ORDEN DEL DÍA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO

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1 NUM SESIÓN ORDINARIA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN, CELEBRADA EN PRIMERA CONVOCATORIA, EL DÍA VEINTISIETE DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO. PRESIDENTE, D. Javier Moliner Gargallo DIPUTADOS D.Vicent Sales Mateu D. Andrés Martínez Castellá D. Mario Angel García Bascones D. Francisco Juan Mars D. Luís Martínez Fuentes Dª Mª Nieves Martínez Tarazona D. Iban Pauner Alafont SECRETARIO GENERAL Manuel Pesudo Esteve INTERVENTORA Mª Isabel Gil de Grado OFICIAL MAYOR D. Vicente Guillamón Fajardo EXCUSA SU ASISTENCIA D. Salvador Aguilella Ramos Dª. Elena Vicente-Ruiz Climent En la ciudad de Castellón de la Plana, a veintisiete de febrero del año dos mil dieciocho, siendo las doce horas, previo reparto de la convocatoria y orden del día con la debida antelación, se reúnen en el Salón de Comisiones de la Excma. Diputación Provincial, los señores expresados al margen, al objeto de celebrar, en primera convocatoria, Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno de esta Excma. Diputación Provincial de Castellón, conforme al siguiente ORDEN DEL DÍA 1. Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior, número 7, correspondiente a la celebrada el día 20 de febrero de TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO 2. Aprobación informe de la Diputación Provincial relativo a la constitución de la Mancomunitat de Municipis de Penyagolosa Pobles del Nord CRECIMIENTO ECONÓMICO 3. Aprobación Convenio de Colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón y la Asociación Centro Europeo de Empresas e Innovación (CEEI CASTELLÓN) para el desarrollo Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores MOVE UP, Emprende con éxito. 4. Aprobación convenio de colaboración entre la y el Ayuntamiento de Benassal para la celebración de la XV Mostra de la trufa negra del Maestrat Castelló Ruta de sabor.

2 SERVICIOS A LA CIUDADANÍA 5. Aprobación resolución de la convocatoria de subvenciones económicas dirigidas al mantenimiento y al equipamiento, durante 2018, por los ayuntamientos beneficiarios, de unidades municipales de respiro familiar destinadas a la estancia temporal diurna de personas mayores. 6. Aprobación convenio entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón y la Federación de Fallas de Burriana. 7. Aprobación convenio entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón y la A.C. Falla El Compromís de Almenara. 8. Aprobación convenio entre la Excma. Diputación provincial de Castellón y la Federación de Gayatas de Castellón para las fiestas de la magdalena de Propuesta de acuerdo de aceptación de renuncia y nueva adjudicación de beca en el servicio de restauración en la especialidad de pintura/escultura. 10. Aprobación realización estancia en practicas estudiante de la Fundación Universidad-Empresa de la Universidad de Valencia, año Aprobación realización estancia en practicas estudiante de la Universidad Jaume I, año Autorización uso del patio de armas y parque de artillería del Castillo de Peñíscola, por parte del Ayuntamiento. 13. Aceptación donación para el Museo de Bellas Artes de Castellón, por parte de D. Michele Dolz, de una obra titulada de la tierra Dación de cuenta del decreto de presidencia número , de 25 de enero de 2018, relativo a la asignación del servicio provincial de teleayuda domiciliaria con relación a sesenta y seis usuarios. 15. Dación de cuenta del decreto de presidencia número , de 14 de febrero de 2018, relativo a la asignación del servicio provincial de teleayuda domiciliaria con relación a cincuenta y siete usuarios. DESPACHO EXTRAORDINARIO TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO 1. Asistencia a cursos, jornadas y similares. CRECIMIENTO ECONOMICO 2. Aprobación Bases reguladoras y Convocatoria de las ayudas para la garantía del abastecimiento de agua potable a municipios de la provincia de Castellón, año SERVICIOS A LA CIUDADANIA 3. Aprobación relación participantes en el XLI Certamen Provincial de Bandas de Música, año RUEGOS Y PREGUNTAS

