Universidad del Valle

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1 Universidad del Valle VICERRECTORÍA ACADÉMICA RESOLUCIÓN No. 204 "Por la cual se modifica la Resolución No. 174 de Octubre 5 de 2010 de la Vicerrectoría Académica, por la cual se establece el Reglamento de Inscripción y Admisión para el Programa Académico de Doctorado en Administración adscrito a la Facultad de Ciencias de la Administración." EL VICERRECTOR ACADÉMICO DE LA UNIVERSIDAD DEL VALLE, en uso de sus atribuciones y en especial de las que le confiere el Artículo 18, Capítulo VIII del Acuerdo No. 007 del 19 de noviembre de 1996, emanada del Consejo Superior, y CONSIDERANDO: 1. Que el Acuerdo No. 007 de Noviembre 19 de 1996 del Consejo Superior establece el Reglamento de funcionamiento de los Programas Académicos de Postgrado en la Universidad del Valle y en su artículo 6. dispone que cada Programa de Postgrado defina su propio Reglamento de Admisiones y lo presente a la Vicerrectoría Académica para su aprobación. 2. Que la Facultad de Ciencias de la Administración ofrece el Programa Académico de Doctorado en Administración, creado por el Consejo Superior mediante Resolución No. 002 del 6 de febrero de Que es necesario modificar el Reglamento de Inscripción y Admisión para el Programa Académico de Doctorado en Administración, aprobado mediante la Resolución 174 de Octubre 5 de 2010 de la Vicerrectoría Académica. RESUELVE: ARTÍCULO 10 El Programa de Doctorado en Administración es un Programa de carácter inter y transdisciplinario orientado hacia la solución de problemas cruciales del país y del medio, por tanto existe la posibilidad de establecer convenios con otras Facultades de la misma Universidad para organizar - previo un trabajo en equipo \ l i)

2 Hoja No. 2 entre los grupos de investigación más directamente involucrados promociones sobre los temas específicos de interés estratégico para las Facultades participantes. ARTICULO 2 Aprobar la presente modificación al Reglamento de Inscripción y Admisión para el Programa Académico de Doctorado en Administración de la Facultad de Ciencias de la Administración. CONVOCATORIA, CUPOS, INSCRIPCIÓN Y SELECCIÓN DE ASPIRANTES ARTÍCULO 3 La Dirección y el Comité de Posgrado son los responsables del proceso de admisión y deben establecer y cumplir un protocolo que garantice que el proceso de convocatoria, inscripción y selección de aspirantes, cumpla con los criterios de transparencia e igualdad de condiciones y de oportunidades, para todos los aspirantes que se presentan al Doctorado en Administración. ARTÍCULO 4 La convocatoria de aspirantes al Doctorado en Administración debe incluir lo siguiente: A qué tipo de profesionales se ofrece. Los requisitos de inscripción Los criterios de selección El calendario del proceso de inscripción y admisión. La oferta y cupos, estableciendo el mínimo y el máximo del Programa Académico. La Dirección del Posgrado presenta, en cada período académico, para análisis del Comité la propuesta de oferta y cupos y una vez analizada la remite a la Vicerrectoría Académica, quién a su vez la presenta al Consejo Académico para su aprobación. La Convocatoria debe hacerse pública a través de un medio de comunicación local o nacional. El Calendario Académico para cada período académico es expedido por Resolución de la Vicerrectoría Académica. ARTÍCULO 5 El número de cupos ofrecidos en cada convocatoria es el aprobado por Resolución del Consejo Académico. ARTÍCULO 6 PROCESO DE INSCRIPCIÓN PARA ASPIRANTES NACIONALES utaa/j)

