IDARRAGA GAVIRIA, IVAN ALEJANDRO (X Z)

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "IDARRAGA GAVIRIA, IVAN ALEJANDRO (X Z)"

Transcripción

1 C/ Juan Esplandiú, 1 ACTA Nº 42 DE WATERPOLO DEL COMITE NACIONAL DE COMPETICION, EN SU REUNION DE FECHA martes, 10 de febrero de 2009, PARA ANALIZAR LAS INCIDENCIAS ACAECIDAS EN LOS PARTIDOS DE LA DIVISIÓN DE HONOR Y DE LA 1ª DIVISIÓN MASCULINA DE WATERPOLO. Sancionar a: CLUB...: C.E. MEDITERRANI (00076) JUGADOR...: IDARRAGA GAVIRIA, IVAN ALEJANDRO (X Z) PARTIDO...: CN SANT ANDREU - CE MEDITERRANI presunción es probado que el jugador del CE Mediterrani, Sr. Idarraga Gaviria, fue expulsado, por protestar haciendo gestos con el brazo. Al finalizar el partido se ha disculpado. árbitros y autoridades deportivas en el ejercicio de sus funciones. Se le aplica la atenuante de arrepentimiento espontáneo tipificada en el artículo 11,a al establecer que se consideran, en todo caso, como circunstancias atenuantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva: a) La de arrepentimiento espontáneo. Se le considera reincidente, de conformidad con el artículo 12, a), Libro IX RFEN: Se considerarán, en todo caso, como circunstancias agravantes de la responsabilidad deportiva, la reincidencia. Existirá reincidencia cuando el autor de la infracción hubiera sido sancionado anteriormente, por resolución en firme, por cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o mayor gravedad, o por dos infracciones o más de inferior gravedad de la que en ese supuesto se trate. Libro IX RFEN: Amonestación Al ser la segunda sanción de la temporada, la primera en el partido (CE Mediterrani - CN Terrassa), le aplicamos la multa, de la que será responsable el club al que pertenezca el waterpolista, establecida en el art.10,3 del Libro IX RFEN al establecer que: "En el supuesto de que un técnico, deportista o delegado de un equipo fuera sancionado disciplinariamente en el transcurso de una temporada, junto con la sanción que se le imponga al expedientado, se aplicará simultáneamente una sanción pecuniaria, de la que será responsable el club al que pertenezca, de acuerdo con el siguiente baremo: Pág. 1 de 11

2 1ª sanción: Sin multa. 2ª sanción: Multa de 150,00 MULTA...: 150,00 CALIFICACION.: PROTESTAR AL ÁRBITRO, REINCIDENTE. ARREPENTIMIENTO. TIPIFICACION.: Art. 7,I,1,a en relación con los arts. 9,III,a; 10,3; 11,a y 12 del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. CLUB...: C.E. MEDITERRANI (00076) JUGADOR...: BALLART SANS, DANIEL ( ) PARTIDO...: CN SANT ANDREU - CE MEDITERRANI SANCION...: 4 Partidos de sanción goza de una presuncion de veracidad IURIS TANTUM, y debido a que las alegaciones del interesado no son sino argumento de parte, carente de prueba, y que por tanto no sirven para desvirtuar la presunción de veracidad de la que gozan las actas e informes arbitrales, y debido a que el DVD aportado por el CE Mediterrani no contradice la versión del acta arbitral, que ha sido verificada por este Comité, es probado que el jugador del CE MEDITERRANI, Sr. Ballart Sans, fue expulsado por cuatro minutos, con sustitucion, por agredirse mutúamente con un jugador del equipo contrario. Este Comité ha visionado repetidas veces la jugada que derivó en la agresión de ambos jugadores y hemos constatado que no contradice la versión arbitral como pretende el CE Mediterrani. Es más, la confirma en todos sus términos, puesto que se ve clara y meridianamente como ambos jugadores nadan muy cerca uno de otro hacia la portería del CN San Andreu, y el jugador de este club propina un puñetazo al del CE Mediterrani, que posteriormente le devuelve otro puñetazo al del CN Sant Andreu. Posteriormente se enzarzan ambos jugadores, como señala el acta arbitral, por lo que calificamos la infracción como grave, sancionando al jugador del CE Mediterrani, Sr. Ballart Sans, con cuatro partidos de suspensión de licencia deportiva federativa, entendiendo que su acción está fuera del contexto deportivo, y su actuación no podemos sino censurarla, aplicando el reglamento disciplinario con todo su rigor. Si bien es cierto que el jugador del CN Sant Andreu es el que, a tenor del DVD aportado, agrede primero, no es menos cierto que el Sr, Ballart repele la agresión y, además, hunde al jugador rival, no viéndose en la cinta, lógicamente, las acciones que se suceden cuando el Sr. Ballart hunde al Sr. Ballesteros. No obstante lo que ha quedado clara y meridianemente probado, tanto en la versión del acta arbitral, como en el DVD visionado, es que ambos jugadores se agreden repetidas veces, por lo que no podemos sino calificar la acción de ambos jugadores como de agresión a un contrario. Pág. 2 de 11

