Boletín oficial de la Provincia de valladolid

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1 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 1 SUMARIO I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO DIRECCIÓN TÉCNICA. Información Pública valores Tarifas Utilización del Agua Junta de Explotación del Carrión - Campaña 2017 Página 5 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Acuerdo por el que se nombran como funcionarias de carrera en la categoría de trabajador social, subescala técnica de la escala de administración especial, grupo A2, nivel 20. Página 8 cve: BOPVA-S Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Resolución por la que se nombran como funcionarias de carrera en la categoría de auxiliar administrativo, perteneciente a la subescala auxiliar de la escala de administración general, grupo C2, Nivel 14. Página 10 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA. Departamento de Gestión de Recursos Humanos. Resolución por la que se nombran a dos funcionarias de carrera en la categoría de técnico auxiliar en bibliología y archivística, perteneciente a la subescala técnica de la escala de administración especial, grupo C1, nivel 18. Página 12

2 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 2 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID - FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA Aprobación inicial de expediente de modificación presupuestaria nº 2 Página 14 AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID - FUNDACION MUNICIPAL DE DEPORTES Aprobación inicial de expediente de modificación presupuestaria número 3. Página 15 AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN Aprobación definitiva en expediente de modificación del presupuesto por crédito extraordinario Página 16 AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN Acuerdo por el que se establece la imposición y ordenación de contribuciones especiales para la financiación de la obra de urbanización calle Nueva. Página 17 AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA CONTRATACIÓN. Anuncio de formalización del contrato de gestión de servicio público del centro deportivo La Almendrera. Página 18 cve: BOPVA-S Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Aprobación inicial del expediente de modificación al presupuesto de gastos número 4/2017 por suplementos de crédito. Página 19 AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Aprobación inicial del expediente de modificación al presupuesto de gastos número 5/2017 por créditos extraordinarios. Página 20 AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Aprobación inicial del expediente de modificación al presupuesto de gastos número 6/2017 por suplementos de crédito. Página 21 AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA Aprobación definitiva del presupuesto general. Ejercicio Página 22

3 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 3 AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el servicio de suministro de agua a domicilio. Página 23 AYUNTAMIENTO DE MURIEL DE ZAPARDIEL Exposición pública de la cuenta general. Ejercicio Página 24 AYUNTAMIENTO DE MURIEL DE ZAPARDIEL Convocatoria para ocupar el cargo de Juez de Paz sustituto. Página 25 AYUNTAMIENTO DE SIMANCAS Intervención. Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal número 2.15 reguladora de la tasa por la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales de carácter público para el ejercicio Página 26 AYUNTAMIENTO DE TORDESILLAS CONCEJALÍA DE PERSONAL. Aprobación definitiva de la relación de puestos de trabajo del personal Página 35 cve: BOPVA-S Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 AYUNTAMIENTO DE TRIGUEROS DEL VALLE Aprobación definitiva del expediente de modificación presupuestaria número 3/2017 por créditos extraordinarios y suplementos de crédito Página 38 AYUNTAMIENTO DE VILLAMURIEL DE CAMPOS Secretaría. Información pública en expediente de solicitud de licencia ambiental para actividad para explotación de ovino de producción cárnica en el inmueble sito en la parcela 6 del polígono 5. Página 39 IV.-ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Notificación en procedimiento ejecución de títulos judiciales número 79/2017. Página 40

4 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 4 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Notificación en procedimiento ordinario número 177/2017 Página 42 JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3 Notificación en procedimiento ordinario número 311/2017 Página 44 cve: BOPVA-S Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184

5 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 5 I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO DIRECCIÓN TÉCNICA TARIFAS DE UTILIZACIÓN DEL AGUA CORRESPONDIENTES A LAS JUNTA DE EXPLOTACIÓN DEL CARRIÓN, - AÑO En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo y sucesivos del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por R.D. Legislativo 1/2001 de 20 de Julio, se han calculado las cantidades para obtener la Tarifa, que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por R.D. 849/1986 de 11 de abril, estos valores serán incrementados con el Canon de Regulación correspondiente al río Carrión, o sus correspondientes equivalencias, habiendo resultado los siguientes valores: 12C14 - Canal de Castilla (Ramal de Campos) Regadíos 20,63 / Ha. Abastecimientos. 111,61 / Litro / seg. Usos Industriales 2,06 / CV. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 5 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Otros usos Industriales. 111,61 / Litro / seg. Industrias con Refrigeración 5,16 / Litro / seg. Piscifactorías. 3,09 / Litro / seg. Molinos. 0,21 / Litro / seg. TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS MEDINA DE RIOSECO, TAMARIZ DE CAMPOS, VILLANUEVA DE SAN MANCIO. 12C C. Castilla Campos I. Privada Regadíos 19,63 / Ha. Abastecimientos 106,20 / Litro / seg. Usos Industriales 1,96 / CV. Otros usos Industriales 106,20 / Litro / seg. Industrias con Refrigeración 4,91 / Litro / seg. Piscifactorías 2,94 / Litro / seg. Molinos 0,20 / Litro / seg.

