DECRETO N 324, DE 1991

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "DECRETO N 324, DE 1991"

Transcripción

1 DECRETO N 324, DE 1991 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Procedimiento para la aplicación de los artículos 7, inciso segundo y 11 transitorios de la ley N ACTUALIZADO HASTA EL DECRETO N 884, DE 1992, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

2 DECRETO N 324, DE 1991 MINISTERIO DE EDUCACIÓN PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 7, INCISO SEGUNDO Y 11 TRANSITORIOS DE LA LEY N ACTUALIZADO HASTA EL DECRETO N 884, DE 1992, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

3 DECRETO N 324, DE 2 DE SEPTIEMBRE DE 1991 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Fija procedimiento para la aplicación de los artículos 7, inciso 2 y 11 transitorios de la Ley N (Publicado en el "Diario Oficial" N , de 6 de noviembre de 1991) NUM Santiago, 2 de septiembre de Considerando: Que, la ley N de 1991, ha establecido como una asignación especial, la de perfeccionamiento; Que, este perfeccionamiento tiene por objeto incentivar la superación técnico-profesional del educador con vistas a mejorar su desempeño profesional para mejorar la calidad de la educación; Que, la misma ley estableció un sistema progresivo de aplicación de algunas de sus normas, entre las cuales está la implementación y pago de la asignación de perfeccionamiento, la que se comenzará a pagar a partir de los años 1993 y 1994; Que, no obstante se dispuso reconocer, durante 1991 y 1992 un bono anual de $ a cada profesional de la educación, monto que debe ser destinado exclusivamente al pago de cursos y actividades de perfeccionamiento, según un procedimiento que deberá fijarse por decreto supremo emanado de esta Secretaría de Estado; y Visto: Lo dispuesto en los artículos 12, 13, 7 transitorio inciso segundo y 11 transitorio de la Ley N , de 1991; Ley N , de 1990; y en los artículos 32, N 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, D E C R E T O: ARTÍCULO 1 El presente decreto regula el procedimiento mediante el cual se reconocerá y pagará el bono anual de perfeccionamiento, durante 1991 y 1992, a los profesionales de la educación que se desempeñan en la educación municipal y en la educación particular subvencionada. ARTÍCULO 2 El monto del bono de perfeccionamiento será de $ cada año y deberá dedicarse exclusivamente a este fin. Para estos efectos, se entiende que constituyen perfeccionamiento los cursos o actividades que contribuyen al mejoramiento del desempeño profesional de los docentes; mediante la actualización de conocimientos relacionados con su formación profesional o la adquisición de nuevas técnicas y medios que signifiquen un mejor cumplimiento de sus funciones. El bono de perfeccionamiento deberá ser aplicado al pago de los cursos, programas y actividades de perfeccionamiento que sé señalan en el artículo siguiente.

4 ARTÍCULO 3 Los cursos o actividades de perfeccionamiento deberán ser ejecutadas por el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, por instituciones de educación superior que gocen de plena autonomía y estén dedicadas a estos fines. Asimismo dichos cursos o actividades podrán ser realizados por otras instituciones públicas o privadas que los acrediten debidamente ante dicho Centro, el que se pronunciará sobre su aprobación. Las entidades a que se refiere el inciso anterior, deberán tener inscritos en el Registro Público que llevará el Centro los cursos, programas o actividades de perfeccionamiento en el que deberán constar los requisitos, contenidos, costo, fecha de realización, entidad que los realizan y toda otra información que pueda interesar a los profesionales de la educación. El Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas deberá realizar dichas inscripciones en un plazo máximo de diez (10) días de recibidos los antecedentes respectivos. Cuando proceda, la acreditación deberá ser autorizada en un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la presentación de los antecedentes. ARTÍCULO 4 El Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas deberá elaborar los listados nacionales de los cursos, programas o actividades de perfeccionamiento que se encuentran inscritos en el Registro Público, con los datos que consten en dicho registro (v. gr. materia, duración, costo, entidad, época de su realización). La Subsecretaría de Educación y dicho Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas informarán a los profesionales de la educación de dichos listados nacionales colocándolos a la vista de los usuarios en las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación, en los Departamentos Provinciales de Educación, en los Municipios y en otros lugares públicos de fácil acceso. Asimismo y en la medida de los recursos disponibles se darán a conocer dichos listados en, a lo menos, un diario de circulación nacional. El listado nacional deberá actualizarse, a lo menos, trimestralmente. ARTÍCULO 5 Los profesionales de la educación que tienen derecho al bono de perfeccionamiento serán, en el sector municipal, aquellos que estén incorporados a una dotación conforme a lo establecido en los dos primeros incisos del artículo primero transitorio y demás pertinentes de la Ley N , para el bono correspondiente a 1991, y en una dotación docente de 1992 para el bono de dicho año. En el sector particular subvencionado serán acreedores al bono los profesionales de la educación que tengan contrato de trabajo vigente al 1 de julio de 1991 y al 1 de marzo de 1992 respectivamente, para los bonos correspondientes a 1991 y En el caso que un profesional de la educación preste servicios docentes en dos o más establecimientos educacionales municipales y/o particulares subvencionados, se les reconocerá el bono de perfeccionamiento en aquel en que sirva, mayor número de horas y si sirve la misma cantidad de horas en ambos establecimientos, en aquel en el que tenga el contrato más antiguo. ARTÍCULO 6 El Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo reconocerá el bono de perfeccionamiento a los profesionales de la educación de su región, en una o más resoluciones fundadas. Para estos efectos, los sostenedores enviarán, dentro de los treinta días siguientes a la publicación de este reglamento y antes del 31 de marzo de 1992, una nómina de los profesores que se encuentran en algunas de las situaciones señaladas en el artículo anterior, en la que se consignarán los siguientes datos: Nombre del establecimiento o lugar de desempeño; Dirección; Ciudad;

