UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE INGENIERÍA ÁREA DE CIENCIAS DE LA TIERRA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL
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- María José Piñeiro Coronel
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1 UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE SAN LUIS POTOSÍ FACULTAD DE INGENIERÍA ÁREA DE CIENCIAS DE LA TIERRA CARRERA DE INGENIERÍA AMBIENTAL LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA CURSAR PRÁCTICAS PROFESIONALES I Y PRÁCTICAS PROFESIONALES II JULIO DE
2 Lineamientos para cursar las Materias de Prácticas Profesionales I y Prácticas Profesionales II. 1) Las materias Prácticas Profesionales I (Clave 1906) y Prácticas Profesionales II (Clave 1907) son de carácter obligatorio y tienen como objetivo que el alumno adquiera experiencia laboral mediante el desarrollo de actividades propias de la Ingeniería Ambiental, poniendo en uso los conocimientos, habilidades y prácticas adquiridos en sus estudios de licenciatura. Los alumnos de la carrera de Ingeniería Ambiental podrán cursar estas asignaturas una vez que hayan aprobado el 80% del total de créditos de su plan de estudios. 2) Cada semestre la coordinación de la carrera Ingeniería Ambiental nombrará a un profesor como Asesor Interno, quien será responsable de dar seguimiento cercano al cumplimiento de estos lineamientos y procedimientos para cursar las materias de Prácticas Profesionales. 3) La revisión, actualización y supervisión del cumplimiento del objetivo de las materias de Prácticas Profesionales, corresponde a la Comisión de Prácticas Profesionales de la carrera de Ingeniería Ambiental, la cual es un organismo colegiado integrado por los presidentes de las academias de la carrera, el coordinador y el asesor interno. 4) Cada materia de Prácticas Profesionales tiene un valor curricular de 15 créditos, que equivalen a cumplir 15 horas por semana de actividad práctica, durante un semestre escolar (16 semanas) o 240 horas totales. 5) Las Prácticas Profesionales con valor curricular podrán realizarse en dependencias e instituciones de gobierno, paraestatales, empresas de la iniciativa privada, organizaciones no gubernamentales, y en Instituciones Educativas (siempre y cuando no se trate de actividades de investigación científica). 6) Es deseable que los alumnos cursen las materias de Prácticas Profesionales en la misma empresa o institución para el óptimo desarrollo de su experiencia profesional. 7) El alumno podrá cursar simultáneamente las materias de Prácticas Profesionales y Desarrollo de Proyectos (Clave 4047) siempre y cuando realice estas actividades académicas en empresas o instituciones diferentes y bajo la supervisión de asesores distintos. 8) La en ningún caso estará obligada a proporcionar el material, equipo y viáticos necesarios para que el alumno realice las actividades que le sean asignadas durante la realización de las Prácticas Profesionales. 9) El alumno será responsable de verificar la vigencia de su seguro facultativo durante el periodo en que curse las materias de Prácticas Profesionales. 2
3 10) El alumno será responsable de informar a su tutor académico sobre el inicio y término de sus prácticas profesionales. 11) En caso de que el alumno vea suspendido el desarrollo de sus materias de Prácticas Profesionales, deberá presentar una solicitud por escrito a la Comisión de Prácticas Profesionales para que le sean revalidadas las horas computadas hasta la fecha de la suspensión, anexando el comprobante correspondiente por parte de la empresa o institución, siempre y cuando las causas de la suspensión no sean atribuibles al alumno y el número de horas registradas no sea mayor de 80. En caso contrario, el alumno deberá registrar una nueva materia de Prácticas Profesionales. Procedimientos para cursar las Materias de Prácticas Profesionales I y Prácticas Profesionales II. A) REGISTRO Y AUTORIZACIÓN Durante la tutoría académica obligatoria previa a la realización de la Prácticas Profesionales con valor curricular, el alumno recibe asesoría por parte de su tutor académica sobre los lineamientos y procedimientos para cursar estas materias. De acuerdo a sus propios intereses, el alumno seleccionará a la institución en la cual pretenda realizar sus prácticas profesionales con valor curricular, y gestionará ante dicha institución su incorporación como practicante. Una vez aceptado por la