6 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 6 TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS MEDINA DE RIOSECO, TAMARIZ DE CAMPOS, VILLANUEVA DE SAN MANCIO. 12C15 - Canal de Macías Picavea Regadíos 15,55 / Ha. Abastecimientos 84,13 / Litro / seg. Usos Industriales 1,56 / CV. Otros usos Industriales 84,13 / Litro / seg. Industrias con Refrigeración 3,89 / Litro / seg. Piscifactorías 2,33 / Litro / seg. Molinos 0,16 / Litro / seg. TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS MEDINA DE RIOSECO, TORDEHUMOS, VILLABRAGIMA, VILLAGARCIA DE CAMPOS. 12C18 - Canal de Castilla (Ramal Sur) Regadíos 37,95 / Ha. Abastecimientos 205,31 / Litro / seg. Usos Industriales 3,80 / CV. Otros usos Industriales 205,31 / Litro / seg. Industrias con Refrigeración 9,49 / Litro / seg. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 6 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO Piscifactorías 5,69 / Litro / seg. Molinos 0,38 / Litro / seg. TÉRMINOS MUNICIPALES AFECTADOS CABEZON DE PISUERGA, CIGALES, CORCOS DEL VALLE, CUBILLAS DE SANTA MARTA, FUENSALDAÑA, TRIGUEROS DEL VALLE, VALLADOLID. CONDICIONES DE APLICACIÓN 1 ª.-Estas Tarifas por Ha. y única en cada zona, para toda clase de cultivos, se aplican a toda la superficie incluida dentro de cada una de las zonas regables detalladas, que sea apta para riego y esté dominada por acequias primarias, aunque no se utilice el agua. 2 ª.-A estos valores se sumará el valor del Canon correspondiente al tramo de Río al que está asignado dicho canal. 3 ª.-En los casos en que la liquidación se efectúe individualmente por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, se establecerá un mínimo de 6,01 por liquidación cuando resulte un valor inferior al aplicar la Tarifa. 4 ª.-Las liquidaciones que se practiquen (tarifa + canon) se incrementarán, cuando

7 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 7 proceda, con la Tasa por explotación de obras y servicios. 5 ª.-Las propuestas de estas Tarifas, han sido presentadas en las Juntas de Explotación del Carrión celebrada en Palencia, el día 6 de julio de ª.-Los estudios y justificaciones de estas Tarifas obran en poder de los representantes de los regantes y pueden examinarse en el Área de Explotación de la Confederación Hidrográfica del Duero. En el cálculo de los mismos se han tenido en cuenta las aportaciones de los fondos europeos a las infraestructuras hidráulicas del Estado en el marco territorial de los programas operativos de Castilla y León (periodos y ) de acuerdo con los criterios establecidos en la resolución de la Presidencia de 14 de septiembre de 2016, corregida por otra de 20 de septiembre de 2016, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la página web del organismo ( Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para que durante el plazo de QUINCE (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados pueden presentar, dentro de dicho plazo, las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General de la Confederación Hidrográfica del Duero C/Muro, 5, Valladolid o cualquiera de las Dependencias a que se refiere el Art de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E ). En Valladolid, a 6 de septiembre de El Director Técnico.-Fdo.: Alfredo González González. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 sección: I.-ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Pág. 7 organismo: MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE - CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

