EL CASO DARÍO RODRIGUEZ Y LA SANCIÓN IMPUESTA POR DOPAJE
|
|
- María Elena Piñeiro Franco
- hace 8 años
- Vistas:
Transcripción
1 I. INTRODUCCIÓN.- EL CASO DARÍO RODRIGUEZ Y LA SANCIÓN IMPUESTA POR DOPAJE Dr. Horacio González Mullin 1 Hace pocas semanas atrás, el caso de dopaje de Darío Rodríguez sacudió el ambiente del fútbol uruguayo; uno de los principales referentes del Club Atlético Peñarol daba positivo en el control antidoping, luego del partido clásico jugado contra el Club Nacional de Football el 5 de mayo de En dicho encuentro, el futbolista aurinegro no participó pero sí estuvo en el banco de suplentes.- La sustancia encontrada fue la OXA B12, incluida dentro de la lista de Sustancias Prohibidas 2013 de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), en el Grupo S9 Glucocoricoioesteroides. Finalmente, luego del procedimiento disciplinario correspondiente, el Comité Disciplinario de la Organización Nacional Antidopaje del Uruguay (ONAU), dictó la resolución No.009/2013, por la cual impuso al futbolista Darío Rodríguez, una sanción de suspensión de dos meses de inhabilitación para actuar en competencias.- Entendemos, entonces, que puede resultar de interés para los lectores de Todos los Deportes, conocer cuáles fueron los fundamentos jurídicos en los que se basó la ONAU para dictar la referida resolución.- II. EL TRATAMIENTO DE LA LESIÓN Y LAS PROPIEDADES DE LA OXA B12 El jugador Darío Rodríguez, que había sufrido una rotura de fibras o desgarro, venía siendo tratado por el Cuerpo Médico de Peñarol, con el medicamento OXA B12 para una más rápida y mejor recuperación.- Dicho medicamento está indicado para patologías del deportista, entre otras indicaciones.- Se trata, -según informa el Laboratorio Urufarma en su página Web-, de una asociación constituida por las sustancias Diclofenac, Betametasona y Vitamina B 12.- El Diclofenac es un analgésico antinflamatorio no esteroide con excelentes propiedades antirreumáticas, analgésicas, antiinflamatorias y antipiréticas; por su parte, la Betametasona es una droga antiinflamatoria por excelencia que tiene la propiedad de inhibir todo tipo de inflamación; finalmente, la vitamina B 12 es de utilidad excepcional en el tratamiento de neuritis y en otros tipos de procesos inflamatorios articulares. Como ya lo dijimos, la OXA B12 (y la sustancia Betametasona) está incluida en la Lista de Sustancias Prohibidas de la AMA, en el Grupo S9 Glucocorticoioesteroides.- 1
2 III.- EL PARTIDO CLÁSICO Y EL CONTROL ANTIDOPAJE.- La semana previa al partido clásico con el Club Nacional de Football (a jugarse el 5 de mayo de 2013)-, el futbolista Darío Rodríguez recibió normalmente la medicación, tal como la venía recibiendo hasta ese momento.- Pocos o nadie- sospechaba que se lo pudiera incluir dentro del plantel para participar en el citado encuentro clásico; según lo declaró luego el Dr. Alfredo Rienzi (Jefe del Cuerpo Médico de Peñarol), Darío Rodríguez no estaba en condiciones de jugar a raíz de la lesión de desgarro que sufría.- Posiblemente esto llevó a que, el viernes 3 de mayo, dos días antes del partido contra Nacional, el kinesiólogo de Peñarol, Germinal López, le suministrara nuevamente el OXA B12, debido al dolor que el jugador estaba sufriendo.- No tenemos la certeza si dicho medicamente fue suministrado con el conocimiento y orden del resto del cuerpo médico de Peñarol, los Dres. Alfredo Rienzi y Mario Pagano.- Luego, para sorpresa de algunos, el Director Técnico de Peñarol, Jorge Polilla Da Silva resolvió incluirlo en el banco de suplentes para el partido contra el Club Nacional de Football; ni el Cuerpo Médico ni el propio jugador tuvieron presente las consecuencias que tal inclusión podía traer, especialmente, teniendo en cuenta que, tan solo dos días antes, se le había suministrado una sustancia prohibida por la AMA.- El desenlace ya lo conocemos bien; Darío Rodríguez, por el solo hecho de haber estado en el banco de suplentes (a pesar de no haber participado en el encuentro) fue sorteado para realizar el correspondiente control antidoping.- Y de la muestra obtenida se constató la existencia de la sustancia prohibida BETAMETASONA, dando POSITIVO, por tanto, el CONTROL ANTIDOPING del jugador.- IV.- LA SANCIÓN DISPUESTA: DOS MESES DE INHABILITACION Como ya lo dijimos, luego de llevarse adelante el procedimiento correspondiente, en donde declararon los integrantes del cuerpo médico de Peñarol y el propio jugador, el Comité Disciplinario dispuso suspender al deportista POR DOS MESES DE INHABILITACION PARA ACTUAR EN COMPETENCIA, con descuento de la suspensión preventiva dispuesta el día 5 de julio de Las reacciones del público en general, a la decisión adoptada, fueron disímiles.- Algunos simpatizantes del Club Nacional de Football compararon la forma desigual en que se trató la situación de Darío Rodríguez con la de Santiago Morro García; recordemos que a este último se le detectó una droga social (cocaína) en la muestra obtenida luego de participar en las finales jugadas contra Defensor Sporting Club en el año Como consecuencia de ello, el futbolista tricolor fue suspendido a nivel nacional por dos años, aunque luego se redujo la inhabilitación a trece meses por haber cumplido los requisitos exigidos por el Reglamento.- 2
