sometido en cuanto a su preparación y adjudicación a lo dispuesto en este Pliego, al TRLCSP y sus normas de desarrollo, así como al Reglamento de Ejecución (UE) 2016/7 de la Comisión de 5 de enero de 2016 y Directiva 2014/24/ UE del Parlamento Europeo y del Consejo de, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, en lo que resulte de aplicación, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las restantes normas de derecho privado, y demás normativa que resulte de aplicación al objeto del contrato; y en cuanto a sus efectos y extinción se regirá por el derecho privado En los casos de dudas o diferencias suscitadas por la aplicación, interpretación o resolución del Contrato, se procurará sean resueltas por el común acuerdo entre las partes. De no alcanzarse dicho acuerdo las discrepancias serán sometidas por cualquiera de las partes ante los Juzgados y Tribunales ordinarios de Valencia Ciudad, con expresa renuncia al fuero propio que respectivamente pudiera corresponderles El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y adjudicación del contrato que se derive de este procedimiento. El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato Recurso especial en materia de contratación. La presente contratación es objeto de recurso especial en materia de contratación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40 del TRLCSP y Directiva 2014/24/ UE del Parlamento Europeo y del Consejo de, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/ CE. El órgano competente para resolver el recurso es el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, cuya sede electrónica es Los recursos y demás escritos referidos al procedimiento de recurso especial se hará bien el Registro General de CAC, S.A., en Avenida del Profesor López Piñero (Historiador de la Medicina), nº Valencia, o bien deberán presentarse en el Registro Electrónico del Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas (a través del formulario electrónico general) dentro de los plazos previstos para los diversos supuestos que se contemplan en el TRLCSP. Contra la resolución de este recurso especial sólo procederá la interposición del recurso contenciosoadministrativo conforme a lo dispuesto en la normativa de aplicación. 4. CAPACIDAD PARA CONTRATAR 4.1. Capacidad y solvencias requeridas en la presente licitación Podrán contratar con CACSA las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, teniendo plena capacidad de obrar, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 2

3 60 del TRLCSP, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 73 del TRLCSP. Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en el anexo I del Reglamento General de la LCAP. Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente u Oficina Consular de España del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad a que se refiere el artículo 55 TRLCSP, o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio En la presente contratación se requieren los siguientes requisitos de solvencia económica y financiera y técnica y profesional: Solvencia Económica y Financiera: se deberá acreditar un volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos una vez y medio el valor estimado del lote al que se licita. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En caso de ser una empresa de nueva creación, se deberá acreditar tener un capital social de al menos ochenta por ciento del precio del lote Solvencia técnica y profesional: se deberá disponer de experiencia en la realización de trabajos del mismo tipo o naturaleza al objeto del contrato, por importe igual o superior al valor estimado del lote al que se licita, que se acreditará mediante la relación de los trabajos efectuados por el interesado en el curso de los cinco últimos años (o años de actividad de la entidad, en casos de empresas de nueva creación), correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución (se aportarán como mínimo tres certificados). En la presente licitación no es necesaria la clasificación de los licitadores. No obstante, se podrá sustituir la presentación de los documentos establecidos para la acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica y profesional, mediante la presentación del certificado de clasificación 3

4 correspondiente (Grupo T, Subgrupo 1 Servicios de publicidad, Categoría 1 en los Lotes 1 y 3, y Categoría 2 en el Lote 2), acompañada de la declaración de vigencia Acreditación de la capacidad y solvencias En aplicación de la Directiva 2014/24/UE, las empresas licitadoras deberán presentar el DOCUMENTO EUROPEO UNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) que es una declaración formal de los licitadores, mediante la cual indican que no se encuentran en ninguna de las situaciones de exclusión o de posible exclusión y cumplen los criterios de selección exigidos. A tal efecto, los licitadores deberán cumplimentar el ANEXO V. Además, los licitadores pueden acceder a dicho documento a través de los siguientes enlaces: 7f-67aa-4e cce319f3b En todo caso se deberá tener en cuenta. a) Deberá presentarse un DEUC por cada lote al que se licite. b) A los efectos de la parte de Criterios de selección, los licitadores deberán adaptarse a lo establecido en el apartado del presente pliego. c) En caso de presentarse en UTE, deberán presentar un DEUC separado, por cada una de las empresas participantes en la unión temporal. d) Los licitadores que se basen en la solvencia y medios de otras entidades, se cumplimentará y firmará el DEUC por cada una de las entidades consideradas, que recogerá la información exigida en las secciones A y B de la parte II en la parte III. e) Si el licitador tiene la intención de subcontratar, deberá rellenar el apartado D de la parte II del DEUC y además, que cada uno de los subcontratistas rellenen la información requerida en las secciones A y B de la parte II y parte III del DEUC CACSA requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que aporte la documentación acreditativa de su capacidad de obrar y solvencia indicada en el DEUC, con carácter previo a la adjudicación del contrato, en los términos establecidos en la estipulación 14.1, del presente pliego. 5. COSTE/INVERSIÓN DE LA CAMPAÑA 5.1. La inversión prevista por CACSA para la campaña de publicidad del 2017 es de (CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIEN EUROS), IVA excluido, desglosada en el modo previsto en el PPT y dividiéndose dicha inversión en cada uno de los lotes en los siguientes importes: - Lote 1: Campaña de publicidad Ciutat de les Arts i les Ciències: , IVA excluido - Lote 2: Campaña de publicidad de contenidos: , IVA excluido. - Lote 3. Campaña de publicidad de espacios alquilables: , IVA excluido. 4

