EXTRACTO DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 17 DE MARZO DE 2016:

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1 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO SECRETARIA EXTRACTO DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO EL DÍA 17 DE MARZO DE 2016: I.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 18 DE FEBRERO DE El Ayuntamiento Pleno, acuerda por unanimidad, aprobar el borrador del acta de la sesión plenaria celebrada el día 18 de febrero de II.- INFORME DE DESPLAZAMIENTOS DE MIEMBROS DEL EQUIPO DE GOBIERNO. El Ayuntamiento Pleno se da por enterado de los desplazamientos efectuados por los miembros del Equipo de Gobierno, durante los meses de febrero y marzo del año en curso, de los que da cuenta la Sra. Alcaldesa. III.-CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES ADOPTADAS POR LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA EN EL MES DE FEBRERO DE El Ayuntamiento Pleno se da por enterado de las resoluciones dictadas por la Alcaldía-Presidencia en el mes de febrero de IV.-ACUERDO A ADOPTAR EN RELACIÓN CON CONCESIÓN DE DISTINCIÓN HONORÍFICA A TÍTULO DE HIJO PREDILECTO DE TOMELLOSO A D. ANTONIO LÓPEZ GARCÍA. Emitido dictamen por la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Festejos, Juventud y Turismo. Considerando constatados suficientemente los méritos para la concesión de distinción honorífica y conforme a lo previsto en el artículo 27 del vigente Reglamento Municipal de Protocolo, Honores, Distinciones y Ceremonial del Ayuntamiento de Tomelloso. El Ayuntamiento Pleno, previo dictamen de la Comisión de Educación, Cultura, Festejos, Juventud y Turismo, por unanimidad de los Concejales/as. presentes, acuerda: -Conceder la distinción de Hijo Predilecto de Tomelloso al pintor Tomellosero D. Antonio López García por su labor en el ámbito artístico, cultural y social, en beneficio de la localidad y contribución a las artes plásticas en el ámbito Internacional. 1

2 V.-ACUERDO A ADOPTAR EN RELACIÓN CON CONCESIÓN DE DISTINCIÓN HONORÍFICA A TÍTULO DE HIJO ADOPTIVO DE TOMELLOSO A D. FÉLIX GRANDE LARA. Emitido dictamen por la Comisión Informativa de Educación, Cultura, Festejos, Juventud y Turismo. Considerando constatados suficientemente los méritos para la concesión de distinción honorífica y conforme a lo previsto en el artículo 27 del vigente Reglamento Municipal de Protocolo, Honores, Distinciones y Ceremonial del Ayuntamiento de Tomelloso. El Ayuntamiento Pleno, previo dictamen de la Comisión de Educación, Cultura, Festejos, Juventud y Turismo, por unanimidad de los Concejales/as. presentes, acuerda: -Conceder la distinción a título póstumo de Hijo Adoptivo de Tomelloso al escritor D. Félix Grande Lara, por su contribución a la Literatura Hispánica del Siglo XX. VI.-ACUERDOS A ADOPTAR EN RELACIÓN CON SOLICITUD DE CESIÓN DE TRAMO URBANO DE LA CARRETERA CM En relación con solicitud de cesión de tramo urbano de la carretera CM-3103, entre el cruce con N-310ª y la Plaza de España, y teniendo en cuenta los siguientes ANTECEDENTES: 1º.- Que mediante escrito remitido por éste Ayuntamiento al Director General de Carreteras y Transporte de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en fecha 2/2/2016, se solicitó la cesión del vial denominado Avda. Virgen de las Viñas y tramo de calle Socuéllamos hasta Plaza de España. 2º.- Que con fecha 24/02/2016, se ha remitido escrito del Director General de Carreteras y Transportes de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el que se señala que: ( ) es un tramo urbano, completamente asimilado en el casco urbano, edificado a ambas márgenes, usos residenciales y espacios comerciales. En virtud del artículo 43 de la Ley 9/1990 de 28 de Diciembre, de Carreteras y Caminos, el cual determina que para aquellos tramos de carretera o de travesía, que soporten un tráfico fundamentalmente urbano o presten acceso a los núcleos de población como consecuencia de la construcción de una variante de población o itinerario alternativo, podrán ser cedidos a los Ayuntamientos por acuerdo de Consejo de Gobierno o por Resolución del Consejero/a en el caso de que la Variante de población sea de titularidad de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, no existe inconveniente por parte de esta Dirección General en iniciar los trámites para la cesión del tramo de travesía al cual te refieres. Para ello se deberá cursar a través de la Dirección Provincial de Ciudad Real, la solicitud de cambio de titularidad de este tramo de carretera entre la intersección con la N-310 y Plaza de España, acordado en 2

3 sesión plenaria; siendo necesario que el acuerdo plenario contenga de forma expresa que se faculta al Alcalde para la firma del Convenio de Cesión. Desde un punto de vista de la red regional de carreteras, el tramo en cuestión, así como el resto del tramo urbano de la carretera CM-3103 que atraviesa la localidad de Tomelloso hasta el enlace con la Autovía del Estado A-43, perdió su funcionalidad al utilizar el tráfico de largo recorrido (dirección Norte-Sur) las autovías CM-42 y A-43, evitando así atravesar el municipio (...) CONSIDERANDO: Lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 9/1990 de 28 de Diciembre, de Carreteras y Caminos de Castilla-La Mancha. El Ayuntamiento Pleno, previo dictamen de la Comisión de Modelo de Ciudad, por unanimidad, acuerda: 1º.- Solicitar a la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Dirección Provincial de Ciudad Real, la cesión de la titularidad del tramo urbano de la carretera CM-3103, entre el cruce con N-310ª y la Plaza de España, que se corresponde con los viales urbanos Avenida Virgen de las Viñas y calle Socuéllamos, en el tramo comprendido entre la confluencia con la calle Madrid y la Plaza de España. 2º.- Facultar a la Sra. Alcaldesa-Presidenta para la firma del oportuno Convenio de Cesión. 3º.- Comunicar a la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, a través de la Dirección Provincial de Ciudad Real, la disposición de éste Ayuntamiento a aceptar la cesión del resto del tramo urbano de la CM-3103 (entre la Plaza de España y el final del suelo urbano), una vez se proceda previamente a su acondicionamiento por esa Consejería de Fomento. VII.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO MUNICIPAL REFERIDA AL 31 DE DICIEMBRE DE Examinado el expediente incoado sobre la rectificación del Inventario Municipal, en el que se reflejan las altas, bajas, alteraciones e inclusión de datos habidas durante el ejercicio de Vistos los arts. 32, 33 y 34 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. El Ayuntamiento Pleno, previos dictámenes de las Comisiones de Modelo de Ciudad y de Hacienda y Especial de Cuentas, por unanimidad, acuerda: 1.- Aprobar la rectificación del Inventario de Bienes y Derechos de la Corporación referida al 31 de Diciembre de 2015, tal y como está confeccionada y con el siguiente resumen: EPÍGRAFE 1.1. INMUEBLES URBANOS 3

