CONTROL DE CALIDAD DE LOS CURSOS DEPENDIENTES DEL SERVICIO DE SANIDAD AMBIENTAL. Indice

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1 Servicio Canario de la Salud DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA CONTROL DE CALIDAD DE LOS CURSOS DEPENDIENTES DEL SERVICIO DE SANIDAD AMBIENTAL Indice Página Introducción 2 Normativa 2 Criterios de Calidad 2 Cursos de prevención de legionelosis 2 Cursos TP8 4 Nivel aplicador 4 Nivel responsable 4 Niveles especiales 4 General 5 Local 5 Autorización/ Notificación 5 Horas 6 Plataforma de teleformación 12 Control de asistencia y puntualidad 13 Alumnos 13 Calendario 13 Profesorado 13 Material didáctico 13 Actividades prácticas 14 Prueba de evaluación 14 Certificado de aprovechamiento 15 Vigilancia y control 16 C/ Alfonso XIII, Las Palmas de Gran Canaria Telf.: Rambla de Santa Cruz, Santa Cruz de Tenerife Telf.:

2 Servicio Canario de la Salud DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA Introducción La experiencia acumulada en el control de calidad de los cursos de formación por este Servicio de Sanidad Ambiental ha hecho necesario establecer unos criterios de calidad para la revisión de los mismos, que serán necesarios para las entidades de formación como por la inspección sanitaria. Normativa Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis. Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del actual Real Decreto 865/2003, de 4 de julio. Resolución de 5 de diciembre de 2008, por la que se procede a la aprobación del contenido de los cursos para la renovación de la formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio. Resolución de 25 de mayo de 2009, por la que se corrige error en la Resolución de 5 de diciembre de 2008, que procede a la aprobación del contenido de los cursos para la renovación de la formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real Decreto 865/2003, de 4 de julio. Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas. CRITERIOS DE CALIDAD CURSOS PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA LEGIONELOSIS Los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del R.D. 865/2003, de 4 de julio, pretenden proporcionar conocimientos al trabajador sobre: La biología y ecología de la Legionella. Los mecanismos de prevención y control adecuados. El manejo de los productos químicos, los riesgos que conllevan y su prevención. C/ Alfonso XIII, Las Palmas de Gran Canaria Telf.: Rambla de Santa Cruz, Santa Cruz de Tenerife Telf.:

3 Los cursos pretenden facilitar los conocimientos higiénico-sanitarios suficientes para realizar eficazmente las operaciones dirigidas a la prevención y control de la legionelosis en las instalaciones, recogidas en el artículo 2 del R.D. 865/2003, con el mínimo riesgo. El Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis, establece en su artículo 13 que las empresas que realicen tratamientos en las instalaciones contempladas en el artículo 2, deberán estar inscritas en el Registro Oficial relativo a los Establecimientos y Servicios Biocidas de la Comunidad Autónoma respectiva, y el personal dedicado a realizar estas operaciones deberá realizar los cursos que a tal efecto homologue el Ministerio de Sanidad y Consumo a propuesta de las Comunidades Autónomas. La Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con riesgo de legionelosis y en el apartado segundo establece que todo el personal que trabaje en operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario, pertenezca a una entidad o servicio externo contratado, o bien sea personal propio de la empresa titular de la instalación, debe disponer de un nivel de conocimientos suficiente para realizar esta función, debiendo superar los correspondientes cursos de formación. Asimismo, en el apartado cinco de la mencionada Orden establece que: El personal que realice operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario realizará un curso cada cinco años que suponga una adecuación a los avances científicotécnicos de los contenidos del anexo, cuya duración mínima será de diez horas, e incluirá la actualización de sus conocimientos sobre la legislación vigente en materia de salud pública y salud laboral, identificación de puntos críticos y elaboración de programas de control. El personal que realice operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario realizará un curso cada cinco años que suponga una adecuación a los avances científico-técnicos de los contenidos del anexo correspondientes al curso inicial (30 horas en esta Comunidad), cuya duración mínima será de 18 horas en esta Comunidad pero que podrá tener en otras Comunidades un mínimo de 10 horas, e incluirá la actualización de sus conocimientos. Así se publica la Resolución de 5 de diciembre de 2008 para el contenido de los cursos para la renovación de la formación del personal. Los titulares de las instalaciones incluidas en el artículo 2 del Real Decreto 865/2003, deberán disponer de la documentación que acredite la formación que se ha impartido al personal propio de mantenimiento encargado de la realización de estas operaciones. Cuando las operaciones de mantenimiento las realicen empresas externas, éstas deberán estar registradas en el "Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas de la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud y el responsable de la empresa será el encargado de disponer de la documentación que acredite la formación del personal de la empresa que realiza las labores de mantenimiento. Página 3 de 17

