ESTABLECIMIENTO APÍCOLA/LACTEO Solicitud de habilitación de establecimiento y/o Grupo Tecnológico:
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- Jaime Arroyo Carrasco
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2 ESTABLECIMIENTO APÍCOLA/LACTEO Solicitud de habilitación de establecimiento y/o Grupo Tecnológico: El interesado debe completar en todos sus campos la solicitud -ANEXO I- indicando el/los grupos tecnológicos que desea habilitar. Adjuntar la documentación técnica y administrativa indicada en la (hoja 2 del ANEXO I) necesaria para la habilitación del mismo. La empresa debe abonar el arancel correspondiente a Habilitación de Establecimiento Apícola El interesado debe entregar en el Centro Regional correspondiente a la jurisdicción del establecimiento, con el fin de que sea ingresada al sistema CUDAP con un Número de expediente
3 ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN- EVALUACIÓN TÉCNICA: Luego del estudio y aprobación de planos y memorias, se debe evaluar in situ que las condiciones de planos y memorias que figuran en el expediente se correspondan con lo instalado en planta, por lo cual el funcionario que realice la visita debe llevar las copias aprobadas de los planos y las memorias, las que deben quedar archivadas en planta. Si el resultado es favorable se continua con la documentación jurídica
4 Evaluación Administrativa: El análisis de la documentación Administrativa obrante en el expediente, la realiza el Servicio Jurídico del Centro Regional, quien emite opinión respecto a la documentación que obra en el Expediente. Este proceso culmina con un dictamen que en caso de ser favorable, prosigue con el trámite de habilitación. Nº de Habilitación:Este número lo asigna la Dirección de Inocuidad de Productos de Origen Animal DIPOA- para lo cual el Centro Regional debe remitir a esa Dirección la Plantilla -ANEXO IV del presente documento- (Corresponde al Anexo I DFPOA-) debidamente cumplimentada adjuntando copia del Dictamen Favorable emitido por el Servicio Jurídico. La DIPOA otorga el Nº en un plazo no mayor a 48 hs.
5 8.1.4 INFORME DE ALTA Y EMISIÓN DE CERTIFICADO Con el número de habilitación asignado por la DIPOA, el Centro Regional otorga el ALTA al establecimiento y remite indefectiblemente el Memorando de ALTA ANEXO V (Memorando de ALTA) y el ANEXO A completado en todos sus campos, a fin de que la Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas emita el Certificado de Habilitación correspondiente y registre el establecimiento en el Sistema Único de Registro S.U.R.-, a partir de ahí el establecimiento puede comenzar a operar con el Servicio. El Certificado emitido por la Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas se envía al Centro Regional quien lo entregará al Establecimiento. El Certificado junto al Libro de Actas rubricado debe quedar archivado en planta en lugar visible y a disposición de las autoridades de fiscalización cuando éstas lo requieran.
6 HABILITACIÓN DE GRUPO TECNOLÓGICO Solicitud de habilitación Grupo Tecnológico: Ante la necesidad de la empresa de ampliar la línea de producción para un nuevo GRUPO TECNOLÓGICO, el interesado debe presentar. Nota con membrete de la empresa y firmada por el responsable de la misma ante SENASA, solicitando dicha ampliación, para lo cual debe: a)adjuntar la documentación técnica necesaria para la habilitación del mismo (Planos y Memorias) y pagar el arancel correspondiente. b)toda la documentación que presente el interesado se debe entregar en el Centro Regional correspondiente para ser agregada al expediente de habilitación de la planta.
7 ESTUDIO DE LA DOCUMENTACIÓN Evaluación Técnica: Una vez realizado el informe técnico de estudio de planos y memorias y habiendo realizado la visita para corroborar la concordancia entre la documentación presentada y lo construido corresponde ALTA AMPLIACION Y NUEVO CERTIFICADO Informe de ALTA Y Emisión de Certificado: Cumplido el punto anterior, el Centro Regional remite a la DIPOA el Memorando de ALTA - Ampliación de Rubro y/o Actividad - a fin de que la Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas emita el Certificado de Habilitación correspondiente y registre el establecimiento en el Sistema Único de Registro.
8 El Certificado emitido por la Coordinación de Establecimientos Lácteos y Apícolas se envía al Centro Regional quien lo entregará al Establecimiento. SUB -GRUPO TECNOLÓGICO Monografía de proceso de elaboración: La empresa presenta al Jefe de servicio la monografía de proceso de elaboración por cada sub grupo que desee incluir en la habilitación (Solo pueden ser productos comprendidos en el Grupo Tecnológico Habilitado). Esta monografía debe ser en hoja con membrete, sello y firma del responsable del establecimiento Aprobación del subgrupo: El jefe de servicio evalúa el pedido y en caso de aprobarlo, completa y firma el formulario (ANEXO VI) Ampliación de Rubro y/o actividad y ANEXO A por duplicado y lo eleva al Coordinador Temático de Fiscalización Agroalimentaria, junto con la Monografía de proceso de elaboración, para ser agregado al Expediente de habilitación.
9 INCLUSIÓN A LA BASE ÚNICA DE DATOS El Centro Regional envía un formulario a la Coordinación de Lácteos y Apícolas con el fin de poder incluir esta información en la base única de datos.
