Dieta y Asignaciones Parlamentarias en la Experiencia Extranjera 1

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Dieta y Asignaciones Parlamentarias en la Experiencia Extranjera 1"

Transcripción

1 Dieta y Asignaciones Parlamentarias en la Experiencia Extranjera 1 El presente informe tiene por objeto analizar el sistema de determinación de las dietas y demás asignaciones parlamentarias en la experiencia extranjera, como también los factores que las componen, el método de cálculo, reajuste o deducciones a las que están afectas. En este sentido, no es posible establecer un mecanismo único que sirva para determinar tanto los criterios como las modalidades de cálculo de las dietas y asignaciones de los parlamentarios. Ste Informe identifica tres modalidades: i) determinación completa por Ley, ii) autodeterminación y, iii) existencia de comisiones especiales internas o externas. En lo que sí parece haber mayor coincidencia en la administración de las dietas y asignaciones, es en el principio de autonomía financiera que las sustenta, implementando algunos mecanismos que buscan hacer efectiva la responsabilidad de los parlamentarios por la buena asignación y uso de los recursos entregados por concepto de dietas o salarios. Para la elaboración de este informe se han tenido a la vista algunos aspectos constitucionales, legales o reglamentarios de los Congresos de Argentina, Uruguay y Colombia en América Latina. Se agregan Estados Unidos de Norteamérica, Francia, España e Inglaterra. Costa Rica es el único caso, entre los países analizados, que determina la dieta y asignaciones mediante una ley. Es predominante la autodeterminación, con mecanismos internos para los procesos de asignaciones. Por regla general son las Mesas de dichas corporaciones (Cámara y Senado), quienes determinan las asignaciones y establecen mecanismos de gestión y control. En esta categoría se encuentran España, Francia, Colombia y Argentina. Los casos en los que existen comisiones especiales internas o externas, se encuentra en el Parlamento Inglés y en el norteamericano. Si bien en el caso del Parlamento Inglés se dispone de una unidad responsable de la gestión y auditoría de las asignaciones (Departament of finance & Administration). En el caso del Congreso norteamericano, si bien es el propio Congreso el encargado de determinar las remuneraciones de sus miembros (lógica de la autodeterminación), introduce un mecanismo de checks and balances a través de la figura de una comisión externa: la Comisión Ciudadana de Compensación y Servicio Público (Citizens Commissions on Public and Compensation). En lo relativo a la composición de las dietas parlamentarias, es posible encontrar similitudes entre los distintos países, teniendo además de la remuneración base una serie de asignaciones, como complementos mensuales por razón del cargo, 1 Biblioteca del Congreso Nacional

2 2 primas por residencia en lugares distintos a donde funciona el Poder Legislativo, transporte, viáticos, medios de comunicación, personal de apoyo (secretarias, colaboradores), vivienda, gastos de representación, entre otros. Tabla de Contenido I. Introducción... 2 II. Métodos de determinación de las Dietas Determinación por Ley... 3 a. Costa Rica Autodeterminación... 4 a. España... 4 b. Francia... 5 c. Colombia... 6 d. Argentina Comisiones especiales internas o externas... 7 a. Estados Unidos... 7 b. Inglaterra... 7 III. Composición de la dieta y asignaciones ) España ) Francia ) Argentina ) Colombia ) Inglaterra ) Costa Rica ) Estados Unidos I. Introducción La transparencia ha sido considerada una condición exigible a las instituciones públicas, que se ha hecho extensiva a los distintos poderes del Estado. Junto con la entrada en vigencia en nuestro país de la Ley N sobre Acceso a la Información Pública (abril de 2009), el Congreso Nacional asume algunas obligaciones determinadas por la ley. En un primer momento en materia de transparencia activa, y posteriormente de transparencia pasiva. Asimismo, a pesar de no ser obligatorio, se han desarrollado diversas iniciativas enfocadas a promover una mayor cultura de transparencia acerca del uso de sus recursos y gastos. Específicamente, el Congreso Nacional, para promover una mayor cultura de transparencia en la labor parlamentaria, aprobó una modificación a la Ley Orgánica del Congreso Nacional (julio de 2010), creando el Consejo Resolutivo de Asignaciones Parlamentarias, el Comité de Auditoría Parlamentaria y la obligación de publicar la declaración patrimonial de los parlamentarios. En este contexto se incluyen a continuación, desde la perspectiva comparada, algunas modificaciones tendientes a dotar a los Parlamentos de diversos mecanismos para determinar las dietas y asignaciones parlamentarias.

3 3 La información que se ha obtenido es principalmente la que figura a nivel de los sitios oficiales de los distintos Congresos y de las constituciones políticas y reglamentos respectivos, sin incluir, por no encontrarse disponibles, normas de carácter administrativo que pudiesen establecer con mayor detalle la composición y determinación de los montos de las asignaciones, o bien determinadas prácticas utilizadas. Es necesario tener presente también, que en los Parlamentos donde existe autodeterminación de dietas y asignaciones es más difícil contar con información detallada y vigente, especialmente en los Congresos latinoamericanos. El informe se estructura en dos partes: I) Métodos de Determinación de las dietas II) Componentes, aumentos y descuentos de las dietas. Los países que se incluyen, son Costa Rica, España, Francia, Colombia, Argentina, Estados Unidos e Inglaterra, seleccionados de acuerdo a lo solicitado. II. Métodos de determinación de las Dietas En el siguiente análisis se pudo constatar una clasificación general de los métodos de determinación de las dietas y asignaciones parlamentarias, consistente, por una parte, en la fijación mediante una ley, por otra parte, en la autodeterminación, y, finalmente, por comisiones especiales, ya sea internas o externas, que están encargadas de fijar los montos, reajustes y componentes de las dietas y asignaciones. 1. Determinación por Ley a. Costa Rica La Constitución de Costa Rica 2, en su artículo 113, reformado por la Ley N 6960 de 1984, establece que la ley fijará la asignación y las ayudas técnicas y administrativas que se acordaren para los diputados. La Ley Nº 7352, de 1993, sobre remuneración de los Diputados de la Asamblea Legislativa 3, regula los componentes de su remuneración, el monto y el porcentaje semestral de reajuste (5%). La citada norma establece que las remuneraciones se componen de asignaciones mensuales y gastos de representación, además se establece una cuota mensual de quinientos litros de combustible, para uso discrecional en vehículos automotores. 2 Disponible en: %ADtica%20de%20Costa%20Rica.aspx (Octubre, 2010). 3 Disponible en: %20%C3%ADndices%20por%20ley.aspx?IdInleg=13966 (Octubre, 2010).

4 4 2. Autodeterminación a. España El artículo 71 N 4 de la Constitución Política establece que Los Diputados y Senadores percibirán una asignación que será fijada por las respectivas Cámaras 4. A continuación, en el artículo 72, dispone, que las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y, de común acuerdo, regulan el Estatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos parlamentarios desarrollan este precepto y unen a las asignaciones constitucionales la indemnización correspondiente a gastos efectuados por los parlamentarios para el ejercicio de su función. Congreso de los Diputados El Reglamento del Congreso de los Diputados 5, señala, en su Artículo 8, que: 1. Los Diputados percibirán una asignación económica que les permita cumplir eficaz y dignamente su función. 2. Tendrán igualmente derecho a las ayudas, franquicias e indemnizaciones por gastos que sean indispensables para el cumplimiento de su función. 3. Todas las percepciones de los Diputados estarán sujetas a las normas tributarias de carácter general. 4. La Mesa del Congreso fijará cada año la cuantía de las percepciones de los Diputados y sus modalidades dentro de las correspondientes consignaciones presupuestarias. La Mesa del Congreso está constituida por un Presidente, 4 vicepresidentes y 4 Secretarios elegidos por votación entre los mismos Diputados 6. El mismo Reglamento, en su artículo 28, señala que el Congreso pondrá a disposición de los Grupos Parlamentarios, locales y medios materiales suficientes y les asignará, con cargo a su Presupuesto, una subvención fija idéntica para todos y otra variable en función del número de Diputados de cada uno de ellos. Las cuantías se fijarán por la Mesa de la Cámara dentro de los límites de la correspondiente consignación presupuestaria. La cuantía de estas asignaciones también son fijadas anualmente por la Mesa del Congreso. Senado 4 Disponible en: A9267F0/0/constitucion_ES.pdf (Octubre, 2010). 5 Disponible en: (Junio, 2009). 6 Artículo 37, Reglamento del Congreso de los Diputados.

