Resoluciones Generales. Resoluciones Conjuntas. Disposiciones. Concursos Oficiales. Avisos Oficiales

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1 Primera Sección Buenos Aires, viernes 19 de agosto de 2016 Año CXXIV Número Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional (Decreto Nº 659/1947). La edición electrónica del Boletín Oficial produce idénticos efectos jurídicos que su edición impresa (Decreto Nº 207/2016). Sumario Decretos Decretos AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA Decreto 947/2016. Desígnase Director General... 1 AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA Decreto 948/2016. Desígnase Subdirectora General... 1 FERIAS INTERNACIONALES Decreto 950/2016. Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos procedentes de los países participantes en la Feria Internacional de Villa Gesell... 1 PROMOCIÓN DEL TRABAJO REGISTRADO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE LABORAL Decreto 946/2016. Prorrógase plazo. Ley N PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Decreto 951/2016. Recházanse recursos... 2 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS Decreto 949/2016. Argentina Televisora Color Sociedad Anónima (en liquidación). Convalídase la Memoria y Ejecución Presupuestaria del Ejercicio Decisiones Administrativas MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Decisión Administrativa 875/2016. Transfiérese agente de la Jefatura de Gabinete de Ministros... 6 MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 876/2016. Desígnase Director de Política Industrial... 6 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 872/2016. Desígnase Director de Tramitación a Distancia... 6 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 873/2016. Designación en la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial... 7 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decisión Administrativa 874/2016. Prorróganse designaciones en la Secretaría de Trabajo... 7 MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA Decisión Administrativa 871/2016. Desígnase Directora de Asuntos Judiciales y asígnanse funciones de Director de Dictámenes... 8 Resoluciones MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA Resolución E/2016. Instrucciones al Ente Nacional Regulador del Gas. Audiencia Pública... 8 Secretaría General INTERÉS NACIONAL Resolución E/ Congreso Argentino de Salud Integral del Adolescente... 9 Secretaría General INTERÉS NACIONAL Resolución E/2016. XXI CILAD Continúa en página 2 #I I# AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA Decreto 947/2016 Desígnase Director General. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN y lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley de Inteligencia Nacional Nº , sustituido por el artículo 8º de la Ley Nº , y EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1º Desígnase Director General de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA al señor Gustavo Héctor ARRIBAS (D.N.I. Nº ). ARTÍCULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. #F F# #I I# AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA Decreto 948/2016 Desígnase Subdirectora General. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el acuerdo prestado por el HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN y lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley de Inteligencia Nacional Nº , sustituido por el artículo 8º de la Ley Nº , y EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1º Desígnase Subdirectora General de la AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA a la señora Silvia Cristina MAJDALANI (D.N.I. Nº ). ARTÍCULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. #F F# #I I# FERIAS INTERNACIONALES Decreto 950/2016 Exímese del pago del derecho de importación y demás gravámenes a los productos procedentes de los países participantes en la Feria Internacional de Villa Gesell. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente N S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y Que la Institución ASOCIACIÓN ARCO IRIS (C.U.I.T. N ) solicita la exención del pago del derecho de importación y demás tributos que gravan la importación para consumo de PRESIDENCIA DE LA NACIÓN SecretarÍa Legal y TÉcnica: Dr. PABLO CLUSELLAS - Secretario DirecciÓn Nacional del Registro Oficial: LIC. RICARDO SARINELlI - Director Nacional dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº Domicilio legal: Suipacha 767-C1008AAO - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax y líneas rotativas

2 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Resoluciones Generales COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL Resolución General 15/2016. Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación. Obligatoriedad INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Resolución General 12/2016. Modificación. Resolución N 619/ Resoluciones Conjuntas Secretaría de Finanzas y Secretaría de Hacienda DEUDA PÚBLICA Resolución Conjunta 8 - E/2016. Dispónese la emisión de una (1) Letra del Tesoro en Pesos Secretaría de Finanzas y Secretaría de Hacienda DEUDA PÚBLICA Resolución Conjunta 9 - E/2016. Dispónese la emisión de una (1) Letra del Tesoro en Pesos Disposiciones Tesorería General de la Nación DEUDA PÚBLICA Disposición 27 - E/2016. Letras del Tesoro. Emisión. Ampliación Concursos Oficiales Anteriores Avisos Oficiales Nuevos REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación Anteriores los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, elementos gastronómicos artesanales, muebles y ropa típica, originarios y procedentes de los países participantes en la FERIA IN- TERNACIONAL DE VILLA GESELL, a realizarse en la Avenida 3 N 535, Paseo Pueblo Español, Ciudad de Villa Gesell, Provincia de BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA), del 22 de julio al 11 de septiembre de Que brindan su apoyo institucional auspiciando este evento la EMBAJADA DEL PERÚ y la EM- BAJADA DE GUATEMALA en nuestro país. Que la realización de esta muestra tendrá como finalidad recaudar fondos que serán destinados a la ayuda y asistencia de hogares y comedores carenciados. Que la FERIA INTERNACIONAL DE VILLA GESELL es la principal fuente de ingresos con que cuenta la Institución ASOCIACIÓN ARCO IRIS para alcanzar dicha meta, por lo que se considera oportuno autorizar la importación de los productos mencionados por un valor FOB de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante. Que dicha autorización se otorga atento el fin estrictamente benéfico que persigue la interesada, cuya acción habrá de redundar en interés de la comunidad. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete. Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el Artículo 5, inciso s) de la Ley N incorporado por la Ley N y mantenido por el Artículo 4 de la Ley N EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1 Exímese del pago del derecho de importación, del Impuesto al Valor Agregado, de los impuestos internos, de tasas por servicio de estadística, por servicios portuarios y por comprobación de destino, que gravan la importación para consumo de los alimentos, bebidas, tabacos, cigarrillos, artesanías, elementos gastronómicos artesanales, muebles y ropa típica, originarios y procedentes de los países participantes en la FERIA INTERNACIONAL DE VILLA GESELL, a realizarse en la Avenida 3 N 535, Paseo Pueblo Español, Ciudad de Villa Gesell, Provincia de BUENOS AIRES (REPÚBLICA ARGENTINA), del 22 de julio al 11 de septiembre de 2016, para su exhibición, obsequio, consumo y/o venta en la mencionada muestra, por un monto máximo de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país participante, tomando como base de cálculo valores FOB. ARTÍCULO 2 Comuníquese a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a que practique los controles pertinentes en la Feria referenciada, con el objeto de que la mercadería ingresada con los beneficios establecidos en el Artículo 1 del presente decreto, sea destinada exclusivamente a los fines propuestos por la Ley N ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. Alfonso de Prat Gay. Francisco A. Cabrera. #F F# #I I# PROMOCIÓN DEL TRABAJO REGISTRADO Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE LABORAL Decreto 946/2016 Prorrógase plazo. Ley N Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente N /15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N , los Decretos Nros del 30 de septiembre de 2014, y del 31 de agosto de 2015, la Resolución General de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS N del 9 de octubre de 2014 y la Resolución Conjunta de la ADMI- NISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros y 287, respectivamente, del 15 de abril de 2015, y Que la Ley N creó a través de su Título II - Capítulo II un Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado estableciendo para su acogimiento un plazo de DOCE (12) meses contados a partir de la fecha en que las disposiciones de la ley tengan efecto. Que la Resolución General de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS N del 9 de octubre de 2014, en su artículo 9, determinó que dicho Régimen comenzará a regir a partir del período devengado agosto de Que el artículo 30 de la Ley N estableció que los beneficios comprendidos en el Régimen de Promoción de la Contratación de Trabajo Registrado pueden ser prorrogados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Que, comprobada la amplia adhesión por parte de los empleadores respecto del Título II del Capítulo II de la mencionada ley y que más del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de los puestos que se crearon desde su entrada en vigencia se registraron utilizando los beneficios que la misma asigna, a través del Decreto N 1.801/15 se prorrogó la vigencia de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley N , desde el 1 de agosto de 2015 por el plazo de DOCE (12) meses, a fin de posibilitar un mayor incremento en la contratación regular de trabajadores. Que, persistiendo las razones expuestas, corresponde prorrogar la vigencia de lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley N , desde el 1 de agosto de 2016 por el plazo de DOCE (12) meses, a fin de posibilitar la continuidad de los beneficiosos efectos que la implementación de la mencionada ley generara. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE- GURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 30 de la Ley N EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1 Prorrógase desde el 1 de agosto de 2016 y por el término de DOCE (12) meses el plazo establecido en el artículo 30 de la Ley N ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. Alberto J. Triaca. #F F# #I I# PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Decreto 951/2016 Recházanse recursos. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente Nº 137/2015 del Registro de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRE- SIDENCIA DE LA NACIÓN, y Que por el expediente citado en el VISTO, tramita la Licitación Pública N 04/2015, llevada a cabo con el objeto de contratar el servicio integral de limpieza con provisión de insumos a prestarse en las distintas dependencias de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, por el término de NUEVE (9) meses contados a partir de la fecha que establezca la Orden de Compra, con opción a prórroga por un período igual al inicial o fracción menor. Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N 70 de fecha 5 de agosto de 2015, se aprobó la licitación pública referenciada y, asimismo, se adjudicó la misma a la firma UADEL S.R.L. (CUIT ), por un importe total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($ ,98.-) IVA Incluido, emitiéndose, en consecuencia, la Orden de Compra Nº 38/2015. Que con fecha 7 de agosto del corriente, el señor Carlos ESTEBES, en su carácter de Presidente de la firma EZCA SERVICIOS GENERALES SA (CUIT ), interpuso, en tiempo y forma oportunos, recurso de reconsideración con jerárquico implícito contra la citada Resolución SLyT N 70/15. Que por Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N 79 de fecha 7 de septiembre de 2015, se rechazó el recurso de reconsideración interpuesto. Que con fecha 8 de septiembre de 2015 la firma EZCA SERVICIOS GENERALES S.A. fue notificada del rechazo del recurso de reconsideración haciéndosele saber, asimismo, que podía mejorar o ampliar los fundamentos del recurso jerárquico interpuesto en subsidio en forma implícita, conforme lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O Que la recurrente no ha hecho uso de su derecho a ampliar o mejorar los fundamentos de su recurso. Que en virtud de lo expuesto y no habiéndose aportado elementos que justifiquen rectificar el temperamento adoptado en su oportunidad, corresponde rechazar el recurso jerárquico interpuesto en subsidio en forma implícita por la causante.

3 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Que, por otra parte, con fecha 18 de agosto del corriente, la doctora Graciela Ana PAPASIDERO, en su carácter de apoderada de la firma DISTRIBON S.R.L. (CUIT ) interpuso en tiempo y forma, recurso jerárquico contra la referida Resolución SLyT Nº 70/15. Que la recurrente sostiene que el acto administrativo cuya impugnación se pretende, no cumple con los requisitos previstos en el artículo 7º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº y sus modificatorias, toda vez que a su entender no se habrían exteriorizado los fundamentos por los cuales se adjudicó la presente licitación a la firma UADEL S.R.L. Que sobre el particular, es dable destacar que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARIA TÉCNICA de la SECRETARIA LEGAL y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha elaborado con fecha 20 de agosto de 2015, un Informe mediante el cual señala que, para la evaluación de las ofertas, la COMISIÓN EVALUADORA de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESI- DENCIA DE LA NACIÓN, consideró no sólo el precio cotizado por los oferentes sino también la marca y la calidad de los insumos a proveer, la maquinaria de la que disponen y los antecedentes en prestaciones similares, entre otros aspectos. Que en virtud de la relevancia que adquieren los productos a utilizar para la prestación del servicio como asi también para la higiene del personal de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se ha requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, que los oferentes declaren las marcas a utilizar y que las mismas sean reconocidas en el mercado. Que conforme surge del Informe mencionado y de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, las marcas de los insumos a proveer declaradas en la oferta de la firma DISTRIBON S.R.L. no son reconocidas en el mercado, situación que genera incertidumbre respecto de la calidad, rendimiento y utilidad de los mismos, máxime cuando se trata de productos de limpieza e higiene para uso del personal del Organismo. Que, por otra parte, la DIRECCIÓN DE COMPRAS, PATRIMONIO Y SUMINISTROS destacó que de los antecedentes comerciales presentados por la referida firma se desprende que, la mayoría de las prestaciones en las reparticiones o empresas públicas y/o privadas declaradas, superan los DOS (2) años de antigüedad a la fecha del acto de apertura, en discordancia con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, razón por la cual no se pudo constatar la capacidad operativa de la firma DISTRIBON S.R.L. como empresa prestataria del servicio de limpieza ante la carencia de antecedentes declarados con fechas más próximas a la del acto de apertura de ofertas, al mismo tiempo que se corroboró que los antecedentes más actuales presentados corresponden a servicios que no guardan relación con el objeto de la presente licitación. Que oportunamente el Organismo evaluó las ofertas presentadas con parámetros precisos y objetivos previamente establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el presente procedimiento licitatorio, a efectos de elegir la oferta más conveniente, ajustando su accionar al principio de juridicidad y garantizando, a su vez, la eficiencia en el gasto de los recursos financieros. Que sin perjuicio de los argumentos esgrimidos por la recurrente, el acto administrativo, objeto de impugnación, ha sido dictado conforme a derecho, habiéndose llevado a cabo todas las etapas procedimentales y cumpliendo con los requisitos formales del procedimiento licitatorio, garantizando el debido proceso adjetivo que asiste al particular. Que en virtud de lo expuesto en los considerandos precedentes, corresponde rechazar el recurso jerárquico interpuesto por la firma DISTRIBON S.R.L. en el referido expediente. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención que le compete. Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72. T.O EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1 Recházase el recurso jerárquico interpuesto implícitamente por el señor Carlos ESTEBES en su carácter de Presidente de la firma EZCA SERVICIOS GENERALES SA (CUIT ) contra la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Nº 70 de fecha 5 de agosto de 2015, de conformidad con los argumentos expuestos en los considerandos de la presente medida. ARTÍCULO 2 Recházase el recurso jerárquico interpuesto por la doctora Graciela Ana PA- PASIDERO, en su carácter de apoderada de la firma DISTRIBON S.R.L. (CUIT ) contra la Resolución de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N 70 de fecha 5 de agosto de 2015, de conformidad con los argumentos expuestos en los considerandos de la presente medida. ARTÍCULO 3 Hágase saber a los recurrentes que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72. T.O. 1991, sin perjuicio de la posibilidad de interponer el recurso contemplado por el artículo 100 de dicho Reglamento. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI. Marcos Peña. #F F# de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINIS- TRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. Que la convalidación de la Memoria y Ejecución Presupuestaria presentada, se encuadra en los términos del Artículo 53 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N y sus modificaciones, reglamentada en el Artículo 53 del Anexo al Decreto N de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios. Que obra en el expediente señalado, el informe favorable sobre la medida propiciada de la OFI- CINA NACIONAL DE PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 53 del Anexo al Decreto N 1.344/07 y sus modificatorios. EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: ARTÍCULO 1 Convalídase la Memoria y Ejecución Presupuestaria del Ejercicio 2013 de la Empresa ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) dependiente de la Dirección de Procesos Liquidatorios de la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚ- BLICAS actual MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, de acuerdo al detalle que figura en los Anexos I (IF APN-SSADYNP#MH) y II (IF APN- SSADYNP#MH) al presente decreto. ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. MACRI. Marcos Peña. Alfonso de Prat Gay. ANEXO I EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) MEMORIA ANUAL ANEXO II EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) Cuadro A.1 CUENTA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO (En Pesos) #I I# MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS Decreto 949/2016 Argentina Televisora Color Sociedad Anónima (en liquidación). Convalídase la Memoria y Ejecución Presupuestaria del Ejercicio Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente N S01: /2014 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la convalidación de la Memoria y Ejecución Presupuestaria del Ejercicio 2013 formulada por la Empresa ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación), dependiente de la Dirección de Procesos Liquidatorios

4 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) Cuadro A.2 CUENTA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO (En Pesos) EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) Cuadro B EJECUCIÓN FINANCIERA -En Pesos- EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) Cuadro A.3 CUENTA AHORRO-INVERSIÓN-FINANCIAMIENTO (En Pesos)

5 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) DOTACIÓN DE PERSONAL Cuadro C EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) INVERSIÓN REAL BRUTA Y FINANCIAMIENTO ASOCIADO - En Pesos - Cuadro D EJECUCIÓN 2013 EMPRESA: ARGENTINA TELEVISORA COLOR SOCIEDAD ANÓNIMA (en liquidación) REMUNERACIONES - En Pesos - Cuadro E #F F#

6 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Decisiones Administrativas #I I# MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Decisión Administrativa 875/2016 Transfiérese agente de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO: El Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: /2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto N 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N , y lo solicitado por el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y Que el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE solicita la transferencia al ámbito del citado Ministerio, del agente Dn. Juan José PALAVECINO (D.N.I. N ) quien revista en la Planta Permanente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el Agrupamiento Profesional, Nivel B - Grado 1, Tramo General, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI- NEP) homologado por el Decreto N 2098/08. Que el peticionado se fundamenta en la necesidad de contar con el mencionado agente para desarrollar funciones en la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, por lo que resulta conveniente acceder a lo solicitado, disponiendo la transferencia del mismo con su respectivo cargo de la Planta Permanente de la JEFA- TURA DE GABINETE DE MINISTROS a la Planta Permanente del citado Ministerio, conforme lo previsto en el artículo 15, inciso b), punto IV del Anexo I al Decreto N 1421 del 8 de agosto de Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico alguno para el agente en cuestión, quien ha prestado su conformidad al respecto. Que el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDI- COS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN han tomado la intervención de su competencia. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDI- NACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE ha tomado la intervención correspondiente. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y conforme lo dispuesto por el artículo 15, inciso b) punto IV, del Anexo I al Decreto N 1421/02. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1 Transfiérese al agente D. Juan José PALAVECINO (D.N.I. Nº ), quien revista en la planta permanente, Agrupamiento Profesional, Nivel B - Grado 1, Tramo General del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con su respectivo cargo, nivel, tramo y agrupamiento escalafonario, a la planta permanente del MINISTERIO DE AMBIEN- TE Y DESARROLLO SUSTENTABLE. ARTÍCULO 2 El agente transferido por el artículo 1 de la presente decisión administrativa mantendrá su actual nivel, grado, tramo y agrupamiento de revista alcanzado en su carrera administrativa. ARTÍCULO 3 Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1 de la presente decisión administrativa, se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios de la Jurisdicción de origen. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Sergio A. Bergman. #F F# #I I# MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 876/2016 Desígnase Director de Política Industrial. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente N /2016 del Registro del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Nº , el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, el Decreto Nº 227 del 20 de enero de 2016, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y Que por la Ley Nº se aprobó el Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio Que el artículo 7º de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes al 1 de enero de 2016, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros. Que por el Decreto Nº 227/16 se confirió al señor Jefe de Gabinete de Ministros la facultad de designar al personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente. Que se encuentra vacante el cargo de Director de Política Industrial entonces dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA INDUSTRIAL de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA en la actualidad dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA INDUSTRIAL PARA LA DEFENSA de la SECRETARÍA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA. Que resulta indispensable cubrir transitoriamente dicho cargo, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la citada Dirección. Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta menester efectuar la designación con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDI- COS del MINISTERIO DE DEFENSA. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7º de la Ley Nº y 1º del Decreto Nº 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1 Desígnase, a partir del 1 de marzo de 2016, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Director de Política Industrial entonces dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA INDUS- TRIAL de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA en la actualidad dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y POLÍTICA INDUSTRIAL PARA LA DEFENSA de la SECRETARÍA DE CIENCIA TECNOLOGÍA Y PRODUCCIÓN PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA al Licenciado D. Aureliano da PONTE (DNI. Nº ), Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto N 2098/08 y modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III, y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº ARTÍCULO 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIO- NAL DE EMPLEO PÚBLICO SINEP homologado por el Decreto Nº 2098/08 y modificatorios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1 de marzo de ARTÍCULO 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendida con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 45 - MINISTERIO DE DEFENSA. ARTÍCULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Julio C. Martínez. #F F# #I I# MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 872/2016 Desígnase Director de Tramitación a Distancia. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO: el Expediente N EX APN-ONC#MM, la Ley N , los Decretos Nros de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N 232 de fecha 29 de marzo de 2016, la Resolución N 95 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 19 de mayo de 2016, y Que por la Ley Nº se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio Que por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP). Que a través de la Decisión Administrativa N 232 de fecha 29 de marzo de 2016, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN AD- MINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Que por la Resolución N 95 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 19 de mayo de 2016, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la citada Secretaría. Que a fin de dar cumplimiento a las funciones asignadas al mencionado Ministerio, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Director de la DIRECCIÓN DE TRA- MITACIÓN A DISTANCIA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Que corresponde exceptuar al Licenciado Santiago Enrique BARRAGUE (D.N.I. N ) del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N 2098/08, y sus normas modificatorias y complementarias. Que por el Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponde a los de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a aquellos cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario alguno. Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente.

7 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTE- RIO DE MODERNIZACIÓN. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del artículo 1 del Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1 Desígnase, a partir del 19 de mayo de 2016, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, al Licenciado Santiago Enrique BARRAGUE (D.N.I. N ), como Director de la DIRECCIÓN DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA de la DIRECCIÓN NACIONAL DE TRAMITACIÓN E IDENTIFICACIÓN A DISTANCIA de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN en un cargo Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08, sus modificatorios y complementarios, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II, Capítulo III del citado Convenio Colectivo. ARTÍCULO 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. ARTÍCULO 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 26 - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Andrés H. Ibarra. #F F# #I I# MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Decisión Administrativa 873/2016 Designación en la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO: el Expediente N CUDAP: EXP-S01: /2016, la Ley N , los Decretos Nros de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y 227 de fecha 20 de enero de 2016, la Decisión Administrativa N 232 de fecha 29 de marzo de 2016, la Resolución N 78 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 27 de abril de 2016, y Que por la Ley Nº se aprobó el Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el Ejercicio Que por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP). Que a través de la Decisión Administrativa N 232 de fecha 29 de marzo de 2016, se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. Que por la Resolución N 78 del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 27 de abril de 2016, se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la citada Secretaría. Que a fin de dar cumplimiento a las funciones asignadas al mencionado Ministerio, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo de Coordinador de la COORDINACIÓN DE COMPOSICIÓN SALARIAL de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODER- NIZACIÓN. Que el cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. Que por el Decreto N 227 de fecha 20 de enero de 2016 se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponde a los de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a aquellos cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas, será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que la presente medida no implica asignación de recurso extraordinario alguno. Que el cargo aludido se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente. Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTE- RIO DE MODERNIZACIÓN y de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, de los artículos 7º de la Ley Nº y 1 del Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1 Desígnase, a partir del 27 de abril de 2016, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Licenciada Laura Dora CASAL (D.N.I. Nº ), como Coordinadora de la COORDINACIÓN DE COMPOSICIÓN SALARIAL de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINIS- TERIO DE MODERNIZACIÓN en un cargo Nivel B - Grado 0, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N 2098/08 y sus modificatorios y complementarios y con carácter de excepción al artículo 7º de la Ley N ARTÍCULO 2 El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N 2.098/08 y sus modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida. ARTÍCULO 3 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas correspondientes a la Jurisdicción 26 - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Andrés H. Ibarra. #F F# #I I# MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decisión Administrativa 874/2016 Prorróganse designaciones en la Secretaría de Trabajo. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente Nº /16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, 881 del 29 de mayo de 2008, 454 del 5 de abril de 2010, del 12 de noviembre de 2014 y 227 del 20 de enero de 2016, y la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010 y sus modificatorias, y Que mediante el Decreto Nº 227 del 20 de enero de 2016, se estableció, entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que por el Decreto Nº 881 del 29 de mayo de 2008, se dio por designado transitoriamente a partir del 1º de enero de 2008, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el cargo de Director Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRE- TARIA DE TRABAJO, al Contador Público Nacional D. Sergio Andrés PAZ (M.I. N ), Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios. Que mediante el Decreto Nº 454 del 5 de abril de 2010, se dio por designado transitoriamente a partir del 4 de mayo de 2009, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde la fecha de dicha medida, en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU- RIDAD SOCIAL en el cargo de Nivel A, Grado 0, de Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, al Licenciado D. Norberto Adrián CANETO (M.I. N ), autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva de Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios. Que transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles establecido en los decretos precitados, se procedió mediante el Decreto N del 12 de noviembre de 2014 a prorrogar por idéntico plazo, las designaciones transitorias del Licenciado D. Norberto Adrián CANETO (M.I. N ) y del Contador Público Nacional D. Sergio Andrés PAZ (M.I. N ) en los cargos respectivos. Que no habiéndose efectuado las correspondientes convocatorias a los procesos de selección, y transcurrido el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles establecido en el Decreto N 2.096/14, razones operativas hacen necesario prorrogar hasta la fecha que en cada caso se indica, las designaciones transitorias de los funcionarios involucrados en la presente medida. Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la Dirección Nacional de Relaciones Federales, y a la Subdirección Nacional de Relaciones del Trabajo de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de la SUBSECRETARIA DE RELA- CIONES LABORALES, ambas dependientes de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del mencionado Ministerio para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente. Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1 del Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1 Prorrógase, a partir del 11 de agosto de 2015 y hasta el 28 de diciembre de 2015 la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N 881 del 29 de mayo de 2008 y prorrogada en último término por su similar N del 12 de noviembre de 2014, del Contador Público Nacional D. Sergio Andrés PAZ (M.I. N ), en el cargo de Nivel A - Grado 0, de Director Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva de Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NA- CIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto N 2098/08, y sus modificatorios.

8 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº ARTÍCULO 2º Prorrógase, a partir del 11 de agosto de 2015 y hasta el 28 de diciembre de 2015 la designación transitoria efectuada mediante el Decreto N 454 del 5 de abril de 2010 y prorrogada en último término por su similar N del 12 de noviembre de 2014, del Licenciado D. Norberto Adrián CANETO (M.I. N ), en el cargo de Nivel A - Grado 0, de Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo dependiente de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva de Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, homologado por el Decreto N 2098/08, y sus modificatorios. ARTÍCULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU- RIDAD SOCIAL. ARTÍCULO 4 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Alberto J. Triaca. #F F# #I I# MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA Decisión Administrativa 871/2016 Desígnase Directora de Asuntos Judiciales y asígnanse funciones de Director de Dictámenes. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente N S02: /2015 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, las Leyes N y Nº , los Decretos Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, Nº 2219 del 25 de noviembre de 2014 y Nº 227 del 20 de enero de 2016, y la Resolución Conjunta de la ex SECRETARIA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de la SECRETARIA DE HACIENDA del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Nº 113 y N 170 del 15 de julio de 2015, y Que por la Ley Nº se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio Que por la Ley Nº se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio Que por el artículo 7º de las mencionadas Leyes se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS. Que por el Decreto N 227/16 se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuar, entre otras, toda designación y asignación de funciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de la dotación de planta permanente y transitoria, que se encuentren vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que por el Decreto Nº 2219/14 se modificó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN del entonces MINISTERIO DEL INTE- RIOR Y TRANSPORTE, estableciendo con dependencia de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUN- TOS JURÍDICOS la Dirección de Asuntos Judiciales y la Dirección de Dictámenes. Que por la mencionada Resolución Conjunta ex SG-SH Nº 113 y N 170 del 15 de julio de 2015 se incorporaron al Nomenclador de Funciones Ejecutivas las referidas Direcciones simples. Que en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVENDA se encuentran vacantes los cargos de DIRECTOR DE ASUNTOS JUDICIALES (Nivel B) y de DIRECTOR DE DIC- TAMENES (Nivel B), ambos de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA solicita la designación transitoria de la Dra. Da. Karin Elisabeth GÖBEL (D.N.I. Nº ) en el cargo de DIRECTORA DE ASUNTOS JUDICIALES y la asignación transitoria de funciones del Dr. D. Ignacio Luis María AZAROLA (D.N.I. N ) en el cargo de DIRECTOR DE DICTAMENES, ambos cargos de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del citado Departamento de Estado, a efectos de asegurar el normal desenvolvimiento de las mencionadas dependencias. Que dicha Jurisdicción cuenta con las respectivas vacantes financiadas, motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que en el caso de la Dra. Da. Karin Elisabeth GÖBEL (D.N.I. Nº ) resulta necesario disponer su designación con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08. Que atento a la naturaleza de las acciones asignadas a la mencionada DIRECCION DE DIC- TAMENES, y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación con carácter transitorio de las funciones correspondientes al mencionado cargo, situación que se encuentra comprendida en los extremos contemplados por el Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y por el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº Que en el caso del Dr. D. Ignacio Luis María AZAROLA (D.N.I. N ), quien revista en el Agrupamiento Profesional, Tramo Intermedio, Nivel B, Grado 8, de la Planta Permanente de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION, resulta necesario autorizar la asignación de funciones con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 112 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y conforme lo preceptuado en el artículo 109 de dicho régimen escalafonario. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDI- COS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el artículo 7º de las Leyes Nº y Nº y a lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N 227/16. EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: ARTÍCULO 1 Desígnase con carácter transitorio a partir del 15 de julio de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, a la Dra. Da. Karin Elisabeth GÖBEL (D.N.I. Nº ) en el cargo de DIRECTORA DE ASUN- TOS JUDICIALES Nivel B - Grado 0, F.E. III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) de COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7º de las Leyes N y Nº , autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio. ARTÍCULO 2 Asígnanse con carácter transitorio, a partir del 15 de julio de 2015, las funciones de DIRECTOR DE DICTAMENES de la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS perteneciente a la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA, Nivel B - Grado 0, Función Ejecutiva Nivel III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, al Dr. D. Ignacio Luis María AZAROLA (D.N.I. N ),quien revista en la planta permanente en un cargo Nivel B - Grado 8 del Tramo Intermedio del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP). La asignación de funciones se autoriza con carácter de excepción a lo establecido en el artículo 112 del mencionado Escalafón y conforme lo preceptuado en los artículos 109, 110 y 111 de dicho régimen escalafonario. ARTÍCULO 3 El cargo mencionado en el artículo 1 deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida. ARTÍCULO 4 El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA. ARTÍCULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña. Rogelio Frigerio. #F F# Resoluciones #I I# MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA Resolución E/2016 Instrucciones al Ente Nacional Regulador del Gas. Audiencia Pública. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente N EX APN-DDYME#MEM, y Que mediante la Resolución N 28 de fecha 28 de marzo de 2016 de este Ministerio se establecieron nuevos precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) y del Gas Propano indiluido para redes, con vigencia a partir del 1 de abril de 2016, y se instruyó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, para que, en el marco de su competencia, realizara los procedimientos correspondientes a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el numeral de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución. Que por medio de la Resolución N 31 de fecha 29 de marzo de 2016 de este Ministerio, se instruyó al ENARGAS a que lleve adelante el procedimiento de Revisión Tarifaria Integral previsto en las Actas Acuerdo de Renegociación Contractual Integral celebradas con las Licenciatarias en el marco de lo dispuesto en la Ley N , disponiendo expresamente que en el proceso de realización de la Revisión Tarifaria Integral, debería instrumentarse el mecanismo de audiencia pública que posibilite la participación ciudadana, en los términos de lo establecido en el Artículo 5 del Decreto N 367 de fecha 16 de febrero de Que por ese mismo acto se instruyó al ENARGAS a que efectuara una adecuación de las tarifas de transición vigentes de los Servicios Públicos de Transporte y Distribución de Gas Natural en el marco de las Actas Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y de los Acuerdos Transitorios suscriptos con aquéllas Licenciatarias que a la fecha no hubieran arribado a un acuerdo de renegociación integral, que permita a las Licenciatarias cumplir con la ejecución del plan de inversiones correspondiente al presente año, afrontar sus gastos de operación y mantenimiento, administración y comercialización, y dar cumplimiento a los vencimientos de las obligaciones contraídas, manteniendo la cadena de pagos, a los efectos de asegurar la continuidad de la normal prestación del servicio público a su cargo hasta tanto se establezcan los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la Revisión Tarifaria Integral. Que la referida adecuación de tarifas se adoptó como una herramienta transitoria hasta la finalización del proceso de Revisión Tarifaria Integral, la que sería tenida en consideración en dicha instancia. Que en cumplimiento de lo dispuesto en los actos mencionados, el ENARGAS aprobó los cuadros tarifarios resultantes, aplicables a partir del 1 de abril de Que en la causa Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/ amparo colectivo, con fecha 18 de agosto del corriente, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN confirmó parcialmente la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata en cuanto a la nulidad de las Resoluciones Nros. 28/2016 y 31/2016 de este Ministerio, decisión que se circunscribió al colectivo de usuarios residenciales del servicio de gas natural, manteniéndose respecto de ellos, y en la medida en que resulte más beneficiosa, la vigencia de la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario examinado.

9 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Que para así decidir, el Máximo Tribunal entendió que a los efectos de la adecuación tarifaria efectuada, aun tratándose de una revisión transitoria, resulta necesaria la celebración de audiencia pública. Que en igual sentido, respecto de los precios de gas en el PIST, consideró que, hasta el momento en que dicho precio efectivamente se determine sobre la base de la libre interacción de la oferta y la demanda, su análisis como componente tarifario debe efectuarse juntamente con la revisión de dichas tarifas, para lo cual es necesaria la celebración de audiencia pública. Que en consecuencia, resulta necesario instruir al ENARGAS a adoptar las medidas correspondientes, en cumplimiento de los criterios adoptados por el Máximo Tribunal en el fallo citado. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23 nonies de la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones. EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINERÍA RESUELVE: ARTÍCULO 1 Instrúyese al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) a que, en ejercicio de sus facultades, disponga las medidas necesarias a fin de que las prestadoras del servicio público de distribución de gas natural por redes de todo el país, apliquen a los usuarios residenciales, por los consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016, los cuadros tarifarios vigentes al 31 de marzo de Para los usuarios residenciales a los que hubiere correspondido la aplicación del régimen de Tarifa Social establecido en el Artículo 5 de la Resolución N 28 de fecha 28 de marzo de 2016 de este Ministerio, el monto final a facturar conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior no podrá resultar superior al que hubiese correspondido de aplicarse a dichos usuarios los cuadros tarifarios aprobados por las Resoluciones del ENARGAS en cumplimiento de las Resoluciones Nros. 28/2016 y 31/2016, considerando la aplicación del referido régimen de Tarifa Social. ARTÍCULO 2 Para los usuarios de la categoría Servicio General P con servicio completo (subcategorías P1, P2 y P3, y equivalentes en el servicio de distribución de propano indiluido por redes, y que incluyan el costo de adquisición de gas natural), los montos a facturar no podrán superar los límites establecidos en el Artículo 2 de la Resolución N 129 del 12 de julio de ARTÍCULO 3 Con relación a los montos no abonados (facturados o no facturados a la fecha de la presente Resolución) por los usuarios de cualquier categoría, por consumos efectuados a partir del 1 de abril de 2016, las prestadoras del servicio de distribución adoptarán las medidas necesarias para posibilitar su pago en CUATRO (4) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses ni recargos relacionados con la falta de pago; la primera de ellas, con vencimiento en el mes de septiembre de Los montos abonados por los usuarios en exceso de los valores tarifarios que resulten aplicables conforme a las disposiciones de los artículos 1 y 2 de esta Resolución, deberán acreditarse a partir de la primera facturación a emitirse con posterioridad a la presente, hasta cubrir la totalidad del monto respectivo. ARTÍCULO 4 Instrúyese al ENARGAS a que, en ejercicio de sus facultades, convoque a audiencia pública para el tratamiento de la adecuación tarifaria transitoria de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural por redes, que será aplicable hasta tanto se establezcan los cuadros tarifarios que resulten de la Revisión Tarifaria Integral. El objeto de la convocatoria incluirá la consideración de todos los componentes de los cuadros tarifarios contemplados en el Artículo 37 de la Ley N La audiencia deberá realizarse en el menor plazo posible de conformidad con los términos del Decreto N 1172 de fecha 3 de diciembre de Para el desarrollo de la audiencia pública, el ENARGAS deberá contemplar mecanismos que posibiliten la participación a distancia de los interesados, pudiendo incluir presentaciones por escrito y/o la participación virtual mediante herramientas informáticas. ARTÍCULO 5 El MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA participará de la audiencia pública a los efectos del tratamiento del componente referido a los precios del gas natural en PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) y los precios del gas propano destinados a la distribución de gas propano indiluido por redes, conforme lo determine este Ministerio. ARTÍCULO 6 Instrúyese al ENARGAS a continuar con las acciones necesarias para llevar adelante el procedimiento de Revisión Tarifaria Integral en los términos previstos en la Resolución N 129/2016 de este Ministerio. ARTÍCULO 7 Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan J. Aranguren. #F F# #I I# SECRETARÍA General INTERÉS NACIONAL Resolución E/ Congreso Argentino de Salud Integral del Adolescente. Buenos Aires, 16/08/2016 VISTO el Expediente N del Registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1517 del 23 de agosto de 1994, la Resolución S.G. Nº 459 del 21 de octubre de 1994, y Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la presentación efectuada por la Sociedad Argentina de Pediatría, por medio de la cual se solicita declarar de Interés Nacional al 9 Congreso Argentino de Salud Integral del Adolescente, que se llevará a cabo del 24 al 26 de agosto de 2016 y el 1 Congreso Argentino de Medicina Interna Pediátrica, a realizarse del 2 al 4 de noviembre de 2016, ambos en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Que la Sociedad Argentina de Pediatría es una de las instituciones científicas de mayor antigüedad en el país, congregando a los médicos pediatras y a profesionales interesados en el estudio y la atención del ser humano en su período de crecimiento y desarrollo. Que bajo el lema Adolescencia una oportunidad para todos. Compartiendo realidades, transformando saberes, en el transcurso del 9 Congreso Argentino de Salud Integral del Adolescente, se desarrollarán las 6 Jornadas de Salud y Educación. Que el 1 Congreso Argentino de Medicina Interna Pediátrica abarcará en su desarrollo a las 2 Jornadas Nacionales de Kinesiología en Medicina Interna Pediátrica, las 2 Jornadas Nacionales de Farmacia Pediátrica Hospitalaria, las 3 Jornadas Nacionales de Enfermería en Medicina Pediátrica y el 5 Encuentro Nacional de Epidemiología Pediátrica. Que la realización de estos encuentros posibilita el enriquecimiento e intercambio de opiniones y experiencias que con seguridad redundarán en beneficio de la comunidad científica, como para la sociedad en general. Que el sólido prestigio de la entidad organizadora y los antecedentes de eventos científicos y académicos realizados por la misma, así como la alta calificación y relevancia, tanto de los profesionales miembros de los Comités Organizadores, como de los disertantes del país y del extranjero invitados a participar, ameritan la solicitada declaración de interés. Que los MINISTERIOS DE SALUD y DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente. Que la Sociedad Argentina de Pediatría ha presentado la documentación requerida por la Resolución S.G. Nº 459/94, que establece los procedimientos a los que se deben ajustar los trámites de Declaraciones de Interés Nacional. Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso j) del Decreto Nº 101/85 y su modificatorio, Decreto Nº 1517/94. EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1 Declárase de Interés Nacional el 9 Congreso Argentino de Salud Integral del Adolescente, que se llevará a cabo del 24 al 26 de agosto de 2016 y el 1 Congreso Argentino de Medicina Interna Pediátrica, a realizarse del 2 al 4 de noviembre de 2016, ambos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTÍCULO 2 La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción SECRETARÍA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. ARTÍCULO 3 Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fernando de Andreis. #F F# #I I# SECRETARÍA General INTERÉS NACIONAL Resolución E/2016 XXI CILAD Buenos Aires, 16/08/2016 VISTO el Expediente N del Registro del MINISTERIO DE SALUD, el Decreto Nº 101 del 16 de enero de 1985, modificado por el Decreto Nº 1517 del 23 de agosto de 1994, la Resolución S.G. Nº 459 del 21 de octubre de 1994, y Que por el Expediente referenciado en el VISTO tramita la presentación realizada por el Colegio Ibero Latino Americano de Dermatología, a través de la cual se solicita declarar de Interés Nacional al Congreso Ibero-Latinoamericano de Dermatología - XXI CILAD 2016, que se desarrollará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los días 25 y 29 de octubre de Que la realización de estos encuentros internacionales posibilita el enriquecimiento e intercambio de opiniones y experiencias que con seguridad redundarán en beneficio de la comunidad científica, como para la sociedad en general. Que el evento contará con la presencia de invitados especiales de reconocida trayectoria internacional, estimándose una participación de CINCO MIL (5.000) profesionales de esa rama de la medicina, lo que significará un aporte más a la política trazada en el campo de la salud. Que en virtud a la importancia de las temáticas a desarrollar, la jerarquía de la entidad solicitante y la relevancia de los profesionales que asistirán al mismo, se considera procedente conceder el pronunciamiento solicitado. Que la Resolución S.G. Nº 459/94 establece los requisitos y procedimientos a los que se debe ajustar el trámite de declaraciones de Interés Nacional. Que, en este sentido, el Colegio Ibero Latino Americano de Dermatología ha presentado la documentación pertinente. Que los MINISTERIOS DE SALUD, DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO y DE TURISMO han tomado la intervención correspondiente, dictaminando favorablemente. Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso j) del Decreto Nº 101/85 y su modificatorio, Decreto Nº 1517/94. EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1 Declárase de Interés Nacional al Congreso Ibero-Latinoamericano de Dermatología - XXI CILAD 2016, que se llevará a cabo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre los días 25 y 29 de octubre de ARTÍCULO 2 La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la Jurisdicción SECRETARÍA GENERAL - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. ARTÍCULO 3 Publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Fernando de Andreis. #F F#