8 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 8 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA Departamento de Gestión de Recursos Humanos Visto el expediente PER-530/2016, relativo a la convocatoria para la provisión, mediante acceso libre, de 3 plazas de Trabajador Social, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2016, en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid del que resultan los siguientes Antecedentes de Hecho: Primero.- Con fecha 21 de octubre de 2016 fueron publicadas en el BOP las bases para la provisión de tres plazas de Trabajador Social, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2016, en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, pertenecientes a la Escala de Administración Epecial, Subescala Técnica, Grupo A, Subgrupo A2 de titulación de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 8 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID Segundo.- Finalizado el proceso selectivo, por Decreto número 5379, de fecha 20 de julio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 14 de agosto de 2017, se aprobó e hizo pública la relación definitiva de aspirantes que han superado el citado proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, así como la relación de puestos vacantes a ofertar a los mismos, al objeto de que, en el plazo de veinte días naturales a contar del de la publicación de dicha relación en el Boletín Oficial de la Provincia, aportasen la documentación exigida en la Base Decimoquinta de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Valladolid, para la selección del personal funcionario, aprobadas por Decreto 5876, de 7 de septiembre de 2016, y presentaran su solicitud de adjudicación de destino. TERCERO.-Se ha procedido por las personas incluidas en la relación a la que se refiere el apartado precedente a la aportación de la documentación requerida en la citada Base Decimoquinta, habiendo solicitado, según su orden de preferencia, la adjudicación de destino entre los puestos vacantes ofertados. Fundamentos de Derecho Primero.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo.Sr. Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo i de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el 136 del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, por Decreto de Alcaldía núm. 1544, de fecha 7 de marzo de 2017.

9 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 9 Segundo.-De conformidad con la Base Decimoséptima de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Valladolid, para la selección del personal funcionario, aprobadas por Decreto 5876, de 7 de septiembre de 2016, concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios de carrera por el titular del órgano competente en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la relación de aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho expuestos y, de conformidad con lo previsto en los arts. 25 y 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado RESUELVO: 1º.-Nombrar funcionarias de carrera en la categoría de Trabajador Social, perteneciente a la Subescala Técnica de la Escala de Administración Especial, Grupo A2, Nivel 20, del Ayuntamiento de Valladolid, a las aspirantes que a continuación se relacionan, adjudicándoles el destino que se indica conforme al número de orden obtenido en la fase de oposición de las pruebas selectivas realizadas. APELLIDOS Y NOMBRE DNI PUESTO SERVICIO DENOMINACIÓN COTERILLO PATRICIA DIEZ, L 5445 Servicio de Iniciativas Sociales. RESPONSABLE DE CENTROS DE PERSONAS MAYORES MARTÍNEZ BERTA IGLESIAS, W 5443 Servicio de Iniciativas Sociales. RESPONSABLE DE CENTROS DE PERSONAS MAYORES RUIZ GONZÁLEZ, MÓNICA W 5442 Servicio de Iniciativas Sociales. RESPONSABLE DE CENTROS DE PERSONAS MAYORES cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 9 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID 2º.-Las aspirantes nombradas deberán tomar posesión de los destinos asignados dentro del plazo establecido y prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución y del resto del Ordenamiento Jurídico, teniéndoselas, en caso contrario, por decaídas de su derecho a ser nombradas funcionarias de carrera. 3º.-Las aspirantes nombradas percibirán las retribuciones establecidas para los destinos asignados en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid y Fundaciones Municipales, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 10/231.1/120 y 121 del Presupuesto Muncipal. 4º.-Proceder a la publicación del citado nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. Valladolid, 19 de septiembre de El Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica.- Fdo.: Antonio Gato Casado.- Decreto núm. 6619, de fecha 4 de septiembre de 2017.

10 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 10 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA Departamento de Gestión de Recursos Humanos Visto el expediente PER-526/2016, relativo a la convocatoria para la provisión, mediante acceso libre, de 4 plazas de Auxiliar Administrativo, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2016, en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid del que resultan los siguientes Antecedentes de Hecho: PRIMERO.-Con fecha 21 de octubre de 2016 fueron publicadas en el BOP las bases para la provisión de tres plazas de Auxiliar Administrativo, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2016, en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, pertenecientes a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C, Subgrupo C2 de titulación de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 10 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID SEGUNDO.-Finalizado el proceso selectivo, por Decreto número 5386, de fecha 20 de julio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 14 de agosto de 2017, se aprobó e hizo pública la relación definitiva de aspirantes que han superado el citado proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, así como la relación de puestos vacantes a ofertar a los mismos, al objeto de que, en el plazo de veinte días naturales a contar del de la publicación de dicha relación en el Boletín Oficial de la Provincia, aportasen la documentación exigida en la Base Decimoquinta de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Valladolid, para la selección del personal funcionario, aprobadas por Decreto 5876, de 7 de septiembre de 2016, y presentaran su solicitud de adjudicación de destino. TERCERO.-Se ha procedido por las personas incluidas en la relación a la que se refiere el apartado precedente a la aportación de la documentación requerida en la citada Base Decimoquinta, habiendo solicitado, según su orden de preferencia, la adjudicación de destino entre los puestos vacantes ofertados. Fundamentos de Derecho PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo.Sr. Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo i de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el 136 del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, por Decreto de