3 ORDEN DEL DÍA 1. LECTURA Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR, NÚMERO 7, CORRESPONDIENTE A LA CELEBRADA EL DÍA 20 DE FEBRERO DE Conocido el contenido del acta de la sesión anterior, correspondiente a la celebrada el día 20 de febrero, por haber recibido los señores miembros de la Junta de Gobierno copia literal de la misma, se aprueba por unanimidad. TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO 2. APROBACION INFORME DE LA DIPUTACION PROVINCIAL RELATIVO A LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNITAT DE MUNICIPIS DE PENYAGOLOSA POBLES DEL NORD. Resultando que por el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Atzeneta, en relación con la constitución de la MANCOMUNITAT DE MUNICIPIS DE PENYAGOLOSA POBLES DEL NORD, en fecha 29 de enero último (R/E: 4178), se ha remitido proyecto de estatutos de la Mancomunidad de Municipis de Penyagolosa Pobles del Nord, solicitando informe sobre los aspectos considerados relevantes. Resultando que en fecha 9 de febrero de 2018 se ha recibido en este Servicio informe de la Asesoría Jurídica que se pronuncia en su conclusión en los siguientes términos: no se observa obstáculo jurídico alguno a la aprobación de los Estatutos de la Mancomunitat de Municipis de Penyagolosa Pobles del Nord. Considerando que CUMPLE los requisitos exigidos por la legislación vigente, contenida en los artículos 94 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunidad Valenciana, 44 de la Ley 7/1.985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), 35 del Real Decreto 781/1.986 de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local ( TR ). Considerando la normativa interna de la Diputación sobre el tema, que se halla contenida en el Reglamento por el que se regula la asistencia jurídica, económica y técnica a los entes locales de la provincia de Castellón (BOP nº 70 de 12/06/97). Considerando que la Junta de Gobierno es el órgano competente para la emisión del preceptivo informe, en virtud del acuerdo del Pleno de la Corporación Provincial de 26 de junio de sobre delegación de atribuciones. (BOP n º 85 de 11/julio/2015). Visto el informe-propuesta emitido por este Servicio (SEPAM) de fecha 12 de febrero de 2018, vista la solicitud del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Atzeneta, del informe de esta Diputación Provincial relativo a la constitución de la Mancomunitat de Municipis de Penyagolosa Pobles del Nord, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 44.3.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y con el artículo 93.2 de la Ley 8/2010, de 23 de junio,de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana, del informe emitido por el Servicio de Asesoramiento a Municipios

4 y del dictamen de la Comisión informativa de transparencia y buen gobierno, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda su aprobación. CRECIMIENTO ECONÓMICO 3. PROBACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN Y LA ASOCIACIÓN CENTRO EUROPEO DE EMPRESAS E INNOVACIÓN DE CASTELLÓN (CEEI CASTELLÓN) PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE APOYO A JÓVENES EMPRENDEDORES: MOVE UP, EMPRENDE CON ÉXITO. Visto el expediente que está siendo tramitado para la aprobación del Convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial de Castellón y la Asociación Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón) para el desarrollo del Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores: Move Up, Emprende con éxito. Vistos los informes incorporados al mismo, el del servicio y el del servicio jurídico. Considerando, en su caso, el dictamen de la Comisión competente, por unanimidad, la Junta de Gobierno acuerda: PRIMERO.- Aprobar el convenio de Colaboración entre la Diputación Provincial de Castellón y la Asociación Centro Europeo de Empresas e Innovación de Castellón (CEEI Castellón) para el desarrollo del Programa de Apoyo a Jóvenes Emprendedores: Move Up, Emprende con éxito, en los términos en los que aparece redactado. SEGUNDO.- Facultar al Presidente de la Excma. Diputación Provincial o a quien legalmente le sustituya para la firma del presente convenio. 4. APROBACIÓN CONVENIO DE COLABORACION ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE BENASSAL PARA LA CELEBRACIÓN DE LA XV MOSTRA DE LA TRUFA NEGRA DEL MAESTRAT CASTELLÓ RUTA DE SABOR. Visto el expediente que está siendo tramitado para la aprobación del convenio singular entre la Excma. Diputación Provincial de Castellón y el ayuntamiento de Benassal para la Celebración de la XV Fira de la Mostra de la Trufa Negra del Maestrat Castelló Ruta de Sabor. Vistos los informes incorporados al mismo, el del Servicio de Cooperación Municipal- Desarrollo Rural, el del Servicio Jurídico y el de Intervención, así como el certificado de existencia de crédito en la aplicación presupuestaria , del vigente presupuesto de la Diputación, RC nº Considerando el informe favorable del Secretario General, de fecha 1 de febrero de 2018, respecto de la inexistencia de duplicidades. Considerando el dictamen de la Comisión competente, unanimidad, acuerda: la Junta de Gobierno por