3 Por su parte, muchos simpatizantes del Club Atlético Peñarol sostuvieron que Darío Rodríguez había sido víctima de la falta de comunicación entre los principales integrantes del Cuerpo Médico de Peñarol, que se encontraban distanciados.- En términos vulgares se dijo que el futbolista se había comido un verdadero garrón. Se preguntaban entonces, por qué Darío Rodríguez debía sufrir una suspensión que era responsabilidad del Cuerpo Médico de la Institución aurinegra.- Para entender todo esto, veremos seguidamente, las normas en que se basó el Comité Disciplinario de la ONAU, para sancionar al futbolista aurinegro, con una suspensión de dos meses.- Por último daremos nuestra opinión en cuanto a la sanción aplicada.- V. EL DOPAJE Y LA CONDUCTA DEL DEPORTISTA. Para poder entender la decisión del Comité Disciplinario, es necesario, previamente, conocer determinados conceptos acerca del dopaje.- En primer lugar, y conforme al artículo 1 del Código Mundial Antidopaje (y artículo 5 del Reglamento Antidopaje de la FIFA), se define como dopaje a una o varias infracciones de las normas antidopajes.- Constituye infracción a tales normas, entre otras, la constatación de la presencia de una sustancia prohibida o sus metabolitos o marcadores en la muestra de un deportista (Artículo 2.1. del Código Mundial Antidopaje y artículo 6 del Reglamento Antidopaje de la FIFA).- Es decir que, comprobado una sustancia prohibida en la muestra del deportista, - (como ocurrió con la OXA B12 en la muestra de Darío Rodríguez), se está entonces ante la violación de una norma antidopaje y, por tanto, se está ante UN DOPAJE.- Pero además, el propio Código impone al deportista el deber y responsabilidad de controlar el ingreso de sustancias prohibidas a su cuerpo.- En efecto; establece el artículo del Código Mundial, que es un deber personal de cada deportista asegurarse de que ninguna sustancia prohibida se introduzca en su organismo. Dispone también que los deportistas son responsables de la presencia de cualquier sustancia prohibida, de sus metabolitos o de sus marcadores, que se detecten en sus muestras y que por tanto, no importa si se demuestra o no el uso intencionado, culpable o negligente, o el uso consciente por parte del deportista, sino que el solo hecho de que exista una sustancia prohibida en la muestra del deportista, significa una violación a las normas antidopajes y por tanto, un dopaje.-. Una norma similar se reproduce en el artículo 6.1 del Reglamento Antidopaje de la FIFA. Esto es lo que ocurrió con Darío Rodríguez; no importa si el futbolista utilizó en forma consciente o no la sustancia; tampoco o importa para determinar si hubo dopaje, si 3
4 existió voluntad o no por parte del jugador, o si la responsabilidad fue de los médicos; lo cierto es que se encontró el OXA B12 en la muestra del jugador, una sustancia prohibida por la AMA, y por tanto, existió dopaje del deportista.- VI. AUTORIZACIÓN PARA USO TERAPEUTICO Sin embargo, el hecho de que se constate la existencia de sustancias prohibidas en la muestra, no significa siempre que haya dopaje.- En efecto; las normas antidopaje prevén situaciones en las cuales se autoriza a un deportista el uso de sustancias prohibidas para el tratamiento terapéutico de enfermedades o lesiones.- En este sentido, el artículo 4.4. del Código Mundial Antidopaje establece que cada Federación Internacional y cada organismo nacional se deben asegurar que exista un procedimiento mediante el cual los deportistas que poseen historiales médicos documentados que requieran el uso de una sustancia prohibida o de un método prohibido, puedan solicitar una autorización de uso terapéutico. Un disposición similar se reproduce en el artículo 46 del Reglamento Antidopaje de la FIFA; establece que todo jugador que posea un historial médico documentado y requiera el uso de una sustancia prohibida o de un método prohibido deberá primero solicitar una Autorización para Uso Terapéutico (AUT); dicha autorización será concedida solo en aquellos casos en los que exista de manera clara y convincente la necesidad clínica y no se obtenga ninguna ventaja para el jugador. Debemos dejar bien en claro que, en el caso del futbolista Darío Rodríguez, no se solicitó y por tanto no se concedió jamás la autorización de utilizar el OXA B12 para uso terapéutico.- VII. LAS SANCIONES Y SU REDUCCIÓN. Llegamos entonces a una de las cuestiones medulares del caso, es decir, la sanción a aplicar; el artículo 10.2 del Código Mundial Antidopaje establece que por la primera infracción que se ocurra en caso de Dopaje por haberse constatado la presencia de una sustancia prohibida, la sanción será de DOS AÑOS.- Por tanto, en el caso de Darío Rodríguez, que se trataba de una primera infracción, correspondía aplicar como sanción la suspensión de dos años, como ocurrió en el caso del jugador del Club Nacional de Football, Santiago Morro García.- Sin embargo, el Comité Disciplinario, al momento de analizar la situación tuvo en cuenta el artículo 10.4 del Código Mundial Antidopaje.- Dicha norma dispone que en caso de que un deportista u otra persona pudiera demostrar cómo ingresó la sustancia en su organismo (ruta de ingreso) y que dicha sustancia no pretendía mejorar el rendimiento deportivo, ni enmascarar el uso de otra sustancia dirigida si a mejorar su 4
