REGLAMENTO DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS R.D. 513/2017. SGS Inspecciones Reglamentarias, S.A.

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1 REGLAMENTO DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS R.D. 513/2017 1

2 CONDERACIONES GENERALES Deroga el actual RIPCI (R.D. 1942/1993). Y la Orden Ministerial 16 de abril de Autoriza el uso de guías y soluciones técnicas alternativas. Actualización automática de las Normas UNE. Aunque sigue diciendo (51) Entrada en vigor el 12 de Diciembre (52 y 53) Un año para adaptar mantenimientos al nuevo reglamento. Erratas publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 139, de 12 de junio de Existe un borrador (v.13) de una Guía Técnica 2

3 OBJETO y AMBITO La determinación de las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de PROTECCIÓN ACTIVA contra incendios. El Real Decreto 2267/2004 y el Código Técnico de la Edificación (CTE), establecen que el diseño, la ejecución, la puesta en funcionamiento y el mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, así como sus materiales, componentes y equipos, deben cumplir lo establecido en su reglamentación específica 3

4 REQUITOS DE LOS PRODUCTOS DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS Todos los equipos y sistemas deben tener marcado CE. Si no lo tienen deben justificar el cumplimiento de las exigencias del presente Real Decreto mediante la correspondiente marca de conformidad a norma. Organismo de certificación acreditado por ENAC. Los equipos o productos no tradicionales o innovadores deberán justificar el cumplimiento de las exigencias del presente Reglamento mediante una evaluación técnica favorable. 4

5 La empresa instaladora es aquella que: EMPRESAS INSTALADORAS Ámbito de actuación 1º Ubica y/o instala equipos y/o sistemas de protección activa contra incendios. 2º Coloca las señales, balizamientos y/o planos de evacuación de los sistemas de señalización luminiscente. La instalación de equipos y sistemas a los que se refiere este reglamento se realizará por empresas instaladoras, debidamente habilitadas ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que solicita el alta como empresa instaladora, en los equipos que vayan a instalar. Con sólo Extintores y/o Mantas ignifugas, no necesita certificado de Se exceptúan del párrafo anterior: instalación. A) Extintores portátiles cuando la superficie del establecimiento no sea superior a 100 m 2 o se trate de una vivienda unifamiliar. B) Mantas ignifugas (54) cuando la superficie del establecimiento no sea superior a 100 m 2 o se trate de una vivienda unifamiliar. 5

6 EMPRESAS INSTALADORAS Medios humanos (Anexo III) 1. Contar con personal contratado, como mínimo, con un responsable técnico (posesión de un título de escuelas técnicas universitarias u otra titulación equivalente, con competencia en la materia). 2. Contar con personal cualificado para cada uno de los sistemas, esta persona puede estar cualificado para uno o varios sistemas. 3. El personal cualificado deberá acreditarse ante la Administración según marca el Anexo III (disponer de titulo universitario, reconocida competencia profesional, cursos de formación ). 6

7 EMPRESAS INSTALADORAS Requisitos 1/2 R.D. 1942/1993 REQUITO R.D. 513/2017 Técnico titulado (responsable técnico). NECESARIO Disponer de personal técnico con formación adecuada. Disponer de medios técnicos para trabajos Seguro de responsabilidad civil Tener implantado ISO 9001 en todos los epígrafes. Habilitación de gases fluorados. 7

8 R.D. 1942/1993 EMPRESAS INSTALADORAS Requisitos 2/2 REQUITO R.D. 513/2017 Alumbrado de emergencia según REBT. (55) MENCIONA No podrá facilitar, ceder o enajenar certificados de instalaciones no realizadas. Declaración responsable habilitada por tiempo indefinido. Ejercicio de actividad en todo el territorio nacional. 8

9 EMPRESAS INSTALADORAS Obligaciones R.D. 1942/1993 OBLIGACION R.D. 513/2017 Cumplimiento de las prescripciones del reglamento. No instalar equipos o sistemas que no cumplan indicado en el reglamento. Comunicar por escrito y fehacientemente no reanudación de trabajos hasta que se corrijan las deficiencias. Si al ejecutar una instalación las empresas instaladoras detectan que el proyecto o dirección técnica no se ajusta a lo establecido en el reglamento lo deberán comunicar por escrito fehacientemente. Se debe facilitar instrucciones de manejo y mantenimiento. Certificado de la instalación (56) 9

10 EMPRESAS MANTENEDORAS Ámbito de actuación El mantenimiento de equipos y sistemas a los que se refiere este reglamento se realizará por empresas mantenedoras, debidamente habilitadas ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que solicita el alta como empresa mantenedora, en los equipos que vayan a mantener. El usuario de equipos o sistemas de protección contra incendios que disponga de medios técnicos y humanos suficientes para efectuar su correcto mantenimiento, así como un seguro de responsabilidad civil (57) podrá adquirir la condición de mantenedor de éstos, presentando la declaración responsable ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, con excepción de las mantas ignifugas. Para realizar el mantenimiento, se deberá tener en cuenta las Normas UNE que se mencionan en el APENDICE DEL ANEXO I; Actas para la revisión de las instalaciones y equipos de protección contra incendios. UNE , -2, -3, -4, -5, -6, -7, -8 y -9 :