5 Nombre completo de los profesores; Número de R.U.T.; Número de horas de nombramiento o contrato y fecha de iniciación de las actividades docentes. Los reclamos que se susciten respecto del reconocimiento del bono de perfeccionamiento deberán ser interpuestos ante el Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo y serán resueltos por el Subsecretario de Educación. ARTÍCULO 7 Los profesionales de la educación podrán inscribirse en las actividades, cursos o programas de perfeccionamiento que realice cualquiera de las instituciones señaladas en el artículo 3 y estén inscritos en el Registro Público que llevará el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas. Al momento de la inscripción deberán suscribir el respectivo contrato de prestación de servicios con la institución que hayan elegido. Las instituciones que realicen perfeccionamiento deberán llenar, además, al momento de la inscripción, un formulario que constará de tres partes iguales, dos de ellas desprendibles, que deberá tener los datos que se indican, de acuerdo al siguiente formato tipo: Institución: Institución: Institución: Nombre profesional Nombre profesional Nombre profesional de la educación: de la educación: de la educación: R.U.T.: R.U.T.: R.U.T.: Lugar de trabajo: Lugar de trabajo: Lugar de trabajo: Perfeccionamiento: Perfeccionamiento: Perfeccionamiento: Duración: Duración: Duración: N Registro Público N Registro Público N Registro Público C.P.E.I.P. C.P.E.I.P. C.P.E.I.P. Valor: Valor: Valor: Firma: Firma: Firma: (Ejemplar Institución) (Ejemplar Secretaría) (Ejemplar Interesado) Regional Ministerial) ARTÍCULO 8 Las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación pagarán a las instituciones respectivas las cantidades correspondientes al costo de las actividades, cursos o programas de perfeccionamiento contra entrega de la factura o boleta respectiva y de la parte correspondiente del formulario a que se refiere el artículo anterior, previa comprobación que el profesional de la educación tiene reconocido el beneficio y que se hubiere completado el perfeccionamiento correspondiente. Con todo, la institución que ofrece el curso podrá requerir el pago de hasta un 30% de su monto al momento de la iniciación del curso o actividad. Los bonos de perfeccionamiento de 1991 podrán utilizarse en cursos y actividades de perfeccionamiento que se lleven a efecto hasta el 31 de diciembre de 1992 y los de 1992, hasta el 28 de febrero de Los profesionales de la educación del Sector Municipal que no hayan hecho uso del bono de perfeccionamiento de los años 1991 y 1992, durante el año 1992, podrán impetrar el reconocimiento de dicho bono hasta el 31 de diciembre de 1993, para pagar cursos y actividades de perfeccionamiento de acuerdo al procedimiento establecido en este decreto y que realicen hasta esa fecha. 1 1 Inciso final agregado por el decreto N 884, de 1992, del Ministerio de Educación (D.O ).

6 ARTÍCULO 9 EI Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo llevará un control individual por cada profesional de la educación beneficiado, y adoptará las medidas para que en ningún caso los montos pagados con cargo al bono excedan el valor de éstos. No obstante podrán comprometerse cantidades mayores por concepto de cursos, las que en su exceso serán de cargo del profesional de la educación. ARTÍCULO 10 El Secretario Regional Ministerial de Educación correspondiente pagará a la Institución que haya prestado el servicio de perfeccionamiento, los montos de las actividades, cursos o programas impartidos. Las instituciones podrán requerir el pago dentro del plazo de noventa días después que haya finalizado la actividad correspondiente. ARTÍCULO 11 Los fondos consultados en el Presupuesto del Ministerio de Educación de 1991 y los que se consulten en el Presupuesto de 1992 para estos fines, que no se utilicen en los períodos respectivos, y sean incorporados a los Presupuestos de los años siguientes, podrán ser destinados al incremento de las actividades de perfeccionamiento que se señalan en los artículos 11 al 13 de la Ley N Asimismo, los fondos que no se utilicen por los profesionales de la educación en los plazos señalados en el inciso segundo del artículo 8, podrán ser incorporados a los montos que se contemplen para perfeccionamiento en el Presupuesto de 1993, del Fondo de Recursos Complementarios establecidos en el artículo 13 transitorio de la Ley N ARTÍCULO 12 La aprobación de las actividades o cursos que realicen las instituciones que deban acreditarse ante el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas tendrá un costo de una (1) U.T.M. por cada una de ellas, pero la inscripción qué se realice en el Registro Público que llevará dicho Centro será gratuita. ARTÍCULO 13 En el caso de los cursos que ofrece el Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas, se operará de acuerdo a las normas generales del presente reglamento, con las siguientes modalidades. a) La verificación que el curso se ha completado, será responsabilidad del Subsecretario de Educación que se asesorará para estos efectos por el Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo. b) Los pagos por los cursos a que se refiere el artículo 8, podrá ser realizado por el Secretario Regional Ministerial de Educación correspondiente o por el Departamento de Administración General del Ministerio de Educación. c) El valor de los cursos que realice directamente, se fijará por resolución del Subsecretario de Educación a proposición del Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas. ARTÍCULO 14 Los cursos o actividades de perfeccionamiento que estuvieren aprobados por los profesionales de la educación y financiados con el Bono de Perfeccionamiento, serán reconocidos para los efectos de la asignación de perfeccionamiento de acuerdo a lo que disponga el reglamento de la Ley N Anótese, tómese razón y publíquese. PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República. Ricardo Lagos Escobar, Ministro de Educación *

7 OBJETIVOS ESTRATÉGICOS CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

DECRETO N 264, DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamento de la asignación de experiencia, artículos 43 y 6 transitorio de la Ley N 19.

DECRETO N 264, DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamento de la asignación de experiencia, artículos 43 y 6 transitorio de la Ley N 19. DECRETO N 264, DE 1991 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamento de la asignación de experiencia, artículos 43 y 6 transitorio de la Ley N 19.070 DECRETO N 264, DE 1991 MINISTERIO DE EDUCACIÓN REGLAMENTO DE LA

Más detalles

DECRETO N 224, DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamento de los incisos 4 y siguientes del artículo 1 transitorio de la ley N 19.