5 PRIMERO.- Aprobar el convenio singular para la celebración de la XV Mostra de la Trufa Negra del Maestrat Castelló Ruta de Sabor, de conformidad con la redacción que aparece en el expediente, así como la correspondiente concesión de subvención por importe de ,00 a favor del Ayuntamiento de Benassal, con C.I.F. nº P A. SEGUNDO.- Autorizar y disponer el gasto implicado por importe de ,00, con cargo a la aplicación presupuestaria , RC nº 2061, del vigente presupuesto de la Diputación. TERCERO.- Facultar al Presidente de la Excma. Diputación Provincial o a quien legalmente le sustituya para la firma del presente convenio y el desarrollo del expediente. CUARTO.- Contra este acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Castellón, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Todo ello de conformidad con la redacción vigente de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que se pueda ejercer cualquier otro recurso que se estime procedente SERVICIOS A LA CIUDADANIA 5. APROBACION RESOLUCION DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES ECONÓMICAS DIRIGIDAS AL MANTENIMIENTO Y AL EQUIPAMIENTO, DURANTE 2018, POR LOS AYUNTAMIENTOS BENEFICIARIOS, DE UNIDADES MUNICIPALES DE RESPIRO FAMILIAR DESTINADAS A LA ESTANCIA TEMPORAL DIURNA DE PERSONAS MAYORES. Constituida como recurso publico de titularidad municipal, la Unidad de Respiro Familiar se encuentra preferentemente destinada a personas mayores con problemas de discapacidad física o en fase inicial de deterioro cognitivo, constituyendo sus principales objetivos la recuperación y el mantenimiento de la autonomía personal de las personas mayores, y la conciliación de la vida laboral, personal y familiar de sus cuidadores con la atención y el cuidado permanente de los mismos en su entorno habitual, evitando con ello su institucionalización. Constituye el objeto de la presente convocatoria la concesión, a favor de los Ayuntamientos concurrentes a la misma, de subvenciones económicas destinadas al equipamiento básico, en inmuebles de titularidad municipal destinados al efecto, de diez nuevas Unidades de Respiro Familiar, a habilitar durante 2018, para la atención temporal diurna de personas mayores. Atenderá asimismo la presente convocatoria la atención, parcial o total, del gasto derivado de la contratación laboral del personal adscrito a dichos servicios, encargado de su dinamización, de Unidades Municipales de Respiro Familiar habilitadas, con la colaboración provincial, entre los ejercicios económicos 2014 a 2017, inclusive, así como del gasto derivado de la reposición o

6 ampliación del equipamiento adscrito a Unidades Municipales de Respiro Familiar habilitadas en ejercicios económicos anteriores al de A tales efectos, habilitadas en el presupuesto de la Excma. Diputación Provincial de Castellón correspondiente al ejercicio económico 2018, las correspondientes aplicaciones presupuestarias, dotadas, respectivamente, con un crédito cifrado en ,00 euros, destinado a la atención de los gastos de equipamiento, y con un crédito cifrado en ,00 euros destinado a los gastos derivados de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de las Unidades de Respiro Familiar, por parte de los servicios técnicos provinciales de Acción Social ha sido elaborado el proyecto de bases de la convocatoria de subvenciones correspondiente al ejercicio económico 2017, con el objeto de regular el otorgamiento de subvención económica destinada a la habilitación y mantenimiento de diez nuevas Unidades Municipales de Respiro Familiar y al mantenimiento de las cincuenta y seis Unidades Municipales de Respiro Familiar puestas en funcionamiento entre 2014 y 2017, inclusive, con la colaboración de la Corporación Provincial. Finalizado el plazo establecido para la formalización de solicitudes, han concurrido a la convocatoria un total de veintiún Ayuntamientos formulando solicitud de subvención económica destinada a la habilitación de nuevas Unidades de Respiro Familiar, así como los cincuenta y seis Ayuntamientos que, resultando beneficiarios durante 2014, 2015, 2016 o 2017 de subvención económica provincial destinada a dicha finalidad, pusieron en funcionamiento dichos servicios en sus respectivos municipios. Constituida en fecha 13 de febrero de 2018 la Comisión de Valoración establecida en las bases de la convocatoria para llevar a cabo la propuesta de resolución de la misma, se ha acordado asignar, en aplicación de los criterios específicamente establecidos en su base octava, la siguiente valoración a las solicitudes admitidas a trámite, proponiéndose la concesión de las diez subvenciones económicas destinadas a la habilitación de nuevas Unidades de Respiro Familiar a favor de las diez Corporaciones Locales que, formulando solicitud de acuerdo con el contenido de la base cuarta apartado primero de la convocatoria, y aportando al efecto la documentación considerada esencial para la determinación de la procedencia de su concurrencia y para la valoración de su proyecto en régimen de concurrencia competitiva, han obtenido una mayor valoración: Prelación Ayuntamiento solicitante Puntuación total obtenida. 1 Cirat 44'21 2 Montanejos 39'34 3 Montán 39'16 4 Arañuel 38'90 5 Azuébar 35'24 6 La Salzadella 33'04 7 Xert 32'58 8 Sant Joan de Moró 31'91 9 Les Useres 30'73 10 Torre d'en Doménech 30'38 11 Puebla de Arenoso 29'72