3 Asímismo consta en el expediente el informe de urgencias del Sr. Ballesteros del Hospital de la Santa Creu i Sant Pau, en el que se indica que el citado jugador recibió un golpe en el pómulo izquierdo, calificandolo como traumatismo facial, así como el informe de los Centros Médicos Creu Blanca, del Sr. Ballart, en el que se indica que acudió por una herida en el mentón, realizando limpieza y desinfección. Infracción grave,tipificada en el artículo 6,II,a, que establece como tal: a) Para los jugadores, entrenadores, delegados de equipo, delegados de campo y árbitros, la agresión o el intento de agresión a jugadores, jueces, árbitros, técnicos, directivos, siempre que no existan lesiones. La sanción a aplicar viene establecida en el art. 9,II,a del citado Libro IX, RFEN, que establece una Suspensión o inhabilitación, o privación de la licencia federativa, de un mes a dos años, o de cuatro o más encuentros. Así mismo, no consideramos reincidente la infracción del Sr. Ballart, de conformidad con la redacción del articulo 12 del Libro IX, Del Régimen Disciplinario de la RFEN. No obstante, al ser la segunda sanción de la temporada, la primera en el partido (CE Mediterrani - CN Mataró Quadis), le aplicamos la multa, de la que será responsable el club al que pertenezca el waterpolista, establecida en el art.10,3 del Libro IX RFEN al establecer que: "En el supuesto de que un técnico, deportista o delegado de un equipo fuera sancionado disciplinariamente en el transcurso de una temporada, junto con la sanción que se le imponga al expedientado, se aplicará simultáneamente una sanción pecuniaria, de la que será responsable el club al que pertenezca, de acuerdo con el siguiente baremo: 1ª sanción: Sin multa. 2ª sanción: Multa de 150,00 MULTA...: 150,00 CALIFICACION.: AGRESIÓN A UN CONTRARIO. INFRACCION...: GRAVE TIPIFICACION.: Art. 6,II,a en relación con los arts. 9,II,a; 10,3 y 12 del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. ACTIVIDAD...: TÉCNICO CLUB...: C.N. ALCORCON ARENA (00418) JUGADOR...: OCA GAIA, MIGUEL ANGEL ( ) PARTIDO...: REAL CANOE NC - CN ALCORCON ARENA SANCION...: Multa 60,00 MOTIVACION...: Hechos probados. De la redacción del acta arbitral quegoza de una presunción de veracidad IURIS TANTUM, y debido a que el Pág. 3 de 11

4 presunción es probado que al entrenador del CN Alcorcón Arena, Sr, Oca Gaia, le fue mostrada la tarjeta amarilla por protestar una decisión arbitral. Al final del partido pide disculpas. Infracción leve tipificada en el artículo 7,II,e del Libro IX RFEN,que señala como tal: e) Las tarjetas amarillas que muestren los árbitros a los entrenadores durante el desarrollo de los partidos de waterpolo se sancionarán, sin perjuicio de la sanción de otra naturaleza que se les pueda imponer, con una sanción pecuniaria de conformidad con lo establecido en el artículo 10.4 del presente Libro IX, de la que será responsable el club al que pertenezca. La sanción a aplicar viene tipificada en el artículo 10,4 del citado Libro IX RFEN, al señalar que: "4.- Las tarjetas amarillas que los árbitros muestren a los entrenadores durante la celebración de los partidos de waterpolo, se sancionarán con una multa de 60,00 por cada una de ellas, de las que será responsable el club al que pertenezcan. Asimismo, cada ciclo de cuatro tarjetas amarillas, se sancionará con un partido de suspensión de licencia deportiva. CALIFICACION.: TARJETA AMARILLA TIPIFICACION.: Art. 7,II,e en relación con el art. 10,4 del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. CLUB...: C.N. ALCORCON ARENA (00418) JUGADOR...: DE GRADO ROMERO, EUGENIO JOSE ( ) PARTIDO...: REAL CANOE NC - CN ALCORCON ARENA presunción es probado que el jugador del CN Alcorcón Arena, Sr. De Grado Romero, fue expulsado por protestar dirigiéndose al árbitro alzando los brazos y gritándole. árbitros y autoridades deportivas en el ejercicio de sus funciones. Libro IX RFEN: Amonestación CALIFICACION.: PROTESTAR AL ÁRBITRO. TIPIFICACION.: Art. 7,I,1,a en relación con el art. 9,III,a del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. Pág. 4 de 11

5 C/ Juan Esplandiú, 1 ACTIVIDAD...: TÉCNICO CLUB...: C.N. HELIOS (00059) JUGADOR...: GIL ARAUZO, MIGUEL ANGEL ( ) PARTIDO...: CN OLOT - CN HELIOS SANCION...: Multa 60,00 MOTIVACION...: Hechos probados. De la redacción del acta arbitral quegoza de una presunción de veracidad IURIS TANTUM, y debido a que el presunción es probado que al entrenador del CN Helios, Sr, Gil Arauzo le fue mostrada la tarjeta amarilla por dirigirse a un jugador contrario. Infracción leve tipificada en el artículo 7,II,e del Libro IX RFEN,que señala como tal: e) Las tarjetas amarillas que muestren los árbitros a los entrenadores durante el desarrollo de los partidos de waterpolo se sancionarán, sin perjuicio de la sanción de otra naturaleza que se les pueda imponer, con una sanción pecuniaria de conformidad con lo establecido en el artículo 10.4 del presente Libro IX, de la que será responsable el club al que pertenezca. La sanción a aplicar viene tipificada en el artículo 10,4 del citado Libro IX RFEN, al señalar que: "4.- Las tarjetas amarillas que los árbitros muestren a los entrenadores durante la celebración de los partidos de waterpolo, se sancionarán con una multa de 60,00 por cada una de ellas, de las que será responsable el club al que pertenezcan. Asimismo, cada ciclo de cuatro tarjetas amarillas, se sancionará con un partido de suspensión de licencia deportiva. CALIFICACION.: TARJETA AMARILLA TIPIFICACION.: Art. 7,II,e en relación con el art. 10,4 del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. CLUB...: C.N. OLOT (00075) JUGADOR...: MARC, RUBIO ( ) PARTIDO...: CN OLOT - CN HELIOS presunción es probado que el jugador del CN Olot, Sr. Rubio, fue Pág. 5 de 11