5 5.2. Estas cifras determinan la exclusión de cualquier oferta que presenten campañas de publicidad con un coste de inversión superior al indicado, tanto a nivel global como por cada una de las campañas indicadas en el PPT. No existe compromiso de CACSA de agotar la totalidad de inversión establecida en el punto anterior. 6. REVISIÓN DE PRECIOS En la presente contratación no cabe la revisión de precios, de conformidad con lo previsto en el artículo 89 del TRLCSP. 7. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución de la prestación de servicios contratada será desde la firma del contrato hasta el 31 de diciembre de 2017, sin posibilidad de prórrogas. El CONTRATISTA deberá atender los plazos parciales de ejecución de las actuaciones que se establecen en el PPT, de acuerdo con las instrucciones que reciba del responsable de la contratación de CACSA. EL CONTRATISTA queda obligado al cumplimiento del plazo total del contrato. 8. PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN II ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO A los efectos de determinar la publicidad y el procedimiento de adjudicación, el valor estimado del contrato se establece en , IVA excluido, en función de la suma de la inversión de todos los lotes prevista por parte de CACSA para la campaña de publicidad 2017, siendo el valor estimado (coste de la inversión) de cada uno de los lotes el siguiente: - Lote 1: Campaña de publicidad Ciutat de les Arts i les Ciències: , IVA excluido - Lote 2: Campaña de publicidad de contenidos: , IVA excluido. - Lote 3. Campaña de publicidad de espacios alquilables: , IVA excluido. Las cifras indicadas en cada uno de los lotes, representan el gasto máximo a realizar por CACSA en virtud del contrato de servicios, quedando limitado el gasto real al que resulte de los precios ofertados por el adjudicatario y/o los servicios efectivamente requeridos por CACSA, en función de sus necesidades y presupuesto finalmente aprobado y realizados por aquél. El adjudicatario realizará los trabajos en función de las necesidades de CACSA, abonando CACSA únicamente los trabajos efectivamente prestados. No existe compromiso de CACSA de consumir la totalidad de la inversión prevista. Las cifras determinan la exclusión de cualquier oferta por importe superior. En las cantidades indicadas se incluyen todos los costes económicos en que pueda incurrir el CONTRATISTA para la correcta ejecución del contrato, así como cualquier tributo que corresponda por razón del contrato, a excepción del IVA. En especial, se entienden incluidos los honorarios del adjudicatario y los costes en que pudiera incurrir para la 5

6 formalización de los avales necesarios para las difusiones publicitarias, así como los costes de producción que se pudieran incurrir para el desarrollo de cada una de las campañas. En el caso de los costes de producción, CACSA se reserva el derecho a ejecutar estas partidas directamente en los supuestos en que las producciones propuestas superen las cantidades estimadas por CACSA para dichas partidas El contrato se adjudicará, mediante procedimiento abierto, con pluralidad de criterios, SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA y su tramitación tiene el carácter de ordinaria CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS: Los criterios que han de servir de base para la valoración de las propuestas y el establecimiento de la económicamente más ventajosa en cada uno de los lotes son los establecidos a continuación, por orden decreciente: LOTE 1: CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE CIUTAT DE LES ARTS I LES CIÈNCIES Las ofertas se valorarán, sobre 100 puntos, repartidos de la siguiente forma: A. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS: 90 PUNTOS B. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: 10 PUNTOS A. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS: de 0 a 90 puntos Se otorgarán hasta 90 puntos en el número de inserciones en prensa, radio e impresiones/variedad en agendas on line que mejoren los mínimos establecidos en el PPT, de acuerdo con el siguiente desglose: A.1.1. Número de inserciones en prensa: de 0 a 30 puntos SOPORTES Puntos 1er soporte EGM 7 puntos 2º soporte EGM 5 puntos 3er soporte EGM 5 puntos Del 5 al 10ª soporte EGM 5 puntos Número de periódicos proximidad en la Comunidad Valenciana 5 puntos 4º soporte EGM 3 puntos A.1.2. Número de inserciones en radio: de 0 a 30 puntos SOPORTES Puntos 1er soporte EGM 7 puntos 2º soporte EGM 5 puntos 3er soporte EGM 5 puntos Del 5 al 10ª soporte EGM 5 puntos Número de radios proximidad en Comunidad Valenciana 5 puntos 4º soporte EGM 3 puntos 6