7 Prelación Ayuntamiento solicitante Puntuación total obtenida. 12 Xilxes 29'26 13 Sant Mateu 28'98 14 Vilanova d'alcolea 26'88 15 Ludiente 26'77 16 Palanques 23'78 17 Villores 23'53 18 Viver 21'92 19 Forcall 20'24 20 Cabanes 18'65 El importe de la subvención económica que por la Comisión de Valoración se propone asignar a favor de las Corporaciones Locales beneficiarias queda integrada por el coste del equipamiento propuesto por las mismas para su adscripción a las Unidades de Respiro Familiar, hasta una cuantía máxima, de acuerdo con la base cuarta, punto 1, apartados a) y b), de la convocatoria, de 6.000,00 euros, IVA incluido, así como por el coste derivado de la contratación laboral del personal encargado de su dinamización, que, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, queda unitariamente cifrado en 5.840,00euros, a razón de 584,00 euros mensuales. Con ello, el importe de las subvenciones que se propone otorgar por la Comisión de Valoración, a favor de los diez Ayuntamientos beneficiarios de subvención económica destinada a la habilitación, durante 2018, de nuevas Unidades municipales de Respiro Familiar es el siguiente: Ayuntamiento beneficiario. Subvención a la adquisición de equipamiento. Subvención a la contratación de personal. Subvención total propuesta. Cirat 6.000, , ,00 Montanejos 5.900, , ,00 Montán 5.900, , ,00 Arañuel 6.000, , ,00 Azuébar 5.985, , ,00 La Salzadella 6.000, , ,00 Xert 5.311, , ,00 Sant Joan de Moró 6.000, , ,00 Les Useres 4.715, , ,00 La Torre d'en Domenech 6.000, , ,00 Totales , , ,00 Complementariamente, propone la Comisión de Valoración la asignación de las siguientes subvenciones, de conformidad con el contenido de la base cuarta, apartado segunda de la convocatoria, en concepto de atención del coste derivado del personal encargado de la dinamización de las Unidades municipales de Respiro Familiar habilitadas entre 2014 y 2017, inclusive, con referencia al periodo comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2018, a favor de los cincuenta y seis Ayuntamientos solicitantes que han acreditado un funcionamiento continuado de las respectivas

8 Unidades Municipales de Respiro Familiar, ajustado, en cuanto a sus características, al proyecto que motivó en su día la concesión a su favor de subvención económica. Asimismo, se propone la concesión de una subvención unitaria cifrada en 1.000,00 euros, destinada a la ampliación o reposición del equipamiento adscrito a Unidades municipales de Respiro Familiar habilitadas en ejercicio económico anterior a 2017, resultando la propuesta del siguiente contenido: Ayuntamiento beneficiario Subvención a la contratación de personal Subvención para reposición o ampliación de equipamiento. Aín 7.008, ,00 Alcudia de Veo , ,00 Altura , ,00 Ares del Maestrat 7.008, ,00 Argelita 7.008, ,00 Artana 7.008, , ,00 Atzeneta del Maestrat 7.008, , ,00 Ayódar 7.008, , ,00 Benassal 7.008, , ,00 Borriol 7.008, , ,00 Càlig 7.008, ,00 Canet lo Roig , , ,00 Castellfort 7.008, , ,00 Castellnovo 7.008, , ,00 Catí 7.008, ,00 Caudiel 7.008, ,00 Cervera del Maestre 7.008, ,00 Cinctorres 7.008, , ,00 Les Coves de Vinromà 7.008, ,00 Culla 7.008, ,00 Eslida 7.008, ,00 Espadilla 7.008, ,00 Fanzara 7.008, ,00 Fuentes de Ayódar 7.008, ,00 Jérica 7.008, , ,00 La Jana 7.008, ,00 La Llosa 7.008, ,00 La Mata 7.008, ,00 Moncofa 7.008, ,00 Morella 7.008, ,00 Nules 7.008, , ,00 Olocau del Rey 7.008, , ,00 Peñíscola 7.008, , ,00 Pina de Montalgrao 7.008, , ,00 La Pobla de Benifassà 7.008, , ,00 Portell de Morella 7.008, ,00 Ribesalbes 7.008, ,00 Rossell 7.008, , ,00 Sant Jordi 7.008, ,00 Santa Magdalena de Polpis 7.008, , ,00 Total