11 EMPRESAS MANTENEDORAS Requisitos R.D. 1942/1993 REQUITO Disponer de personal técnico con formación adecuada. R.D. 513/2017 Disponer de medios técnicos para trabajos. EXISTIA Empresa habilitada gases fluorados Seguro de responsabilidad civil Tener implantado ISO 9001 en todos los epígrafes. No podrá facilitar, ceder o enajenar certificados de instalaciones no realizadas. 11

12 R.D. 1942/1993 EMPRESAS MANTENEDORAS Obligaciones REQUITO Realizar mantenimientos según lo especificado en el reglamento. Corregir deficiencias o averías (a petición del titular). R.D. 513/2017 Realizar informes de deficiencias. Conservar registros 5 años. Emitir informes o certificados de equipos revisados. Comunicar fechas futuras revisiones. 12

13 R.D. 1942/1993 INSTALACION, PUESTA EN SERVICIO Y MANTENIMIENTO (Uso Industrial) USO INDUSTRIAL Especificación de reglamentación de uso industrial. R.D. 513/2017 R.D. 2267/04 Necesario proyecto o documentación técnica. Firma proyecto por técnico titulado. El proyecto deberá cumplir con la UNE :2014 Certificado empresa instaladora para puesta en servicio. Contrato de mantenimiento de instalaciones PCI. Frecuencia de mantenimientos y actas de los mismos. 13

14 R.D. 1942/1993 (NBE-1991 y NBE-CPI/96) INSTALACION, PUESTA EN SERVICIO Y MANTENIMIENTO (Uso Industrial) USO INDUSTRIAL Especificación de reglamentación de uso Industrial. R.D. 513/2017 C.T.E. Necesario proyecto o documentación técnica. Firma del proyecto por técnico titulado. Certificado empresa instaladora para puesta en servicio. Contrato de mantenimiento de instalaciones de PCI. Frecuencia de mantenimientos y actas de los mismos. 14

15 INSPECCIONES PERIODICAS (Artículo 22) Se realizarán inspecciones periódicas a las instalaciones de protección contra incendios que no contemplen sus reglamentos específicos. Con las excepciones siguientes: - Uso residencial vivienda. - Uso Administrativo < m 2. - Uso Docente < m 2. - Uso Comercial < 500 m 2. - Uso Publica concurrencia < 500 m 2. - Uso Aparcamiento < 500 m 2. SOLO Protección Activa A condición de que no confluyan en ninguno de estos casos zonas o locales de RIESGO ALTO. (58) La Guía Técnica dice para la Inspección. (59) (Volver a D.T. 2ª) 15

16 Aplicación de este Reglamento a equipos o sistemas sujetos a nuevas exigencias D.T. 1ª Los productos cuya conformidad se determine según lo indicado en el articulo 5, apartados 2 y 3, a los que no fueran de aplicación los requisitos exigidos en el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, dispondrán de un plazo de dos años a partir de la fecha de entrada en vigor de este Real Decreto, para cumplir los requisitos de este nuevo reglamento. 16

17 Aplicación de este Reglamento a equipos o sistemas ya instalados D.T. 2ª A los equipos o sistemas ya instalados o con fecha de solicitud de licencia de obra, con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, únicamente les será de aplicación aquellas disposiciones relativas a su mantenimiento y a su inspección. (15) Las actividades de mantenimiento no previstas en el R.D. 1942/1993, deberán comenzar a realizarse en un plazo máximo de un año, a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento. La Guía Técnica nos dice: (60) 17

18 Primera inspección de las instalaciones existentes D.T. 4ª Las instalaciones de protección contra incendios existentes a la entrada en vigor del presente Reglamento, sujetas a las inspecciones periódicas establecidas en el Articulo 22, deberán someterse a la primera inspección a los diez años de su puesta en servicio. Las instalaciones de protección contra incendios con diez o más años desde su puesta en servicio, a la entrada en vigor del presente Reglamento, deberán someterse a la primera inspección en los siguientes plazos máximos. x 20 años: en el plazo de un año. 15 x < 20 años: en el plazo de dos años. 10 x < 15 años: en el plazo de tres años. La Guía Técnica nos dice: (61) 18

19 Características de equipos y sistemas PCI (diferencias con anterior reglamento) Equipo o sistema de Protección Contra Incendios R. D. 513/2017 Sistema Automático de Detección de Incendios y Alarma (62 a 67) Abastecimiento de Agua y GPCI (68 a la 72) Actualización Normas. (UNE /14:2014) Actualización normas. (UNE :2012) Extintores (73) Boca de Incendio Equipadas (74 y 75) Columna Seca (76) Hidrantes (77) Su mantenimiento trimestral se puede realizar según UNE ó Tabla I. Su mantenimiento Anual, UNE UNE-EN 671-1/2013 y UNE- EN 671-2/2013 UNE-EN (Hidrante de columna). UNE-EN (Hidrante bajo tierra). 19