7 A Número de impresiones y variedad de soportes en las Agendas o medios información online: de 0 a 30 puntos SOPORTES Número de soportes diferentes en la Comunidad Valenciana Número de impresiones totales Puntos 20 puntos 10 puntos Respecto de cada epígrafe objeto de valoración, CACSA otorgará la máxima puntuación a la oferta que incluya un mayor número de inserciones, impresiones, variedad, según los casos, y al resto proporcionalmente. En el supuesto que la oferta no incluya las impresiones mínimas establecidas en el PPT, la oferta será rechazada. B. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: de 0 a 10 puntos B.1. MEJORAS. INSERCIONES REDACCIONALES CONSEGUIDAS: de 0 a 10 puntos Se otorgarán 10 puntos a las ofertas que incluyan como mejora la difusión de información redactada por Ciutat de les Arts i les Ciències (anuncios redaccionales), que impliquen una difusión de los contenidos del lote en los términos establecidos en el PPT. Se valorarán los siguientes aspectos: - Mayor audiencia/frecuencia de los inserciones: de 0 a 8 puntos - Mayor tamaño/ formato del espacio ofertado: de 0 a 2 puntos. LOTE 2. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE CONTENIDOS Las ofertas se valorarán, sobre 100 puntos, repartidos de la siguiente forma: A. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS: 80 PUNTOS B. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: 20 PUNTOS A. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS: 80 PUNTOS Se otorgarán hasta 80 puntos en el número de inserciones que mejoren los mínimos establecidos en el PPT, de acuerdo con el siguiente desglose. A.1. Número de inserciones para los contenidos Hemisfèric: de 0 a 34 puntos SOPORTES Número de buses urbanos en la ciudad de Valencia Número de caras de mupi o marquesina en ciudad de Valencia Número de caras de vallas circuito Premium ad hoc para CAC por la provincia de Valencia Número de impresiones display RTB en red de sites Premium IP Puntos 8 puntos 7 puntos 6 puntos 5 puntos 7

8 Comunidad Valenciana Número de caras de vallas circuito Premium ad hoc para CAC por la provincia de Castellón Número de caras de mupi o marquesina en la ciudad de Castellón 4 puntos 4 puntos A.2. Número de inserciones para los contenidos del Museu: de 0 a 46 puntos SOPORTES Número de caras de vallas circuito Premium ad hoc para CAC por Comunidad Valenciana Número de caras de mupi o marquesina en ciudad de Valencia Número de buses urbanos en la ciudad de Valencia Número de buses urbanos en la ciudad de Alicante Número de impresiones display RTB en red de sites Premium IP Comunidad Valenciana Número de caras de mupi o marquesina en la ciudad de Alicante Número de caras de mupi o marquesina en la ciudad de Castellón Puntos 10 puntos 7 puntos 7 puntos 7 puntos 6 puntos 5 puntos 4 puntos Respecto de cada epígrafe objeto de valoración, CACSA otorgará la máxima puntuación a la oferta que incluya un mayor número de inserciones, y al resto proporcionalmente. En el supuesto que la oferta no incluya las impresiones mínimas establecidas en el PPT, la oferta será rechazada. B. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: de 0 a 20 puntos. Se otorgarán hasta 20 puntos en los medios adicionales, no obligatorios, para las campañas de contenidos del Museu y de Hemisfèric para optimizar y completar las campañas. A tal efecto, se otorgará: - De 0 a 10 puntos en la creatividad de los medios adicionales ofertados (5 puntos para la campaña del Museu y 5 para la campaña del Hemisferic). - De 0 a 10 puntos a la mayor audiencia de los medios elegidos (5 puntos para la campaña del Museu y 5 para la campaña del Hemisfèric). LOTE 3. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE ESPACIOS ALQUILABLES Las ofertas se valorarán, sobre 100 puntos, repartidos de la siguiente forma: A. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS: 80 PUNTOS B. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: 20 PUNTOS 8