3 Hoja No. 3 Para inscribirse como aspirante nacional al Doctorado en Administración se requiere: a) Adquirir la clave de acceso al sistema, en las fechas establecidas en el Calendario Académico, previa cancelación del valor de esta clave en el Banco asignado para este proceso. b) Cancelar el valor por los derechos de inscripción vigentes en el período en que se está inscribiendo, en la cuenta asignada al Programa Académico. c) Diligenciar el formulario de inscripción vía Web ingresando con la clave de acceso a la página en las fechas establecidas en el Calendario Académico. d) Cumplir con los requisitos específicos establecidos en la Convocatoria. e) Entregar en las fechas establecidas los siguientes documentos en la Dirección del Programa Académico: 1. Fotocopia del documento de identidad ampliada al 150% 2. Acreditar título de pregado en cualquier área del conocimiento (Fotocopia del Diploma Profesional de Pregrado y Acta de Grado), otorgado por una Universidad Colombiana legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. 3. Acreditar experiencia en investigación y/o docencia universitaria. La experiencia en investigación será demostrada por medio de los proyectos, artículos científicos o ponencias en eventos científicos. 4. Presentar una propuesta de investigación relacionada con las lineas de investigación de de los grupos que sustentan el Doctorado. 5. Acreditar el dominio del idioma inglés a un nivel de comprensión y lectura de textos. 6. Certificar la disponibilidad de tiempo completo, así como la disponibilidad del tiempo para realizar la entrevista con el Comité del Programa Académico en la ciudad de Cali. En el caso de ser necesario el Director del Programa podrá solicitar información aclaratoria sobre la dedicación del tiempo. 7. Presentar hoja de vida actualizada con los soportes respectivos. 8. Tres Fotografías 3 x 4 cm, recientes, fondo azul claro, tomadas de frente. 9. Recibo de pago de los Derechos de Inscripción debidamente cancelado.

4 Hoja No Certificado original de las calificaciones de pregrado con promedio acumulado de los estudios profesionales y de estudios de posgrado en el caso que los haya realizado. 11. Fotocopia del Registro SNIES (Sistema Nacional de Información de la Educación Superior) donde se encuentra la información de la Universidad y el Programa Académico donde realizó los estudios de pregrado. Este se obtiene consultando la página web: / (para títulos obtenidos en instituciones de Educación Superior diferentes a la Universidad del Valle). 12. Constancia de Inscripción que le generó el sistema al terminar de diligenciar el formulario vía web. PARAGRAFO 1: Si el aspirante nacional obtuvo su título de pregrado en una Universidad Extranjera, el Diploma de Profesional, el Acta de Grado y las Calificaciones deben ser legalizados/apostillados en la entidad Consular Colombiana en el país de origen. Si está ejerciendo en Colombia debe presentar la Convalidación del Título que realizó ante el Ministerio de Educación Nacional. PARAGRAFO 2: Si los documentos a presentar se encuentran en idioma distinto al español éstos deberán ser traducidos. Si la traducción se realiza en Colombia, debe presentarse la traducción ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para apostillar igualmente la firma del traductor. PARAGRAFO 3: Todos los documentos presentados por los aspirantes nacionales en el proceso de inscripción al Doctorado en Administración serán remitidos por la Dirección del Programa Académico al Área de Admisiones para su verificación. Una vez verificados se devuelven nuevamente a la dependencia para su archivo. PARAGRAFO 4: Para el caso de aspirantes que tengan comisión de estudios de una Universidad o empresa, deben presentar en la inscripción la certificación de su aprobación o del estado de su trámite. ARTICULO 7 0 Para inscribirse como aspirante extranjero se requiere: a) Adquirir la clave de acceso al sistema, en las fechas establecidas en el Calendario Académico, previa cancelación del valor de esta clave en el Banco asignado para este proceso. b) Cancelar el valor por los derechos de inscripción vigentes en el período en que se está inscribiendo, en la cuenta asignada al Programa Académico. %\31)5