6 expulsado, por protestar una decisión arbitral. Al finalizar el partido se ha disculpado. árbitros y autoridades deportivas en el ejercicio de sus funciones. Se le aplica la atenuante de arrepentimiento espontáneo tipificada en el artículo 11,a al establecer que se consideran, en todo caso, como circunstancias atenuantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva: a) La de arrepentimiento espontáneo. CALIFICACION.: PROTESTAR AL ÁRBITRO. ARREPENTIMIENTO. TIPIFICACION.: Art. 7,I,1,a en relación con los arts. 9,III,a y 11,a del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. CLUB...: C.N. OLOT (00075) JUGADOR...: FONT FERRARONS, EDUARD ( ) PARTIDO...: CN OLOT - CN HELIOS presunción es probado que el jugador del CN Olot, Sr. Font Ferrarons, fue expulsado, por protestar una decisión arbitral. Al finalizar el partido se ha disculpado. árbitros y autoridades deportivas en el ejercicio de sus funciones.. Se le aplica la atenuante de arrepentimiento espontáneo tipificada en el artículo 11,a al establecer que se consideran, en todo caso, como circunstancias atenuantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva: a) La de arrepentimiento espontáneo. Se le considera reincidente, de conformidad con el artículo 12, a), Libro IX RFEN: Se considerarán, en todo caso, como circunstancias agravantes de la responsabilidad deportiva, la reincidencia. Existirá reincidencia cuando el autor de la infracción hubiera sido sancionado anteriormente, por resolución en firme, por cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o mayor gravedad, o por dos infracciones o más de inferior gravedad de la que en ese supuesto se trate. Libro IX RFEN: Amonestación Al ser la tercera sanción de la temporada, la primera en el partido Pág. 6 de 11

7 (CN Alcorcón Arena - CN Olot; y la segunda en el partido CN Olot - UE Horta), le aplicamos la multa, de la que será responsable el club al que pertenezca el waterpolista, establecida en el art.10,3 del Libro IX RFEN al establecer que: "En el supuesto de que un técnico, deportista o delegado de un equipo fuera sancionado disciplinariamente en el transcurso de una temporada, junto con la sanción que se le imponga al expedientado, se aplicará simultáneamente una sanción pecuniaria, de la que será responsable el club al que pertenezca, de acuerdo con el siguiente baremo: 1ª sanción: Sin multa. 2ª sanción: Multa de 150,00 3ª sanción: Multa de 300,00 MULTA...: 300,00 CALIFICACION.: PROTESTAR AL ÁRBITRO. REINCIDENTE. ARREPENTIMIENTO. TIPIFICACION.: Art. 7,I,1,a en relación con los arts. 9,III,a; 10,3; 11,a y 12 del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. CLUB...: C.N. SANT ANDREU (00061) JUGADOR...: GARRIDO VENTURA, ROGER ( ) PARTIDO...: CN SANT ANDREU - CE MEDITERRANI presunción es probado que el jugador del CN Sant Andreu, Sr. Garrido Ventura, fue expulsado del banquillo, por protestar levantándose con los brazos levantados. árbitros y autoridades deportivas en el ejercicio de sus funciones. Libro IX RFEN: Amonestación CALIFICACION.: PROTESTAR AL ÁRBITRO. TIPIFICACION.: Art. 7,I,1,a en relación con el art. 9,III,a del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. Pág. 7 de 11

8 C/ Juan Esplandiú, 1 CLUB...: C.N. SANT ANDREU (00061) JUGADOR...: BALLESTEROS MOLINA, HECTOR ( ) PARTIDO...: CN SANT ANDREU - CE MEDITERRANI SANCION...: 4 Partidos de sanción MOTIVACION...: Hechos probados. En base la redaccion del acta arbitral que goza de una presuncion de veracidad IURIS TANTUM, y debido a que la versión del interesado, al señalar: "que se revuelva este procedimiento con igualdad para los dos jugadores, puesto que los dos realizan la misma acción punible ", no contradice la versión del acta arbitral, que ha sido verificada por este Comité con el DVD enviado por el CE Mediterrani, es probado que el jugador del CN Sant Andreu, Sr. Ballesteros Molina, fue expulsado por cuatro minutos, con sustitucion, por dar un golpe con el puño en la cara de un jugador del equipo contrario, el cual se ha vuelto hacia él agrediéndose mútuamente. Al finalizar el partido, pide disculpas. Este Comité ha visionado repetidas veces la jugada que derivó en la agresión de ambos jugadores y hemos constatado que no contradice la versión arbitral. Es más, la confirma en todos sus términos, puesto que se ve clara y meridianamente como ambos jugadores nadan muy cerca uno de otro hacia la portería del CN San Andreu, y el jugador de este club propina un puñetazo al del CE Mediterrani, que posteriormente le devuelve otro puñetazo al del CN Sant Andreu. Posteriormente se enzarzan ambos, como señala el acta arbitral, por lo que calificamos la infracción como grave, sancionando al jugador del CN Sant Andreu, Sr. Ballesteros, con cuatro partidos de suspensión de licencia deportiva federativa, aplicándole la atenuante de arrepentimiento espontáneo, entendiendo que su acción está fuera del contexto deportivo, y su actuación no podemos sino censurarla, aplicando el reglamento disciplinario con todo su rigor. Asímismo consta en el expediente el informe de urgencias del Sr. Ballesteros del Hospital de la Santa Creu i Sant Pau, en el que se indica que el citado jugador recibió un golpe en el pómulo izquierdo, calificandolo como traumatismo facial, así como el informe de los Centros Médicos Creu Blanca, del Sr. Ballart, en el que se indica que acudió por una herida en el mentón, realizando limpieza y desinfección. Infracción grave,tipificada en el artículo 6,II,a, que establece como tal: a) Para los jugadores, entrenadores, delegados de equipo, delegados de campo y árbitros, la agresión o el intento de agresión a jugadores, jueces, árbitros, técnicos, directivos, siempre que no existan lesiones. Se le aplica la atenuante de arrepentimiento espontáneo tipificada en el artículo 11,a que establece que se consideran, en todo caso, como circunstancias atenuantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva: a) La de arrepentimiento espontáneo. La sanción a aplicar viene establecida en el art. 9,II,a del citado Libro IX, RFEN, que establece una Suspensión o inhabilitación, o privación de la licencia federativa, de un mes a dos años, o de cuatro Pág. 8 de 11