4 CURSOS TP 8 Los cursos de formación del personal que realiza tratamientos de la madera pretenden proporcionar conocimientos al trabajador sobre: Las características identificadoras de las principales especies de madera Agentes deteriorantes de la madera, de origen biótico y abiótico. Los mecanismos de prevención y curación adecuados. El tratamiento y manejo de los productos protectores de la madera, los riesgos que conllevan y su prevención. La capacitación para la realización de tratamientos de maderas se adquiere por la superación del correspondiente curso de nivel aplicador o por la formación de responsables, más los niveles especiales, y se acredita mediante la posesión del certificado de aprovechamiento. Los tipos de producto 8 (TP8) son protectores para maderas, productos empleados para la protección de la madera, desde la fase del aserradero inclusive, o los productos derivados de la madera, mediante el control de los organismos que destruyen o alteran la madera. La aplicación de los productos autorizados para su uso por personal profesional especializado serán únicamente el objeto de esta formación. No siendo los productos autorizados para su uso por el público en general ni los productos autorizados para su su uso por personal profesional. Curso de nivel aplicador Esta formación está dirigida al personal que lleva a cabo los tratamientos en los que se utilizan biocidas que no estén clasificados como muy tóxicos, ni sean o generen gases. Curso de nivel responsable El personal que cumple la función de responsable técnico será la persona responsable del diagnóstico de situación, de la planificación, realización y evaluación de los tratamientos, así como de supervisar los posibles riesgos de los mismos y definir las medidas necesarias a adoptar de protección personal y del medio. Asimismo, será responsable de definir las condiciones en las que se deberá realizar la aplicación, y de firmar el certificado del servicio realizado. La capacitación para ejercer la responsabilidad técnica se considera acreditada con el nivel de formación de responsable más los niveles especiales. Cursos de niveles especiales. Existen dos modelos de cursos de niveles especiales, el dirigido al tratamiento con productos muy tóxicos (T+) y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs) y el dirigido al tratamiento con productos que sean o generen gases. Este tipo de niveles especiales se dirige al personal que participa en la aplicación de cada uno de los biocidas que sean o generen gases, teniendo en cuenta su modalidad de aplicación, o bien que, no siendo ni generando gases, estén clasificados como muy tóxicos. Las ediciones de estos cursos podrán desarrollarse en la modalidad de teleformación semipresencial, debiendo realizarse teniendo en cuenta todo lo dispuesto en el Real Decreto 830/2010 y la legislación correspondiente a los certificados de profesionalidad. Página 4 de 17

5 La teleformación es una modalidad de formación en la que las acciones formativas se desarrollarán en parte, combinadas con formación presencial, a través de las tecnologías de la información y comunicación posibilitando la interactividad de alumnos, tutores formadores y recursos situados en distinto lugar. GENERAL Local Las entidades dispondrán de un local adecuado en cuanto a espacio y número de plazas de asientos para impartir el curso. Que será como mínimo igual al número de alumnos inscritos en el curso. El local estará dotado de medios audiovisuales tales como ordenador, proyector, vídeo, pizarras, etc. Los lugares donde se desarrolle la formación presencial deberán ser adecuados, contar con aulas y espacio suficientes y con el equipamiento e instalaciones necesarios para llevar a cabo la actividad. Autorización/ Notificación Los cursos de formación podrán ser organizados por Universidades, Centros docentes o por Servicios oficiales que previamente hayan sido autorizados en esta Comunidad Autónoma de Canarias. Concedida la autorización/notificación del curso, cualquier variación que se produzca en los datos aportados deberá ser comunicada al Servicio de Sanidad Ambiental de la Dirección General de Salud Pública, con al menos un mes al inicio del curso. Las entidades de formación para la impartición de los cursos de formación del personal que realiza el mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones de riesgo frente a Legionella deberán solicitar la autorización en los términos descritos en el procedimiento. La solicitud de autorización de los cursos deberá dirigirse al Director General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud, e incluirá la siguiente información: Universidad, Centro docente o Servicio oficial: nombre, titularidad, etc. Razón social Director o Coordinador del curso: nombre y apellidos, DNI/NIF, titulación y experiencia. Relación del profesorado: nombre y apellidos, DNI/NIF, titulación, experiencia y módulos que van a impartir. Número de alumnos previstos por edición del curso. Lugar de celebración de las clases teóricas y prácticas. Programa docente: memoria firmada y fechada del programa docente del curso en la que se indicará: programa completo del curso con indicación del número de horas teóricas y prácticas modelo de curso por día y horas lectivas contenido de cada módulo o parte del curso, con indicación expresa de la materia que se va a impartir, tanto de las clases teóricas como prácticas objetivos a alcanzar en cada uno de los módulos o partes del curso metodología a emplear por el profesorado descripción del material con el que se va a trabajar y material que se va a entregar a los alumnos, tanto en las clases teóricas como prácticas. Página 5 de 17