10 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Resoluciones Generales #I I# COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL Resolución General 15/2016 Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación. Obligatoriedad. Buenos Aires, 17/08/2016 VISTO: El Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación denominado SIRCAR aprobado por la Resolución General N 84/2002; y, Que las jurisdicciones adheridas han solicitado la incorporación de un grupo de agentes para el uso del Sistema SIRCAR. Que se han cumplido los pasos establecidos por la Resolución Interna N 3/2010 respecto a la Metodología de Incorporación de Agentes al Sistema SIRCAR. Que a través de la Resolución General N 11/2016 se ha establecido el uso de clave fiscal AFIP para el acceso al Sistema SIRCAR. Por ello: LA COMISION ARBITRAL (Convenio Multilateral del ) Resuelve: ARTÍCULO 1 Establecer a partir de las operaciones efectuadas desde el 1 de septiembre de 2016, el uso obligatorio del Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación denominado SIRCAR disponible en el sitio para los agentes que se encuentren comprendidos en el Anexo de la presente. Este listado se encontrará publicado en el sitio web de esta Comisión Arbitral apartado Agentes de Recaudación, SIRCAR Sistema de Recaudación y Control de Agentes de Recaudación. ARTÍCULO 2 En virtud de su incorporación al Sistema SIRCAR, los agentes deberán efectuar la presentación de las declaraciones juradas determinativas y el pago en sede única de las retenciones y percepciones practicadas a partir de las operaciones realizadas desde la fecha mencionada en el artículo anterior, conforme a los regímenes establecidos por las jurisdicciones adheridas al Sistema y en las cuales revistan el carácter de agentes. ARTÍCULO 3 Para el acceso al Sistema SIRCAR, utilizarán para su identificación e ingreso la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Para operar por primera vez, deberá efectivizarse en la Opción Administrador de Relaciones de Clave Fiscal del sitio de AFIP, la incorporación de una nueva relación en el servicio Comisión Arbitral - SIRCAR. ARTÍCULO 4 El instructivo de uso, diseño de registro, y toda otra documentación necesaria estará disponible ingresando al Sistema SIRCAR, menú Información. ARTÍCULO 5 Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las Jurisdicciones adheridas y archívese. Roberto Arias. Mario Salinardi. ANEXO CUIT RAZON SOCIAL MEDANITO S.A PETROLERA ENTRE LOMAS S.A KALCIYAN TECNOLOGIA DEL VIDRIO S.A MILKLAND SA SANTA SYLVINA SA CAMPO AUSTRAL SA. #I I# INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA Resolución General 12/2016 Modificación. Resolución N 619/2016. #F F# Buenos Aires, 17/08/2016 VISTO el Expediente N S04: /2016 del registro del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, las Resoluciones ex M.J. N 729 del 8 de octubre de 1998, ex M.J.S. y D.H. N 3 del 5 de enero de 2009 y M.J. y D.H. N 2794 del 19 de diciembre de 2012, y 120 del 28 de enero de 2015 y modificatorias, y la Resolución General IGJ N 2 del 11 de marzo de 2009 y, Que por Resolución General I.G.J. N 2/2009 se aprobó la modalidad de formularios digitales para los trámites a realizar ante este organismo, a los que se tiene acceso a través del sitio web oficial de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA ( Que por Resolución del ex M.J.S. y D.H. N 3/2009 se creó el denominado módulo IGJ para fijar el valor de los formularios utilizados ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA. Que por Resolución M.J. y D.H. N 2794/2012 se sustituyó el Anexo I de la Resolución del entonces M.J.S. y D.H. N 3/2009. Que por Resolución M.J. y D.H. N 120/2015 se sustituyó el artículo 2 de la Resolución del ex M.J.S. y D.H. N 3/2009. Que con fecha 8 de agosto de 2016 se dictó la Resolución M.J. y D.H. N E/2016, a través de la cual se modificó el valor del módulo IGJ. Que conforme a dicha Resolución M.J. y D.H. N E/2016, la misma entrará en vigencia en la fecha que determine la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA. Que los importes de los formularios digitales abonados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución M.J. y D.H. N E/2016 serán reconocidos, por lo que corresponde establecer los recaudos para que la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA lleve a cabo dicha labor. Que la presente se dicta de conformidad a lo establecido en el artículo 2 de la Resolución M.J. y D.H. N E/2016 y en uso de las facultades otorgadas por los artículos 21 y 22 de la Ley N EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA RESUELVE: ARTÍCULO 1 La Resolución M.J. y D.H. N E/2016 entrará en vigencia a partir del día 5 de septiembre de ARTÍCULO 2 Los formularios establecidos en la Resolución M.J. y D.H. N 2794/2012, no abonados con anterioridad al 5 de septiembre de 2016, perderán su validez a partir de la vigencia de la Resolución M.J. y D.H. N E/2016. ARTÍCULO 3 Los formularios establecidos en la Resolución M.J. y D.H. N 2794/2012 abonados con anterioridad al 5 de septiembre de 2016 deberán ser adecuados al nuevo valor de módulo. Para ello se deberán presentar ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, hasta el 1 de noviembre de 2016 inclusive, los formularios digitales abonados con sus comprobantes de pago, conjuntamente con el formulario digital emitido con posterioridad al 5 de septiembre de 2016; todo ello al sólo efecto de que sea reimputado el importe abonado. Dicha presentación deberá efectuarse en las cajas de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, sitas en la Av. Paseo Colón 285, C.A.B.A., en su horario de atención. ARTÍCULO 4 Regístrese como Resolución General, comuníquese, publíquese, dése a la DI- RECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Sergio Brodsky. #F F# Resoluciones Conjuntas #I I# SECRETARÍA de FINANZAS y SECRETARÍA de HACIENDA DEUDA PÚBLICA Resolución Conjunta 8 - E/2016 Dispónese la emisión de una (1) Letra del Tesoro en Pesos. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente Nº S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FI- NANZAS PÚBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº y sus modificaciones, la Ley Nº de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto Nº de fecha 4 de octubre de 2007 y la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRE- TARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº y sus modificaciones reguló en su Título III el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el Artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica. Que la Ley Nº de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 en su Artículo 34 autoriza, de conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida planilla, y autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central. Que por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº de fecha 4 de octubre de 2007 se establece que las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la SECRETARÍA DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. Que en el marco de la programación financiera para el presente ejercicio se ha acordado con las autoridades del FONDO FIDUCIARIO DEL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (FFSIT) la suscripción de DOS (2) Letras del Tesoro en Pesos. Que la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINAN- CIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa al Artículo 34 de la Ley Nº Que por el Artículo 2º de la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se aprobó un texto ordenado de las normas de procedimiento para la colocación y liquidación de los títulos de la deuda pública a realizarse en el mercado local. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 34 de la Ley Nº y el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.344/07.

11 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº EL SECRETARIO DE FINANZAS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA RESUELVEN: ARTÍCULO 1º Dispónese la emisión de UNA (1) Letra del Tesoro en Pesos a ser suscripta por el FONDO FIDUCIARIO DEL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (FFSIT), con vencimiento el día 17 de febrero de 2017, por un monto de PESOS VALOR NOMINAL CUATRO- CIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ V.N ), de acuerdo con las siguientes características: Fecha de emisión: 19 de agosto de Forma de colocación: suscripción directa, en el marco de lo establecido en las normas de procedimiento aprobadas por el Artículo 2º de la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. Moneda de suscripción y pago: Pesos Plazo: CIENTO OCHENTA Y DOS (182) días. Intereses: devengará intereses a la tasa BADLAR promedio bancos públicos, la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de TREINTA (30) a TREINTA Y CINCO (35) días de más de PESOS UN MILLÓN ($ ), calculado considerando las tasas publicadas durante el trimestre por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.) desde DIEZ (10) días hábiles antes del inicio del período de interés hasta DIEZ (10) días hábiles antes del vencimiento o de precancelación, de corresponder, y se calcularán sobre la base de los días efectivamente transcurridos y UN (1) año de TRESCIEN- TOS SESENTA Y CINCO (365) días, los que serán pagaderos trimestralmente el 18 de noviembre de 2016 y el 17 de febrero de Si la fecha de vencimiento no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de efectivo pago. Amortización: íntegra al vencimiento. Opción de precancelación: El suscriptor podrá disponer la cancelación anticipada de la Letra del Tesoro en forma total o parcial a partir del 19 de septiembre de Para el ejercicio de esta opción se deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SUBSECRE- TARÍA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS con una anticipación de QUINCE (15) días corridos. Titularidad: se emitirá un certificado que será depositado en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLI- CA ARGENTINA (B.C.R.A.). Negociación: la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales. Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.) mediante transferencias de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de la cuenta de registro en dicha Institución. ARTÍCULO 2º Dispónese la emisión de UNA (1) Letra del Tesoro en Pesos a ser suscripta por el FONDO FIDUCIARIO DEL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (FFSIT), con vencimiento el día 27 de febrero de 2017, por un monto de PESOS VALOR NOMINAL OCHO- CIENTOS MILLONES ($ V.N ), de acuerdo con las siguientes características: Fecha de emisión: 29 de agosto de Forma de colocación: suscripción directa, en el marco de lo establecido en las normas de procedimiento aprobadas por el Artículo 2º de la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. Moneda de suscripción y pago: Pesos Plazo: CIENTO OCHENTA Y DOS (182) días. Intereses: devengará intereses a la tasa BADLAR promedio bancos públicos, la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de TREINTA (30) a TREINTA Y CINCO (35) días de más de PESOS UN MILLÓN ($ ), calculado considerando las tasas publicadas durante el trimestre por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.) desde DIEZ (10) días hábiles antes del inicio del período de interés hasta DIEZ (10) días hábiles antes del vencimiento o de precancelación, de corresponder, y se calcularán sobre la base de los días efectivamente transcurridos y UN (1) año de TRESCIEN- TOS SESENTA Y CINCO (365) días, los que serán pagaderos trimestralmente el 29 de noviembre de 2016 y el 27 de febrero de Si la fecha de vencimiento no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de efectivo pago. Amortización: íntegra al vencimiento. Opción de precancelación: El suscriptor podrá disponer la cancelación anticipada de la Letra del Tesoro en forma total o parcial a partir del 28 de septiembre de Para el ejercicio de esta opción se deberá dar aviso en forma fehaciente a la Dirección de Administración de la Deuda Pública dependiente de la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SUBSECRE- TARÍA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS con una anticipación de QUINCE (15) días corridos. Titularidad: se emitirá un certificado que será depositado en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLI- CA ARGENTINA (B.C.R.A.). Negociación: la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales. Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.) mediante transferencias de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de la cuenta de registro en dicha Institución. ARTÍCULO 3º Autorízase al Secretario de Finanzas, o al Subsecretario de Financiamiento, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público o al Director de Administración de la Deuda Pública o al Director de Financiación Externa o al Coordinador de la Unidad de Registro de la Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para la implementación de las emisiones dispuestas por los Artículos 1º y 2º de la presente medida. ARTÍCULO 4º Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis A. Caputo. Gustavo A. Marconato. #F F# #I I# SECRETARÍA de FINANZAS y SECRETARÍA de HACIENDA DEUDA PÚBLICA Resolución Conjunta 9 - E/2016 Dispónese la emisión de una (1) Letra del Tesoro en Pesos. Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente Nº S01: /2016 del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FI- NANZAS PÚBLICAS, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº y sus modificaciones, la Ley Nº de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto Nº de fecha 4 de octubre de 2007 y la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRE- TARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº y sus modificaciones reguló en su Título III el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el Artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica. Que la Ley Nº de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 en su Artículo 34 autoriza, de conformidad con lo dispuesto por el artículo citado en el considerando anterior, a los entes que se mencionan en la Planilla Anexa al mismo, a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la referida planilla, y autoriza al Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración Financiera del Sector Público Nacional a realizar las operaciones de crédito público correspondientes a la Administración Central. Que por el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº de fecha 4 de octubre de 2007 se establece que las funciones de Órgano Responsable de la Coordinación de los Sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la SECRETARÍA DE HACIENDA y la SECRETARÍA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. Que en el marco de la programación financiera para el presente ejercicio se ha acordado con las autoridades de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) la suscripción de UNA (1) Letra del Tesoro en Pesos. Que la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FINAN- CIAMIENTO de la SECRETARÍA DE FINANZAS del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha informado que esta operación se encuentra dentro de los límites establecidos en la Planilla Anexa al Artículo 34 de la Ley Nº Que por el Artículo 2º de la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, se aprobó un texto ordenado de las normas de procedimiento para la colocación y liquidación de los títulos de la deuda pública a realizarse en el mercado local. Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 34 de la Ley Nº y el Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.344/07. EL SECRETARIO DE FINANZAS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA RESUELVEN: ARTÍCULO 1º Dispónese la emisión de UNA (1) Letra del Tesoro en Pesos a ser suscripta por la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT), con vencimiento el día 18 de agosto de 2017, por un monto de PESOS VALOR NOMINAL OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO NOVENTA Y DOS MIL VEINTISIETE ($ V.N ), de acuerdo con las siguientes características: Fecha de emisión: 19 de agosto de Forma de colocación: suscripción directa, en el marco de lo establecido en las normas de procedimiento aprobadas por el Artículo 2º de la Resolución Conjunta Nº 31 de la SECRETARÍA DE HACIENDA y Nº 10 de la SECRETARÍA DE FINANZAS de fecha 25 de marzo de 2015, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS. Moneda de suscripción y pago: Pesos Plazo: TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO (364) días. Intereses: devengará intereses a la tasa BADLAR promedio bancos privados, la que se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de PESOS UN MILLÓN ($ ), calculado considerando las tasas publicadas durante el trimestre por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA desde DIEZ (10) días hábiles antes del inicio de cada cupón hasta DIEZ (10) días hábiles antes del vencimiento del mismo, y se calcularán sobre la base de los días efectivamente transcurridos y UN (1) año de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días, los que serán pagaderos trimestralmente el 18 de noviembre de 2016, el 17 de febrero de 2017, el 19 de mayo de 2017 y el 18 de agosto de Si la fecha de vencimiento no fuere un día hábil, la fecha de pago será el día hábil inmediato posterior a la fecha de vencimiento original, devengándose intereses hasta la fecha de efectivo pago. Amortización: íntegra al vencimiento. Titularidad: se emitirá un certificado que será depositado en la Central de Registro y Liquidación de Pasivos Públicos y Fideicomisos Financieros (CRYL) del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLI- CA ARGENTINA (B.C.R.A.).

12 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Negociación: la Letra del Tesoro será intransferible y no tendrá cotización en los mercados de valores locales e internacionales. Atención de los servicios financieros: los pagos se cursarán a través del BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (B.C.R.A.) mediante transferencias de fondos en la cuenta de efectivo que posea el titular de la cuenta de registro en dicha Institución. ARTÍCULO 2º Autorízase al Secretario de Finanzas, o al Subsecretario de Financiamiento, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público o al Director de Administración de la Deuda Pública o al Director de Financiación Externa o al Coordinador de la Unidad de Registro de la Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para la implementación de la emisión dispuesta por el Artículo 1º de la presente medida. ARTÍCULO 3º Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Luis A. Caputo. Gustavo A. Marconato. #F F# Disposiciones #I I# TESORERÍA GENERAL de la NACIÓN DEUDA PÚBLICA Disposición 27 - E/2016 Letras del Tesoro. Emisión. Ampliación. Buenos Aires, 17/08/2016 VISTO la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N y sus modificaciones, la Ley N de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto Nº de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificaciones, la Disposición N 9 de fecha 3 de mayo de 2016 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, y Que el Artículo 82 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N faculta a la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, a emitir instrumentos financieros denominados Letras del Tesoro para cubrir deficiencias estacionales de caja hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional. Que el Artículo 82 del Anexo al Decreto Nº de fecha 4 de octubre de 2007 fija las pautas que deberán observarse para la emisión y colocación de las Letras del Tesoro. Que en el marco del programa financiero del presente ejercicio se considera conveniente proceder a la ampliación y llamado a Licitación Pública de las Letras del Tesoro con vencimiento 7 de Noviembre de 2016, originalmente emitidas por el Artículo 2 de la Disposición N 9 de fecha 3 de mayo de 2016 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, Que la emisión que se dispone está contenida dentro del límite que al respecto establece el Artículo 36 de la Ley N de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Que se ha dado cumplimiento a los procedimientos que rigen la emisión y colocación de las precitadas Letras. Que asimismo, se ha previsto que los gastos que irrogue la emisión y colocación de estos instrumentos, como así también los intereses que devenguen deberán ser imputados a los créditos previstos en la Jurisdicción 90 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA. Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por el Artículo 82 de la Ley N , su reglamentación y sus respectivas modificaciones. EL TESORERO GENERAL DE LA NACIÓN DISPONE: ARTÍCULO 1 Amplíase, con fecha 22 de Agosto de 2016, la emisión de las Letras del Tesoro en dólares estadounidenses con vencimiento 7 de Noviembre de 2016, originalmente emitidas por el Artículo 2 de la Disposición N 9 de fecha 3 de mayo de 2016 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS. El monto de la ampliación será por un importe de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VALOR NOMINAL TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES (U$S VN ), las que tendrán las mismas condiciones financieras previstas en el Artículo 3 de la citada disposición, con las siguientes características de colocación: MODALIDAD: Licitación pública por adhesión. MONEDA DE SUSCRIPCIÓN: Para el caso que la moneda de suscripción sea pesos, se utilizará el tipo de cambio de referencia de la Comunicación A 3500 BCRA correspondiente al día 17 de Agosto de PRECIO DE SUSCRIPCIÓN C/VN U$S 1.000: DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 71/100 (U$S 993,71). ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge H. Domper. #F F#

13 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Avisos Oficiales #I I# ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Resolución 3953/2016 NUEVOS Buenos Aires, 18/08/2016 VISTO el Expediente N del Registro del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, y Que el día 18 de agosto de 2016, la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió en los autos CENTRO DE ESTUDIOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y LA SOLIDARIDAD Y OTROS C/ MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA S/ AMPARO COLECTIVO, confirmando parcialmente la sentencia apelada en tanto declaraba la nulidad de las Resoluciones MINEM N 28/16 y N 31/16, respecto de las tarifas aplicables a los usuarios residenciales. Que para así decidir, tuvo en cuenta la necesidad de la existencia de procedimientos de participación previa para la toma de decisiones en materia tarifaria. Que la Resolución MINEM N 28/16 estableció nuevos precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), los que se vieron reflejados en los cuadros tarifarios emitidos por esta Autoridad Regulatoria. Que la Resolución MINEM N 31/16 instruyó al ENARGAS a que aprobara un ajuste transitorio de las tarifas de transporte y distribución sobre la base de la situación económica-financiera de las licenciatarias de transporte y distribución y las obligaciones asumidas, determinando, además, un plan de inversiones obligatorias. Que el Artículo 37 de la Ley N establece los componentes de la tarifa de gas, a saber: precio de gas en el punto de ingreso al sistema de transporte, tarifa de transporte y tarifa de distribución. Que el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, en el marco de las actuaciones obrantes en el Expediente N EX APN-DDYME#MEM, ha instruido a esta Autoridad Regulatoria a convocar una Audiencia Pública para el tratamiento de la adecuación tarifaria transitoria de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural por redes, que será aplicable hasta tanto se establezcan los cuadros tarifarios que resulten de la Revisión Tarifaria Integral. Que, además, el objeto de la convocatoria incluirá la consideración de todos los componentes de los cuadros tarifarios contemplados en el Artículo 37 de la Ley N Que atento la sentencia de la Corte antes referida y lo dispuesto por el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, corresponde convocar a una Audiencia Pública, a fin de considerar el traslado a tarifa de los Precios de gas en el PIST, así como los cuadros tarifarios transitorios de transporte y distribución hasta que se aprueben las tarifas resultantes de la Revisión Tarifaria Integral (RTI). Que, por lo expuesto, deberán considerarse en tal instancia de participación, todos los componentes tarifarios previstos en el Artículo 37 de la Ley N Que el procedimiento de Audiencia Pública debe regirse por lo dispuesto en la Resolución ENARGAS N 3158/2005, la que recoge los preceptos del Decreto N 1172/2003, dictada conforme las previsiones del Artículo 52 inciso I) de la Ley N Que tal convocatoria, en tanto habilita la participación ciudadana, debe asegurar la intervención de todos los eventuales interesados, ya sean portadores de un derecho subjetivo, un mero interés simple o derechos de incidencia colectiva. Que para un mejor conocimiento de las cuestiones que hacen al objeto de la audiencia, el MI- NISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA ha dispuesto su participación a los efectos del tratamiento del componente referido a los precios del gas natural en PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) y los precios del Gas Propano destinados a la distribución de Gas Propano Indiluido por redes. Que deberán cumplirse las previsiones en materia de publicación de la presente convocatoria, a través de su difusión en diarios de circulación nacional, Boletín Oficial y página web del Organismo, asegurándose su debida difusión conforme lo dispuesto en la Resolución ENARGAS N 3158/2005. Que corresponde determinar la conformación del área a cargo de la implementación, coordinación y organización de la Audiencia Pública, para lo cual resulta conveniente contar con el trabajo conjunto de las Gerencias de Desempeño y Economía, Recursos Humanos y Relaciones Institucionales, de Asuntos Legales y la Secretaría del Directorio, cuyos responsables serán designados por cada uno de los titulares de las citadas unidades organizativas. Que la Gerencia de Asuntos Legales, en su carácter de servicio de asesoramiento jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete. Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto conforme lo dispuesto en el Artículo 52 inciso f) de la Ley N , en los Numerales y de las RBLD, lo dispuesto en los acuerdos de renegociación de las licencias en el marco de la Ley N , Decretos N 571/07; 1646/07; 953/08; 2138/08; 616/09; 1874/09; 1038/10; 1688/10; 692/11; 262/12; 946/12; 2686/12; 1524/13; 222/14; 2704/14; 1392/15; 164/16; 287/16 y 844/16. EL SUBINTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS RESUELVE: ARTÍCULO 1 CONVOCAR a Audiencia Pública a fin de considerar: a) el traslado a tarifas de los precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte y b) las tarifas transitorias de transporte y distribución, que estarán vigentes hasta la aprobación definitiva de los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral. ARTÍCULO 2 Podrán participar en la audiencia pública toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho subjetivo, interés simple o derecho de incidencia colectiva, conforme los requisitos previstos en el procedimiento de audiencia pública dispuestos en la Resolución ENARGAS N 3158/2005. ARTÍCULO 3 La audiencia se llevará a cabo el día lunes 12 de septiembre de 2016 a las 9:00 horas en la Usina del Arte, sita en Agustín Caffarena 1, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTÍCULO 4 El Expediente ENARGAS N se encuentra a disposición de los interesados en la Sede Central del ENARGAS sita en Suipacha 636, de lunes a viernes de 10 a 17 hs. ARTÍCULO 5 A los fines de la inscripción de los interesados en participar de la Audiencia Pública, así como de la presentación de documentación relativa a su objeto, deberán presentarse en la Mesa de Entradas del ENARGAS, sita en el Subsuelo de la Sede Central del Organismo, de lunes a viernes de 10 a 17 hs, acompañando el informe previsto en el Inciso b) del Artículo 2 del Procedimiento de Audiencia Pública aprobado por la Resolución ENARGAS N 3158/2005. ARTÍCULO 6 El plazo para la inscripción en el Registro de Participantes se extenderá hasta dos (2) días antes de la celebración de la Audiencia Pública. ARTÍCULO 7 La implementación, coordinación y organización de la Audiencia Pública estará a cargo de las Gerencias de Desempeño y Economía, Recursos Humanos y Relaciones Institucionales, de Asuntos Legales y la Secretaría del Directorio, las que requerirán la participación de las restantes unidades organizativas del ENARGAS. ARTÍCULO 8 El desarrollo de la Audiencia Pública convocada en el presente acto se regirá por lo dispuesto en el Procedimiento de Audiencia Pública, aprobado por la Resolución ENAR- GAS N 3158/2005. ARTÍCULO 9 Instruir al Departamento de Tecnología de la Información de este Organismo a habilitar una herramienta informática para facilitar la participación virtual de los usuarios e interesados en las materias objeto de la Audiencia Pública, debiendo las presentaciones realizadas por este medio ser debidamente consideradas en oportunidad del informe de cierre previsto en el Artículo 21 del Procedimiento de Audiencia Pública. La participación de los interesados por esta vía se extenderá hasta el día y hora de finalización de la Audiencia Pública. ARTÍCULO 10. Publicar la presente convocatoria, a través del Aviso que se aprueba como Anexo I de la presente Resolución, en el Boletín Oficial por dos días, en dos (2) diarios de gran circulación y en el sitio web del ENARGAS. ARTÍCULO 11. Registrar, publicar, dar a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivar. Ing. DANIEL ALBERTO PERRONE, Subinterventor, Ente Nacional Regulador del Gas. ANEXO I CONVOCATORIA A AUDIENCIA PÚBLICA El ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS convoca a todos los interesados a participar en la Audiencia Pública a fin de considerar: OBJETO: a) el traslado a tarifas de los precios de gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte y b) las tarifas transitorias de transporte y distribución, vigentes hasta la aprobación de los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral. LUGAR Y FECHA: La audiencia se llevará a cabo el día LUNES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2016 a las 9:00 horas en La Usina del Arte sito en Agustín Caffarena 1 esquina Av. Pedro de Mendoza, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El Expediente ENARGAS N se encuentra a disposición de los interesados en la Sede Central del ENARGAS sita en Suipacha 636, de lunes a viernes de 10 a 17 hs. INSCRIP- CIÓN: A los fines de la inscripción de los interesados en participar de la Audiencia, así como de la presentación de documentación relativa a su objeto, deberán presentarse en la Mesa de Entradas del ENARGAS, sita en el Subsuelo de la Sede Central del Organismo, de lunes a viernes de 10 a 17 hs, acompañando el informe previsto en el Inciso b) del Artículo 2 del Procedimiento de Audiencia Pública aprobado por la Resolución ENARGAS N 3158/2005. El plazo para la inscripción en el Registro de Participantes se extenderá hasta dos días antes de la celebración de la audiencia. CIERRE Y RESOLUCIÓN FINAL: El informe de cierre se encontrará disponible a partir de los diez días de finalizada la Audiencia y la resolución final será dictada dentro de los 30 días de recibido el informe de cierre. Se encuentra habilitada una instancia de participación en la materia objeto de la audiencia en donde los interesados podrán formular sus consideraciones en forma virtual hasta la finalización de la Audiencia. #I I# REGISTRO NACIONAL DE ARMAS Armas de Fuego. e. 19/08/2016 N 59532/16 v. 22/08/2016 #F F# En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH Nº 373/13, se detalla a continuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cualquier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes: SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI ABBOUD IGNACIO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI ABOLI CRISTIAN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ABT MARCOS SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ABT MARCOS SEBASTIAN sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI ABT MARCOS SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI ACEVEDO ABEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ACEVEDO RAMIRO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ACEVEDO VICTOR MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ACHAR ROQUE sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI ACOSTA CESAR EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ACOSTA RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ACOSTA RUBEN ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ADAMO MARIO DANIEL sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI ADORNO ABELARDO ELPIDIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG

14 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI AGATIELLO FRANCO ELOY sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI AGOSTINI HECTOR ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI AGUERO CARLOS GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AGUERO ROBERTO WALTER sobre SUBFUSIL calibre.22 PLG DNI AGUERRE JULIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI AGUILAR CESAR EDUARDO sobre FUSIL calibre PLG DNI AGUSTIN FERNANDO ANGEL C. sobre REVOLVER calibre.45 PLG DNI ALAMOS SERGIO ANDRES sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ALARCON GUSTAVO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ALARCON JORGE SANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ALASIA EMANUEL CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ALBARRACIN SEBASTIAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALBORNOS MILTON RENE sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ALCARAZ PEDRO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALCARAZ ROBERTO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ALDERETE DIEGO ANTONIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ALDERETE PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ALGARBE OMAR JAVIER sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI ALI TAKCH HUGO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALISANDRO VAZQUEZ ALEX FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALLOA CASALE JAVIER IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALONSO FEDERICO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ALONSO SERGIO OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ALVAREZ FRANCO ANGEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ALVAREZ JAIME IGNACIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ALVAREZ MANUEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ALVAREZ MARCELO ARMANDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ALVAREZ MAXIMILIANO MARTIN sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ALZOGARAY GERARDO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI AMADEO HUGO MARCELO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI AMANN CIBIRIAIN ALAN EMILIO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI AMARI JORGE ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI AMBROSONI FEDERICO GONZALO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI AMONDARAIN EMMANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ANASTASI GIMENEZ JOSE JONATHAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ANASTOPULOS LUCAS EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ANDIARENA RAUL EDUARDO sobre CARABINA calibre PLG DNI ANDRADA JOSE RUBEN sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI ANDREONE VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI AÑON SERGIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI ANTILLANCA FABIAN ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI APEZTEGUIA EDUARDO OMAR sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI APISA AVILA MAURICIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI APOLONIA MARCELO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI APOSTOLICO ALEJANDRO JAVIER sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI AQUINO RUBEN DARIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI ARAMENDI OSCAR FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ARANCIBIA JONATHAN EMANUEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ARAYA CRISTIAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ARESE FERNANDO ARIEL sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI ARIAS ALBERTO SANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ARIAS CRISTHIAN HERNAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ARIAS RUBEN OSCAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ARNAUD JORGE GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI ARREDONDO GALVEZ OSCAR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ARREDONDO GALVEZ OSCAR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI ARRIETA JUAN DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI ARRIOLA EMILIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ARZUAGA JORGE ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ASCHIERI SASIA OSCAR DARIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI ASTIZ MARCELO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre.45 PLG DNI AUDISIO MATIAS DAVID sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI AVALOS BERNARDO FABIO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI AVALOS BERNARDO FABIO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI AVALOS BERNARDO FABIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI AVALOS RAMIREZ JOSE MANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI AVILA FERMIN ANTONIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI AVILA GUSTAVO GASTON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI AYALA FACUNDO IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BADA VAZQUEZ VIDAL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BADARACCO SANTIAGO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI BADILLA ACOSTA SILAS ABNER sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI BAHL GABRIEL DAMIAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BAIGORRIA MAURICIO DANIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI BAILI BALDO JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BAINOTTI MARCOS GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI BALBI ERNESTO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARA RENE ELPIDIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BARAZZUTTI JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARBA EZEQUIEL DARIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BARBERIS GUSTAVO DAVID sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI BARCALA SERGIO ANDRES sobre PISTOLA calibre.45 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI BAREIRO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BARRAGAN PERA HERNAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI BARRIENTOS MAURO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARRIONUEVO MARCO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BARROS DAVID EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BARTHABURU MARIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BARUZZO LUIS ERNESTO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI BARZOLA LEANDRO GASTON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BASLA DAMIAN TOMAS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BASSI CHRISTIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BASUALDO CLAUDIO ABEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BAUTISTA MARCELO OSCAR sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI BAUZA FRANCISCO JAVIER sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI BAZAN FACUNDO EMILIANO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI BAZAN FACUNDO EMILIANO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BEDUYETTI SAMBRO COPPA PABLO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI BEIS HERNAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI BELIZ MARCOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BELTRAMO CALCAGNI JORGE OMAR sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI BENAVIDEZ DARDO LEON sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BENEDETTI ALBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BENEYTO JUAN FACUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BENITEZ GERARDO DANIEL sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI BENITEZ OSCAR EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BENITEZ PABLO ADRIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BENITEZ RAFAEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BENITEZ SERGIO ANASTACIO sobre FUSIL calibre.243 PLG DNI BENITO FEDERICO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BERARDO BRUNO FRANCO sobre CARABINA calibre PLG DNI BERASATEGUI ILUNDAYN MARTIN L. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BERGAMESCHINO SERGIO MARCOS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI BERTINO JAVIER HORACIO sobre CARABINA calibre PLG DNI BIAGIOLI DIEGO HERNAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BIANCHI MARIANO sobre ARMA LARGA COMB. calibre.270 PLG DNI BIANCO EMMANUEL IVAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI BIEGLER ALEJANDRO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BIONDI MARIO sobre FUSIL calibre PLG DNI BLANCO MARCELO PEDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BLANCO MARCELO PEDRO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI BLANCO MARCELO PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BLUMBERG RICARDO LEON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BO SEBASTIAN ADELMO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BOAROTTO RAUL IGNACIO sobre FUSIL calibre.22 PLG LE BOCOY PABLO ALBERTO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BOICHUK SERGIO HERNAN sobre CARABINA calibre.303 PLG DNI BOIKO EDGAR MARCELO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BONADEO OSCAR ALEJANDRO sobre CARABINA calibre PLG DNI BONAVETTI LEONEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI BONDI JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BONERA SEBASTIAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI BORAGNO DIEGO EMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BORDON LUIS JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BORGORATTI FRANCISCO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BOSIO GUILLERMO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI BOTASSO MAURO RAUL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BOVIER ALBERTO HERMINIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI BOYERO JACINTO FERNANDO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BRACCIALE JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRACCO FABIAN HUMBERTO sobre FUSIL calibre.375 PLG DNI BRAHIM HUGO ADRIAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI BRAHIM HUGO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRANDALESSI ARIEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BRAUN AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BRESSAN ABEL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BRESSAN LEONARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRESSAN MARIO ALFREDO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BREST JUAN TEODORO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRITO JOSE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BRITO VIRGINIO BELINDO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI BROKMAN LIONEL DARIO sobre FUSIL calibre.270 PLG DNI BROUARD URIBURU MARIANO JOAQUIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BRUGNONI CASTELLANO DARIO A. sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI BRUNOLDI ALBINO MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BRUSEGHINI EUGENIO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BUCHMANN CARLOS ENRIQUE sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI BURCHER LEANDRO IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BURGI LEANDRO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BURGOS SANTIAGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BURUCUA MATIAS GERARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI BUSADA FACUNDO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI BUSTOS HUMBERTO JAVIER sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI BUTTI MARIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