4 ALTAS Edificio.- Pl. Mercado y Calle paralela al antiguo Mercado Por agrupación de dos parcelas colindantes entre sí que forma la finca registral nº y posterior segregación, dando lugar a la finca registral nº Aparcamiento.- Pl. Mercado y Calle paralela al antiguo Mercado Por agrupación de dos parcelas colindantes entre sí que forma la finca registral nº y posterior segregación, dando lugar a la finca registral nº Edificio OMIC.- Pl. Mercado y Calle paralela al antiguo Mercado Por agrupación de dos parcelas colindantes entre sí que forma la finca registral nº y posterior segregación, dando lugar a la finca registral nº Bar.- Pl. Mercado y Calle paralela al antiguo Mercado Por agrupación de dos parcelas colindantes entre sí que forma la finca registral nº y posterior segregación, dando lugar a la finca registral nº Edificio.- C/ Doña Crisanta, nº 116 Por agrupación de dos parcelas colindantes entre sí que constituyen la finca registral nº Solar.- Avda. Príncipe Alfonso, s/n Por segregación de m2 de la finca registral , dando lugar a la finca registral nº Pabellón Polideportivo San Antonio.- Avda. Príncipe Alfonso, s/n Por segregación de la finca registral la parcela del Pabellón, dando lugar a la finca registral nº Terreno.- C/ Peñarroya, nº 13 De 994 m2 adquirido por permuta con parcela de propiedad municipal de m2. Finca registral nº Solar.- C/ Luís Quirós, nº 6 Adjudicación administrativa de bien embargado Finca registral nº Colegio Público San Isidro.- Paseo San Isidro, nº 22 Por regularización de la parcela al estar incluido el Parque Bomberos SCISS Finca registral nº Parque de Bomberos del SCISS.- C/ Guadiana, s/n Por segregación de la finca registral nº , dando lugar a la finca registral nº ALTERACIONES Casa Consistorial Rectificación datos registrales, título y acuerdo adquisición. 2.- Colegio Público Doña Crisanta Rectificación datos registrales, título y acuerdo adquisición 3.- Museo del Carro y Bombo Construcción de Ermita de San Isidro Labrador. INCLUSION DE DATOS: Cementerio Municipal Construcción de nichos. 2.- Casa del Agricultor Cláusula primera Convenio con la Consejeria de Agricultura 4

5 3.- Colegio Público Embajadores Referencia catastral 4.- Colegio Público San Antonio Referencia catastral 5.- Centro de la Mujer Referencia catastral 6.- Colegio Público José Antonio Referencia catastral 7.- Solar contiguo al Teatro Valoración catastral 8.- Colegio Público Embajadores Datos registrales 9.- Colegio Público Doña Crisanta Datos registrales 10.- Almacén y Taller Datos registrales 11.- Solar (antigua Edar) Datos registrales Viviendas en C/ Los Olivos Datos registrales 13.- Centro de Salud II Datos documento administrativo de cesión 14.- Estadio Municipal de Deportes Denominación como Paco Gálvez RECTIFICACIONES PUNTUALES Depuradora de Aguas Residuales Inclusión datos relativos a la desafectación del servicio público. BAJAS: Edificio Servicios Municipales de Consumo y Veterinarios Salud Pública Agrupación de 2 parcelas colindantes de 2.447,68 m2 y 1,5470 m2, fincas nº y 1065, dando lugar a la finca registral nº Mercado de Abastos Agrupación de 2 parcelas colindantes de 2.447,68 m2 y 1,5470 m2, fincas nº y 1065, dando lugar a la finca registral nº Seis viviendas en antiguo Colegio Público Doña Crisanta Agrupación de 2 parcelas colindantes de m2 y 773,20 m2, fincas nº y , dando lugar a la finca registral Edificio (antiguo Colegio Público Doña Crisanta Agrupación de 2 parcelas colindantes de m2 y 773,20 m2, fincas nº y , dando lugar a la finca registral Solar en Avda. Príncipe Alfonso Segregación de la finca registral nº , Solar de m2, Pabellón y Zona Verde. 6.- Pabellón Polideportivo San Antonio Segregación de la finca registral nº , Solar de m2, Pabellón y 5

6 Zona Verde. 7.- Solar en Avda. Príncipe Alfonso Permuta del solar de m2, finca nº con solar de 994 m2, finca nº Vivienda e Invernadero Regularización por estar Integrado en Campo Municipal de Deportes, finca Registral Colegio Público San Isidro Por regularización de la parcela al estar incluido el Parque Bomberos SCISS Finca registral nº Parque de Bomberos (Servicio Contra Incendios y Salvamento) Por segregación de la finca registral nº dando lugar a la finca registral nº Viviendas Bº Nuevo Tomelloso Otorgamiento escritura de las viviendas: Bloque 4 1º A 7 3º A 10-3º B 11-1º B EPÍGRAFE 1.3. VIAS PÚBLICAS URBANAS ALTAS Plaza y calle paralela a antiguo Mercado Por segregación 2.- Zona Verde Espacio Libre 10-B Por segregación 3.- Calle del Abuelo Palancas Por cesión Estudio de Detalle 4.- Calle Lorenzo Sánchez López Por reparcelación de la U.E. del Sector 2 del PGOU 5.- Calle Pablo Moreno Cota Por reparcelación de la U.E. del Sector 2 del PGOU 6.- Avenida de los Oficios 7.- Avenida de los Caldereros 8.- Avenida de los Carreteros 9.- Avenida de los Molineros 10.- Calle de Los Ceramistas 6