DECRETO N 224, DE MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamento de los incisos 4 y siguientes del artículo 1 transitorio de la ley N 19. DECRETO N 224, DE 1991 Reglamento de los incisos 4 y siguientes del artículo 1 transitorio de la ley N 19.070 DECRETO N 224, DE 1991 REGLAMENTO DE LOS INCISOS 4 Y SIGUIENTES DEL ARTÍCULO 1 TRANSITORIO

Más detalles

DECRETO N 117, DE 2001

DECRETO N 117, DE 2001 DECRETO N 117, DE 2001 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamenta artículo 13, de la ley N 19.715 sobre bonificación especial para profesores encargados de escuelas rurales ACTUALIZADO HASTA EL DECRETO N 402,

Más detalles

DECRETO SUPREMO DE EDUCACIÓN Nº 214 PUBLICADO DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE: JUEVES 30 DE AGOSTO DE 2001

DECRETO SUPREMO DE EDUCACIÓN Nº 214 PUBLICADO DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE: JUEVES 30 DE AGOSTO DE 2001 DECRETO SUPREMO DE EDUCACIÓN Nº 214 PUBLICADO DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE: JUEVES 30 DE AGOSTO DE 2001 (Fija Tabla y Procedimiento para Pagar Asignación de Perfeccionamiento, y Deroga Disposiciones

Más detalles

DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 404, DE 1998, Y APRUEBA NUEVO REGLAMENTO DE MONTOS DE CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS

DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 404, DE 1998, Y APRUEBA NUEVO REGLAMENTO DE MONTOS DE CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS Biblioteca del Congreso Nacional ------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-1093 Fecha de Publicación : 29.11.2003 Subsecretario de Obras

Más detalles

DECRETO N 814, DE 2003

DECRETO N 814, DE 2003 DECRETO N 814, DE 2003 Reglamento del artículo 19 bis del decreto ley Nº 1.263, de 1975, sobre identificación presupuestaria de los estudios preinversionales, programas o proyectos de inversión TEXTO ACTUALIZADO

Más detalles

DECRETO N 11, DE 2007

DECRETO N 11, DE 2007 DECRETO N 11, DE 2007 MINISTERIO DEL INTERIOR Reglamento sobre registro comunal de permisos de circulación TEXTO ACTUALIZADO HASTA EL DECRETO N 231, DE 2008, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO N 11, DE

Más detalles

REGLAMENTA EJERCICIO DE LA FUNCION DOCENTE.

REGLAMENTA EJERCICIO DE LA FUNCION DOCENTE. GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE EDUCACION MAHV/PML/CEBI/RGL/SMD/MEMG/SRE/sma REGLAMENTA EJERCICIO DE LA FUNCION DOCENTE. SANTIAGO, 09.OCT.2003.- Nº 352.- CONSIDERANDO: Que, es deber del Estado otorgar

Más detalles

D.F.L. N 1, DE 2002 ACTUALIZADO HASTA LA LEY N

D.F.L. N 1, DE 2002 ACTUALIZADO HASTA LA LEY N D.F.L. N 1, DE 2002 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y organización de la asignación de excelencia pedagógica y la Red Maestros de Maestros, a que se

Más detalles

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 42.020 Jueves 29 de Marzo de 2018 Página

Más detalles

MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA N DE Publicado en el Diario Oficial de

MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA N DE Publicado en el Diario Oficial de MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE MEDICION Y ANALISIS DE EMISIONES ATMOSFERICAS PROVENIENTES DE FUENTES ESTACIONARIAS N 2.467 DE 1993 Publicado

Más detalles

APRUEBA REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE MEDICION Y ANALISIS DE EMISIONES ATMOSFERICAS PROVENIENTES DE FUENTES ESTACIONARIAS

APRUEBA REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE MEDICION Y ANALISIS DE EMISIONES ATMOSFERICAS PROVENIENTES DE FUENTES ESTACIONARIAS Decreto Supremo 2467 Ministerio de Salud Promulgación: 24.12.1993 Publicación Diario Oficial: 18.02.1994 Original APRUEBA REGLAMENTO DE LABORATORIOS DE MEDICION Y ANALISIS DE EMISIONES ATMOSFERICAS PROVENIENTES

Más detalles

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 26-Dic-2016

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile documento generado el 26-Dic-2016 Tipo Norma :Decreto 5 Fecha Publicación :24-12-2016 Fecha Promulgación :01-02-2016 Organismo :MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO Título :MODIFICA DECRETO SUPREMO N 22 (V. Y U.), DE 2009, REGLAMENTO DEL

Más detalles

Que para lograr dicho objetivo es necesario establecer Oficinas de Información para el público usuario en la Administración del Estado.

Que para lograr dicho objetivo es necesario establecer Oficinas de Información para el público usuario en la Administración del Estado. Identificación de la Norma : D.S. N 680 Fecha de Publicación : 21-09-1990 Fecha de Promulgación : 21-09-1990 Organismo : MINISTERIO DEL INTERIOR DECRETO SUPREMO N 680, DE 1990, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR,

Más detalles

DECRETO N 352, DE 2003

DECRETO N 352, DE 2003 DECRETO N 352, DE 2003 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Reglamenta ejercicio de la función docente ACTUALIZADO HASTA EL DECRETO N 407, DE 2014, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DECRETO N 352, DE 2003 MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Más detalles

DECRETO SUPREMO DE EDUCACION Nº 453 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE:

DECRETO SUPREMO DE EDUCACION Nº 453 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE: DECRETO SUPREMO DE EDUCACION Nº 453 PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE: (Establece Reglamento del Estatuto Docente, con Relación al Perfeccionamiento de los Profesionales De La Educación)

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº SANTIAGO, CONSIDERANDO:

DECRETO SUPREMO Nº SANTIAGO, CONSIDERANDO: REGULA SUBSIDIO A LA DEMANDA A QUE SE REFIERE EL ARTÌCULO 4 B) DE LA LEY Nº 20.378 DECRETO SUPREMO Nº SANTIAGO, VISTO : El artículo 32º N 6, de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley

Más detalles

Artículo 1º.- Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Subsecretaría de Educación Parvularia, que se indica a continuación:.