5 Hoja No. 5 c) Diligenciar el formulario de inscripción vía Web ingresando con la clave de acceso a la página en las fechas establecidas en el Calendario Académico. d) Cumplir con los requisitos específicos establecidos en la convocatoria. e) Entregar en las fechas establecidas los siguientes documentos en la Dirección del Programa: - Los extranjeros residentes en Colombia, fotocopia de la Cédula de Extranjería ampliada al 150%. - Los extranjeros no residentes en Colombia, Fotocopia del pasaporte con visa vigente ampliada al 150%. - Acreditar título de pregado en cualquier área del conocimiento (Fotocopia Diploma Profesional de Pregrado y Acta de Grado), otorgado por una Universidad extranjera legalmente reconocida. - Acreditar experiencia en investigación y/o docencia universitaria. La experiencia en investigación será demostrada por medio de los proyectos, artículos científicos o ponencias en eventos científicos. - Presentar una propuesta de investigación relacionada con las líneas de investigación de los grupos que sustentan el Doctorado. - Acreditar el dominio del idioma inglés a un nivel de comprensión y lectura de textos. - Certificado original de calificaciones de pregrado con promedio acumulado y de posgrado, con promedio acumulado, si lo ha realizado previamente. - Certificar la disponibilidad de tiempo completo, así como también del tiempo para realizar la entrevista con el Comité del Programa Académico en la Ciudad de Cali. El aspirante debe ser preferiblemente profesor universitario con apoyo institucional o profesionales vinculados a procesos de investigación en empresas o institutos de investigación, centros de desarrollo tecnológico, centros de productividad o incubadoras de empresas. - Presentar hoja de vida actualizada con los soportes respectivos. - Tres Fotografías 3 x 4 cm, recientes, fondo azul claro, tomadas de frente.

6 Hoja No. 6 - Para extranjeros no residentes en Colombia, presentar compromiso de regreso al país de origen al terminar los estudios de Doctorado y de no ejercer en Colombia, mediante declaración juramentada con firma auténtica expedida por una Notaría en el país de origen. - Los extranjeros residentes en Colombia deben presentar la convalidación del título de pregrado realizada ante el Ministerio de Educación Nacional. - Recibo de pago de los Derechos de Inscripción debidamente cancelado. - Constancia de Inscripción que le generó el sistema al terminar de diligenciar el formulario vía web. PARAGRAFO 1 : La fotocopia del título, del acta de grado, las calificaciones y el compromiso de regreso al país de origen deben ser legalizados/apostillados en la entidad consular colombiana en el país de origen. PARAGRAFO 2 : Si los documentos a presentar se encuentran en idioma distinto al español éstos deberán ser traducidos. Si la traducción se realiza en Colombia, debe presentarse la traducción ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para apostillar igualmente la firma del traductor. PARAGRAFO 3 : Todos los documentos presentados por los aspirantes extranjeros en el proceso de inscripción al Doctorado en Administración serán remitidos por la Dirección del Programa Académico al Área de Admisiones para su verificación. Una vez verificados se devuelven nuevamente a la dependencia para su archivo. PARAGRAFO 4 : Para realizar la Matrícula Académica los aspirantes extranjeros admitidos deberán presentar la Visa de Estudiante. Sin este requisito no podrán matricularse en el período académico respectivo. ARTICULO 8 : La información que suministre el aspirante en el proceso de registro de la inscripción debe ser completa, exacta y verídica, los datos que suministre el aspirante son de su absoluta responsabilidad y bajo la gravedad de juramento. PARÁGRAFO: El aspirante que en su inscripción omita información, consigne información falsa, incurra en fraude en la documentación requerida para la admisión, se le sancionará con la pérdida del derecho de inscripción a todos los Programas Académicos de Posgrado que ofrezca la Universidad y no podrá ser admitido en un plazo de cinco (5) arios contados desde el momento de la comisión de la falta, sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar.