11 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 11 Alcaldía núm. 1544, de fecha 7 de marzo de SEGUNDO.-De conformidad con la Base Decimoséptima de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Valladolid, para la selección del personal funcionario, aprobadas por Decreto 5876, de 7 de septiembre de 2016, concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios de carrera por el titular del órgano competente en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la relación de aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho expuestos y, de conformidad con lo previsto en los arts. 25 y 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado RESUELVO: 1º.-Nombrar funcionarias de carrera en la categoría de Auxiliar Administrativo, perteneciente a la Subescala Auxiliar de la Escala de Administración General, Grupo C2, Nivel 14, del Ayuntamiento de Valladolid, a las aspirantes que a continuación se relacionan, adjudicándolas el destino que se indica conforme al número de orden obtenido en la fase de oposición de las pruebas selectivas realizadas. APELLIDOS Y NOMBRE DNI PUESTO SERVICIO DENOMINACIÓN CALAVERAS GONZÁLEZ, IRIS GUTIÉRREZ PERALES, EVA Mª B 5718 Secretaría Ejecutiva del Área de Educación, Infancia e Igualdad AUXILIAR ADMINISTRATIVO Z 261 Servicio de Gestión de Ingresos del Área de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica. AUXILIAR ADMINISTRATIVO cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 11 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID ROSA RODRÍGUEZ, SARA de la Y 5713 Servicio de Limpieza del Área de Medio Ambiente y Sostenibilidad AUXILIAR ADMINISTRATIVO 2º.-Las aspirantes nombradas deberán tomar posesión de los destinos asignados dentro del plazo establecido y prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución y del resto del Ordenamiento Jurídico, teniéndoselas, en caso contrario, por decaídas de su derecho a ser nombradas funcionarias de carrera. 3º.-Las aspirantes nombradas percibirán las retribuciones establecidas para los destinos asignados en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid y Fundaciones Municipales, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 09/320.2, 04/932.1 y 07/163.1/120 y 121, respectivamente, del Presupuesto Muncipal. 4º.-Proceder a la publicación del citado nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. Valladolid, 19 de septiembre de El Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica.-Fdo.: Antonio Gato Casado.- Decreto núm. 6620, de fecha 4 de septiembre de 2017.

12 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 12 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID CONCEJALÍA DE HACIENDA, FUNCIÓN PÚBLICA Y PROMOCIÓN ECONÓMICA Departamento de Gestión de Recursos Humanos Visto el expediente PER-535/2016, relativo a la convocatoria para la provisión, mediante acceso libre, de 2 plazas de Técnico Auxiliar en Bibliología y Archivística, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2016, en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid del que resultan los siguientes Antecedentes de Hecho: PRIMERO.-Con fecha 21 de octubre de 2016 fueron publicadas en el BOP las bases para la provisión de dos plazas de Técnico Auxiliar en Bibliología y Archivística, correspondientes a la Oferta de Empleo Público 2016, en la plantilla del Ayuntamiento de Valladolid, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo C, Subgrupo C1 de titulación de los establecidos en el artículo 76 en relación con la Disposición Transitoria Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 12 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID SEGUNDO.-Finalizado el proceso selectivo, por Decreto número 5410, de fecha 17 de julio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid de 14 de agosto de 2017, se aprobó e hizo pública la relación definitiva de aspirantes que han superado el citado proceso selectivo por el orden de puntuación obtenido, así como la relación de puestos vacantes a ofertar a los mismos, al objeto de que, en el plazo de veinte días naturales a contar del de la publicación de dicha relación en el Boletín Oficial de la Provincia, aportasen la documentación exigida en la Base Decimoquinta de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Valladolid, para la selección del personal funcionario, aprobadas por Decreto 5876, de 7 de septiembre de 2016, y presentaran su solicitud de adjudicación de destino. TERCERO.-Se ha procedido por las personas incluidas en la relación a la que se refiere el apartado precedente a la aportación de la documentación requerida en la citada Base Decimoquinta, habiendo solicitado, según su orden de preferencia, la adjudicación de destino entre los puestos vacantes ofertados. Fundamentos de Derecho PRIMERO.-Corresponde la competencia para dictar la presente Resolución al Excmo.Sr. Alcalde, en virtud de lo establecido en el artículo i de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el 136 del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, habiéndose delegado dicha competencia en el Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica, por Decreto de