7 11.- Calle de los Vidrieros 12.- Calle de Los Torneros 13.- Calle de Los Hojalateros 14.- Calle de Las Encajeras 15.- Calle de Los Alfareros 16.- Calle de Los Curtidores 17.- Calle de Las Costureras 18.- Calle de Los Orfebres 19.- Calle de Los Herreros INCLUSION DE DATOS Avenida Juan Carlos I Inclusión datos registrales 2.- Zona Verde C/ Soria, 4 Inclusión valoración catastral 3.- Calle D-1 del Sector 2 Denominación como CALLE DE LA HUERTA MARQUINA 4.- Zona Verde del Sector 6 (en c/ Bruselas) Denominación como JARDIN DE EUROPA 5.- Zona Verde en Polígono 16 Denominación como JARDIN DE LA CIUDAD DE LEPE 6.- Zona Verde del Polígono 12 Denominación como PARQUE DE LA VIRGEN DE LAS VIÑAS 7.- Calle Colectora del Sector 2 Denominación como CALLE ANTONIO JAREÑO 8.- Calle I-1 del Sector 2 Denominación como CALLE MARIA LOPEZ DE LA PARRA 9.- Zona Verde-01 Polígono Los Portales Linderos 10.- Zona Verde-02 Polígono Los Portales 7

8 Linderos 11.- Zona Verde-03 Polígono Los Portales Linderos 12.- Zona Verde-04 Polígono Los Portales Linderos 13.- Zona Verde-05 Polígono Los Portales Linderos 14.- Zona Verde-06 Polígono Los Portales Linderos BAJAS Plaza del Mercado Por agrupación de 2 parcelas que constituyen una sola finca 2.- Zona aparcamiento en Plaza del Mercado Por agrupación de 2 parcelas que constituyen una sola finca 3.- Zona Verde Espacio Libre 10-B (Parcela 123 del Polígono 22) Por segregación 4.- Calle I-2 del Sector 2 Por agrupación con la Calle D-2 del Sector 2 para constituir la Calle Lorenzo Sánchez López 5.- Calle D-2 del Sector 2 Por agrupación con la Calle I-2 del Sector 2 para constituir la Calle Lorenzo Sánchez López 6.- Calle I-3 del Sector 2 Por agrupación con la Calle D-3 del Sector 2 para constituir la Calle Pablo Moreno Cota 7.- Calle D-3 del Sector 2 Por agrupación con la Calle I-3 del Sector 2 para constituir la Calle Pablo Moreno Cota 8.- PARCELA RVIARIO Polígono Los Portales Por regularización de calles y zonas verdes EPÍGRAFE 2. DERECHOS REALES ALTAS: Inmueble propiedad de la Excma. Diputación Provincial sito en la calle Francisco Carretero, nº 8 Por cambio de epígrafe. 2.- Inmueble propiedad de la Cámara Agraria Provincial sito en la calle Campomanes nº 98. Por cambio de epígrafe. EPÍGRAFE 5. VEHÍCULOS ALTAS: Citroen C15 D Matrícula CR 9431 S Destino: Dpto. de Parques y Jardines. 8

9 2.- Dumper Ausa 150 DA - M VE Destino: Dpto. Infraestructuras 3.- Citroen Berlingo 1.9 D X Matrícula 2918 DWD Destino: Dptos. de Cultura y Festejos INCLUSION DATOS Cambio destino vehículo 0904 GJB de OMIC a Dpto. Cultura EPIGRAFE 7.. MUEBLES NO COMPRENDIDOS EN LOS EPIGRAFES ANTERIORES ALTAS: AYUNT. - EDIF. ADMINISTRATIVO - PLANTA BAJA TESORERIA AYUNT. - EDIF. ADMINISTRATIVO - PLANTA 3ª SALA SERVIDORES SISTEMA INFORMATICO GENERAL EDIFICIO POLICIA LOCAL SEGURIDAD CIUDADANA C.M.S.S. EDIFICIO PRINCIPAL SERVICIOS SOCIALES CAI LORENCETE C/ LAS DUNAS SERVICIOS EDUCATIVOS, JUVENTUD E INFANCIA CENTRO DE BARRIO DEL MORAL SERVICIOS SOCIALES COMIDA SOBRE RUEDAS SERVICIOS SOCIALES VIVIENDAS TUTELADAS SERVICIOS SOCIALES CONSERVATORIO MUNCIPAL MUSICA SERVICIOS EDUCATIVOS, JUVENTUD E INFANCIA TALLER C/ MEJICO - MECANICO URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS TALLER C/ MEJICO - HERRERO URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS TALLER C/ MEJICO - CARPINTERO URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS TALLER C/ MEJICO - ALMACEN URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS TALLER C/ MEJICO - FONTANEROS URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS TALLER C/ MEJICO - PINTORES URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURAS ELECTRICISTAS INSTALACIONES Y SERVICIOS PARQUES Y JARDINES MEDIO AMBIENTE ALMACEN C/ VALLE DE ALCUDIA MEDIO AMBIENTE CASA CULTURA UNIVERSIDAD POPULAR SERVICIOS CULTURALES CASA CULTURA - FESTEJOS SERVICIOS CULTURALES MUSEO CARRO SERVICIOS CULTURALES CUADROS, DIBUJOS, MAQUETAS, ETC. - ANEXO SERVICIOS CULTURALES RADIO MUNICIPAL PRENSA Y COMUNICACION PABELLON POLIDEPORTIVO SAN JOSE PATRONATO DEPORTES PISCINA CUBIERTA PISCINA CIUDAD PATRONATO DEPORTES 30 DEPORTIVA PABELLON CIUDAD DEPORTIVA PATRONATO DEPORTES ESCUELA DE CONDUCTORES (ANTIGUO TELECENTRO ESTACION) 26 TOTAL. BAJAS: AYUNT. - EDIF. ADMINISTRATIVO - PLANTA 3ª SALA SERVIDORES SISTEMA INFORMATICO GENERAL 38 9