9 o más encuentros CALIFICACION.: AGRESIÓN A UN CONTRARIO. ARREPENTIMIENTO. INFRACCION...: GRAVE TIPIFICACION.: Art. 6,II,a en relación con los arts. 9,II,a y 11,a del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. ACTIVIDAD...: TÉCNICO CLUB...: REAL CANOE N.C. (00053) JUGADOR...: FERNANDEZ SALCINES, FELIX ( ) PARTIDO...: REAL CANOE NC - CN ALCORCON ARENA SANCION...: Multa 60,00 MOTIVACION...: Hechos probados. De la redacción del acta arbitral quegoza de una presunción de veracidad IURIS TANTUM, y debido a que el presunción es probado que al entrenador del Real Canoe NC, Sr, Fernández Salcines, le fue mostrada la tarjeta amarilla por protestar una decisión arbitral. Infracción leve tipificada en el artículo 7,II,e del Libro IX RFEN,que señala como tal: e) Las tarjetas amarillas que muestren los árbitros a los entrenadores durante el desarrollo de los partidos de waterpolo se sancionarán, sin perjuicio de la sanción de otra naturaleza que se les pueda imponer, con una sanción pecuniaria de conformidad con lo establecido en el artículo 10.4 del presente Libro IX, de la que será responsable el club al que pertenezca. La sanción a aplicar viene tipificada en el artículo 10,4 del citado Libro IX RFEN, al señalar que: "4.- Las tarjetas amarillas que los árbitros muestren a los entrenadores durante la celebración de los partidos de waterpolo, se sancionarán con una multa de 60,00 por cada una de ellas, de las que será responsable el club al que pertenezcan. Asimismo, cada ciclo de cuatro tarjetas amarillas, se sancionará con un partido de suspensión de licencia deportiva. CALIFICACION.: TARJETA AMARILLA TIPIFICACION.: Art. 7,II,e en relación con el art. 10,4 del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. CLUB...: REAL CANOE N.C. (00053) JUGADOR...: GIERSIG CABRERA, JOSE CARLOS ( ) PARTIDO...: REAL CANOE NC - CN ALCORCON ARENA Pág. 9 de 11

10 presunción, es probado que el jugador del Real Canoe NC, Sr. Giersig Cabrera, fue expulsado por levantarse del banquillo y dirigirse hacia la línea de cinco metros en dirección al árbitro. Al finalizar del partido pidió disculpas. árbitros y autoridades deportivas en el ejercicio de sus funciones. Libro IX RFEN: a) Amonestación. Se le aplica la atenuante de arrepentimiento espontáneo tipificada en el artículo 11,a al establecer que se consideran, en todo caso, como circunstancias atenuantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva: a) La de arrepentimiento espontáneo. CALIFICACION.: PROTESTAR AL ÁRBITRO DEL ENCUENTRO. ARREPENTIMIENTO. TIPIFICACION.: Art. 7,I,1,a en relación con los arts. 9,III,a y 11,a del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. CLUB...: REAL CANOE N.C. (00053) JUGADOR...: ZMUKIC, MILO ( ) PARTIDO...: REAL CANOE NC - CN ALCORCON ARENA presunción es probado que el jugador del Real Canoe NC, Sr. Zmukic, fue expulsado, por persistir en juego violento. Al finalizar el partido se ha disculpado. Infracción leve, tipificada en el artículo 7,II,f) que establece el juego violento. Entendiéndose por tal, producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas.se le aplica la atenuante de arrepentimiento espontáneo tipificada en el artículo 11,a al establecer que se consideran, en todo caso, como circunstancias atenuantes de la responsabilidad disciplinaria deportiva: a) La de arrepentimiento espontáneo. Se le considera reincidente, de conformidad con el artículo 12, a), Pág. 10 de 11

11 Libro IX RFEN: Se considerarán, en todo caso, como circunstancias agravantes de la responsabilidad deportiva, la reincidencia. Existirá reincidencia cuando el autor de la infracción hubiera sido sancionado anteriormente, por resolución en firme, por cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o mayor gravedad, o por dos infracciones o más de inferior gravedad de la que en ese supuesto se trate. Libro IX RFEN: Amonestación Al ser la segunda sanción de la temporada, la primera en el partido (CN Alcorcón Arena - Real Canoe NC), le aplicamos la multa, de la que será responsable el club al que pertenezca el waterpolista, establecida en el art.10,3 del Libro IX RFEN al establecer que: "En el supuesto de que un técnico, deportista o delegado de un equipo fuera sancionado disciplinariamente en el transcurso de una temporada, junto con la sanción que se le imponga al expedientado, se aplicará simultáneamente una sanción pecuniaria, de la que será responsable el club al que pertenezca, de acuerdo con el siguiente baremo: 1ª sanción: Sin multa. 2ª sanción: Multa de 150,00 MULTA...: 150,00 CALIFICACION.: JUEGO VIOLENTO. REINCIDENTE. ARREPENTIMIENTO. TIPIFICACION.: Art. 7,II,f en relación con los arts. 9,III,a; 10,3; 11,a y 12 del LIBRO IX DEL REGIMEN DISCIPLINARIO RFEN. EL PRESIDENTE DEL COMITE NACIONAL DE COMPETICION Fdo. Manuel Merino Redondo Pág. 11 de 11

ACTA Nº 84 LIGA WATERPOLO MASCULINO 2017/2018 PRIMERA Y SEGUNDA DIVISIÓN. Fecha: 24 de abril de 2018

ACTA Nº 84 LIGA WATERPOLO MASCULINO 2017/2018 PRIMERA Y SEGUNDA DIVISIÓN. Fecha: 24 de abril de 2018 ACTA Nº 84 LIGA WATERPOLO MASCULINO 2017/2018 PRIMERA Y SEGUNDA DIVISIÓN Fecha: 24 de abril de 2018 Resoluciones: NOMBRE...: JOSE A. MILLAN CASTRO (Licencia ****8761) CLUB...: CW DOS HERMANAS CALIFICACION.:

Más detalles

LIBRO VII DEL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA FEDERACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN DE NATACIÓN