9 Ayuntamiento beneficiario Subvención a la contratación de personal Subvención para reposición o ampliación de equipamiento. La Serra d'en Galceràn 7.008, ,00 Sot de Ferrer 7.008, ,08 Suera 7.008, , ,00 Tales 7.008, ,00 Tírig 7.008, , ,00 Toga 7.008, ,00 El Toro 7.008, ,00 Torrechiva 7.008, ,00 Traiguera 7.008, , ,00 Vallibona 7.008, , ,00 La Vall d'alba 7.008, , ,00 Vall de Almonacid 7.008, ,00 Vilafamés 7.008, ,00 La Vilavella 7.008, , ,00 Villahermosa del Rio 7.008, , ,00 Zorita del Maestrazgo 7.008, , ,00 Total , , ,00 Total En base a lo anteriormente referido, y emitido con carácter favorable por la Intervención Provincial el preceptivo informe de autorización de gasto, la Junta de Gobierno, visto el dictamen de la Comisión Informativa de Servicios a la Ciudadanía, por unanimidad, acuerda: 1º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Cirat, por un importe total de ,00 euros (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en quince horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 2º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Montanejos, por un importe total de ,00 euros (5.900,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en quince horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores.

10 3º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Montán, por un importe total de ,00 euros (5.900,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en quince horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 4º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Arañuel por un importe total de ,00 euros (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 5º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Azuébar por un importe total de ,00 euros (5.985,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 6º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de la Salzadella, por un importe total de ,00 euros (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores.

11 7º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Xert, por un importe total de ,00 euros (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 8º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Sant Joan de Moró por un importe total de ,00 euros (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en veinte horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 9º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Les Useres por un importe total de ,00 euros (4.715,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en quince horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 10º, Asignar subvención económica al Ayuntamiento de la Torre d'en Domènech, por un importe total de ,00 00 euros (6.000,00 con destino a la adquisición de equipamiento y 5.840,00 a la contratación de personal), para la habilitación y mantenimiento, con referencia al periodo comprendido entre 1 de marzo y 31 de diciembre de 2018, de una Unidad Municipal de Respiro Familiar con capacidad para la atención simultánea de un máximo de doce usuarios, y un horario semanal de prestación de servicios inicialmente establecido en diez horas, con apoyo de voluntariado local, y articulación de los programas complementarios de integración social y de las mejoras propuestas por la Corporación Local beneficiaria, referidas a la articulación, a favor de los usuarios, de servicios distintos y complementarios a los propios de un servicio de estancia temporal diurna de personas mayores. 11º. Desestimar las solicitudes formuladas por los Ayuntamientos de Puebla de Arenoso, Xilxes, Sant Mateu, Vilanova d'alcolea, Ludiente, Palanques, Villores, Viver,

12 Forcall y Cabanes, por haber obtenido las mismas, en aplicación de los criterios establecidos en la base undécima de la presente convocatoria, una valoración inferior a la obtenida por las propuestas formuladas por los diezayuntamientos que han resultado beneficiarios de subvención económica destinada a la habilitación de nuevas Unidades municipales de Respiro Familiar. 12º. No admitir a trámite, de acuerdo con lo establecido en la base novena, apartado 1, la solicitud de subvención económica formalizada por el Ayuntamiento de Benlloch por no haber aportado ninguna de la documentación establecida en las Bases, considerada esencial para la determinación de la procedencia de su concurrencia a la presente convocatoria, y de su preceptiva valoración en régimen de concurrencia competitiva. 13º. No admitir a trámite, de acuerdo con lo establecido en la base noventa, apartado 1, la solicitud de subvencion económica formalizara por el Ayuntamiento de Puebla de Arenoso, referente a la pedanía de Los Calpes, por adolecer la misma de la falta de aportación, en el plazo establecido en la base séptima de la convocatoria, de la documentación técnica, debidamente suscrita por personal especializado, acompañada de la correspondiente planimetría, mediante la que se acredite que el inmueble destinado a albergar la URF cumple la normativa constructiva y las disposiciones vigentes aplicables a las instalaciones públicas destinadas a su utilización por personas con movilidad reducida, y justificación de que las condiciones estructurales del edificio son correctas y adecuadas al uso a que va a destinarse, de acuerdo con la normativa en vigor, considerada esencial para la determinación de la procedencia de su concurrencia a la presente convocatoria, y de su preceptiva valoración en régimen de concurrencia competitiva. 14º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Aín, por un importe total de 7.008,00 euros con destino a la atención del gasto derivado de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de la Unidad municipal de Respiro Familiar habilitada en ejercicio económico anterior, con referencia al periodo comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Alcudia de Veo, por un 16º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Altura, por un importe 17º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Ares del Maestrat, por un

13 18º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Argelita, por un importe 19º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Artana, por un importe 20º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Atzeneta del Maestrat, por un 21º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Ayódar, por un importe 22º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Benassal, por un 23º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Borriol, por un importe 24º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Cálig, por un importe 25º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Canet lo Roig, por un 26º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Castellfort, por un