10 AYUNT. EDIF. ADMINISTRATIVO SUBSOTANO 2 MANTENIMIENTO EDIFICIO POLICIA LOCAL SEGURIDAD CIUDADNA CAI MEDIODIA SERVICIOS EDUCATIVOS, JUVENTUD E INFANCIA CAI LORENCETE SERVICIOS EDUCATIVOS, JUVENTUD E INFANCIA COMIDA SOBRE RUEDAS SERVICIOS SOCIALES CLIPE PROMOCION ECONOMICA CONSERVATORIO MUNICIPAL DE MUSICA SERVICIOS EDUCATIVOS, JUVENTUD E INFANCIA ASOCIACION SANTA CECILIA SERVICIO OFICIAL SALUD PUBLICA SANIDAD TALLER C/ MEJICO - MECANICO URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURA TALLER C/ MEJICO - HERRERO URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURA TALLER C/ MEJICO - CARPINTERO URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURA TALLER C/ MEJICO - ALMACEN URBANISMO, OBRAS E INFRAESTRUCTURA PARQUES Y JARDINES MEDIO AMBIENTE AUDITORIUM MUSEO LOPEZ TORRES SERVICIOS CULTURALES BIBLIOTECA CASA CULTURA SERVICIOS CULTURALES TEATRO MUNICIPAL SERVICIOS CULTURALES DEPENDENCIAS GENERALES PATRONATO PATRONATO MUNICIPAL DEPORTES PABELLON POLIDEPORTIVO SAN JOSE PATRONATO MUNICIPAL DEPORTES CIUDAD DEPORTIVA PATRONATO MUNICIPAL DEPORTES PISCINA CUBIERTA Y PISCINA CIUDAD DEPORTIVA PATRONATO MUNICIPAL DEPORTES CIUDAD DEPORTIVA - PABELLON PATRONATO MUNICIPAL DEPORTES OFICINA ESCUELA TALLER EL BOMBO TALLER CARPINTERIA DE MADERA ESCUELA TALLER EL BOMBO ESCUELA DE CONDUCTORES PLAN EMPLEO DIPUTACION 2013 II FASE AREA DE INFRAESTRUCTURA 2 TOTAL. 323 EPIGRAFE 8. BIENES Y DERECHOS REVERTIBLES. ALTAS: Cesión en uso a la Asociación de Familiares y Amigos de Chicos/as con capacidades diferentes NADIE ES TAN FELIZ de aulas de la Ludoteca de la Calle San Antonio. 2.- Cesión a la Hermandad de Nuestro Padre Jesús de la Misericordia, el uso de la imagen de NUESTRO PADRE JESUS DE LA MISERICORDIA 3.- Cesión en uso a la Asamblea Local de Cruz Roja de Aulas del Centro de Barrio del Carmen y del Edificio sito en c/ La Rosa. 4.- Cesión en uso a la Comunidad de Regantes Canal de los Auriles, de local en planta baja de la Casa del Agricultor. 5.- Cesión en uso a la Comunidad de Regantes del Acuífero 23 de Tomelloso, de local en plantas baja de la Casa del Agricultor. 10

11 6.- Cesión en uso de la Nave nº 4 del Centro de Empresas a ZOHAIB ALI para desarrollar la actividad de Taller Mecánico de Vehículos. 7.- Cesión en uso a la Fundación Atenea de despacho en el Centro de Barrio de Embajadores. 8.- Concesión del uso privativo de bien de dominio público para la explotación de quiosco/bar en Plaza del Mercado de Abastos. 9.- Organización y realización de espectáculos taurinos en la Plaza de Toros Arrendamiento con opción de compra Vehículo Seat Altea para la Policía Local Matricula 7956 JGC 11.- Cesión en uso a la JCCM del inmueble denominado Centro de Salud II INCLUSION DE DATOS: Cesión en uso de aula a la Asociación de Familiares y Enfermos de Fibromialgia, Esclerosis y Trastornos Reumáticos y Depresivos de Tomelloso (AFIESDEP). Decreto aprobando Convenio en los mismos términos del formalizado en Cesión en uso de despacho a la Asociación de Familiares Numerosas. Decreto aprobando Convenio en los mismos términos del formalizado en Cesión en uso de terreno en Polideportivo Municipal a Repsol Butano Decreto autorizando a Gas natural Castilla-La Mancha, S.A. el paso permanente a las instalaciones de la Ciudad Deportiva. 4.- Cesión gratuita al M.E.C. de terreno para construcción de Instituto de Bachillerato en c/ Oriente final. Inclusión de datos registrales. 5.- Cesión a la JCCM de terrenos para Escuela de Capacitación Agraria- Hospital. Inclusión de datos relativos al cambio de destino de parte de terreno sito en c/ Socuellamos (Construcción Hospital) BAJAS: Concesión del uso privativo de bien de dominio público para la explotación de quiosco-bar en el Parque de la Constitución a Marquinetti Pizza Park Express, S.L. Por terminación del plazo de concesión. 11

12 2.- Concesión de suelo público para instalación y explotación de quiosco/helados y productos similares en Pº Ramón Ugena a Dª Sonia Isabel Montealegre Vázquez. Por terminación del plazo de concesión. 3.- Organización de espectáculos taurinos en la Plaza de Toros. Por terminación del plazo del servicio. 4.- Estación Depuradora de Aguas Residuales Por cese en la actividad. 5.- Cesión en uso a Esther Vanessa Ocaña Arenas de la Nave nº 3 del Centro de Empresas de Tomelloso Por renuncia del interesado 6.- Explotación del Bar de la Piscina Municipal sita en las Instalaciones Deportivas Ciudad Deportiva Tomelloso. Por resolución contrato. 7.- Cesión en uso a Alfonso Taviro Jiménez de la Nave nº 12 del Centro de Empresas de Tomelloso Por renuncia del interesado 8.- Cesión en uso a la Comunidad General de Usuarios del Acuífero 23 del Edificio Antigua Estación de Viajeros de Renfe Por terminación plazo del Convenio suscrito. 9.- Cesión en uso a la Comunidad de Regantes del Acuífero 23 de Tomelloso, de local en planta baja de la Casa del Agricultor. Por terminación plazo del Convenio suscrito Cesión en uso a la comunidad de Regantes del Canal de los Auriles, de local en planta baja de la Casa del Agricultor. Por terminación plazo del Convenio suscrito Cesión en uso a la Hermandad de Nuestro Padre Jesús de la Misericordia de Imagen. Por terminación plazo del Convenio suscrito Cesión en uso a la Asamblea Local de Cruz Roja de 3 aulas del Centro de Barrio del Carmen. Por terminación plazo del Convenio suscrito Arrendamiento con opción de compra de vehículo Peugeot 407 SW Confort 1.6 HDI FAP 110 CV, matrícula 6371 GLB para la Policía Local. No ejercitada opción de compra Arrendamiento con opción de compra del suministro y mantenimiento de 12

