A'.,!-1 RESOLUCIÓN EXENTA N ':!.. e
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- Paula Vega Aranda
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1 A'.,!-1 RESOLUCIÓN EXENTA N ':!.. e REF.: APRUEBA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON JAVIER HURTADO SALAS S.A./ SANTIAGO, 3 0 DlC VISTO: El Decreto Ley N de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones; el Decreto Ley N 1.028, de 1975, sobre atribuciones de los Subsecretarios de Estado; la Ley N , Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por D.F.L N , de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley N , sobre Presupuesto del Sector Público año 2015; el Decreto N 55, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Designa Subsecretario de Telecomunicaciones; el Decreto N 121, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, mediante el cual la Presidenta de la República Delega Facultades en el Subsecretario de Telecomunicaciones y en Funcionarios que Indica; la Resolución No 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: l. Que, la Subsecretaría de Telecomunicaciones requiere contar con un lugar de estacionamiento en las cercanías a sus dependencias en la ciudad de Santiago, para uno de los vehículos fiscales de su dotación; 2. Que, la ubicación e instalaciones del "Edificio Indianápolis", ubicado en calle Agustinas N 1.476, comuna y ciudad de Santiago, resulta conveniente y funcional a la necesidad de esta Subsecretaría; presupuestaria. 3. Que, esta Subsecretaría cuenta con disponibilidad 4. Que, habiéndose cumplido con los requisitos legales referidos a la materia y en uso de mis atribuciones, RESUELVO: 1. A pruébese el contrato de arrendamiento celebrado entre la Subsecretaría de Telecomunicaciones y JAVIER HURTADO SALAS S.A., RUT N K, cuyo tenor es el que a continuación se indica: Amunate~u11 ~g v 'lql '>.mt 1~ rhlle FnOIJb'l ~21V Qfo~ h 4 H, gob.cl
2 -2- "CONTRATO DE ARRENDAMIENTO En Santiago, Rep~blica de Chile, a 30 de diciembre de 2014, entre la SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, Rol Único Tributario No , representada por don PEDRO HUICHALAF ROA, Subsecretario de Telecomunicaciones, chileno, abogado, cédula de identidad N , ambos con domicilio en esta ciudad, en calle Amunátegui N 139, comuna de Santiago, en adelante e indistintamente "la Subsecretaría" por una parte y, por la otra, JAVIER HURTADO SALAS S.A., Rol Único Tributario N K, representada por don JOSÉ PABLO HURTADO GOYCOOLEA, chileno, constructor civil, cédula de identidad N , ambos domiciliados en esta ciudad, en calle Estado N 359, piso 7, comuna de Santiago, en adelante e indistintamente "el Arrendador", exponen que han convenido el presente contrato: PRIMERA: Por el presente instrumento, el Arrendador, da en arrendamiento a la Subsecretaría, la que acepta para sí, el Box de estacionamiento N , del "Edificio Indianápolis", ubicado en calle Agustinas N 1.476, comuna y ciudad de Santiago, a contar del 1 de enero de SEGUNDA: La renta mensual de arrendamiento que la Subsecretaría deberá pagar asciende a la suma de $ (ochenta mil pesos), más la parte proporcional al prorrateo de los gastos comunes. Los montos indicados deberán pagarse en forma anticipada y bimensual, dentro de los primeros 1 O días con idos del respectivo bimestre, en calle Estado N 359, piso 7, comuna de Santiago, o mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente del Arrendador. TERCERO: La renta se reajustará semestralmente, de acuerdo a la variación que experimente el I.P.C. (Índice de Precios al Consumidor) -determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o el organismo que lo reemplace-, en los últimos seis meses previos al pago de la renta a reajustar. CUARTA: QUINTA: SEXTA: El presente contrato tendrá una vigencia de un año, a contar del O 1 de enero de 2015, renovándose por igual periodo, siempre y cuando exista presupuesto disponible, se dicte el acto administrativo que autorice su renovación y si ninguna de las partes manifiesta ponerle término, mediante envío de una carta certificada al domicilio de la otra parte, remitida con a lo menos 30 (treinta) días corridos de antelación al vencimiento de la vigencia del contrato o de la respectiva renovación que estuviera vigente. Sin petjuicio de lo anterior, el presente contrato podrá desahuciarse en cualquier época del año con una antelación no inferior a 30 (treinta) días corridos de antelación al vencimiento del respectivo bimestre, mediante aviso a la otra parte por carta certigcada. Son causales de término del presente contrato de arrendamiento: l. Ceder en attiendo o subarrendar, sin autorización escrita del Arrendador. 2. Realizar modificaciones al box de estacionamiento sin autorización del Arrendador. 3. Colocar en el box de estacionamiento arrendado, motos, bicicletas, y cualquier otro vehículo de dos (2) ruedas, sin la autorización del Arrendador. 4. Estacionar más de un vehículo en el box de estacionamiento anendado. La Subsecretaría se obliga a respetar el Reglamento de Copropiedad del Edificio. SÉPTIMA:
3 -3- OCTAVA: NOVENA: DÉCIMA: La Administración del "Edificio Indianápolis" pondrá esmero y cuidado en la vigilancia de sus dependencias y de los automóviles que se guarden en él, pero sin asumir responsabilidad alguna por posibles deterioros o pérdidas que pudieren producirse en los vehículos. Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, sometiéndose a la competencia de sus Tribunales de Justicia. El presente contrato se firma en tres ejemplares de idéntico tenor, data y validez quedando dos copias en poder de la Subsecretaría y una en poder del Arrendador. La personería de don PEDRO HUICHALAF ROA, Subsecretario de Telecomunicaciones, para actuar a nombre y en representación de la SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES, consta en el Decreto Supremo N 55, del 11 de marzo de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, y la de don JOSÉ PABLO HURTADO GOYCOOLEA, para actuar a nombre y en representación de JAVIER HURTADO SALAS S.A., consta en escritura pública de 08 de agosto de 2011, otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, don Alberto Mozó AguiJar, documentos que no se insertan por ser conocidos de las partes.". 2 El gasto que irroga dicho contrato será imputado al Subtítulo 22, Ítem 09, Asignación 002 denominada "Arriendo de Edificios", del presupuesto 2015 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones. 3 Publíquese el presente acto administrativo en el sitio Web "Gobierno Transparente" de la Subsecretaría de Telecomunicaciones. ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y ARCHÍVESE "POR ORDEN DE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA" &:,~,wtl )> D visión Admin istración y Finanzas. )> Departamento Adq uisic iones e Inventario. )> CE DOC......,.,.,~LAFROA ecomunicaciones
4 CONTRATO DE ARRENDAMIENTO En Santiago, Rep~blica de Chile, a 30 de diciembre de 2014, entre la SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES, Rol Único Tributario N , representada por don PEDRO HUICHALAF ROA, Subsecretario de Telecomunicaciones, chileno, abogado, cédula de identidad No , ambos con domicilio en esta ciudad, en calle Amunátegui N 139, comuna de Santiago, en adelante e indistintamente "la Subsecretaría" por una parte y, por la otra, JAVIER HURTADO SALAS S.A., Rol Único Tributario N K, representada por don JOSÉ PABLO HURTADO GOYCOOLEA, chileno, constructor civil, cédula de identidad N , ambos domiciliados en esta ciudad, en calle Estado N 359, piso 7, comuna de Santiago, en adelante e indistintamente "el Arrendador", exponen que han convenido el presente contrato: PRIMERA: Por el presente instrumento, el Arrendador, da en arrendamiento a la Subsecretaría, la que acepta para sí, el Box de estacionamiento N , del "Edificio Indianápolis", ubicado en calle Agustinas N 1.476, comuna y ciudad de Santiago, a contar del 1 o de enero de SEGUNDA: La renta mensual de arrendamiento que la Subsecretaría deberá pagar asciende a la suma de $ (ochenta mil pesos), más la parte proporcional al prorrateo de los gastos comunes. Los montos indicados deberán pagarse en forma anticipada y bimensual, dentro de los primeros 1 O días corridos del respectivo bimestre, en calle Estado N 359, piso 7, comuna de Santiago, o mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente del Arrendador. TERCERO: La renta se reajustará semestralmente, de acuerdo a la variación que experimente el I.P.C. (Índice de Precios al Consumidor) -determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas o el organismo que lo reemplace-, en los últimos seis meses previos al pago de la renta a reajustar. CUARTA: QUINTA: SEXTA: El presente contrato tendrá una vigencia de un año, a contar del 01 de enero de 2015, renovándose por igual periodo, siempre y cuando exista presupuesto disponible, se dicte el acto administrativo que autorice su renovación y si ninguna de las partes manifiesta ponerle término, mediante envío de una carta certificada al domicilio de la otra parte, remitida con a lo menos 30 (treinta) días corridos de antelación al vencimiento de la vigencia del contrato o de la respectiva renovación que estuviera vigente. Sin perjuicio de lo anterior, el presente contrato podrá desahuciarse en cualquier época del año con una antelación no inferior a 30 (treinta) días corridos de antelación al vencimiento del respectivo bimestre, mediante aviso a la otra parte por carta certificada. Son causales de término del presente contrato de arrendamiento: l. Ceder en arriendo o subarrendar, sin autorización escrita del Arrendador. 2. Realizar modificaciones al box de estacionamiento sin autorización del Arrendador. 3. Colocar en el box de estacionamiento arrendado, motos, bicicletas, y cualquier otro vehículo de dos (2) ruedas, sin la autorización del Arrendador. 4. Estacionar más de un vehículo en el box de estacionamiento arrendado. La Subsecretaría se obliga a respetar el Reglamento de Copropiedad del Edificio.- Ar J Q ~y g Ct!e Fm '' 1 L4~l Fa~!"
