MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.P. núm. 128 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES. I. Administración del Estado

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1 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.P. núm. 128 BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE ZAMORA SE PUBLICA LOS LUNES, MIÉRCOLES Y VIERNES EDICIÓN Y ADMINISTRACIÓN: Excma. Diputación Provincial de Zamora. Plaza de Viriato, s/n. Teléfono D.L.: ZA ADVERTENCIAS. Los anuncios se enviarán al Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, a través de su Registro General, correspondiendo la orden de inserción de los mismos al órgano competente de la correspondiente Administración anunciante. Serán de pago anticipado todas las inserciones obligatorias y voluntarias que no estén exceptuadas por disposición legal. La correspondencia administrativa se dirigirá al Administrador del BOLETIN OFICIAL de la provincia. No serán admitidos los documentos escritos por las dos caras y todos aquellos cuya redacción o apariencia dificulten su comprensión. TARIFA DE SUSCRIPCION (PERIODOS NATURALES) UN AÑO UN SEMESTRE UN TRIMESTRE 60 euros 35 euros 20 euros AUTORIZACION FRANQUEO CONCERTADO 49/3 I. Administración del Estado MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA S.S. ZAMORA Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 49/02 Edicto Doña Carmen Esteban Bruña, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de Benavente, perteneciente a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zamora, hace saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (B.O.E. del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta. En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad. En el Anexo I se detalla el domicilio y localidad de cada unidad asignada a dichos actos administrativos, así como su teléfono y número de fax. Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Relación que se cita: N.º IDENTIF. NOMBRE/RAZON SOCIAL DOMICILIO LOCALIDAD EXPEDIENTE PROCEDIMIENTO UNIDAD Indalecio Martín Fernández Avda. Cardenal Cisneros, 17 Zamora / Not. emb. ctos Indalecio Martín Fernández La Ronda, 16 Manganeses de la Lampreana / Dilig. emb. ctos ANEXO I UNIDAD DOMICILIO LOCALIDAD TELEFONO FAX U.R.E. 49/20 C/ El Ferial, 75 Benavente Benavente, a 15 de octubre de La Recaudadora Ejecutiva, Carmen Esteban Bruña. R-7189

2 PAGINA 2 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.P. núm. 128 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA Don José A. Martín Martín, Jefe de la Unidad de Impugnaciones de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zamora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E ), a los sujetos responsables del pago de deudas comprendidos en la relación, de documentos que se acompaña, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social en el que se encuentran inscritos, ante la imposibilidad por ausencia, ignorado paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones por descubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30 de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio de 1994 (B.O.E ), según la redacción dada al mismo por el artículo 5.seis de la Ley 52/2003, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (B.O.E ), en los plazos indicados a continuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que han ingresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos), 7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Reclamación de acumulada de deuda) y 10 (Reclamación de deuda por derivación de responsabilidad): A) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquélla hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. B) Notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde aquélla hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Respecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido en el artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social, 67 del R.D. 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E.) y 55.2, 66 y 74 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (R.D. 1415/2004 de 11 de junio, B.O.E. de 25/06/04), los sujetos responsables podrán acreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el último día hábil del mes siguiente a la presente notificación. Se previene de que, en caso de no obrar así, se incidirá el procedimiento de apremio, con la aplicación de los recargos previstos en el artículo 27 de la mencionada Ley y en el artículo 10 de dicho Reglamento General. Contra el presente acto, y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recurso de alzada, ante la Administración correspondiente; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto con el