13 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 13 Alcaldía núm. 1544, de fecha 7 de marzo de SEGUNDO.-De conformidad con la Base Decimoséptima de las Bases Generales por las que se rigen los procesos selectivos que convoca el Ayuntamiento de Valladolid, para la selección del personal funcionario, aprobadas por Decreto 5876, de 7 de septiembre de 2016, concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y aporten la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados funcionarios de carrera por el titular del órgano competente en el plazo máximo de un mes desde la publicación de la relación de aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. En vista de lo cual, atendidos los Antecedentes de Hecho y Fundamentos de Derecho expuestos y, de conformidad con lo previsto en los arts. 25 y 26 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado RESUELVO: 1º.-Nombrar funcionarias de carrera en la categoría de Técnico Auxiliar en Bibliología y Archivística, perteneciente a la Subescala Técnica de la Escala de Administración Especial, Grupo C1, Nivel 18, del Ayuntamiento de Valladolid, a las aspirantes que a continuación se relacionan, adjudicándoles el destino que se indica conforme al número de orden obtenido en la fase de oposición de las pruebas selectivas realizadas. APELLIDOS Y NOMBRE DNI PUESTO SERVICIO DENOMINACIÓN TAPIA VEGANZONES, Mª ÁNGELES Y 5145 Centro de Bibliotecas Municipales del Servicio de Educación TÉCNICO AUXILIAR BIBLIOLOGÍA Y ARCHIVÍSTICA POZO SÁIZ, YOLANDA del Q 5344 Centro de Bibliotecas Municipales del Servicio de Educación TÉCNICO AUXILIAR BIBLIOLOGÍA Y ARCHIVÍSTICA cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 13 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID 2º.-Las aspirantes nombradas deberán tomar posesión de los destinos asignados dentro del plazo establecido y prestar juramento o promesa de acatamiento de la Constitución y del resto del Ordenamiento Jurídico, teniéndoselas, en caso contrario, por decaídas de su derecho a ser nombradas funcionarias de carrera. 3º.-Las aspirantes nombradas percibirán las retribuciones establecidas para los destinos asignados en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Valladolid y Fundaciones Municipales, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 06/332.1/120 y 121 del Presupuesto Muncipal. 4º.-Proceder a la publicación del citado nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid. Valladolid, 19 de septiembre de El Concejal Delegado de Hacienda, Función Pública y Promoción Económica.-Fdo.: Antonio Gato Casado.- Decreto núm. 6621, de fecha 4 de septiembre de 2017.

14 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 14 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA En el Departamento de Gestión Presupuestaria y Financiera esta Fundación Municipal de Cultura, estará expuesto al público, a efectos de reclamaciones, durante el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente, también habil, de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, el expediente de modificación presupuestaria número 2 formado dentro del Presupuesto Municipal actual. Valladolid a 14 de septiembre de La Presidenta delegada de la Fundación Municipal de Cultura (Decreto de Alcaldía nº 6333, de 17 de junio de 2015).-Fdo.: Ana Mª Redondo García. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID - FUNDACION MUNICIPAL DE CULTURA Pág. 14

15 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 15 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID FUNDACION MUNICIPAL DE DEPORTES En la Oficina Presupuestaria de la Fundación Municipal de Deportes, estará expuesto al público, a efectos de reclamaciones, durante el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente, también hábil, de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, el expediente de modificación presupuestaria número 3, formado dentro del Presupuesto de la Fundación Municipal de Deportes actual. Valladolid, a 20 de septiembre de El Presidente Delegado de la Fundación Municipal de Deportes - Fdo.: Alberto Bustos García - (Decreto 6333 de 17 de junio de 2015). cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE VALLADOLID - FUNDACION MUNICIPAL DE DEPORTES Pág. 15

16 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 16 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN Aprobado definitivamente el expediente de modificación al presupuesto de gastos por Créditos Extraordinarios se hace público el contenido de la modificación tal y como a continuación se indica: Modificar el presupuesto de gastos creando Crédito Extraordinario en las siguientes aplicaciones: Nº Funcional Nº Económico Explicación Crédito actual Crédito extraordinario Crédito total Reparación y Mantenimiento de la Red de Alcantarillado La Financiación de este Crédito Extraordinario se hará con cargo a los siguientes recursos: Explicación Importe Remanente líquido de Tesorería Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio y ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se considere conveniente. Alcazarén, a 12 de septiembre de El Alcalde.-Fdo.: Ana Isabel Catalina López cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN Pág. 16