20 Equipo o sistema de Protección Contra Incendios R. D. 513/2017 Sistemas fijos rociadores y agua pulverizada. Sistemas fijos de agua nebulizada. Sistemas fijos extinción por espuma física. Sistemas fijos de polvo y gases. Sistemas fijos de extinción por aerosoles. (78) Sistemas de control de humos y calor. Mantas ignifugas. Alumbrado de emergencia. Señalización (79) Características de equipos y sistemas PCI (diferencias con anterior reglamento) Actualización Normas. (UNE-EN 12845:2005+A2:2010) Se incorpora al reglamento. UNE CEN/TS 14972:2014 Actualización Normas (Añade Media y Alta Expansión). Actualización Normas. Se incorpora al reglamento. UNE 23584:2008 / UNE 23585:2004 Se incorpora al reglamento. Se incorpora al reglamento. Se incorpora al reglamento. 20

21 ANEXO II REAL DECRETO 513/2017 MANTENIMIENTO DE EQUIPOS DE PROTECCION CONTRA INCENDIOS 21

22 AMBITO 1/2 Todas las instalaciones de protección contra incendios, edificios no industriales o edificios industriales, instalaciones químicas, petrolíferas etc salvo algunas excepciones como pueden ser ciertas instalaciones realizadas en Minas o centrales nucleares deben realizarse según lo indicado en el nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendio. Los equipos y sistemas de protección contra incendios se someterán al programa de mantenimiento establecido por el fabricante. Como mínimo, se realizarán las operaciones establecidas en las Tablas I y II. Los sistemas de señalización foto luminiscente, se someterán al programa de mantenimiento establecido por el fabricante. Como mínimo se realizarán las operaciones establecidas en la Tabla III. Las operaciones establecidas en las Tablas I y III podrán ser realizadas por personal del usuario o titular de la instalación, siempre que cumpla lo mencionado en las primeras diapositivas. 22

23 AMBITO 2/2 Las actas de mantenimiento deben ir firmadas por la empresa de mantenimiento y el representante de la propiedad de la instalación. En todos los casos tanto la empresa mantenedora como el usuario cuando realice las revisiones recogidas en Tablas I y III deberán conservar las actas de las operaciones realizadas durante cinco años a disposición de los servicios de inspección de la Comunidad Autónoma. (Estas actas serán requeridas cuando se realicen las inspecciones de las Entidades de control acreditadas). Se incorporan en el actual reglamento como equipos y sistemas de protección contra incendios las mantas ignifugas, agua nebulizada, aerosoles condensados, exutorios, alumbrado de emergencia y señalización. 23

24 MANTENIMIENTO TABLA I EXTINTORES (Trimestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de la accesibilidad. Comprobación de buen estado aparente de conservación. Comprobación de presión o peso en su caso Inspección ocular de partes externas, manguera, válvula, manómetro etc Comprobación de buen estado de etiqueta de instrucciones. Comprobación de señalización. Que no están rotos precintos o los tapones indicadores de uso. 24

25 MANTENIMIENTO TABLA II EXTINTORES (Anualmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de la accesibilidad. Comprobación de buen estado aparente de conservación. Comprobación de presión o peso en su caso. Inspección ocular de partes externas, manguera, válvula, manómetro etc Comprobación de buen estado de etiqueta de instrucciones. Comprobación de señalización. Que no están rotos precintos o los tapones indicadores de uso. Botellines de CO 2 de presión adosada debe ser pesados. 25

26 MANTENIMIENTO TABLA I BIE (Trimestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de la accesibilidad. Comprobación de buen estado aparente de conservación. Comprobación de presión. Inspección ocular de partes externas, manguera, válvula, manómetro etc Desenrollar manguera en toda su extensión. Comprobación de señalización. Comprobación mediante accionamiento lanza. Engrase de cierres, bisagras etc. 26

27 MANTENIMIENTO TABLA II BIE (Anual) (Pruebas Según UNE-EN 671-3) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de la accesibilidad. Comprobación de buen estado aparente de conservación, Engrase de cierres, bisagras etc. Comprobación de presión manómetro patrón. Inspección ocular de partes externas, manguera, válvula, manómetro etc Desenrollar manguera en toda su extensión, probar con agua en lugar adecuado. Comprobación de señalización. Vida útil 20 años si el fabricante no indica caducidad. (88) (Quinquenal) Prueba de presión. 27

28 MANTENIMIENTO TABLA I HIDRANTES (Trimestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de la accesibilidad en su entorno. Comprobación de la señalización de hidrantes enterrados. Inspección visual comprobando estanqueidad del conjunto. Quitar tapas de salida engrasar roscas. Comprobar estado de las juntas de racores. Comprobación de señalización. 28

29 MANTENIMIENTO TABLA I HIDRANTES (Semestral) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Engrasar tuerca de accionamiento o rellenar cámara de aceite. Abrir y cerrar el hidrante comprobando el correcto funcionamiento de la válvula principal y sistema de drenaje. 29

30 MANTENIMIENTO TABLA II HIDRANTES R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 ANUALMENTE Engrasar tuerca de accionamiento o rellenar cámara de aceite. Abrir y cerrar el hidrante comprobando el correcto funcionamiento de la válvula principal y sistema de drenaje. Verificar la estanqueidad de los racores. QUINQUENAL Cambio de juntas de racores. 30

31 MANTENIMIENTO TABLA I COLUMNA SECA (Semestral) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de la accesibilidad de la entrada de la calle y tomas de piso. Comprobación de la señalización. Comprobación de las tapas y correcto funcionamiento de sus cierres (engrase si es necesario). Comprobar que las llaves de las conexiones siamesas están cerradas y las llaves de seccionamiento abiertas. Comprobar que todas las tapas de racores están bien colocadas y ajustadas. Maniobrar todas las llaves de la instalación verificando el correcto funcionamiento de las mismas. 31