artículo 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92), que no suspenderá el procedimiento recaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 46 del citado Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social. Zamora, 17 de octubre de El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, José A. Martín Martín. DIRECCION PROVINCIAL : 49 ZAMORA DIRECCION: AV DE REQUEJO ZAMORA TELEFONO: FAX: JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. JOSE ANTOLIN MARTIN MARTIN RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA VOLUNTARIA REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.RECLAMACION PERIODO IMPORTE REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL ARRIBAS CENTENO VICENTE CL MAGISTRAL DELGADO ZAMORA , RESTAURANTE TABERNA ALBE CL SAN TORCUATO ZAMORA , VILLA CLAUDIA, S.L. PZ SANTA EULALIA ZAMORA , ESPINOSA CARRASCAL LUIS PZ ESPA#A PERDIGON EL , ALJIBAR, S.L. CL QUEBRANTAHUESOS ZAMORA , GAITE GOMEZ LUIS CL MODESTO ROMAN MATILLA LA S , CONSTRUCCIONES ALFEX, CO CL AMARGURA ZAMORA , CONSTRUCCIONES Y REFORMA CL CARRETERA DE ROBL UNGILDE , SERVICIOS HOSTELEROS SAN CT NACIONAL 630 KM SAN CRISTOBA , UNTAZA, S.L. CL DO A JIMENA ZAMORA , RODRIGUEZ FERNANDEZ LAUR PJ DIEGO DE LOSADA ZAMORA ,38 REGIMEN 23 RECURSOS DIVERSOS FERNANDEZ FERNANDEZ MARI CL LARGA DE ABAJO CUBILLOS , CARRERAS CALVO AUREA CL LEGIDO FRESNO DE LA ,43 R-7220

3 B.O.P. núm. 128 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 PAGINA 3 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA Unidad de Recaudación Ejecutiva 02 de subasta de bienes inmuebles (TVA-603) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02 de Benavente, hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor don Calvo Fuente, José, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente providencia: Una vez autorizada, con fecha 09 de octubre de 2007, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 14 de noviembre de 2007, a las 11:00 horas, en Avda. El Ferial, 75, Benavente; y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25). Los bienes embargados sobre los cuáles se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente enuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subaste lo siguiente: 1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta. 2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros, de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas el 13 de noviembre de Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de subasta. 5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. 9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de su celebración. 10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12.-Mediante el presente anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13.-En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. Advertencias: Contra el acto notificado que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. Benavente, a 15 de octubre de La Recaudadora Ejecutiva, Carmen Esteban Bruña.

4 PAGINA 4 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.P. núm. 128 RELACION ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN DEUDOR: CALVO FUENTE, JOSE. LOTE NUMERO: 01. FINCA NUMERO: 01 DATOS FINCA NO URBANA. NOM. FINCA: PARAJE DE COLMENAS. PROVINCIA: ZAMORA. LOCALIDAD: MORERUELA DE TABARA. TERMINO: CULTIVO:. CABIDA: 0,0000 Ha. LINDE N.:. LINDE E.:. LINDE S.:. LINDE O.:. DATOS REGISTRO. N.º REG:. N.º TOMO: 623. N.º LIBRO: 51. N.º FOLIO: 22. N.º FINCA: IMPORTE DE TASACION: 2.876,60. TIPO DE SUBASTA: 2.876,60. DESCRIPCION AMPLIADA. RUSTICA EN TERMINO MUNICIPAL DE MORERUELA DE TABARA AL SI- TIO DE PARAJE DE COLMENAS, POLIGONO 5. PARCELA 794. REFERENCIA CATASTRAL: 49147A H. DERECHOS DEL DEUDOR SOBRE EL BIEN: 100% DE PROPIEDAD. Benavente, a 15 de octubre de La Recaudadora Ejecutiva, Carmen Esteban Bruña. R-7188 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA Unidad de Recaudación Ejecutiva 02 de subasta de bienes inmuebles (TVA-603) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02 de Benavente, hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor don Augusto Valbuena, Elías, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente providencia: Una vez autorizada, con fecha 09 de octubre de 2007, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 14 de noviembre de 2007, a las 10:15 horas, en Avda. El Ferial, 75, Benavente; y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1.415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25). Los bienes embargados sobre los cuáles se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente enuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subaste lo siguiente: 1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta. 2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros, de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 3.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas el 13 de noviembre de Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de subasta. 5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta. 7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito. 9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles, contados a partir de la fecha de su celebración. 10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