15 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI BUTTO RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CABAÑAS STELLA MARIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CABRERA ALFREDO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI CABRERA AMILCAR HORACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI CACCAVALLO DIEGO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CACERES NICOLAS JESUS sobre CARABINA calibre PLG DNI CACERES PEDRO RAMON sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI CACERES VILMA sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI CADENA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CADONA ANGEL DANIEL sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI CAJEAO PABLO MANUEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CALDEROLI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CALDERON ALAIMO NICOLAS M. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CALDIRONI MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CALICCHIO ROBERTO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CALIVA DOMINGO FERMIN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CAMPI JOSE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CAMPOS ALEJANDRO RIDER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CAMUFFO ADRIANO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CANTERO HUGO ALBERTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI CAPPI FERNANDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CAPUANO SEBASTIAN OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CAPUTO OSCAR ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CARABALLO GUSTAVO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CARATU LUIS EDUARDO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CARBALLO JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CARBONE ROLANDO DIEGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI CARBONE ROLANDO DIEGO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI CARBONETTI HEBER ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CARCOVA RICARDO ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CARCOVA RICARDO ALBERTO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI CARL PABLO FEDERICO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CARPANELLI MARCOS JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CARRANZA ANGEL GABRIEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI CARRANZA CARLOS EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CARRANZA CUEVAS ALEXIS FABIO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI CASALBONI CARLOS SERGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CASAS ARNALDO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CASCO MAURO RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CASTALDO ORLANDO JOSE sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CASTILLO DENIS MARTIN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI CASTILLO EDGARDO MARINO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CASTRO JORGE ANDRES sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CASTRO RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CASTRO RODRIGO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI CATANIA JORGE ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CATANZARO SALVADOR VICENTE sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CATARDI RICARDO CRISTIAN JAVIER sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI CATONI JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CATTANEO GUALBERTO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CAVALLERO GUILLERMO DAVID sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CEBALLOS CRISTIAN OTILIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI CEJAS GRACIELA ELIZABETH sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CEJAS MARIO AGUSTIN sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI CELLENZA JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI CEPEDA FEDERICO ADRIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CEPEDA IGNACIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CERVERA FACUNDO sobre FUSIL calibre.338 PLG DNI CESA RICARDO DANIEL sobre FUSIL calibre PLG DNI CESAL MARCELO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI CHASCO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CHATELLENAZ PABLO ANTONIO sobre CARABINA calibre PLG DNI CHAVARRIA JULIAN DIEGO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CHAVES JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM LE CHESA LUIS AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CHIABRANDO LEANDRO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CHIAPPERO CHRISTIAN FABIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI CHIARELLO GASTON EDUARDO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI CHRISTIANSEN RAMIRO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CICHINELLI NESTOR ALFREDO sobre CARABINA calibre PLG DNI CIMINO MARCELO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CIOTTI NESTOR ALFREDO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CISNEROS JOAQUIN RAMIRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CISNEROS PEDRO VICTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CLEMENTI MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI CLERICO SANTIAGO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI COCA DANIEL GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI COLARTE PEDRO ALEJANDRO FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI COLARTE PEDRO ALEJANDRO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI COLAZO LUCAS SIMON sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI COLIHUINCA EVARISTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI COLL EDUARDO MARIO sobre CARABINA calibre.223 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI COLMAN JUAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI COLMAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI COLOMBO GABRIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI COLOMO MARCOS AUGUSTO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI CONDORI MARTINIANO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CONSOLI ALDO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CONTRERAS CLAUDIO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CONTRERAS RAMON ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CONTRERAS VICTOR HUGO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI COPA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI COPIS ALEJANDRO YAMIL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CORBALAN MIGUEL FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CORNEJO GREGORIO NERI sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CORNEJO RODRIGO MAURO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CORONEL RICARDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CORONEL ROBERTO EDUARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI CORRADO ARTERO ESTEBAN AUGUSTO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI CORREA RICARDO FABIAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI CORREA RODRIGUEZ PABLO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CORTES FABIAN PATRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CORTI HUGO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CORTI HUGO RAUL sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI CORZO JOSE ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI COSTANSI NESTOR DARIO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI COZZI SEBASTIAN MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CRETTON MANUEL EMILIANO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CRIADO CARLOS MARTIN sobre CARABINA calibre PLG DNI CRISTALDO RENE ITO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI CRUDO MARCELO FABIAN sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI CRUZ JOSE ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CUCCHIETTI ALDO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CUEZZO JUAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CUEZZO RAUL ORLANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CUFFIA MARCELO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI CUNEO FRANCISCO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI CUSUMANO EZEQUIEL MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI CUZ JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI D'AMARIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI D'ANGELO AGUILERA JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI D'URBANO FRANCISCO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI D'UVA GUSTAVO EMILIO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI DAMOLI PEDERCINI FABRIZIO STEFANO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DANERI RAUL HERNAN sobre CARABINA calibre PLG DNI DAVILA ADRIAN SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI DAVILA WALTER ENRIQUE sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI DE BARRENECHEA ROBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DE CASTRO MARCOS MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DE DOMINGO DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DE GIACOMI ALFREDO RICARDO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI DE GIACOMI ALFREDO RICARDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI DE IACOVO JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DE LA CUADRA SERGIO VICTOR sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI DE LA TORRE CARLOS GABRIEL sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI DE LOS RIOS MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DE MINGO DAVID sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI DE SANTIBAÑES EDUARDO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI DE TURRIS FRANCO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI DEGANUTTI MARCELO SERGIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI DEHEZA ROSA LILIANA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI DEL AGUILA LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DEL NEGRO MARTIN LORENZO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DEL RIO JORGE LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DELGADO ENRIQUE MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DELGADO NICOLAS DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DELLERBA DAMIAN ALEXIS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI DELLERBA GERMAN ELIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DELUCA ALFREDO RAMON sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI DEMICHELE JAVIER NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DENIPOTTI FRANCISCO sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI DEPAOLI MAURO DAVID sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI DESIDERIO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI DHO CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DI CARLANTONIO PABLO GERMAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DI DIO NAHUEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DI NIZO FABIAN EDUARDO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI DI PINTO MARIANO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DIAMANTE MAURICIO LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DIAZ FORNIELS JOSE HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DIAZ JOSE LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DIAZ JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DIAZ MARCO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DIAZ NESTOR RAUL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

16 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI DIAZ SANDRO MARIANO sobre CARABINA calibre PLG DNI DIZ IGNACIO HERNAN sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI DOBAL ISMAEL CESAR sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI DOMENCH MARTIN EMILIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DOMENCH MARTIN EMILIO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI DOMINGUEZ RICARDO DANTE sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI DONANTUENO LUCIANO ADRIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI DORONI JONATHAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DUARTE CARLOS SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI DUARTE FERNANDO ABEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI DUARTE GUSTAVO ADRIAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI DUARTE PATIÑO DIONISIO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DUARTE YESICA VERONICA sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI DUFOUR GASTON ALBERTO sobre CARABINA calibre PLG DNI DUMPIERRES CARLOS FERNANDO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ECCHER SERGIO LUIS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI EINAUDI DIEGO WALTER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ELESPE RUBEN BERNARDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ELLIS LEONARDO ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ESCOBAR JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ESCUDERO PABLO GABRIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ESPINOSA JOSE ROLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ESPOSITO MATIAS EDUARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ESPOSITO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ESQUINASY JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ESTANGUET PABLO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ETCHECHOURY RODRIGO HORACIO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI ETCHEVERRY MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI EXPOSITO JERONIMO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI EZCURRA DANIEL ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FABRY JORGE EDUARDO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI FALCO ANIBAL RUBEN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FANTACCI DIEGO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FARAH SEBASTIAN sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI FARIAS DANIELA SILVINA sobre CARABINA calibre.243 PLG DNI FARIAS FABIAN LAZARO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI FARINA BELLOME MAXIMILIANO JAVIER sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI FARINA BRUNO LUIS sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI FASOLI DIEGO JAVIER sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI FASSI GABRIEL NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FATTORE JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FELIZIANI JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ ALEJANDRO JAVIER sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI FERNANDEZ ESTEBAN PABLO DE LA CRUZ sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI FERNANDEZ GABRIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ GUILLERMO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ HUGO ROBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ MANUEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI FERNANDEZ MARCELO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERNANDEZ MATIAS JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERRACHI MARCELO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERRARI ROBERTO DIONISIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FERRARIS NICOLAS ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FERRERA MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI FERRERO MARTIN JOSE sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FERREYRA MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI FERSTER CESAR LEANDRO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI FERZOLA ANDRES sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI FIGUEROA JUAN FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FIGUEROA LUIS AVELINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FIGUEROA NESTOR ROBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI FIGUEROA NESTOR ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FIORILLO GUSTAVO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FIT DARDO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FLORES JUAN DE DIOS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI FLORES ROBERTO GUSTAVO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FLORIDO SEBASTIAN DANIEL sobre CARABINA calibre.270 PLG DNI FOGOLINI SERGIO ALBERTO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI FONSFRIA WILSON DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FONTANA ISMAEL ANGEL sobre CARABINA calibre.22 PLG LE FOPPIANO JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FORASIEPI JORGE DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FORCONI LUCIANO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FORCONI SANDRO BENITO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI FORNASIER MARCOS OSVALDO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI FRAGAPANE NICOLAS OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FRAGAPANE NICOLAS OSCAR sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI FRANCHEVICH NELSON ALFONSO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI FRANGI ERNESTO LUIS sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI FRANGI ERNESTO LUIS sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI FRANK SERGIO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FREDDI JUAN MANUEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI FRESCHI PATRICIA MABEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI FRISCH MAXIMILIANO HERMANNO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI FUENTEALBA DARIO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI FUSARI HECTOR RAUL sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI GABELICH ANTONIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI GAGGI SERGIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GAIG JULIO CESAR sobre REVOLVER calibre.38 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI GALARZA DAVID OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GALAZ JOSE ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GALINDEZ RICARDO CESAR sobre FUSIL calibre.270 PLG DNI GALLARDO DIEGO ARIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GALLARDO OSIRIS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI GALLEGO JUAN PABLO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI GALLO CRISTIAN MARCELO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI GALLO CRISTIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI GALLO FABIAN ALBERTO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI GALLO JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI GALVALIZ CESAR ARTURO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GALVAN EMANUEL FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GALVAN JUAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GALVAN RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GANEM ALE ELIAS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GARCIA CARLOS GINES sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI GARCIA HAMBRAN ALEJANDRO G. sobre FUSIL calibre.375 PLG DNI GARCIA MARCELO JAVIER sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI GARCIA PALACIOS GUILLERMO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GARCIA PALACIOS GUILLERMO JOSE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI GARCIA RICARDO HUGO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI GARINO WALTER HUGO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GARRIDO ESTEVEZ FRANCISCO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GARRITANO ESTEBAN JAVIER sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI GASTALDI LUCIANO ANDRES sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI GASTALDI SEBASTIAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GASTALDI SEBASTIAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI GATTI DANIEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI GATTO GERMAN JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GAZZOLA JOSE RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GELMI JUAN EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GENESY IGNACIO ANDRES sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GENESY IGNACIO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI GENESY IGNACIO ANDRES sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI GENESY IGNACIO ANDRES sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI GENTILE NESTOR ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GHIETTI CARLOS JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GHINAMO SILVANO JAVIER sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI GHIRARDI RODRIGO MARTIN sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI GIACOMINI MARCELO ANGEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI GIANI LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GIL OSVALDO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GIMENEZ ISAC sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI GIMENEZ LUIS DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GIMENEZ NESTOR ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI GIMENEZ PEDRO ABEL sobre CARABINA calibre.270 PLG DNI GIOIELLI RICARDO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GIOIELLI RICARDO HECTOR sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI GIORDANO LUCAS MARIANO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI GIOVANELLI GASTON MARIANO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI GIOVINETTO ALEJANDRO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GIULIANO ROMAN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GODDIO LEANDRO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GODOY FERNANDO RAUL EDUARDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GODOY FRANCISCO DAMIAN sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI GOMEZ EDUARDO LINO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI GOMEZ FERNANDO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GOMEZ GERARDO SOLIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GOMEZ MARIANO ANDRES sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI GONZALEZ FERNANDO DARIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI GONZALEZ JOAQUIN SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GONZALEZ JORGE OSVALDO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI GONZALEZ JUAN CARLOS sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI GONZALEZ JUVENAL EMILIO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI GONZALEZ LUCAS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GONZALEZ LUCAS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI GONZALEZ LUCAS MARTIN EMILIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI GONZALEZ LUIS JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GONZALEZ MARCOS LAUREANO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI GONZALEZ MARTIN ALBERTO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI GONZALEZ MAURICIO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GONZALEZ PABLO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI GONZALEZ TRIGUERO ROLANDO A. sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI GORO AMARILLO JULIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GORO AMARILLO JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GOT CARLOS ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI GOT CARLOS ALFREDO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI GOTTARDI GASTON MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI GOY PAOLO JESUS sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI GRAMAGLIA MAURO JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GRAÑA CARLOS MARCOS ATALIVAR sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI GRELA NESTOR FABIAN sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI GREVISSE JUAN CARLOS HORACIO sobre CARABINA calibre.44 PLG DNI GRIMA MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GUANELLA OSCAR HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GUANES MARCOS NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI GUERINEAU JOSE LUIS sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI GUERINO MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI GUERRA GUSTAVO JOSE sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI GUILLAUMET RAUL ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

17 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI GUTIERREZ EDUARDO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI GUTIERREZ MAXIMILIANO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI HAMATY MARCELO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI HE JIANWEN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI HEGNIAN JUAN ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI HERMANN FEDERICO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI HERMIDA HUGO NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI HERNANDEZ TUREUNA MOISES R. sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI HERRERA JORGE FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI HILTT CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI HSIEH LIMIN sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI IBIRE JAVIER NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI IENNA JUSTO HERNAN sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI INDELANGELO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI INOCENTI SERGIO FABIAN sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI ISLAS LEANDRO GABRIEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI ISOLA PABLO CARLOS JAVIER sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ITURRALDE JUAN MARIA sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI IVANOF IVAN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI IZAGUIRRE ORLANDO ARIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI JACOME LEONARDO FABRICIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI JACOME LEONARDO FABRICIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI JARAMILLO EMANUEL SERGIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI JARDON ALEJANDRO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI JIMENEZ ISMAEL sobre FUSIL calibre 6,5x55 MM DNI JOFRE DANIEL ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI JOSE ALFREDO ELIAS sobre CARABINA calibre PLG DNI JUANA DEPINO OMAR DARIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI JUAREZ JAVIER MARCELO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI JURI AMIR AUGUSTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI KARLEN FABRICIO IVAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI KLOBERDANZ LUCIANO MARTIN sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI KOCHERENGO EDGARDO ALFREDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI KRAINBUHL HERNAN ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI KREIZER JOSE ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI KUCHTA FABIAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI KULIK NICOLAS ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI KUMM JOSE ORLANDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI KUPO IMRE sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI LAGOS SEGUNDO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LAIÑO GUSTAVO JAVIER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LANCIOTTI NICOLAS RICARDO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LANZELOTTI DOMINGO VICENTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LANZELOTTI DOMINGO VICENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LANZETTI CARLOS RENE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LARRAZABAL AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI LARRICART ADRIAN HORACIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI LARRIEU LACOSTE JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LARRIEU LACOSTE JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LARSEN DIEGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LAUDANO JUAN CARLOS sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI LAUMAN JOSE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LAVAGNINO EDGARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LAVIE HORACIO OSCAR sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI LAZZARONI NICOLAS EMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LECTOUR MARTIN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LEDA ARIEL ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LEDESMA LUIS DARIO sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI LEDESMA ROBERTO DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LEGUIZAMON CARLOS HERNAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LEMOS JONATHAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LEMOS NESTOR FABIAN sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI LENARDUZZI FABIAN JOSE sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI LENARDUZZI FABIAN JOSE sobre FUSIL calibre.338 PLG DNI LESCANO JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LEZCANO GIMENEZ MARIANO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LIAUDAT DIEGO sobre CARABINA calibre PLG DNI LIGORRIA CRISTIAN MARTIN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI LIMA DI PAOLA FRANCO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LINARES YESICA VERONICA sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LINARES YESICA VERONICA sobre CARABINA calibre PLG DNI LINARES YESICA VERONICA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LINARES YESICA VERONICA sobre FUSIL calibre.338 PLG DNI LIONE GUSTAVO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LIRANGI JORGE MARCELO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LITTA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI LIUZZI JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI LIZANA HECTOR RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LOMBARDI MARCOS JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LOMBILLA PATRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LOOSE VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI LOPEZ DANIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI LOPEZ DARIO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LOPEZ JAVIER FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LOPEZ JAVIER RUBEN sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI LOPEZ JONIS WALTER sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI LOPEZ JOSE MARIA sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI LOPEZ JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI LOPEZ MAURICIO LUIS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI LOPEZ PABLO GUILLERMO sobre CARABINA calibre.22 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI LOPEZ VICTOR GABRIEL sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI LORENZO DANIEL OSVALDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI LOVELLI LEONARDO MIGUEL sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI LOYZA HUGO SERGIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LUCAIOLI MARIO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LUCERO FABIAN DAVID sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI LUENGO GERMAN PABLO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI LUENGO GERMAN PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LUNA LUIS FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LUQUE DAVID LUIS GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LUQUE GUZMAN MATIAS LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI LUQUE GUZMAN MATIAS LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LYNCH FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI LYNCH PABLO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI MACELLARO JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MACHADO ROJAS CLAUDIO JAVIER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MADEIRA SERGIO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MADROÑERO GERARDO MANUEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI MALCHIODI CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MALLO ALFREDO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MALPASSI GERARDO HUGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MALVICA MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre.44 PLG DNI MALVICINO MARIA LUJAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MAMBRETTI FERNANDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MANCUELLO NESTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MANGAS FLORES MATIAS HIPOLITO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM DNI MANGUCIO JUAN PABLO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MANSILLA CARLOS ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MANSILLA JESUS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MANSILLA MANUEL ORLANDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI MANTARAS ALBERTO ESTANISLAO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MANTILLA FERNANDO JUSTINO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MANTILLA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MANZANEL ROBERTO DOMINGO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MANZO CLAUDIO FERNANDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MAPELLI PABLO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MARCHI ROBERTO JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MARCHISIO DANIEL OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MARCONE SALVADOR GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MARCONI DANIEL FERNANDO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MARCOTEGUI LUIS DIONISIO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM DNI MAREZI DIEGO SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI MARIN NERIS ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MARINO MISAEL IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MAROGLIO LUCIANO GABRIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MARQUEZ MARIO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARRONE ROBERTO RAUL sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI MARTIERENA JORGE sobre FUSIL calibre PLG DNI MARTINETTI JUAN FRANCISCO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI MARTINEZ ADOLFO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MARTINEZ CECCARELLI ADOLFO HUGO sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI MARTINEZ CECCARELLI ADOLFO HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARTINEZ DIEGO ALONSO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MARTINEZ DIEGO GASTON sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MARTINEZ GUILLERMO HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARTINEZ JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MARTINEZ MARCOS SAMUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MARTINEZ RIBO RAUL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MARTOS FERNANDO EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MARZOLI GUILLERMO PATRICIO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI MASSAUX JUAN MARTIN sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI MASSOLO FABIO JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MASSON DANIEL JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MASSON JUAN BASILIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MASTRONARDI MARCELO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MATARESE EDUARDO MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MATEO JORGE OMAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MATHIEU LUCAS ANTONIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MATIJACEVICH SEBASTIAN ELOY sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MATOS ARAGON GONZALO LEOPOLDO GUIDO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MATTOS RODOLFO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MATTOS RODOLFO GABRIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MECLE MARCELO ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MEDINA FABIAN DEL ROSARIO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI MEDINA MARIO CEFERINO sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI MEDINA MAURICIO NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MELA MARIA ANDREA sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI MENAFRA HECTOR HORACIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MENDEZ JUAN FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MEONE JOSE HUMBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MESON SANTIAGO NICOLAS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MESTRINER FABIAN LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MEZZABOTTA DIEGO LEONARDO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI MICHEL RAMON ANTONIO sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI MICHELETTO JORGE ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MICHELLOD LEONEL BELISARIO R. sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MIGLIORI ALEJANDRO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MIGLIORI ALEJANDRO GUILLERMO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI MIGUEZ ARMANDO EDUARDO ANDRES sobre CARABINA calibre.22 PLG

18 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI MILLAN JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MINA GERMAN LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MINJOLOU DAVID GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI MINJOLOU ROBERTO LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MIR SANTIAGO sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI MIRA ADOLFO OMAR sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI MIRAZO PABLO HERALDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MOHAMAD ERNESTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI MOISES MARTINEZ FERNANDO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MOLINO FABIO DANIEL sobre CARABINA calibre PLG DNI MOLINUEVO MAURICIO ARIEL sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI MONALDI EDUARDO JORGE sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI MONGE DANIEL HECTOR sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MONGELOS ROBERTO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MONTAÑA MARCOS DAVID sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MONTANI ALFREDO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MONTE JUAN PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MONTERO JUAN EDUARDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MONTES DANIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MONTICH VICTOR ANTONIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI MONTIVERO EDUARDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MONZALVEZ JOSE ANTONIO sobre FUSIL calibre.270 PLG DNI MORA GARCIA RAUL DANIEL sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI MORAES LEONARDO MARTIN sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI MORALES JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MORALES LUCAS PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MORANO MARIANO HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI MOREIRA GUSTAVO FERMIN sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI MORENO GUILLERMO ANDRES sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MORENO VICTOR JOSE sobre CARABINA calibre PLG DNI MORGUI ALEJANDRO ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MOSCOSO ALFREDO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MOYA MENDOZA FERNANDO GABRIEL sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI MOYANO HUGO MARCELO sobre ESCOPETA calibre 24 UAB DNI MUJICA LUCAS IVAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI MUÑOZ CARLOS DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI MUÑOZ DANIEL HORACIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI MUÑOZ ULISES SEBASTIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI NASSIF ANDRES MARIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI NATAL ESTEBAN HORACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI NAVARRO EMANUEL SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NEGRO GUSTAVO JOSE sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI NICLIZ DANTE QUIRINO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI NICOLA MAURICIO ADELMO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI NICOLA MAURICIO ADELMO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI NIEDERHAUSER CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NIETO CRISTIAN NORBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NIEVA CARLOS MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NIEVAS MAURICIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI NIGRO GUSTAVO MIGUEL sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI NISTAL ARIEL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI NOGALES REMIGIO JAVIER sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI NOIR JORGE MARIANO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI NOIR JORGE MARIANO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI NOLE PUGLIESI JORGE MARCELO sobre FUSIL calibre PLG DNI NOLE PUGLIESI JORGE MARCELO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI NOVO JOSE MANUEL LUIS sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI NOZIJKOSWKI ADAN JOSE sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI NUÑEZ PABLO DANIEL sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI NUÑEZ TIMONIERI LISANDRO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI OBREGON JUAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI OCAMPO NESTOR FABIAN sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI OCAMPO PABLO DAVID sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI OILLATAGUERRE RENATO PEDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI OJEDA SANTIAGO RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI OLARIAGA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI OLITA FABIAN MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI OLIVA LUIS PATRICIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI OLIVETTI JUAN ALESIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI OLIVO FEDERICO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI OLLER EDUARDO DANTE sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI OLLO Y TOFONI DIEGO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI OLMEDA GONZALO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ONDARZA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ONTIVERO EMILIANO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ONTIVERO ROBERTO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI OPPEDISANO MARIANO HERNAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ORDOÑEZ CORREA MARTIN RUBEN sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI ORELLANA ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ORELLANO ALFREDO GERARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ORELLANO FERNANDO RUBEN sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ORGE CESAR FERNANDO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ORLANDO AGUSTIN TOMAS sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI ORTEGA MARTINEZ BERNARDO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ORTIZ OSCAR RENE sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ORTIZ SERGIO HERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ORTOLA QUEVEDO MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ORTOLA QUEVEDO MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI OSES LUCAS MATIAS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI OSTERTAG NESTOR GUSTAVO sobre FUSIL calibre.223 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI OTAROLA RODRIGO DAMIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI OTERO MARCELO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI OTERO ROBERTO MARCELO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI OVIEDO MARTIN DANIEL sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI OYARZO PABLO ANDRES sobre FUSIL calibre.270 PLG DNI PACHERRES ROJAS VICTOR ISMAEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PADILLA NESTOR OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PAEZ GASTON sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PAGURA NICOLAS RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PAHUD JULIAN sobre CARABINA calibre.270 PLG DNI PALACINI LUCIO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI PALLARES GUSTAVO MARIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PALOSCKY ESTEBAN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PAMPIN NESTOR OSVALDO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI PANZERA JOSE MANUEL sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI PARGADE SEGUNDO ENRIQUE sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI PARNENZINI PEDRO ALFONSO sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI PASCAL CESAR OSCAR sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI PASTORAK HORACIO FABIAN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PATIÑO-MAYER GUILLERMO MARIA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PATTI JORGE ALEJANDRO sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI PAVICHEVICH VERONICA ALEJANDRA sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI PAZ LEANDRO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PAZ LUCAS DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PAZ NESTOR EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PAZ OSCAR RAMON sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PAZ PABLO DAVID sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PAZ PEDRO RUBEN sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PAZ SERGIO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PECHERVSKY CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PEDROZO ANDRES ANIBAL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PEDROZO ANDRES ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PELICHE DIEGO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PELLEGRINI PABLO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI PEÑALOZA JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PENAS BENJAMIN MANUEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI PENNA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PENNA SANTIAGO LORENZO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI PENNA SANTIAGO LORENZO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PERALTA JUSTO OSCAR MIGUEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI PEREYRA CESAR IRENEO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PEREYRA MARCOS AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PEREZ ACOSTA JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI PEREZ CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PEREZ DANIEL FERNANDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PEREZ DIEGO JOSE sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI PEREZ FRANCISCO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI PEREZ JAVIER ORLANDO sobre CARABINA calibre PLG DNI PEREZ JUAN ADOLFO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI PEREZ WALTER ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PERREN EXEQUIEL DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI PETRILO EZEQUIEL DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PETRILO EZEQUIEL DARIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI PEZZARINI LEANDRO NAHUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PIANA CARLOS ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PICCO ERIC EMMANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PLANAS JOAQUIN PABLO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB LE POCHITTINO JOSE GERONIMO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PONCE RUBEN MARIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI PONTIROLI CARLOS GASTON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PORCEL MARCOS ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI PRESTER AVELINO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PRETTI AMERICO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PRINCIPE FERNANDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PRIZZON BRUNO MARCOS sobre FUSIL calibre PLG DNI PROCIUK ISMAEL VLADIMIRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI PRYTULAK ADOLFO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PUCCIARIELLO RODRIGO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI PUGLIESE LUIS ALBERTO sobre FUSIL calibre.270 PLG DNI PUSSETTO JUAN MIGUEL sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI QUIDIELLO LUCIANO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI QUINTELA RICARDO CLEMENTE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI QUINTEROS JUAN DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI QUINTEROS NICANOR GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RABAGO HUGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RAFFART MAURO DAMIAN sobre ARMA LARGA COMB. calibre.308 PLG DNI RAIMUNDO HUGO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RAMA IGNACIO MARTIN sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI RAMIREZ FERNANDO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RAMIREZ MARCELO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RAMIREZ SERGIO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RAMOS CARLOS DAVID sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI RAMOS SERGIO DANIEL sobre CARABINA calibre PLG DNI RAMOS SERGIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI RAMPAZZO LUIS HONORIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI RAPIEN JONATAN LEANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RAPISARDA DIEGO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RASO SERGIO DANIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI RAUNA GUSTAVO RENE sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RAUSA GASTON HORACIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG

19 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI REALE SERGIO OMAR sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI REBOLLO JOSE LUIS sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI RECONDO SANTIAGO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI REES SIDNEY ANGEL sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI REGOLF CLAUDIO ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI REINA NESTOR EMILIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RETAMAR ELIN GRISEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI RETAMAR JULIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI REYES FERNANDO GONZALO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI REYNA FERNANDO NAHUEL sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI REYNA ROBERTO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RIBOTTA MARIANO GUILLERMO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RINCON JULIO CESAR JESUS sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI RIOS CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI RIOS CRISTIAN DANIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RIOS DAMIAN EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI RIQUEL LEONARDO EMANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RIVAROLA ORLANDO OSCAR sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI RIVAS CESAR OSCAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RIZZOLO LUCAS sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI ROCCHETTI DANIEL FELIPE sobre PISTOLA calibre 6,35 MM DNI ROCHI ATILIO MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RODRIGUEZ ABAL JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODRIGUEZ ADRIAN WALTER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RODRIGUEZ ALFREDO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODRIGUEZ CRISTIAN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI RODRIGUEZ JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI RODRIGUEZ MARCELO EVARISTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RODRIGUEZ MARIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI RODRIGUEZ NESTOR DANIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RODRIGUEZ RICARDO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI ROJAS LEONARDO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ROJAS SEBASTIAN sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI ROJAS SILVIO GABRIEL OCTAVIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ROJO GUSTAVO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ROLDAN NESTOR OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ROMANO DANIEL DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ROMANO JOSE EDUARDO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI ROMERO ESTEBAN DAVID sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI ROMERO ISOLINA sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ROMERO RAMON ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ROMERO ROMAN AMERICO sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI ROMERO TEOFILO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ROMERO VICTOR ANTONIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ROSSO LEONARDO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ROTELA JAVIER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ROYO JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RUBATTINO ALEXIS ESTEBAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RUGGERI JORGE ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI RUIZ CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI RUIZ DIAZ JOSE OSCAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI RUIZ WILLIAN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RULA FABIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RUNCI SANTE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI RUPPEL MARCELO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI RUTIGLIANO GRISOLIA JAVIER JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI RYAN OMAR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SAAVEDRA NICOLAS SANTIAGO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI SABADINI HUGO HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SABELLA SERGIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SAIZ MARCELO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SALASZ ALEJANDRO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SALEH RAUL EMANUEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SALGUERO GUSTAVO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SALTOS CECILIO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SAMPAOLESI MARTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SAN MARTIN DIEGO FELIX sobre PISTOLA calibre 7,65 MM DNI SANCHEZ ANDURAND GUSTAVO ALFREDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SANCHEZ ARIEL MARIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SANCHEZ JORGE PABLO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI SANCHEZ PABLO JOSE sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SANCHEZ ROMINA NATALIA sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SANCHEZ SERGIO DAVID sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SANCHEZ SERGIO LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB DNI SANDAZA JUAN IGNACIO sobre FUSIL calibre.223 PLG DNI SANDNER ESTEBAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SANTA CRUZ PABLO ANDRES sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI SANTA CRUZ PABLO GASTON sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SANTAJULIANA CRISTIAN ANTONIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI SANTANDER ISMAEL JUSTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SANTILLAN LUIS RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SAROME CORBAT SEBASTIAN JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SARTISON LUCIANO HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SARU JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SASSI COLOMBRES CESAR VALENTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SCANDROGLIO SIMON ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SCANIO LAZARO JOSE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SCEVOLA HERNAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre PLG DNI SCHEURER EDUARDO HUGO sobre CARABINA calibre.22 PLG Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI SCHLUSSEL JOSE AUGUSTO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI SCHMIDT JORGE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SCHMITT PEDRO DOMINGO sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI SCHREINER CARLOS HILARIO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SCHROOH SERGIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SCORSETTI DANIEL HORACIO sobre CARABINA calibre PLG DNI SCORSETTI DANIEL HORACIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI SCORSETTI DANIEL HORACIO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI SCORSETTI DANIEL HORACIO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SEGOVIA GASTON MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SEGOVIA GLADYS PATRICIA sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SENDRA DANIEL DARIO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SEPPI PABLO MARTIN sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI SEPULVEDA DANIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SERRA CARLOS HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SERVADEI JORGE EDGARDO sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI SEVALD MARCELO ADOLFO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SFORZINI DARIO ALBERTO sobre CARABINA calibre PLG DNI SILVA ELICER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SILVA HECTOR DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SIMON JUAN SEBASTIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SIMON JUAN SEBASTIAN sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI SIMON JUAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SIMON JUAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SKOF VICTOR HUGO sobre CARABINA calibre PLG DNI SOAVE SERGIO HUMBERTO sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI SODERO ARIEL ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SOMIGLIANA ALBERTO NESTOR sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SOPLAN DANIEL HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SORAIRE MANZUR ESTEBAN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SOSA JORGE GUILLERMO sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI SOSA TALLEI GUILLERMO OSCAR sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SOSA TOMAS MARTIN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SOSA TOMAS MARTIN sobre REVOLVER calibre.32 PLG DNI SOTELO CHRISTIAN PABLO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI SOTO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SOTO MANUEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SOTO MAURICIO FABIAN sobre CARABINA calibre PLG DNI SPANO HUGO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SPECK RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SPLAUSKI OSCAR IVAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SPRLJAN ALVAREZ FEDERICO GASPAR sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI STABLUN GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI STABLUN GERMAN sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI STADELMAN CARLOS MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre.223 PLG DNI STEPASIUK MATIAS CARLOS sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI SUAREZ ANDRONICO SEGUNDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SUAREZ CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SUAREZ FELIZ RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI SUAREZ JESUS RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SUAREZ LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI SUAREZ VERDIER SEVERIN FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI SUAREZ VERDIER SEVERIN FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB DNI SULIGOY ELDO OSCAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI SUMIDA ALEJANDRO BERNARDO JORGE sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI SZEZERBA ESTEBAN LUIS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB DNI TABERNIG ALEXIS FABIAN sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI TABORDA ULISES JULIO EXEQUIEL sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI TALALAY BRAIAN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TALARO SANTIAGO JESUS sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI TALARO SANTIAGO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TARCHINI SANTIAGO OSCAR sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI TARDITTI LUCAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TARRAGO JOSE JAVIER sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI TAVERNA MAURICIO OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TERNAVASSIO SEBASTIAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI TERRANOVA PABLO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TERZANO RAUL OSCAR sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI TESEYRA CONRADO REINALDO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI TIGUA ANDRES GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TIRANTINO ERICK FERNANDO sobre CARABINA calibre.17 PLG DNI TOHME CHAPINI JUAN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TOMAS CRISTIAN ROBINSON sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI TONINI GUILLERMO ERNESTO sobre CARABINA calibre.308 PLG DNI TONIOLLO RICARDO DANIEL sobre CARABINA calibre.357 PLG DNI TORNATORE ROBERTO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TORRES JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI TOSI ANGELO PAOLO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI TRAFERRI RICARDO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 32 UAB DNI TRAVACIO MARCELO DANIEL sobre PISTOLA calibre.40 PLG DNI TREJO DANIEL ESTEBAN sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI TRENTINI NESTOR RAUL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI TRIGAS FERNANDO NAHUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI TRINDADE CARLOS ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TROTZ GUILLERMO ESTEBAN sobre FUSIL calibre 9,3x62 MM DNI TROUBOUL RICARDO ABEL sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI TUBERO EMANUEL GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI TULIAN RAMON JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI UNGARO ALEJANDRO MARTIN sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI UZINGER CESAREO ANDRES sobre CARABINA calibre.22 PLG

20 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego DNI VACCARELLA CARLOS FERNANDO sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI VALDES JUAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VALDEZ JOSE HUMBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VALENCIA DIEGO ANDRES sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VALENTINI JORGE DANILO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI VALIENTE AGUIRRE SATURNINO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VALINOTI LOZA SANTIAGO sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI VALLE JOSE MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VALLEJO FELIX ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI VALLEJO RAMON ROSARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VANDER PLOEG JULIO FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VARELA MARCELO HUGO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI VARELA MARON CARLOS GONZALO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VEGA DANIEL ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VEGA DIEGO SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre.357 PLG DNI VEGA EDGARDO OMAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VEGA JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VELAZQUE ABEL ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VELAZQUEZ ARMANDO OSCAR sobre PISTOLON calibre 32 UAB DNI VELEZ CARLOS ALFREDO sobre REVOLVER calibre.22 PLG DNI VELEZ GUSTAVO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VELEZ JONATHAN JAVIER sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VEMPOSTA JULIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VERA EDUARDO WALTER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VERA JOSE ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VERA PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VERGARA NESTOR FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VERON EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB DNI VETTORE ROGER WILSON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VIANELLO MATIAS DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VICTORIA PEDRO FRANCISCO sobre CARABINA calibre.300 PLG DNI VIDAL LESCURES CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VIEIRA MIÑO MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VIERA CESAR OSCAR sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VILADEVALL LUIS FERNANDO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI VILAR PABLO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VILCHES CARLOS JAVIER ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VILLA CARLOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VILLAGRA EUGENIO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VILLALBA MAURO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VILLANUEVA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre.22 PLG DNI VILLAR HECTOR MIGUEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI VILLARREAL HUGO RAMON sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI VILLEGAS JUAN BAUTISTA sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI VISCIDO GERARDO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VITA CARLOS UMBERTO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VITALI LEONARDO EZEQUIEL sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI VIZCAINO ARTURO ANDRES sobre FUSIL calibre.308 PLG DNI VIZCARRA HECTOR GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI VON DER BECKE CHRISTIAN sobre REVOLVER calibre.44 PLG DNI WASINGER JONATHAN EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI WASINGER NESTOR LUIS sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI WENG GUOLIANG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI WENGER MAXIMILIANO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI WHITE EDGARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI YAGI EDGARDO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI YARROS JOSE LUIS sobre FUSIL calibre.22 PLG DNI YAYA NORBERTO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI YBARRA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI YOYA ROBERTO ANTONIO sobre REVOLVER calibre.38 PLG DNI YU MINGXIONG sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI YUCHECHEN SERGIO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI ZAMPATTI FERNANDO ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB DNI ZANUSO CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre.243 PLG DNI ZAPATA RODOLFO EMILIANO sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ZAPATA SERGIO OSVALDO sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ZARAGOZA CRISTIAN ANDRES sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ZARATE ARAGON MARCOS DANIEL sobre PISTOLA calibre.45 PLG DNI ZERDA RAMON CEFERINO sobre FUSIL calibre.300 PLG DNI ZINK GUSTAVO ADRIAN sobre CARABINA calibre.22 PLG DNI ZUNINO HECTOR DEMETRIO sobre PISTOLA calibre.380 PLG DNI ZURANO MARTINEZ JUAN sobre REVOLVER calibre.22 PLG SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI ABALOS OBDULIO ALBINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ABURTO HERIBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ACEVEDO EDGARDO ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A DNI ACOSTA ALEJANDRO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ACUÑA RICARDO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ADAUTO DUILIO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGOSTO GUILLERMO ELVIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGÜERO CLAUDIO ABEL ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI AGUERO ROBERTO WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUILAR ROBERTO CARLOS ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI AGUIRRE BRAIAN EMANUEL ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA DNI AGUIRRE PABLO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE PABLO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AGUIRRE RAMON JORGE ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA DNI ALANIZ GUMERCINDO HILARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALBARENGA HUGO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALBARRACIN MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALBORNOZ OMAR DNI ALFONSO EDUARDO CESAR ámbito de NOVIT S.A DNI ALIA JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALONSO DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALTAMIRANO SEBASTIAN ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI ALVAREZ ALEJANDRO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ALZATTI JAVIER GASTON ISAAC sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AMAZA CARLOS BENITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ANRIQUEZ MIGUEL ALEJANDRO ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG. PR.SAB 5 LTDA DNI ANTUNEZ FERNANDO JAVIER DNI APISA AVILA MAURICIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARAKELIAN MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARATA REYNOSO ALFREDO EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARIAS ARIEL GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ARMELLA JUAN VICENTE ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L DNI ARTAZA MARIO WALTER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AVALOS RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AVILA CESAR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AVILA CLAUDIO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AVILA FERMIN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AYALA GASTON JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AYALA HUGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI AZARIO IGNACIO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BAENA OMAR HERMINIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BAHL GABRIEL DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BALAGUER AGUSTIN HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BALAGUER CHAZARRETA VANESA MARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARBOZA ALFREDO HERNAN ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A DNI BARDIN FELIX OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRAL GABRIEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRERA DARIO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRETO VICTOR ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRIONUEVO MICAEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BARRIOS ROBERTO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BASILE RUBEN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BAUDINO ELOY SERGIO NAHUEL ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI BELEN CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BENITEZ DIEGO GASTON ámbito de REDGUARD S.A DNI BENITEZ RAFAEL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BIANCHI CARLOS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BIANCO EMMANUEL IVAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BIORLEGUI ROBERTO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BLANES CARLOS GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BONGIOVANNI GUSTAVO FABIAN ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A DNI BRAVO JESUS AMBROSIO ámbito de NOVIT S.A DNI BRAVO JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BREST JUAN TEODORO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BRITO VIRGINIO BELINDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BRUNA BERTONI CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BRUNET CARLOS ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BUEDE HUGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BURZI CAYETANO VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BUSTAMANTE ALFREDO RUBEN ámbito de MACO LITORAL S.A DNI BUSTOS ANTONIO LUIS ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI BUSTOS HECTOR GERONIMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BUSTOS JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BUSTOS JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BUSTOS RAMON RODOLFO DNI BUTTAZZONI VALENTIN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI BUTTI MARIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CACHAGUA HECTOR RUFINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CACHEIRO CARLOS OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CALDERON JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CALICCHIO ROBERTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAMMAROTA DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAMPOS FERRER SUSANA SOLEDAD sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CAMPOS MARIO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