32 MANTENIMIENTO TABLA II COLUMNA SECA (Quinquenal) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Pruebas de la Instalación en las condiciones de su recepción (Prueba hidráulica de la Columna). Una prueba hidráulica de la columna que consistirá en someter a la columna seca a una presión estática igual a la máxima de servicio y como mínimo 15 kg/cm 2 en columnas de hasta 30 m. Y de 25 kg/cm 2 para columnas de mas de 30 metros de altura, durante dos horas como mínimo, no debiendo aparecer fugas en ningún punto de la instalación. 32

33 MANTENIMIENTO TABLA I DETECCION DE INCENDIO (Trimestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Revisión y/o implementación de medidas para evitar acciones o maniobras no deseadas durante las tareas de inspección. Verificar si se han realizado cambios o modificaciones en cualquiera de los componentes del sistema desde la ultima revisión realizaday proceder a su documentación. Comprobación de funcionamiento de las instalaciones (con cada fuente de suministro). Sustitución de pilotos, fusibles y otros elementos defectuosos. Revisión de indicaciones luminosas de alarma, avería, desconexión e informacion de la central. Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornes, reposición de agua destilada, etc ). Verificar equipos de centralización y de transmisión de alarma. 33

34 MANTENIMIENTO TABLA I DETECCION DE INCENDIO (Trimestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 FUENTES DE ALIMENTACION Revisión del sistema de baterías Comprobación de conmutación del sistema en fallo de red, funcionamiento del sistema bajo baterías, detección de avería y restitución a modo normal. PULSADORES DE ALARMA Comprobación de la señalización de los pulsadores de alarma manuales. DISPOTIVOS DE TRANSMION DE ALARMA Comprobar el funcionamiento de los avisadores luminosos y acústicos. Si es aplicable, verificar el funcionamiento del sistema de megafonía. Si es aplicable, verifica la inteligibilidad del audio en cada zona de extinción. 34

35 MANTENIMIENTO TABLA I DETECCION DE INCENDIO (Semestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 PULSADORES DE ALARMA trimestral Si trimestral Verificación de la ubicación, identificación, visibilidad y accesibilidad y accesibilidad de los pulsadores. Verificación del estado de los pulsadores (fijación, limpieza, corrosión, aspecto exterior). 35

36 MANTENIMIENTO TABLA II DETECCION DE INCENDIO (Anual) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación del funcionamiento de maniobras programadas, en función de la zona de detección. Verificación y actualización de la versión de software de la central de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Comprobar todas las maniobras existentes: Avisadores luminosos y acústicos, paro de aire, paro de máquinas, paro de ascensores, extinción automática, compuertas cortafuegos, equipos de extracción de humos y otras partes del sistema de protección contra incendios. Revisión de indicaciones luminosas de alarma, avería, desconexión e informacion de la central. Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornes, reposición de agua destilada, etc ). Verificar equipos de centralización y de transmisión de alarma. 36

37 MANTENIMIENTO TABLA II DETECCION DE INCENDIO (Anual) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Verificar espacio libre, en todas las direcciones como mínimo 50 cm. Verificación del estado de los detectores (fijación, limpieza corrosión, aspecto exterior. Prueba de todos los detectores automáticos de acuerdo con las especificaciones de los fabricantes. La vida útil de los detectores de incendios será la que establezca el fabricante de los mismos, transcurrida la cual se procederá a su sustitución. En el caso de que el fabricante no establezca una vida útil, esta se considerara 10 años. (88) PULSADORES Prueba de funcionamiento de todos los pulsadores. 37

38 MANTENIMIENTO TABLA I ABASTECIMIENTO DE AGUA (Trimestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Verificación por inspección de todos los elementos, depósitos, válvulas, mandos, alarmas motobombas, accesorios, señales, etc Comprobación del funcionamiento automático y manual de la instalación, de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador. Mantenimiento de acumuladores, limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc Verificación de niveles (combustible, agua, aceite, etc ). Verificación de accesibilidad a elementos, limpieza general, ventilación de salas de bombas etc 38

39 MANTENIMIENTO TABLA I ABASTECIMIENTO DE AGUA (Semestralmente) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Accionamiento y engrase de válvulas. Verificación y ajuste de los prensaestopas. Verificación de la velocidad de los motores con diferentes cargas. Comprobación de alimentación eléctrica, líneas y protecciones. 39

40 MANTENIMIENTO TABLA II ABASTECIMIENTO DE AGUA (Anual) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de la reserva de agua. Limpieza de filtros y elementos de retención de suciedad en la alimentación de agua. Comprobación del estado de carga de baterías y electrolito. Prueba, en las condiciones de recepción, con realización de curvas de abastecimiento con cada fuente de agua y de energía. 40

41 EL REGLAMENTO LLAMA STEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN A: R.D STEMAS INCLUIDOS EN LA DEMINACION R.D. 513 ROCIADORES DE AGUA AGUA PULVERIZADA POLVO (Sólo de Baja densidad) ESPUMA AGENTES EXTINTORES GASEOSOS AGUA NEBULIZADA AEROSOLES CONDENSADOS 41