5 5 El Reglamento del Senado 7, por su parte, establece en su artículo 23, que los Senadores tienen derecho a la asignación, dietas e indemnizaciones por gastos necesarios para el desempeño de su función que se fijen en el Presupuesto del Senado. Además establece que esos montos son irrenunciables e irretenibles. b. Francia 8 La Constitución francesa 9, en su artículo 25, establece que una Ley Orgánica determinará, entre otras materias, la retribución de los miembros de cada Cámara. Dicha Ley Orgánica sobre reembolso de gastos y pago de dietas de los miembros del Parlamento, que determina el régimen financiero de la Asamblea Nacional, se aprobó por la Ordenanza n de Su primer párrafo confirma el principio tradicional de la autonomía financiera de cada asamblea. Lo anterior se traduce en que tanto la Asamblea como el Senado, asumen la gestión de su presupuesto de la manera que les parece más conveniente y no forman parte del ámbito de jurisdicción del Tribunal de Cuentas. El Tesorero de la Asamblea Nacional es un funcionario parlamentario que depende de los Administradores (encargados de preparar el presupuesto de las respectivas cámaras). El Reglamento del Senado confirma el principio de independencia financiera de la Asamblea y establece que la Mesa determinará las normas aplicables a las cuentas a través de un reglamento interno 11. El reglamento establece además. La existencia de una comisión especial encargada de auditar las cuentas y la evaluación interna. Este órgano examina las cuentas del Senado conforme a lo dispuesto por las normas presupuestarias y contables y lleva a cabo las investigaciones que considere necesarias. La comisión especial debe hacer públicas las cuentas del Senado. Esta comisión se encuentra integrada por 10 miembros, elegidos proporcionalmente entre los distintos grupos políticos. Los integrantes de la Mesa del Senado no pueden ser parte de la comisión especial 12. La preparación del proyecto de presupuesto, a cargo de los respectivos Administradores, se discute en el seno de una "Comisión común de créditos", integrada por los Administradores de la Asamblea y Senado (seis en total) reunidos bajo la presidencia de un presidente de sala del Tribunal de Cuentas, el cual dispone de la asistencia de dos magistrados asesores con voz consultiva. Es así como las propuestas presupuestarias de las autoridades de las cámaras son sometidas a personalidades ajenas al Parlamento. 7 Disponible en: (Octubre, 2010). 8 Disponible en: (Octubre, 2010) 9 Disponible en: (Octubre, 2010) 10 Disponible en: 2 (Octubre, 2010). 11 Artículo 103 del Reglamento, disponible en: (Octubre, 2010). 12 Ibid

6 6 La Comisión común se limita a determinar el presupuesto necesario para el funcionamiento de la Asamblea y Senado. A los Administradores les corresponde posteriormente repartir los créditos entre los diferentes capítulos de gastos. 13 Al igual que en el Senado, en la Asamblea existe una comisión especial encargada de la intervención de las cuentas, compuesta por 15 diputados, examina las cuentas de cada ejercicio cerrado y da finiquito de su gestión a los Administradores. Desde 1994, elabora un informe público al término de cada ejercicio. No pueden formar parte de esta comisión los miembros de la Mesa de la Asamblea 14. c. Colombia El artículo 187 de la Constitución de Colombia 15, señala que la asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central, según certificación que para el efecto expida el Contralor General de la República. Por su parte, el Reglamento del Congreso, aprobado por la Ley 5 de , en su Capítulo XI desarrolla el Estatuto del Congresista. Entre los derechos que les otorga la Ley, está el de recibir una asignación mensual, reproduciendo la regulación sobre su reajuste dada en la propia Constitución, además de reiterar que el Congreso fija el régimen salarial y prestacional de los miembros del Congreso Nacional, por iniciativa del Gobierno. En este sentido, la Ley 4 de señala que el Gobierno Nacional, con sujeción a las normas, criterios y objetivos contenidos en dicha Ley, fijará el régimen salarial y prestacional, entre otros funcionarios, de los miembros del Congreso Nacional. c. Argentina De acuerdo al artículo 74 de la Constitución argentina 18, los servicios de los senadores y diputados son remunerados por el Tesoro de la Nación, con una dotación que señalará la ley. La Ley N de estableció que corresponde a los Presidentes de ambas cámaras determinar la naturaleza del sueldo imponible de los parlamentarios. 13 Disponible en: (Octubre, 2010) 14 Artículo 16 del Reglamento de la Asamblea Nacional. Disponible en: (Octubre, 2010) 15 Disponible en: (Octubre, 2009). 16 Disponible en: (Octubre, 2010). 17 Disponible en: (Octubre, 2010). 18 Disponible en: (Octubre, 2010).

7 7 El Reglamento del Senado 20 establece que es el secretario administrativo del Senado es quien organiza y pasa al presidente los presupuestos de sueldos y gastos de la Secretaría y del Senado. El Reglamento de la Cámara de Diputados 21, en su artículo 28, señala que los Diputados tendrán derecho al goce de la dieta desde el día de su incorporación a la Cámara. Más adelante agrega que es obligación del secretario administrativo la percepción y distribución de las dietas de los miembros de la Cámara. 3. Comisiones especiales internas o externas a. Estados Unidos de Norteamérica (EE.UU) La Constitución de EE.UU establece, en su artículo primero sección sexta 22, que los senadores y representantes recibirán una retribución por sus servicios determinada por ley y pagadera por el Tesoro de los Estados Unidos. La regulación y administración de las asignaciones (distintas a la dieta o sueldo base) dependen de un Comité interno del Senado o de la Cámara de Representantes. Para esta última, corresponde al Comité de Administración de la Cámara 23. En el caso del Senado, es el Comité de Asignaciones del Senado 24 para lo relacionado con los gastos de personal y el Comité de Regulación y Administración para las demás asignaciones. Las variaciones del salario la determina una Comisión externa creada por la Ley de Reforma a la Ética de 1989, denominada Comisión Ciudadana de Compensación y Servicio Público (Citizen s Commission on Public Service and Compensation) 25, pero en base a las variaciones de los salarios del sector privado. b. Inglaterra La dieta de los Comunes está establecida por una Resolución de su Asamblea, basada en un Reporte del Comité de Estimación de los Miembros (Members Estimate Committee) 26, hecha en La mayoría de los Lores no reciben dieta, 19 Disponible en: (Octubre, 2010). 20 Disponible en: (Octubre, 2010). 21 Disponible en: (Octubre, 2010). 22 Disponible en: (Octubre, 2010). 23 Disponible en: (Octubre, 2010). 24 Disponible en: (Octubre, 2010). 25 Disponible en: (Octubre, 2010). 26 El Comité de Estimación de los Miembros (The Members Estimate Committee) se encarga de las cuestiones relativas al salario y otras prestaciones de los Comunes, en nombre de la Cámara de los

8 8 salvo algunas autoridades de la Cámara de los Lores, sin perjuicio del derecho de todos ellos a requerir las asignaciones para costear los gastos asociados al cargo, al igual que los Comunes. Los parlamentarios de ambas cámaras que sean además Ministros, reciben ese sueldo también, establecido en La Ley de Salarios Ministeriales y otros de 1975 (Ministerial and other Salaries Act) 28. Ahora bien, la responsabilidad de determinar los ajustes de las remuneraciones de los Comunes recae en el Review Body on Senior Salaries (SSRB) o Panel de Revisión de los Salarios de Altos Funcionarios, que tiene por misión establecer el nivel de incremento o reajustes del salario de los parlamentarios en línea con los del los otros funcionarios de la Administración Pública, a través de recomendaciones anuales 29. El SSRB también debe sugerir los montos de otras compensaciones que componen la dieta de los miembros de ambas Cámaras. El SSRB le entrega asesoría independiente al Primer Ministro, al Canciller (Lord Chancellor, encargado de los asuntos de justicia y constitucionales del Reino Unido) y otros Ministros respecto de las remuneraciones, además de los parlamentarios, de los administradores de justicia, los altos mandos de las Fuerzas Armadas, y otros altos funcionarios públicos que se van especificando cada cierto tiempo 30. III. Composición de la dieta y asignaciones 1. España a. Diputados De acuerdo a lo publicado en la página web del Congreso de los Diputados 31, el Régimen económico y ayudas de los diputados contempla además de la remuneración constitucional, el derecho a una serie de otras asignaciones: ayudas, franquicias e indemnizaciones por gastos que sean indispensables para el cumplimiento de su función (artículo 8.2 del Reglamento). Las retribuciones de los Diputados son las siguientes: Asignación constitucional idéntica para todos los Diputados. Complementos mensuales por razón del cargo: se destinan asignaciones adicionales para los cargos de Presidente, Vicepresidente, Portavoces, Comunes, disponible en: (Octubre, 2010). 27 HC Deb 29 May 1946 vol 423 cc , disponible en: (Octubre, 2010). 28 Disponible en: (Octubre, 2010). 29 Disponible en: (Octubre, 2010). 30 Disponible en: (Octubre, 2010). 31 Régimen económico y ayudas de los señores diputados, disponible en: nomico_diputados_2010.pdf (Octubre, 2010)

9 9 Presidente de Comisión, entre otros, para gastos de representación y de libre disposición. Indemnización: a través de este concepto, se tiene una cuantía mayor para los Diputados de circunscripciones distintas a Madrid, los parlamentarios deben afrontar los gastos de alojamiento y manutención en la capital que origine la actividad de la Cámara. Transporte: El Congreso de los Diputados cubre los gastos de transporte en medio público (avión, tren, bus o barco) de los Diputados. Se trata de un reembolso de gasto, es decir, no se facilita una cantidad al parlamentario, sino que se paga el pasaje directamente a la empresa transportista, excepto el uso del propio automóvil, en cuyo caso y previa justificación, se le abona un monto por kilómetro. Si el diputado no tienen auto oficial, se le da, además, un monto máximo por mes para el pago de taxis en Madrid. Dietas o viáticos: Gastos incurridos por viajes en misiones oficiales, para viajes al extranjero y para viajes dentro de España. Comunicaciones: el Congreso facilita a los Diputados computadores portátiles, así como teléfonos celulares que permitan ejercer la función. Además de lo anterior, a todos los diputados se les facilita una oficina en el Congreso y a algunas autoridades (miembros de la Mesa, Presidentes de Comisión) se les permite contar con personal de confianza. Adicionalmente existe una asignación por grupo parlamentario. b. Senado Además de la asignación constitucional, el Reglamento del Senado establece que dentro del territorio nacional, los Senadores tienen derecho a pase de libre circulación en los medios de transporte colectivo que determine la Mesa del Senado o al pago, en su caso, con cargo al Presupuesto de la Cámara, de los gastos de viaje realizados de acuerdo con las normas que la Mesa en cada momento establezca. Al igual que el Congreso de los Diputados, el Senado facilita a los Grupos parlamentarios una subvención, cuya cuantía se fija en función del número de sus componentes y, además, un complemento fijo igual para todos. También tienen complemento especial las asignaciones de las autoridades del Senado, en razón del cargo que ostenten. Las demás asignaciones se componen de la misma manera que las de los Diputados 32. Dado que las asignaciones y sus montos son determinadas por las propias Cámaras, los reajustes tampoco se realizan de acuerdo a un mecanismo especial. Sin embargo, el artículo 23.2 del Reglamento del Senado señala que el Senador que reiteradamente dejare de asistir a las sesiones, sin haber obtenido licencia de la Mesa, podrá ser privado de su asignación, por uno o más meses, a propuesta de la Presidencia y por acuerdo de la Cámara tomado en sesión secreta. 32 Régimen económico y ayudas de los señores senadores, disponible en: (Octubre, 2010).