17 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 17 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN Por acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento de fecha 6/julio/20017, se aprobó inicialmente el expediente de imposición y ordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de la aportación municipal a las obras de URBANIZACIÓN DE LA CALLE NUEVA. Dicho expediente ha permanecido expuesto al público durante 30 días hábiles, en las dependencias municipales, publicándose anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, nº 146 de fecha 1/agosto/2017. Durante el periodo de exposición pública al que fue sometido el presente expediente, NO se registró ninguna reclamación contra la aprobación de la imposición y ordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de la aportación municipal a las obras de URBANIZACIÓN DE LA CALLE NUEVA, por lo que de acuerdo con lo establecido en el art del Real Decreto-Legislativo2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (TRLRHL), se eleva este acuerdo de aprobación provisional a definitivo. En consecuencia y según lo establecido en el art del TRLRHL, se hace pública la aprobación definitiva del expediente de imposición y ordenación de Contribuciones Especiales para la financiación de la aportación municipal a las obras de URBANIZACIÓN DE LA CALLE NUEVA, según los siguientes criterios: -Coste total previsto de la obra o Servicio ,44 Euros. -Cantidad que el Ayuntamiento soporta del citado coste total 7.292,62 Euros. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 17 organismo: AYUNTAMIENTO DE ALCAZARÉN -De la cantidad indicada en el apartado anterior se financia con Contribuciones Especiales 1.872,00 Euros, lo que supone el 25,669 %. -Criterios de reparto: METROS LINEALES DE FACHADA. Contra el anterior acuerdo, elevado a definitivo, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Alcazarén a 17 de julio de La Alcaldesa-Fdo.: Ana Isabel Catalina López.

18 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 18 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA CONTRATACIÓN Mediante Resolución de Alcaldía nº 2017/2205, de 26 de junio, se adjudicó el contrato de gestión de servicio público del Centro deportivo La Almendrera de Arroyo de la Encomienda, en modalidad de concesión, lo que se publica a los efectos del artículo 154 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. 1.-Entidad adjudicadora: a).organismo: Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda. b).ependencia que tramita el expediente: Contratación. c).número de expediente: 2016/17 (PA). d).dirección de internet del perfil de contratante: perfildecontratante.sede.diputaciondevalladolid.es. 2.-Objeto del contrato. a).tipo de contrato: Gestión de servicio público, en régimen de concesión. b).descripción: Gestión del servicio del Centro deportivo La Almendrera. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 18 organismo: AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA 3.-Tramitación y procedimiento. a).tramitación: Ordinaria. b).procedimiento: Procedimiento abierto. 4.-Presupuesto adjudicación: 3.000,00 euros/ anuales. 5.-Formalización. Fecha: 4 de agosto de Adjudicatario: Depor4 Siglo XXI, S.A. Lo que se hace público para general conocimiento. En Arroyo de la Encomienda a, 13 de septiembre de El Alcalde.-Fdo: José Manuel Barrio Marco.

19 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 19 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2017, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastos nº 4/2017 por suplementos de crédito. En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dicho expediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a sus derechos. En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso produciendo efectos desde la fecha de la aprobación provisional una vez que se haya publicado íntegramente. Lo que se hace público para general conocimiento. En Funsaldaña, a 20 de septiembre de El Alcalde.-Fdo.:Victor Manuel Sanz De Diego cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Pág. 19

20 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 20 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2017, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastos nº 5/2017 por créditos extraordinarios. En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dicho expediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a sus derechos. En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso produciendo efectos desde la fecha de la aprobación provisional una vez que se haya publicado íntegramente. Lo que se hace público para general conocimiento. En Fuensaldaña a 20 de septiembre de El Alcalde.-Fdo.: Víctor Manuel Sanz De Diego. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Pág. 20

21 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 21 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Por Acuerdo del Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 19 de septiembre de 2017, se aprobó provisionalmente el expediente de modificación al presupuesto de gastos nº 6/2017 por suplementos de crédito. En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 y38 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, dicho expediente se expone al público en la Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio, a efectos de que los interesados puedan presentar las reclamaciones que consideren oportunas a sus derechos. En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazo indicado el expediente se entenderá aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso produciendo efectos desde la fecha de la aprobación provisional una vez que se haya publicado íntegramente. Lo que se hace público para general conocimiento. En Fuensaldaña a 20 de septiembre de El Alcalde.-Fdo.: Víctor Manuel Sanz De Diego. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE FUENSALDAÑA Pág. 21