5 rendimiento, la sanción podría ser como mínimo UNA AMONESTACIÓN, y como máximo dos años.- Por su parte, el artículo 10,5 del Código también dispone que en caso que el deportista probare que no existió conducta culpable o negligente por su parte, se podría anular el período de suspensión aplicable.- Es decir que la sanción de dos años prevista por el artículo 10.2, NO SOLO PUEDE SER REDUCIDA A UNA AMONESTACIÓN (en caso que el deportista probara como ingresó la sustancia al cuerpo y que no fue intención mejorar su rendimiento) sino que también PUEDE SER ANULADA, en caso que el deportista probare que no existió conducta culpable o negligente de su parte.- Sin embargo, en el caso de Darío Rodríguez, el Comité Disciplinario entendió que el futbolista no tomó en cuenta que los deportistas son siempre y objetivamente responsables, no solamente por la presencia de una sustancia prohibida en su organismo, sino también de la elección de su personal médico, de advertir a este personal de la prohibición de recibir cualquier sustancia prohibida, y de requerir información sobre qué sustancia se le suministra y si se encuentra o no vedada según las reglas y listas correspondientes (arts y del CMA). Y por tanto, dado que su conducta revelaba negligencia y era reprochable, no correspondía reducir la sanción a una anulación o absolución.- Consecuentemente, el Comité Disciplinario resolvió reducir la sanción a aplicar a Darío Rodríguez, (2 años según lo establecido por el artículo 10.2) a una suspensión de dos meses.- VIII. CONCLUSIÓN Y NUESTRA OPINIÓN.- En base a lo dicho podemos concluir que Darío Rodríguez incurrió en Dopaje, en tanto se constató en su cuerpo una sustancia prohibida por la AMA, -sin la previa autorización para uso terapéutico-, generándose en consecuencia una infracción a una norma antidopaje.- La sanción que hubiera correspondido aplicar por tratarse de una primera infracción, era la suspensión por dos años.- No obstante, debido a que el deportista acreditó la forma en que la sustancia ingresó a su cuerpo (mediante el suministro por parte del cuerpo médico de Peñarol) y que no tenía la intención de mejorar su rendimiento, el Comité Disciplinario de la ONAU quedó habilitado a reducir la sanción a un mínimo de una amonestación.- Sin embargo, el Comité Disciplinario entendió que era un deber personal de Darío Rodríguez y de cualquier deportista- no solo asegurarse de que ninguna sustancia prohibida se introduzca en su organismo, sino que también es su responsabilidad la elección y control de su personal médico, lo que no sucedió en el caso de referencia, 5
6 revelando una conducta negligente y reprochable del futbolista.- Ello llevó a que el Comité Disciplinario resolviera aplicar una suspensión de dos meses.- Por tanto, podemos estar de acuerdo o no con la suspensión impuesta por el Comité Disciplinario de la ONAU; de ello dependerá del grado de responsabilidad que se le atribuya al jugador de Peñarol.- Lo que no podemos dudar es que el Comité Disciplinario de la ONAU actuó dentro de lo que el propio Código Mundial Antidopaje y el Reglamento FIFA le permitía: redujo la pena de dos años a dos meses, según su propio entender, de acuerdo al grado de responsabilidad que le atribuyó al futbolista.- Finalmente, sin perjuicio de lo dicho respecto al Comité Disciplinario, entendemos que Darío Rodríguez pudo recibir una sanción más elevada, si se tiene en cuenta que se trata de un deportista maduro, con una gran experiencia y trayectoria profesional e, incluso, con un nivel intelectual elevado.- Es también, claramente, uno de los jugadores referentes de Peñarol, con una gran personalidad y poder de liderazgo.- Consecuentemente, el futbolista pudo advertir el riesgo que corría cuando se le aplicó el inyectable dos días antes del encuentro clásico; y si no lo advirtió en ese momento, por desconocer que integraría el banco de suplentes, pudo entonces hacerlo cuando el Cuerpo Técnico le informó de esta situación.- Una de las dos medidas pudo y debió ser advertida por el futbolista aurinegro.- 1 Abogado y Escribano, socio y Director del Departamento Legal y Contencioso y del Departamento de Derecho del Deporte del Estudio González Mullin, Schickendantz & Asociados. Asesor en Derecho Deportivo; Co-asistente del Coordinador y Profesor del Diplomado de Derecho del Deporte que se lleva a cabo en la Universidad Católica del Uruguay; Co- director del Suplemento Digital de derecho deportivo, el Derecho Deportivo Uruguay. Socio de la Asociación Latinoamericana del Derecho del Deporte (ALADDE) y de la Asociación Internacional de Abogados del Fútbol (AIAF).- 6
CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE. Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos
Resolución 2CP/10 CONVENCIÓN INTERNACIONAL CONTRA EL DOPAJE EN EL DEPORTE Anexo II - Normas para la concesión de autorizaciones para uso con fines terapéuticos París, 1º de enero de 2011 - 2 - Extracto
Más detallesTRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE MENORES EL CASO VALENTIN VADA: UN LLAMADO DE ALERTA PARA LOS CLUBES FORMADORES
TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE MENORES EL CASO VALENTIN VADA: UN LLAMADO DE ALERTA PARA LOS CLUBES FORMADORES I. La Prohibición de las Transferencias Internacionales. Dr. Horacio González Mullin 1 Como
Más detallesIV. DISCUSIÓN. El estrés ha sido objeto de estudio a través de un largo periodo de tiempo y aún
IV. DISCUSIÓN El estrés ha sido objeto de estudio a través de un largo periodo de tiempo y aún así existen dudas acerca de éste y sus consecuencias. Se ha podido observar que por una parte es un gran incentivo
Más detalles1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre,
1º) El título oficial de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria fue creado a través del Real Decreto 3303/1978, de 29 de diciembre, norma que estableció como sistema ordinario y habitual
Más detallesComité Asesor sobre Observancia
S WIPO/ACE/9/23 ORIGINAL: RUSO FECHA: 20 DE DICIEMBRE DE 2013 Comité Asesor sobre Observancia Novena sesión Ginebra, 3 a 5 de marzo de 2014 LA OBSERVANCIA DE DERECHOS SOBRE OBRAS AUDIOVISUALES EN VIRTUD
Más detallesLa Sucesión n de Empresas.