10 10 2. Francia Las asignaciones económicas de los diputados, están definidas por la Ordenanza N La asignación económica de base se calcula "con respecto a la remuneración de los funcionarios que ocupan cargos del Estado clasificados en una categoría especial de nivel superior. Es equivalente al promedio de la remuneración más baja y de la remuneración más elevada de dicha categoría" 33. A dicha remuneración se añaden indemnizaciones por gastos relativos a residencia. De acuerdo con el artículo 2 de la ordenanza antes citada: "La dieta parlamentaria estará completada por una asignación económica conocida como indemnización por gastos relativos al cargo; el importe de dicha indemnización será equivalente a la cuarta parte de la dieta parlamentaria. El Reglamento de la Asamblea Nacional 34 confirma que todos los diputados que tomen parte regularmente en los trabajos de la Asamblea tendrán derecho a la indemnización por gastos relativos al cargo establecida por el artículo 2 de la Ordenanza Nº , la cual se pagará cada mes sobre su base anual, cualquiera que sea la duración de los períodos de sesiones. Además de los gastos relativos al cargo, los parlamentarios reciben las siguientes asignaciones: Gastos de secretariado y de mandato: Con el fin de asumir los diversos gastos vinculados al ejercicio de su mandato que no son directamente sufragados o reembolsados por la Asamblea, los diputados disponen de esta indemnización, cuyo importe se avalúa de la misma manera que las remuneraciones de la función pública y que les permite en particular remunerar a una o varias secretarias. Crédito colaborador: Importe destinado a la remuneración de sus colaboradores. Con el término "colaboradores" también se utiliza la denominación "asistente parlamentario"- se designa a aquellas personas que, vinculadas a un diputado por un contrato de derecho privado cuya gestión es asumida por la Asamblea Nacional y remuneradas mediante un crédito específico atribuido por ésta a cada uno de sus miembros, desempeñan su actividad ya sea en la circunscripción de un diputado o bien en París. El crédito permite remunerar a tres colaboradores, no obstante, si el diputado lo desea, puede tener como beneficiarios a un número de personas que varíe de una a cinco. El diputado tiene la calidad de empleador: contrata, despide, fija las condiciones de trabajo y el salario de su personal. En caso de que no se emplee la totalidad del crédito, la parte disponible permanecerá asignada al presupuesto de la Asamblea Nacional, o bien el diputado podrá cederla a su grupo político con miras a la remuneración de los empleados de dicho grupo. Facilidades de circulación: o Traslados en el conjunto del territorio nacional por vía férrea: la Asamblea Nacional expide una tarjeta nominativa que permite 33 Disponible en: (Octubre, 2010) 34 Disponible en: (Octubre, 2010).

11 11 o o o obtener acceso gratuito al conjunto de la red ferroviaria francesa, en primera clase, así como a las prestaciones de dormitorio (coches cama, y coches literas) relacionadas con traslados al interior de las fronteras del área metropolitana de Francia. Traslados en París y en la Región Parisina: la Asamblea Nacional dispone de un parque de alrededor de veinte automóviles destinados de manera prioritaria a los desplazamientos de los diputados relacionados con sus otras obligaciones y efectuados a partir del Palais Bourbon en París o hacia los aeropuertos. Cuando el parque de automóviles no se encuentra en condiciones de responder a la totalidad de las demandas se recurre a los taxis de la ciudad de París. Traslados aéreos: cada año, la Asamblea Nacional se hace cargo con respecto a los diputados del área metropolitana de Francia, de cuarenta viajes de ida y vuelta entre París y la circunscripción correspondiente, cuando ésta no se encuentra comunicada por una línea aérea regular (ochenta travesías "circunscripción"); seis viajes de ida y vuelta en el área metropolitana de Francia, fuera de la circunscripción. Con respecto a los diputados de Ultramar: un crédito anual equivalente, para los diputados de los departamentos, al costo de veintiséis travesías en clase Business Club entre París y la circunscripción y, para los diputados de los territorios y entidades territoriales, el precio de dieciséis trayectos en primera clase entre París y la circunscripción y cuatro viajes de ida y vuelta al área metropolitana de Francia. Medios de comunicación: o o o o Las comunicaciones telefónicas, destinadas al conjunto de la red metropolitana, cuando se trata de llamadas realizadas a partir del puesto de teléfono instalado en el despacho de los diputados, en el Palais Bourbon, corren a cargo de la Asamblea Nacional. Asimismo, los diputados pueden beneficiar, por solicitud, de un monto global a tanto alzado de comunicaciones que les permite costear cuatro líneas telefónicas como máximo que se encuentren registradas a su nombre, entre las cuales dos pueden corresponder a celulares; un abono suscrito con un proveedor de acceso a Internet y el costo de las comunicaciones dentro del límite comprendido en el precio global. Las correspondencias de índole parlamentaria, es decir aquellas requeridas para el cumplimiento del mandato legislativo, serán franqueadas por cuenta de la Asamblea Nacional. No gozarán de este tipo de franqueo la correspondencia privada, así como la correspondencia que presenta un carácter general o colectivo. Además, los diputados gozan de una línea de crédito para dotarse de equipo informático. Vivienda: La Asamblea Nacional asigna préstamos para la adquisición de una vivienda o de un local destinado a un despacho o servicio de permanencia, ya sea en París, o bien en la circunscripción correspondiente al diputado. (El importe de los préstamos otorgados a los diputados, por un plazo de 10 años y con un tipo de interés del 2 %, asciende a aproximadamente).

12 12 Las variaciones de las indemnizaciones las determina cada Cámara en función de la participación de los parlamentarios en la labor de la Asamblea a la que pertenece. El hecho de haber tomado parte, durante un período de sesiones, en menos de dos tercios de las votaciones nominativas a las que se haya procedido, llevará aparejada una retención del tercio de la indemnización por gastos relativos al cargo por tiempo igual a la duración del período de sesiones, y si el mismo diputado hubiere participado en menos de la mitad de las votaciones, se duplicará la retención 35. Para los Senadores, el artículo 97 de su Reglamento 36, establece que la censura simple trae aparejada automáticamente la privación, por un mes, de un tercio de su remuneración y de sus asignaciones. Por su parte, la censura con exclusión temporal, importa las mismas retenciones, pero por dos meses. 3. Argentina a. Diputados De acuerdo al Directorio Legislativo 37, cada diputado goza de: Sueldo Bruto: Dieta más gastos de representación Desarraigo (cuando se acredite pertenecer a un distrito ubicado a más de 200 kilómetros de Buenos Aires, por concepto de traslados y alojamiento). 32 órdenes de pasajes oficiales (20 aéreos y 12 terrestres), canjeables por dinero en caso de no ser usados. Viáticos para misiones oficiales al extranjero. b. Senadores De acuerdo al Directorio Legislativos 38, cada Senador goza de: Sueldo Bruto (dieta más gastos de representación). Desarraigo (cuando se acredite pertenecer a un distrito ubicado a más de 200 kilómetros de Buenos Aires), 40 órdenes de pasajes oficiales (20 aéreos y 20 terrestres), canjeables por dinero en caso de no ser usados. Viáticos para misiones oficiales al extranjero. Existen otras asignaciones, como diarios y servicios telefónicos a los que tienen derecho, aunque su administración corresponde al Secretario de la corporación. 4. Colombia 35 Artículo 162 N 3 del Reglamento de la Asamblea Nacional. 36 Disponible en: (Octubre, 2010) 37 Disponible en: Legislativo-Naci%C3%B3n-Diputados-completo.pdf (Octubre, 2010). 38 Disponible en: Legislativo-Naci%C3%B3n-Senadores-completo.pdf (Octubre, 2010)

13 13 Como se mencionó anteriormente, el artículo 187 de la Constitución de Colombia 39 señala que la asignación de los miembros del Congreso se reajusta cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central, según certificación que para el efecto expida el Contralor General de la República. Lo mismo es reproducido por la Ley 5 de 1992, que establece el Reglamento del Congreso 40. El sueldo de un parlamentario se compone de la siguiente forma 41 : Sueldo básico. Gastos de representación. Prima de localización: correspondiente a una suma fija mensual. Prima de salud: correspondiente al 10% de la asignación mensual. Prima de vivienda: correspondiente a una suma fija mensual. Prima de Transporte: equivalente al 50% de los intereses mensuales causados por crédito contraído con entidad bancaria para la compra de vehículo. Viáticos. Primas de servicios y subsidio: Igual al 50% del ingreso mensual percibido por concepto de sueldo básico. Prima de Navidad. Seguro de vida: El artículo 389 del reglamento del Congreso establece que la Mesa Directiva de Cámara y la Comisión de Administración del Senado podrán contratar los Seguros de Vida y por otros conceptos para los Senadores y Representantes, cuestión que se está haciendo, de acuerdo a la nómina de pagos publicada 42. Además de lo anterior, los parlamentarios cuentan con los bienes y servicios propios de las corporaciones, tales como suministros de oficina, despachos, asistencia técnica legislativa 43, biblioteca, etc. El artículo 271 del reglamento del Congreso señala que la falta de asistencia de los Congresistas a las sesiones, sin excusa válida, no causará los salarios y prestaciones correspondientes, es decir, se priva de dichas asignaciones al 39 Disponible en: (Octubre, 2010) 40 Disponible en: (Octubre, 2010) 41 Disponible en: (Octubre, 2010) 42 Disponible en: (Octubre, 2010) 43 En el marco de la modernización del Congreso colombiano, se ha instalado la oficina de Asistencia Técnica Legislativa, para entregar investigación jurídica y asesoría técnica legislativa de la más alta calidad a las comisiones y bancadas del Congreso, con el fin de mejorar la calidad de las leyes aprobadas por el Congreso. Disponible en: (Octubre, 2010).