7 Hoja No. 7 ARTICULO 9.: El aspirante nacional o extranjero, que haya sido retirado de la Universidad del Valle o de otra Universidad nacional o extranjera por bajo rendimiento académico, no podrá solicitar inscripción al doctorado en administración. ARTICULO 10o.: El hecho de realizar la consignación por el valor de los Derechos de Inscripción y de formalizar la inscripción se considera una aceptación, por parte del aspirante de todas las condiciones y requisitos contemplados en este reglamento y de las normas y disposiciones internas que la Universidad establece para el proceso de admisión, por consiguiente se entiende que el aspirante los acepta sin salvedad alguna. ARTICULO 11 PROCESO DE SELECCIÓN: El proceso de selección se realizará con base en los siguientes criterios: a. Publicaciones: Las publicaciones de los aspirantes en los últimos cinco arios, representan el 10% del puntaje total de admisión. Los aspirantes podrán obtener hasta 5 puntos en este criterio y los puntajes para cada publicación se clasifican de la siguiente manera: a. Artículo en revista indexada Al, obtendrá 1,5 puntos. b. Artículo en revista indexada A2, obtendrá 1,2 puntos. c. Artículo en revista indexada B, obtendrá 0,8 puntos. d. Artículo en revista indexada C, obtendrá 0,5 puntos. e. Artículo en revista no indexada, obtendrá 0,2 puntos. f. Libros con Comité Editorial, obtendrá 0,5 puntos. g. Ponencia publicada en memoria de eventos internacionales con ISBN. obtendrá 0,5 puntos. h. Ponencia publicada en memoria de eventos nacionales, con ISBN obtendrá 0,2 puntos. Nota 1: En caso de que la publicación tenga más de un autor, el total de puntos se distribuirá proporcionalmente al número de autores. Nota 2: Los certificados de las ponencias deben estar acompañados por las memorias del evento para considerarse como producción intelectual. b. Evaluación de la propuesta de investigación en cuanto a coherencia, pertinencia e inscripción clara en una de las líneas y grupos de investigación que sustentan la promoción respectiva. El aspirante presentará una propuesta de Investigación que será evaluada por el Comité del Programa. La evaluación se realizará de 1 a 5, siendo 5 excelente. Será realizada por al menos dos evaluadores. La propuesta representará el 30% del total de los criterios de selección de los aspirantes. LO/

8 Hoja No. 8 La propuesta de Investigación debe estar enmarcada en las temáticas de las líneas de investigación en profundización ofrecidas para cada cohorte del Doctorado. De lo contrario no serán válidas y el aspirante no podrá continuar con el proceso de admisión. c. Desempeño académico en los estudios realizados. Se dará preferencia a aquellos aspirantes con título de Maestría en Administración y/o áreas afines. El desempeño académico representa el 15% del total de los criterios de selección. La calificación corresponde al promedio acumulado mínimo de 3.8 (tres, ocho) de los estudios de pregrado y de postgrado si los tuviese. d. Evaluación de la experiencia demostrada en docencia universitaria. La experiencia docente universitaria representa el 5% del total de los criterios de selección. La calificación máxima corresponde al equivalente a la dedicación de tiempo completo de cinco (5) arios de tiempo completo equivalente (TCE) conforme a la normativa de la Universidad del Valle. e. Evaluación de la experiencia demostrada en el Área Profesional La experiencia profesional representa el 5% del total de los criterios de selección. La calificación máxima corresponde al equivalente a la dedicación de tiempo completo en cargos administrativos en los últimos cinco (5) arios. Las cartas laborales deben incluir el tiempo exacto, la dedicación y el cargo. La docencia en instituciones educativas que no son universidades es válida como experiencia profesional. f. Evaluación de la experiencia demostrada en Investigación El aspirante deberá acreditar la participación en Proyectos de Investigación en Instituciones Universitarias y/o Centros de Investigación, durante los últimos cinco (5) arios, en calidad de investigador principal, co-investigador o como asistente de investigación. Se asignarán los siguientes puntajes: Investigador Principal: 2 puntos Co-investigador: 1 punto Asistente de Docencia ó Investigación: 0,5 puntos Trabajo de grado del aspirante de Maestría avalado por un grupo de investigación: 0,5 puntos. La puntuación asignada será de un máximo de 5 puntos. Este criterio equivale al 10% del total de los criterios de admisión. El Comité del Programa establece un puntaje según el número de arios de experiencia que demuestre en las Áreas relacionada con la docencia, e investigativa. La tabla de equivalencias es la siguiente:

9 Hoja No. 9 AÑOS PUNTOS Entre 6 meses y 11 meses 0,5 Entre 12 meses y 23 meses Entre 24 meses y 35 meses 2 Entre 36 meses y 47 meses 3 Entre 48 meses y 59 meses 60 Meses o mas Los certificados que no cumplan con los requisitos no serán válidos ni tenidos en cuenta en la evaluación del aspirante. Las certificaciones de la experiencia en investigación deberán incluir las funciones, el tiempo de dedicación semanal en horas y el número de duración en meses. g. Entrevista con el aspirante, orientada sustancialmente a verificar la viabilidad de la propuesta de investigación presentada, la motivación del aspirante, la disponibilidad de tiempo y las capacidades para enfrentar con éxito el desafío del Doctorado. Los aspirantes que obtengan como mínimo el 35% del puntaje total, antes de la entrevista, serán convocados a la misma, por el Comité del Doctorado. La entrevista representa el 25% del total de la Evaluación. h. El cuadro resumen de los criterios y ponderaciones es el siguiente: CRITERIOS PONDERACIÓN PUBLICACIONES 10% PROPUESTA DE INVESTIGACIÓN 30% DESEMPEÑO ACADEMICO 15% EXPERIENCIA DOCENTE 5% EXPERIENCIA PROFESIONAL 5% EXPERIENCIA INVESTIGATIVA 10% ENTREVISTA PERSONAL CON EL COMITÉ DE DOCTORADO 25% TOTAL 100 % PARAGRAFO 1 : El aspirante deberá acreditar dominio del idioma inglés, a nivel de lectura comprensiva, mediante prueba elaborada por el Departamento de Idiomas de la Universidad del Valle, con un puntaje mínimo de 70/100, o su equivalente mediante certificación de otras Universidades o Instituciones reconocidas. El requisito de idioma extranjero es condición necesaria para ser admitido en el programa. Esta prueba es obligatoria y de carácter eliminatorio. Si no es aprobada por el aspirante, éste no podrá ser admitido. El aspirante que no se presente a la prueba de Inglés será calificado con cero (0), cualquiera que sea la causa de inasistencia. No se realizará otra prueba y no podrá ser admitido.

10 Hoja No. 10 ARTICULO 12 La Dirección del Programa califica y emite el resultado final obtenido después de evaluar cada uno de los criterios de selección. Se realizará un ordenamiento de mayor a menor de los resultados finales obtenidos por los aspirantes. Serán admitidos los aspirantes con las calificaciones más altas, de acuerdo con el número de cupos establecido por el Consejo Académico para cada cohorte. Para poder ser admitido todo aspirante debe tener como mínimo un puntaje total o igual al 60% del 100%, en una escala de 1 a 100. PARÁGRAFO 1 : Los puntajes finales obtenidos por cada aspirante serán presentados por el Director ante el Comité del Doctorado para su análisis. Si estos resultados son aprobados, el Director del Posgrado los remitirá al Área de Admisiones en la fecha establecida en el Calendario Académico para su verificación y esta dependencia publicará de manera oficial los resultados de admisión en la fecha prevista y en la página Web /admisiones.univalle.edu.co. PARÁGRAFO 2 : Las calificaciones y porcentajes de los criterios de selección tendrán dos cifras decimales (centésimas). PARÁGRAFO 3 0.: En el caso de que ningún aspirante obtenga el mínimo del 60% del 100% del total de los criterios de selección la convocatoria se declarará desierta. ARTÍCULO 13 En caso de empate de dos aspirantes en la línea de corte se procederá de acuerdo con las siguientes reglas para dirimirlo: Si el empate se presenta entre aspirantes legalmente hábiles para ejercer el derecho al voto, será admitido el aspirante que hubiere ejercido ese derecho en las votaciones inmediatamente anteriores a la fecha de inscripción de acuerdo con lo establecido en el numeral 1 del Artículo 2 de la Ley 403 del 27 de Agosto de 1997, sobre estímulos a sufragantes o la que esté vigente. Si ninguno de los aspirantes empatados ha votado o los dos aspirantes empatados han votado en las elecciones inmediatamente anteriores a la fecha de inscripción, será admitido quien tenga la mayor nota en la propuesta de investigación. Si el empate persiste se tomará como criterio de desempate el puntaje obtenido en la entrevista. ARTÍCULO 14 Los aspirantes seleccionados deben matricularse en el período establecido para tal fin por la Universidad y deben iniciar estudios en las fechas indicadas en el calendario académico; no se guarda el cupo para próximas convocatorias.