La Sucesión n de Empresas. Su regulación n y aplicación n en la práctica jurídica uruguaya; un análisis armónico a la luz de la normativa actual. Dr. Leonardo Costa Franco Concepto de empresa de acuerdo
Más detallesEl ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas
El ABC de la revisión periódica de las instalaciones internas de gas Ante las constantes inconformidades de los usuarios de gas natural con respecto a las revisiones periódicas de las instalaciones internas,
Más detallesCONSULTA SOBRE PEAJES DE ACCESO DE CONSUMO ELÉCTRICO Y REFACTURACIONES LLEVADAS A CABO POR LOS SUMINISTRADORES DE ENERGÍA 1
CONSULTA SOBRE PEAJES DE ACCESO DE CONSUMO ELÉCTRICO Y REFACTURACIONES LLEVADAS A CABO POR LOS SUMINISTRADORES DE ENERGÍA 1 Lourdes García Montoro Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La
Más detallesModificación y parametrización del modulo de Solicitudes (Request) en el ERP/CRM Compiere.
UNIVERSIDAD DE CARABOBO FACULTAD DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA DIRECCION DE EXTENSION COORDINACION DE PASANTIAS Modificación y parametrización del modulo de Solicitudes (Request) en el ERP/CRM Compiere. Pasante:
Más detallesEnseñando a Enseñar Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado Ciudadanos al Día Facultad de Derecho de la PUCP World Justice Project
Enseñando a Enseñar Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado Ciudadanos al Día Facultad de Derecho de la PUCP World Justice Project Informe de resultados El presente documento tiene como finalidad
Más detallesA) Preguntas relacionadas con el apartado 1 del artículo único del citado real decreto-ley:
SECRETARÍA DE ESTADO DE LA SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CASTELLÓN PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE TARIFA PLANA (Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero) Se ha elaborado una lista con las preguntas
Más detallesLineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México
Lineamientos del Aula Virtual de la Facultad de Ciencias de la Conducta de la Universidad Autónoma del Estado de México OFICINA DEL ABOGADO GENERAL LINEAMIENTOS DEL AULA VIRTUAL DE LA FACULTAD DE CIENCIAS
Más detallesDI Macarena Ponce- DI Belén Martin 1
INTERPRETACION PARCIAL DE LAS ENCUESTAS AUTORES: D.I. Belén Martín D.I. Macarena Ponce FACULTAD DE ARTES Y DISEÑO, UNIVERSIDAD NACIONAL DE CUYO MENDOZA, MAYO 2009 Este trabajo se enmarca en el proyecto
Más detallesINSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1
INSTRUCTIVO DEL PROCEDIMIENTO DE VACANCIA DE AUTORIDADES MUNICIPALES 1 Conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades (LOM), el procedimiento de vacancia debe seguir los siguientes pasos: I) SOLICITUD DE
Más detallesLey Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana. Capítulo I Disposiciones generales
Ley Modelo sobre sistemas de pagos y de liquidación de valores de Centroamérica y República Dominicana Artículo 1. Objeto de la normativa. Capítulo I Disposiciones generales La presente ley tiene por objeto
Más detallesADMINISTRACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO CONVOCATORIA
CONVOCATORIA LA ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO ELÉCTRICO CONVOCA A EMPRESAS ESPECIALIZADAS PARA REALIZAR AUDITORIAS TÉCNICAS DEL SISTEMA DE MEDICIÓN DE LOS USUARIOS DEL SISTEMA DE MEDICIÓN COMERCIAL (SMEC)
Más detallesCapítulo Cinco. Administración Aduanera y Facilitación del Comercio
Capítulo Cinco Administración Aduanera y Facilitación del Comercio Artículo 5.1: Publicación 1. Cada Parte publicará, incluyendo en el Internet, su legislación, regulaciones y procedimientos administrativos
Más detallesAplicación de las normas de protección de datos a los datos de personas fallecidas. (Informe 61/2008)
Aplicación de las normas de protección de datos a los datos de personas fallecidas. (Informe 61/2008) I La consulta se refiere a la queja formulada por D. XXX al constatar la inclusión en un fichero relativo
Más detallesREGLAMENTO DE FÚTBOL OCHO
REGLAMENTO DE FÚTBOL OCHO CAPITULO I. SISTEMA DE COMPETICION Artículo 1: El Torneo de Fútbol Ocho se realizará en la Rama Masculina, en categoría UNICA. Artículo 2: El Coordinador General, definirá el
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0361/2010
Informe 0361/2010 I Se consulta, en primer lugar, si, de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, resulta suficiente y adecuado la conservación
Más detallesPODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL LICENCIADA MARÍA CRISTINA BALDERAS SALAZAR. JUEZ PENAL DE PARTIDO.
Más detallesDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TOLEDO
El Alcalde del Ayuntamiento de, mediante escrito de fecha 8 de febrero de 2012, registrado de entrada en esta Diputación Provincial el día 14, solicita informe jurídico sobre la posibilidad de contratación
Más detallesTécnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9
Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación Página 1 de 9 MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE Orden ECD/.../2012, de XX de xxxxx, por la que se establece el currículo del ciclo formativo
Más detallesPues bien, el tenor de la norma citada, especialmente a la luz de lo que señala su exposición de motivos parece indicar que la inscripción queda
Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Ley de Mediación en asuntos civiles y mercantiles en materia de formación,
Más detallesInicio del proceso selectivo
DATOS DE ENTREVISTA Inicio del Está Ud. realmente interesado en cambiar de empleo? El headhunter entiende que cuando un candidato toma la decisión de evaluar el mercado, está buscando una mejor oportunidad
Más detallesANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS
ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL ARTÍCULO 2.3 EN RELACIÓN CON LA ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS
Más detallesANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS)
ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO 2 DEL ARTÍCULO 2.3 (REGLAS DE ORIGEN Y ASISTENCIA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS) RESPECTO A ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN ASUNTOS ADUANEROS ANEXO VI REFERIDO EN EL PARRAFO
Más detallesEL FAIR PLAY FINANCIERO EN EL FÚTBOL: el caso del Real Mallorca y su exclusión de la UEFA Europa League de la temporada 2010-2011.