5 B.O.P. núm. 128 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 PAGINA Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 12.-Mediante el presente anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 13.-En lo no dispuesto expresamente en el presente anuncio de subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado. Advertencias: Contra el acto notificado que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica e efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. Benavente, 11 de octubre de La Recaudadora Ejecutiva, Carmen Esteban Bruña. RELACION ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN DEUDOR: AUGUSTO VALBUENA, Elías. LOTE NUMERO: 01. FINCA NUMERO: 01. DATOS FINCA URBANA. DESCRIPCION FINCA: SOLAR. TIPO VIA: CL. NOMBRE VIA: LOS VILLARES. N.º VIA:. BIS. N.º VIA:. ESCA- LERA:. PISO:. PUERTA:. COD. POST: COD. MUNI.: DATOS REGISTRO. N.º REG.:. N.º TOMO: N.º LIBRO: 46. N.º FOLIO: 101. N.º FINCA: IMPORTE DE TASACION: ,25. CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES. CAJA RURAL. CARGA: HIPOTECA. IMPORTE: ,00. TIPO DE SUBASTA: 1.209,25. DESCRIPCION AMPLIADA URBANA: SOLAR PARTE DE LA FINCA 245 DEL PLANO GENERAL DE CONCENTRACION PARCELARIA, EN TERMINO Y AYUNTAMIENTO DE VI- LLANUEVA DE AZOAGUE, AL SITIO DENOMINADO DE LOS VILLARES. TIENE UNA EXTENSION SUPERFICIAL DE TRESCIENTOS SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS. DERECHOS SOBRE EL BIEN: D. ELIAS AUGUSTO VALBUENA ES TITULAR DE LA TOTALIDAD DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRA- VENTA CON CARACTER PRIVATIVO. Benavente, 11 de octubre de La Recaudadora Ejecutiva, Carmen Esteban Bruña. R-7186 MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA Unidad de Recaudación Ejecutiva 02 de subasta de bienes muebles (TVA-404) El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02 de Benavente, hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor Moráis Morán, José, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente: PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 09 de octubre de 2007 la subasta de bienes muebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 14 de noviembre de 2007, a las 10:30 horas, en Avenida El Ferial, 75, Benavente, obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (B.O.E. del día 25). Los bienes embargados sobre los cuáles se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta. Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes. En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente: 1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta, distribuidos en lotes. 2.-Los bienes se encuentran en poder del depositario don Unidad de Recaudación Ejecutiva 49/02, y podrán ser examinados por aquellos a quienes interesen en Avda. El Ferial, 75, Benavente, previa solicitud a la Unidad de Recaudación Ejecutiva actuante, desde el día 5 de noviembre de 2007 hasta el día 9 de noviembre de 2007, en horario de 9:00 a 14:00 horas. 3.-Cuando se trate de bienes inscribibles en registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley. 4.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. 5.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería

6 PAGINA 6 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.P. núm. 128 General de le Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas el 13 de noviembre de Los licitadores presentarán sus posturas en sobre cerrado e independientemente para cada bien o lote de bienes, indicándose en su exterior el número de dicho bien o lote, e incluyendo en su interior copia del documento nacional de identidad, o, si se trata de extranjeros, de su documento de identificación y de la acreditación de la representación con que, en su caso, se actúe así como el importe de la postura con la firma del interesado. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido e nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por ciento del tipo de subasta. 6.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por ciento del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por ciento del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito. 7.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por ciento del tipo de subasta. 