14 27º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Castellnovo, por un 28º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Catí, por un importe total de 7.008,00 euros con destino a la atención del gasto derivado de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de la Unidad municipal de Respiro Familiar habilitada en ejercicio económico anterior, con referencia al periodo comprendido entre 1 de enero y 31 de diciembre de º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Caudiel, por un importe 30º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Cervera del Maestre por un 31º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Cinctorres, por un 32º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de les Coves de Vinromà, por un 33º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Culla, por un importe 34º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Eslida, por un importe

15 Familiar habilitada en ejercicio económico anterior, con referencia al periodo 35º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Espadilla, por un importe 36º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Fanzara, por un importe 37º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Fuentes de Ayodar, por un 38º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Jérica, por un importe 39º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de La Jana, por un importe 40º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de La Llosa, por un importe 41º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de La Mata, por un importe 42º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Moncofa, por un importe

16 43º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Morella, por un importe 44º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Nules, por un importe 45º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Olocau del Rey, por un 46º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Peñíscola, por un 47º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Pina de Montalgrao, por un 48º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de la Pobla de Benifassà, por un 49º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Portell de Morella, por un 50º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Ribesalbes, por un 51º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Rossell, por un importe

17 52º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Sant Jordi, por un 53º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Santa Magdalena de Pulpis, por un importe total de 7.008,00 euros con destino a la atención del gasto derivado de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de la Unidad municipal de Respiro Familiar habilitada en ejercicio económico anterior, con referencia al periodo 54ª. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de la Serra d'en Galceràn, por un 55º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Sot de Ferrer, por un 56º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Suera, por un importe 57º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Tales, por un importe 58º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Tírig, por un importe 59º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Toga, por un importe

18 Familiar habilitada en ejercicio económico anterior, con referencia al periodo 60º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de El Toro, por un importe 61º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Torrechiva, por un 62º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Traiguera, por un 63º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de las Vall d'alba, por un 64º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Vallibona, por un 65º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Vall de Almonacid, por un 66º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Vilafamés, por un 67º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de la Vilavella, por un

19 68º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Villahermosa del Río, por un 69º. Asignar subvención económica al Ayuntamiento de Zorita del Maestrazgo, por un 70º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Artana, por un importe total de 71º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Atzeneta del Maestrat, por un importe total de 1.000,00 euros, con destino a la atención del gasto derivado de la ampliación o reposición del equipamiento adscrito a la Unidad municipal de Respiro Familiar habilitada 72º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Ayódar, por un importe total de 73º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Benassal, por un importe total de 74º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Borriol, por un importe total de 75º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Canet lo Roig, por un importe total de 76º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Castellfort, por un importe total de 77º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Castellnovo, por un importe total de

20 78º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Cinctorres, por un importe total de 79º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Jérica, por un importe total de 80º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Nules, por un importe total de 81º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Olocau del Rey, por un importe total de 82º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Peñíscola, por un importe total de 83º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Pina de Montalgrao, por un importe total de 84º. Asignar subvención al Ayuntamiento de la Pobla de Benifassà, por un importe total de 1.000,00 euros, con destino a la atención del gasto derivado de la ampliación o reposición del equipamiento adscrito a la Unidad municipal de Respiro Familiar habilitada 85º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Rossell, por un importe total de 86º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Santa Magdalena de Pulpis, por un importe total de 1.000,00 euros, con destino a la atención del gasto derivado de la ampliación o reposición del equipamiento adscrito a la Unidad municipal de Respiro Familiar habilitada 87º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Suera, por un importe total de

21 88º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Tírig, por un importe total de 89º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Traiguera, por un importe total de 90º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Vallibona, por un importe total de 91º. Asignar subvención al Ayuntamiento de la Vall d'alba, por un importe total de 92º. Asignar subvención al Ayuntamiento de la Vilavella, por un importe total de 93º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Villahermosa del Río, por un importe total de 94º. Asignar subvención al Ayuntamiento de Zorita del Maestrazgo, por un importe total de 1.000,00 euros, con destino a la atención del gasto derivado de la ampliación o reposición del equipamiento adscrito a la Unidad municipal de Respiro Familiar habilitada 95º. Disponer un gasto, cifrado en ochenta y dos mil ochocientos once euros (82.811,00 ), con cargo a la aplicación presupuestaria habilitada en el vigente presupuesto provincial, con destino a la atención del gasto derivado de la adquisición por parte de las Corporaciones Locales beneficiarias, de equipamiento como dotación de las Unidades Municipales de Respiro Familiar de los treinta y cinco Ayuntamiento beneficiarios. 96º. Disponer un gasto, cifrado en cuatrocientos cincuenta mil ochocientos cuarenta y ocho euros ( ,00 ), con cargo a la aplicación presupuestaria , habilitada en el vigente presupuesto provincial, con destino a la atención del gasto derivado de la contratación laboral, durante 2018, por parte de las Corporaciones