13 copiadora de planos digital, impresora y escáner de red para el Dpto. de urbanismo. Ejercitada opción de compra Concesión del uso privativo de bien de dominio público para la explotación de Quiosco-Bar en la Plaza del Mercado de Abastos, a D. Agustín Jiménez Rosado. Por terminación del plazo de concesión Inmueble propiedad de la Excma. Diputación Provincial sito en la calle Francisco Carretero, nº 8 Por cambio de epígrafe Inmueble propiedad de la Cámara Agraria Provincial sito en la calle Campomanes, nº 98. Por cambio de epígrafe. 2.- Que una copia de la rectificación del Inventario sea remitida al órgano competente de la Comunidad Autónoma y de la Administración del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales y art. 86 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril. VIII.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA RECTIFICACIÓN DEL INVENTARIO DEL PATRIMONIO MUNICIPAL DEL SUELO REFERIDA A 31 DE DICIEMBRE DE Examinado el expediente incoado sobre la rectificación del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo, en el que se reflejan las altas y bajas habidas durante el ejercicio de Visto el informe del Interventor Acctal. de fecha 8 de Febrero de 2016, en el que consta, en relación con el Epígrafe 3 Ingresos en Metálico del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo, las altas y bajas que se han producido durante el ejercicio Visto el artículo 7, apartado 2º del Reglamento de Gestión del Patrimonio Municipal del Suelo. El Ayuntamiento Pleno, previos dictámenes de las Comisiones de Modelo de Ciudad y de Hacienda y Especial de Cuentas, por unanimidad, acuerda: Aprobar la rectificación del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo referida al 31 de Diciembre del 2015, tal y como está confeccionada y con el siguiente resumen: EPIGRAFE 1 TERRENOS ALTAS

14 FINCA RUSTICA PARCELA 142 DEL POLIGONO 65 Superficie: m2 - Por compra. SOLAR C/ MATADERO, Nº 10 Superficie: 600 m2 Cambio de epígrafe por demolición EPIGRAFE 2 EDIFICIOS Y OTRAS CONSTRUCCIONES BAJAS CASA.- C/ MATADERO, Nº 10 Cambio de epígrafe por demolición EPIGRAFE 3 INGRESOS EN METALICO ALTAS: Ingresos por enajenaciones: - No se han producido. Inversiones del Presupuesto Municipal 2015, a las que se han adscrito los ingresos por aprovechamiento reflejados en el Patrimonio Municipal del Suelo. - No se han producido. Ingresos por aprovechamientos: - Generados en el ejercicio ,68 Euros Constitución del Patrimonio Municipal del Suelo financiado con ingresos ordinarios. - Ejercicio ,00 Euros BAJAS: Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del suelo del ejercicio 2015, financiadas con ingresos procedentes del ejercicio Compra a D. Carlos Arrarte Martínez la Parcela nº 142 del Polígono 65, colindante con el Cementerio Municipal ,57 Euros Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo financiadas con ingresos procedentes del ejercicio 2009: - Compra Parcela nº 142 del Polígono nº 85, colindante con el Cementerio Municipal ,43 Euros - Obra Civil y Ejecución Pasos Peatones Elevados C/ Campo 1 Certificación ,86 Euros - Obra Regulación Tráfico en C/ Campo 1ª Certificación y / Última ,33 Euros - Rotulación Exteriores Cementerio ZRD ,47 Euros - Suministro Arbolado ZRD 2015-Tomelloso Haciendo Ciudad IV Actuación en recinto ferial. 998,58 Euros 14

15 - Plan Asfalto Municipal 2015 Certificación nº ,26 Euros - Plan Asfalto Municipal 2015 Pavimentación Vías Públicas ,74 Euros Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo financiadas con ingresos procedentes del ejercicio 2010: - Obra Regulación Tráfico en C/ Campo 1ª Certificación y / última ,67 Euros - Obra Civil y Ejecución Pasos Peatones Elevados C/ Campo 2ª Certificación y Final (Demasía) ,90 Euros - Suministro Hormigón ZRD 2015-Tomelloso Haciendo Ciudad IV ,95 Euros - Suministro Hormigón Obra Cementerio Municipal 5.777,75 Euros - Suministro Hormigón Obras ,19 Euros - Suministro Hormigón Obra Zonas Rurales Deprimidas/ ,36 Euros - Suministro Hormigón Obra Zonas Rurales Deprimidas/15 925,65 Euros Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo financiadas con ingresos procedentes del ejercicio 2011: - No se han producido. Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo financiadas con ingresos procedentes del ejercicio 2012: - No se han producido. Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo financiadas con ingresos procedentes del ejercicio 2013: - No se han producido. Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo financiadas con ingresos procedentes del ejercicio 2014: - No se han producido. Por inversiones del Inventario del Patrimonio Municipal del Suelo financiadas con ingresos procedentes del ejercicio 2015: - No se han producido. IX.- ACUERDOS A ADOPTAR, EN RELACIÓN CON PETICIÓN DE UNA LEY REGULADORA DEL DERECHO A LA VIVIENDA QUE CUBRA LAS MEDIDAS DE MÍNIMOS PARA HACER FRENTE A LA EMERGENCIA HABITACIONAL. En relación con Moción de Apoyo para exigir una nueva Ley Reguladora del derecho a la vivienda que cubra las medidas de mínimos, para hacer frente a la emergencia habitacional. Visto el informe del Asesor Jurídico del Departamento de Bienestar Social. RESULTANDO, Que con fecha 8 de octubre de 2015, Dª Rosa Maria Paraíso Santos presenta escrito a este Ayuntamiento en el que solicita se estudie por parte de todos los partidos políticos representados en este Ayuntamiento, dicha moción. 15