9 A. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS: de 0 a 80 puntos. A.1. Descuento medio sobre tarifa: Se otorgará hasta 80 puntos en los descuentos ofertados en las tarifas oficiales y publicadas en los medios de los espacios alquilables indicados en el PPT. Para ello, se otorgará la máxima puntuación (80 puntos) al mayor descuento ofertado, otorgando al resto la puntuación de manera proporcional mediante la siguiente fórmula: Puntuación espacios alquilables = 80 * Precio descuento ofertado Máximo de descuento ofertado Consideración de ofertas con valores anormales o desproporcionados: para la oferta relativa en los descuentos, Se considerará que existe una presunción de oferta temeraria en aquellas propuestas cuya oferta sea superior en los descuentos ofertados, en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. En dicho supuesto, se dará audiencia al licitador a los efectos de justificar la viabilidad de su oferta de acuerdo con la normativa aplicable. B. CRITERIOS DE VALORACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: 20 PUNTOS B.1.- Valoración del resto de medios ofertados no obligatorios en la campaña de Actos y Eventos. Se otorgaran hasta 20 puntos en los medios adicionales, no obligatorios, para las campañas espacios alquilables para optimizar y completar las campañas. A tal efecto, se otorgará: - De 0 a 10 puntos en la creatividad de los medios adicionales ofertados - De 0 a 10 puntos a la adecuación al target En los tres lotes en caso de empate entre dos o más proposiciones, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional cuarta del TRLCSP, en el artículo 9 de la Ley 11/2003, de 10 de abril de la Generalitat, sobre el Estatuto de las Personas con Discapacidad, y en el artículo 3 del Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento de empleo de las personas con discapacidad, la preferencia en la adjudicación de los contratos será a favor de la proposición presentada por aquella empresa que igualando el precio más bajo, acredite tener un porcentaje mayor de trabajadores discapacitados. La preferencia será aplicable en cualquiera de las siguientes situaciones: - Empresas que, contando con menos de 50 trabajadores y no teniendo obligación legal de contratar a trabajadores discapacitados, acrediten tener en su plantilla a trabajadores discapacitados, con anterioridad a la publicación del anuncio de licitación del presente procedimiento. - Empresas que, contando con 50 o más trabajadores y teniendo la obligación legal de contratar, acrediten tener en su plantilla un porcentaje mayor de trabajadores discapacitados 9

10 que el previsto en la legislación vigente, con anterioridad a la publicación del anuncio del presente procedimiento. A tales efectos, las empresas acreditarán dicha circunstancia mediante la presentación de contratos de trabajo y documentos de cotización a la seguridad social. Idéntica preferencia tendrá aquella empresa que, en el momento de presentar su proposición acredite un incremento de las cuotas previstas en la normativa vigente para las medidas alternativas a la contratación de trabajadores discapacitados con anterioridad a la publicación del anuncio de licitación del contrato, cuando no sea posible la incorporación de trabajadores discapacitados a las empresas licitadoras, por la imposibilidad de que los servicios de empleo público competentes, o las agencias de colocación, puedan atender la oferta de empleo después de haber efectuado las gestiones de intermediación necesarias para dar respuesta a los requerimientos de la misma y concluirla con resultado negativo. En el supuesto de aplicación de las medidas alternativas, la acreditación del cumplimiento de las mismas se realizará mediante la presentación del certificado de exclusividad en vigor y documentos acreditativos del cumplimiento de las medidas alternativas realizadas durante la vigencia del mencionado certificado. En el caso que persista el empate tendrán preferencia en la adjudicación, las proposiciones de los licitadores que presenten un plan de igualdad previamente aprobado por cualquier administración pública u órgano competente, conforme a la ley 9/2003, de 2 de abril de la Generalitat, para la igualdad de mujeres y hombres, DOGV número 4.474, de 4 de abril. De persistir el empate, la adjudicación recaerá en aquel licitador que esté constituido en cooperativa, de conformidad con lo establecido en el artículo de la ley 8/2003, de 24 de marzo de Cooperativas de la Comunidad Valenciana. Si finalmente persiste el empate, se realizará un sorteo público. 9. GARANTÍA PROVISIONAL En la presente contratación se dispensa la constitución de garantía provisional. No obstante, en caso de retirada injustificada de la proposición por parte del licitador, se derivarán las consecuencias previstas en el art d) del TRLCSP. 10. PLAZO Y PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Las proposiciones se presentarán, en la forma indicada en los apartados siguientes, en el lugar y plazo señalado en el anuncio de licitación. La Solicitud de Admisión, según modelo que figura en el Anexo I, se presentará fuera de los sobres al objeto de efectuar el correspondiente Registro de Entrada (se cumplimentará una solicitud de admonición por lote al que se licita). El plazo de presentación de proposiciones finalizará a las 14:00 horas del día 7 de marzo de Los licitadores también podrán enviar los sobres dentro del plazo de admisión expresado en el anuncio, por correo, debiendo justificar documentalmente la fecha y hora de imposición en la Oficina de Correos, o por cualquier otra forma de las establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública. 10