8.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiera incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación. 9.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes sí se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del depósito. 10.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme el apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración. 11.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este ceso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho. 12.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario. 13.-Mediante el presente anuncio, se tendrán por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido. 14.-En lo no dispuesto expresamente en el presente de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento de Recaudación citado. ADVERTENCIAS: Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (B.O.E. del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación Social, en relación con el artículo de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (B.O.E. del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992. Benavente, 15 de octubre de La Recaudadora Ejecutiva, Carmen Esteban Bruña. Relación adjunta de bienes que se subastan DEUDOR: Moráis MORAN, JOSE. NUMERO DE LOTE: 01. BIEN: RENAULT T 7720CGV. VALOR DE TASACION: ,00. CARGA PREFERENTE: 0,00. VALOR BIEN: ,00. VALOR LOTE: ,00. Benavente, 15 de octubre de La Recaudadora Ejecutiva, Carmen Esteban Bruña. R-7187 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO JUNTA DE EXPLOTACION DEL ORBIGO (ZAMORA) Canon de regulación del año 2007 Información pública En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo y sucesivos del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por R.D. Legislativo 1/2001 de 20 de julio, se han calculado las cantidades para obtener el Canon, habiendo resultado los siguientes valores: TRAMO DE RIO ORBIGO Regadíos... Abastecimientos... Usos industriales... Otros usos industriales... Industrias con refrigeración... Piscifactorías... Molinos... 13,34 /Ha. 72,17 /l/seg. 1,33 /CV. 72,17 /l/seg. 3,34 /l/seg. 2,00 /l/seg. 0,13 /l/seg. TERMINOS MUNICIPALES AFECTADOS: Benavente, Coomonte, Fresno de La Polvorosa, Maire de Castroponce, Manganeses de la Polvorosa, Morales del Rey, Pobladura del Valle, Santa Colomba de las Monjas, Santa Cris-

7 B.O.P. núm. 128 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 PAGINA 7 tina de la Polvorosa, Torre del Valle La, Villabrázaro, Villanueva de Azoague. Condiciones de aplicación 1.ª En los casos en que la liquidación se efectúe individualmente por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, se establecerá un mínimo de 6,01 euros por liquidación cuando resulte un valor inferior al aplicar el Canon. 2.ª Las liquidaciones que se practiquen se incrementarán en un 4% por aplicación de la tasa por explotación de obras y servicios, convalidada por Decreto 138/1960, de 4 de febrero, (B.O.E. de 5 de febrero de 1960). 3.ª El estudio y justificación de este Canon de Regulación obra en poder de los representantes de los regantes y pueden examinarse en el Area de Explotación de la Confederación Hidrográfica del Duero. 4.ª La propuesta de este Canon de Regulación, ha sido presentada en la Junta de Explotación del Orbigo, celebrada en Hospital de Orbigo (León), el día 28 de septiembre de Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFI- CIAL de la provincia, los interesados pueden presentar, dentro de dicho plazo, las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General de la Confederación Hidrográfica del Duero C/ Muro, 5, Valladolid o cualquiera de las Dependencias a que se refiere el art de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E ). Valladolid, a 5 de octubre de El Jefe de Explotación, Daniel Sanz Jiménez. R-7184 MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO JUNTA DE EXPLOTACION DEL ORBIGO (ZAMORA) Información pública Tarifa de utilización del agua del año 2007 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo y sucesivos del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por R.D. Legislativo 1/2001 de 20 de julio, se han calculado las cantidades para obtener la Tarifa, habiendo resultado los siguientes valores: 12C42 CANAL DE MANGANESES Regadíos... 51,14 /Ha. Abastecimientos ,67 /l/seg. Usos industriales... 5,11 /CV. Otros usos industriales ,67 /l/seg. Industrias con refrigeración... 12,79 /l/seg. Piscifactorías... 7,67 /l/seg. Molinos... 0,51 /l/seg. TERMINOS MUNICIPALES AFECTADOS: Arcos de la Polvorosa, Benavente, Manganeses de la Polvorosa, Milles de la Polvorosa, Santa Colomba de las Monjas, Santa Cristina de la Polvorosa, Villabrázaro. Condiciones de aplicación 1.