21 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI CANTEROS OSVALDO DNI CARABAJAL GABRIEL ALEJANDRO ámbito de SECCLEAN S.A DNI CARBONE MIGUEL FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CARPIO OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CARRERAS JORGE EDUARDO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI CARRERO TOMAS EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CARRIZO CESAR ALEJANDRO DNI CARRIZO CESAR HORACIO DNI CASTELLANO CARLOS ATILIO DNI CASTELLANO RICARDO HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CASTILLO CASTILLO DIEGO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CASTILLO RUBEN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CATROPPA ADRIAN ESTEBAN ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI CEAS RODOLFO ALFREDO ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A DNI CHAFFER ALFREDO RAUL ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA DNI CHAPARRO DOMINGO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CHAVES RAUL FERNANDO JAVIER DNI CHAVEZ CESAR OMAR DNI CHIAVELLI GUSTAVO EDUARDO DNI CHUTCHURRU ALBERTO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CIMINO MARCELO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CISNEROS PEDRO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CLOUTET GERMAN ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI COLAZANTTI RAUL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI COLOMBRES LUIS GERMAN DNI COMAN PABLO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CONTRERA GUSTAVO ENRIQUE ámbito de REDGUARD S.A DNI CONTRERAS ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORCUERA MARCOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORREA EDUARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CORREA PABLO ARIEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CRESPO CRISTHIAN ADRIAN ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A DNI CRISEL DIEGO ALEJANDRO DNI CRISTALLI WALTER ORLANDO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI CRUZ HUGO MARCELO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI CRUZ JORGE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CUETO MATIAS IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI CUNEO FRANCISCO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DAÑELUK JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DAVILA CRISTIAN ARNALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE DIEGO OSCAR CLEMENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM DNI DE LA CUADRA SERGIO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE LA IGLESIA JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE LEON JOSE RODOLFO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE LUCA ARMANDO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DE OLI MARCELO PABLO DNI DEL CASTILLO MIGUEL FERNANDO ámbito de ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLI DNI DEL VILANO WALTER HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DESAQUILAN JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DI BELLA GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DI BENEDETTO EDUARDO DNI DI NIZO FABIAN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DI TULLO OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ GABRIEL ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ LEONEL CARLOS DNI DIAZ OSVALDO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIAZ RAFAEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DIERICKX DIAZ CARLOS EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DOMINGUEZ JORGE MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DRUETTA MARCELO PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DUARTE YESICA VERONICA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI DUBROCA TOMAS ANIBAL ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI DUMPIERRES CARLOS FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ELIZAGA ANDREA VIVIANA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ENDARA GASTON EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ENRIQUE JOSE ANTONIO ámbito de CI 5 S.A DNI ESCOBAR PEDRO EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ESPINOLA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI ESPINOLA SERGIO LEONARDO DNI ESPINOSA JOSE ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI EUSEBI MATIAS HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI EXPOSITO JERONIMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI EYHARCHET GUILLERMO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FELICE SILVIO EDUARDO ámbito de REDGUARD S.A DNI FERNANDEZ FELIX MARIA ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI FERNANDEZ GUILLERMO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ JORGE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ ROBERTO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ ROBERTO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERNANDEZ SILVIA LAURA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERRARI DARIO ámbito de LIRGER S.R.L DNI FERREYRA JORGE OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FERRO RENE FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FIGUEROA LUIS AVELINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FIONDELLA CLAUDIO ALBERTO ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L DNI FITA ALUSTRIZA JOSE ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FONSECA ELACIO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FORTUNATTO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FRAGAPANE NICOLAS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FRANCO CARLOS ANTONIO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A DNI FRANCO MARIO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FREIXAS GUSTAVO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI FUNES PALACIOS ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALLARDO DIEGO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALLARDO HIPOLITO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALLARDO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALVAN EMANUEL FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GALVAN JUAN MARCELO DNI GAMARRA RUBEN LEONARDO DNI GANTOY GALEANO FERNANDO LUIS DNI GARCIA HECTOR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA JAVIER DANIEL DNI GARCIA MARINA GLADYS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA MAXIMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA ROBERTO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARCIA WALTER HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GARRO ANTONIO LABRUNA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GENOVESE LUJAN CAYETANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GEREZ ANDREA GISELA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GERMIR JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GHETTA JUAN FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GILES SERGIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIMENEZ HUGO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIMENEZ NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIOVINETTO ALEJANDRO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GIRALT JORGE LUIS RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GODOY CLAUDIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ ALEJANDRO DAVID ámbito de PROSEGUR S.A DNI GOMEZ CRISTIAN EZEQUIEL ámbito de PROSEGUR S.A DNI GOMEZ FELIX TOMAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ MARIA DEL ROSARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GOMEZ WALTER JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONERODOSQUI RICARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GONZALES OCTAVIO EFRAIN ámbito de GADOL BERAKA S.R.L. SEGURIDAD PRIVADA DNI GONZALEZ ARIEL MARCELO ámbito de SECCLEAN S.A DNI GONZALEZ HUGO ARIEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A DNI GONZALEZ MELINA ELISABET ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES DNI GONZALEZ PABLO AARON ámbito de EL VISOR S.R.L DNI GONZALEZ RUBEN CARLOS ALBERTO ámbito de PROSEGUR VIGILANCIA ACTIVA S.A DNI GOROSITO EDUARDO ANIBAL ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA DNI GRISOLIA NORBERTO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GUANTAY CRISTIAN EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GUCCIONE JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GUERRERO FERNANDO IVAN ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES DNI GUIDO ALEJANDRO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GUTIERREZ IGNACIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GUTIERREZ OSCAR BENJAMIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GUTIERREZ ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI GUZMAN JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

22 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI HERRERA AUGUSTO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI HERRERA LEANDRO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI IBAÑEZ LUIS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI IGLESIAS DELUCA OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI INDELANGELO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI JAIME DANIEL RAMIRO ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A DNI JUAN MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI JUAREZ CLAUDIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI JUAREZ RICARDO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI KAISER SEQUEIRA RICARDO AMERICO ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A DNI KALLSTEN CARLOS GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LANZARDO CRISTIAN ALEJANDRO DNI LARRIEU LACOSTE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LAZARTE PEDRO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LAZOS AGUSTIN DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LAZZARONI NICOLAS EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEDA ARIEL ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEGUIZA MARTIN GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEIVA FRANCISCO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI LEIVA LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LENCINAS SILVIO CEFERINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LESCANO OMAR OBDULIO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI LEWICKI ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LEZCANO JORGE ALBERTO ámbito de PROSEGUR SEGURIDAD S.A DNI LIGORRIA CRISTIAN MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LIZARRAGA GUSTAVO ALBERTO DNI LIZARRAGA NORMA ESTELA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LOPEZ CARLOS OVIDIO ámbito de CI 5 S.A DNI LOPEZ MARCELO ALEJANDRO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI LOPEZ MARIO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LOPEZ MARTIN FEDERICO DNI LOPEZ OSVALDO JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LOYZA HUGO SERGIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LOZADA ANTONIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI LUCERO DANIEL ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MAIDANA JAIME sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MANQUEO ELVIRA GLADYS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARCHESINI ALBERTO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARDONES FRANCISCO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARQUEZ ANGEL OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARQUEZ JUSTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARTIARENA DAVID IVAN DNI MARTINEZ JULIO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MARTINEZ NESTOR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MATTALIA JORGE ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MAZZULLA PEDRO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MEDINA CESAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MEDINA JORGE ALBERTO ámbito de EL VISOR S.R.L DNI MENDIETA HECTOR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINA FERNANDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINA GUSTAVO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINA HUGO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINA JULIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MOLINA MARTIN ANDRES DNI MOLINA RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MONGES CLAUDIO OSVALDO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A DNI MONTIEL CHRISTIAN MARCELO A. ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L DNI MORA ROLANDO IVAN ámbito de ANTA NAHUEL S.A DNI MORALES EDUARDO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MORALES JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MORALES MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI MORENO FEDERICO JOSE ámbito de LIRGER S.R.L DNI MUÑOZ CLAUDIO JAVIER DNI MUÑOZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NACHON ROLANDO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NAVARRETE GUALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NAVARRO PEDRO FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NAVAS CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NETO JOSE PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NIEVA CARLOS MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI NIEVA RAMIRO ARIEL DNI NORBERTO JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI NOSIGLIA ENRIQUE CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OBREGON JUAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OJEDA JONATHAN DANIEL ámbito de GADOL BERAKA S.R.L. SEGURIDAD PRIVADA DNI OLACIREGHI HUGO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OLMEDO CARLOS HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OQUENDO JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ORTIZ ROBERTO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI OTEGUI MARCELO FABIAN DNI OVIEDO CESAR DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PACULA JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PADILLA NESTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAMPIN GABRIEL LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAPINI JUAN BENITO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI PASTRANA MARCELO FABIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAVAN JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PAZ MARTIN DAMIAN DNI PAZ MIGUEL FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEÑA DANIEL ámbito de CI 5 S.A DNI PEÑALOZA FEDERICO ANDRES ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A DNI PENINI HECTOR RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PERALTA MARIA MARTHA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREYRA LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREYRA RICARDO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREYRA ROBERTO DAVID DNI PEREYRA RUBEN ANSELMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREZ HECTOR JOSE DNI PEREZ TEOFILO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEREZ VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PETCOFF ROBERTO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PEZ JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PLANO OSCAR OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PLOT FABIAN JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PONCE ARTURO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PONCE JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PONCE WALTER EDUARDO ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A DNI PORTILLO SILVIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PRETTI AMERICO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI PULIDO RAUL ARMANDO ámbito de COOP.DE TRAB.EL FERROL LTDA DNI QUERCI GUSTAVO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RAMIREZ MARCELO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RAMIREZ MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RAPEN VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RAUNA GUSTAVO RENE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI REARTE RAFAEL JOSE ANTONIO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI REIS MIGUEL ámbito de CONSULTORA DE SEGURIDAD INTEGRAL S.A DNI REYNO HUGO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI REYNOSO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI REYNOSO RAMIRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RIAL MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RICCI GUSTAVO FABIAN DNI RIGUTTO ADRIAN JAVIER DNI RIOS FABIO ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A DNI RIQUELME MARTIN RAFAEL JESUS DNI RIVAS JUAN RAMON ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI RIVERO OSCAR ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROBLEDO HUGO ROLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROBLES OSCAR ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROCHAT CARLOS ESTEBAN ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA DNI ROCHAT ROBERTO ALEJANDRO ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA DNI RODRIGUEZ JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RODRIGUEZ PEDRO CORNELIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROJAS CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROJAS ERNESTO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROJAS MARCELO ámbito de NOVIT S.A DNI ROJAS MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROLDAN ROBERTO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROLON MARCIANO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre LE ROMERO SANTOS INOCENCIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ROMERO TEOFILO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RUCKAUF GUSTAVO HORACIO ámbito de REDGUARD S.A

23 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI RUIZ HECTOR CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI RUIZ JOSE LUIS DNI SABELLA SERGIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SABENA ESTEBAN SERGIO ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A DNI SALDAÑO GERARDO DANIEL DNI SALERNO ANTONIO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANABRIA NESTOR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANCHEZ EMMANUEL EDUARDO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI SANCHEZ JORGE HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANCHEZ NICOLAS SEBASTIAN ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI SANCHEZ ROMINA NATALIA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANCHEZ VANINA DANIELA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANTANDER ISMAEL JUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANTORO DANIEL EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SANTOS FERNANDO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SCHADENFROH GERMAN LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SCHWINDT NORBERTO EDUARDO ámbito de ANTA NAHUEL S.A DNI SCORPANITI SALVADOR JUAN ámbito de MURATA S.A DNI SELTZER MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SENARDO MANUEL ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SERRANO WALTER EDUARDO ámbito de EL VISOR S.R.L DNI SIESA JORGE HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SILVA OSCAR ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SORIA ANIBAL MARIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SORIA ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOSA JORGE LUIS DNI SOSA RODOLFO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOSA SERGIO MARIANO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SOTELO AMADEO RAUL ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A DNI SOTELO LUCIANO DOLORES ámbito de SEGURIDAD UNIVERSAL S.R.L DNI SOTO GABRIEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SPINETTI JAVIER RICARDO ámbito de EL VISOR S.R.L DNI STAROPOLI CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI STILLANTE ADRIANA MABEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI STURLA FERNANDO DANIEL ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA DNI SUAREZ EDGARDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI SUAREZ RUBEN HORACIO J. sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TABORDA ULISES JULIO EXEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TALI HERRERA VICTOR DANIEL ámbito de NOVIT S.A DNI TAPIA CRUZ BONIFACIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TASSI RAMON ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TAVANI JOSE RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TECHERA DE MELO CARLOS EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TEJERA RAUL PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TERAN SERGIO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TERRANOVA PABLO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI THIELE LUIS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TOLEDO MONSERRAT DE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORREANI TEMISTOCLES HILARIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORREJON JORGE HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORRES DANIEL FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TORRES OSVALDO NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TRAVERZA LUIS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TRIGAS FERNANDO NAHUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TROIA DANIEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI TULA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI URROZ SEBASTIAN EFRAIN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A DNI VALDES JUAN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALLE JOSE MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VALLONE SEBASTIAN NICOLAS ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A DNI VALLONE SERGIO ANDRES DNI VAQUEL DANIEL ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VARAS LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VARELA JOSE ALBINO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VARGAS RUBEN ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VASILE CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VAZ ARGÜELLO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VELEZ GUSTAVO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VELO ADRIAN RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VENCE SANTO ámbito de SEGURIDAD EMPRESARIA S.A DNI VENENCIO DIEGO OSCAR ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A DNI VERA VICTOR JESUS ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego DNI VERGARA JORGE OSMAR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VERGARI MARIANO AMADEO ámbito de ASIPROF SEGURIDAD S.A DNI VIDELA HECTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VILLA CARLOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VILLALBA HORACIO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VILLEGAS JUAN BAUTISTA sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIÑA MARCOS MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIVAS MARIO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI VIZGARRA FERNANDO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI WEISHEIM ALBERTO ELIAS ámbito de SAS LITORAL SEGURIDAD S.A DNI WEISSMANN GUSTAVO ALBERTO ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L DNI YANNICELLI PABLO GASTON ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A DNI YOSHIMURA SANTIAGO HEIHACHI sobre armas de puño registradas a su nombre DNI YUDICA HERNAN DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZABALA MAXIMO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZALAZAR SILVIO ELIAS ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL DNI ZAMORA PEDRO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZAMUDIO LEONARDO GERMAN ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI ZARACHO ANTONIO NICANOR sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZARATE ARAGON MARCOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre DNI ZAYAS AMADO ámbito de LIDERES CONSULTORES DE SEG. SRL DNI ZORDAN CESAR GABRIEL DNI ZURITA GUSTAVO FABIAN ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA Dra. NATALIA GAMBARO, Directora Ejecutiva, Agencia Nacional de Materiales Controlados. e. 19/08/2016 N 58608/16 v. 19/08/2016 #F F#

24 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Expediente Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título, autor y demás recaudos por la Ley Título: NECESITO HABLAR DE AMOR 4: ACEPTAMOS EL DESAFIO DE EDUCAR LA AFECTIVIDAD Autor: OBRA ANONIMA Editor: ARQUIDIOCESIS DE SANTA FE DE LA VERA CRUZ DEL ARZOBISPADO DE SANTA FE Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA CARRETERA Autor: CORMAC MCCARTHY Traductor: LUIS MURILLO FORT -EXTRANJ Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ENCAMBIO Autor: ESTANISLAO BACHRACH Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SOBRE EL ARTE CONTEMPORANEO Autor: CESAR AIRA -RESID EN EL EXTERIOR Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DUERMETE, NIÑO Autor: EDUARD ESTIVILL -EXTRANJ Editor: DEBOLSILLO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: STEVE JOBS. LECCIONES DE LIDERAZGO Autor: WALTER ISAACSON Traductor: DAVID GONZALEZ -IGLESIAS GONZALEZ Editor: DEBATE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA NOVELA LUMINOSA Autor: MARIO LEVRERO -EXTRANJ Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: HISTORIAS INESPERADAS DE LA HISTORIA ARGENTINA Autor: CARLOS DANIEL BALMACEDA Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL DISCURSO VACIO Autor: MARIO LEVRERO -EXTRANJ Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MAL DE ESCUELA Autor: DANIEL PENNAC Traductor: MANUEL SERRAT CRESPO -EXTRANJ Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LOS TOPOS Autor: FELIX MANUEL BRUZZONE Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ENCAMBIO Autor: ESTANISLAO BACHRACH Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SOMOS UNA FAMILIA Autor: FABIO BARTOLOMEI Traductor: JUAN MANUEL SALMERON ARJONA Editor: TUSQUETS EDITORES SA Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EL PRINCIPIO DE OZ: LOGRANDO RESULTADOS PERSONALES Y ORGANIZACIONALES A TRAVES DE ACCOUNTABILITY Autor: ROGER CONNORS Autor: TOM SMITH (EXTRANJ) Autor: CRAIG HICKMAN (EXTRANJ) Traductor: ALVARO MEDINA Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: GRAMATICA Y ESCRITURA (LIBRO DEL PROFESOR) Autor: ELIDA RUIZ Autor: CECILIA NOCE Editor: EDICIONES COLIHUE SRL Obra Publicada Género: INFANTIL Título: SOLO SE QUE ES ENSALADA Autor: OCHE CALIFA Autor: LUCAS NINE Editor: EDICIONES COLIHUE SRL Obra Publicada Género: LITERARIO Título: UNA SALITA CERCA DE LA CALLE EDGWARE Autor: GRAHAM GREENE Autor: MARIA WERNICKE Traductor: EDUARDO HOJMAN Director: ELVIO E GANDOLFO Editor: EDICIONES COLIHUE SRL Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: DICCIONARIO DE TERMINOS DE COMUNICACION, TECNOLOGIAS Y SEGURIDAD Autor: MARISA AVOGADRO THOME Editor: MAR Y ARTE EDICIONES DE MARISA AVOGADRO THOME Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: SALTO Y VOS Autor/Titular: LUDMILA YAGNENTKOUSKY Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: QUE DIGITAL Autor: JULIA DRANGOSCH Autor: GONZALO GOBBI Autor: JOAQUIN LLEDO Autor: LUCIANO GARGIULO Autor: JUAN MANUEL SALAS Titular: COOPERATIVA DE TRABAJO LA REDACCION LIMITADA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DE GUERRAS Y DE AMORES. POEMAS Y OTROS ESCRITOS INTIMOS Autor: CARLOS GOROSTIZA Autor: EMMA HERBIN Editor: EDICIONES COLIHUE SRL Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TEATRO SALVAJE. HISTORIAS DE ACTORES DE PROVINCIA Autor: JORGE RICCI Autor: SANYU (I) Director: JORGE DUBATTI Editor: EDICIONES COLIHUE SRL Obra Publicada Género: MUSICA Y LETRA Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LOS VILLAFAÑE, POESIA FAMILIAR Título: DICCIONARIO FOBAL CLUB. LA IMAGINACION AL POTRERO Autor: JAVIER VILLAFAÑE Autor: ELBA FABREGAS Autor: JUANO VILLAFAÑE Editor: EDICIONES COLIHUE SRL Autor: JUAN JOSE PANNO Autor: EDUARDO MAICAS Editor: EDICIONES COLIHUE SRL Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ARENAS MOVEDIZAS Autor: HENNING MANKELL Traductor: CARMEN MONTES CANO Editor: TUSQUETS EDITORES SA Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EL AYER Y EL HOY DEL PUEBLO Y COLONIA DE QUEBRACHO HERRADO Autor: TERESITA JOSEFA MORELLO Autor: JORGE JOSE CAMISASSA Editor: MUNICIPALIDAD DE QUEBRACHO HERRADO Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ABC1D. LA ENCICLOPEDIA Autor: MARINA MARIASCH Editor: MONTENA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LAS PRIMAS Autor: AURORA VENTURINI -FALLEC Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA BANDA DEL CIEMPIES Autor: MARIO LEVRERO -EXTRANJ Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: MUSEO DEL COLECTIVO ANTIGUO Autor/Titular: JUAN CARLOS GONZALEZ Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA PARTIDA DE WENGER Autor: MARIA MONICA ABDALA Editor: EDUARDO MONTE JOPIA Obra Publicada Género: TECNICO Título: MANUAL DEL GANADERO Autor: CARLOS MARIN MORENO Autor: FERNANDO CANOSA Autor: VICTOR TONELLI Editor: COLOMBO Y MAGLIANO SA Obra Publicada Género: TEATRAL Título: TE QUIERO TANTO, TANTO... Autor/Titular: MARTIN ALEJANDRO COMAN

25 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Obra Publicada Género: HISTORICO Título: ESTEBAN AGUSTIN GASCON DIPUTADO POR BUENOS AIRES AL CONGRESO DE TUCUMAN Obra Publicada Género: HISTORICO Título: FRAY JUSTO DE SANTA MARIA DE ORO DIPUTADO POR SAN JUAN ( ) Obra Publicada Género: HISTORICO Título: PEDRO IGNACIO DE CASTRO BARROS SACERDOTE Y POLITICO ARGENTINO Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EMMANUEL LEVINAS: ENTRE EL SER Y DIOS: EL PROBLEMA DE LA ONTOTEO-LOGIA Autor: ALBERTO DAVID LEIVA Editor: CIRCULO DE LEGISLADORES DE LA NACION ARGENTINA Autor: JUAN GUILLERMO DURAN Editor: CIRCULO DE LEGISLADORES DE LA NACION ARGENTINA Autor: JUAN AURELIO ORTIZ Editor: CIRCULO DE LEGISLADORES DE LA NACION ARGENTINA Autor: DAVID ALBERTO ROLDAN Editor: TEOLOGIA Y CULTURA EDICIONES DE DAVID ALBERTO ROLDAN Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL PORVENIR DE LA RAZON Autor: DAVID ALBERTO ROLDAN Editor: TEOLOGIA Y CULTURA EDICIONES DE DAVID ALBERTO ROLDAN Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CACHORROS AL RESCATE! Autor: KIM DURAN Autor: HARRY MOORE Traductor: DANIEL CORTES -EXTRANJ Editor: ALTEA DE AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MISION CANINA Autor: KIM DURAN Autor: HARRY MOORE Traductor: DANIEL CORTES Editor: ALTEA DE AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Obra Publicada Género: CINEMATOGRAFICO Título: CLANDESTINO Autor: SOFIA ROCHA Autor: TATIANA MICAELA POPLAWSKI Autor: MELANIZ MICAELA ROZIN Titular: MICAELA JULIETA CASTRO Editor: MICAELA JULIETA CASTRO Productor: MICAELA JULIETA CASTRO Director: SOFIA ROCHA Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: INFOMIBA Autor/Titular: JUAN DOMINGO DIB Obra Publicada Género: LITERARIO Título: HABIA UNA VEZ UNA CIUDAD BONAERENSE 1 Autor/Editor: DIEGO HORACIO FERNANDEZ Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 19/08/2016 N 58730/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Expediente Título, autor y demás recaudos por la Ley Obra Publicada Género: MUSICA Título: TELENOCHE I Autor: CARLOS ENRIQUE ABRIOLA Editor: SI MUSICA Obra Publicada Género: MUSICA Título: FUSETTI I Autor: LUCIANO FUSETTI Editor: SI MUSICA Obra Publicada Género: MUSICA Título: DURAÑONA Y VEDIA V Autor: ALVARO JUAN MANUEL DURAÑONA Y VEDIA Editor: SI MUSICA Obra Publicada Género: MUSICA Título: TAINTA II Autor: FLORIAN JAVIER TAINTA Editor: SI MUSICA Obra Publicada Género: MUSICA Título: MARTINEZ ARGIBAY V Autor: GERARDO MARTINEZ ARGIBAY Editor: SI MUSICA Obra Publicada Género: MUSICA Título: MUA Autor: IGNACIO JOAQUIN URTIZBEREA Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Obra Publicada Género: LETRA Título: MUA Autor: IGNACIO JOAQUIN URTIZBEREA Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Obra Publicada Género: MUSICA Título: ZONA GRIS Autor: LEONARDO MARTIN RAFAEL CARRILLO Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: HELEN MONTECINO MUSIC DE MARIA E. MONTECINO Obra Publicada Género: LETRA Título: ZONA GRIS Autor: LEONARDO MARTIN RAFAEL CARRILLO Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: HELEN MONTECINO MUSIC DE MARIA E. MONTECINO Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM MUSICAS TV, 1 (SIP & VALVEN & EPSA) Autor: JEY B Autor: IGNACIO FELIPE COLOMBO Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: SIP PUBLISHING DE FELIPE VILLAFUERTE RUZO Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY Autor: JOAQUIN IGNACIO GOMEZ Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM MUSICAS TV, 1 (SIP & VALVEN & EPSA) Autor: JEY B Autor: JOAQUIN IGNACIO GOMEZ Autor: IGNACIO FELIPE COLOMBO Autor: RODRIGO BLAS MORA BUSKO Autor: PABLO SANTIAGO ANDRES Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: SIP PUBLISHING DE FELIPE VILLAFUERTE RUZO Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM RESTO DEL MUNDO Autor: JEY B Autor: DAN SEVEN Autor: PABLO LOPEZ RUIZ Autor: MARIANO ALFREDO BARRELLA Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: SIP PUBLISHING DE FELIPE VILLAFUERTE RUZO Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM GRUPO CONTACTO Autor: SERGIO OSCAR PETROLI Autor: AGUSTIN FEDERICO PETROLI Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: PUBLITRACK SRL Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM GRUPO CONTACTO Autor: SERGIO OSCAR PETROLI Autor: AGUSTIN FEDERICO PETROLI Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: PUBLITRACK SRL Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM KLONNE, VOL. 3 Autor: SERGIO MATIAS BORELLO FERNANDEZ Autor: MARIA ANDREA SEEWALD Editor: EPSA PUBLISHING SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM KLONNE, VOL. 3 Autor: SERGIO MATIAS BORELLO FERNANDEZ Editor: EPSA PUBLISHING SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM VANE RUTH Autor: VANE RUTH Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: ACQUA RECORDS SRL Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM VANE RUTH Autor: VANE RUTH Editor: EPSA PUBLISHING SA Editor: ACQUA RECORDS SRL Obra Publicada Género: PROGRAMA Título: TIENDA PROPIA Autor/Titular: LEONARDO CREMONTE COMPUTACION Obra Publicada Género: LETRA Título: CHASING HIGH Autor: CANDELARIA MOLINA ZAVALIA Editor: CANDELARIA MOLINA ZAVALIA

26 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Obra Publicada Género: MUSICA Título: CHASING HIGH Autor/Editor: CANDELARIA MOLINA ZAVALIA Autor: FLORENCIA BORDOLINI Obra Publicada Género: DVD Título: SINTIENDO A PIAZZOLLA Productor: GUILLERMO STAMPONI Productor: PABLO OSCAR RHO Autor: GUILLERMO STAMPONI Director: PABLO OSCAR RHO Titular: GUILLERMO STAMPONI Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: OIL ON CANVAS Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ORLANDO Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: AD ASTRA Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: MUSICA Y Título: A BREATH OP THE WIDE VALLEY Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE LETRA Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: REAPING THE FALLEN THE FIRST HARVEST Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: CONQUEST LOVE AND SELF PERSEVERANCE Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: THE INVISIBLE ARMY Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: TRIBUTE TO KRZYSZTOF PENDERECKI Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: IN THE STILLNES OF THE CODRII Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: WINDS Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: PARIS SPLEEN Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: DRINK THE NEW WINE Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: THE TRIUMPH OF LIGHT AND THY THIRTEENS SHADOWS OF LOVE Productor: GABRIEL MAURICIO CARBONE Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: INFORME BARRIAL Y RADIAL Autor/Titular: DANIEL GUSTAVO YAÑEL Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: NOTICIAS DEL BARRIO Autor/Titular: DANIEL GUSTAVO YAÑEL Obra Publicada Género: LITERARIO Título: VALERIA AL DESNUDO Autor: ELISABET BENAVENT FERRI Editor: SUMA DE LETRAS DE AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Obra Publicada Género: LITERARIO Título: NO HAY AMORES FELICES Autor: SERGIO OLGUIN Editor: SUMA DE LETRAS DE AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CEREBRO MUSICAL Autor: CESAR AIRA Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: USTED PUEDE SANAR SU VIDA Autor: LOUISE L. HAY Traductor: MARTA I. GUASTAVINO Editor: BOOK4POCKET DE EDICIONES URANO SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ENCAMBIO Autor: ESTANISLAO BACHRACH Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA VACUNA CONTRA EL MIEDO Autor: MONTSE DOMENECH Editor: PLAZA & JANES DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: HISTORICO Título: EL DIA DE LA BATALLA: LA GUERRA EN SICILIA Y EN ITALIA Autor: RICK ATKINSON Traductor: TEOFILO DE LOZOYA Traductor: JOAN RABASSEDA Traductor: EFREN DEL VALLE Editor: CRITICA DE EDITORIAL PAIDOS SAICF Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EL HAMBRE DEL ESQUELETO Y OTROS CUENTOS PARA QUEDAR SIN ALIENTO Autor: NILDA LACABE Autor: GERARDO BARO Editor: URANITO DE EDICIONES URANO SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LO FEMENINO Autor: SANDRA RUSSO Editor: DEBATE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LEJOS DE LAS SOMBRAS Autor: ALICE RAINE Traductor: MARIA DEL PUERTO BARRUETABEÑA DIEZ Editor: GRIJALBO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LAS TEORIAS SALVAJES Autor: POLA OLOIXARAC Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL PUNTO CIEGO Autor: JAVIER CERCAS Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MEDIO MUNDO Autor: JOE ABERCROMBIE Traductor: MANU VICIANO Editor: FANTASCY DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DANZA DE DRAGONES Autor: GEORGE R R MARTIN Traductor: CRISTINA MACIA Traductor: NATALIA CERVERA Editor: DEBOLSILLO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ORDEN MUNDIAL Autor: HENRY KISSINGER Traductor: TERESA BEATRIZ ARIJON Editor: DEBATE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SIEMPRE HAY UN MAÑANA Autor: NORA ROBERTS Traductor: PILAR DE LA PEÑA MINGUELL Editor: DEBOLSILLO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PLAYBACK Autor: RAYMOND CHANDLER Traductor: MANUEL DE LA ESCALERA Editor: PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ARTE ANTIESTRES: 100 LAMINAS VINTAGE PARA COLOREAR Autor: MICHAEL O MARA Autor: HANNAH DAVIES (I) Traductor: OBRA ANONIMA Editor: PLAZA & JANES DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA BUSQUEDA DE LUCIA Autor: CECILIA CURBELO Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: PASTELERIA CASERA SIN GLUTEN Autor: DOLLY WALSH Editor: GRIJALBO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CRIMENES SORPRENDENTES DE LA HISTORIA ARGENTINA II Autor: RICARDO VICENTE ANGARANO Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DICCIONARIO POCKET PLUS PORTUGUES Autor: OBRA ANONIMA Editor: GRIJALBO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: MIGUEL DE CERVANTES, LA CONQUISTA DE LA IRONIA Autor: JORDI GRACIA Editor: TAURUS DE AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Obra Publicada Género: LITERARIO Título: HOMBRE LENTO Autor: JOHN MAXWELL COETZEE Traductor: JAVIER CALVO Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL FONDO DEL CIELO Autor: RODRIGO FRESAN Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BUENOS AIRES EN LA MIRA Autor: CARLOS DANIEL BALMACEDA Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA

27 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Obra Publicada Género: LITERARIO Título: AQUI Y AHORA Autor: JOHN MAXWELL COETZEE Traductor: BENITO GOMEZ Traductor: JAVIER CALVO Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL MUNDO AMARILLO Autor: ALBERT ESPINOSA Editor: GRIJALBO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: FELICIDAD, MANUAL DE INSTRUCCIONES Título: INTIMIDANTES Título: BUSCANDO A AUDREY Autor: JAVIER SALINAS GABIÑA Editor: EDICIONES URANO SA Autor: FERNANDO OSORIO Editor: EDICIONES URANO SA Autor: SOPHIE KINSELLA Traductor: VICTORIA HORRILLO Editor: PUCK DE EDICIONES URANO SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BORGESTEIN Autor: SERGIO BIZZIO Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA INFANCIA DE JESUS Autor: JOHN MAXWELL COETZEE Traductor: MIGUEL TEMPRANO GARCIA Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: FOE Autor: JOHN MAXWELL COETZEE Traductor: ALEJANDRO GARCIA REYES Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DIARIO DE UN MAL AÑO Autor: JOHN MAXWELL COETZEE Traductor: JORDI FIBLA Editor: LITERATURA RANDOM HOUSE DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CLASES 1985: ALGUNOS PROBLEMAS DE TEORIA LITERARIA Autor: JOSEFINA LUDMER Editor: EDITORIAL PAIDOS SAICF Obra Publicada Género: INFANTIL Título: BOTIN DE PIRATA Autor: VERONICA HALAC Autor: AZUL PIÑEIRO Editor: URANITO DE EDICIONES URANO SA Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: CRESUD: EN TIEMPO PARA SEGUIR CRECIENDO? 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OBRA SIN NOMBRE Autor: GABRIELA DE MOLA Traductor: KAZIMIERZ WARZYCA Editor: DOBRA ROBOTA EDITORA DE GABRIELA ESTEFANIA DE MOLA Obra Publicada Género: INFANTIL Título: MI LIBRO DE STENCIL, EN LA JUNGLA Autor: OBRA ANONIMA Editor: V&R EDITORAS SA Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: POEMAS MELLIZOS DE EURIDICE CANOVA Autor: EURIDICE CANOVA Titular: MARCELA NOEMI SILVA Obra Publicada Género: GEOGRAFICO Título: UNION EUROPEA. PROCESO HISTORICO Y DESAFIOS ACTUALES Autor: ALDO FABIO ALONSO Autor: MARIA CRISTINA NIN Autor: STELLA MARIS SHMITE Editor: EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: ESTRATEGIA, POLITICA Y COMPLEJIDAD Autor: LUIS ALEJO BALESTRI Autor: SANTIAGO FERRO MORENO Editor: EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: LA PAMPEANIDAD EN DEBATE. DISCURSOS Y PRACTICAS SOBRE LA IDENTIDAD PROVINCIAL Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: PRODUCCION PORCINA. EL COMPLEJO EDUCATIVO-PRODUCTIVO DE LA ACTIVIDAD EN ARGENTINA Autor: DANIELA BASSA Editor: EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Autor: RODOLFO O BRAUN Editor: EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: CAMBIO 21. LAS NOTICIAS DEL CONURBANO SUR Autor/Titular: JUAN MANUEL DORAO Obra Publicada Género: PROGRAMA Título: KIADOC Autor/Titular: MARIO JORGE GRINSCHPUN COMPUTACION Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: UN SUEÑO LOCO LLAMADO ATUC Autor: VICTOR REY ALEGRE Editor: TINTA VIOLETA DE ARNESTO ANDREA Obra Publicada Género: PERIODISTICO Título: PADRE CAJADE Autor: PABLO MOROSI Editor: EDITORIAL MAREA SRL Obra Publicada Género: PERIODISTICO Título: DE VUELTA A CASA Autor: ANALIA ARGENTO Editor: EDITORIAL MAREA SRL Obra Publicada Género: PERIODISTICO Título: NARCOFUGAS Autor: CECILIA GONZALEZ Editor: EDITORIAL MAREA SRL Obra Publicada Género: PERIODISTICO Título: NUNCA LA MISMA HISTORIA Autor: CONSTANZA BRUNET Editor: EDITORIAL MAREA SRL Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL PICHI O LA REVOLUCION DE LOS FRAGILES Autor: EDUARDO BLAUSTEIN Editor: EDITORIAL MAREA SRL Obra Publicada Género: TEATRAL Título: CASI UN VELORIO Autor/Titular: IRIS VIOJO Obra Publicada Género: MUSICA Título: FUEGO Autor: JOAQUIN ROSSON Autor: HEIDI COZZA Editor: EMI MELOGRAF SA Editor: SM PUBLISHING ARGENTINA SRL Editor: TEVEFE COMERCIALIZACION SA Obra Publicada Género: LETRA Título: ALUMBRA EL RITMO Autor: MARCELO LEONARDO GUEVARA Autor: CESAR RAUL GODOY Autor: ARIEL LEANDRO JOSE SCOTTON Autor: MAXIMILIANO LEONARDO BONACCORSI Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA

28 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALUMBRA EL RITMO Autor: MARCELO LEONARDO GUEVARA Autor: CESAR RAUL GODOY Autor: ARIEL LEANDRO JOSE SCOTTON Autor: MAXIMILIANO LEONARDO BONACCORSI Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: RECUERDOS Autor/Titular: ARIEL KLEIN Autor/Titular: MATIAS AISKOVICH Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 19/08/2016 N 58731/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Título, autor y demás recaudos por la Ley Expediente Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: TASK ING. 2 Autor: SELVA E BELTRAMONE Autor: RAQUEL RAMOS Editor: EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Obra Publicada Género: JURIDICO Título: EL DERECHO HUMANO A LOS PATRIMONIOS CULTURALES. AVANCES, FRENOS Y RETOS DE SU CONSOLIDACION DESDE LA Autor: LUCIA CAROLINA COLOMBATO Editor: EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TODAS LAS GENERALAS SERVIDAS DEL MUNDO Autor: ESTEBAN SEIMANDI Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Editor: ARTE GRAFICO EDITORIAL ARGENTINO Obra Publicada Género: LITERARIO Título: COMO COMO Autor: NATALIA KIAKO Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CIUDADES DE PAPEL Autor: JOHN GREEN Traductor: NOEMI SOBREGUES ARIAS -EXTRANJ Editor: NUBE DE TINTA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: UN APLAUSO PARA EL ASADOR! Autor: ANONIMO Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EXPLORADORES DEL FUTURO Autor: JUAN SCALITER -RESID EN EL EXTERIOR Editor: DEBATE DE RANDOM HOUSE MONDADORI SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: HABIA UNA VEZ UN TIRANO Autor: ANA MARIA MACHADO Autor: OSCAR SENONEZ Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL HILO ROJO Autor: ERIKA HALVORSEN Editor: SUDAMERICANA DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: GONZALEZ CATAN: PREMIO CLARIN ALFAGUARA Autor: EMILIO DI TATA ROITBERG Editor: AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Editor: ARTE GRAFICO EDITORIAL ARGENTINO Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ARTE ANTIESTRES: 100 LAMINAS PARA COLOREAR Autor: MICHAEL O MARA Traductor: OBRA ANONIMA Autor: HANNAH DAVIES (I) Editor: PLAZA & JANES DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: GEOGRAFICO Título: LOS CHACAREROS DE TRENEL, LA PAMPA. CONSTRUCCION SOCIAL DEL TERRITORIO, FRAGMENTACION Y DESPLAZAMIEN Autor: STELLA MARIS SHMITE Editor: EDITORIAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PAMPA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ESPERANZA SIN OPTIMISMO Autor: TERRY EAGLETON Traductor: BELEN URRUTIA Editor: TAURUS DE AGUILAR ALTEA TAURUS ALFAGUARA SA DE EDICIONES Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DOCE AÑOS DE ESCLAVITUD Autor: SOLOMON NORTHUP Traductor: NOEMI SOBERGUES ARIAS -EXTRANJ Traductor: JUAN CAMARGO SANCHEZ -EXTRANJ Traductor: JUAN CASTILLA PLAZA -EXTRANJ Traductor: JAVIER FERNANDEZ DE CASTRO -EXTRANJ Editor: DEBOLSILLO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TORMENTA DE ESPADAS. CANCION DE HIELO Y FUEGO III Autor: GEORGE R. R. MARTIN Traductor: CRISTINA MACIA -EXTRANJ Traductor: ADELA IBAÑEZ -EXTRANJ Traductor: NATALIA CERVERA -EXTRANJ Traductor: ALEJO CUERVO -EXTRANJ Editor: DEBOLSILLO DE PENGUIN RANDOM HOUSE GRUPO EDITORIAL SA Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ROMA Productor: CARLOS MARIA VILLALBA Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: ALTOS DE LA WEB Autor/Titular: ANDREA EVARISTA SCATTURICE Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: NETECONOMY Autor/Titular: ROXANA ANDREA GARCIA Obra Publicada Género: CIENTIFICO Título: RESOLVIENDO EL ENIGMA CUANTICO Autor/Editor: JOSE EDUARDO GARCIA MAYORAZ Obra Publicada Género: HISTORICO Título: LA PERCEPCION DE LOS CONFLICTOS ARMADOS ACTUALES LOS CASOS DE RUANDA, SIERRA LEONA, AFGANISTAN Y LA Autor: ESTEBAN DARIO BARRAL Editor: EUDE EDITORIAL UNIVERSITARIA DEL EJERCITO Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: SONORO Productor: JUAN PABLO GRECO Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: CIELOTIERRA Productor: LA BORGOÑA DE ALEJANDRO PABLO MARCHESE Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: OTHER JORM Autor/Titular: SIDESYS SRL (Q) Autor: OBRA COLECTIVA Obra Publicada Género: MUSICA Título: PUERTO CLUB Autor: NICOLAS AQUINO Autor: BRIAN MEDRANO Autor: LUCAS MORELLO Autor/Editor: DIEGO RODRIGUEZ Obra Publicada Género: LETRA Título: PUERTO CLUB Autor: NICOLAS AQUINO Autor/Editor: DIEGO RODRIGUEZ Autor: BRIAN MEDRANO Autor: LUCAS MORELLO Obra Publicada Género: CINEMATOGRAFICO Título: AGARRESE COMO PUEDA. QUE DICEN LOS CUERPOS AL VOLAR Productor: JAVIER NICOLAS ROMERO Director: JAVIER NICOLAS ROMERO Director: NICOLAS BRATOSEVICH Director: CLAUDIO MARCELO CELADA Titular: JAVIER NICOLAS ROMERO Editor: JAVIER NICOLAS ROMERO Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 19/08/2016 N 58732/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DIRECCIÓN NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR Título, autor y demás recaudos por la Ley Expediente Obra Publicada Género: MUSICA Título: MUNDO DE QUIMERAS Autor: GUSTAVO ADRIAN CERATI Editor: JJC EDICIONES MUSICALES SRL Obra Publicada Género: LETRA Título: MUNDO DE QUIMERAS Autor: GUSTAVO ADRIAN CERATI Editor: JJC EDICIONES MUSICALES SRL

29 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Obra Publicada Género: MUSICA Título: NOTICAMPI Autor: EDUARDO GABRIEL BLACHER Autor: JUAN CARLOS VARELA Autor: RAUL SLONIMSKY Editor: ENDEMOL ARGENTINA SA Obra Publicada Género: LETRA Título: BAILA Autor: CARLOS ENRIQUE NINA ALVARADO Autor: ALEXIS JAVIER QUINTANA Autor: JUAN MARTIN GARRIGA LACAZE Autor: MELINA LEZCANO Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: MABDALA MUSIC BUSINESS MANAGEMENT Obra Publicada Género: MUSICA Título: BAILA Autor: CARLOS ENRIQUE NINA ALVARADO Autor: ALEXIS JAVIER QUINTANA Autor: JUAN MARTIN GARRIGA LACAZE Autor: MELINA LEZCANO Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: MABDALA MUSIC BUSINESS MANAGEMENT Obra Publicada Género: LETRA Título: ERA AGUITA CON YERBA Autor: EDUARDO GABRIEL BLACHER Autor: JUAN CARLOS VARELA Autor: RAUL SLONIMSKY Editor: ENDEMOL ARGENTINA SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: ERA AGUITA CON YERBA Autor: EDUARDO GABRIEL BLACHER Autor: JUAN CARLOS VARELA Autor: RAUL SLONIMSKY Editor: ENDEMOL ARGENTINA SA Obra Publicada Género: LETRA Título: SIN RUEDITAS Autor: EDUARDO GABRIEL BLACHER Autor: JUAN CARLOS VARELA Autor: RAUL SLONIMSKY Editor: ENDEMOL ARGENTINA SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: SIN RUEDITAS Autor: EDUARDO GABRIEL BLACHER Autor: JUAN CARLOS VARELA Autor: RAUL SLONIMSKY Editor: ENDEMOL ARGENTINA SA Obra Publicada Género: LETRA Título: SILENCIO Autor: GLORIA ANDREA CURRA Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: POL-KA MUSICA Editor: D G EDICIONES Obra Publicada Género: LETRA Título: VUELO 899 Autor: EDUARDO GABRIEL BLACHER Autor: JUAN CARLOS VARELA Autor: RAUL SLONIMSKY Editor: ENDEMOL ARGENTINA SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: VUELO 899 Autor: EDUARDO GABRIEL BLACHER Autor: JUAN CARLOS VARELA Autor: RAUL SLONIMSKY Editor: ENDEMOL ARGENTINA SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: SILENCIO Autor: GLORIA ANDREA CURRA Editor: WARNER CHAPPELL MUSIC ARGENTINA Editor: POL-KA MUSIC Editor: D G EDICIONES Obra Publicada Género: LETRA Título: TOCA MADERA Autor: JUAN PABLO DIAZ HERMELO Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: TOCA MADERA Autor: JUAN PABLO DIAZ HERMELO Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Obra Publicada Género: LETRA Título: HASTA EL AMANECER Autor: GONZALO SEBASTIAN LOPEZ Autor: HECTOR ALFREDO BURGOS Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Obra Publicada Género: MUSICA Título: HASTA EL AMANECER Autor: GONZALO SEBASTIAN LOPEZ Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TENEDOR LIBRE: RIMAS, POESIAS, ADIVINANZAS, RONDAS, Autor/Editor: MARIA VICTORIA GASPARINI RELATOS... Y TODO LO QUE GUSTEN SERVIRSE LOS NIÑ Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BAJO EL CIELO DE CAWNPORE Autor: ALEXANDRA RISLEY Editor: EDITORIAL VESTALES DE EZEQUIEL BAJDER Y MARIA MERCEDES PEREZ SH Obra Publicada Género: LITERARIO Título: TODO QUEDA EN FAMILIA Autor: EZEQUIEL DELLUTRI Editor: EDITORIAL VESTALES DE EZEQUIEL BAJDER Y MARIA MERCEDES PEREZ SH Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LA SOMBRA DE SU SECRETO Autor: CLAUDIA CARDOZO -EXTRANJ Editor: EDITORIAL VESTALES DE EZEQUIEL BAJDER Y MARIA MERCEDES PEREZ SH Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: DISCAPACIDAD INFORMACION PARA TODOS Autor: LEONARDO CRUDER Autor: MYRIAM MORASSUTTI Autor: NICOLAS CANDIANO Editor: INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: FUN PEOPLE THE NEVER ENDING STORY... Productor: CARLOS DAMIAN RODRIGUEZ Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: VAIVENES Productor: CEIBA DUO DE CESAR PABLO NIGRO Obra Publicada Género: INTERNET Título: EL VIDEO DEL PAPA EL DEPORTE, POR LA CULTURA DEL ENCUENTRO Autor/Titular: FACUNDO DELLA TORRE Obra Publicada Género: JURIDICO Título: EL MICROCREDITO PARA ARMAR LA ARGENTINA Autor: GONZALO AGUSTIN SALVATICO Editor: LIBROS JURIDICOS DANTE SCOTTI DE DANTE RUBEN SCOTTI Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: EXILIOS Y DESEXILIOS. EVOCACIONES Autor: JUAN CARLOS BIDEGAIN Editor: LIBROS JURIDICOS DANTE SCOTTI DE DANTE RUBEN SCOTTI Obra Publicada Género: JURIDICO Título: REFORMAS DEL PROCESO PENAL BONAERENSE Autor: JUAN FERNANDO GOUVERT Editor: LIBROS JURIDICOS DANTE SCOTTI DE SCOTTI DANTE RUBEN Obra Publicada Género: JURIDICO Título: COMENTARIOS A LA LEY DE EMPLEO PUBLICO MUNICIPAL BONAERENSE Autor: JORGE LUIS BASTONS Autor: RAUL LUIS MONTERO Editor: LIBROS JURIDICOS DANTE SCOTTI DE SCOTTI DANTE RUBEN Obra Publicada Género: JURIDICO Título: DERECHO MUNICIPAL. CONCEJO DELIBERANTE Autor: IVAN DARIO TENAGLIA Editor: LIBROS JURIDICOS SANTE SCOTTI DE SCOTTI DANTE RUBEN Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL CLUB DE LOS VAMPIROS Autor: GONZALO DEMARIA Editor: EDICIONES FELICITAS DE CABRERA ANA MARIA Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: GACETA DE VERSAILLES Autor/Titular: RODRIGO FERNANDO MARCOGLIESE Obra Publicada Género: LITERARIO Título: NUEVE BATALLAS EN MALVINAS Autor: NICK VAN DER BIJL Traductor: ALEJANDRO JOSE AMENDOLARA BOURDETTE Editor: ALEJANDRO JOSE AMENDOLARA BOURDETTE Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ME PINTO UNA CANCION Productor: DEBORA KEPEL Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: ME ENCONTRE CANTANDO Productor: DEBORA KEPEL Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: RADIO ARINFO Autor/Titular: LEANDRO GABRIEL MIRO Dr. GUSTAVO J. SCHÖTZ, Director Nacional, Dirección Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. e. 19/08/2016 N 58733/16 v. 19/08/2016 #F F#

30 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO ADUANA MENDOZA DIVISIÓN ADUANA DE CÓRDOBA La DIRECCION GENERAL DE ADUANAS, en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley 25603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en División Aduana de Córdoba, calle Buenos Aires N 150 de la localidad de Córdoba. ADUANA FECHA ARRIBO MANI CONOCIMIENTO BULTOS CANTIDAD MERCADERIA DESTINATARIO 16/06/ MANI Z 017BR CAJAS 2 PARTES Y PIEZAS LEQUIPE MONTEUR 04/01/ MANI000186A 017UY CAJAS 19 EQUIPAMIENTO DE MONTAÑA MOUNTAIN GROUP S.A CORDOBA 28/06/ MANI021141R 017UY CAJAS 5 EMBRAGUES EMELAR S.A. 04/02/ MANI003392C XXX CAJAS 1 FLASH MR TECNOLOGIE 27/05/ MANI A XXXER CAJAS 3 PINTURAS TEXNIC ARG SRL MENDOZA 02/03/ MANI024067H SL/2016CH BULTOS 1 VEHICULO MITSUBISHI Sr. Mondo Dario Lic. PABLO N. D ERRICO, Director, Dirección Regional Aduanera Central. e. 19/08/2016 N 58531/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIVISIÓN ADUANA SAN CARLOS DE BARILOCHE La DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos solicitar alguna destinación autorizada previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en Aduana Bariloche, sita en Calle Vice Alte. O Connor 930, de la localidad de S. C. de Bariloche, Provincia de Río Negro, en el horario de 08:00 a 16:00 hs. DEPÓSITO ARRIBO MANI VÍA CONOCIMIENTO BULTOS CANTIDAD MERCADERÍA 42AC1 18/04/ MANI002045K AVION SOLAR CHARGES SOUND KIT 42AC1 21/11/ MANI005614Z AVION EMPTY BASE Ing. CLAUDIO F. CELSE, Administrador (Int.), Div. Aduana S. C. Bariloche. e. 19/08/2016 N 58781/16 v. 23/08/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DIVISIÓN ADUANA DE COMODORO RIVADAVIA La DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS en virtud de lo dispuesto en el Art. 1ro. de la Ley para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el Art. 417 de la Ley comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos solicitar alguna destinación autorizada previo pago de las multas que por derecho correspondieren. Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los Arts. 2do., 3ro., 4to. y 5to. de la Ley 25603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las mismas presentarse en Aduana Comodoro Rivadavia, sita en Ameghino 1152 de la localidad de Comodoro Rivadavia, Provincia de Chubut, en el horario de 08:00 a 16:00 hs. Arribo Mani Conocimiento Bultos KG. Mercadería 30/08/ MANI000476S JUW ,00 18/09/ MANI000559U ,00 07/06/ MANI000524N ,00 PARTES - PETROL PARTES - PETROL PARTES -ELÉCTRICA DESTINATARIO MERCADERÍA GE OIL & GAS P. & S. ARG SA DLS ARG. L- S. ARG. NULL Ing. ADRIÁN WALTER WILBERGER, Administrador (Int.), División Aduana Comodoro Rivadavia. #I I# PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Resolución 395/2016 e. 19/08/2016 N 58782/16 v. 23/08/2016 #F F# Buenos Aires, 04/08/2016 En Buenos Aires, a los 4 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, sesionando en la Sala de Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación Dr. Lino E. Palacio, con la Presidencia del Dr. Miguel A. Piedecasas, los señores consejeros presentes, y VISTO: El expediente AAD N 117/2011 caratulado COLEGIO DE TRADUCTORES PÚBLICOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S/ RESOLUCIÓN 486/10, del que RESULTA: I. Que a fs. 1/3 se encuentra agregada la presentación efectuada en fecha 26/9/2011 por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires solicitando la modificación de los artículos 5, 6 y 7 del Anexo I de la Resolución CM N 486/10 que establece el régimen aplicable para el pago por el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación de honorarios a traductores e intérpretes. Allí se solicita y propone una modificación de la redacción del articulado del anexo de la Resolución CM N 486/10 de forma que por medio de la aplicación de dicha Resolución, se logre tanto una agilización del trámite de percepción de honorarios por parte de los peritos traductores, en los casos en que su labor no se enmarca dentro de lo establecido por el Pacto de San José de Costa Rica, como la preservación de los recursos financieros propios del Consejo de la Magistratura para sus fines y tareas específicas. II. Que en fecha 16/5/2012 el Colegio de Traductores realiza una nueva presentación a fin de insistir en la petición anterior y a través de la cual se hace referencia a la existencia de traducciones o de interpretaciones cuyo pago es negado por la DAF, excusándose en diversos supuestos como que existe un condenado en costas o que la traducción encomendada no fue realizada, en el marco del art. 8, ap. 2, inc. a) del Pacto de San José de Costa Rica y el art. 14 ap. F) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por lo que se considera que esta traducción no debe ser abonada por el Poder Judicial, aunque se deja aclarado que los casos en donde se les niega a los peritos el pago a través de la DAF son escasos respecto de los que se pagan, dicho problema existe y tampoco las resoluciones plenarias 486/2010 y 30/2011 han logrado crear una solución para tal situación. (fs. 11/17). III. Que analizado el tema en la reunión de la Comisión de Reglamentación celebrada el día 30/8/2012 se dispuso girar las actuaciones a la Secretaría de Asuntos Jurídicos dependiente de la Administración General, a fin de que emitiera un dictamen jurídico que comprenda ambas presentaciones del Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, remisión que se efectivizó según consta a fs. 21 y vlta de autos.- IV. Que el 07/4/2014 la Administración General del Poder Judicial devolvió las actuaciones a la Comisión de Reglamentación con Dictamen SAJ N 385/2014 mediante el cual propicia el rechazo de las modificaciones solicitadas por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, a la vez que se acompaña un proyecto de resolución proponiendo la aprobación de un Instructivo para el pago de honorarios a peritos, traductores e intérpretes agregado como anexo.- Que el Dictamen SAJ N 385/2014 de fecha 13/3/2014 aborda la redacción de la Resolución CM N 486/2010 y la propuesta formulada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires, hace referencia a la normativa aplicable al caso y el régimen jurídico que surge de allí y analiza las modificaciones propuestas a los artículos 5, 6 y 7 del Anexo I de la Resolución CM N 486/2010, para concluir que la interpretación que asigna el Colegio de Traductores a las distintas normas mencionadas en sus presentaciones es improcedente, por los fundamentos expuestos en los puntos III.1 Normativa aplicable y III.2 Análisis del Régimen Jurídico que surge de la normativa vigente V. Que en fecha 3 de septiembre de 2015 el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires realiza una última presentación la que obra agregada a.fs. 76/81 de esta actuaciones, por la que reitera los términos de sus escritos anteriores. 1 ) Que el Expte. AAD 117/2011 se inició en el año 2011 por la presentación realizada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires que requería la modificación de los artículos 5, 6 y 7 de la Res. CM N 486/10 de fecha 11/11/10 (texto ordenado por Res. CM N 30/11), por la que el Plenario del Consejo aprobó el Reglamento para el pago por el Consejo de la Magistratura Nacional de honorarios a traductores e intérpretes.- Que en el dictado de la Resolución CM N 486/10 se analizaron cuáles son las traducciones cuya gratuidad está obligado a garantizar el Estado Argentino en cumplimiento de los tratados internacionales de Derechos Humanos y en consecuencia, la obligación de pago es a cargo del Poder Judicial de la Nación y cuáles son las traducciones realizadas en causas penales que corresponde abonar por los condenados en costas y que ante su insolvencia los traductores públicos reclaman el pago a la Dirección de Administración Financiera del Consejo de la Magistratura. Que en tal sentido, en los artículos 5 y 6 del Anexo I de la Res. CM N 486/10 se dispuso el procedimiento a seguir ante el reclamo al Consejo de la Magistratura del pago de regulaciones judiciales en causas penales de honorarios de traductores o intérpretes en caso de insolvencia del condenado en costas y se estableció que la Comisión de Administración y Financiera emitiría dictamen aconsejando o rechazando el pago requerido.

31 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº ) Que en cuanto a la cuestión que es objeto de requerimiento por parte del Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires y que dio origen a las actuaciones bajo tratamiento, cabe señalar que con el transcurso del tiempo desde le presentación inicial, se comprueba una evidente evolución en los criterios adoptados en estos supuestos, tal como se desprende de las sucesivas resoluciones dictadas por el Plenario del Consejo de la Magistratura. En efecto, mediante las Resoluciones CM N 114/16 dictada en Expediente N /11 caratulado Iniciador: JUZGADO NAC. EN LO CRIM. Y CORR. FED. N 3. Asunto: HONORARIO CICERONE FLORENCIA MALVINA- CAUSA N 2637/2004/44, la N 115/16 dictada en el Expediente N /12 caratulado Iniciador: JUZGADO NAC. EN LO PENAL ECONOMICO N 2. Asunto: HONORARIOS GIMENEZ DE ACUÑA DELIA MERCEDES- CAUSA N 604/ Expediente N /12 caratulado Iniciador: JUZGADO NAC. EN LO PENAL ECONOMICO N 2. Asunto: HONORARIOS GIMENEZ DE ACUÑA DELIA MERCEDES- CAUSA N 604/2011 y la N 116/16 dictada en el Expediente N /15 caratulado Iniciador: JUZGADO FEDERAL DE CAMPANA Asunto: HONORARIO CADEMARTORI GRACIELA NOEMI CAUSA N 8299/2, se ordenó el pago de los honorarios profesionales regulados a varios peritos designados en causas penales disponiendo la remisión de las actuaciones a la Administración General del Poder Judicial de la Nación a efectos de que se cumplimentaran los requisitos exigidos y se hiciera efectivo el pago reclamado. Asimismo, el Plenario del Consejo de la Magistratura Nacional ha adoptado diversas resoluciones haciendo lugar a los recursos jerárquicos interpuestos por los traductores por las que dispuso el pago con carácter excepcional de los honorarios profesionales reclamados por peritos traductores en distintas actuaciones iniciadas ante la Administración General del Poder Judicial de la Nación. En los casos resueltos en el año 2016 por el Plenario del Consejo, se han analizado diversas y particulares situaciones fácticas de imposibilidad del cobro de los honorarios de los peritos, traductores o intérpretes reclamantes, como así también, el derecho al cobro de la retribución que les corresponde por la labor realizada conforme lo previsto en el art. 14 bis de la Constitución Nacional (ver Resolución CM N 197/16 dictada en Expediente N /14 caratulado: Iniciador: TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL N 25 DE LA CAPITAL FEDERAL Asunto: HONORARIO SANCHEZ NATIVIDAD CAUSA N 4183/14, Resolución CM N 198/16 dictada en Expediente N /13 caratulado Iniciador: TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL ECONOMICO N 2. Asunto: HONORARIO MULLER ELIANA CAUSA N 2116 EX. 1175/10 Expediente N /13 caratulado Iniciador: TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL ECONOMICO N 2. Asunto: HO- NORARIO MULLER ELIANA CAUSA N 2116 EX. 1175/10 y Resolución CM N 199/16 dictada en Expediente N /14 caratulado: Iniciador: JUZGADO NAC. EN LO PENAL ECONO- MICO N 3 Asunto: INFORME ORMANOGLOU DE BLUM S/ INFORME HONORARIOS CAUSA N 345/12 Expediente N /14 caratulado: Iniciador: JUZGADO NAC. EN LO PENAL ECONOMICO N 3 Asunto: INFORME ORMANOGLOU DE BLUM S/ INFORME HONORARIOS CAUSA N 345/12.- Allí se han analizado los alcances y contenidos de las tareas periciales en la situación particular, teniendo presente las normas procesales que en la materia establecen la aplicabilidad de las pautas consagradas para los peritos al caso de los traductores en relación con el desarrollo de labores útiles para el proceso de que se trate y se ha efectuado la valoración de las normas legales y reglamentarias vigentes en cuanto al reclamo de aquellos honorarios profesionales y su adecuación a los principios y garantías constitucionales involucrados. En ese sentido, en la Resolución CM N 200/16 dictada en Expediente N /14 caratulado Iniciador: JUZGADO NAC. DE 1RA. INST. EN LO CRIM. DE INSTRUC. N 10. Asunto: HONO- RARIO, RUNSTUK, SUSANA CAUSA Nro. 1415/2013, se contempló que el perito designado de oficio que justificare la notificación de los gastos y honorarios a la parte condenada en costas y la falta de pago de los mismos en el plazo de ley, tiene derecho a requerir el pago al Estado. Inclusive, la imposibilidad de notificación a la parte condenada en costas por su situación de rebeldía debidamente acreditada, no enerva el derecho a los honorarios del perito designado de oficio respecto del Estado.- Que en la Resolución mencionada supra, se consideró que los honorarios de los peritos están comprendidos dentro del concepto de costas (art. 533, ley y 339, ley ). En principio la parte que presenta o propone un perito debe hacerse cargo de los gastos y retribuciones del mismo (art. 344, ley ); sin perjuicio del eventual derecho respecto del condenado en costas si lo hubiere. En los supuestos de los peritos designados de oficio, el reclamo de los gastos y retribuciones debe realizarse, en principio, al condenado en costas, siempre y cuando existiere una sentencia condenatoria (art. 29 del Código Penal y art. 340, Código Procesal Penal -ley ). No obstante ello, nada obsta a que el perito designado de oficio reclame el cobro de sus honorarios indistintamente a cualquiera de las partes intervinientes (CNPE, sala B, LL, 2001-D, 792). 3 ) Que por su parte la Administración General del Poder Judicial se ha expedido en el mismo sentido autorizando el pago de honorarios a favor de peritos, traductores o intérpretes en el marco de actuaciones administrativas en las que, corroborándose el cumplimiento de lo dispuesto en la Acordada CSJN N 41/85, los jueces intervinientes en las causas penales solicitan el pago de dichos honorarios, en cuyos casos se trata de traducciones desarrolladas en los términos previstos por la Resolución CM N 486/10 ( Reglamento para el pago por el Consejo de la Magistratura Nacional de honorarios a traductores e intérpretes ). Que la Administración ha resuelto en estos supuestos autorizar a la Dirección General de Administración Financiera a liquidar las sumas reclamadas para ser abonadas a los peritos, traductores o intérpretes en concepto de honorarios por su desempeño en causas penales conforme Resolución CSJN N 260/97. Sin perjuicio de ello, la Administración General, solicita a cada tribunal interviniente que en lo sucesivo, notifique la regulación de honorarios en causas en las que el Poder Judicial de la Nación no sea parte, pero pudiera estar obligado al pago a la Administración General del Poder Judicial de la Nación -Secretaría de Asuntos Jurídicos-, para que ésta evalúe su posible intervención y la defensa que amerite corresponder, en los aspectos vinculados con sus atribuciones y funciones, establecidas en el artículo 114 de la Constitución Nacional y en la Ley (t.o.). Que en ese sentido, se señala que eventualmente este Consejo de la Magistratura puede resultar ser el obligado al pago de los honorarios regulados, pero sin revestir el carácter de parte en el proceso que dio origen a esos emolumentos. Dicha circunstancia implica que la falta de notificación a este Organismo, imposibilite su oportuna intervención en el marco de las incidencias planteadas para fijar los honorarios, por lo que, con el objeto de poder resguardar adecuadamente el erario público, resulta conveniente adoptar un criterio vinculado con la posibilidad de impugnar la cuantía de los honorarios regulados en las causas en que este Poder Judicial de la Nación no sea parte (v.g. Resolución AG N 290/16 y N 293/ ) Que en fecha 30/6/2016 el Plenario del Consejo de la Magistratura dictó en el Expediente AAD N 53/2016 caratulado: CANDIS JORGE S/ PROYEC. DE REGL. DE NOTIF. AL CM DE HONORARIOS DE PERITOS, TRADUCTORES E INTERPRETES la Resolución CM N 339/16 a cuyos fundamentos brevitatis causae nos remitimos, por la cual aprobó el Reglamento de Notificaciones al Consejo de la Magistratura de Honorarios de Peritos, Traductores e Intérpretes.- En esa resolución el Consejo dispuso que: Artículo 1: En todas las causas judiciales del ámbito penal en las que el Poder Judicial de la Nación pudiera resultar obligado al pago de honorarios de peritos, traductores e intérpretes, los jueces y/o tribunales intervinientes y/o subrogante legal, deberán notificar las regulaciones de honorarios al Consejo de la Magistratura Nacional.- Artículo 2: La notificación de honorarios dispuesta en el artículo anterior, se efectuará mediante libramiento de oficio a la Administración General del Poder Judicial de la Nación -Secretaría de Asuntos Jurídicos- y se deberá: a.- Certificar que la designación del perito, traductor o intérprete ha sido realizada de oficio, que éste ha aceptado el cargo y cumplido efectivamente con la labor encomendada que haya resultado útil para el desarrollo del juicio.- b.- Acompañar la resolución judicial que se expide sobre la condena en costas si esta se hubiera dictado y el auto regulatorio de honorarios del perito, traductor o intérprete.- c.- Acreditar la situación procesal de la causa, en especial si se dan en la misma alguna de las siguientes circunstancias: 1.- insolvencia del condenado en costas; 2.- rebeldía de quien pudiera resultar condenado en costas y de su imposibilidad de notificación; 3.- absolución del imputado e inexistencia de querellante que resulte y/o pueda resultar condenado en costas y cuando la persecución penal no pudiere proseguir y se proceda al archivo de las actuaciones.- 5 ) Que en consecuencia, en virtud de las consideraciones expuestas y en atención al contenido y alcances de las disposiciones ya adoptadas por este Consejo de la Magistratura en orden al pago de los honorarios regulados judicialmente a los peritos, traductores e Intérpretes, estimamos que corresponde no hacer lugar a la petición de modificación de los artículos 5, 6 y 7 de la Resolución CM N 486/10 (t. o.) Res. CM N 30/11 efectuada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires y derogar los artículos 5 y 6 del Anexo I de la referida resolución que se han tornado inaplicables, ordenando su texto y estableciendo como nuevo artículo 5, el actual artículo 7, conforme surge del Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución.- y de conformidad con el Dictamen 20/2016 de la Comisión de Reglamentación, SE RESUELVE: 1. NO HACER LUGAR a la petición de modificación de los artículos 5, 6 y 7 de la Resolución CM N 486/10 (t. o.) Res. CM N 30/11 efectuada por el Colegio de Traductores Públicos de la Ciudad de Buenos Aires. 2. DEROGAR los artículos 5 y 6 del Reglamento para el pago por el Consejo de la Magistratura Nacional de honorarios a traductores e intérpretes (Anexo I de Resolución CM N 486/10 (t. o.) Res. CM N 30/11). 3. ORDENAR el texto del Anexo I de la Resolución CM N 486/10 (t. o.) Res. CM N 30/11, estableciendo como nuevo artículo 5, el actual artículo 7, conforme surge del Anexo I que forma parte integrante de esta Resolución. Regístrese, notifíquese y archívese. MIGUEL A. PIEDECASAS, Presidente, Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. ANEXO I REGLAMENTO PARA EL PAGO POR EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA NACIONAL DE HONORARIOS A TRADUCTORES O INTÉRPRETES 1 ) El Consejo de la Magistratura Nacional, en su carácter de administrador de los recursos y ejecutor del presupuesto que la ley asigna a la administración de justicia (Artículo 114 inciso 3 de la Constitución Nacional), asume la responsabilidad del Estado Argentino a los fines del pago de los honorarios de los traductores o intérpretes, en los supuestos previstos por los artículos 8 inciso 2) - a) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14 inciso 3) - f) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, solo cuando el imputado sea convocado por el Juez. 2 ) La Administración General del Poder Judicial contemplará la creación de una partida presupuestaria que tenga por destino el pago de los honorarios regulados judicialmente a los traductores públicos o intérpretes, que actúen en virtud de las disposiciones de los artículos 8 inciso 2 - a) de la Convención Americana de Derechos Humanos y 14 inciso 3) - f) del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, solo cuando el inculpado sea convocado por el Juez. 3 ) A los fines del pago de los honorarios regulados judicialmente, los traductores o intérpretes deberán notificar la regulación al Consejo de la Magistratura Nacional para que éste asuma su representación judicial y su defensa, en toda causa, caso o controversia en la que se diriman cuestiones vinculadas con sus atribuciones y funciones establecidas en el artículo 114 de la Constitución Nacional y en la ley (t.o.). 4 ) Previo a ordenar el pago de honorarios regulados judicialmente a los traductores o intérpretes, la DAF verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Resolución CSJN N 544/98, la Resolución CSJN N 260/97 y en la Acordada CSJN N 41/85, para el reconocimiento y procedencia del pago de honorarios que corresponde abonar al Poder Judicial de la Nación. 5 ) Cuando se declare procedente el pago de honorarios de traductores o intérpretes regulados en causa penal por insolvencia del condenado en costas, previo a su pago la DAF verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 3ro y 4to de la presente resolución. #I I# PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Resolución 41/2016 e. 19/08/2016 N 59010/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 17/08/2016 En Buenos Aires, a los 17 días del mes de agosto del año dos mil dieciséis, el Sr. Presidente del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, Dr. Miguel A. Piedecasas, y VISTO: La resolución N 395/16 del Plenario del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, y 1 ) Que el Plenario del cuerpo dicta la resolución de referencia en el marco del expediente AAD N 117/2011 caratulado COLEGIO DE TRADUCTORES PUBLICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S/ RESOLUCIÓN 486/10. 2 ) Que en la mencionada resolución se omitió ordenar su publicación en el Boletín Oficial, requisito necesario para darle publicidad a los actos de este cuerpo.

32 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº SE RESUELVE: Publicar la resolución 395/16 dictada por el Plenario del Cuerpo el pasado 4 de agosto, en el Boletín Oficial a los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial, Notifíquese y Archívese. MANUEL A. PIEDECA- SAS, Presidente, Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. e. 19/08/2016 N 58904/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE SEGURIDAD Resolución E/2016 Buenos Aires, 12/08/2016 VISTO el Expediente CUDAP: EXP-SEG: /2016 del Registro del MINISTERIO DE SEGU- RIDAD, la Ley de Ministerios (Ley N , texto ordenado por Decreto N 438/92, y sus modificatorias), la Ley N , la Disposición de la Dirección de Protección Ambiental (DPAM, DO4) de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA N 325 de fecha 29 de diciembre de 2015, y Que mediante la Disposición N 1 de la Dirección de Protección Ambiental de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, de fecha 21 de agosto de 2008, se establecieron las fechas límite de salida de servicio de determinados buques y barcazas tanque petroleros de casco simple, dedicados exclusivamente a efectuar operaciones en aguas interiores de la República Argentina. Que posteriormente con fecha 29 de diciembre de 2015, la Dirección de Protección Ambiental de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, dictó la Disposición Nº 325, a través de la cual se prorrogó hasta el 30 de junio de 2016, la fecha de vencimiento de los Certificados Nacionales de Prevención de la Contaminación oportunamente extendidos a las embarcaciones de bandera argentina y cuyo vencimiento operaba el 31 de diciembre de Que la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA sustentó su competencia en la materia, en la Ley General de la Prefectura Naval Argentina N (Capítulo IV, Art. 5, inc. a) ap. 23); en la Ley N , vinculada con la aplicación del Régimen de Prevención y Vigilancia de la Contaminación de las Aguas u Otros Elementos del Medio Ambiente por Agentes Contaminantes Provenientes de Buques y Artefactos Navales; y en la Ley Nº , que aprueba el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación de los Buques, 1973 y sus Protocolos I y II y sus Anexos. Que en este marco, procede poner de resalto que el ejercicio de las competencias reconocidas a las Fuerzas Policiales y de Seguridad se encuentran sujetas al contralor y supervisión de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, creado por Decreto N 1993 del 14 de diciembre de Que en este sentido, el apartado 3º del artículo 22 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92) establece que corresponde al MINISTERIO DE SEGURIDAD, entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad interna y la dirección y coordinación de funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridad nacionales. Que del mismo modo, la norma mencionada precedentemente dispone que el MINISTERIO DE SEGURIDAD supervisará el accionar individual o conjunto de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº de Seguridad Interior. Que dada la naturaleza de la cuestión, se considera oportuno ratificar la Disposición DPAM Nº 325/15 y establecer la imposibilidad absoluta de prorrogar el plazo allí fijado, en función de encontrarse en juego en la especie, la adecuada preservación y protección del medio ambiente, minimizando con ello, los riesgos de contaminación sobre las aguas navegables interiores, derivados del derramamiento de hidrocarburos y otras sustancias perjudiciales. Que el ejercicio de la potestad de mando de este MINISTERIO DE SEGURIDAD en el presente caso, resulta congruente con lo establecido en el artículo 2º en la Ley Nº , donde se confiere carácter de autoridad de aplicación al MINISTERIO DE DEFENSA, de quien por entonces dependía funcionalmente la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, correspondiendo el ejercicio de esa potestad a este MINISTERIO DE SEGURIDAD, a partir del dictado del Decreto Nº 1993/10. Que lo aquí resuelto, se corresponde también con la competencia fijada en el apartado 12º del artículo 22 bis de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92), en cuanto establece que corresponde al MINISTERIO DE SEGURIDAD, entender en el registro, habilitación, fiscalización y dirección técnica de los actos y actividades vinculados a la navegación por agua. Que la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS de la jurisdicción ha tomado la intervención que le corresponde. Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificaciones y del artículo 8 de la Ley N y su reglamentación. LA MINISTRA DE SEGURIDAD RESUELVE: ARTÍCULO 1 Ratifícase la Disposición DPAM,DO4 Nº 325/15, haciendo saber que el plazo allí fijado no podrá ser prorrogado o renovado sin excepción y bajo ninguna circunstancia. ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. PATRICIA BULLRICH, Ministra, Ministerio de Seguridad. #I I# MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES Disposición 4149/2016 e. 19/08/2016 N 58478/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 12/08/2016 VISTO el Expediente N S02: /2016 del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MI- GRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N y su Decreto Reglamentario N 616 del 3 de mayo de 2010, la Decisión Administrativa N 1395 del 20 de diciembre de 2012, y Que por la Decisión Administrativa citada en el Visto de la presente, se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado que actúa en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA. Que resulta necesario, por razones operativas, la reasignación de funciones. Que la medida propuesta no implica modificación a la estructura vigente ni a las jerarquías existentes así como tampoco implica erogación presupuestaria alguna. Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA de esta Dirección Nacional ha tomado la intervención que le compete. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N y el Decreto N 1410 del 3 de diciembre de EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE: ARTÍCULO 1 Créase en el ámbito de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, el Área Supervisión Administrativa de Aeropuertos, la que tendrá las funciones que se detallan a continuación: a) Articular medidas y acciones con todas las áreas de esta Dirección Nacional en las que se encuentren involucradas situaciones vinculadas a las áreas dependientes de la DIRECCIÓN GE- NERAL DE ADMINISTRACIÓN, en los aeropuertos donde la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRA- CIONES se encuentre presente. b) Asistir a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN en la sustanciación de los procedimientos administrativos, para llevar a cabo las tareas propias de esa Dirección General. c) Coordinar acciones conjuntas con otros organismos en materia administrativa en los aeropuertos del país. d) Producir y recopilar información estadística a partir de registros existentes y futuros, a fin de mantener un control de los sistemas de recaudación vinculados a tasas por servicios migratorios vigentes. e) Efectuar estudios y análisis para mantener informados a los niveles de decisión internos de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES. ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. HORACIO J. GARCIA, Director Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda. e. 19/08/2016 N 58501/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Resolución 429/2016 Buenos Aires, 17/08/2016 VISTO el Expediente N S05: /2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, el Decreto N 1585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por sus similares Nros. 825 del 10 de junio de 2010 y 354 del 4 de abril del 2013, las Resoluciones Nros. 805 del 9 de noviembre de 2010, 301 del 12 de junio de 2012, 466 y 467 ambas del 17 de octubre del 2014 y 394 del 26 de agosto de 2015, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMEN- TARIA, organismo descentralizado del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y Que mediante el Artículo 15 del Decreto N 825 del 10 de junio de 2010, modificado por su similar N 354 del 4 de abril de 2013, se aprobó la estructura organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado entonces en la órbita del ex-ministerio DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA. Que por Resolución N 805 del 9 de noviembre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se establecieron las aperturas estructurales inferiores a las dispuestas a las normas citadas precedentemente. Que por Resolución N 466 del 17 de octubre del 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se sustituyó del Anexo II, aprobado por el Artículo 1 de la Resolución N 805 del 9 de noviembre de 2010 del citado Servicio Nacional, la parte correspondiente a las Direcciones de Centro Regional (TIPO), dependientes del Gerente General. Que mediante la Resolución N 467 del 17 de octubre de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SA- NIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se estableció la jurisdicción de los Centros Regionales Santa Fe Norte y Santa Fe Sur. Que por la Resolución N 394 del 26 de agosto de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se estableció la adecuación de las distintas unidades organizativas dependientes de la Dirección de Asuntos Jurídicos. Que, en este orden de ideas, resulta imprescindible adoptar las medidas tendientes a perfeccionar el accionar de las distintas áreas que conforman el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a los efectos de adecuar su organización a los nuevos objetivos estratégicos establecidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Que, por lo expuesto, procede sustituir del Anexo II - Acciones aprobado por el Artículo 1 de la mentada Resolución N 466/14, la parte correspondiente a las Direcciones de Centro Regional dependientes del Gerente General y derogar la citada Resolución N 467/14. Que, asimismo, resulta menester sustituir la Planilla Anexa al Artículo 1 de la mencionada Resolución N 394/14, en lo referente a la Coordinación Jurídica de Delegación Regional I de la Dirección de Asuntos Jurídicos. Que, en ese sentido, resulta necesario crear la Coordinación Regional de Puertos, Aeropuertos, Aduanas Secas y Pasos Fronterizos - Función Directiva Nivel IV, dependiente de la Dirección de Centro Regional Santa Fe. Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Servicio Nacional ha tomado la intervención que le compete. Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la debida intervención.