11 Se anunciará en todos los casos al Órgano de Contratación, la remisión de la oferta, mediante telegrama dirigido al Registro General de CAC S.A., o fax dirigido al nº No se admitirán proposiciones sin la concurrencia de ambos requisitos y/o si son recibidas con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio. No obstante, transcurridos diez días naturales desde la terminación del plazo, no será admitida ninguna proposición enviada por correo. A los efectos anteriores, la dirección de entrega es REGISTRO GENERAL DE CIUDAD DE LAS ARTES Y DE LAS CIENCIAS S.A., Avenida del López Piñero (Historiador de la Medicina), nº 7. Valencia. CP Los pliegos se facilitarán en formato electrónico, mediante su inclusión en el perfil del contratante de CACSA La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario de la totalidad del contenido del presente pliego, sin salvedad alguna Cualquier consulta relativa al contenido del sobre A deberá efectuarse por escrito al siguiente mail aporras@cac.es, o al número de fax a la atención de Amparo Porras. Cualquier consulta técnica relativa al sobre B deberá efectuarse, asimismo, por escrito al mail mlaporta@cac.es, a la atención de Mª Ángeles Laporta. Asimismo, las contestaciones se remitirán por escrito. 11. CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES Las proposiciones constarán de TRES SOBRES CERRADOS, por LOTE AL QUE SE LICITE, identificados en su exterior con indicación de la licitación a la que se concurra y el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, así como con la firma del licitador o persona que le represente. Fuera de los sobres se incluirá la solicitud de admisión - Anexo I. Se incluirá una solicitud de admisión por lote al que se licita. El contenido de cada sobre, que deberá estar relacionado deberá tener los requisitos que se señalan a continuación: LOTE 1. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD CIUTAT DE LES ARTS I LES CIÈNCIES 1. SOBRE A. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE SOLVENCIA. Se incluirá los siguientes documentos: - DOCUMENTO EUROPEO UNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC), teniendo en cuenta las condiciones de la estipulación 4 del presente pliego. - DECLARACIÓN DE PERTENCIA DE GRUPO EMPRESARIAL, de acuerdo con el modelo anexo II, del presente pliego. - En caso que se presenten varias entidades, se incluirá documento de compromiso de UTE, indicándose los porcentajes de participación. 11

12 2. SOBRE B. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR. Los licitadores incluirán en este sobre la documentación, en soporte papel, relacionada con los criterios de valoración MEDIANTE JUDICIOS DE VALOR que se especifican en el presente pliego, Y deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma: - Descripción de la mejora ofertada para las inserciones redaccionales detallando el soporte, tamaño/formato y número de inserción para cada uno de ellos. En ningún caso en el sobre B, se podrán incluir aspectos referidos a los criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas (sobre C). En caso que se incluyan aspectos referidos al sobre C, se procederá a la exclusión de la oferta, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable. 3. SOBRE C. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS Los licitadores incluirán en este sobre la documentación, en soporte papel, relacionada con los criterios de valoración mediante fórmulas matemáticas, que deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma: - MODELO PROPOSICIÓN de acuerdo con lo indicado en el Anexo III. El contenido de este anexo se realizará sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. Además, se deberá incorporar obligatoriamente, como documentación no evaluable la siguiente documentación (la no inclusión de esta documentación será causa de exclusión de la oferta presentada): - ÓPTICO-PLANFICACIÓN DE LA CAMPAÑA PROPUESTA, a contar a partir de mayo de 2017, fecha prevista de formalización del contrato. - PRECIOS POR UNIDAD DE LAS INSERCIONES EN LOS MEDIOS. LOTE 2. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE CONTENIDOS 1. SOBRE A. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE SOLVENCIA. Se incluirá los siguientes documentos: - DOCUMENTO EUROPEO UNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC), teniendo en cuenta las condiciones de la estipulación 4 del presente pliego. - DECLARACIÓN DE PERTENCIA DE GRUPO EMPRESARIAL, de acuerdo con el modelo anexo II, del presente pliego. 12