11 Hoja No. 11 PARÁGRAFO 1 : Por causa de fuerza mayor, a un aspirante admitido se le puede conservar el puntaje total obtenido en todos los criterios de selección, para concursar únicamente en la convocatoria siguiente y al mismo Programa. No se conservan puntajes parciales, ni se conserva puntaje total a aspirantes no admitidos. El aspirante admitido debe presentar solicitud motivada escrita ante el Director del Doctorado, antes del período de matrícula financiera y el Comité del Doctorado decidirá sobre la solicitud. El Director del Posgrado informará dicha decisión al Área de Admisiones de la División de Admisiones y Registro Académico. PARÁGRAFO 2 : Si un aspirante admitido renuncia al cupo en el periodo en que fue admitido, se le conservará el puntaje para la siguiente convocatoria. En la convocatoria presente se llamará al aspirante que haya ocupado el siguiente lugar en el listado descendente de puntajes debajo de la línea de corte para completar nuevamente el cupo, siempre y cuando cumpla con el 60% del puntaje total. PARÁGRAFO 3 : Si el Programa Académico no completa el cupo mínimo establecido por la Resolución del Consejo Académico que aprueba la oferta y cupos, no podrá iniciar actividades académicas y a los aspirantes admitidos se les conservará el cupo hasta la próxima oportunidad en la que se realice la convocatoria de admisión y se complete el cupo. Para hacer uso de este cupo el aspirante deberá inscribirse nuevamente en la siguiente convocatoria que se publique. PARÁGRAFO 41 : Los aspirantes deberán demostrar que disponen de los recursos económicos para financiar sus estudios (matrícula, pasantía académica y de investigación y sostenimiento) mediante certificados firmados por los representantes legales de las entidades emisoras; los cuales serán verificados por el Comité del Doctorado. En caso de encontrarse alguna inconsistencia será motivo para anular la admisión. La fuente de financiación será fundamental para garantizar la dedicación exclusiva a este programa de estudios. LAS TRANSFERENCIAS ARTÍCULO 15 0 Se entiende por transferencia el ingreso de estudiantes que provienen de Programas Académicos de Posgrado de otra Institución de Educación Superior, debidamente reconocida por el Estado, a un programa equivalente en la Universidad del Valle. Toda solicitud de transferencia debe ser presentada ante la División de Admisiones y Registro Académico, en las fechas establecidas en el Calendario Académico que expide la Vicerrectoría Académica. El Área de Admisiones revisa la documentación y la remite para su análisis al Director del Posgrado. El Comité del Posgrado analiza la solicitud y establece las equivalencias a que haya lugar. ~l, 5

12 Hoja No. 12 Para aquellos aspirantes con título de Maestría en al área del Doctorado expedido por la Universidad del Valle o una Universidad o Institución de Educación Superior, previo cumplimiento del proceso regular de admisión al programa, se le podrá homologar hasta el 40% de los créditos correspondientes a la fase básica. Todos los participantes deberán cursar obligatoriamente los créditos correspondientes al componente metodológico. Se aceptarán solicitudes de homologación de cursos tomados y evaluados dentro de los últimos cinco (5) arios con una nota mínima de 3.8 (tres, ocho). PARÁGRAFO: La aprobación de solicitudes de ingreso por Transferencia está supeditada a la existencia del cupo en el semestre en que quedaría ubicado el aspirante. ARTÍCULO 16 se requiere: Para inscribirse como aspirante a ingresar por transferencia a) Adquirir la clave de acceso al sistema, en las fechas establecidas en el Calendario Académico, previa cancelación del valor de esta clave en el Banco asignado para este proceso. b) Cancelar el valor por los derechos de inscripción vigentes en el período en que se está inscribiendo, en la cuenta asignada al Programa Académico. c) Diligenciar el formulario de inscripción vía web ingresando con la clave de acceso a la página en las fechas establecidas en el Calendario Académico. d) Cumplir con los requisitos específicos establecidos por el Programa Académico. e) Entregar la siguiente documentación en la Dirección del Programa Académico: - Fotocopia del documento de identidad ampliada al 150% - Para extranjeros no residentes en Colombia fotocopia del pasaporte con visa vigente y para extranjeros residentes en Colombia fotocopia de la cédula de extranjería vigente, ampliada al 150%. - Tres Fotografías 3 x 4 cm. recientes, fondo azul claro, tomadas de frente. - Copia del diploma de pregrado y del acta de grado otorgada por una universidad legalmente reconocida. - Certificado original de calificaciones, en castellano, de las asignaturas cursadas en el pregrado, con créditos y fechas en que las cursó y de las calificaciones obtenidas en el Programa Académico de Posgrado de donde proviene. El promedio de las calificaciones debe ser igual o superior a 3.5 (tres, cinco).