ª Estas Tarifas por Ha. y única en cada zona, para toda clase de cultivos, se aplican a toda la superficie incluida dentro de cada una de las zonas regables detalladas, que sea apta para riego y esté dominada por acequias primarias, aunque no se utilice el agua. 2.ª En los casos en que la liquidación se efectúe individualmente por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, se establecerá un mínimo de 6,01 euros por liquidación cuando resulte un valor inferior al aplicar la Tarifa. 3.ª Las liquidaciones que se practiquen se incrementarán en un 4% por aplicación de la tasa por explotación de obras y servicios, convalidada por Decreto 138/1960, de 4 de febrero (B.O.E. de 5 de febrero de 1960). 4.ª Las propuestas de estas Tarifas, han sido presentadas en la Junta de Explotación del Orbigo, celebrada en Hospital de Orbigo (León), el día 28 de septiembre de ª El estudio y justificación de estas Tarifas obra en poder de los representantes de los regantes y pueden examinarse en el Area de Explotación de la Confederación Hidrográfica del Duero. Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para que durante el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, los interesados pueden presentar, dentro de dicho plazo, las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General de la Confederación Hidrográfica del Duero C/ Muro, 5, Valladolid o cualquiera de las Dependencias a que se refiere el art de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E ). Valladolid, a 5 de octubre de El Jefe de Explotación, Daniel Sanz Jiménez. R-7185 MINISTERIO DE FOMENTO DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO EN CASTILLA Y LEON OCCIDENTAL Asunto: Expropiación forzosa-pago de mutuos acuerdos. Obra: Carretera Nacional 122 de Zaragoza a Portugal pasando por Zamora. Tramo: Tordesillas-Zamora. Subtramo: Toro-Zamora. Clave: 12-ZA Término municipal de Coreses. Provincia de Zamora. De conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley de Expropiación Forzosa y Reglamento para su aplicación, se hace público que se procederá al pago de mutuos acuerdos del expediente más arriba indicado, en los lugares y fechas que a continuación se indican:

8 PAGINA 8 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.P. núm. 128 Transferencia bancaria. El próximo día 5 de noviembre de 2007, del cual son interesados. FINC. NUM. TITULAR AMPL Carmen Josefa Martín Martín AMPL Adelaida Arenal Martín AMPL Sociedad Agraria de Transformación N275 La Casilla Valladolid, a 9 de octubre de El Jefe de la Demarcación, Carlos Casaseca Benéitez. R-7183 MINISTERIO DE FOMENTO DIRECCION GENERAL DE CARRETERAS DEMARCACION DE CARRETERAS DEL ESTADO EN CASTILLA Y LEON OCCIDENTAL Asunto: Expropiación forzosa-pago de mutuos acuerdos. Obra: Autovía de la Plata. Sector: león-benavente. Tramo: Ctra. LE Villabrázaro. Clave: 12-LE Término municipal de Matilla de Arzón. Provincia de Zamora. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del vigente Reglamento de expropiación Forzosa, se hace público que el próximo día 26 de octubre de 2007, se procederá por transferencia bancaria al pago del expediente más arriba indicado, del cual son interesados: FINC. NUM. TITULAR Ayuntamiento de Matilla de Arzón Aguado Pérez, Francisco Aguado Pérez, Francisco Ayuntamiento de Matilla de Arzón Ayuntamiento de Matilla de Arzón Ayuntamiento de Matilla de Arzón Ayuntamiento de Matilla de Arzón Valladolid, a 10 de octubre de El Jefe de la Demarcación, Carlos Casaseca Benéitez. R-7219 II. Administración Autonómica JUNTA DE CASTILLA Y LEON SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO ZAMORA Nota- Autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica. Expte.: R.I De acuerdo con lo establecido en el art de la ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial están sometidas al régimen de autorización administrativa previa. A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León, se somete a información pública el proyecto de: Instalación Solar Fotovoltaica para conexión a red. a) Peticionario: Don Manuel Valderas Monje. b) Ubicación de la instalación: Parcela 1, polígono 52, de Bermillo de Sayago (Zamora). c) Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica en régimen especial. d) Características principales: 240 Paneles solares fotovoltaicos marca SUNTAICS STC M5-E de 170 Wp/ud sobre seguidor solar. Potencia 40,800 KWp. 12 inversor marca INGETEAN INGECON SUN de 3,3 kw/ud. Potencia 39,6 KW. 1 Línea subterránea de B.T. con final en C.T. de uso compartido (CT-8). e) Presupuesto: ,58 euros. Lo que se hace público para que pueda ser examinado, por los interesados, el proyecto de la instalación en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, sito en Zamora, C/ Prado Tuerto, s/n, y formularse al