LIBRO VII DEL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA FEDERACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN DE NATACIÓN LIBRO VII DEL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA FEDERACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN DE NATACIÓN LIBRO VII DEL REGIMEN DISCIPLINARIO DE LA FEDERACIÓN DE CASTILLA Y LEÓN DE NATACIÓN TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Reunido el Comité de Apelación, con fecha de 8 de marzo de 2011 para resolver el recurso de apelación presentado por el CN La Latina, contra la Resolución del Comité Nacional de Competición (CNC) de fecha

Más detalles

JUEZ UNICO DE COMPETICION Y DISCIPLINA DEPORTIVA CAMPEONATOS DE ESPAÑA UNIVERSITARIOS 2016

JUEZ UNICO DE COMPETICION Y DISCIPLINA DEPORTIVA CAMPEONATOS DE ESPAÑA UNIVERSITARIOS 2016 JUEZ UNICO DE COMPETICION Y DISCIPLINA DEPORTIVA CAMPEONATOS DE ESPAÑA UNIVERSITARIOS 2016 RESOLUCION 10/16 FUTBOL 11 MASCULINO CAMPEONATOS DE ESPAÑA UNIVERSITARIOS 2016 SEDE: ALMERIA PARTIDO/ENCUENTRO:

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Reunido el Comité de Apelación, con fecha de 25 de enero de 2013, para resolver el recurso de apelación presentado por el club WP Dos Hermanas, contra la Resolución del Comité Nacional de Competición (CNC)

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 12 2014/2015 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES DE HECHO

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES DE HECHO TEMPORADA 2013/2014 Procedimiento general nº: 01/2013/2014 RESOLUCIÓN Dictada en Sevilla a día 20 de marzo de 2014, por el Juez Único de Competición de esta Federación Andaluza de Rugby al amparo de los

Más detalles

ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma la representación del Valencia CF, SAD, formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica.

ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma la representación del Valencia CF, SAD, formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. Expediente nº 41 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 2 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente a la jornada 2 del Campeonato Nacional

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 73/2015 bis TAD.

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 73/2015 bis TAD. Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 73/2015 bis TAD. En Madrid, a 30 de julio de 2015, Visto el recurso interpuesto por DON X, en su propio nombre y representación, contra la resolución

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. El acta arbitral, en el apartado 3.- Técnicos, literalmente

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. El acta arbitral, en el apartado 3.- Técnicos, literalmente Expediente nº 30 2018/2019 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 15 de septiembre de 2018 entre los clubs

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 28 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 383 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 8 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO En Madrid, a cinco de enero de dos mil nueve, se reúne el Comité Nacional de Competición (CNC), de la Real Federación Española de Natación (RFEN), para conocer y resolver la suspensión del partido de la

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 200 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO. Primero: Con fecha 25 de abril de 20174, el CN Cuatro Caminos interpone denuncia ante este Comité, exponiendo lo siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO. Primero: Con fecha 25 de abril de 20174, el CN Cuatro Caminos interpone denuncia ante este Comité, exponiendo lo siguiente: En Madrid, a 4 de mayo de dos mil diecisiete, se reúne el (CNC) de la Real Federación Española de Natación (RFEN), para conocer y resolver sobre la alineación del jugador del CD WP Navarra, Sr. D. Vicens

Más detalles

RÉGIMEN DISCIPLINARIO

RÉGIMEN DISCIPLINARIO EXTRACTO : del REGLAMENTO de RÉGIMEN DISCIPLINARIO de la COMUNIDAD de MADRID. SERIE: BÁSICA(escolares) Temporada 2014/15 EXTRACTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO de COMPETICIONES DEL DEPORTE INFANTIL COMUNIDAD

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 12 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez y D. Lucas Osorio Iturmendi, para resolver las incidencias acaecidas

Más detalles

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

FUNDAMENTOS JURÍDICOS COMITÉ DE APELACIÓN Expediente nº 221-2014/15 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. José Mateo Díaz, D. Arturo Manrique Marín y D. Carlos González Torres, para resolver el recurso interpuesto por

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 279 2011/2012 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga

Más detalles

SANCIONES FUTBOL SALA - 22ª JORNADA (9-10 de MAYO)

SANCIONES FUTBOL SALA - 22ª JORNADA (9-10 de MAYO) SANCIONES FUTBOL SALA - 22ª JORNADA (9-10 de MAYO) NO HAY SANCIONES ESTA JORNADA EL COMITÉ DE COMPETICIÓN FELICITA A LOS EQUIPOS POR SU BUEN COMPORTAMIENTO EN EL TRANSCURSO DE ESTA JORNADA El Comité de

Más detalles

COMITÉ DE COMPETICIÓN ACTA Nº14 FECHA: JUEZ ÚNICO: D. FCO. JAVIER SÁINZ BUENO

COMITÉ DE COMPETICIÓN ACTA Nº14 FECHA: JUEZ ÚNICO: D. FCO. JAVIER SÁINZ BUENO COMITÉ DE COMPETICIÓN ACTA Nº14 FECHA: 28.12.2017 JUEZ ÚNICO: D. FCO. JAVIER SÁINZ BUENO ASUNTOS TRATADOS: 1º ASUNTO: ASUNTO: E.R SAN JERÓNIMO CR ARLEQUINES MIGUELTURRA CATEGORÍA: LIGA 1ª DIVISIÓN REGIONAL

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el club UD Las Palmas SAD formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica.

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el club UD Las Palmas SAD formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 256 2014/2015 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 251 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga

Más detalles

SEGUNDA NACIONAL A MASCULINA

SEGUNDA NACIONAL A MASCULINA Presidente: D. Javier MONFORTE ABOGADO Vocales: D. Ignacio COMET ABOGADO Dña. Antonia MEDINA ABOGADO Secretario: D. Salvador GRACIA GRADUADO SOCIAL ACTA Nº6-2013/14 DEL COMITE DE COMPETICION DE LA FAR

Más detalles

LIBRO DE SANCIONES. para las Competiciones Municipales

LIBRO DE SANCIONES. para las Competiciones Municipales LIBRO DE SANCIONES para las Competiciones Municipales El presente Libro de Sanciones para Las Competiciones Municipales tiene como objetivos especificar y cuantificar las sanciones que se aplican a los

Más detalles

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY Ferraz, 16 4º Dcha 28008 MADRID Teléfonos: (34) 91 541 49 78 (34) 91 541 49 88 Fax: (34) 91 559 09 86 Internet: www.ferugby.es E-mails: secretaria@ferugby.es prensa@ferugby.es

Más detalles

1.-APROBAR los resultados de los partidos celebrados.