Artículo 1º.- Fíjanse las siguientes plantas de personal de la Subsecretaría de Educación Parvularia, que se indica a continuación:. Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 2 Fecha Publicación :02-10-2015 Fecha Promulgación :25-08-2015 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN

Más detalles

Núm Santiago, 30 de septiembre de Vistos: Las necesidades del servicio;

Núm Santiago, 30 de septiembre de Vistos: Las necesidades del servicio; SIN EFECTO DECRETO Nº 404, DE 1998, Y APRUEBA NUEVO REGLAMENTO DE MONTOS DE CONTRATOS DE OBRAS PUBLICAS Nota: Texto actualizado por Decretos MOP Nº242, de 2004; Nº1.136, de 2006; Nº119, y 223, de 2009;

Más detalles

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Tipo Norma :Ley Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACIÓN Tipo Norma :Ley 19598 Fecha Publicación :09-01-1999 Fecha Promulgación :28-12-1998 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :OTORGA UN MEJORAMIENTO ESPECIAL PARA LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACION QUE

Más detalles

Considerando: Decreto:

Considerando: Decreto: Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-1009 Fecha de Publicación : 29.08.2008 Fecha de Promulgación

Más detalles

APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N QUE OTORGA BENEFICIOS A LA SALUD PRIMARIA.

APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N QUE OTORGA BENEFICIOS A LA SALUD PRIMARIA. REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA Mmh. APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY N 19.813 QUE OTORGA BENEFICIOS A LA SALUD PRIMARIA. D. Oficial 14.01.03 N 324 _/ SANTIAGO, 17.12.2002 VISTO:

Más detalles

TÍTULO I FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO

TÍTULO I FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1 Fecha Publicación :05-04-2016 Fecha Promulgación :11-03-2016 Organismo Título :MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL :FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA SUBSECRETARÍA DE LA

Más detalles

TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales

TÍTULO PRIMERO Disposiciones Generales Tipo Norma :Decreto 4 Fecha Publicación :08-06-2013 Fecha Promulgación :19-02-2013 Organismo :MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL; SUBSECRETARÍA DE Título EVALUACIÓN SOCIAL :APRUEBA REGLAMENTO QUE REGULA EL

Más detalles

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES FIJA LAS PAUTAS GENERALES PARA LA ACREDITACION DE LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD Y CRITERIOS DE CONSTRUCCION DE LAS CARROCERÍAS

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 155, (V. y U.), DE 2001, (D.O. DE )

DECRETO SUPREMO Nº 155, (V. y U.), DE 2001, (D.O. DE ) MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DIVISIÓN JURÍDICA MJM/CMR/pml. DECRETO SUPREMO Nº 155, (V. y U.), DE 2001, (D.O. DE 14.09.01) REGLAMENTA OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES MODALIDAD FONDO CONCURSABLE

Más detalles

Referencia del Documento: Diario Oficial/Normas Generales/Año 1993/DO 30/01/1993 DFL MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD

Referencia del Documento: Diario Oficial/Normas Generales/Año 1993/DO 30/01/1993 DFL MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD Referencia del Documento: Diario Oficial/Normas Generales/Año 1993/DO 30/01/1993 DFL 31 1993 MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD FIJA PLANTA DE PERSONAL PARA EL INSTITUTO DE SALUD PUBLICA Núm. 31.-

Más detalles

TEXTOS DE LEY Y REGLAMENTO DE MICROEMPRESA FAMILIAR 1. LEY , QUE ESTABLECE NORMAS PARA FACILITAR LA CREACION DE MICROEMPRESAS FAMILIARES.

TEXTOS DE LEY Y REGLAMENTO DE MICROEMPRESA FAMILIAR 1. LEY , QUE ESTABLECE NORMAS PARA FACILITAR LA CREACION DE MICROEMPRESAS FAMILIARES. TEXTOS DE LEY Y REGLAMENTO DE MICROEMPRESA FAMILIAR 1. LEY 19.749, QUE ESTABLECE NORMAS PARA FACILITAR LA CREACION DE MICROEMPRESAS FAMILIARES. Publicada en el Diario Oficial el 25 de agosto de 2001. Teniendo

Más detalles

en el artículo 3º de la ley Nº , quienes soliciten personalidad jurídica deberán acompañar un informe técnico favorable de la Junta Nacional de

en el artículo 3º de la ley Nº , quienes soliciten personalidad jurídica deberán acompañar un informe técnico favorable de la Junta Nacional de Tipo Norma :Decreto 95 Fecha Publicación :14-11-2013 Fecha Promulgación :06-02-2013 Organismo Título :MINISTERIO DE JUSTICIA :APRUEBA REGLAMENTO QUE ESTABLECE REQUISITOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE CUERPOS

Más detalles

Disposiciones Generales

Disposiciones Generales Tipo Norma :Decreto 16 Fecha Publicación :02-02-2013 Fecha Promulgación :05-12-2012 Organismo :MINISTERIO DE ; SUBSECRETARÍA DE Título EVALUACIÓN SOCIAL :APRUEBA REGLAMENTO DE LA LEY 20.595, SOBRE PROCEDIMIENTO

Más detalles

Sala Cuna Mayor 1 a 2 años de edad. En caso de ser necesario, el nivel Sala Cuna Menor podrá considerar, en el respectivo nivel, niños o niñas de

Sala Cuna Mayor 1 a 2 años de edad. En caso de ser necesario, el nivel Sala Cuna Menor podrá considerar, en el respectivo nivel, niños o niñas de Tipo Norma :Decreto 115 Fecha Publicación :18-05-2012 Fecha Promulgación :17-02-2012 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :MODIFICA DECRETO Nº 315, DE 2010, QUE REGLAMENTA REQUISITOS DE ADQUISICIÓN,

Más detalles

Tipo Norma :Decreto 469 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Tipo Norma :Decreto 469 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACIÓN Tipo Norma :Decreto 469 Fecha Publicación :20-01-2014 Fecha Promulgación :03-09-2013 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :APRUEBA REGLAMENTO QUE ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS, MODALIDADES Y CONDICIONES

Más detalles

REMUNERACIONES ESPECIALES DEL ESTATUTO DOCENTE ACTUALIZADAS AL 2006

REMUNERACIONES ESPECIALES DEL ESTATUTO DOCENTE ACTUALIZADAS AL 2006 1 REMUNERACIONES ESPECIALES DEL ESTATUTO DOCENTE ACTUALIZADAS AL 2006 Con fecha 4 de diciembre de 2003, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº19.917, que otorgó un reajuste general de un 2,7% de las