EL FAIR PLAY FINANCIERO EN EL FÚTBOL: el caso del Real Mallorca y su exclusión de la UEFA Europa League de la temporada 2010-2011. 1 Preámbulo: Mucho se ha hablado, en los últimos años sobre todo, de la
Más detallesPreguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
Preguntas sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea POR QUÉ UN TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE)? Con el fin de construir Europa, los Estados (actualmente 28) concluyeron entre ellos
Más detallesINFORME SECRETARÍA 1/2015
INFORME SECRETARÍA 1/2015 Recibidas una serie de consultas sobre el procedimiento para la concesión del certificado de habilitación de trabajadoras y trabajadores para la conducción de ambulancias que
Más detallesPARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO.
PARA COMERCIANTES Y AUTÓNOMOS. INFORMACIÓN SOBRE TARJETAS DE CRÉDITO. QUÉ DEBES SABER CUANDO ACEPTAS UNA TARJETA COMO FORMA DE PAGO EN TU ESTABLECIMIENTO? Hace ya muchos años que la mayoría de las microempresas
Más detallesDESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE
DESARROLLOS DE LA CARRERA DOCENTE INGRESO: En la actualidad los educadores colombianos ingresan al servicio educativo mediante concurso de méritos, tal como lo establece el artículo 125 de la constitución
Más detallesAnálisis del Control Interno (Diseño & Implementación) correspondiente al Ciclo de Negocios de Inventarios para el caso de una Cooperativa Médica
Análisis del Control Interno (Diseño & Implementación) correspondiente al Ciclo de Negocios de Inventarios para el caso de una Cooperativa Médica Tipo de empresa: IAMC (Cooperativa Medica) Área temática:
Más detallesLa experiencia en el hospital: Algunas preguntas para usted como cuidador familiar
La experiencia en el hospital: Algunas preguntas para usted como cuidador familiar está trabajando en un importante proyecto para mejorar la forma en que trabajamos con los cuidadores familiares. Como
Más detallesOrdenanza de las Carreras de Posgrado
Ordenanza de las Carreras de Posgrado Res. N 9 del CDC de fecha 25/09/01 - DISTR. 431/01 - DO 3/10/01 (TEXTO DEFINITIVO) I - ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 1 - La presente Ordenanza se aplica a las carreras
Más detalles1ª.- Objeto de la convocatoria
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO y CUARENTA Y CINCO AÑOS, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2015-2016
Más detallesColegio La Fuente Los Ángeles Autenticidad, compromiso y liderazgo 43-2363025 43-2363026 www.colegiolafuente.cl colegiolafuente@gmail.
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS El consumo de alcohol y drogas en los alumnos es una problemática que ha aumentado fuertemente en los últimos años en el país. En
Más detallesCatálogo de Iniciativas de Software de Latinoamérica
Quinta Conferencia de Directores de Tecnología de Información, TICAL 2015 Gestión de las TICs para la Investigación y la Colaboración, Viña del Mar, del 6 al 8 de junio de 2015 Catálogo de Iniciativas
Más detallesPOLÍTICA PARA CONSULTORÍAS
POLÍTICA PARA CONSULTORÍAS La Oficina de Transferencia de Conocimientos de la Universidad Autónoma del Estado de Morelos por medio del presente documento da a conocer las reglas y procedimientos bajo los
Más detallesefisolar e-magazine Motores Eléctricos Eficientes (pág. 2) Clasificación de Motores Eléctricos Eficientes (pág. 4) En esta edición:
ISSN: 2301-0398 efisolar e-magazine Publicación mensual de efisolar ingeniería Año 1 Número 2 octubre/2012 2012 En esta edición: Motores Eléctricos Eficientes (pág. 2) Clasificación de Motores Eléctricos
Más detallesRevisión del Universo de empresas para la Estimación de los Datos Del Mercado Español de Investigación de Mercados y Opinión.
Revisión del Universo de empresas para la Estimación de los Datos Del Mercado Español de Investigación de Mercados y Opinión. (Enrique Matesanz y Vicente Castellanos, Año 2011) Según la experiencia acumulada
Más detallesCréditos académicos. Ignacio Vélez. Facultad de Ingeniería Industrial. Politécnico Grancolombiano
Créditos académicos Ignacio Vélez Facultad de Ingeniería Industrial Politécnico Grancolombiano 11 de noviembre de 2003 Introducción Cuando se habla del sistema de créditos muchas personas consideran que
Más detallesLAS MERCANCÍAS Y SU PASO POR LAS ADUANAS
LAS MERCANCÍAS Y SU PASO POR LAS ADUANAS Lograr competitividad a través del conocimiento de la gestión aduanera es posible. La Aduana debe ser percibida como nuestro partner Inmersos en un mercado global,
Más detallesPolítica antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero
Política antisoborno y de cumplimiento de la Ley sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero Crawford & Company y todas sus subsidiarias en todo el mundo están sujetas a ciertas obligaciones de registros
Más detalleshttp://www.uchile.cl/uchile/download.jsp?document=8142&property=attachment&index=1&content=
http://www.uchile.cl/uchile/download.jsp?document=8142&property=attachment&index=1&content= 389 APRUEBA REGLAMENTO QUE ESTABLECE PROCEDIMIENTO INTERNO REFERIDO A PATENTES DE INVENCION Y MODELOS DE UTILIDAD
Más detallesCÓDIGO DE ÉTICA ABRIL 2010
CÓDIGO DE ÉTICA ABRIL 2010 ÍNDICE Introducción 3 Alcance 3 Marco Ético 4 Comisión de Honor 4 Políticas Comerciales 6 Relación con la Autoridad 8 Contactos con la Prensa 9 Sanciones 10 PÁGINA 1 PÁGINA 2
Más detallesA continuación, se describen las conclusiones más relevantes a las que conduce el presente estudio:
10. CONCLUSIONES A continuación, se describen las conclusiones más relevantes a las que conduce el presente estudio: Perfil del titulado. Entre las principales características sociodemográficas que determinan
Más detallesAntecedentes. El día 8 de noviembre de 2013 llevó a cabo el recurso potestativo de reposición.