16 Resultando que por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se presenta la siguiente propuesta: MOCIÓN DE APOYO PARA EXIGIR UNA NUEVA LEY REGULADORA DEL DERECHO A LA VIVIENDA QUE CUBRA LAS MEDIDAS DE MINIMOS PARA HACER FRENTE A LA EMERGENCIA HABITACIONAL. Exposición de motivos I La actual crisis económica y el aumento del paro ha impactado de manera dramática en la vida de miles de personas, que a causa de las dificultades económicas sobrevenidas no pueden cubrir sus necesidades más básicas. Esta situación ha llevado a que muchas familias no puedan hacer frente a las cuotas hipotecarias o de alquiler de su vivienda habitual. Esto se ha traducido en miles de desahucios en todo el estado español y en que centenares de personas han visto vulnerado su derecho a una vivienda digna, teniendo que afrontar situaciones de grave vulnerabilidad, precariedad extrema, pobreza y exclusión social, económica y residencial. Según datos del Consejo General del Poder Judicial desde 2007 hasta el primer trimestre del 2015 se han producido en el Estado Español ejecuciones hipotecarias, en el primer trimestre del A estas alarmantes cifras se han de sumar el aumento de las dificultades para afrontar el pago del alquiler, que cada vez afecta a más personas. El CGPJ ha contabilizado la preocupante cifra de desahucios desde el inicio de la crisis en el 2007 hasta el primer trimestre del 2015, solo en el primer trimestre del 2015 se han ejecutado desahucios. Estamos ante una situación de emergencia y vulnerabilidad habitacional que se incrementa por la existencia de un mercado de alquiler escaso, caro y preocupantemente especulativo y por la falta de un parque público de vivienda social, menos de un 2 % de la vivienda construida. Todo ello constituye una autentica anomalía en el contexto europeo. Además, como denuncia el informe Emergencia Habitacional en el estado español, elaborado por el Observatorio DESC y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, esta situación se empeora aún más por el hecho que España es el país de Europa con mas viviendas vacía, 13.7 % del parque total (3 millones y medio de pisos vacíos según el censo estatal de vivienda de 2011). El contexto descrito de vulnerabilidad y emergencia en que se encuentra gran parte de la población se está traduciendo también en un significativo aumento de las ocupaciones de vivienda. Una forma de hacer efectivo el derecho a la vivienda que aumenta el grado de vulnerabilidad social de quien se ha visto empujado a esta forma de acceso a una vivienda. También resulta alarmante el creciente número de personas afectadas por la pobreza energética, entendida como la dificultad para poder pagar las facturas de los suministros básicos de electricidad, agua y luz. Los precios de acceso y consumo de 16

17 estos suministros, que han crecido de forma exponencial, se han vuelto inasequibles para gran parte de la ciudadanía. Esta situación de emergencia social que sufren las personas en situación de vulnerabilidad contrasta de forma abrumadora con los ingentes beneficios obtenidos por las entidades financieras y las empresas suministradoras. II La Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 25) y el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en el artículo 11, reconoce el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para si y u familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho. En el marco jurídico nacional, el artículo 47 CE proclama del derecho a una vivienda digna y adecuada así como el deber de los poderes públicos de promover las condiciones necesarias y las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, y el artículo 33 declara la función social de la vivienda. El artículo 267 Tratado de la Unión Europea declara la primacía del Derecho Comunitario (STJUE 9/3/1978, Asunto 106/ 77 caso Simmenthal) que desplaza al Derecho nacional (art. 93 CE, cesión competencias en relación al art. 96 CE, los tratados internacionales celebrados formarán parte del ordenamiento interno). En relación a los anteriormente expuesto y concentrando en el ámbito que nos ocupa, la regulación del procedimiento de ejecución hipotecaria en la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil infringe la normativa comunitaria. Esta legislación es, por tanto, ilegal al ser de obligado cumplimiento por el juez nacional, adoleciendo de un vicio radical que determina su nulidad de pleno derecho. En este sentido se ha manifestado reiteradamente diferentes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Caso Aziz, caso Sánchez Morcillo y caso Monika Kusionova). En Catalunya se presentó, en el mes de julio del 2014, una iniciativa Legislativa Popular (ILP) promovida por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, la Alianza contra la Pobreza Energética y el Observatori Desc, recogiendo así un clamor de la ciudadanía preocupada por la alarmante situación de emergencia habitacional. Esta ILP es hoy una realidad. El pasado 29 de julio del 2015, el Parlament de Catalunya aprobó la Ley 24/2015 de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. Esta victoria en el ámbito autonómico nos demuestra que hacer efectivo el derecho a la vivienda es una cuestión meramente de voluntad política. La situación anteriormente relatada aconseja la redacción de la presente moción: EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO DA APOYO A LAS SIGUIENTES PROPUESTAS PRESENTADAS POR LA PLATAFORMA DE 17