Más detalles

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS LEY

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS LEY REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PÚBLICOS LEY 19.862 Ley 19.862 Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos Publicación : 08.02.2003 Promulgación : 30.01.2003 Organismo

Más detalles

Gobierno de Chile Ministerio de Educación Departamento Jurídico

Gobierno de Chile Ministerio de Educación Departamento Jurídico Gobierno de Chile Ministerio de Educación Departamento Jurídico APRUEBA REGLAMENTO PARA EL NOMBRAMIENTO DE LOS INTEGRANTES DEL DIRECTORIO, DEL COMITÉ CONSULTIVO NACIONAL, DE LOS CONSEJOS REGIONALES Y DE

Más detalles

QUE REGLAMENTA BECAS INDIGENAS Y FIJA SU TEXTO REFUNDIDO

QUE REGLAMENTA BECAS INDIGENAS Y FIJA SU TEXTO REFUNDIDO Tipo Norma :Decreto 139 Fecha Publicación :21-07-1998 Fecha Promulgación :31-03-1998 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :INTRODUCE MODIFICACIONES AL DECRETO Nº 52, DE 1995, QUE REGLAMENTA BECAS

Más detalles

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Decreto 1 Fecha Publicación :28-03-1994 Fecha Promulgación :03-01-1994 Organismo :MINISTERIO DE Y TELECOMUNICACIONES; Título SUBSECRETARIA DE :DISPONE MEDIDAS APLICABLES A VEHICULOS DE SERVICIOS

Más detalles

Tipo Norma :Decreto 126 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACION

Tipo Norma :Decreto 126 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACION Tipo Norma :Decreto 126 Fecha Publicación :21-02-2006 Fecha Promulgación :13-06-2005 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACION :SUSTITUYE DECRETO Nº 139, DE 1998, QUE INTRODUCE MODIFICACIONES AL DECRETO

Más detalles

2. Directivos de Exclusiva Confianza..

2. Directivos de Exclusiva Confianza.. Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 34 Fecha Publicación :18-01-2018 Fecha Promulgación :28-11-2017 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :FIJA PLANTA DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Más detalles

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Decreto 181 Fecha Publicación :16-12-2005 Fecha Promulgación :07-09-2005 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACION :MODIFICA DECRETO Nº 177, DE 1996, QUE REGLAMENTA REQUISITOS DE ADQUISICION

Más detalles

Ultima Modificación : DTO-326, OBRAS PUBLICAS DICTA NORMAS SOBRE DELEGACION DE FIRMA

Ultima Modificación : DTO-326, OBRAS PUBLICAS DICTA NORMAS SOBRE DELEGACION DE FIRMA Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-37 Fecha de Publicación : 05.03.1984 Fecha de Promulgación

Más detalles

Nº 79.- CONSIDERANDO:

Nº 79.- CONSIDERANDO: GOBIERNO DE CHILE MINISTERIO DE EDUCACION MAHV/PML/RGL/RDS/JSD/CCHG/sma DEPARTAMENTO JURIDICO. REGLAMENTA INCISO TERCERO DEL ARTICULO 2º DE LA LEY Nº 18.962 QUE REGULA EL ESTATUTO DE LAS ALUMNAS EN SITUACION

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO ASIGNACIÓN DE BECAS AÑO 2019.

REGLAMENTO INTERNO ASIGNACIÓN DE BECAS AÑO 2019. REGLAMENTO INTERNO ASIGNACIÓN DE BECAS AÑO 2019. LEY Nº 19.532. FINANCIAMIENTO COMPARTIDO CONSIDERACIONES GENERALES: 1. El presente Reglamento de Exención de Pago en el Financiamiento Compartido, tiene

Más detalles

REGLAMENTO DE LABORATORIOS PRIVADOS DE SALUD PÚBLICA DE CARACTERIZACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

REGLAMENTO DE LABORATORIOS PRIVADOS DE SALUD PÚBLICA DE CARACTERIZACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA ARC/ISL REGLAMENTO DE LABORATORIOS PRIVADOS DE SALUD PÚBLICA DE CARACTERIZACIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS DTO. N 173 DE 2005 Publicado en el

Más detalles

Párrafo Primero Aspectos Generales

Párrafo Primero Aspectos Generales Tipo Norma :Decreto 425 Fecha Publicación :24-05-2011 Fecha Promulgación :02-11-2010 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE MEDIADORES Y

Más detalles

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº Directivos afectos al artículo 8º del decreto con fuerza de ley Nº 29, de Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 33 Fecha Publicación :12-01-2018 Fecha Promulgación :28-11-2017 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN

Más detalles

REGLAMENTA LOS RECURSOS DESTINADOS A LA INVESTIGACION DEL BOSQUE NATIVO. DECRETO SUPREMO N 96, 2008, MINISTERIO DE AGRICULTURA 1

REGLAMENTA LOS RECURSOS DESTINADOS A LA INVESTIGACION DEL BOSQUE NATIVO. DECRETO SUPREMO N 96, 2008, MINISTERIO DE AGRICULTURA 1 REGLAMENTA LOS RECURSOS DESTINADOS A LA INVESTIGACION DEL BOSQUE NATIVO. DECRETO SUPREMO N 96, 2008, MINISTERIO DE AGRICULTURA 1 Santiago, 26 de noviembre de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue: Vistos:

Más detalles

PÁRRAFO I Del Instituto de Previsión Social

PÁRRAFO I Del Instituto de Previsión Social Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 4 Fecha Publicación :04-02-2009 Fecha Promulgación :23-01-2009 Organismo :MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL; SUBSECRETARIA DE Título PREVISION SOCIAL :FIJA

Más detalles

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Decreto 403 Fecha Publicación :29-08-2009 Fecha Promulgación :26-05-2009 Organismo :MINISTERIO DEL INTERIOR; SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO REGIONAL Y ADMINISTRATIVO Título :REGLAMENTO PARA LA

Más detalles

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES. REGLAMENTA PASE ESCOLAR (Publicado en el Diario Oficial de 1 de marzo de 1982)

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES. REGLAMENTA PASE ESCOLAR (Publicado en el Diario Oficial de 1 de marzo de 1982) SUBSECRETARIA DE TRANSPORTES REGLAMENTA PASE ESCOLAR (Publicado en el Diario Oficial de 1 de marzo de 1982) Modificaciones: D.S. 88/82; D.S. 1/84; D.S. 79/89; D.S. 142/89; D.S. 34/92; D.S. 254/95; D.S.