22 Locales beneficiarias, del personal encargado de la dinamización de las sesenta y seis Unidades Municipales de Respiro Familiar. 97º. Reconocer la obligación, a favor de cada uno de los Ayuntamientos beneficiarios, por el importe total de la subvención concedida. 98º. Requerir a los Ayuntamientos beneficiarios de las subvenciones otorgadas para que, con anterioridad a 30 de diciembre de 2018, procedan a la formalización, ante la Sección de Acción Social de la Excma. Diputación Provincial de Castellón, de la justificación del gasto derivado de la contratación laboral del personal encargado de la dinamización de las Unidades de Respiro Familiar, mediante el procedimiento establecido en la base decimoquinta de la presente convocatoria. Por otra parte, la justificación de la realización del gasto derivado de la adquisición del equipamiento de las diez nuevas Unidades de Respiro Familiar a habilitar durante el ejercicio económico 2018, y de las veinticinco habilitadas con anterioridad a 2017, deberá llevarse a cabo por los Ayuntamientos titulares de las mismas, con anterioridad a 30 de junio de 2018, asimismo mediante el procedimiento establecido en la base decimoquinta de la convocatoria, significándose a las Corporaciones Locales interesadas que, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, transcurrido el plazo establecido de justificación del gasto sin haberse formalizado la misma, ello podrá comportar la exigencia de reintegro de su importe y demás responsabilidades establecidas en la Ley General de Subvenciones y, en todo caso, conllevará el establecimiento de las sanciones que, conforme a la Ley General de Subvenciones, correspondan. 6. APROBACION CONVENIO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CASTELLON Y FEDERACION FALLAS BURRIANA. Visto el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. y la Federación de Fallas de Burriana, para la financiación de las actuaciones de las bandas de música de la provincia de Castellón, con motivo de la celebración de la Ofrenda de flores a la Virgen de la Misericordia por parte de las comisiones falleras, en el marco de las Fallas de Burriana de 2018, Vistos los informes de secretaria y de intervención, de no existencia de duplicidad de competencias y de sostenibilidad financiera, en aplicación de lo establecido en el art. 7.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a la nueva redacción dada por la Ley10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana, Vistos el informe de Asesoría jurídica de fecha 25 de enero de 2018 y el informe de fiscalización previa de Intervención de fecha 21 de febrero de Vista la existencia de consignación presupuestaria en el vigente presupuesto de la Corporación Provincial, en la aplicación 33800/ , RC 1973.

23 De conformidad con el resultado de la votación de la Comisión de Servicios a la Ciudadanía de fecha 27 de febrero de 2018, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: PRIMERO: Aprobar el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación provincial de Castellón y la Federación de Fallas de Burriana, para la financiación de las actuaciones de las bandas de música de la provincia de Castellón, con motivo de la celebración de la Ofrenda de flores a la Virgen de la Misericordia por parte de las comisiones falleras, en el marco de las Fallas de Burriana de 2018, tal y como aparece redactado en el expediente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto por importe de ,00 euros correspondientes a la anualidad 2018, para la financiación de los gastos ocasionados en ejecución del convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 33800/ del vigente Presupuesto de la Corporación Provincial, nº de operación contable RC 1973 a favor de la Federación de Fallas de Burriana, con CIF.G El gasto subvencionable queda fijado en el siguiente importe ,00 euros TERCERO: Aprobar el reconocimiento de la obligación por importe de ,00 euros correspondiente al 100 % de la subvención a la firma del convenio, previo decreto de reconocimiento de la obligación. CUARTO. Autorizar al Presidente de la Corporación o a quien legalmente le sustituya para la firma del Convenio. 7. APROBACION CONVENIO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CASTELLON Y LA ASOCIACION CULTURAL FALLA EL COMPROMIS DE ALMENARA. Visto el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. y la AC Falla El Compromis de Almenara, para la financiación de la actuación de la banda de música, con motivo de la celebración de la Ofrenda de flores en el marco de las Fallas de Almenara de 2018, Vistos los informes de secretaria y de intervención, de no existencia de duplicidad de competencias y de sostenibilidad financiera, en aplicación de lo establecido en el art. 7.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a la nueva redacción dada por la Ley10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana, Vistos el informe de Asesoría jurídica de fecha 25 de enero de 2018 y el informe de fiscalización previa de Intervención de fecha 21 de febrero de Vista la existencia de consignación presupuestaria en el vigente presupuesto de la Corporación Provincial, en la aplicación 33800/ , RC 1974