1.-APROBAR los resultados de los partidos celebrados. WATERPOLO, el día 29 de marzo de 2006 a las 18:00 horas en relación a los partidos correspondientes a la jornada celebrada el día 26 de marzo de 2006. ACUERDA: 2.- Partido de las Ligas de Euskal Herria

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 210-2018/19 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. Miguel Díaz y García Conlledo, doña Elena Roldán Centeno y doña Concepción Escobar Hernández, para resolver el recurso interpuesto

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES JUEZ DE COMPETICIÓN Expediente nº 160 2015/2016 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 15 de noviembre de

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 146 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 169-2018/19 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. Miguel Díaz y García Conlledo, doña Elena Roldán Centeno y doña Concepción Escobar Hernández, para resolver el recurso interpuesto

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 20 2018/2019 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 9 de septiembre de 2018 entre el Real

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 212 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 48 2018/2019 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 23 de septiembre de 2018 entre los equipos

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 168 2013/2014 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido de ida de los dieciseisavos de final del Campeonato de España/Copa de S.M. el Rey, disputado el día 6 de los corrientes

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 427 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 270 2016/2017 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO ACUERDO DEL COMITÉ VASCO DE JUSTICIA DEPORTIVA POR EL QUE SE RESUELVE DESESTIMAR EL RECURSO INTERPUESTO POR D. ALEJANDRO NAVARRO AZKUNAGA, EN REPRESENTACIÓN DE D. ALEJANDRO ROMÁN LLAMA, CONTRA LA RESOLUCIÓN

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma la Real Sociedad de Fútbol SAD formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica.

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma la Real Sociedad de Fútbol SAD formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 298 2014/2015 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 330 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

ARTÍCULO 3 PUNTUALIDAD

ARTÍCULO 3 PUNTUALIDAD ARTÍCULO 3 PUNTUALIDAD ARTÍCULO 4 VESTIMENTA ARTÍCULO 1 JUGADORES Y EQUIPOS En cuanto a los equipos: Se podrá inscribir en acta un máximo de 15 y un mínimo de 4 para cada partido, este listado de jugadores

Más detalles

FUNDAMENTOS JURIDICOS

FUNDAMENTOS JURIDICOS COMITÉ DE APELACIÓN Expediente nº 504-2016/17 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. José Mateo Díaz, D. Arturo Manrique Marín y D. Carlos González Torres, para resolver el recurso interpuesto por

Más detalles

NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA

NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las presentes normas serán aplicadas en el Circuito Insular de Deporte Base, en todas sus modalidades deportivas. 2. POTESTAD DISCIPLINARIA DE LOS

Más detalles

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY Ferraz, 16 4º Dcha 28008 MADRID Teléfonos: (34) 91 541 49 78 (34) 91 541 49 88 Fax: (34) 91 559 09 86 Internet: www.ferugby.es E-mails: secretaria@ferugby.es prensa@ferugby.es

Más detalles

SEGUNDA NACIONAL A MASCULINA

SEGUNDA NACIONAL A MASCULINA Presidente: D. Javier MONFORTE ABOGADO Vocal: Dña. Antonia MEDINA ABOGADO Secretario: D. Salvador GRACIA GRADUADO SOCIAL ACTA Nº5-2015/16 DEL COMITE DE COMPETICION Y DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA FAR Constituido

Más detalles

Reglamento de Régimen Disciplinario Deportivo del Club Natación Judizmendi

Reglamento de Régimen Disciplinario Deportivo del Club Natación Judizmendi Reglamento de Régimen Disciplinario Deportivo del Club Natación Judizmendi Artículo 1 Objeto El objeto del presente reglamento es regular la estructura y desarrollo del Régimen Disciplinario Deportivo

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 391 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 498 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

Federación de Fútbol de Castilla la Mancha

Federación de Fútbol de Castilla la Mancha Federación de Fútbol de Castilla la Mancha Sanciones impuestas por Comité de Competición en su reunión del día 21-04-2010 Nombre Artículo Motivo Sanción GOMEZ RODRIGUEZ, ISIDORO (A) AA.VV. CALLE MAYOR

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO ACUERDO DEL COMITÉ VASCO DE JUSTICIA DEPORTIVA EN RELACIÓN AL RECURSO INTERPUESTO POR D. XXXXXXXXXXXXXXXXXX EN NOMBRE DE ASKARTZA SASKIBALOI TALDEA: REVOCACIÓN DEL ANTERIOR Y ADOPCIÓN DE OTRO NUEVO Exp.

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES JUEZ DE COMPETICIÓN Expediente nº 223 2016/2017 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 7 de enero de 2017

Más detalles

SEGUNDA FEMENINA. A la jugadora Da. SlLVlA GARZON RAMOS, del Club AVENIDA ALAGON CDE FS, 1 partido.

SEGUNDA FEMENINA. A la jugadora Da. SlLVlA GARZON RAMOS, del Club AVENIDA ALAGON CDE FS, 1 partido. RESUMEN DE SANCIONES COMITE DE COMPET~C~~N 28/11/18 FUTBOL SALA SEGUNDA FEMENINA GRUPO 1 C.D. UNlVERSlDAD DE VALLADOLID - U.D. MULTIVERA A la jugadora D. LEIRE YABEN MUNOZ, del Club U.D. MULTIVERA, 1 partido.