Más detalles

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº

2. Segundo Nivel Jerárquico, Título VI de la ley Nº Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 32 Fecha Publicación :12-01-2018 Fecha Promulgación :28-11-2017 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACIÓN :FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN

Más detalles

TEXTO ACTUALIZADO DEL DECRETO SUPREMO Nº 14, (V. y U.), de 2007 D.O. de REGLAMENTA PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE BARRIOS

TEXTO ACTUALIZADO DEL DECRETO SUPREMO Nº 14, (V. y U.), de 2007 D.O. de REGLAMENTA PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE BARRIOS DIVISIÓN JURÍDICA MJM.CCHV 21.11.07 TEXTO ACTUALIZADO DEL DECRETO SUPREMO Nº 14, (V. y U.), de 2007 D.O. de 12.04.07 REGLAMENTA PROGRAMA DE RECUPERACIÓN DE BARRIOS I. MODIFICACIONES: D.S. N 157, (V. y

Más detalles

Artículo 1º.- Definiciones. Para efectos de este reglamento, se entenderá

Artículo 1º.- Definiciones. Para efectos de este reglamento, se entenderá Tipo Norma :Decreto 78 Fecha Publicación :17-04-2015 Fecha Promulgación :22-10-2014 Organismo Título :MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE :APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS

Más detalles

RESOLUCION EXENTA Nº 3.786, (V. y U.), DE 2002, D.O. DE

RESOLUCION EXENTA Nº 3.786, (V. y U.), DE 2002, D.O. DE DIVISIÓN JURÍDICA MFA/CMR/pml. 05.03.03 RESOLUCION EXENTA Nº 3.786, (V. y U.), DE 2002, D.O. DE 28.10.02. DETERMINA PUNTAJE CAS LIMITE REGIONAL PARA POSTULAR A PROGRAMAS DE VIVIENDA SOCIAL DINAMICA SIN

Más detalles

REGLAMENTA EL INCISO 2º DEL ARTICULO 3º DE LA LEY Nº , SOBRE JARDINES INFANTILES COMUNITARIOS

REGLAMENTA EL INCISO 2º DEL ARTICULO 3º DE LA LEY Nº , SOBRE JARDINES INFANTILES COMUNITARIOS Biblioteca del Congreso Nacional -------------------------------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : DTO-138 Fecha de Publicación : 04.05.2006 Fecha de Promulgación

Más detalles

1 ASIGNACIÓN DE PERFECCIONAMIENTO CONCEPTO Conforme a lo establecido en el artículo 49 del Estatuto Docente, la asignación de perfeccionamiento es aquella asignación mensual, imponible y tributable que

Más detalles

PROCESOS IDONEIDAD DOCENTE Y PERSONAL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN 2009

PROCESOS IDONEIDAD DOCENTE Y PERSONAL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN 2009 PREGUNTAS FRECUENTES. PROCESOS IDONEIDAD DOCENTE Y PERSONAL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN 2009 1. Por qué se deben completar los formularios de Idoneidad Docente y Asistentes de la Educación? 2. Qué personas

Más detalles

Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE NIÑAS Y NIÑOS DE ENSEÑANZA BASICA

Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE NIÑAS Y NIÑOS DE ENSEÑANZA BASICA Tipo Norma :Decreto 511 EXENTO Fecha Publicación :24-05-1997 Fecha Promulgación :08-05-1997 Organismo :MINISTERIO DE EDUCACIÓN Título :APRUEBA REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR DE NIÑAS Y NIÑOS

Más detalles

Diario Oficial/Normas Generales/Año 2005/DO 28/06/2005 DFL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Diario Oficial/Normas Generales/Año 2005/DO 28/06/2005 DFL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Diario Oficial/Normas Generales/Año 2005/DO 28/06/2005 DFL 123 2005 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Ministerio de Relaciones Exteriores MODIFICA LAS PLANTAS Y ESCALAFONES DEL PERSONAL DE LA DIRECCION

Más detalles

ANEXO 1 DISPOSICIONES LEGALES EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN DOCENTE. A) Instituciones formadoras de docentes. Argentina México Costa Rica Chile

ANEXO 1 DISPOSICIONES LEGALES EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN DOCENTE. A) Instituciones formadoras de docentes. Argentina México Costa Rica Chile ANEXO 1 DISPOSICIONES LEGALES EN RELACIÓN CON LA FORMACIÓN DOCENTE A) Instituciones formadoras de docentes Art. 18 - La etapa Profesional de Grado no Universitario se cumplirá en los Institutos de Formación

Más detalles

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE. Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Ministerio del Interior y Seguridad Pública I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 42.103 Martes 10 de Julio de 2018 Página

Más detalles

Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

Fecha Publicación : Fecha Promulgación : Tipo Norma :Decreto 83 EXENTO Fecha Publicación :30-03-2016 Fecha Promulgación :18-03-2016 Organismo :MINISTERIO DE SALUD Título :APRUEBA PRESTADORES DE SALUD PARA OTORGAR LAS PRESTACIONES SUJETAS AL SISTEMA

Más detalles

D.F.L. N , DE MINISTERIO DEL INTERIOR Reglamenta aplicación del artículo 38, inciso segundo, del D.L. N 3.