5 -2- SÉPTIMA: OCTAVA: NOVENA: DÉCIMA: El Arrendador se reserva el derecho de poner término al contrato de arriendo, en caso de retraso en el pago de la renta en dos (2) o más meses. La Administración del "Edificio Indianápolis" pondrá esmero y cuidado en la vigilancia de sus dependencias y de los automóviles que se guarden en él, pero sin asumir responsabilidad alguna por posibles deterioros o pérdidas que pudieren producirse en los vehículos. Para todos los efectos derivados del presente contrato, las partes fijan su domicilio en la ciudad de Santiago, sometiéndose a la competencia de sus Tribunales de Justicia. El presente contrato se firma en tres ejemplares de idéntico tenor, data y validez quedando dos copias en poder de la Subsecretaría y una en poder del Arrendador. La personería de don PEDRO HUICHALAF ROA, Subsecretario de Telecomunicaciones, para actuar a nombre y en representación de la SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES, consta en el Decreto Supremo N 55, del 11 de marzo de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, y la de don JOSÉ PABLO HURTADO GOYCOOLEA, para actuar a nombre y en representación de JAVIER HURTADO SALAS S.A., consta en escritura pública de 08 de agosto de 2011, otorgada ante el Notario Público Titular de la Cuadragésima Notaría de Santiago, don Alberto Mozó Aguilar, documentos que no se insertan por ser conocidos de las partes. ELECOMUNICACIONES ) 1 1 /. 1-1mundh~Ku 1 ~ - y ~q 1 ~dnt :tr h e F 116 ~ >4. 1 ~ o r 1\ b 4 q, wwwsubtel.gob.cl
6 Subsecretaría de Telecomunicac1ones S'=l~~ RESOLUCIÓN EXENTA No REF.: APRUEBA RENOVACIÓN DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE INMUEBLES QUE INDICA/ SANTIAGO, 3 0 DIC. 10\~ VISTO: El Decreto Ley N 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones; el Decreto Ley N 1.028, de 1975, sobre atribuciones de los Subsecretarios de Estado; la Ley N , Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley N , sobre presupuesto del Sector Público para el año 2017; el Decreto N 175, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, que designa Subsecretario de Telecomunicaciones; el Decreto N 121, de 2014, mediante la cual la Presidenta de la República Delega Facultades en el Subsecretario de Telecomunicaciones y en Funcionarios que Indica y; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón. CONSIDERANDO: l.- Que, por Decreto Exento N 816, de 21 de octubre de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, se aprobó el contrato de arrendamiento celebrado con INMOBILIARIA CLASSICA S.A., R.U.T , respecto del inmueble ubicado en calle Merced N 753, oficina 401, comuna y ciudad de Santiago. 2.- Que, por Resolución Exenta N 425, de 6 de agosto de 2007, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones y Decreto Exento No 129, de 19 de enero de 201 O, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, se aprobó el contrato de arrendamiento celebrado con AKI-KB MINJBODEGAS S.A., R.U.T , respecto de la bodega N 206, sucursal KB-1, ubicada en Eleuterio Ramírez N 737, comuna y ciudad de Santiago. 3.- Que, por Resolución Exenta N 370, de 26 de agosto de 2004, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y Decreto Exento N 130, de 19 de enero de 201 O, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, se aprobó el contrato de arrendamiento celebrado con PIEDRA NEGRA S.A., R.U.T , respecto del estacionamiento N 233, ubicado en calle Agustinas N 1.476, comuna y ciudad de Santiago. 4.- Que, por Resoluciones Exentas N s , 4817, 4818 y 4820, de 2014, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, se aprobaron los contratos de arrendamiento suscritos con JAVIER HURTADO SALAS S.A., R.U.T K, para el arrendamiento de los Box de Estacionamiento N s. 50B333, 50B267, 50B424 y BG42, respectivamente, todos del "Edificio Indianápolis", ubicado en calle Agustinas N 1.476, comuna y ciudad de Santiago. Gobierno de Chile A.) l008~
7 5.- Que, los instrumentos aprobados por los actos administrativos antes individualizados consignan la posibilidad de que estos puedan renovarse por el término de un año. 6.- Que existe disponibilidad presupuestaria para la renovación de los contratos precitados por el lapso tiempo antes mencionado. atribuciones, 7.- Que, en razón de lo expuesto y en uso de mis RESUELVO: 1 o Renuévense, por el término de un año, a partir del 1 o de enero de 2017, los contratos de arrendamiento de inmuebles celebrados entre la Subsecretaría de Telecomunicaciones e INMOBILIARIA CLASSICA S.A., R.U.T. N ; AKI-KB MINIBODEGAS S.A., R.U.T. N ; PIEDRA NEGRA S.A., R.U.T. No y JAVIER HURTADO SALAS S.A., R.U.T K, individualizados en los considerandos que motivan el presente acto administrativo. r El gasto que demanden los aludidos contratos de arrendamiento será imputado al Subtítulo 22, Ítem 09, Asignación 002, denominada "Arriendo de Edificios", del Presupuesto año 2017 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones. ANÓTESE, COMUNÍQUESE;'NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE "/"('J "' :~'<-- ~ '\. ü'...,_ > -~ r :_ ~/Bl:A - DivtónAdministración y Finanzas. - DeP rtamento Adquisiciones e Inventario. \ 0 ODRIGO RAMÍREZ PINO Subs-ecretario de Telecomunicaciones
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