GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO. Secretaría General de Gobierno
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- José Ramón Gutiérrez Márquez
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1 PUBLICADO EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO NUMERO 131 DE FECHA 02 DE NOVIEMBRE DE GOBIERNO DEL ESTADO PODER EJECUTIVO Secretaría General de Gobierno Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz-Llave. Miguel Alemán Velazco, Gobernador del Estado, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 87 de la Constitución Política para el Estado Libre y Soberano de Veracruz-Llave, y con fundamento en los artículos 93 primer párrafo de la Constitución Política del Estado de Veracruz-Llave, 2 a 6, 8, 10, 12, 32 y 41B fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Veracruz- Llave; y, 2 y 3 fracción IV de la Ley de Fomento Económico del Estado y CONSIDERANDO Que el Plan Veracruzano de Desarrollo fija como uno de sus cuatro ejes la reactividad económica del estado, la atracción de inversiones y la generación de empleo, reuniendo la modernización de las estructuras administrativas y la eliminación de formas de operación que no responden a la nueva dimensión de los retos sociales y económicos de la entidad. Que al asumir el gobierno el papel de rector y promotor del desarrollo, plantea transformar a Veracruz en un estado más atractivo para el establecimiento de nuevas empresas y el crecimiento y consolidación de las existentes, traduciendo las ventajas y oportunidades de la entidad en niveles de productividad y creación de empleos. Que la mejor manera de promover que las empresas veracruzanas generen la riqueza y las fuentes de trabajo que demanda la sociedad, es reduciendo sus costos de operación y de instalación especialmente para las micro, pequeñas y medianas empresas, logrando con ello estar en igual o mejores condiciones que las de sus competidores, sean nacionales o extranjeros.
2 Que el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Veracruzano de Desarrollo , considera establecer un programa orientado a mejorar la eficiencia de la regulación vigente, eliminando la discrecionalidad innecesaria de la autoridad y el exceso de trámites que desalientan el establecimiento de negocios productivos. Que en esta nueva etapa del ejercicio de la acción gubernamental, resulta indispensable contar con la voluntad de los Honorables Ayuntamientos, concertando con ellos, las acciones necesarias para continuar con los esfuerzos de la mejora regulatoria de la actividad económica a nivel municipal con la participación de los ciudadanos. Que se han alcanzado avances importantes en materia de mejora regulatoria en el marco del acuerdo para la Desregulación Administrativa de la Actividad Empresarial suscrito por el titular del Poder Ejecutivo Federal y en los términos de la Ley de Fomento Económico del Estado, se debe impulsar el establecimiento y desarrollo de empresas en el estado de Veracruz, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ACUERDO PARA LA MEJORA REGULATORIA DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA Y EMPRESARIAL EN EL ESTADO DE VERACRUZ-LLAVE Primero. El presente Acuerdo tiene por objeto disponer bases para la mejora regulatoria de trámites, requisitos y plazos relativos al establecimiento y operación de empresas en el estado. Para este fin, las dependencias y entidades de la administración pública estatal llevarán a cabo el diagnóstico integral del cuerpo normativo que rige la actividad económica y empresarial para en su caso, proponer la creación o modificación de las disposiciones legales en la esfera de su competencia para alentar el desarrollo de la actividad empresarial. Se crea el Consejo Estatal para la Mejora Regulatoria de la Actividad Económica y Empresarial, como instancia de coordinación, apoyo técnico y consultivo para la aplicación del presente Acuerdo. Segundo. Para efectos del presente Acuerdo, se entiende por: I. Consejo: Consejo Estatal para la Mejora Regulatoria de la Actividad Económica y Empresarial.
3 II. Secretaría: Secretaría de Desarrollo Económico. III. Contraloría: Contraloría General del Estado. IV. Registro: El Registro Estatal de Trámites que establece el artículo 34 de la Ley de Fomento Económico del Estado. V. Formulario Único de Trámites: Formato elaborado y aprobado por el Consejo que de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas, podrá ser utilizado por las empresas a través de la Ventanilla Única de la Gestión para su establecimiento u operación. VI. Ventanilla Única de Gestión: Instancia de apoyo para prestar a los particulares los servicios de orientación y gestoría en los trámites que se realicen ante las autoridades para el establecimiento y operación de las empresas. VII. Manifestación de Impacto Regulatorio: Formulario para mejorar la calidad de los proyectos de iniciativas o reformas de disposiciones legislativas o administrativas que incidan en la actividad económica y empresarial. Tercero. El Consejo se integrará por: I. Un Presidente que será el Gobernador del Estado; II. Un Vicepresidente Ejecutivo que será el Secretario de Desarrollo Económico y que suplirá al Presidente en sus ausencias; III. Un Vicepresidente de Control y Evaluación, que será el Contralor General; IV. Vocales: a) Del sector público: Los Secretarios General de Gobierno, de Finanzas y Planeación, de Educación y Cultura, de Comunicaciones y Obras Públicas, de Desarrollo Regional, de Desarrollo Agropecuario y Pesquero y de Salud y Asistencia. b) Del Sector Empresarial: aquellos que a invitación expresa del Presidente se integren al Consejo; y V. Un Secretario Técnico que será el Subsecretario de Fomento Económico. Los integrantes del Consejo participarán con voz y voto, excepto el Secretario Técnico, quien lo hará sólo con voz.