24 De conformidad con el resultado de la votación de la Comisión de Servicios a la Ciudadanía de fecha 27 de febrero de 2018, la Junta de Gobierno por unanimidad, acuerda: PRIMERO: Aprobar el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación provincial de Castellón y la AC Falla El Compromis de Almenara, para la financiación de las actuaciones de las bandas de música de la provincia de Castellón, con motivo de la celebración de la Ofrenda de flores, en el marco de las Fallas de Almenara de 2018, tal y como aparece redactado en el expediente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto por importe de 1.000,00 euros correspondientes a la anualidad 2018, para la financiación de los gastos ocasionados en ejecución del convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 33800/ del vigente Presupuesto de la Corporación Provincial, nº de operación contable RC 1974 a favor de la Federación de la AC Falla el Compromis de Almenara, con CIFG El gasto subvencionable queda fijado en el siguiente importe 1.000,00 euros. TERCERO: Aprobar el reconocimiento de la obligación por importe de 1.000,00 euros correspondiente al 100 % de la subvención a la firma del convenio, previo decreto de reconocimiento de la obligación. CUARTO. Autorizar al Presidente de la Corporación o a quien legalmente le sustituya para la firma del Convenio. 8. APROBACION CONVENIO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL DE CASTELLON Y LA FEDERACION DE GAIATAS DE CASTELLON PARA LAS FIESTAS DE LA MAGDALENA DE Visto el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. y la Federación de Gaiatas de Castellón, para la financiación de la actuación de las bandas de música de la provincia de Castellón, con motivo de la celebración del desfile de gaiatas en las fiestas de la Magdalena 2018, Vistos los informes de secretaria y de intervención, de no existencia de duplicidad de competencias y de sostenibilidad financiera, en aplicación de lo establecido en el art. 7.4 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, conforme a la nueva redacción dada por la Ley10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat Valenciana, Vistos el informe de Asesoría jurídica de fecha 25 de enero de 2018 y el informe de fiscalización previa de Intervención de fecha 23 de febrero de Vista la existencia de consignación presupuestaria en el vigente presupuesto de la Corporación Provincial, en la aplicación 33800/ , RC 1970 De conformidad con el resultado de la votación de la Comisión de Servicios a la Ciudadanía de fecha 27 de febrero de 2018, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda:

25 PRIMERO: Aprobar el convenio de colaboración a suscribir entre la Excma. Diputación provincial de Castellón y la Federación de Gaiatas de Castellón, para la financiación de las actuaciones de las bandas de música de la provincia de Castellón, con motivo de la celebración del desfile de gaiatas en las fiestas de la Magdalena 2018, tal y como aparece redactado en el expediente. SEGUNDO: Autorizar y disponer el gasto por importe de ,00 euros correspondientes a la anualidad 2018, para la financiación de los gastos ocasionados en ejecución del convenio, con cargo a la aplicación presupuestaria 33800/ del vigente Presupuesto de la Corporación Provincial, nº de operación contable RC 1970 a favor de la Federación de Gaiatas de Castellón, con CIFV El gasto subvencionable queda fijado en el siguiente importe ,00 euros TERCERO:Aprobar el reconocimiento de la obligación por importe de ,00 euros correspondiente al 100 % de la subvención a la firma del convenio, previo decreto de reconocimiento de la obligación. CUARTO. Autorizar al Presidente de la Corporación o a quien legalmente le sustituya para la firma del Convenio. 9. PROPUESTA DE ACUERDO DE ACEPTACIÓN DE RENUNCIA Y NUEVA ADJUDICACIÓN DE BECA EN EL SERVICIO DE RESTAURACIÓN EN LA ESPECIALIDAD DE PINTURA/ESCULTURA. Resultando que la Diputación Provincial de Castellón por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 24 de enero de 2017, se aprobó la convocatoria de las becas de formación práctica a realizar en el Servicio de Restauración, año 2017, publicada en el B.O.P. nº 14 de fecha 2 de febrero de Resultando que se adjudicaron cuatro becas, por acuerdo de la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 14 de marzo de Visto el escrito presentado por Martina Gil Jovaní de fecha 14 de febrero de 2018 con número de registro de entrada 6571, por el que renuncia a la beca de Formación e Investigación Francesc Esteve para la especialidad de Pintura/Escultura desde el día 1 de marzo De conformidad con el resultado de la votación de la Comisión de Servicios a la Ciudadanía de fecha 27 de febrero de 2018, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda: PRIMERO. Aceptar la renuncia de Dña. Martina Gil Jovaní, a partir del 1 de marzo de 2018.

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