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11 REQUISITOS PARA HABILITACION Y/O TRANSFERENCIA EXENCIÓN /TRANSFERENCIA / REINTEGRO DE DEPOSITO EN GARANTIA En todos los casos la documentación acompañada debe ser la original, o bien copia debidamente certificada (escribano y/o juez de paz, policía, etc.), extendida a nombre de la razón social solicitante, al domicilio industrial y para las actividades requeridas. Las entidades, empresas, personas físicas, sociedades de hecho, municipalidades, etc. que soliciten habilitación / transferencia, etc. deberán cumplir los requisitos Comunes a todos los Establecimientos, a saber:
12 (1) Nota presentación y/o formulario completo para la 1ra. etapa (Requisitos técnicos) (2) Comprobante de Inscripción fotocopia autenticada- en la Dirección Nacional de Recaudación Previsional (CUIT), y en la Dirección General de Rentas, o Convenio Multilateral según corresponda. (3) Personas Jurídicas deben acompañar según indicación: Sociedades Anónimas: a) Copia de sus estatutos, cuyo objeto mencionará expresamente la actividad que se solicita la inscripción. b) Acta donde conste la distribución de cargos de los integrantes del Directorio, así como modificaciones inscriptas en el Registro Público de Comercio o Inspección General de Personas Jurídicas, según corresponda. Sociedades de Responsabilidad Limitada: a)copia del Contrato Social, y las modificaciones correspondientes, si las hubiere.
13 Cooperativas: Copia de sus estatutos debidamente inscriptos en el organismo de contralor correspondiente, y del acta donde conste la distribución de cargos de las autoridades. Asociaciones Civiles: a) Copia certificada del estatuto de creación. General de Justicia. b) Acta donde conste la distribución de cargos. c) Constancia de aprobación por la Inspección Sociedades Civiles: Contrato de constitución basado en instrumento público o privado certificado Escribano Público. Personas Físicas: Para unipersonal presentar copia certificada del D.N.I., o Inscripción en Registro Público de Comercio.
14 Propiedad: Acreditar la posesión o tenencia del inmueble conforme a derecho, mediante agregado de título de propiedad y certificado de dominio actualizado del bien raíz emitido por el Registro de la Capital Federal o bien el de la Provincia (a), y/o contrato de locación, comodato, o documento que acredite el usufructo, etc. Habilitación Municipal y/o Provincial: Presentación del certificado o permiso provisional o definitivo de funcionamiento otorgado por la autoridad local (comunal, municipal, provincial) competente, según corresponda. Certificado de Aprobación de Eliminación de Efluentes: emanado de autoridad nacional, provincial y/o municipal competente, con autorización de funcionamiento.
15 Carta y/o Poder especial de tramitación para apoderados y/o terceros que no sean parte integrante de la firma. Declaración jurada de capacidad anual máxima de faena, depósito y/o elaboración del establecimiento, expresada en kilogramos, detallada por cada actividad requerida (total estimativo). Abono de los aranceles que correspondan en general y/o particular. Libre deuda con SENASA (Artículo 1º - Resolución 709/97) Certificado de matrícula extendida por la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) Pago del depósito en garantía en los casos que correspondiere (exceptuando Lácteos y Apícolas)
16 REQUISITOS ESPECIALES PARA BUQUES Certificado de matrícula de buque extendido por autoridad competente. Permiso de Pesca extendido por autoridad competente. Certificado Nacional de Seguridad de Navegación p/buque nacional/extranjero de Prefectura Naval Argentina. Contrato de fletamento p/buque chartero y en carácter de locatario, deberá constituir depósito garantía. REQUISITOS ESPECIALES PARA LACTEOS/APICOLAS Declaración jurada para elaborador y/o depósito (formulario) Título de profesional Director Técnico
17 TRANSFERENCIA DE HABILITACIÓN Solicitud conjunta o bien a pedido sólo del futuro titular de la habilitación, siempre que se acreditare fehacientemente el acto jurídico de transmisión del establecimiento. (El nuevo titular deberá cumplir con los requisitos comunes a todos los establecimientos anexando toda la documentación citada expedida a su nombre). TRANSFERENCIA DEL DEPÓSITO EN GARANTÍA Deberá acreditarse la conformidad/consentimiento del que la hubiere constituido en su oportunidad. Declaración jurada de la nueva firma solicitando la acreditación del monto constituido del depósito en garantía a futuros pagos de la tasa sanitaria mensual.
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19 HABILITACION DE ESTABLECIMIENTO Solicitud de habitación de establecimiento lácteo o ampliación de grupos Estudio de la documentación: * Técnica * Jurídica Interesado SENASA UNIDAD OPERATIVA SENASA DIPOA Asignación de N de Habilitación SENASA UNIDAD OPERATIVA Emisión de memo de alta CELyA Emisión de certificado definitivo
20 HABILITACION DE GRUPO TECNOLOGICO Nota solicitando ampliación de línea de producción- Grupo Tecnológico Interesado Estudio de la documentación: * Técnica SENASA UNIDAD OPERATIVA Emisión de memo de alta SENASA UNIDAD OPERATIVA Emisión de certificado definitivo CELyA
21 HABILITACION DE SUB-GRUPO TECNOLOGICO La empresa presenta monografía del proceso de elaboración Interesado Estudio de la documentación y aprobación de sub-grupo SENASA JEFE DE SERVICIO Inclusión del subgrupo en la base única de datos SENASA CELyA
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