22 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 22 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA De conformidad con lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, se hace público el presupuesto general de este Ayuntamiento para el ejercicio 2017, resumido por capítulos: INGRESOS CAPÍTULO EUROS 1.- Impuestos directos , Tasas, precios públicos y otros ingresos , Transferencias corrientes , Ingresos patrimoniales 9.680, Transferencias de capital ,00 TOTAL INGRESOS ,00 GASTOS CAPÍTULO EUROS 1.- Gastos de personal , Gastos corrientes en bienes y servicios ,00 cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 22 organismo: AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA 3.- Gastos financieros 70, Transferencias corrientes , Inversiones reales , Pasivos financieros 700,00 TOTAL GASTOS ,00 La aprobación definitiva del presupuesto podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa con los requisitos y formalidades, y por las causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha Jurisdicción. En Gallegos de Hornija, a 12 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Álvaro Correjes García.

23 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 23 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA De conformidad con lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, no habiéndose presentado reclamación alguna durante el periodo de exposición pública, se procede a publicar el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por el servicio de suministro de agua a domicilio, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 29 de junio de 2017, relativa a los apartados 1 y 2 de su artículo 6 (cuota tributaria), del siguiente tenor literal: 1.-La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o, autorización de acometida a la red de agua, se exigirá por una sola vez, y consistirá en una cantidad fija en función del número de viviendas de acuerdo con la siguiente tarifa: Por cada nueva acometida a la red general de agua o, desprecintado de la ya existente, pero sin servicio, abonará el solicitante 260 euros. 2.-La cuota tributaria a exigir por la prestación del servicio de suministro de agua, se determinará en función de los metros cúbicos consumidos aplicando la siguiente tarifa: -Mínimo de 15 m3 al trimestre.. 5,00 euros. -Por cada m3 de exceso 0,33 euros. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 23 organismo: AYUNTAMIENTO DE GALLEGOS DE HORNIJA De acuerdo con lo preceptuado en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, contra la presente modificación se podrá interponer, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dichas Jurisdicción. En Gallegos de Hornija, a 12 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Álvaro Correjes García.

24 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 24 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MURIEL DE ZAPARDIEL Rendida la Cuenta General correspondiente al ejercicio económico de 2016 en que consta la documentación prevista en las reglas 224 y siguientes de la Instrucción de Contabilidad Simplificada, el informe de intervención y el Dictamen favorable de la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público por término de quince días hábiles a fin de que durante dicho plazo y ocho días mas, puedan formularse contra la misma las reclamaciones, reparos u observaciones que se estimen convenientes. Muriel de Zapardiel, 18 de septiembre de El Alcalde.-Fdo.: Juan Manuel Pastor Vara. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE MURIEL DE ZAPARDIEL Pág. 24

25 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 25 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE MURIEL DE ZAPARDIEL Para dar cumplimiento a lo establecido en los arts. 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se hace saber a todos los vecinos de este municipio que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León el nombramiento de vecinos de este municipio para ocupar el cargo de : -JUEZ DE PAZ SUSTITUTO Los interesados en este nombramiento deberán presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de treinta días naturales, acompañada de los documentos siguientes: -Informe de conducta,expedido por la autoridad local, en los que conste que no se ha cometido acto alguno que le haga desmerecer en el concepto público, y cualquier otro documento acreditativo de sus méritos o de los títulos que posea. -Certificado de Empadronamiento. Quien lo solicite será informado en este Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder ostentar dichos cargos, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar los mismos. Muriel de Zapardiel, 18 de septiembre de El Alcalde.-Fdo.: Juan Manuel Pastor Vara. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 organismo: AYUNTAMIENTO DE MURIEL DE ZAPARDIEL Pág. 25

26 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 26 III.-ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTO DE SIMANCAS Intervención Una vez que se ha elevado a definitivo por ausencia de reclamaciones, el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Simancas de fecha 25 de mayo de 2017 (publicado en el BOP nº 118 de fecha 22 de junio de 2017), relativo a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal nº 2.15 reguladora de la Tasa por la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales de carácter público para el ejercicio 2017, de conformidad con lo establecido en el art del RDL. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público el acuerdo definitivo así como el texto íntegro en el anexo de la Ordenanza Fiscal que sufre variación. Se hace constar que contra este acto administrativo de aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza Fiscal nº 2.15 reguladora de la Tasa por la utilización temporal o esporádica de edificios, locales e instalaciones municipales de carácter público para el ejercicio 2017, cabe interponer de conformidad con lo previsto en el artículo 19.1 del RDL 2/2004 de 5 de marzo, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sita en Valladolid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo ejercitar los interesados cualquier otro recurso que estime oportuno. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 26 organismo: AYUNTAMIENTO DE SIMANCAS Anexo: la modificación de la presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, salvo que en esa fecha no se hubieran cumplimentado los trámites y plazos previstos en la legislación aplicable para ello, en cuyo caso la vigencia se determinará a partir del día siguiente hábil a la terminación del procedimiento legalmente establecido y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa. Simancas, a 25 de septiembre de El Alcalde.- Fdo.: Alberto Plaza Martín.