mismo las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Zamora, a 25 de septiembre de El Jefe del Servicio Territorial, José Bahamonde Salazar. R-6840 JUNTA DE CASTILLA Y LEON SERVICIO TERRITORIAL DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO ZAMORA Nota- Autorización administrativa de la instalación de producción de energía eléctrica. Expte.: R.I De acuerdo con lo establecido en el art de la ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, las instalaciones de producción de energía eléctrica en régimen especial están sometidas al régimen de autorización administrativa previa. A los efectos previstos en el artículo 9 del Decreto 127/2003, de 30 de octubre, por el que se regulan los procedimientos de autorizaciones administrativas de instalaciones de energía eléctrica en Castilla y León, se somete a información pública el proyecto de: Instalación Solar Fotovoltaica para conexión a red. a) Peticionario: ALSAN ENERGIAS SUSTITUTIVAS, S.L. b) Ubicación de la instalación: Parcela 1, polígono 52, de Bermillo de Sayago (Zamora). c) Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica en régimen especial. d) Características principales: 330 Paneles solares fotovoltaicos marca SUNTAICS STC

9 B.O.P. núm. 128 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 PAGINA M5-E de 165 Wp/ud sobre seguidor solar. Potencia 49,500 KWp. 2 inversor marca INGETEAN INGECON SUN de 25 kw/ud. Potencia 50 KW. 1 Línea subterránea de B.T. con final en C.T. de uso compartido (CT-8). e) Presupuesto: ,68 euros. Lo que se hace público para que pueda ser examinado, por los interesados, el proyecto de la instalación en el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo, sito en Zamora, C/ Prado Tuerto, s/n, y formularse al mismo las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio. Zamora, a 25 de septiembre de El Jefe del Servicio Territorial, José Bahamonde Salazar. R-6839 III. Administración Local DIPUTACION PROVINCIAL DE ZAMORA SERVICIO BIENESTAR SOCIAL La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Zamora, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2007, acordó conceder a las siguientes Ayuntamientos de la provincia que cuenten con comedores sociales en funcionamiento y para la puesta en funcionamiento e implantación de nuevos en los ejercicios que a continuación se relacionan: AYUNTAMIENTO ALCAÑICES ALMARAZ DE DUERO BRIME DE URZ CALZADILLA DE TERA CAÑIZAL CASTRONUEVO (2006) CASTRONUEVO (2007) CORRALES (2006) CORRALES (2007) FARIZA FIGUERUELA DE ARRIBA FONFRÍA FRESNO DE LA RIBERA FRESNO DE SAYAGO GUARRATE (2006) GUARRATE (2007) LUBIAN MICERECES DE TERA (2006) MICERECES DE TERA (2007) MONTAMARTA MORAL DE SAYAGO MORALES DE VALVERDE PAJARES DE LA LAMPREANA POBLADURA DEL VALLE RABANALES para Grisuela CONCESION euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros AYUNTAMIENTO RIOFRIO DE ALISTE (2006) RIOFRIO DE ALISTE (2007) SAMIR DE LOS CAÑOS SAN VICENTE DE LA CABEZA SAN VICENTE DE LA CABEZA para Bercianos de Aliste SAN VICENTE DE LA CABEZA para Palazuelo de las Cuevas VILLADEPERA (2006) VILLADEPERA (2007) VILLALBA DE LA LAMPREANA VILLANUEVA DEL CAMPO VIÑAS CONCESION euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros euros Zamora,18 de octubre de El Presidente, Fernando Martínez Maíllo. R-7251 DIPUTACION PROVINCIAL DE ZAMORA SERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Resolución de la convocatoria para la concesión de ayudas a Núcleos de Control de Rendimiento Lechero de la Provincia. La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2007, por unanimidad, adoptó el siguiente acuerdo: 9.- Resolución de la convocatoria de concesión de ayudas destinadas a Núcleos de Control de Rendimiento Lechero. ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 28 de febrero de 2007 se ordenó por el Sr. Diputado Delegado del Area de Agricultura y Ganadería la incoación del expediente relativo a la aprobación de las bases que han de regir la convocatoria de subvenciones a Núcleos de Control de Rendimiento Lechero de la provincia, aprobándose las mismas en Junta de Gobierno de 14 de febrero de 2007 y publicadas en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de 2 de marzo de Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes se realiza la Comisión de Evaluación, constituida de conformidad con la base novena de la convocatoria, y la propuesta de resolución definitiva del órgano instructor. CONSIDERACIONES JURÍDICAS El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas a Núcleos de Control de Rendimiento Lechero de la Provincia de Zamora. La actividad de fomento de esta Corporación Local a través de subvenciones se regula fundamentalmente en las siguientes disposiciones: 1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 2. Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Zamora. 3. Bases 35 y siguientes de las de ejecución del vigente Presupuesto General de la Diputación Provincial. 4. Artículo 29.3 j) del Reglamento Orgánico de la Entidad así como Decreto de la Presidencia n.º 5.207/2005, de 8 de sep-