13 - En caso que se presenten varias entidades, se incluirá documento de compromiso de UTE, indicándose los porcentajes de participación. 2. SOBRE B. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR Los licitadores incluirán en este sobre la documentación, en soporte papel, relacionada con los criterios de valoración MEDIANTE JUDICIOS DE VALOR que se especifican en el presente pliego, Y deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma: - Descripción de los medios adicionales propuestos, desglosándose en cada campaña (Museu y Hemisfèric) y detallando la acción a realizar y su audiencia. En ningún caso en el sobre B, se podrán incluir aspectos referidos a los criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas (sobre C). En caso que se incluyan aspectos referidos al sobre C, se procederá a la exclusión de la oferta, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable. 3. SOBRE C. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS Los licitadores incluirán en este sobre la documentación, en soporte papel, relacionada con los criterios de valoración mediante fórmulas matemáticas, que deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma: - MODELO PROPOSICIÓN de acuerdo con lo indicado en el Anexo III. El contenido de este anexo se realizará sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. Además, se deberá incorporar obligatoriamente, como documentación no evaluable la siguiente documentación (la no inclusión de esta documentación será causa de exclusión de la oferta presentada): - ÓPTICO-PLANFICACIÓN DE LA CAMPAÑA PROPUESTA, a contar a partir de mayo de 2017, fecha prevista de formalización del contrato. - PRECIOS POR UNIDAD DE LAS INSERCIONES EN LOS MEDIOS. LOTE 3. CAMPAÑA DE PUBLICIDAD DE ESPACIOS ALQUILABLES 1. SOBRE A. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA Y DE SOLVENCIA. Se incluirá los siguientes documentos: - DOCUMENTO EUROPEO UNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC), teniendo en cuenta las condiciones de la estipulación 4 del presente pliego. - DECLARACIÓN DE PERTENCIA DE GRUPO EMPRESARIAL, de acuerdo con el modelo anexo II, del presente pliego. 13

14 - En caso que se presenten varias entidades, se incluirá documento de compromiso de UTE, indicándose los porcentajes de participación. 2. SOBRE B. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE JUICIOS DE VALOR Los licitadores incluirán en este sobre la documentación, en soporte papel, relacionada con los criterios de valoración MEDIANTE JUICIOS DE VALOR que se especifican en el presente pliego, Y deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma: - Descripción de los medios adicionales propuestos describiéndose todas y cada una de las acciones. En ningún caso en el sobre B, se podrán incluir aspectos referidos a los criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas (sobre C). En caso que se incluyan aspectos referidos al sobre C, se procederá a la exclusión de la oferta, de acuerdo con lo establecido en la normativa aplicable. 3. SOBRE C. CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS MATEMÁTICAS Los licitadores incluirán en este sobre la documentación, en soporte papel, relacionada con los criterios de valoración mediante fórmulas matemáticas, que deberá estar obligatoriamente estructurada de la siguiente forma: - MODELO PROPOSICIÓN de acuerdo con lo indicado en el Anexo III. El contenido de este anexo se realizará sin errores o tachaduras que dificulten conocer claramente lo que el órgano de contratación estime fundamental para considerar las ofertas, y que, de producirse, provocarán que la proposición sea rechazada. Además, se deberá incorporar obligatoriamente el ÓPTICO-PLANFICACIÓN DE LA CAMPAÑA PROPUESTA, a contar a partir de mayo de 2017, fecha prevista de formalización del contrato. Este documento no será valorable, pero deberá ser aportado obligatoriamente por los licitadores. La no inclusión será causa de exclusión de la oferta CACSA se reserva la facultad de comprobar en cualquier momento su veracidad, bien antes de la adjudicación del contrato, o bien durante su vigencia, pudiendo realizar tal comprobación por sí misma, o mediante petición al licitador o adjudicatario de documentación o informes complementarios. La falsedad o inexactitud de tales datos provocará la desestimación de la oferta o, en su caso, la resolución del contrato, con pérdida de la garantía constituida, así como la exigencia de las responsabilidades e indemnizaciones que de tal hecho se deriven Los licitadores habrán de presentar sus proposiciones referidas a la totalidad de los servicios objeto del contrato, del lote al que se licita. El incumplimiento de las condiciones establecidas en el presente pliego y PPT será causa de exclusión de la ofertas Cada licitador podrá presentar sólo una proposición en relación con el objeto del lote al que se licita, sin que se puedan presentar variantes o alternativas. 14