D.F.L. N , DE MINISTERIO DEL INTERIOR Reglamenta aplicación del artículo 38, inciso segundo, del D.L. N 3. D.F.L. N 1-3.063, DE 1980 MINISTERIO DEL INTERIOR Reglamenta aplicación del artículo 38, inciso segundo, del D.L. N 3.063, de 1979 TEXTO ACTUALIZADO HASTA EL DECRETO LEY N 3.477, DE 1980 D.F.L. N 1-3.063,

Más detalles

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales

DE LA REPUBLICA DE CHILE. Normas Generales DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE I SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Página 1 de 13 Normas Generales CVE 1269387 MINISTERIO

Más detalles

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO

Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO Ministerio del Trabajo y Previsión Social SUBSECRETARIA DEL TRABAJO Aprueba Reglamento del articulo 183-c inciso segundo del codigo del trabajo, incorporado por la ley n 20.123, sobre acreditacion de cumplimiento

Más detalles

PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE PARQUES URBANOS

PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE PARQUES URBANOS PROGRAMA DE CONSERVACIÓN DE PARQUES URBANOS Decreto 111, DO. 3 de enero de 2015, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Santiago, 27 de noviembre de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 112.- Visto: La

Más detalles

remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de la de carácter permanente

remuneración líquida supere tal cantidad. Para estos efectos, se entenderá como remuneración líquida el total de la de carácter permanente Biblioteca del Congreso Nacional ------------------------------------------------------------------------------ Identificación de la Norma : LEY-19185 Fecha de Publicación : 12.12.1992 Fecha de Promulgación

Más detalles

FIJA MECANISMO DE MEDICION Y PONDERACION DE LOS FACTORES ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 16 DE LA LEY Nº

FIJA MECANISMO DE MEDICION Y PONDERACION DE LOS FACTORES ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 16 DE LA LEY Nº FIJA MECANISMO DE MEDICION Y PONDERACION DE LOS FACTORES ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 16 DE LA LEY Nº 19.410 (Fuente Legal: Decreto Nº 59, del Ministerio de Educación, Publicado en el Diario Oficial del

Más detalles

Artículo 1.- Fíjanse las siguientes Plantas del Personal de la Dirección de Contabilidad y Finanzas: Planta/Cargo Grado N Cargos

Artículo 1.- Fíjanse las siguientes Plantas del Personal de la Dirección de Contabilidad y Finanzas: Planta/Cargo Grado N Cargos Biblioteca del Congreso Nacional Subsecretario de Obras Públicas. Identificación de la Norma : DFL-144 Fecha de Publicación : 04.10.1991 Fecha de Promulgación : 27.06.1991 Organismo : MINISTERIO DE OBRAS

Más detalles

INCREMENTO DE LA BONIFICACIÓN PROPORCIONAL

INCREMENTO DE LA BONIFICACIÓN PROPORCIONAL INCREMENTO DE LA BONIFICACIÓN PROPORCIONAL PLANTEAMIENTO PROBLEMA Bono proporcional, regulado en los artículos 63 y siguientes del Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan

Más detalles

APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL

APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL APRUEBA REGLAMENTO DEL REGISTRO PÚBLICO DE CONSULTORES CERTIFICADOS PARA LA REALIZACIÓN DE DECLARACIONES Y ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL La ley N 20.417, sustituyó el Título Final de la ley N 19.300, creando

Más detalles

Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 279 Fecha Publicación : Fecha Promulgación :

Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 279 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 279 Fecha Publicación :12-05-2010 Fecha Promulgación :10-11-2009 Organismo Título :MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS :MODIFICA REQUISITOS ESPECÍFICOS DE INGRESO Y PROMOCIÓN

Más detalles

EN TRÁMITE: DE REGLAMENTO QUE MODIFICA EL DECRETO Nº 24, DE 2005, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE REGLAMENTA CONSEJOS ESCOLARES.

EN TRÁMITE: DE REGLAMENTO QUE MODIFICA EL DECRETO Nº 24, DE 2005, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE REGLAMENTA CONSEJOS ESCOLARES. EN TRÁMITE: DE REGLAMENTO QUE MODIFICA EL DECRETO Nº 24, DE 2005, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, QUE REGLAMENTA CONSEJOS ESCOLARES. DIVISIÓN JURÍDICA VKQC/GMS/JJD/ARL/CRF MODIFICA EL DECRETO Nº 24, DE 2005,

Más detalles

1.- Apruébase el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones del personal de la Dirección Nacional del Servicio Civil.

1.- Apruébase el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones del personal de la Dirección Nacional del Servicio Civil. Tipo Norma :Decreto 800 Fecha Publicación :29-08-2013 Fecha Promulgación :19-06-2013 Organismo Título :MINISTERIO DE HACIENDA :APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA DIRECCIÓN

Más detalles

DTO 107 EXENTO, EDUCACION

DTO 107 EXENTO, EDUCACION Identificación Norma : DTO-511 EXENTO NOTA Fecha Publicación : 24.05.1997 Fecha Promulgación : 08.05.1997 Organismo : MINISTERIO DE EDUCACION Modificaciones : DTO 158 EXENTO, EDUCACION DTO 107 EXENTO,

Más detalles

Art. único N 1 a) D.O

Art. único N 1 a) D.O Tipo Norma :Decreto 394 Fecha Publicación :08-07-1994 Fecha Promulgación :24-11-1993 Organismo Título :MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN :APRUEBA REGLAMENTO PARA LA APLICACION DE LOS ARTICULOS

Más detalles

DECRETO SUPREMO Nº 39, (V. y U.) DE 1996 (D.O ) REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO COMUNITARIO (INFRAESTRUCTURA SOCIAL CONCURSABLE).

DECRETO SUPREMO Nº 39, (V. y U.) DE 1996 (D.O ) REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO COMUNITARIO (INFRAESTRUCTURA SOCIAL CONCURSABLE). MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO DIVISION JURIDICA ECM/CMR/pml. 03.01.2002 DECRETO SUPREMO Nº 39, (V. y U.) DE 1996 (D.O. 06.05.96) REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE MEJORAMIENTO COMUNITARIO (INFRAESTRUCTURA

Más detalles

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2019 MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Y DIRECTIVO

LEY DE PRESUPUESTOS AÑO 2019 MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE Y DIRECTIVO 05 08 09 15 24 29 34 35 GLOSAS : INGRESOS TRANSFERENCIAS CORRIENTES 26.615.834 4.063.743 02 Del Gobierno Central 4.063.743 007 Dirección de Educación Pública Programa Fortalecimiento de la 4.063.743 Educación

Más detalles

SANTIAGO, 31 DIC 2007 D. S. Nº 383

SANTIAGO, 31 DIC 2007 D. S. Nº 383 MINISTERIO DE ECONOMIA FOMENTO Y RECONSTRUCCION SUBSECRETARIA DE PESCA REGLAMENTO QUE FIJA LOS NIVELES MINIMOS DE OPERACION POR ESPECIE Y ÁREA. SANTIAGO, 31 DIC 2007 D. S. Nº 383 VISTO: Lo dispuesto en

Más detalles

RESOLUCION NUMERO 1887 DE (febrero 22)

RESOLUCION NUMERO 1887 DE (febrero 22) RESOLUCION NUMERO 1887 DE 2007 (febrero 22) por la cual se regulan aspectos relacionados con los trámites de inscripción, actualización y cancelación en el Registro Único Tributario RUT. El Director General

Más detalles

ASIGNACIÓN DE PERFECCIONAMIENTO 1. CUAL ES LA LEGISLACIÓN QUE REGULA EL RECONOCIMIENTO DE LA ASIGNACIÓN DE PERFECCIONAMIENTO?