33 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 17 del Decreto N 1545 del 31 de agosto de EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE: ARTÍCULO 1 Sustitúyese del Anexo II - Acciones, aprobado por el Artículo 1 de la Resolución N 466 del 17 de octubre de 2014 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUS- TRIA, la parte correspondiente a las Direcciones de Centro Regional dependientes del Gerente General, de conformidad con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta Resolución. ARTÍCULO 2 Sustitúyese el listado obrante en planilla anexa al Artículo 1 de la Resolución N 394 del 26 de agosto de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROA- LIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, de conformidad con el detalle obrante en planilla anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta Resolución. ARTÍCULO 3 Suprímese de los Anexos I y II Listado y Acciones aprobados por el artículo 1 de la Resolución N 301 de fecha 12 de junio de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y sus modificatorios, la parte correspondiente a la Coordinación de Puestos de Inspección y Fronterizos (PlFs) y Barreras Fitozoosanitarios (Puerto de Rosario), dependiente de la Dirección de Centro Regional Santa Fe. ARTÍCULO 4 Créase la Coordinación Regional de Puertos, Aeropuertos, Aduanas Secas y Pasos Fronterizos - Función Directiva Nivel IV, dependiente de la Dirección de Centro Regional Santa Fe, cuyas acciones se detallan en Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de esta resolución. ARTÍCULO 5 Derógase la Resolución N 467 del 17 de octubre de 2014 del SERVICIO NA- CIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA. ARTÍCULO 6 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Méd. Vet. JORGE DILLON, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1 ANEXO I SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA UNIDAD PRESIDENCIA GERENTE GENERAL DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL (TIPO) CENTROS REGIONALES: - Buenos Aires Norte - Buenos Aires Sur - Metropolitano - Santa Fe - Córdoba - Entre Ríos - Corrientes-Misiones - Chaco-Formosa - Cuyo - La Pampa-San Luis - NOA Norte - NOA Sur - Patagonia Norte - Patagonia Sur ACCIONES (TIPO): 1. Entender en las actividades operativas de control, fiscalización, habilitación, clausuras y certificación asignados por las normas y reglamentos técnicos en materia sanitaria, inocuidad y calidad agroalimentaria en la región, tanto para el mercado interno como externo. 2. Intervenir en las actividades operativas en el tráfico federal, las importaciones y las exportaciones de animales vivos y su material reproductivo, material de propagación vegetal, productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, productos agroalimentarios, productos fármaco-veterinarios, agroquímicos, fertilizantes y enmiendas. 3. Dirigir la ejecución de las acciones operativas contempladas en los planes, programas y actividades del SENASA en la región, a fin de asegurar el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de sanidad animal y vegetal e inocuidad y calidad agroalimentaria. 4. Dirigir las actividades interinstitucionales e intrainstitucionales del Centro Regional, y la difusión de las actividades del SENASA en la región. 5. Representar al SENASA ante organismos públicos y privados, nacionales, regionales, en lo que es materia de su competencia en la región. 6. Promover convenios y acuerdos de cooperación con instituciones y organismos que permitan optimizar el accionar del Centro Regional. 7. Elaborar y ejecutar el presupuesto anual regional requerido para el funcionamiento del Centro Regional, de acuerdo a lo consensuado con las Direcciones Nacionales y/o Generales que correspondan. 8. Dictar los actos administrativos de su incumbencia. PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 2 LISTADO DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Coordinación Jurídica de Delegación Regional (Tipo) I, II, III, IV y V DELEGACIÓN I: Direcciones de Centros Regionales Santa Fe, Entre Ríos y Noa Sur. DELEGACIÓN II: Direcciones de Centros Regionales Córdoba y Cuyo. DELEGACIÓN III: Direcciones de Centros Regionales Corrientes-Misiones, Chaco-Formosa y Noa Norte. DELEGACIÓN IV: Direcciones de Centros Regionales Buenos Aires Sur y Buenos Aires Norte. DELEGACIÓN V: Direcciones de Centros Regionales La Pampa-San Luis, Patagonia Norte y Patagonia Sur. COORDINACIÓN GENERAL DE DICTÁMENES Y LEGISLACIÓN SANITARIA Coordinación de Asuntos Administrativos Departamento de Asuntos Contractuales Departamento de Empleo Público y Procesos Administrativos Coordinación de Legislación Sanitaria COORDINACIÓN GENERAL DE CONTENCIOSOS Y GESTIÓN TÉCNICO JURÍDICA Coordinación de Contenciosos y Gestión Judicial Departamento de Gestión Técnica-Jurídica y Administrativa PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 4 MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL SANTA FE COORDINACIÓN REGIONAL DE PUERTOS, AEROPUERTOS, ADUANAS SECAS Y PASOS FRONTERIZOS ACCIONES: 1. Asistir al Director del Centro Regional en la planificación y coordinación de la ejecución de las acciones operativas relativas a su área temática dentro de la jurisdicción, garantizando su implementación y seguimiento, en función de los Programas Nacionales aprobados. 2. Controlar, en el ámbito jurisdiccional, la correcta aplicación de las normas vigentes que rigen en su área temática. 3. Intervenir en la planificación, coordinación y ejecución de las tareas de control e inspección en los puertos, aeropuertos, aduanas secas y pasos fronterizos de su jurisdicción, en el ámbito de su competencia. 4. Asistir al Director del Centro Regional, cuando la autoridad lo determine, en las comisiones regionales y/o provinciales de su incumbencia. e. 19/08/2016 N 58911/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Resolución 323/2016 Buenos Aires, 16/08/2016 Visto el Expediente N S05: /2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y Que por el expediente citado en el visto, el medio TODO AGRO, solicitó el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINIS- TERIO DE AGROINDUSTRIA para la realización de las Jornadas Más Maíz, Mejor Soja y Todo Maní - Jornadas Nacionales de Agricultura de Conservación que se realizaron los días 9 y 10 de agosto de 2016 en la ciudad de Villa María, Provincia de CÓRDOBA. Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS a través del presente auspicio institucional tuvo por objeto difundir la creación de espacios de difusión para tratar temas de producción, conservación y comercialización de semillas de maíz y soja, siendo ambas especies de fiscalización obligatoria. Que la presencia del organismo se efectuó a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utilizó la organización para su difusión. Que el presente auspicio no implicó costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete. Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9 del Decreto N de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por Ley N , el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo. EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE: ARTÍCULO 1 Dése por otorgado el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SE- MILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para la realización de las Jornadas Más Maíz, Mejor Soja y Todo Maní - Jornadas Nacionales de Agricultura de Conservación que se realizaron los días 9 y 10 de agosto de 2016 en la ciudad de Villa María, Provincia de CÓRDOBA. ARTÍCULO 2 La medida dispuesta por el Artículo 1 de la presente resolución no implicó costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL. ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Nacional de Semillas. e. 19/08/2016 N 58591/16 v. 19/08/2016 #F F#

34 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº #I I# MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS Resolución 327/2016 Buenos Aires, 16/08/2016 Visto el Expediente N S05: /2016 del Registro del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y Que por el expediente citado en el visto el CENTRO ECONÓMICO DEPARTAMENTO CASEROS, solicita el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA para la realización de las Jornadas Técnicas de Capacitación Agropecuaria que se realizarán los días 24, 25 y 26 de agosto de 2016 en la ciudad de Casilda, Provincia de SANTA FE. Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS a través del presente auspicio institucional tendrá por objeto difundir los espacios de debate sobre producción y comercialización de semillas de maíz y soja, siendo ambas especies de fiscalización obligatoria. Que la presencia del organismo se efectúa a partir de la inclusión del logotipo en los distintos canales de comunicación que utiliza la organización para su difusión y a través de la disertación de un profesional del organismo sobre la declaración de origen de la semilla. Que el presente auspicio no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete. Que de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 9 del Decreto N de fecha 30 de diciembre de 1991 ratificado por Ley N , el suscripto es competente para firmar el presente acto administrativo. EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE: ARTÍCULO 1 Otórgese el auspicio institucional del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado de la órbita del MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, para la realización de las Jornadas Técnicas de Capacitación Agropecuaria que se realizarán los días 24, 25 y 26 de agosto de 2016 en la ciudad de Casilda, Provincia de SANTA FE. ARTÍCULO 2 La medida dispuesta por el Artículo 1 de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL. ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, Presidente del Directorio, Instituto Nacional de Semillas. e. 19/08/2016 N 58592/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Resolución 60/2016 Buenos Aires, 15/04/2016 VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-S01: /16, la Ley N , los Decretos Nros de fecha 31 de agosto de 1994, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, el PROYECTO PNUD ARG/14/008 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL ACCESO DEMOCRÁTICO A LAS TIC COMO MEDIO PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL EN AR- GENTINA y el Manual de Gestión de Proyectos Ejecutados por el Gobierno del PNUD - Oficina de Auditoría e Investigaciones, y Que por Decreto N 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se crea el MINISTERIO DE MODERNI- ZACIÓN con el fin de impulsar las políticas de jerarquización del empleo público y su vínculo con las nuevas formas de gestión que requiere un Estado moderno, como así también el desarrollo de tecnologías aplicadas a la administración pública central y descentralizada, que acerquen al ciudadano a la gestión del Gobierno Nacional, así como la implementación de proyectos para las provincias y municipios de políticas de tecnologías de la información. Que los Incisos 3 y 4 del Artículo 23 octies de la norma precitada establecen dentro de las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN las de: Diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional, su Administración Central y descentralizada, y determinar los lineamientos estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia ; así como Definir e implementar el Plan de Modernización de la APN, su administración central y descentralizada y ejercer funciones como autoridad de aplicación del mismo.. Que el Proyecto PNUD ARG/14/008 FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL ACCESO DEMO- CRÁTICO A LAS TIC COMO MEDIO PARA LA INCLUSIÓN SOCIAL EN ARGENTINA profundizará la inclusión a la Sociedad de la Información de habitantes, comunidades y gobiernos mediante el uso y la democratización de las TIC; contribuyendo así al desarrollo y la diversificación productiva, la participación comunitaria en la gestión pública local y la integración a redes locales, regionales e internacionales; obteniendo los siguientes productos: 1. Programa NAC fortalecido, 2. Iniciativas orientadas al desarrollo de Comunidades Inteligentes desplegadas territorialmente, 3. Iniciativas orientadas a profundizar el acceso igualitario a las TIC de colectivos afectados por las distintas dimensiones de la brecha digital implementadas y fortalecidas, 4. Laboratorio Social de las TIC y Red de académicos y expertos en materia de telecomunicaciones establecida y 5. Equipo multidisciplinario de gestión para la implementación del Proyecto constituido. Que mediante Decreto N 151 de fecha 17 de diciembre de 2015 se transfirió la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN a la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACION, correspondiendo, en virtud de ello, al Ministerio precitado la ejecución del Proyecto PNUD ARG/14/008. Que por Ley N se aprobó el ACUERDO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y EL PRO- GRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO (PNUD), firmado el 26 de febrero de Que el mencionado ACUERDO enuncia las condiciones básicas en las cuales el PNUD y sus Organismos de Ejecución prestarán asistencia al Gobierno para llevar a cabo sus proyectos de desarrollo, aplicándose a toda asistencia del PNUD y a los documentos del Proyecto u otros instrumentos que las Partes concierten para definir con más detalle los pormenores de tal asistencia y las responsabilidades de las Partes y del Organismo de Ejecución en relación con tales Proyectos. Que el Capítulo I: Marco Institucional y Legal del Manual de Gestión de Proyectos Ejecutados por el Gobierno del PNUD establece que el Organismo Gubernamental designará a un funcionario público como Director Nacional del Proyecto que lo represente en su gestión para la ejecución de las actividades. Que el Contador Público Nacional Ernesto Darío Quiroga Shraer, DNI N , reúne las exigencias de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO PNUD ARG/14/008. Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 17 del Decreto N 1545/94. EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1 Desígnase al Contador Público Nacional D. Ernesto Darío Quiroga Shraer, DNI N , como DIRECTOR NACIONAL AD-HONOREM DEL PROYECTO PNUD ARG/14/008 en la órbita del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN. ARTÍCULO 2 Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. ANDRÉS IBARRA, Ministro de Modernización. #I I# MINISTERIO DE COMUNICACIONES Resolución E/2016 e. 19/08/2016 N 58617/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 12/08/2016 VISTO el Expediente N 48/2016 del Registro del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la Decisión Administrativa N 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y el Decreto N 227 del 20 de enero de 2016, y Que por la Decisión Administrativa citada en el visto, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, entre otros, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8 de la Decisión Administrativa N 1 de fecha 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1 de la medida citada en el VISTO. Que en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto N 227/2016 se faculto a los Ministros y Secretarios de la Presidencia de la Nación a designar al personal de gabinete de sus respectivas jurisdicciones. Que tomó la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDI- COS de este MINISTERIO DE COMUNICACIONES. Que el suscripto es competente para el dictado de la presente asignación, de conformidad a las atribuciones conferidas por el artículo 2 y 3 de la Decisión Administrativa N 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias y el artículo 4º del Decreto 227/16 del 20 de enero de EL MINISTRO DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 Asígnese, desde el 01 de Agosto hasta el 31 de diciembre del 2016, a la Señora María Belén BARINAGA (D.N.I. N ) la suma de dos mil quinientas (2500) Unidades Retributivas, en concepto de suplemento extraordinario por méritos relevantes en el desempeño delas tareas asignadas en la Unidad MINISTRO del MINISTERIO DE COMUNICACIONES. ARTÍCULO 2 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 59 - MINISTE- RIO DE COMUNICACIONES. ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. OSCAR RAÚL AGUAD, Ministro, Ministerio de Comunicaciones. #I I# MINISTERIO DE COMUNICACIONES Resolución E/2016 e. 19/08/2016 N 58751/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 12/08/2016 VISTO el Expediente N 185/2016 del Registro del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la Decisión Administrativa N 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, el Decreto Nº 268 de fecha 29 de diciembre de 2015 y el Decreto N 227 del 20 de enero de 2016, y Que por la Decisión Administrativa citada en el visto, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, entre otros, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8 de la Decisión Administrativa N 1 de fecha 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1 de la medida citada en el VISTO. Que por el Decreto Nº 268 de fecha 29 de diciembre de 2015, se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE COMUNICACIONES. Que en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto N 227/2016 se faculto a los Ministros y Secretarios de la Presidencia de la Nación a designar al personal de gabinete de sus respectivas jurisdicciones.

35 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Que tomó la intervención que le corresponde la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDI- COS de este MINISTERIO DE COMUNICACIONES. Que el suscripto es competente para el dictado de la presente asignación, de conformidad a las atribuciones conferidas por el artículo 2 y 3 de la Decisión Administrativa N 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias y el artículo 4º del Decreto 227/16 del 20 de enero de EL MINISTRO DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 Desígnese, desde el 01 de febrero de 2016 hasta el 31 de diciembre del mismo año, a la Señorita Gemina María DE PIETRO POZZI (D.N.I. N ), como Asesora en la Planta de Gabinete de la Unidad SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE COMUNICACIONES asignándosele como retribución la suma de un mil (1000) Unidades Retributivas, mientras dure su asignación de funciones. ARTÍCULO 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 59 - MINISTE- RIO DE COMUNICACIONES. ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. OSCAR RAÚL AGUAD, Ministro, Ministerio de Comunicaciones. #I I# MINISTERIO DE COMUNICACIONES Resolución E/2016 e. 19/08/2016 N 58752/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 12/08/2016 VISTO el Expediente N 154/2016 del Registro del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la Decisión Administrativa N 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias, y el Decreto N 227 del 20 de enero de 2016; y Que por la Decisión Administrativa citada en el visto, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, entre otros, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8 de la Decisión Administrativa N 1 de fecha 12 de enero de 2000 y sus modificatorias, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1 de dicha norma. Que en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4 del Decreto N 227/2016 se faculto a los Ministros y Secretarios de la Presidencia de la Nación a designar al personal de gabinete de sus respectivas jurisdicciones. Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2 de la Decisión Administrativa N 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorias y el artículo 4º del Decreto 227/16 del 20 de enero de EL MINISTRO DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1 Prorróguese, la designación del Señor Hernán Cecilio CORDISCO (D.N.I. N ), como Asesor en la Planta de Gabinete de la Unidad SECRETARÍA DE PROMO- CIÓN DE INVERSIONES del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, hasta el 31 de Agosto del 2016, asignándosele como retribución la suma de dos mil doscientas sesenta (2260) Unidades Retributivas. ARTÍCULO 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 59 - MINISTE- RIO DE COMUNICACIONES. ARTÍCULO 3 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. OSCAR RAÚL AGUAD, Ministro, Ministerio de Comunicaciones. #I I# MINISTERIO DE COMUNICACIONES Resolución E/2016 e. 19/08/2016 N 58755/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 16/08/2016 VISTO el expediente EXPCNC N 3089/2007 del registro de la ex Comisión Nacional de Comunicaciones, la Resolución N de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex SECRETARÍA DE CO- MUNICACIONES, la Decisión Administrativa N 126 del 26 de febrero de 2016, el Decreto N 793 de fecha 22 de julio de 1999, el Decreto N 92 de fecha 30 de enero de 1997, el Decreto N 13 del 10 de diciembre de 2015, el Decreto N 268 del 29 de diciembre de 2015, la Ley Nacional de Comunicaciones N , la Ley Argentina Digital N y la Ley de Ministerios N , texto ordenado por Decreto N 438/92 y sus modificatorias, y Que la Ley Argentina Digital N y sus modificatorias establece en su Artículo 33 que corresponde al ESTADO NACIONAL, a través del MINISTERIO DE COMUNICACIONES, la administración, gestión y control de los recursos órbita-espectro correspondientes a las redes de satélite, de conformidad con los tratados internacionales suscriptos y ratificados por el ESTADO ARGENTINO. Que el Artículo 34 de la mencionada norma, dispone que la Ley Nacional de Telecomunicaciones N y sus modificatorias subsistirán respecto de aquellas disposiciones que no se opongan a las previsiones de la Ley Argentina Digital N y sus modificatorias. Que la Ley Nacional de Telecomunicaciones N en su Artículo 6 estipula que: No se podrán instalar ni ampliar medios ni sistemas de telecomunicaciones sin la previa autorización pertinente y que Se requerirá autorización previa para la instalación y utilización de medios sistemas de telecomunicaciones, salvo los alámbricos que estén destinados al uso dentro de los bienes del dominio privado. Que la provisión de facilidades satelitales en la REPÚBLICA ARGENTINA, se encuentra específicamente regulada en la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales aprobada por el texto ordenado de la Resolución N de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex SECRETA- RÍA DE COMUNICACIONES, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, e incorporada mediante el Decreto N 793 de fecha 22 de julio de 1999 como Anexo XIII del Decreto N 92 de fecha 30 de enero de Que la empresa SATÉLITES MEXICANOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SU- CURSAL ARGENTINA solicita autorización para proveer facilidades satelitales en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA mediante el satélite geoestacionario identificado como SATMEX-6 en las bandas C y Ku, desde las posición orbital geoestacionaria 113 Longitud Oeste en el marco de lo establecido en la Parta I del Reglamento Gestion y Servicios Satelites, cuyo texto ordenado fue aprobado por la Resolución N 3609 de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex Secretaría de Comunicaciones. Que, en tal sentido, corresponde destacar que el Artículo 10 de la mencionada Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, establece que: Para la provisión de facilidades satelitales, tanto nacionales como internacionales, por parte de satélites argentinos o no argentinos, será necesario contar con la previa autorización de la Autoridad de Aplicación, conforme a lo dispuesto por el Articulo 26 de la presente Parte. Que oportunamente se celebró un ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA AR- GENTINA Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CONCERNIENTE A LA RECIPROCIDAD EN EL USO DE SATÉLITES Y LA TRANSMISIÓN Y RECEPCIÓN DE SEÑALES DE SATÉLITES PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR SATÉLITE A USUARIOS EN LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, registrado mediante Resolución N 250 de fecha 25 de noviembre de 2002 de la ex SECRETARÍA DE COMUNICACIONES, incorporada como Apéndice V de la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales antes mencionado. Que teniéndose en cuenta las consideraciones precedentemente expuestas, no se encuentran obstáculos para acceder a lo solicitado por la peticionante. Que, la SUBSECRETARÍA DE PLANEAMIENTO dependiente de la SECRETARÍA DE TECNOLO- GÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de este MINSITERIO DE COMUNICA- CIONES, han tomado la intervención que les compete en virtud de lo dispuesto por el Decreto N 268 del 29 de diciembre de 2015 y por la Decisión Administrativa N 126 del 26 de febrero de Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COOR- DINACIÓN del MINISTERIO DE COMUNICACIONES ha tomado la intervención de su competencia. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 23 decies del Título V de la Ley de Ministerios N 22520, texto ordenado por Decreto N 438/92 y sus modificatorias. EL MINISTRO DE COMUNICACIONES RESUELVE: ARTÍCULO 1º Autorízase a la empresa SATÉLITES MEXICANOS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SUCURSAL ARGETNINA a proveer facilidades satelitales mediante el satélite geoestacionario SATMEX-6 con operación en las bandas de frecuencias C y Ku desde la posición orbital geoestacionaria de 113 de Longitud Oeste, en el marco de lo previsto en la Parte I del Reglamento de Gestión y Servicios Satelitales, cuyo texto ordenado fuera aprobado por la Resolución N de fecha 19 de febrero de 1999 de la ex SECRETARÍA DE COMUNI- CACIONES e incorporada mediante el Decreto N 793 de fecha 22 de julio de 1999 como Anexo XIII del Decreto N 92 de fecha 30 de enero de 1997; de conformidad a lo señalado y la normativa mecionada en los considerandos. ARTÍCULO 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. OSCAR RAÚL AGUAD, Ministro, Ministerio de Comunicaciones. #I I# INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA Resolución 78/2016 e. 19/08/2016 N 58756/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 10/08/2016 VISTO el Expediente N 1/16/INAMU, la Ley N y sus modificatorias, la Resolución N 1/16/INAMU por la cual se aprobó la estructura organizativa, se aprobaron los montos del sueldo bruto, se nombraron a los agentes mencionados en el Anexo IV y se ratifican las designaciones efectuadas por Resolución 17/15/INAMU del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, y Que por la Ley N se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA. Que en el Artículo 9 de la mencionada Ley se establecen las funciones del Directorio entre las cuales se encuentra la de a) Elaborar el Estatuto y Reglamento Interno, que regulen el funcionamiento del INAMU, los que serán sometidos a consideración de la Asamblea Federal para su aprobación. Que mediante la Resolución N 8/15/INAMU, se aprobó el Estatuto del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, el cual ha sido aprobado oportunamente por la Asamblea Federal. Que del mencionado Estatuto, en su Artículo 3 inciso 3) surge que el Directorio deberá Organizar y reglamentar el funcionamiento interno del INAMU en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, incluyendo el dictado y modificación de la estructura orgánico funcional; en su inciso 5) se establece que el Directorio deberá Designar el personal con destino a la planta permanente, entre otros. Que oportunamente se omitió publicar la Resolución INM 1/16, por lo que resulta oportuno hacerlo. Que la Dirección de Asuntos Técnicos Legales ha tomado la intervención que le compete. Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley N y del artículo 3 incisos 3 y 6) del Anexo I del Estatuto aprobado por la Resolución N 8/15/INAMU. Que se debe dictar resolución al respecto.

36 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA RESUELVE: ARTÍCULO 1 Comuníquese lo resuelto por el Directorio en la Resolución 0001/16, en fecha 5 de Enero ARTÍCULO 2 Proceder a publicar la Resolución INM 0001/16 y sus respectivos anexos. ARTÍCULO 3 Regístrese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DIEGO BORIS MACCIOCCO, Presidente, Instituto Nacional de la Música. CELSA MEL GOWLAND, Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música. BUENOS AIRES, 05 ENE 2016 VISTO el Expediente N 1/2016/INAMU, la Ley N , Decreto N 357 del 25 de marzo de 2014, la Resolución N 1/2015 del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, la Resolución N 8/2015/INAMU, y Que la Ley N se sancionó con el objetivo principal de fomentar la actividad musical en general y la nacional en particular. Que la Ley N , en su artículo 4, crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, que actúa en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACION, cuyo objetivo es el fomento, apoyo, preservación y difusión de la actividad musical en general y nacional en particular, en tanto lo asigna como autoridad de aplicación de mencionada Ley. Que la Ley N , en su artículo 5, establece la naturaleza jurídica del INSTITUTO NACIO- NAL DE LA MUSICA, como ente público no estatal, rigiéndose por su propio estatuto y reglamento interno que elabore el directorio y apruebe la asamblea federal y por las normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto y funciones. Que la Ley N , en su artículo 8 establece la conformación del directorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, el cual estará integrado por un presidente y un vicepresidente, ambos designados por el Poder Ejecutivo de la Nación. Que por Decreto N 357 del 25 de marzo de 2014, en su artículo 1, se designó al Señor Diego Boris MACCIOCCO como Presidente del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, con rango y jerarquía de Secretario y en su artículo 2 se designó a la Licenciada Celsa MEL GOWLAND (D.N.I. N ) como Vicepresidente del Directorio del INSTITUTO NACIO- NAL DE LA MUSICA, con rango y jerarquía de Subsecretaria, por un período de ley. Que por Resolución N 1 del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA se aprobó su estructura organizativa de primer nivel operativo. Que con el fin de consolidar la calidad de gestión y el cumplimiento de las acciones y objetivos previstos en la ley N al INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, corresponde efectuar un reordenamiento estratégico de la estructura organizativa de primer nivel operativo, que permita concretar los objetivos asignados, así como tornar más eficiente el funcionamiento del Organismo. Que, como consecuencia de lo antes dicho, resulta conveniente que el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA cuente con una organización que responda a sus necesidades reales, por lo cual, se hace menester jerarquizar a la actual Dirección de Asuntos Técnicos Legales, transformándola en Dirección General de Asuntos Técnicos Legales. Que, asimismo, resulta ineludible dotar a las Direcciones Generales de Primer Nivel de la estructura organizativa adecuada para la consecución de la responsabilidad primaria y acciones asignadas a cada una de ellas y así proveer las herramientas suficientes para lograr un adecuado funcionamiento. Que resulta oportuno, para facilitar una mejor comprensión de la estructura organizativa del INS- TITUTO en su totalidad, derogar la resolución N 1/15/INAMU y aprobar una estructura organizativa, en el sentido de lo prescripto en los párrafos precedentes, que obedezca a las necesidades reales que surgen del cumplimiento estricto de la ley de creación. Que la reorganización propuesta concurre a una mayor transparencia en el funcionamiento del INSTITUTO y a una mayor efectividad en el cometido primordial de fomentar la actividad musical en general y la nacional en particular. Que teniendo en cuenta que el personal que se detalla en el ANEXO IV, con excepción de los señores Pablo Rubén Muñoz, Daniela Fernanda Ojeda y Jorge Guillermo Garacotche, cumplía funciones en este INSTITUTO desde el mes de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015, bajo la modalidad de contrato de locación de obra suscripto con el Ministerio de Cultura de la Presidencia de la Nación, y que constituyó la planta fundacional del Organismo, pasará a revestir de manera excepcional en forma automática en la Planta de Personal Permanente al cumplir el año de inicio efectivo de prestación de tareas. Que por Resolución N 17/15/INAMU, se designaron a los señores José Martin SCHUAP, DNI N , Edgardo Federico DENIS, DNI N y Sandro ULLA, DNI N como coordinadores regionales de las regiones NEA, CENTRO y NOA, respectivamente. Que se estima pertinente y resulta necesario ratificar las designaciones de los señores José Martin SCHUAP, DNI , Edgardo Federico DENIS, DNI y Sandro ULLA, DNI como coordinadores regionales de las regiones NEA, CENTRO y NOA, respectivamente, bajo la modalidad de Contrato de Trabajo a Plazo Fijo previsto por la Ley N , formando parte del Plantel de Personal de Planta No Permanente del Organismo, NIVEL E, autorizándose el correspondiente pago de la compensación por responsabilidad en dicho cargo, conforme Anexo III de la presente Resolución. Que la Dirección de Asuntos Técnicos Legales ha dictaminado al respecto. Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 de la Ley N EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA RESUELVE: ARTICULO 1.- Deróguese la Resolución N 1/15/INAMU. ARTICULO 2.- Apruébense las aperturas organizativas de primer, segundo y tercer nivel del INSTITUTO NACIONAL DE LA MUSICA, ente público no estatal en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según los Anexos I (Organigrama), y II (Responsabilidad Primaria y Acciones) que forman parte de la presente Resolución. ARTICULO 3.- Apruébense los montos del sueldo bruto sobre el cual se efectuará el cálculo para la liquidación de los salarios, sin perjuicio de los adicionales que a cada agente pudiera corresponder, conforme los términos establecidos en el Anexo III de la presente Resolución. ARTICULO 4.- Nómbrese a los agentes mencionados en el Anexo IV de la presente para ocupar los cargos allí mencionados, los que a partir del 5 de Enero de 2016 gozarán de estabilidad (régimen Ley de Contrato de Trabajo o la reglamentación que al efecto se dicte). ARTICULO 5.- Ratifícanse las designaciones efectuadas por Resolución N 17/15/INAMU de los señores José Martin SCHUAP, DNI , Edgardo Federico DENIS, DNI y Sandro ULLA, DNI como coordinadores regionales de las regiones NEA, CENTRO y NOA, respectivamente, bajo la modalidad de Contrato de Trabajo a Plazo Fijo previsto por la Ley N , formando parte del Plantel de Personal de Planta No Permanente del Organismo, NIVEL E, autorizándose el correspondiente pago de la compensación por responsabilidad en dicho cargo, conforme Anexo III de la presente Resolución. ARTICULO 6.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio. ARTICULO 7.- Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese. RESOLUCION N : 0001 CELSA MEL GOWLAND, Vicepresidente, Instituto Nacional de la Música. DIEGO BORIS MACCIOCCO, Presidente, Instituto Nacional de la Música. Anexo I ORGANIGRAMA

37 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Anexo II DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Responsabilidad: Realizar la gestión financiera, patrimonial, de recursos humanos, de despacho y mesa de entradas, y el seguimiento y control del sistema de tramitación administrativa del Instituto. Acciones 1- Administrar los recursos presupuestarios del INAMU. 2- Dirigir la formulación del Presupuesto General del INAMU, supervisar su ejecución y verificar el grado de cumplimiento de las metas fijadas para las distintas áreas. 3- Organizar y realizar los desembolsos correspondientes a créditos, subsidios, u otras medidas de fomento a cargo del Instituto. 4- Controlar, mediante un adecuado sistema a tal fin, la devolución de los créditos desembolsados en las cuotas y plazos establecidos, elaborar mensualmente un listado detallado de las moras registradas y remitir el mismo a la Gerencia de Asuntos Jurídicos. 5- Gestionar y Supervisar las contrataciones de bienes y servicios. 6- Identificar y registrar los recursos económicos y financieros en función de las diferentes fuentes de financiamiento. 7- Administrar el patrimonio del Instituto. 8- Optimizar los recursos humanos del organismo. 9- Diseñar y ejecutar planes y programas relacionados con la gestión de los sistemas informáticos del INAMU. 10- Administrar el ingreso y egreso de la documentación proveniente de otras jurisdicciones y/o particulares, y llevar el despacho, monitoreando en forma sistemática y permanente, los circuitos de gestión administrativa. 11- Proponer las modificaciones presupuestarias necesarias para el mejor funcionamiento del Instituto, sobre la base del análisis de la ejecución presupuestaria. Tesorería Acciones 1- Intervenir en toda gestión de ingresos y egresos de fondos y valores, ya sea en efectivo, banco y/o garantía, como de fondos de terceros y/o cargos varios. 2- Realizar las conciliaciones bancarias sobre los registros de extractos bancarios y libros de tesorería de las cuentas corrientes oficiales del organismo. 3- Intervenir en los pagos que conciernen a gastos a abonar mediante el régimen de Fondos Rotatorios y de Caja Chica. 4- Intervenir como órgano ejecutor de las retenciones impositivas del Instituto, como agente de retención ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. 5- Gestionar los libramientos de pagos. Departamento de Recursos Humanos Acciones 1- Proponer y ejecutar la política de personal y la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa y su desarrollo, la planificación y el diseño organizacional procurando mejorar los niveles de productividad, de satisfacción laboral y de calidad de las prestaciones a cargo del Instituto. 2- Ejercer la coordinación técnica para la adecuada aplicación de la legislación en materia de recursos humanos, organización y procedimientos de trabajo, proponiendo y elaborando las medidas administrativas que correspondan en consecuencia. 3- Coordinar y asistir técnicamente a las autoridades en los procesos de búsqueda y selección contratación e inducción del personal, de evaluación de desempeño, y de relevamiento, descripción y evaluación de los puestos de trabajo. 4- Mantener actualizados los legajos del personal y las bases de datos correspondientes. 5- Asistir en la gestión de las relaciones laborales. 6- Asegurar la adecuada aplicación de las normas relacionadas con las prestaciones asistenciales y de higiene y seguridad en el trabajo, coordinando las acciones pertinentes con otras áreas competentes. Departamento de Contaduría y Presupuesto Acciones 1- Mantener actualizado los informes sobre los estados contables, cargos fiscales y cuenta general del ejercicio anual. 2- Llevar la contabilidad por el sistema de partida doble y efectuar las registraciones contables en el libro Diario, con relación a las operaciones emergentes de fondos y valores. 3- Supervisar las liquidaciones de: gastos, bienes y servicios, originadas en contrataciones celebradas con proveedores; los haberes del personal contratado por Tiempo Indeterminado como Determinado, a Plazo o Eventual del Organismo y las retenciones de rigor; anticipos por viáticos eventuales y pasajes por comisiones de servicios y la liquidación de los reintegros por los mismos conceptos. 4- Fiscalizar las rendiciones de cuentas que se realicen por pagos. 5- Realizar, conforme a los procedimientos normativos establecidos, el control y la registración de los bienes patrimoniales, sus altas y bajas. 6- Efectuar la verificación, clasificación e identificación de los mismos y formular los cargos patrimoniales. 7- Preparar los balances contables conforme las instrucciones impartidas por los organismos de control. 8- Clasificar los recursos y erogaciones a través de la Cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento. 9- Formular el proyecto de presupuesto anual de gestión que será aprobado por el Directorio y remitido antes del 30 de septiembre a la Oficina Nacional de Presupuesto (ONP) según lo establece la Ley N en su artículo N Los proyectos de presupuesto de financiamiento y de gastos se formularán por el criterio de lo devengado. 11- Las modificaciones a realizar a los presupuestos que impliquen la disminución de los resultados operativo o económico previstos, alteración sustancial de la inversión programada, o el incremento del endeudamiento autorizado, deben ser aprobadas por el Poder Ejecutivo nacional, previa opinión de la Oficina Nacional de Presupuesto. Departamento de Compras y Contrataciones Acciones 1- Analizar los pedidos de suministros, previo a iniciar la tramitación de las licitaciones públicas, privadas y contrataciones directas de refacciones edilicias, bienes y servicios. 2- Planificar los llamados a licitaciones confeccionando los pliegos de bases y condiciones que rijan concursos de precios, y realizar los actos de apertura de ofertas. 3- Preparar los actos administrativos de autorización y aprobación de las contrataciones del INAMU. 4- Realizar el control de garantías y tramitar la rescisión de los contratos. 5- Almacenar la mercadería correspondiente a útiles de escritorio, papelería y equipos; realizar la entrega de ella de acuerdo con los requerimientos de las distintas unidades del Organismo; efectuar el control de variación de las existencias. 6- Entender en el mantenimiento de los bienes físicos del Instituto, supervisando las reparaciones menores de instalaciones, en trabajos de electricidad, pintura, carpintería, etc. 7- Mantener un permanente control de los elementos de seguridad y lucha contra incendios. 8- Mantener actualizados los registros informáticos conforme los requerimientos y las reglamentaciones vigentes y efectuar los informes a los Organismos correspondientes. Departamento de Patrimonio Acciones La oficina de patrimonio, dependiente de la Dirección General de Administración del Instituto Nacional de la Música, es la encargada de la organización, dirección y ejecución de las tareas que corresponden a la regularización del patrimonio e inventario. Asimismo, deberá: 1- Mantener actualizados los registros de bienes Muebles del Instituto Nacional de la Música y los inventarios valorados de los mismos. 2- Confeccionar las Actas de Altas, Bajas, Cargos, Vales de Transferencia de Bienes, pedidos de informe, y actualización de la base de datos de Administración y control de bienes. 3- Efectuar controles periódicos de los bienes asignados a las distintas áreas. 4- Preparar las instrucciones y materiales necesarios para la toma de inventarios. 5- Realizar procesos de inventarios generales, rotativos y selectivos, investigando sobrantes y faltantes que resulten de la comparación del inventario físico y de libros. 6- Preparar Resoluciones/Disposiciones que den de baja las especies inutilizadas y proceder a su traslado al área de bienes en desuso. 7- Contar con los formularios correspondientes para tramitar las altas de bienes, asignación, reasignación, y baja de bienes. DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO Departamento de Promoción a la Producción Musical Acciones 1. Formular, implementar e intervenir en la ejecución de la política de fomento a la actividad musical en general y la nacional en particular, en los términos previstos en la Ley N Brindar apoyo técnico y administrativo a los comités de selección que evalúen los proyectos presentados en las convocatorias para subsidios nacionales realizados por el Directorio del INAMU y a los jurados en los concursos que convoque el Organismo. 3. Elaborar las normas tendientes a implementar los instrumentos de promoción previstos en el capítulo III de la Ley N (Arts. 17 y ss.). 4. Participar activamente en todas las funciones previstas en el artículo 18 incisos a), b), c), d), e) y f), debiendo informar cuatrimestralmente al Directorio del INAMU sobre el resultado alcanzado en los distintos instrumentos de promoción existentes en cada una de las sedes regionales. 5. Asistir técnicamente al coordinador regional a cargo de cada sede. 6. Autorizar la emisión de los vales de producción y difusión creados por el artículo 18 de la Ley N Intervenir en la evaluación de la viabilidad económica financiera de los proyectos de producción musical que soliciten crédito y subsidios. 8. Evaluar las rendiciones de costos presentadas por los beneficiarios de créditos y/o subsidios. 9. Brindar la información y el asesoramiento necesario para los interesados en recibir apoyo del INSTITUTO. 10. Organizar y mantener el registro establecido por el artículo 24 de la Ley N e intervenir en la emisión de la credencial de músico nacional registrado. Departamento de Fiscalización Acciones 1. Controlar que la información requerida a los proyectos que resulten beneficiarios de la Ley N sea suministrada en tiempo y forma. 2. Verificar el cumplimiento de las normas vigentes que regulan la actividad musical en todo el territorio nacional, en cuanto a los aspectos previstos en la Ley N Intervenir en la aplicación de las sanciones contempladas en los artículos 22 y 32 de la Ley N Verificar el cumplimiento del régimen de Actuación necesaria de un músico nacional previsto en el artículo 31 de la Ley N Dirigir y supervisar las inspecciones in situ realizadas por agentes del INSTITUTO. 6. Efectuar un seguimiento pormenorizado respecto al cumplimiento de la participación en los medios de comunicación, conforme lo prescribe el artículo 33 de la Ley.