15 11.5. El empresario que haya licitado en unión temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una unión temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de todas las proposiciones por él suscritas. 12. MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de contratación estará integrada por: - Presidente: Dirección de Marketing y Explotación - Vocales: Jefe Área Económico Financiero Jefa del Área de Publicidad. - Secretario: Área RRHH- Jurídico La ausencia de cualquiera de los miembros de la Mesa podrá ser cubierta por otra persona designada por CACSA. Se dará cuenta de las eventuales suplencias en el acto público de apertura de proposiciones, indicando el nombre del sustituido y del sustituto, puesto desempeñado por éste y actuación en que se produce su intervención. Se dejará constancia igualmente de las sustituciones en las actas que documenten las actuaciones de la Mesa en que aquéllas se hayan producido. 13. CALIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN, APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN Concluido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de contratación procederá a la calificación de la documentación contenida en los sobres A presentados por los licitadores, y si observase defectos en el DEUC, u otro anexo, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador correspondiente, dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane, en dicho plazo la documentación deberá obrar ya en las oficinas de CACSA La Mesa de contratación, una vez comprobado el sobre A, procederá a convocar a los licitadores para la apertura del SOBRE B (criterios evaluables mediante un juicio de valor) que se realizará en acto público conforme al siguiente procedimiento: - En primer lugar, el Presidente dará cuenta del número de proposiciones recibidas y del nombre de los licitadores. - A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres B (ofertas técnicas), de los licitadores admitidos, dando lectura a la relación de los documentos aportados respecto a los criterios de valoración que se incluyen en ese sobre. - Concluida la apertura de las proposiciones, el Presidente de la Mesa invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones o reservas estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación en el plazo determinado para ello. 15

16 A continuación, se dará por concluido el acto de apertura de ofertas técnicas, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa Realizada por la Mesa de Contratación la evaluación de los criterios a que se refiere la cláusula anterior, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, se notificará por escrito a todos los interesados la fecha y lugar en que se llevará a cabo la apertura del Sobre C, conteniendo la oferta económica y/o criterios evaluables mediante fórmulas matemáticas Constituida la Mesa de Contratación en la fecha señalada, e iniciado el acto público, el Presidente dará cuenta del resultado de la evaluación relativa a las proposiciones contenidas en el Sobre B, invitando a los asistentes a que formulen las observaciones que estimen oportunas, que serán reflejadas en acta A continuación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura de los Sobres C de los licitadores admitidos, dando lectura de la oferta económica y, en su caso, demás criterios. Concluida la apertura, el Presidente invitará a los licitadores asistentes a que expongan cuantas observaciones estimen oportunas en relación con el acto celebrado, informándoles, en caso de producirse éstas, de la posibilidad de presentar reclamaciones escritas ante el órgano de contratación en el plazo determinado para ello. A continuación, se dará por concluido el acto público de apertura de ofertas económicas, de cuyo desarrollo se dejará constancia en el acta de la reunión de la Mesa La Mesa de contratación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, realizará la propuesta de adjudicación razonada que estime adecuada, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el presente pliego, acompañada de las actas de sus reuniones y de la documentación generada en sus actuaciones y, en su caso, de los informes emitidos. Dicha propuesta no crea derecho alguno mientras el órgano de contratación no dicte la resolución de adjudicación. 14. APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PARA LA ADJUDICACIÓN El órgano de contratación requerirá a la empresa que haya presentado en cada uno de los lotes la oferta económicamente más ventajosa para CACSA para que aporte la documentación acreditativa de la capacidad y solvencias indicada en el DEUC y que se relaciona a continuación: El documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, en la forma siguiente: a) Documento Nacional de Identidad, cuando se trate de empresarios individuales. Si se trata de personas jurídicas deberán presentar escrituras de constitución, y de modificación de estatutos en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial que fuera preceptivo. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, habrán de acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del Reglamento General de la LCAP. 16