27 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 27 Anexo: la modificación de la presente Ordenanza Fiscal entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, salvo que en esa fecha no se hubieran cumplimentado los trámites y plazos previstos en la legislación aplicable para ello, en cuyo caso la vigencia se determinará a partir del día siguiente hábil a la terminación del procedimiento legalmente establecido y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa. ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN TEMPORAL O ESPORÁDICA DE EDIFICIOS, LOCALES E INSTALACIONES MUNICIPALES DE CARÁCTER PÚBLICO. TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Fundamento legal y objeto En uso de las facultades concedidas por los artículos y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por utilización privativa, esporádica o temporal, de edificios, locales e instalaciones públicas municipales. Artículo 2.- Ámbito de aplicación Las normas de la presente Ordenanza serán de aplicación a todos los edificios, locales e instalaciones municipales de carácter público susceptibles de utilización por particulares, empresas y asociaciones, siempre que no cuenten con una Ordenanza específica del mismo objeto o la utilización del local, edificio o instalación estuviere regulada por un contrato o convenio específico. cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 27 organismo: AYUNTAMIENTO DE SIMANCAS Del mismo modo, queda fuera del ámbito objetivo de la presente Ordenanza la utilización de locales, edificios o instalaciones municipales cuando esta estuviere regulada por ley. Artículo 3.- Requisitos de los solicitantes El solicitante deberá: - Ser mayor de edad - Estar en plena posesión de sus capacidades físicas y psíquicas El uso temporal o esporádico de los edificios, locales e instalaciones municipales, podrán ser solicitados por los particulares, autónomos, empresas y/o asociaciones para llevar a cabo en ellos exposiciones, reuniones, celebraciones privadas u otros actos debidamente autorizados siempre y cuando de ellos se haga un uso responsable. TÍTULO II. NORMAS REGULADORAS DE LA UTILIZACIÓN DE LOS EDIFICIOS Y LOCALES MUNICIPALES Artículo 4.- Solicitudes

28 Núm. 184 Martes, 26 de septiembre de 2017 Pág. 28 Los interesados en la utilización de edificios y locales municipales, deberán obtener autorización del Ayuntamiento con carácter previo. El Ayuntamiento tendrá prioridad en la utilización de los mismos, aun cuando el uso de éstos haya sido cedido temporalmente, debiendo avisar al beneficiario con la antelación mínima suficiente necesaria. En la instancia se hará constar, además de los datos preceptivos según la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, los siguientes extremos: - Datos del solicitante - Duración del uso (días/horas) - Lista de actividades a realizar - Número de ocupantes - Finalidad - Motivos de la solicitud Previa a la concesión de la autorización, la Alcaldía o Concejalía Delegada podrá solicitar cuantos documentos, informes o aclaraciones complementarias considere oportuno. Cuando sean varios los solicitantes, la comunicación se dirigirá, en el desarrollo de las relaciones que puedan derivarse de la utilización, a la persona que se designe expresamente a tal efecto, o en su defecto, al primero de los solicitantes. Artículo 5.- Deberes de los Usuarios Los usuarios deberán: cve: BOPVA-A Martes, 26 de septiembre de 2017 Núm. 184 Pág. 28 organismo: AYUNTAMIENTO DE SIMANCAS - Cuidar de los locales y del mobiliario de los mismos con la debida diligencia y civismo. - Cualquier usuario que advirtiese alguna deficiencia o deterioro, deberá ponerlo en conocimiento del Ayuntamiento, por escrito y con carácter previo al inicio de la utilización. - Los daños causados en los locales o elementos utilizados, serán responsabilidad del titular de la autorización y el Ayuntamiento podrá exigir su reparación. - Los usuarios de edificios, locales o instalaciones municipales, velarán por su limpieza y orden. Después de cada periodo diario de uso procederán a su limpieza y ordenación del mobiliario y elementos interiores, de forma que puedan ser inmediatamente utilizados al día siguiente. Artículo 6.- Prohibiciones Estarán prohibidas las siguientes actuaciones en el uso de locales municipales: - El uso de los locales para otra finalidad distinta a la autorizada.

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