6 modelo de examen tipo criterios de evaluación Copia del curso a impartir en formato word o pdf Una vez autorizado un curso, la Dirección General de Salud Pública autorizará las sucesivas ediciones del mismo, previa solicitud de la entidad organizadora (universidad, centro docente o servicio oficial), siempre y cuando no se modifique el programa docente del mismo, su profesorado y el resto de las condiciones de la Autorización. Como mínimo un mes antes de la celebración de cada edición del curso, la entidad que lo imparte (universidad, centro docente o servicio oficial) comunicará a la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud en el modelo incluido en el Anexo I, los datos de la edición a celebrar (número de la edición, fecha, horario y lugar de celebración de las clases), del Director o Coordinador del Curso y del profesorado (nombre y apellidos, DNI/NIF, titulación, experiencia y partes que van a impartir) y la relación de alumnos admitidos. Los cursos autorizados por una Comunidad Autónoma o por las Ciudades de Ceuta y Melilla podrán ser realizados en la Comunidad Autónoma de Canarias previa solicitud de reconocimiento a la misma. La solicitud de reconocimiento mutuo de cursos se dirigirá al Director General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud, e irá acompañada de copia legalizada de la Resolución administrativa de autorización (esta autorización no podrá ser de más de 5 años antes a la fecha de la solicitud de reconocimiento mutuo). La solicitud de notificación de los cursos TP8 deberá ser presentada por el Organismo o entidad organizadora y dirigirse al Director General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud con anterioridad a la celebración del curso, como mínimo un mes antes, e incluirá la misma información que la indicada para el modelo de curso de prevención y control de la legionelosis. Aunque cada modelo de curso tiene su solicitud de autorización o notificación. Horas El número máximo de horas lectivas queda fijado en seis horas diarias si se reparten en dos sesiones (mañana y tarde) con un descanso entre ellas mínimo de dos horas. Salvo circunstancias especiales se autorizarán cursos de siete horas diarias. El contenido del curso de formación del personal que realiza el mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones de riesgo frente a Legionella homologado por la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Sanidad y Consumo para la Comunidad Autónoma de Canarias tiene un total de 30 horas lectivas. Módulo 1: Importancia sanitaria de la leginelosis (3 horas) 1.1. Descripción de la enfermedad. Consideraciones generales El agente causal. Biología y ecología Cadena epidemiológica de la enfermedad. Mecanismos de transmisión al hombre Sistemas de vigilancia epidemiológica Instalaciones de riesgo. Criterios de prevención generales. Página 6 de 17

7 1.6. Consideraciones generales para la toma de muestras ambientales para investigación de Legionella y determinación en el laboratorio. Módulo 2: Ámbito legislativo (4 horas) 2.1. Prevención y control de la legionelosis Instalaciones Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus instrucciones técnicas complementarias (ITE) Reglamento de seguridad para plantas e instalaciones frigoríficas Agua de consumo humano Piscinas Biocidas. Sustancias y preparados peligrosos Biocidas y plaguicidas: Registro, autorización y comercialización de biocidas Reglamentación técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas Reglamentación sobre productos plaguicidas de uso ambiental y en la industria alimentaria. Cursos de capacitación y obtención del carné de manipulador de tales productos Sustancias y preparados peligrosos Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos Vertidos de aguas residuales industriales. Módulo 3: Criterios generales de limpieza y desinfección (3 horas) 3.1. El agua. Características químicas. Aguas corrosivas y aguas incrustantes. Control analítico y procedimientos de corrección La desinfección Desinfección química. Agentes desinfectantes. La desinfección con cloro y derivados Desinfección térmica. Otros procedimientos de desinfección físicos y físico químicos Buenas prácticas de limpieza y desinfección Productos de tratamiento y mantenimiento de instalaciones: desinfectantes, antioxidantes, antiincrustantes, biodispersantes, neutralizantes, etc. Otros productos. Prácticas de manipulación Registros de productos. Desinfectantes autorizados. Módulo 4: Salud pública y salud laboral (2 horas) 4.1. Marco normativo de prevención de riesgos laborales Ley de Prevención de Riesgos Laborales Reglamento de los Servicios de Prevención Protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo Riesgos derivados de la utilización de productos químicos Riesgos derivados de la exposición a agentes biológicos Medidas preventivas. Equipos de protección. Módulo 5: Instalaciones de riesgo (9 horas) 5.1. Sistemas de agua caliente sanitaria y agua fría de consumo humano Diseño, elementos, funcionamiento y modelos. Reconocimiento e interpretación de planos de instalaciones Operaciones de mantenimiento: Diagnóstico y valoración de la instalación Medidas correctoras Mantenimiento Tratamiento (tratamiento preventivo, tratamiento de choque) Elaboración de programas de mantenimiento, limpieza y desinfección. Identificación de puntos críticos. Elaboración de programas de control. Página 7 de 17