38 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Recabar y analizar todos los datos estadísticos con relación a las políticas públicas implementadas por el INAMU y a su impacto sobre la población beneficiaria. Departamento de Acción Federal Acciones 1. Asistir técnica y administrativamente a la Asamblea Federal establecida por el artículo 11 de la Ley N 26801, y al Comité Representativo creado por el artículo 13 de la Ley N Coordinar los programas de promoción y difusión de la actividad musical nacional en todo el territorio argentino, en los aspectos previstos en la Ley N Diseñar y ejecutar acciones de difusión de los productos musicales en todo el territorio nacional. 4. Organizar la realización de festivales y muestras nacionales de música y coordinar el apoyo a los que se realicen a nivel provincial o local. 5. Elaborar informes semestrales al Directorio del INAMU, con respecto al funcionamiento de las sedes regionales. 6. Colaborar en forma permanente con el coordinador regional de cada una de las sedes que se creen en el marco de la presente ley. 7. Coordinar las relaciones institucionales con las áreas pertinentes de los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 8. Brindar información y asistencia técnica en materia musical a los gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 9. Coordinar las relaciones institucionales con las organizaciones de la sociedad civil especializadas en la actividad musical. DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS TÉCNICOS LEGALES Acciones 1. Ejercer la representación del INAMU en todas las cuestiones que resulten de la aplicación de la Ley N Entender en el asesoramiento jurídico y en la representación legal del Organismo en todo juicio en que éste sea parte a fin de contribuir a la eficiencia en la gestión y asegurar su encuadramiento de lo dispuesto en la Ley N y demás normas legales en general. 3. Instruir sumarios disciplinarios y los derivados del incumplimiento de la Ley N Asesorar en cuestiones de interpretación de normas legales en todo asunto de naturaleza jurídica. 5. Intervenir en todos los expedientes y las actuaciones administrativas en que se requiera dictámenes legales o control de legalidad previo a dictar el acto administrativo de que se trate. 6. Iniciar en tiempo y forma, a partir de los informes remitidos por la Dirección General de Fomento y las instrucciones que al respecto curse el presidente del INAMU, las acciones tendientes a la aplicación de los artículos N 22 y N 32 de la Ley N Analizar la información sobre las irregularidades detectadas e instruir los sumarios correspondientes por aplicación de la Ley N Intervenir en los procedimientos para la aplicación de multas derivadas de la aplicación de la Ley N Entender en la sustanciación de sumarios, recursos, reclamos y denuncias administrativas, así como en la contestación de oficios judiciales. 10. Entender en los contratos en que sea parte el INAMU y en todo en todo convenio internacional y nacional que se celebre en el marco de la gestión institucional del INAMU. 11. Entender en toda norma legal que se propicie por parte del Organismo y evaluar su aplicación y necesidad de adecuación, reemplazo o anulación en forma permanente y proyectar las resoluciones que le requiera el Presidente del INAMU. 12. Dictaminar en los recursos que se interpongan contra actos administrativos de alcance general o particular. 13. Las funciones anteriormente descriptas no implican limitar la materia de su competencia, entendiéndose que se incluyen otras como consecuencia directa o indirecta de la naturaleza propia de los asuntos que conduce. Departamento Sumarios Acciones 1. Coordinar, programar y controlar la sustanciación de informaciones sumarias y sumarios administrativos originados por hechos, acciones u omisiones que puedan significar responsabilidad disciplinaria por faltas administrativas a la ley N Analizar la información sobre irregularidades detectadas remitida por la Dirección General de Fomento a través de su Departamento de Fiscalización, e instruir los sumarios que correspondan por aplicación de la Ley N Remitir a la Administración Federal de Ingresos Públicos las irregularidades detectadas que requieran de su intervención y realizar el seguimiento de los respectivos expedientes. 4. Ordenar medidas previas y/o ampliatorias a la instrucción del sumario. 5. Registrar la evolución de los distintos asuntos en los que interviene el Departamento en la base de datos de sumarios confeccionada a esos fines. 6. Realizar la instrucción de los sumarios administrativos internos. Departamento Dictámenes y Contencioso Acciones 1. Entender en la coordinación, organización y control de las tareas de asesoramiento jurídico. 2. Producir los dictámenes legales que sean necesarios efectuar en relación a los actos administrativos del INAMU. 3. Intervenir en la redacción de los instrumentos de carácter jurídico. 4. Entender en la planificación, organización y control de los asuntos judiciales de carácter contencioso, en los que el INAMU sea parte y/o deba intervenir. 5. Coordinar la presentación y seguimiento de las causas respectivas. 6. Analizar la información sobre deudores morosos remitida por la Dirección General de Administración e iniciar las acciones tendientes a la recuperación de los créditos, cuando así lo disponga la conducción del Instituto. 7. Responder a los oficios judiciales y requerimientos administrativos. 8. Organizar un registro actualizado de la evolución de los distintos asuntos en los que interviene el Departamento. DIRECCIÓN DE PRENSA Y COMUNICACIÓN Responsabilidad Primaria Entender en las relaciones con la prensa y los medios de comunicación, coordinando la difusión, para asegurar un adecuado conocimiento de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA Acciones 1. Dirigir, elaborar, proponer y desarrollar los planes generales de prensa y comunicación de la institución, incluyendo las tareas de ceremonial y protocolo. 2. Planificar la comunicación pública de las acciones del INAMU y elaborar los planes y estrategias de difusión y participación en los medios de comunicación. 3. Elaborar material de prensa y enviar el mismo a los medios de comunicación. 4. Optimizar las relaciones del Organismo con los medios de comunicación. 5. Analizar la información producida por las distintas áreas del INSTITUTO, y remitir aquella de interés a los medios de comunicación. 6. Asistir en la producción de contenidos para los sitios web institucionales y redes sociales. 7. Asistir en la organización editorial en todas las etapas requeridas para la producción de las publicaciones del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA que, por su naturaleza y contenido, resulten de interés difundir en el País y en el exterior. 8. Supervisar y dirigir la programación de contenidos a efectos de difundir las actividades musicales que el Directorio estime pertinente. DEPARTAMENTO DE DESPACHO Y MESA DE ENTRADAS Responsabilidad Primaria 1- Recepcionar, abrir, clasificar, registrar, encarpetar, fichar, iniciar el trámite y distribuir las presentaciones o correspondencia dirigidas al organismo. Acciones 1- Derivar a las dependencias encargadas de su clasificación, distribución o guarda, libros, folletos y demás material impreso que reciba. 2- Atender las tareas de clasificación y distribución de expedientes y demás documentos con destino a otras áreas del Instituto u otros organismos de la Administración Pública. 3- Intervenir en el trámite relacionado con el desglose y agregación de actuaciones, vistas y notificaciones, cuando así se disponga, y en la confección de providencias, notas y comunicaciones que como consecuencia de ello se originen. 4- Archivar con o sin término y paralizar con término los expedientes y demás documentos, cuando así lo disponga autoridad competente, vigilar el orden y la seguridad del archivo y destruir, conforme a las normas vigentes o a las que eventualmente se dicten, los documentos que hayan perdido actualidad y que no tengan validez. 5- Proporcionar la información relacionada con el destino de los expedientes en la base de ficheros habilitados al efecto. 6- Vigilar el cumplimiento de las disposiciones del Presente Reglamento, devolviendo la documentación que no se ajuste al mismo, haciendo conocer a quien corresponda las transgresiones o errores que se adviertan, a fin de que sean subsanadas sin dilaciones. 7- Elaborar semestralmente, con destino a la autoridad superior del organismo, informes, parciales o totales, relativos a los expedientes en trámite. 8- El Servicio de Mesa de Entradas verificará si corresponde la recepción del expediente, conforme al giro. Asimismo, revisará la foliatura para establecer si su numeración es correlativa. 9- Los documentos que ingresen al Servicio de Mesa de Entradas, se clasificarán en: Expediente, Trámites Internos e Impresos. Expedientes: Se les asignará esta denominación a los escritos cuyo trámite requiera una resolución. Trámites Internos: Esta mención será para aquellos asuntos breves internos y de rutina, cuya registración sea indispensable, prohibiéndose el uso de carpeta o portada; para estos casos se empleará el sistema de registro de clasificación múltiple. Impresos: Comprende todo material bibliográfico y, además, la información de datos estadísticos por medio de formularios, derivándose a las dependencias encargadas de su clasificación, distribución o guarda. 10- Los documentos que los forman se compaginarán por orden de fecha, entendiéndose para este fin que se considera como fecha la otorgada por el Servicio de Mesa de Entradas al producirse la recepción del escrito. Anexo III ESCALA SALARIAL INAMU 4/01/2016 NIVEL ESCALAFONARIO SALARIO BRUTO A B C D E F G COMPENSACIÓN POR RESPONSABILIDAD EN EL CARGO DIRECCIÓN GENERAL DIRECCIÓN JEFATURA DE DEPARTAMENTO COORDINACIÓN 4.000

39 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Anexo IV CARGO AGENTE DNI NIVEL DIRECTOR GRAL. DE FOMENTO GERMAN ESTEBAN GUICHET DNI No: A DPTO. PROMOCIÓN Vacante DPTO. ACCIÓN FEDERAL Vacante DPTO. FISCALIZACIÓN Vacante DIRECCIÓN PRENSA Y COMUNICACIÓN RODRIGO GARCIA OLMEDO DNI N B DIR. GRAL. DE ADMINISTRACIÓN VACANTE DPTO. TESORERÍA VACANTE DPTO. COMPRAS Y CONTRATACIONES VACANTE DPTO. RECURSOS HUMANOS VACANTE DPTO. CONTABLE VACANTE DPTO. DE PATRIMONIO VACANTE DIR. GRAL. AS. TÉCNICOS Y LEGALES MARGARITA LAMBERTINI DNI N A DEPTO. DE SUMRIOS VACANTE DEPTO. DESPACHO Y MESA ENTRADAS VACANTE ADMINISTRATIVO (PRENSA Y COMÚN) PABLO RUBEN MUÑOZ DNI N B ADMINISTRATIVO (FOMENTO Y FISC.) MARIA LAURA TCHIJEK DNI N C ADMINISTRATIVO (FOMENTO Y FISC.) DELFINA LLOSA DNI N C ADMINISTRATIVO (MEA ENTRADAS) PAULA ALEKSANDRA HARIS TONELLI DNI N E ADMINISTRATIVO (DIR. ADMIN.) SAMANTA MEL GOWLAND DNI N E ADMINISTRATIVO (DIR. ADMIN.) DANIELA FERNANDA OJEDA DNI N E ADMINISTRATIVO (DIR. ADMIN.) JORGE GUILLERMO GARACOTCHE DNI N F #I I# SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN Resolución E/2016 e. 19/08/2016 N 58767/16 v. 19/08/2016 #F F# Buenos Aires, 12/08/2016 VISTO la Ley Nº de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, los Decretos Nº 558 de fecha 24 de mayo de 1996, Nº 814 de fecha 13 de julio de 1998, N de fecha 4 de octubre de 2007, Nº 561 de fecha 6 de abril de 2016 y N 690 de fecha 16 de mayo de 2016, las Resoluciones SIGEN Nº 122 de fecha 6 de septiembre de 2010 y Nº 161 de fecha 21 de octubre de 2011 y el Expediente Electrónico Nº EX APN-SIGEN, y Que el Artículo 26 del Decreto Nº 558 del 24 de mayo de 1996 establece que las compras y contrataciones que se realicen en los Ministerios y Secretarías de la Presidencia de la Nación, organismos centralizados y descentralizados de la Administración Pública Nacional, cuyos montos superen las escalas que determine la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, deberán someterse al control del Sistema de Precios Testigo elaborado por este Organismo de Control. Que la intervención de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, en el ejercicio de las competencias asignadas por el Decreto citado en el considerando anterior, no tendrá carácter vinculante para el organismo solicitante, debiendo considerarse como una herramienta de control en la etapa de evaluación de ofertas, cuyo objeto es contribuir en la determinación de la razonabilidad de los precios ofrecidos al momento de analizar los distintos parámetros. Que están alcanzadas por el control del Sistema de Precios Testigo, las compras y contrataciones de bienes normalizados o de características homogéneas, comprendiendo los bienes estandarizados o de uso común cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas. Que el artículo 1 del Decreto N 814 de fecha 13 de julio de 1998, autoriza a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a percibir un arancel que permita sufragar los gastos que ocasiona el mantenimiento del Sistema de Precios Testigo, el que será sufragado por parte de los Ministerios, Secretarías de la Presidencia de la Nación, Organismos centralizados y descentralizados de la Administración Pública Nacional, que deban, por imperio de lo establecido en el Decreto 558/96, someter a la consulta previa sus adquisiciones y/o contrataciones. Que en ejercicio de las competencias conferidas en el Decreto N 558/96, este organismo de control dictó la Resolución SIGEN Nº 122 de fecha 6 de septiembre de 2010, modificada oportunamente por la Resolución SIGEN Nº 161 de fecha 21 de octubre de 2011, reglamentando el citado Sistema y estableciendo los procedimientos a cumplir por los organismos alcanzados para posibilitar la ejecución del control establecido en el mismo. Que mediante la normativa citada en el párrafo anterior se fijó el monto de la compra o contratación a partir del cual la operación quedaba sometida al control del Sistema y se estableció la escala de aranceles a percibir por parte de este Organismo de Control. Que considerando la experiencia recogida de su aplicación, deviene necesario introducir modificaciones en los procedimientos y montos de la escala de los aranceles, a efectos de asegurar la eficiente aplicación de los recursos del organismo respecto al universo de contrataciones sujetas al control de precios testigo, y a mejorar los resultados emergentes de la aplicación del Sistema. Que con el fin de programar adecuadamente las tareas vinculadas con el presente control, resulta necesario que los organismos comprendidos en el Decreto Nº 558 del 24 de mayo de 1996 presenten a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN determinadas informaciones relativas a su Plan de Compras. Que a los efectos de cumplir con el principio de economía del control y con el fin de mantener la operatividad y dar mayor eficiencia a éste, resulta conveniente incrementar el monto mínimo a partir del cual las entidades están obligadas a solicitar el control de precios testigo, de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto citado en el considerando precedente. Que el Decreto N 690 de fecha 16 de mayo de 2016 sustituyó entre otras cuestiones, el artículo 35 del Reglamento aprobado por el Decreto N de fecha 4 de octubre de 2007, fijando el valor del MÓDULO (M) en la suma de PESOS UN MIL ($1.000). Que se presentan casos en los cuales no es técnicamente factible suministrar precio testigo ni valor de referencia debido a las fluctuaciones o dispersiones de valores de mercado, informándose un Valor Indicativo a partir de relevamientos de precios con idénticas características de búsqueda y aplicación de procedimientos. Que los costos de elaboración de un Valor de Referencia y de un Valor Indicativo son similares a los incurridos para determinar un Precio Testigo, por lo cual resulta necesario unificar la escala de aranceles a percibir por la ejecución de estos servicios. Que resulta conveniente complementar el Control de Precios Testigo, con el Control de Recepción de los bienes o servicios adquiridos por los comitentes. Que la prestación del citado servicio complementario implica que este Organismo de Control Interno desarrolle tareas específicas, independientemente de las realizadas para la elaboración de los precios, con los consecuentes costos que ellas generen. Que en ese sentido, se considera necesario que el servicio de Control de Recepción se arancele al monto mínimo del valor establecido para el de Precio Testigo más los gastos no cubiertos que deberán ser aceptados por ambas partes previo al inicio de las tareas. Que los antecedentes de elaboración de los valores y conclusiones constituyen un material altamente sensible por lo que, con el fin de garantizar la privacidad de los datos relevados y asegurar la continuidad de las fuentes proveedoras de información, resulta necesario declarar de carácter reservado los antecedentes respaldatorios de cada Informe confeccionado. Que a efectos de colaborar en el proceso de modernización y despapelización encarado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL mediante el Decreto Nº 561 de fecha 6 de abril de 2016, se considera necesario que todos los actores involucrados en el régimen del Sistema de Control de Precios Testigo utilicen el Sistema Informático On Line de Precios Testigo de este Organismo de Control para efectuar los requerimientos citados en la presente Resolución. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete. Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 112, inciso b) de la Ley Nº , el Artículo 26 del Decreto Nº 558/96 y el Artículo 1º del Decreto Nº 814/98. EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1º Déjanse sin efecto las Resoluciones SIGEN Nº 122 de fecha 6 de septiembre de 2010 y Nº 161 de fecha 21 de octubre de ARTÍCULO 2º Apruébase el Régimen del Sistema de Precios Testigo que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente medida. ARTÍCULO 3º Apruébanse los Procedimientos a seguir para la ejecución del Control de Precios Testigo y del Control de Recepción que, como Anexo II, forman parte integrante de la presente medida. ARTÍCULO 4º Establécese que las disposiciones de la presente Resolución tendrán vigencia para todas las solicitudes de Precios Testigo y Control de Recepción remitidas a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a partir del día siguiente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. IGNACIO MARTÍN RIAL, Síndico General, Sindicatura General de la Nación. ANEXO I RÉGIMEN DEL SISTEMA DE PRECIOS TESTIGO ARTÍCULO 1º.- El Control del Sistema de Precios Testigo, previsto en el Artículo 26 in fine del Decreto Nº 558/96, incluye las siguientes herramientas: Control de Precios Testigo: consiste en la determinación de un valor referencial que se proporciona al organismo comitente para la evaluación de las ofertas de una contratación puntual y determinada. A este fin, se establecen las siguientes definiciones: Precio Testigo: consiste en un valor medio de mercado, en las condiciones propias y específicas de la contratación analizada, a la fecha de apertura de las ofertas económicas. En los casos de doble sobre, corresponde a la fecha de apertura de las ofertas técnicas. Valor de Referencia: es un valor único del bien o servicio, obtenido mediante relevamientos de mercado en aquellos casos en los que no resultó factible determinar el Precio Testigo. Se proporciona cuando la fuente consultada no representa un elemento consolidado con otros parámetros o cuando algunas de las características o condiciones del objeto no se correspondan estrictamente con las especificaciones requeridas. El valor informado corresponde a la fecha de apertura de las ofertas económicas. En los casos de doble sobre, corresponde a la fecha de apertura de las ofertas técnicas. Valor Indicativo: es un valor único que se proporciona para la evaluación de las ofertas de una contratación puntual y determinada, en aquellos casos en los que no es técnicamente factible suministrar Precio Testigo ni Valor de Referencia debido a las fluctuaciones o dispersiones de los valores de mercado. El valor informado corresponde a la fecha de apertura de las ofertas económicas. En los casos de doble sobre, corresponde a la fecha de apertura de las ofertas técnicas. ARTÍCULO 2º.- Establécese que el Control de Precios Testigo, se aplicará cuando el monto estimado de la compra o contratación sea igual o superior a CUATRO MIL MÓDULOS (4.000 M), sin distinción del procedimiento de selección empleado por el contratante, siendo el valor del MÓDULO fijado por el artículo 35 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 893 de fecha 7 de junio de 2012 y el artículo 35 del Reglamento aprobado por el Decreto de fecha 4 de octubre de 2007, sustituido por el artículo 4 del Decreto Nº 690 de fecha 16 de mayo de 2016 y sus modificatorios. En este sentido, la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) no estará obligada a proporcionar el precio testigo solicitado cuando el monto de la contratación fuere inferior a la suma indicada en el presente artículo. ARTÍCULO 3º.- Excluir del Control de Precios Testigo a las siguientes compras y contrataciones: a) Las contrataciones y concesiones de obra pública que se rijan por la Ley Nº , Decreto Nº /49 y por la Ley Nº , modificada por la Ley Nº A los fines de la presente Resolución, considérase obra pública nacional a toda construcción nueva o reparación de una existente, o trabajo o servicio de industria, independientemente del encuadre jurídico que se dé a dichas contrataciones. b) Las contrataciones relacionadas con la compra o alquiler de inmuebles, en función de la competencia asignada al TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN por el Artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1487/01. c) Las contrataciones directas por exclusividad. A estos fines, se considera contratación directa por exclusividad: a) las compras de bienes o contrataciones de servicios cuya venta o prestación fuere exclusiva de quienes tengan privilegio para ello; b) aquellas que sólo posean una sola persona física o jurídica como proveedor, siempre y cuando no hubieren sustitutos convenientes, c) la realización o adquisición de obras científicas, técnicas o artísticas cuya ejecución deba confiarse a empresas, artistas o especialistas que sean los únicos que puedan llevarlas a cabo. Para el caso de estas contrataciones, el fabricante o proveedor exclusivo posee el privilegio de la venta del bien que elabora o prestación del servicio que suministra, lo cual lo convierte en formador del precio.

40 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº d) Las contrataciones directas entre organismos del Estado. A los efectos de la presente resolución se consideran como tales los Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales. e) Las compras de bienes y contrataciones de servicios que no respondan a las condiciones de normalizados o de características homogéneas o estandarizados o de uso común, quedando alcanzadas por el Control del Sistema de Precios Testigo aquellas cuyas características técnicas puedan ser inequívocamente especificadas e identificadas. A los fines previstos en el presente artículo, los organismos deberán realizar un análisis de las compras y contrataciones, con el fin de no requerir la determinación de Precio Testigo en aquellos casos taxativamente exceptuados. ARTÍCULO 4.- No se proporcionará precio testigo, valor de referencia ni valor indicativo, cuando exista imposibilidad material para ello o cuando razones debidamente fundadas impidan o dificulten su elaboración, o el cumplimiento de los objetivos del Sistema. ARTÍCULO 5.- Sin perjuicio de la intervención que le compete a la SIGEN respecto del Control de Precios Testigo sobre aquellas contrataciones alcanzadas por lo dispuesto en el artículo 2º del presente Anexo, este Organismo de Control podrá seleccionar y analizar cualquier otra actuación, incluidas las especificadas en el artículo 3º del citado Anexo. ARTÍCULO 6º.- Los entes comprendidos en las disposiciones del artículo 26 del Decreto Nº 558/96, deberán informar a la SIGEN el Plan de Compras elaborado para cada trimestre del año siguiente o, en su defecto, un detalle tentativo de las principales compras o contrataciones previstas para dichos períodos, con una antelación de TREINTA (30) días hábiles al comienzo de cada uno de ellos. Asimismo y dentro de los DIEZ (10) días hábiles anteriores al inicio del trimestre que se informa, deberán ajustar la información antes citada en función de la programación de la ejecución presupuestaria prevista. ARTÍCULO 7.- La SIGEN proporcionará, en forma opcional y a requerimiento de los Organismos solicitantes, el siguiente servicio adicional: Control de Recepción: consiste en la verificación por muestreo de la entrega, por parte del adjudicatario, de los bienes descriptos en la orden de compra emitida, considerando la cantidad, tamaño, volumen, marca y otros parámetros. ARTÍCULO 8º.- El servicio de Control de Recepción será aplicado en forma independiente de la ejecución del Control de Precios Testigo, a solicitud de los Organismos requirentes, cuando el monto, complejidad o características técnicas de los bienes adquiridos lo hagan aconsejable. No se proporcionará el servicio citado cuando exista imposibilidad material para ello o cuando razones debidamente fundadas impidan o dificulten su elaboración, o el cumplimiento de los objetivos del Sistema. ARTÍCULO 9.- Cuando un Organismo no alcanzado por el Decreto Nº 558/96 requiera la utilización del Control de Precios Testigo y su servicio adicional, se celebrará un Convenio y/o Acuerdo de Asistencia Técnica con la máxima autoridad del mismo, el cual se regirá por lo establecido en la presente Resolución. ARTÍCULO 10.- A partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, los Convenios y/o Acuerdos de Asistencia Técnica celebrados con anterioridad se adecuarán de oficio a las cláusulas y condiciones de la misma. ARTÍCULO 11.- A los efectos de sustentar los valores y conclusiones de cada Informe, la SIGEN pondrá a disposición del organismo solicitante toda la información, reservando la confidencialidad respecto al origen de los datos. ARTÍCULO 12.- El arancel a percibir por la SIGEN, previsto en el Decreto Nº 814/98, se calculará considerando el Precio Testigo, Valor de Referencia o Valor Indicativo determinado para la compra o contratación e incluido en el respectivo Informe, de conformidad con la siguiente escala: a) Entre CUATRO MIL MÓDULOS (4.000 M) y DIECISÉIS MIL MÓDULOS ( M), el SEIS POR MIL (6 ). b) Entre DIECISÉIS MIL UN MÓDULOS ( M) y CUARENTA Y CINCO MIL MÓDULOS ( M), el CINCO POR MIL (5 ). c) Entre CUARENTA Y CINCO MIL UN MÓDULOS ( M) y CIENTO CINCUENTA MIL MÓDU- LOS ( M), el CUATRO POR MIL (4 ). d) Desde CIENTO CINCUENTA MIL UN MÓDULOS ( M) en adelante, se considerará el arancel correspondiente a CIENTO CINCUENTA MIL MÓDULOS ( M) salvo en aquellos casos en que la complejidad y/o entidad de la tarea hiciera necesario incurrir en gastos adicionales, en cuyo caso los mismos se adicionarán al referido arancel. Los aranceles mínimos serán de VEINTICUATRO MÓDULOS (24 M), para la producción de un Precio Testigo, Valor de Referencia o Valor Indicativo. El arancel a percibir por la realización del Control de Recepción será el monto mínimo del valor establecido para el Control de Precios Testigo más los gastos no cubiertos que se determinen para cada caso, los que deberán ser aceptados por ambas partes previo al inicio de las tareas. El organismo solicitante estará exento de la obligación de abonar el arancel, en aquellos casos en que la SIGEN no proporcione los servicios requeridos. ARTÍCULO 13.- El arancel establecido en el Artículo anterior se aplicará de la siguiente forma: a) En las contrataciones de tracto sucesivo, se calculará sobre el valor total de la contratación, considerando como plazo máximo UN (1) AÑO. b) En los casos de contrataciones que establecen la posibilidad de prórroga a favor del Estado, se calculará sobre el valor del contrato original. c) En los casos en que se proporcione una banda de precios testigo, valores de referencia o valores indicativos, se calculará sobre la banda máxima resultante. ARTÍCULO 14.- La intervención que en el ejercicio de las competencias asignadas por el Decreto N 558 de fecha 24 de mayo de 1996 debe brindar la SIGEN, no tendrá carácter vinculante para los Organismos solicitantes. Asimismo, los controles efectuados en el marco de esta medida, no obstarán al desempeño de las atribuciones ordinarias, conferidas a este Organismo de Control por la Ley Nº y normas complementarias. ARTÍCULO 15.- Las solicitudes referidas al Sistema de Precios Testigo deberán ser remitidas a este Organismo de Control mediante el Sistema Informático On Line de Precios Testigo, para lo cual los organismos que a la fecha no se encuentren utilizándolo, deberán solicitar los permisos de acceso correspondientes. En el caso que por razones fundadas no cuenten con las habilitaciones respectivas, deberán justificar a este Organismo de Control mediante nota suscripta por autoridad competente, los hechos que imposibilitan tal situación y hasta la regularización, deberán presentar las solicitudes en papel o soporte magnético en la Mesa de Entradas y Salidas de SIGEN. ANEXO II PROCEDIMIENTOS A SEGUIR PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTROL DE PRECIOS TESTIGO Y DE CONTROL DE RECEPCIÓN I. CONTROL DE PRECIOS TESTIGO I.a. REQUISITOS En cada caso, la presentación de documentación sometida al Control de Precios Testigo se efectuará acompañando: - Nota de solicitud de Precios Testigo suscripta por autoridad competente, indicando número de expediente y contratación, fecha de apertura y monto estimado. - Resolución y/o Disposición que origina la contratación, si lo hubiere. - Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares aprobado por autoridad competente en el que conste: número de la Licitación/Contratación/Concurso/etc.; objeto de la contratación; fecha de apertura de ofertas (en caso de doble sobre, ambas fechas de apertura); condiciones económico-financieras de la contratación; cantidades solicitadas y plazos de entrega. - Aclaraciones a las Especificaciones Técnicas en caso de corresponder. - Afectación Presupuestaria total y desagregada por renglón y/o ítem. - Toda otra documentación que coadyuve a clarificar y precisar los alcances del precio testigo a informar. Esta documentación deberá ser remitida mediante el Sistema Informático On Line de Precios Testigo de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN). En el caso que, por razones debidamente fundadas no pueda accederse al mencionado Sistema, deberán presentar las solicitudes en papel o soporte magnético en la Mesa de Entradas y Salidas de SIGEN. En los casos en que la información remitida no se encuentre completa, se procederá a la devolución de las actuaciones al Organismo solicitante para que cumplimente tal requisito. También será obligación del Organismo solicitante comunicar, dentro de los DOS (2) días hábiles de producida, cualquier modificación de los datos y condiciones suministrados en la solicitud original. I.b. OPORTUNIDAD DE LA SOLICITUD Para el caso de las licitaciones/concursos públicos, la determinación del Precios Testigo, se requerirá con un mínimo de VEINTE (20) días hábiles de anticipación a la fecha de apertura de la oferta económica y en el caso de doble sobre, con un mínimo de VEINTE (20) días hábiles de anticipación a la fecha de apertura de la oferta técnica. Para el caso de las licitaciones/concursos privados, la determinación del Precios Testigo, se requerirá con un mínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación a la fecha de apertura de la oferta económica y en el caso de doble sobre, con un mínimo de QUINCE (15) días corridos de anticipación a la fecha de apertura de la oferta técnica. La aplicación del Sistema de Precios Testigo operará sin interferir ni interrumpir la gestión de compras y contrataciones de los Organismos solicitantes y deberá ser utilizada por los mismos en la etapa de evaluación de ofertas, como una herramienta de control que contribuya en el análisis de los distintos parámetros para determinar la razonabilidad de los valores ofrecidos. I.c. EMISIÓN DEL INFORME La tarea de la SIGEN se concretará mediante la emisión de un Informe que contendrá elementos de juicio suficientes y analíticos para evaluar cada contratación. En el caso en que este Organismo de Control no determinó valor alguno, informará en la pertinente nota de respuesta, las causas que fundamentan la imposibilidad de elaborar el precio testigo solicitado. En el caso de las licitaciones/concursos públicos, el plazo de emisión del informe por parte de la SIGEN será de QUINCE (15) días hábiles desde la recepción formal de la solicitud, o, en su caso, de informada la última modificación de condiciones. En el caso de las licitaciones/concursos privados, el plazo de emisión del informe por parte de la SIGEN será de QUINCE (15) días corridos desde la recepción formal de la solicitud, o, en su caso, de informada la última modificación de condiciones. Sin perjuicio de ello, dicho informe será remitido por SIGEN, en todos los casos, con posterioridad al acto de apertura de la oferta económica. Toda necesidad de ampliación o aclaración de la información respaldatoria que surja en función de la evaluación que practicare este Organismo de Control, suspenderá los plazos previstos hasta tanto el organismo requirente la proporcione. I.d. EMISIÓN DE INFORMES CON VALOR DE REFERENCIA O VALOR INDICATIVO En el supuesto en que la SIGEN, por las condiciones imperantes del mercado para la contratación de que se trate, no pueda emitir un precio testigo en los términos indicados en el punto I.c. del presente Anexo, formulará, de ser ello posible, un Valor de Referencia o un Valor Indicativo, a fin de que el organismo contratante disponga de un parámetro directriz de evaluación económica de las ofertas. I.e. UTILIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN En todos los casos, ante el suministro de un precio (precio testigo, valor de referencia o valor indicativo) por parte de la SIGEN, los organismos solicitantes deberán incorporar el respectivo Informe al expediente bajo el cual se tramita la contratación, y para el supuesto que la oferta preseleccionada supere los valores informados por encima del DIEZ POR CIENTO (10%), deberá propulsarse un mecanismo formal de mejora de precios a los efectos de alinear la mejor oferta con los valores de mercado que se informan. En caso que la autoridad competente del ente decida la adjudicación, deberá incluir en el acto administrativo aprobatorio, los motivos que, fundados en razones de mérito, oportunidad y conveniencia, aconsejan continuar con el trámite no obstante el mayor precio. En todos los casos, se informará a la SIGEN, dentro de los DIEZ (10) días hábiles de notificada la orden de compra o el contrato respectivo, el valor de la oferta seleccionada como más conveniente, si se efectuó algún procedimiento de mejora, los resultados obtenidos, el importe final adjudicado y la resolución de la entidad contratante, en la que consten, de así corresponder, los motivos que la indujeron a apartarse de los montos informados por este organismo de control. En ese orden, deberá remitirse a la SIGEN: - Resolución o acto administrativo aprobatorio de la adjudicación; - Cuadro Comparativo de ofertas; - Informe de la Comisión Evaluadora; - Informe de Adjudicación; - Órden de Compra.