42 MANTENIMIENTO TABLA I STEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN 1 (Trimestral) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación de que los dispositivos de descarga del agente extintor (boquillas, rociadores, difusores),están en buen estado y libres de obstáculos para su funcionamiento correcto. Comprobación visual del buen estado general de los componentes del sistema, especialmente de los dispositivos de puesta en marcha y las conexiones. Comprobación del estado de carga de la instalación de los sistemas de polvo, anhídrido carbónico o hidrocarburos halogenados y de las botellas de gas impulsor cuando existan. Lectura de manómetros y comprobación de que los niveles de presión se encuentran dentro de los márgenes permitidos. Comprobación de los circuitos de señalización, pilotos etc., en los sistemas con indicaciones de control. Comprobación de la señalización de los mandos manuales de paro y disparo. Limpieza general de todos los componentes. 42

43 MANTENIMIENTO TABLA I STEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN 2 (Semestral) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación visual de las tuberías, depósitos y latiguillos contra la corrosión deterioro o manipulación. Comprobación visual en sistemas que utilizan agua, verificar las válvula, cuyo cierre podría impedir que el agua llegase a los rociadores o pudiera perjudicar el correcto funcionamiento de una alarma o dispositivo de indicación, se encuentran completamente abiertas. Verificar el suministro eléctrico a los grupos de bombeo eléctricos u otros equipos eléctricos críticos. 43

44 MANTENIMIENTO TABLA II STEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN 3 (Anual) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación del la respuesta del sistema a las señales de activación manual y automáticas. Comprobar en los sistemas fijos de extinción por agua o espuma, que el suministro de agua esta garantizado, en las condiciones de caudal y presión previstas. En sistemas fijos de extinción por polvo, comprobar que la cantidad de agente extintor se encuentra dentro de los márgenes permitidos. En sistemas fijos de extinción por Espuma, comprobar que el espumogeno no se ha degradado. Los sistemas fijos mediante rociadores automáticos deben ser inspeccionados, según lo indicado en el programa anual de la UNE-EN

45 MANTENIMIENTO TABLA II STEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN 4 (Anual) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Los sistemas fijos mediante rociadores automáticos deben ser inspeccionados, cada 3 años, según lo indicado en Programa cada 3 años de la UNE-EN TA: Los sistemas que incorporen componentes a presión que se encuentre dentro del ámbito de aplicación del Reglamento de Equipos a Presión, aprobado mediante Real Decreto 2060/2008 de 12 de diciembre, serán sometidos a las pruebas establecidas en dicho Reglamento con la periodicidad que en el se especifique y son: Botellas y botellones de agentes extintores gaseosos o polvo. Botellas y botellones de agua. Botellas y botellas piloto de nitrógeno. Depósitos de espuma, expansión, etc. 45

46 MANTENIMIENTO TABLA II STEMAS FIJOS DE EXTINCIÓN 5 (Quinquenal o más) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Prueba de la instalación en las condiciones de su recepción. En sistemas fijos de extinción por Espuma, determinación del coeficiente de expansión, tiempo de drenaje y concentración según la parte de la norma UNE-EN 1568 que corresponda, de una muestra representativa de la instalación. Los valores obtenidos han de encontrarse dentro de los valores permitidos del fabricante. Los sistemas fijos mediante rociadores automáticos deben ser inspeccionados, cada 10 años, según lo indicado en Programa de 10 años de la UNE-EN Limpiar e inspeccionar internamente los depósitos de agua realizar cualquier reparación. Esta norma establece también una revisión cada tres años. Los sistemas fijos mediante rociadores automáticos deben ser inspeccionados, cada 25 años, según lo indicado en el anexo K, de la UNE-EN

47 MANTENIMIENTO TABLA I STEMAS PARA EL CONTROL DE HUMOS Y DE CALOR R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 TRIMESTRALMENTE Comprobar que no se han colocado obstrucciones o introducido cambios en la geometría del edificio (tabiques, falsos techos, aperturas al exterior, desplazamiento de mobiliario, etc.) que modifiquen las condiciones de utilización del sistema o impidan el descenso completo de las barreras activas de control de humos. Inspección visual general. SEMESTRALMENTE Comprobación del funcionamiento de los componentes del sistema mediante la activación manual de los mismos. Limpieza de componentes y elementos del sistema. 47

48 MANTENIMIENTO TABLA II STEMAS PARA EL CONTROL DE HUMOS Y DE CALOR (Anual) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación del funcionamiento del sistema en sus posiciones de activación y descanso, incluyendo su respuesta a las señales de activación manuales y automáticas y comprobando que el tiempo de respuesta esta dentro de los parámetros de diseño. Si el sistema dispone de barreras de control de humo, comprobar que los espaciados de cabecera, borde y junta (según UNE-EN ) no superan los valores indicados por el fabricante. Comprobación de la correcta disponibilidad de la fuente de alimentación principal y auxiliar. Engrase de los componentes y elementos del sistema. Verificación de señales de alarma y avería e interacción con el sistema de detección de incendios. 48