13 Hoja No Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por el Jefe de la Unidad Académica o por el Director del respectivo posgrado. - Contenidos programáticos, en castellano, de las asignaturas cursadas debidamente firmados y sellados por la institución donde las cursó, estrictamente ordenados como aparecen registradas en el certificado de calificaciones. - Certificados de experiencia profesional. - Copia del recibo de pago de los Derechos de Inscripción debidamente cancelado. - Constancia de inscripción que le generó el sistema al terminar de diligenciar el formulario de inscripción. PARAGRAFO 1 : Si el aspirante nacional obtuvo si título de pregrado en una Universidad extranjera, el diploma, el acta de grado y las calificaciones deben ser legalizados/apostillados en la Entidad Consular Colombiana en el país de origen. Si está ejerciendo su profesión en Colombia debe presentar la convalidación del título que realizó ante el Ministerio de Educación Nacional. PARAGRAFO 2 : Si los documentos a presentar se encuentran en idioma distinto al español éstos deberán ser traducidos. Si la traducción se realiza en Colombia, debe presentarse la traducción ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para apostillar igualmente la firma del traductor. PARÁGRAFO 30.: Todos los documentos presentados por los aspirantes nacionales y extranjeros serán remitidos por la Dirección del Programa al Área de Admisiones para su verificación. Una vez verificados se devuelven a la Dirección del Programa para su archivo. PARÁGRAFO 4 0.: Los extranjeros residentes en Colombia deben presentar la convalidación del título de pregrado realizado ante el Ministerio de Educación Nacional. PARAGRAFO 5 0 : Para realizar la Matrícula Académica los aspirantes extranjeros admitidos deberán presentar la Visa de Estudiante. Sin este requisito no podrán matricularse en el período académico respectivo. ARTÍCULO 17 La decisión de aceptar o denegar una solicitud de transferencia y de establecer las equivalencias compete al Comité del Posgrado. Todo estudiante a quien se le apruebe la transferencia debe cumplir con los requisitos para oficializar su matrícula, cancelar los derechos correspondientes y queda sujeto a la fecha de iniciación y reglamentación del programa académico que lo recibe.

14 Hoja No. 14 LAS EQUIVALENCIAS ARTÍCULO 18 Se entiende por equivalencia de asignaturas o actividades académicas para un Programa Académico de Postgrado, el reconocimiento y acreditación de asignaturas o actividades académicas de Posgrado cursadas en otro Programa de estudios de la Universidad del Valle o en otra Institución de Educación Superior. ARTÍCULO 19 Las equivalencias se realizarán basándose en los contenidos programáticos cursados por el aspirante y en las calificaciones obtenidas en la institución de procedencia. PARÁGRAFO 1 : El Director del Posgrado comunicará. al Área Admisiones las decisiones del estudio de las solicitudes de Transferencia y registrará las equivalencias aprobadas en el sistema (SRA) con base en el procedimiento establecido. ARTÍCULO 20 La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución No. 125 de Diciembre 4 de 2009 y 174 de Octubre 5 de 2010 de la Vicerrectoría Académica. COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Santiago de Cali a los 11 días del mes de Octubre de HÉCTORtitiVID RAMÍREZ Vicerrector émico Gspc/mpoi

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