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES JUEZ DE COMPETICIÓN Expediente nº 581 2015/2016 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido de vuelta de la primera eliminatoria de la segunda fase del Campeonato Nacional de Liga de

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 77 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga de

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 117 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver las incidencias acaecidas

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE COMPETICIÓN FÚTBOL SALA. Organiza:

REGLAMENTO INTERNO DE COMPETICIÓN FÚTBOL SALA. Organiza: REGLAMENTO INTERNO DE COMPETICIÓN FÚTBOL SALA Organiza: ARTÍCULO 1 JUGADORES Y EQUIPOS En cuanto a los equipos: Se podrá inscribir en acta un máximo de 15 y un mínimo de 6 para cada partido, este listado

Más detalles

ACTA DE ACUERDOS TOMADOS POR EL COMITÉ DE COMPETICIÓN DE LA FEDERACIÓN GALLEGA DE RUGBY EN LA REUNIÓN CELEBRADA EL DÍA 30 DE ENERO DE 2014.

ACTA DE ACUERDOS TOMADOS POR EL COMITÉ DE COMPETICIÓN DE LA FEDERACIÓN GALLEGA DE RUGBY EN LA REUNIÓN CELEBRADA EL DÍA 30 DE ENERO DE 2014. FEDERACION GALLEGA DE RUGBY (Fundada en 1983) ---------------------- Avda. Glasgow 11- Complejo Deportivo de Elviña, 15008- A Coruña www.fegarugby.es secretaria@fegarugby.es Tfno/Fax.: 981 299005 ACTA

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 250 2013/2014 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver las incidencias acaecidas

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 122 2016/2017 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 567 2015/2016 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

DISCIPLINA FÚTBOL SALA Juegos de la Seguridad Social SAN RAMON 2013 INSTRUCTIVO DE COMPETICIÓN

DISCIPLINA FÚTBOL SALA Juegos de la Seguridad Social SAN RAMON 2013 INSTRUCTIVO DE COMPETICIÓN DISCIPLINA FÚTBOL SALA Juegos de la Seguridad Social SAN RAMON 2013 INSTRUCTIVO DE COMPETICIÓN Artículo 1. Cada representativo podrá inscribir un equipo masculino y femenino, en mayor y veteranos, compuesto

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 9/2016 TAD bis.

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 9/2016 TAD bis. Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 9/2016 TAD bis. En Madrid, a 29 de enero 2016, se reúne el Tribunal Administrativo del Deporte para conocer y resolver el recurso presentado por D.

Más detalles

ANTECEDENTES DE HECHO

ANTECEDENTES DE HECHO Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 233/2015 bis En Madrid, a 29 de enero de 2016, se reúne el Tribunal Administrativo del Deporte para conocer y resolver el recurso presentado por D. X,

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 195-2018/19 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. Miguel Díaz y García Conlledo, doña Elena Roldán Centeno y doña Concepción Escobar Hernández, para resolver el recurso interpuesto

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 157 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 119 2014/2015 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

COMITÉ DE APELACIÓN FEDERACIÓN ARAGONESA DE BALONMANO

COMITÉ DE APELACIÓN FEDERACIÓN ARAGONESA DE BALONMANO Recurso número 2 Acta 2-12/13 COMITÉ DE APELACIÓN FEDERACIÓN ARAGONESA DE BALONMANO El Comité de Apelación de la Federación Aragonesa de Balonmano en sesión de fecha 6 de mayo de 2013, ha adoptado la siguiente

Más detalles

FUNDAMENTOS JURIDICOS

FUNDAMENTOS JURIDICOS COMITÉ DE APELACIÓN Expediente nº 117-2017/18 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. José Mateo Díaz, D. Arturo Manrique Marín y D. Carlos González Torres, para resolver el recurso interpuesto por

Más detalles

Expediente nº /16

Expediente nº /16 COMITÉ DE APELACIÓN Expediente nº 553-2015/16 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. José Mateo Díaz, D. Arturo Manrique Marín y D. Carlos González Torres, para resolver el recurso interpuesto por

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 192 bis/2014 TAD. ANTECEDENTES DE HECHO

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 192 bis/2014 TAD. ANTECEDENTES DE HECHO Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 192 bis/2014 TAD. En Madrid, a 7 de noviembre de 2014, se reúne el Tribunal Administrativo del Deporte para conocer y resolver el recurso formulado

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES JUEZ DE COMPETICIÓN Expediente nº 524 2017/2018 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido de vuelta de la primera eliminatoria de la segunda fase del Campeonato Nacional de Liga de

Más detalles

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 10/2016.

Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 10/2016. Y Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm. 10/2016. En Madrid, a 20 de enero de 2016. Visto el recurso interpuesto por D. X, actuando en nombre y representación del F. C. B., contra la resolución

Más detalles

ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el CF Villanovense formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. FUNDAMENTOS JURIDICOS

ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el CF Villanovense formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. FUNDAMENTOS JURIDICOS JUEZ DE COMPETICIÓN Expediente nº 191 2017/2018 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 26 de noviembre de

Más detalles

ANTECEDENTES FUNDAMENTOS JURIDICOS

ANTECEDENTES FUNDAMENTOS JURIDICOS COMITÉ DE APELACIÓN Expediente nº 493-2016/17 Reunido el Comité de Apelación, que forman D. José Mateo Díaz, D. Arturo Manrique Marín y D. Carlos González Torres, para resolver el recurso interpuesto por

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES JUEZ DE COMPETICIÓN Expediente nº 160 2017/2018 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 12 de noviembre de

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES JUEZ DE COMPETICIÓN Expediente nº 69 2017/2018 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 24 de septiembre de

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 250 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

ACUERDO POR EL QUE SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO POR D. XXXXXXXX EN NOMBRE DE ASKARTZA SASKIBALOI TALDEA ANTECEDENTES DE HECHO

ACUERDO POR EL QUE SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO POR D. XXXXXXXX EN NOMBRE DE ASKARTZA SASKIBALOI TALDEA ANTECEDENTES DE HECHO ACUERDO POR EL QUE SE DESESTIMA EL RECURSO INTERPUESTO POR D. XXXXXXXX EN NOMBRE DE ASKARTZA SASKIBALOI TALDEA Exp. nº 23/2015 ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- D. XXXXXX ha interpuesto en nombre de Askartza