4 El Consejo tomará sus decisiones por mayoría y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad. El Consejo podrá invitar a sus sesiones a los titulares de las representaciones de las dependencias federales en el estado, así como a representantes de la Banca. Cuando lo requieran los asuntos a tratar, el Consejo también podrá invitar a Presidentes Municipales y a otros servidores públicos. Cada consejero par cubrir sus ausencias, nombrará un suplente quien tendrá las mismas atribuciones que el propietario. Cuarto. Corresponde al Consejo: I. Coordinar la revisión del marco regulatorio de la actividad empresarial en el estado y proponer las medidas que estime necesarias para mejorarlo. II. Brindar apoyo y asesoría técnica a las dependencias y entidades de la Administración Pública para la simplificación administrativa de trámites, requisitos y plazos relativos al establecimiento y operación de empresas en el estado. III. Dictaminar sobre la procedencia de las medidas administrativas a que se refiere la anterior fracción. IV. Formular propuestas para la creación de disposiciones legislativas o administrativas, así como reformas y adiciones a las vigentes, para lograr los objetivos del presente Acuerdo. V. Promover la celebración de Acuerdos de Coordinación de Acciones con los sectores social y privado, así como con la federación o los municipios, en materia de mejora regulatoria de la actividad y empresarial. VI. Acordar las medidas para su funcionamiento interior y; VII. Difundir por los medios de comunicación social del estado, las actividades que desarrolle el Consejo. Quinto. Corresponde al Presidente del Consejo: I. Dirigir e implementar las acciones necesarias para el logro de los objetivos del Consejo; II. Vigilar el cumplimiento de los Acuerdos que tome el Consejo;
5 III. Convocar y conducir las sesiones del Consejo, las que se llevarán a cabo siempre que asista la mitad más uno de sus integrantes; IV. Nombrar a los vocales del sector empresarial; y V. Las demás que le atribuye el presente Acuerdo. Sexto. Corresponde al Vicepresidente Ejecutivo: I. Auxiliar al Consejo y al Presidente en el ejercicio de sus atribuciones; II. Ejecutar los Acuerdos del Consejo y las instrucciones del Presidente; III. Informar sobre el cumplimiento de los Acuerdos del Consejo; IV. Someter por Acuerdo del Presidente, a la consideración del Consejo los proyectos de dictamen a que se refiere la fracción III de la regla cuarta del presente instrumento; V. Elaborar el orden del día de las sesiones del Consejo; y VI. Las demás acciones que le ordene el Consejo. Séptimo. Corresponde al Vicepresidente de Control y Evaluación: I. Proponer criterios normativos para el desarrollo de los trabajos de las reuniones; II. Evaluar periódicamente la ejecución de los acuerdos del Consejo; III. Proponer medidas para perfeccionar las acciones de los programas que implemente el Consejo; y IV. Proponer al Consejo los programas de capacitación a servidores públicos, que se relacionen con el objeto del presente Acuerdo. Octavo. Con fundamento en las leyes y reglamentos aplicables, el Consejo propondrá la creación y permanencia de un Formulario Único de Trámites que será revisado periódicamente y en su caso, actualizado para integrar bajo un solo instrumento, los trámites y requisitos ante las dependencias y entidades competentes, relativos al establecimiento y operación de empresas en el estado. Noveno. Corresponderá a la Secretaría la aplicación del Formulario Único y el establecimiento de una Ventanilla Única de Gestión.
6 TRANSITORIO Único. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del estado. Dado en el Palacio de Gobierno del Estado, a los veinticuatro días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve. Estas firmas pertenecen al acuerdo para la Mejora Regulatoria de la Actividad Económica y Empresarial en el Estado de Veracruz-Llave, de fecha veinticuatro de agosto de mil novecientos noventa y nueve. Miguel Alemán Velazco, Gobernador del Estado. Rúbrica. Nohemí Quirasco Hernández, secretaria general de Gobierno. Rúbrica. Everardo Souza Landa, secretario de Desarrollo Económico. Rúbrica. Juan Amieva Huerta, secretario de Finanzas y Planeación. Rúbrica. Ricardo García Guzmán, contralor general. Rúbrica. Juan Maldonado Pereda, secretario de Educación y Cultura. Rúbrica. Alfonso Gutiérrez de Velazco, secretario de Comunicaciones y Transportes. Rúbrica. Porfirio Serrano Amador, secretario de Desarrollo Regional. Rúbrica. Ramón Ferrari Pardiño, secretario de Desarrollo Agropecuario y Pesquero. Rúbrica. Mauro Loyo Varela, secretario de Salud y Asistencia. Rúbrica. Sabás Huesca Rebolledo, coordinador general de Comunicación Social. Rúbrica. Lorenzo Lazo Margain, jefe de la Oficina del Programa de Gobierno. Rúbrica.
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