8 Tratamiento y control del agua de la instalación Toma de muestras. Controles analíticos Registro de operaciones de mantenimiento Torres de refrigeración y condensadores evaporativos Diseño, elementos, funcionamiento y modelos. Reconocimiento e interpretación de planos de instalaciones Operaciones de mantenimiento: Diagnóstico y valoración de la instalación Medidas correctoras Mantenimiento Tratamiento (tratamiento preventivo, tratamiento de choque) Elaboración de programas de mantenimiento, limpieza y desinfección. Identificación de puntos críticos. Elaboración de programas de control Tratamiento y control del agua de la instalación Toma de muestras. Controles analíticos Registro de operaciones de mantenimiento Bañeras de hidromasaje y piscinas climatizadas con movimiento de agua. Otras instalaciones de riesgo Diseño, elementos, funcionamiento y modelos. Reconocimiento e interpretación de planos de instalaciones Operaciones de mantenimiento: Diagnóstico y valoración de la instalación Medidas correctoras Mantenimiento Tratamiento (tratamiento preventivo, tratamiento de choque) Elaboración de programas de mantenimiento, limpieza y desinfección. Identificación de puntos críticos. Elaboración de programas de control Tratamiento y control de la calidad del agua de la instalación Toma de muestras. Controles analíticos Registro de operaciones de mantenimiento. Módulo 6: Prácticas (7 horas) 6.1. Visita y reconocimiento de los elementos de un sistema de agua sanitaria caliente sanitaria y agua fría de consumo humano. Toma de muestras. Mediciones in situ Visita y reconocimiento de los elementos de una torre de refrigeración y un condensador evaporativo. Toma de muestras. Mediciones in situ Visita y reconocimiento de bañeras de hidromasaje y piscina climatizada con movimiento de agua. Toma de muestras. Mediciones in situ Interpretación de etiquetas de productos químicos Preparación de disoluciones de productos químicos a distintas concentraciones Cumplimentación de hojas de registro de operaciones de mantenimiento. Módulo 7: Evaluación (2 horas) 7.1. Cumplimentación de un cuestionario tipo test de preguntas (mínimo de 50) generales sobre todo el temario (45 minutos) Desarrollo por escrito de un supuesto práctico sobre ejecución de operaciones de mantenimiento en una instalación de riesgo (75 minutos). El contenido del curso para la renovación de la formación en el mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones de riesgo frente a Legionella en la Comunidad Autónoma de Canarias tiene un total de 18 horas lectivas. PARTE 1: Actualización formativa de la legislación nacional y autonómica en relación con la legionelosis, prevención de riesgos laborales y medioambientales. (5 horas) Página 8 de 17

9 Entre otras: 1. Normas UNE Norma UNE Prevención de la Legionella en instalaciones de edificios. Norma UNE-EN 806. Especificaciones para instalaciones de conducción de agua destinada al consumo humano en el interior de edificios. Norma UNE-ENV Sistemas de canalización en materiales plásticos. Norma UNE-EN Protección catódica interna de estructuras metálicas. Norma UNE-EN Protección de materiales metálicos contra la corrosión. Norma UNE-EN Prevención de la corrosión en circuitos de agua. 2. Código Técnico de la Edificación. 3. Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE): Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio. 4. Directiva de biocidas, modificaciones y transposiciones al ordenamiento jurídico español. 5. Agua de consumo humano. Programa de Vigilancia Sanitaria de Aguas de Consumo Humano en la Comunidad Autónoma de Canarias (PVSACH). 6. Sustancias para el tratamiento de agua de consumo humano (ACH): Orden SCO/3719/2005, de 21 de noviembre. 7. Reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo de Canarias: Decreto 212/2005, de 15 de noviembre. 8. Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB): Orden SCO/3269/2006, de 13 de octubre. 9. Reglamento Europeo relativo al registro, autorización y restricción de las sustancias y preparados químicos REACH (Reglamento CE nº 1907/2006). 10. Casos de legionelosis: datos del EWGLI y brotes de legionelosis. PARTE 2: Buenas prácticas de limpieza y desinfección. Novedades en el diseño y mantenimiento de las instalaciones. Sistemas físico y físico-químicos. Registro de actuaciones. (4 horas) El agua y su tratamiento antes de su entrada en la instalación y durante su distribución. Incrustación. Métodos para su prevención y control. Evolución de las tecnologías utilizadas. Corrosión. Métodos para su prevención y control. Evolución de las tecnologías utilizadas. Problemas microbiológicos. Métodos para su prevención y control. Evolución de las tecnologías utilizadas. Estudio y valoración de los análisis de agua de origen y de agua producto en su paso por la instalación de distribución. Desinfectantes en agua de consumo humano (ACH). PARTE 3: Metodología de Control de Puntos Críticos en instalaciones de riesgo de legionelosis. Evaluación del riesgo. (2 horas) PARTE 4: Actualización del mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con mayor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella. Estructura, prevención y control. Guías técnicas. (4 horas) PARTE 5: Actualización del mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones con menor probabilidad de proliferación y dispersión de Legionella. Estructura, prevención y control. Guías técnicas. (2 horas) PARTE 6: Evaluación del alumno (1 hora) Cumplimentar un cuestionario tipo test de preguntas, como mínimo 50, sobre todo el temario. Página 9 de 17