Resolución 2014R-2919-13 del Ararteko, de 29 de mayo de 2014, por la que se recomienda al Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco que reconsidere la extinción de una Renta de Garantía
Más detallesORDENACIÓN DE LAS ACTUACIONES PERÍODICAS DEL CONSEJO SOCIAL EN MATERIA ECONÓMICA
Normativa Artículo 2, 3 y 4 de la Ley 12/2002, de 18 de diciembre, de los Consejos Sociales de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid Artículo 14 y 82 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de
Más detallesGabinete Jurídico. Informe 0084/2009
Informe 0084/2009 La consulta plantea si la Junta de propietarios de una comunidad de viviendas en régimen de propiedad horizontal puede acordar la cesión de datos personales de los propietarios, a terceros
Más detalles6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO.
6. LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Y TITULACIÓN DEL ALUMNADO. Los criterios de evaluación en las distintas enseñanzas que se imparten en el centro están recogidos en
Más detallesCONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD
CONTRATO DE CONFIDENCIALIDAD Este Contrato de Confidencialidad, en adelante denominado como el CONTRATO, se celebra entre, Universidad de los Andes, RUT71.614.000-8, con domicilio en San Carlos de Apoquindo
Más detallesANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002).
ANALISIS SOBRE EL CONTENIDO DE LA ITC-BT-04 DEL REGLAMENTO ELECTROTECNICO PARA BAJA TENSIÓN (R.D. 842/2002). La Seguridad Industrial en España, está basada fundamentalmente, a partir del año 1992, en la
Más detallesCASO PRÁCTICO: Con fecha de 27 de marzo de 2013 el director acuerda la apertura de un expediente disciplinario por falta grave y nombra un instructor.
CASO PRÁCTICO: RECLAMACIÓN PRESENTADA POR EL PADRE DE UNA ALUMNA DE 1º DE BACHILLERATO, CON MOTIVO DEL EXPEDIENTE DISCIPLINARIO INCOADO A AUTORA: ROSA Mª VERCHER GONZÁLEZ ANTECEDENTES DEL CASO: Con fecha
Más detallesNEWSLETTER OCTUBRE 2013
INDICE I. Una condición más beneficiosa no puede ser suprimida unilateralmente por la empresa II. Jubilación parcial III. Recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad por la declaración
Más detallesUN GRAVE Y LAMENTABLE ERROR EN UNA MUY BUENA LEY Por el Esc. Jorge Machado
UN GRAVE Y LAMENTABLE ERROR EN UNA MUY BUENA LEY Por el Esc. Jorge Machado Sancionada la Ley Nº 18.407, nace una nueva era en materia de Derecho Cooperativo: los avances son extraordinarios. Pero a pesar
Más detallesNATURALEZA LABORAL DEL CREDITO A FAVOR DEL JUGADOR POR CESION DE DERECHOS FEDERATIVOS A UN CLUB. Horacio González Mullin 1
1 NATURALEZA LABORAL DEL CREDITO A FAVOR DEL JUGADOR POR CESION DE DERECHOS FEDERATIVOS A UN CLUB I. Introducción. Horacio González Mullin 1 En el Uruguay ha quedado prácticamente zanjada la vieja discusión
Más detallesS E N T E N C I A Nº 92/2011
PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000121 /2009 AUDIENCIA NACIONAL. JDO. CENTRAL CONT/ADMO. NÚM. 6 GRAN VÍA NÚM. 52.- MADRID. S E N T E N C I A Nº 92/2011 En MADRID a veinticuatro de Marzo de dos mil once. El Ilmo.
Más detallesQue es del cual les presentamos un resumen (el original consta de 73 páginas) y al final presentamos nuestros comentarios. El estudio se publicó en:
ESTUDIO MIMSA: Del estudio MIMSA se tomaron las pólizas con suma asegurada igual o mayor a un millón de dólares (destacadas en el cuadro anterior en color azul) y de ahí derivó el estudio denominado High
Más detallesMINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA
MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD DIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y FARMACIA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CARTERA BÁSICA DE SERVICIOS DEL SISTEMA
Más detalles24/05/2006. Conselleria de Sanidad Dirección General de Calidad y Atención al Paciente Ilmo. Sr. Misser Mascó, 31-33 VALENCIA - 46010
24/05/2006 07510 Conselleria de Sanidad Dirección General de Calidad y Atención al Paciente Ilmo. Sr. Misser Mascó, 31-33 VALENCIA - 46010 ================ Ref. Queja nº 051332 ================ (Asunto:
Más detallesMODALIDAD B: Subvención de proyectos específicos de actividades desarrollados principalmente en el Término Municipal de Argamasilla de Alba.
CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE ARGAMASILLA DE ALBA (CULTURALES, SOCIALES, EDUCATIVAS, BENÉFICAS, RELIGIOSAS, ETC.), PARA EL EJERCICIO 2015 1. Objeto.- En
Más detallesZUGASTI ABOGADOS. www.zugasti-abogados.com
ASUNTO: DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO DEL EJERCICIO 2013 Les recordamos que el plazo máximo de presentación del Modelo 720 de declaración informativa sobre bienes
Más detallesPREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES El 1 de mayo entró en vigor la nueva norma sobre Prevención de Riesgos Laborales, que afecta a todo el tejido empresarial español. Saray López de Andrés TConsultora Freelance
Más detallesIII. En cuanto a su contenido, el artículo 3 dispone que el Registro incorporará el número y fecha de la Apostilla, el nombre y capacidad en la que
Examinada su solicitud de informe, remitida a este Gabinete Jurídico, referente al Proyecto de Orden por la que se crea y regula el registro electrónico de Apostillas del Ministerio de Justicia y se regula
Más detallesSegundo.- Los expedientes a que se refiere el número anterior podrán responder a alguno de los siguientes supuestos:
ORDEN DE 14 DE MARZO DE 1988 PARA LA APLICACIÓN DE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 104/1988, DE 29 DE ENERO, SOBRE HOMOLOGACIÓN Y CONVALIDACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN NO UNIVERSITARIA
Más detallesSUS DERECHOS. en programas de retraso mental en la comunidad. Departamento de Servicios para Adultos Mayores y Personas Discapacitadas de Texas
SUS DERECHOS en programas de retraso mental en la comunidad For additional copies of this publication, contact Consumer Rights and Services Para obtener copias adicionales de esta publicación, comuníquese
Más detallesCertificación de Productos Condiciones de certificación de calidad de playas
Certificación de Productos Condiciones de Certificación de Calidad de Playas Clave EPPr13 1. OBJETIVO Página 1 de 5 Establecer las condiciones bajo las cuales el IMNC otorga, mantiene, amplia, reduce,
Más detallesDra. Ana Carretero García Profesora Titular de Derecho Civil Centro de Estudios de Consumo Universidad de Castilla-La Mancha
CUATRO INTERPRETACIONES DIFERENTES DEL MISMO ESLOGAN PUBLICITARIO SOBRE DECLARACIONES NUTRICIONALES Y PROPIEDADES SALUDABLES EN LOS ALIMENTOS. NOTA A LA STJUE DE 10 DE ABRIL DE 2014 1 Dra. Ana Carretero
Más detallesCALIDAD TOTAL. Visión estratégica y buena gestión son los ingredientes fundamentales.
CALIDAD TOTAL Visión estratégica y buena gestión son los ingredientes fundamentales. ALFREDO SERPELL Ingeniero civil industrial UC Phd University of Texas at Austin.Profesor titular ingeniería y gestión
Más detallesInformación Importante
Información Importante La Universidad de La Sabana informa que el(los) autor(es) ha(n) autorizado a usuarios internos y externos de la institución a consultar el contenido de este documento a través del
Más detallesREGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015
REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN (REAL DECRETO 39/1997, DE 17 DE ENERO) REDACCIÓN ANTERIOR REDACCIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 11-10-2015 ( ) CAPITULO III Organización de recursos para las actividades
Más detallesNORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN
Resolución de 26 de marzo de 2004, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría sobre consideraciones relativas a la auditoría de entidades
Más detallesSobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias.
Sobre la reciente modificación del decreto reglamentario del impuesto a las ganancias. Autores: Fernanda Laiún y Florencia Fernández Sabella Socias de Laiún, Fernández Sabella & Smudt. Fernandez Sabella
Más detallesManual de Créditos de Construcción Individual en Terreno Propio
Manual de Créditos de Construcción Individual en Terreno Propio Manual de Créditos de Construcción Individual en Terreno Propio Felicidades por haber salido sorteado y obtener un crédito de Construcción
Más detallesI. Comunidad Autónoma
Página 10665 I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Educación y Universidades 3154 Resolución de 28 de marzo de 2016 por la que se dispone la publicación en el Boletín Oficial de la
Más detallesPOR QUÉ YA NO SE RECOMIENDA ESPERAR 3 MESES PARA HACERSE LA PRUEBA DEL VIH?
QUÉ ES LA PRUEBA DEL VIH? La prueba del VIH es la única forma fiable de saber si una persona está o no infectada por el VIH, el virus del sida. Las pruebas de diagnóstico del VIH que se emplean habitualmente
Más detallesREGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL Aprobado por el Comité Directivo en la sesión N 08-10, del 10 de febrero de 2010 ÍNDICE I.CARACTERÍSTICAS GENERALES DE LAS PRÁCTICAS
Más detallesUNIVERSIDAD DE EXTREMADURA
14367 UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2016, del Rector, por la que se hace público el calendario de preinscripción y matrícula para el acceso a la Universidad de Extremadura en el
Más detallesLas consultas se han agrupado en las siguientes cuestiones: En relación con el punto 5.1 que exige como requisito de solvencia técnica y profesional:
ASUNTO: CONSULTAS EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN PARA EL DISEÑO, DESARROLLO Y SUMINISTRO, INTEGRACIÓN, INSTALACIÓN, PUESTA EN MARCHA Y EXPLOTACIÓN DE UN SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA EMBARCADA EN EL
Más detallesComunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004
Comunicación a los padres de las calificaciones de sus hijos menores de edad. Informe 466/2004 La consulta plantea diferentes cuestiones relativas a la aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre,
Más detallesPreguntas frecuentes. Versión 1.0. Presidencia de la República Oficina Nacional del Servicio Civil Registro de Vínculos con el Estado
Preguntas frecuentes Versión 1.0 Presidencia de la República Oficina Nacional del Servicio Civil Preguntas Frecuentes Versión 1.0 Tabla de contenido 1. Qué es el RVE?...2 2. Incluye todo el Estado?...2
Más detallesPREGUNTAS FRECUENTES Nuevo Plan de Jubilación a Partir del 1º de Julio del 2014
PREGUNTAS FRECUENTES Nuevo Plan de Jubilación a Partir del 1º de Julio del 2014 La siguiente lista de preguntas frecuentes pretende responder a muchas de las dudas que pueda tener sobre la decisión de
Más detallesPolíticas admisión incubación empresarial
Información General para Postulación a Incubación Empresarial 2016- I Cronograma Postulación on line del 1 al 21 de febrero. Revisión de información remitida del 22 al 25 de febrero. Comunicación por mail
Más detallesSíntesis del Convenio:
Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno del Estado de Qatar para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta Lugar y fecha
Más detallesRIESGO Y RENTABILIDAD DE LA EMPRESA (Riesgo y Rendimiento) Qué es lo que determina el rendimiento requerido de una inversión?