14 14 parlamentario ausente. La decisión de reducir el sueldo y las demás asignaciones de un parlamentario corresponde a la Mesa Directiva de la Cámara respectiva Inglaterra Las asignaciones de los parlamentarios incluyen 45 : Gastos en personal (Staffing Expenditure) Provisiones para instalaciones, equipamiento y suministros para ellos y su personal (Administrative and Office Expenditure) Viáticos para viajes fuera de su domicilio para realizar actividades parlamentarias (Personal Additional Accommodation Expenditure) Gastos en comunicaciones con los representados (Communications Expenditure) Gastos en papelería y correos (Stationery and Postage) Gastos de traslado entre Westminster, su distrito y su domicilio (Travel expenditure) Algunos Parlamentarios reciben pagos adicionales por desempeñar funciones especiales, como por ejemplo, el Presidente y los Presidentes de las Comisiones Especiales, así como los parlamentarios que son ministros del Gobierno 46. Como se ha mencionado, los reajustes de los salarios de los parlamentarios se determinan por el SSRB (Review Body on Senior Salaries), basado en la variación de los salarios de los altos funcionarios de la Administración Pública. El reajuste se determina el primer año de cada nueva legislatura, a menos que se haya hecho alguna en los dos últimos años. En enero de 2008, la Cámara de los Comunes debatió la revisión hecha por el SSRB a salario, asignaciones y pensiones de los Comunes, acordando con el Gobierno que se establecería un límite al aumento de los salarios del 2%, además de un mecanismo que impida, en el futuro, que sean los propios comunes los que voten sus salarios y la derivación de la mayoría de las recomendaciones del SSRB al Comité de Estimación de los Miembros Costa Rica En el caso costarricense todos los componentes de la dieta parlamentaria y el monto de sus reajustes están determinados por Ley. 44 Disponible en: (Octubre, 2010). 45 Disponible en: (Octubre, 2010) 46 Ibid 47 Disponible en: (Octubre, 2010)

15 15 Así, la Ley Nº de Remuneración de los Diputados de la Asamblea Legislativa 48 señala que por desempeñar sus funciones, los Diputados serán remunerados mediante el pago de una asignación mensual y gastos de representación fijos. Las sumas indicadas en la misma ley se incrementan, semestralmente, en un cinco por ciento (5%). Los diputados que al momento de iniciar sus labores se encuentren disfrutando de una pensión o jubilación, sin importar el régimen, deberán suspender la misma por el período que fueron electos debiendo acogerse al salario establecido en esta Ley. Para asegurar la asistencia, los diputados de la Asamblea Legislativa de Costa Rica no pueden ausentarse, ni de las sesiones de sala ni de comisión, si no han obtenido un permiso del Presidente, previa solicitud por escrito con la debida justificación 49, salvo los jefes de fracción de los partidos políticos (bancadas), que están exceptuados de la obligación de asistir a las comisiones de las que sean parte 50. Si no existiera quórum suficiente para que la Asamblea sesione, todos los diputados ausentes sin justificación pierden su dieta 51. Asimismo, si han estado presentes en el debate de un asunto, no pueden retirarse al momento de la votación y si lo hacen, la sanción también es la pérdida de la dieta 52. 1) Estados Unidos Algunas de las autoridades del Congreso, tales como el vocero de la Cámara de Representantes, o los líderes de los partidos mayoritarios, reciben un salario mayor al del resto. Sin perjuicio de esto, además de la dieta existen otros ingresos establecidos para los congresistas 53. El ingreso de los Representantes incluye las siguientes asignaciones: Un monto asignado para sus actividades distritales (MRA, por sus siglas en inglés Members Representational Allowance), calculado en base a tres componentes: gastos en personal -para el caso de los Representantes, el límite es de 18 empleados y un total de U$ , gastos de su sede oficial papelería, arriendo de oficina, equipamiento, servicios computacionales- y correo oficial franqueado. Los gastos de personal son idénticos para todos los representantes. Los otros dos varían dependiendo de 48 Disponible en: (Octubre, 2010). 49 Artículo 2 del Reglamento de la Asamblea Legislativa de Costa Rica. Disponible en: mblea%20legislativa.aspx (Octubre, 2010) 50 Ibid., artículo Ibid., artículo Ibid., artículo Disponible en CRS Report for Congress, Congressional Salaries and Allowances, Congressional Research Service, Disponible en: (Octubre, 2010)

16 16 la distancia que separe el distrito con Washington D.C. Lo recibido por estas expensas no puede ser destinado a otros gastos distintos de los factores antes descritos 54. Lo que gaste el Representante fuera de los montos permitidos, deben ser pagados personalmente. Gastos de desplazamiento, calculados en base a la distancia entre el distrito y Washington D.C., siendo el mínimo U$ Publicaciones gubernamentales que los congresistas tienen derecho a recibir Viáticos y gastos de viaje para asistir a las asambleas partidistas o conferencias para el congresista y una persona designada de su staff. El ingreso de los Senadores incluyen gastos en personal y oficina o sede oficial que se dividen en los siguientes tres componentes: Expensas de asistencia administrativa, profesional y legislativa que depende de la cantidad de habitantes del Estado al que representa. Gastos para su oficina sede oficial, que depende de la distancia entre su Estado y Washington D.C. Gastos de correo oficial, basado en la cantidad de domicilios que existan en su Estado. Los montos recibidos pueden ser intercambiados por el Senador, es decir, usar los montos para gastos de personal en gastos de oficina, etc., pero teniendo presente que sólo se permite su uso para actividades oficiales dentro del marco de sus obligaciones como Senador. Los senadores tienen derecho a otras expensas para tareas oficiales, por ejemplo, gastos para alumnos en práctica durante el año académico; acomodaciones en algún edificio gubernamental oficial en el Estado al que representan; gastos de arriendo de una oficina móvil para recorrer el Estado al que representa, pero no es permitido su uso en los 60 días anteriores al día de la elección; mobiliario para la oficina de Washington D.C., entregado y administrado por el Arquitecto del Capitolio, para la oficina en el edificio del Senado y por el Sargento de Armas del Senado 55, para la oficina del Capitolio; mobiliario para la oficina del Estado y otros equipamientos para todas sus oficinas; Publicaciones gubernamentales que los congresistas tienen derecho a recibir Se permite que los congresistas reciban un 15% extra de su salario por servicios prestados fuera del Congreso 56, sin embargo hay una serie de ingresos prohibidos para ellos, tales como participaciones en estudios de abogados, o cualquier otra empresa de prestación de servicios, incluyendo relaciones fiduciarias, además de actividades docentes que no hayan sido previamente informadas al Comité de Ética del Senado o de la Cámara. 54 Disponible en CRS Report for Congress, Congressional Salaries and Allowances, Congressional Research Service, Especie de oficial mayor que sirve de jefe de protocolo y de garante del orden público, siendo el principal administrador de la mayoría de los servicios de apoyo del Senado. Disponible en: (Octubre, 2010). 56 Disponible en CRS Report for Congress, Congressional Salaries and Allowances, Congressional Research Service, 2009.

17 17 Desde 1989, cuando se reformó la Ley de Ética, se creó la Comisión Ciudadana de Compensación y Servicio Público (Citizen s Commission on Public Service and Compensation) 57. La fórmula, dada también por la Reforma a la ley de Ética, está condicionada por las variaciones de los salarios del sector privado, según el índice de costo del empleo. Ahora bien, la enmienda (27ª) de la Constitución norteamericana 58, aprobada en 1992 prohíbe que los incrementos de la dieta parlamentaria de los representantes surtan efectos antes de que se constituya una nueva legislatura. 57 Disponible en: (Octubre, 2010). 58 Disponible en: (Octubre, 2010).