41 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº II. CONTROL DE RECEPCIÓN II.a. REQUISITOS Para el caso que un organismo requiera el servicio de Control de Recepción, deberá remitir a la SIGEN la documentación contractual, en forma completa, incluyendo Pliego de Bases y Condiciones Generales, Particulares, Especificaciones Técnicas, Acto de Adjudicación y cualquier otro documento que sirva para identificar los bienes adquiridos. II.b. OPORTUNIDAD DE LA SOLICITUD Deberá remitir a la SIGEN copia de la Orden de Compra dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de emitida la misma. Asimismo, deberá enviar a este Organismo de Control el remito definitivo conformado por el responsable del área respectiva, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas de recibidos los bienes. II.c. EMISIÓN DEL INFORME El plazo que tendrá la SIGEN para emitir el respectivo Informe dependerá de la magnitud de la tarea a realizar, y será consensuado entre ambas partes, no siendo inferior a los plazos fijados en el Punto I.c. respecto de las licitaciones/concursos públicos y/o privados. Los informes producidos por la SIGEN como consecuencia del control realizado, quedan sujetos también al pedido de aclaraciones por parte del organismo contratante, bajo el mismo procedimiento y plazos que los previstos en el punto I.c. del presente Anexo. Asimismo, en la eventualidad que la entidad contratante haga uso de la opción de este servicio adicional al Sistema de Precios Testigo, el correspondiente Informe producido por este Organismo de Control, deberá ser incluido obligatoriamente en el expediente por el cual se tramitó la contratación. e. 19/08/2016 N 58862/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE TRANSPORTE SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE Resolución 43 - E/2016 Buenos Aires, 16/08/2016 VISTO el Expediente Nº S02: /2016 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, y CONSIDERANDO Que la Ley Nº y su Decreto Reglamentario N 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 regulan lo atinente a las actividades vinculadas con el transporte en jurisdicción nacional. Que, por su parte, la Constitución Nacional confiere jerarquía constitucional a determinados tratados internacionales, entre los cuales se encuentra la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (CIDN), sancionada en 1989 por la ASAMBLEA GENERAL de la OR- GANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS y ratificada por la República Argentina a través de la Ley Nº Que, asimismo, la Ley Nº aborda la Prevención y Sanción de Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, y por la Ley Nº se aprobó la Convención Interamericana sobre Tráfico Internacional de Menores. Que los principios de orden constitucional y leyes citadas requieren un abordaje prioritario en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, entendidos como de orden superior. Que, sin embargo, las normas mencionadas no refieren específicamente al caso de los menores que viajan dentro de los límites de territorio nacional a través del transporte interjurisdiccional de pasajeros por automotor de carácter nacional del ámbito interurbano. Que, por el contrario, en los servicios de transporte aéreo regular internos e internacionales de pasajeros, a las personas de DOCE (12) años de edad se les permite ser acompañantes de personas de SEIS (6) años o menos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º, Inciso b), Punto I) del Anexo I de la Resolución Nº 1532 de fecha 27 de noviembre de 1998 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y la Ley de Seguridad Aeroportuaria Nº Que, en este contexto, resulta oportuno y conveniente regular las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte interjurisdiccional de pasajeros por automotor de carácter nacional del ámbito interurbano, con el objeto de disminuir su vulnerabilidad como posibles víctimas de redes de trata de personas o intentos de sustracción, entre otros riesgos a los cuales están expuestos. Que, tal como está normado en los Artículos 25 y 26 del Código Civil y Comercial de la Nación, las personas menores de edad son las que aún no han cumplido los DIECIOCHO (18) años de edad, distinguiéndose con el término adolescente a la persona menor de edad que cumplió los TRECE (13) años. Que, en ambos casos, conforme al citado Artículo 26 y al Inciso b) del Artículo 101 del mencionado cuerpo legal, dichas personas ejercen sus derechos a través de sus representantes legales. Que, en estos términos, dada la naturaleza contractual del transporte automotor interjurisdiccional de carácter nacional, la celebración de estos contratos requiere de la manifestación de un consentimiento válido de los menores de edad, que solamente puede ser otorgado por sus representantes legales mayores de edad. Que, a los efectos de la ejecución del contrato y en concordancia con lo establecido en el Código Civil y Comercial de la Nación, deberá diferenciarse el transporte interurbano de menores de TRECE (13) años de edad de aquellos que superen dicha franja hasta los DIE- CIOCHO (18) años. Que, en el caso del traslado de menores de hasta DOCE (12) años de edad, inclusive, corresponde su traslado únicamente con acompañante, quien en caso de ser una persona distinta del representante legal deberá estar previamente autorizada por este último de forma fehaciente. Que la autorización previa referida podrá ser realizada por uno o ambos progenitores teniendo en cuenta que el Artículo 645 del citado Código únicamente requiere el doble vínculo filial para el caso de salidas fuera del país. Que, en virtud de esta medida, las empresas permisionarias del sistema deberán verificar la identidad de los pasajeros conforme lo establecido en la Resolución Nº 1027 de fecha 29 de diciembre de 2005 de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y la filiación o representación invocada por quien resulta acompañante del menor en forma previa a la venta del pasaje o al ingreso a la unidad, según el método utilizado para formalizar el contrato de transporte. Que es función primordial de esta Secretaría asegurar la protección de los derechos de los usuarios en el marco de las misiones que le han sido atribuidas y, en razón de la esencialidad del servicio de transporte público de pasajeros de jurisdicción nacional, su acción controladora adquiere centralidad y resulta una garantía efectiva para la preservación del interés público. Que esta medida se encuentra en concordancia con las acciones desarrolladas por el MI- NISTERIO DE SEGURIDAD en relación a la concientización ante la desaparición forzada de menores. Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia. Que el presente acto se emite en ejercicio de las facultades atribuidas por los Decretos Nros. 958 del 16 de junio de 1992 y 8 de fecha 4 de enero de EL SECRETARIO DE GESTIÓN DE TRANSPORTE RESUELVE: ARTÍCULO 1 La presente resolución resulta aplicable al transporte automotor interjurisdiccional de pasajeros de carácter nacional del ámbito interurbano. ARTÍCULO 2 Para el traslado de menores que no hayan alcanzado los DIECIOCHO (18) años de edad sin la compañía de un representante legal, la empresa de transporte deberá instrumentar un mecanismo ágil para controlar la autorización previa de quien ejerza la representación legal del menor, salvo en el caso de emancipación previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación. ARTÍCULO 3 En las operaciones de compra-venta de pasajes que se realicen de manera presencial, la empresa de transporte deberá verificar la identidad del pasajero. Si éste fuese menor de DIECIOCHO (18) años de edad al momento de la prestación del servicio, se deberá dar cumplimiento a los siguientes extremos según su caso: a) En caso de que el menor se traslade con al menos un representante legal, se deberá acreditar tal vínculo mediante la exhibición de la documentación pertinente, según se detalla en el Artículo 4 de la presente resolución. b) En caso de que el menor se traslade con una persona diferente a su representante legal, pero designada por éste, deberá hacerse constar la identificación del acompañante en la autorización aludida en el artículo precedente que podrá ser prestada al momento de la operación, o bien mediante instrumento suscripto por el representante legal, ante fedatario público. c) En caso de uso del servicio de menor no acompañado, se estará a lo establecido en el inciso c) del Artículo 7 de la presente resolución. Para los casos en que la operación de compra-venta de pasajes se realice de manera no presencial, la transportista estará obligada a implementar un procedimiento de control de la edad del pasajero. De ser éste un menor de edad, se informará al adquirente que, a fin de poder acceder al servicio contratado, deberá concurrir a la boletería de la empresa, en la que se procederá al control de las autorizaciones y documentos requeridos por la presente resolución. El sistema deberá informar al usuario la documentación a presentar y el plazo dentro del cual deberá formalizar la autorización de viaje. A su vez, se indicará en el listado de pasajeros del servicio y en cualquier otro documento que se emita que ese pasaje es a autorizar en boletería para que tanto el personal comercial como el de conducción tomen conocimiento de esta situación. ARTÍCULO 4 La autorización deberá ser otorgada por al menos UN (1) representante legal. A efectos de su verificación, quien la emita deberá acreditar dicha representación legal mediante Libreta de Matrimonio con el nacimiento asentado, Partida de Nacimiento, Acta de Nacimiento, Certificado de Nacimiento, Certificado de Nacionalidad, Pasaporte, Testimonio Judicial de adopción u otro instrumento público que dé plena fe del vínculo invocado, juntamente con los documentos de identidad del menor y del representante legal autorizante. El vínculo también podrá ser acreditado mediante la verificación del documento nacional de identidad del menor, siempre que éste contenga el nombre de sus representantes legales. La autorización previa podrá ser otorgada en forma instrumental ante los siguientes funcionarios: a) Escribanos, cuya firma deberá estar legalizada por el Colegio de Escribanos correspondiente. b) Juez competente, que deberá emitir la pertinente Resolución Judicial, la que deberá acreditarse con testimonio o certificación de la respectiva resolución debidamente legalizada por la autoridad que corresponda a la jurisdicción, o por cualquier otro instrumento público en la que se trascriba la Resolución Judicial y haga plena fe de la misma. c) Autoridad competente del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras autoridades administrativas y judiciales especialmente habilitadas al efecto. Cuando los menores estuvieren emancipados por matrimonio, tal situación deberá acreditarse mediante Libreta o Acta de Matrimonio o, en su defecto, Certificado de Nacionalidad, Pasaporte, Cédula u otro documento que acredite identidad y en el que conste el estado civil referido. ARTÍCULO 5 Cuando el o los representantes legales que otorguen la autorización fueren menores adolescentes, además de los requisitos señalados en el Artículo 4 del presente, éste deberá ser complementado con el asentimiento de cualquiera de sus propios representantes legales o, en su caso, con la venia judicial de conformidad con lo normado por el Artículo 644 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. ARTÍCULO 6 Las empresas de transporte de pasajeros tienen a su cargo la verificación de identidad, autorizaciones y certificados, así como también la filiación o representación

42 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº invocada o las autorizaciones conferidas conforme lo dispuesto por el presente régimen, en forma previa al ingreso a la unidad. ARTÍCULO 7 Los niños y niñas menores de entre SEIS (6) y DOCE (12) años, inclusive, podrán viajar según las siguientes modalidades: Concursos Oficiales a) acompañados por al menos UN (1) representante legal; b) acompañado por un tercero autorizado por al menos UN (1) representante legal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 4 de la presente resolución; ANTERIORES c) utilizando el Servicio Menor No Acompañado que las empresas de transporte podrán ofrecer. Este servicio poseerá una tarifa distinta e independiente a la del boleto de viaje que deberá ser publicada en forma similar a las tarifas regulares y consistirá en que una persona del servicio de a bordo tomará responsabilidad por el menor durante su traslado, desde su ascenso a la unidad de transporte y hasta su entrega a la persona designada por su representante legal. En este caso, un representante legal del menor transportado deberá designar un acompañante adulto que se encargará de acompañar al menor hasta la salida del traslado y un acompañante adulto que se encargará de esperar al menor en el lugar de destino. Estos acompañantes podrán ser quien o quienes ejerzan la responsabilidad parental, otra representación legal o un tercero autorizado a tal efecto y cuyos datos deberán hacerse constar en forma precisa en el instrumento de la autorización. Para optar por el servicio Menor No Acompañado, los menores de edad deben poder alimentarse y ser capaces de cubrir sus necesidades básicas de higiene; además de movilizarse en caso de evacuación y responder a las instrucciones de seguridad. En caso de que el menor de edad requiera atención o tratamiento especial no podrá viajar bajo la modalidad del servicio Menor No Acompañado. Si el menor no fuera esperado por el responsable de acompañarlo en el lugar de destino, la transportista deberá requerir el auxilio de la fuerza pública a fin de asegurar la custodia del menor, con costo a cargo del representante legal. Los niños y niñas menores de SEIS (6) años de edad únicamente podrán viajar bajo las modalidades previstas en los incisos a) y b) del presente artículo. ARTÍCULO 8 Los adolescentes de entre TRECE (13) y DIECISIETE (17) años de edad podrán viajar según cualquiera de las modalidades previstas en el artículo anterior, o sin acompañante si contaren con autorización previa a tal efecto de conformidad con el Artículo 4 de la presente resolución. ARTÍCULO 9 En los casos en que se compruebe el incumplimiento de la presente resolución se aplicará la multa prevista en el Artículo 90 del Decreto N 1395 de fecha 27 de noviembre de 1998 o el régimen de penalidades que en el futuro lo reemplace. ARTÍCULO 10. La COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, fiscalizará y controlará el cumplimiento de la presente resolución, sin perjuicio de las facultades de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE para el ejercicio de las competencias que le son propias. ARTÍCULO 11. Invítase a las jurisdicciones provinciales a establecer reglamentaciones análogas al presente régimen en el ámbito de sus respectivas competencias. ARTÍCULO 12. Comuníquese a las ENTIDADES REPRESENTATIVAS DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE PASAJEROS, a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANS- PORTE, y al MINISTERIO DE SEGURIDAD. ARTÍCULO 13. Comuníquese, publíquese, dése amplia difusión, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. HECTOR GUILLERMO KRANTZER, Secretario, Secretaría de Gestión de Transporte. e. 19/08/2016 N 58952/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# MINISTERIO DE CULTURA Resolución E/2016 Buenos Aires, 17/08/2016 VISTO el Expediente CUDAP: EXP-MCN: /2016, la ley de Ministerios (T.O por Decreto N 438/92) y sus normas complementarias y modificatorias, y la Resolución MC N 349 de fecha 2 de agosto de Que mediante la Resolución MC N 349 de fecha 2 de agosto de 2016 se creó el Programa Sistema Público De Oficios Y Técnicos Teatrales (SPOTT) en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CULTURAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE CULTURA CIUDADANA de la SECRETARÍA DE CULTURA Y CREATIVIDAD. Que para cumplir con los objetivos propuestos durante el presente año calendario debe adecuarse el plazo de inscripción de los aspirantes. Que en tal sentido corresponde emitir un acto administrativo modificatorio del artículo 11 del ANEXO II de la mencionada norma. Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS. Que la presente se dicta en virtud de las facultades conferidas por la ley de Ministerios (T.O.por decreto N 438/92) y sus normas modificatorias, y los Decretos 392/86 y 1344/07. EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE: ARTÍCULO 1 Rectifíquese el plazo de inscripción establecido en el Artículo 11 del ANEXO II de la Resolución MC N E, de fecha 2 de agosto de 2016 el que quedara comprendido entre el 10 de agosto y el 22 de agosto de ARTICULO 2 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. ALEJANDRO PABLO AVELLUTO, Ministro, Ministerio de Cultura. e. 19/08/2016 N 59132/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN H. SENADO DE LA NACION LA SECRETARIA PARLAMENTARIA DEL H. SENADO DE LA NACIÓN, HACE SABER EL IN- GRESO DE LOS MENSAJES DEL PODER EJECUTIVO SOLICITANDO PRESTAR ACUERDO PARA LA DESIGNACIÓN DE LOS SIGUIENTES CIUDADANOS EN LOS CARGOS QUE SE CONSIGNAN: Nombre de los Aspirantes y Cargos para los que se los propone: PODER JUDICIAL Mensaje N 72/16 Dr. Walter Ezequiel LOPEZ DA SILVA (DNI ) propuesto para JUEZ DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA N 1 de BAHÍA BLANCA (Pcia. de Buenos Aires). PE N 78/16. Mensaje N 76/16 Dr. Marcos MORAN (DNI ) propuesto para VOCAL de la CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES de SAN MARTÍN (Pcia. de Buenos Aires) SALA I. PE N 85/16 Mensaje N 77/16 Dr. Juan Pablo SALAS (DNI ) propuesto para VOCAL de la CÁMA- RA FEDERAL DE APELACIONES de SAN MARTÍN (Pcia. de Buenos Aires) SALA I. PE N 86/16 Mensaje N 78/16 Dr. Néstor Pablo BARRAL (DNI ) propuesto para JUEZ DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL N 3 de MORÓN (Pcia. de Buenos Aires) PE N 87/16 Mensaje N 89/16 Dr. Hugo Horacio GRECA (DNI ) propuesto para JUEZ DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA de GENERAL ROCA (Pcia. de Río Negro. PE N 114/16 MINISTERIO PÚBLICO Mensaje N 73/16 Dr. Nicolás LAINO (DNI ) propuesto para DEFENSOR AUXILIAR DE LA DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION. PE N 79/16. Mensaje N 79/16 Dr. Carlos Alberto SEIJAS (DNI ) propuesto para DEFENSOR PÚ- BLICO OFICIAL ante los JUZGADOS NACIONALES en lo CRIMINAL DE INSTRUCCIÓN Y ANTE LA CAMARA NACIONAL DE APELACION EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL DE LA CAPITAL FEDERAL, DEFENSORIA N 15. PE N 88/16. Audiencia Pública: Día: 07 de setiembre de Hora: 10:00 hs Lugar: Salón Arturo Illia, H. Yrigoyen 1849, 1 piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Plazo para presentar y formular observaciones a las calidades y méritos de los aspirantes: (Art. 123 Ter del Reglamento del H. Senado): Desde el sábado 20 al viernes 26 de Agosto de 2016, inclusive. Lugar de Presentación: Comisión de Acuerdos del H. Senado, H. Yrigoyen 1706, 6 piso, Of 606, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Horario: De 10:00 a 17:00 hs. Recaudos que deben cumplir las presentaciones: (Art. 123 quater del Reglamento del H. Senado): 1) Nombre, apellido, Nacionalidad, Ocupación, Domicilio, Estado Civil y Fotocopia del DNI. 2) Si se presenta un funcionario público o representante de una asociación o colegio profesional, se debe consignar el cargo que ocupa. Si se tratara de una persona jurídica, debe acompañar el instrumento que lo acredita. 3) Exposición fundada de las observaciones. 4) Indicación de la prueba, acompañando la documentación que tenga en su poder. 5) Todas las preguntas que propone le sean formuladas al aspirante. 6) Dichas presentaciones deberán ser acompañadas en soporte papel y digital. BUENOS AIRES, 12 DE AGOSTO DE DR. Juan Pedro TUNESSI SECRETARIO PARLAMENTARIO JUAN PEDRO TUNESSI, Secretario Parlamentario, H. Senado de la Nación Argentina. e. 18/08/2016 N 58528/16 v. 19/08/2016 #F F#

43 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº Avisos Oficiales #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO ANTERIORES El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma KOVECO S.A. (CUIT N ) para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Sumario N 5957, Expediente N /09, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N (t.o. por Decreto N 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 17/08/2016 N 56771/16 v. 23/08/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a la firma SONGHE IMPORT.EXPORT SRL (CUIT N ) y al señor Carmelo Fleitas Benítez (CI N ) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Sumario N 6378, Expediente N /12, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N (t.o. por Decreto N 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. MARIA GABRIELA BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 17/08/2016 N 56772/16 v. 23/08/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a los señores Horacio Eduardo Lanusse (DNI N ), Juan María Bollini (DNI N ), Jorge Vicente Fernandez Ocampo (DNI N ) y Ramiro Jose Tizón (DNI N ) para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6, Oficina 8601, Capital Federal, a estar a derecho en el Sumario N 5600, Expediente N /13, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8 de la Ley del Régimen Penal Cambiario N (t.o. por Decreto N 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. HERNÁN F. LIZZI, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. LAURA C. VIDAL, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EDICTO e. 17/08/2016 N 56773/16 v. 23/08/2016 #F F# El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza al Representante Top Nut S.A. (C.U.I.T. N ) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios comparezcan en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defensa en el Sumario Cambiario N 4955, Expediente N /07, caratulado TOP NUT S.A. Y OTRO, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N , bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumario Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. FEDERICO G. SOSA, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL e. 17/08/2016 N 56774/16 v. 23/08/2016 #F F# INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL 19 DE NOVIEMBRE DE TRANSPORTISTAS RIOJANOS (Matricula L.R.84), MUTUAL DE EMPLEADOS DE LA SECRETARIA DE ESTADO DE PLANEAMIENTO (Matricula L.R.29) MUTUAL DE EMPLEADOS DE LA SUBSECRETARIA DE ASUNTOS MUNICI- PALES (M.E.S.A.M.) (Matricula L.R.50), ASOCIACION MUTUAL FRONTERAS ARGENTINAS (Matricula L.R.27) ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL DEPARTAMENTO GRAL. OCAMPO (Matricula L.R. 76), que el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se les imputan en los respectivos expedientes y providencias que se indican entre paréntesis. Dicho sumario tramitará por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09 y Resol. N 403/2013, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado del presente actuado adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designado el suscripto como instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas entidades el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (Art. 1 inc. F ap. 1 y 2 de la Ley ). Admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl (T.O. 1991). Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S. #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL e. 17/08/2016 N 57787/16 v. 19/08/2016 #F F# INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES NOTIFICA a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL CRISOL (Matricula Chaco 120), CIRCULO MUTUAL CHA- QUEÑO DE SUBOFICIALES RETIRADOS DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL DE LA NACION (Matricula: Chaco 30), ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS DE LA SANIDAD (Matricula Chaco 88), MUTUAL DE LA ASOCIACION DE EMPLEADOS DEL INGENIO LAS PALMAS (Matricula Chaco 18), CLUB DEPROTIVO RECREATIVO Y MUTUAL FERROVIARIO (matricula: Chaco 1007), NUEVA MUTUAL DE PROTECCION RECIPROCA DEL PERSONAL DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DEL CHACO (Matricula Chaco: 84), ASOCIACION MUTUAL LA COORDINADORA DEL CHACO (matricula: Chaco 74), que el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se les imputan en los respectivos expedientes y providencias que se indican entre paréntesis. Dicho sumario tramitará por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09 y Resol. N 403/2013, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado del presente actuado adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designado el suscripto como instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas entidades el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (Art. 1 inc. F ap. 1 y 2 de la Ley ). Admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley (TO. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl (T.O. 1991). Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S. #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL e. 17/08/2016 N 57788/16 v. 19/08/2016 #F F# INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES NOTIFICA a las siguientes entidades: ASOCIACION MUTUAL DE CONDUCTORES PROFESIONALES DE AUTOS AL INSTANTE REMISES Y AFINES DEL NOROESTE DE LA REPUBLICA ARGENTINA (Matricula: Misiones 67), MUTUAL DE LOS TRABAJADORES DE TELEVISION DE LA PROVINCIA DE MISIONES (Matricula: Misiones 37) ASOCIACION MUTUAL DE TRABAJADORES ESTATALES DE MISIO- NES EN LA CIUDAD DE POSADAS (Matricula: Misiones 36) MUTUAL DE FRONTERA DE SAN PEDRO - MISIONES (Matricula 14) ASOCIACION MUTUAL DE OBREROS Y EMPLEADOS MU- NICIPALES (Matricula: Misiones 57), MUTUAL EMPLEADOS YACYRETA M.E.Y. (Matricula: Misiones 22), ASOCIACION MUTUAL PARA OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA MADERERA DE MONTECARLO (Matricula Misiones 56) ASOCIACION MUTUAL CORREDO- RES Y SUBAGENTES DE QUINIELA LOTERIA Y AFINES DE LA PROVINCIA DE MISIONES (Matricula: Misiones 59), MUTUAL DE CAPACITACION Y PROMOCION SOCIAL (Matricula Misiones 48), ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE ECOLOGIA Y RE- CURSOS NATURALES RENOVABLES (Matricula: Misiones 58) ASOCIACION MUTUAL NORTE MISIONERO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS (Matricula: Misiones 63), ASOCIACION MU- TUAL TRES FRONTERAS DE IGUAZU (matricula: Misiones 11), ASOCIACION MUTUAL SAN IGNACIO (AMSI) PIEDRA MORA (Matricula 76), ASOCIACION DE AYUDA MUTUAL EL DO- RADO (Matricula Misiones 7), que el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se les imputan en los respectivos expedientes y providencias que se indican entre paréntesis. Dicho sumario tramitará por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09 y Resol. N 403/2013, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado del presente actuado adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designado el suscripto como instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas entidades el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (Art. 1 inc. F ap 1 y 2 de la Ley ). Admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl (T.O. 1991). Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S. e. 17/08/2016 N 57789/16 v. 19/08/2016 #F F#

44 Viernes 19 de agosto de 2016 Primera Sección BOLETÍN OFICIAL Nº #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL EDICTO El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE TRABAJO OBREROS FUEGUINOS LIMITADA (Matricula 12247), COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO MARGEN SUR DE RIO GRANDE LI- MITADA (Matricula 12454), COOPERATIVA DE TRABAJO KARUTINKA LIMITADA (Matricula 12494), COOPERATIVA DE TRABAJO KENOS LIMITADA (Matricula: 12600) COOPERATIVA DE TRABAJO LA AMISTAD LIMITADA (Matricula 12679), COOPERATIVA DE CONSUMO LOS MORROS LIMITADA (Matricula 12764), COOPERATIVA DE TRASBAJO MONOFIEL LIMITA- DA (Matricula 12795), COOPERATIVA DE TRABAJO ISLA DE FUEGO LIMITADA (Matricula 12954), COOPERATIVA DE TRABAJO LOS YAGHANES LIMITADA (Matricula 13122), COO- PERATIVA DE TRABAJO KARYEN LIMITADA (Matricula 13174), COOPERATIVA DE PESCA TIMAUQUEL LIMITADA (matricula 13464), COOPERATIVA DE TRABAJO DE INGENIERIA EN ELECTRONICA Y COMUNICACIONES IEC LIMITADA (matricula 13553), COOPERATIVA DE TRABAJO FENELPA LIMITADA (MATRICULA 13570), COOPERATIVA DE TRABAJO INTE- GRACION DISCAP FUEGUINA LIMITADA (MATRICULA 13661), COOPERATIVA DE TRABAJO EL ESFUERZO LIMITADA (MATRICULA 13761), COOPERATIVA DE TRABAJO TRANSDPOR- TISTAS UNIDOS LIMITADA (matricula 13891), COOPERATIVA DE TRABAJO EL HORNERO LIMITADA (matricula 14255), COOPERATIVA DE TRABAJO LA PROVINCIA LIMITADA (matricula 14274), COOPERATIVA AGROPECUARIA DEL CANAL DE BEAGLE LIMITADA (matricula 14399), COOPERATIVA DE TRABAJO NUEVA PROVINCIA DE OBREROS DE LA CONSTRUC- CION DE RIO GRANDE LIMITADA (matricula 14486), que el Directorio de este Organismo ha ordenado, respecto de las nombradas, la instrucción de actuaciones sumariales por las causales que se les imputan en los respectivos expedientes y providencias que se indican entre paréntesis. Dicho sumario tramitará por el procedimiento abreviado establecido en los Anexos I y II de la Resolución 3369/09 y Resol. N 403/2013, por hallarse suspendida la autorización para funcionar en tanto que se encuentran comprendidas en la situación prescripta en los artículos 1 y/o 2 de la Resolución 3369/09, por lo expuesto y en atención al estado del presente actuado adécuese a lo dispuesto a la resolución mencionada. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas ut supra ha sido designado el suscripto como instructor sumariante y en tal carácter se le acuerda a las citadas entidades el plazo de diez (10) días, más los que le correspondan por derecho en razón de la distancia para presentar su descargo y ofrecer la prueba de que intente valerse (Art. 1 inc. F ap 1 y 2 de la Ley ). Admitiendo solo la presentación de prueba documental. Intímaselas, asimismo, para que dentro de igual plazo procedan a denunciar su domicilio real y en su caso, a constituir el especial dentro del radio geográfico de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo estatuido por los Arts. 19 a 22 del Decreto N 1759/72 Reglamentario de la Ley (T.O. 1991). Vencido el término se emitirá disposición sumarial dando por concluido el Sumario, evaluando en su caso el descargo y prueba aportada y aconsejando la medida a adoptar. El presente deberá publicarse de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 42 del Dec. Regl (T.O. 1991). Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S. e. 17/08/2016 N 57790/16 v. 19/08/2016 #F F# #I I# ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DIRECCIÓN REGIONAL MICROCENTRO LA DIVISION REVISION Y RECURSOS II DE LA DIRECCION REGIONAL MICROCENTRO DE LA DI- RECCION GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, sita en la calle Sarmiento 1155, Piso 2, Frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos, comunica por cinco (5) días que se ha dictado la siguiente resolución: Buenos Aires, 05/08/ RESUELVE: ARTÍCULO 1 : Disponer la notificación mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la República Argentina, de la Resolución N 62/2016 (DV MRR2), de fecha 21/07/2016. Resolución N 62/2016 (DV MRR2): Buenos Aires, 21/07/ La Jefa (Int.) de la División Revisión y Recursos II de la Dirección Regional Microcentro de la Dirección General Impositiva de la Administración Federal de Ingresos Públicos RESUELVE: ARTÍCULO 1 : Conferir vista de las presentes actuaciones administrativas a Marcos SALEM, con domicilio fiscal sito en la Avenida Córdoba de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, e inscripto en este Organismo bajo la C.U.I.T. N , en su carácter de Socio Gerente de la firma Arubatex S.R.L., C.U.I.T.: , para que en el término de quince (15) días hábiles conforme los cargos formulados o formule por escrito su descargo y ofrezca o presente las pruebas que hagan a su derecho, en relación a la responsabilidad solidaria que prima facie le cabe en el Impuesto a las Ganancias por el período fiscal ARTÍCULO 2 : Instruir sumario por la infracción señalada, considerando la conducta del responsable encuadrada, prima facie, en el artículo 45 de la Ley N (t.o. en 1998 y sus modificaciones), acordándosele un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la notificación de la presente, para que alegue su defensa por escrito y proponga o entregue las pruebas que hagan a su derecho. ARTÍCULO 3 : Disponer que la contestación a la vista deberá entregarse en la dependencia de este Organismo, sita en la calle Sarmiento N 1.155, Piso 2 Frente de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del horario de 10:00 a 16:00 horas, en forma personal, procediéndose de igual modo con relación a todas las presentaciones que se efectúen vinculadas al proceso iniciado. ARTÍCULO 4 : Establecer que la personería invocada deberá acreditarse en las presentes actuaciones y comunicar en esta sede cualquier cambio de domicilio constituido ante este Organismo. ARTÍCULO 5 : Hacerle saber que las actuaciones se encontrarán a su disposición en la dependencia de esta AFIP-DGI, sita en Sarmiento N 1155, Piso 2 Frente, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el horario de 10:00 a 16:00 horas, pudiendo tomar vista de las mismas sin autorización previa. ARTÍCULO 6 : Notifíquese en el domicilio fiscal del responsable sito en la Avenida Córdoba de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y resérvese. C.P. PAOLA CUPPARI, Jefa (Int.), Div. Revisión y Recursos II, Dirección Regional Microcentro. e. 18/08/2016 N 58210/16 v. 24/08/2016 #F F# CORREO ARGENTINO CENTRAL B FRANQUEO A PAGAR Cuenta N F1 Impreso por Talleres Gráficos Valdez SA y Graficase SRL

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 3 de agosto de 2017 Año CXXV Número 33.680 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 8 de marzo de 2018 Año CXXVI Número 33.827 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 2 de agosto de 2017 Año CXXV Número 33.679 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 13 de octubre de 2017 Año CXXV Número 33.730 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 6 de julio de 2018 Año CXXVI Número 33.906 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, lunes 18 de septiembre de 2017 Año CXXV Número 33.711 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 21 de febrero de 2018 Año CXXVI Número 33.816 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Sumario DECISIONES ADMINISTRATIVAS. Año CXXIV Número DECISIONES ADMINISTRATIVAS RESOLUCIONES PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Sumario DECISIONES ADMINISTRATIVAS. Año CXXIV Número DECISIONES ADMINISTRATIVAS RESOLUCIONES PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección Buenos Aires, martes 24 de mayo de 2016 Año CXXIV Número 33.385 Precio $ 6,00 Sumario DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA Decisión Administrativa 513/2016 Desígnase Directora

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 29 de mayo de 2018 Año CXXVI Número 33.879 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 18 de julio de 2018 Año CXXVI Número 33.913 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Pág. #I I# CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES. Decreto 1307/2013. Bs. As., 2/9/2013 CONSIDERANDO:

Pág. #I I# CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES. Decreto 1307/2013. Bs. As., 2/9/2013 CONSIDERANDO: Primera Sección Buenos Aires, viernes 6 de septiembre de 2013 Año CXXI Número 32.717 Precio $ 3,00 Sumario DECRETOS CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES Decreto 1307/2013 Dase por prorrogada

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Sumario. Leyes. Decisiones Administrativas. Año CXXIV Número Leyes. Decisiones Administrativas. Resoluciones.

Sumario. Leyes. Decisiones Administrativas. Año CXXIV Número Leyes. Decisiones Administrativas. Resoluciones. Primera Sección Buenos Aires, martes 14 de junio de 2016 Año CXXIV Número 33.399 Precio $ 6,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 15 de septiembre de 2017 Año CXXV Número 33.710 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Decisión Administrativa 696/2013. Cobertura de cargos. Bs. As., 6/9/2013

Decisión Administrativa 696/2013. Cobertura de cargos. Bs. As., 6/9/2013 Decisión Administrativa 696/2013 Cobertura de cargos. Bs. As., 6/9/2013 VISTO el Expediente Nº CUDAP: EXP-JGM: 0038348/2013 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 25.164

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 29 de junio de 2017 Año CXXV Número 33.655 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 30 de junio de 2017 Año CXXV Número 33.656 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección

Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección Primera Sección Buenos Aires, martes 20 de diciembre de 2016 Año CXXIV Número 33.526 Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos

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Disposiciones. Concursos Oficiales. Remates Oficiales. Avisos Oficiales. Convenciones Colectivas de Trabajo

Disposiciones. Concursos Oficiales. Remates Oficiales. Avisos Oficiales. Convenciones Colectivas de Trabajo Primera Sección Buenos Aires, lunes 6 de agosto de 2018 Año CXXVI Número 33.926 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas. Resoluciones PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas. Resoluciones PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección Buenos Aires, lunes 5 de septiembre de 2016 Año CXXIV Número 33.454 Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos

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Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección

Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección Primera Sección Buenos Aires, lunes 3 de octubre de 2016 Año CXXIV Número 33.474 Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 19 de julio de 2018 Año CXXVI Número 33.914 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 20 de febrero de 2018 Año CXXVI Número 33.815 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 22 de mayo de 2018 Año CXXVI Número 33.875 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, lunes 21 de mayo de 2018 Año CXXVI Número 33.874 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Pág. #I I# Decreto 1721/2014. Bs. As., 30/9/2014 CONSIDERANDO: Código Civil y Comercial de la Nación PRESIDENCIA DE LA NACION

Pág. #I I# Decreto 1721/2014. Bs. As., 30/9/2014 CONSIDERANDO: Código Civil y Comercial de la Nación PRESIDENCIA DE LA NACION Primera Sección Buenos Aires, jueves 9 de octubre de 2014 Año CXXII Número 32.986 Precio $ 4,00 Sumario DECRETOS MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 1721/2014 Dase por designada la Directora

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 22 de agosto de 2017 Año CXXV Número 33.692 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 24 de mayo de 2018 Año CXXVI Número 33.877 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Sumario DECRETOS. Número DECRETOS PRESIDENCIA DE LA NACION. Primera Sección. Buenos Aires, miércoles 30 de octubre de 2013

Sumario DECRETOS. Número DECRETOS PRESIDENCIA DE LA NACION. Primera Sección. Buenos Aires, miércoles 30 de octubre de 2013 Primera Sección Buenos Aires, miércoles 30 de octubre de 2013 Año CXXI Número 32.754 Precio $ 3,00 Sumario DECRETOS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 1655/2013 Dase por designado el Director General

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 18 de diciembre de 2018 Año CXXVI Número 34.018 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 27 de abril de 2018 Año CXXVI Número 33.860 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 17 de octubre de 2017 Año CXXV Número 33.731 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 2 de agosto de 2018 Año CXXVI Número 33.924 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, lunes 11 de junio de 2018 Año CXXVI Número 33.888 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Sumario. Decisiones Administrativas. Año CXXIV Número Decisiones Administrativas. Resoluciones. Resoluciones Generales. Concursos Oficiales

Sumario. Decisiones Administrativas. Año CXXIV Número Decisiones Administrativas. Resoluciones. Resoluciones Generales. Concursos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 26 de octubre de 2016 Año CXXIV Número 33.490 Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 31 de mayo de 2018 Año CXXVI Número 33.881 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 24 de noviembre de 2017 Año CXXV Número 33.758 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Pág. #I I# COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Decreto 549/2016. Bs. As., 04/04/2016 EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: #I I#

Pág. #I I# COMISIÓN NACIONAL DE VALORES. Decreto 549/2016. Bs. As., 04/04/2016 EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA: #I I# Primera Sección Buenos Aires, martes 5 de abril de 2016 Año CXXIV Número 33.350 Precio $ 6,00 Sumario DECRETOS COMISIÓN NACIONAL DE VALORES Decreto 549/2016 Desígnase Vocal del Directorio... 1 MINISTERIO

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Pág. #I4922795I# CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES. Decreto 1335/2015. Bs. As., 06/07/2015 CONSIDERANDO:

Pág. #I4922795I# CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES. Decreto 1335/2015. Bs. As., 06/07/2015 CONSIDERANDO: Primera Sección Buenos Aires, jueves 16 de julio de 2015 Año CXXIII Número 33.172 Precio $ 5,00 Sumario DECRETOS CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES Decreto 1335/2015 Dase por prorrogada

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Legislación y Avisos Oficiales

Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 16 de febrero de 2018 Año CXXVI Número 33.813 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales

Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, lunes 25 de junio de 2018 Año CXXVI Número 33.897 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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MINISTERIO DE JUSTICIA

MINISTERIO DE JUSTICIA Primera Sección Buenos Aires, viernes 14 de septiembre de 2012 Año CXX Número 32.481 Precio $ 2,50 Sumario DECRETOS MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Decreto 1634/2012 Dase por prorrogada designación

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 28 de febrero de 2018 Año CXXVI Número 33.821 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 23 de mayo de 2018 Año CXXVI Número 33.876 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia. DECRETO NACIONAL 325/2017 BUENOS AIRES, 8 de Mayo de 2017 Boletín Oficial, 9 de Mayo de 2017 VISTO el Expediente N EX-2017-5477108-APN-DDYME#JGM, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N 438/92)

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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL Decreto 696/2017 Modificación. Decreto Nº 357/2002. Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2017 VISTO el Expediente N EX-2017-15354594-APN-DDYME#JGM, la Ley Nº 24.354, la Ley de

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 15 de junio de 2017 Año CXXV Número 33.646 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Resoluciones Conjuntas. Resoluciones Sintetizadas. Disposiciones. Avisos Oficiales

Resoluciones Conjuntas. Resoluciones Sintetizadas. Disposiciones. Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 29 de agosto de 2018 Año CXXVI Número 33.942 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Pág. #I I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Decreto 458/2015. Bs. As., 26/3/2015 CONSIDERANDO: PRESIDENCIA DE LA NACION

Pág. #I I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Decreto 458/2015. Bs. As., 26/3/2015 CONSIDERANDO: PRESIDENCIA DE LA NACION Primera Sección Buenos Aires, martes 7 de abril de 2015 Año CXXIII Número 33.102 Precio $ 5,00 Sumario DECRETOS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 458/2015 Designación en la Subsecretaría de Planificación

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Legislación y Avisos Oficiales

Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 12 de septiembre de 2017 Año CXXV Número 33.707 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, lunes 23 de abril de 2018 Año CXXVI Número 33.856 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 14 de agosto de 2018 Año CXXVI Número 33.932 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, lunes 19 de junio de 2017 Año CXXV Número 33.648 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 8 de agosto de 2018 Año CXXVI Número 33.928 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 13 de julio de 2018 Año CXXVI Número 33.910 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 31 de agosto de 2018 Año CXXVI Número 33.944 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, viernes 29 de septiembre de 2017 Año CXXV Número 33.720 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales

Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, miércoles 9 de mayo de 2018 Año CXXVI Número 33.866 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas. Avisos Oficiales. Convenciones Colectivas de Trabajo

Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas. Avisos Oficiales. Convenciones Colectivas de Trabajo Primera Sección Buenos Aires, martes 28 de junio de 26 Año CXXIV Número 33.407 Precio $ 6,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios

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Sumario. Decisiones Administrativas. Año CXXIV Número Decisiones Administrativas. Resoluciones. Resoluciones Conjuntas. Concursos Oficiales

Sumario. Decisiones Administrativas. Año CXXIV Número Decisiones Administrativas. Resoluciones. Resoluciones Conjuntas. Concursos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 17 de noviembre de 2016 Año CXXIV Número 33.506 Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos

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Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección

Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección Primera Sección Buenos Aires, martes 6 de diciembre de 2016 Año CXXIV Número 33.518 Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos

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Legislación y Avisos Oficiales

Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, martes 12 de junio de 2018 Año CXXVI Número 33.889 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Legislación y Avisos Oficiales

Legislación y Avisos Oficiales Primera Sección Buenos Aires, jueves 7 de junio de 2018 Año CXXVI Número 33.886 Primera Sección Legislación y Avisos Oficiales Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

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Pág. #I I# MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL. Decreto 2260/2014. Bs. As., 28/11/2014 LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

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Resoluciones Sintetizadas. Resoluciones Generales. Disposiciones. Concursos Oficiales. Avisos Oficiales

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Sumario. Decretos. Año CXXIV Número Decretos. Decisiones Administrativas. Concursos Oficiales PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. Primera Sección Buenos Aires, viernes 12 de agosto de 2016 Año CXXIV Número 33.439 Precio $ 20,00 Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos

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