18 AFECTADOS POR LA HIPOTECA Y CONSIDERA NECESARIO INCLUIR LAS SIGUIENTES MEDIDAS en una Ley reguladora del derecho a la Vivienda: 1. Medidas de segunda oportunidad. Dación de pago retroactiva y condonación de la deuda (modificación de la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil). Eliminación automática por parte de las entidades bancarias y sin previa petición del titular de las cláusulas declaradas abusivas por las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. No se podrá ejecutar la primera y única vivienda tanto de los titulares como de los avaladores para exigir su responsabilidad, en orden a considerar la vivienda habitual como un bien inembargable. Eliminación de todos los requisitos restrictivos para acceder a la moratoria de desahucios y al código guindos, salvo vivienda habitual, deudor/a de buena fe y carencia de recursos. 2. Alquiler digno La regulación del alquiler a favor de la parte más débil de los contratos de arrendamiento: los inquilinos, introduciendo mecanismos de seguridad en la tenencia, estabilidad en la renta y alargando el plazo mínimo de duración del alquiler, como mínimo hasta 5 años. Cuando el arrendatario pertenezca a un colectivo especialmente vulnerable se producirá una prórroga automática del contrato de alquiler si así lo manifiesta, que será obligada cuando el arrendador sea un banco o gran propietario de viviendas. 3. Vivienda garantizada Las entidades bancarias garantizarán un alquiler social para las personas deudoras de buena fe, y sus unidades familiares, que habiendo cedido su vivienda única y habitual en dación en pago no dispongan de alternativa habitacional. Los grandes tenedores de vivienda, en especial las entidades financieras y filiales inmobiliarias, fondos buitre, entidades de gestión de activos (incluidos los procedentes de la reestructuración bancarias y entidades inmobiliarias), garantizarán un alquiler social para las personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad que no puedan hacer frente al pago de su vivienda y no dispongan de alternativa habitacional. Las personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad que no puedan hacer frente al pago del alquiler de viviendas obtendrán ayudas que les garanticen evitar el desahucio. 18

19 En ningún caso se podrá realizar el desalojo o desahucio de personas en situación de vulnerabilidad, ya sea por impago de alquiler y ocupación en precario motivada por la falta de vivienda, sin que la administración competente garantice un realojo adecuado. En el caso de que se lleve a cabo el alquiler social en una vivienda diferente a la que reside la familia o persona en situación de vulnerabilidad, éste realojo se producirá en la zona donde éstas tengan sus redes vitales y sociales. Creación de un parque público de vivienda a través de la movilización de pisos vacíos en manos de entidades financieras y filiales inmobiliarias, fondos buitre, entidades de gestión de activos (incluidos los procedentes de la reestructuración bancarias y entidades inmobiliarias). La administración regulará mediante ley los mecanismos que posibiliten esta movilización. En todas estas medidas el precio a pagar en concepto de alquiler social no superará el 30 % de los ingresos de la unidad familiar, incluidos gastos de suministros, de acuerdo con los estándares de Naciones Unidas, siempre y cuando los ingresos familiares superen el salario mínimo profesional 648,60 ; en caso contrario el precio a pagar en concepto de alquiler será del 10 % de los ingresos y los suministros correrán a cargo de la empresas suministradoras (punto siguiente). 4. Suministros básicos Impedir los cortes de suministro básicos de agua, luz y gas de las personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad. El pago de los suministros básicos para las familias en esta situación se hará de acuerdo a la capacidad adquisitiva de la unidad familiar, siempre respetando los estándares de Naciones Unidas. Los costes asociados a garantizar este derecho y la deuda acumulada que no puedan ser cubiertos por las personas vulnerables serán asumidos por las empresas suministradoras. 5. Creación de un observatorio de la vivienda Este observatorio estaría compuesto por representantes de las instituciones y de la sociedad civil. Este observatorio será el encargado de investigar y analizar la situación de la vivienda en España. Entre sus funciones estarían hacer censos periódicos de viviendas vacías, hacer seguimiento de las políticas públicas, elaborar de informes; contaría con capacidades no solo consultivas sino también control, seguimiento, denuncia, ejecutivas y de propuesta legislativa. El Ayuntamiento Pleno, previo dictamen de la Comisión de Bienestar Social, por 16 votos a favor de los Sres. y Sras. Concejales de los Grupos PSOE, PP, IU- 19

20 Ganemos y UPyD y 4 abstenciones de los Sres. y Sras. Concejales del Grupo Ciudadanos Tomelloso, acuerda: -Dar apoyo a las propuestas presentadas por la Plataforma de afectados por la Hipoteca y considera necesario incluir las siguientes medidas en una Ley Reguladora del derecho a la Vivienda: 1. Medidas de segunda oportunidad. Dación de pago retroactiva y condonación de la deuda (modificación de la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil). Eliminación automática por parte de las entidades bancarias y sin previa petición del titular de las cláusulas declaradas abusivas por las Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. No se podrá ejecutar la primera y única vivienda tanto de los titulares como de los avaladores para exigir su responsabilidad, en orden a considerar la vivienda habitual como un bien inembargable. Eliminación de todos los requisitos restrictivos para acceder a la moratoria de desahucios y al código guindos, salvo vivienda habitual, deudor/a de buena fe y carencia de recursos. 2. Alquiler digno La regulación del alquiler a favor de la parte más débil de los contratos de arrendamiento: los inquilinos, introduciendo mecanismos de seguridad en la tenencia, estabilidad en la renta y alargando el plazo mínimo de duración del alquiler, como mínimo hasta 5 años. Cuando el arrendatario pertenezca a un colectivo especialmente vulnerable se producirá una prórroga automática del contrato de alquiler si así lo manifiesta, que será obligada cuando el arrendador sea un banco o gran propietario de viviendas. 3. Vivienda garantizada Las entidades bancarias garantizarán un alquiler social para las personas deudoras de buena fe, y sus unidades familiares, que habiendo cedido su vivienda única y habitual en dación en pago no dispongan de alternativa habitacional. Los grandes tenedores de vivienda, en especial las entidades financieras y filiales inmobiliarias, fondos buitre, entidades de gestión de activos (incluidos los procedentes de la reestructuración bancarias y entidades inmobiliarias), garantizarán un alquiler social para las personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad que no puedan hacer frente al pago de su vivienda y no dispongan de alternativa habitacional. 20