49 MANTENIMIENTO TABLA III STEMAS DE SEÑALIZACION LUMINISCENTE (Anual) R.D OPERACIÓN A REALIZAR R.D. 513 Comprobación visual de la existencia, correcta ubicación y buen estado en cuanto a limpieza, legibilidad e iluminación (en la oscuridad) de las señales, balizamientos y planos de evacuación. Verificación del estado de los elementos de sujeción (anclajes, varillas, angulares, tornillería, adhesivos, etc.). La vida útil de las señales será la que establezca el fabricante de las misma, En el caso de que el fabricante no establezca una vida útil, esta se considerara de 10 años (88). Una vez pasada la vida útil, se sustituirán por personal especializado del fabricante o de una empresa mantenedora. Salvo si se justifique que la medición sobre una muestra representativa, teniendo en cuenta la fecha de fabricación y su ubicación, realizada conforme a la norma UNE , aporta valores no inferiores al 80 % de los que dicte la norma UNE , en cada momento. La vida útil de la señal fotoluminiscente se contará a partir de la fecha de fabricación de la misma. Las mediciones que permiten prolongar esta vida útil se repetirán cada 5 años. 49

50 Agradecimientos a Fernando León, de la empresa: Por participar en la elaboración de las tablas de esta presentación. Realizado por: Juan Caro López 50

51 51

52 R. D. 513/

53 REAL DECRETO 2267/2004 No será de aplicación: A los E. I. en construcción y a los proyectos que tengan solicitada Licencia de Actividad, a la entrada en vigor de este Real Decreto. A los proyectos aprobados por la Administración Pública o visados por Colegios Profesionales, a la entrada en vigor de este Real Decreto. A las obras que se realicen según los proyectos anteriores y la Licencia de Actividad se solicite en 6 meses, a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto. 53

54 MANTAS IGNIFUGAS Permite la extinción de fuegos domésticos como sartenes, aparatos eléctricos, etc. Su uso evita deterioros de aparatos electrónicos adyacentes (no ocurre con los extintores), especialmente útil en laboratorios. Permite su aplicación sobre personas, al contrario que los extintores. Siempre está dispuesta para el uso (un extintor no sabemos si funcionará). Uno mismo se puede apagar un fuego en su propio cuerpo cubriéndose con ella (imposible con extintor). Su uso sobre personas evita propagación de incendios debidos al pánico. Extrema facilidad de uso, no precisa entrenamiento ni indicaciones complejas (desplegar y usar), cualquier persona puede usarla con eficacia. 54

55 55

56 CERTIFICADO DE LA INSTALACION 56

57 57

58 Tabla 2.1. del DB 1 58

59 59

60 60

61 61

62 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA DETECCION SEGÚN UNE /14: Los pulsadores se ubicarán en las rutas de escape (6.5.4.), se identificará entre fuego de detector y fuego de pulsador (6.5.5.). - Los pulsadores se situaran de manera que la parte superior del dispositivo quede a una altura entre 80 cm y 120 cm (en la norma indica 150 cm). Distancia máxima desde cualquier origen de evacuación, hasta el pulsador mas cercano no supere los 25 m. - La Central estar ubicada donde el riesgo de incendio sea reducido y el emplazamiento esté protegido por el sistema de detección de incendios. (6.7.1) - En los planos se deberá poner el cableado (6.13). - Los cables deberán estar separados de otros cables, mediante tabiques, aislantes, canalizaciones ( y A ). - Zonas de procesamiento electrónico de datos. Por ejemplo salas de rack, detección en falso suelo o falso techo (14.2). - La avería de un solo cable, puede dejar sin funcionamiento a Detectores y a pulsadores (A ). Además no puede dejar sin funcionar a más de 32 detectores o 10 pulsadores (se deberán utilizar aisladores). 62

63 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA DETECCION SEGÚN UNE /14: (A ) La distribución de los Detectores (de humos y de calor), se ve en la siguiente tabla: Humo Térmico 63

64 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA DETECCION SEGÚN UNE /14:2014 La distribución entre detectores y pared: Para h > 25 m, al menos 2 alturas 64

65 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA DETECCION SEGÚN UNE /14:2014 A Distancia al techo: - Los cables utilizados para la instalación de Sirenas, deberán resistir 30 minutos, después de detectado un incendio. (A ) Tambien los detectores y pulsadores. - El Reglamento habla de dispositivos visuales Los dispositivos visuales de alarma de incendio deberán llevar el marcado CE, de conformidad con la norma UNE-EN

66 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA DETECCION SEGÚN UNE /14:2014 -Niveles sonoros (A ). 65 db y 75 db personas durmiendo. Instalarse dos sirenas por edificio o una por sector, como mínimo (A ). - (A.6.3.2) Zonas de detección: - La superficie construida de una única zona, no ser mayor de m 2. - Si la zona incluye 5 compartimentos o estancias, colocar pilotos indicadores en exterior de la puerta. - Zona por sector y ser menor de 400 m 2. - Zona por planta, excepto: - La superficie en planta del edificio menor de 300 m 2. - Haya un hueco de escalera, ascensor que cubra más de una planta pero dentro del mismo sector. 66

67 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA LA DETECCION SEGÚN UNE /14: Cableado AS+ para todos los equipos instalados en bucle (A ). - En resumen, si el cable entra y sale, por el mismo lado, el cable deberá ser AS+, si no puede ser el de siempre - La Central deberá diferenciar entre Fuego de Detector y Fuego de Pulsador. puntos y A Los detectores se deberán cambiar cada 10 años, según Tabla II del ANEXO II del R.D. 513/