17 Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la representación diplomática española en el Estado correspondiente, en la que se haga constar que figuran inscritos en el Registro local, profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades que constituyen el objeto del contrato. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva misión diplomática permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma substancialmente análoga o, en su caso, que dicho Estado es signatario del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio. b) Cuando el licitador actúe mediante representante, éste deberá aportar escritura de poder, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y DNI del apoderado o representante de la entidad. c) Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo. d) CIF de la empresa Documentación acreditativa de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional establecida en el apartado del presente pliego, en los términos indicados en el DEUC. De acuerdo con lo establecido en el apartado 5 del presente Pliego, se podrá sustituir la documentación de la solvencia presentado el certificado de la clasificación requerida en la dicho apartado, expedido por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa o en su caso, por el Organismo comunitario correspondiente. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo no obstante justificar posteriormente haber obtenido la clasificación exigida en el plazo de subsanación de defectos u omisiones en la documentación a que se refiere la cláusula 14 del presente pliego. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar que todas las empresas que integran la unión han obtenido clasificación como empresa contratista de servicios. En tal caso, se acumularán las clasificaciones individuales de los miembros de la U.T.E., a efectos de poder acreditar la clasificación global exigida en el presente pliego. Si concurren uniones de empresarios nacionales, extranjeros no comunitarios o extranjeros comunitarios, los dos primeros deberán acreditar su clasificación y los últimos, en defecto de ésta, su solvencia económica, financiera y técnica. 17

18 El certificado de clasificación deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que los datos de clasificación no han sufrido variación. Además, en caso de clasificación se deberá aportar la relación de la maquinaria y fichas técnicas establecidas en el punto b) y certificados de punto c) del apartado Certificados de estar al corriente con las obligaciones tributarias (estatal y autonómica de la Comunidad Valenciana) y de la seguridad social. Los extranjeros, sean personas físicas o jurídicas, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Así mismo, habrán de presentar certificación, también expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses. Igualmente los licitadores españoles, sean personas físicas o jurídicas, habrán de presentar certificación expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatal y autonómica de la Comunidad Valenciana) y de la seguridad social. Asimismo, todos los licitadores, sean españoles y/o extranjeros, deberán acompañar justificación de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerzan actividades sujetas a este impuesto, en relación con las actividades que venga realizando a la fecha de presentación de las proposiciones que les faculte para su ejercicio en el ámbito territorial que las ejercen, así como el último recibo de dicho impuesto en caso de ser aplicable Para las empresas extranjeras, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Valencia, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante La presentación por el licitador del certificado de estar inscrito en el Registro de Contratistas de la Comunidad Valenciana le eximirá de aportar la documentación que se detalla: - Personalidad y representación a que se refiere el apartado de este pliego, siempre y cuando la representación sea la misma que conste en el certificado aportado. No obstante, la Mesa de contratación podrá requerir la aportación de dicha documentación si fuera necesaria para acreditar que el objeto social de la empresa es adecuado al objeto del contrato. - Certificado de clasificación, siempre y cuando en el certificado del Registro de Contratistas conste la clasificación referida al objeto del contrato, o, en su caso, documentación acreditativa de la solvencia económica, financiera y técnica. El certificado del Registro de Contratistas de la Comunidad Valenciana deberá ir acompañado en todo caso de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación. 18

19 Acreditación del cumplimiento de la normativa sobre discapacidad: - Declaración responsable del número de trabajadores fijos discapacitados y porcentaje que éstos representan sobre el total de la plantilla. - Si la empresa emplea a cincuenta o más trabajadores y se encuentra en alguno de los supuestos de excepcionalidad previstos en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, deberá aportar, además, declaración del Servicio Público de Empleo competente de que la empresa se encuentra en alguno de los citados supuestos de excepcionalidad En caso que el licitador tenga previsto subcontratar, se deberá aportar los documentos que acrediten la capacidad de obrar y solvencia económica-financiera, solvencia técnica y profesional de los mismos, y además aportar los siguientes documentos: - Indicación de la prestación o partida objeto de la subcontratación. - Compromiso de subcontratación entre el licitador y el subcontratista Garantía definitiva: El licitador que resulte adjudicatario de cada uno de los Lotes del contrato deberá prestar una garantía definitiva por el siguiente importe: - Lote 1: euros - Lote 2: euros - Lote 3: 850 euros La garantía podrá constituirse en metálico, mediante aval, en valores públicos o en valores privados, por contrato de seguro de caución, o por retención de parte del precio, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 55 y siguientes del Reglamento General de la LCAP El plazo para aportar la documentación se establece en 10 días hábiles a contar desde el requerimiento, por parte de CACSA Recibida la documentación CACSA procederá a su calificación y comprobación que la documentación aportada coincide con la indicada en el DEUC. En caso de que la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la constitución de la garantía definitiva no se cumplimente adecuadamente, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta (por ser la misma insubsanable), procediéndose en ese caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, a fin de efectuar a su favor la adjudicación del contrato. En cuanto al resto de documentación requerida, si se observase defectos materiales en la documentación presentada, lo notificará por fax, telegrama o correo electrónico al licitador dejando constancia de dicha notificación en el expediente, concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que lo subsane; en dicho plazo la documentación deberá obrar ya en las oficinas de CACSA. 19

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