21 Las personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad que no puedan hacer frente al pago del alquiler de viviendas obtendrán ayudas que les garanticen evitar el desahucio. En ningún caso se podrá realizar el desalojo o desahucio de personas en situación de vulnerabilidad, ya sea por impago de alquiler y ocupación en precario motivada por la falta de vivienda, sin que la administración competente garantice un realojo adecuado. En el caso de que se lleve a cabo el alquiler social en una vivienda diferente a la que reside la familia o persona en situación de vulnerabilidad, éste realojo se producirá en la zona donde éstas tengan sus redes vitales y sociales. Creación de un parque público de vivienda a través de la movilización de pisos vacíos en manos de entidades financieras y filiales inmobiliarias, fondos buitre, entidades de gestión de activos (incluidos los procedentes de la reestructuración bancarias y entidades inmobiliarias). La administración regulará mediante ley los mecanismos que posibiliten esta movilización. En todas estas medidas el precio a pagar en concepto de alquiler social no superará el 30 % de los ingresos de la unidad familiar, incluidos gastos de suministros, de acuerdo con los estándares de Naciones Unidas, siempre y cuando los ingresos familiares superen el salario mínimo profesional 648,60 ; en caso contrario el precio a pagar en concepto de alquiler será del 10 % de los ingresos y los suministros correrán a cargo de la empresas suministradoras (punto siguiente). 4. Suministros básicos Impedir los cortes de suministro básicos de agua, luz y gas de las personas y unidades familiares en situación de vulnerabilidad. El pago de los suministros básicos para las familias en esta situación se hará de acuerdo a la capacidad adquisitiva de la unidad familiar, siempre respetando los estándares de Naciones Unidas. Los costes asociados a garantizar este derecho y la deuda acumulada que no puedan ser cubiertos por las personas vulnerables serán asumidos por las empresas suministradoras. 5. Creación de un observatorio de la vivienda Este observatorio estaría compuesto por representantes de las instituciones y de la sociedad civil. Este observatorio será el encargado de investigar y analizar la situación de la vivienda en España. Entre sus funciones estarían hacer censos periódicos de viviendas vacías, hacer seguimiento de las políticas públicas, elaborar de informes; contaría con capacidades no solo consultivas sino también control, seguimiento, denuncia, ejecutivas y de propuesta legislativa. 21

22 X.-APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CRÉDITOS DE LOS EJERCICIOS 2014 Y 2015, DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE TOMELLOSO. En relación con el expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos cuyo importe total asciende a ,28 euros. RESULTANDO, que habiéndose realizado los gastos que a continuación se detallan, correspondientes al ejercicio 2014, y habiendo tenido entrada las correspondientes facturas en el ejercicio 2015, no existiendo crédito suficiente en el Presupuesto del citado ejercicio: RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITO EJERCICIO 2014 PARTIDA 2014 PARTIDA 2016 PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE MTO. FUENTE Y STRO EDEN SPRINGS ESPAÑA, S.A.U. AGUA "PLENOS Y COMISIONES" 24,41 NOVIEMBRE/ UNIPREX, S.A.U. PUBLICIDAD EMITIDA EN NOVIEMBRE/ ,06 TOTAL ,47 RESULTANDO, que habiéndose realizado el gasto que a continuación se detalla, correspondiente al ejercicio 2015, y habiendo tenido entrada la correspondiente factura en el ejercicio 2016, no existiendo crédito suficiente en el Presupuesto de 2015: RECONOCIMIENTO EXTRAJUDICIAL DE CREDITO EJERCICIO 2015 PARTIDA 2015 PARTIDA 2016 PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE SDAD. ESTATAL FRANQUEO POSTAL CORREOS Y 3.403,34 DICIEMBRE 2015 TELEGRAFOS, S.A GAS NATURAL SERV. SDG., S.A. GAS NATURAL SERV. SDG., S.A. GAS NATURAL SERV. SDG., S.A. GAS NATURAL SERV. SDG., S.A. GAS NATURAL SERV. SDG., S.A. GAS NATURAL S.U.R., S.A. GAS NATURAL S.U.R., S.A. CONSUMO GAS DICIEMBRE/2015 CP. FELIX GRANDE Y JOSÉ Mª MORAL CONSUMO ELECTRICIDAD DICIEMBRE/2015 ALUM. PÚBLICO Y DEPENDENCIAS MUNICIPALES CONSUMO ELECTRICIDAD DICIEMBRE/2015 CENTROS ENSEÑANZA CONSUMO ELECTRICIDAD DICIEMBRE/2015 CRPSL CONSUMO ELECTRICIDAD DICIEMBRE/2015 PMD CONSUMO ELECTRICIDAD DICIEMBRE/2015 ALUM. PÚBLICO, DEPEND. MUNICIPALES Y SEMÁFOROS CONSUMO ELECTRICIDAD DICIEMBRE/2015 CENTROS ENSEÑANZA 1.949, , ,17 614, , ,65 396,62 TOTAL ,81 22

23 CONSIDERANDO: Que el Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, establecen que el ejercicio presupuestario coincidirá con el año natural y a él se imputarán las obligaciones reconocidas durante el mismo. Además, en virtud de lo establecido en los artículos del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y 25.1 del Decreto 500/1990, de 20 de abril, no pueden adquirirse compromisos de gastos por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en los estados de gastos, viciando de nulidad de pleno derecho las Resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada Norma. No obstante lo anterior, para regularizar tales gastos que no han sido aplicados en ninguna partida del año presupuestario en el que debieran ser descontados, debe procederse al reconocimiento extrajudicial de créditos, reconociendo obligaciones correspondientes a ejercicios anteriores, que por cualquier causa no lo hubieran sido en aquel al que correspondían. CONSIDERANDO, que de conformidad con el art. 60 apdo. 2º del Real Decreto 500/1990, corresponderá al Pleno de la Entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos, siempre que no exista dotación presupuestaria. El Ayuntamiento Pleno, previo dictamen de la Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas, por unanimidad, acuerda: - La aprobación del expediente de Reconocimiento Extrajudicial de Créditos de los ejercicios 2014 y 2015, del presupuesto municipal del Ayuntamiento de Tomelloso, cuyo importe total asciende a ,28 euros, con arreglo a la relación anteriormente indicada, con cargo al presupuesto de XI.-CONOCIMIENTO DE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO De conformidad con el art. 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), aprobado inicialmente el Presupuesto General, se expondrá al público, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia por período de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones. Habiéndose expuesto el Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2016 al público por plazo de quince días hábiles, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 18, de fecha 28 de enero de 2016, contados del 29 de enero de 2016 al 15 de febrero de 2016, ambos inclusive, no habiéndose presentado reclamaciones contra el mismo. El Ayuntamiento Pleno, previo conocimiento de la Comisión de Hacienda y Especial de Cuentas, se da por enterado de la aprobación definitiva del Presupuesto General Municipal para el ejercicio

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