68 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL ABASTECIMIENTO UNE : (4.1.) El abastecimiento de agua debe ser reservado exclusivamente para P.C.I. - Tabla 2, tenemos las categorías, como resumen: - BIE C III - HIDRANTES C II - ROCIADORES - R L C III - R O C II - R E C I (para C III si Q > 600 l/min pasa a C II y para C II si Q > l/min pasa a C I) 68

69 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL ABASTECIMIENTO UNE :2012 Se añade: 69

70 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL ABASTECIMIENTO UNE :2012. FUENTES DE ALIMENTACION A.- RED PUBLICA: Disponer de gráfico de presiones durante un mínimo de dos semanas en cada uno de los meses de enero y agosto, indicándose el diámetro de la línea y su procedencia. (5.2.1.) Además, se deberá instalar un dispositivo anticontaminación, después del contador. - A.1 CATEGORIA 1: Cuando en el punto de conexión de la red general de distribución existe una alimentación por los dos extremos de la línea pública, por estar integrada en una red de circuito cerrado o malla. En este caso, la conexión de la red general de distribución deberá hacerse entre dos válvulas de cierre, una a cada lado. - A.2 CATEGORIA 2: Cuando no se cumplen las condiciones exigidas para la categoría 1. 70

71 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL ABASTECIMIENTO UNE :2012. FUENTES DE ALIMENTACION C.- DEPOTOS: 71

72 ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL ABASTECIMIENTO UNE :2012. Si es posible, las bombas deberán ser horizontales. - (6.4.3.) La sala de Bombas (excepto si es para SOLO BIE): - Fácil acceso, protegido contra incendios y otros riesgos de la naturaleza. - calculados los sistemas de ventilación. - Resistentes al fuego 60 minutos. - Accesos desde el exterior o ser independientes. - Mantener una Tª entre 4 ºC y 40 ºC Si solo hay una BOMBA (para BIE), solo tiene que estar en un recinto con ventilación. Es obligatorio que siempre que se instalen dos Bombas, una de ellas sea Diesel Tabla 5). Excepto si sólo hay BIE que podrá ser eléctrica. 72

73 EXTINTORES - El emplazamiento de los extintores permitirá que sean fácilmente visibles y accesibles, estarán situados próximos a los puntos donde se estime mayor probabilidad de iniciarse el incendio, a ser posible, próximos a las salidas de evacuación y, preferentemente, sobre soportes fijados a paramentos verticales, de modo que la parte superior de extintor quede situada entre 80 cm y 120 cm sobre el suelo. - Se introduce la clase F: Fuegos derivados de la utilización de ingredientes para cocinar (aceites, grasas vegetales o animales) en los aparatos de cocina. - Los generadores de aerosoles podrán utilizarse como extintores y se mantendrán como estos. - Las normas UNE y UNE EN 1866 ya son de obligado cumplimiento. 73

74 B.I.E. - Se introduce para todos los establecimientos la toma adicional de 45 mm, antes solo existía para establecimientos industriales. - Al igual que el R.D. 2267/2004, estable coeficiente k = 42 para BIE de 25 mm y coeficiente k = 85 para BIE de 45 mm. - Presión dinámica entre 3 y 6 bares. - Se introducen en el reglamento las BIE de alta presión, necesitarán evaluación técnica favorable, ya que no hay norma que la sustenten. - Se deben instalar en soporte rígido, de forma que la boquilla, válvula de apertura manual y el sistema de apertura del armario, estén como máximo a una altura de 1,50 m del suelo (antes el centro debía estar a 1,50 m). - La BIE se situará a menos de 5 m. (75) - La distancia desde cualquier punto del área protegida hasta la BIE más próxima no deberá exceder del radio de acción de la misma, tanto la separación, como la distancia máxima y el radio de acción se medirán siguiendo recorridos de evacuación. - La longitud máximas admitidas son: BIE de 25 mm : 30 m BIE de 45 mm : 20 m + 5 metros de chorro (75) BIE de Alta Pr.: 30 m 74

75 B.I.E. 75

76 COLUMNA SECA - Toma de fachada Racores 70 mm, conexión siamesa, válvula antiretorno, llaves incorporadas, con llave y tapa de purga de 25 mm. - La toma exterior y la de las plantas, ubicadas a 90 cm del suelo. - Válvulas de bola - Acero galvanizado DN 80 (3 ) - Plantas pares hasta la octava y despues en todas las plantas (conexión siamesa, con llaves incorporadas y racores de 45 mm). Cada 4 plantas, se instalará una válvula de seccionamiento, por encima de la salida de planta. - Cada edificio contará con una columna, distanciada a 60 metros entre ellas. - Se probará a 15 bares si la columna es de 30 metros y a 25 bares si es mayor de 30 metros. - Introduce la Columna Descendente. - Introduce la prueba quinquenal. 76