institución receptora, el alumno comunicará al Coordinador de la Carrera de Ingeniería Ambiental los datos generales de la misma y del representante a quien el Coordinador dirigirá la solicitud correspondiente (Formato PP01), la cual indicará los datos del alumno y los lineamientos generales de esta actividad. Este documento se acompañará de una copia del kárdex y del comprobante del seguro facultativo o seguro médico del alumno. Posteriormente, el alumno presentará copia del Formato PP01 al Departamento de Prácticas Profesionales y Servicio Social de la para solicitar el oficio de presentación que expide este departamento. El alumno entrega al representante de la empresa o institución receptora el oficio de presentación expedido por el Departamento de Prácticas Profesionales y Servicio Social y el oficio de la coordinación de la carrera (Formato PP01). En respuesta, la institución receptora envía a la Coordinación de la Carrera un oficio (Formato PP02) en el que se manifiesta su conformidad para que el alumno realice en esa entidad las Prácticas Profesionales con valor curricular y se indique claramente: 3
4 a) El nombre del departamento o área donde el alumno desarrollará sus Prácticas Profesionales b) El periodo y horario de sus actividades. c) El plan de trabajo que incluya la descripción general de las actividades que realizará y su calendarización. d) El nombre y puesto de la persona de la institución que fungirá como Asesor Externo del alumno y que será responsable de orientarlo en las actividades encomendadas y de dar seguimiento al cumplimiento de las mismas. e) Su compromiso de dar al alumno las herramientas y la inducción necesarias para el cumplimiento de sus funciones. La Comisión de Prácticas Profesionales evaluará el oficio emitido por la empresa receptora (Formato PP02) y en su caso, aceptará el plan de trabajo que desarrollará el estudiante durante sus Prácticas Profesionales. En su caso, la Comisión emitirá un documento que contenga la aceptación correspondiente de la Práctica Profesional (Formato PP03) y lo integrará al expediente del alumno. Una vez aceptadas sus Prácticas Profesionales, el alumno deberá registrar esta actividad en el sistema de la Secretaría Académica de la ( cumpliendo con el procedimiento que ahí se establece para la acreditación de las materias de Prácticas Profesionales. Es importante que el alumno informe a su tutor académico que ha iniciado este trámite electrónico de sus prácticas, a fin de que éste realice la verificación y autorización de las Prácticas Profesionales que solicita el sistema de la Secretaría Académica. B) EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN La evaluación del alumno se realizará en dos etapas: una intermedia de avance (Prácticas Profesionales I; cuando haya concluido las 240 primeras horas de prácticas) y una final (Prácticas Profesionales II; cuando haya concluido el total de las 480 horas de prácticas). El Asesor Interno será responsable de reportar a Secretaría Escolar de la, la acreditación de ambas materias. Como criterio principal de evaluación se considerará el desempeño del alumno en el cumplimiento de las actividades programadas. En este aspecto, el Asesor Interno solicitará al Asesor Externo la evaluación del alumno donde se especifique el desempeño en cuanto a actitudes (asistencia y puntualidad, responsabilidad en la ejecución de tareas, disciplina, presentación personal, disposición para trabajo en equipo, compromiso ético, adaptabilidad al cambio, iniciativa, etc.); habilidades (manejo de paquetes informáticos, trabajo de campo, trabajo de laboratorio, 4
5 comunicación oral y escrita, capacidad de análisis y síntesis, capacidad de organización y planificación, resolución de problemas, toma de decisiones, aprendizaje autónomo, etc.); y conocimientos (conocimientos básicos y conocimientos propios de la ingeniería, conocimiento de lengua extranjera, etc.) (Formato PP04). A la evaluación del Asesor Externo se sumará la valoración que hará el Asesor Interno del reporte técnico de su Práctica Profesional (por escrito y en versión electrónica) (Formato PP05) y de la ponencia sobre su experiencia, que el alumno deberá presentar en un seminario, cuyo programa organizará el Asesor Interno al final de cada semestre o en el intersemestre, según la demanda de alumnos que en este periodo concluyan sus Prácticas Profesionales. 5
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