10 El contenido del curso de formación del personal aplicador de tratamiento biocida para protección de la madera tiene un total de 25 horas lectivas. 1. La madera como materia prima renovable. Características identificadoras de las principales especies de madera empleadas en España. 2. Agentes deteriorantes de la madera de origen biótico y abiótico. Diagnosis de daños que producen 3. Categorías de uso de la madera según su ubicación. Principales daños de la madera en razón del medio de ubicación. Normativa. 4. Sistemas de tratamiento preventivo y curativo de la madera. Técnicas de aplicación. Cédulas de impregnación. 5. Fumigación de la madera. Tipos de fumigación, equipos y programas de tratamiento. 6. Productos químicos protectores de la madera. Normativa sobre productos químicos y biocidas. Registro de biocidas. Clasificación, envasado y etiquetado. 7. Productos comerciales. Formulaciones básicas. 8. Toxicología de los protectores de la madera y riesgos para el hombre. Toxicidad, peligrosidad y riesgo. 9. Riesgos para la salud pública. Medidas preventivas y gestión del riesgo. 10. Seguridad y prevención de riesgos laborales en el uso de los protectores de la madera. Normativa. 11. Prevención, diagnóstico y primeros auxilios en caso de intoxicación. Equipos de protección individual. 12. Los protectores de la madera y el medio ambiente. Residuos. Eliminación de envases. Medidas de prevención de la contaminación. Normativa. 13. Ejercicios prácticos. El contenido del curso de formación del personal responsable para realizar tratamientos de la madera tiene un total de 80 horas lectivas. 1. La madera y los productos de la madera: características, propiedades, defectos y anomalías. Reglas de clasificación de la madera según su aplicación. 2. Ensayos de resistencia de la madera. Durabilidad natural e impregnabilidad de la madera. 3. Agentes deteriorantes de origen biótico y abiótico. Diagnosis de daños. 4. Clases de uso de la madera según su ubicación. Agentes degradadores. Tipos de protección. Productos retardantes del fuego. Normativa. 5. Impregnación protectora preventiva de la madera. Parámetros físico-químicos. Absorción, penetración y retenciones. Cédulas de impregnación. Fijación de los productos protectores. Equipos, descripción, funcionamiento y mantenimiento. 6. Fumigación de la madera. Parámetros físico-químicos. Preparación de los productos de fumigación. Eficacia y efectos a considerar. Tiempo de aplicación y medidas de seguridad. Equipos, descripción, funcionamiento y mantenimiento. 7. Productos químicos protectores de la madera. Tipos y materias activas. Clasificación, etiquetado y envasado. Mezcla y dosificación. Normativa. 8. Variaciones de las propiedades de la madera como consecuencia de un tratamiento químico protector. Inspección y verificación. 9. Tratamientos curativos de la madera: Principales sistemas. Conservación de las maderas de interés artístico. Tratamientos de la madera estructural y de carpintería de edificios con estructura de madera. Inspección técnica de edificios. Normativa. 10. Toxicología de los protectores de la madera y riesgos para el hombre. Toxicidad, peligrosidad y riesgo. 11. Riesgos para la salud pública. Medidas preventivas y gestión del riesgo. 12. Prevención de riesgos laborales en el uso de protectores de la madera. Prevención, diagnóstico y primeros auxilios. Medidas de protección. Normativa. 13. Riesgos ambientales de los protectores de la madera. Medidas de prevención de la contaminación. Gestión de envases y de residuos. Minimización de residuos. Respuestas ante contingencias. Normativa. 14. Aplicación del Código Técnico de Edificación. Sello de calidad. Página 10 de 17

11 15. Ejercicios prácticos. Existen dos modelos de cursos de niveles especiales, el dirigido al tratamiento con productos muy tóxicos (T+) y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs) y el dirigido al tratamiento con productos que sean o generen gases, cada uno con 40 horas lectivas. Nivel especial para tratamiento con productos muy tóxicos (T+) y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción (CMRs). 1. Entorno profesional (medios urbanos, locales e instalaciones, ). 2. Organismos nocivos susceptibles de ser tratados con productos T+ y CMRs. Justificación de la elección de estos productos. 3. Biocidas. Clasificación en función de sus propiedades intrínsecas. 4. Equipos. Mantenimiento. 5. Métodos de aplicación de productos T+ y CMRs. 6. Señalización de las mercancías, recintos y zonas a tratar. Perímetro de seguridad. 7. Riesgos derivados del uso de T+ y CMRs. Prevención de riesgos laborales. 8. Riesgos para la salud pública. Medidas preventivas y gestión del riesgo. 9. Peligrosidad de T+ y CMRs. 10. Intoxicaciones. Primeros auxilios. 11. Transporte y Almacenamiento de T+ y CMRs. Normativa legal. 12. Etiquetado y FDS de productos T+ y CMRs. 13. Eliminación de envases y residuos. Sistemas de gestión de residuos. Nivel especial para tratamiento con productos que sean o generen gases. 1. Entorno profesional (medios urbanos, locales e instalaciones, ). 2. Organismos nocivos susceptibles de ser tratados con productos que sean o generen gases. Justificación de la elección. 3. Biocidas que son o generan gases. Propiedades, modos y espectros de acción. 4. Factores a considerar en la aplicación de fumigantes. 5. Equipos y técnicas de fumigación y otras aplicaciones. 6. Mantenimiento, regulación calibración y revisión de equipos. 7. Métodos de aplicación de productos que sean o generen gases. 8. Señalización de las mercancías, recintos y zonas a tratar. Perímetro de seguridad 9. Peligrosidad y riesgos derivados del uso de gases. Prevención de riesgos laborales. 10. Riesgos para la salud pública. Medidas preventivas y gestión del riesgo. 11. Detectores de gases, máscaras, filtros y otros elementos de seguridad. 12. Mantenimiento de los elementos y equipos de seguridad. 13. Intoxicaciones. Primeros auxilios. 14. Transporte, almacenamiento y manipulación de gases. Normativa legal. 15. Etiquetado y FDS de gases. 16. Eliminación de envases y residuos. Sistemas de gestión de residuos. 17. Legislación específica. 18. Práctica. En la modalidad de teleformación semipresencial se habrá de garantizar como mínimo un 20% de horas presenciales del total de horas lectivas, incluida la prueba de evaluación final. Así: para un curso de 40 horas, habrá un mínimo de 8 horas presenciales. Para un curso de 80 horas, habrá un mínimo de 16 horas presenciales. Para un curso de 25 horas, habrá un mínimo de 5 horas presenciales. Página 11 de 17