1 RIESGO Y RENTABILIDAD DE LA EMPRESA (Riesgo y Rendimiento) Qué es lo que determina el rendimiento requerido de una inversión? La respuesta es sencilla. El rendimiento requerido siempre depende del riesgo
Más detallesConsejería de Industria, Turismo, Empresa e Innovación Dirección General de Industria, Energía y Minas. Jornada
Jornada Presentación del del nuevo nuevo Reglamento sobre sobre Condiciones Técnicas y Garantías de de Seguridad en en Instalaciones Eléctricas de de Alta Alta Tensión Consejería de Industria, Turismo,
Más detallesEmail: fjsosa@cunef.edu; antonio.pulido@urjc.es; maria.alvarado@urjc.es. La sociedad AVA, S.A. es la compañía dominante de un grupo consolidable.
60.- Paso a Influencia Significativa Autores: Javier Sosa (Universidad Complutense) Antonio Pulido (Universidad Rey Juan Carlos) María Alvarado (Universidad Rey Juan Carlos) Email: fjsosa@cunef.edu; antonio.pulido@urjc.es;
Más detallesÍNDICE. Ficha técnica... 4. Encuesta y cuestionario... 6. Finalidad y resultados de la encuesta... 10 10. Primera parte: conocimiento...
ÍNDICE Ficha técnica... 4 Encuesta y cuestionario... 6 Finalidad y resultados de la encuesta... 10 10 Primera parte: conocimiento... 12 Segunda parte: modo de conocimiento y valoración... 18 Tercera parte:
Más detallesEvaluación de la capacidad óptima de medida y alcance de la acreditación de un laboratorio de calibración
Evaluación de la capacidad óptima de medida y alcance de la acreditación de un laboratorio de calibración Fernández Pareja, Mª Teresa te_fer@topografia.upm.es Departamento de Ingeniería Topográfica y Cartografía
Más detallesNaturaleza y educación
Novedades en la investigación de la EH. En lenguaje sencillo. Escrito por científicos. Para toda la comunidad EH. El ejercicio aumenta el reciclaje celular El ejercicio aumenta el reciclaje celular en
Más detallesArtículo 1. Objeto. Artículo 2. Exclusiones
NORMATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REGULA EL PROCEDIMIENTO INTERNO DE LA UB PARA LA HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS EXTRANJEROS DE EDUCACIÓN SUPERIOR AL TÍTULO DE DOCTOR Aprobada por el Consejo de Gobierno en fecha
Más detallesCapítulo 14 Solución de Controversias
Artículo 140: Cooperación Capítulo 14 Solución de Controversias Las Partes procurarán en todo momento llegar a un acuerdo sobre la interpretación y aplicación de este Tratado y realizarán todos los esfuerzos,
Más detallesLa Sociedad Misionera Nacional y Extranjera. Declaración de Política de Conflictos de Interés y Formulario de Divulgación de Información
La Sociedad Misionera Nacional y Extranjera Declaración de Política de Conflictos de Interés y Formulario de Divulgación de Información De conformidad con lo dispuesto en una resolución adoptada por el
Más detallesGUÍA PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE TEMOR CREÍBLE Y TEMOR RAZONABLE
GUÍA PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE TEMOR CREÍBLE Y TEMOR RAZONABLE ************************************ Si acaba de llegar a los Estados Unidos sin permiso y tiene miedo de regresar a su país de origen, puede
Más detallesREAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE GOLF. c/ Arroyo del Monte 5-28049 MADRID - T: (34) 913 769 130 - F: (34) 915 563 290 - rfegolf@rfegolf.es - www.rfegolf.
REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE GOLF c/ Arroyo del Monte 5-28049 MADRID - T: (34) 913 769 130 - F: (34) 915 563 290 - rfegolf@rfegolf.es - www.rfegolf.es Circular 56/2015 SISTEMA DE ACCESO PARA LOS CAMPEONATOS
Más detallesReglamento Interno. Programa de Pregrado. Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas
Reglamento Interno Programa de Pregrado Universidad Externado de Colombia Facultad de Administración de Empresas C O N T E N I D O CAPÍTULO I De la Organización... 5 CAPÍTULO II Matrícula... 6 CAPÍTULO
Más detallesreflexiones conjuntas del equipo de Profesores del centro que ha de dar lugar, entre otras, a directrices y decisiones compartidas y asumidas
ORDEN DE 28 DE AGOSTO DE 1995 POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS ALUMNOS DE EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DE BACHILLERATO A QUE SU RENDIMIENTO ESCOLAR SEA EVALUADO
Más detallesTrabajo Semanal Alternativo
Trabajo Semanal Alternativo 1. Qué es trabajo semanal alternativo? SUS DERECHOS LEGALES En una semana laboral normal, si usted trabaja más de ocho horas diarias, su empleador está obligado a pagarle tiempo
Más detallesOperación 8 Claves para la ISO 9001-2015
Operación 8Claves para la ISO 9001-2015 BLOQUE 8: Operación A grandes rasgos, se puede decir que este bloque se corresponde con el capítulo 7 de la antigua norma ISO 9001:2008 de Realización del Producto,
Más detalles