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 459 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el Cádiz CF formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el Cádiz CF formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. FUNDAMENTOS JURÍDICOS COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 157 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez, D. Lucas Osorio Iturmendi y D. Pablo Mayor Menéndez, para resolver

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 346 2017/2018 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato

Más detalles

COMITÉ DE COMPETICIÓN ACTA Nº14 FECHA: JUEZ ÚNICO: D. FCO. JAVIER SÁINZ BUENO

COMITÉ DE COMPETICIÓN ACTA Nº14 FECHA: JUEZ ÚNICO: D. FCO. JAVIER SÁINZ BUENO COMITÉ DE COMPETICIÓN ACTA Nº14 FECHA: 28.01.2016 JUEZ ÚNICO: D. FCO. JAVIER SÁINZ BUENO ASUNTOS TRATADOS: 1º ASUNTO: MODIFICACIONES DE PARTIDOS POR ACUERDOS MUTUOS DE CLUBES Se admiten los adelantos y

Más detalles

REGLAMENTO DISCIPLINARIO

REGLAMENTO DISCIPLINARIO 1 REGLAMENTO DISCIPLINARIO Edición 01 - de 12 de diciembre de 2016 Normas Generales Artículo 1. Quedan sometidos al régimen disciplinario los/as jugadores/as, entrenadores/as, delegados/as, árbitros/as

Más detalles

ACTA DE ACUERDOS ADOPTADOS POR EL JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN DE LA FEDERACIÓN GALLEGA DE RUGBY EN FECHA 7 DE DICIEMBRE DE 2016.

ACTA DE ACUERDOS ADOPTADOS POR EL JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN DE LA FEDERACIÓN GALLEGA DE RUGBY EN FECHA 7 DE DICIEMBRE DE 2016. ACTA DE ACUERDOS ADOPTADOS POR EL JUEZ ÚNICO DE COMPETICIÓN DE LA FEDERACIÓN GALLEGA DE RUGBY EN FECHA 7 DE DICIEMBRE DE 2016. A. Copa FGR Femenina Jornada 5 1. Kaleido Univ. Vigo C.R.A.T. Coruña 2. Coreti

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES COMITÉ DE COMPETICIÓN Expediente nº 128 2014/2015 Reunido el Comité de Competición de la RFEF, integrado por D. Francisco Rubio Sánchez y D. Lucas Osorio Iturmendi, para resolver las incidencias acaecidas

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 176 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 231 2018/2019 Reunido el Comité de Competición de la RFEF para resolver las incidencias acaecidas con ocasión de la celebración del partido correspondiente al Campeonato Nacional de Liga

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el Real Club Celta de Vigo, SAD, formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica.

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES. Segundo.- En tiempo y forma el Real Club Celta de Vigo, SAD, formula escrito de alegaciones, aportando prueba videográfica. Expediente nº 61 2018/2019 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", disputado el día 30 de septiembre de 2018 entre los equipos

Más detalles

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES

RESOLUCIÓN ANTECEDENTES Expediente nº 185 2018/2019 Vistos el acta y demás documentos correspondientes al partido del Campeonato Nacional de Liga de Segunda División "B", Jornada 14, disputado el día 25 de noviembre de 2018,

Más detalles

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE RUGBY Ferraz, 16 º Dcha 28008 MADRID Teléfonos: (3) 91 51 9 78 (3) 91 51 9 88 Fax: (3) 91 559 09 86 Internet: www.ferugby.es E-mails: secretaria@ferugby.es prensa@ferugby.es ACUERDOS

Más detalles

Federación Aragonesa de Fútbol

Federación Aragonesa de Fútbol El Juez Único de Competición y Disciplina Deportiva de Liga Nacional Juvenil de LIGA NACIONAL JUVENIL GRUPO 6, en su reunión del día 15-09-2016, examinada el acta del partido de la referencia, informes

Más detalles

NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA

NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA 1. ÁMBITO DE APLICACIÓN Las presentes normas serán aplicadas a los Juegos Insulares de Promoción Deportiva, en todas sus modalidades deportivas. 2. POTESTAD DISCIPLINARIA

Más detalles

NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA ESCOLAR

NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA ESCOLAR Área de Educación, Cultura, y Juventud NORMAS DE DISCIPLINA DEPORTIVA ESCOLAR ÍNDICE CAPÍTULO I.- DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- ÁMBITO DE APLICACIÓN. ARTÍCULO 2.- LA POTESTAD DISCIPLINARIA. ARTÍCULO

Más detalles

1).- ENCUENTRO S18 ENTRE VALENCIA TECNIDEX Y EL INTER ( )

1).- ENCUENTRO S18 ENTRE VALENCIA TECNIDEX Y EL INTER ( ) ACTA DE LOS ACUERDOS TOMADOS POR EL COMITÉ DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA FEDERACIÓN DE RUGBY DE LA COMUNIDAD VALENCIANA EL 19 DE FEBRERO DE 2015 ACTA NÚMERO 6/2015 1).- ENCUENTRO S18 ENTRE VALENCIA TECNIDEX

Más detalles

CAMPEONATOS LOCALES DE FUTBOL-SALA CAPÍTULO 1

CAMPEONATOS LOCALES DE FUTBOL-SALA CAPÍTULO 1 CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Artículo 11.- El Comité de Competición en primera instancia y el Comité Organizador o de Apelación en segunda, serán competentes en materia disciplinaria para aquellas

Más detalles

FUNDAMENTOS JURIDICOS

FUNDAMENTOS JURIDICOS COMITÉ DE APELACIÓN Expediente nº 528-2017/18 Reunido el Comité de Apelación para resolver el recurso interpuesto por la representación de la AGRUPACIÓN DEPORTIVA ALCORCÓN, SAD, contra acuerdo del Comité

Más detalles