12 El número de horas de conexión de los alumnos a la plataforma de teleformación en los módulos de formación será el total de lo estipulado en el Real Decreto 830/2010, como horas lectivas del curso, restando las presenciales, en cada caso. Plataforma de teleformación La entidad formadora dispondrá de una plataforma de teleformación o virtual de aprendizaje que asegure la gestión de los contenidos y el seguimiento y evaluación de los participantes. La plataforma ha de tener capacidad suficiente para gestionar y garantizar la formación del alumnado, así como la disponibilidad de un servicio técnico de mantenimiento. Deberá ser accesible a través de un servidor de capacidad suficiente para el acceso simultáneo de todos los usuarios previstos, garantizando un ancho de banda de la plataforma que se mantenga uniforme. Así como deberá estar dotada de las herramientas básicas de gestión de contenidos, comunicación y colaboración, seguimiento y evaluación. Las herramientas de comunicación síncronas son por ejemplo el chat, telefonía, fax...; y las asíncronas la mensajería electrónica, foros... Dentro de las herramientas de gestión que permitan un seguimiento del proceso de aprendizaje del alumnado existe el control continuo de los alumnos mediante el registro de la asistencia (conocer el número de accesos y el momento en el que se producen), las aportaciones (conocer el grado de participación de los alumnos) y los conocimientos (evaluación continua). Asimismo, la plataforma contará con un perfil específico de usuario de control y seguimiento para facilitar el acceso a los servicios de inspección que le permitan realizar el seguimiento de las acciones formativas, debiéndose comunicar a los servicios de inspección la dirección URL de acceso al curso, así como la clave de usuario y contraseña. La plataforma soportará un registro de los contactos con los alumnos que generen las distintas herramientas. La entidad garantizará el que los participantes utilicen las diferentes herramientas del curso potenciando la interactividad y retroalimentación del proceso, obligando a que los alumnos se impliquen activamente en el aprendizaje. Esta garantía supondrá la existencia de herramientas que permitan desarrollar una variedad de metodologías formativas que incluyan recursos que integren contenidos en diferentes formatos multimedia, como páginas web con esquemas, gráficos, audios, animaciones, enlaces de interés... La plataforma incluirá como herramienta obligatoria la creación de foros, como instrumento esencial de participación. La actividad en el foro deberá ser promovida y coordinada por el profesor tutor. A través de estos foros de discusión los alumnos podrán consultar sus aportaciones, las de sus compañeros y tutores a cada uno de los grupos de discusión creados, apareciendo los mensajes enviados organizados para su rápida localización. La participación tanto a través de los foros, como en su caso del chat, quedará detallada en la guía didáctica del alumno. La plataforma soportará un registro de los contactos con los alumnos que generen las distintas herramientas, especialmente los foros, en el que se evidencie el grado y la forma de participación. Página 12 de 17