ASIGNACIÓN DE PERFECCIONAMIENTO 1. CUAL ES LA LEGISLACIÓN QUE REGULA EL RECONOCIMIENTO DE LA ASIGNACIÓN DE PERFECCIONAMIENTO? ASIGNACIÓN DE PERFECCIONAMIENTO 1. CUAL ES LA LEGISLACIÓN QUE REGULA EL RECONOCIMIENTO DE LA La Asignación de Perfeccionamiento para los Profesionales de la Educación del sector municipal está establecida

Más detalles

Tipo Norma :Decreto 216 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACION

Tipo Norma :Decreto 216 Fecha Publicación : Fecha Promulgación : :MINISTERIO DE EDUCACION Tipo Norma :Decreto 216 Fecha Publicación :06-10-2003 Fecha Promulgación :04-07-2003 Organismo Título :MINISTERIO DE EDUCACION :REGLAMENTA SUBVENCION ANUAL EDUCACIONAL PRO-RETENCION ALUMNOS QUE SE SEÑALAN

Más detalles

REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA FMP/ARC/AMSCH

REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA FMP/ARC/AMSCH REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA FMP/ARC/AMSCH REGLAMENTO DEL FORMULARIO NACIONAL DE MEDICAMENTOS DECRETO N 264/03 Publicado en el Diario Oficial de 16 de marzo de 2004 REPUBLICA

Más detalles

Asimismo, el presente reglamento tiene por objeto precisar los requisitos mínimos que deben cumplir los señalados Sistemas Solares Térmicos, su

Asimismo, el presente reglamento tiene por objeto precisar los requisitos mínimos que deben cumplir los señalados Sistemas Solares Térmicos, su Tipo Norma :Decreto 33 Fecha Publicación :17-06-2016 Fecha Promulgación :09-03-2016 Organismo Título :MINISTERIO DE ENERGÍA :MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 331, DE 2009, DE LOS MINISTERIOS DE HACIENDA Y DE

Más detalles

DTO. N 788, DE 2000 Publicado en el D. OF. de REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA Mmh.

DTO. N 788, DE 2000 Publicado en el D. OF. de REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA Mmh. REPUBLICA DE CHILE MINISTERIO DE SALUD DPTO. ASESORIA JURIDICA Mmh. REGLAMENTO SOBRE AMBITO DE APLICACIÓN, DOTACIONES Y PLANTAS PROFESIONALES, E INGRESO A LA ETAPA DE DESTINACION Y FORMACION DE LA CARRERA

Más detalles

TRANSPORTES. de locomoción colectiva urbana podrán operar hasta que N 1 cumplan 18 años. En otras ciudades, los buses urbanos D.O

TRANSPORTES. de locomoción colectiva urbana podrán operar hasta que N 1 cumplan 18 años. En otras ciudades, los buses urbanos D.O Tipo Norma :Decreto 1 Fecha Publicación :28-03-1994 Fecha Promulgación :03-01-1994 Organismo :MINISTERIO DE Y TELECOMUNICACIONES; Título SUBSECRETARIA DE :DISPONE MEDIDAS APLICABLES A VEHICULOS DE SERVICIOS

Más detalles

:

: Tipo Norma :Decreto 169 EXENTO Fecha Publicación :14-03-2014 Fecha Promulgación :10-03-2014 Organismo :MINISTERIO DE EDUCACIÓN Título :MODIFICA PLAN DE ESTUDIO DE SÉPTIMO A SEGUNDO AÑO DE ENSEÑANZA MEDIA

Más detalles

LEY NUM REFUERZA LOS ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DE LA CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL

LEY NUM REFUERZA LOS ESTÍMULOS AL DESEMPEÑO DEL PERSONAL DE LA CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL Biblioteca del Congreso Nacional ----------------------------------------------------------- Identificación de la Norma : LEY-20.300 Fecha de Publicación : 23.10.2008 Fecha de Promulgación : 14.10.2008

Más detalles

BORRADOR DE REGLAMENTO SOBRE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE SOLICITEN POR PRIMERA VEZ EL BENEFICIO DE LA SUBVENCIÓN ESTATAL

BORRADOR DE REGLAMENTO SOBRE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE SOLICITEN POR PRIMERA VEZ EL BENEFICIO DE LA SUBVENCIÓN ESTATAL BORRADOR DE REGLAMENTO SOBRE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES QUE SOLICITEN POR PRIMERA VEZ EL BENEFICIO DE LA SUBVENCIÓN ESTATAL DIVISIÓN JURÍDICA APRUEBA REGLAMENTO SOBRE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

Más detalles

DECRETO N 1.177, DE 2003

DECRETO N 1.177, DE 2003 DECRETO N 1.177, DE 2003 MINISTERIO DE HACIENDA Reglamento para el funcionamiento del sistema de evaluación de programas establecido en el artículo 52 del decreto ley Nº 1.263, de 1975, orgánico de administración

Más detalles

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

- Biblioteca del Congreso Nacional de Chile Tipo Norma :Decreto con Fuerza de Ley 1; Decreto con Fuerza de Ley 1-2009 Fecha Publicación :15-03-2010 Fecha Promulgación :30-12-2009 Organismo Título :MINISTERIO DE JUSTICIA :MODIFICA PLANTA DE PERSONAL

Más detalles