77 HIDRANTE Necesidades: Los hidrantes contra incendios, alcanzarán el coeficiente de flujo, Kv (presión en bar y caudal en m 3 /h), indicado en la tabla siguiente, en función de las conexiones de entrada, de las salidas y de su número. Implantación: El número de Hidrantes exteriores a instalar se determinará por: La zona protegida por cada uno tiene un radio de 40 m. (100 m. en Urbanas). Al menos uno de ellos (situado a ser posible en la entrada), tendrá una salida de 100 mm. Distancia entre el emplazamiento de cada uno y el límite exterior del edificio o zona protegidos, medida perpendicularmente a la fachada entre 5 y 15 m. Fácil accesibilidad. Cuidar posibles heladas. Caudal por cada boca, será 500 l/min y 5 bares 77

78 AEROSOLES Puede ser Manual (como la fotografía) o Automática, mediante un sistema de detección que una vez activado, los generadores producen un aerosol basado en potasio de partículas ultra finas y excepcionalmente efectivas, que interfieren con los radicales libres que mantienen viva la llama para sofocar el conato de incendio. 78

79 Sistemas de Señalización Luminiscente Se incorporan al reglamento como equipo de protección contra incendios. Deben cumplir la norma UNE (norma que habla de dimensiones y pictogramas). Aquellos que no están definidas en esta norma se podrán diseñar con los mismos criterios establecidos en la UNE 23033, o en la ISO (80 a 82) Las señales foto luminiscentes se realizaran conforme a la norma une siendo estas de Clase A o B. identificación y demás exigencias contempladas en la citada norma. (esta identificación se ubicará de tal modo que sea visible una vez instalada). Las señales serán de la categoría A, en los centros donde se desarrollan actividades descritas en el Anexo I de la norma Básica de Autoprotección, aprobada por R. D. 393/2007 de 23 Marzo. (83 a 87) 79

80 Señales según UNE

81 Señales norma UNE Señales según ISO

82 82

83 SEÑALIZACION 1. Actividades con reglamentación sectorial específica a) Actividades industriales, de almacenamiento y de investigación: - Las actividades de almacenamiento de productos químicos acogidas a las instrucciones Técnicas complementarias y en las cantidades siguientes: ITC APQ-1, de capacidad mayor a 200 m 3, ITC APQ-2, de capacidad mayor a 1 t, ITC APQ-3, de capacidad mayor a 4 t, ITC APQ-4, de capacidad mayor a 3 t, ITC APQ-5, de categoría 4 ó 5, ITC APQ-6, de capacidad mayor a 500 m 3, ITC APQ-7, de capacidad mayor a 200 m 3, ITC APQ-8, de capacidad mayor a 200 t. - Establecimientos en los que intervienen explosivos. - Actividades de Gestión de Residuos Peligrosos. - Explotaciones e industrias relacionadas con la minería. - Instalaciones de Utilización Confinada de Organismos Modificados Genéticamente. 83

84 SEÑALIZACION b) Actividades de infraestructuras de transporte: - Túneles, Puertos comerciales, Aeropuertos aeródromos y demás instalaciones aeroportuarias. c) Actividades e infraestructuras energéticas: - Instalaciones Nucleares y Radiactivas d) Actividades de espectáculos públicos y recreativas. Edificios cerrados: Con capacidad o aforo igual o superior a 2000 personas, o con una altura de evacuación igual o superior a 28 m. Instalaciones cerradas desmontables o de temporada: con capacidad o aforo igual o superior a personas. 84

85 SEÑALIZACION 2. Actividades sin reglamentación sectorial específica a) Actividades industriales y de almacenamiento: Aquellas con una carga de fuego ponderada y corregida igual o superior a Mcal/m 2 o MJ/m 2, (riesgo intrínseco alto 8, según la tabla 1.3 del Anexo I del Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales). d) Actividades sanitarias: Establecimientos de usos sanitarios en los que se prestan cuidados médicos en régimen de hospitalización y/o tratamiento intensivo o quirúrgico, con una disponibilidad igual o superior a 200 camas. Cualquier otro establecimiento de uso sanitario que disponga de una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a personas. 85

86 SEÑALIZACION e) Actividades docentes: Establecimientos de uso docente especialmente destinados a personas discapacitadas físicas o psíquicas o a otras personas que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios. Cualquier otro establecimiento de uso docente siempre que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a personas. f) Actividades residenciales públicas: Establecimientos de uso residencial público: Aquellos en los que se desarrollan actividades de residencia o centros de día destinados a ancianos, discapacitados físicos o psíquicos, o aquellos en los que habitualmente existan ocupantes que no puedan realizar una evacuación por sus propios medios y que afecte a 100 o más personas. Cualquier otro establecimiento de uso residencial público siempre que disponga una altura de evacuación igual o superior a 28 m, o de una ocupación igual o superior a 2000 personas. 86

87 SEÑALIZACION g) Otras actividades: Aquellas otras actividades desarrolladas en centros, establecimientos, espacios, instalaciones o dependencias o medios análogos que reúnan alguna de las siguientes características: Todos aquellos edificios que alberguen actividades comerciales, administrativas, de prestación de servicios, o de cualquier otro tipo, siempre que la altura de evacuación del edificio sea igual o superior a 28 m, o bien dispongan de una ocupación igual o superior a personas. Instalaciones cerradas desmontables o de temporada con capacidad igual o superior a personas. Instalaciones de camping con capacidad igual o superior a personas. Todas aquellas actividades desarrolladas al aire libre con un número de asistentes previsto igual o superior a personas. 87

88 CAMBIO DETECTORES, SEÑALES y BIE (a los 10 años) 88

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