10 PAGINA 10 MIÉRCOLES 24 DE OCTUBRE DE 2007 B.O.P. núm. 128 tiembre, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno. Por todo lo expuesto, se adopta el siguiente ACUERDO: Primero. Resolver en su totalidad la convocatoria de referencia y acordar la terminación del procedimiento para la concesión de subvenciones a Núcleos de Control de rendimiento Lechero de la Provincia. Segundo. Conceder las siguientes subvenciones por un importe total de diecinueve mil novecientos noventa y nueve euros con cincuenta y nueve céntimos (19.999,59 euros), con cargo a la P.P , según detalle: NUCLEO DE CONTROL N.º CIF SUBVENCIÓN 525 G ,50 euros 521 G ,53 euros 487 G ,56 euros Tercero. Ordenar el pago de las subvenciones detalladas anteriormente, ya que se consideran justificadas al concederse sobre la certificación emitida por el CENSYRA de los datos de los ganaderos que están en el Control de Rendimiento Lechero y adjuntar certificados de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la S. Social. Cuarto. Notificar la resolución de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59 de la Ley 30/92, modificada por la Ley 4/99, debiendo publicarse en el BOLETIN OFICIAL de la provincia, de conformidad con la base undécima de la convocatoria. Zamora, 20 de octubre de El Presidente, Fernando Martínez Maíllo. R-7254 DIPUTACION PROVINCIAL DE ZAMORA SERVICIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Resolución de la convocatoria de ayudas a ganaderos de la provincia de Zamora para el mantenimiento de reproductores de razas bovinas Alistana-Sanabresa y Sayaguesa. La Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2007, por unanimidad, adoptó el siguiente acuerdo: 7.- Resolución de la convocatoria de concesión de ayudas a ganaderos de la provincia para el mantenimiento de reproductores de bovino de las razas Alistana-Sanabresa y Sayaguesa ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 28 de febrero de 2007 se ordenó por el Sr. Diputado Delegado del Area de Agricultura y Ganadería la incoación del expediente relativo a la aprobación de las bases que han de regir la convocatoria de subvenciones a Ganaderos de la provincia de Zamora para el mantenimiento de reproductores de razas bovinas Alistana-Sanabresa y Sayaguesa, aprobándose las mismas en Junta de Gobierno de 14 de marzo de 2007 y publicadas en el BOLETIN OFICIAL de la provincia de 3 de abril de Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes se realiza la Comisión de Evaluación, constituida de conformidad con la base novena de la convocatoria, y la propuesta de resolución definitiva del órgano instructor CONSIDERACIONES JURÍDICAS El objeto de la presente convocatoria es la concesión de ayudas para el mantenimiento de reproductores de las razas bovinas Alistana-Sanabresa y Sayaguesa. La actividad de fomento de esta Corporación Local a través de subvenciones se regula fundamentalmente en las siguientes disposiciones: 1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 2. Ordenanza General de Subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Zamora. 3. Bases 35 y siguientes de las de ejecución del vigente Presupuesto General de la Diputación Provincial. 4. Artículo 29.3 j) del Reglamento Orgánico de la Entidad así como Decreto de la Presidencia n.º 5.207/2005, de 8 de septiembre, de delegación de competencias en la Junta de Gobierno. Por todo lo expuesto, se adopta el siguiente ACUERDO Primero. Resolver en su totalidad la convocatoria de referencia y acordar la terminación del procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas Ganaderos de la provincia de Zamora para el mantenimiento de reproductores de raza Alistana-Sanabresa y Sayaguesa. Segundo. Conceder las siguientes subvenciones por un importe total para la raza Alistana-Sanabresa de ochenta y ocho mil cuatrocientos sesenta euros ( euros) y para la raza Sayaguesa de treinta y cuatro mil seiscientos sesenta euros ( euros), según detalle: RAZA ALISTANA-SANABRESA. RAZA ALISTANA-SANABRESA: GANADERO D.N.I. VACAS TOROS NOVILLAS TOTAL ALAIZ VIDAL, LUIS Mª Z ALAIZ VIDAL, JESÚS Mª S BARTOLOME BOLLO, JESUSA L BRUÑA TOMAS, JOSEFA G CARBAJO ACEDO, CRISTINA J CARRACEDO GORDO, ANA E CARRACEDO RODRIGUEZ, MIGUEL k CORIA ANDRES, DOMINGO P CRESPO MARTIN, Mª PAZ B DIAZ CARRACEDO, JOSE X ESCARDA FERNÁNDEZ, PABLO P FERNANDEZ GOMEZ, CELIA X FERNANDEZ RODRIGUEZ, DIEGO W

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