13 En la comunicación de cada edición de un curso del Real Decreto 830/2010 ya notificado se deberán proporcionar las claves de acceso para el control oficial a la plataforma de aprendizaje. Dicho acceso deberá permitir el seguimiento y control de las actividades de los alumnos. Control de asistencia y puntualidad La entidad organizadora garantizará el cumplimiento en cuanto a puntualidad y asistencia de los alumnos y el profesorado, con la cumplimentación rigurosa de las hojas de firma diariamente. La entidad enviará previamente al inicio del curso el listado de alumnos admitidos para la realización del mismo. La comprobación por parte de la inspección sanitaria de la no asistencia o impuntualidad de algún alumno o profesor sin que se haya comunicado se considerará falta grave y se podrá iniciar expediente sancionador, con la pérdida de la autorización para impartir cursos. La asistencia será obligada al 100% de las horas lectivas, y solo por causa justificada de fuerza mayor y debidamente acreditada, se permitiría la ausencia al 10% de ellas. Alumnos El número máximo de alumnos de un curso será de 30. La entidad enviará previamente al inicio del curso el listado de alumnos admitidos para la realización del mismo. Calendario La entidad organizadora deberá comunicar al Servicio de Sanidad Ambiental la programación de nuevas ediciones del curso donde consten las fechas, horario, lugar de impartición de las clases teóricas y prácticas, lugar y hora de examen, así como la instalación que se va a visitar y el número aproximado de alumnos. Profesorado Cualquier cambio que se pretenda hacer en cuanto a profesorado después de la autorización/notificación inicial, requerirá la autorización/notificación por parte de la Dirección General de Salud Pública, y para ello será necesario solicitarlo/notificarlo con un mes de antelación previo al inicio del curso. El profesorado encargado de la impartición de las materias recogidas en los anexos del Real Decreto 830/2010, deberá contar al menos con la formación exigida en el artículo 5 del citado Real Decreto para los responsables técnicos de los servicios biocidas para TP8 cuando se trate del anexo I (programa de los cursos para biocidas tipo 8), o de la formación exigida para otros tipos de producto cuando se trate del anexo II (programa de los cursos de niveles especiales). Material didáctico Se elaborará una guía didáctica para cada una de las unidades temáticas, con la que se pretende fijar los conocimientos mínimos que deben conseguir los alumnos con ese tema y además, debe reflejar la metodología a emplear por el profesorado que debe basarse en la participación activa de los alumnos, mediante la resolución de supuestos prácticos. La documentación entregada a los alumnos deberá de estar debidamente encuadernada, evitando la entrega de hojas sueltas. De igual manera, en los cursos de teleformación deberá existir una guía didáctica en la que se detalle la planificación didáctica y la evaluación, la metodología de aprendizaje, Página 13 de 17

14 las tutorías, así como el seguimiento y los instrumentos de gestión, participación y de evaluación con especificación de las horas a dedicar por el profesor-tutor, su disponibilidad, las horas a dedicar por los alumnos y la sistemática de la evaluación. Esta guía formará parte del material a entregar por la entidad formadora en la edición del curso que se dé por teleformación y se entregará asimismo a los alumnos para su comprensión del funcionamiento del mismo. Las actividades prácticas En los cursos iniciales de prevención de legionelosis será obligatorio la jornada práctica de 7 horas. En los cursos sujetos a notificación cuya programación se recoge en el Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, a realizar mediante teleformación semipresencial, las horas presenciales se realizarán en las horas presenciales establecidas (comentado en el apartado de horas), para conocer de primera mano los riesgos que conlleva el uso de estos productos y los procedimientos y medidas de seguridad que se deben utilizar para su prevención. Así deberán abordar actividades de carácter práctico relacionadas como mínimo con las unidades temáticas de: Intoxicaciones. Primeros auxilios. Equipos de aplicación de biocidas u otros equipos necesarios. Mantenimiento. Métodos de aplicación de los productos de mayor riesgo. Etiquetado y fichas de datos de seguridad. Riesgos para la salud pública. Medidas preventivas y gestión del riesgo. Uso de equipos de protección individual. Ejercicios prácticos. Se recuerda que en la modalidad de teleformación semipresencial se habrá de garantizar como mínimo un 20% de horas presenciales del total de horas lectivas, incluida la prueba de evaluación final. Así: para un curso de 40 horas, habrá un mínimo de 8 horas presenciales. Para un curso de 80 horas, habrá un mínimo de 16 horas presenciales. Para un curso de 25 horas, habrá un mínimo de 5 horas presenciales. En la documentación del curso y en la guía didáctica deberán constar detalladamente los lugares y horarios previstos para la realización de las correspondientes horas presenciales incluyendo el examen de evaluación final. Prueba de evaluación Habrá varios modelos de examen. Se cumplimentará un cuestionario tipo test de preguntas (mínimo de 50) generales sobre todo el temario con cuatro respuestas posibles donde se elegirá una sólo posible. Este ejercicio durará 45 minutos. Una vez finalizado el mismo se realizará un supuesto práctico sobre la ejecución de las materias dadas en el curso que tendrá una duración de 75 minutos. En la modalidad de teleformación la prueba de evaluación siempre será presencial. En la plataforma de teleformación se realizará una evaluación en continuo de los alumnos. Esta evaluación podrá consistir en tests de respuesta múltiple y propuestas de casos prácticos vinculados a cada una de las unidades temáticas. Estas herramientas de evaluación deberán tener carácter sumativo, en el sentido de que al finalizar cada módulo el alumno pueda realizar una evaluación que deberá ser superada para continuar avanzando. Página 14 de 17