Congreso de los Diputados

Congreso de los Diputados RÉGIMEN ECONÓMICO Y AYUDAS DE LOS SEÑORES DIPUTADOS I. Régimen jurídico aplicable a las asignaciones económicas y otras ayudas II. Retribuciones III. Indemnizaciones y ayudas IV. Subvenciones a Grupos

Más detalles

RÉGIMEN ECONÓMICO Y AYUDAS DE LOS SEÑORES DIPUTADOS. I. Régimen jurídico aplicable a las asignaciones económicas y otras ayudas

RÉGIMEN ECONÓMICO Y AYUDAS DE LOS SEÑORES DIPUTADOS. I. Régimen jurídico aplicable a las asignaciones económicas y otras ayudas RÉGIMEN ECONÓMICO Y AYUDAS DE LOS SEÑORES DIPUTADOS I. Régimen jurídico aplicable a las asignaciones económicas y otras ayudas II. Retribuciones III. Indemnizaciones y ayudas IV. Subvenciones a Grupos

Más detalles

Congreso de los Diputados

Congreso de los Diputados RÉGIMEN ECONÓMICO Y AYUDAS DE LOS SEÑORES DIPUTADOS I. Régimen jurídico aplicable a las asignaciones económicas y otras ayudas II. Retribuciones III. Indemnizaciones y ayudas IV. Subvenciones a Grupos

Más detalles

Monto de las asignaciones y dietas parlamentarias en la experiencia internacional. Francia, España, EE. UU., Uruguay y México

Monto de las asignaciones y dietas parlamentarias en la experiencia internacional. Francia, España, EE. UU., Uruguay y México Monto de las asignaciones y dietas parlamentarias en la experiencia internacional. Francia, España, EE. UU., Uruguay y México En los cinco países analizados se ha encontrado que los parlamentarios, por

Más detalles

162ª reunión COSTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO EJECUTIVO Y DE LA CONFERENCIA GENERAL RESUMEN

162ª reunión COSTOS DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO EJECUTIVO Y DE LA CONFERENCIA GENERAL RESUMEN Organización de las Naciones Unidas ex para la Educación, la Ciencia y la Cultura Ejecutivo 162ª reunión 162 EX/34 PARÍS, 21 de septiembre de 2001 Original: Francés e inglés Punto 7.9 del orden del día

Más detalles

ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO

ORGANIZACIÓN DEL PODER LEGISLATIVO Capítulo octavo I. Aspectos generales De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de nuestra ley fundamental, el Poder Legislativo de los Estados Unidos Mexicanos se deposita en un Congreso General,

Más detalles

( 6 MAR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a. de 1992, D E C R E T A:

( 6 MAR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLlCA DE COLOMBIA, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a. de 1992, D E C R E T A: ( 6 MAR 2009 Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones. EL PRESIDENTE

Más detalles

LEY 4ª DE DE MAYO

LEY 4ª DE DE MAYO LEY 4ª DE 1992 18 DE MAYO Mediante la cual se señalan las Normas, Objetivos y Criterios que debe observar el gobierno nacional para la fijación del régimen salarial y prestacional de los empleados públicos,

Más detalles

Congreso de los Diputados

Congreso de los Diputados RÉGIMEN ECONÓMICO Y AYUDAS DE LOS SEÑORES DIPUTADOS I. Régimen jurídico aplicable a las asignaciones económicas y otras ayudas II. Retribuciones III. Indemnizaciones y ayudas IV. Subvenciones a s s I.

Más detalles

COMITE DE AUDITORIA PARLAMENTARIA Informe Anual

COMITE DE AUDITORIA PARLAMENTARIA Informe Anual Informe Anual Periodo Abril 2011- Marzo 2012 10 de Julio de 2012 Introducción INDICE Página Introducción... 3 Competencias Principales del Comité... 4 Instalación del Comité... 5 Dotación y Recursos..

Más detalles

1.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se estructura en: c) 7 Títulos, 46 Artículos, 2 Disposiciones Adicionales, 7 Disposiciones

1.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se estructura en: c) 7 Títulos, 46 Artículos, 2 Disposiciones Adicionales, 7 Disposiciones 1.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid se estructura en: 7 Títulos, 64 Artículos, 2 Disposiciones Adicionales, 7 Disposiciones Transitorias y una Final. 6 Títulos, 46 Artículos, 2 Disposiciones

Más detalles

INFORME SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DE LOS CONSEJEROS. 13 de Mayo de 2009

INFORME SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DE LOS CONSEJEROS. 13 de Mayo de 2009 INFORME SOBRE LA POLÍTICA DE RETRIBUCIONES DE LOS CONSEJEROS 13 de Mayo de 2009 1. Introducción. El Código Unificado de Buen Gobierno de las Sociedades cotizadas aprobado por la Comisión Nacional del Mercado

Más detalles

INFORME DE AUSTERIDAD PRIMER SEMESTRE 2018

INFORME DE AUSTERIDAD PRIMER SEMESTRE 2018 INFORME DE AUSTERIDAD PRIMER SEMESTRE 2018 El Sistema de Control Interno tiene como propósito fundamental lograr la eficiencia, eficacia y transparencia en el ejercicio de las funciones de las entidades

Más detalles

33º período de sesiones. Roma, de noviembre de 2005 SEGUNDO INFORME DEL COMITÉ GENERAL. Índice A. NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR GENERAL 1

33º período de sesiones. Roma, de noviembre de 2005 SEGUNDO INFORME DEL COMITÉ GENERAL. Índice A. NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR GENERAL 1 Noviembre de 2005 C 2005/LIM/13 S CONFERENCIA 33º período de sesiones Roma, 19-26 de noviembre de 2005 SEGUNDO INFORME DEL COMITÉ GENERAL Índice Párrafos A. NOMBRAMIENTO DEL DIRECTOR GENERAL 1 B. PAGO

Más detalles

CODIGO DE BUEN GOBIERNO DE LA REAL FEDERACION ANDALUZA DE GOLF. El presente código será de aplicación a la Real Federación Andaluza de Golf.

CODIGO DE BUEN GOBIERNO DE LA REAL FEDERACION ANDALUZA DE GOLF. El presente código será de aplicación a la Real Federación Andaluza de Golf. CODIGO DE BUEN GOBIERNO DE LA REAL FEDERACION ANDALUZA DE GOLF AMBITO SUBJETIVO El presente código será de aplicación a la Real Federación Andaluza de Golf. AMBITO OBJETIVO Este Código afecta a la gestión

Más detalles

INFORME. De la documentación remitida pueden extraerse las siguientes circunstancias fácticas de relevancia para la emisión del presente dictamen:

INFORME. De la documentación remitida pueden extraerse las siguientes circunstancias fácticas de relevancia para la emisión del presente dictamen: INFORME CUESTIÓN PLANTEADA Mediante oficio de fecha 12 de diciembre de 2011, registrado de entrada el 21 del mismo mes, por., y.. se solicita la emisión de informe jurídico relativo a la solicitud efectuada

Más detalles

RESULTADOS DE LAS AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F.

RESULTADOS DE LAS AUDITORÍAS PRACTICADAS POR LA A.S.F. No. Auditoría Objetivo Total de Recomendaciones emitidas Recomendaciones emitidas Estado Informe de auditoría 1. Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2007 (Auditoría Financiera y de Cumplimiento)

Más detalles

TEXTO APROBADO POR EL CONGRESO NACIONAL OBSERVACIONES DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA 1

TEXTO APROBADO POR EL CONGRESO NACIONAL OBSERVACIONES DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA 1 1 Artículo 1.- El reajuste establecido en el inciso primero no regirá, sin embargo, para los trabajadores del mismo sector cuyas remuneraciones sean fijadas de acuerdo con las disposiciones sobre negociación

Más detalles

RE PUBLICA DE COLOMBIA

RE PUBLICA DE COLOMBIA RE PUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN~;_.JCA",-'-':'::"" DECRETO NÚMERO 661 DE 2008 Por el cual se dictan normas sobre régimen salarial y prestacional para los servidores públicos

Más detalles

GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS

GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS GACETA OFICIAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO PROVINCIAL DEL GUAYAS Periodo 2014-2019 Guayaquil 31 de enero 2017 - No. 148 Guayaquil: Gral. Illingworth 108 y Malecón Simón Bolívar CONSIDERANDO:

Más detalles

Código de conducta de los diputados al Parlamento Europeo en materia de intereses económicos y conflictos de intereses

Código de conducta de los diputados al Parlamento Europeo en materia de intereses económicos y conflictos de intereses Código de conducta de los diputados al Parlamento Europeo en materia de intereses económicos y conflictos de intereses Artículo 1 Principios rectores En el marco de sus funciones, los diputados al Parlamento

Más detalles

MINUTA PROYECTO DE DECRETO

MINUTA PROYECTO DE DECRETO MINUTA PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 75, 115, 116, 122, 123 Y 127 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Artículo Único. Se reforman el párrafo

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR Cámara de Origen No. Expediente: M217-1PO3-11 I.- DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA MINUTA Que expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, Reglamentaria

Más detalles

Santiago, 16 de noviembre de Nº /

Santiago, 16 de noviembre de Nº / MENSAJE DE S.E. LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR EL QUE INICIA EL PROYECTO DE LEY QUE OTORGA REAJUSTE DE REMUNERACIONES A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO Y CONCEDE OTROS BENEFICIOS QUE INDICA. Santiago,

Más detalles

Legislatina Normatividad interna de la H. Cámara de Representantes de Colombia Fuente: (Consultado 01/08/2007)

Legislatina Normatividad interna de la H. Cámara de Representantes de Colombia Fuente:  (Consultado 01/08/2007) Normatividad Interna RESOLUCION No. MD- 2350 DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2005 POR LA CUAL SE COMPILA LA NORMATIVIDAD INTERNA DE LA H. CAMARA DE REPRESENTANTES LA MESA DIRECTIVA DE LA HONORABLE CAMARA DE REPRESENTANTES

Más detalles

POLÍTICA COMPENSACIÓN DE CARGOS GERENCIALES Y MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA CORPORACIÓN PARA ENTIDADES Y CLUBES DEPORTIVOS CORSALDEP

POLÍTICA COMPENSACIÓN DE CARGOS GERENCIALES Y MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA CORPORACIÓN PARA ENTIDADES Y CLUBES DEPORTIVOS CORSALDEP POLÍTICA COMPENSACIÓN DE CARGOS GERENCIALES Y MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA CORPORACIÓN PARA ENTIDADES Y CLUBES DEPORTIVOS CORSALDEP 1. PROPÓSITO: La Corporación Para Entidades y Clubes Deportivos CORSALDEP

Más detalles

LEY 04 DE 1992 ( Mayo 18 )

LEY 04 DE 1992 ( Mayo 18 ) LEY 04 DE 1992 ( Mayo 18 ) DIARIO OFICIAL. No. 40451. 18, MAYO, 1992, PAG. 1 "Mediante la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacional para la fijación del régimen

Más detalles

INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS 2013

INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS 2013 INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS 2013 De conformidad con lo previsto en el artículo 61 ter. de la Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de Valores, este órgano aprueba un Informe

Más detalles

Artículos LO a LO del código electoral

Artículos LO a LO del código electoral Artículos LO. 135-1 a LO. 135-6 del código electoral Artículo LO 135-1 Modificado por la ley orgánica nº 2013-906 de 11 de octubre de 2013 Art. 1 I.- En dos meses siguientes a su toma de posesión, el diputado

Más detalles

En el año 2001 se creó el actual Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga pasando la Junta Directiva a ser Junta de Gobierno.