15 Se realizarán actividades tipo, ejercicios o casos prácticos en cada una de las unidades didácticas para que el alumno pueda interrelacionar los conceptos aprendidos. Estas actividades deberán realizarse y entregarse al profesor-tutor a través de la plataforma para cada módulo formativo antes de continuar al siguiente y antes de realizar la evaluación de cada unidad temática. Así mismo, la plataforma estará dotada con herramientas de personalización que permitan al alumnado conocer su propio progreso. Para acceder al certificado de aprovechamiento, los alumnos de los cursos de teleformación del Real Decreto 830/2010 deberán cumplir unos requisitos mínimos de asistencia y participación avalados por los registros correspondientes, que serán comprobados a través de la plataforma virtual, y además deberán cumplir lo siguiente: Que el alumno haya empleado como mínimo, de forma controlada, las horas denominadas lectivas en el Real Decreto 830/2010, en teleformación, para cada uno de los cursos de los anexos, restando el total de horas presenciales que se hayan planificado en cada edición. Que el alumno haya entrado en el chat y foro u otros recursos participativos, como se debe establecer en la Guía Didáctica para el alumno. Que el alumno haya realizado actividades tipo, ejercicios o casos prácticos en cada una de las unidades didácticas, antes de realizar la evaluación de cada unidad temática y haya superado al menos un 75% del total de las actividades propuestas en el curso. Que el alumno haya realizado la evaluación correspondiente a cada unidad temática con al menos un 5 sobre 10 en el 100% de las mismas. Certificado de aprovechamiento Tras la realización de las pruebas de evaluación las entidades expedirán los certificados de aprovechamiento a los alumnos que hayan asistido al curso y que hayan superado dichas pruebas. Una vez realizado el curso de prevención de la legionelosis y la prueba de evaluación correspondiente la entidad que lo ha impartido comunicará a la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud la relación de alumnos que han superado la prueba según el modelo incluido en el Anexo II (para el curso de renovación), adjuntando dos fotografías de cada alumno aprobado en tamaño carné. Las entidades que realicen cursos autorizados (universidades, centros docentes o servicios oficiales) expedirán, tras la realización de la prueba de evaluación correspondiente, un certificado de aprovechamiento del curso de renovación para cada alumno que haya superado la prueba de evaluación que contendrá la siguiente información: Nombre y dos apellidos. Documento nacional de identidad. Universidad, Centro docente o Servicio Oficial. Título del curso. Promotor del Curso. Número de horas teóricas y prácticas. Fecha de expedición del certificado. Firma del Director o Coordinador del curso o del titular de la Universidad, Centro docente o Servicio Oficial. Sello de la entidad promotora del curso. Página 15 de 17

16 Organismo emisor de la Resolución administrativa de autorización, con indicación de la fecha y número de la misma. El certificado de aprovechamiento del curso tiene una validez de cinco años, pasados los cuales se realizará un nuevo curso de actualización. Los certificados expedidos en cualquier Comunidad Autónoma o en las Ciudades de Ceuta y Melilla tienen validez en todo el Estado Español. En la Comunidad Autónoma Canaria se expide tras el certificado de aprovechamiento, el carné de mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones de riesgo frente a Legionella. En el caso de los cursos objeto del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, una vez realizado el curso y las pruebas de evaluación correspondientes la entidad que lo ha impartido comunicará a la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud la relación de alumnos que han superado la prueba según el modelo incluido en el Anexo II y expedirá un certificado de aprovechamiento del curso para cada uno de los alumnos inscritos que hayan superado dichas pruebas, incluyendo al menos, la siguiente información: Nombre y dos apellidos. Número de identificación fiscal. Universidad, Centro docente o Servicio Oficial. Título del curso. Promotor del Curso. Número de horas teóricas y prácticas. Fecha de expedición del certificado. Firma del Director o Coordinador del curso o del titular de la Universidad, Centro docente o Servicio Oficial. Sello de la entidad promotora del curso. Alcance del certificado. Los certificados de aprovechamiento expedidos en cualquier Comunidad Autónoma o en las Ciudades de Ceuta y Melilla tienen validez en todo el Estado Español. Las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla mantendrán en sus respectivas páginas web, información actualizada sobre las entidades que emiten certificados de aprovechamiento y su situación administrativa. Es conveniente recomendar a la entidad, incluir en los certificados de aprovechamiento expedidos, que haga constar que la formación realizada se ajusta a lo dispuesto en la normativa de referencia, citando expresamente dicha normativa. Vigilancia y control Las entidades formadoras autorizadas quedan sometidas a las normas de vigilancia e inspección que se establezcan al respecto por la Dirección General de Salud Pública del Servicio Canario de la Salud. Página 16 de 17

17 Las Direcciones de Área de Salud del Servicio Canario de la Salud llevarán a cabo la inspección sanitaria de los cursos de formación del personal que realiza el mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones de riesgo frente a Legionella. Así el punto quinto de la Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero indica que las entidades que realicen estos cursos expedirán tras la realización de las pruebas de evaluación correspondientes, un certificado de aprovechamiento del mismo, para cada uno de los alumnos inscritos que hayan superado dichas pruebas, con una información mínima. Al igual que en el artículo 9 del RD 830/2010 corresponde a las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, el control de las entidades que realicen estos cursos, de los contenidos de los mismos, del profesorado y de la expedición de los certificados de aprovechamiento, así como de cualquier otra circunstancia que permita la comprobación del cumplimiento de las condiciones declaradas en la notificación. Será motivo de pérdida de la autorización: El incumplimiento por parte de las entidades docentes de las obligaciones establecidas en la Orden SCO/317/2003, de 7 de febrero. No mantener las condiciones o contenidos de los cursos bajo los cuáles se procedió a su autorización. La no superación del control de calidad. Página 17 de 17

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