En el año 2001 se creó el actual Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga pasando la Junta Directiva a ser Junta de Gobierno. El actual Colegio Oficial de Arquitectos de Málaga fue anteriormente Delegación en Málaga del Colegio Oficial de Arquitectos de Andalucía Oriental que tenía la Sede en Granada. La Junta Directiva de la

Más detalles

RETRIBUCIONES MIEMBROS CORPORATIVOS. Se adjunta copia de la nómina del Alcalde y de los Concejales con dedicación exclusiva: Nómina del Alcalde:

RETRIBUCIONES MIEMBROS CORPORATIVOS. Se adjunta copia de la nómina del Alcalde y de los Concejales con dedicación exclusiva: Nómina del Alcalde: 1 RETRIBUCIONES MIEMBROS CORPORATIVOS Se adjunta copia de la nómina del Alcalde y de los Concejales con dedicación exclusiva: Nómina del Alcalde: 2 Concejales con dedicación exclusiva: Grupo Municipal

Más detalles

LIQUIDACIÓN DE NÓMINA

LIQUIDACIÓN DE NÓMINA LIQUIDACIÓN DE NÓMINA DEFINICIÓN: Es un instrumento administrativo que permite de una manera organizada realizar los pagos de sueldos a los trabajadores, así como proporcionar información contable para

Más detalles

DE la REPUBLlCA DE COLOMBIA, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE la FUNCION PUBLICA ( 4 M ~ 20D8

DE la REPUBLlCA DE COLOMBIA, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE la FUNCION PUBLICA ( 4 M ~ 20D8 REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE la FUNCION PUBLICA DECRETO NUMERO 658 DE 2008 ( 4 M ~ 20D8 Por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores

Más detalles

Coordenadas Políticas

Coordenadas Políticas Coordenadas Políticas 06 Costo de la función parlamentaria: una visión comparada Introducción La reciente derogación del sistema electoral binominal, reemplazado por un sistema de más representación trae

Más detalles

Bruselas, COM(2017) 632 final ANNEX 2 ANEXO

Bruselas, COM(2017) 632 final ANNEX 2 ANEXO COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 26.10.2017 COM(2017) 632 final ANNEX 2 ANEXO del informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre las disposiciones de aplicación adoptadas por la autoridad facultada

Más detalles

LEY DE COORDINACIÓN FISCAL

LEY DE COORDINACIÓN FISCAL Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1978 TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 30-01-2018 Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL El Tribunal Constitucional se regula en el Título IX de nuestra Constitución y se desarrolla en la Ley Orgánica 2/ 1979, de 3 de octubre. El tribunal constitucional como interprete

Más detalles

Que el uso de las clasificaciones presupuestarias hace preciso adaptar su detalle y glosario a necesidades específicas de aplicación.

Que el uso de las clasificaciones presupuestarias hace preciso adaptar su detalle y glosario a necesidades específicas de aplicación. Resolución 136/2004 Modificación de las partidas de gastos en personal correspondientes a las clasificaciones presupuestarias para el Sector Público Nacional, con vigencia a partir de la formulación del

Más detalles

PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES

PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES 2 (Primera Sección) DIARIO OFICIAL Lunes 27 de febrero de 2006 PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES MANUAL de percepciones de los servidores públicos de mando. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA

COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y CUENTA PÚBLICA Palacio Legislativo a 30 de marzo de 2016 CPCP/P/062/16 Dip. José de Jesús Zambrano Grijalva Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados Presente En cumplimiento a lo dispuesto por el Artículo

Más detalles

Hay dos posibles niveles de puntuación en cada uno de los 80 indicadores que integran el Índice de Transparencia de los Parlamentos.

Hay dos posibles niveles de puntuación en cada uno de los 80 indicadores que integran el Índice de Transparencia de los Parlamentos. METODOLOGÍA UTILIZADA EN EL ÍNDICE DE TRANSPARENCIA DE LOS PARLAMENTOS 1. ELABORACIÓN DE LA INFORMACIÓN A los Parlamentos se les envió en Octubre de 2013 el Cuadro de los 80 Indicadores que se iban a utilizar

Más detalles

DECRETO No (~2 MAR2007

DECRETO No (~2 MAR2007 DECRETO No 6 3 4 (~2 MAR2007 Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica y media que se

Más detalles

\. - DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN\RÚJiJU&A--"w,~, ~.

\. - DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN\RÚJiJU&A--w,~, ~. REPI,IBLICA DE COLOMBIA ~ a " \. - DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN\RÚJiJU&A--"w,~, ~.,,' DECRETO No. 665 de 2008 ( ; 4M. 'i"~l~,.i~\i. ~ ' u ~ n l\\f\n 8 " U Por el cual se dictan normas sobre

Más detalles

PROYECTO DE LEY No. Por medio de la cual se reforma la ley 136 de 1994, en cuanto a derechos de los concejales

PROYECTO DE LEY No. Por medio de la cual se reforma la ley 136 de 1994, en cuanto a derechos de los concejales PROYECTO DE LEY No. Por medio de la cual se reforma la ley 136 de 1994, en cuanto a derechos de los concejales El artículo 66 de la ley 136 de 1994 quedara así: ARTICULO 66. - DERECHOS DE LOS CONCEJALES.

Más detalles

SIE Derecho Público, SIE-DP-16/01

SIE Derecho Público, SIE-DP-16/01 SIE Derecho Público, SIE-DP-16/01 FUENTE: Suplemento del Registro Oficial No. 921 FECHA: 12 de enero de 2016 ASUNTO: Expídese el Reglamento sustitutivo para uso, administración y control del servicio de

Más detalles

II. LA COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES

II. LA COMISIÓN DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES Informe que formula la Comisión de Nombramientos y Retribuciones al Consejo de Administración de Deoleo, S.A., en cumplimiento de lo previsto en el artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital,

Más detalles

4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. B) Asamblea 4. B) 5. Organización, funcionamiento y autonomía parlamentaria

4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. B) Asamblea 4. B) 5. Organización, funcionamiento y autonomía parlamentaria 4. INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO 4. B) Asamblea 4. B) 5. Organización, funcionamiento y autonomía parlamentaria COMUNITAT VALENCIANA L.O. 1/2006, de 10 de abril, de reforma de la L.O. 5/1982,

Más detalles

REPUBLlCA DE COLOMBIA. . ",~~""",,"~H'~~ DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA ",. l.t~ 1r.m; tdjl.. -,., '" ' ~.

REPUBLlCA DE COLOMBIA. . ,~~,,~H'~~ DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA ,. l.t~ 1r.m; tdjl.. -,., ' ' ~. REPUBLlCA DE COLOMBIA....!L...I."W~.."..."')... -'C ~ S,, (.f.í1if.!\l,' ~~~ ~_ '-..~~,. 1i&J~";rAlU' J~ ---~~---------------- ". ",~~""",,"~H'~~ DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA ",. ~

Más detalles

INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS 2012

INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS 2012 INFORME ANUAL SOBRE REMUNERACIONES DE LOS CONSEJEROS 2012 De conformidad con lo previsto en el artículo 61 ter. de la Ley 24/1988, de 28 de julio del Mercado de Valores, este órgano aprueba un Informe

Más detalles

Introducción al Parlamento Europeo

Introducción al Parlamento Europeo Seminario de Introducción a la Unión Europea Introducción al Parlamento Europeo Joaquín Sarrión Esteve Profesor Ayudante Doctor, Universidad de Valencia. joaquín.sarrion@uv.es Introducción al Parlamento

Más detalles

Corte Suprema de Justicia Secretaría General

Corte Suprema de Justicia Secretaría General Corte Suprema de Justicia Secretaría General Publicada en el Boletín Judicial Nº 195 del 07 de octubre de 2009. SE REPRODUCE POR ERROR CIRCULAR No. 96-09 Asunto: de Compensación por Disponibilidad en el

Más detalles

Alejandro Ferreiro Yazigi Consejero Consejo para la Transparencia

Alejandro Ferreiro Yazigi Consejero Consejo para la Transparencia Alejandro Ferreiro Yazigi Consejero Consejo para la Transparencia 1. En qué se aplica la ley de transparencia al Congreso? 2. Temas pendientes: A. Reconocer los límites de la autorregulación en materias

Más detalles

DECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No , de 26 de julio de 1966

DECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No , de 26 de julio de 1966 DECRETO 1743 DE 1966 ( Julio 9) Diario oficial No 31.989, de 26 de julio de 1966 MINISTERIO DE TRABAJO Por el cual se reglamenta la Ley 4a. de

Más detalles

ASUNTO: Circular 09/2004 Circular sobre procedimiento de tramitación y concesión de anticipos de retribuciones al personal estatutario del SESCAM.

ASUNTO: Circular 09/2004 Circular sobre procedimiento de tramitación y concesión de anticipos de retribuciones al personal estatutario del SESCAM. FECHA: 28 de julio de 2004. ASUNTO: Circular 09/2004 Circular sobre procedimiento de tramitación y concesión de anticipos de retribuciones al personal estatutario del SESCAM. AMBITO: Direcciones Generales

Más detalles

INFORMACION E INDICADORES TRIBUTARIOS UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO - UVT INDICADORES TRIBUTARIOS

INFORMACION E INDICADORES TRIBUTARIOS UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO - UVT INDICADORES TRIBUTARIOS INFORMACION E INDICADORES TRIBUTARIOS UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO - UVT 2008 2009 2010 2012 * UVT $ 22.054 $ 23.763 $ 24.555 $ 25.563 $ 26.049 * DIAN. Resolución No. 01193 de Noviembre 17 de. El valor de

Más detalles

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones

Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones 1968R0260 ES 03.10.2002 001.001 1 Este documento es un instrumento de documentación y no compromete la responsabilidad de las instituciones B REGLAMENTO (CEE, EURATOM, CECA) N o 260/68 DEL CONSEJO de 29

Más detalles

DERECHO ADMINISTRATIVO

DERECHO ADMINISTRATIVO DERECHO ADMINISTRATIVO Órganos constitucionales y de relevancia constitucional DA02 16/05/2018 DA02 ÓRGANOS CONSTITUCIONALES Y RELEVANCIA CONSTITUCIONAL Base de Datos Documental de Ordenación Normativa

Más detalles

2.1. GASTOS CORRIENTES $ 129,317,655.00

2.1. GASTOS CORRIENTES $ 129,317,655.00 VISTO: El artículo 34º de la Ley Orgánica de las Municipalidades; POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BRANDSEN, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA Nº

Más detalles

LEY 4 DE 1992 (mayo 18) Diario Oficial No , del 18 de mayo de 1992

LEY 4 DE 1992 (mayo 18) Diario Oficial No , del 18 de mayo de 1992 LEY 4 DE 1992 (mayo 18) Diario Oficial No 40.451, del 18 de mayo de 1992 EL CONGRESO DE COLOMBIA Mediante la cual se señalan las normas, objetivos y criterios que debe observar el Gobierno Nacional para

Más detalles

PROYECTO DE REGLAMENTO DE DIETAS PARA LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE EMPLEADOS, TRABAJADORES, JUBILADOS Y EX- EMPLEADOS DE PETROECUADOR LTDA.

PROYECTO DE REGLAMENTO DE DIETAS PARA LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE EMPLEADOS, TRABAJADORES, JUBILADOS Y EX- EMPLEADOS DE PETROECUADOR LTDA. PROYECTO DE REGLAMENTO DE DIETAS PARA LA COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE EMPLEADOS, TRABAJADORES, JUBILADOS Y EX- EMPLEADOS DE PETROECUADOR LTDA. ARTÍCULO 1.- DEL ÁMBITO DEL REGLAMENTO.- El Reglamento

Más detalles

DECLARACIÓN PÚBLICA DE INTERESES

DECLARACIÓN PÚBLICA DE INTERESES DECLARACIÓN PÚBLICA DE INTERESES Fecha de presentación: 8 de marzo de 2016 Fecha de inicio del encargo o función: 13 de mayo de 2014 La información presentada en esta declaración pública de intereses es

Más detalles

<NOTA: Parte en proceso de digitación. Recomendamos ver el texto completo. Bogotá, D.E., agosto treinta y uno (31) de mil novecientos ochenta y siete

<NOTA: Parte en proceso de digitación. Recomendamos ver el texto completo. Bogotá, D.E., agosto treinta y uno (31) de mil novecientos ochenta y siete CONSEJO DE ESTADO SALA DE CONSULTA Y SERVICIOS CIVIL RADICACION No. : 145 FECHA : 31 de agosto de 1987 MAGISTRADO PONENTE : Dr. JAVIER HENAO HIDRON .

Más detalles

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA DECRETO NUMERO 657 DE 2008

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA DECRETO NUMERO 657 DE 2008 ':J"'~ ' fi':;!,,,.. / DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA REPUBLICA DE COLOMBIA DECRETO NUMERO 657 DE 2008 ( Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional de

Más detalles

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN" "PU-BClCA & MAR 2009

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PU-BClCA & MAR 2009 REPUBLlCA DE COLOMBIA \~ ;~n 'NCLol rh la}. t.~t:' _~IC lit RI JUtllllll~._ " ~ ~ _016 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN" "PU-BClCA DECRETO NÚME~ 727 DE 2009 & MAR 2009 ( Por el cual se fijan las

Más detalles

Presidencia de la República El Servicio Civil en Guatemala

Presidencia de la República El Servicio Civil en Guatemala Presidencia de la República El Servicio Civil en Guatemala Coloquio Centroamericano Sobre Función Pública Aprendiendo de la experiencia compartida Managua, Nicaragua 4 y 5 de septiembre de 2003 Guatemala,

Más detalles

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE Capitulo I.- Fines y Composición de la Asociación Art. 1.- El Grupo Colombiano de la Asociación

Más detalles

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018 PARTIDA 02 CONGRESO NACIONAL

PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018 PARTIDA 02 CONGRESO NACIONAL PROYECTO DE LEY DE PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2018 PARTIDA 02 Septiembre, 2017 PARTIDA: SUB TITULO CLASIFICACIÓN ECONÓMICA TOTAL BRUTO TRANSFERENCIAS TOTAL INGRESOS 122.313.042 122.313-042 07 INGRESOS DE

Más detalles

DATOS DE LA ACTUACIÓN

DATOS DE LA ACTUACIÓN RESUMEN EJECUTIVO Información General Contraloría del Estado Falcón Dirección de Control de la Administración Descentralizada Área: Contraloría Municipal del Municipio Carirubana Estado Falcón Sub-Área:

Más detalles

ESCUELA SUPERIOR DE ADMISTRACIÓN PUBLICA E S A P ESPECIALIZACIÓN EN FINANZAS PUBLICAS ENSAYO FINANZAS PÚBLICAS

ESCUELA SUPERIOR DE ADMISTRACIÓN PUBLICA E S A P ESPECIALIZACIÓN EN FINANZAS PUBLICAS ENSAYO FINANZAS PÚBLICAS ESCUELA SUPERIOR DE ADMISTRACIÓN PUBLICA E S A P ESPECIALIZACIÓN EN FINANZAS PUBLICAS ENSAYO FINANZAS PÚBLICAS PRESENTADO POR: LUZ ADREA FAJARDO ROBLES BOGOTA D.C., AGOSTO 25 DE 2003 EVALUACIÓN DE LOS

Más detalles

PROCEDIMIENTO DE ÁREA DE ELABORACIÓN DE CHEQUES Y ATENCIÓN A PROVEEDORES

PROCEDIMIENTO DE ÁREA DE ELABORACIÓN DE CHEQUES Y ATENCIÓN A PROVEEDORES HOJA 1DE 11 1. Objetivo Elaborar los cheques por concepto de nómina, apoyos legislativos y proveedores que hayan cumplido con la entrega satisfactoria de un bien o servicio al Congreso, para cumplir oportunamente

Más detalles

PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS

PRIMER PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS Balance de los Trabajos de la Cámara de Diputados durante el Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del Primer Año de Ejercicio de la LX Legislatura Durante el Primer Periodo de Sesiones Ordinarias del

Más detalles

ADMINISTRATIVO ESTADO

ADMINISTRATIVO ESTADO ADMINISTRATIVO ESTADO OEP 2017 ORDINARIA: Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, BOE núm. 162 de 8 de julio de 2017 CONVOCATORIA: Resolución de 25 de enero, BOE núm. 26 de 29 de enero de 2018 800 plazas

Más detalles

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR

ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR ANÁLISIS TÉCNICO PRELIMINAR No. Expediente: 1159-2PO1-16 1. Nombre de la Iniciativa. 2. Tema de la Iniciativa. Reforma del Estado. 3. Nombre de quien presenta la Iniciativa. 4. Grupo Parlamentario del

Más detalles

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS ORDENANZA SUSTITUTIVA A LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PAGO DE LA PENSIÓN A LA JUBILACIÓN PATRONAL EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN PORTOVIEJO EXPOSICIÓN DE MOTIVOS El Concejo

Más detalles

REPUBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PIJBLlCA ( 6 MAR 2009

REPUBLICA DE COLOMBIA. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PIJBLlCA ( 6 MAR 2009 REPUBLICA DE COLOMBIA. l.'.. JJI.' ;.".,,~. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PIJBLlCA ~,..-~...~"... DECRETc(No. 730 DE 2009 ( 6 MAR 2009 Por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial

Más detalles

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA REPUBLlCA DE COLOMBIA " DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCiÓN PÚBLICA DECRETO.No. ~ 1 r56 DE 2011 ( Por el cual se establece la remuneración de los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos

Más detalles

Ín d i c e. Página Pr e s e n ta c i ó n Or g a n i z a c i ó n i n t e r n a d e l a Cám a r a d e Di p u ta d o s y e l Se n a d o

Ín d i c e. Página Pr e s e n ta c i ó n Or g a n i z a c i ó n i n t e r n a d e l a Cám a r a d e Di p u ta d o s y e l Se n a d o Ín d i c e Pr e s e n ta c i ó n... 1 Ab r e v i at u r a s... 3 Ca p í t u l o I Or g a n i z a c i ó n i n t e r n a d e l a Cám a r a d e Di p u ta d o s y e l Se n a d o I. Lo s p r e s i d e n t e

Más detalles

) )/' SANITARIA MUNDIAL PANAMERICANA DE LA S~eLUD. Washington, D. C octubre 1953

) )/' SANITARIA MUNDIAL PANAMERICANA DE LA S~eLUD. Washington, D. C octubre 1953 i`r consejo directivo comité regional 0;'0JA ORGANIZACION ORGANIZACION ) )/' SANITARIA MUNDIAL PANAMERICANA DE LA S~eLUD VII Reunion eunion Washington, D. C. 9-22 octubre 1953 CD7/9 (Esp.) 14 agosto 1953

Más detalles

Departamento Administrativo de la Función Pública Decreto 1367 de 2010

Departamento Administrativo de la Función Pública Decreto 1367 de 2010 Departamento Administrativo de la Función Pública Decreto 1367 de 2010 (Abril 26 de 2010) Por el cual se modifica la remuneración de los servidores públicos docentes y directivos docentes al servicio del

Más detalles

REPUBLlCA DE COLOMBIA 7FE" 2014

REPUBLlCA DE COLOMBIA 7FE 2014 REPUBLlCA DE COLOMBIA ~.~~~ ts'i:~1~ ~t.f~t.ki.~ ~~~ ~~~. ~~~lf~~i., ',, j, f",.'. "'A"","; ".; ~,,,,"""'ll""ij.~ ~~ ',~~[R da~l~l~\,li.\l~!ii~~ 3 " ~_.,...,... -" ---~ DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA

Más detalles

CUENTAS GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS LA RIOJA

CUENTAS GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS LA RIOJA CUENTAS GRUPO PARLAMENTARIO PODEMOS LA RIOJA EJERCICIO 26 DE JUNIO 31 DICIEMBRE 2015 INDICE BALANCE ABREVIADO 3 CUENTA DE RESULTADOS ABREVIADA 4 MEMORIA ABREVIADA 5 Identificación de la entidad que informa.

Más detalles

1

1 BLOQUE V. Test 6 / 35 preguntas DERECHOS RETRIBUTIVOS Y RECONOCIMIENTO DE SERVICIOS PREVIOS 1. Son retribuciones básicas: a) El sueldo y los trienios b) El sueldo c) El sueldo, los trienios y las pagas

Más detalles

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA ÍNDICE Real Decreto 385/1996, de 1 de marzo, por el que se establece el régimen retributivo e indemnizatorio del desempeño de las funciones de jurado. Ministerio de Justicia e Interior «BOE» núm. 64, de 14 de

Más detalles

1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN'PÚBblGA ( 6 MAR 2009

1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN'PÚBblGA ( 6 MAR 2009 REPUBLlCA -. " DE COLOMBIA f 1 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN'PÚBblGA DECRETO :.No. 7:j 1 DE 200'9 ( 6 MAR 2009......", ~ :"'. "...._'.4.. _"C,,".,,,~ o. ~".... ~,.. ':.:.,'j [, ",,,,,,,," ~"i.

Más detalles

PRIMA DE SERVICIO. Salario base de liquidación x días trabajados durante el semestre 180 x 2

PRIMA DE SERVICIO. Salario base de liquidación x días trabajados durante el semestre 180 x 2 PRIMA DE SERVICIO Corresponde al pago de dos quincenas de salario durante cada año a todos los empleados que laboren al servicio de una empresa, independientemente del tiempo de servicio en el respectivo

Más detalles

Ayuntamiento de Orihuela

Ayuntamiento de Orihuela EXP GESTIONA 15216. ALCALDÍA. PROPUESTA DE DETERMINACIÓN DE RÉGIMEN DE DEDICACIONES EXCLUSIVAS y PARCIALES; RETRIBUCIONES DE PERSONAL EVENTUAL; ASIGNACIONES A GRUPOS POLÍTICOS MUNICIPALES E INDEMNIZACIONES

Más detalles

BOLETÍN COLOMBIANOS LEGISLATIVO. PROTECCION SOCIAL de los PROYECTOS ATINENTES BALANCE LEGISLATIVO. a la

BOLETÍN COLOMBIANOS LEGISLATIVO. PROTECCION SOCIAL de los PROYECTOS ATINENTES BALANCE LEGISLATIVO. a la LEGISLATIVO Más de 50 iniciativas legislativas encaminadas a generar cambios en el Sistema de Protección Social colombiano fueron radicadas en el primer período legislativo que culminó el pasado 16 de

Más detalles

I.- JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS.- REPARTO DE DIVIDENDOS:

I.- JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS.- REPARTO DE DIVIDENDOS: FUNDAMENTOS DE LAS MATERIAS A SER SOMETIDAS A VOTACIÓN EN LAS JUNTAS ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS A CELEBRARSE EL 31 DE MARZO DEL AÑO 2011. I.- JUNTA ORDINARIA DE ACCIONISTAS.- REPARTO DE

Más detalles

Cuerpo Administrativo, Especialidad Administración General

Cuerpo Administrativo, Especialidad Administración General Cuerpo Administrativo, Especialidad Administración General Temario Específico: Tema 1. El Reglamento: Concepto. Límites de los Reglamentos. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter

Más detalles

REFORMA A LA ORDENANZA PARA EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES A LAS Y LOS CONCEJALES DEL CANTÓN GIRÓN EL CONCEJO CANTONAL DE GIRÓN CONSIDERANDO:

REFORMA A LA ORDENANZA PARA EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES A LAS Y LOS CONCEJALES DEL CANTÓN GIRÓN EL CONCEJO CANTONAL DE GIRÓN CONSIDERANDO: REFORMA A LA ORDENANZA PARA EL PAGO DE LAS REMUNERACIONES A LAS Y LOS CONCEJALES DEL CANTÓN GIRÓN EL CONCEJO CANTONAL DE GIRÓN CONSIDERANDO: Que, El Art.358 del Código Orgánico de Organización Territorial,

Más detalles

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE RIESGOS Y AUDITORÍA DE CAJA RURAL DE SALAMANCA

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE RIESGOS Y AUDITORÍA DE CAJA RURAL DE SALAMANCA REGLAMENTO DEL COMITÉ DE RIESGOS Y AUDITORÍA DE CAJA RURAL DE SALAMANCA Octubre 2015 1 Dirigido a: Comité de Riesgos y Auditoría Fecha de vigencia: Octubre 2015 Versión: 2.0 Entidad de aplicación: CAJA

Más detalles

Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia Cámara de Senadores CÁMARA DE SENADORES. Aprobación: Junio de 2013 Unidad de Planificación

Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia Cámara de Senadores CÁMARA DE SENADORES. Aprobación: Junio de 2013 Unidad de Planificación Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia CÁMARA DE SENADORES Aprobación: Junio de 2013 ÍNDICE GENERAL CONTENIDO: CAPÍTULO I ASPECTOS GENERALES ARTÍCULO 1. (OBJETIVO).- 1 ARTÍCULO 2. (BASE LEGAL).-

Más detalles

Ley General de la Seguridad Social. Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

Ley General de la Seguridad Social. Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Ley General de la Seguridad Social. Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. (B.O.E. de 31 de octubre de 2015) TÍTULO I Normas generales del sistema de la Seguridad

Más detalles

Más de 120 días de trabajo al año

Más de 120 días de trabajo al año EMPLEADOS DEL HOGAR TABLAS SALARIALES 2018 Más de 120 días de trabajo al año S. BRUTO Tramo S. BRUTO S. NETO 14pagas SS 12 pagas 12 pagas Horas semanales 735,90 717,50 699,11 680,71 662,31 643,91 625,52

Más detalles

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral

PÁGINAS JURÍDICAS Actualidad Jurídico Laboral Actualidad Jurídico Laboral Número 1/2015 Enero 2015 REFORMAS LEGALES NOVEDADES LEGISLATIVAS EN MATERIA SOCIO LABORAL GABINETE ESTUDIOS JURÍDICOS CC.OO.. 1 Concepción, 12-1ºDcha. 02002 Albacete Teléfono:

Más detalles

GUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO

GUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO GUIA N 1 : EDUCACION CIVICA Y CIUDADANIA 2 EDUCACION MEDIA: CONCEPTOS CIVICOS, REGIMEN POLITICO EN CHILE Y PODERES DEL ESTADO Nombre: Curso: CONCEPTOS BÁSICOS: CONCEPTO DE ESTADO: es la máxima institución

Más detalles

El Poder Ejecutivo.

El Poder Ejecutivo. El Poder Ejecutivo. www.fernocas.com 201.- Qué Título de la Constitución está dedicado a la regulación del a) El Título III. b) El Título IV. c) El Título V. d) El Título VII. 202.- Qué artículo de la

Más detalles

ESTADO. Nombre: POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES ACERCA DE LAS EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA

ESTADO. Nombre: POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES ACERCA DE LAS EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA ESTADO Numero: 02 de 2012 Senado Nombre: POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES ACERCA DE LAS EMPRESAS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA Autor: H.S. Juan Lozano Ramírez Ponente: H.S. Juan Lozano Ramírez Estado:

Más detalles

FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE INVERSION Y ADMINISTRACION PARA EL PROGRAMA ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ESTADO DE COAHUILA

FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE INVERSION Y ADMINISTRACION PARA EL PROGRAMA ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ESTADO DE COAHUILA FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE INVERSION Y ADMINISTRACION PARA EL PROGRAMA ESPECIAL DE FINANCIAMIENTO A LA VIVIENDA DEL MAGISTERIO DEL ESTADO DE COAHUILA DIFUSION DE LA LEY DE INGRESOS Y PRESUPUESTO DE EGRESOS

Más detalles